Ejecucion en Lo Penal.
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7/24/2019 Ejecucion en Lo Penal.
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De la Ejecucinde Sentencia.
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De la Ejecucinde Sentencia.
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MSC.
RAFAELA INES URROZ GUTIERREZ.
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Objetivos.
1. Apropiarnos de los Principios y fundamentoslegales, referido a la Ejecucin de Sentencia en loPenal.Domina la Ejecucin de Sentencia en el sistema
penal de icaragua, vinculados a la ejecucininternacional.Domina los presupuestos procesales necesarios
para la tramitacin y resolucin de los incidentesde ejecucin.
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!ontenido "em#tico. $. Antecedentes. $$. !onceptos generales.
$$$. Alcance !onstitucional. $%. Principios. %. %igilancia y control de la Ejecucin. %$. Derec&os. %$$. !ompetencia.
%$$$. $ncidentes de Ejecucin. $'. Suspensin de medidas Administrativas. '.. Atribuciones del (ue) de Distrito de Ejecucin de Sentencia y %igilancia
Penitenciaria. '$. Defensa
'$$. *nificacin de Penas. '$$$. $ncidente de Ejecucin Diferida '%. +a Ejecucin diferida. '%$. edidas de seguridad. '%$$. Ejecucin de Penas no Privativas de libertad.
'%$$$. Ejecucin de las medidas de seguridad
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Preguntas e-ploratorias.
ecodemos los referente a laaccin de revisin.
/ue entendemos porSentencia en ejecucin penal 0
E-iste diferencia en ejecucinde edidas y ejecucin de lapena0
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ibliograf2a.!onstitucin Pol2tica de icaragua.!digo Procesal penal de la epublica de icaragua.!digo Penal de icaragua., +ey de 3gimen Penitenciario y Ejecucin de la Penay su reglamento.+ey o. 456, +ey de prevencin, investigacin ypersecucin del crimen organi)ado y de laadministracin de los bienes incautados, decomisados
y abandonadoseglamento de la +ey o. 456, +ey de prevencin,
investigacin y persecucin del crimen organi)ado yde la administracin de los bienes incautados,decomisados y abandonados+ey o. 476, +ey de Ejecucin, beneficios y control
jurisdiccionalde la sancin penal.
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Antecedentes
En nuestro pa2s, &asta los a8os 9::1, &istricamente se leatribu2a a los rganos (urisdiccionales tanto de Distritocomo +ocales, la funcin de investigar, acusar, ju)gar y&acer ejecutar lo ju)gado. +imit#ndo su funcin comoejecutor de la pena impuesta a ordenar el ingreso delcondenado a la c#rcel, las visitas regulares al SistemaPenitenciario y ordenar los beneficios en materia deejecucin de pena ;ue contempla la ley sustantiva cuando3stos eran aplicables, Ejemplo< libertad condicional,li;uidacin de pena, suspensin de ejecucin de la pena.
El (ue) conced2a estos = beneficios legales> desde elescritorio, sin tener un contacto directo con el condenadoy valorar in situ si &ab2a ocurrido alguna violacin a losderec&os de los acusados.
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Durante el 9::9 &asta la fec&a.
El nuevo procedimiento penal +ey 7:?, rige apartir del 97 de diciembre de 9::9, crea los(u)gados de Ejecucin de las penas, a los ;ue laley procesal moderna les dota de facultades,
atribuciones, deberes, eregidas para el efectivoseguimiento, vigilancia y cumplimiento de laspenas impuestas por los (ueces de Sentencia,una ve) ;ue la sentencia de condena esta firme.
Acuerdo de nombramiento de (ueces deEjecucin de Sentencia
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!onceptos
+a consecuencia lgica de la sentencia, es su ejecucin buscandomateriali)ar en 3sta el cumplimiento por parte del adversario perdidoso,de la obligacin declarada en la decisin y adem#s el reconocimiento delderec&o reclamado, e-ceptuando a las acciones mero declarativas, lascuales son las legitimaciones de unas pretensiones sustanciales en sentido
afirmativo o negativo, ;ue tienden a confirmar un derec&o subjetivopree-istente retrotrayendo sus efectos al estado inicial de una conductacon trascendencia jur2dica.
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!ontrol (urisdiccional de la Sancin Penal.
El (ue) de Ejecucin y %igilancia Penitenciaria velar#por el efectivo cumplimiento de la sancin impuesta,controlar# la aplicacin del r3gimen penitenciario y elrespeto de las finalidades constitucionales y legales delas penas y medidas de seguridad.De igual manera, ejercer# el control de legalidad de
las acciones u omisiones de la autoridad
penitenciaria, salvo en materia administrativa cuandono afecte derec&os fundamentales o derec&os ybeneficios penitenciarios
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Alcance !onstitucional.
+a Ejecucin se encuentra establecida en la !onstitucin Pol2tica de laep@blica de icaragua. As2 en el art2culo 16, se se8ala ;ue< =+asfacultades (urisdiccionales de (u)gar y Ejecutar lo (u)gado,corresponde e-clusivamente al Poder (udicial
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P$!$P$OS DE +A BASE DE E(E!*!$O.
eeducacin Art. 5 !n.Principio de individuali)acin de la penaPrincipio de $gualdad
Principio de Obediencia C la sancin es producto dedesobediencia.Principio de Asistencia C religioso, medico, judicial,
familiar, rgano administrativo del sistemapenitenciario
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Derec&os
+as partes del proceso tienen derec&o a impugnar lasresoluciones emitidas por los (ueces de Ejecucin y
%igilancia Penitenciaria.
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!ompetencia.
Para ;ue e-ista ejecucin de sentencia debe &aber intervencin judicial. ElEstado a trav3s de los rganos e-presamente creados para tal fin, administrajusticia por encima y en contra de la voluntad de los particulares. As2 loestablece el Art2culo 55 de la !onstitucin de la ep@blica de icaragua.(ue) de Ejecucin y %igilancia Penitenciaria en base a las funcionesestablecidas en el !digo Procesal Penal y a lo dispuesto en la sentencia firmecondenatoria, resolver los incidentes de libertad anticipada relativos a lalibertad condicional, libertad condicional e-traordinaria, suspensin deejecucin de la pena, de enfermedad, ejecucin diferida, convivencia familiarordinaria y e-traordinaria, unificacin de penas, cuando la @ltima autoridadsentenciadora no lo &aya resuelto, as2 como el abono de medidas cautelaresde prisin preventiva y detencin domiciliar no aplicado, la adecuacin depena impuesta en el e-tranjero, revocacin de beneficios, la e-tincin y
prescripcin de las penas y la cancelacin de antecedentes penales.+a devolucin de los bienes a la v2ctima se reali)ar# inmediatamente despu3sde la primera audiencia cuando as2 proceda, de no reali)arse la entrega el(ue) de Ejecucin y %igilancia Penitenciaria ordenar# la misma, conforme loordenado en sentencia !ondenatoria.
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!ontinuacin
El Arto. 91!PP parte infine, establece en materia decompetencia lo siguiente< =...+os (ueces de Ejecucinde la pena controlar#n el cumplimiento del r3gimenpenitenciario y el respeto de las finalidadesconstitucionales y legales de la pena y de las medidasde seguridad...>
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$ncidentes de Ejecucin
Sobre la Etimolog2a del t3rmino $!$DE"E, del =
Diccionario de Derec&o Procesal !ivil de EduardoPallares, tenemos lo siguiente< = +a palabra $ncidente diceEmilio eus... deriva del +at2n $!$DO, $!$DESC acontecer, interrumpir, suspender significa en suacepcin m#s amplia, lo ;ue sobreviene accesoriamenteen alg@n asunto o negocio fuera de lo principal.
Algunas definiciones brindadas por procesalistas sobre eltema< !AA%A"ES< Estima ;ue es toda cuestin ocontestacin accesoria ;ue sobreviene o se forma duranteel curso del negocio o accin principal.P$E"O !AS"O< E-presa ;ue = son a;uellosantecedentes ;ue son necesarios resolver para poderllegar al e-acto enjuiciamiento del objeto debatido y ;uesea suficiente para originar una resolucin conindependencia de la cuestin principal>
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aturale)a (ur2dica de los $ncidentes+a aturale)a (ur2dica de los $ncidentes, tomamos conacierto lo e-puesto por (A$E F*ASP, ;ue los enmarcacomo = un proceso de cognicin especial y de declaracinC proceso declarativo especial. Es de cognicin especialpor ra)ones jur2dicoGprocesales, ;ue tienden a facilitar el
desarrollo de otro proceso mediante la resolucin decuestiones anormales o incidentes ;ue durante lapendencia de este pueden suscitarse.Se trata de un autentico PO!ESO, por;ue se concluyecon una declaracin del rgano jurisdiccional, ESPE!$A+por;ue no esta pensando para &iptesis generales, sinopara supuestos concretos particulari)ados no en ra)n ala materia sobre ;ue recaen, sino en ra)n a la funcin;ue respecto a ellos se desempe8an...>
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Presupuestos de su $nterposicin