Epoca Colonial e Independiente

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EPOCA COLONIAL HISTORIA SOCIOECONOMICA DE GUATEMALA Licda. Carolina Soledad Buchí Guaré

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EPOCA COLONIAL HISTORIA SOCIOECONOMICA DE

GUATEMALALicda. Carolina Soledad Buchí Guaré

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El régimen colonial españolUna vez concluida la etapa de conquista militar,

los funcionarios reales se dieron a la tarea de implementar mecanismos e instituciones que permitieran sentar las bases del régimen colonial.

Surge en esta época la mala distribución de riqueza, que constituye desde ese momento el problema primordial de la sociedad guatemalteca porque su riqueza primaria, la tierra se encuentra concentrada en pocas manos mientras la gran mayoría carece de ella y por ello se dedican a la agricultura.

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Manifestaciones de la colonia en Guatemala

En las décadas de 1524 y 1544 se recrudeció la dominación política y la explotación económica de los pobladores nativos de Guatemala.

El uso y abuso del trabajo de estos, el despojo de parte de sus tierras y la marginación de su cultura original

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Organización económica de la coloniaLatifundismo que tanto daño ocasiona y que tiene sus

derivaciones sobre el desarrollo de las clases sociales.

Legislación Casuista. Que respondía a los casos particulares de momento y lugar, era caprichosa y carecía de unidad. “Las leyes que emite un estado son, la expresión de los intereses de la clase a quien representa ese Estado”.

La Legislación por casuista que sea estaba regida a principios básicos que respondían a los intereses de la clase dominante.

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Base económica de la coloniaLos factores que intervienen en la producción

son:

tierraBienes

físicos de capital

La tecnología

La agricultura

La mineria

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Principios que normaron la política agraria en el período colonial

Primer principioCon base a los documentos coloniales, leyes y Reales cédulas

permiten señalar la presencia de los siguientes principios:

Teoría del Señorío: Es la política indiana en lo relativo a la tierra que ejercía la corona de España, por derecho de conquista sobre todas las tierras de las provincias conquistadas.

Este principio de la Teoría del Señorío es la expresión legal de la toma de posesión de la tierra y constituye el punto de partida del régimen de tierra colonial.

Según este principio “únicamente el rey cede la tierra”“No hay tierra sin dueño; nadie puede introducirse en tierra

que el rey no le haya cedido”.

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Segundo principio “El principio de la tierra como aliciente”(Operó a partir del siglo XVI) La corona de España, imposibilitada para sufragar las expediciones de

conquista como empresas del Estado, las estimuló como “empresas privadas” con el aliciente de ofrecerle a los conquistadores una serie de ventajas económicas en las provincias que conquistasen.

El ceder tierras e indios fue el principal aliciente empleado. Base legal: Cédula de Fernando el católico (Valladolid 18 de junio de 1513).

Este era el condicionante del inicio del latifundismo en las colonias. “Una riqueza que no había poseído antes del momento de cederla”.

Los conquistadores salían a conquistar unas tierras con autorización, en nombre y bajo el control de la monarquía: y la monarquía los premiaba cediéndoles trozos de esas mismas tierras y sus habitantes.

Este principio político determina la necesidad de expandir y consolidar un imperio sin hacer gastos, a expensas de los conquistados.

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Tercer principio “La tierra como fuente de ingresos para las cajas

reales bajo el procedimiento de la composición de tierras”La composición de tierras fue un mecanismo

creado en la última década del siglo XVI. Como un asunto permanente en la recopilación de Leyes de Indias.

Le generó ingresos a la corona durante todo el período colonial.

Fue un importante renglón de la Real Hacienda en el reino de Guatemala hasta el día anterior a la Independencia.

La usurpación de tierras se practicó desde el siglo XVI con base en la liberalidad de las concesiones y en el descontrol de la primera etapa colonizadora.

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¿En que consistió la composición de tierras?

En la última década de ese siglo fue instituido el sistema de composiciones, el cual no vino a frenar la usurpación _porque no era esa su finalidad_ sino a convertirla en un procedimiento para adquirir tierras y ensanchar los latifundios con desembolsos moderados.

Al normar la composición, las leyes sistematizaron la usurpación de tierras para todo el período colonial.

No hay negocio que más prospere, que aquél en que los dos tratantes salen beneficiados.

Usurpación-composición beneficiaba a la coronoa con una recaudación constante y favorecía a los terratenientes dándoles facilidades para ensanchar sus propiedades.

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Bases legales del tercer principio “composición de tierras”

El 1º. de noviembre 1591 fueron despachadas por Felipe II las dos Cédulas que pusieron en acción el principio de la composición de tierras en el reino de Guatemala”.

La primera cédula ordena recuperar para el rey todas las tierras usurpadas. No ofrece ninguna posibilidad de retenerlas con base en arreglos.

En la segunda Cédula cita: “Os ordeno que me hagais restituir todas las tierras que cualesquiera personas tienen y poseen en esa Provincia sin justo y legítimo título. … se las podais confirmar y darles de nuevo título de ellas. ….y en caso que algunas personas rehusaren y no quisieren la dicha composición, precedereis contra los tales conforme a derecho en virtud de la dicha mi real cédula…

Desde el punto de vista de la monarquía la composición fue un recurso económico inteligente.

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Cuarto principio “la legislación colonial de tierras tanto la general contenida en la Recopilación como la contenida en cédulas e

instrucciones especiales para la audiencia de Guatemala.La preservación de tierras de indios fue un principio básico

de la política agraria colonial

La organización del pueblo de indios, como pieza clave de la estructura de la sociedad colonial, exigía la existencia de unas tierras que los indígenas puedieran trabajar para sustentarse, para tributar, y para estar en condiciones de ir a trabajar en forma casi gratuita a las haciendas y labores a otras empresas de los grupos dominantes.

Esta politica agraria de la colonia con carácter permanente enraizaba en un interés económica de la monarquia para que los indios permanecieran en sus pueblos y fuera posible controlarlos para la tributación.

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Quinto principio “Bloqueo agrario de los mestizos” (Villas y rancherías, y Ladinos en

pueblos de indios)La política de negación de tierras a los mestizos pobres en constante

aumente demográfico _aunque en lo particular pudieran adquirirlas quienes tuvieran medios para ello_ fue un factor que estimuló el crecimiento de los latifundios.

La población mestiza o ladina pobre _las capas medias rurales, como las llamaremos apropiadamente en su estudio especial _se vio obligada a desplazarse a las haciendas y a vivir y trabajas en ellas a cambio de tierra en usufructo.

Se volvieron necesariamente arrendatarios. El bloqueo agrario de los ladinos rurales, fue un principio importante y permanente de la política agraria en el reno de Guatemala.

Los ladinos rurales pobres, se vieron obligados a someterse a las condiciones de trabajo que les imponían los latifundistas.

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Repartimiento de tierras durante el Período colonial en Guatemala

Absoluta propiedad de la Corona sobre todos los territorios descubiertos.

Posesión y usufructo, comunal o individual, de las tierras que ocupaban los indígenas antes del arribo de los europeos.

Propiedades realengas, o sea, las que están bajo el dominio directo de la corona.

Los ejidos, o tierras de propios que estaban adscritos a los pueblos y eran de uso común.

Las tierras de propiedad privada de los colonos.

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Bienes de intercambio de Guatemala con España

Algunos de los productos exportados por Guatemala, que pasaban por Sevilla primero y después por Cádiz incluian:

Añil

Zarzaparrilla

Palo de Brasil

Cochinilla

Azúcar

Cuero de reses

Bálsamo

Metales preciosos como el oro y plata

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Productos de importaciónVinoPasasAceitunasAceiteHígosPañosLinoHierromercurio

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Comercio con otras nacionesGuatemala tuvo un intercambio, casi permanente

aunque no siempre legal con naciones como:La Nueva España, Nueva granada, Perú de manera

indirecta con Filipinas y otros países A mediados del siglo XVI , la sola región de

Suchitepéquez exportaba unas 200,000, cargas de cacao (cada carga equivalía a 24,000 almendras) a México.

En 1576 la corona exigió una licencia de exportación y un impuesto del 5% en relación con el cacao que salía de Suchitepéquez hacia la Nueva España.

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Estructura política colonial Las capitulaciones: constituyeron un punto de partida para establecer la

estructura política y social de los territorios.

Las capitulaciones como instrumentos jurídicos tenían un carácter eminentemente económico para las dos partes contratantes.

También contenidos políticos y sociales.

Demarcaban posiciones de poder y de ubicación social.

Integraban elementos culturales e ideológicos.

Posición Social y poder político y capacidad económica.

Los Jefes de las expediciones fueron los depositarios del poder y de la autoridad en las áreas bajo su jurisdicción.

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Las audienciasReflejaban un alto grado de centralización,

estaban sujetas solo al rey y al consejo de indias.

En Guatemala ese aparato de gobierno y de autoridad estuvo dirigido por Pedro de Alvarado desde 1524 hasta 1541. SE dedicaron a la empresa colonial como fuente de riqueza y de status.

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Remplazó de los conquistadores gobernantes (poder-autoridad)Las instituciones de los conquistadores degeneró en

abusos y atropellos contra los indios, que no desaparecieron nunca de la escena colonial.

La corona dispuso remplazar a los conquistadores gobernantes por funcionarios nombrados por el propio monarca, se consolido a mediados del siglo XVI.

Esta nueva estructura definía con precisión los límites y alcances del poder forman y de la jurisdicción administrativa.

Se establecieron instituciones que canalizaban las pautas de gobierno y de control social.

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Instituciones que canalizaban las pautas de gobierno y de control social en la

colonia Presidentes – gobernadores (pretoriales)

Audiencias (Pedro de Alvarado) Atribuciones administrativas. Funciones legislativas y judiciales (órgano político superior).

Jueces de residencia y los de visita:

La real hacienda (Casas de contratación encargadas de la administración y tráfico de las riquezas)

Los ayuntamientos (Administración de tierras por indios principales)

Los corregimientos- (comisionados)

Las Alcaldías mayores (Los alcaldes y regidores distribuian las parcelas de tierra comunal entre las familias del pueblo (cambiaban cada año) (Autoridades indígenas)

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Focos colaterales de poderEn la sociedad colonial existieron otros focos

generadores de poder en sus formas reales o en las institucionalizas.

Reducciones o pueblos de indios

Ayuntamientos

cofradias

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Gobierno institucional de la ColoniaEl primero gobierno fue presidido por Alonso de

Maldonado tenía que aplicarlas reformas contenidas en las leyes nuevas, pero fue un régimen de corrupción en la que se incrementaron los agravios sufridos por la población nativa, derivado de los vínculos con los focos del poder real.

Alonzo López de Cerrato nombrado por Orden Real el 21 de mayo de 1547, tomo funciones de gobernador y en 1548 asumió como segundo presidente de la Audiencia, dio libertad a los esclavos y vasallos de los castellanos, rebajó los impuestos a la mitad, suspendió los trabajos forzados e hizo que los castellanos pagaran por el trabajo.

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Transformaciones introducidas por López de Cerrato en la sociedad colonial

Fueron de carácter económico y social:Ordenó la libertad de muchos esclavos, en

especial los adquiridos de modo ilegitimo.Modificó el sistema de la encomienda.Prohibió el trabajo forzosoControló el uso abusivo e inhumano de los

tamemesCombatió la práctica de los castigos físicos

contra los indios.Ordeno la revisión y nueva tasación de los

tributos.

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Prácticas institucionalizadas compensatorias desde comienzos del siglo XVI

Para lograr riqueza y status se instituyó:

La esclavitud

Encomienda

Repartimiento

Apropiación de bienes inmuebles

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La esclavitud Se derivo de la derrota bélica de la conquista, sometidos al dominio del

conquistador de manera violenta cruel y despiadada como si fuesen animales.

Marcados con hierro.

Fueron repartidos como esclavos de guerra o de rescate por Pedro de Alvarado, repartió indios para su servicio y para la hueste española.

Sometidos durante ciento sesenta y nueve años a una sujeción desde 1524 a 1693.

Obligados a golpes con palos y otros objetos a realizar todo tipo de trabajo que los condujo a un abatimiento que mostraban a fines del siglo XVII.

Se les consideraba inferiores “salvajes” idolatras, vagos, borrachos, rebeldes , sin ambiciones o deseos de adquirir riquezas.

Fueron declarados “súbditos de la corona” “vasallos libres”.

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La EncomiendaA finales de la década de 1520, la

encomienda había definido su perfil conceptual.

“…Las encomiendas de indios eran una merced real hecha con doble finalidad de recompensar a los conquistadores beneméritos o a sus descendientes con los beneficios que las mismas producían

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Repartimientos El repartimiento fue, sin duda, una de las más

sólidas columnas entre todas aquellas en las que se apoyó el edificio del régimen colonial.

Refleja condicionamientos políticos e inclusive psicológicos de muy diverso origen.

Fue una típica forma de trabajo forzoso, impuesta y usufructuada por los españoles a expensas de la libertad y capacidad productiva de una apreciable cantidad de indígenas.

Carecía de la típica relación de esta con la política tributaria de la corona

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¿Cómo se asignaban los repartimientos?Como consecuencia de un expreso requerimiento

de trabajadores formulado por un empresario, un hacendado, una Orden religiosa, etc. Las autoridades coloniales superiores, (Audiencia) designaban específicamente a un pueblo para que proporcionara la mano de obra solicitada.

Los “Justicias” o autoridades locales de estos pueblos, indicaban quienes, entre los vecinos indígenas, debían prestar los servicios solicitados y devengar el salario correspondiente.

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La iglesia expresiones ideológicas y políticas

La iglesia católica fue uno de los factores de poder , la iglesia ejercía un poder político decisivo en la dominación colonial, en la toma de decisiones de normas de obligado cumplimiento en lo moral y legal, no solo en las creencias y formas de conducta.

Fue propietaria de grandes extensiones de tierra, adquirida por diversos medios licitos unos e ilegítimos otros.

Fue impulsora de empresas agroindustriales, artesanales, comerciales, desvinculadas de los propósitos estrictos de la evangelización.

Su capacidad de imponer formas de conducta, de marginar, condenar y satanizar concepciones del mundo, su fanatismo beligerante, su intolerancia, la convirtieron en el brazo derecho de la conquista y colonización (espada y la cruz)

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La evangelización