Exposici�n motivos Proyecto de Ley Autoridad de Transparencia

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  • 8/20/2019 Exposici�n motivos Proyecto de Ley Autoridad de Transparencia

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    Proyecto de Ley

    PROYECTO DE LEY DE CREACIÓN DE LA AUTORIDAD NACIONAL PARA LATRANSPARENCIA Y EL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

    1.- PROYECTO DE LEY

    El Proyecto de Ley propone crear la  Autoridad Nacional en materia de Transparenciay el Acceso a la Información Pública, estableciendo su naturaleza jurídica, el mbitode competencia, las funciones y or!anización interna, con el objeto de !arantizar "uetoda persona ten!a acceso a información pública en forma oportuna y de calidad#

    2.- EPOSICIÓN DE MOTI!OS

    2.1.- LA IMPORTANCIA DE LA TRANSPARENCIA Y EL ACCESO A LAINFORMACIÓN PÚBLICA EN EL ESTADO CONSTITUCIONAL DE DEREC"O

    Norberto $obbio recuerda "ue la democracia nació bajo la perspecti%a de erradicar para siempre de la sociedad &umana el poder in%isible a fin de dar %ida a un !obiernocuyas acciones se analicen en público#' Para el filósofo italiano, e(iste una relacióndirecta entre el !obierno democrtico y el principio de transparencia# Es ese sentido,un Estado tendr mayor o menor democracia se!ún sea la e(tensión del poder %isiblerespecto del in%isible#

     A partir de ello, "ueda claro "ue un Estado )emocrtico debe proporcionar a laspersonas las &erramientas suficientes "ue les permitan acceder y analizar por símismos, la información !enerada, conser%ada o custodiada por la administración

    estatal# Ello supone una alta dosis de transparencia en el !obierno y la posibilidad de"ue las personas o sus or!anizaciones ten!an acceso directo a las fuentes primariasde información* es decir, a los documentos elaborados por la propia administracióncon las cuales justifican sus acciones y decisiones#+ 

    En este conte(to, la transparencia y el acceso a la información pública constituyenelementos indispensables para enfrentar la corrupción, contribuir a la inclusión social,fomentar la participación política, in%olucrar al ciudadano en el funcionamiento de laadministración estatal y al ejercicio de otros derec&os#

    La di%ul!ación de información pública en forma detallada, periódica y completa,

    disminuye las posibilidades de "ue se realicen actos de corrupción, debido a laamenaza de "ue estas conductas sean e(puestas a la opinión pública#

    )e la misma manera, los mecanismos de transparencia y acceso a la informaciónpública contribuyen a la inclusión social por"ue las personas, en particular los mspobres, pueden acceder a información, manifestar sus in"uietudes o re"uerir acciones públicas para satisfacer sus necesidades bsicas a!ua, luz, salud,educación, trabajo, comunicación, entre otros-# )e esta manera, se busca ase!urar laejecución efecti%a de la in%ersión pública en fa%or de los ms e(cluidos#

    1$.$$I., Norberto# El Futuro de la Democracia. /0 Edición# 1ondo de 2ultura Económica# 34(ico# +556 Pa!# /78/6#2 López Ayllón, 9er!io# )erec&os 1undamentales y Acceso a la Información Pública: Los )esafíos de una Le!islaciónNecesaria# En Derechos Fundamentales y Estado. Memoria del VII Congreso Iberoamericano de Derecho Constitucional.3i!uel 2arbonell 2oordinador# ;ni%ersidad Autónoma de 34(ico# 34(ico, +55+# P!#

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    La transparencia de los asuntos públicos tambi4n tiene un claro sentido participati%o,en la medida "ue permite un intercambio de razones entre los representantes delEstado y la opinión pública, !enerando en las personas un sentido de pertenencia ala comunidad política#/  Asimismo incrementa la confianza ciudadana y constituye unmedio de le!itimación de las decisiones públicas#

    Por otro lado, siendo el propósito del Estado incluir plenamente a las personas, esnecesario "ue se inte!ren sus e(pectati%as, cuestionamientos e in"uietudes a tra%4sde mecanismos de información, participación y e%aluación de desempe=o# Para ello,la transparencia y el acceso a la información pública se eri!en en los mecanismos por e(celencia para in%olucrar al ciudadano acti%amente en el funcionamiento de laadministración estatal# Así, por ejemplo, un ciudadano bien informado puede conocer si le corresponde o no ser beneficiario de una determinada prestación pública*proponer, junto con el funcionario público, soluciones y mejoras de un ser%icio,monitorear las acciones estatales "ue le conciernen#

    Tambi4n es necesario destacar el carcter instrumental del acceso a la informaciónpública para el ejercicio de otros derec&os fundamentales,

    2omo se puede apreciar, el conocimiento de información pública fortalece el ejerciciode la ciudadanía, toda %ez "ue lo %incula le!ítimamente con la administración públicaen el ejercicio de sus derec&os y en el cumplimiento de sus deberes# Es decir, atra%4s de la transparencia y el acceso a la información pública se ase!ura "ue laciudadanía ten!a mayores y mejores elementos para comprender las decisiones "ueadoptan las entidades del Estado#

    )ada la importancia y la utilidad de la transparencia y el acceso a la información

    pública en la %ida de las personas, en '??/ se reconoció a ni%el constitucional comoderec&o fundamental artículo +#>0-, mediante el cual toda persona puede @sBolicitar sin e(presión de causa la información "ue re"uiera y a recibirla de cual"uier entidadpública, en el plazo le!al, con el costo "ue supon!a el pedido# E(ceptundosea"uellasB informaciones "ue afecten la intimidad personal y las "ue e(presamente see(cluya por ley o por razones de se!uridad nacionalC#

     A ni%el infraconstitucional, se tiene como antecedente el )ecreto 9upremo N0 5'D8+55'8P23,7 dictado durante el !obierno de transición de alentín Pania!ua, el cualre!lamentó las obli!aciones de transparencia y entre!a de información por parte delas entidades públicas establecidas en el )ecreto Le!islati%o NF 6>6# Esta norma

    pre%ió la obli!ación de las administraciones públicas de contar con un procedimientoespecial de acceso a la información pública# )urante dic&o !obierno tambi4n se dictóel )ecreto de ;r!encia N0 5/>8+55' "ue re!uló el acceso ciudadano a la informaciónsobre finanzas públicas#

    Posteriormente, en la sesión del '? de a!osto de +55+, la 2omisión de 2onstitución,Ge!lamento y Acusaciones 2onstitucionales del 2on!reso de la Gepública, presidida

    3 Godrí!uez 24peda, Hesús# Estado y Transparencia: Un paseo por la Filosofa !oltica. 2uadernos de Transparencia N0 0 Edición, 34(ico, +55D# P!#

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    por el con!resista enry Pease, conformó el Krupo de Trabajo sobre Transparenciade la Acción del Estado y Participación 2iudadana#

    Este !rupo multipartidario tu%o en cuenta los consensos alcanzados en las reunionesde trabajo promo%idos por el 2on!reso de la Gepública, incorporando buena parte de

    los aportes en los borradores pre%ios a la Ley de Transparencia y acceso a lainformación pública# Lue!o, se elaboró un )ictamen y un te(to sustitutorio de nue%eproyectos de ley, una %ez aprobados en la 2omisión de 2onstitución, Ge!lamento y Acusaciones 2onstitucionales, el proyecto final fue aprobado por el 2on!reso de laGepública, con%irti4ndose en la Ley NF +6D57, Ley de Transparencia y Acceso a laInformación Pública#6

     A fin de unificar la norma ori!inal con sus modificaciones posteriores, el +< de abril de+55/ se publicó el )ecreto 9upremo NF 50-*

    • La pro&ibición de destruir la información "ue posea la entidad artículo +'0-*

    • La obli!ación de la Presidencia del 2onsejo de 3inistros de remitir un informeanual al 2on!reso de la Gepública dando cuenta de las solicitudes deinformación atendidas y no atendidas por las entidades de la AdministraciónPública artículo ++0-*

    • La publicación trimestral de información sobre finanzas públicas y la obli!aciónde remitirla al 3inisterio de Economía y 1inanzas para "ue sea incluida en suportal Meb artículo +>0-#

    El '< de junio de +5'/, se publicó el )ecreto 9upremo N0 5658+5'/8P23 "uemodificó el Ge!lamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la InformaciónPública# Esta norma constituye el resultado de la labor del !rupo de trabajoconformado por diferentes instituciones públicas y de la sociedad ci%il, con%ocadospor la 9ecretaria de Kestión Pública de la Presidencia del 2onsejo de 3inistros conmiras a actualizar el referido Ge!lamento#

    9in duda, la Ley N0 +6D57 y su Ge!lamento constituyen un a%ance si!nificati%o para!arantizar el principio de m(ima di%ul!ación# 9in embar!o, es necesario "ue el7 Publicada el / de a!osto de +55+#

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    Estado asuma la transparencia y el acceso a la información pública como elementoindispensable de un !obierno democrtico, en la medida "ue in%olucra al ciudadanoen los asuntos públicos, contribuye a una !estión pública eficiente y participati%a, ymejora la calidad de %ida de las personas#

    Esta %isión sobre la importancia de la transparencia y el acceso a la información esmateria de refle(ión en nuestro país# 2on%iene recordar "ue la i!4simo 2uartaPolítica de Estado adoptada en el Acuerdo Nacional,D reafirma la necesidad de unEstado eficiente y transparente "ue !arantice a la ciudadanía el acceso a informaciónpública# 

     A su %ez, el Plan Nacional de Luc&a contra la 2orrupción? concluye "ue "#p$ese a losa%ances registrados en materia de transparencia y acceso a la informaci&n p'blica(resulta necesario re%isar y me)orar el marco normati%o *ue le es aplicable( a fin degaranti+ar la entrega oportuna de la informaci&n solicitada( la publicidad de lainformaci&n y la imposici&n de sanciones frente al incumplimiento de la ley., '5

    En el +5'+, el Estado peruano adoptó un Plan de Acción para incorporarse a la Alianza Klobal para una 9ociedad de Kobierno Abierto,'' en el cual se destaca comocompromiso concreto @la necesidad de e%aluar la creaci&n de una instituci&naut&noma y especiali+ada *ue garantice la protecci&n del derecho de acceso a lainformaci&n p'blica( resol%iendo los problemas y conflictos *ue se presentan entrelos su)etos obligados a brindar informaci&n p'blica y las personas *ue la solicitanC, deconformidad con la recomendación pre%ista en la Ley 3odelo Interamericana sobre Acceso a la Información adoptada por la .r!anización de Estados Americanos .EA-#

     A la luz de estos antecedentes se ad%ierte la %oluntad del Estado peruano por fortalecer los mecanismos de !arantía e(istentes de modo "ue ase!uren a toda

    persona el acceso a información pública de manera oportuna y de calidad#

    2.2.- CONSENSO INTERNACIONAL SOBRE LA NECESIDAD DE INCREMENTARLOS EST#NDARES DE $ARANT%A DE LA TRANSPARENCIA Y EL ACCESO A LAINFORMACIÓN PÚBLICA

    En las últimas d4cadas se ad%ierte un consenso internacional para ase!urar "ue laspersonas puedan acceder de forma oportuna, comprensible, sencilla y completa atodos a"uellos datos relacionados con la !estión de los asuntos públicos,reconociendo el derec&o a solicitar y a obtener información "ue obra en poder de lasentidades públicas#

    )e esta manera, en un clima de mayor democratización y de reforma en laconducción de los asuntos públicos de manera ms transparente y cercana a laspersonas, diferentes documentos internacionales &an recomendado la creación deinstituciones independientes encar!adas de %elar por el cumplimiento de la normati%aen la materia y de !arantizar el principio de m(ima di%ul!ación de la información dela administración pública#

    8 9uscrito el ++ de julio de +55+ por las distintas or!anizaciones políticas del país#9

     Aprobado por el )ecreto 9upremo N0 ''?8+5'+8P23# Publicado en El Peruano el ? de diciembre de +5'+#10 Plan Nacional de Luc&a 2ontra la 2orrupción +5'+8+5'7# P!# 7>#11 Aprobado mediante la Gesolución 3inisterial NF 5D>8+5'+8P23, publicada en el diario El Peruano el ? de abril de +5'+#

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     Así, por ejemplo, en '??>, especialistas adoptaron los denominados !rincipios de-ohannesburgo( en los cuales se recomienda la confi!uración del derec&o a re%isiónde un pedido de información por una autoridad &'de(e'd&e'te)  de la si!uientemanera:

    Principio 14: Derecho a una revisión independiente de la denegación deinformación.

    "El Estado est obligado a adoptar las medidas apropiadas para hacer efecti%o el derecho a obtener informaci&n. Estas medidas re*uerirn *ue las autoridades( si deniegan un pedido de informaci&n( precisen sus ra+ones para hacerlo por escrito y tan pronto como sea ra+onablemente posible/ y estipularn un derecho de revisiónde los méritos y la validez de la denegación por una autoridad independiente (incluso alguna forma de re%isi&n )udicial de la legalidad de la denegaci&n. 0aautoridad de re%isi&n deber tener el derecho de e1aminar la informaci&n negada,.resaltado nuestro-

    Posteriormente, en el +55D, '+> miembros de

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    Por otra parte, los informes de las Gelatorías Especiales de la .r!anización deNaciones ;nidas y la 2omisión Interamericana de )erec&os umanos recomiendanun marco institucional y jurídico "ue !arantice el ejercicio del derec&o de acceso a lainformación#'+ Entre dic&as recomendaciones tenemos:

    '# Karantizar "ue las resoluciones de los ór!anos de transparencia seandefiniti%as e inatacables#

    +# Ase!urar "ue las resoluciones de los ór!anos de transparencia no seandesafiadas por las autoridades#

    /# )otar de autonomía constitucional a los ór!anos de transparencia a efectode "ue puedan desarrollar sus funciones sobre todos los sujetos obli!adospor la le!islación de acceso a la información#

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    2.*. SE RE+UIERE UNA AUTORIDAD +UE $ARANTICE LA ENTRE$AOPORTUNA DE INFORMACIÓN PÚBLICA

    • De,or ece/&0 e' e'tre de &'3or,c&4' (56&c e' e 7,6&tod,&'&/trt&0o'/

    El T;. de la Ley establece "ue la entidad tiene 6 días &biles para responder lassolicitudes de acceso a la información pública# Esta puede tomarse incluso > días&biles adicionales de prórro!a, debiendo para ello comunicrselo de manerafundamentada y escrita al ciudadano, se!ún el inciso b del artículo ''0 del T;. de laLey#'<

    9in embar!o, de la in%esti!ación realizada por la )efensoría del Pueblo sobre las"uejas recibidas en dic&a institución entre el +55/ y el +5'+,'> se ad%ierte lo si!uiente:

    '- Los plazos le!ales para entre!ar la información no se cumplen# La mayor parte delas "uejas estn referidas al incumplimiento del plazo y en 7 de cada '5 7>S-, elsujeto obli!ado nunca se comunicó con el recurrente#'7

    Lo cual llama la atención toda %ez la omisión de dar respuesta a una solicitud deacceso a la información pública %ulnera per se el derec&o de acceso a la informaciónpública#'6

    +- En los casos en "ue la entidad obli!ada sí se comunicó con el recurrente, elloocurrió en un promedio de 75 días calendario, lo cual e(cede lar!amente el plazoestablecido por el T;. de la Ley#

    /- Las pocas %eces en "ue se re!istraron comunicaciones para &acer uso de la

    prórro!a solo ? casos-, estos fueron emitidos fuera del plazo le!al en promedio //días lue!o de presentada la solicitud de acceso a información- y sin justificar por "u4se prolon!aba el plazo 7 casos-#

    9i bien el incumplimiento del plazo para entre!ar la información es el &ec&o%ulneratorio ms recurrente, esto re%ela a su %ez el incumplimiento de lasobli!aciones le!ales de los sujetos obli!ados# Pocos son los casos en "ue consta "uelas entidades usaron y comunicaron la prórro!a# 2uando así fue, ello se debió afactores coyunturales o casi e(cepcionales alerta sanitaria "ue disminuyó la acti%idadmunicipal y %isitas de super%isión a la entidad-# 

    13 )E1EN9.GIA )EL P;E$L., @Informe )efensorial NF '7>: $alance a diez a=os de %i!encia de la Ley de Transparenciay Acceso a la Información Pública +55/8+5'/C# P!# '>58'>'#14 Te(to nico .rdenado de la Ley N0 +6D57, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública# Artículo ''#8 Procedimiento#El acceso a la información pública se sujeta al si!uiente procedimiento: b- La entidad de la Administración Pública a la cualse &aya presentado la solicitud de información deber otor!arla en un plazo no mayor de siete 6- días útiles* plazo "ue sepodr prorro!ar en forma e(cepcional por cinco >- días útiles adicionales, de mediar circunstancias "ue &a!aninusualmente difícil reunir la información solicitada# En este caso la entidad deber de comunicar por escrito, antes del%encimiento del primer plazo, las razones por las "ue &ar uso de tal prórro!a, de no &acerlo se considera dene!ado elpedido B15 E%aluación de una muestra representati%a

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    • De,or ece/&0 de o/ (roce/o/ de 86e/ dt e' e Poder 9:d&c& ye' e Tr&6:' Co'/t&t:c&o'

    El proceso de &beas data pre%isto en la 2onstitución Política de '??/'D  ydesarrollado por el 2ódi!o Procesal 2onstitucional,'?  constituye la única !arantía

     judicial "ue nuestro ordenamiento jurídico &a pre%isto para los supuestos de%ulneración del derec&o fundamental de acceso a la información pública#

    2uando una persona no recibe respuesta ante una solicitud de acceso a lainformación pública, o esta no resulta satisfactoria, puede interponer un recurso deapelación ante la propia entidad+5  o cuestionar esta decisión e(ternamente,recurriendo a las instancias judiciales competentes, toda %ez "ue solo ellas tienen lacapacidad para obli!ar a estas entidades públicas a entre!ar la información "ue &asido dene!ada#

    9in embar!o, en la e(periencia comparada,+' adicionalmente al mecanismo judicial sepre%4 una 2omisión de Información Ucon autonomía operati%a, de presupuesto y dedecisiónV++ a fin de !arantizar en el mbito administrati%o el principio de m(imadi%ul!ación y el derec&o fundamental de acceso a la información pública# 9inembar!o, en el modelo peruano no e(iste una autoridad con estas características#

    Por ello, al ser el proceso judicial el único mecanismo reconocido para acceder ainformación pública en caso de ne!ati%a de la entidad, sí es importante identificar lasfortalezas y debilidades "ue presenta como mecanismo de !arantía de este derec&ofundamental#

    En una reciente in%esti!ación realizada por la )efensoría del Pueblo, +/ se identificócomo uno de los !randes problemas en el ejercicio del derec&o de acceso a la

    información pública, la demora en la emisión de sentencia en el proceso de &beasdata#+ 

    18 2.N9TIT;2IWN P.LXTI2A )EL PEG, artículo +55 inciso /: La acción de &beas data procede contra el &ec&o u omisión,por parte de cual"uier autoridad, funcionario o persona, "ue %ulnera o amenaza los derec&os a "ue se refiere el artículo +,incisos > y 7 de la 2onstitución#19 2W)IK. PG.2E9AL 2.N9TIT;2I.NAL, artículos 7' y 7+#20 Te(to nico .rdenado de la Ley N0 +6D57, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por )ecreto 9upremo N0 5/ inciso /#23 )E1EN9.GIA )EL P;E$L., @Informe )efensorial NF '7>: $alance a diez a=os de %i!encia de la Ley de Transparenciay Acceso a la Información Pública +55/8+5'/C# 9e analizaron D

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    Para sustentar esta problemtica, se describe los si!uientes aspectos rele%antes:

    ; D:rc&4' de o/ (roce/o/

    6; D:rc&4' e' o/ (roce/o/

    Tomando como referencia la fec&a de emisión de la sentencia de %ista, un proceso"ue concluye en se!unda instancia tiene una duración promedio de '+ meses,

    26 )E1EN9.GIA )EL P;E$L., @Informe )efensorial NF '7>: $alance a diez a=os de %i!encia de la Ley de Transparencia

    y Acceso a la Información Pública +55/8+5'/C# P!# '?/8'? y >/#28 Loc# cit# P!# '?>8'?7#

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    mientras "ue si se toma como referencia la fec&a de publicación, la duraciónasciende en promedio a '7 meses#

    En este caso, la distancia entre la fec&a de emisión de una sentencia de %ista y supublicación se presenta ms reducida, es decir, < meses# 9in embar!o, llama la

    atención "ue apro(imadamente en / de cada < casos re%isados no se re!istra en lasentencia la fec&a de interposición de la demanda, lo cual dificulta determinar demanera !eneral el !rado de celeridad de esta instancia judicial para la resolución deestos procesos#

    )el mismo modo, el /+S de los casos concluyen apro(imadamente en '+ meses,mientras "ue el /

    c; D:rc&4' de o/ (roce/o/ meses en promedio, es decir, el doble de tiempo "uetomaba para "ue concluyera en se!unda instancia#

    La duración del proceso de &beas data a ni%el de Tribunal 2onstitucional puededi%idirse en > !rupos:

    29 Xdem# P!# '?68'??#

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    i- Procesos con una duración apro(imada no mayor a '+ meses '/S-#ii- Procesos con una duración apro(imada de &asta 'D meses +DS-#iii- Procesos con una duración de &asta de +< meses /5S-#i%- Procesos con una duración no mayor a /7 meses '6S-#%- Procesos con una duración, en promedio, superior a los /7 meses# 9e trata de

    /? casos "ue representan el '+S de los procesos resueltos en esta sede#

    D:rc&4' de (roce/o de 876e/ dt

     Asimismo, al e%aluar el promedio de duración del proceso de &beas data en elTribunal 2onstitucional y el pronunciamiento "ue dic&o 2ole!iado emite, se ad%ierte"ue los procesos "ue culminan con sentencia fundada duran apro(imadamente +/meses, mientras "ue los "ue declaran infundadas las demandas se prolon!an unpoco ms y duran en promedio +7 meses# La duración de las improcedencias, encambio, es de +' meses en promedio#

    )e lo e(puesto, se e%idencia "ue el proceso de &beas data no !arantiza la entre!aoportuna de información pública a las personas#

    2.@. SE RE+UIERE UNA AUTORIDAD +UE $ARANTICE EL ACCESO A LAINFORMACIÓN PÚBLICA DE CALIDAD

    • !:'erc&4' re&terd de / 'or,/ de tr'/(re'c& y e cce/o &'3or,c&4' (56&c e' e 7,6&to d,&'&/trt&0o

    La publicación del T;. de la Ley representa, en muc&os sentidos, un &ito en el modoen "ue las entidades públicas deben or!anizar su funcionamiento conforme a lasobli!aciones contenidas en ella#

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    Este cuerpo normati%o desarrolla el derec&o fundamental de acceso a la informaciónpública/5  y se eri!e en un canal "ue facilita la respuesta a la demanda detransparencia e información pública de la ciudadanía# El adecuado funcionamiento deeste canal ase!ura el respeto del principio de m(ima di%ul!ación, en la medida en"ue las entidades cumplan con dar la debida respuesta a las solicitudes de

    información realizadas por cual"uier persona#9in embar!o, lo "ue se obser%a a lo lar!o de los ms de diez a=os de %i!encia delT;. de la Ley es "ue dic&o canal no siempre &a tenido un funcionamiento efecti%o o!arante#

    E%idencian esta situación la e%aluación del trmite de se!uido en la )efensoría delPueblo de un total de 7,6'< "uejas por %ulneración del derec&o de acceso ainformación pública/', desde el a=o +55//+ entrada en %i!encia del T;. de la Ley-&asta el +5'+#

    C't&dd de

    La in%esti!ación e%idenció la reiteración de los &ec&os %ulneratorios y, por ende, delas barreras para el ejercicio de este derec&o fundamental# Así tenemos:

    +:e/ (or 8ec8o 0:'ertor&o) 2*-212"ec8o/ 0:'ertor&o/ C't&d

    dPorce'te

    Incumplimiento del plazo para entre!ar información

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    No incorporación del procedimiento de acceso a lainformación ni del costo de reproducción en el Te(to nicode Procedimientos Administrati%os de la entidad +7? 7 /#DS

    Portales "ue no contienen la información e(i!ida por la ley o"ue contienen información incompleta, desactualizada yJoincomprensible '6/ +#7SIne(istencia de portales de transparencia y acceso a lainformación, distinta a los "ue puedan afectar a personascon discapacidad %isual ?7 '#

    La in%esti!ación tambi4n da cuenta "ue los !obiernos locales concentran el >>S delas "uejas por &ec&os por %ulneración del derec&o de acceso a información pública,se!uido de los ministerios +5S- y los !obiernos re!ionales con el '/ '6 5#DSPoder Hudicial >5 5#6SPoder Le!islati%o 6 5#'STot =)1@ 1.

    1uente: Informe )efensorial NF '7>

     A&ora bien, la pre!unta de fondo para tener un acercamiento a cómo se ejerce elderec&o fundamental de acceso a la información pública es: 'qué informaciónsolicitan las personas( 

    El estudio e%idenció "ue la cate!oría de información ms solicitada a las entidadespúblicas es la relati%a al presupuesto de la entidad /+S-, la ad"uisición de bienes yser%icios +?S-, resoluciones, ordenanzas y otros documentos emitidos por la entidad+/S-, documentos %inculados a infraestructura y urbanismo '>S- y aspectoslaborales '+S-/

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    1uente: Informe )efensorial NF '7>

    La ne!ati%a a entre!ar esta información re%ela la ne!li!encia yJo desconocimiento delos sujetos obli!ados al responder a las solicitudes, pues en reiterada jurisprudenciael Tribunal 2onstitucional estableció "ue este tipo de información es pública#

     Así, estos datos e%idencian "ue en un sector público importante, los parmetrosnormati%os de la transparencia y el acceso a información pública, no se &anincorporado en las prcticas de !estión pública y en la super%isión del proceso decumplimiento#

    En ese sentido, en base a la e(periencia comparada, si se contara con una autoridadcon la competencia y la capacidad de %i!ilar de forma directa, frecuente yespecializada la actuación de las entidades públicas, sería menos costoso para losciudadanos ejercer libre y correctamente sus derec&os, y ms beneficioso para lasentidades públicas en el sentido "ue destinarían menos recursos a atender losproblemas !enerados por las "uejas, y así tendrían mayores posibilidades de brindar un mejor ser%icio a la ciudadanía#

     Al respecto, es importante destacar "ue, a ni%el comparado, las institucionespromotoras y !arantes de la transparencia y el acceso a la información pública &andesarrollado y combinado estrat4!icamente las labores de capacitación,asesoramiento t4cnico, entre otras, para ase!urar el cumplimiento de la normati%a enesta materia#

    Tal es el caso del 2onsejo para la Transparencia de 2&ile, institución "ue realizasuper%isiones focalizadas por ejemplo, en salud, uni%ersidades o !obiernos locales-*elabora dia!nósticos sobre las barreras para acceder a información pública* proponeinstructi%os para uniformizar el procedimiento de acceso en dic&os mbitos, parafinalmente fiscalizar y e%entualmente sancionar a los "ue incumplen las directi%as#

    9in perjuicio de la utilización estrat4!ica de funciones y atribuciones, cabe mencionar "ue en materia de capacitación, durante el +5'+, el Instituto 1ederal de Acceso a laInformación Pública de 34(ico I1AI- realizó +/5 acciones de capacitación

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    presenciales contando con la participación de > 6 Por su parte, duranteel +5'/, el 2onsejo para la Transparencia de 2&ile realizó 'D> acti%idades decapacitación presenciales con la asistencia de D

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    Ar:,e'to/ de / e't&dde/ de,'dd/ e' :' (roce/o de 876e/ dt

    1uente: Informe )efensorial NF '7>

    Por tanto, "ueda e%idenciado "ue es necesario crear una autoridad "ue !arantice elacceso información de calidad y dentro del plazo establecido#

    2.. SE RE+UIERE UNA AUTORIDAD +UE RESUEL!A CASOS Y +UE

    $ARANTICE LA INTERPRETACIÓN Y APLICACIÓN "OMO$ENEA DE LASNORMAS DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

    En el actual modelo de transparencia y acceso a la información pública, cada entidadaplica la normati%a de acuerdo con criterios internos o e(iste una dispersión de ellostanto para su interpretación como para su aplicación#

     Al no e(istir en el Perú una autoridad !arante del derec&o de acceso a la informaciónpública con facultad para resol%er casos y establecer criterios &omo!4neos y%inculantes, la interpretación de le!islación en la materia es disímil, con lo "ue sepodría afectar el principio de se!uridad jurídica#

    Esto afecta !ra%emente el principio constitucional de se!uridad jurídica, en la medida"ue la @predecibilidadC de las conductas en especial, las de los poderes públicos-frente a los supuestos pre%iamente determinados por el )erec&o, constituye la!arantía "ue informa a todo el ordenamiento jurídico y "ue consolida la interdicciónde la arbitrariedad#

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    @La e(istencia de una entidad especializada "ue resuel%a los recursos de apelación enmateria de acceso a la información pública podría (er,&t&r

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    Y LicitacionesY Procedimiento de reclamo y amparo

    Por ello, la creación de la Autoridad Nacional para la Transparencia y el Acceso a laInformación Pública, ser fundamental en la resolución de casos y para !enerar 

    predictibilidad en la interpretación y aplicación de la normati%a en la materia#2.=. SE RE+UIERE UNA AUTORIDAD +UE FISCALICE Y SANCIONE LOSINCUMPLIMIENTOS DE LAS OBLI$ACIONES DE TRANSPARENCIA Y ACCESO ALA INFORMACIÓN PÚBLICA

    • Lo/ /:eto/ o6&do/ 'o &de't&3&c' :' 4r'o 5'&co de 3&/c&Kc&4'yo /'c&4'

    Para e%itar "ue los funcionarios incumplan las obli!aciones estipuladas por el T;. dela Ley, se re"uiere fiscalizar el desarrollo de sus labores# La fiscalización tiene por finalidad identificar, controlar, reprimir e imponer sanciones a los funcionarios por a"uellas conductas acti%as u omisi%as

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     Asimismo, a tra%4s de la 9ecretaría de Kestión Pública busca ase!urar latransparencia, la participación, la %i!ilancia y la colaboración ciudadana en el debatede las políticas públicas y en la e(presión de opinión sobre la calidad de los ser%iciospúblicos y el desempe=o de las entidades,

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    de fiscalización en la materia# Adems, mencionaron en una se!unda ubicación a la)efensoría del Pueblo /6S-, y en tercer lu!ar, al ór!ano de control interno +?S-#

    E't&dde/

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    E't&dde/

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    La creación de una Autoridad Nacional para la Transparencia y el Acceso a laInformación Pública no si!nifica crear ms burocracia ni ms !asto, sino crear unmecanismo eficiente "ue fortalezca el sistema democrtico, "ue beneficiedirectamente a la ciudadanía y "ue facilite el ejercicio de sus derec&os#

    )e esta manera, esta Autoridad constituye una in%ersión pública rentable en beneficiode todas las personas y ser un !ran aporte en la bús"ueda de una administraciónpública moderna, eficiente, inclusi%a y libre de corrupción, "ue ase!ure la plena%i!encia de los derec&os de las personas y el eficiente manejo de los recursos de unEstado )emocrtico#

    )e acuerdo con un estudio realizado por el Pro!rama de 3ejoramiento de los9er%icios de Husticia del $anco 3undial, en octubre de +5'+, el monto de in%ersiónpara el inicio de operaciones es de 9J# ']/55,555#55 un millón trescientos mil soles-# Asimismo, se estima "ue los !astos de personal en !eneral ascenderían a 9J#D]555,555#55 oc&o millones de soles-# )e a&í "ue el costo anual de operación totalse estima en 9J# 'D] 555,555#55 diecioc&o millones de soles-#

    )ic&a cifra es muy reducida en comparación de los ms de '> mil millones de soles"ue las instituciones &an de%uelto al erario nacional en el +5'/ por no &aber ejecutado el total de su presupuesto público#>+ )e esta manera, el !asto anual delfuncionamiento de la Autoridad Nacional para la Transparencia y el Acceso a laInformación Pública representa alrededor del 5#'+S del dinero "ue las institucionesdel Estado dejaron de ejecutar en el +5'/#

    El costeo de recursos para la creación de la Autoridad Nacional para la Transparenciay el Acceso a la Información Pública propuesto en el presente documento a precios

    de mercado>/- &a tenido en cuenta adems los si!uientes criterios:

    • Los !astos de in%ersión consideran: e"uipamiento, mobiliario, adecuación deambientes, sistemas de información, licencias de softMare y otros '5S delcosto de in%ersión-#

    • Los !astos de personal consideran el coste ori!inado por personal bajo lamodalidad contractual de )ecreto Le!islati%o N0 6+D, "ue est establecido enla propuesta de estructura or!nica de la entidad#

    • .tros !astos corrientes estn referidos a los pa!os de bienes y ser%iciosanuales:>

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    C:dro N 1C:dro Re/:,e' de Co/to E/t&,do de I'0er/&4' y O(erc&4' A':

    R:6ro Ao Ao '

    Co/to de I'0er/&4'3&''c&,&e'to; ',/D>,6D7#75

    E"uipos >7D,+/+#553obiliario /+>,>6)?*)2*1.*

    1uente: $anco 3undial

    El principal rubro de in%ersión son el e"uipamiento y mobiliario "ue representan un7) 2=)CAS) etc.;

    N

    3:'c&o'r&o/ Tot S.;2onsejero Presidente N 2> ' '7?, '5 ',>D?,555#55Hefe N2 2> '? +,>55, '6 ',>+/,+55#55 Analista N@ 2> /D +,757,D55#55$ac&iller  N Otro ' +6,555#55 AsistenteJT4cnico N= Otro ? +5+,>55#55 Au(iliar  N Otro ' '5,D55#55^ Estimado ?= >)=2?)1.

    1uente: $anco 3undial

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    C:dro N *Co/to de I'0er/&4' de E

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    Estantes Estndar 5,555#55

     Ambientes Adecuación en sede

    institucional+'7,555#55

    .tros '+>,?D5#75

    Tot @?1)?>.=

    1uente: $anco 3undial

     Adicionalmente, debemos mencionar "ue la estructura de costos &a sido elaboradateniendo como propuesta la si!uiente estructura or!nica de para la AutoridadNacional para la Transparencia y el Acceso a la Información:

    • 2onsejo )irecti%o: cinco 5>- miembros#• )irección Keneral: un 5'- )irector#• Wr!ano de control institucional: un 5'- Auditor Keneral#• Wr!anos de asesoría:

    o )irección de Planeamiento y Presupuesto:o ;nidad de Asesoría Hurídica:

    • Wr!anos de apoyo:o )irección de Administración y Personal:o )irección de .peraciones y 9istemas:o ;nidad de Ima!en, Prensa y 2omunicaciones:

    • Wr!anos de línea:o )irección de 1iscalización y Hurídica:

    o )irección de Estudios e In%esti!ación:o )irección de Promoción y )ifusión:

    @.- INCIDENCIA DEL PROYECTO DE LEY EN LA LE$ISLACIÓN NACIONAL

    El Proyecto de Ley se enmarca dentro de los alcances de la 2onstitución Política delPerú y modificar normas %i!entes tales como:

    a- Te(to nico .rdenado de la Ley NF +6D57, Ley de Transparencia y Acceso a laInformación Pública, aprobado por )ecreto 9upremo NF 5

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    c- Ley "ue modifica el prrafo /D#/ del artículo /D de la Ley NF +6