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Fecha de Clasificación Área Confidencial Contrato Simplificado Por contener firmas del representante legal del proveedor que corresponde a datos personales de un particular. Indicado en negro Fundamento Legal Artículo 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo 113 de Ia Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículos trigésimo octavo, trigésimo noveno y cuadragésimo de los Lineamientos Generales de Clasificación y Desclasificación de la Información, así como para la Elaboración de Versiones Públicas. Resoluciones del Comité de Transparencia correspondientes a los expedientes CT- CUM/A-21-2018-IV; CT-VT/A-30-2019, CT- VT/A-37-2019, CT-CUM/A-22-2019, CT- CUM/A-25-2019 y CT-VT/A-46-2019. Rúbrica del titular del área Fecha de desclasificación N/A Rúbrica y cargo del servidor público N/A

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Fecha de Clasificación

Área

Confidencial Contrato Simplificado Por contener firmas del representante legal del proveedor que corresponde a datos personales de un particular. Indicado en negro

Fundamento Legal Artículo 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo 113 de Ia Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículos trigésimo octavo, trigésimo noveno y cuadragésimo de los Lineamientos Generales de Clasificación y Desclasificación de la Información, así como para la Elaboración de Versiones Públicas. Resoluciones del Comité de Transparencia correspondientes a los expedientes CT-CUM/A-21-2018-IV; CT-VT/A-30-2019, CT-VT/A-37-2019, CT-CUM/A-22-2019, CT-CUM/A-25-2019 y CT-VT/A-46-2019.

Rúbrica del titular del área

Fecha de desclasificación N/A

Rúbrica y cargo del servidor público N/A

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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN JOSE MARIA PINO SUAREZ No. 2 COL CENTRO DELEGACION CUAUHTEMOC, 06060. O.F R.F.C. SCJ·950204·6PS

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES BOLIVAR No. 30. 4o PISO COL. CENTRO. C.P 06000. MEXICO. D.F. TELS.: 4113-1000 EXT 5704.5710.5305,5705 FAX: 5130-1750

DIRECCIÓN DE ALMACENES CAI.Z. IGNACIO ZARAGOZA No. 1340 COL JUAN ESCUTIA. C.P 09100, MEXICO O F TELS 5701 2036 y 5763 7883

PROVEEDOR: AE PRODUCCIONES CREATIVAS, S.A. DE C.V. 1 MALAGÓN 56, COL CERRO DE LA ESTRELLA, IZTAPALAPA, 09860 / 7676·8880, 7676·8880 1

FECHA DEL DOCUMENTO 27/02/2020

FECHA DE ENTREGA

Partida Clave art.

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~ 11

FORMA DE PAGO Transferebcia Bancaria

LUGAR DE ENTREGA 1 OBSERVACIONES Dos días

Cantidad IUnldadl Oescripcion

11 SER 1 Mobiliario Evento ora de la Mujer OBSERVACIONES Servicio de arrendamiento de mobiliario e Imagen, equipo de audio, video y radiocomunicación para la celebración del "Evento conmemorativo por el Oía Internacional de la Mujer".

Las características técnicas de los servicios se encuentran en la propuesta técnica presentada el 25 de febrero de 2020 por el prestador de servicios AE Producciones Creativas, S.A. de C.V., razón por la cual se obliga a cumplir como si a la letra estuvieran insertos en el presente contrato.

Lugar de prestación de los servicios: Área de murales del Edificio Sede, ubicado en José María Pino Suárez No. 2, Colonia Centro, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06065, Ciudad de México.

Plazo de prestación de los Servicios: Previa firma del contrato. Montaje: Jueves 5 de marzo de 2020 a partir de las 15:00 hrs. Desarrollo del evento: VIernes 6 de marzo de 2020, de 1 0:00 a 15:00 horas. Desmontaje de sillas: VI emes 6 de marzo de 2020 a partir del término del evento.

importe total del contrato: $135,546.00 I.V.A. incluido

Forma de pago: El pago se realizará a los 15 días hábiles a partir del dla hábil siguiente de la presentación del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFOI) correspondiente, en la ventanilla única de la Dirección General de Presupuesto y Contabilidad, acompañado de la constancia de entrega de los servicios a entera satisfacción de la

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P.Unltario

116,850.00

CONTRATO SIMPLIFICADO

4520000395 EN SUS REMISIONES. FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

S001

Importe Total

116,850.00

CONTINUA

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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN JOSE MARIA PINO SUAREZ No. 2 COL CENTRO DELEGACION CUAUt-rTEMOC 06060. D.F R.F.C SCJ-950204·6PS

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES BOLIVAR No. 30. 40 PISO COL CENTRO. C.P 06000. MEXICO, D F. TELS .. 4113·1000 EXT. 5704.5710.5305.5705 FAX: 5130-1750

DIRECCIÓN DE ALMACENES CAI..Z. IGNACIO ZARAGOZA No 1340 COL JUAN ESCUTIA. C P 09100, MEXICO. D F TELS 5701 2036 y5763 7883

PROVEEDOR: AE PRODUCCIONES CREATIVAS, S.A. DE C.V. 1 MALAGÓN 56, COL. CERRO DE LA ESTRELLA, IZTAPALAPA, 09860 / 7676-8880, 7676·8880 1

FECHA DEL DOCUMENTO 27/02/2020

FECHA DE ENTREGA

Partida Claveart.

FORMA DE PAGO Transferebcia Bancaria

LUGAR DE ENTREGA 1

OBSERVACIONES Dos días

CanUdad IUnidadl Descripcion

Suprema Corte de Justicia de la Nación.

1) Plazo de la prestación de los servicios: 2 días 2) Fecha inicio: S de marzo de 2020 3) Fecha fin: 6 de marzo de 2020 4) Tipo de procedimiento: Concurso Público Sumario 5) Número de procedimiento: CPSM/DGRM/005/2020 6) Clasificación: Menor 7) Fundamento de autorización: Artículos 13,43,46,47 y 86 del AGA XIV/2019 8) Órgano que autoriza: Subdirector General de Contrataciones 9) Sesión CASOD: No aplica 10) Fecha de autorización: 27 de febrero de 2020 11) Unidad responsable: 20310915S0010001, CC 168 12) Partida presupuestal:44201 13) c;:ertificación presupuesta!: No aplica 14) Area solicitante: Unidad General de Igualdad de Género y la Coordinación de la Oficina de la Presidencia 15) Número de contrato ordinario: No aplica 16) Comprobación de recursos: No aplica 17) Regularización: No aplica 18) Administrador del contrato: Mtro. Edgar Donnovan Campos Straffon, Coordinador Administrativo adscrito a la Unidad General de Igualdad de Género

SERVICIOS INCLUIDOS ARRENDAMINETO DE MBILIARIO

P.Unltario

" ""' SUBTOTAL

I.V.A.

TOTAL

IMPORTE EN LETRA

~ p.- CIENTO V"; y CINCO NIENTOS ;RaFTA y SEIS PESOS 00/100. M.N.

' ~ LIC. LUIS FERNANDO Cjl!fTRO VIEYRA

SUBDIRECTOR GENERAvÓI: CONTRATACIONES LIC. O

CURSOS MATERIALES

CONTRATO SIMPLIFICADO

4520000395

EN SUS REMISIONES, FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

S001

Importe Total

116,850.00

18,696.00

135,546.00

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contr81o llmpiUicado

1.· La Sup,.me Cof1oo do J .. tlde do le Neclón. an la aucotalvo "Supremo e-· por conduelo do eu ,.preeenllnte perel.,. el.ct.,. da ••• lnetrumanta manUieala qua: 1.1 Ea al m.blrna óf9&na depOSitarlo dut Poder Judlclel dala fadaradón, en 16rminos da lo cti•pueslo en los artla.los94 da la ConstHudón Polltlca da los Estados Unidos Mexicanos y t•, lrac:dón 1, de la ley Or¡¡Mica del Podar Judldal da ' t Federación, 1.2.-te prasenle comralación reollnlda mediante COnc:utiO publiCo wma~o lue IIUI~tado por el Subdirector General da Conlratadones de la [)jma:ión G-ral de RIIQJI'IOS Mate~ales da la Suprema Carta da Justicia de la Nadón, de conlormldad con lo ~a en los anlculos 13, •3. lrac:dón IV y •& dut Aa.e111o G-ral de Admlnistradón XtV/2019, dut Comité de Gobierna y Adminlstradón da la SUprema Cono da Justicia de la Nadón da slata de no11iembnl da dos rnll diednueve por el que se A9Jian los procedlrnlenlos para la adqul$idón. IIIJIItlllamiGno. Nt!lnlsnclón y detlnc:otporadón de bienes y la contraladcln de obras, y prestación da teNk:los raquGIIdos por la SUplama Cono da Justlda da la N8dón (AaJenlo General da Admlnlsllldón XIV/2019). 1;'.• Ellltular de la DlnK:dOn Genelal de Aealosos Ullerloles es¡j laaJ- pan~ susaibir el preseme fnslrumeniO, de ccnlarmklad con lo dispuesto en el artia.lo 13, kac:dón XXV, dut Acuoftlo General de Aónlnislradón XIV/2019 y anlculo 25, lrac:dón x. dut Regtarnerwa Otg4nloo en UMena de Aónlnislradón de la Suprema corte de Justlda de la Nación. 1.•.- Para IOdo lo raladonado con el presente con11111o,sellala cerno su-el u-en la calla de Jo>.1l Maria Pina Suarez núrnen> 2, colonia Cenlto de la ciudad de !Mxico, Alcaldía CuaiJhlémac, código postal 06065, en la Cludad da !MIIIco. 1~- EI"PfHI8clor de Senrlclae" nuonlllftta bljo pr-de dacit verdad que: 1~ 1 • Es una ptnONIIifica con nac:lonl- me IdeaN que a.enta con la capadded de ejerddo pan~-.., en el presente conuato, asl como con los - téonioos y capaddad económica necesaria para ejeartar los MMdos noqual1dos por la "Suprema Colla", a E• una,..._,. ma<aJ-.a ..,..._boja las leyes mexicanas.-""" la lnscrlt>d6n en el Aeglstm PUblico correspondiente; asl ccrno con los elemenlos141cnicos y capaddad eaonómlca necesaM para ejecular los­requeridas por la "Sup,.,e COlla". 11.2 COfiDCl8 pa~edemente las espedllcaclones lécnlcu y de aparadón de los servidos raq~ por ,a Supreme COfte" y cue<lle can los elemeniOS técnicos y .,_.¡dad IICDI1ómlca """"sa~os para reallterlos o sallslac:dón de ésta. 11.3. A la ledla de a..,dlcodón de la pmsen18 contratación, m M ancuen1111 lnhablilado conlonne a la noguladón apl~ a los Poderes Ejealflvo. legislativo y Judicial de la Federadón pare celeb111r contratos: asimismo, no so encuenl,. en ninguna de tos supuestas a que sa nolieran tos en! culos y 621,.c:dón XVI y 193 de1Aa.e111o General de AdmiliStnldón XIV/2019. 11.4.· COfiDCl8 y acepta sujetarse a lo ptelllsto an el Acue111a General do Admlnlslradón XIV/2019. 11.5. Para IOdO lo teladan&do can el poesente contrato, sel\ala como su domldla al Indicado en la canltula del presento Instrumenta. en el apaRado denominado 'Poestador de SeMdos". 111.· La "Su.,.....a Corta" y al "Prea!NOt do S.tvldaa", 1 qulanol de manara conjunta • llaldentlllcerli como "lae patlea" dKI.,.n que: 111.1.- Reconocen mutuamente la parsonalldad juridlca con la que compa,_, ala aoleb111clón del pnosentelnstrumonla y manifiestan qua todas las comunlcadones que se realicen entre ellas se dirigirán a los domicilios indicados en los antiiCIICie!oles 1.• y 11.5 de este Instrumenta. IIU • .Conocen el alcance y contenido dut presente contrato, por lo que están da aa.e111o en somete11e a las siguientes

Cli.USUlAS Primara. Condlclonaa Ganar81• El ' Prestador de Servidos" se compmmele a proporcionar los seMdos descrtlas en el presente lnstrumenlo y raspetar en todo momento ol p"'do, plazo y condidanes de pago aellatados en la ralertda canlruta, durante y hasta el cumplimiento total del abjato de aate acue111o de voluntades. El pago sel\alado en la p111S8nte <:Wusula, cub"' el total da los servicios contratados, por lo a.alla ·sup,.ms Corto• no llene obligadón de cubrir ningún Impone odidonal

Segunda. Raqulall.,. pe,. ,.,.,_,.,. pagaa ,..pactlv .... Para alados fiscales el 'Prestador de So Melas' debenl p111sentar la o laslacturas o comproiHinte respactivo a nombre dala "Supll!ma Cona· segun consta en la cédula de ldentNicadón llscal, expedida por la Sectllllfla de Hacienda y Cnldlto Publico eort el Registro Federal de Conl~buyentes SCJI5112041Pii,lndlcando el domicilio sollalado en la declaración 1.~ de este Instrumenta y <lemas mqulsl1osllscales a qua haya ~11'1', copla del Instrumento contrectual. y capja dut olido da vallcladón del li111a usuaM (constenda de la prasladón de los seMdosl. "las panes" carwlenen que la "Sup....,a COfte" podrá, en aJaiqulaf momento, rat-r los pagos quo t-a pandientes de albflr al "P"'stador da SaMdos", en caso de que este últóno Incumpla wales qul..,. de las obligadones pactadas en el ~ Instrumento cant111CIUal T .. --. P-Conwnclonelel. Las penas~.....,-~ por la "Suprema COfto", en lundón dellncumplimien4o -· conlorme lo S9Jienle: En caso de ~a de las oblgeclones pactad.ls en el lnslrumer11o contractual y de sus--· la SCJN podnl aplicar una pana convend<Jnal por un 30% dut monto que c:amosponda el valor PfOPOitlonal de tos seMdos (sin Incluir IV Al que nasa heyen nodblda, o bien no sa hayan reellt8do •-. satlslac:clón de la SCJN. Da existir lncumpllrnienlo pardal, la pana se ajustanl ~e al pon:eflllje Incumplido. En casa de que no se otorgue pnlrroga al 'Prestador de SeMdos" respecta al c:umplirTIIenlo de los plazos estalllac:ldos en el contrato, .., apllcanl una pana corwonc1ane1 por elnnos que le seen lmpulahles en la en1ruga da los bienes, prastaclón de los seMdos a en la ejecudón de los trabajos, equMianca al manco que,_ da opllcar el t potdento diario ala canlldad quelm¡¡oflen los bienes pet'ldlertes de antJ908,1os saMdos no pt8Siados o los CDflCIIIIJIOS de trabajos na 1881zados y no podnln ercedar del JO portlarto tMI moroo tOial dut contrato. Sitas-~les .-san el porcentaje sell&'-<1<> -··.., lniclarli el pnoooclimlento de nosdslón dut contrato Cuart.. Oeranlla do ciMiplimlento. Da c:anlolmidad con lo 851-.:ldo en el art:c..la 169,1raedcln Q. cuao10 ptmolo dut Acuenlo General de Admlnlslradón XIV/2019, .., excepllia la presenlación de la lt.nza ama ganmtla del cumpllmlanto del contralo,lode 110rque el pago se -zará en su tolalided de menara pos-ala prestación de los servidas. Quinta. Pogaa an •• ....,. Tral8ndol8 da pagos en exceso que haya oedbido e 'Ptastador de SeMclot", esoe d_. ralnlegrar las c.ntideclesiJIIIedas en e11C810, mb toslnlt1111tes que se calcutanln conlonne a una losa que senl Igual ala eslabloc:ld4! en el Código Fiscal de la Fedanodón y la ley de ngresas de la F-radón como sleelratara dut ..._ato de pnlnoga para el pago de créditos liscolas. I.Ds caruos se cala.lanln IObru las cantidades pagadas en ercoso en cada casa, y M campularín por dfas nalureles, deade la lecha del pago al 'Prestadof da Servidas', hastalaledla que se pongan elactlvamentalas cantidades a disposición de la "Supruma COfta". Seata. Propiedad lnlelec:tual El 'Prestador de S.Mdos' asume ll>lalmenta la rusponsabiNdad pa,. el caso da qua al pmslar los saMdos, objeto de este contrato. fnlrlnjll derachas de propiedad lnlolectual y por to lanla ibera o la

"Suprema Col18" de walquler rasponsabllldad da canlctar dvll, panal, fiscol, de man:a Industrial o de cualquier at,. fndale. Asimismo, se praclsa que eslli pn>hlblde walqulor repn>ducción pan:lal o total, e> usa dlsllnla da la documentación proporcionada por la 'Supruma Corta", con motl.a de la prestación de ••rvldao obJato del prusente contrato. S6pUma. lnaxlatancla do relación leborel. Et 'Pmstador de Servidas", como ompoesarlo y patrón del panoonal que oa.pe pa,.los saMdos prolaslonalas matarla de este a>nlnolo, será al unlco msponsabla de las obligaciones de~vades de lat dfsposldones laborales y de<nlis o111enamlentos en mate~• de lrabejo y de segundad sod&l, por lo que respondenl de todas lasoedamedones qua out trabajadores p"'senten en su contra o de la "Suprema Corte·. en oetadón con los sarvldas motivo da este contrato La "Suprema C~rta· estanllawltada para l'8qlle~r a 'Prustador de SeMdos" los comprubantas de allliloción da sus trabaJadoras aiiMSS, as! como los com¡u<lbanles de P"90 da las cuotas al SAR, INFONAVIT eiMSS En casa de que alguno o alguftOO de 1&.1 trúlajadonos dut "Prestador de SeMdos", ejecuten a pratendan ejealtar alguna reclamación en contra da la "Supremo Corte", el "Presltldor de SeMdos" dabertl rernbalsar la ln4a~dad de los oaslos que erogue la 'Sup"""a Corta" por concepto de traslados. vllitlcos, hoSpedaje, 1111nsportadón, e'"'-los y damas Inherentes, con el fin de aC21KIItar ante la autoridad compatenle que no existe t11ladón laboral algutlll con las mismos y da511ndar a la "Sup111ma Corto" de a.olqular llpo da rusponteblidad en ese sentido. las partes ea.e111an qua el Impone de los ""•rldos gastos que se llegaran a ocasionar podniMr daduddo por la •suprema Cone· da las lecturas que se encuenlnort pandlentes da pago,lndepandientemenle de las acdonaslegales que.., pudietan ejercer. OclavL Subcontr818CI6n. La "Suprema Carta" manifiesta qua no aceptanlta submntralaclón para el wmpUmlanta del objeto de esta corlltatadórt. Para los elec:los de esla contratación, se entiende por submnlralación el acto madlanta el cuatei"P""tador de SeMdos" encomienda a aira persona Uslca o ¡uridlca,la ejecudón pan:lel o total del objeto dut contrato. Na .. na. R•panutollldad Civil. EI'Pruslador da SeMdos" 111Spondeni par los dalias quo se cauoen e los bienes en -Ión a en propiedad de la "Sup111111a eone· con motivo de la pn1stación de los servidos, objeta da este contrato, aun a.ando no exista negll¡¡ende. Le reparación del <tallo conslsU". a elecdón de la "Sup,.,. Cono·. en el rest-.ntonlo de la s~uadón anterior, a.ando alto saa posible, a en el pago de dalias y pe~uldos, con lndepandenda de ejercer las acdonas legales a que hayo lugar. IWclnla. tnlr_,..bilkled do t... done'- y obligeclaMe deriY- del pqun11 c-alo. El 'Pfltlledor de SeMdos" no podnl ceder, gravar, trwlSierfr a alectar baja wetqulor titulO, pardal o-. a lavar de otra persona. llslca a monot.los~ yobNgeclonos que de<lven del prasenl8 cantraiO, can excepdón de los derechos de cobro, con auiOrftadón pn!vla yexpmsade la -su....,.. corte". IWclma ..........._ o.l ..,_,.o a le ~perencla y do te prolecd6n do datoo pereonolas. "las Partes" reconocen que la lnlarmadón CDnlenlda en el ptMIIR!e contrato y. en su casa, los en4t9gallles que so genarart podré -SUSC8¡IIftJies de dasllcaose cerno .....-.ada )l'o confidencial, en términos da los articulas 106,1 t3 y 116 de la ley Genonf de Transpaoende y Acceso ala tnlarmadón PUblica, asl ama 98, 110 y 1 t3 da la ley Federal de Transparenda y AcQrso a la lnlotmadón Poibll<e. El "Prestador de SeMdos" "" obliga a no raalltar acciones que comptOmel8n la seguridad de las lnslaladonas de la "Sup,.,. COito" o pongen en riesgo la lnleg- de su personool, asl como abslanarse, conlarme a las dlsposidones opllcablet, da del a conocer por cuelquler medio a quien no tanga deredlo, documenlal, oegl$lros,lmágenes, CDnstandas, IISiadiSIIcas, rvpones a a.elquler otra lnlolmadOn claslllcada ama reservada o conlldendal de la que tanga conoclrnlanlo en eje<ticlo y can mollvo de la preslad6n de saMdo. · los trabejos ejeaMclas. IOial a pareja-. especll-- y en general la lnlolmedcln que se encuentre en el fu¡¡ar de su ejeaJdón o que se hulllesen entregado el ,.,...edor de SaMdos· para a.m¡olir con el objeto dut pnosenlo comrato, san pn:!pledad de le •5upoama cono·, por lo que el 'Prestador da SeMdos" .., obliga a-a la "Suprema Colla" el m-'el que se le hubiese propordon8do ul como el material qua llegue a -zar, abligMidase a absl~ de ....,.,wdrlos en media alectnlnlco a tfsJca. De comonnldad con lo est-.:ldo en elaotfa.lo 59 de la Ley o-ral de Protac:dón de Oatos Personales en Poseslórt de Suje4os Obligados (LGPOPPSOI, el "Praslador de SaMdos" asume el cartlcter de encaf111da dut tratamiento de los dalas paosonales que tenga """""" can motivo de la doalmentaclón qua maneje a aonotca al desarrollar las act~ objeto dut presen18 contt111o, asl oomo lll resunadas oblenldos, por lo que no landnl podet alguno de decisión sobno las datos paraonal. LDs datos par\OIIales quo rac&be el oncaopdo son Unlca y ercluslvamenta pa,. el cumplimiento dut objeta del p"""nte Conlnllo En ase sentido, el "Prestldor de S.Mdos" se obliga a lo siguiente: a. Abstenerse de tratar los datos paraonales para finalidades distintas alas eularfzades por la "Suprema Cono": b. Gualtlar contldendalld&d y abstenerse de transferir los datos personalnlrat&dos, asl como lnfonnar a la 'Supruma Cone" cuando oa.rra una wlneradón de los mismos; c. Eliminar y -110r los datos peosonates objeto dolratamlonto una wz cumplido er pr11sente contrato, y d. Na subcontralar servidos que con11e110n al tratamiento de datos peBalllos, en ténnlnos dut anlcuto Gt delalGPOPPSO. Declma Segunde. Aoaclsl6n del controlo. Las panes· aceptan que la "Sup"'me Cone· podnl nosclndlr, de manan~ unilateral, el pn!senta contoato sin que medie dada ración judldat, en casa de que el 'f't11slador da Servidos' deje de wmptlr a.alesqulera de las Obllgldonas que asuma en esta contrato por Cllusas que le aaan lrnputables, o blln, en casa da ser objeto de embargo, huelga estallada. concui'IO men:ant• a liquidación Antes de declarar le resdllón,la 'Suprema Cone· notlllcanl porescnto las causas respectivas al 'Prestador de Servidos" en su domicilia sellalado en la declaración 11.5 de este lnstrumanta, con quien en el acto sa encuent"' o1or¡¡índolo un pi&ZD de cinco dlas hllbllas para que manillestelo que a au denocho convenga, anexa los doa.mentos que estime convenientes y aporte, en su caso, las pruebas que estime panlnentos. Vencido aso plazo e l órgano compelenla dala 'Sup!llma Cone· dolennlnanl sobra la procedenda dala resdshln,lo qua ea mmunlcanlel 'Prustador de Servidas' en su domicilio sanatodo en la dedaración II.S de este Instrumento. Sanln causas de rescisión d41 presenta W>su .. mento contractual las siguientes: 11 SI el "Prestador de SeMdos" no exhibe las garantlas en los ténnlnos y condiciones Indicados en esta contrato. 21 Si el "Prestador de Servidos" suspende la entrega da los bienes a la prestación da los servidas sen&lados en la dliusula pflmera del presenta contrato. 31 SI el "Prastador de SeMdos" lna.rre en falsedad total o parcial "'spacto da la lnformadón prupon:lonada para la celebración da'l presente contrato. •l En general, por ellna.mptlmlanla por parte dai"Prastador de Servlc:los" a a.alesqulera da las obliga-derivadas dut pr11sente contrato.

IWclrna T...,.ra. Supuesta dalannlnaclón del canlr81a dlvereaa a la redllón. El contra1a podni da ose por lertnlnado, ala.mplimentarse su objeto o blon de menara antldpada cuerdo existan causas juslflicadas. de o111en pUblico o de lntenls general, en lénntnos de 10 previsto en los arllartos 153, 154, t S5 y 156, de4 Acue111o General da Adlftinistradón XIV/2019. IWclmo Cu-. Suepanalón tlmp.,., del c-..o. 'Las panas· ecue1118n que le •Suprema Cona" podni, en a.etquler momento, suspender tempo~almonte, en todo a en pone el objalo ma1ona de es11 con1ra10, por causas justificadas. sin que ello Implique su lerminadOn delinltlva y, por tanto, el presenle conlrato podnl conllnuar pn>duclendo todos sus electos legales una vez desaparaddas las causas que motlvan>n dicha suspanslórt E pn>ee<llrnlen1o da suspensión se noglnl porto~ en elanla.lo t50dei"Acue111o~deAdmWslración XIV/2019'. 01ic1ma Quinta. ModffiCICI6n del conltalo. Las candidones pactadas.., el presente lnslrumenla podrán Mr objeeo da modillcación en 1'rminOS de la,.-en los articulas 13, lrac:dón XXN y f48,1racdón 1, del rulo.rido Aaoe111o General XIV/2019. D6ciN Salla. Admtnfaltadar del controlo. La "Suprema Cona" designo al Cooodlnador Admlnlsttlll.o- 1 11 Unidad General de Igualdad da Géneru de le "Suprema Corte' , como ' AdrnlnlsUadot" del presenle contrato, quien supervisenl su as1r1cto curnplirnlen4a; en cansac:uencra. _. t1IVisar e Inspeccionar las .-s que -pelle el 'Praslador de Servidos", ast cama girar las lnslrua:ionet qua consldem opo~s y Vllllficar que los SONic:ias. abjala da eSie contrato, cunptan con las especllfcadanes sellaladas en el presente tnstnrmenla. Asimismo, la-r de la Unidad General de Igualdad de Género da la -sup,.,. Colla" podnlwstllulr at"Admlnlstrado<".lo que lnlormar8 por escrito el 'Praslador da SeMc:fos". IWchna S6ptlnoe. Rftoludion do ccontrover81aa. Para electo de la lnlarpoaledón y a.mpllmlento de la est.,._ en asta Instrumento, el 'Prestador de SeMdos sa IIOiftllle er:presamente a"' decisiones del T-' Pleno de la "Supreme Cona" renund&ndo enlonna expresa a cualquier otro lueru que en razón de su domlclllaa IIGdnded. tengan o llegaran a tener, da mnlormidad con lo Indicado en el articulo 11, lrKclón XX de la ley Orgánica del Podar Judicial de la F-. Las parles ecue1118n qua a.alquler notllieadoln que lengan qua noallzaose de una pana a otra, se raallzartl por escolto en el domfdlla que ha sellelado en las dedaradones t.4 y 11.5 de estelnstrumanto. Deolma Octeva. Legloladón aplicable. El aa.erdo de voluntades pmvlsto en este Instrumento cont,.ctualse rige por lo dispuesto en la Canstlludón Po!Hica de los Estados Unidos Mexicanos, et ·Acue111o Genaral de Administración XIVI20t9", el Reglamento 01Qiinico en MatoM de Admlnlstradón de la Suprema Cono de Justlda do la Nadón. y en lo no pn1vlsto en estos por el Cc!otigo Civil Federal. Código F-rat de Procedlmlenlos Civiles. la ley Federa de Pr11supues1o y ResponsabiAdad Hacanda~a. la ley G-ral de Responsabilidades Administrativas y la ley Federal del Pn>Cedlmlento Admlnistratl"" en lo conducente.

RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DU PRESENTE CONTRATO SIMPLIFICADO POA EL PRESTADOR DI! SEA VICIOS

Namb,. Facha