El poder legislativo

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Universidad Fermín Toro Vice rectorado Académico Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas Escuela de Derecho Derecho Constitucional Creado por: Gaymar Alarcón v- 15.668.463 Facilitador: Abg. Emily Ramírez SAIA-A

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Universidad Fermín ToroVice rectorado Académico

Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas

Escuela de Derecho

Derecho ConstitucionalCreado por: Gaymar Alarcón v- 15.668.463Facilitador: Abg. Emily RamírezSAIA-A

Funciones:

Como esta

compuesta

La

Asa

mblea

nacional ?

Artículo

186 CRBV

Controlar

la actuación

del

gobierno

nacional.

Finalidad

de la

Asamblea

Nacional

Representar a los electores de las entidades federales que los eligen, como a los Diferentes sectores de la

vida nacionalLegislar

para hacer las

leyes que realmente

requiere y

necesita el

paiís

Art. 201

CRBV

Normativa:Crea, modifica o

Anula,normas Juridicas deCaracter

General.

Dicta

Leyes

Administrati

va:

Es propia

De los Actos

Estatales

con

Caracter y

Rango

sublegal

El poder Legislativo Nacional se ejerce como

cuerpo Unicameral.

La Constitución de 1999 cambia así, radicalmente, la tradición bicameral que caracterizaba a los órganos del Poder Legislativo Nacional desde 1811, y establece una sola Cámara Legislativa

Con la entrada en vigencia del nuevo texto fundamental se modificó sustancialmente el régimen institucional de los Poderes Públicos del Estado, y en tal sentido, entre otras modificaciones, se creó la Asamblea Nacional en sustitución al Congreso dela República

La norma transcrita es parte de esa nueva configuración que informa el ordenamiento constitucional y las Instituciones políticas dela República; y regula, en específico, lo referente a la Constitución y sistema de elección de los Miembros de dicha Asamblea Nacional.

Cronologia del poder legislativo

•110 diputados fueron escogidos por nombres y apellidos,

•- 52 por lista y…•- 3 por las circunscripciones indígenas, también escogidos por nombres y apellidos.

¿QUIENES CONFORMAN LA

ASAMBLEA NACIONAL?

• Lo establece el artículo 189 de la

CRBV

¿Quiénes pueden optar al

cargo y ser elegidos?

• Artículos (CRBV):• 188• 190• 191• 192

Condiciones para los

Diputados (as)

La competencia de la Asamblea

El artículo 187 dela Constitución atribuye ala Asamblea un conjunto de competencias que en la Constitución anterior estaban atribuidas al Congreso, ala Cámara de Diputados y al Senado. Dichas competencias “son clasificadas por Brewer-Carías” (ob. cit.) de la siguiente manera:

COMPETENCIA DE LA ASAMBLEA

En

materia

constitucional

2. Proponer enmiendas

y reformas

ala

Constitución, en los

términos establecidos

en esta Constitución

(arts. 341, 343 y 344).

En materia legislativa1. Legislar en las materias de la competencia nacional

y sobre el funcionamiento de las distintas ramas del

Poder Nacional.5. Decretar amnistías.6. Discutir y aprobar el presupuesto nacional y todo

proyecto de ley concerniente al régimen tributario y al

crédito público (arts. 314, 117 y 312).

18. Aprobar por ley los tratados o convenios

internacionales que celebre el Ejecutivo Nacional, salvo

las excepciones consagradas en esta Constitución (art.

154).

En materia de control político

10. Dar voto de censura al Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva y a los Ministros o Ministras. La moción de censura sólo podrá ser discutida dos días después de presentada ala Asamblea, la cual podrá decidir, por las tres quintas partes de los diputados o diputadas, que el voto de censura implica la destitución del Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva o el Ministro o Ministra.

11. Autorizar el empleo de misiones militares venezolanas en el exterior o extranjeras en el país.

16. Velar por los intereses y autonomía de los Estados

17. Autorizar la salida del Presidente o Presidenta dela Repúblicadel territorio nacional cuando su ausencia se prolongue por un lapso superior a cinco días consecutivos (art. 235).

Además, decidir en los casos de falta absoluta y temporal del Presidente dela República(arts. 233 y 234), autorizar el enjuiciamiento del Presidente dela República(art. 266, ord. 2) y conocer de los Decretos de Estado de Excepción (arts. 338 y 339).

En materia de nombramiento de funcionarios públicos

13. Autorizar a los funcionarios públicos o funcionarias públicas para aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros (art. 149).

14. Autorizar el nombramiento del Procurador o Procuradora General dela República y de los Jefes o Jefas de Misiones Diplomáticas Permanentes.

En materia de remoción de altos funcionarios públicos

La Asamblea Nacional tiene competencia para remover a los

Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia (art. 265), al

Contralor General dela República, al Fiscal General dela

República y al Defensor del Pueblo (art. 279); y a los

integrantes del Consejo Nacional Electoral (art. 296),

atribuciones que, sin duda, constituyen una contradicción con

el principio de la autonomía del Poder Judicial, del Poder

Ciudadano y del Poder Electoral.

En materia de control administrativo

3. Ejercer funciones de control sobre el Gobierno y la Administración Pública Nacional.7. Autorizar los créditos adicionales al presupuesto (art. 314).

8. Aprobar las líneas generales del plan de desarrollo económico y social dela Nación, que serán presentadas por el Ejecutivo Nacional en el transcurso del tercer trimestre del primer año de cada período constitucional (art. 236, ord. 18).

Autorizar al Ejecutivo Nacional para celebrar contratos de interés nacional, en los casos establecidos en la ley. 12. Autorizar al Ejecutivo Nacional para enajenar bienes inmuebles del dominio privado dela Nación, con las excepciones que establezca la ley.

Acordar los honores del Panteón Nacional a venezolanos y venezolanas ilustres, que hayan prestado servicios eminentes ala República…

En materias de orden interno

4. Organizar y promover la participación ciudadana en los asuntos de su competencia.

19. Dictar su reglamento y aplicar las sanciones que en él se establezcan.

20. Calificar a sus integrantes y conocer de su renuncia. La separación temporal de un diputado o diputada sólo podrá acordarse por el voto de las dos terceras partes de los diputados y las diputadas presentes.

21. Organizar su servicio de seguridad interna

22. Acordar y ejecutar su presupuesto de gastos, tomando en cuenta las limitaciones financieras del país.

23. Ejecutar las resoluciones concernientes a su funcionamiento y organización administrativa.

24. Todas las demás que le señalen esta Constitución y la ley.

Entre estas materias de orden interno, está la regulación del funcionariado dela Asamblea.

La Asamblea Nacional elegirá de su seno un

presidente (a) y dos Vice-Presidentes (as) un

Secretario (a) y un Sub-Secretario (a) fuera de su

seno por un período de un año. El reglamento

establecerá las faltas temporales y absolutas.

artículo 186 el que establece los

elementos integradores del Poder Legislativo

Nacional

El primer período de las sesiones ordinarias dela Asamblea Nacional debe

comenzar, sin convocatoria previa, el cinco de enero de

cada año o el día posterior más inmediato posible. En ningún

caso, el quórum puede ser inferior a la mayoría absoluta

de los integrantes dela Asamblea Nacional(art. 221)

Los diputados son representantes del pueblo y

de los Estados en su conjunto, no sujetos a

mandatos ni instrucciones, sino sólo a su conciencia. Su

voto en la Asamblea Nacionales personal (art. 201).

* Dedicación exclusiva (art. 197 CRBV)

* Rendición de Cuentas (art. 72 CRBV)

* Revocatoria del mandato (art. 198 CRBV)

el artículo (57) dela Constitución

Nacional, que no hace

excepciones de ninguna índole y

que fulmina con la más a

bsoluta

prohibición, entre otra

s, la

propaganda de guerra, deberá

aplicarse im

perativamente,

incluso a diputados que lle

guen a

desconocerlo

.

LA

IRRESPONSAB

ILIDAD

Inmuni

dad

Inmunidad

Reflexiones sobre la Importancia del Poder Legislativo:

Ciertamente la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela es, además de la Norma Suprema; un instrumento bastante complejo y con especial relación en los temas que conciernen a las distintas actividades de competencia Estatal. No en vano dicho instrumento se basa en diversos principios y también valores de peso social.

Pero, es necesario reconocer y aceptar que entre los poderes del Estado, el Legislativo está ampliamente vinculado a las diversas ramas sociológicas ya que los aspectos que regulan la convivencia social son coordinados por éste Ente Gubernamental y de él dependen y se derivan las instituciones del poder público.

Del presente tema emergen una gran

cantidad de (si se quiere infinitas) opiniones las

cuales deben ser tomadas en cuenta en todo el

ordenamiento jurídico en vista de que lo que esta en juego es la integridad total

de la Nación.

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

www.allanbrewercarías.com

www.sumate.org

https://temasdederecho.wordpress.com

Constitución de la República Bolivarianade Venezuela. (1999).