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ESCUELA BÁSICA RABUCO REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR 2021 Según Decreto Nº 67 CONCEPTOS Y DISPOSICIONES GENERALES A. ANTECEDENTES 1. Este reglamento interno se elabora en base al Decreto Supremo Nº67/2018, tras un análisis encabezado por el equipo técnico pedagógico con consulta al Consejo de Profesores, que define los cambios necesarios para alcanzar las normas mínimas nacionales sobre evaluación, calificación y promoción 2. En lo que respecta a la Evaluación y Promoción de los estudiantes de 7º y 8º año se seguirá lo definido por el Decreto Supremo Nº 614/2013 donde se establece la vigencia de las Bases Curriculares para las asignaturas Lengua y Literatura, Matemática, Inglés, Historia, Geografía y Ciencias Sociales, Ciencias Naturales y Educación Física y Salud. 3. En cuanto a la Evaluación y Promoción de los estudiantes de 1º a 6º básico se tomará lo señalado en el Decreto Supremo Nº a) 439/2012 que fija la vigencia de las nuevas Bases Curriculares para las asignaturas de Lenguaje y Comunicación, inglés, Matemática, Historia, Geografía y Ciencias Sociales, y Ciencias Naturales b) 433/2012 que establece la vigencia de las bases curriculares de Artes visuales, música, orientación, tecnología y educación física y salud B. DEFINICIONES 1. Reglamento: “Instrumento mediante el cual, los establecimientos educacionales reconocidos oficialmente establecen los procedimientos de carácter objetivo y transparente para la evaluación periódica de los logros y aprendizajes de los estudiantes, basados en las normas mínimas nacionales sobre evaluación, calificación y promoción reguladas por el decreto 67/18”. 2. Evaluación: “Conjunto de acciones lideradas por los profesionales de la educación para que tanto ellos como los estudiantes puedan obtener e interpretar la información, sobre el aprendizaje, con el objeto de adoptar decisiones que permitan promover el progreso del aprendizaje y retroalimentar los procesos de enseñanza”. 3. Calificación: “Representación del logro en el aprendizaje a través de un proceso de evaluación, que permite transmitir un significado compartido respecto a dicho aprendizaje mediante un número, símbolo o concepto”. 4. Promoción: “Acción mediante la cual el alumno culmina favorablemente un curso, transitando al curso inmediatamente superior”. C. DE LAS OBLIGACIONES DEL DOCENTE 1. Deberá iniciar la clase a la hora acordada. 2. Deberá mantener el registro de calificaciones actualizado, tanto físico como digital. 3. Deberá registrar las medidas que se tomen en cuanto a recuperación y retroalimentación adecuadas. 4. Corresponderá al área de competencia profesional del docente determinar los diferentes tipos de evaluación, resguardando la coherencia con

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ESCUELA BÁSICA RABUCO

REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR 2021

Según Decreto Nº 67

I. CONCEPTOS Y DISPOSICIONES GENERALES

A. ANTECEDENTES

1. Este reglamento interno se elabora en base al Decreto Supremo Nº67/2018, tras un análisis encabezado por el equipo técnico pedagógico con consulta al Consejo de Profesores, que define los cambios necesarios para alcanzar las normas mínimas nacionales sobre evaluación, calificación y promoción

2. En lo que respecta a la Evaluación y Promoción de los estudiantes de 7º y 8º año se seguirá lo definido por el Decreto Supremo Nº 614/2013 donde se establece la vigencia de las Bases Curriculares para las asignaturas Lengua y Literatura, Matemática, Inglés, Historia, Geografía y Ciencias Sociales, Ciencias Naturales y Educación Física y Salud.

3. En cuanto a la Evaluación y Promoción de los estudiantes de 1º a 6º básico se tomará lo señalado en el Decreto Supremo Nº

a) 439/2012 que fija la vigencia de las nuevas Bases Curriculares para las asignaturas de Lenguaje y Comunicación, inglés, Matemática, Historia, Geografía y Ciencias Sociales, y Ciencias Naturales

b) 433/2012 que establece la vigencia de las bases curriculares de Artes visuales, música, orientación, tecnología y educación física y salud

B. DEFINICIONES

1. Reglamento: “Instrumento mediante el cual, los establecimientos educacionales reconocidos oficialmente establecen los procedimientos de carácter objetivo y transparente para la evaluación periódica de los logros y aprendizajes de los estudiantes, basados en las normas mínimas nacionales sobre evaluación, calificación y promoción reguladas por el decreto 67/18”.

2. Evaluación: “Conjunto de acciones lideradas por los profesionales de la educación para que tanto ellos como los estudiantes puedan obtener e interpretar la información, sobre el aprendizaje, con el objeto de adoptar decisiones que permitan promover el progreso del aprendizaje y retroalimentar los procesos de enseñanza”.

3. Calificación: “Representación del logro en el aprendizaje a través de un proceso de evaluación, que permite transmitir un significado compartido respecto a dicho aprendizaje mediante un número, símbolo o concepto”.

4. Promoción: “Acción mediante la cual el alumno culmina favorablemente un curso, transitando al curso inmediatamente superior”.

C. DE LAS OBLIGACIONES DEL DOCENTE

1. Deberá iniciar la clase a la hora acordada.

2. Deberá mantener el registro de calificaciones actualizado, tanto físico como digital.

3. Deberá registrar las medidas que se tomen en cuanto a recuperación y retroalimentación adecuadas.

4. Corresponderá al área de competencia profesional del docente determinar los diferentes tipos de evaluación, resguardando la coherencia con

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el objetivo de aprendizaje propuesto.

D. DE LAS OBLIGACIONES DEL ESTUDIANTE

1. Deberá llegar puntualmente a cumplir con las instancias de evaluación.

2. La consideración del estudiante como el principal actor dentro de la construcción de aprendizajes implica que:

a) Los estudiantes no se podrán restar de las actividades de aprendizaje propuestas, sean estas de carácter evaluativo formativo o sumativo, en modalidad individual o en grupo. Lo contrario deberá ser dejado como registro en su hoja de vida.

b) Deberán presentar trabajos originales en su autoría, reconociendo debidamente fuentes y evitando en todo momento plagio o copia. Lo contrario será evaluado en una nueva instancia, optando a la nota mínima de aprobación.

c) Deberán cumplir a cabalidad los plazos y compromisos acordados, siendo su obligación la entrega de las evidencias de su aprendizaje, dentro de las opciones propuestas.

3. Deberán hacer uso del tiempo otorgado en clases (tiempo de aula) para la realización de cualquier trabajo. Las excepciones pertinentes se establecerán de antemano por acuerdo entre profesor/a, estudiante y apoderado/a, cuidando evitar carga excesiva de trabajo.

4. Pedir la aplicación o recalendarización de un instrumento de evaluación es parte de sus obligaciones. Esto se hará en la clase de la asignatura inmediatamente siguiente, una vez reintegrado tras su inasistencia.

E. DE LOS PROCEDIMIENTOS

1. El/la profesor/a de asignatura deberá registrar en el libro de clases y subir a la plataforma las calificaciones correspondientes a cada instancia de evaluación. Para estos fines dispondrá de 7 días hábiles después de entregar los resultados a los estudiantes.

2. De registrarse un porcentaje mayor a 20% de notas con rendimiento insuficiente, se deberá informar a la unidad técnica para la toma de decisiones.

3. Se propondrá una reunión mensual/bimensual de revisión de cursos para los casos de rendimiento descendido, en los que se considere la participación de los docentes que trabajan con el curso, así como del/de la Jefe/a Técnico-Pedagógico y convivencia escolar de ser el caso. El resultado de esta instancia debe ser un informe del que se notifica al tutor.

4. Se deberá confeccionar un informe de propuesta de evaluación y progresión de la asignatura por curso, que considere instancias e instrumentos de evaluación, métodos de recuperación, y progresión de unidades; que deberá ser dado a conocer a los estudiantes y/o apoderados a principio de año y de semestre.

II. DE LA EVALUACIÓN

A. EVALUACIÓN

1. Todos/as los/as estudiantes deberán ser evaluados en la asignatura, por lo que ausentarse de un procedimiento evaluativo (trabajos, trabajos prácticos, disertaciones, pruebas coeficiente 1, entre otros) requiere una justificación.

2. Se evaluarán los Objetivos de Aprendizaje, Aprendizajes Esperados, Objetivos Fundamentales y Contenidos Mínimos de la asignatura según correspondan. Un aprendizaje estará logrado al demostrar un 60% (nota 4) de dominio de los contenidos y métodos que permiten desarrollar las habilidades. El mismo porcentaje de logro será requerido como mínimo de aprobación en las diferentes instancias de evaluación que se apliquen en las asignaturas.

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B. LOS TIPOS DE EVALUACIÓN CONTEMPLADOS

1. Según la intencionalidad, la instancia se puede considerar como diagnóstica, formativa o sumativa.

2. Evaluación Diagnóstica: se usa para determinar el nivel de aprendizaje y conocimientos previos al inicio de un nuevo proceso de aprendizaje, y situarlos con relación a los objetivos de aprendizaje.

3. Evaluación Formativa: se usa para obtener evidencias continuas para regular, orientar y corregir el proceso educativo y, por lo tanto, mejorarlo. Se llevará a cabo permanente y sistemáticamente durante todo el proceso pedagógico, a través de actividades alternativas de aprendizaje que ayuden a evidenciar el logro de los objetivos propuestos. Estas evaluaciones en principio no son calificadas, pues apuntan a retroalimentar al/ a la profesor/a y estudiantes sobre el grado de avance en el logro de los aprendizajes y así orientar las posteriores decisiones pedagógicas, considerando además los Objetivos Fundamentales de Aprendizaje.

a) Una determinada instancia formativa podría recibir una calificación si da cuenta de un proceso de aprendizaje o la consecución de un objetivo de aprendizaje. Esto implica que deberá contemplarse un instrumento evaluativo del tipo pauta, rubrica u otra similar, que entregue resultados cuantificables.

b) La aplicación de instancias formativas deberá consignarse de manera formal por medio de los instrumentos pertinentes, ya sea la planificación o el libro de clases.

4. Evaluación Sumativa: se aplica al proceso o producto final en un momento determinado. Este tipo de evaluación posibilita comprobar la eficiencia en este proceso y entrega evidencias para la planificación de futuras intervenciones. Luego de realizarse queda un registro escrito de ella que corresponde a una calificación numérica.

C. DE LAS INSTANCIAS E INSTRUMENTOS

1. El proceso de evaluación se estructura en torno a la noción de sociabilización de los instrumentos utilizados. Por tanto, los criterios se informarán pertinentemente, velando por mantener criterios de objetividad y transparencia.

2. El logro de los aprendizajes que determina la nota se evidencia por medio de instrumentos de evaluación diversos, atendiendo a las sugerencias de instrumentos de los Programas de Estudio. Por tanto, además de pruebas formales para las evaluaciones acumulativas y evaluaciones coeficiente 1, se aplicarán procedimientos de evaluación como:

a) pruebas escritas, orales o prácticas; de contenido, unidad, semestral o de nivel.

b) lectura complementaria

c) informes, trabajos de investigación individuales o grupales

d) exposiciones o disertaciones

e) pautas de cotejo, rúbricas

f) mapas conceptuales, mapas semánticos

g) proyectos

h) bitácoras o portafolios

i) organizadores gráficos

j) trabajos prácticos, diagramas, esquemas, modelos concretos

k) guías de práctica gramatical y de habilidades

l) videos

m) debates, chats, etc.

n) expresión artística (corporal-motriz- plásticas-manualidades- otras)

ñ) disciplinas deportivas

3. En el caso de realizar una evaluación calificada a la revisión de cuaderno,

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portafolio o resumen de algún contenido específico, o que implique observación directa, se presentará una pauta o tabla de revisión (lista de cotejo, escala de apreciación o rúbrica), conocida por los/las estudiantes y enviada al apoderado.

4. Las evaluaciones (formativas y/o sumativas) podrán plantearse de forma

a) Individual: aplicada individualmente a un estudiante.

b) Grupal: aplicada a un grupo de estudiantes.

c) Coevaluación: realizada por los estudiantes con alguno de sus pares o el profesor junto a los/las estudiantes.

d) Autoevaluación: realizada por el/la propio/a estudiante.

D. COMPORTAMIENTO ESPERADO EN UNA EVALUACIÓN

1. Durante la instancia de evaluación se espera que el/la estudiante mantenga un comportamiento que permita el correcto desarrollo de la actividad, lo que debe ser coherente a lo señalado en el manual de convivencia.

2. Ni la conducta inapropiada ni la falta de disciplina podrán influir en la calificación.

3. Tanto la copia como el plagio, conllevarán el retiro del instrumento evaluativo, quedando el pertinente registro en el libro de clases, para la citación del apoderado. El/la estudiante será sancionado con las medidas de un estudiante ausente, debiendo acogerse a lo señalado para esos casos.

a) Se entenderá como copia el uso de cuadernos, torpedos, apuntes, conversaciones y señas durante la evaluación. El uso de redes sociales y dispositivos tecnológicos cabe en la misma categoría.

b) Se entenderá como plagio el uso de material de otra persona sin la necesaria cita de la referencia, ya sea una fuente bibliográfica o la producción de otro estudiante.

III. DE LA CALIFICACIÓN

A. CALIFICACIONES

1. Se evaluará en régimen semestral, acorde al período escolar definido por el establecimiento, de la siguiente manera:

a) Prebásica: cualitativa

b) Básica: calificación numérica 2.0 a 7.0, con un decimal

2. El sistema de evaluación se basa en la calificación, expresada numéricamente en una escala de 2.0 a 7.0 (hasta con un decimal) con nota mínima de aprobación igual a 4.0 con un porcentaje mínimo de 60% de exigencia y siendo la calificación máxima posible 7.0.

3. Un/a estudiante logra los aprendizajes académicos cuando obtiene una calificación 4.0 o superior.

4. Se calificará en base al logro o no de los aprendizajes, habilidades y actitudes.

a) No se calificará la conducta o falta disciplinar del/de la estudiante. De ocurrir, la Unidad Técnico-Pedagógica podrá anular esa calificación.

5. El número de calificaciones semestrales considera para todos los cursos:

Asignaturas Mínimo de notas Máximo de

notas

2 a 4 horas 4 notas 6 notas

5 a 10 horas 6 notas 8 notas

6. La cantidad antes señalada podrá ser modificada a petición del docente, previa aprobación de la Unidad Técnico Pedagógica, atendiendo a procurar procesos evaluativos efectivos.

7. Las asignaturas de Religión, Orientación y Consejo de curso, aunque calificadas, no afectarán el promedio final anual la promoción al curso superior de

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los estudiantes.

8. La asignatura de religión se calificará con un concepto I, S, B, MB de acuerdo con la tabla de calificación conceptual.

9. Las pruebas de diagnóstico de cada asignatura se realizarán al inicio de cada año académico y serán calificadas con un concepto de Logrado (L) o No Logrado (NL)

10. Cuando las evaluaciones aplicadas a los estudiantes se expresen en un concepto; los docentes deben utilizar una escala conceptual y su equivalencia numérica

a) Tabla de calificación conceptual religión

Concepto Símbolo Rango calificación

numérica

Muy Bueno MB 6,0 – 7,0

Bueno B 5,0 – 5,9

Suficiente S 4,0 – 4,9

Insuficiente I 2,0 – 3,9

b) Tabla de calificación conceptual prueba de diagnóstico

Concepto Símbolo Rango calificación

numérica

Logrado L Igual o mayor al 80%

Medianamente

Logrado

ML Entre 60% y 79%

No Logrado NL Menor al 60%

B. DE LA CORRECCIÓN, RETROALIMENTACIÓN, CALIFICACIÓN Y ENTREGA DE INSTRUMENTOS EVALUATIVOS

1. Los/las profesores/as jefes y de asignatura, informarán a los/las estudiantes y enviarán vía cuaderno/agenda/página web la fecha de las evaluaciones calificadas al inicio del año escolar y lo replantearán el primer día de clase tras vacaciones de invierno. Esta información será modificada y reenviada según surja la necesidad.

2. Los temarios generales se informarán de la misma manera a principio de año y de segundo semestre, aunque se incluirá una nota en caso de cualquier modificación.

3. Dentro de todas las salas de clases habrá un calendario de evaluaciones mensuales para dejar registro de toda instancia de evaluación (pruebas, trabajos, informes, revisión de cuadernos, interrogación u otras). Corresponderá al/ a la profesor/a que aplicará la prueba verificar que se apunte la fecha, asignatura y tipo de evaluación.

a) Se evitará realizar más de dos evaluaciones sumativas de contenidos o de unidad en un mismo día en las asignaturas de lenguaje, historia, ciencias y matemática.

b) Se podrá realizar una actividad práctica y prueba de contenido el mismo día.

4. Todo resultado o calificación acumulativa y coeficiente 1 será comunicada en el mínimo plazo posible, priorizando los resultados inmediatos en pruebas vía plataformas virtuales, evaluaciones orales, y otras que consideren rúbricas o listas de cotejo.

5. La entrega de la calificación para instrumentos que no tienen resultados inmediatos no podrá exceder el plazo de 10 días hábiles.

6. Se gestionará la comunicación de resultados de manera oportuna, estableciendo un sistema de penalización o descuento por entregas fuera de plazo.

a) Al evaluar trabajos, ensayos, informes, videos, etc., se considerará en la pauta de corrección, PUNTUALIDAD en la fecha de entrega, según la

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planificación entregada a los estudiantes. Esto no aplicará a los casos debidamente justificados.

b) Criterio:

Cumplimiento en la fecha de entrega = Calificación máxima nota 7.0

Retraso de un día/una sesión = Calificación máxima nota 6.0

Retraso de dos días/dos sesiones = Calificación máxima nota 5.0

Retraso de tres días/tres sesiones o más = Calificación máxima nota 4.0

Retraso en más de 30 días corridos desde la fecha original de entrega (antes del cierre de semestre) = Calificación mínima nota 2.0

c) Lo señalado anteriormente aplica en consideración de los días y horarios correspondientes a la asignatura.

d) Se sugiere que el/la estudiante o apoderado/a entregue el trabajo directamente al profesor de asignatura.

7. Se garantizarán los procesos adecuados de retroalimentación, reconociendo así su aporte al monitoreo de los aprendizajes y a la toma de decisiones, para fortalecer el aprendizaje de los estudiantes y la reflexión docente sobre sus prácticas pedagógicas.

a) De este modo, los docentes deben incluir en sus planificaciones espacios exclusivos de retroalimentación, que garanticen su entrega oportuna, procurando incorporar formas variadas para su realización.

b) Los docentes deben generar espacios en los que se procure el uso de la información por parte de los estudiantes en favor del aprendizaje.

8. En coherencia con lo anterior, inmediatamente después de aplicadas, las evaluaciones serán acompañadas de una instancia de reflexión, breve y adecuada al nivel, que permita validar el instrumento y aislar el efecto de otros factores sobre los resultados, para así tomar las medidas pertinentes para promover que todos los estudiantes logren los aprendizajes de nivel. Esta instancia podrá ser escrita u oral, individual o grupal, y deberá considerar a lo menos tres de los siguientes aspectos:

a) Corrección de respuestas correctas e incorrectas y descuentos aplicados

b) Descripción de logros y metas de superación

c) Comentarios sobre el trabajo o actividad

d) Datos estadísticos básicos

e) Reflexión en cuanto al desempeño y proyecciones para las próximas instancias

9. Ninguna evaluación se llevará a cabo antes de que las calificaciones de la anterior estén listas, procediendo a completar con la nota mínima cada vez que se venzan los plazos y se comunique al apoderado.

10. Se resguardarán los instrumentos de evaluación, permitiendo el acceso de los/las estudiantes cuando lo requieran, pero prohibiendo que se deshagan de ellos, reteniéndolos de ser necesario.

11. Cuando se consideren listas de cotejo o rúbricas al evaluar, cada estudiante o grupo recibirá una copia al inicio del trabajo, la que será utilizada para su calificación al terminarlo.

C. DE LA PROMOCIÓN

1. La promoción al curso siguiente se determinará a partir de los siguientes antecedentes:

a) La consecución de los objetivos de aprendizaje de cada

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asignatura

i. Los estudiantes promovidos:

Habrán aprobado todas las asignaturas del plan de estudio

Habiendo reprobado una asignatura, tendrán un promedio final anual mínimo de 4,5 incluyendo la asignatura reprobada

Habiendo reprobado dos asignaturas, su promedio final anual será de mínimo 5.0, incluidas las asignaturas reprobadas

b) Asistencia a clases

i. Los estudiantes promovidos

Tendrán un porcentaje igual o superior al 85% de asistencia a las clases fijadas en el calendario escolar anual. De no alcanzar esa cantidad, se evaluarán los casos en particular, por parte de dirección, unidad técnica pedagógica y profesor jefe, aplicando los artículos 11 y el artículo 107.

2. En la misma línea del punto anterior, corresponderá a una tarea del equipo directivo analizar la situación de los/las estudiantes que no alcancen los requisitos de promoción anteriores o que tengan una calificación que ponga en riesgo la continuidad de su aprendizaje en el curso siguiente. Así, con la sustentación pertinente, se determinará la promoción o repitencia de los estudiantes. El análisis se sustentará en información recabada en distintos momentos, a través de variadas fuentes, sin dejar de lado la apreciación del estudiante y su apoderado.

3. La decisión anterior se respaldará con un informe redactado en conjunto por el/la Jefe/a Técnico-Pedagógico, el/la profesor/a jefe, otros/as profesionales de la educación y los/las demás profesionales que hayan participado del proceso de aprendizaje del/ de la estudiante.

4. El informe de cada estudiante en esta situación estará orientado por los siguientes criterios pedagógicos y socioemocionales:

a) El progreso en el aprendizaje que ha tenido el/la estudiante durante el año

b) La magnitud de la brecha entre los aprendizajes logrados por el/la estudiante y los logros de su grupo curso, y las consecuencias que ello pudiera tener para la continuidad de sus aprendizajes en el curso superior

c) Consideraciones de orden socioemocional que permitan comprender la situación del/de la estudiante y que ayuden a identificar cuál de los dos cursos sería más adecuado para su bienestar y desarrollo integral.

5. El contenido del informe podrá ser registrado en la hoja de vida del/de la estudiante o cualquier otro medio que asegure la transparencia del proceso.

6. La promoción o repitencia de los estudiantes deberá determinarse con anterioridad al término del año escolar.

7. Los cursos aprobados no podrán volver a ser realizados, ya sea bajo la misma u otra modalidad educativa.

8. Para aquellos estudiantes que mantengan rendimiento académico bajo o inasistencias reiteradas, el profesor jefe citará al/a la apoderado/a y comunicará la situación académica de su hijo/a, y los orientará en la forma de abordar esta situación o propondrá otro tipo de apoyo con profesionales especialistas en psicopedagogía, sicología o neurología.

a) Se asegurará el cumplimiento de acuerdos mediante la calendarización de entrevistas que acomoden a ambas partes.

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b) En los casos de los/las estudiantes con bajo rendimiento o baja asistencia, el caso se derivará a convivencia escolar para definir la aplicación de algún protocolo, y prevenir la vulneración de derechos.

c) El seguimiento académico de los/las estudiantes en situación potencial de repitencia incluirá las siguientes evidencias:

Registro en la hoja de vida del/de la estudiante u otro medio del bajo rendimiento y de las citaciones de apoderado/a por parte de cualquier docente

Derivaciones internas o externas a especialistas y sus informes

Apoyos pedagógicos de los/las distintos/as profesionales:

(i) Flexibilidad en los plazos de entrega de los trabajos solicitados, se considerará que la no presentación de un trabajo es una ausencia a evaluación y se aplicará lo señalado en el punto de las Inasistencias.

(ii) Actividades de reforzamiento para desarrollar

(iii) Asistencia obligatoria a los talleres de la escuela

Registrar las inasistencias y los retiros antes del fin de la jornada escolar.

9. Los/las estudiantes repitentes serán monitoreados durante el año académico siguiente, según un plan adecuado a sus necesidades educativas y/o los objetivos no logrados el año anterior.

10. Será responsabilidad de los/las apoderados/as informar al/ a la profesor/a jefe los diagnósticos de especialistas externos que traten al/ a la estudiante.

11. Al finalizar el año académico, se entregará un certificado anual de estudios que señale las asignaturas del plan de estudios, con el detalle de las calificaciones obtenidas y situación final de promoción o repitencia.

12. La escuela no retendrá el certificado anual de estudios bajo ninguna situación.

IV. DE LA ASISTENCIA

A. ASISTENCIA Y PROMOCIÓN

1. Para ser promovidos los/las estudiantes deberán asistir a lo menos al 85% de las clases establecidas en el calendario escolar anual.

2. De no alcanzar esa cantidad, se evaluarán los casos en particular, por parte de dirección, unidad técnica pedagógica y profesor jefe, aplicando los artículos 11 y el artículo 107.

3. No ingresar a clases se considerará inasistencia, ya sea al inicio de la jornada o después de los recreos, por lo que se dejará constancia en el libro de clase. El procedimiento al respecto se estipula en el protocolo de actuación del establecimiento.

B. INASISTENCIA A LAS INSTANCIAS EVALUATIVAS

1. Dada su naturaleza intencionada, las evaluaciones consideran asistencia obligatoria, por lo que la ausencia se debe justificar ya sea con certificado médico o por explicación del/ de la apoderado/a.

2. Cualquiera sea la naturaleza de la ausencia o el tipo de la prueba

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incumplida, el estudiante y su apoderado deberán aceptar las nuevas condiciones, en cuanto a día, horario y formato.

a) Esta nueva instancia contendrá los mismos objetivos de aprendizajes y el mismo nivel de exigencia que la evaluación original.

3. Independiente del tipo de instrumento, toda evaluación perdida se recuperará de la siguiente forma:

a) El/la estudiante deberá presentar el instrumento a más tardar la primera clase de la asignatura una vez haya regresado, SIN QUE PARA ELLO TENGA QUE MEDIAR COMUNICACIÓN NI EXPLICACIÓN de parte del/ de la profesor/a, pues se asume su preparación para la fecha original.

b) Las evaluaciones pendientes NO podrán ser llevadas a cabo durante el horario de clases si ello implica faltar a otra asignatura.

c) En el caso de que el/la mismo/a estudiante, cuya ausencia esté debidamente justificada, tenga varias instancias pendientes, se deberá solicitar la respectiva recalendarización.

d) Las instancias de evaluación no rendidas serán recuperadas bajo la supervisión del/la Jefe/a Técnico-Pedagógico u otra persona designada por él/ella.

e) El/la estudiante que se ausente a la oportunidad de recuperación podrá ser evaluado con una interrogación oral, que cumpla con los criterios de aprendizaje de la evaluación original, el día en que tenga clases con el/la docente de la asignatura con calificación pendiente.

f) El/la estudiante y su apoderado/a serán responsables de solucionar cualquier calificación pendiente antes del fin de semestre, independiente de la asignatura.

4. La entrega de certificados médicos posterior a una instancia de evaluación sumativa deberá dirigirse a Convivencia escolar, quienes deberán archivar el documento en la carpeta respectiva, para su monitoreo y seguimiento.

5. El apoyo o derivación a diferentes profesionales estará a cargo de la dupla de convivencia.

C. CASOS ESPECIALES

1. De registrarse una asistencia menor al 70% de la matrícula del curso donde se ha programado una evaluación sumativa, no se podrá realizar la instancia de evaluación fijada, ni se avanzará en contenidos trascendentales. En cambio, se podrá reforzar y/ o evaluar formativamente los contenidos cubiertos en clases.

2. En el caso de los/las estudiantes que decidan o hayan sido autorizados a representar a la escuela en alguna competencia, evento deportivo, viaje de estudio o salida pedagógica, deberán solicitar a la jefa de unidad técnico-pedagógica y el/la profesor/a de asignatura la recalendarización de las instancias no rendidas, con las mismas condiciones originales.

a) La situación anterior deberá ser informada al/a la profesor/a jefe para su registro en la hoja de vida del/de la estudiante y la toma de conocimiento del/de la apoderado/a.

3. La inasistencia debido a embarazo se encuentra determinada por el protocolo del establecimiento.

a) Respetando los plazos de pre- y post- natal, se invita a la estudiante a acercarse al establecimiento en la medida de sus necesidades y capacidades, para recibir apoyo de parte de los/las profesores/as y unidad técnico-pedagógica.

4. En el caso de la ausencia reiterada e injustificada se procederá según el protocolo del establecimiento.

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ANEXOS V. REGLAMENTO DE EVALUACION Y PROMOCION EDUCACION PARVULARIA NT1 – NT2.

A. EVALUACIÓN INTERNA

1. Tipos de evaluación:

a) Evaluación diagnóstica

b) Evaluación semestral

c) Evaluación final

2. Dichas evaluaciones internas se implementarán durante el transcurso del año, la función de dichos instrumentos es fijar la trayectoria de los niveles de aprendizaje, según el logro alcanzado, para en conformidad de los resultados tomar decisiones pedagógicas remediales, las que ayudarán a favorecer el proceso de enseñanza aprendizaje de los/las estudiantes.

B. EVALUACIÓN

1. Durante el año lectivo, se realizarán evaluaciones de plan lector orientadas al desarrollo de la comprensión lectora y auditiva, las cuales podrán ser mediante:

a) Evaluación en guía

b) Dramatización

c) Expresión plástica

d) Disertación u otro.

2. Los resultados de cada una de estas evaluaciones (PDN) serán entregados al apoderado, en reunión de apoderados/as, a través de un informe.

C. INSTRUMENTOS DE RECOLECCION DE EVIDENCIAS.

1. Se considerarán los siguientes instrumentos

a) Registros de observación / bitácoras/ observación directa

b) Listas de cotejo

c) Escalas de apreciación

d) Portafolios

D. CONCEPTOS DE EVALUACION

1. Se consignarán los siguientes Niveles de Aprendizaje para determinar el grado de logro alcanzado por los/las estudiantes, en los Objetivos de Aprendizaje curricularmente establecidos en todos los núcleos de aprendizaje, Desarrollo personal y social, Comunicación Integral, Interacción y comprensión del entorno. Éstos serán informados a los/las apoderados/as a través del Informe al Hogar.

Nivel de aprendizaje

Adecuado/Óptimo

TL

Cuando el/la estudiante ha logrado la totalidad de lo exigido en la

evaluación, demostrando que ha adquirido completamente los

conocimientos.

Nivel de aprendizaje Adecuado

L

Cuando el/la estudiante ha logrado lo exigido en el currículum de manera satisfactoria, entre un 80% y 99% de la evaluación. Demostrando que ha adquirido los conocimientos y habilidades

requeridas para el periodo evaluado.

Nivel de aprendizaje Elemental

ML

Cuando el/la estudiante ha logrado lo exigido en el currículum de manera parcial, entre un 60% y 79% de la evaluación.

Demostrando que ha adquirido los conocimientos y habilidades

más elementales estipuladas para el periodo evaluado.

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Nivel de aprendizaje Insuficiente

PL

Cuando el/la estudiante no ha logrado demostrando

consistentemente los conocimientos y habilidades más elementales

estipuladas en el currículum para el período evaluado, entre un 0%

y 59% de la evaluación.

E. DE LAS LICENCIAS MEDICAS

1. La educadora/el educador informará a sus apoderados/as en la primera reunión y luego por escrito, que ante una licencia superior a 5 días ellos deberán acercarse al establecimiento para recibir las actividades que el párvulo tenga pendientes con el objetivo de evitar desfases de aprendizaje dado el tiempo que estuvo fuera del aula.

2. Porcentajes de asistencias

Concepto Porcentaje

Muy Buena 90% a 100%

Buena 80% a 89%

Regular 70% a 79%

Por Mejorar Menor a 70%

F. INFORME DE EVALUACION

1. Informe al hogar: el siguiente documento deberá considerar en sus criterios de

elaboración:

a) Claridad: utilización de un lenguaje próximo a los padres

b) Relevancia: consignar aspectos relevantes del desarrollo del niño/a

c) Veracidad: respaldo y registro de cada evaluación realizada (portafolios, cuadernos, libros)

d) Destacar aspectos individuales objetivos: respaldo y registro de las observaciones generales de las estudiantes en cada semestre. Relacionadas con los Indicadores de Desarrollo Personal y Social.

e) Porcentaje de asistencia a clases: respaldo y registro en libro

de clases.

f) Porcentaje de asistencia de apoderados/as a reuniones de apoderados/as: respaldo y registro en hoja de asistencia.

g) Cantidad de entrevistas o citaciones a apoderados/as: respaldo y registro en libro de clases.

VI. EVALUACION Y PROMOCION ESCOLAR DE LOS/LAS ESTUDIANTES CON N.E.E.

A. DISPOSICIONES GENERALES

1. Los siguientes criterios para la evaluación, calificación y promoción serán aplicados a todos/as los/las estudiantes de la Escuela Básica Rabuco, que presenten Necesidades Educativas Especiales, incorporados(as) o no al Decreto Nº 170/2009. Para ello, deberán contar con los respectivos informes y evaluaciones de los/las especialistas competentes, (Psicólogo, Neurólogo/a, Psiquiatra, Fonoaudiólogo/a, Educador/a Diferencial y/o Psicopedagogo/a).

2. En concordancia con el Decreto 83/2015, que entrega las orientaciones para la evaluación y elaboración de las adecuaciones curriculares, cada estudiante del establecimiento con N.E.E., dentro o no del Programa de Integración, deberá contar con un Plan de Adecuación Curricular Individual (PACI).

3. En el caso de los/las estudiantes con N.E.E., que debido a razones de cobertura o disponibilidad horaria de los profesionales no reciban intervención, Dirección en conjunto con el/la Jefe/a Técnico-Pedagógico, deberán buscar las instancias adecuadas para realizar la evaluación diagnóstica y confección del PACI durante los consejos técnicos.

4. Para cada caso, el equipo multidisciplinario determinará el tipo de

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adaptación a realizar en la evaluación.

5. En ningún caso se plantea aplicar la eximición de asignatura.

6. Para los/las estudiantes pertenecientes al PIE, los instrumentos y procedimientos evaluativos serán elaborados de manera consensuada con el/la profesor/a especialista y docente de asignatura dentro de los horarios de coordinación establecidos para la planificación y evaluación PIE , resaltando ciertas capacidades y/o competencias explicitadas en los objetivos generales y determinados contenidos y criterios de evaluación, dependiendo de cada caso, sean estas de carácter Transitorio y/o Permanente.

7. Solo en casos excepcionales, el/la Jefe/a Técnico-Pedagógico y el Equipo Multidisciplinario, con informe de especialistas externos, revisará la situación educativa de los estudiantes, para eliminar objetivos de aprendizaje, contenidos y criterios de evaluación del currículo oficial hasta incluso, de ser necesario, eliminar prácticamente un área o áreas curriculares enteras. Esta medida considera a estudiantes que presentan NEEP y que requieren incorporar otros contenidos, o de dar prioridad durante un largo período escolar a ciertos aprendizajes, los cuales serán estipulados en su Plan de Adecuación Curricular (PACI). Lo anterior aplica para estudiantes con NEE, con o sin PIE.

8. Para situaciones especiales de estudiantes no pertenecientes a PIE y que presentan alguna necesidad educativa especial, que requieran esta eliminación de objetivos o contenidos, el/la profesor/a jefe del nivel deberá solicitarlo a el/la Jefe/a Técnico-Pedagógico, quien resolverá en una única instancia si esta responde a la situación actual del estudiante, a más tardar al 30 de mayo. Para ello, se solicitará la elaboración del PACI al/a la educador/a diferencial del nivel.

9. La evaluación diferenciada aplicada a los/las estudiantes por ningún medio conllevará que estos deban ser calificados al término del año escolar, necesariamente con la nota mínima de aprobación (4,0), pudiendo conseguir la calificación máxima por mérito de su esfuerzo y responsabilidad personal, o en caso contrario ser calificado con nota final inferior a 4.0, en cualquier asignatura con la eventual repitencia del curso o grado.

10. Los/las estudiantes, serán calificados en las respectivas asignaturas de aprendizaje con la cantidad de notas que determinen, en conjunto el Equipo de aula y el/la Jefe/a Técnico-Pedagógico, pudiendo ser menor a la señalada para el grupo curso si los objetivos son temporalizados a mediano o largo plazo en el PACI.

11. La no promoción de los/las estudiantes, cuyas necesidades sean de carácter Transitorio o Permanente, será definida por el/la Educador/a Diferencial asignado/a al curso, el Equipo de aula, el Equipo multidisciplinario y el/la Jefe/a Técnico-Pedagógico al término de cada semestre como mínimo. En caso de adoptarse la medida de repitencia del/ de la estudiante, el/la profesor/a jefe en conjunto con el/la Educador/a diferencial responsable informará al apoderado, dejando la situación de la estudiante con registro de acta (no cumplimiento de los requisitos mínimos de aprobación de los objetivos del nivel).

B. EVALUACIÓN DIFERENCIADA

1.-La escuela La escuela Básica Rabuco se rige por el reglamento de evaluación que forma parte del reglamento interno del establecimiento 2.- Se entiende por Evaluación Diferenciada al procedimiento pedagógico que le permite al docente, identificar los niveles de logro de aprendizajes curriculares, que alcanzan aquellos/as estudiantes que por diferentes necesidades educativas están en situación temporal o permanente, distinta de la mayoría. Este procedimiento de evaluación, se diferencia de los aplicados a la mayoría de los/las estudiantes. Cada establecimiento aplica procedimientos, que, según su criterio pedagógico, permiten dar reales oportunidades educativas a los/las estudiantes con necesidades educativas especiales”. (MINEDUC, 2017) procedimiento de evaluación, se diferencia de los aplicados a la mayoría de los/las estudiantes. Cada establecimiento aplica procedimientos, que, según su criterio pedagógico, permiten dar reales oportunidades educativas a los/las estudiantes con necesidades educativas especiales”. (MINEDUC, 2017) 1.Objetivos de la evaluación diferenciada

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a. Favorecer los procesos de Enseñanza-Aprendizaje de los/las estudiantes, constituyéndose en un medio efectivo para la consecución de los objetivos planteados en el Plan de Estudios, para el nivel que cursan y dentro del año escolar correspondiente.

b. Apoyar a los/ las estudiantes por el tiempo que se requiera, para la superación de barreras y brechas, debiendo recibir el apoyo de especialistas externos cuando sea necesario, de modo que se evite afectar su autoestima y reduzca el riesgo de fracaso escolar.

2.-El/la la apoderado/a, en conjunto con su estudiante deberán comprometerse con los procesos educativos de la escuela, con actitudes tendientes a mejorar sus hábitos de estudios y su disposición hacia las diferentes asignaturas y las obligaciones escolares. Este compromiso se realizará por escrito, a través de un formato tipo, elaborado por la educadora diferencial, que quedará en el archivo de evaluaciones diferenciadas en la UTP de la escuela.

Este Reglamento de Evaluación solo puede ser aplicado en su totalidad en un año normal en que no se esté afectado por una causa sanitaria producto de una pandemia.

En el presente año 2021 por la prolongación de la pandemia por Covid 19, se modificó el presente reglamento en forma transitoria. Las modificaciones están en el Anexo Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar 2021, el que contiene todas las modificaciones necesarias al presente reglamento de forma de atender oportunamente las necesidades evaluativas presentadas en la modalidad de trabajo escolar en el actual pandemia que nos afecta y en el período tiempo de la recuperación sanitaria.

Hijuelas, 5 de marzo de 2021.

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ANEXO REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR 2021

ESCUELA BÁSICA RABUCO El siguiente anexo modifica el Reglamento de evaluación, calificación y promoción escolar 2021 (decreto 67/2018) de la ESCUELA BÀSICA RABUCO, por el contexto de emergencia sanitaria covid-19 que está viviendo nuestro país. A excepción de las situaciones específicas que se abordan a continuación, todas las regulaciones y reglas establecidas en el documento principal aún se mantienen vigentes.

En vista del cierre prolongado de los colegios debido a la pandemia de Covid-19, el Ministerio de Educación ha dado a los colegios orientaciones generales con respecto a los procesos de evaluación y promoción escolar 2021.

1. CONSIDERACIONES GENERALES.

Basado en los principios aplicados al contexto de emergencia sanitaria que sustenta el decreto de evaluación 67/2018, se puede señalar que:

La enseñanza y el aprendizaje ocurren hoy en un entorno totalmente nuevo. Clases on-line, actividades y producciones de los estudiantes vía remota.

Tanto el docente como los estudiantes deben tener claridad, desde el comienzo del proceso de aprendizaje, respecto de qué es lo que se espera que aprendan y qué criterios permiten evidenciar los progresos y logros de esos aprendizajes.

Dado que el propósito principal de la evaluación es fortalecer la enseñanza y los aprendizajes de los estudiantes se entenderá la retroalimentación como parte fundamental de cada proceso evaluativo. Los procesos e instancias de evaluación deben motivar a que los estudiantes sigan aprendiendo.

Las planificaciones y las oportunidades de aprendizaje deben considerar espacios para evaluar formativamente aquellos aprendizajes que se busca desarrollar, abriendo un tiempo adecuado a la retroalimentación en los procesos de enseñanza aprendizaje.

Se debe procurar que se utilicen diversas formas de evaluar, que consideren las distintas características, ritmos, formas de aprender, necesidades e intereses de los estudiantes, siendo ellos tengan una participación en los procesos de evaluación.

Se debe calificar solamente aquello que los estudiantes efectivamente han tenido la oportunidad de aprender.

Se debe procurar evitar la repitencia de los estudiantes. Existen mejores estrategias para abordar las dificultades que puedan estar enfrentando los estudiantes.

La Unidad de Curriculum y Evaluación del MINEDUC, han definido los objetivos de aprendizaje priorizados que especifican los aprendizajes que los estudiantes requerirán en todas las asignaturas para continuar aprendiendo durante los próximos años. Este plan de estudios transitorio y prioritario estará en vigencia en 2020 y 2021.

2. SOBRE PROMOCIÓN 2021:

En este contexto excepcional y tal como fue señalado precedentemente, la flexibilidad cobra especial relevancia. De este modo, lo dispuesto en el artículo 10° del Decreto 67/2018 en la promoción de los estudiantes se considerará conjuntamente el logro de los objetivos de aprendizaje de las asignaturas y/o módulos del plan de estudio y la asistencia, conceptos que deben ser aplicados con la flexibilidad señalada.

Respecto del logro de los objetivos

Los estudiantes deberán ser evaluados por el logro de los objetivos de aprendizaje priorizados en las asignaturas planteadas por el plan de estudios.

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Todas las asignaturas del plan de estudio serán evaluadas y calificadas, sin embargo, para la aprobación de las asignaturas se considerará el nivel de logro demostrado sobre los Objetivos de Aprendizaje priorizados abordados y del cual se tengan evidencias. Para ello se considera como nota mínima de aprobación 4,0, siendo 7,0 la máxima ponderación y 1,0 la mínima de reprobación.

Respecto a asignaturas contempladas para cálculo de promedio anual, serán aquellas asignaturas del plan de estudio que tendrán al menos una calificación del año. Esta calificación debe expresarse en una escala numérica de 1.0 a 7.0, hasta con un decimal, por asignatura o módulo del Plan de Estudio. Siendo la calificación mínima de aprobación un 4.0 (art 8° y 10° decreto 67).

Respecto a Asistencia

Considerando la situación sanitaria COVID19 y la forma en que se ha desarrollado el presente año escolar, y el contexto de las orientaciones ministeriales señalan, que se puede entender por “asistencia”, la participación de los estudiantes en actividades de aprendizaje “sincrónicas” (Zoom, WhatsApp, Google Classroom, mail, etc.) y/o asincrónicas, contacto con docentes vía telefónica, trabajos en tiempos variados, etc., no siendo necesario calcular un porcentaje de participación para cumplir el estándar de asistencia que se exige en un año escolar con normalidad. En consecuencia, se ha definido comunalmente que, no es un indicador y/o requisito cumplir el estándar de asistencia que se exige en un año escolar con normalidad. No se considera para la promoción, para el presente año, la asistencia de los estudiantes.

En este contexto, es necesario tener presente que el artículo 11° del decreto 67/18; dispone que los establecimientos educacionales, a través del director y su equipo directivo, deberán analizar la situación de aquellos alumnos que no cumplan con los requisitos de promoción antes mencionados o que presenten una calificación de alguna asignatura que ponga en riesgo la continuidad de su aprendizaje en el curso siguiente.

3. PLAN DE ESTUDIOS.

A partir de las distintas condiciones de conectividad, del estado psico-emocional y basándose en el principio de flexibilidad, el Ministerio de Educación permite a los establecimientos educacionales adecuar el plan de estudios vigente. Considerando el proceso de clases remotas, desde marzo hasta la fecha, divididas en trimestres:

PRIMER TRIMESTRE: Desde el 01 de marzo al 28 de mayo.

SEGUNDO TRIMESTRE: Desde el 31 de mayo al 17 de septiembre.

TERCER TRIMESTRE: Desde el 20 de septiembre a Diciembre.

Asignaturas evaluadas de manera individual Lenguaje y comunicación, Matemática, Historia, Ciencias Naturales, Inglés, Artes, Música, Tecnología, Educación física y Salud. La asignatura de Religión va sin calificación, sin embargo, para los estudiantes de segundo ciclo que tienen autorización para participar de la clase, se les sumará una nota a la asignatura de Lenguaje y comunicación.

4. RESPECTO A LA EVALUACIÓN

Durante este período se evaluará de la siguiente manera:

Evaluación formativa: todas las actividades pedagógicas se evaluarán mediante instrumentos como portafolios, rúbricas, escalas de apreciación, pautas de observación, texto del estudiante, ticket de salida, entrevistas con su respectiva retroalimentación.

Los cursos que se encuentran con las asignaturas de Lenguaje y Matemática asociadas al Plan de Escuelas Arriba, evalúan cada sesión mediante un registro de fichas por Objetivo de Aprendizaje Priorizado y con un porcentaje de logro según se muestra a continuación.

Porcentaje de logro

N/O (0%) NO OBSERVADO. No existe evidencia para reportar su aprendizaje P/L (1% - 59%) POR LOGRAR. El estudiante puede realizar un mayor progreso de su aprendizaje ML (60%-74%) MEDIANAMENTE LOGRADO. El estudiante muestra un grado de logro elemental. L (75% - 100%) LOGRADO. El estudiante muestra un grado de logro adecuado

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Se calculan todas las evaluaciones formativas y se transforman en evaluación sumativa, es decir, en una única calificación numérica que representa el nivel de logro de los estudiantes y el promedio. Esto se realiza a través de la siguiente tabla de equivalencia:

Evaluación diagnóstica

Las evaluaciones diagnósticas realizadas a nuestros estudiantes desde Tercer año Básico a Octavo año Básico se realizan mediante pruebas estandarizadas de Lenguaje y comunicación, Lengua y literatura y Matemática mediante el DIAGNÓSTICO INTEGRAL DE APRENDIZAJES de la Agencia de Calidad y solo

Además, el establecimiento realiza evaluaciones diagnósticas institucionales en cada una de las asignaturas.

Evaluación sumativa

Se aplica calculando el promedio de las evaluaciones formativas o una vez terminado de abordar el objetivo de aprendizaje. La cual será con nota directa.

Evaluaciones intermedias

Se realiza al finalizar cada Objetivo de Aprendizaje priorizado, según el Plan de Escuelas Arriba que se desarrolla en Lenguaje y Matemática desde Tercer año Básico a Octavo año Básico.

Los docentes para transformar la evaluación formativa a evaluación sumativa deben buscar evidencia acerca de los logros de los estudiantes en sus aprendizajes a través de variados métodos: observación, conversación y productos de los estudiantes. Los productos de los estudiantes pueden ser, trabajos de evaluación, pruebas, tickets de salida, portafolios etc.

5. CON RESPECTO A PLAN DE ACOMPAÑAMIENTO:

De acuerdo a las Orientaciones ministeriales:

Es responsabilidad de los profesionales de la educación realizar contacto (visitas, correos electrónicos, llamadas, etc.) con los estudiantes y apoderados.

Los docentes, equipo multidisciplinario y equipo de gestión, levantan información sobre el porcentaje de estudiantes en situación crítica de conectividad, comunicación y retorno de actividades.

Aquellos estudiantes que han presentado dificultades, ya sea por situaciones crítica de conexión, socioemocionales, se les aplicará un protocolo de pesquisaje de alumnos no conectados (Anexo N° 1).

Si a pesar de estos esfuerzos no hay forma de contactarlos o el contacto ha sido inestable se activa el comité de evaluación que junto al equipo directivo podrá tomar la decisión de promoción o repitencia (comité conformado por profesor/a jefe, profesores de asignatura, asistentes de la educación y equipo de gestión escolar).

Es importante señalar que los estudiantes o apoderados que por problemas de conectividad han tenido que ir al establecimiento a buscar los materiales en papel enviados por el docente, se le informará en forma oportuna cuando tiene que ir a dejar sus guías y trabajos al colegio o la forma de retorno vía digital, para ser entregados a los docentes.

Evaluar integrando la evaluación formativa y la sumativa, las actividades pedagógicas. Es decir, durante el proceso de aprendizaje sincrónico y asincrónico, se repite este ciclo en forma continua: evaluación formativa - retroalimentación - evaluación sumativa.

6. RESPECTO A LA CALIFICACIÓN.

La evaluación formativa se integra al proceso de enseñanza aprendizaje y a la evaluación sumativa, por lo que todas las evaluaciones formativas realizadas durante este período de suspensión de clases, se convierte en una evaluación sumativa, en una calificación final, de acuerdo a las áreas señaladas.

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De acuerdo a las consideraciones generales, se reitera que se debe calificar solamente aquello que los estudiantes efectivamente han tenido la oportunidad de aprender o de realizar. Si alguna asignatura de las áreas determinadas no tiene calificación, no se considerará para el promedio; pues no se calificará si no se ha tenido retorno por parte del estudiante.

Para favorecer el mejor desarrollo del trabajo académico y teniendo en cuenta la situación de emergencia sanitaria que estamos viviendo, se ha definido que la calificación será trimestral. Y se expresará en una escala numérica de 1.0 a 7.0, hasta con un decimal, por asignatura. Siendo la calificación mínima de aprobación un 4.0 (art 8° y 10° decreto 67).

7. SOBRE LOS INFORMES A APODERADOS Y A ESTUDIANTES

Es importante destacar que es deber informar a las familias, apoderados y estudiantes las decisiones tomadas y los ajustes realizados, por lo tanto, se comunicarán las decisiones de evaluación, plan de estudio y promoción por escrito y presencial y/o por los medios digitales oficiales (Reuniones virtuales a través de WhatsApp, Zoom o Meet, correo electrónico y redes sociales).

Considerando que se debe informar a las familias de manera anticipada sobre las fechas de evaluaciones, se ha dispuesto una calendarización mensual de evaluaciones, la cual será compartida en cada reunión de apoderados que los profesores jefes realicen mediante plataforma Meet o Zoom.

Se entregará un pre-informe con las calificaciones que están registradas en MIAULA, por vía remota o presencial a fines de cada mes.

8. RESPECTO DE LA CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN.

Para definir la promoción de los estudiantes, se flexibilizarán los criterios de calificaciones y se considerara de manera trimestral y para calificar se utilizará la información recogida durante el desarrollo de evaluación formativa aplicadas y transformadas en evaluación sumativa como se explica en este anexo de modificación de reglamento de evaluación promoción año 2021.

La calificación final corresponderá a un promedio ponderado, el que resultara de la suma de las ponderaciones aplicadas a cada nota obtenida en las estrategias evaluativas definidas, con dos decimales, y se expresan aproximando la centésima a un decimal, siendo calificación mínima de aprobación un 4,0.

Para la promoción de los estudiantes se modificará lo establecido en el Artículo 10, del Decreto N° 67 del 2018 del MINEDUC. En la promoción de los alumnos se considerará el logro de los objetivos de aprendizaje de las asignaturas y/o módulos del plan de estudio. En consecuencia, serán promovidos los alumnos que hubieren aprobado todas las asignaturas.

Se Analizará en forma individual la situación del estudiante que no cumple lo estipulado para ser promovido/a, para lo cual se deberá disponer de todos los antecedentes recopilados por la escuela y los que pudiera aportar el apoderado/a. Donde la comisión de evaluación, equipo de UTP y dirección, conforme a los que se estipula en el decreto 67 y con los antecedentes recopilados y analizados para tal su situación, decidirá su promoción o repitencia. Esta situación quedara sin efecto en caso de que el MINEDUC define una situación distinta para efectos de la promoción de los estudiantes.

En lo que se refiere a los Primeros y Segundos básicos, el foco del aprendizaje está en el fortalecimiento de la lectura y la normativa señala que no es requisito la lectura para la promoción de los alumnos en este nivel.

9. SOBRE LA CERTIFICACIÓN DE ESTUDIOS.

De acuerdo al artículo 6° Decreto 67/2029 los establecimientos certificarán las calificaciones anuales de cada estudiante y cuando proceda el término de los estudios de educación básica.

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10. LIBROS DE CLASES.

Se determina que cada docente deberá registrar sus calificaciones en la Plataforma MIAULA, de donde se extraerán los informes a los apoderados y estudiantes.

Hijuelas, 5 de marzo de 2021.

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ESCUELA BÁSICA RABUCO ANEXO N° 1

Protocolo de pesquisa de alumnos no conectados

Es sumamente importante que los estudiantes estén conectados con la escuela y viceversa, con el fin de saber la realidad de cada uno de ellos y así evitar que ellos no logren cumplir con los objetivos de aprendizaje o una deserción escolar. Es por lo que, en estos tiempos de pandemia, nosotros como establecimiento educacional tenemos presente que: “Enseñar en tiempos de incertidumbre requiere creatividad y flexibilidad para apoyar a los/las estudiantes a alcanzar los aprendizajes centrales del curso en un ambiente virtual u online” (Fernández Salinas y Lira, 2020, p.1). Por lo anterior, se han establecidos ciertos parámetros que ayudaran a los estudiantes y sus familias que tengan algún problema de conectividad.

Medidas que se tomarán en cuenta:

Medidas Responsable Tiempo

Convivencia escolar realizará una encuesta de manera mensual para visualizar el grado de conectividad que poseen los estudiantes.

Dupla Psicosocial. Mensual.

Se comunicará a los profesores jefes aquellos estudiantes que tengan algún problema de conexión.

Dupla Psicosocial y profesores jefes.

Mensual.

Es responsabilidad del profesor explicar que los estudiantes que no tengan la posibilidad de conectarse mediante clases sincrónicas tienen la opción de retirar guías de forma física en el establecimiento. Para ello, el profesor jefe deberá comunicarse con ellos y crear un listado con los estudiantes que retiraran guías.

Profesor Jefe Mensual.

Los profesores jefes de cada curso establecen un horario de entrega de material para aquellos estudiantes que no cuenten con conectividad.

Profesores Jefes. Mensual.

Es responsabilidad de cada profesor de asignatura estar pendiente del día en que entrega material el profesor jefe, de este modo cubrir las necesidades de estudiantes sin conectividad.

Profesores jefes. Mensual.

La retroalimentación de las guías de trabajo se realizará en estas mismas, el docente escribirá con color rojo las correcciones y adjuntará propuestas de trabajo para optimizar el trabajo de los estudiantes.

Profesores jefes. Mensual.

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En el caso de que los apoderados de los estudiantes no puedan dirigirse al establecimiento a retirar el material requerido por situaciones graves. Se buscará la manera de hacer llegar las guías de trabajo al apoderado.

Profesores jefes y dupla psicosocial.

Mensual.

Si no existe una devolución de las guías de trabajo por un tiempo considerable el profesor jefe deberá derivar al estudiante a convivencia escolar.

Profesores jefes Al no existir devolución de guías.

Convivencia escolar tomara el caso y cumplirá con las acciones que les corresponda.

Dupla Psicosocial. Cuando el profesor derive.