Directiv Pap 2013

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PERÚ Ministerio de Educación Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana Unidad de Gestión Educativa Local Nº 04 “Año de la Integración Nacional y el Reconocimiento de Nuestra Diversidad“ ============================================================================================================= Av. El Maestro Peruano S/N. Km.8.5 de la Av. Túpac Amaru –Distrito de Comas – Lima – Perú Teléfono: 525-1211 Página Web: www.ugel04.gob.pe I- FINALIDAD . La presente Directiva tiene por finalidad establecer los criterios y procedimientos para la formulación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) - 2013, de las Instituciones Educativas Públicas y por convenio, de la jurisdicción de la UGEL Nº 04, para el año fiscal 2013. II- OBJETIVOS . 2.1. Establecer procedimientos que permitan uniformizar la formulación y aprobación del Presupuesto Analítico de Personal para el año fiscal 2013. 2.2. Asegurar una adecuada racionalización en la distribución de plazas a las Instituciones Educativas Públicas y por convenio, de acuerdo a lo establecido en la norma vigente con CRITERIO DE EQUIDAD. 2.3. Agilizar procedimientos para la administración correcta de plazas y la oportuna afectación presupuestal para el pago de los haberes correspondientes. III- BASE LEGAL . o Constitución Política del Perú. o Ley General de Educación Nº 28044. o Ley Nº 24029 y su modificatoria Nº 25212 Ley del Profesorado y su Reglamento aprobado por DS. Nº 019-90-ED. o Ley Nº 29062 Ley que modifica la Ley del Profesorado en lo referente a la Carrera Pública Magisterial y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 003-2008-ED. o Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. o Ley Nº 29812 Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012. o Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralización. o Ley Nº 27658 Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y su Reglamento. o Ley Nº 28425 Ley de Racionalidad de los Gastos Públicos. o Decreto Ley. 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado por DS. Nº 005 – 90 – PCM. o Decreto Supremo Nº 015-2002-ED. Reglamento de Organización y Funciones de las Direcciones Regionales de Educación de las Unidades de Gestión Educativa Local. o Decreto Supremo Nº 011-2012-ED Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo. o Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM Aprueban Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal-CAP de las Entidades de la Administración Pública. o D.S. Nº 005-2011-ED Normas para el Proceso de Racionalización de plazas de personal docente y administrativo en las Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y Técnico Productiva, y su modificatoria el DS.Nº009-2012-ED. o R.M. Nº 0431-2012-ED, aprueba la DIRECTIVA Nº 014-2012-MINEDU/VMGP “Normas y Orientación para el Desarrollo del Año Escolar 2013 en la Educación Básica”.

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“Año de la Integración Nacional y el Reconocimiento de Nuestra Diversidad“

============================================================================================================= Av. El Maestro Peruano S/N. Km.8.5 de la Av. Túpac Amaru –Distrito de Comas – Lima – Perú Teléfono: 525-1211 Página Web: www.ugel04.gob.pe

I- FINALIDAD .

La presente Directiva tiene por finalidad establecer los criterios y procedimientos para la formulación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) - 2013, de las Instituciones Educativas Públicas y por convenio, de la jurisdicción de la UGEL Nº 04, para el año fiscal 2013.

II- OBJETIVOS.

2.1. Establecer procedimientos que permitan uniformizar la formulación y aprobación del Presupuesto Analítico de Personal para el año fiscal 2013.

2.2. Asegurar una adecuada racionalización en la distribución de plazas a las Instituciones Educativas Públicas y por convenio, de acuerdo a lo establecido en la norma vigente con CRITERIO DE EQUIDAD.

2.3. Agilizar procedimientos para la administración correcta de plazas y la oportuna afectación presupuestal para el pago de los haberes correspondientes.

III- BASE LEGAL .

o Constitución Política del Perú. o Ley General de Educación Nº 28044. o Ley Nº 24029 y su modificatoria Nº 25212 Ley del Profesorado y su Reglamento

aprobado por DS. Nº 019-90-ED. o Ley Nº 29062 Ley que modifica la Ley del Profesorado en lo referente a la Carrera

Pública Magisterial y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 003-2008-ED. o Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. o Ley Nº 29812 Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012. o Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralización. o Ley Nº 27658 Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y su Reglamento. o Ley Nº 28425 Ley de Racionalidad de los Gastos Públicos. o Decreto Ley. Nº 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de

Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado por DS. Nº 005 – 90 – PCM.

o Decreto Supremo Nº 015-2002-ED. Reglamento de Organización y Funciones de las Direcciones Regionales de Educación de las Unidades de Gestión Educativa Local.

o Decreto Supremo Nº 011-2012-ED Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo. o Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM Aprueban Lineamientos para la Elaboración y

Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal-CAP de las Entidades de la Administración Pública.

o D.S. Nº 005-2011-ED Normas para el Proceso de Racionalización de plazas de personal docente y administrativo en las Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y Técnico Productiva, y su modificatoria el DS.Nº009-2012-ED.

o R.M. Nº 0431-2012-ED, aprueba la DIRECTIVA Nº 014-2012-MINEDU/VMGP “Normas y Orientación para el Desarrollo del Año Escolar 2013 en la Educación Básica”.

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IV- ALCANCE .

o Direcciones de Instituciones Educativas Públicas y por Convenio. o Unidad de Gestión Educativa Local Nº 04 o Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana o Unidad de Presupuesto del Ministerio de Educación.

V- DISPOSICIONES GENERALES.

5.1. La Unidad de Gestión Educativa Local, deberá elaborar el Presupuesto Analítico de Personal, consolidado de la Unidad Ejecutora, tomando como base los Presupuestos Analíticos de Personal (PAP) aprobados de las Instituciones Educativas, así como el Presupuesto Analítico de Personal de la Sede Administrativa de la UGEL.

5.2. La documentación presentada deberá estar firmado por el Director de la Institución

Educativa o por quien haga sus veces, previa RD de encargatura, pues tiene carácter de declaración jurada , debiendo consignar todos los datos solicitados, cualquier omisión o adulteración será considerada falta grave y será derivada al Órgano de Control Institucional de la UGEL.

5.3. El Director de la Institución Educativa deberá presentar el PAP 2013 en medio

magnético e impresa, sin enmendaduras, de acuerdo al cronograma establecido, de no hacerlo, el PAP de su Institución Educativa quedará aprobado de oficio tomando como referencia el PAP aprobado del año inmediato anterior; derivando copia al Órgano de Control Institucional, para las acciones a que dieran lugar.

VI- DISPOSICIONES ESPECÍFICAS.

6.1. Las propuestas del Presupuesto Analítico de Personal deberán elaborarse tomando en consideración las normas de racionalización vigente. o Las Plazas que resulten excedentes luego del proceso de racionalización y

que se han reubicado a otra Instancia Educativa, ya no se considerarán en el Presupuesto de la Institución Educativa de Origen.

o Los Directores de las Instituciones Educativas deberán adjuntar los siguientes documentos como sustento de la información brindada al PAP 2013:

� Fotocopia de las R.D. de las plazas reubicadas. � Las Instituciones Educativas Parroquiales o por Con venio deberán

presentar el Convenio actualizado. � El Director y el Sub Director de la Institución Edu cativa deberán

asistir portando el PAP 2012, ficha del Censo 2012 debidamente sellada (estadística) y su sello a la aprobación de l PAP 2013.

6.2. Aprobado el PAP 2013 por la Comisión de Formulación y Aprobación del

Presupuesto Analítico de Personal (CFAPAP 2013), el director de la Instancia Educativa procederá a firmarlo; ningún trabajador podrá laborar en una plaza que no esté comprendida en el PAP 2013 aprobado, ba jo responsabilidad funcional y administrativa del Director de la Insti tución Educativa y/o quienes resulten responsables .

6.3. Si en la sustentación del PAP, los datos no son aprobados por la Comisión de

Formulación y Aprobación del Presupuesto Analítico de Personal (CFAPAP 2012); el Director deberá realizar las modificaciones correspondientes antes de la firma

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del PAP-2013, en un plazo de 48 horas; caso contrario será aprobado de oficio por la comisión.

6.4. El Presupuesto Analítico de Personal (PAP) 2013 aprobado por la Comisión de Formulación y Aprobación del Presupuesto Analítico de Personal (CFAPAP) para el 2013, será el único documento de sustento para determinar el número de plazas que la Institución Educativa dispondrá en materia de personal Directivo, Jerárquico, Docente, Administrativo y de profesionales de la salud, para su funcionamiento durante el ejercicio fiscal 2013.

6.5. Aprobado el Presupuesto Analítico de Personal 2013, por la UGEL 04, queda

terminantemente prohibido efectuar propuestas de co ntratos de personal docente y/o administrativo, en plazas no presupuest adas, bajo responsabilidad funcional y administrativa .

VII- LLENADO DE INFORMACIÓN .

El llenado de la información se realizara según las pautas siguientes:

7.1. HOJA RESUMEN DEL PRESUPUESTO ANALÍTICO DE PERS ONAL (Anexo 01). Registrar la información requerida, incluyendo a los docentes que llegaron reasignados y reubicados por racionalización con Resolución Directoral. De persistir docentes excedentes aun no reubicados con Resolución Directoral considerar en el cuadro de excedentes especificando el cargo, especialidad y horas, conforme a su nombramiento y/o reasignación.

7.2. CUADRO DE INFORMACION ESTADISTICA (Anexo 02). Este cuadro contendrá información del resumen estadístico de alumnos matriculados, asistentes, número de secciones y número de aulas por turnos según cedula Censal 2012; y la proyección para el 2013 se efectuar mediante el método de progresión bruta (promocional), tomando en cuenta la carga docentes según la normatividad vigente..

7.3. CUADRO DE ASIGNACIÓN DE PERSONAL NOMBRADO (Anexo 03). El llenado del presente cuadro se realizará de la siguiente manera: � En el rubro CODIGO DE PLAZA detallará el código asi gnado a la plaza

que ocupa cada personal y el número de DNI.

� En el Rubro Nominación de Cargo, deberá iniciar con el Personal Directivo, Jerárquico, docente, auxiliares, adminis trativo y profesionales de la salud en forma alfabética y conforme a la pla nilla de pago de la Institución Educativa.

� En el rubro JORNADA LABORAL, se informará según corresponda ( 40, 30,

25 o 24 horas).

� En el rubro NIVEL CATEGORIA considerar I, II, III, IV y V nivel magisterial para personal titulado docente, según Ley Nº 24029 o Ley 29062; para los que no cuenten con titulo, registrar a la categoría que pertenece.

� CONDICION LABORAL se informará sobre la condición que ocupa la plaza;

Nombrado (N) ó Contratado (C).

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7.4. CUADRO DE PERSONAL DESTACADO Y PERSONAL EXCEDE NTE (Anexo 04). En lo que respecta al cuadro del personal excedente, se deberá informar la relación de personal docente y administrativo excedente, adjuntando copia de la Resolución Directoral Institucional de la conformación de la Comisión de Racionalización. Este cuadro deberá sustentarse con la firma de todos los integrantes de la Comisión antes mencionada.

7.5 Llenar las fichas complementarias, consignando los datos solicitados, Anexos 05 y

06, respectivamente. VIII- PRESENTACIÓN.

8.1. Los Directores de las Instituciones Educativas, una vez aprobada el PAP para el Año 2013, presentarán la información en cuatro (04) ejemplares , los cuales deberán estar debidamente firmados por el Director de la Institución Educativa y por la Comisión de Formulación y Aprobación del Presupuest o Analítico de Personal (CFAPAP) para el 2013 .

Los ejemplares serán distribuidos de la siguiente manera: � Un ejemplar para la Institución Educativa. � Un ejemplar para el Área de Gestión Institucional � Un ejemplar para el Área de Gestión Administrativ a: Equipo de

personal. IX- RACIONALIZACION (EXCEDENCIA).

9.1. El Director de la Institución Educativa deberá respetar las plazas establecidas en el momento de la Aprobación del Presupuesto Analítico de Personal 2013, en caso de existir en la Institución Educativa plazas vacantes excedentes, el Director de la Institución Educativa y su Comisión de Racionalización, deben ejecutar las acciones del debido procedimiento de racionalización a que diera lugar y no podrán existir contratos en dichas plazas excedentes, las mismas que deberán ser informadas a la UGEL Nº 04, a fin de su reubicación y/o reasignación por racionalización, por el Equipo de Racionalización de la UGEL 04, el incumplimiento de lo mencionado anteriormente será informado al Órgano de Control Institucional para las acciones correspo ndientes.

X- RESPONSABILIDAD .

10.1 Los Directores de las Instituciones Educativas, deberán presentar las correspondientes propuestas de Presupuesto Analítico de Personal, para el ejercicio 2013, ante la Comisión de Aprobación del Presupuesto Analítico de Personal 2013 de la UGEL. 04, conforme al cronograma que forma parte de la presente Directiva; su incumplimiento será objeto de sanción disciplinaria de acuerdo a lo establecido en el Art. 120º del DS. Nº 019-90-ED y el Artículo 28º del D.Leg. Nº 276, aprobándose de oficio y sin lugar a reclamo alguno.

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XI- DISPOSICIONES TRANSITORIAS.

11.1. Los casos no previstos en la aplicación de la presente Directiva, serán resueltos por la Comisión de Formulación y Aprobación del Presupuesto Analítico de Personal (CFAPAP 2013) de la UGEL 04.

XII- DISPOSICIONES FINALES.

12.1. El Órgano de Control Institucional es responsable de velar por el estricto cumplimiento de la presente directiva.

Comas, noviembre de 2012

DUGEL.04/RDLC AGI/JSJ EF/GVV ER/AUS EP/HOB TA/BAC