Expo Produce

14
LICENCIA DE USO DE AGUA CON FINES LICENCIA DE USO DE AGUA CON FINES ACUICOLAS ACUICOLAS Ing° Pedro Saravia Baltazar

description

truchas

Transcript of Expo Produce

  • LICENCIA DE USO DE AGUA CON FINES ACUICOLASIng Pedro Saravia Baltazar

  • Autorizacin para realizar EstudiosAprobacindeEstudiosAutorizacindeEjecucin deObrasLicencia deUso deAguaPROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

  • Requisitos:Solicitud dirigida a la ATDR Pasco, segn formato. Breve descripcin del proyecto, con la siguiente informacin:Objeto al que se pretende destinarse las aguas (energtico, poblacional, pisccola, agrcola, industrial, minero, etc.)Ubicacin geogrfica de la fuente de agua en coordenadas UTM, del probable punto de captacin y devolucin cuando corresponda.Caudal requeridoActividades principalesMetodologa de ejecucinDuracin de ejecucin de los trabajos previstos, beneficiarios, etc.Plano de ubicacin de la zona de captacin en coordenadas UTM.

    AUTORIZACION PARA LA EJECUCION DE ESTUDIOS

  • Requisitos:Solicitud dirigida a la ATDR Pasco, segn formato.

    Copia de la Resolucin que autorizo la ejecucin de los estudios.

    El Estudio de Aprovechamiento Hdrico, con el contenido mnimo :Evaluacin hidrolgica.Ingeniera del Proyecto, relacionado a la implantacin de las obras hidrulicas en las fuentes naturales.Plan de Aprovechamiento del Recurso hdrico.

    APROBACION DE ESTUDIOS

  • Requisitos:Solicitud dirigida a la ATDR Pasco, segn formato. Copia de la Resolucin que aprob el estudio de aprovechamiento hdrico antes del 28 de diciembre de 2006 o sealar la Resolucin que aprob dicho estudio posterior al 28 de diciembre de 2006.Acreditacin de la titularidad de la conduccin del espacio fsico donde va hacer uso del agua.La Resolucin de aprobacin del instrumento ambiental emitido por la autoridad ambiental del sector.La Resolucin que aprueba el proyecto, emitida por la autoridad sectorial correspondiente.Autorizacin de servidumbres que requieran, cuando corresponda.AUTORIZACION PARA LA EJECUCION DE OBRAS HIDRAULICAS

  • Requisitos:Solicitud dirigida a la ATDR Pasco, segn formato.

    Copia de la Resolucin que autoriz la ejecucin de las obras.

    Informe final de las obras autorizadas y ejecutadas con indicacin de la memoria descriptiva y planos finales de ejecucin de obra, debidamente suscrita por ingeniero responsable.

    Documento que da la conformidad de las obras expedido por el sector competente cuando corresponda.

    OTORGAMIENTO DE LICENCIA DE USO DE AGUA

  • COSTO DEL PROCEDIMIENTODerecho de Tramite : S/. 3.24Derecho de inspeccin ocular: S/. 69.00Por derecho de Licencia: S/. 86.25Aprobacin de Estudios y Ejecucin de Obras: S/. 103.50

    TOTAL: S/. 261.99

  • La medicin volumtrica es la norma general que se aplicara en los diversos usos de las aguas, siendo obligatorio que los usuarios instalen los dispositivos de control y medicin para su distribucin y aprovechamiento adecuados (artculo 11 de LGA).

    Los usuarios de cada distrito de riego abonaran tarifas que sern fijadas por unidad de volumen para cada uso. Dichas tarifas servirn de base para cubrir los costos de explotacin y distribucin de los recursos de agua, incluyendo las del subsuelo, as como para la financiacin de estudios y obras hidrulicas necesarias para el desarrollo de la zona (artculo 11 de LGA).DISPOSICIONES GENERALES

  • Todo usuario esta obligado a emplear las aguas con eficiencia y economa en el lugar y con el objeto para el que le sean otorgadas.

    Contribuir proporcionalmente a la conservacin y mantenimiento de los cauces, estructuras hidrulicas, caminos de vigilancia y dems obras e instalaciones comunes, as como a la construccin de las necesarias. (artculo 11 , inc. C - de LGA).DE LA CONSERVACION

  • TIPOS DE TARIFA POR USO DE AGUA SUPERFICIAL Es la contribucin econmica que deben abonar los usuarios por metro cbico de agua utilizada en su actividad, cualquiera que sea la forma de otorgamiento.

    IJU + Canon Agua + Amortizacin

    Componentes:

    Ingresos Direccin General Canon de agua

    AGRARIONO AGRARIOMediante Decreto Supremo N 003-90-AG, de fecha 29 de enero de 1990 se aprueba el reglamento de Tarifas y cuotas por el uso de agua el que consta de 6Titulos, 9 captulos y 68 artculos.

  • Esta tarifa tiene dos componentes: Ingresos Direccin General y Canon de agua

    IDG: Es la parte de la tarifa destinada al cumplimiento de las actividades de regulacin del uso de los recursos agua y suelo y proteccin de las cuencas.

    CA: Es la parte de la tarifa que se paga al estado por el uso de agua, patrimonio de la Nacin y constituye ingresos del tesoro pblico.TARIFA POR USO DE AGUA SUPERFICIAL CON FINES NO AGRARIOS

  • VALOR DE LA TARIFA A partir del ao 1989, la tarifa por M3 es igual a un porcentaje de la UIT.

    USO%IndustrialMineroEnergticoPisccolaPoblacional0.00100.00100.00050.00050.0005

  • Hoja1

    AOMINEROINDUSTRIALPOBLACIONALD. S. N

    20010.003540.005390.00049055-2002-AG

    20020.007260.011040.00101055-2002-AG

    20030.014880.022620.00207055-2002-AG

    20040.030480.046340.00424017-2004-AG

    20050.030480.046340.00424012-2005-AG

    20060.030480.046340.00424008-2006-AG

    20070.030480.046340.00424001-2007-AG

    Hoja1

    MINERO

    INDUSTRIAL

    POBLACIONAL

    AOS

    S/./M3

    APROBACION DE TARIFAS POR AOS 2001-2007

    Hoja2

    Hoja3

  • "El agua, una responsabilidad compartida" se centra en la importancia de los sistemas de gobernabilidad para administrar los recursos hdricos y hacer frente al problema de la pobreza.