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ERGONOMÍA SEMANA 8

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ERGONOMÍA

SEMANA 8

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ÍNDICE APLICACIONES NORMATIVAS DE PROTECCIÓN LABORAL EN TEMAS DE APLICACIÓN ERGONÓMICAS .............................................................................................................................. 3 APRENDIZAJES ESPERADOS ........................................................................................................... 3 INTRODUCCIÓN ............................................................................................................................. 3 1. PREVENCIÓN DE LOS TRASTORNOS MÚSCULO- ESQUELÉTICOS (TME) ................................ 4

1.1. TRASTORNOS MÚSCULO-ESQUELÉTICOS DE ORIGEN LABORAL ................................... 4 1.2. FACTORES DE RIESGO DE LOS TME ............................................................................... 5

1.2.1. MANEJO MANUAL DE CARGAS ............................................................................. 5 1.2.2. USO DE FUERZA EXCESIVA .................................................................................... 5 1.2.3. ADOPCIÓN DE POSTURAS FORZADAS ................................................................... 5 1.2.4. MOVIMIENTOS REPETITIVOS ................................................................................ 6 1.2.5. RIESGOS FÍSICOS Y CONDICIONES AMBIENTALES ................................................. 6

1.3. TRASTORNOS LOCOMOTORES ...................................................................................... 6 2. DIFERENCIAS RELACIONADAS CON EL SEXO ......................................................................... 7 3. VÍNCULO DEL ESTRÉS CON LOS TME ..................................................................................... 8 4. NORMATIVA LEGAL VIGENTE ................................................................................................ 8 COMENTARIO FINAL .................................................................................................................... 12 REFERENCIAS ............................................................................................................................... 13

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APLICACIONES NORMATIVAS DE PROTECCIÓN LABORAL

EN TEMAS DE APLICACIÓN ERGONÓMICAS

APRENDIZAJES ESPERADOS

Se espera que al finalizar las actividades de esta semana, los alumnos confeccionen programas

de vigilancia epidemiológica en trastornos músculo-esqueléticos (TME). Del mismo modo, se

pretende que relacionen la problemática ergonómica con la normativa legal vigente respecto a

requerimientos organizacionales y laborales.

INTRODUCCIÓN

Comentan los doctores Alwin Luttmann, Matthias Jager y Barbara Griefahn (2004), los

llamados trastornos músculo-esqueléticos suman el mayor porcentaje de las causas de

ausentismo laboral, por lo tanto, generan un costo importante para las empresas.

Generalmente estos trastornos se producen cuando el trabajador sobrepasa su capacidad

física. Además, de estos esfuerzos físicos, se debe sumar los factores de tipo psicosociales

(estrés, falta de apoyo, etc.) que potencian la tensión muscular y descordinan los movimientos,

lo que facilita la generación de trastornos músculo-esqueléticos.

Para poder prevenir este tipo de lesiones, se debe analizar los esfuerzos que hacen los

trabajadores en su jornada laboral como, por ejemplo, arrastrar, levantar, empujar, realizar

movimientos repetitivos, adoptar posturas forzadas, la vibración de las maquinarias, etc. Esto

permitirá implementar medidas como reducir el peso de la carga, disminuir los tiempos de

exposición, disminuir la cantidad de movimientos repetitivos, aprender posturas correctas, etc.

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1. PREVENCIÓN DE LOS TRASTORNOS MÚSCULO- ESQUELÉTICOS (TME)

Hans-Horst Konkolewsky (2001) comenta que en la actualidad los trastornos músculo-

esqueléticos son de gran preocupación a nivel laboral, destacando, asimismo, que este tipo de

lesiones trae repercusiones económicas y sociales, producto de la disminución de producción

dentro de las empresas.

El autor comenta que uno de los problemas principales, además del deterioro de la producción

dentro de las empresas, es el reconocimiento de la sociedad. Este reconocimiento hace

referencia a que un importante porcentaje de la población no informa sus trastornos, ya sea

por miedo a perder su trabajo o por la poca claridad del origen de la enfermedad (común o

laboral).

Konkolewsky (2001) menciona que las causas de los trastornos músculo-esqueléticos ya se

conocen, pero la problemática para prevenirlos pasa por la poca cultura de los empleados.

Para obtener resultados satisfactorios en este ámbito, no basta con el compromiso de los

encargados de seguridad o la implementación de medidas preventivas, sino que del

compromiso de los trabajadores.

1.1. TRASTORNOS MÚSCULO-ESQUELÉTICOS DE ORIGEN LABORAL La Organización Mundial de la Salud (citado por Konkolewsky, 2001), menciona que los

trastornos músculo-esqueléticos generados por el trabajo, son enfermedades degenerativas o

inflamatorias del sistema locomotor, entre las que se reconocen:

- Inflamación de tendones (tensinovitis y tendinitis): se producen generalmente en los codos,

las muñecas, el antebrazo y los hombros producto del trabajo repetitivo por periodos de

exposición prolongada.

- Mialgias: deterioro progresivo de los músculos, acompañado de dolor que generalmente se

produce en los hombros y el cuello. Se produce generalmente por la realización de trabajos

estáticos.

- Trastornos degenerativos de la columna: se producen generalmente en la región

dorsolumbar o el cuello. Se genera por la realización de trabajos que requieren de esfuerzo

físico excesivo. También se puede dar en las rodillas o las caderas.

También menciona que este tipo de enfermedades son crónicas y los síntomas aparecen luego

de que las personas se exponen a los factores de riesgo, durante periodos de exposición

prolongados.

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1.2. FACTORES DE RIESGO DE LOS TME

1.2.1. MANEJO MANUAL DE CARGAS

Según Luttmann, Jager y Griefahn (2004), al sostener o trasladar cargas se ejerce fuerza

muscular que puede provocar un estado de fatiga muscular, además de dañar la estructura

ósea. Este factor de riesgo dependerá en gran medida de la capacidad funcional de cada

trabajador.

Para poder determinar el riesgo que se corre al manipular manualmente cargas pesadas, se

debe tener en cuenta cuánto es el peso del objeto que se quiere manipular, cuál será la

distancia (horizontal) que existe entre el objeto y el cuerpo al realizar el trabajo, y el tiempo de

exposición más la frecuencia con la que se realiza el trabajo.

Una vez que se conocen y analizan todas las variables antes mencionadas, lo encargados de

salud ocupacional, podrán proponer medidas preventivas o técnicas que faciliten el trabajo

con cargas pesadas.

1.2.2. USO DE FUERZA EXCESIVA

Los trabajadores que realizan labores de fuerza excesiva deben tener músculos fuertes,

además de comprometer a la estructura ósea afirman Luttmann, Jager y Griefahn (2004).

Asimismo, los autores comentan que la forma más común de padecer trastornos músculo-

esqueléticos por este motivo, es cuando se realiza fuerza sobre un objeto que se encuentra

distanciado del cuerpo, ya que es ahí donde se originan los daños en los tejidos de la región

lumbar.

Sumado a lo anterior, cuando la fuerza excesiva se utiliza por periodos prolongados durante la

jornada laboral, se producen enfermedades degenerativas en las vertebras lumbares.

1.2.3. ADOPCIÓN DE POSTURAS FORZADAS

Luttmann, Jager y Griefahn (2004) expresan que el sistema óseo se ve en riesgo cada vez que

se trabaja con posturas forzadas. Cuando este tipo de posturas se mantienen durante largos

periodos de exposición, el esfuerzo que ejecutan ciertos músculos puede disminuir el torrente

sanguíneo, además de producir fatiga muscular.

Cuando existe esta reducción de torrente sanguíneo, los músculos disminuyen la capacidad de

reacción frente a impactos sorpresivos, por ende, aumenta la probabilidad de sufrir

accidentes.

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1.2.4. MOVIMIENTOS REPETITIVOS

Los doctores Luttmann, Jager y Griefahn (2004) definen los movimientos repetitivos, como

aquellos movimientos idénticos o parecidos que se realizan muchas veces durante un periodo

de tiempo prolongado.

Estos movimientos repetitivos, tienden a producir fatiga muscular, además de correr el riesgo

de sufrir cambios en la estructura original de los músculos. Para que los movimientos

repetitivos generen daños, no es necesario que sean realizados con fuerza, solo basta con el

movimiento constante y por tiempos de exposición prolongado.

1.2.5. RIESGOS FÍSICOS Y CONDICIONES AMBIENTALES

Luttmann, Jager y Griefahn (2004) mencionan que existen condiciones del ambiente, que

pueden producir trastornos músculo-esqueléticos, cuando se relacionan con el trabajador.

Estos factores externos son:

- Vibraciones: generalmente producen problemas en manos, muñecas o antebrazos. Estas se

generan por el uso de herramientas manuales, ocasionando problemas de flujo sanguíneo y

trastornos degenerativos.

- Temperaturas: las bajas temperaturas producen problemas en la destreza de los

trabajadores, mientras las altas temperaturas aumentan la temperatura del cuerpo y la

presión arterial.

- Iluminación: la iluminación ineficiente o inadecuada puede producir que los trabajadores

adopten posturas inadecuadas o se aumente el riesgo de tropezar y caer.

1.3. TRASTORNOS LOCOMOTORES

En el siguiente cuadro se describen los principales factores que actúan como contribuyentes

de los trastornos locomotores:

FACTOR POSIBLE RESULTADO O CONSECUENCIA

EJEMPLO SOLUCIÓN

Fuerza excesiva Esfuerzo excesivo de los tejidos afectados.

Levantar, acarrear, empujar o arrastrar objetos pesados.

Evitar la manipulación de objetos pesados.

Manejo manual de cargas

Enfermedades degenerativas en la región lumbar.

Desplazar materiales con las manos.

Reducir las masas de los objetos o el número de manipulación diaria.

Manipulación repetitiva y frecuente

Fatiga y esfuerzos excesivos de los

Trabajo de montaje, tecleo prolongado o

Reducir la frecuencia de repetición.

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músculos. trabajo en caja registradora.

Posturas inadecuadas Esfuerzo excesivo de los elementos óseos o los músculos.

Trabajar con el tronco encorvado o torcido, o con los brazos por sobre los hombros.

Trabajar con el tronco recto y los brazos cerca del cuerpo.

Movimientos repetitivos

Dolencias en las extremidades superiores.

Usar siempre los mismos músculos sin dejarlos descansar.

Interrumpir con frecuencia la actividad y hacer pausas.

Exposición a vibraciones

Disfunción de los nervios, reducción del flujo sanguíneo, trastornos degenerativos.

Utilizar herramientas manuales que vibran, permanecer sentado en vehículos que vibran.

Utilizar herramientas y asientos que amortigüen la vibración.

Factores ambientales

Afectan el esfuerzo mecánico y agravan los riesgos.

Utilizar herramientas manuales a bajas temperaturas.

Utilizar guantes y herramientas atemperadas.

Factores psicosociales

Aumento del esfuerzo físico, mayor absentismo.

Escaso margen de decisión laboral, escaso apoyo social.

Turnarse en las tareas, hacer el trabajo más agradable, atenuar los factores sociales negativos.

Esfuerzo muscular estático

Actividad muscular duradera y posible sobrecarga.

Trabajar con los brazos en alto o en espacios reducidos.

Alternar la activación y relajación de los músculos.

Inactividad muscular Pérdida de la capacidad funcional de músculos, tendones y huesos.

Estar sentado durante largo tiempo sin mover los músculos.

Realizar actividades deportivas, hacer estiramientos.

Fuente: Konkolewsky, H. (2001).

2. DIFERENCIAS RELACIONADAS CON EL SEXO

Laura Punnett y Ulf Bergqvist (1997) (citado por Konkolewsky, 2001), afirman que las mujeres

presentan de manera más rápida los síntomas relacionados con los trastornos músculo-

esqueléticos.

Una de las causas que los autores plantean, podría ser la segregación de los trabajos. Aun, los

trabajos pesados están siendo efectuados en su mayoría por los hombres y los trabajos que

requieren de mayor precisión lo realizan las mujeres. Esto permite concluir que los trastornos

músculo-esqueléticos relacionados a los movimientos repetitivos podrían estar relacionados a

las mujeres, mientras que los que demandan un esfuerzo físico o manejo manual de cargas,

están relacionados con los hombres.

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Por otra parte, Konkolewsky (2001) menciona que otra de las causas que marcan esta

diferencia, está dada porque algunos puestos aun no se adaptan a las características

antropométricas del sexo femenino, por lo contrario, están fabricadas para las medidas

masculinas, lo que significaría un riesgo latente producto de la exposición.

Konkolewsky (2001) también recalca que las mujeres están más propensas a tener

problemáticas asociadas al estrés, independiente de la labor que ejecuten. Esto producto de la

presión que significa el tener que preocuparse por los hijos y las labores cotidianas propias de

cada hogar.

3. VÍNCULO DEL ESTRÉS CON LOS TME

Konkolewsky (2001) menciona que a pesar de los estudios que se han realizado, aun no se

sabe con certeza si el estrés es una causa o un efecto de los trastornos músculo-esqueléticos.

Lo que plantea el autor, es que una persona que tiene una actividad laboral diaria está

expuesta al estrés propio de su trabajo, lo que podría llevarla a realizar acciones en las cuales

aumente el riesgo de contraer una enfermedad músculo-esquelética.

Al mismo tiempo, podría ocurrir que una persona que está afectada por un dolor, sin saber de

qué se trata, entra en un estado de estrés por no poder llevar a cabo su labor de la mejor

manera, o bien por tener que trabajar de igual manera, independiente de la dolencia que lo

afecta.

A pesar de esta doble postura, que produce una confusión para los estudiosos del área,

Konkolewsky (2001) señala que la primera opción se acercaría más a la realidad y lo explica

con el siguiente ejemplo: un repartidor de pizzas debido a la presión que le ejerce el tiempo de

reparto, debe manipular las cajas desde el local hasta su moto de manera rápida, con un

mayor peso y de forma repetitiva. Esto produce un esfuerzo físico excesivo producto de la

sumatoria entre la tensión y el sobreesfuerzo.

Es por esto que el autor afirma que el nivel de esfuerzo mental para cumplir con su trabajo,

más la tensión producto de la presión y el esfuerzo físico que realiza el individuo se podría

generar fácilmente como un trastorno músculo-esquelético.

4. NORMATIVA LEGAL VIGENTE

En Chile existen cuerpos legales que hacen referencia a la prevención de los trastornos

músculo-esqueléticos, entre los que destacan:

El Decreto Supremo 594 de 1999 aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias y

ambientales básicas en los puestos de trabajo.

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Artículo 85: En la exposición a vibraciones globales o de cuerpo entero, la aceleración

vibratoria recibida por el individuo deberá ser medida en la dirección apropiada de un sistema

de coordenadas ortogonales tomando como punto de referencia el corazón, considerando:

Eje z (az) de los pies a la cabeza.

Eje x (ax) de la espalda al pecho.

Eje y (ay) de derecha a izquierda.

Artículo 86: Las mediciones de la exposición a vibración se deberán efectuar con un sistema

de transducción triaxial, con el fin de registrar con exactitud la aceleración vibratoria

generada por la fuente, en la gama de frecuencias de 1 Hz a 80 Hz.

La medición se deberá efectuar en forma simultánea para cada eje coordenada (az, ax y ay),

considerándose como magnitud el valor de la aceleración equivalente ponderada en

frecuencia (Aeq) expresada en metros por segundo al cuadrado (m/s2).

Artículo 87: La aceleración equivalente ponderada en frecuencia (Aeq) máxima permitida

para una jornada de 8 horas por cada eje de medición, será la que se indica en la siguiente

tabla:

Eje de medición Aeq máxima permitida (m/s2)

z 0,63

x 0,45

y 0,45

Artículo 88: Aceleraciones equivalentes ponderadas en frecuencia diferentes a las

establecidas en el Artículo 87, se permitirán siempre y cuando el tiempo de exposición no

exceda los valores indicados en la siguiente tabla:

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Artículo 90: En la exposición segmentaria del componente mano-brazo, la aceleración

originada por una herramienta de trabajo vibrátil deberá medirse en tres direcciones

ortogonales, en el punto donde la vibración penetra en la mano.

Las direcciones serán las que formen el sistema biodinámico de coordenadas o el sistema

basicéntrico relacionado, que tenga su origen en la interface entre la mano y la superficie que

vibra, considerando:

Eje z (zh) corresponde a la línea longitudinal ósea.

Eje x (xh) perpendicular a la palma de la mano.

Eje y (yh) en la dirección de los nudillos de la mano.

Artículo 91: Las mediciones de la exposición a vibraciones se efectuarán con un transductor

pequeño y de poco peso, con el fin de registrar con exactitud la aceleración vibratoria

generada por la fuente, en la gama de frecuencias de 5 Hz a 1500 Hz. la medición se deberá

efectuar en forma simultánea en los tres ejes coordenadas (zh, xh e yh), por ser la vibración

una cantidad vectorial.

La magnitud de la vibración se expresará para cada eje coordenado por el valor de la

aceleración equivalente ponderada en frecuencia, expresada en metros por segundo al

cuadrado (m/s2) o en unidades de gravitación (g).

Artículo 92: La aceleración equivalente máxima, medida en cualquier eje, constituirá la base

para efectuar la evaluación de la exposición a vibraciones del segmento mano-brazo y no

deberá sobrepasar los valores establecidos en la siguiente tabla:

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Artículo 95: Un trabajador no podrá dedicar a la operación de digitar, para uno o más

empleadores, un tiempo superior a 8 horas diarias ni a 40 horas semanales, debiendo

concedérsele un descanso de cinco minutos después de cada periodo de 20 minutos de

digitación continua, durante la jornada de trabajo.

El Decreto Supremo 109 de 1968 aprueba el reglamento para la calificación y evaluación de

los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

Artículo 19: Se entenderán por enfermedades profesionales las siguientes:

AGENTES ESPECÍFICOS TRABAJOS QUE ENTRAÑAN EL RIESGO

12) Lesiones de los órganos del movimiento (huesos, articulaciones y músculos, artritis, sinovitis, miositis, celulitis, calambres y trastornos de la circulación y sensibilidad.)

Todos los trabajos que expongan al riesgo por agentes químicos, físicos y biológicos.

Artículo 23: En los siguientes casos las enfermedades profesionales se consideran que producen incapacidad temporal:

Enfermedades Casos en que provoca incapacidad temporal

8) Enfermedades de los órganos del movimiento: artritis, sinovitis, tenonitis, miositis, celulitis, calambres y trastornos de la circulación y de la sensibilidad de las extremidades causadas por agentes diversos

Fase aguda o subaguda de la enfermedad que requiere atención médica o cese del trabajo.

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Artículo 24: Se entiende que las enfermedades profesionales producen invalidez en los casos

que se definen a continuación. Las Comisiones a que se refiere el artículo 4º determinarán,

entre los porcentajes señalados, el grado de incapacidad física al que sumarán la ponderación

contemplada en el artículo 60 de la ley 16.744 y en los artículos 31º y siguientes de este

reglamento para establecer la incapacidad de ganancia.

9) Enfermedades de los órganos del movimiento: artritis, sinovitis, tenosinovitis, miositis, celulitis, calambres y trastornos de la circulación y de la sensibilidad de las extremidades, causadas por agentes diversos.

Lesiones de los órganos del

movimiento en su fase crónica e

irreversible:

Si incapacitan principalmente para el

trabajo específico.

Si incapacitan para cualquier

trabajo.

40% a 65%

70% a 90%

La Ley 20001 de 2005 regula el máximo de carga humana.

Artículo 211-H: Si la manipulación manual es inevitable y las ayudas mecánicas no pueden usarse, no se permitirá que se opere con cargas superiores a 50 kilogramos.

Artículo 211-I: Se prohíbe las operaciones de carga y descarga manual para la mujer embarazada. Artículo 211-J: Los menores de 18 años y mujeres no podrán llevar, transportar, cargar, arrastrar o empujar manualmente y sin ayuda mecánica, cargas superiores a los 20 kilogramos.

COMENTARIO FINAL

Como se pudo apreciar durante el desarrollo de los contenidos, los trastornos músculo-

esqueléticos son muy comunes dentro de las organizaciones. A diferencia de otro tipo de

enfermedades profesionales, estos trastornos no distinguen sexo, edad ni tipo de trabajo, sino

que, se dan por exposiciones prolongadas, movimientos repetitivos, posturas viciosas, sumada

a factores externos e incluso al estrés laboral.

Las medidas preventivas de estos trastornos son variadas, pero no dependen solo de

establecer normas dentro de las organizaciones, sino que además de la voluntad de los

trabajadores por realizar estas buenas prácticas y de los empresarios para realizar los cambios

que sean necesarios.

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REFERENCIAS

Decreto 109. (1968). Aprueba el reglamento para la calificación y evaluación de los accidentes

del trabajo y enfermedades profesionales, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 16744,

del 1 de febrero de 1968, que estableció el seguro social contra los riesgos por estos

accidentes y enfermedades. Publicado en el Diario Oficial el 7 de junio de 1968.

Recuperado el 16 de octubre de 2012 de: http://bcn.cl/4v4k

Decreto 594 (1999). Aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en

los lugares de trabajo. Publicado en el Diario Oficial el 29 de abril del 2000. Recuperado

el 25 de octubre de http://bcn.cl/4r41

Konkolewsky, H. (2001). Prevención de trastornos músculo esqueléticos de origen laboral.

Bilbao, España. Agencia Europea para la Seguridad y Salud en el Trabajo.

Ley 20001. (2005). Regula el peso máximo de carga humana. Publicada en el Diario Oficial de

la Republica de Chile el día 5 de febrero de 2005. Recuperado el 29 de octubre del 2012

de: http://bcn.cl/4ufa

Luttmann, A.; Jager, M. & Griefahn, B. (2004). Prevención de trastornos músculo esqueléticos

en el lugar de trabajo. Recuperado el 28 de octubre de 2012 de:

http://www.who.int/occupational_health/publications/en/pwh5sp.pdf

PARA REFERENCIAR ESTE DOCUMENTO, CONSIDERE: IACC (2012). Aplicaciones normativas de protección laboral en temas de aplicación

ergonómicas. Semana 8.