EL PODER LEGISLATIVO I.pps

download EL PODER LEGISLATIVO I.pps

of 32

Transcript of EL PODER LEGISLATIVO I.pps

  • 7/29/2019 EL PODER LEGISLATIVO I.pps

    1/32

    EL PODERLEGISLATIVOParte I

    Facultad de Derecho Universidad Catlica ArgentinaDerecho Constitucional e Instituciones Polticas

    Adjunta titular: Dra. Sofa M. SagsAdjunto: Dr. Gonzalo Can

    2010.

  • 7/29/2019 EL PODER LEGISLATIVO I.pps

    2/32

  • 7/29/2019 EL PODER LEGISLATIVO I.pps

    3/32

    Artculo 44 CNUn Congreso compuesto de

    dos Cmaras, una de diputadosde la Nacin y otra de

    senadores de las provincias y

    de la ciudad de Buenos Aires,ser investido del Poder

    Legislativo de la Nacin.

  • 7/29/2019 EL PODER LEGISLATIVO I.pps

    4/32

    Plan FranklinModelo Estadounidense

    CONGRESOEstructuraBicameral

    Cmara de Diputadosde la Nacin

    Representacin

    Popular

    Cmara de SenadoresDe las Provincias y

    de la Capital FederalRepresentacin

    Territorial

  • 7/29/2019 EL PODER LEGISLATIVO I.pps

    5/32

    Autoridades del Congreso

    No existe el cargo dePresidente delCongreso, sin

    embargo SalvadorMara del Carril

    denomino al

    Vicepresidente de laNacin como el

    Presidente Nato de

    dicho rgano

  • 7/29/2019 EL PODER LEGISLATIVO I.pps

    6/32

    CMARADE

    SENADORES

  • 7/29/2019 EL PODER LEGISLATIVO I.pps

    7/32

  • 7/29/2019 EL PODER LEGISLATIVO I.pps

    8/32

    Integracin3 por cada provincia

    3 por la Capital FederalTotal 72 Senadores

  • 7/29/2019 EL PODER LEGISLATIVO I.pps

    9/32

    Artculo 54 CNEl Senado se compondr de tres senadorespor cada provincia y tres por la ciudad de

    Buenos Aires, elegidos en forma directa yconjunta, correspondiendo dos bancas al

    partido poltico que obtenga el mayor

    numero de votos, y la restante al partidopoltico que le siga en numero de votos.

    Cada senador tendr un voto.

  • 7/29/2019 EL PODER LEGISLATIVO I.pps

    10/32

    Requisitos para ser Senador

    Artculo 55 CN Tener 30 aos de edad;

    Haber sido 6 aos ciudadano de laNacin; Ser natural de la provincia que se

    representa o con 2 aos de residenciainmediata en ella, y Renta anual de 2000 pesos fuertes o de

    una entrada equivalente.

  • 7/29/2019 EL PODER LEGISLATIVO I.pps

    11/32

    Precisiones sobrelos requisitos

    La ciudadana de 6 aos esta dirigida a losextranjeros naturalizados.

    La residencia de 2 aos inmediatos en laprovincia que lo elige esta destinada a evitar loslegisladores alquilones que no tenanvinculacin con sus representados.

    El requisito de renta mensual, equivalente aunos 3000 dlares mensuales, fue resistida y enla actualidad se la considera derogada por

    resultar legitima en un sistema democrtico.

  • 7/29/2019 EL PODER LEGISLATIVO I.pps

    12/32

    Mtodo electoral Constitucin 1853/1860. Los Senadores eran elegidos

    por las legislaturas provinciales a pluralidad desufragios y los de la Capital Federal en la forma

    prescripta para la eleccin de presidente. Transicin 1994/2001. Un mecanismo complejoprevisto por la clusula transitoria cuarta de lareforma constitucional.

    Constitucin 1853/1994 desde el ao 2001. Sonelegidos por el voto popular. Se vota en cada

    jurisdiccin por tres, dos para la mayora y uno para

    el partido que le siga en votos.

  • 7/29/2019 EL PODER LEGISLATIVO I.pps

    13/32

    Artculo 56 CNLos senadores duran seis aosen el ejercicio de su mandato, y

    son reelegibles indefinidamente,pero el Senado se renovara a

    razn de una tercera parte de losdistritos electorales cada dos

    aos.

  • 7/29/2019 EL PODER LEGISLATIVO I.pps

    14/32

    Vacantes

    Artculo 62Cuando vacase alguna plaza de

    senador por muerte, renuncia uotra causa, el Gobierno a que

    corresponda la vacante haceproceder inmediatamente a la

    eleccin de un nuevo miembro.

  • 7/29/2019 EL PODER LEGISLATIVO I.pps

    15/32

    Reglamentacin

    de las vacanciasActualmente el sistema para cubrir lasvacancias esta reglamentado por el Cdigo

    Electoral. Cada elector vota por doscandidatos titulares y dos suplentes,

    realizado el escrutinio a la lista mayoritariale corresponden los dos titulares y a la quele sigue en votos un titular y el segundo de

    la lista se convierte en primer titular.

  • 7/29/2019 EL PODER LEGISLATIVO I.pps

    16/32

    Suplentes segnel Cdigo Electoral

    Lista 1

    Mayoritaria

    Titulares1 Garca2 Rossi

    Suplentes1 Usher2 Legrand

    Lista 2

    Minoritaria

    Titulares1 Prez2 Marrone(se convierte en suplente)

    Suplentes1 Kenny

    2

    Silva

  • 7/29/2019 EL PODER LEGISLATIVO I.pps

    17/32

    Autoridades del Senado

    Artculo 57 CN.El vicepresidente de laNacin ser presidente del Senado, perono tendr voto sino en el caso que haya

    empate en la votacin.Artculo 58 CN.El Senado nombrar un

    presidente provisorio que lo presida encaso de ausencia del vicepresidente, ocuando este ejerce las funciones de

    presidente de la Nacin.

  • 7/29/2019 EL PODER LEGISLATIVO I.pps

    18/32

    Objetivos de laPresidencia del Senado en cabezadel Vicepresidente de la Nacin

    1. Crear un puente entre el PEN y el PoderLegislativo;2. Dar tareas concretas al Vicepresidente, dado

    que no tiene una funcin concreta en el PEN;3. No privar a ninguna provincia de surepresentacin ya que el Presidente delCuerpo y no vota, salvo empate.

  • 7/29/2019 EL PODER LEGISLATIVO I.pps

    19/32

    Vicepresidentes de la NacinPresidentes del Senado

    desde 1984

  • 7/29/2019 EL PODER LEGISLATIVO I.pps

    20/32

    Vicepresidentes de la NacinPresidentes del Senado

    desde 1984

  • 7/29/2019 EL PODER LEGISLATIVO I.pps

    21/32

    Actual Presidente del Senado

  • 7/29/2019 EL PODER LEGISLATIVO I.pps

    22/32

    CMARADE

    DIPUTADOS

  • 7/29/2019 EL PODER LEGISLATIVO I.pps

    23/32

  • 7/29/2019 EL PODER LEGISLATIVO I.pps

    24/32

    IntegracinBase representativa 1 diputadocada 161.000 o fraccin no menor

    de 80.500, ms 3 diputados pordistrito, pero cada distrito nopodr tener menos de 5

    diputados.

    Total 258 Diputados l

  • 7/29/2019 EL PODER LEGISLATIVO I.pps

    25/32

    Artculo 45 CNLa Cmara de Diputados se compondr de

    representantes elegidos directamente por elpueblo de las provincias, de la Ciudad de BuenosAires, y de la Capital en caso de traslado,que se

    consideran a este fin como distritos electorales deun solo Estado y a simple pluralidad desufragios.El nmero de representantes ser de

    uno por cada treinta y tres mil habitantes o

    fraccin que no baje de diecisis mil quinientos.Despus de la realizacin de cada censo, elCongreso fijar la representacin con arreglo al

    mismo, pudiendo aumentar pero no disminuir labase expresada para cada diputado.

  • 7/29/2019 EL PODER LEGISLATIVO I.pps

    26/32

    Requisitos Constitucionales

    para ser DiputadoArtculo 48 CN

    1. Tener 25 aos de edad.2. 4 aos de ciudadana en ejercicio.

    3. Ser natural de la provincia que loelija o tener 2 aos de residenciaen ella

  • 7/29/2019 EL PODER LEGISLATIVO I.pps

    27/32

    Duracin del mandato

    Artculo 50 CNLos diputados durarn en su

    representacin por cuatro aos, y sonreelegibles; pero la Sala se renovarpor mitad cada bienio; a cuyo efecto

    los nombrados para la primeraLegislatura, luego que se renan,sortearn los que debern salir en el

    primer perodo.

  • 7/29/2019 EL PODER LEGISLATIVO I.pps

    28/32

    VacanciaArtculo 51 CNEn caso de vacante, el

    Gobierno de provincia, o de la

    Capital hace proceder aeleccin legal de un nuevo

    miembro. A id d d l

  • 7/29/2019 EL PODER LEGISLATIVO I.pps

    29/32

    Autoridades de laCmara de Diputados

    La Constitucin Nacional no indica cuales son lasautoridades de la Cmara de Diputado.

    El Reglamento de la Cmara ha previsto:Presidente

    Vicepresidente 1

    Vicepresidente 2Vicepresidente 3Tres Secretarios

    Tres Prosecretarios

    P i l id d bl

  • 7/29/2019 EL PODER LEGISLATIVO I.pps

    30/32

    Particularidades, problemasy solucin legal

    El artculo 51 CN tienela particularidad de que

    en caso de vacancia

    delega en los GobiernosProvinciales o de laCapital Federal la

    convocatoria a

    elecciones para elnuevo miembro,

    cuando se trata delCongreso de la Nacin.

    La Ley 24.444 haestablecido un mecanismo

    de reemplazo en su

    artculo 164. Para los casosde muerte, renuncia,separacin, inhabilidad oincapacidad permanente

    de un diputado, essustituido por quien losigue en la lista como

    candidato titular.

    L d P tid P lti 23 298

  • 7/29/2019 EL PODER LEGISLATIVO I.pps

    31/32

    Ley de Partidos Polticos 23.298Impedimentos para cargos electivos

    Artculo 33.- No podrn ser candidatos a cargos pblicos electivos, ni ser

    designados para ejercer cargos partidarios:

    a) Los excluidos del padrn electoral como consecuencia de disposicioneslegales vigentes:

    b) El personal superior y subalterno de las Fuerzas Armadas de la Nacin en

    actividad o en situacin de retiro, cuando hayan sido llamados a prestarservicios;

    c) El personal superior y subalterno de las fuerzas de seguridad dela Nacin y de las provincias, en actividad o retirados llamados a prestarservicios;

    d) Los magistrados y funcionarios permanentes del Poder Judicialnacional, provincial y tribunales de faltas municipales;

    e) Los que desempearen cargos directivos o fueren apoderados de empresasconcesionarias de servicios y obras pblicas de la Nacin provincias,municipalidades o entidades autrquicas o

    descentralizadas o de empresas que exploten juegos de azar.

  • 7/29/2019 EL PODER LEGISLATIVO I.pps

    32/32

    Cuando hay que reunir los

    requisitos exigidos paraser Senador o Diputado

    El texto constitucional parece

    referirse al momento en el cualdeben incorporarse a cadaCmara.