DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012 ...€¦ · mantenimiento, lo cual impacta...

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DIARIO OFICIAL S U M A R I O 1 REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL TOMO Nº 396 SAN SALVADOR, LUNES 16 DE JULIO DE 2012 NUMERO 131 - La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional). Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi[email protected] Pág. 4-5 6-7 8-10 11 12 13-14 14 Pág. 15-16 17-29 30 30 30-31 31 31 32 32 ORGANO LEGISLATIVO Decreto No. 4.- Se concede permiso al Ministro de Relaciones Exteriores, Ingeniero Hugo Roger Martínez Bonilla, para que acepte condecoración del SICA, que le ha conferido la Secretaría General del Sistema de la Integración Centroamericana. .......... Decreto No. 62.- Reforma a la Ley de Derechos Fiscales por la Circulación de Vehículos................................................. Acuerdos Nos. 113 y 132.- Se llama a Diputados Suplentes para que concurran a formar asamblea. ..................................... ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE ECONOMÍA Decreto No. 110.- Ordénase reposición de inscripción a favor de los señores Isidro Juárez Cueva y Ramón Juárez. ...... RAMO DE ECONOMÍA Acuerdo No. 582.- Se modifica el Acuerdo Ejecutivo No. 668, de fecha 15 de julio de 2011, correspondiente a la sociedad Inmobiliaria Apopa, Sociedad Anónima de Capital Variable. .. ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdos Nos. 1422-D, 489-D, 502-D, 503-D, 563-D, 577-D y 591-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas...................................................................... Acuerdo No. 337-D.- Se modifica el Acuerdo No. 854-D, de fecha 20 de marzo de 2007, por medio del cual se autorizó al Licenciado Héctor Eduardo Rivas Abarca, para el ejercicio de la abogacía. ................................................................................ INSTITUCIONES AUTONOMAS ALCALDÍAS MUNICIPALES Decreto No. 1.- Ordenanza de Exención Tributaria de Intereses y Multas Provenientes de Deudas por Tasas, a favor del municipio de Polorós, departamento de La Unión............... Estatutos de la “Asociación Comunal Administradora del Servicio de Agua Potable, Cantón Malalaja” y de “Asociación Comunal Colonia y Pasaje San Rafael” y Acuerdos Nos. 9 y 9.4, emitidos por las Alcaldías Municipales de Polorós y San Salvador, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. ...................................................................................... SECCION CARTELES OFICIALES DE PRIMERA PUBLICACION Declaratoria de Herencia Cartel No. 764.- Gladys Elizabeth Ordóñez de Reynosa (1 vez) ........................................................................................ Cartel No. 765.- Marta Vilma Jeanneette Cea de Rodezno y Otros (1 vez) ........................................................................... Cartel No. 766.- Consuelo del Carmen Lara de Henríquez y Otro (1 vez) ............................................................................. Aceptación de Herencia Cartel No. 767.- Alba Jeannette Zepeda Castillo y Otra (3 v. alt.) ..................................................................................... Cartel No. 768.- María Lorena Funes Montenegro y Otra (3 v. alt.) ..................................................................................... Aviso de Inscripción Cartel No. 769.- Asoc. Coop. de Producción Agropecuaria Metzti Shushucna de R.L. ACPAMETSHU DE R.L. (1 vez). Cartel No. 770.- Asoc. Coop. de Producción Agropecuaria y Artesanal Mahanaim de R.L. ACOPAYAMA DE R.L. (1 vez). DIRECTOR: Edgar Antonio Mendoza Castro DIARIO OFICIAL SOLO PARA CONSULTA NO TIENE VALIDEZ LEGAL

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1DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012.

Diario oficial

S U M a r i o

1rEPUBlica DE El SalVaDor EN la aMErica cENTral

TOMO Nº 396 SAN SALVADOR, LUNeS 16 De JULIO De 2012 NUMeRO 131

-La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).

Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: [email protected]

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ORGANO LeGISLATIVO Decreto No. 4.- Se concede permiso al Ministro de Relaciones Exteriores, Ingeniero Hugo Roger Martínez Bonilla, para que acepte condecoración del SICA, que le ha conferido la Secretaría General del Sistema de la Integración Centroamericana. ..........

Decreto No. 62.- Reforma a la Ley de Derechos Fiscales por la Circulación de Vehículos. ................................................

Acuerdos Nos. 113 y 132.- Se llama a Diputados Suplentes para que concurran a formar asamblea. .....................................

ORGANO eJeCUTIVOMINISTeRIO De eCONOMÍA

Decreto No. 110.- Ordénase reposición de inscripción a favor de los señores Isidro Juárez Cueva y Ramón Juárez. ......

Ramo de economía

Acuerdo No. 582.- Se modifica el Acuerdo Ejecutivo No. 668, de fecha 15 de julio de 2011, correspondiente a la sociedad Inmobiliaria Apopa, Sociedad Anónima de Capital Variable. ..

ORGANO JUDICIALCORTe SUpReMA De JUSTICIA

Acuerdos Nos. 1422-D, 489-D, 502-D, 503-D, 563-D, 577-D y 591-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. .....................................................................

Acuerdo No. 337-D.- Se modifica el Acuerdo No. 854-D, de fecha 20 de marzo de 2007, por medio del cual se autorizó al Licenciado Héctor Eduardo Rivas Abarca, para el ejercicio de la abogacía. ................................................................................

INSTITUCIONeS AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIpALeS

Decreto No. 1.- Ordenanza de Exención Tributaria de Intereses y Multas Provenientes de Deudas por Tasas, a favor del municipio de Polorós, departamento de La Unión. ..............

Estatutos de la “Asociación Comunal Administradora del Servicio de Agua Potable, Cantón Malalaja” y de “Asociación Comunal Colonia y Pasaje San Rafael” y Acuerdos Nos. 9 y 9.4, emitidos por las Alcaldías Municipales de Polorós y San Salvador, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. ......................................................................................

SeCCION CARTeLeS OFICIALeSDe pRIMeRA pUbLICACION

Declaratoria de Herencia Cartel No. 764.- Gladys Elizabeth Ordóñez de Reynosa (1 vez) ........................................................................................

Cartel No. 765.- Marta Vilma Jeanneette Cea de Rodezno y Otros (1 vez) ...........................................................................

Cartel No. 766.- Consuelo del Carmen Lara de Henríquez y Otro (1 vez) .............................................................................

aceptación de Herencia Cartel No. 767.- Alba Jeannette Zepeda Castillo y Otra (3 v. alt.) .....................................................................................

Cartel No. 768.- María Lorena Funes Montenegro y Otra (3 v. alt.) .....................................................................................

aviso de inscripción Cartel No. 769.- Asoc. Coop. de Producción Agropecuaria Metzti Shushucna de R.L. ACPAMETSHU DE R.L. (1 vez).

Cartel No. 770.- Asoc. Coop. de Producción Agropecuaria y Artesanal Mahanaim de R.L. ACOPAYAMA DE R.L. (1 vez).

DIRECTOR: Edgar Antonio Mendoza Castro

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Cartel No. 771.- Comercialización, Servicios Profesionales, Ahorro y Crédito de Artístas Escénicos de El Salvador de R.L. (1 vez) ........................................................................................

De TeRCeRA pUbLICACION

aceptación de Herencia Cartel No. 731.- René Castro Argueta (3 v. alt.) ..............

Cartel No. 732.- Daisy Marisol García Guevara (3 v. alt.). ...........................................................................................

Cartel No. 733.- Eva Mejía de Vásquez (3 v. alt.) ............

Cartel No. 734.- Jorge Alberto Rivera Moreno y Otros (3 v. alt.) .....................................................................................

Cartel No. 735.- María Eulalia Flores viuda de Quinteros y Otras (3 v. alt.) ........................................................................

Cartel No. 736.- María Trinidad Sandoval de Flores (3 v. alt.) ...........................................................................................

Cartel No. 737.- Marina García Galicia y Otra (3 v. alt.) .

Títulos Supletorios Cartel No. 738.- Emilio Martínez Reyes (3 v. alt.) ...........

Cartel No. 739.- Estado y Gobierno de El Salvador en el Ramo del Ministerio de Educación (3 v. alt.) ............................

Cartel No. 740.- Rosa Elvira Burgos (3 v. alt.) .................

Cartel No. 741.- Amparo del Carmen Quinteros Villanueva (3 v. alt.) .....................................................................................

Títulos de Dominio Cartel No. 742.- Sonia Maribel Medina Zelaya y Otro (3 v. alt.) .....................................................................................

Herencia Yacente Cartel No. 748.- Clemente Romero curador Licenciada Hilda Margarita Guzmán Gómez (3 v. alt.) ...............................

Cartel No. 749.- José Efraín Ortiz Henríquez curador Licenciado Marvin Rojas Rodríguez (3 v. alt.) ..........................

SeCCION CARTeLeS pAGADOS

De pRIMeRA pUbLICACION

Declaratoria de Herencia Carteles Nos. C003077, C003100, C003102, C003103, C003105, C003107, C003108, C003110, F045615, F045634, F045639, F045680, F045681, F045714, F045721, F045723, F045727, F045730, F045739 .....................................................

aceptación de Herencia Carteles Nos. F045696, F045747, C003104, C003106, C003111, F045651, F045652, F045653, F045655, F045709, F045713, F045717, F045722, F045623, F045720 ....................

Título Supletorio Carteles Nos. F045695, F045744, C003101, F045635, F045641 .....................................................................................

Título de Dominio

Cartel No. F045702 ...........................................................

Sentencia de Nacionalidad

Cartel No. F045729 ...........................................................

Juicio de ausencia

Carteles Nos. C003112, F045625, F045626, F045628, F045701 .....................................................................................

cambio de Nombre

Carteles Nos. F045674, F045687 ......................................

renovación de Marcas

Carteles Nos. C003086, C003087, C003088, C003089, C003090, C003091, C003093, C003094, C003095, C003096, C003097 .....................................................................................

convocatorias

Cartel No. C003082 ..........................................................

Subasta Pública

Cartel No. C003092 ..........................................................

Solicitud de Nacionalidad

Carteles Nos. F045619, F045670 ......................................

aviso de cobro

Cartel No. F045733 ...........................................................

administrador de condominio

Cartel No. C003083 ..........................................................

Patente de invención

Cartel No. C003078 ..........................................................

Título Municipal

Cartel No. C003080 ..........................................................

Edicto de Emplazamiento

Carteles Nos. F045624, F045630, F045632, F045633 .....

Marca de Servicio

Carteles Nos. C003098, F045667, F045668 .....................

Venta Voluntaria o forzosa de un inmueble

Cartel No. F045725 ...........................................................

Marca de Producto

Carteles Nos. C003084, C003085, C003109 ....................

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De SeGUNDA pUbLICACION

aceptación de Herencia

Carteles Nos. C002983, C003009, C003010, C003011, F045259, F045286, F045293, F045297, F045307, F045319, F045321, F045326, F045366, F045531 .....................................

Título de Propiedad

Cartel No. C003024 ..........................................................

Título Supletorio

Carteles Nos. C003015, F045275, F045292, F045351, F045373 .....................................................................................

Marca de fábrica

Carteles Nos. C002992, C002993, C002994, C002996, C002997, C002998, C002999, C003000, C003001, C003002, C003004 .....................................................................................

Nombre comercial

Cartel No. C003012 ..........................................................

Subasta Pública

Carteles Nos. C003013, C003014, F045258, F045402, F045404 .....................................................................................

Reposición de Certificado

Carteles Nos. F045303, F045330, F045355 .....................

Título Municipal

Cartel No. F045276 ...........................................................

Marca de Servicio

Carteles Nos. C002995, C003003, C003005, C003006, C003007, C003008 ....................................................................

reposición de Póliza de Seguro

Carteles Nos. C003017, C003018, C003022, C003023 ...

concesión de frecuencias

Cartel No. F045392 ...........................................................

Declaratoria de Muerte Presunta

Cartel No. F045552 ...........................................................

De TeRCeRA pUbLICACION

aceptación de Herencia Carteles Nos. C002894, C002895, C002899, C002901, C002903, C002904, C002905, C002906, C002919, F044890, F044900, F044908, F044917, F044918, F044926, F044962, F044968, F044969, F044992, F045005, F045019, F045025 ....

Herencia Yacente

Cartel No. F044905 ...........................................................

Título de Propiedad

Carteles Nos. F045041, F045042, F045043 .....................

Título Supletorio

Carteles Nos. C002916, F045052 .....................................

renovación de Marcas

Carteles Nos. C002928, F044921, F044993, F044995,

F045038, F045039, F045040 .....................................................

Marca de fábrica

Carteles Nos. F044965, F045033, F045034, F045035,

F045037 .....................................................................................

Nombre comercial

Carteles Nos. C002896, C002902, F044953.....................

Señal de Publicidad comercial

Carteles Nos. F044952, F044954 ......................................

Subasta Pública

Carteles Nos. C002909, C002910, C002911, C002912,

C002915, C002933, F044922, F044923 ....................................

Disminución de capital

Cartel No. C002907 ..........................................................

Marca de Servicios

Carteles Nos. C002893, C002897, C002900, C002927,

F044955, F044994, F044996, F044997, F044998 ....................

Marca de Producto

Carteles Nos. C002920, C002921, C002922, C002923,

C002924, C002925, C002926....................................................

SeCCION DOCUMeNTOS OFICIALeSMINISTeRIO De eDUCACIóN

Resoluciones Nos. 539, 571, 577, 592, 603, 607, 610, 631, 635, 642, 646, 652, 661, 662, 665, 669, 671, 678, 683, 685, 686, 687, 689, 691, 695 y 696.- Reposiciones de títulos. ..................

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4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396

DEcrETo No. 4

la aSaMBlEa lEGiSlaTiVa DE la rEPÚBlica DE El SalVaDor,

coNSiDEraNDo:

I. Que el 19 de abril de 2011, el Pleno Legislativo conoció la moción del Diputado Presidente de esta Asamblea Legislativa, Othon Sigfrido

Reyes Morales, en nombre del Director General de Protocolo y Órdenes, en el sentido se conceda permiso al Ministro de Relaciones

Exteriores, Ingeniero Hugo Roger Martínez Bonilla, para que pueda aceptar la Condecoración del SICA, que le ha conferido la Secretaria

General del Sistema de la Integración Centroamericana.

II. Que de conformidad a lo establecido en el Ordinal 23° del Art. 131 de la Constitución, es procedente concederle el permiso solicitado.

Por TaNTo,

en uso de su facultad constitucional establecida en el Art. 131, Ordinal 23° y a iniciativa del Diputado Othon Sigfrido Reyes Morales.

DEcrETa:

Art. 1.- Concédase permiso al ciudadano salvadoreño y Ministro de Relaciones Exteriores, Ing. Hugo Roger Martínez Bonilla, para que pueda

aceptar la Condecoración del SICA, que le ha conferido la Secretaria General del Sistema de la Integración Centroamericana.

Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

DaDo EN El SalÓN aZUl DEl Palacio lEGiSlaTiVo: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de mayo del año dos mil

doce.

OTHON SIGFRIDO REYES MORALES

PRESIDENTE

ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE

PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE

ORGANO LeGISLATIVO

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5DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN

TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE

ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA

QUINTO VICEPRESIDENTE

LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA CARMEN ELENA CALDERÓN SOL DE ESCALÓN

PRIMERA SECRETARIA SEGUNDA SECRETARIA

SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA

TERCERA SECRETARIA CUARTO SECRETARIO

IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ MARGARITA ESCOBAR

QUINTA SECRETARIA SEXTA SECRETARIA

RODRIGO SAMAYOA RIVAS REYNALDO ANTONIO LÓPEZ CARDOZA

SÉPTIMO SECRETARIO OCTAVO SECRETARIO

caSa PrESiDENcial: San Salvador, a los catorce días del mes de junio del año dos mil doce.

PUBlÍQUESE,

carloS MaUricio fUNES carTaGENa,

Presidente de la república.

HUGo roGEr MarTÍNEZ BoNilla,

Ministro de relaciones Exteriores.

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6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396DEcrETo No. 62

la aSaMBlEa lEGiSlaTiVa DE la rEPÚBlica DE El SalVaDor,

coNSiDEraNDo:

I. Que por Decreto Legislativo No. 208, de fecha 30 de noviembre de 2000, publicado en el Diario Oficial No. 237, Tomo No. 349, del 18

de diciembre del mismo año, se emitió la Ley del Fondo de Conservación Vial, habiéndose creado en su Art. 4 el Fondo de Conservación

Vial (FOVIAL), el cual tiene como responsabilidad administrar eficientemente los recursos financieros que le corresponden para conservar

el conjunto de carreteras pavimentadas y caminos no pavimentados en buen y regular estado, mismos que comunican a los municipios del

país y a éste con el resto de países de la región centroamericana, cuya competencia es del Gobierno Central - Red Vial Nacional Prioritaria

Mantenible; así como también, conservar el conjunto de vías pavimentadas de la red vial urbana en buen y regular estado que los municipios

no logran cubrir - Red Vial Urbana Mantenible.

II. Que desde hace varios años, los recursos asignados al Fondo de Conservación Vial no permiten cubrir las necesidades de mantenimiento

que las vías requieren, situación que propicia el deterioro de las mismas y lejos de ello, se ha venido ensanchando anualmente la brecha de

mantenimiento, lo cual impacta negativamente, tanto en los usuarios, como en los sectores productivos y en el desarrollo del país.

III. Que mediante Decreto Legislativo No. 504, de fecha 16 de abril de 1993, publicado en el Diario Oficial No. 73, Tomo No. 319 del 22 del

mismo mes y año, se emitió la Ley de Derechos Fiscales por la Circulación de Vehículos, la cual tiene por objeto normar el establecimiento y

la aplicación de los derechos de propiedad, transferencia, conducción y modificación de características de los vehículos que son autorizados

para circular dentro del territorio nacional.

IV. Que para fortalecer económicamente al FOVIAL y siendo que el uso de los vehículos cuya circulación se autoriza está vinculado a la infra-

estructura vial nacional, es imprescindible reformar la Ley relacionada en el considerando anterior, a efecto que los ingresos que se perciben

en concepto de derechos y multas establecidos por dicha Ley y que ingresan al Fondo General del Estado, sean transferidos integralmente

al Presupuesto del Fondo de Conservación Vial.

Por TaNTo,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Obras Públicas, Transporte y

de Vivienda y Desarrollo Urbano.

DEcrETa la siguiente:

rEforMa a la lEY DE DErEcHoS fiScalES Por la

circUlaciÓN DE VEHÍcUloS

Art. 1. Sustitúyese el Art. 35, por el siguiente:

"Art. 35. Los pagos por derechos y multas establecidos por esta Ley que ingresan al Fondo General del Estado, deberán ser transferidos íntegramente

al Fondo de Conservación Vial (FOVIAL), para ser utilizados en el mantenimiento y conservación de la Red Vial Nacional Prioritaria Mantenible."

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7DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012.

Art. 2. El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO. San Salvador, a los doce días del mes de julio del año dos mil doce.

OTHON SIGFRIDO REYES MORALES

PRESIDENTE

ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE

PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE

JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN

TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE

ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA

QUINTO VICEPRESIDENTE

LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA CARMEN ELENA CALDERÓN SOL DE ESCALÓN

PRIMERA SECRETARIA SEGUNDA SECRETARIA

SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA

TERCERA SECRETARIA CUARTO SECRETARIO

IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ MARGARITA ESCOBAR

QUINTA SECRETARIA SEXTA SECRETARIA

RODRIGO SAMAYOA RIVAS REYNALDO ANTONIO LÓPEZ CARDOZA

SÉPTIMO SECRETARIO OCTAVO SECRETARIO

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los dieciséis días del mes de julio del año dos mil doce.

PUBLÍQUESE,

CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA,

PRESIDENTE DE LA REPúBLICA.

GERSON MARTÍNEZ,

MINISTRO DE OBRAS PúBLICAS, TRANSPORTE Y DE

VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO.

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8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396acUErDo No. 113.

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPúBLICA DE EL SALVADOR, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 131, Numeral 4° de la Constitución, ACUERDA: Llamar a conformar Asamblea a Diputados Suplentes, al inicio de la Sesión Plenaria Ordinaria No. 6 de esta fecha, así:

DiPUTaDo SUPlENTE DiPUTaDo ProPiETario

Oscar Ernesto Novoa en sustitución de Norma Fidelia Guevara de Ramirios

Alba Elizabeth Márquez en sustitución de Blanca Noemí Coto Estrada

José Simón Paz en sustitución de Audelia Guadalupe López

Rubio Ronald Rivas en sustitución de Rodrigo Samayoa Rivas

José Wilfredo Guevara en sustitución de Guillermo Antonio Gallegos

Martir Arnoldo Marín en sustitución de Rodolfo Antonio Parker

Patricia Elena Valdivieso en sustitución de Vicente Hernández Gómez

Patricia María Salazar en sustitución de Mario Eduardo Valiente

Omar Arturo Escobar en sustitución de Luis Roberto Angulo

En el transcurso de la Sesión Plenaria, en diferente hora, se realizaron los llamamientos y sustituciones siguientes:

DiPUTaDo SUPlENTE DiPUTaDo ProPiETario Hora

Francisco Eduardo Ortiz en sustitución de Jorge Alberto Escobar 15:05

Wilfredo Iraheta Sanabria en sustitución de Carlos Walter Guzmán 15:05

Norma Cristina Cornejo en sustitución de Medardo González Trejo 15:37

Marcos Francisco Salazar en sustitución de José Escolán Batarse 15:37

Adán Cortez en sustitución de Lorenzo Rivas Echeverría 16:32

José Wilfredo Guevara en sustitución de Francisco Zablah Safie 16:32

Wilfredo Iraheta Sanabria en sustitución de César Humberto García 16:32

Damián Alegría en sustitución de Othon Sigfrido Reyes 17:17

Wilfredo Iraheta Sanabria en sustitución de Carlos Walter Guzmán 17:29

Walter de Jesús Montejo en sustitución de José Antonio Almendáriz 17:29

Adán Cortez en sustitución de Abilio Orestes Rodríguez 17:29

Edilberto Hernández Castillo en sustitución de Ana Vilma de Escobar 17:40

Ricardo Humberto Contreras en sustitución de Orlando Cabrera Candray 19:11

Omar Arturo Escobar en sustitución de Luis Roberto Angulo 20:19

Quedó registrada la incorporación de los Diputados: Félix Agreda Chachagua, Donato Eugenio Vaquerano, Luis Roberto Angulo, Guillermo Antonio Gallegos, Carlos Walter Guzmán, Francisco Zablah Safie, Lorenzo Rivas Echeverría, César Humberto García.

DADO EN EL SALÓN AZUL, PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veintiún días del Mes de Junio del año dos mil doce.

OTHON SIGFRIDO REYES MORALES,PRESIDENTE.

ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRIGUEZ GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE, PRIMER VICEPRESIDENTE. SEGUNDO VICEPRESIDENTE.

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9DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ, FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURAN, TERCER VICEPRESIDENTE. CUARTO VICEPRESIDENTE.

ROBERTO JOSÉ d´AUBUISSON MUNGUÍA,QUINTO VICEPRESIDENTE.

LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA, CARMEN ELENA CALDERON SOL DE ESCALON PRIMERA SECRETARIA. SEGUNDA SECRETARIA.

SANDRA MARLENE SALGADO GARCIA JOSE RAFAEL MACHUCA ZELAYA TERCERA SECRETARIA. CUARTO SECRETARIO.

IRMA LOURDES PALACIOS VASQUEZ MARGARITA ESCOBAR QUINTA SECRETARIA. SEXTA SECRETARIA. RODRIGO SAMAYOA RIVAS REYNALDO ANTONIO LOPEZ CARDOZA SEPTIMO SECRETARIO OCTAVO SECRETARIO

acUErDo No. 132.

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPúBLICA DE EL SALVADOR, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 131, Numeral 4° de la Constitución, ACUERDA: Llamar a conformar Asamblea a Diputados Suplentes, al inicio de la Sesión Plenaria Ordinaria No. 7 de esta fecha, así:

DiPUTaDo SUPlENTE DiPUTaDo ProPiETario

José Wilfredo Guevara en sustitución de Rodrigo Samayoa Rivas

José Eduardo Josa en sustitución de Carmen Elena Figueroa

Norma Cristina Cornejo en sustitución de Medardo González Trejo

Damián Alegría en sustitución de Audelia Guadalupe López

Yeymi Elizabett Muñoz en sustitución de Hortensia Margarita López

Rolando Mata Fuentes en sustitución de Blanca Noemí Coto

Ana Lucía Baires en sustitución de David Rodríguez Rivera

Patricia María Salazar en sustitución de Carlos Armando Reyes Ramos

Nidia Díaz en sustitución de Francisco Roberto Lorenzana

Heidy Carolina Mira en sustitución de Donato Eugenio Vaquerano

José Rinaldo Garzona en sustitución de Juan Carlos Mendoza

En el transcurso de la Sesión Plenaria, en diferente hora, se realizaron los llamamientos y sustituciones siguientes:

DiPUTaDo SUPlENTE DiPUTaDo ProPiETario Hora

Gerardo Estanislao Menjívar en sustitución de Vicente Hernández Gómez 10:52

Sergio Benigno Portillo en sustitución de Mario Marroquín Mejía 11:11

José Máximo Madriz en sustitución de René Gustavo Escalante 11:33

Valentín Arístides Corpeño en sustitución de Félix Agreda Chachagua 11:33

Abel Cabezas Barrera en sustitución de José Serafín Orantes 11:50

Sergio Benigno Portillo en sustitución de Edwin Zamora David 12:13

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10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396Richard Geston Claros en sustitución de Guillermo Antonio Gallegos 12:50

Marta Evelyn Batres en sustitución de René Gustavo Escalante 12:50

Rafael Antonio Jarquín en sustitución de José Antonio Almendáriz 12:50

Raúl Omar Cuéllar en sustitución de Yohalmo Cabrera Chacón 15:44

Sergio Benigno Portillo en sustitución de Manuel Portillo Domínguez 15:44

José Vidal Carrillo en sustitución de Mario Antonio Ponce 16:00

Marta Evelyn Batres en sustitución de Jorge Escobar Bernal 16:00

Omar Arturo Escobar en sustitución de Reynaldo López Cardoza 16:20

Heidy Carolina Mira en sustitución de Donato Eugenio Vaquerano 17:20

Ana Vilma de Cabrera en sustitución de Rodrigo Samayoa Rivas 18:10

Valentín Arístides Corpeño en sustitución de José Edgar Batarse 19:13

Misael Serrano Chávez en sustitución de David Ernesto Reyes 20:17

Francisco Eduardo Ortiz en sustitución de Margarita Escobar 20:17

José Wilfredo Guevara en sustitución de Mario Alberto Tenorio 21:40

Rafael Ricardo Morán en sustitución de Francisco Zablah Safie 21:40

Adán Cortez en sustitución de Sandra Marlene Salgado 23:30

Omar Arturo Escobar en sustitución de Luis Roberto Angulo 24:02

José Vidal Carrillo en sustitución de Mario Antonio Ponce 24:06

Heidy Carolina Mira en sustitución de Ana Vilma de Escobar 24:24

Quedó registrada la incorporación de los Diputados: Carmen Elena Calderón Sol de Escalón, René Gustavo Escalante, José Serafín Orantes, Mario Antonio Ponce, José Antonio Almendáriz, Abilio Orestes Rodríguez, Ana Vilma de Escobar, Mario Alberto Tenorio, Nery Arely Díaz, Crissia Suhan Chávez, Gloria Gómez de Salgado, Luis Roberto Angulo, José Rafael Machuca, Hortensia Margarita López, Mario Marroquín Mejía, Donato Eugenio Vaquerano, Félix Agreda Chachagua, Edwin Zamora David, Roberto Lorenzana Durán.

DADO EN EL SALÓN AZUL, PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veintiocho días del Mes de Junio del año dos mil doce.

OTHON SIGFRIDO REYES MORALES,PRESIDENTE.

ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRIGUEZ GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE, PRIMER VICEPRESIDENTE. SEGUNDO VICEPRESIDENTE.

JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ, FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURAN, TERCER VICEPRESIDENTE. CUARTO VICEPRESIDENTE.

ROBERTO JOSÉ d´AUBUISSON MUNGUÍA,QUINTO VICEPRESIDENTE.

LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA, CARMEN ELENA CALDERON SOL DE ESCALON PRIMERA SECRETARIA. SEGUNDA SECRETARIA.

SANDRA MARLENE SALGADO GARCIA JOSE RAFAEL MACHUCA ZELAYA TERCERA SECRETARIA. CUARTO SECRETARIO.

IRMA LOURDES PALACIOS VASQUEZ MARGARITA ESCOBAR QUINTA SECRETARIA. SEXTA SECRETARIA. RODRIGO SAMAYOA RIVAS REYNALDO ANTONIO LOPEZ CARDOZA SEPTIMO SECRETARIO OCTAVO SECRETARIO

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11DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012.

DEcrETo No. 110

El ÓrGaNo EJEcUTiVo DE la rEPÚBlica DE El SalVaDor,

coNSiDEraNDo:

I. Que se ha establecido legalmente, que en las oficinas del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección de Oriente, con

sede en la Ciudad y Departamento de La Unión, se han destruido algunos folios correspondientes a la inscripción Número CINCUENTA

Y UNO del Libro DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE de Propiedad del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas del Departamento de

La Unión, a nombre de los señores ISIDRO JUAREZ CUEVA, conocido por ISIDRO JUAREZ, y RAMON JUAREZ, lo que ocasiona

inseguridad jurídica, siendo necesaria su reposición.

II. Que el señor Juez de lo Civil de la Ciudad y Departamento de Usulután, ante quien se iniciaron, siguieron y finalizaron las respectivas

diligencias de reposición de folios, ha ordenado su remisión al Órgano Ejecutivo para que proceda de conformidad con la Ley.

Por TaNTo,

En base en los Artículos 51, 52 y siguientes de la Ley Relativa a las Tarifas y Otras Disposiciones Administrativas del Registro de la Propiedad

Raíz e Hipotecas, visto el atestado remitido por el Juez competente,

DEcrETa:

Art. 1.- Ordénase la Reposición de la inscripción número CINCUENTA Y UNO del Libro DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE de Propiedad

del Departamento de La Unión, que lleva el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección de Oriente, con sede en la Ciudad y

Departamento de La Unión, a nombre de los señores ISIDRO JUAREZ CUEVA, conocido por ISIDRO JUAREZ, y RAMON JUAREZ, debiendo

incorporarse el acto jurídico que contenía la matrícula en los folios respectivos, en la medida que los interesados presenten el instrumento correspondiente.

Previénese a las personas naturales y jurídicas interesadas, para que dentro de los tres, meses siguientes a la publicación de este Decreto, presenten

al Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección de Oriente el instrumento respectivo; y autorízase al Registrador competente para

reinscribir inmediatamente los documentos que se presenten, anotando a su vez las respectivas marginales. La reinscripción que por este Decreto se

autoriza no causará derechos si se hace dentro del plazo aquí establecido, o de su prórroga, si ésta se diese.

Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial.

DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veinte días del mes de junio de dos mil doce.

CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA,

PRESIDENTE DE LA REPúBLICA.

JOSÉ ARMANDO FLORES ALEMÁN,

MINISTRO DE ECONOMÍA.

ORGANO eJeCUTIVOMinisterio de econoMía

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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396

acUErDo No. 582

San Salvador, 2 de julio de 2012

El ÓrGaNo EJEcUTiVo EN El raMo DE EcoNoMÍa.

Vistas las solicitudes e información complementaria presentadas el 3 de octubre de 2011, 13 y 30 de marzo de 2012, 5 y 22 de junio de 2012, suscritas por el señor JAVIER ERNESTO SIMÁN DADA, en su carácter de Representante Legal de la sociedad INMOBILIARIA APOPA, SOCIE-DAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia INMOBILIARIA APOPA, S.A. DE C.V., registrada con el Número de Identificación Tributaria 0614-280885-001-5, la primera relativa a que se le autorice ampliar su Depósito para Perfeccionamiento Activo, los demás escritos remitiendo información complementaria;

coNSiDEraNDo:

I. Que la solicitud e información complementaria fueron presentadas en este Ministerio el 3 de octubre de 2011, 13 y 30 de marzo, 5 y 22 de junio de 2012 respectivamente;

II. Que la sociedad INMOBILIARIA APOPA, S.A. DE C.V., goza de los beneficios de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización, para dedicarse a la producción de hilazas, tejidos de punto, blanqueo, lavado y acabado de tejidos, todos esos productos en algodón, fibras sintéticas o mezclas de éstas, según Acuerdo No. 668, de fecha 15 de julio de 2011, publicado en el Diario Oficial N° 143, Tomo N° 392, del 29 de julio de 2011; asimismo se le autorizó ampliación de instalaciones, mediante Acuerdo No. 1112, de fecha 16 de diciembre de 2011, publicado en el Diario Oficial N° 240, Tomo N° 393, del 22 de diciembre de 2911;

III. Que la beneficiaria ha sido autorizada para realizar la actividad incentivada en las instalaciones ubicadas en Avenida Quirino Chávez N° 50, Municipio de Apopa, Departamento de San Salvador, así como en el Km. 7.5, Boulevard del Ejército Nacional, Cantón El Matazano, Jurisdicción de Soyapango, Departamento de San Salvador, las cuales tienen un área de 42,500.37m² y 51,313.53m² respectivamente;

IV. Que debido a los altos volumen de inventarios que maneja la beneficiaria, le es necesario disponer de más espacio físico para el almace-namiento de la misma, razón por la cual solicita se le declare como DPA las instalaciones ubicadas en Carretera Apopa-Quezaltepeque, Km. 13.5, Barrio San Sebastián, Lotes A, B, C y D, Municipio de Apopa, Departamento de San Salvador, las cuales tienen una extensión superficial de 12,179.46m², que al sumarlo con el área ya autorizada totaliza 105,993.36m².

V. Que la Dirección de Comercio e Inversión ha emitido opinión favorable, mediante la cual considera procedente acceder a lo solicitado, según consta en el expediente respectivo:

Por TaNTo,

De conformidad a las razones expuestas y a los Artículos 18 y 52 inciso 2° de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización, este Ministerio,

acUErDa:

1) MODIFICAR la parte dispositiva del numeral 3, del Acuerdo No. 668, de fecha 15 de julio de 2011, publicado en el Diario Oficial N° 143, Tomo 392, del 29 de julio de 2011, en el sentido de autorizar a la sociedad INMOBILIARIA APOPA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, para que además de operar en las instalaciones ubicadas en Avenida Quirino Chávez N° 50, Municipio de Apopa, Departamento de San Salvador, con un área de 42,500.37m² y en el Km. 7.5, Boulevard del Ejército Nacional, Cantón El Matazano, Jurisdicción de Soyapango, Departamento de San Salvador, de 51,313.53m², también pueda hacerlo en el inmueble ubicado en Carretera Apopa-Quezaltepeque, Km. 13.5, Barrio San Sebastián, Lotes A, B, C y D, Municipio de Apopa, Departamento de San Salvador, con una extensión superficial de 12,179.46m², sumando un área de operaciones de 105,993.36m²;

2) DECLARAR como Depósito para Perfeccionamiento Activo las instalaciones ubicadas en Carretera Apopa-Quezaltepeque, Km. 13.5, Barrio San Sebastián, Lotes A, B, C y D, Municipio de Apopa, Departamento de San Salvador, las cuales tienen una extensión de 12,179.46m²;

3) En lo demás queda sin ninguna modificación el Acuerdo No. 668 antes mencionado;

4) Hágase saber el presente Acuerdo a la Dirección General de Aduanas y Dirección General de Impuestos Internos del Ministerio de Hacien-da;

5) El presente Acuerdo entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial.

COMUNIQUESE.- JOSÉ FRANCISCO LAZO MARÍN, VICEMINISTRO DE COMERCIO E INDUSTRIA.

(Registro No. F045662)

RAMO De eCONOMIA

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13DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012.

ACUERDO No. 1422-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintiuno de diciembre de dos mil once.- El Tribunal con fecha

tres de noviembre de dos mil once, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada FATIMA DOMENICA ZELAYA POSADA, para que ejerza la profesión de

ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.

COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELÉNDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- PERLA J.- R. M. FORTÍN H.- M.

A. CARDOZA A.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F045673)

ACUERDO No. 489-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de mayo de dos mil doce.- El Tribunal con fecha diez de

abril de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado GERMAN MELANIO SANDOVAL, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas

sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE Y

PUBLÍQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELÉNDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- R. M. FORTÍN H.- M.

TREJO.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F045706)

ACUERDO No. 502-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de mayo de dos mil doce.- El Tribunal con fecha diecinueve

de marzo de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado CARLOS RENÉ MARTÍNEZ MUNGUÍA, para que ejerza la profesión de ABOGADO

en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍ-

QUESE Y PUBLÍQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELÉNDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- M. TREJO.- M.

POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F045678)

ACUERDO No. 503-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de mayo de dos mil doce.- El Tribunal con fecha dieciocho de

abril de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JOSÉ NELSON MARTÍNEZ ORTIZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas

sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE

Y PUBLÍQUESE.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- R. M. FORTÍN H.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA A.- E. R.

NUÑEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F045644)

ORGANO JUDICIALcorte supreMa de Justicia

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14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 ACUERDO No. 563-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de mayo de dos mil doce.- El Tribunal con fecha veintidós

de marzo de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada MERCEDES OFELIA DELGADO VILLALOBOS, para que ejerza la profesión de

ABOCADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-

COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELÉNDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- R. M. FORTÍN

H.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F045703)

ACUERDO No. 577-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de mayo de dos mil doce.- El Tribunal con fecha trece de abril

de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada BLANCA CELIA SALAZAR RIVAS, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas

sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE

Y PUBLÍQUESE.- J. B. JAIME.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- PERLA J.- R. M. FORTÍN H.- M. TREJO.- M. POSADA.- M. A.

CARDOZA A.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F045697)

ACUERDO No. 591-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de mayo de dos mil doce.- El Tribunal con fecha diecisiete

de abril de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada SANDRA DINORA MORALES, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas

sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE

Y PUBLÍQUESE.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- R. M. FORTÍN H.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA A.- E. R.

NUÑEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F045645)

ACUERDO No. 337-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinticinco de abril de dos mil doce.- EL TRIBUNAL, de conformi-

dad con lo resuelto en las respectivas diligencias, por resolución pronunciada a las doce horas y diez minutos del veintitrés de enero de dos mil doce,

ACUERDA: MODIFICAR el acuerdo número 854-D de fecha veinte de marzo de dos mil siete, mediante el cual se autorizó al Licenciado HECTOR

EDUARDO RIVAS ABARCA, para el ejercicio de la Abogacía, en el sentido que a partir del veinticinco de abril de dos mil doce, ejercerá la profesión

de Abogado con el nombre de HECTOR EDUARDO ABARCA ABARCA, por haber cambiado su filiación.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- J.

B. JAIME.- F. MELÉNDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- PERLA J.- R. M. FORTÍN H.- M. TREJO.- E. R. NUÑEZ.- Pronunciado

por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. C003081)

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15DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012.

DEcrETo No. 1

El coNcEJo MUNiciPal DE la Villa DE PoloroS, DEParTaMENTo DE la UNioN

coNSiDEraNDo:

I.- Que los acontecimientos de naturaleza económica a nivel internacional en los últimos años han debilitado la capacidad de pago de la mayoría

de los habitantes y particularmente los de aquellos que tienen obligaciones tributarias a favor del Municipio de Polorós situación que los

ha convertido en sujetos morosos de los tributos municipales.

II. Que es urgente que el Gobierno Municipal de la Villa de Polorós incremente los ingresos mediante cobros de las tasas e impuestos muni-

cipales, con el fin de mantener la prestación de los servicios en bienestar social y la seguridad económica de sus habitantes.

III. Que es necesario que el Gobierno Municipal promueva en los contribuyentes una cultura de pago de los tributos para disminuir el índice

de morosidad existente.

IV. Que con el propósito de facilitar el pago de la mora tributaria a favor del Municipio de Polorós, es conveniente otorgar incentivos tributarios

de carácter transitorio que estimulen a los contribuyentes al pago de las deudas tributarias Municipales.

V. Que de conformidad a los Art. 203 y 204 Ordinal 5 de la constitución Art. 3, 30 y 32 del Código Municipal, los municipios son autónomos

en lo económico, en lo técnico y en la administración y regular las materias de sus competencias por medio de ordenanzas municipales.

Por TaNTo:

En usos de sus facultades legales este Concejo Municipal.

DEcrETa:

orDENaNZa DE EXENcioN TriBUTaria DE iNTErES Y MUlTaS ProVENiENTES DE DEUDaS Por TaSaS a faVor

DEl MUNiciPio DE PoloroS, DEParTaMENTo DE la UNioN.

Art. 1.- Se concede un plazo de noventa días contados a partir de la vigencia de la presente ordenanza, para que los sujetos pasivos de la obligación

tributaria municipal que adeudan tasas a favor del municipio de Polorós puedan efectuar el pago de las mismas gozando del beneficio de exención del

pago de interés y multas que hayan generado y cargado a sus respectivas cuentas.

Art. 2.- Podrían acogerse a los beneficios establecidos en el artículo anterior de la presente ordenanza, las personas naturales o jurídicas que se

encuentran en cualquiera de las siguientes situaciones:

INSTITUCIONeS AUTONOMASalcaldías Municipales

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16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 A).- Aquellos que estando calificados en el Registro de Contribuyentes del Municipio de Polorós se encuentren en situaciones de mora de las

tasas municipales.

B).- Las personas naturales o jurídicas que no se hayan inscrito oportunamente en el registro de contribuyentes y que lo hagan dentro del período

de vigencia de la presente ordenanza.

C).- Los contribuyentes por tasas que se encuentren en proceso de cobro extrajudicial iniciado antes de la vigencia de esta Ordenanza y se

sometan a la forma de pago establecido en el artículo 1.

D).- Los que habiendo obtenido resolución favorable para pagar las deudas tributarias por tasas haya suscrito convenio de pagos, en cuyo caso

únicamente gozarán de los beneficios establecidos en el art. 1 las cuotas pendientes de pago a la fecha de entrar en vigencia la presente

Ordenanza.

E).- Aquellos que han cumplido el convenio de pago suscrito y no se les haya iniciado el proceso ejecutivo de cobro de parte de la municipalidad,

y se someta a la suma de pago establecido en el artículo 1 de esta Ordenanza.

F).- Los sujetos pasivos de la obligación tributaria municipal que tengan bienes inmuebles dentro del municipio de Polorós que reciba uno o

más servicios municipales y que por cualquier motivo no los hayan inscrito oportunamente en el Registro del Contribuyente.

Art. 3.- La presente Ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

Dado en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Polorós, a los veinticuatro días del mes de mayo de dos mil doce.

AMERTO ROMERO RIOS, MARTIR MAURICIO ALVAREZ CONTRERAS,

ALCALDE MUNICIPAL. SINDICO MUNICIPAL.

HECTOR INES MALDONADO, SATURNINO ALFARO SANTAMARIA,

PRIMER REGIDOR. SEGUNDO REGIDOR.

FIDEL FERNANDEZ YANES, ROSA SILVIA YANES,

TERCER REGIDOR. CUARTO REGIDOR.

MAURICIO ARISTIDES REYES, JOSE DE LA PAZ LAZO ALFARO,

QUINTO REGIDOR. SEXTO REGIDOR.

NANCY JEANNETTE GUEVARA L.,

SECRETARIA MUNICIPAL.

(Registro No. F045663)

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17DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. ESTaTUToS DE la aSociacioN coMUNal

aDMiNiSTraDora DEl SErVicio DE aGUa PoTaBlE

(acaSaGUa)

caPiTUlo i

NaTUralEZa, DENoMiNaciÓN Y DoMicilio

Art. 1.- Créase en el Municipio de Polorós, Departamento de La

Unión, La Asociación Comunal Administradora del Servicio de Agua

Potable ACASAGUA, como una Entidad de Utilidad Pública, apolíti-

ca, no religiosa, sin fines de lucro, la que en los presentes Estatutos se

denomina la Asociación.

Art. 2.- El domicilio de la Asociación, será en Cantón Malalaja del

Municipio de Polorós, Departamento de La Unión pudiendo establecer

su cobertura de servicio de agua en la zona rural del municipio.

Art. 3.- La Asociación se constituye por tiempo indefinido.

Art. 4.-La Asociación estará regida por la Constitución Política

de la República de El Salvador, el Código Municipal, estos Estatutos,

Reglamento Interno y otras leyes que se apliquen a los fines para lo que

fue creada.

caPiTUlo ii

oBJETiVo o fiNaliDaD

Art. 5.- Los fines u objetivos de la Asociación serán:

a) La operación y mantenimiento preventivo y correctivo del

sistema de agua potable a través de una administración efi-

ciente y autosostenible.

b) Suministrar el servicio de agua potable a sus asociados y

usuarios no asociados bajo las normas de calidad y cantidad,

establecidas y reconocidas por las instancias reguladoras en

el país.

c) Incrementar la cobertura del servicio de agua y saneamiento

tomando en cuenta un estudio de factibilidad técnica (diámetro,

caudal).

d) Promover la responsabilidad ciudadana en sus asociados

para que ejerzan contraloría social y administrativa en la

Asociación.

e) Hacer propuestas al Concejo Municipal para la emisión y

aprobación de ordenanzas que permitan proteger los recursos

naturales, entre ellos los recursos hídricos, con especial énfasis

en las áreas de influencia y recarga de los mantos acuíferos

desde donde se abastecen del agua.

f) Impulsar campañas de reforestación ambiental especialmente

en la zona de recarga que abastecen a las fuentes de agua.

g) Gestionar fondos destinados exclusivamente a acciones de

salud, medio ambiente, y de inversión social orientados a la

población que reside en el área de cobertura.

h) Gestionar proyectos que complementen y fortalezcan la ges-

tión social para la sostenibilidad de los servicios prestados.

i) Fomentar el espíritu de solidaridad a través de acciones en-

caminadas al apoyo de las familias identificadas con algún

nivel de vulnerabilidad.

j) Promover la participación de mujeres y hombres, en la toma

de decisiones y acciones, así como promover la participación

equitativa en los puestos directivos de la Asociación.

k) Elaborar y ejecutar un plan de trabajo integrado donde se detalle

las actividades en las áreas de operación y mantenimiento, y

de medio ambiente.

l) Cumplir y hacer cumplir los Estatutos, Reglamento Interno

de La Asociación.

caPiTUlo iii

DEl PaTriMoNio

Art. 6.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) Donaciones, contribuciones de personas naturales y jurídicas,

nacionales o extranjeras, respectivamente;

b) Los excedentes de cada periodo contable generados por la

prestación del servicio de agua potable.

c) Todos los bienes muebles e inmuebles recibidos para ejercer

la administración y operación del servicio de agua potable de

la Asociación y los que se adquieran en concepto de mejoras

al sistema de agua potable y la prestación del servicio.

d) Todas aquellas obligaciones legalmente adquiridas, tales como

comodatos, concesiones, no constituirán el patrimonio por

considerarse bienes dados en administración, sin embargo los

bienes y derechos que generen dichas obligaciones podrán

considerarse patrimonio de la Asociación.

Art. 7.- El fondo patrimonial será administrado por la Junta Directiva

conforme a las directrices que le manifiesten la Asamblea General de

Asociados a través de reglamento, políticas y presupuestos aprobados.

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18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396caPiTUlo iV

DEl GoBiErNo DE la aSociaciÓN

Art. 8.- El gobierno de la empresa será ejercido por:

a) La Asamblea General de Usuarios.

b) La Junta Directiva.

caPiTUlo V

DE la aSaMBlEa GENEral DE USUarioS

Art. 9.- La Asamblea General de Usuarios, debidamente convo-

cada, es la autoridad máxima de La Asociación y estará integrada por

la totalidad de los miembros legalmente inscrito en su respectivo libro

de usuarios.

Art. 10.- La Asamblea General de Usuarios, se reunirá ordinaria-

mente una vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada

por la Junta Directiva.

La Asamblea General sesionará válidamente con la asistencia del

cincuenta por ciento más uno como mínimo de los usuarios inscritos en

primera convocatoria y en una segunda convocatoria ocho días después

con los usuarios que asistan, excepto en los casos especiales en que se

requiera mayor número de asistentes. Las resoluciones las tomará la

Asamblea General de Usuarios por mayoría absoluta de votos, excepto

en los casos especiales en que se requiera una mayoría diferente.

Art. 11.- Todo usuario que no pudiera asistir a cualquier de las

sesiones de Asamblea General por motivos justificados podrá hacerse

representar por escrito por otro Usuario registrado. El límite de repre-

sentaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su represen-

tado.

Art. 12.- Son atribuciones de la Asamblea General de Usuarios:

a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros

de la Junta Directiva.

b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento

Interno de la Asamblea General.

c) Aprobar y/o modificar los planes, programas o presupuesto

anual de la Asociación.

d) Decidir todos aquellos asuntos de interés para La Asociación

y que no estén contemplados en los presentes Estatutos.

e) Aprobar la creación o modificación de los Estatutos y Regla-

mento Interno.

f) Acordar la Disolución de la Asociación por el incumplimiento

de los fines para la que fue creada, según estos Estatutos.

g) Aprobar la constitución de La Asociación.

caPiTUlo Vi

DE la JUNTa DirEcTiVa

Art. 13.- La dirección y administración de La Asociación estará

confiada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente

forma:

a) Director Presidente.

b) Director de Operación y Mantenimiento.

c) Director Secretario.

d) Director Tesorero.

e) Director Síndico.

f) Director Suplente uno.

Art. 14.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un

período de dos años pudiendo ser reelectos.

Art. 15.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al

mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.

Art. 16.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda

sesionar será la mitad más uno de sus miembros y sus acuerdos deberán

ser tomados por la mayoría de los dirigentes.

Art. l7.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:

a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los

fines de La Asociación.

b) Velar por la administración eficiente y eficaz del servicio de

la Asociación.

c) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos

y presupuestos de La asociación e informar a la Asamblea

General de Usuarios.

d) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento

Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General de

Usuarios y de la misma Junta Directiva.

e) Convocar a sesión ordinaria y extraordinaria de Asamblea

General de Usuarios.

f) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la

Asamblea General.

g) Elaborará la propuesta para la modificación de la tarifa por la

prestación del servicio de agua, cuando la situación económica

de la Asociación lo amerite; por aumentos en los costos de

operación u otras disposiciones de Ley que los lleven a tal

determinación.

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19DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. Art. 18.- Son atribuciones del Director Presidente:

a) Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea

General de Usuarios.

b) Convocar a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la

Asamblea General de Usuarios y Junta Directiva.

c) Autorizar juntamente con el Tesorero y director síndico

las salidas de dinero, cheques y todas aquellas operaciones

administrativas que tenga que hacer la Asociación.

d) Presentar la Memoria de Labores de la Empresa y cualquier

otro informe que le sea solicitado por la misma.

e) Liderar y fortalecer los nexos de coordinación con las insti-

tuciones como el Gobierno Municipal, con el nivel local del

Ministerio de Salud y Educación y todas aquellas instituciones

de gobierno central y ONG con presencia en el municipio;

con el propósito de complementar servicios que se traduzcan

en bienestar de la población beneficiaria del o los sistemas

administrados por la Asociación.

Art.19.- Son atribuciones del Director de Operación y Manteni-

miento:

a) Supervisar y retroalimentar el desempeño del

Administrador(a) y de los demás empleados.

b) Ser el responsable directo del mantenimiento preventivo y

correctivo del sistema de abastecimiento de agua potable en

coordinación del personal empleado.

c) Promover en la Junta Directiva, la aplicación de las normas

y procedimientos establecidos en el reglamento interno.

d) Monitorear el funcionamiento y operación del sistema de

agua potable.

e) Asegurar que el servicio de agua prestado por la Asociación,

cumpla con los estándares de calidad y la cantidad suministrada

esté de acuerdo a los volúmenes previstos en el diseño; así

como prestar el servicio con equidad para todas las familias

usuarias del o los sistemas bajo su administración.

f) Someter ante la Junta Directiva, las solicitudes de expansión

del o los sistemas bajo su administración, previo estudio de

factibilidad técnica.

g) Coordinar con prestadores de servicios externos todas aque-

llas actividades propias de la operación y mantenimiento del

sistema y con la Junta Directiva, todas aquellas que requieran

de inversión económica.

h) Elaborar un plan de trabajo operativo con su respectivo

presupuesto, en coordinación con el Administrador(a).

i) Cumplir otras funciones encomendadas por la Junta Directiva

y Asamblea General.

Art. 20.- Son atribuciones del Director Secretario(a):

a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General

de Usuarios y de Junta Directiva.

b) Llevar el registro de documentos y registros de los miembros

de la Asociación;

c) Extender todas las certificaciones que fueran solicitadas a La

Asociación.

d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las

sesiones;

e) Ser el órgano de comunicación de La Asociación.

Art. 21.- Son atribuciones del Director Tesorero(a):

a) Revisar y depositar los fondos que la asociación comunal

obtenga, en el Banco que la Junta Directiva seleccione.

b) Llevar o tener control directo de los libros de la contabilidad

de la Asociación.

c) Autorizar juntamente con el Director Presidente los desem-

bolsos que la Asociación tenga que realizar.

Art. 22.- Son Atribuciones del Director Síndico:

a) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación,

pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta

Directiva;

b) Autorizar juntamente con el Director Presidente y Director

Tesorero las salidas de dinero, cheques y todas aquellas opera-

ciones administrativas que tenga que hacer la Asociación.

c) Velar por el fiel cumplimiento de los estatutos, acuerdos,

convenios, contratos, resoluciones y leyes nacionales que

regulen el buen desempeño de La Asociación.

Art. 23.- Son atribuciones del Director Suplente:

a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta

Directiva.

b) Sustituir a cualquier Miembro de la Junta Directiva en caso

de ausencia o impedimento.

c) Su cargo será el de mayor responsabilidad dentro de la Junta

Directiva, puesto que le exige conocer todos los cargos.

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20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396caPiTUlo Vii

DE laS PErSoNaS USUariaS, fUNDaDoraS

Y No fUNDaDoraS

Art. 24.- Son Fundadoras, todas aquellas personas usuarias naturales

y jurídicas que han contribuido al aporte inicial con el cual se constituye

La Asociación, dichas personas podrán obtener distinciones honorarias

por su labor, aportaciones económicas y mérito a favor de la Asociación,

sean así nombradas por la Asamblea General de Usuarios. Para efectos

de los presentes estatutos las personas usuarias fundadoras se clasifican

de la siguiente manera:

a) Usuarios Fundadores; son todas aquellas personas naturales

o jurídicas que conformaron la primera acta de constitución y

que además son propietarias de por lo menos una acometida.

Cada una de estas personas fundadoras decidieron registrarse

voluntariamente en el libro de Usuarios. Este podrá tener voz

y voto. En caso de muerte, venta o alquiler del inmueble,

las personas fundadoras deberán transferir sus derechos y

deberes a través de una carta poder a su heredero, comprador

o inquilino.

b) Usuarios Fundadores Honorarios; son todas aquellas personas

naturales o jurídicas que La Asamblea General les ha otorgado

esa calidad y su representación es de carácter honorario el

cual podrá tener voz pero no voto.

Art.25.- No son Usuarios Fundadores, todas aquellas personas

usuarias naturales y jurídicas que no aparecen en el acta de constitución

sin embargo se están abasteciendo del servicio de agua potable con

nuevos servicios, estas personas usuarias pueden ser:

a) Usuarios activos. Se considerarán como usuarios activos todas

aquellas personas naturales y jurídicas registradas en el libro

de usuarios y que aparecen como propietarios del inmueble

donde se encuentra instalada su acometida. Esta categoría de

usuario podrá tener voz y voto en asamblea general. En caso

de muerte, venta o alquiler del inmueble, el usuario activo

deberá transferir sus derechos y deberes a través de una carta

poder a su heredero, comprador o inquilino.

b) Usuarios Inactivos, Se consideran como usuarios inactivos

todas aquellas personas naturales y jurídicas no registradas en

el libro de usuarios y que se abastecen del servicio de agua,

más no son dueños del inmueble donde se encuentra instalada

la acometida. Esta categoría de usuarios, solamente podrán

tener voz pero no voto en asamblea general. Excepto en casos

especiales donde el usuario activo, se encuentre fuera del país

y éste le extienda una carta poder para que lo represente.

Art.26.- Son Derechos de las Personas Usuarias Activas y Funda-

doras:

a) Participar con voz y voto en Asambleas Generales de Usua-

rios.

b) Presentar iniciativas y sugerencias a la Asamblea General,

Junta Directiva; en lo referente a la gestión de La Asocia-

ción.

c) Retirarse voluntariamente como persona fundadora cuando

así lo solicitare por escrito, sin perder el derecho como

usuario.

d) Elegir y ser electo para cargos de La Junta Directiva.

e) Convocar a la Asamblea General para exponer sus inquietudes

o hechos que les estén afectando, siempre que su petición esté

respaldada al menos por un 25% de las personas usuarias

activas y fundadoras, canalizando dicha convocatoria por

escrito a través de la Junta Directiva.

f) Recurrir ante la Junta Directiva y Asamblea General, Gobierno

Local u otra instancia respectiva cuando sus derechos como

usuario les sean violentados por procedimientos previstos y no

previstos en los presentes Estatutos o Reglamento Interno.

g) Solicitar y recibir oportunamente la información a la Admi-

nistración de su situación como personas usuaria activa y

fundadora.

h) Emitir un solo voto, aun cuando posean más de una acome-

tida domiciliaria de agua, en todos los procesos de toma de

decisiones que la Asociación promueva.

Art. 27.- Son Deberes de las Personas Usuarias Activas y Funda-

doras:

a) Asistir puntualmente a las reuniones que sean convocadas

por la Junta Directiva.

b) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamento

Interno.

c) Proteger y hacer uso racional del agua y de los recursos

naturales.

d) Cancelar las aportaciones tarifarias por el servicio de agua

potable dentro de los plazos establecidos en el Reglamento

Interno.

e) Cuidar las obras y denunciar ante la Junta Directiva, cualquier

daño a la infraestructura del sistema de abastecimiento de

agua potable.

f) Participar activamente en las actividades ambientales u otros

proyectos que impulse la Junta Directiva.

g) Abstenerse y denunciar cualquier situación que ponga en

riesgo la gestión de la Asociación.

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21DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. h) Aceptar y cumplir acuerdos tomados por Junta Directiva, y

Asamblea General de Usuarios cuando la mayoría sea quien

decida.

i) Cumplir el convenio como Usuario Activo y Fundador del

servicio de agua con la Asociación.

Art. 28.- Son Derechos de las personas usuarias inactivas:

a) Ser admitidas previa solicitud ante la Junta Directiva como

personas usuarias activas después de cumplir los requisitos

establecidos para ser considerado como usuario activo.

b) Recurrir ante la Junta Directiva, Asamblea General, Gobierno

Local u otra instancia respectiva cuando sus derechos como

usuario(a) les sean violentados por procedimientos previstos

o no en los presentes Estatutos o Reglamento Interno.

c) Recibir el servicio de agua en iguales condiciones que al

prestado a los usuarios activos.

d) Solicitar y recibir oportunamente, información de su situación

como usuario inactivo.

e) Participar activamente en las actividades ambientales u otros

proyectos que impulse la Junta Directiva.

f) Hacer reclamos por insatisfacción en el servicio de agua a la

administración de la Asociación.

Art.29.- Son Deberes de las Personas Usuarias Inactivas

a) Cumplir y hacer cumplir el Reglamento Interno.

b) Proteger y hacer uso racional del Agua y recursos natura-

les.

c) Cancelar sus aportaciones tarifarias por el servicio de agua

potable dentro de los plazos establecidos en el Reglamento

Interno de la Asociación.

d) Cumplir el convenio como usuario del servicio de agua con

la Asociación.

Art. 30.- Las personas usuarias activas y fundadoras, podrán ser

suspendidas de su calidad de activas y fundadoras por acuerdo emitido

por mayoría simple de votos en Asamblea General de Usuarios y previa

audiencia ante la Junta Directiva.

Se consideran causales de retiro temporal o definitivo (según la

gravedad de las faltas) tales como:

a) Por incumplimiento de los presentes Estatutos y Reglamento

Interno:

b) Por mala conducta de las personas usuarias activas y funda-

doras que se traduzca en perjuicio grave de La Asociación y

ponga en riesgo la administración y operación del servicio

de agua potable.

c) Obtener por medios fraudulentos beneficio de La Asociación,

o utilizar recursos de la misma para sí o para terceros.

d) Por la pérdida de sus derechos civiles que lo inhabiliten en

el libre desempeño como ciudadano.

Las causales de retiro temporal o definitivo se clasificarán en leves,

graves y menos graves en el reglamento interno.

Art. 31.- Las personas usuarias activas y fundadoras, tienen derecho

al recurso de apelación cuando se les retira su calidad sea de Usuario

Activo o Usuario fundador temporal o definitivamente. Podrá apelar a

la Asamblea General; cuando la suspensión y su causal no esté prevista

en los presentes estatutos ni en el reglamento interno; sin perjuicio que

tiene de acudir a otras instancias competentes.

caPiTUlo iX

DE la DiSolUciÓN

Art. 32.- No podrá disolverse la Empresa sino cumple con las

disposiciones establecidas en estos estatutos; la Empresa podrá disol-

verse por las causales siguientes: por incumplimiento de los fines, por

el incumplimiento de los Estatutos, por la disminución de los usuarios y

fundadores registrados como activos a un número menor de veinticinco.

Esta podrá ser acordada en sesión extraordinaria de Asamblea General

de Usuarios, con la asistencia del noventa por ciento de los Usuarios

activos, y con una votación a favor del cuarenta por ciento de los Usuarios

activos, debidamente registrados en el libro de Usuarios.

Art. 33.- En caso de acordarse la disolución de La Asociación, la

Asamblea General de Usuarios nombrará una Comisión Liquidadora

compuesta por diez personas, las cuales deberán representar a su co-

munidad, barrio, colonia, municipio o sectores. Los bienes sobrantes

después de cancelar todos sus compromisos de cualquier naturaleza no

serán distribuidos directa o indirectamente entre sus usuarios, sino que

éstos pasarán transitoriamente a la Municipalidad de Polorós y será la

misma comisión liquidadora que deberá supervisar la transparencia del

proceso para que se haga efectiva la custodia temporal de los bienes

ante un Notario legalmente registrado por el Estado Salvadoreño. En un

periodo de 90 días, la Municipalidad, y la comisión liquidadora bajo la

supervisión de representantes externos, ONGs, y usuarios constituirán

un nuevo ente jurídico que tenga la misma naturaleza y fines del ente

ya desaparecido un para que retome la operación y administración del

servicio de agua potable nuevamente; de acuerdo a los intereses mayo-

ritarios de los usuarios del servicio de abastecimiento de agua y leyes

vigentes en el País.

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22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 Art. 34.- En todo este proceso de disolución, La comisión

Liquidadora deberá sustentar todas sus acciones con documentos que

garanticen la legalidad del proceso de liquidación y constitución del

nuevo ente.

caPiTUlo X

DiSPoSicioNES GENEralES

Art. 35.- Para modificar los presentes Estatutos, será necesario la

asistencia de al menos el cincuenta por ciento más uno de los Usuarios

y fundadores Activos registrados, y el voto favorable de al menos las

tres cuartas partes en Asamblea General Extraordinaria, además deberá

seguir todos los procedimientos legales efectuados en la constitución

de la Asociación, lo cual se describe en el reglamento Interno.

Art. 36.- Todo lo relativo al orden interno de La Asociación no

comprendido en estos Estatutos se establecerá en el Reglamento Interno

de la misma, el cual deberá ser elaborado y/o modificado por la Junta

Directiva, y aprobado por Asamblea General de Usuarios con la asistencia

de al menos el cincuenta por ciento más uno de los usuarios y fundadores

registrados con la aprobación de las tres cuartas partes de los asistentes

en Asamblea General de Usuarios en sesión extraordinaria.

Art. 37.- La Asociación llevará sus libros de Registros de Usuarios

y Fundadores, un expediente por el total de Usuarios, Actas de Asambleas

Generales de Usuarios, Actas de Junta Directiva, y sus respectivos libros

contables debidamente legalizados.

Art.38.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo

Municipal de Polorós, durante los primeros quince días posteriores a

la elección, la nómina de la nueva Junta Directiva, y la Nómina de los

Usuarios Registrados, informe de las sustituciones o ratificaciones de

las mismas.

Art. 39.- La Asociación queda facultada para asumir la administra-

ción temporal o definitiva de otros sistemas de abastecimiento de agua y

saneamiento en el futuro, considerados como viables, sin que esto ponga

en riesgo su capacidad de prestación de servicio de la gestión actual. En

tal caso, la Asociación evaluará la actualización de la reglamentación

interna.

Art. 40.- Todos los activos que generen las donaciones, los comoda-

tos para la prestación del servicio de agua potable, pasarán a formar parte

del fondo patrimonial de La Asociación y se destinarán exclusivamente

para la operación y mantenimiento del servicio.

Art. 41.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia, ocho días

después de su publicación en el Diario Oficial.

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL

CERTIFICA: Que a páginas del libro de actas y acuerdos muni-

cipales que esta oficina llevó durante el año 2011, se encuentra el acta,

punto de acta y final de la misma que literalmente dice: ACTA NÚMERO

DIECINUEVE: En el Salón de sesiones de la Alcaldía Municipal de la

Villa de Polorós, Departamento de La Unión, a las ocho horas del día

Siete de Octubre de Dos Mil Once, Reunida la Municipalidad en sesión

ordinaria, convocada y presidida por el señor, Amerto Romero Ríos,

Alcalde municipal; con asistencia del señor Mártir Mauricio Álvarez

Contreras, Síndico Municipal, y de los regidores propietarios del 1° al

4° en su orden señores: Héctor Inés Maldonado Mejía, Saturnino Alfa-

ro Santamaría, Fidel Fernández Yanes, Rosa Silvia Yanes; Regidores

suplentes del 2° al 3° en su orden señores: José de la Paz Lazo Alfaro,

Mauricio Arístides Reyes Velásquez y asistidos por el Secretario Mu-

nicipal Licda. Nancy Jeannette Guevara. Quien preside señor Amerto

Romero Ríos, previa comprobación del Quórum declaró abierta la

sesión e indicó al Secretario diera lectura al acta de sesión anterior, la

cual fue aprobada sin observaciones.- A continuación se emitieron los

acuerdos siguientes: ACUERDO NUMERO NUEVE: Vistos los esta-

tutos de la Asociación Comunal Administradora del Servicio de Agua

Potable (ACASAGUA), del domicilio de Cantón Malalaja, Polorós,

Departamento de La Unión, la cual consta de cuarenta y un artículos, y

no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las leyes de la

República, al orden público, ni a las buenas costumbres; de conformidad

a los numerales 13 y 23 del Art. 30 y Art 119 del Código Municipal

vigente, ACUERDA: Aprobar los referidos estatutos en todas sus partes

y concederles el carácter de Personalidad Jurídica.- Publíquese.- Y no

habiendo más que hacer constar damos por terminada la presente acta

y acto que firmamos. A. Romero. R. Alcalde Municipal, M. Mauricio.

A. Contreras, Síndico Municipal, H. I. Maldonado, Primer Regidor

Propietario, Saturnino A. Santamaría, Segundo Regidor Propietario, F.

Fernández Yanes, Tercer Regidor Propietario, R. Silvia Yanes, Cuarto

Regidor Propietario, J. de la Paz Lazo A., Segundo Regidor Suplente,

M. Arístides R.V., Tercer Regidor Suplente”””” J. Lemus G. """SRIO.

RUBRICADOS. Es conforme con su original con la cual se confrontó

debidamente y para efectos de Ley, se certifica la presente en la Alcaldía

Municipal de Polorós, a los Diecinueve días del mes de Febrero de Dos

Mil Doce.

AMERTO ROMERO RIOS,

ALCALDE MUNICIPAL.

NANCY JEANNETTE GUEVARA L.,

SECRETARIA MUNICIPAL

(Registro No. F045664)

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23DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. ESTaTUToS DE la aSociaciÓN coMUNal

“coloNia Y PaSaJE SaN rafaEl”

DEl MUNiciPio DE SaN SalVaDor

caPiTUlo i

coNSTiTUciÓN, DENoMiNaciÓN, NaTUralEZa Y

rÉGiMEN lEGal.

constitución, Denominación, Naturaleza y régimen legal.

Art. 1.- Se constituye la Asociación Comunal "Colonia y Pasaje San Rafael" que en lo sucesivo se llamará "la Asociación", como una organización social integrada por la voluntad unánime de un grupo de ciudadanos y ciudadanas del Pasaje San Rafael, la cual será de carácter democrático, apolítica, no lucrativa, ni religiosa; estará regulada por el Código Municipal, la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales del Municipio de San Salvador, por los presentes Estatutos, el Reglamento Interno y demás disposiciones aplicables.

Domicilio.

Art. 2.- La Asociación tendrá como domicilio la Ciudad de San Salvador y desarrollará sus actividades en la "Colonia y pasaje San Rafael", ubicada en Calle antigua a Huizúcar, del municipio de San Salvador.

caPiTUlo ii

oBJETiVoS, acTiViDaDES, DiSTiNTiVo Y PlaZo DE la

aSociaciÓN.

objetivos de la asociación.

Art. 3.- La Asociación tendrá los objetivos siguientes:

a) Promover el desarrollo humano en su dimensión social, económica, cultural, religioso, cívico, educativo y cualquier otro aspecto que fuera legal y provechoso para la Colonia y pasaje San Rafael;

b) Participar en forma organizada en el estudio y análisis de la realidad social y de los problemas y necesidades de la Colonia y pasaje San Rafael;

c) Elaborar e impulsar soluciones y proyectos de beneficio para la Colonia y pasaje San Rafael.

actividades para el cumplimiento de los objetivos.

Art. 4.- Para la realización de sus objetivos, la Asociación desa-rrollará las siguientes actividades:

a) Trabajar en coordinación con las autoridades municipales y nacionales en los planes de desarrollo local, distrital y zo-nal, así como en la ejecución de los mismos, especialmente cuando se traten de proyectos que lleven beneficio directo a

los habitantes de la Colonia y pasaje San Rafael;

b) Participar en la gestión municipal, a través de los diversos

mecanismos contenidos en la Ordenanza para la Transparencia

de la Gestión Municipal y la Participación Ciudadana en el

Municipio de San Salvador, así como a través de la formulación

de iniciativas o recomendaciones en la planificación, ejecu-

ción, evaluación y contraloría de los planes municipales para

el desarrollo integral de la Colonia y pasaje San Rafael;

c) Impulsar la búsqueda de soluciones, formulación y ejecución

de proyectos que procuren y contribuyan al desarrollo de la

Colonia y pasaje San Rafael;

d) Motivar a los miembros de la Asociación y hacerlos participar

en el estudio y análisis de los problemas y necesidades de la

Colonia y pasaje San Rafael;

e) Ejercer el derecho de gestión frente a organismos guberna-

mentales o no gubernamentales y en general, ante cualquier

institución, siempre que dicha gestión tenga como objetivo

beneficiar a los miembros de la Asociación y de la Colonia

y pasaje San Rafael;

f) Constituir comités y/o Comisiones de Apoyo a la Junta

Directiva de la Asociación en materia administrativa, cultu-

ral, cívica, de gestión de seguridad, riesgo y prevención de

desastres, medio ambiente, género, juventud y otras; y

g) Realizar cualquier otra actividad que se considere necesaria

para la realización de sus objetivos, siempre que ésta sea

lícita.

Distintivo de la asociación.

Art. 5.- La Asociación Comunal tendrá como distintivo un sello en

forma de óvalo, en cuyo interior se leerá, ASOCIACION COMUNAL

COL. Y PJE. SAN RAFAEL, SAN SALVADOR. Al centro del mismo

contendrá Una familia, que representa la Unidad de la Colonia y pasaje

San Rafael y su deseo de superar sus necesidades.

Plazo.

Art. 6.- El plazo de la Asociación será por tiempo indefinido.

caPiTUlo iii

DE loS aSociaDoS

clases de asociados.

Art. 7.- Habrá dos clases de Asociados: Asociados Fundadores y

Asociados Activos.

Serán Asociados Fundadores, las personas que suscriban el Acta

de Constitución de la Asociación, quienes además ostentarán la calidad

de Asociados Activos.

Asociados Activos serán las personas que obtengan su ingreso a la

Asociación en la forma que lo establecen los presentes Estatutos y que

asistan periódicamente a las Asambleas que se celebren.

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24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396requisitos para ser asociado activo.

Art. 8.- Para ser Asociado Activo, se requiere llenar los requisitos

siguientes:

a) Tener como mínimo, dieciocho años de edad;

b) Tener como mínimo doce meses de residir en la Colonia y

pasaje San Rafael;

c) Identificarse con los objetivos de la Asociación Comunal;

d) Responder al llamado de colaboración cuando se le pida, ya

sea para ejercer un cargo de elección comunal o una even-

tualidad; y

e) Poseer notorios principios morales y una conducta intacha-

ble.

De la solicitud de ingreso a la asociación comunal.

Art. 9.- Las personas interesadas en ingresar a la Asociación Comu-

nal, deberán llenar una hoja de afiliación que la Junta Directiva deberá

elaborar al efecto, en donde manifiesten su voluntad de pertenecer a la

Asociación, debiendo cumplir con los requisitos indicados en el artículo

anterior y contener los datos correctos.

Posteriormente se procederá a incorporar al interesado(a) quien será

juramentado(a) en la Asamblea General que al efecto se programe.

Del registro de asociados.

Art. 10.- La Asociación deberá contar con un Registro de Asocia-

dos en el cual en cada asiento se indicará el nombre y las generales del

Asociado como su edad, residencia, número de Documento único de

Identidad (DUI) u otro documento de identificación, fecha de ingreso y

otros datos que se consideren necesarios del inscrito.

Derechos de los asociados.

Art. 11.- Serán derechos de los Asociados:

a) Participar con voz y voto en las reuniones de Asamblea

General, sean éstas Ordinarias o Extraordinarias;

b) Presentar en las Asambleas Generales mociones encaminadas

a alcanzar el buen funcionamiento y desarrollo de la Asocia-

ción;

c) Presentar su renuncia como miembro de la Asociación ante

la Junta Directiva o Asamblea General;

d) Elegir y ser electo para cargos en la Junta Directiva y los

comités que se Integren;

e) Solicitar y obtener de la Junta Directiva información sobre

el funcionamiento y los proyectos de la Asociación; y

f) Todos los demás que le confieran la Ordenanza Reguladora

de Asociaciones Comunales del Municipio de San Salvador,

los presentes Estatutos y el Reglamento Interno.

De las obligaciones de los asociados.

Art. 12.- Son obligaciones de los Asociados:

a) Fomentar el espíritu de servicio entre los Asociados;

b) Asistir con puntualidad a las sesiones de las Asambleas

Generales;

c) Desempeñar con responsabilidad y eficiencia los cargos para

los que fueron electos, lo mismo que las comisiones que se

le encomienden;

d) Abstenerse de las acciones u omisiones que puedan perjudicar

el cumplimiento de los objetivos de la Asociación, la armonía

y las actividades que se realicen; y

e) Cumplir y hacer cumplir lo dispuesto en la Ordenanza

Reguladora de Asociaciones Comunales del Municipio de San

Salvador, los presentes Estatutos y el Reglamento Interno, así

como obedecer y velar porque se respeten las disposiciones

emanadas de Asamblea General, la Junta Directiva y el Comité

de Vigilancia.

Pérdida de la calidad de asociado(a)

Art. 13.- La calidad de Asociado(a) se perderá por retiro voluntario,

expulsión o muerte.

Del retiro voluntario.

Art. 14.- El retiro voluntario podrá ser expreso o tácito.

Será expreso, cuando el Asociado lo solicite por escrito a la Junta

Directiva o a la Asamblea General y tácito cuando el Asociado cambie

definitivamente a otro lugar su residencia o cuando se ausente de las

actividades de la Asociación por un período de tres meses sin expresión

de motivo o causa.

caPiTUlo iV

DEl GoBiErNo DE la aSociaciÓN

Del gobierno de la asociación.

Art. 15.- El Gobierno de la Asociación estará a cargo de la Asamblea

General de Asociados y la Junta Directiva.

caPiTUlo V

DE la aSaMBlEa GENEral

De la asamblea General.

Art. 16.- La Asamblea General debidamente convocada, es la

autoridad máxima de la Asociación y estará integrada por la totalidad

de los miembros Asociados Fundadores y Activos.

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25DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. Quórum.

Art. 17.- La Asamblea General sesionará en forma ordinaria cada

tres meses con la asistencia del cincuenta por ciento más uno de los

Asociados a la hora indicada, en primera convocatoria y en segunda

convocatoria, una hora después, con los miembros que asistan y las

resoluciones se tomarán por mayoría simple de votos, excepto en los

casos especiales que se requiera la asistencia del setenta y cinco por

ciento de los Asociados.

De las Sesiones ordinarias y Extraordinarias.

Art. 18.- La Asamblea General podrá sesionar en forma Ordinaria

o Extraordinaria.

Serán Ordinarias cuando se realicen en las fechas establecidas

para ello, en dichas reuniones se tratarán los puntos comprendidos en

la agenda y los que propongan los Asociados.

Serán Extraordinarias cuando se celebren en fechas distintas para

tratar asuntos específicos y/o de urgencia para los cuales hubiere sido

convocada. Las discusiones y decisiones que tomaren en relación con los

puntos no incluidos en la convocatoria no tendrán validez. Las reuniones

de Asamblea General Extraordinaria podrán celebrarse en cualquier

tiempo, convocada por la Junta Directiva a Iniciativa propia o cuando

lo pida por escrito el cuarenta por ciento de los Asociados inscritos y el

Comité de Vigilancia.

De las convocatorias.

Art. 19.- Las convocatorias indicarán el día, lugar y hora en que

habrá de celebrarse la Asamblea General y deberán ser hechas al menos

con tres días de anticipación a la fecha indicada.

De los delegados para votar.

Art. 20.- Todo miembro que no pudiere asistir a cualquiera de las

sesiones de la Asamblea General por motivos justificados, podrá hacerse

representar por otro miembro o por el o la cónyuge o, su hijo mayor de

edad, siempre y cuando residan éstos en la misma unidad habitacional;

el límite de representaciones es de un miembro, llevando la voz y voto

de su representado. La representación deberá constar por escrito.

De las facultades de la asamblea General.

Art. 21.- Son facultades de la Asamblea General:

a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva y

Comité de Vigilancia;

b) Recibir los informes de trabajo, aprobar o reprobar el estado

financiero de la Asociación;

c) Destituir por causa justificada y legalmente comprobada a los

miembros de la Junta Directiva en pleno o individualmente,

y elegir a los sustitutos de conformidad a lo establecido en

la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales

del Municipio de San Salvador, los presentes Estatutos y el

Reglamento Interno;

d) Solicitar a la Junta Directiva los informes que crea conve-

niente con el objeto de llevar una sana administración de la

Asociación;

e) Aprobar, reformar y derogar los presentes Estatutos, el Re-

glamento Interno, el Plan de Trabajo y el Presupuesto de la

Asociación;

f) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos, la Ordenanza

Reguladora de las Asociaciones Comunales del Municipio de

San Salvador vigente, el Reglamento Interno de la Asociación

y demás normas que se dicten para el buen desarrollo de la

Asociación;

g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociación,

que no estén contemplados en los presentes estatutos; y

h) Las demás que establezcan la Ordenanza reguladora de las

Asociaciones Comunales del Municipio de San Salvador.

caPiTUlo Vi

DE la JUNTa DirEcTiVa

Art. 22.- La Junta Directiva tendrá a su cargo la dirección y

administración de la Asociación dentro de los lineamientos generales

establecidos por la Asamblea General de Asociados. La Junta Directiva,

estará integrada por un Presidente, un Secretario, un Síndico, un Tesorero

y dos Vocales, con dos suplentes; quienes serán electos para períodos

que no podrán exceder de dos años, contados a partir de la fecha en que

fueron electos, pudiendo ser reelectos de manera consecutiva, solo por

una vez, en un cargo diferente al ejercido en el período anterior.

Los suplentes tendrán las atribuciones establecidas en el Artículo

31 de los presentes Estatutos.

Para ser miembro de la Junta Directiva se requiere estar residiendo

en la Colonia y pasaje San Rafael; desde al menos dos años y tener como

mínimo dieciocho años de edad, no así el Presidente y el Síndico quienes

deberán ser mayores de veintiún años.

La elección de los miembros de la Junta Directiva se realizará

quince días antes de que concluya el período de la última Junta Directiva

electa, en sesión de Asamblea General, por mayoría simple y ante la

presencia de un Delegado de la Alcaldía Municipal de San Salvador,

debiendo registrarse la nueva Junta Directiva en la Oficina de Registro

de Asociaciones Comunales del municipio de San Salvador.

régimen de sesiones y convocatorias de la Junta Directiva.

Art. 23.- La Junta Directiva sesionará en forma ordinaria el primer y

tercer miércoles de cada mes y extraordinariamente cuando el Presidente

o dos de sus integrantes lo consideren necesario.

La convocatoria para las sesiones de la Junta Directiva se hará per-

sonalmente. Sin embargo; la convocatoria podrá omitirse si encontrándose

reunidos la mayoría de sus miembros éstos decidieran sesionar.

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26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396Quórum y número de votos para decidir.

Art. 24.- Para que la Junta Directiva sesione válidamente, será

necesaria en todo caso la presencia de al menos cuatro integrantes; en

todo caso las decisiones serán válidas con el voto favorable de tres de

ellos. El Presidente tendrá doble voto en caso de empate.

atribuciones de la Junta Directiva.

Art. 25.- Son atribuciones de la Junta Directiva:

a) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, el Regla-

mento Interno, acuerdos de la Asamblea General, sus propios

acuerdos y demás disposiciones de la Asamblea General;

b) Administrar el patrimonio de la Asociación;

c) Presentar informe de su gestión y situación patrimonial al

cierre del ejercicio anual o cuando lo requieran más de la

mitad de los Asociados;

d) Aprobar y presentar para conocimiento y ratificación de la

Asamblea General, el Reglamento Interno, el Plan de Trabajo,

el Presupuesto de la Asociación y la Memoria de Labores;

e) Constituir comités de apoyo de la Asociación para impulsar

el desarrollo comunal y agilizar el funcionamiento de la

misma;

f) Hacer la calificación previa en los casos de retiro voluntario

y expulsión de los Asociados, como la destitución individual

de los miembros de la Junta Directiva;

g) Coordinar e impulsar las actividades en beneficio para la

Asociación Comunal;

h) Autorizar al representante legal de la Asociación para la

celebración de los actos o contratos necesarios para el cum-

plimiento de los fines y funciones de la Asociación;

i) Convocar a las sesiones ordinarias y extraordinarias de las

Asambleas Generales de Asociados;

j) Recibir las renuncias de sus integrantes o de otros Asociados

de la Asociación e informarlo a la Asamblea General;

k) Conocer y resolver sobre todos los asuntos lícitos que interesan

a la sana y ordinaria administración de la Asociación, cuyo

conocimiento no corresponda a la Asamblea General; y

l) Constituir comités de apoyo de la Asociación para impulsar

el desarrollo comunal y agilizar el funcionamiento de la

misma.

atribuciones del Presidente.

Art. 26.- Son atribuciones del Presidente de la Junta Directiva:

a) Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de la

Asamblea General y de la Junta Directiva, orientando sus

deliberaciones;

b) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación en

forma conjunta o separada con el Síndico, en asuntos de interés

para la Asociación; pudiendo delegar esta representación en

caso necesario;

c) Coordinar las actividades que realicen las diversas comisiones

y sus respectivos comités de apoyo;

d) Firmar junto con el Tesorero los documentos de pago de

tesorería y autorizar los gastos de la Asociación;

e) Elaborar la agenda a tratar en las diferentes sesiones y presentar

los informes correspondientes que se requieran por la Junta

Directiva y/o la Asamblea General;

f) Velar porque se cumplan todos los acuerdos tomados en

Asamblea General o en Junta Directiva; y

g) Todas las demás atribuciones que señalen la Ordenanza

Reguladora de las Asociaciones Comunales del Municipio de

San Salvador vigente, los presentes Estatutos, el Reglamento

Interno de la Asociación y demás normas relacionadas con

su cargo.

atribuciones del Secretario.

Art. 27.- Son atribuciones del Secretario de la Junta Directiva:

a) Llevar los libros de actas a las sesiones de la Asamblea

General, de Junta Directiva y de Registro de Asociados, así

como otros que fueren necesarios en la Asociación para hacer

los asientos respectivos;

b) Verificar el quórum en las sesiones de la Asamblea General

y Junta Directiva;

c) Expedir y/o tramitar en su caso, las certificaciones, constancias

o credenciales de todo tipo de los órganos administrativos de

la Asociación y remitir las nóminas de los miembros electos

de la Junta Directiva y Comité de Vigilancia, a la Oficina de

Registro de Asociaciones Comunales; y

d) Convocar a las sesiones de Junta Directiva y Asamblea General

en Coordinación con el Presidente de la Asociación.

atribución del Síndico.

Art. 28.- Son atribuciones del Síndico:

a) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación, en

forma conjunta o separada con el Presidente de la misma; y

b) Velar por el cumplimiento de la Ordenanza Reguladora de

Asociaciones Comunales del Municipio de San Salvador, los

presentes Estatutos, el Reglamento Interno de la Asociación

y demás acuerdos tomados en Asamblea General o Junta

Directiva.

atribuciones del Tesorero.

Art. 29.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Llevar y mantener actualizado el inventario de los bienes

muebles e inmuebles de la Asociación;

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27DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. b) Llevar el control del registro de ingresos y egresos de la

Asociación;

c) Custodiar el patrimonio de la Asociación con el objeto que se utilicen en forma racional todos los recursos de la entidad;

d) Autorizar juntamente con el Presidente de la Asociación los documentos para el pago de las obligaciones que tenga que efectuar la Asociación;

e) Realizar las gestiones necesarias para la Asociación ante los organismos gubernamentales, del Estado o la Municipalidad u organismos no gubernamentales o privados con posterior información de ello a la Junta Directiva;

f) Rendir los informes financieros que se le requieran tanto por parte de la Junta Directiva como de la Municipalidad;

g) Elaborar y presentar a la Asamblea General el informe anual del estado financiero de la Asociación; y

h) Llevar en orden y al día el Libro de Finanzas.

atribuciones de los Vocales.

Art. 30.- Son atribuciones de los Vocales:

a) Colaborar directamente con la Junta Directiva; y

b) Realizar cualquier comisión o apoyo que le requiera la Junta Directiva.

atribuciones de los Suplentes.

Art. 31.- Los suplentes tendrán como función sustituir a cualquiera de los directivos, en caso de ausencia temporal por enfermedad u otra causa y el orden de sustitución será de la siguiente manera: el primer suplente, tendrá la facultad de ocupar la primera vacante que surja y el segundo suplente sustituirá la segunda vacante que surja.

caPiTUlo Vii

DEl coMiTÉ DE ViGilaNcia

Del comité de Vigilancia.

Art. 32.- Se constituye el Comité de Vigilancia de la Asociación, que estará integrado por tres miembros propietarios y un suplente, quienes tendrán acceso a todas las gestiones, operaciones, libros y otros documen-tos; podrán investigar sobre el trabajo y el resultado de las gestiones de la Junta Directiva y los Comités de Apoyo. El Comité de Vigilancia tendrá la obligación de informar a la Asamblea General o a la Municipalidad según el caso, sobre el resultado de sus investigaciones.

Los integrantes de dicho Comité, serán electos en la misma Asam-blea General en que se elija la Junta Directiva, para el período de dos años y deberán reunir los mismos requisitos que establecen en el inciso 2 del Artículo 22 de los presentes Estatutos en cuanto a la edad.

El Comité de Vigilancia a través de sus miembros, será la entidad encargada de llevar el control y fiscalización de los actos realizados por la Junta Directiva, procurando en todo caso, que éstos sean apegados a la ley.

caPiTUlo Viii

DEl PaTriMoNio

constitución del Patrimonio de la asociación.

Art. 33.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) Los aportes que provengan de los Asociados, organismos

del estado y/o de la Municipalidad, Organismos no Guber-

namentales y/o privados;

b) Los ingresos provenientes de las actividades realizadas por

la Asociación para recaudar fondos; y

c) Los bienes muebles y/o inmuebles de la Asociación, así como

las rentas que obtengan con la administración de los mismos,

así también las que provengan las herencias, donaciones y

legados.

responsabilidad del Presidente y del Tesorero.

Art. 34.- Tanto el Presidente como el Tesorero, responderán en

forma personal y solidaria por los movimientos de las cuentas bancarias

de la Asociación, cuando se excedan de los límites autorizados por el

Reglamento Interno o la Asamblea General.

caPiTUlo iX

DEl rEGiMEN DiSciPliNario

régimen Disciplinario.

Art. 35.- Los miembros de la Junta Directiva y de la Asamblea

General responderán y serán sancionados por las acciones u omisiones

en contravención a estos Estatutos, al Reglamento Interno, acuerdos o

resoluciones tomadas por la misma Asamblea General o la Junta Direc-

tiva.

De las faltas leves.

Art. 36.- Son faltas leves, aquellas que sin causar un grave perjuicio

a la Asociación entorpecen su normal funcionamiento; tales como:

a) La inasistencia injustificada a sesiones de cualquiera de los

órganos de gobierno de la Asociación Comunal;

b) Observar conductas inapropiadas en las sesiones de la Junta

Directiva o de la Asamblea General;

c) La negligencia inexcusable en el cumplimiento de las comi-

siones que les sean asignadas;

d) La falta de pago de las cuotas de cualquier clase que previa-

mente haya aprobado la Asamblea General; y

e) La inobservancia de las obligaciones y prohibiciones impues-

tas por estos Estatutos, el Reglamento Interno y la Asamblea

General.

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28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396De las faltas graves.

Art. 37.- Son faltas graves aquellas que afectan seriamente la

marcha normal de la Asociación, tales como:

a) La malversación de fondos, o cualquier acción u omisión

voluntaria que afecte el patrimonio de la Asociación;

b) Las conductas que pongan en entredicho el buen nombre de

la Asociación;

c) Hacer uso del nombre de la Asociación en beneficio propio; y

d) El haberse hecho acreedor a tres o más amonestaciones.

Sanciones.

Art. 38.- Cuando los Asociados o miembros directivos incurran

en cualquiera de las faltas señaladas en los artículos precedentes, para

la imposición de la respectiva sanción, se estará sujeto a lo dispuesto en

el Reglamento Interno de la Asociación.

Procedimiento en caso de faltas.

Art. 39.- La Junta Directiva conocerá de las faltas cometidas por

los miembros de la Asociación de acuerdo con el procedimiento que para

tal efecto se establecerá en el Reglamento Interno de la Asociación.

caPiTUlo X

DEl coNTrol Y fiScaliZaciÓN iNTErNa Y EXTErNa

obligación del Secretario, Síndico y Tesorero.

Art. 40.- El Secretario de la Junta Directiva, el Síndico y el Tesorero

tendrán la obligación de rendir informes de sus actuaciones anualmente

a la Asamblea General.

facultad de la Municipalidad de auditar.

Art. 41.- La Municipalidad de San Salvador, tendrá la facultad

de auditar las operaciones de la Asociación, con base a la Ordenanza

Reguladora de Asociaciones Comunales del Municipio de San Salvador,

con el fin de ejercer el control por usos indebidos de cualquiera de los

privilegios y exenciones de que goce, tomando las medidas administra-

tivas que considere convenientes, para subsanar las observaciones que

surjan de la auditoría.

caPiTUlo Xi

DE la MoDificaciÓN DE loS ESTaTUToS

Modificación de los Estatutos.

Art. 42.- Los presentes Estatutos podrán ser reformados mediante

acuerdo tomado en sesión extraordinaria de la Asamblea General y de

conformidad al artículo 21, literal "e" de los presentes Estatutos. La mo-

dificación de los Estatutos podrá ser solicitada por tres de los Asociados

o por la Junta Directiva o Comité de Vigilancia.

En todo caso, la Junta Directiva encargará a una comisión inte-

grada por tres miembros, presidida por el Síndico de la Asociación, la

elaboración de un proyecto de reformas, a efecto de presentarlo para la

aprobación de la Asamblea General.

La reforma, modificación o derogación de los Estatutos, se consig-

nará en el acta respectiva para ser presentada al Concejo Municipal para

su aprobación, acompañando toda la documentación que corresponde y

posteriormente se presentará a la Oficina de Registro de Asociaciones

Comunales, donde deberá inscribirse, publicándose además en el Diario

Oficial para su respectiva vigencia.

caPiTUlo Xii

DiSolUciÓN Y liQUiDaciÓN DE la aSociaciÓN

Disolución de la asociación.

Art. 43.- La Asociación podrá disolverse mediante el acuerdo

tomado en Asamblea General extraordinaria y ante la presencia de un

Delegado de la Alcaldía Municipal de San Salvador, con la asistencia y

aprobación de dos terceras partes de sus asociados.

Serán causales para la disolución de la Asociación:

a) Cuando el número de miembros que la integren, sea menor

al requerido para su constitución;

b) Por imposibilidad de realizar los fines para los cuales fue

constituida; y

c) Cuando su funcionamiento no se ajuste a los objetivos es-

tablecidos en sus Estatutos y/o realicen actos ilícitos o que

contravengan las Leyes de la República.

Envío de la certificación del acuerdo de disolución.

Art. 44.- La certificación que haga el Secretario de la Junta Directiva

del acuerdo de disolución, deberá ser enviada por el mismo Secretario

de la Junta Directiva al Encargado de la Oficina de Registro de Asocia-

ciones Comunales del Municipio de San Salvador, dentro de los diez

días siguientes a la fecha en que fue tomado dicho acuerdo, para efectos

de cancelar la inscripción de la Asociación Comunal.

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29DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. Procedimiento para la liquidación.

Art. 45.- Una vez inscrito el acuerdo de disolución en la oficina

de Registro de Asociaciones Comunales, se nombrará una comisión

liquidadora que estará integrada por tres miembros de la Asociación

electos en la última Asamblea General Extraordinaria, que fue convocada

para la disolución. Si no fueren elegidos, la liquidación se efectuará con

dos Delegados de la Municipalidad, en ambos casos tendrán un plazo

de noventa días para presentar un informe detallado de su gestión al

Concejo Municipal para su aprobación.

Para efectos de la liquidación de la Asociación, se deberá atender a

lo que al respecto dispone la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones

Comunales del Municipio de San Salvador.

Si una vez realizado el activo y cancelado el pasivo hubiere un

remanente, la Municipalidad, a través de la Delegación Distrital Muni-

cipal correspondiente lo destinará para financiar proyectos de desarrollo

comunal a realizarse en la Colonia y pasaje San Rafael. Mientras no

se realice la inversión del remanente, éste quedará bajo custodia de la

Municipalidad.

caPiTUlo Xiii

DiSPoSicioNES GENEralES

obligaciones de llevar libros para hacer constar actuaciones.

Art. 46.- La Asociación Comunal llevará los libros necesarios

foliados y sellados, para hacer constar sus actuaciones, con una razón

de apertura que contendrá el objeto del libro, número del libro y número

de folios; dicha razón deberá estar firmada y sellada por el miembro

de la Junta Directiva que de acuerdo a sus funciones le corresponda

llevarlos.

Terminado el libro o libros, se pondrá una razón de cierre que

firmará y sellará el mismo miembro directivo responsable del uso del

respectivo libro.

libertad de formar parte del consejo asesor.

Art. 47.- Todo miembro de una Junta Directiva saliente, podrá

formar parte de un Consejo Asesor de la nueva Junta Directiva que se

elija.

rendición de cuenta circunstanciada a la Junta Directiva entrante.

Art. 48.- La Junta Directiva saliente deberá rendir cuenta circuns-

tanciada y documentada a la Junta Directiva entrante sobre las actividades

realizadas y pendientes durante su gestión administrativa. El informe a

que se refiere este inciso, deberá ser rendido por escrito y firmado por

todos los miembros de la Junta Directiva saliente, a más tardar en el

primer mes de funciones de la nueva Junta Directiva.

Vigencia de los presentes Estatutos.

Art. 49.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho días

después de su publicación en el Diario Oficial.

Dados en la Asociación Comunal "Colonia y Pasaje San Rafael".”

del Municipio de San Salvador, a los seis días del mes de octubre del

dos mil once.

FECHA: Junio 27, 2012.

Con instrucciones del Señor Alcalde Municipal Interino, atentamente

transcribo el acuerdo tomado en la sesión extraordinaria celebrada el

día veintiséis de junio del presente año, que dice:

9.4) El Concejo Municipal, CONSIDERANDO:

I- Que en la Oficina de Registro de Asociaciones Comunales de

esta Municipalidad se ha abierto y diligenciado el expediente

de la Asociación Comunal "Colonia y Pasaje San Rafael", en

el que consta que los miembros de dicha Asociación desean

acogerse a los beneficios que otorgan los artículos 118 y 120

del Código Municipal y 8 de la Ordenanza Reguladora de las

Asociaciones Comunales del Municipio de San Salvador.

II- Que la Oficina de Registro de Asociaciones Comunales, ha

verificado que la expresada Asociación fue constituida en

Asamblea General Extraordinaria del 6 de octubre de 2011,

habiéndose aprobado en esa oportunidad los estatutos que

constan de 49 artículos y el respectivo Reglamento Interno.

Por lo tanto, ACUERDA:

1. Aprobar los estatutos en todas sus partes.

2. Conferir a la Asociación Comunal "Colonia y Pasaje San

Rafael", el carácter de persona jurídica.

3. Autorizar la inscripción de la misma en el Registro de Asocia-

ciones Comunales de esta Municipalidad. Comuníquese.

JOSE ARMANDO ZEPEDA VALLE,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F045710)

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30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396

SeCCION CARTeLeS OFICIALeSde priMera publicación

DEclaraToria DE HErENcia

LICENCIADA MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE

SANABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATE-

PEQUE, AL PúBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY

AVISA: Que por resolución dictada a las catorce horas con cua-

renta y cuatro minutos del día veintiuno de junio de dos mil doce, se

han declarado herederos definitivos y con beneficio de inventario de la

herencia intestada que a su defunción dejara el señor RENÉ OSWALDO

REYNOSA MÉNDEZ, habiendo fallecido el día diecinueve de noviem-

bre de dos mil once, siendo esta ciudad su último domicilio, a la señora

GLADYS ELIZABETH ORDOÑEZ DE REYNOSA, en calidad de

cónyuge sobreviviente del causante

Y se ha conferido a la heredera declarada la administración y

representación definitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque, a

las ocho horas y treinta minutos del día veintiséis de junio de dos mil

doce. LICDA. MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE

SANABRIA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. ANA LETICIA

ARIAS ZETINO, SECRETARIO.

Of. 1 v. No. 764

SAúL ERNESTO MORALES, JUEZ QUINTO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL DE SAN SALVADOR,

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas del día

dos de julio de dos mil doce, se declaró como heredera definitiva con

beneficio de inventario de la sucesión testada que a su defunción dejara

la causante VILMA ESPERANZA MEDINA, conocida por VILMA

ESPERANZA MEDINA DE CEA, y por VILMA ESPERANZA DE

MEDINA ocurrida el día veintiuno de septiembre de dos mil once, siendo

esta ciudad su último domicilio, en calidad de hijos: 1) MARTA VILMA

JEANNETTE CEA DE RODEZNO, conocida por MARTA VILMA

JEANNETTE CEA MEDINA, y por MARTA VILMA CEA MEDINA,

de cuarenta y cuatro años de edad, Licenciada en Administración de

Empresas, casada, del domicilio de San Salvador, Departamento de

San Salvador, con Documento único de Identidad número cero uno seis

cuatro tres tres cuatro seis- cinco (01643346-5) y Número de Identifica-

ción Tributaria cero seis uno cuatro- tres cero cero ocho seis siete- cero

cero dos- nueve (0614-300867-002-9); 2) JOSE ROBERTO ANTONIO

CEA MEDINA, de cincuenta y tres años, Ingeniero Civil, casado, del

domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, con Docu-

mento único de Identidad Número cero tres cuatro ocho nueve cinco

nueve cero-ocho (03489590-8) y Número de Identificación Tributaria

cero seis uno cuatro- uno tres cero cinco cinco ocho- cero cero ocho-

seis (0614-130558-008-6); 3) MARTA ALICIA GUADALUPE CEA

DE SALINAS conocida por MARTA ALICIA CEA MEDINA y por

MARTA ALICIA GUADALUPE CEA MEDINA, de cuarenta y cuatro

años, profesora en educación especial, casada, del domicilio de Antiguo

Cuscatlán, departamento de La Libertad, con Documento único de Iden-

tidad Número cero uno seis seis ocho uno cuatro seis- seis (01668146-6)

y Número de Identificación Tributaria cero seis uno cuatro-tres cero cero

ocho seis siete- cero cero tres- cero (0614-300867-003-0); de la herencia

testada que a su defunción ocurrida el día veintiuno de septiembre del

año dos mil once, dejara la causante VILMA ESPERANZA MEDINA,

conocida por VILMA ESPERANZA MEDINA DE CEA, y por VILMA

ESPERANZA DE MEDINA. Se ha conferido a 1) MARTA VILMA

JEANNEETTE CEA DE RODEZNO, conocida por MARTA VILMA

JEANNETTE CEA MEDINA, y por MARTA VILMA CEA MEDINA;

2) JOSE ROBERTO ANTONIO CEA MEDINA; 3) MARTA ALICIA

GUADALUPE CEA DE SALINAS conocida por MARTA ALICIA CEA

MEDINA y por MARTA ALICIA GUADALUPE CEA MEDINA; la

administración y representación definitiva de la SUCESIÓN TESTADA

dejada por la causante antes referida.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Y para que lo proveído por este Juzgado tenga su legal cumplimiento,

se libra el presente aviso, en el Juzgado Quinto de lo Civil y Mercantil

de San Salvador, a las nueve horas del día dos de julio de dos mil doce.

DR. SAúL ERNESTO MORALES, JUEZ QUINTO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL, SAN SALVADOR. LICDA. GABRIELA CAROLINA

PALACIOS CRISTALES, SECRETARIA.

Of. 1 v. No. 765

AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a

las doce horas cincuenta minutos del día veintiuno de junio de dos mil

doce, se han declarado herederos definitivos, abintestato, con beneficio

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31DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. de inventario de los bienes dejados a su defunción por el señor FRAN-

CISCO HENRÍQUEZ ALFARO, quien fue de cincuenta y seis años de

edad, mecánico automotriz, fallecido el día veintiuno de diciembre de

dos mil once, en Barrio El Centro de la jurisdicción de Aguilares, sien-

do ése su último domicilio, de parte de los señores CONSUELO DEL

CARMEN LARA DE HENRÍQUEZ hoy VIUDA DE HENRÍQUEZ

y JOSE FRANCISCO INGLÉS HENRÍQUEZ o JOSE FRANCISCO

INGLÉS, en el concepto de Cónyuge sobreviviente e hijo del causante

respectivamente. A quienes se les ha conferido la administración y

representación DEFINITIVA, de la sucesión.

Lo que se hace saber al público en general para los demás efectos

de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las doce

horas cincuenta y cinco minutos del día veintiuno de junio de dos mil

doce. LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA

DE LO CIVIL. LIC. JOSÉ ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SE-

CRETARIO.

Of. 1 v. No. 766

acEPTaciÓN DE HErENcia

LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES,

JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD DEL-

GADO. Al público

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y cincuenta

minutos del día treinta de abril del presente año, se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario de la herencia Intestada que a

su defunción dejó el señor SANTOS ZEPEDA TRUJILLO conocido por

SANTOS ZEPEDA, quien fue de sesenta años de edad, Comerciante en

pequeño, soltero, originario de Atiquizaya, Ahuachapán, fallecido el día

veintitrés de octubre de dos mil diez, siendo Delgado el último domicilio

del causante; de parte de ALBA JEANNETTE ZEPEDA CASTILLO

con NIT cero seiscientos catorce- ciento cincuenta mil ochocientos

ochenta y seis- ciento cuarenta y siete-dos, y JOSÉ RUANO ZEPEDA

CASTILLO con NIT cero seiscientos catorce- doscientos noventa mil

ciento noventa- ciento cincuenta y uno- dos, como hijos del causante

representados por la Defensora Pública Licenciada MÓNICA IVETTE

OLIVO. Confiérasele a los aceptantes la administración y representa-

ción INTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de

ley.

JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, a las once horas y diez

minutos del día treinta abril del año dos mil doce. LICDA. MARIBEL DEL

ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE DELGADO.

LIC. JORGE ROBERTO BURGOS GONZÁLEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 767-1

SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolución

de este Juzgado de las once horas y treinta minutos del día trece de junio

de dos mil doce. SE HA TENIDO POR ACEPTADA expresamente y

con beneficio de inventario de parte de las señoras MARIA LORENA

FUNES MONTENEGRO o MARIA LORENA FUNES viuda DE

FLORES y VILMA GUADALUPE LOPEZ o VILMA GUADALUPE

LOPEZ DE TICAS, la herencia intestada que a su defunción dejó la

causante señora MARTA EUGENIA LOPEZ conocida por MARTA

EUGENIA CARDONA LOPEZ, quien era de veintitrés años de edad,

Secretaria, soltera, originaria de San Salvador, del domicilio de San

Salvador, fallecida en esta ciudad de San Salvador el día diecisiete de

octubre de mil novecientos ochenta y seis, siendo la misma el lugar de

su último domicilio; aceptación que hacen las señoras antes mencionadas

en sus calidades de hermanas sobrevivientes de la causante. Y SE LES

HA CONFERIDO a las aceptantes la administración y representación

interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores

de la Herencia Yacente.

Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia

para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince

días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente

edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN

SALVADOR, a las doce horas del día trece de junio de dos mil doce. DR.

SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.

LIC. VICTOR MANUEL SALGADO MONTERROSA, SECRETARIO

INTO.

Of. 3 v. alt. No. 768-1

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32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396aViSo DE iNScriPciÓN

EL INFRASCRITO JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ASOCIACIO-

NES AGROPECUARIAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA

Y GANADERÍA

CERTIFICA: Que habiendo cumplido con el procedimiento esta-

blecido en el Decreto Legislativo Número TRESCIENTOS TREINTA

Y NUEVE, publicado en el Diario Oficial número ochenta y seis, tomo

número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil nove-

cientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones

Cooperativas, LA ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN

AGROPECUARIA "METZTI SHUSHUCNA" DE RESPONSABILI-

DAD LIMITADA QUE SE ABREVIA "ACPAMETSHU" DE R.L.,

con domicilio en Santa Tecla, departamento de La Libertad, obtuvo su

personalidad jurídica el día veintiséis de marzo del año dos mil doce,

e inscrita en el libro ciento cinco de Registro que esta Oficina lleva

bajo la siguiente codificación: Dos mil seiscientos cuatro del Sector No

Reformado. Por lo que CONSIDERA: Publicar en el Diario Oficial el

extracto y por una sola vez el asiento de inscripción correspondiente.

Santa Tecla, a los cinco días del mes de julio del año dos mil

doce.

NOTIFÍQUESE.

LIC. FERNANDO MIGUEL FARRAR APARICIO,

JEFE DEL DEPARTAMENTO.

Of. 1 v. No. 769

EL INFRASCRITO JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ASOCIACIO-

NES AGROPECUARIAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA

Y GANADERÍA

CERTIFICA: Que habiendo cumplido con el procedimiento esta-

blecido en el Decreto Legislativo Número TRESCIENTOS TREINTA

Y NUEVE, publicado en el Diario Oficial número ochenta y seis, tomo

número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil nove-

cientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones

Cooperativas, LA ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN

AGROPECUARIA Y ARTESANAL "MAHANAIM" DE RESPONSA-

BILIDAD LIMITADA, QUE SE ABREVIA "ACOPAYAMA" DE R.L.,

con domicilio en el municipio de El Carmen, departamento de Cuscatlán,

obtuvo su personalidad jurídica el día veintiuno de junio del año dos mil

doce, y fue inscrita en el libro ciento seis de Registro que esta Oficina

lleva bajo la siguiente codificación: Dos mil seiscientos veintisiete del

Sector No Reformado. Por lo que CONSIDERA: Publicar en el Diario

Oficial por una sola vez el asiento de inscripción correspondiente.

Santa Tecla, a los diez días del mes de julio del año dos mil

doce.

NOTIFÍQUESE.

LIC. FERNANDO MIGUEL FARRAR APARICIO,

JEFE DEL DEPARTAMENTO.

Of. 1 v. No. 770

AVISO DE INSCRIPCIÓN

EL INFRASCRITO JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE ASO-

CIACIONES COOPERATIVAS DEL INSTITUTO SALVADOREÑO

DE FOMENTO COOPERATIVO. En cumplimiento de los Artículos

16 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas y 5 Inciso Primero

de su Reglamento,

HACE SABER: Que la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE

COMERCIALIZACIÓN, SERVICIOS PROFESIONALES, AHORRO

Y CRÉDITO DE ARTISTAS ESCÉNICOS DE EL SALVADOR, DE

RESPONSABILIDAD LIMITADA, que se abrevia "COARES, de R.L.",

con domicilio legal en San Salvador, Departamento de San Salvador, ha

sido INSCRITA en el Registro Nacional de Asociaciones Cooperativas

bajo el número DOS, folios diecinueve frente a folios treinta y cuatro

vuelto del libro TERCERO de Registro e Inscripción de Asociaciones

Cooperativas de COMERCIALIZACIÓN, que lleva el Registro Nacional

de Asociaciones Cooperativas del INSTITUTO SALVADOREÑO DE

FOMENTO COOPERATIVO, a los dos días del mes de julio de dos

mil doce.

MISAEL EDGARDO DÍAZ,

JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE

ASOCIACIONES COOPERATIVAS.

Of. 1 v. No. 771

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33DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012.

de tercera publicación

acEPTaciÓN DE HErENcia

MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA DE BERLIN, DEPARTAMENTO DE

USULUTAN, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas y treinta

y cinco minutos del día quince de junio del corriente año, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la Herencia

Intestada de los bienes que a su defunción dejó el causante JORGE

DOMINGO GOMEZ CASTRO, quien falleció a las ocho horas del día

treinta y uno de octubre del año dos mil ocho, en el Barrio San José,

Casa Número ciento cuarenta y ocho de esta Ciudad de Berlín, Depar-

tamento de Usulután; siendo su último domicilio de parte de RENE

CASTRO ARGUETA, en calidad de hijo del causante, confiriéndole al

aceptante antes mencionado la administración y representación interina

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Cítese a los que se crean con derecho a la herencia, para que

dentro del término de ley, se presente a este Juzgado a hacer uso de sus

derechos, lo que se pone en conocimiento del público para los efectos

legales consiguientes.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Berlín, a las catorce

horas cincuenta y cinco minutos del día quince de junio del año dos mil

doce.- LICDA. MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ANA MARGARITA

BERMUDEZ DE HENRIQUEZ, SRIO.

Of. 3 v. alt. No. 731-3

EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTÁN, LICENCIA-

DO JOSÉ ANTONIO GÁMEZ, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y quince

minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con

beneficio de inventario la Herencia Intestada dejada a su defunción

por el causante señor CARLOS HUMBERTO GARCÍA ARÉVALO,

al fallecer el día dos de febrero del año dos mil doce, en el Hospital

Nacional San Juan de Dios de San Miguel, siendo la ciudad de Usulután

su último domicilio; de parte de la señora DAISY MARISOL GARCÍA

GUEVARA, en calidad de hija del causante.

Confiérasele a la aceptante antes dicha la administración y repre-

sentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de

los Curadores de la Herencia Yacente.

Fíjense y publíquense los edictos respectivos, citando a los que se

crean con derecho a la herencia, para que se presenten a deducirlo en

el término de quince días contados a partir del siguiente al de la tercera

publicación del edicto respectivo en el Diario Oficial.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los quince días del

mes de mayo del año dos mil doce.- LIC. JOSÉ ANTONIO GÁMEZ,

JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARÁN H.,

SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 732-3

CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIUDAD DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que por resolución emitida por este Juzgado, a

las ocho horas y treinta minutos del día veinticinco de enero del año dos

mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de

inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor FELI-

PE MEJIA, quien fue de ochenta años de edad, Agricultor en Pequeño,

soltero, salvadoreño, originario de San Miguel, Departamento de San

Miguel, hijo de la señora DOROTEA MEJIA; fallecido a la una hora y

siete minutos del día doce de agosto del dos mil ocho, siendo su último

domicilio Cantón El Volcán, Departamento de San Miguel; de parte de la

señora EVA MEJIA DE VASQUEZ, en calidad de hija del causante.

Confiérasele a la aceptante en el carácter aludido la administración

y representación interina de la sucesión, con los facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Y se CITA a los que se crean con derecho a la herencia referida,

para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días, a

partir del siguiente al de la última publicación del presente edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL DE LA CIUDAD DE SAN MIGUEL, a las ocho horas y

cincuenta minutos del veinticinco de enero del año dos mil doce.- LIC.

CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL.- LICDA. CLELIS DINORA LAZO ANDRADE,

SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 733-3

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34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE

PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUN-

TEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA

LOS DEMAS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a

las ocho horas con quince minutos de este día, se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada de los

bienes que a su defunción acaecida, el día veintisiete de junio de dos

mil nueve, en el Cantón Agua Zarca, Caserío Las Cañas, Jurisdicción de

Ilobasco, Departamento de Cabañas, siendo San Isidro, Departamento

de Cabañas su último domicilio; dejó el señor GUSTAVO MARCELO

RIVERA MORENO, quien fue de treinta y siete años de edad, soltero,

Profesor, hijo de Félix Antonio Rivera y de María Salvadora Moreno

Viuda de Rivera, originario San Isidro, Departamento de Cabañas; de

parte de los señores JORGE ALBERTO RIVERA MORENO, MARIA

ELENA RIVERA DE RIVERA, GLORIA MARITZA RIVERA DE

RODRIGUEZ, FELIX ANTONIO RIVERA MORENO, RAUL AN-

DRES MORENO RIVERA y MIGUEL ANGEL RIVERA MORENO,

en calidad de hermanos del causante, representados por la Licenciada

MARTA DELMY QUINTEROS HERNANDEZ, como Defensora

Pública de los Derechos Reales y Personales de la señora Procuradora

General de la República.

Habiéndosele conferido a los aceptantes la administración y repre-

sentación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida suce-

sión, a fin de que comparezcan a este Tribunal a deducir tal circunstancia

dentro del plazo de quince días contados, a partir del siguiente al de la

última publicación de este edicto.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los

once días del mes de junio de dos mil doce.- LIC. JOSE ANGEL PO-

SADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. HUGO

ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 734-3

JOSÉ ÁNGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE

PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUN-

TEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PúBLICO PARA

LOS DEMÁS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,

a las once horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente

y con beneficio de inventario, la herencia intestada de los bienes que

a su defunción acaecida, el día ocho de diciembre de dos mil diez, en

el Cantón Río Grande, jurisdicción de Sensuntepeque, Departamento

de Cabañas, siendo el mismo su último domicilio; dejó el señor JOSÉ

ESTEBAN QUINTEROS ROMERO o JOSÉ ESTEBAN QUINTEROS,

quien fue de ochenta años de edad, casado, jornalero, hijo de Miguel

Quinteros y Sebastiana Mejía, conocida por Sebastiana Romero y por

Sebastiana Romero Mejía, originario Cantón Río Grande, jurisdicción

de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas; de parte del señor JOSÉ

ARCIDES QUINTEROS FLORES, en calidad de hijo del causante,

representado por la Licenciada MARTA DELMY QUINTEROS

HERNÁNDEZ, como Defensora Pública de los Derechos Reales y Per-

sonales de la Señora Procuradora General de la República. Habiéndosele

conferido a las aceptantes la administración y representación INTERINA

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente, la cual ejercerá conjuntamente con las señoras MARÍA

EULALIA FLORES viuda DE QUINTEROS, MARÍA CELESTINA

QUINTEROS DE CALLEJAS y MARÍA ELENA QUINTEROS DE

FLORES, cónyuge e hijas del causante, respectivamente.

SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida suce-

sión, a fin de que comparezcan a este Tribunal a deducir tal circunstancia

dentro del plazo de quince días contados, a partir del siguiente al de la

última publicación de este edicto.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los

trece días del mes de junio de dos mil doce.- Lic. JOSÉ ÁNGEL PO-

SADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. HUGO

ERNESTO MENA HERNÁNDEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 735-3

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y quince

minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con

beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó

la señora MARÍA JOSEFINA SÁNCHEZ GIRÓN, conocida por

JOSEFINA SÁNCHEZ GIRÓN, por JOSEFINA SÁNCHEZ, y por

MARÍA JOSEFINA SÁNCHEZ viuda DE SANDOVAL, quien falleció

el día diecisiete de febrero del año en curso, en la Segunda Calle Poniente

Barrio El Centro, de La Unión, siendo su último domicilio en la ciudad de

San Alejo, de parte de la señora MARÍA TRINIDAD SANDOVAL DE

FLORES, en su calidad cesionaria de los derechos que le correspondían a

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35DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. los señores: JOSÉ CÁNDIDO SANDOVAL SÁNCHEZ, SATURNINO

SANDOVAL SÁNCHEZ, MIGUEL ÁNGEL SANDOVAL SÁNCHEZ,

JOSÉ DEL CARMEN SANDOVAL SÁNCHEZ y MARÍA TERESA

SANDOVAL DE FLORES, en calidad de hijos de la causante.

Confiriéndole a la aceptante antes mencionada en el carácter

indicado la administración y representación interinas de la sucesión con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para

que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel

lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintiún días

del mes de octubre de dos mil cinco. Lic. ROGELIO HUMBERTO

ROSALES BARRERA. JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO

PÉREZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 736-3

DOCTOR JULIO CÉSAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada con fecha de las

quince horas con treinta minutos del día veintiocho de marzo del año

dos mil doce. Se ha tenido por aceptada expresamente, con beneficio

de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las

catorce horas con veinte minutos del día veinticuatro de enero del año

dos mil seis, en el Barrio Chilapa, del Municipio de Tacuba, Departa-

mento de Ahuachapán, siendo ese su último domicilio; herencia que

dejó el señor NICOLÁS GARCÍA, de parte de las señoras MARINA

GARCÍA GALICIA y MARÍA IRENE GARCÍA DE MEDRANO, en

calidad de hijas del causante y cesionarias de los derechos hereditarios

que le corresponderían a los señores MARÍA LEONOR GALICIA hoy

viuda DE GARCÍA, NICOLÁS GARCÍA GALICIA, SONIA GARCÍA

GALICIA, ANA CECILIA GARCÍA GALICIA, MATILDE GARCÍA

DE GARCÍA y MARÍA SANTOS GARCÍA GALICIA, la primera

cónyuge y los restantes hijos sobreviviente del señalado causante. Y se

ha nombrado interinamente a las aceptantes representantes y administra-

doras de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los fines de

Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: AHUACHAPÁN, a las quince horas

con treinta y un minutos del día veintiocho de marzo del año dos mil

doce.- Dr. JULIO CÉSAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL. Licda.

CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA DE

ACTUACIONES.

Of. 3 v. alt. No. 737-3

TÍTUlo SUPlETorio

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA,

DEPARTAMENTO DE MORAZÁN, AL PúBLICO PARA EFECTOS

DE LEY,

HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado, el Licenciado

NAPOLEÓN ALBERTO RIOS-LAZO ROMERO, como Apoderado

General Judicial del señor EMILIO MARTÍNEZ REYES, a solicitar a

favor de éste TÍTULO SUPLETORIO, sobre un terreno de naturaleza

rústica, situado en el Cantón Agua Zarca, Jurisdicción de Osicala,

Departamento de Morazán, de la extensión superficial de DOS MIL

SETECIENTOS VEINTICUATRO PUNTO NOVENTA Y SEIS

METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes:

Comenzando en el vértice NOR PONIENTE, siguiendo el sentido de las

agujas del Reloj, AL NORTE, dos tramos rectos, el primero de Poniente

a Oriente, mide sesenta y cuatro metros, colinda con terreno propiedad

del señor Buenaventura Argueta, cerco de alambre de por medio; en el

segundo tramo siempre de Poniente a Oriente, cuarenta punto dieciséis

metros y colinda con terreno propiedad del señor José Del Rosario

Martínez Reyes, cerco de alambre de por medio; AL ORIENTE, tres

tramos rectos, el primero medido de Norte a Sur mide veintisiete punto

cincuenta metros y el segundo medido de Poniente a Oriente mide siete

metros, colinda en estos primeros dos tramos con terreno propiedad de

la señora María Hirenea Reyes, cerco de alambre de por medio; y el

tercer tramo medido de Norte a Sur, mide veintiséis metros y colinda

con terreno propiedad del señor Bernardo Reyes; AL SUR, en su tramos

recto medido de Oriente a Poniente cuarenta y ocho metros y colinda

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36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396con terreno del señor Leonor Majano García, cerco de alambre de por

medio; y AL PONIENTE, tres tramos rectos, el primero medido de Sur

a Norte, mide cincuenta y uno punto cero siete metros; el segundo tramo

medido de Oriente a Poniente mide sesenta y cuatro metros y en ambos

tramos colinda con terreno propiedad del señor Miguel Ángel Martínez

Argueta, cerco de alambre de por medio; y el tercer tramo medido de

Sur a Norte, mide cuatro punto cincuenta y seis metros y colinda con

calle vecinal de por medio con terreno propiedad del señor Baldomero

Amaya Martínez.-

Dicho inmueble lo adquirió por Compraventa de Posesión verbal

que le hizo su padre JOSÉ DE LA CRUZ MARTÍNEZ DOMÍGUELZ,

se estima en el precio de UN MIL DOSCIENTOS DÓLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco

Gotera, Morazán, las diez horas y treinta minutos del día cuatro de julio

del dos mil doce.- Lic. JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA,

JUEZ 2°. DE 1ª. INSTANCIA. Licda. KARINA ELIZABETH

IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA INTERINA.

Of. 3 v. alt. No. 738-3

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE SUCHI-

TOTO. AL PúBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado la Licenciada

MIRNA MERCEDES FLORES QUIJADA, quien es mayor de edad,

Abogado, del domicilio de Mejicanos, portadora de su Tarjeta de Abo-

gado Número siete mil veintisiete y Tarjeta de Identificación Tributaria

Número cero cuatrocientos treinta y dos- doscientos cuarenta mil no-

vecientos setenta y dos- ciento uno- uno; quien actúa en su calidad de

Agente Auxiliar del Señor Fiscal General de la República en nombre y

representación del ESTADO Y GOBIERNO DE EL SALVADOR EN

EL RAMO DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, con Tarjeta de Iden-

tificación Tributaria Número cero seiscientos catorce- cero uno cero uno

quince- cero cero tres- cero; solicitando TÍTULO SUPLETORIO sobre

un terreno de naturaleza rústico situado en Cantón Palacios, jurisdicción

de San José Guayabal, que se describe así: Se inicia en el lado Sur en el

mojón denominado M1 con coordinadas geodésicas X: 0492332.00 - Y:

0302253.00. LADO SUR, consta de dos tramos; el primer tramo con una

distancia de cuatro punto sesenta y cuatro metros partiendo de M1 a M2

con rumbo N 89°59'57"E; el segundo tramo, con una distancia de treinta

y cinco punto noventa y tres metros partiendo de M2 a M3 con rumbo

N89°49'28"E: colindando con camino vecinal de por medio y terreno

propiedad de Miguel Enríquez; LADO ESTE, consta de dos tramos,

el primer tramo con una distancia de veintisiete punto noventa y seis

metros partiendo de M3 a M4 con rumbo N7°l'49"E, el segundo tramo,

con una distancia de treinta y seis punto treinta y un metros partiendo de

M4 a M5 con rumbo N14°38'32"W colindando con terreno propiedad

de María Catalina Enríquez y otros. LADO NORTE, consta de cuatro

tramos, el primer tramo con una distancia de diez punto ochenta y cuatro

metros partiendo de M5 a M6 con rumbo S74°39'13"W, el segundo

tramo, con una distancia de cuatro punto noventa metros partiendo de

M6 a M7 con rumbo S64°40'30"W, el tercero tramo, con una distancia

de seis punto treinta y cuatro metros partiendo de M7 a M8 con rumbo

S35°36'52"W, el cuarto tramo con una distancia de ocho punto catorce

metros partiendo de M8 a M9 con rumbo S37°21'41"W, colindando con

terreno propiedad de María Esther Rivera. LADO OESTE, consta de tres

tramos, el primer tramo con una distancia de cinco punto once metros

partiendo de M9 a M10 con rumbo S5°29'56"W,el segundo tramo con

una distancia de quince punto sesenta y ocho metros partiendo de M10

a M11 con rumbo S13°26'18"W, e1 tercer tramo con una distancia de

veintisiete punto cero tres metros partiendo del M11 a M1 con rumbo

S15°22'00"W, colindando todos ellos con calle principal de por medio

y terreno propiedad de Osmín de Jesús Tomasino y Abelina Tomasino

López. El terreno así descrito tiene un área de MIL NOVECIENTOS

CINCUENTA Y NUEVE PUNTO TREINTA Y SIETE METROS

CUADRADOS, equivalentes a DOS MIL OCHOCIENTOS TRES

PUNTO CUARENTA Y SEIS VARAS CUADRADAS. Que el terreno

antes descrito lo valúa en la cantidad de UN MIL NOVECIENTOS

OCHENTA Y UNO PUNTO CERO SEIS DÓLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($1,981.06).

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las

diez horas cuarenta minutos del día cuatro de junio del dos mil

doce.- Enmendado: Junio-Vale.- Lic. OSWALDO DAGOBERTO

ARGUETA FUNES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda.

JUANA DE JESúS FIGUEROA COCA, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 739-3

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37DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. JOSÉ HERNÁN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE METAPÁN,

HACE SABER: Que a este Juzgado se presentó la señora ROSA

ELVIRA BURGOS, de cincuenta y ocho años de edad, de oficios

domésticos, de este domicilio, solicitando TÍTULO SUPLETORIO a

su favor sobre un inmueble de naturaleza rústica situado en el Cantón

San Jerónimo, de esta comprensión, de una extensión superficial de

CIENTO VEINTIDÓS METROS, TREINTA Y SIETE DECÍMETROS,

NOVENTA Y OCHO CENTÍMETROS CUADRADOS, que linda;

al NORTE, con Víctor Manuel Martínez; al PONIENTE, con Víctor

Manuel Martínez; al SUR, con los señores Miguel Ángel Flores y Abel

Ernesto Flores Lemus, calle de por medio; y al ORIENTE, con José

Humberto Flores, calle de por medio. El mencionado inmueble no es

predio dominante, ni es sirviente, no existen cargas reales que respetar,

ni se encuentra en proindivisión con persona alguna, y lo valúa en UN

MIL DOSCIENTOS DÓLARES.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Juzgado de lo Civil: Metapán, a las catorce horas cincuenta minutos

del día once de junio del dos mil doce. Lic. JOSÉ HERNÁN PALACIOS

LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARÍA LETICIA FIGUEROA

FIGUEROA, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 740-3

EL INFRASCRITO JUEZ, AL PúBLICO PARA LOS EFECTOS

DE LEY,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada

ELIZABETH DEL CARMEN JOYA INGLES, mayor de edad, Abogado,

de este domicilio, promoviendo Diligencias de Título Supletorio, en su

calidad de Defensor Público de la Unidad de Derechos Reales y Personales

de la Procuraduría General de la República, en nombre y representación

de la señora AMPARO DEL CARMEN QUINTEROS VILLANUEVA,

mayor de edad, doméstica, del domicilio de Jucuarán, Departamento de

Usulután; de un inmueble de naturaleza Rural, ubicado en Cantón El

Progreso, Departamento de Usulután, Municipio de Jucuarán, de una

extensión superficial de CINCUENTA Y SEIS MIL SETENTA Y SEIS

PUNTO CUARENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS, de las

medidas y colindancias actuales siguientes: AL NORTE, con Flor Mabel

Villanueva de Bonilla, a ORIENTE, con María de la Paz Villanueva de

Meléndez, AL SUR, con José Adolfo Romero, AL PONIENTE, con

Julián Guardado Romero, el terreno antes descrito no es dominante, ni

sirviente, ni está en proindivisión con nadie y no tiene cargas o derechos

que pertenezcan a terceras personas desde su adquisición, y lo obtuvo la

señora QUINTEROS VILLANUEVA, por posesión material por más de

diez años consecutivos, empezándolo a poseer desde el día diez de mayo

del año de mil novecientos ochenta y posee dicho inmueble de manera

quieta, pública, pacífica e ininterrumpida, realizando actos de legítima

dueña por más de diez años, de buena fe, ejerciendo su representada en

dicho inmueble actos de legítima dueña, tales como sembrar árboles

frutales, reparar sus cercas a quien todo el vecindario reconoce como

legítima dueña del inmueble antes descrito.

Dicho inmueble está valuado en la suma de un mil trescientos

dólares de los Estados Unidos de América, y el mismo inmueble no

tiene nombre conocido.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: USULUTAN, a los

quince días del mes de mayo del dos mil doce.- Lic. JOSÉ ANTONIO

GÁMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MIRNA MARISOL SIGARÁN

HERNÁNDEZ, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 741-3

TiTUlo DE DoMiNio

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta oficina se presentó la Licenciada FRI-

DA MARLENI GONZALEZ CAMPOS, en su calidad de Procuradora

Auxiliar de la Procuradora General de la República, y en representación

de los señores SONIA MARIBEL MEDINA ZELAYA, de cuarenta

y ocho años de edad, de oficios domésticos, y JOSE ALFREDO

VASQUEZ MEDINA, de veinticuatro años de edad, Estudiante, ambos

de este domicilio, con Documentos únicos de Identidad Números por

su orden: Cero tres millones ochocientos setenta y tres mil quinientos

cuarenta y cuatro guión tres, y cero tres millones novecientos cuatro

mil doscientos noventa y siete guión cuatro, solicitando a favor de sus

representados Título de Dominio de un inmueble de naturaleza urbana

situado en la Colonia Milagro de La Paz, Avenida Cisneros, número

cuatro, jurisdicción, Distrito y Departamento de San Miguel, de la

extensión superficial de: CIENTO SIETE PUNTO SESENTA Y DOS

METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL

NORTE: once metros, colinda con inmueble propiedad de la señora Blanca

Reina Zelaya Trejo; AL ORIENTE: diez metros veinticinco centímetros,

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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396Calle de por medio, colinda con inmueble propiedad del señor Gabriel

Membreño Castro, pared de bloque propiedad de los solicitantes; AL

SUR: diez metros veinticinco centímetros, Calle de por medio, colinda

con inmueble propiedad de los señores María Luisa Sánchez Zelaya

y Gabriel Enrique Gutiérrez Rivas, muro de bloque propiedad de los

solicitantes; y AL PONIENTE: cuarenta metros, colinda con inmuebles

propiedad de la señora Rosa Aminta Cruz, pared de ladrillo propiedad

de la colindante.- En el inmueble antes descrito existe construida una

casa de sistema mixto y demás servicios necesarios.- Dicho inmueble

no es ejidal, baldío, comunal, no es dominante, ni sirviente, no tiene

carga o derecho real que pertenezca a persona distinta a la poseedora

ni está en proindivisión con nadie, y lo valúan en la cantidad de UN

MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA.- Y lo adquirió mediante compra venta verbal en el año dos

mil siete, que le hizo a la señora BLANCA REINA ZELAYA, mayor de

edad, de oficios domésticos, de este domicilio.- Que la posesión material

que han ejercido y ejercen actualmente los poseedores sumada a la de

su antecesora data más de trece años y sigue siendo en forma quieta,

pacífica, e ininterrumpida y sin clandestinidad alguna. Los colindantes

son de este domicilio, lo que se avisa al público para los efectos de

Ley.

ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, a los veintiséis días del

mes de junio del año dos mil doce.- JOSE WILFREDO SALGADO

GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. JOSE ANGEL FERMAN

ZETINO, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 742-3

HErENcia YacENTE

DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas treinta minutos

del día tres de julio de dos mil doce, se ha declarado YACENTE la heren-

cia intestada que a su defunción dejó el señor CLEMENTE ROMERO,

quien fue de noventa y tres años de edad, agricultor en pequeño, soltero,

originario de la Ciudad de Sesori, hijo de ELENA ROMERO; y falleció

el día veintiséis de noviembre de mil novecientos noventa y seis, siendo

Sesori el lugar de su último domicilio; y se nombró Curadora Especial

para que represente la sucesión del señor CLEMENTE ROMERO, a

la Licenciada HILDA MARGARITA GUZMAN GOMEZ, a quien se

le hizo saber este nombramiento para su aceptación, protesta y demás

efectos de Ley.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, San Miguel:

a las ocho horas treinta y un minutos del día tres de julio de dos mil doce.-

LIC. DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE

LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN MIGUEL.- LIC. IVONNE JULISSA

ZELAYA AYALA, SECRETARIA DE ACTUACIONES.

Of. 3 v. alt. No. 748-3

CARLOS JOSE MENDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.

HACE SABER: Que en este Tribunal, se ha presentado la Licencia-

da JULIA LISSETH PINEDA CASTRO, en su concepto de Defensora

Pública de Derechos Reales y Personales de la Procuraduría General de

la República; pidiendo se Declare Yacente, la herencia de los bienes que

a su defunción dejó el señor JOSE EFRAIN ORTIZ HENRIQUEZ, quien

fue de veintiocho años de edad, soltero, mecánico, del domicilio de San

Sebastián Salitrillo, fallecido a las veintitrés horas con treinta y cinco

minutos, del día veintiocho de junio de dos mil once, en Final Avenida

Honduras, Lotificación San Mauricio, Santa Rosa de la Jurisdicción de

San Sebastián Salitrillo, correspondiente a este Distrito Judicial; sin

haber formulado Testamento alguno y hasta la fecha, no se ha presentado

ninguna persona, aceptando o repudiando dicha herencia, por lo que se

ha Declarado Yacente la Herencia, habiéndose nombrado Curador de

la misma, al Licenciado MARVIN ERNESTO ROJAS RODRIGUEZ,

a quien se le juramentó y se le discernió el cargo.

Lo que se pone al conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las catorce horas

y quince minutos del día veintiséis de junio de dos mil doce.- LIC.

CARLOS JOSE MENDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL DE

CHALCHUAPA.- LIC. HENRY OVIDIO GARCIA RODRIGUEZ,

SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 749-3

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39DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012.

DEclaraToria DE HErENcia

RAFAEL ALONSO MORALES, Notario, de este domicilio, con Oficina

en Condominio Metro España, Local F-3-A, ubicado en Avenida España,

San Salvador, al público.

HACE SABER: Que por resolución dictada por el suscrito, a las

10:00 horas del día once de julio 2012, se ha tenido por aceptada y con

beneficio de inventario, la herencia Testamentaria dejada por Hena

Mercedes Contreras, conocida por Ana Mercedes Contreras Hasfura, por

Ena Mercedes Contreras, y por Ena Mercedes Contreras Hasfura ahora

de Mejía, ocurrida a las 05:00 horas del día 1/1/2012, en Soyapango,

su último domicilio, de parte de ALFONSO MEJIA CONTRERAS, en

concepto de heredero testamentario de ésta.

En consecuencia, se ha concedido al heredero declarado, la repre-

sentación y administración definitivas de la sucesión, sin más restricciones

que las que regla la Ley.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en San Salvador, el 11 de julio de 2012.

LIC. RAFAEL ALONSO MORALES,

NOTARIO.

1 v. No. C003077

RAFAEL EDUARDO MENÉNDEZ CONTRERAS, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE LA CIUDAD DE ARMENIA, departamento

de Sonsonate.

HACE SABER: Que a las nueve horas de este día, se emitió reso-

lución en la cual se tuvo por declarada Heredera Definitiva abintestato y

con beneficio de inventario a la señora Francisca Teresa Escalón Acosta,

en calidad de hija sobreviviente del causante y cesionaria de los dere-

chos hereditarios que le correspondían al señor Fidel Federico Escalón

Acosta, hijo sobreviviente del causante Agustín Acosta Pineda, quien

fue de ochenta años de edad a su fallecimiento, casado, agricultor en

pequeño, de nacionalidad Salvadoreña, hijo de Fidel Acosta y Francisca

SeCCION CARTeLeS pAGADOSde priMera publicación

Pineda, quien falleció el día 11 de noviembre del año 2005, en Segunda

Avenida Norte número 2-11 de Sacacoyo, departamento de La Libertad,

originario y del domicilio de Sacacoyo, departamento de La Libertad.

Y se tuvo por conferida a dicha aceptante en la calidad referida, la

administración y representación definitiva de la sucesión.

Lo que se avisa al público en general para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de

Armenia, departamento de Sonsonate, a los veinte días del mes de

abril del año dos mil doce..- LIC. RAFAEL EDUARDO MENENDEZ

CONTRERAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. RAFAEL

ANTONIO CUELLAR ANGEL, SECRETARIO.

1 v. No. C003100

LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución emitida por este Tribunal, a las ocho

horas cincuenta minutos de este día, se ha declarado heredera abintestato

con beneficio de inventario del causante señor CESILIO ALFONSO

GALAN, conocido por CECILIO ALFONSO GALAN POLANCO

y por ALFONSO GALAN POLANCO, quien falleció el día doce de

diciembre del año dos mil ocho, a la edad de ochenta y un años, siendo

su último domicilio el de esta ciudad, a la señora ENCARNACION

GARCIA viuda DE GALAN, en su concepto de cónyuge sobreviviente

del referido causante.

Confiérasele a la heredera declarada, en el concepto antes dicho, la

Administración y Representación Definitiva de la indicada sucesión.

Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.

Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento de Sonsonate,

a los dieciocho días del mes de junio del año dos mil doce.- LIC. ROBERTO

RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA.

SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ, SECRETARIO.

1 v. No. C003102

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40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo de

Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos de

Ley.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Tribunal,

a las quince horas y cincuenta minutos del día veinte de febrero del dos

mil doce, SE HA DECLARADO HEREDERA EN FORMA DEFINI-

TIVA CON BENEFICIO DE INVENTARIO, DE LA HERENCIA

INTESTADA, que a su defunción dejó el causante DOLORES GUZMAN

GOMEZ, a la señora MARIA DEL ROSARIO FLORES DE VASQUEZ,

de cincuenta años de edad, de oficios domésticos, del domicilio de El

Divisadero, departamento de Morazán, portador de su Documento único

de Identidad Personal número cero un millón ochocientos dos mil cua-

trocientos diez guión siete; y con Número de Identificación Tributaria un

mil trescientos diecinueve guión cero veintiún mil sesenta guión ciento

uno guión ocho; como cesionaria de los derechos que le correspondían

a la señora María Ofelia Gómez de Guzmán, hoy viuda de Guzmán, ésta

en calidad de cónyuge sobreviviente del causante, quien a la fecha de

su fallecimiento era de sesenta y tres años de edad, casado, agricultor

en pequeño, originario y del domicilio de Gualococti, Departamento de

Morazán, de nacionalidad Salvadoreña; falleció el día dos de julio de

dos mil diez, en la Colonia Morazán, de la Jurisdicción de San Francisco

Gotera, Departamento de Morazán, siendo éste el lugar de su último

domicilio.

Se le confirió a la heredera declarada antes mencionada y en la

forma establecida la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION

DEFINITIVA DE LA SUCESION.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco

Gotera, a las quince horas y cincuenta y cinco minutos del día veinte

de febrero del dos mil doce.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN

URQUILLA, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA.

ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA.

1 v. No. C003103

LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo de

Primera Instancia, de este Distrito Judicial, al público para efectos de

Ley.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Tribunal, a

las quince horas y veinte minutos del día cinco de junio del dos mil doce,

SE HA DECLARADO HEREDERO EN FORMA DEFINITIVA CON

BENEFICIO DE INVENTARIO, DE LA HERENCIA INTESTADA,

que a su defunción dejó el causante EDGAR RENE HERNANDEZ, al

señor MARVIN RAFAEL MACHUCA HERRERA, de cuarenta y dos

años de edad, comerciante, del domicilio de Meanguera, Departamento

de Morazán, con Documento único de Identidad número cero cuatro

millones trescientos sesenta mil cincuenta y dos guión dos, y Tarjeta

de Identificación Tributaria número un mil trescientos dos guión ciento

ochenta mil trescientos sesenta y ocho guión ciento uno guión uno; como

cesionario de los Derechos Hereditarios que le correspondían al señor

RENE ESAU HERNANDEZ HERNANDEZ, en calidad de hijo del

causante, quien a la fecha de su fallecimiento era de sesenta y cuatro años

de edad, divorciado, originario de Lolotiquillo, San Francisco Gotera,

Departamento de Morazán, de nacionalidad Salvadoreña; falleció el día

doce de noviembre del dos mil diez, en el Parqueo del Hospital Nacional

de esta ciudad, siendo Caserío Los Romeros, Cantón El Triunfo, de la

Jurisdicción de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, siendo

éste el lugar de su último domicilio.

Se le confirió al heredero declarado antes mencionado y en la

forma establecida la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION

DEFINITIVA DE LA SUCESION.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Fran-

cisco Gotera, a las quince horas y cuarenta minutos del día seis de junio

del dos mil doce.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA,

JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. KARINA

ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA INTERI-

NA.

1 v. No. C003105

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-

PARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO PARA EFECTOS

DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado, a

las once horas y cinco minutos del día seis de junio del dos mil doce,

SE HA DECLARADO HEREDERO DEFINITIVO Y CON BENEFI-

CIO DE INVENTARIO DE LA HERENCIA INTESTADA que a su

defunción dejó el causante CONCEPCION ARGUETA NOLASCO; al

señor DAVID CONCEPCION ARGUETA MOLINA, de diecinueve

años de edad, estudiante, del domicilio de San Fernando, Departamento

de Morazán, con Documento único de Identidad Número cero cuatro

millones quinientos ochenta y seis mil cuatrocientos veintisiete- nueve,

y Número de Identificación Tributaria un mil trescientos dieciocho-cero

setenta mil trescientos noventa y dos-ciento uno-seis: como cesionario

de los derechos hereditario que les correspondían a los señores MARIA

PAULA MOLINA DE ARGUETA, en calidad de cónyuge y LUIS

ALONSO ARGUETA MOLINA, como hijo del causante; quien a la

fecha de su fallecimiento fue de noventa y un años de edad, casado,

Agricultor, originario de San Fernando Morazán, hijo de José Marto

Argueta y de Ercilia Nolasco; falleció el día diecinueve de noviembre

del dos mil tres, en San Fernando, Departamento de Morazán; siendo

este lugar su último domicilio.

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41DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. Se le confirió al heredero declarado antes mencionado y en la

forma establecida, la administración y representación definitiva de la

sucesión.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco

Gotera, Morazán, a los seis días del mes de junio del dos mil doce.- LIC.

JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ SEGUNDO DE

PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS

DE NAVARRO, SECRETARIA INTERINA.

1 v. No. C003107

LICDA. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO

DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-

PARTAMENTO DE MORAZAN.

AVISA: Que por resolución pronunciada en este Juzgado, a las

quince horas y cuarenta minutos de este día, se ha declarado HEREDERO

DEFINITIVO y con beneficio de inventario al señor JACOBO VIGIL

SANCHEZ, conocido por JACOBO VIGIL, de cuarenta y cinco años

de edad, agricultor, del domicilio del Barrio El Calvario, de Chilanga,

departamento de Morazán, con Documento único de Identidad número

cero tres millones quinientos siete mil cuatrocientos treinta y siete-siete,

y con Tarjeta de Identificación Tributaria número un mil trescientos

cuatro- doce cero uno sesenta y seis-ciento uno - cero; de la herencia que

en forma intestada dejó la señora ANTONIA MARTINEZ DE VIGIL,

conocida por ANTONIA MARTINEZ, de cuarenta y dos años de edad,

casada, de oficios domésticos, originaria de Guatajiagua, departamento

de Morazán, hija de Juana Francisca Sánchez, y de Francisco Martínez,

quien falleció a las diecinueve horas del día nueve de enero de dos mil

diez, en el Hospital San Juan de Dios, de la ciudad de San Miguel, siendo

su último domicilio el Municipio de Chilanga, de este departamento; en

concepto de cónyuge de la mencionada causante.

Se le ha conferido al mencionado aceptante en la calidad expresada,

la administración y representación DEFINITIVA, de dicha sucesión,

con las facultades y restricciones de Ley.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a

las quince horas y cincuenta minutos del día quince de junio de dos

mil doce. LICDA. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA

PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. YESENIA ROSIBEL

VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

1 v. No. C003108

LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL, DEL

DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ROSA DE LIMA, Departamento

de La Unión, al público para los efectos de Ley.

AVISA: Que por resolución de las once horas y treinta minutos

del día veintiuno de junio del corriente año, se les declaró herederos

expresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada

que al fallecer a las doce horas del día once de junio de mil novecientos

noventa y seis, en el Cantón Carbonal, de la Jurisdicción de Anamorós,

de este Distrito, Departamento de La Unión, su último domicilio, dejó la

causante Sabina Cruz, de parte de los señores Gerardo Cruz Cruz y José

Rodolfo Cruz Cruz, en concepto de hijos sobrevivientes de la referida

causante, de conformidad con el Artículo 988 Numeral 1° C.C.

Se les confiere a los aceptantes en el carácter dicho la administración

y representación DEFINITIVA de los bienes de la indicada sucesión.

Dése el aviso de Ley y oportunamente extiéndase la Certificación

correspondiente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, Departa-

mento de La Unión, a los veintiséis días del mes de junio de dos mil doce.

LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA.

MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.

1 v. No. C003110

LICDA. MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SA-

NABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATEPE-

QUE, AL PúBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que por resolución dictada a las catorce horas con cuarenta

y cuatro minutos del día quince de junio de dos mil doce, se han decla-

rado herederos definitivos y con beneficio de inventario de la herencia

intestada que a su defunción dejara el señor CELESTINO TORRES,

conocido por CELESTINO TORRES SANDOVAL, habiendo fallecido

el día veintiuno de octubre de dos mil cuatro, siendo esta ciudad su último

domicilio, a los señores JORGE ALBERTO ELÍAS TORRES, DANIEL

ELÍAS TORRES, MARIO ELÍAS TORRES, MARTA LILIAN TO-

RRES ELÍAS, FRANCISCO ELÍAS TORRES y ALFREDO TORRES

ELÍAS, en calidad de hijos del causante

Y se ha conferido a los herederos declarados la administración y

representación definitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque, a las

ocho horas y treinta minutos del día veinte de junio de dos mil doce.- LI-

CDA. MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ANA LETICIA ARIAS

ZETINO, SECRETARIO.

1 v. No. F045615

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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,

al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas con veinti-

cinco minutos del día de hoy, se ha declarado heredera abintestato con

beneficio de inventario de los bienes que a su defunción dejó el señor

FERNANDO CHOTO LOPEZ, quien fue de ochenta y cinco años de

edad, agricultor en pequeño, salvadoreño, casado, originario de Tecoluca,

departamento de San Vicente, con Número de Identificación Tributaria:

un mil once-cero cuarenta mil veinticinco-ciento uno-siete, falleció el

día diez de marzo del dos mil once, en Tecoluca, departamento de San

Vicente, en este Distrito Judicial, lugar de su último domicilio, a la

señora MARIELA DEL PILAR CHOTO DE GAMEZ, de treinta y tres

años de edad, Contador, del domicilio de Tecoluca, departamento de San

Vicente, con Documento único de Indentidad número: cero uno seis

siete cero tres siete siete-uno; y Número de Identificación Tributaria: mil

once-doscientos veinte mil ochocientos setenta y siete-ciento uno-cero,

en concepto de cesionaria del derecho hereditario que en dicha suce-

sión correspondía a la señora LYDIA DE LA PAZ CHOTO FLORES,

concoida por LYDIA DE LA PAZ FLORES y por LIDIA DE LA PAZ

FLORES, en concepto de cónyuge del causante.

Y se ha conferido a la heredera declarada la administración y

representación definitivas de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veinte días del

mes de diciembre del dos mil once.- DRA. ANA FELICITA ESTRADA,

JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,

SECRETARIA.

1 v. No. F045634

CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.

AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las catorce

horas y treinta y nueve minutos de este día, se ha declarado HEREDERA

DEFINITIVA y con Beneficio de Inventario, de la Herencia Intestada de

los bienes que a su defunción dejó el señor RAFAEL ZAPATA, conocido

por RAFAEL ZAPATA GRANADOS, quien fue de ochenta años de

edad, comerciante, casado, de nacionalidad salvadoreña, originario y del

domicilio del municipio y departamento de San Miguel, hijo de Baltazar

Granados y Ana Julia Zapata; fallecido a las dieciocho horas y cincuenta

minutos del día veinte de septiembre de mil novecientos noventa y cinco,

en el Barrio San Francisco, de la ciudad de San Miguel, departamento del

mismo nombre, siendo este municipio su último domicilio; a la señora

MARIA JOSEFA ZAPATA GONZÁLEZ, ésta en calidad de hija del

causante.

Se le ha conferido a la aceptante en el carácter aludido la adminis-

tración y representación definitiva de la sucesión.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos

legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL: SAN MIGUEL, a las catorce horas y cuarenta y cin-

co minutos del día veinticinco de junio del año dos mil doce.- LIC.

CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL.- LICDA. CLELIS DINORA LAZO ANDRADE,

SECRETARIA.

1 v. No. F045639

ELBA ETELVINA AQUINO LOPEZ, Notario, con oficina en Cond.

Monte María, Número dos mil novecientos cuatro, Primera Calle Poniente,

entre la Cincuenta y Dos y Cincuenta y Siete Avenida Norte, Edificio

"C", Tercera Planta, Apartamento No. 1, San Salvador.

HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia

Testamentaria, seguidas por la señora LAURA ELVIRA GUZMAN

PONCE, ante los oficios de la Infrascrita Notario, por resolución

dictada a las siete horas con quince minutos del día doce de julio de

dos mil doce, se ha declarado heredera con beneficio de inventario del

señor ERNESTO TEJADA GUZMAN, fue conocido por ERNESTO

GUZMAN TEJADA y por ERNESTO GUZMAN, falleció en Calle

El Progreso, Casa Número Ochenta y Uno, Mejicanos, Departamento

de San Salvador, el día veinticinco de julio de dos mil once, siendo su

último domicilio el de Mejicanos, Departamento de San Salvador, en

su carácter de hija sobreviviente del causante.

Confiriéndosele a la heredera declarada, la representación y admi-

nistración definitiva de la sucesión.

Librado en la ciudad de San Salvador, a los doce días del mes de

julio de dos mil doce.

ELBA ETELVINA AQUINO LOPEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F045680

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43DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. ELBA ETELVINA AQUINO LOPEZ, Notario, con oficina en Cond.

Monte María, Número Dos mil novecientos cuatro, Primera Calle Ponien-

te, entre la cincuenta y dos y cincuenta y siete Avenida Norte, Edificio

“C”, Tercera Planta, Apartamento No. 1, San Salvador.

HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia

Intestada, seguidas por la señora MIRZA LISETH CORDOVA GARCIA,

ante los oficios de la Infrascrita Notario, por resolución dictada a las siete

horas con treinta minutos del día doce de julio de dos mil doce, se ha

declarado heredera, con beneficio de inventario, de la señora JUANA

VASQUEZ, fue conocida por JUANA VASQUEZ GARCIA y por JUA-

NA MARIA GARCIA, falleció en Calle El Progreso, Número Treinta

y cuatro, Cuscatancingo, Departamento de San Salvador, el día cinco

de marzo de dos mil diez; siendo su último domicilio Cuscatancingo,

Departamento de San Salvador, en su carácter de hija sobreviviente de

la causante; confiriéndosele a la heredera declarada, la representación

y administración definitiva de la sucesión.

Librado en la Ciudad de San Salvador, a los doce días del mes de

julio de dos mil doce.

ELBA ETELVINA AQUINO LOPEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F045681

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las

nueve horas y cuarenta minutos de este día, se han declarado herederos

definitivos con beneficio de inventario en la herencia intestada que a su

defunción dejó la causante señora VICTORIA GLADIS BARRERA

CAMPOS, conocida por VICTORIA GLADIS BARRERA y por VIC-

TORIA GLADIS BARRERA DE VASQUEZ, ocurrida el día veintidós

de octubre del año dos mil once, en el Hospital Guadalupano de esta

Ciudad, siendo esta ciudad su último domicilio, a los señores CARLOS

ROBERTO GARCIA BARRERA, de veinte años de edad, soltero,

Estudiante, del domicilio de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán,

portador de su Documento único de Identidad Número cero cuatro seis

dos dos cero tres dos-uno y Número de Identificación Tributaria cero

siete cero dos-uno uno uno dos nueve uno-uno cero tres-tres; HEYSOL

RUBIDIA HERNADEZ BARRERA, de veinticinco años de edad, soltera,

de oficios domésticos, del domicilio de Cojutepeque, Departamento de

Cuscatlán, portadora de su Documento único de Identidad Número cero

cuatro uno dos siete cero seis cinco-seis, y Número de Identificación

Tributaria: cero siete cero dos-dos cinco uno cero ocho seis-uno cero

tres-cuatro; CRISTIAN FLORIDALMA BARRERA TORRES, de

treinta y dos años de edad, soltera, de oficios domésticos, del domicilio

de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, portadora de su Documento

único de Identidad Número cero dos cinco tres seis dos uno ocho-cuatro

y Número de Identificación Tributaria: cero siete cero dos-uno tres cero

seis siete nueve-uno cero cinco-cinco, y GUILLERMO BARRERA

MUÑOZ, de treinta y seis años de edad, soltero, Mecánico, del domicilio

de San Miguel, Departamento de San Miguel, con Documento único

de Identidad Número: cero dos cuatro siete uno dos cero cuatro-tres y

Número de Identificación Tributaria: cero siete cero dos-uno cero cero

tres siete seis-uno cero dos-uno, en sus carácter de hijos de la referida

causante.

Habiéndosele conferido a los herederos declarados la administración

y representación definitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las diez horas

del día once de julio del año dos mil doce.- LIC. MANUEL PAZ CA-

NALES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE ORLANDO BELTRAN

MEJIA, SECRETARIO.

1 v. No. F045714

DANIEL ELOY GOMEZ, Notario, de este domicilio, con Oficina situada

en Avenida San Lorenzo, Número Ciento Quince, Colonia El Refugio,

de esta ciudad, al público.

HACE SABER: Que por resolución emitida a las once horas del

día ocho de junio del año dos mil doce, han sido declarados herederos

testamentarios con beneficio de inventario, la señora MARIA CRISTINA

MORALES DE ALLEN y al Doctor JORGE ALBERTO MORALES

ZELAYA; de la herencia testamentaria que a su defunción ocurrida el

día veintitrés de marzo del año dos mil diez en esta Ciudad, lugar de

su último domicilio, dejó la señora BERTA ANGELICA ZELAYA

LOBOS, conocida socialmente por BERTA ANGELICA ZELAYA,

BERTA ZELAYA, y por BERTA ANGELICA ZELAYA DE MORA-

LES, en concepto de herederos testamentarios, de la expresada causante;

y se les ha conferido a los aceptantes la administración y representación

definitiva de la sucesión con las facultades de Ley.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos

legales consiguientes.

Librado en la Ciudad de San Salvador, a los doce días del mes de

julio del año dos mil doce.

DR. DANIEL ELOY GOMEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F045721

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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA.

AVISA : Que por resolución proveída por este Tribunal, a las once

horas y seis minutos del día dos de julio del presente año; SE DECLARO

HEREDERAS DEFINITIVAS ABINTESTATO CON BENEFICIO DE

INVENTARIO, a las señoras: MARIA DELFIDA RAMOS CRUZ, de

cincuenta y ocho años de edad, Ama de Casa, del domicilio de Apopa,

con Número de Identificación Tributaria: Cero quinientos veinte - cero

cincuenta mil doscientos cincuenta y cuatro - ciento uno - cero; como

Cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a la se-

ñora VANESSA LISSETH GONZALEZ RAMOS, en calidad de hija

del Causante; JACQUELINE MARIBEL GONZALEZ viuda DE

HERNANDEZ, de veinticinco años de edad, Empleada, del domicilio

de Apopa, con Número de Identificación Tributaria: Cero seiscientos

catorce - doscientos diez mil novecientos ochenta y seis - ciento cincuenta

y siete - cero; en calidad de Hija del Causante; y VANESSA LISSETH

GONZALEZ RAMOS, de veintisiete años de edad, Empleada, del

domicilio de Apopa, con Número de Identificación Tributaria: Cero

seiscientos catorce - ciento cincuenta y un mil ochenta y cuatro - ciento

cuarenta y dos - cero; como Cesionaria de los derechos hereditarios que

le correspondían a la señora MARIA LORENZA RAMIREZ RAMIREZ,

de ochenta y ocho años de edad, de Oficios Domésticos, del domicilio de

Santa Ana; en calidad de Madre del Causante; de la Herencia Intestada

que a su defunción dejó el señor ROBERTO DAVID GONZALEZ, quien

fue de cincuenta y tres años de edad, Contador, Soltero, con Número de

Identificación Tributaria: Cero doscientos diez - cero diez mil novecien-

tos cuarenta y seis - cero cero seis - cero; fallecido en San Salvador, el

día dos de agosto del año dos mil; siendo la ciudad de Apopa su último

domicilio.

Y se les confirió a las herederas declaradas en el carácter indicado,

la administración y representación definitiva de los bienes de la suce-

sión.

Lo que se hace del conocimiento al público, para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las once horas y

veinticinco minutos del día dos de julio del año dos mil doce.- DRA.

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA.- LIC. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ,

SECRETARIO.

1 v. No. F045723

IRMA ARACELY FLORES ALVAREZ, Notario, del domicilio de la

Ciudad de San Salvador, con Oficina Notarial en Residencial Toscana,

Calle C, casa 5-D, Ciudad de San Salvador.

AVISA: Que por resolución de la suscrita Notario, proveído en esta

ciudad, a las diecisiete horas del día tres del presente mes y año, se ha

DECLARADO HEREDEROS DEFINITIVOS CON BENEFICIO DE

INVENTARIO, en la herencia intestada que a su defunción ocurrida en

la Ciudad y Departamento de San Salvador, siendo su último domicilio

Ciudad Delgado, Departamento de San Salvador, el día veintitrés de

junio del año dos mil once, dejará la señora IRMA ELENA PINEDA

DE GUTIERREZ, conocida por IRMA ELENA PINEDA, a los se-

ñores TERESA ELIZABETH GUTIERREZ PINEDA, JOSE LUIS

GUTIERREZ PINEDA, JULIO CESAR GUTIERREZ PINEDA, en

su calidad de hijos de la referida causante, habiéndoseles conferido la

administración y representación definitiva de la Sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la Ciudad de San Salvador, el día tres de julio de dos

mil doce.

LIC. IRMA ARACELY FLORES ALVAREZ,NOTARIO.

1 v. No. F045727

JUAN JOSE GUZMAN CASTILLO, Notario, de este domicilio, con

oficina ubicada en la treinta y ocho, Avenida Norte, Número ciento

dieciocho de esta Ciudad.

HACE SABER: Al público que por resolución definitiva del sus-

crito Notario, proveída a las dieciséis horas del día nueve de julio del

dos mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio

de inventario, la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en el

Hospital Nacional de la Ciudad de Sonsonate, el día ocho de Agosto del

año dos mil nueve, siendo éste su último domicilio, dejó el señor JOSE

ANTONIO FLORES de parte de la señora HEIDI IVETH FLORES

LOPEZ, en concepto de hija sobreviviente del causante, habiéndosele

conferido la administración y representación definitiva de la referida

sucesión, por lo que se AVISA al público para los efectos de Ley.

Librado en la oficina del suscrito Notario. En la Ciudad de San

Salvador, a las quince horas con cuarenta y cinco minutos del día diez

de julio del año dos mil doce.

JUAN JOSE GUZMAN CASTILLO,

NOTARIO.

1 v. No. F045730

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45DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. WALTER ARMANDO CALDERON MARTINEZ, Notario, del domici-

lio de San Salvador, con oficina jurídica ubicada en Octava Avenida Sur,

Pasaje La Favorita, Número dieciocho, de la Ciudad de Santa Tecla.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las ocho horas del día diez de julio del presente año, se ha declarado

al señor JOSE ARISTIDES DURAN CHAVEZ, Heredero Definitivo

con Beneficio de Inventario de la herencia intestada de los bienes que

a su defunción dejó el señor PABLO DE PAZ, conocido por JUAN

PABLO DURAN PAZ, JUAN PABLO DURAN, JUAN PABLO DU-

RAN DE PAZ, PABLO DURAN DE PAZ y por PABLO PAZ, quien

fue de sesenta y dos años de edad, originario de Antiguo Cuscatlán,

Departamento de La Libertad, Mecánico, casado, quien falleció en el

Centro Médico Quirúrgico “Climosal”, de la Ciudad de Santa Tecla,

Departamento de La Libertad, el día dieciséis de febrero del año mil

novecientos noventa y nueve, a consecuencia de edema agudo de pul-

món, paro cardio-respiratorio, siendo su último domicilio la Ciudad de

Colón, Departamento de La Libertad; en su calidad de hijo del causante

antes mencionado y como cesionario de los derechos hereditarios que le

transfirieron los señores Anita Chávez viuda De De Paz, Dinora Gladis

De Paz De Osorio y Daniel De Paz Chávez, la primera en su calidad de

cónyuge y los siguientes en su calidad de hijos del causante, habiéndosele

conferido al heredero la representación y administración DEFINITIVA

de la referida Sucesión.

Por lo que se avisa al público, para los efectos de Ley.

Librado en la Ciudad de Santa Tecla, a diez días del mes de julio

del año dos mil doce.

WALTER ARMANDO CALDERON MARTINEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F045739

acEPTacioN DE HErENcia

ERNESTO MORALES FLORES, Notario, de este domicilio, con ofi-

cina ubicada en Calle José Francisco López, No. C-12, de la Ciudad de

Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveí-

do, a las nueve horas y treinta minutos del día dieciocho de junio del

presente año, se ha tenido por aceptada de parte de la señora MARIA

LIDIA MARTINEZ viuda DE GONZALEZ conocida por MARIA

LIDIA MARTINEZ y por MARIA LIDIA GONZALEZ MARTINEZ

viuda DE GONZALEZ, en su concepto de madre sobreviviente; expre-

samente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su

defunción, dejara el causante señor GERMAN ANTONIO GONZALEZ

MARTINEZ conocido por GERMAN ANTONIO GONZALEZ, ocurrida

el día dieciséis de septiembre del año de mil novecientos noventa y uno,

en la Ciudad de San Bartolomé, Perulapía, Departamento de Cuscatlán;

y en concepto de madre sobreviviente del causante, se le ha conferido la

administración y representación interina de la sucesión, con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida

oficina en el término de quince días contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la oficina del Notario ERNESTO MORALES FLORES,

en la Ciudad de Cojutepeque, a las once horas, del día veinticinco de

junio del año dos mil doce.

ERNESTO MORALES FLORES,

NOTARIO.

1 v. No. F045696

CARLOS NEFTALI MORAN CASTILLO, Notario.

HACE SABER: Que por resolución proveída, a las nueve horas

del día treinta de Abril de dos mil doce, se ha tenido por aceptada expre-

samente y con Beneficio de Inventario, la Herencia Ab-Intestato, que a

su defunción el día trece de febrero de dos mil doce, siendo la Ciudad

de Coatepeque, Departamento de Santa Ana, su último domicilio en El

Salvador, dejara el señor GENOVEL CRUZ VILLALOVO o GENOVEL

CRUZ; de parte de los señores JUANA CRUZ DE CRUZ, MARTA

CRUZ CRUZ, BERTA ALICIA CRUZ CRUZ, JUANA CRUZ CRUZ

y ORLANDO ANTONIO CRUZ CRUZ, en concepto de Herederos,

habiéndoseles conferido la Administración y Representación Interina

de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la

Herencia Yacente.

En consecuencia, se CITA a los que se crean con derecho a la

referida herencia, para que se presenten a la oficina en el termino de

quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del

presente edicto.

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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 Librado en la Oficina del Notario, ubicada en Barrio Las Ánimas,

Kilómetro ochenta y ocho, Carretera Panamericana, Candelaria de la

Frontera, Santa Ana, cuatro de Julio del año dos mil doce.

CARLOS NEFTALI MORAN CASTILLO,

NOTARIO.

1 v. No. F045747

RAFAEL EDUARDO MENENDEZ CONTRERAS, Juez de Primera

Instancia de Armenia, Sonsonate.

HACE SABER: Que a las 15:20 horas de este día se emitió reso-

lución en la cual se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de

inventario la herencia intestada dejada por el señor Juan Gualberto Guzmán

Tobar c/p Juan Walberto Guzmán Tobar, Juan Guzmán y Juan Guzmán

Tobar, quien falleció el día 24 de agosto de 1999 y fue de 57 años de

edad, soltero, jornalero, salvadoreño, originario de Antiguo Cuscatlán,

La Libertad, hijo de Agustín Guzmán María Tovar y María Tobar y con

último domicilio en la Ciudad de Sacacoyo, La Libertad, de parte de

Delmi Jeaneth Guzmán Cañas, hija sobreviviente del causante.

Se nombró interinamente a la persona antes referida administra-

dora y representante de la sucesión del causante, con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se avisa al público en general para que todo aquel que se

crea con derecho a dicha herencia se presente a deducirlo en el termino

de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación del

presente edicto en el Diario Oficial.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de

Armenia, Sonsonate, a los veintidós días del mes de mayo del año dos mil

doce.- LIC. RAFAEL EDUARDO MENENDEZ CONTRERAS, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. RAFAEL ANTONIO CUELLAR

ANGEL, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003104-1

LA INFRASCRITA JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCAN-

TIL DE LA CIUDAD DE SANTA ANA, AL PUBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas trece

minutos del día veintiocho de marzo del año dos mil doce, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia

intestada que a su defunción dejó la causante señora María Secundina

Guevara Murcia c/p María Guevara, quien fue de setenta y seis años

de edad, oficios domésticos, casada, siendo su último domicilio según

partida de defunción El Congo, Departamento de Santa Ana; fallecida

el día veinticinco de agosto de dos mil cuatro, en casa de habitación,

El Congo, Santa Ana de parte del señor Jorge Mejía Rivas, en calidad

de cesionario del derecho hereditario que le correspondía a la señora

REMIGIA GUEVARA MEJIA y al señor Tomás Guevara, por medio de

su Representante Procesal, Licenciado CARLOS ALBERTO RAMOS

AGUILLON; confiriéndosele INTERINAMENTE la administración y

representación de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia Yacente.

En consecuencia, se cita a todas las personas que se crean con

derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley

comparezcan a este Juzgado a deducirlo.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil: Santa

Ana, veintinueve de marzo del año dos mil doce.- LIC. THELMA

ESPERANZA IDALIA ALFARO PERDIDO, JUEZA PRIMERO DE

LO CIVIL Y MERCANTIL.- LIC. JUAN CARLOS ORTEZ PEREZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003106-1

LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA; Juez de lo Civil del Distrito

Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público

para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de las diez

horas y quince minutos del día veinte de junio del dos mil doce. Se

declaró heredero expresamente y con beneficio de inventario de la he-

rencia intestada que al fallecer a las dos horas y cincuenta minutos del

día seis del mes de abril del año dos mil doce, en el Cantón Tizate, de la

jurisdicción de Anamorós de este Distrito, Departamento de La Unión,

su último domicilio dejó la causante María Priscila Hernández Lazo,

conocida por Pricila Hernández y por María Priscila Hernández, de parte

del señor Fredis Rafael Hernández, en concepto de hijo sobreviviente

de la referida causante, de conformidad con el artículo 988 numeral 1°

c.c. Se le confiere al aceptante en el carácter dicho la administración y

representación INTERINA de los bienes de la indicada sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Extiéndase para sus publicaciones los edictos correspondientes.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, Depar-

tamento de La Unión, a los veintidós días del mes de junio de dos mil

doce.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.-

LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003111-1

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47DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las doce

horas cinco minutos del día quince de junio del presente año. Se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia

Testamentaria dejada por la señora TERESA DE JESUS CUELLAR

DE GARCIA, fallecida el día cinco de enero del dos mil doce, siendo

esta ciudad el lugar de su último domicilio, de parte de los señores

OSCAR ANTONIO CUELLAR SEGURA, ANGELA ELIZABETH

CUELLAR DE MAZIN, ANA ELISA CUELLAR VIUDA DE TE-

SORERO y EDUARDO GARCIA, este último en representación del

menor EDUARDO MOISES GARCIA CUELLAR, todos en concepto

de herederos testamentarios de la causante.

Se ha conferido a los aceptantes la administración y representación

interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las once horas del día

veintiséis de junio del dos mil doce.- DR. MARIO MOISA MARTINEZ,

JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE

ESCOBAR, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F045651-1

DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las catorce

horas treinta y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada ex-

presamente y con beneficio de inventario de parte del señor MANUEL

DE JESUS CALDERON HERNANDEZ, de la herencia intestada dejada

a su defunción por la señora EUGENIA DEL CARMEN CALDERON

LOPEZ conocida tributariamente por EUENIA DEL CARMEN CAL-

DERON LOPEZ, quien falleció a las siete horas del día ocho de octubre

del año dos mil diez, en el HOSPITAL NACIONAL ROSALES, SAN

SALVADOR, siendo San Pablo Tacachico su último domicilio, en

calidad de hijo de la causante.

Confiéresele al aceptante expresado en el concepto indicado, la

Administración y Representación Interinas de la indicada sucesión con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Cítese a las personas que se crean con derecho.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a

las catorce horas cincuenta minutos del día veintiocho de junio del año

dos mil doce.- LIC. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA.- LIC. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F045652-1

DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las catorce

horas diez minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente

y con beneficio de inventario de parte de la señora MARIA DEL SO-

CORRO FLORES VIUDA DE VELASQUEZ, de la Herencia Intestada

dejada a su defunción por el Señor JUAN JOSE VELASQUEZ SANTOS,

quien falleció a las nueve horas treinta minutos del día dieciséis de julio

del año dos mil diez, en el Hospital Nacional San Rafael, Nueva San

Salvador, La Libertad, siendo San Pablo Tacachico su último domicilio,

en concepto de esposa sobreviviente del causante.

Confiéresele a la aceptante expresada en el concepto indicado, la

Administración y Representación Interinas de la indicada sucesión con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Cítese a las personas que se crean con derecho.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las

catorce horas treinta minutos del día veinticinco de junio del año dos

mil doce.- LIC. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA.- LIC. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F045653-1

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48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRI-

MERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTA-

MENTO DE MORAZAN.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado

a las catorce horas de este día, SE HA TENIDO POR ACEPTADA

EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO de parte

del señor ORLANDO BONILLA MATA, de treinta y dos años de edad,

Agricultor en pequeño, del domicilio de Sensembra, Departamento de

Morazán, con Documento único de Identidad Número cero tres millo-

nes doscientos dieciocho mil trescientos veinte guión ocho; y Tarjeta

de Identificación Tributaria número Un mil trescientos veintidós guión

doscientos cincuenta mil ochocientos setenta y nueve guión ciento uno

guión tres; de la herencia que en forma intestada dejó el señor ORLANDO

BONILLA ECHEVERRIA, quien fue de sesenta y seis años de edad,

Agricultor, Viudo, originario y del domicilio de Sensembra, departamento

de Morazán, de nacionalidad Salvadoreña, hijo de los señores MARIA

DE LA PAZ ECHEVERRIA y LONGINO BONILLA ECHEVERRIA,

quien falleció a las cinco horas y treinta minutos del día TRECE DE

OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ; en el Cantón El Limón, del

Municipio de Sensembra, Departamento de Morazán; siendo ese el

lugar de su último domicilio; en concepto de HIJO del causante.- Se

ha conferido a los referidos aceptantes en la calidad expresada la Ad-

ministración y Representación INTERINA de dicha sucesión con las

facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.- Y

cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las

catorce horas y cinco minutos del día veinticinco de junio de dos mil

doce.- LICDA. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1º. DE

1ª. INSTANCIA.- LICDA. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE

ZUNIGA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F045655-1

LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, AL PúBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia

intestada que a su defunción dejó la causante ANGELA ABARCA

DE CARCAMO conocida por ANGEL ABARCA, que falleció el día

veintisiete de octubre de dos mil once, en el Hospital Nacional Santa

Teresa de esta ciudad de Zacatecoluca, su último domicilio; por parte

de la señora MARIA ELVIRA CARCAMO conocida por MARIA

ELVIRA CARCAMO ABARCA, en concepto de hija de la causante.

Nómbrase a la aceptante, interinamente, administradora y representante

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con

derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,

comparezcan a este Juzgado a justificar dicha circunstancia.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veintiocho de junio de

dos mil doce. DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.-

JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F045709-1

LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, AL PúBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia

intestada que a su defunción dejó el causante CRISTOBAL MELENDEZ

SILIEZAR conocido por JOSE CRISTOBAL MELENDEZ y por JOSE

CRISTOBAL MELENDEZ SILIEZAR, que falleció el día veintiséis

de diciembre de dos mil once, en el Cantón San Francisco Los Reyes,

de la jurisdicción de Zacatecoluca, su último domicilio; por parte de la

señora NERY DEL TRANSITO DIAZ MELENDEZ, en concepto de

hija del causante. Nómbrase a la aceptante, interinamente, administradora

y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con

derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,

comparezcan a este Juzgado a justificar dicha circunstancia.

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49DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veintiséis de junio de

dos mil doce. DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.-

JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F045713-1

DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL. Al público para efectos

de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas cuarenta minu-

tos del día veintiocho de mayo del presente año, se ha tenido por aceptada

expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que a su

defunción dejó el causante señor VIRGILIO VENTURA ALVAREZ o

VIRGILIO VENTURA; quien fue de sesenta y un años de edad, casado,

fallecido el día dieciséis de septiembre de mil novecientos noventa y dos,

siendo la ciudad de San Miguel el lugar de su último domicilio, de parte

de los señores ANTONIO GONZALES CANALES, JOSE ALONSO

GONZALES CANALES y FLORINDA CANALES, en la calidad de

cesionarios de los derechos que le correspondían a los señores JULIA

MEJIA ZELAYA DE VENTURA y JUAN JOSE VENTURA MEJIA,

cónyuge e hijo sobreviviente del causante, en su orden. Confiriéndose a

los aceptantes en el carácter indicado la administración y representación

INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente. Lo que se hace del conocimiento del

público para los efectos legales consiguientes.

Librado en el JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCAN-

TIL, San Miguel: A las ocho horas cincuenta minutos del día veintiocho

de mayo de dos mil doce.- LICDA. DIANA LEONOR ROMERO DE

REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN

MIGUEL.- LICDA. IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SECRE-

TARIA.

3 v. alt. No. F045717-1

LICENCIADA IRMA GARCIA ORTEZ, NOTARIO, de este domicilio,

con oficina en Colonia Buenos Aires, Boulevard de Los Héroes, Con-

dominio dos mil, local "B" treinta y seis, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrito Notario, proveída

a las ocho horas del día nueve de Junio del año dos mil Doce, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de Inventario la Herencia

Intestada que a su defunción ocurrida en Armenia, Departamento de

Sonsonate, siendo su último domicilio; el día nueve de Enero del año mil

novecientos noventa y tres, dejó la señora FILOMENA MELENDEZ

VIUDA DE PEREZ, de parte de la señora MARIA LAURA MELENDEZ,

en concepto de hija sobreviviente de la causante, habiéndosele conferi-

do la Administración y Representación Interina de la sucesión con las

facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en las oficinas de la Notario IRMA CARCIA ORTEZ, a

las ocho horas del día nueve de Junio del año dos mil doce.

LICDA. IRMA GARCIA ORTEZ,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F045722-1

NORA MARIA AMAYA RIVAS, NOTARIO, de este domicilio, con

oficina ubicada en Setenta y Una Avenida Norte y Tercera Calle Poniente,

número Tres Mil Seiscientos Noventa y Ocho, Colonia Escalón, de la

Ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída

a las quince horas del día nueve de julio de dos mil doce, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia

testamentaria que a su defunción, ocurrida en esta ciudad, a las diez

horas diez minutos del día nueve de mayo de dos mil doce, dejó la señora

ELFA ROXANA CASTRO DE DUKE conocida por ELFA ROXANA

CASTRO DE DUKE LOPEZ, y por ROXANA DE DUKE LOPEZ hoy

viuda DE DUQUE LOPEZ, de parte de la señora CLAUDIA PATRICIA

MARIA DEL CARMEN LOPEZ DE MCANARNEY según número de

identificación tributaria CLAUDIA PATRICIA LOPEZ CASTRO, en

calidad de Heredera Universal según testamento de fecha diecinueve de

agosto de mil novecientos ochenta y siete; y en consecuencia, confiérese

a la aceptante la administración y representación interina de la mencio-

nada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los que

se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la

referida oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente

a la última publicación del presente edicto.

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50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 Librado en la oficina de la Notario NORA MARIA AMAYA

RIVAS. En la ciudad de San Salvador, a las ocho horas del día diez de

julio de dos mil doce.

NORA MARIA AMAYA RIVAS,

NOTARIO.

3 v. c. No. F045623-1

DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas tres minutos

del día veinticinco de abril del año dos mil doce. Se ha tenido por aceptada

expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que a su

defunción ocurrida a las diez horas del día cuatro de enero del año dos

mil ocho, en el Cantón El Tigre, Caserío Los Horcones de Ahuachapán,

su último domicilio, dejó el señor ANGEL CUELLAR conocido por

MIGUEL ANGEL CUELLAR; de parte de los señores JUSTO RUFINO

CUELLAR PÉREZ, DOUGLAS DE JESUS CUELLAR PÉREZ y

CARLOS ORLANDO CUELLAR PÉREZ, en su calidad de hijos del

causante; a quienes se les ha nombrado interinamente representantes y

administradores de la sucesión con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone del conocimiento del público para los fines de ley.

JUZGADO DE LO CIVIL, AHUACHAPAN, a las quince horas

veinte minutos del día veinticinco de abril de dos mil doce.- DR. JULIO

CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. CLAUDIA LELIN

GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA.

3 v. c. No. F045720-1

TiTUlo SUPlETorio

LA SUSCRITO NOTARIO, con oficina en Urbanización Villas de

California, Polígono “C”, número diecisiete, San Miguel.

HACE SABER: Que se ha presentado Jaime Guandique Lara,

mayor de edad, agricultor, del domicilio de Usulután, en su calidad

de mandatario del señor MARIO ALFONZO DINARTE URQUIZA,

de treinta y cinco años de edad, estudiante, del domicilio de Bolívar,

solicitando Título Supletorio de tres porciones de terreno rústicos, que

forman un solo cuerpo, situados en cantón Guadalupe, jurisdicción de

Bolívar, distrito y departamento de La Unión, que se describen así:

PORCION UNO: de la capacidad superficial de SETENTA Y SEIS

MIL CINCUENTA Y SIETE PUNTO NOVENTA METROS CUA-

DRADOS, que mide y linda: LINDERO NORTE, tres tramos: ciento

cincuenta y dos punto diez metros, ciento ocho punto sesenta y dos

metros, y cuarenta y ocho punto cincuenta y ocho metros, linda con

Enrique Dinarte Lazo; LINDERO ORIENTE, tres tramos: veinticuatro

punto veintinueve metros, ciento veintiuno punto veinticinco metros, y

ciento ocho punto veintiséis metros, linda con Porfirio Lazo Sánchez;

LINDERO SUR, tres tramos: doscientos nueve punto noventa y tres

metros, cincuenta y tres punto setenta metros, y veinticinco punto treinta

y cinco metros, linda con Mario Alfonzo Dinarte Urquiza, callejón de por

medio; LINDERO PONIENTE, tres tramos: ciento nueve punto setenta

metros, cincuenta y siete punto cuarenta y un metros, y ciento uno punto

sesenta y nueve metros, linda con Mario Alfonzo Dinarte Urquiza, calle

de por medio; PORCION DOS: de la capacidad superficial de SIETE

MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO PUNTO OCHENTA Y UN

METROS CUADRADOS, que mide y linda: LINDERO NORTE, tres

tramos: veintitrés punto ochenta y un metros, cincuenta y tres punto cero

cuatro metros, y cuarenta y ocho punto diez metros, linda con Rosalía

Dinarte de Lazo; de cuarenta y nueve punto sesenta y ocho metros, linda

con Mario Alfonzo Dinarte Urquiza, callejón de por medio. LINDERO

ORIENTE, cuatro tramos: catorce punto veinticuatro metros, de veintidós

punto treinta ocho metros, treinta punto cincuenta y dos metros, y cuarenta

y dos punto ochenta y nueve metros, linda con Mario Alfonzo Dinarte

Urquiza, calle de por medio; LINDERO SUR, cuatro tramos: setenta y

dos punto trece metros, veintisiete punto treinta metros, de cuarenta y

cuatro punto cincuenta y un metros, y noventa y cuatro punto cincuenta

y dos metros, linda con José Antonio Dinarte; PORCION TRES: de la

capacidad superficial de CINCO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y

TRES PUNTO OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, que

mide y linda: LINDERO NORTE, un tramo de ciento veinticuatro punto

cuarenta metros, linda con Mario Alfonzo Dinarte Urquiza, callejón de

por medio; LINDERO ORIENTE, un tramo de treinta y cuatro punto

diecisiete metros, linda con Porfirio Lazo Sánchez; LINDERO SUR,

dos tramos: dieciséis punto cincuenta y dos metros, y cincuenta y seis

punto cero tres metros, linda con José Antonio Dinarte, cerco de alambre

de por medio; LINDERO PONIENTE, cuatro tramos: cuarenta y nueve

punto sesenta y seis metros, quince punto cuarenta y seis metros; veinte

punto veinte metros, y veinte punto veintinueve metros, linda con Mario

Alfonzo Dinarte Urquiza, calle de por medio.- Dichos inmuebles carecen

de antecente inscrito y los adquirió por venta que le hizo Gerónimo

Dinarte, mayor de edad, agricultor, del domicilio de Bolívar, lo que se

pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.

San Miguel, veinte de junio de dos mil doce.

MIRIAM YOLANDA OLIVA MACHUCA,

NOTARIO.

1 v. No. F045695

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51DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. LICENCIADO ERNESTO ALEXANDER LINARES HIDALGO, No-

tario, del domicilio de Santa Ana, con Despacho Profesional ubicado en

setenta y nueve Avenida Sur, número ciento treinta y ocho, Apartamento

uno, Colonia Escalón, Departamento de San Salvador,

HACE SABER: Que el día uno de octubre del año dos mil once,

a mi oficina se ha presentado el señor MOISÉS CORNEJO PÉREZ, de

cuarenta y cinco años de edad, Licenciado en Ciencias de la Educación,

del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, ha

comparecido ante mis Oficios solicitando se le extienda Título Suple-

torio de un inmueble de naturaleza rural, sin cultivo, de su propiedad,

situado en Cantón San Juan Nahuistepe, sin número, Caserío El Pozo,

de la jurisdicción de San Pedro Nonualco, departamento de La Paz,

cuya denominación Catastral es la siguiente: Parcela ciento diecinueve;

compuesto de NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS PUNTO OCHO

MIL CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS de extensión

superficial, el cual mide y linda: AL NORTE: comprende tres tramos,

el primero de M uno a M dos, con rumbo al Noreste cuarenta y nueve

grados cincuenta nueve minutos cuarenta y siete segundos y una distancia

de seis punto ochenta y cuatro metros; el segundo, de M dos a M tres

con rumbo Sureste cinco grados cincuenta y siete minutos cuarenta y un

segundos; una distancia de diez punto noventa y ocho metros, el tercero

de M tres a M cuatro, con rumbo Noreste setenta y un grados cincuenta

y siete minutos cuarenta y un segundos; una distancia de treinta y cuatro

punto sesenta y cuatro metros; teniendo como colindantes a Berta Alicia

Cornejo de Ortiz, y Noemis Amaya Alemán; AL ORIENTE: compren-

de tres tramos, el primero identificado como M cuatro a M cinco, con

rumbo Sureste catorce grados cincuenta minutos un segundo y una

distancia de doce punto ochenta y tres metros, el segundo de M cinco

a M seis, con rumbo Sureste seis grados diecinueve minutos cuarenta

y cuatro segundos y una distancia de dieciocho punto treinta y cuatro

metros, el tercero de M seis a M siete, con rumbo Sureste treinta y ocho

grados veintiocho minutos dieciséis segundos y una distancia de siete

punto setenta metros; teniendo como colindantes a Reynaldo Eliberto

Henríquez Bernal y otro. AL SUR: comprende dos tramos, el primero

de M siete a M ocho, con rumbo Noreste cincuenta y nueve grados vein-

tiséis minutos ocho segundos y una distancia de dieciséis punto ochenta

y uno metros, el segundo, identificado como M ocho a M nueve, con

rumbo Noreste ochenta y nueve grados veintiséis minutos veinticuatro

segundos y una distancia de treinta y uno punto ochenta y tres metros;

teniendo como colindante a Roberto Cornejo Pérez; AL PONIENTE:

comprende de M nueve a M uno, con rumbo Noreste nueve grados un

minuto dieciséis segundos y una distancia de veintitrés punto setenta y

cinco metros; teniendo como colindante a Pedro Antonio Cornejo Pérez.

Los colindantes son del domicilio del Cantón San Juan Nahuistepeque,

Caserío El Pozo, jurisdicción de San Pedro Nonualco, Departamento

de La Paz. Esta porción tiene una casa con paredes de adobes, techo

de tejas de cuarenta y ocho metros cuadrados, con servicio de energía

eléctrica y de agua por cañería. El terreno descrito no posee antecedente

inscrito, ni es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión con nadie

y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas, y

lo valúa dicho terreno en la suma de DIEZ MIL DÓLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Que desde su adquisición en el

mes de Julio de dos mil siete, sumados a los veinticinco años anteriores

de posesión y por compra efectuada a la señora ANGELA PEREZ DE

CORNEJO, quien es de sesenta y seis años de edad, de Oficios Domés-

ticos, del domicilio de San Pedro Nonualco, Departamento de La Paz;

el compareciente ha poseído el referido terreno y construcciones que

contiene en forma quieta, pacífica, continua y no ininterrumpida por más

de VEINTISIETE AÑOS, pero carece de título de dominio inscrito, por

lo cual comparece ante mis oficios Notariales, para que de conformidad

en lo establecido en al Artículo dieciséis de la Ley del Ejercicio Notarial

de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, seguidos que sean

los trámites que la misma ley señale se extiende a su favor el Título que

se solicita.

Lo que se avisa al público para los fines de Ley.

Librado en la oficina del suscrito Notario, a los once días del mes

de mayo de dos mil doce.

ERNESTO ALEXANDER LINARES HIDALGO,

NOTARIO.

1 v. No. F045744

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-

PARTAMENTO DE MORAZÁN, AL PúBLICO PARA EFECTOS

DE LEY,

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado

FAUSTO NOEL PONCE AMAYA, como Apoderado General Judicial

del señor JOSE ALEXI GARCIA ROMERO, a solicitar a favor de éste

TÍTULO SUPLETORIO sobre un inmueble de Naturaleza Rústica,

situado en el Cantón La Laguna, Jurisdicción de Villa El Rosario,

Departamento de Morazán, de la EXTENSIÓN SUPERFICIAL DE

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52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396SETECIENTOS VEINTE PUNTO SETENTA Y CINCO METROS

CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE, once

metros con el señor José Celso Díaz Argueta; AL ORIENTE, cuarenta

y ocho metros con el señor José Celso Díaz Argueta; AL SUR, veinte

metros calle que conduce hacia Villa El Rosario de por medio; y AL

PONIENTE, cuarenta y cinco metros con la señora Angela Díaz Orellana.

Dicho inmueble lo adquirió por compraventa de posesión material que le

hizo al señor Rocendo Romero Argueta; se estima en el precio de DIEZ

MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Fran-

cisco Gotera, a los dieciséis días del mes de Mayo del Dos Mil Doce.

LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2o. de 1a.

INSTANCIA. LICDA. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003101-1

LIC. CARLOS SANCHEZ LOPEZ, Juez Suplente de Primera Instancia

del Distrito Judicial de San Sebastián, AL PúBLICO: Para los efectos

de ley,

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado en el carácter

de Apoderada General Judicial de la señora Sandra del Carmen Mejía,

la Licenciada Santos Isabel Osorio Barahona; solicitando se le extienda

TÍTULO SUPLETORIO, de un INMUEBLE RúSTICO, situado en

Cantón Santa Lucía, Jurisdicción de San Lorenzo, Departamento de San

Vicente, con una extensión superficial de MIL QUINIENTOS DOS ME-

TROS CUADRADOS, según Denominación Catastral, pero de VEINTE

AREAS, según Testimonio de Escritura Pública de Compraventa, de las

dimensiones y linderos siguientes: AL ORIENTE: Mide veinte metros

y colinda con terreno de Concepción Flores, antes de Silvestre Ángel

Flores, divide cerco de brotones de izote propios, AL NORTE: Mide

veintidós metros, y linda con terreno de la señora Regina Rodríguez,

antes de Arcángel Montoya y Elba Guadalupe Flores Bonilla, divide

cerco de árboles de varias clases, izotes esquineros; AL PONIENTE:

Mide cuarenta y nueve metros, y linda con terreno de Medardo Rivera,

antes de Mariano López Paredes y Santos Toribio López Paredes, divide

cerco de piedra del colindante; y AL SUR: Mide treinta metros y linda

con inmueble de Isabel Córdova, después de Miguel González, hoy

de este último y de Silvestre Ángel, camino vecinal de por medio. El

inmueble antes descrito la señora Sandra del Carmen Mejía, lo obtuvo

por compraventa que le hizo el señor José Rito Mejía Flores, y unido

el tiempo de posesión de la señora Sandra del Carmen Mejía, con la de

su antecesor señor José Rito Mejía Flores, dicha posesión data por más

de veinte años, y actualmente lo valora en el precio de mil doscientos

dólares de los Estados Unidos de América.

Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Sebastián,

Departamento de San Vicente, a las nueve horas del día quince de no-

viembre de dos mil once. LIC. CARLOS SÁNCHEZ LÓPEZ, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE. BR. BESSY CECILIA FABIAN

FUENTES, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F045635-1

LICENCIADA ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA

DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD

BARRIOS.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el señor

MANUEL VASQUEZ BARAHONA, de treinta y cinco años de edad,

empleado, del domicilio del Cantón La Orilla, de la jurisdicción de Ca-

rolina, actualmente con residencia en la Ciudad de Washington, Distrito

de Columbia, de los Estados Unidos de Norte América; por medio de

su Apoderado General Judicial y Especial Lic. JOSÉ VIRGILIO JOYA

MOLINA, solicitando a su favor TÍTULO SUPLETORIO, sobre dos

porciones de terreno de naturaleza rústica, situado en el lugar conocido

como el Cantón “LA ORILLA”, de la Jurisdicción de Carolina, distrito

de Sesori, Departamento de San Miguel, la PRIMERA PORCIÓN, es

de la capacidad superficial de CUATRO MIL SETECIENTOS CIN-

CUENTA Y CUATRO PUNTO CINCUENTA Y SIETE METROS

CUADRADOS, de los rumbos, medidas y colindancias siguientes:

LINDERO NORTE: Partiendo del vértice Nor-Poniente está formado

por dos tramos, con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno con

rumbo sur ochenta y un grados catorce minutos cincuenta y siete segun-

dos Este, con una distancia de veinticuatro punto cero cero metros; y

Tramo dos, con rumbo Norte cincuenta y cuatro grados cuarenta y siete

minutos cincuenta y un segundos Este, con una distancia de cincuenta

y seis puntos sesenta y cuatro metros, colindando por este rumbo con

terrenos de don CUPERTINO BARAHONA. LINDERO ORIENTE:

Partiendo del vértice Nor-Oriente está formado por cinco tramos, con los

siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, con rumbo sur veinticinco

grados veinticuatro minutos diecinueve segundos Este, con una distancia

de veintiséis punto noventa y cinco metros; Tramo dos, con rumbo Sur

once grados cincuenta y cuatro minutos veintiocho segundos Este, con

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53DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. una distancia de diez punto doce metros; Tramo tres, con rumbo Sur

veintidós grados trece minutos cuarenta y tres segundos Oeste, con una

distancia de diez punto cincuenta metros; Tramo cuatro, con rumbo Sur

treinta y siete grados cuarenta y cinco minutos cero siete segundos Oeste,

con una distancia de cuarenta y seis punto treinta y siete metros; y Tramo

cinco, con rumbo Sur veintiún grados cero ocho minutos cincuenta y

seis segundos Este, con una distancia de treinta y tres punto cuarenta y

dos metros, colindando por este rumbo con el resto del terreno y calle

de por medio. LINDERO SUR: Partiendo del vértice Sur-oriente está

formado por dos tramos, con los siguientes rumbos y distancias: Tramo

uno, con rumbo Norte cuarenta y seis grados treinta y cinco minutos

cincuenta y siete segundos Oeste, con una distancia de treinta y un punto

cincuenta metros; y Tramo dos, con rumbo Norte setenta y un grados

cincuenta y un minutos cincuenta y cinco segundos Oeste, con una dis-

tancia de treinta y cinco punto ochenta y nueve metros, colindando por

este rumbo con terrenos de don SERAPIO BARAHONA. LINDERO

PONIENTE: Partiendo del vértice Sur-Poniente está formado por dos

tramos, con los siguientes rumbos y distancias, Tramo uno, con rumbo

Norte catorce grados cero nueve minutos cero nueve segundos Oeste, con

una distancia de cuarenta y seis punto treinta y nueve metros; y Tramo

dos, con rumbo Norte cuarenta y cinco grados cero cero minutos cero

cero segundos Este, con una distancia de siete punto cero siete metros,

colindando por este rumbo con terrenos de la sucesión de don GUMER-

CINDO BARAHONA. La SEGUNDA PORCIÓN: Es de la capacidad

superficial de UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO PUNTO

NOVENTA Y UN METROS CUADRADOS, de los rumbos, medidas

y colindancias siguientes: LINDERO NORTE: Partiendo del vértice

Nor-Poniente está formado por un Tramo, con los siguientes rumbos y

distancias: Tramo uno, con rumbo Sur cuarenta y un grados veintidós

minutos cincuenta y dos segundos Este, con una distancia de cuarenta

punto doce metros, colindando por este rumbo con terrenos de don

VICTOR BARAHONA. LINDERO ORIENTE: Partiendo del vértice

Nor-Oriente está formado por dos tramos, con los siguientes rumbos y

distancias: Tramo uno, con rumbo Sur veinticinco grados veinticinco

minutos treinta y cinco segundos Oeste, con una distancia de cincuenta y

un punto treinta y tres metros; y Tramo dos, con rumbo Sur veintinueve

grados cero ocho minutos cincuenta segundos Oeste, con una distancia

de veintiséis punto setenta y ocho metros, colindando por este rumbo

con terrenos de don CLOVIS BARAHONA. LINDERO SUR: Partiendo

del vértice Sur Oriente está formado por un tramo, con los siguientes

rumbos y distancias: Tramo uno, con rumbo Norte treinta y dos grados

cuarenta y un minutos dieciséis segundos Oeste, con una distancia de

veintiún punto cincuenta y un metros, colindando por este rumbo con el

resto de terreno y calle vecinal de por medio. LINDERO PONIENTE:

Partiendo del vértice Sur- Poniente está formado por cinco tramos, con

los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, con rumbo Norte once

grados veinticuatro minutos trece segundos Este, con una distancia de

quince punto sesenta y tres metros; Tramo dos, con rumbo Norte treinta

y un grados cero tres minutos catorce segundos Este, con una distancia

de ocho punto cincuenta y ocho metros; Tramo tres, con rumbo Norte

cuarenta grados veintiún minutos cincuenta y tres segundos Este, con

una distancia de quince punto cincuenta y dos metros; Tramo cuatro, con

rumbo Norte treinta grados cincuenta y un minutos veintiséis segundos

Este, con una distancia de dieciocho punto cero cuatro metros; Tramo

cinco, con rumbo Norte once grados cuarenta y ocho minutos treinta y

tres segundos Oeste, con una distancia de treinta y dos punto cuarenta

y seis metros, colindando por este rumbo con el resto del terreno y

calle vecinal de por medio. Dicho inmueble lo adquirió el titulante por

compra venta de posesión que le hizo la señora MARIA ROSA EMILIA

BARAHONA DE VÁSQUEZ, por medio de escritura pública hace un

año cinco meses; y los valúa en la cantidad de UN MIL DÓLARES DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA.

Librado en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE

CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las

diez horas y tres minutos del día treinta y uno de mayo del año dos mil

doce. LICDA. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA

DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. EDWIN BLADIMIR PORTILLO

ZULETA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F045641-1

TÍTUlo DE DoMiNio

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL. AL PúBLICO

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado el señor

MARLON ADALBERTO ARGUETA ORELLANA, de cuarenta y

siete años de edad, Empleado, del domicilio de Nuevo Edén de San

Juan, Departamento de San Miguel, portador de mi Documento único

de Identidad Número: cero uno tres seis seis dos dos ocho- cinco, y con

Número de Identificación Tributaria: mil doscientos once - doscientos

cuarenta mil setecientos sesenta y cuatro- ciento uno - siete. Solicitando

TÍTULO DE DOMINIO; de un solar de naturaleza urbana situado sobre

la Primera Calle Poniente, identificado como casa Número cuatro, Barrio

El Centro, de Nuevo Edén de San Juan, Departamento de San Miguel,

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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396con las medidas y linderos siguientes: LINDERO ORIENTE, mide ocho

punto setenta metros, linda con inmueble que fue propiedad de Gilberto

Argueta, hoy de Ana Argelia Orellana viuda Argueta; LINDERO NOR-

TE, mide veintidós punto noventa y dos metros, linda con inmueble que

fue propiedad de José Aníbal Cruz, hoy en parte con terreno propiedad

de José Paz Castro, y en otra parte con terreno propiedad de Gilberto

Bonilla Andrade; LINDERO PONIENTE, mide quince metros, linda

en parte con inmueble propiedad de Marcelino Cedillos y en otra parte

con propiedad de María Julia Ramos, Primera Calle Poniente de por

medio; y LINDERO SUR, mide diecisiete punto noventa metros, linda

con inmueble que fue propiedad de Gilberto Argueta hoy de Ana Argelia

Orellana viuda de Argueta. Que el inmueble antes relacionado es de una

extensión superficial de DOSCIENTOS CUARENTA Y UNO PUNTO

OCHENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, el cual está valorado en

MIL CUATROCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMÉRICA. Que dicho inmueble descrito, lo adquirió por medio de

compraventa que hizo en el año dos mil al señor Gilberto Argueta el día

siete de Abril del año dos mil, quien lo adquirió por compraventa. La

posesión que ha ejercido sobre el inmueble siempre ha sido de manera

quieta, pacífica y sin ninguna interrupción, y unida a la posesión del an-

tecesor sin proindivisión con nadie, la cual consiste en que ha construido

una casa de paredes de adobe, techo de teja, de cuarenta y tres metros

cuadrados y corredor de dos punto cincuenta y cuatro metros cuadra-

dos; en el inmueble sin que nadie haya perturbado la posesión hasta la

fecha, siendo de esa manera como lo he tenido hasta la actualidad. El

terreno que se ha relacionado, no se encuentra inscrito en el Registro

de la Propiedad Raíz e Hipotecas, por carecer de antecedente escrito e

inscrito, por lo que se fundamenta en el Artículo tercer de la Ley sobre

Título de Predios Urbanos, y en la calidad en que comparece vienen a

iniciar Diligencias de Título Municipal, a fin de que una vez probados

los extremos de que solicita, se aprueben las diligencias, se protocolicen

en esta Alcaldía Municipal y se entregue la Certificación de Ley para

inscribir el inmueble en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas

de la Primera Sección de Oriente, Departamento de San Miguel.

SE AVISA AL PúBLICO PARA LOS EFECTOS CONSIGUIEN-

TES.

Alcaldía Municipal de Nuevo Edén de San Juan, departamento de

San Miguel, veintiocho de junio del año dos mil doce. MARQUIOVIC

VILLEGAS CEDILLOS, ALCALDE MUNICIPAL. ANTE MÍ: EDWIN

ARQUÍMIDES AMAYA AYALA, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F045702-1

SENTENcia DE NacioNaliDaD

EL INFRASCRITO MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

PúBLICA.

CERTIFICA: Que a folio ciento nueve frente y vuelto DEL LIBRO

DE ASIENTOS DE SENTENCIAS DE NACIONALIDAD SALVA-

DOREÑA POR NACIMIENTO, se encuentra el asiento que literalmente

dice:

"NúMERO CIENTO NUEVE. En cumplimiento al artículo cua-

renta y cuatro de la Ley de Extranjería vigente y habiéndose declarado

ejecutoriada la sentencia pronunciada en las diligencias de Nacionalidad

Salvadoreña por NACIMIENTO promovidas por la señora WANQUI-

RIAM ASUCENA CASTAÑEDA ÁVILA, de origen y nacionalidad

guatemalteca, se hace el siguiente asiento: "MINISTERIO DE JUSTICIA

Y SEGURIDAD PúBLICA, San Salvador, a las ocho horas con quince

minutos del día dieciséis de enero de dos mil doce. Admítese la solicitud

presentada por la señora WANQUIRIAM ASUCENA CASTAÑEDA

ÁVILA, relativa a que se le conceda la calidad de salvadoreña por NACI-

MIENTO, por ser de origen y nacionalidad GUATEMALTECA y tener

domicilio fijo en El Salvador, de conformidad con lo que establece el

artículo noventa ordinal tercero de la Constitución de la República. La

señora Wanquiriam Asucena Castañeda Avila, es de treinta y un años

de edad, de sexo femenino, casada, Ingeniera Agrónoma, del domicilio

de Colón, Departamento de La Libertad, de nacionalidad guatemal-

teca, originaria del Municipio de Santa Cruz Barillas, Departamento

de Huehuetenango, República de Guatemala, lugar donde nació el día

veintiséis de julio de mil novecientos ochenta, portadora de su Carné

de Identificación de Residente Centroamericana número cuatro ocho

cero siete ocho, inscrito en el Registro de Residentes Centroamericanos

que lleva la Dirección General de Migración y Extranjería. Su cónyuge

responde al nombre de Carlos Francisco Roque Valdez, de treinta años

de edad, Ingeniero Agrónomo, de nacionalidad salvadoreña. Sus padres

responden a los nombres de: Roderico Alfonso Castañeda González y

Blandina Agapita Avila Mérida, ambos de nacionalidad guatemalteca,

sobrevivientes. CONSIDERANDO: I. Que la peticionaria en su soli-

citud a folio veinte en lo pertinente manifiesta que por ser de origen y

nacionalidad guatemalteca y tener domicilio fijo en El Salvador, desde

el día ocho de mayo del dos mil cinco, es su deseo y voluntad optar a la

Nacionalidad Salvadoreña por Nacimiento, por lo que de conformidad

con el artículo noventa ordinal tercero de la Constitución de la República,

y artículo treinta y ocho de la Ley de Extranjería, pide se le reconozca

dicha calidad, para lo cual presenta para que se agregue la documentación

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55DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. siguiente: a) Certificación de partida de nacimiento de su cónyuge señor

Carlos Francisco Roque Valdez, a folio diez; b) Fotocopia de Documento

Único de Identidad de su cónyuge, a folio once; c) Certificación de

partida de matrimonio, a folio doce; d) Fotocopia de pasaporte, vigente

a la fecha de presentación de la solicitud de nacionalización, a folios

catorce al quince; e) Certificación de partida de nacimiento, debidamente

autenticada, a folios dieciséis al diecinueve; f) Fotocopia de Carné de

Identificación de Residente Centroamericana, a folio cuarenta. II. Que

la documentación presentada demuestra: a) Que la solicitante es origi-

naria de Guatemala, uno de los países que constituyeron la República

Federal de Centroamérica, b) Que la solicitante ha reunido los requisitos

exigidos para iniciar las diligencias de nacionalización, c) Que tiene en

el país arraigo familiar, por estar casada con salvadoreño, laboral y por

residencia. III. De conformidad al artículo noventa ordinal tercero de

la Constitución, tiene derecho a que se reconozca a su favor la calidad

de salvadoreña por nacimiento; en tal sentido la atribución de esta

autoridad se orienta a determinar si se reúnen los requisitos específicos

para la nacionalización, en los términos que establece la Constitución

y la Ley de Extranjería en los artículos treinta y ocho y cuarenta y tres.

Cumplido lo anterior se procede a emitir acto administrativo de declarar

a favor de la solicitante la calidad que invoca y que la Constitución le

reconoce. POR TANTO: De acuerdo con los considerandos anteriores y

de conformidad con el artículo noventa ordinal tercero de la Constitución

de la República, doscientos dieciséis, doscientos diecisiete, doscientos

dieciocho y doscientos veintinueve del Código Procesal Civil y Mercantil,

treinta y ocho y cuarenta y tres de la Ley de Extranjería, a nombre de

la República de El Salvador, este Ministerio FALLA: Concédesele a

la señora WANQUIRIAM ASUCENA CASTAÑEDA ÁVILA, de las

generales expresadas la calidad de SALVADOREÑA por NACIMIEN-

TO, por ser de origen y nacionalidad guatemalteca y tener domicilio

fijo en El Salvador. La favorecida conserva su nacionalidad de origen,

de acuerdo a lo establecido en el artículo noventa y uno inciso primero

de la Constitución de la República. NOTIFÍQUESE; y transcurrido el

plazo para recurrir inscríbase esta resolución en el libro de asientos de

sentencias de nacionalidad salvadoreña por nacimiento. Certifíquese,

confróntese y dése cumplimiento al artículo cuarenta y cuatro inciso

tercero de la Ley de Extranjería. DAVID VICTORIANO MUNGUÍA

PAYÉS, GENERAL DE DIVISIÓN, MINISTRO". RUBRICADA.

Es conforme con su original con el cual se confrontó. MINISTERIO

DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PúBLICA. San Salvador, a las ocho

horas con veinte minutos del día ocho de febrero de dos mil doce. DA-

VID VICTORIANO MUNGUÍA PAYÉS, GENERAL DE DIVISIÓN,

MINISTRO. RUBRICADA.

ES CONFORME con el original de la sentencia pronunciada a

favor de la señora WANQUIRIAM ASUCENA CASTAÑEDA ÁVILA

y con el Asiento en Libro de Personas, que adquieren la nacionalidad

salvadoreña por nacimiento, con los cuales se confrontó, en el Ministerio

de Justicia y Seguridad Pública, San Salvador a las ocho horas con cinco

minutos del día nueve de febrero de dos mil doce.

DAVID VICTORIANO MUNGUÍA PAYÉS,

GENERAL DE DIVISIÓN, MINISTRO.

1 v. No. F045729

JUicio DE aUSENcia

LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL, AL PúBLICO EN GENERAL.

HACE SABER: Que en este Tribunal existe Juicio Ejecutivo

Mercantil promovido por la Doctora ANA CAMILA DE LEON DE

CASTRO GARAY como Apoderada General Judicial de SCOTIABANK

EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, contra el señor JAIME

MAURICIO MURGA SUTTER.

Posteriormente a la fecha en que se inició dicho Juicio, se presentó

la Doctora ANA CAMILA DE LEON DE CASTRO GARAY en el con-

cepto antes expresado, manifestando que el señor JAIME MAURICIO

MURGA SUTTER, mayor de edad, Ingeniero Agrónomo, antes del

domicilio de Antiguo Cuscatlán, ahora de domicilio ignorado, quien se

identificaba con Documento Único de Identidad número CERO TRES

MILLONES CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS

SESENTA - NUEVE y con Número de Identificación Tributaria CERO

SEISCIENTOS CATORCE - DOSCIENTOS ONCE MIL CINCUENTA

Y OCHO - CERO ONCE - CUATRO; se ha ausentado de su domicilio,

sin que se sepa de su paradero actual, ignorándose además si ha dejado

Procurador u otro Representante Legal en el país, para que intervenga

en el Juicio de Mérito; por lo que pidió, previo los trámites legales, se

le nombre CURADOR ESPECIAL que lo represente en el referido

juicio.

En consecuencia, se previene que si el señor JAIME MAURICIO

MURGA SUTTER tuviere Procurador u otro Representante Legal, se

presente a este Tribunal a comprobar dicha circunstancia, dentro de los

quince días siguientes a la última publicación de este aviso.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL:

San Salvador, a las once horas y cincuenta minutos del día siete de julio

del dos mil once. LICDA. ANA MARÍA CORDÓN ESCOBAR, JUEZ

TERCERO DE LO MERCANTIL. LICDA. ANA CECILIA FIGUEROA

ALMENDARES, SECRETARIA.

1 v. No. C003112

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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA

TECLA, AL PúBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que en el juicio ejecutivo mercantil promovido por

el Licenciado Gilberto Enrique Alas Menéndez, en calidad de apoderado

del BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA

contra el señor JOSÉ ABRAHAM BOSCO ORELLANA ORELLANA,

en razón de no haber sido encontrado dicho señor, en su domicilio

conocido, para efectos de emplazamiento, el expresado Licenciado Alas

Menéndez, en la calidad en que actúa, ha dado inicio al trámite señalado

en el Art. 141 Pr. C., a fin de que se provea de un curador especial

para que represente en el juicio al señor JOSÉ ABRAHAM BOSCO

ORELLANA ORELLANA, quien es mayor de edad, estudiante, con

último domicilio conocido el de esta ciudad, actualmente de paradero

ignorado y de quien no se sabe si ha dejado procurador, apoderado o

representante legal, para que lo represente en el juicio. En consecuencia,

se previene a procurador, apoderado o representante legal alguno del

referido señor, caso de que lo tuviere, se presente a este juzgado en el

término de quince días después de la tercera publicación de este edicto

a comprobar dicha circunstancia.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las nueve horas

y treinta y cinco minutos del día veintitrés de abril de dos mil doce.-

Enmendado-último-Vale.- Lic. YOALMO ANTONIO HERRERA,

JUEZ DE LO CIVIL. Br. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA,

SECRETARIA.

1 v. No. F045625

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA

TECLA, AL PúBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que en el juicio ejecutivo mercantil promovido

por el Licenciado Gilberto Enrique Alas Menéndez, en calidad de

apoderado del BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD

ANÓNIMA, contra los señores SANDRA YANIRA MENA DE

PALACIOS y PABLO ANTONIO RIVAS MARROQUIN, en razón de

no haber sido encontrada dicha señora, en su domicilio conocido, para

efectos de emplazamiento, el expresado Licenciado Alas Menéndez, en

la calidad en que actúa, ha dado inicio al trámite señalado en el Art. 141

Pr. C., a fin de que se provea de un curador especial, para que represente

en el juicio, a la señora SANDRA YANIRA MENA DE PALACIOS,

quien es mayor de edad, empresaria, con último domicilio conocido la

ciudad de San Miguel, actualmente de paradero ignorado y de quien no

se sabe si ha dejado procurador, apoderado o representante legal, para

que la represente en el juicio. En consecuencia, se previene a procurador,

apoderado o representante legal alguno de la referida señora, caso de

que lo tuviere, se presente a este juzgado en el término de quince días

después de la tercera publicación de este edicto, a comprobar dicha

circunstancia.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las quince

horas y treinta y cinco minutos del día veintitrés de abril de dos mil

doce.- Enmendado-representante-Vale.- Lic. YOALMO ANTONIO

HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. KARINA VANESSA SILVA

DE SOMOZA, SECRETARIA.

1 v. No. F045626

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL, DEL CENTRO JUDICIAL INTEGRADO DE DERECHO PRIVADO Y SOCIAL, DE SAN SALVADOR,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado GILBERTO ENRIQUE ALAS MENÉNDEZ, actuando como Apoderado General Judicial del BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, S. A., promoviendo Diligencias de Ausencia, Manifestando que ha demandado en Juicio Ejecutivo Mercantil, reclamándole cantidad de dinero y accesorios de Ley, al señor DIONISIO ALCIDES SALINAS NATAREN., mayor de edad, estudiante, del domicilio de San Salvador, con Número de Identificación Tributaria cero cuatrocientos dieciséis- doscientos cuarenta mil novecientos setenta y tres- ciento cuatro- cuatro, con fecha nueve de marzo del año dos mil dos. Pide se le nombre un Curador Especial para que el Representante en el Juicio aludido.

PREVIENESE de acuerdo con el Art. 141 Pr. C., que si al mencionado señor DIONISIO ALCIDES SALINAS NATAREN, tuviere Procurador o Representante Legal, se presente dentro de los quince días siguientes, a la última publicación de este aviso y prueben tal circunstancia.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL: San Salvador, a las quince horas cinco minutos del día dieciocho de mayo del año dos mil once. Lic. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL. Licda. FLOR DE MARÍA FIGUEROA, SECRETARIA INTERINA.

1 v. No. F045628

RODOLFO ERNESTO CHACÓN, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA; AL PúBLICO,

AVISA: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado RAFAEL ERNESTO ANDRADE PEÑATE, mayor de edad, Abogado, de este domicilio, actuando en calidad de Apoderado General Judicial de SCOTIABANK EL SALVADOR SOCIEDAD ANÓNIMA, Insti-tución Bancaria del domicilio de San Salvador, MANIFESTANDO: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil de Ref. No. 212-EM-10, que promueve su poderdante contra el señor CARLOS ALBERTO GALERO GRANADOS, mayor de edad, Empleado, de este domicilio; quien a la fecha no ha podido ser emplazado por desconocer el paradero del mismo, y si ha dejado representante legal o procurador que pueda representarla en el País.

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57DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. El suscrito Juez, a solicitud del profesional antes nombrado y de

conformidad con el Art. 141 Pr. C., ha ordenado se abra dentro del referido

juicio el incidente de ausencia, a fin de nombrarle un Curador Especial

al demandado señor CARLOS ALBERTO GALERO GRANADOS, que

pueda representarlo en el juicio de Referencia No. 212-EM-10, que se

promueve en su contra.

Lo anterior se hace del conocimiento del público para que si el au-

sente no declarado señor CARLOS ALBERTO GALERO GRANADOS,

tuviere representante legal o procurador, se apersone a este Tribunal a

comprobar dicha circunstancia con la documentación legal correspon-

diente, dentro de los quince días subsiguientes a la tercera publicación

de este aviso.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las diez horas y cincuenta minutos del día tres de febrero de dos

mil doce. Dr. RODOLFO ERNESTO CHACÓN, JUEZ SEGUNDO DE

LO CIVIL. Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHÁVEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F045701

caMBio DE NoMBrE

DAVID AMAEL MORÁN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN JUAN OPICO,

DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD.

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que a este

Juzgado se ha presentado la señora TEODOSA DE LA LUZ SERRANO

DE ALVARADO, mayor de edad, empleada y del domicilio de Santa

Ana, en su carácter personal, hija de ALICIA SERRANO y de JUAN

MATEO MÉNDEZ COTO, solicitando Cambio de Nombre Propio

de conformidad con el artículo veintitrés de la Ley del Nombre de la

Persona Natural, en vista que el mismo ha causado y continúa causando

perjuicios a dicha señora al ser objeto de burlas, bromas y de designación

de sobre-nombres peyorativos, lo que ha provocado problemas de tipo

emocional, tanto a su persona como a su grupo familiar.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico,

departamento de La Libertad, a las nueve horas treinta minutos del día

veintinueve de mayo de dos mil doce.- Lic. DAVID AMAEL MORÁN

ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. CARLOS

ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.

1 v. No. F045674

ANA GLORIA ALVARADO DE GÓMEZ, JUEZA DE FAMILIA

SUPLENTE DE COJUTEPEQUE,

HACE SABER: Que en este Tribunal el señor CANDELARIO

SALOMÓN URBINA CARTAGENA, de treinta y cinco años de edad,

empleado, originario del municipio de Tenancingo, departamento de

Cuscatlán y domiciliado en la ciudad de Murieta, Estado de California,

Estados Unidos de América, portador de su Pasaporte número RE0471700,

por medio del Licenciado Maximiliano Edgardo Martínez, ha promo-

vido DILIGENCIAS DE CAMBIO DE NOMBRE con la finalidad

de modificar su nombre al de CARLOS SALOMÓN CARTAGENA

URBINA. Por lo que en cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 23 de la

Ley del Nombre de la Persona Natural, a través del presente edicto SE

EMPLAZA a todas aquellas personas que pudieren resultar afectadas

con el cambio de nombre pretendido.

Lo anterior con la finalidad que en el plazo de DIEZ DÍAS

SIGUIENTES a su publicación, presenten la oposición que estimaren

pertinente.

Librado en el Juzgado de Familia de Cojutepeque; departamento

de Cuscatlán, a las catorce horas treinta minutos del dieciséis de mayo

del dos mil doce.- Licda. ANA GLORIA ALVARADO DE GÓMEZ,

JUEZA DE FAMILIA SUPLENTE. Licda. REINA ISABEL BRIOSO

RODRÍGUEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F045687

rENoVaciÓN DE MarcaS

No. de Expediente: 2001015245

No. de Presentación: 20120162572

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ

DANIEL JULIO MARTINEZ MARTÍNEZ, mayor de edad, ABO-

GADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTA-

MENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO ESPECIAL de POLLO CAMPERO DE

EL SALVADOR. SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE

que se abrevia: POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR, S. A. DE

C. V., del domicilio de San Salvador, de nacionalidad SALVADORE-

ÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00035

del Libro 00153 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la

frase “Torito Campero". La palabra Torito se encuentra escrita en letras

minúsculas (con excepción de la letra “T" que es mayúscula), de molde,

en color blanco, con diseño especial y delineadas de color café oscuro.

Debajo de dicha palabra, se encuentra la palabra "Campero", escrita

en letras minúsculas (con excepción de la letra "C" que es mayúscula),

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58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396de molde, en color amarillo, con diseño especial y delineada de color

anaranjado. Ambas palabras se encuentran escritas en forma elíptica;

que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la

Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los once días del mes de mayo del año dos mil doce.-

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003086-1

No. de Expediente: 1971020688

No. de Presentación: 20120162408

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ DA-

NIEL JULIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, actuando como APODERADO de POLLO CAMPERO

DE EL SALVADOR, S. A. DE C. V., del domicilio de San Salvador,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para

la inscripción Número 20688 del Libro 00046 de REGISTRO DE

MARCAS, consistente en la palabra "CAMPERO", sobre el dibujo

de un trozo de madera y a un lado la figura de un pollo con sombrero

portando en el ala izquierda un plato conteniendo una pierna de pollo y

un huevo; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase

29 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los once días del mes de mayo del año dos mil doce.-

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003087-1

No. de Expediente: 1989000413

No. de Presentación: 20120162412

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado

JOSÉ DANIEL JULIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ, mayor de edad,

ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR,

DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, actuando como APODERADO de POLLO CAMPERO

DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL

VARIABLE, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción

Número 00102 del Libro 00009 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS,

consistente en la palabra "MEDALLONES CAMPERO", escrito en

letras mayúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos en

la(s) Clase 29 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los once días del mes de mayo del año dos mil doce.-

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003088-1

No. de Expediente: 1997003121

No. de Presentación: 20120162577

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ DA-

NIEL JULIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO

DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO ESPECIAL de POLLO CAMPERO DE EL SAL-

VADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se

abrevia: POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR, S. A. DE C. V., del

domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00041 del Libro

00153 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la expresión

"EXTRA CRISPY", acompañadas de un diseño, pudiendo describirse

más detalladamente de la siguiente manera: consiste en la expresión

"EXTRA”, escrita en letras mayúsculas, de molde, en color azul y con

diseño especial, abajo de dicha expresión se puede ver la expresión

"CRISPY", escrita en letras minúsculas, con excepción de la primera

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59DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. letra "C" que es mayúscula, en color anaranjado y con diseño especial;

que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 29 de la

Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los once días del mes de mayo del año dos mil doce.-

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003089-1

No. de Expediente: 2001018666

No. de Presentación: 20120162410

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado

JOSÉ DANIEL JULIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ, mayor de edad,

ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR.

DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de

POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: POLLO CAMPERO DE

EL SALVADOR, S. A. DE C. V., del domicilio de San Salvador, de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para

la inscripción Número 00056 del Libro 00163 de INSCRIPCIÓN

DE MARCAS, consistente en la frase “Camperonix”, escrita en

letras mayúsculas, de molde, en color amarillo, delineadas de color

verde y con diseño especial. Debajo de dicha frase se lee la leyenda

“Defensores del Planeta”, escrita en letras minúsculas (a excepción de

las letras "D" y "P", que son mayúsculas), de molde, de color blanco

y sin diseño especial. Dicha leyenda se encuentra escrita dentro de

una figura rectangular de color verde. Sobre la palabra “Camperonix"

se encuentra una figura circular de color amarillo y delineado de

color verde, dentro de la cual hay una letra “C” mayúscula, de

color blanco delineada de color verde con en cuyo lado izquierdo se

observa un triángulo sobrepuesto a la misma. En ambos extremos

de la figura circular se observan unas alas de color verde; que

ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 29 de la

Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los once días del mes de mayo del año dos mil doce.-

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003090-1

No. de Expediente: 2001018669

No. de Presentación: 20120162409

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ

DANIEL JULIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ, mayor de edad, ABOGA-

DO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTA-

MENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO ESPECIAL de POLLO CAMPERO

DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VA-

RIABLE que se abrevia: POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR,

S. A. DE C. V., del domicilio de San Salvador, de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción

Número 00049 del Libro 00163 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS,

consistente en la frase "Camperonix”, escrita en letras mayúsculas,

de molde, en color amarillo, delineadas de color verde y con diseño

especial. Debajo de dicha frase se lee la leyenda "Defensores del

Planeta”, escrita en letras minúsculas (a excepción de las letras “D"

y “P”, que son mayúsculas), de molde, de color blanco y sin diseño

especial. Dicha leyenda se encuentra escrita dentro de una figura

rectangular de color verde. Sobre la palabra “Camperonix" se encuentra

una figura circular de color amarillo y delineado de color verde, dentro

de la cual hay una letra "C" mayúscula, de color blanco delineada

de color verde con en cuyo lado izquierdo se observa un triángulo

sobrepuesto a la misma, En ambos extremos de la figura circular se

observan unas alas de color verde; que ampara productos/servicios

comprendidos en la(s) Clase 16 de la Clasificación Internacional de

Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los once días del mes de mayo del año dos mil doce.-

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003091-1

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60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396No. de Expediente: 1998000228

No. de Presentación: 20120162575

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ DA-

NIEL JULIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO

DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO ESPECIAL de POLLO CAMPERO DE EL SAL-

VADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se

abrevia: POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., del

domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00107 del

Libro 00151 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en una figura

rectangular, con sus esquinas, curvas, con fondo de color café y delineada

de color negro. Adentro de la figura rectangular, en su esquina superior

izquierda, se puede ver una figura circular, con fondo de color blanco,

delineada de color negro y que en el centro tienen la figura de un pollo

de color amarillo, con pico y sombrero de color café, sosteniendo en su

ala izquierda un plato con comida. Abajo de la figura circular y del pollo

descritos se ve la palabra "CAMPERO", escrita en letras mayúsculas, de

molde, en color amarillo, delineada de color café y con diseño especial.

Las últimas letras de dicha palabra se encuentran inclinadas ligeramente

hacia arriba. La palabra mencionada está escrita sobre un área sombreada

de color negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)

Clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los quince días del mes de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,

REGISTRADORA.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003093-1

No. de Expediente: 2001018665

No. de Presentación: 20120162411

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ DA-

NIEL JULIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO

DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO ESPECIAL de POLLO CAMPERO DE EL SAL-

VADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se

abrevia: POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR, S.A. DE CV., del

domicilio de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitan-

do RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00076 del Libro 00163

de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en una figura animada de

un extraterrestre de cuerpo humano, con piel y traje espacial de color

verde, con la mano izquierda oculta detrás de la pierna izquierda y la

mano derecha alzada a la altura de la cintura con el puño cerrado. Tiene

puesta sobre sí una capa larga negra de fondo morado. Sobre la cabeza

tiene un sombrero negro y dos antenas de color gris en forma de "M". En

los antebrazos, manos, hombros y debajo de las rodillas usa armaduras

de color gris. Los zapatos son de color negro. Debajo de dicha figura se

puede leer la palabra: "Desper", escrita en letras minúsculas (a excepción

de la letra "D" que es mayúscula), de molde, de color negro y sin diseño

especial: que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase

16 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los catorce días del mes de mayo del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUÍN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003094-1

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61DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. No. de Expediente: 2001018671

No. de Presentación: 20120162209

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ DA-

NIEL JULIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO

DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR,

SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio

de San Salvador, departamento de San Salvador, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número

00113 del Libro 00162 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente

en una figura animada de un pollo amarillo sonriente, con las alas

cruzadas sobre el pecho. Dicho pollo está vestido con traje espacial de

color verde y amarillo entre la cintura y las rodillas. Usa botas de color

verde con gris y la parte baja de color amarillo. Al lado izquierdo de un

cincho de color gris oscuro sobre la cintura puede apreciarse la cola del

pollo. En la parte lateral de los muslos y de los antebrazos tiene aparatos

electrónicos de color gris. Debajo de dicha figura se puede leer la frase

"Super Camp", escrita en letras minúsculas (a excepción de las letras

"S" y "C", que son mayúsculas), de molde, de color negro y sin diseño

especial; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase

29 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los treinta y uno días del mes de enero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003095-1

No. de Expediente: 2001018668

No. de Presentación: 20120162413

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ DA-

NIEL JULIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO

DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO ESPECIAL de POLLO CAMPERO DE EL SAL-

VADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se

abrevia: POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., del

domicilio de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitan-

do RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00051 del Libro 00163

de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en una figura animada de

un pollo amarillo sonriente, con las alas cruzadas sobre el pecho. Dicho

pollo está vestido con traje espacial de color verde y amarillo entre la

cintura y las rodillas. Usa botas de color verde con gris y la parte baja

de color amarillo. Al lado izquierdo de un cincho de color gris oscuro

sobre la cintura puede apreciarse la cola del pollo. En la parte lateral

de los muslos y de los antebrazos tiene aparatos electrónicos de color

gris. Debajo de dicha figura se puede leer la frase "Super Camp", escrita

en letras minúsculas (a excepción de las letras "S" y "C", que son ma-

yúsculas), de molde, de color negro y sin diseño especial; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 16 de la Clasificación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los once días del mes de mayo del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUÍN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003096-1

No. de Expediente: 1986000010

No. de Presentación: 20120162210

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ DA-

NIEL JULIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO

DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR,

SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio

de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para

la inscripción Número 00224 del Libro 00005 de INSCRIPCIÓN DE

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62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396MARCAS, consistente en LA PALABRA "CAMPERO", ESCRITAS

EN LETRAS MAYúSCULAS EN COLOR NEGRO Y SIN DISEÑO

ESPECIAL; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)

Clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los seis días del mes de febrero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003097-1

coNVocaToria

CONVOCATORIA

El Infrascrito Administrador único de la Sociedad ANDALUCIA, S.A.

DE C.V., del domicilio de San Salvador, por este medio convoca a los

accionistas de dicha sociedad, a fin de celebrar JUNTA GENERAL

ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, a las nueve

horas a.m. del día jueves 9 de agosto del año en curso, en las instalaciones

de la oficina ubicadas en Boulevard del Hipódromo No. 729, Colonia

San Benito, San Salvador.

El quórum necesario para celebrar la sesión en primera convocatoria

será de la mitad más una de todas las acciones.

De no haber quórum a la hora señalada, se convoca para el día

viernes 10 de agosto del año en curso, a las once horas a.m. en el mismo

lugar, la segunda convocatoria se celebrará con cualquiera que sea el

número de accionistas presentes y representados.

AGENDA:

Puntos Ordinarios:

I. Establecimiento del quórum y firma del acta respectiva.

II. Sustitución del Administrador Suplente

Puntos Extraordinarios:

I. Adecuación y modificación del pacto Social, a las nuevas

disposiciones del Código de Comercio.

II. Nombramiento del Ejecutor Especial.

III. Otros

San Salvador, 13 de julio de 2012.

JAVIER CLOSA SALAZAR,

ADMINISTRADOR UNICO.

3 v. alt. No. C003082-1

SUBaSTa PÚBlica

LICENCIADO SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TER-

CERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PúBLICO

PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que en el JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL

promovido por la ASOCIACIÓN SALVADOREÑA, PRO-SALUD

RURAL, en contra de MILDA CRUZ PEREZ, reclamándole cantidad

de dinero y accesorios, Exp. No. 353/06, se venderá por este Juzgado en

Pública Subasta, en fecha y precio que oportunamente se determinará, dos

derechos proindivisos de usufructo equivalentes al treinta y tres punto

treinta y tres por ciento que recaen sobre los inmuebles siguientes: Dos

lotes de naturaleza rústica hoy urbanas situados en el Cantón Cantarrana

de esta Jurisdicción denominado "Finca Cantarrana" marcados en el plano

respectivo de la Lotificación "Ana Linda" como LOTES NÚMERO DOS

Y TRES, ambos lotes son del polígono uno que se describen así: LOTE

NÚMERO DOS POLIGONO UNO: de una extensión superficial de

Doscientos metros cuadrados equivalentes a doscientos ochenta y seis

varas cuadradas dieciséis centésimas de vara cuadrada, con las medidas y

linderos siguientes: AL NORTE: Veinticinco metros con lote número uno

del polígono uno, AL SUR: veinticinco metros con lote número tres del

polígono uno, AL ORIENTE: ocho metros con lote número dieciséis del

polígono uno y AL PONIENTE: ocho metros calle marginal y carretera

que conduce a Santa Ana- Sonsonate, de por medio, con propiedad de

los señores Alex Montenegro y Agustina Mena Ariz de Escalante. LOTE

NúMERO TRES POLIGONO UNO: el cual ha quedado reducido a una

extensión superficial de treinta y siete punto cinco metros cuadrados con

las medidas y linderos siguientes: AL NORTE: veinticinco metros con

lote número dos del polígono uno, AL SUR: veinticinco metros con

porción que se desmembró del lote número tres del polígono uno, AL

SUR: veinticinco metros con porción que se desmembró del lote número

tres del polígono número uno propiedad del señor Tito Daniel Ramos

Navas, AL ORIENTE: uno punto cincuenta metros con lote número

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63DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. dieciséis del polígono uno y AL PONIENTE: uno punto cinco metros

calle marginal y carretera que conduce a Santa Ana- Sonsonate de por

medio, con propiedad de los señores Alex Montenegro y Agustina Mena

Ariz de Escalante, todos los lotes colindantes son o han sido propiedad

de la Lotificación "Ana Linda". Derechos Proindivisos que se encuentran

inscritos a favor de la señora MILDA CRUZ PEREZ. EL LOTE Nú-

MERO DOS POLIGONO UNO al sistema de folios real computarizado

número de matrícula DOS CERO CERO CUATRO SEIS SEIS OCHO

CERO- CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad

de este departamento. EL LOTE NúMERO TRES POLIGONO UNO, al

sistema de folios real computarizado número de matrícula DOS CERO

CERO CUATRO SEIS SEIS OCHO NUEVE- CERO CERO CERO

CERO CERO del Registro de la Propiedad de este departamento.

LIBRADO en el Juzgado Tercero de lo Civil: Santa Ana, a las

catorce horas con treinta minutos del día veinticinco de junio del año

dos mil doce. LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ

TERCERO DE LO CIVIL. LICDA. MARISOL DEL CARMEN LEMUS

POLANCO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003092-1

SoliciTUD DE NacioNaliDaD

DAVID VICTORIANO MUNGUÍA PAYÉS, GENERAL DE DIVI-

SIÓN, MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PúBLICA,

HACE SABER: Que a este Ministerio se ha presentado la señora

ELIZABETH TORRES ORDOÑEZ, solicitando que se le reconozca

la calidad de salvadoreña por NATURALIZACIÓN por ser de origen

y de nacionalidad colombiana y tener domicilio fijo en El Salvador. La

peticionaria en su solicitud manifiesta ser de cincuenta años de edad, de

sexo femenino, enfermera, del domicilio, de San Salvador, originaria

de Villahermosa, Departamento de Tolima, República de Colombia,

lugar donde nació el día dieciséis de agosto de mil novecientos sesenta

y uno, sus padres responden a los nombres de: ARTURO TORRES, de

ochenta y tres años de edad, comerciante y ARAMINTA ORDOÑEZ,

de ochenta años de edad, ama de casa, ambos sobrevivientes y de nacio-

nalidad colombiana. Que ingresó al país por la Delegación Migratoria

del Aeropuerto de El Salvador de Comalapa, el día veinte de marzo de

mil novecientos noventa y uno. En virtud de lo anterior, la solicitante

expresa su voluntad de adhesión, obediencia y sumisión a las leyes y

Autoridades de la República de El Salvador.

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley y se emplaza

a toda persona interesada en oponerse a la referida solicitud para que en

el término de quince días contados desde la fecha de la última publicación

de este edicto en el DIARIO OFICIAL y en un periódico de circulación

nacional, se presente a este Ministerio justificando la oposición con la

prueba pertinente.

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PúBLICA, San

Salvador, a las nueve horas del día diez de enero del dos mil doce.

DAVID VICTORIANO MUNGUÍA PAYÉS,

GENERAL DE DIVISIÓN,

MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PúBLICA.

3 v. c. No. F045619-1

DAVID VICTORIANO MUNGUÍA PAYÉS, GENERAL DE DIVI-

SIÓN, MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PúBLICA.

HACE SABER: Que a este Ministerio se ha presentado el señor

THOMAS DIETRICH BOEKLE, solicitando que se le reconozca la

calidad de salvadoreño por NATURALIZACIÓN por ser de origen y

nacionalidad alemana y tener domicilio fijo en El Salvador. El peticio-

nario es de cincuenta y tres años de edad, de sexo masculino, divorciado,

empleado, del domicilio de San Salvador, originario de Wiesbaden,

Sonnenberg, República Federal de Alemania, lugar donde nació el día

trece de octubre de mil novecientos cincuenta y ocho. Sus padres res-

ponden a los nombres de: Hein Manfred Bökle y Hannelore Margarete

Elisabeth Friese Bökle, ambos de nacionalidad alemana, el primero

fallecido y la segunda sobreviviente. Ingresó al país por la Delegación

Migratoria del Aeropuerto Internacional de El Salvador en Comalapa,

el día doce de septiembre de mil novecientos noventa y dos. Expresa su

voluntad de adhesión, obediencia y sumisión a las leyes y autoridades

de la República de El Salvador.

Lo que hace saber al público para los efectos de Ley y se emplaza a

toda persona interesada en oponerse a la referida solicitud para que en el

término de quince días contados desde la fecha de la última publicación

de este edicto en el DIARIO OFICIAL y en un periódico de circulación

nacional, se presente a este Ministerio justificando la oposición con la

prueba pertinente.

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PúBLICA, San

Salvador a las ocho horas con treinta minutos del día dieciocho de mayo

de dos mil doce.

DAVID VICTORIANO MUNGUÍA PAYÉS,

GENERAL DE DIVISIÓN,

MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PúBLICA.

3 v. c. No. F045670-1

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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396aViSo DE coBro

AVISO

LA INFRASCRITA JEFE DE DESARROLLO HUMANO DE LA

DEPARTAMENTAL DE EDUCACION DE SAN SALVADOR. De

conformidad con el Artículo 142 de las disposiciones Generales del

Presupuesto vigente.

SE HACE SABER: Que a la Unidad de Recursos Humanos de

esta Departamental se ha presentado el Señor CARLOS EDUARDO

MURILLO ESCOBAR, mayor de edad con domicilio en Colonia Luz, 49

Avenida Norte No. 1313, Departamento de San Salvador, SOLICITAN-

DO se le permita firmar los documentos respectivos y cobrar la cantidad

de SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS 08/100 DOLARES ($786.08),

que al fallecimiento de su ESPOSA: ENEYDA GRISELDA MORAN

DE MURILLO, ocurrido el día 2 DE JULIO DE 2012, dejó pendiente

de cobro el salario del 01 al 31 DE JULIO/2012, quien desempeñaba el

Cargo de DOCENTE PN2, CAT. 4ª, registrada con el N.I.P. 1509001

según los siguientes datos: Partidas 23 y Subnúmero 12640. Acuerdo

de Refrenda No. 06-0001 de fecha 3 de enero de 2012, correspondiente

al período del 1° de enero al 31 de diciembre de 2012.

Lo anterior se hace del conocimiento del público, para que toda

persona que se crea con mejor o igual derecho se presente a hacer uso

de él, a más tardar dentro de los quince días subsiguientes de la última

publicación del presente aviso.

Ministerio de Educación, San Salvador, a los once días del mes de

julio de dos mil doce.

LIC. AMERICA MARISOL PEÑATE GUARDADO,

COORDINADORA DE DESARROLLO HUMANO,

DEPARTAMENTAL DE EDUCACION DE SAN SALVADOR.-

3 v. 1v. c/3 d. No. F045733-1

aDMiNiSTraDor DE coNDoMiNio

La Infrascrita Representante Legal de TEC, S. A. DE C. V., del domicilio

de San Miguel, Sociedad Administradora Saliente del CONDOMINIO

PLAZA MEDICA SAN FRANCISCO, situado en la Sexta Calle Poniente

y Quinta Avenida Sur de San Miguel, por este medio,

CERTIFICA: Que en el Libro de Actas del Condominio, aparece

asentada el Acta número ONCE correspondiente a la Asamblea de

Condómines que se realizó a las ocho horas del día veintitrés de junio

de dos mil doce, cuyo punto cinco dice literalmente así: "5) NOMBRA-

MIENTO DEL NUEVO ADMINISTRADOR DEL CONDOMINIO

Y PLAZO DE SUS FUNCIONES. Como consecuencia de la renuncia

como administrador del Condominio de la Sociedad TEC, S. A. de C.

V., representada por la señora Alexandra Rodríguez Bellucci, se propuso

como nuevo Administrador del Condominio, a la sociedad "BELLUC-

CI, S. A DE C. V.", de este domicilio, representada por el Ingeniero

Paolo Enrico Bellucci, de conformidad a la cláusula Vigésima Octavo

del Reglamento de Administración del Condominio Plaza Médica San

Francisco. La Asamblea General de Propietarios aprobó la propuesta y

además aprobó que la sociedad "BELLUCCI, S. A. DE C. V., ejerza el

cargo de Administrador del Condominio cargo por el período de cinco

años, vigente a partir del primero de Junio de dos mil doce, sin necesi-

dad de rendir fianza por ser propietaria de locales del Condominio. Se

dio a conocer que este nombramiento se publicará en el Diario Oficial

para los efectos legales correspondientes, habiéndose autorizado a la

representante de TEC, S. A. DE C. V., para emitir la certificación del

punto de acta respectivo".

Y para ser publicado en el Diario Oficial conforme al Reglamento

de Administración del Condominio, extiendo y firmo la presente certi-

ficación en la ciudad de San Miguel, el mismo día veintitrés de junio de

dos mil doce.

ADMINISTRADOR SALIENTE

TEC. S. A. DE C. V.

ALEXANDRA RODRIGUEZ BELLUCCI DE QUINTANILLA

REPRESENTANTE LEGAL.-

3 v. alt. No. C003083-1

PaTENTE DE iNVENcioN

No. de Expediente: 2011004059

No. de Presentación: 20110012123

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado GILBERTO

ALFONSO FAJARDO CARCAMO, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ROMARK

LABORATORIES, L. C., del domicilio de 3000 BAYPORT DRIVE,

SUITE 200, TAMPA, FL, 33607, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,

de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando se conceda Registro

de la PATENTE DE INVENCION en fase nacional de una solicitud in-

ternacional PCT No PCT/US2010/034319 denominada COMPUESTOS

DE HALOALQUILO HETEROARILO BENZAMIDA, por el término

de VEINTE AÑOS, con Clasificación Internacional C07C 233/00, y con

prioridad de la solicitud ESTADOUNIDENSE No. 61/177,626, de fecha

once de mayo del año dos mil nueve.

Se refiere a: SE DESCRIBE UNA NUEVA CLASE DE HALO-

ALQUIL HETEROARIL BENZAMIDAS, ESTOS COMPUESTOS

MUESTRAN UNA FUERTE ACTIVIDAD CONTRA LOS VIRUS

DE LA HEPATITIS. La solicitud fue presentada internacionalmente el

día once de mayo del año dos mil diez.

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65DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-

MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los seis días del mes de

marzo del año dos mil doce.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.-

1 v. No. C003078

TiTUlo MUNiciPal

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado el señor JOSE

MIGUEL RIVERA CRUZ, mayor de edad, soltero, estudiante, de este

domicilio, quien actúa en calidad personal, solicitando Título Municipal

a su favor de un inmueble de Naturaleza Urbana, situado en el Barrio El

Centro, Calle Gerardo Barrios, y Final Avenida Lucas López, de esta

ciudad, dicho inmueble lo obtuve por compraventa que me efectuó al

señor Lucas Rivera Cruz, en el año del año dos seis, inmueble que posee

una Extensión Superficial de CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS

PUNTO OCHENTA Y UN METROS CUADRADOS, el cual posee las

medidas y colindancias siguientes; AL NORTE, mide diecisiete punto

cincuenta metros, linda con inmuebles de los señores Morena Guada-

lupe López de Cañas y José Balmore Martínez Ricinos; AL ORIENTE,

compuesto de tres tramos que se describen así: El Primero, partiendo de

norte a sur, mide veintidós metros, linda con Marta Mendoza Serrano de

Rodas, servidumbre de por medio; El Segundo, partiendo de oriente a

poniente, mide nueve metros; El Tercero, partiendo de norte a sur, mide

doce metros, en ambos tramos linda con inmueble propiedad de la señora

Angelina Ricinos de Martínez; AL SUR, mide seis metros, linda con

inmueble propiedad del señor Romeo García Rojas, calle de por medio;

AL PONIENTE, compuesto de cinco tramos que se describen así: El

Primero, partiendo de sur a norte, mide quince metros; El Segundo,

partiendo de oriente a poniente, mide cuatro punto cincuenta metros; El

Tercero, partiendo de sur a norte, mide tres metros, El Cuarto, partiendo

de oriente a poniente mide cinco metros, en todos los tramos linda con

inmueble propiedad de la Corte Suprema de Justicia; El Quinto, partiendo

de sur a norte, mide quince metros, linda con inmueble propiedad de la

señora María Guadalupe Cárcamo de Laínez. Todos los colindantes son

de este domicilio excepto la Corte Suprema de Justicia, El inmueble no

es dominante ni sirviente, y no le afecta carga o derechos reales a favor

de otras personas, y no lo posee en proindivisión con nadie, lo valora

en la cantidad de MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA. Todo lo anterior en cumplimiento a lo ordenado en los

Art. 1°, 2°, 3°, 4°, de la Ley de Títulos de Predios Urbanos, se avisa al

público para los efectos de ley.

ALCALDIA MUNICIPAL DE TAPALHUACA, Departamento,

La Paz, a los trece días del mes de Junio del año dos mil doce. LIC. JOSE

NELSON QUEZADA, ALCALDE MUNICIPAL.- VICTOR MANUEL

APARICIO, SECRETARIO MUNICIPAL.-

3 v. alt. No. C003080-1

EDicTo DE EMPlaZaMiENTo

MARIO MOISA MARTINEZ JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO: Al señor Jesús Rafael Rivas Mejía, mayor de edad, empleado,

de este domicilio, ahora de domicilio ignorado, se le

HACE SABER: Que en este Tribunal se ha iniciado Proceso

Ejecutivo Mercantil promovido por el Banco CITIBANK DE EL

SALVADOR, Sociedad Anónima o Banco Citibank de El Salvador,

S. A., o Banco CITI de El Salvador, S. A.; o Banco CITI, S. A.; antes

denominado Banco Cuscatlán de El Salvador, Sociedad Anónima, del

domicilio de Santa Tecla, expediente clasificado bajo el Número de Re-

ferencia 58-PROC.EJM-11 (4); representado por el Licenciado Gilberto

Enrique Alas Menéndez, mayor de edad, Abogado, del domicilio de San

Salvador; como su Apoderado General Judicial; con Telefax Número

2221-3697.

Indicándole al señor Jesús Rafael Rivas Mejía, que tiene el plazo

de diez días hábiles para contestar la demanda, apercibiéndole que de no

presentarse a este Tribunal, se continuará el Proceso sin su presencia.-

La parte Demandante ha presentado Poder con que acredita su

Personería, expedido ante los oficios notariales de Any Cristy Argumedo

Campos, el día treinta de Agosto de dos mil diez; Testimonio de escritura

pública de Mutuo celebrado el día catorce de Junio de dos mil uno; y

Testimonio de Escritura Pública de Primera Hipoteca abierta celebrada

el día antes mencionado e inscrita legalmente en el Centro Nacional de

Registros de la Primera Sección del Centro de San Salvador, Matrícula

No. 60273644-00000 Asiento 2, del documento de CONSTITUCION

DE HIPOTECA, sobre un inmueble propiedad del Demandado, el cual es

base de la pretensión, inmueble que se encuentra ubicado en jurisdicción

de Ilopango, Departamento de San Salvador.-

El presente emplazamiento se ordena por edicto de conformidad

con el Art. 186 relacionado con el Art. 182 CPCM; y deberá publicarse

en el Tablero de este Tribunal, por una sola vez en el Diario Oficial y

por tres veces en un periódico de mayor circulación diaria Nacional.-

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas cuarenta y cinco

minutos del día uno de Junio del año dos mil doce.- DR. MARIO MOISA

MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. CECILIA DEL CARMEN

CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.-

1 v. No. F045624

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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396SAUL ERNESTO MORALES, JUEZ DEL JUZGADO QUINTO

DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR, AL SEÑOR

RIGOBERTO REVELO.

HACE SABER: Que en este juzgado se ha iniciado Proceso Eje-

cutivo Mercantil, promovido por el Licenciado GILBERTO ENRIQUE

ALAS MENENDEZ, quien actúa en este proceso como Apoderado

General Judicial con clausula especial del BANCO CUSCATLAN DE

EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, ahora BANCO CITIBANK

DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, que se puede abreviar,

BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, S. A., BANCO CITI DE EL

SALVADOR, S. A. o BANCO CITI S. A, en contra de RIGOBERTO

REVELO, mayor de edad, empleado, del domicilio de San Salvador,

con Documento único de Identidad número cero dos uno nueve cero

cuatro dos nueve - tres y con Número de Identificación Tributaria once

mil ciento cinco - uno tres uno cero seis seis - ciento uno - cinco, actual-

mente de residencia desconocida; razón por la cual, de conformidad a

los arts. 181 inc. 2° y 186 del Código Procesal Civil y Mercantil, se le

previene al señor RIGOBERTO REVELO que se presente a este Juzgado

a contestar la demanda incoada en su contra dentro de los DIEZ DIAS

HABILES, contados a partir del día siguiente a la fecha de la tercera

publicación del edicto respectivo, previniéndole que debe comparecer

al proceso debidamente procurado conforme a los arts. 67, 68, 69, 181,

186 y 462 del Código Procesal Civil y Mercantil, y además al momento

de contestar la demanda, deberá manifestar si formula oposición, la cual

deberá fundamentarse en los motivos establecidos en el art. 464 del

CPCM, y en caso de no comparecer a este juzgado dentro del plazo de

los diez días, se procederá a nombrarle un curador Ad Litem, para que la

represente en el proceso y que de no haber oposición se dictará sentencia

sin más trámite de conformidad al art. 186 inc. 4,465 CPCM.

Libra el presente Edicto, en el Juzgado Quinto de lo Civil y Mercantil

de San Salvador. Y para que lo proveído por el Juzgado tenga su legal

cumplimiento, en San Salvador a las once horas con veinte minutos del

día diecisiete de abril de dos mil doce. DR. SAUL ERNESTO MORA-

LES, JUEZ DEL JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL,

SAN SALVADOR.- LICDA. GABRIELA CAROLINA PALACIOS

CRISTALES, SECRETARIA.-

1 v. No. F045630

YESENIA IVETTE GONZALEZ OTERO, JUEZA (1) PRIMERO DE

LO CIVIL Y MERCANTIL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL

PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado,

a las ocho horas con diez minutos del día veintiuno de marzo de dos

mil doce, EMPLAZA en legal forma a la señora JESSICA MARCELA

ESTEBEZ DE CUBIAS conocida por JESSICA MARCELA ESTEBEZ,

quien es mayor de edad, Estudiante, de este domicilio, con Documento

único de Identidad número cero uno ocho uno nueve uno siete siete

- seis y Número de Identificación Tributaria cero ocho dos uno - cero

cinco cero cinco ocho dos - uno cero tres - siete, de la demanda incoada

en su contra, por el BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SO-

CIEDAD ANONIMA, que puede abreviarse BANCO CITIBANK DE

EL SALVADOR, S. A., BANCO CITI DE EL SALVADOR, S. A.,

o simplemente BANCO CITI, S. A., que antes se denominó BANCO

CUSCATLAN DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, del

domicilio de Santa Tecla, departamento de La Libertad, con Número de

Identificación Tributaria cero seiscientos catorce - cero ocho cero seis

siete dos - cero cero uno - cinco, por medio de su Apoderado General

Judicial con Cláusula Especial, Licenciado GILBERTO ENRIQUE

ALAS MENENDEZ, con dirección en: Apartamento 33 del Condominio

Centro de Gobierno, situado en Séptima Avenida Norte y Trece Calle

Poniente, de esta ciudad, con Telefax número 2221-3697, quien presentó

los siguientes documentos en original: Testimonio de Escritura Matriz

de Contrato de Mutuo con Primera Hipoteca Abierta, otorgada ante los

oficios notariales de la Licenciada GLORIA VALENTINA ROMERO

GUERRERO el día treinta de julio de dos mil cuatro, por el señor JULIO

ERNESTO CUBIAS AGUILLON y la señora JESSICA MARCELA

ESTEBEZ DE CUBIAS conocida por JESSICA MARCELA ESTEBEZ

a favor del BANCO CUSCATLAN DE EL SALVADOR, SOCIEDAD

ANONIMA, que se abrevia BANCO CUSCATLAN DE EL SALVADOR,

S. A., BANCO CUSCATLAN, SOCIEDAD ANONIMA y BANCO

CUSCATLAN, S. A., por la cantidad de QUINCE MIL TRESCIEN-

TOS CINCUENTA DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA ($15,350.00). Testimonio de Escritura Matriz de Primera

Hipoteca Abierta, otorgada ante los oficios notariales del Licenciado LUIS

ALBERTO MARCIANO el día veintitrés de julio de dos mil dos, por el

señor JULIO ERNESTO CUBIAS AGUILLON y la señora JESSICA

MARCELA ESTEBEZ conocida por JESSICA MARCELA ESTEBEZ

DE CUBIAS a favor del BANCO CUSCATLAN DE EL SALVADOR,

SOCIEDAD ANONIMA, que puede abreviarse BANCO CUSCATLAN,

S. A., debidamente inscrito en el Registro Social de Inmuebles, bajo el

número de matrícula TRES CERO CERO CERO CINCO UNO CUA-

TRO CERO - CERO CERO CERO CERO CERO en el asiento NUEVE.

Testimonio de Escritura Matriz de Modificación de Primera Hipoteca

Abierta, otorgada ante los oficios notariales de la Licenciada GLORIA

VALENTINA ROMERO GUERRERO, el día treinta de julio de dos

mil cuatro, por el señor JULIO ERNESTO CUBIAS AGUILLON y la

señora JESSICA MARCELA ESTEBEZ DE CUBIAS conocida por

JESSICA MARCELA ESTEBEZ a favor del BANCO CUSCATLAN

DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, que se abrevia BANCO

CUSCATLAN DE EL SALVADOR, S. A., BANCO CUSCATLAN,

SOCIEDAD ANONIMA y BANCO CUSCATLAN, S. A., debidamente

inscrito en el Registro Social de Inmuebles, bajo el número de matrícula

TRES CERO CERO CERO CINCO UNO CUATRO CERO - CERO

CERO CERO CERO CERO en el asiento DIEZ. Para que en el plazo

de DIEZ DIAS hábiles contados a partir del día siguiente de efectuadas

las publicaciones contesten la demanda incoada en su contra y puedan

preparar la defensa de sus derechos o intereses legítimos, caso contrario

el proceso continuará sin su presencia, conforme lo señalan los Arts. 181

y 182, ambos del CPCM. Haciéndole a su vez la advertencia sobre la

procuración obligatoria conforme lo establecen los Arts. 67, 68, 69 y 75

todos del CPCM. Lo anterior ha sido ordenado en el Proceso Ejecutivo

Mercantil, clasificado bajo el NUE: 01131-10-PE-1CM1 y Ref. 85-EM-

11-10.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San Salvador,

a las ocho horas con veinte minutos del día veintiuno de marzo de dos mil

doce. LIC. YESENIA IVETTE GONZALEZ OTERO, JUEZA (1) PRI-

MERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LICDA. FLORINDA GARCIA

RIVERA, SECRETARIA INTERINA DE ACTUACIONES.-

1 v. No. F045632

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67DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. YESENIA IVETTE GONZÁLEZ OTERO, JUEZA (1) PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PúBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las ocho horas con diez minutos del día veintiuno de marzo de dos mil doce, EMPLAZA en legal forma al señor JULIO ERNESTO CUBÍAS AGUILLÓN, mayor de edad, empleado, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad, con Documento único de Identidad número cero dos tres cuatro tres tres cero cinco- dos, y con Número de Identificación Tributaria cero seis uno cuatro-uno cuatro uno cero ocho cero-uno uno cero-seis; de la demanda incoada en su contra, por el BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA, que puede abreviarse BANCO CITIBANK DE EL SAL-VADOR, S.A., BANCO CITI DE EL SALVADOR, S.A. o simplemente BANCO CITI, S.A., que antes se denominó BANCO CUSCATLÁN DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA, del domicilio de Santa Tecla, departamento de La Libertad, con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce-cero ocho cero seis siete dos-cero cero uno-cinco, por medio de su Apoderado General Judicial con Cláusula Especial, Licenciado GILBERTO ENRIQUE ALAS MENÉNDEZ, con dirección en: Apartamento 33 del Condominio Centro de Gobier-no, situado en Séptima Avenida Norte y Trece Calle Poniente, de esta ciudad, con Telefax número 2221-3697, quien presentó los siguientes documentos en original: Testimonio de Escritura Matriz de Contrato de Mutuo con Primera Hipoteca Abierta, otorgada ante los oficios notariales de la Licenciada GLORIA VALENTINA ROMERO GUERRERO, el día treinta de julio de dos mil cuatro, por el señor JULIO ERNESTO CUBÍAS AGUILLÓN y la señora JESSICA MARCELA ESTEBEZ DE CUBÍAS, conocida por JESSICA MARCELA ESTEBEZ a favor del BANCO CUSCATLÁN DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓ-NIMA, que se abrevia BANCO CUSCATLÁN DE EL SALVADOR, S.A., BANCO CUSCATLÁN, SOCIEDAD ANÓNIMA y BANCO CUSCATLÁN, S.A. por la cantidad de QUINCE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERI-CA ($15,350.00). Testimonio de Escritura Matriz de Primera Hipoteca Abierta, otorgada ante los oficios notariales del Licenciado LUIS AL-BERTO MARCIANO, el día veintitrés de julio de dos mil dos, por el señor JULIO ERNESTO CUBÍAS AGUILLÓN y la señora JESSICA MARCELA ESTEBEZ, conocida por JESSICA MARCELA ESTEBEZ DE CUBÍAS a favor del BANCO CUSCATLÁN DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA, que puede abreviarse BANCO CUSCATLÁN, S.A. debidamente inscrito en el Registro Social de Inmuebles, bajo el número de matrícula TRES CERO CERO CERO CINCO UNO CUA-TRO CERO-CERO CERO CERO CERO CERO, en el Asiento NUEVE. Testimonio de Escritura Matriz de Modificación de Primera Hipoteca Abierta, otorgada ante los oficios notariales de la Licenciada GLORIA VALENTINA ROMERO GUERRERO, el día treinta de julio de dos mil cuatro, por el señor JULIO ERNESTO CUBÍAS AGUILLÓN y la señora JESSICA MARCELA ESTEBEZ DE CUBÍAS, conocida por JESSICA MARCELA ESTEBEZ a favor del BANCO CUSCATLÁN DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA, que se abrevia BANCO CUSCATLÁN DE EL SALVADOR, S.A., BANCO CUSCATLÁN, SOCIEDAD ANÓNIMA y BANCO CUSCATLÁN, S.A., debidamente inscrito en el Registro Social de Inmuebles, bajo el número de matrícula TRES CERO CERO CERO CINCO UNO CUATRO CERO-CERO CERO CERO CERO CERO en el asiento DIEZ. Para que en el plazo de DIEZ DÍAS hábiles contados a partir del día siguiente de efectuadas las publicaciones contesten la demanda incoada en su contra y puedan preparar la defensa de sus derechos o intereses legítimos, caso contrario el proceso continuará sin su presencia, conforme lo señalan los Arts.

181 y 182, ambos del CPCM. Haciéndole a su vez la advertencia sobre la procuración obligatoria conforme lo establecen los Arts. 67, 68, 69 y 75 todos del CPCM. Lo anterior ha sido ordenado en el Proceso Eje-cutivo Mercantil, clasificado bajo el NUE: 01131-10-PE-1CM1 y Ref. 85-EM-11-10.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San Salvador, a las ocho horas con veinte minutos del día veintiuno de marzo de dos mil doce.- LICDA. YESENIA IVETTE GONZÁLEZ OTERO, JUEZA (1) PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LICDA. FLORINDA GARCIA RIVERA, SECRETARIA INTERINA DE ACTUACIONES.

1 v. No. F045633

Marca DE SErVicio

No. de Expediente: 2012115842

No. de Presentación: 20120163496

CLASE: 37.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado WILLIAMS HUMBERTO LIMA PONCE, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra Handyman y diseño, que se traduce como MILUSOS, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS EN PINTURA, TABLAROCA, ALBAÑILERÍA, CARPINTERÍA, ESTRUCTURAS METÁLICAS, ELECTRICIDAD, FONTANERÍA, JARDINERÍA Y CONSTRUCCIÓN. Clase: 37.

La solicitud fue presentada el día primero de febrero del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de junio del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003098-1

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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396No. de Expediente: 2012119673

No. de Presentación: 20120170312

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE FRAN-CISCO MERINO REYES, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra UNIDAD, que servirá para: AMPARAR: PUBLICIDAD, GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES, ADMI-NISTRACIÓN COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de junio del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de junio del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F045667-1

No. de Expediente: 2012119674

No. de Presentación: 20120170313

CLASE: 45.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE FRAN-CISCO MERINO REYES, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra UNIDAD, que servir para: AMPARAR; SERVICIOS JURÍDICOS; SERVICIOS DE SEGURIDAD PARA LA PROTECCIÓN DE BIENES Y PERSONAS; SERVICIOS PER-SONALES Y SOCIALES PRESTADOS POR TERCEROS PARA SATISFACER NECESIDADES INDIVIDUALES. Clase: 45.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de junio del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador. veintiséis de junio del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F045668-1

VENTa VolUNTaria o forZoSa DE UN iNMUEBlE

LA ALCALDIA MUNICIPAL DE EL DIVISADERO, DEPARTA-MENTO DE MORAZÁN.

HACE SABER: Que la Municipalidad de El Divisadero, pretende comprar un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón San Pedro Río Seco, Jurisdicción de El Divisadero, Departamento de Morazán, de la capacidad superficial de MIL TRESCIENTOS DOCE METROS CUADRADOS CINCUENTA CENTIMETROS CUADRADOS, equivalentes a TRES AREAS, de los linderos especiales siguientes: AL ORIENTE, linda con terreno propiedad del grupo Escolar dividido por muro de ladrillos del mismo grupo; AL NORTE, linda con terreno de Luisa Hernández, dividido por cerco de alambre propio del terreno que se describe y calle de servidumbre que le da acceso a este mismo inmueble; AL PONIENTE linda con terreno de Lorenzo Orellana, dividido por barranca natural y cerco de alambre propio del terreno así como por otra calle de servidumbre; y AL SUR, linda con terreno de José David Vásquez Pérez, dividido por cerco de alambre propio del terreno hasta llegar donde se comenzó esta descripción. El inmueble antes descrito contiene dos casas techo de tejas, paredes de adobe, piso de tierra, un corredor al rumbo Poniente, midiendo la primera casa, seis metros de largo por cinco de ancho; y la segunda, techo de tejas, paredes de adobe, piso de tierra, un pozo real; que mide de largo seis metros por cinco de ancho y lo hubo de la señora Domitila Cárcamo Joya. Dicho inmueble es propiedad de los señores José Nicolás Fuentes Alfaro y Elvia Antonia Reyes Reyes; según Escritura Pública de venta de inmueble, otorgada en la ciudad de San Salvador, el día dos de junio del año dos mil nueve, por la señora Nora Evelyn García de Reyes. El cual carece de Inscripción en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas, Centro Nacional de Registros.

Lo que se pone de conocimiento al público en general.

El Divisadero, a los cinco días del mes de julio de dos mil doce.- ANGEL RUBEN BENITEZ ANDRADE, ALCALDE MUNICIPAL.- ELSA JUDITH LAZO PINEDA, SECRETARIA MUNICIPAL.

1 v. No. F045725

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69DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. Marca DE ProDUcTo

No. de Expediente: 2012119252

No. de Presentación: 20120169639

CLASE: 09, 11, 37.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ANA MARIA DE LOURDES LIEVANO DE SOL, en su calidad de APODERADO de DEL SOL ENERGY, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DEL SOL ENERGY, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO,

Consistente en: las palabras DEL SOL ENERGY y diseño, que se traduce al castellano como Energía del Sol, que servirá para: AMPARAR: BATERIAS, CONTROLADORES DE CARGA E INVERSORES. Clase: 09. Para: AMPARAR: PANELES SOLARES, FOCOS AHORRADO-RES. Clase: 11. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE INSTALACION Y MANTENIMIENTO DE PANELES SOLARES. Clase: 31.

La solicitud fue presentada el día seis de junio del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de junio del año dos mil doce.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003084-1

No. de Expediente: 2010103706

No. de Presentación: 20100141598

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRANCISCO JAVIER CALLEJA MALAINA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de CALLEJA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

SUPEr SElEcToS BaKErY Consistente en: las palabras SUPER SELECTOS BAKERY que se traducen al castellano como SUPER SELECTOS PANADERIA, que

servirá para: AMPARAR: HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES, PAN, PAN DULCE, PASTELERIA Y CONFITERIA, HELADOS, LEVADURA, POLVOS PARA HORNEAR. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día veinte de septiembre del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, seis de diciembre del año dos mil once.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003085-1

No. de Expediente: 2012119128

No. de Presentación: 20120169453

CLASE: 24.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado WALTER ALEXANDER LOPEZ NAVAS, en su calidad de APODERADO de HASGAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: HASGAL, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la expresión TEXTILES EXCLUSIVOS y dise-ño, que servirá para: AMPARAR: TEJIDOS, COLCHAS TAPETES, CORTINAS, ARTICULOS TEXTILES NO INCLUIDOS EN OTRAS CLASES. Clase: 24.

La solicitud fue presentada el día primero de junio del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, trece de junio del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003109-1

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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396

de segunda publicación

acEPTacioN DE HErENcia

JOSE SALOMON ALVARENGA VASQUEZ, JUEZ PRIMERO DE

LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las once horas

con diez minutos del día veintiocho de junio del año dos mil doce, en las

diligencias de Aceptación de Herencia Intestada, clasificadas con el NUE:

00336-12-DV-1CM1/99-03; se ha tenido por aceptada expresamente y

con beneficio de inventario, de parte de los señores KARLA PATRICIA

URRUTIA RODRIGUEZ, de veintiséis años de edad, estudiante, del

domicilio de Quelepa, departamento de San Miguel, con Documento

único de Identidad número: cero tres seis tres cuatro cuatro cinco tres

- nueve, y con Número de Identificación Tributaria: un mil doscien-

tos doce- cero once mil doscientos ochenta y cinco-ciento uno- dos;

ALFREDO MANRIQUE RODRIGUEZ URRUTIA, de veinte años de

edad, estudiante, del domicilio de Quelepa, departamento de San Miguel,

con Documento único de Identidad número: cero cuatro cuatro siete cuatro

nueve uno cero- nueve, y con Número de Identificación Tributaria: un mil

doscientos doce- ciento cincuenta mil setecientos noventa y uno- ciento

uno- cero; y JOSE ABILIO RODRIGUEZ CHAVEZ, de treinta y dos

años de edad, Albañil, del domicilio de Quelepa, departamento de San

Miguel, con Documento único de Identidad número: Cero dos millones

doscientos treinta y cinco mil setecientos siete cero- ocho, y con Número

de Identificación Tributaria: un mil doscientos doce- ciento cincuenta

y un mil setenta y nueve- ciento dos- seis; la herencia intestada dejada

por el causante, señor JOSE ABILIO RODRIGUEZ, quien falleció en el

Hospital Nacional San Juan de Dios de San Miguel, a las veintiún horas

con cuarenta minutos del día veinticuatro de enero de dos mil doce, a

consecuencia de paro cardíaco, trauma craneoencefálico severo, según

constancia medica extendida por el Doctor Ernesto Napoleón Zepeda

Villacorta; que al momento de la defunción era de sesenta y cuatro años

de edad, acompañado con María Berta Urrutia, Albañil, originario de

San Miguel, del domicilio de Quelepa, de nacionalidad salvadoreña; y

se le ha conferido a los aceptantes en la calidad antes indicada, a admi-

nistración y representación interina de la sucesión, con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia Yacente que regula el

Artículo 480 Código Civil. Cítese a los que se crean con derecho a la

herencia para que se presenten a este Juzgado dentro de los quince días

subsiguientes después de la última publicación de este edicto.

Lo que pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San

Miguel, a las doce horas con veinte minutos del día veintiocho de

junio del año dos mil doce. LIC. JOSE SALOMON ALVARENGA

VASQUEZ, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE

SAN MIGUEL.- LIC. ROLANDO ARTURO LAZO ANDRADE,

SECRETARIO INTERINO.-

3 v. alt. No. C002983-2

BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRI-

MERA INSTANCIA; DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTA-

MENTO DE MORAZAN.-

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado

a las catorce horas de este día, SE HA TENIDO POR ACEPTADA

EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO de parte

de la señora MARIA MERCEDES PORTILLO DE CASTRO, de se-

senta y cinco años de edad, de oficios domésticos, del domicilio de San

Francisco Gotera, Departamento de Morazán, con Documento único de

Identidad Número cero dos cinco cinco cuatro nueve seis guión cuatro; y

Tarjeta de Identificación Tributaria número Un mil trescientos veinticinco

guión doscientos diez mil novecientos treinta y seis guión ciento uno

guión cero; de la herencia que en forma intestada dejó el señor JOSE

ISAAC CASTRO, quien fue de setenta y seis años de edad, Agricultor

en Pequeño, casado, originario de Torola y con último del domicilio

en esta ciudad de San Francisco Gotera, departamento de Morazán;

nacionalidad Salvadoreña, hijo de CASTULA CASTRO, quien falleció

a las cero horas y treinta minutos del día DIECISEIS DE FEBRERO DE

DOS MIL ONCE; en el Hospital San Juan de Dios de la ciudad de San

Miguel; siendo la ciudad de San Francisco Gotera, su último domicilio;

en concepto de ESPOSA del causante.- Se ha conferido a la referida

aceptante en la calidad expresada la administración y representación

INTERINA de dicha sucesión con las facultades y restricciones de los

curadores de la Herencia Yacente.- Y cita a las personas que se crean con

derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo

dentro del término de quince días contados desde el siguiente a la tercera

publicación de este edicto.-

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a

las catorce horas y treinta minutos del día veinticinco de junio de dos

mil doce.- LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZ 1° DE 1ª

INSTANCIA.- LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA,

SECRETARIA.-

3 v. alt. No. C003009-2

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71DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. JOSE SALOMON ALVARENGA VASQUEZ, JUEZ PRIMERO DE

LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL. -

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las nueve horas

con diez minutos del día veinticinco de junio del año dos mil doce, en

las diligencias de Aceptación de Herencia Intestada, clasificadas con el

NUE: 00490-12-DV-1CM1-145-1; se ha tenido por aceptada expresa-

mente y con beneficio de inventario, la herencia intestada dejada por

la causante, señora ANA MARIBEL MOREIRA CASTRO, conocida

por ANA MARIBEL MOREIRA, quien fuera de cincuenta y cinco años

de edad, de Oficios Domésticos, Salvadoreña, del último domicilio de

Quelepa, departamento de San Miguel; dicha causante falleció a las

dieciséis horas del día veinticuatro de marzo del año dos mil doce, en

el Cantón El Obrajuelo, de la Jurisdicción de Quelepa, departamento de

San Miguel; de parte del señor WILSON ATILIO MOREIRA, de treinta

y dos años de edad, contador, del domicilio de Quelepa, departamento de

San Miguel, con Documento único de Identidad número: cero un millón

trescientos setenta y dos mil seiscientos setenta y dos- cero, y con Número

de Identificación Tributaria: un mil doscientos doce- cero ochenta mil

setecientos setenta y nueve- ciento uno- cero, como solicitante en concepto

de hijo de la causante y en concepto de Único Heredero en virtud de

la Renuncia del Derecho Hereditario que hicieran los señores OSCAR

ARMANDO MOREIRA TICAS, CLAUDIA IDETH MOREIRA DE

ACOSTA y GERTRUDIS CASTRO DE MOREIRA hoy VIUDA DE

MOREIRA, que les correspondía a los primeros en concepto de hijos

sobrevivientes y a la última en concepto de madre sobreviviente de la

causante; y se le ha conferido al aceptante en el concepto antes men-

cionado, la administración y representación interina de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente

que regula el Artículo 480 Código Civil. Cítese a los que se crean con

derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado dentro de

los quince días subsiguientes después de la última publicación de este

edicto.

Lo que pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San

Miguel, a las ocho horas con veintitrés minutos del día veinticinco

de junio de dos mil doce.- LIC. JOSE SALOMON ALVARENGA

VASQUEZ, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE

SAN MIGUEL.- LIC. ROLANDO ARTURO LAZO ANDRADE,

SECRETARIO INTERINO.-

3 v. alt. No. C003010-2

JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN: AL

PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución de las ocho horas y cuarenta y cinco

minutos de este día se ha tenido por Aceptada Expresamente y con Be-

neficio de Inventario la Herencia Intestada, que a su defunción dejó la

señora MARTA GLORIA ZELAYA, conocida por MARTA ZELAYA,

al fallecer el día veinticuatro de junio de mil novecientos ochenta,

Barrio La Parroquia, de la Ciudad de Santa Elena, siendo la Ciudad de

Santa Elena, su último domicilio, de parte de la señora NORA DIGNA

ZELAYA, en calidad de hija de la causante.

Confiérasele a la aceptante dicha, la Administración y Represen-

tación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de los

Curadores de la Herencia Yacente.

Fíjense y Publíquense los Edictos respectivos, citándose a los que

se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en

el término que la ley indica. Art. 1163 C. C..

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los

veintiún días del mes de mayo de dos mil doce. LIC. JOSE ANTONIO

GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN

HERNANDEZ, SECRETARIA.-

3 v. alt. No. C003011-2

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída este día a las diez

horas y veinticinco minutos, se ha tenido por aceptada expresamente, con

beneficio de inventario la herencia intestada que dejó la señora MARGA-

RITA SORTO DE FLORES, o MARGARITA SORTO, quien falleció el

día seis de diciembre del dos mil diez, en el Hospital Nacional Rosales,

de la ciudad de San Salvador, siendo su último domicilio Conchagua,

Departamento de La Unión; de parte de RODRIGO FLORES SORTO,

en calidad de hijo de la causante. Confiriéndole a dicho aceptante, en

el carácter indicado, la administración y representación interina de la

sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la He-

rencia Yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para que

en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel, lo

demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los cinco minutos

del día cinco de junio del dos mil doce.- LIC. ROGELIO HUMBERTO

ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO

PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F045259-2

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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396LICENCIADA GUADALUPE MAYORAL GARCIA, JUEZA INTE-

RINA DE LO CIVIL, JUZGADO DE LO CIVIL, SANTA TECLA.

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolución

de este Juzgado, de las ocho horas con tres minutos del día quince de

junio de dos mil doce, SE HA TENIDO POR ACEPTADA expresamente

y con beneficio de inventario de parte de la señora ANA YVETTE SOL,

DE MONICO, en su calidad de cónyuge sobreviviente, y de las seño-

ritas GABRIELA RENEE MONICO SOL, IVETTE ALEJANDRA

MONICO SOL y la menor ANDREA MERCEDES MONICO SOL

representada legalmente por su madre la señora SOL DE MONICO,

en sus calidades de hijas de sobrevivientes del causante, la herencia

intestada dejada por el causante señor JOSE ATILIO MONICO CORTEZ,

quien falleció en la rivera del Río Lempa, conocido como La Canastía,

municipio de Citalá, departamento de Chalatenango, siendo su último

domicilio el municipio de Santa Tecla, departamento de La Libertad, el

día veintiocho de diciembre del año dos mil diez, a la edad de cincuenta

años, quien fue Ingeniero Agrónomo, Casado, originario del municipio

de Ahuachapán, Departamento de Ahuachapán, aceptación que hace la

señora ANA YVETTE SOL DE MONICO, en su calidad de cónyuge

sobreviviente y de las antes citadas señoritas GABRIELA RENEE MÓNI-

CO SOL, IVETTE ALEJANDRA MONICO SOL y la menor ANDREA

MERCEDES MONICO SOL, representada legalmente por su madre la

señora SOL DE MONICO, en sus calidades de hijas sobrevivientes del

causante. Y SE LES HA CONFERIDO A LAS ACEPTANTES la Ad-

ministración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades

y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. Por lo anterior

se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten

a este Tribunal a deducirlo en el término de quince días contados desde

el siguiente a la tercera publicación del presente edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: SANTA TECLA,

a las nueve horas con siete minutos del día quince de junio de dos mil

doce. LICDA. GUADALUPE MAYORAL GARCIA, JUEZA INTERI-

NA DE LO CIVIL DE SANTA TECLA.- LICDA. ROSA ANGELICA

HERNANDEZ EUCEDA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F045286-2

ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL, DEPARTAMENTO DE LA UNIÓN; AL

PúBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las catorce

horas y diez minutos del día once de mayo del corriente año; se tuvo

por aceptada expresamente, y con beneficio de inventario, la herencia

intestada que al fallecer a las diez horas con cuarenta y cinco minutos

del día uno de julio del año dos mil diez, en el Hospital Nacional

Rosales de la ciudad de San Salvador, siendo su último domicilio el

Caserío Pedernal, Cantón El Molino, Jurisdicción de Concepción de

Oriente, departamento de La Unión, dejara la causante CLORINDA

MALDONADO conocida por FLORINDA MALDONADO MORENO

y por CLORINDA MALDONADO VIUDA DE VELÁSQUEZ, a favor

de los señores PAULITA VELÁSQUEZ DE GRANADOS en concepto

de hija sobreviviente y EMIDIO VELÁSQUEZ MALDONADO, en

concepto de hijo sobreviviente y además como Cesionario de los derechos

hereditarios que en la referida sucesión le correspondían a los señores

BERTA LORENA MALDONADO, JOSÉ ANTONIO MALDONADO

VELÁSQUEZ, EDWIN RENÉ VELÁSQUEZ MALDONADO, RUFI-

NA VELÁSQUEZ VIUDA DE CAMPOS, SANTOS NÉSTOR VELÁS-

QUEZ MALDONADO y ALBA LUZ MALDONADO VELÁSQUEZ

conocida por ALBA LUZ MALDONADO, como hijos de la causante

antes mencionada, de conformidad con lo establecido en los Arts. 988

N° 1°. y el 1699 del Código Civil, En consecuencia, se les confirió a

los aceptantes, en el carácter dicho, la administración y representación

interina de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y res-

tricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-

tamento de La Unión, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos

mil doce.- LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CI-

VIL.- LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F045293-2

MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZA

DE PRIMERA INSTANCIA DE BERLIN, DEPARTAMENTO DE

USULUTAN, AL PúBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con treinta

minutos del día nueve de mayo del año dos mil doce, se ha tenido por

aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia Intestada

de los bienes que a su defunción dejó la causante ROSA HERNANDEZ,

quien falleció a las veintiuna horas con veintidós minutos del día veintisiete

de agosto del año dos mil diez, en Cantón El Jocotillo del Municipio

de Mercedes Umaña, departamento de Usulután, a consecuencia de

Paro Cardiaco, sin asistencia médica, siendo el Cantón El Jocotillo del

Municipio de Mercedes Umaña, en el departamento de Usulután, su

último domicilio; de parte del señor JOSE NICOLAS HERNANDEZ

FLORES, en su calidad de Cesionario de los Derechos Hereditarios que

en abstracto le correspondían a la señora MILAGRO HERNÁNDEZ

AYALA, ésta última en su calidad de hija de la causante; confiriéndole

al señor JOSE NICOLAS HERNANDEZ FLORES, la Administración y

Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.-

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73DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. Cítense a los que se crean con derecho a la herencia, para que

dentro del término de ley, se presenten a este Juzgado a hacer uso de sus

derechos, lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos

legales consiguientes.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Berlín, a las once

horas del día nueve de mayo del año dos mil doce. LIC. MERCEDES

CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZA DE PRIMERA

INSTANCIA.- LICDA. ANA MARGARITA BERMUDEZ DE

HENRIQUEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F045297-2

JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA DE ESTE DISTRITO.

HACE SABER: Que por resolución de este juzgado de las once

horas y veinte minutos, de este día, SE HA TENIDO POR ACEPTADA

expresamente y con beneficio de inventario de parte del señor JAIME

ERNESTO AGUIRRE ESCALANTE, con Documento único de Iden-

tidad número cero un millón setecientos diecinueve mil novecientos

noventa y siete guión cinco y con Número de identificación Tributaria:

cero ciento tres guión doscientos ochenta mil ochocientos ochenta y

tres guión ciento dos guión seis; LA HERENCIA INTESTADA, que

a su defunción dejó el señor JUAN VICENTE LUCERO AGUIRRE

conocido por JUAN VICENTE LUCERO, quien fue de treinta años

de edad, agricultor en pequeño, fallecido a las dieciocho horas del día

veintiuno de julio de mil novecientos noventa y ocho, en el Cantón San

Antonio, jurisdicción de la Población de El Refugio de este Distrito, su

último domicilio, en concepto de cesionario del Derecho Hereditario que

correspondía a los señores JUAN ANTONIO LUCERO BARRERA

y MARIA ANGELICA LUCERO, el primero como hijo del causante

y la segunda como madre del mismo de cujus; se les ha conferido a los

aceptantes en el carácter dicho la administración y representación Inte-

rinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a las

once horas y treinta minutos del día veintidós de marzo del año dos

mil doce.- LIC. JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. HUGO ALCIDES MARTINEZ

SANTILLANA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F045307-2

DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL. Al público para efectos

de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas y cincuenta

minutos del día diecisiete de mayo de dos mil doce, se ha tenido por

aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada

que a su defunción dejó la causante señora MARIA OLIMPIA GARCIA

DE BONILLA; quien fue de setenta y un años de edad, fallecida el día

dieciséis de diciembre del año dos mil diez, siendo la ciudad de Chapeltique

el lugar de su último domicilio; de parte del señor ASISCLO BONILLA

CASTILLO, en calidad de cónyuge sobreviviente. Confiriéndosele al

aceptante en el carácter indicado la Administración y Representación

INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos legales

consiguientes.

Librado en el JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCAN-

TIL, San Miguel, a las catorce horas cincuenta y ocho minutos del día

diecisiete de mayo de dos mil doce.- LIC. DIANA LEONOR ROMERO

DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LIC.

IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SECRETARIA DE ACTUA-

CIONES.

3 v. alt. No. F045319-2

JUEZ DE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PúBLICO

PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido por

aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada

que a su defunción dejó el causante LISANDRO BARAHONA ALDA-

NA o LISANDRO BARAHONA, quien falleció el día diecinueve de

octubre de dos mil once, en su casa de habitación del Caserío El Llano,

Cantón Santa Teresa de Santiago Nonualco, su último domicilio, por

parte de JUAN EVELIO BARAHONA REYES en concepto de hijo del

referido causante. Nómbrase al aceptante Interinamente, Administrador

y Representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con

derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,

comparezcan a este Juzgado a justificar dicha circunstancia.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, dieciocho de junio de

dos mil doce.- DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.-

JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F045321-2

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74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a las

catorce horas treinta minutos del día veintiséis de junio de dos mil doce,

se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario

la herencia intestada dejada a su defunción por la señora ANGELA

ISABEL RAMOS MATA conocida por ANGELA ISABEL RAMOS,

quien fue de cuarenta y cinco años de edad, Profesora, soltera, originaria

y del domicilio de Aguilares, departamento de San Salvador, siendo ese

su último domicilio, fallecida el día veintitrés de diciembre de dos mil

once; de parte del menor EDWIN CRISTOBAL SIBRIAN RAMOS, en

concepto de hijo de la causante, representado legalmente por su padre,

señor CARLOS ALBERTO SIBRIAN RIVERA, a quien se le ha confe-

rido la administración y representación INTERINA, de la sucesión con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se hace saber al público en general para que todo el que

tenga derecho en la presente sucesión se apersone al Juzgado a hacer

valer el mismo durante el término de quince días después de la presente

publicación y demás efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las catorce

horas treinta y cinco minutos del día veintiséis de junio de dos mil

doce.- LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA

DE LO CIVIL.- LIC. JOSE ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SE-

CRETARIO.

3 v. alt. No. F045326-2

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO.

HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal de las ocho

horas quince minutos del día veintiséis de junio del presente año.- Se

ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la

herencia intestada dejada por el señor SANTOS GARCIA COLOCHO,

fallecido el día dieciséis de octubre del dos mil seis, siendo esta ciudad el

lugar de su último domicilio, de parte de la señora SONIA JEANNETE

CRUZ Viuda DE GARCIA o SONIA JEANNETTE CRUZ viuda DE

GARCIA en concepto de cónyuge y como cesionaria de los derechos

que les correspondían a los señores MATILDE COLOCHO conocida

por Matilde Teresa Colocho y por Teresa Matilde Colocho, MIRNA

YAMILETH GARCIA CRUZ y MARVIN ALEJANDRO GARCIA

CRUZ, la primera como madre y los dos últimos, en concepto de hijos,

todos del causante.

Se ha conferido a la aceptante la administración y representación

interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las catorce horas del día

tres de julio del dos mil doce. DR. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ

DE LO CIVIL.- LIC. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F045366-2

DOCTOR DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA DE TEJUTLA, CHALATENANGO.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado proveída a

las doce horas y cuarenta y cinco minutos del día veintidós de junio del

presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de

Inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor Jorge

Wilfredo Vega, de cuarenta y cinco años de edad, soltero, panificador,

originario de Santa Ana, del domicilio de Barrio El Calvario, Nueva

Concepción, Departamento de Chalatenango, hijo de María Isabel Vega,

falleció a las veintidós horas diez minutos del día uno de noviembre del

dos mil once, en el Barrio El Calvario, Nueva Concepción, por parte de

los menores José Orlando Vega Sandoval y Carlos Iván Vega Sandoval,

quienes son representados legalmente por su madre señora Domitila

Sandoval Gutiérrez, en su calidad de hijos. Confiérese a la representante

de los menores la administración y representación interina de la sucesión

con las facultades y restricciones legales que les corresponden a los

curadores de la herencia yacente. Fíjense y publíquense los edictos de

Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de Tejutla,

a los veintidós días del mes de Junio del dos mil doce.- Dr. DANILO

ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda.

ERLINDA GUADALUPE GUERRERO, SECRETARIA.

3 v. c. No. F045531-2

TiTUlo DE ProPiEDaD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta alcaldía se ha presentado el Licenciado

OMAR ALBERTO ROMERO FUENTES, actuando en su concepto

de apoderado del señor DOMINGO TURCIOS, solicitando TITULO

DE PROPIEDAD, sobre: Una porción de terreno de naturaleza urbana,

situado sobre la Segunda Calle Poniente, Barrio Buenos Aires, municipio

de Joateca, departamento de Morazán, de la extensión superficial de

DOSCIENTOS NUEVE PUNTO VEINTISEIS METROS CUADRA-

DOS, que tiene la siguiente descripción técnica: Se inicia en el vértice

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75DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. sur-poniente y siguiendo las agujas del reloj dice: AL PONIENTE,

consta de un tramo así: Tramo uno, del mojón uno al mojón dos, con

una distancia de diecisiete punto cuarenta y dos metros, con rumbo Norte

veintiséis grados quince minutos dieciocho segundos Este, linda con

terreno de Rosali Chicas; AL NORTE, consta de un tramo así: Tramo

uno, del mojón dos al mojón tres, con una distancia de doce punto setenta

y ocho metros, con rumbo Sur sesenta grados cincuenta y dos minutos

cincuenta y siete segundos Este, linda con terreno de Antonio Benítez; AL

ORIENTE, consta de un tramo así: Tramo uno, del mojón tres al mojón

cuatro, con una distancia de quince punto cincuenta y cuatro metros, con

rumbo Sur veintiséis grados cuarenta y cuatro minutos cincuenta y cuatro

segundos Oeste, linda con terreno de Santana Argueta; y AL SUR, consta

de un tramo así: Tramo uno, del mojón cuatro al mojón uno, con una

distancia de doce punto setenta metros, con rumbo Norte sesenta y nueve

grados veinte minutos cuarenta y dos segundos Oeste, linda con terreno

de Eladio Pereira, Segunda Calle Poniente de por medio. El inmueble

anteriormente descrito lo adquirió por medio de compraventa verbal,

que le hiciera al señor HECTOR ORLANDO BONILLA ARGUETA,

valuando dicho inmueble en la cantidad de VEINTE MIL DOLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; no es predio sirviente

ni dominante, no tiene carga ni derechos reales constituidos en él, no

está en proindivisión con nadie.

Joateca, departamento de Morazán, a los veintiséis días del mes

de junio del dos mil doce.

JOSE OSMIN RAMOS BONILLA,

ALCALDE MUNICIPAL.

DEYSI CONCEPCION MARQUEZ ARGUETA,

SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. C003024-2

TiTUlo SUPlETorio

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-

PARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO PARA EFECTOS

DE LEY.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado

LEONEL ENRIQUE MARTINEZ MEJIA, como apoderado General

Judicial del señor ISRAEL VASQUEZ RAMOS, a solicitar a favor de

éste TITULO SUPLETORIO, sobre un inmueble de naturaleza rústica,

situado en el Cantón Agua Zarca, Jurisdicción de Osicala, Distrito del

mismo nombre, Departamento de Morazán, de la capacidad Superfi-

cial de DIEZ MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO METROS

CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE,

ciento cincuenta metros, con la señora Ana Gloria Vásquez, cerco de

alambre de por medio; AL ORIENTE treinta y cinco metros, linda con

Enriqueta Vásquez cerco de alambre de por medio; AL SUR, ciento

ochenta y seis metros, linda con Isaías Vásquez cerco de alambre de por

medio; y AL PONIENTE, ochenta y siete metros, con Lucidio Portillo y

Maximina Membreño, calle de por medio.- Dicho inmueble lo adquirió

por compraventa verbal que le hizo al señor Bartolo Vásquez; se estima

en el precio de TRES MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMERICA.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco

Gotera, a los veintisiete días del mes de Junio del dos mil doce.- LIC.

JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2º. DE 1ª. INS-

TANCIA.- LICDA. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003015-2

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-

PARTAMENTO DE MORAZÁN, AL PúBLICO PARA EFECTOS

DE LEY.

HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado la Licenciada

ANA YANCIE MELGAR DE MARTINEZ, como Apoderada General

Judicial del señor CIRIACO CHICA CLAROS, a solicitar a favor de

éste TITULO SUPLETORIO, sobre un inmueble de naturaleza rústica,

situado en el Caserío El Limón, Cantón El Zapotal, Municipio de Joateca,

Departamento de Morazán, de las medidas y colindancias siguientes: AL

NORTE, partiendo del vértice Nor Oeste, y en el sentido de las agujas

del reloj, línea compuesta por diez tramos, el primero con una distancia

de treinta y siete metros con un centímetros; el segundo, treinta y cuatro

metros con trece centímetros, el tercero diecinueve metros con ochenta

y cinco centímetros, el cuarto, once metros con setenta centímetros, el

quinto doce metros con sesenta y cinco centímetros, el sexto, veintiséis

metros con sesenta y tres centímetros, el séptimo, veintiún metros con

veintiún centímetros, el octavo, catorce metros, el noveno treinta y un

metros con veintiséis centímetros y décimo veintiún metros cincuenta

y cuatro centímetros; llegando de esta forma al vértice Nor-Este, linda

con sucesión de Ismael Pereira, cerco de alambre de púas de por medio;

AL ESTE, partiendo del vértice Nor este, y en sentido de las agujas

del reloj, línea compuesta por VEINTIUN TRAMOS, el primero con

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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396una distancia de cinco metros, el segundo dieciséis metros con sesenta

y cuatro centímetros, el tercero, dieciséis metros doce centímetros, el

cuarto dieciocho metros con cuarenta y cuatro centímetros, el quinto,

quince metros, el sexto, dos metros con veinticuatro centímetros, el

séptimo dos metros ochenta y tres centímetros, el octavo siete metros

veintiún centímetros, el noveno quince metros sesenta y dos centímetros,

el décimo diecisiete metros veinte centímetros, décimo primero, doce

metros con setenta y tres centímetros, décimo segundo veintidós metros

con treinta y seis centímetros, décimo tercero, dieciocho metros sesenta

y ocho centímetros, décimo cuarto, once metros treinta y centímetros,

décimo quinto, cuatro metros veinticuatro centímetros, décimo sexto, siete

metros ochenta y un centímetros, décimo séptimo, treinta y cinco metros

treinta y cuatro centímetros, décimo octavo dieciséis metros noventa y

cuatro centímetros, décimo noveno, cuarenta y tres metros veintiocho

centímetros; vigésimo, treinta y un metros ocho centímetros; vigésimo

primero tres metros, llegando de esta forma al vértice Sur Este; linda

con sucesión de Ismael Pereira y con inmueble propiedad de Gerardo

Benítez, cerco de labre de púas de por medio; AL SUR, partiendo del

vértice Sureste y en sentido de las agujas del reloj, línea compuesta por

CARTOCE TRAMOS, el primero veintiún metros veintiún centímetros,

el segundo cinco metros treinta y nueve centímetros, el tercero, cuarenta

y tres metros con setenta y cuatro centímetros, el cuarto veintiún metros

noventa y tres centímetros, el quinto dieciocho metros tres centímetros,

el sexto cuarenta y dos metros con seis centímetros, el séptimo, cuarenta

y un metros once centímetros, el octavo treinta y tres metros catorce

centímetros, el noveno trece metros cuarenta y cinco centímetros, el

décimo, treinta y cinco metros once centímetros, décimo primero diez

metros treinta centímetros, décimo segundo veinticinco metros setenta

y un centímetros, décimo tercero veinte metros veinticinco centímetros

décimo cuarto veinte metros diez centímetros, llegando de esta forma al

vértice sur-Oeste, linda con inmueble del señor Gerardo Benítez, cerco

de alambre de púas de por medio. AL OESTE, partiendo del vértice sur-

Oeste, y en sentido de las agujas del reloj, línea compuesta por NUEVE

TRAMOS, el primero siete metros con siete centímetros, el segundo

veinte metros con sesenta y dos centímetros, el tercero cuarenta metros

con setenta y dos céntimetros, el cuarto treinta y seis metros setenta y

dos centímetros, el quinto, quince metros ochenta y un centímetros, el

sexto treinta y seis metros seis centímetros, el séptimo treinta y ocho

metros ochenta y tres centímetros, el octavo veintiocho metros sesenta

y cinco centímetros, el noveno diez metros con cinco centímetros,

llegando de esta forma al vértice Nor-Oeste, que es de donde inicia la

presente descripción; linda con sucesión de Ismael Pereira, cerco de

alambre de por medio.- Dicho inmueble lo adquirió por compraventa de

posesión material que le hizo a la señora MARIA SEFERINA CLAROS

ARGUETA; se estima en el precio de CUATRO MIL DOLARES DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera instancia: San Francisco

Gotera, a los diecinueve días del mes de Abril del Dos mil doce.- LIC.

JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2º. DE 1ª. INS-

TANCIA.- LICDA. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F045275-2

AMERICO GIOVANNI MEJÍA GUEVARA, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA INTERINO DE BERLIN, DEPARTAMENTO DE USU-

LUTÁN, al Público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado

JAVIER DE JESUS JUAREZ GONZÁLEZ, en su carácter de Apoderado

General Judicial, con Cláusula Especial de la señora JUANA VASQUEZ,

de sesenta y un años de edad, oficios domésticos, del domicilio de

Mercedes Umaña, departamento de Usulután; con Documento único de

Identidad número cero un millón seiscientos diez mil setecientos treinta

y tres guión uno y Número de Identificación Tributaria un mil ciento

dos guión doscientos noventa y un mil ciento cuarenta y nueve guión

ciento uno guión cinco, solicitando Título Supletorio de un Inmueble de

naturaleza rústica, situado en Cantón Santa Anita, sobre la Calle Anti-

gua al Cementerio, del municipio de Mercedes Umaña, departamento

de Usulután, de la capacidad superficial de Mil Cuatrocientos Catorce

metros cuadrados, el cual tiene los linderos siguientes: Al Norte; colinda

con César de Jesús Martínez antes, hoy con Moisés Zavala, calle de por

medio. Al Oriente; Colinda con Sebastián Ardona, antes, hoy con Marta

Montes y René Montes. Al Sur; Colinda con Celia Martínez, antes,

hoy con Benjamín Adorna Majano. Y al Poniente; Colinda con Pedro

Antonio Ardona. Dicho inmueble no tiene cargas ni Derechos Reales,

no está en proindivisión con nadie, no es dominante ni sirviente, todos

los colindantes son del domicilio de Mercedes Umaña y dicho inmueble

se valora en la cantidad de Mil Cuatrocientos Dólares de los Estados

Unidos de América. La solicitante adquirió el inmueble por medio de

Compra Venta de Posesión que le hizo a su madre la señora JOSEFA

DE JESUS VASQUEZ, en fecha veintitrés de septiembre del año dos

mil once, quien a su vez había adquirido dicho inmueble por medio de

Donación Verbal de parte de su Compañero de Vida, MANUEL SOSA

BATRES, por lo que carece de antecedente inscrito en el Registro de la

Propiedad; que al sumar la posesión de la señora JOSEFA DE JESUS

VÁSQUEZ, con la de la señora JUANA VÁSQUEZ, hasta la fecha,

suman aproximadamente más de treinta años, tiempo durante el cual

manifiesta el Poderdante de la Solicitante se ha mantenido la posesión

en forma material, quieta, pacífica, pública y no interrumpida, posesión

que consiste en efectuar actos de verdadera dueña, tales como: cuidarlo,

cercarlo, reparar sus cercas, construir y vivir en él, siendo ésta reconocida

por todos sus vecinos, amigos y colindantes en general como única dueña

de ese terreno y que no hay otros poseedores en proindivisión.

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77DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Berlín,

a las doce horas del día quince de diciembre del año dos mil once.- LIC.

AMERICO GIOVANNI MEJÍA GUEVARA, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA INTERINO.- LICDA. ANA MARGARITA BERMUDEZ

DE HENRIQUEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F045292-2

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE SUCHI-

TOTO. Al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado

DANIEL JOSE DIAZ BELTRAN; quien actúa en su calidad de Apo-

derado General Judicial con Cláusula Especial del Señor GREGORIO

CALDERON: quien es de cincuenta y ocho años de edad, Abogado,

originario de Suchitoto, departamento de Cuscatlán; y de domicilio de

San Salvador, con Documento único de Identidad Personal Número: cero

cero nueve cero cinco ocho ocho nueve-ocho; y Número de Identificación

Tributaria: cero siete uno cinco- dos ocho cero cinco cinco tres-cero

cero tres-seis; con citación del Síndico Municipal de esta ciudad, soli-

citando TITULO SUPLETORIO de un inmueble de naturaleza rústica,

ubicado en el Cantón Palo Grande, Caserío El Gramal, Calle al Cerro

de Guazapa, jurisdicción de Suchitoto, Departamento de Cuscatlán, el

inmueble tiene un Área Superficial de cuatro mil trescientos ochenta y

uno punto treinta y dos metros cuadrados (4,371.32m'), equivalentes

a seis mil doscientos cincuenta y cuatro punto cuarenta y ocho varas

cuadradas (6,254.48v'), según Certificación de Denominación Catastral,

su extensión real es de CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA

Y UNO PUNTO TREINTA Y DOS METROS CUADRADOS. Que

tiene las medidas según remedición que se le hiciera a dicho inmueble,

y son las Siguientes: Partiendo del mojón uno del plano de medición

y que a su vez es el vértice Nor-Oriente del inmueble que se describe

a continuación, AL ORIENTE; formado por tres tramos rectos, el pri-

mero con rumbo Sur, veinte y cuatro grados diez y seis minutos veinte

y cuatro segundos Este con distancia de cincuenta y tres metros veinte

cinco centímetros, el Segundo con rumbo Sur treinta y nueve grados un

minutos cincuenta y siete segundos Este con distancia de treinta y un

metros cincuenta centímetros, y el Tercero con rumbo Sur un grado cero

minutos cuarenta y siete segundos este con distancia de nueve metros

setenta y siete centímetros; colindando el primero y segundo tramo

con propiedad de Nicolás Arévalo y el Tercer tramo con la propiedad

de José Agustín Acosta con vertiente Ojo de agua y Calle al gramal de

por medio. AL SUR; formado por cuatro tramos rectos el primero con

rumbo Sur setenta y cuatro grados veinte y seis minutos doce segundos

Oeste con distancia de diez y siete metros setenta y ocho centímetros,

el Segundo con rumbo Sur cincuenta y un grados veinte y tres minutos

cincuenta y un segundos Oeste con distancia de diez y ocho metros sesenta

y siete centímetros, el Tercero con rumbo Sur cincuenta y dos grados

siete minutos treinta y seis segundos Oeste con distancia de diez y seis

metros noventa y ocho centímetros, y el Cuarto con rumbo sur setenta

y seis grados diez y siete minutos veinte y nueve segundos Oeste con

distancia de diez metros setenta y dos centímetros; colindando con las

propiedades de Vicenta Arévalo y Francisco Manuel Arévalo Serrano

con quebrada Agua Zarca de por medio, AL PONIENTE: Formado por

un tramo recto con rumbo Norte diez y ocho grados cuarenta y nueve

minutos treinta y cuatro segundos Oeste con distancia de sesenta y tres

metros trece centímetros; colindando con la propiedad de Nicolás Arévalo,

AL NORTE: Formado por cuatro tramos rectos el primero con rumbo

Norte cuarenta y cuatro grados treinta y dos minutos diez y siete segundos

Este con distancia trece metros sesenta y cinco centímetros, el Segundo

con rumbo Norte treinta y un grado cincuenta y cuatro minutos veinte y

dos segundos Este con distancia seis metros cuarenta y tres centímetros,

el Tercero con rumbo Norte veinte y cuatro grados catorce minutos ocho

segundos Este con distancia treinta y un metros treinta y un centímetros,

y el Cuarto con rumbo Norte cuarenta y tres grados cuatro minutos

cuarenta y dos segundos Este con distancia de once metros ochenta y

cinco centímetros; colindando con la propiedad de Concepción Acosta

e Isabel de Jesús Durán Pineda con calle al cerro de Guazapa de por

medio llegando así al punto donde se inició está descripción. El inmueble

tiene un Área Superficial de Cuatro mil trescientos setenta y uno punto

treinta y dos metros cuadrados ( 4,371.32m'), equivalente a Seis mil

doscientos cincuenta y cuatro punto cuarenta y ocho varas cuadradas

(6,254.48v'), y se encuentran construidas dos casas. El inmueble descrito

no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión con persona alguna,

y no tiene cargas ni derecho reales que pertenezcan a otra persona, y el

terreno antes descrito el Señor GREGORIO CALDERON, lo adquirió

por habérselo comprado al Señor JOSE JESUS AREVALO, y que dicho

inmueble lo valora en la cantidad de DIEZ MIL DOLARES.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las

quince horas del día tres de julio del dos mil doce. LIC. OSWALDO

DAGOBERTO ARGUETA FUNES, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA.- LICDA. JUANA DE JESUS FIGUEROA COCA, SECRETA-

RIA.

3 v. alt. No. F045351-2

SONIA NOEMY REYES, Juez de Primera Instancia Interina de este

Distrito Judicial; AL PúBLICO: Para los efectos de Ley;

HACE SABER: Que a este Tribunal se han presentado los Li-

cenciados NURIA MARICELA ECHEVERRIA ABARCA, mayor

de edad, Abogado, del domicilio de San Esteban Catarina, Portadora

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78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396de su Documento de Identidad Personal Número cero cero quinientos

noventa y un mil quinientos cuatro- ocho, con Número de Identificación

Tributaria mil seis - tres cero tres setenta y nueve- ciento tres - seis y

con tarjeta de Abogado número doce mil ochocientos noventa y cinco,

y REYNALDO ANTONIO ROSALES VILLALTA, mayor de edad,

Abogado, del domicilio de San Esteban Catarina, Portador de su Docu-

mento de Identidad Personal Número cero un millón trescientos sesenta y

ocho mil ochocientos diez-cero; con Número de Identificación Tributaria

mil seis- cero nueve cero siete siete tres- ciento uno- cinco y con tarjeta

de Abogado número dieciocho mil ciento veinticinco, en su calidad de

Apoderados Generales Judiciales, del señor FRANCISCO EUSTAQUIO

ACEVEDO ALFARO, solicitando se le extienda TITULO SUPLETORIO

de un inmueble de naturaleza Rústica, situado en los suburbios de San

Esteban Catarina, del Departamento de San Vicente, de la Extensión

Superficial de TRES MIL CUATROCIENTOS PUNTO SETENTA Y

TRES METROS CUADRADOS, y se describe así: AL NORTE: mide

sesenta y seis metros, treinta y dos centímetros, colinda con ANGELA

NAVARRETE BOLAÑOS, AL ORIENTE: está formado por tres

tramos, tramo uno mide nueve metros, con setenta y seis centímetros, y

colinda con CARLOS ANTONIO CUELLAR MARTÍNEZ, tramo dos

mide veintitrés metros con cero dos centímetros y colinda con LIDIA

ANTONIA NAVARRETE NAVARRETE, tramo tres mide cincuenta y

tres metros y colinda con JOSE EVARISTO DE JESUS CORNEJO, AL

SUR: mide treinta y cinco metros con treinta y seis centímetros, colinda

con terreno propiedad de MATEO RAMIRO CUELLAR NAVARRE-

TE, FELIPA ALICIA CUELLAR DE CARRILLO, LUZ ANGELICA

CUELLAR NAVARRETE, TEODULA ISABEL CUELLAR NAVA-

RRETE, CORNELIO SIGFREDO CUELLAR NAVARRETE, MARIA

OLIMPIA CUELLAR NAVARRETE Y MIGUEL ANGEL CUELLAR

NAVARRETE, AL PONIENTE: mide cincuenta y ocho metros con

sesenta y seis centímetros y colinda con terreno de MATEO RAMIRO

CUELLAR NAVARRETE, FELIPA ALICIA CUELLAR DE CARRI-

LLO, LUZ ANGELICA CUELLAR NAVARRETE, TEODULA ISA-

BEL CUELLAR NAVARRETE, CORNELIO SIGFREDO CUELLAR

NAVARRETE, MARIA OLIMPIA CUELLAR NAVARRETE Y

MIGUEL ANGEL CUELLAR NAVARRETE, que el terreno descrito

lo valora en DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA, que dicho terreno lo obtuvo por compraventa que le hiciere

al señor ALEJANDRO NAVARRETE. -

Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Sebastián,

Departamento de San Vicente, a las quince horas y cincuenta minutos

del día dos de marzo del año dos mil doce. LICDA. SONIA NOEMY

REYES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA, INTERINA.- BR. BESSY

CECILIA FABIAN FUENTES, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F045373-2

Marca DE faBrica

No. de Expediente: 2012116359

No. de Presentación: 20120164769

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado INES TAU-RA DE CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON & JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

JoHNSoN´S BaBY forEVEr frESH

Consistente en: las palabras JOHNSON'S BABY FOREVER FRESH, que se traducen al castellano como JOHNSON'S BEBE POR SIEMPRE FRESCO, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS PARA EL CUIDADO Y LIMPIEZA DE LA PIEL Y EL CABELLO. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de febrero del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de abril del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C002992-2

No. de Expediente: 2011112061

No. de Presentación: 20110156097

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EVELYN MARLENE BONILLA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de FAST DRINKS S.L., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

2Go

Consistente en: la expresión 2GO, en donde GO se traduce al castellano como Ir, que servirá para: AMPARAR: CARNE, PESCA-

DIARIO

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79DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. DO, CARNE DE AVE Y CARNE DE CAZA; EXTRACTOS DE CARNE; FRUTAS Y VERDURAS, HORTALIZAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS, SECAS Y COCIDAS; JALEAS, CONFITURAS, COMPOTAS; HUEVOS, LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS; ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES. Clase: 29.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de agosto del año dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, tres de mayo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C002993-2

No. de Expediente: 2006063680

No. de Presentación: 20060087315

CLASE: 18.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de adidas AG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: la palabra adidas, que servirá para: AMPARAR: BOLSOS, BAULES (EQUIPAJE) Y MALETAS DE VIAJE. Clase: 18.

La solicitud fue presentada el día veintidós de diciembre del año dos mil seis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, tres de mayo del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C002994-2

No. de Expediente: 2012118016

No. de Presentación: 20120167717

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado VICENTE DE JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de F&R IP, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

cElENTaNo

Consistente en: la palabra CELENTANO, que servirá para: AM-PARAR: ALBÓNDIGAS. Clase: 29.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de abril del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, siete de mayo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002996-2

No. de Expediente:2011112057

No. de Presentacion:20110156091

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de Mary Kay Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

clEar Proof

Consistente en: las palabras CLEAR PROOF, que se traducen al castellano como CLARO PRUEBA, que servirá para: AMPARAR:

DIARIO

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80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396COSMETICOS, PREPARACIONES PARA EL CUIDADO DE LA

PIEL NO MEDICADAS; TONICOS PARA LA PIEL NO MEDICA-

DOS; LIMPIADORES PARA LA PIEL; LOCIONES PARA LA PIEL;

HIDRATANTES PARA LA PIEL. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de agosto del año

dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

tres de mayo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C002997-2

No. de Expediente: 2011113964

No. de Presentación: 20110159581

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de Bio-

gen Idec MA Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA,

BioGEN iDEc

Consistente en: las palabras BIOGEN IDEC, que servirá para:

AMPARAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS PARA EL

TRATAMIENTO DE LA HEMOFILIA; REACTIVOS Y ENSAYOS

(PREPARACIONES) DE DIAGNÓSTICO MÉDICO PARA LA

PRUEBA DE FLUIDOS CORPORALES. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, doce de abril del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002998-2

No. de Expediente: 2012117228

No. de Presentación: 20120166392

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de Chiesi Farmaceutici S.p.A., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

BraMiToB

Consistente en: la palabra BRAMITOB, que servirá para: AM-PARAR: PREPARACIONES Y SUSTANCIAS FARMACÉUTICAS, PRODUCTOS FARMACÉUTICOS PARA EL TRATAMIENTO DE ENFERMEDADES RESPIRATORIAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de marzo del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002999-2

DIARIO

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81DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. No. de Expediente: 2011112068

No. de Presentacion: 20110156105

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EVELYN

MARLENE BONILLA, en su calidad de APODERADO de PHAR-

MATON, S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la

MARCA DE FABRICA,

MaTrUEllE

Consistente en: la palabra MATRUELLE, que servirá para AMPA-

RAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS, PREPARACIONES

SANITARIAS PARA PROPÓSITOS MÉDICOS; SUSTANCIAS DIE-

TÉTICAS ADAPTADAS PARA USO MÉDICO, ESPECÍFICAMENTE

ALIMENTOS DIETÉTICOS PARA EL CUIDADO SANITARIO

A BASE DE VITAMINAS Y MINERALES, TANTO EN FORMA

INDIVIDUAL COMO COMBINADOS; ALIMENTOS DIETÉTICOS

PARA USO MÉDICO; ADITIVOS PARA ALIMENTOS A BASE DE

MINERALES Y MICRONUTRIENTES ASÍ COMO AQUELLOS

PARA PROPÓSITOS MÉDICOS; ALIMENTOS PARA BEBES;

DESINFECTANTES (TODOS LOS ARTÍCULOS ANTES MENCIO-

NADOS SIEMPRE Y CUANDO SEAN INCLUIDOS EN LA CLASE

5). Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de agosto del año

dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

doce de abril del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003000-2

No. de Expediente: 2012117230

No. de Presentación: 20120166396

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de Chiesi

Farmaceutici S.p.A., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA,

PEYoNa

Consistente en: la palabra PEYONA, que servirá para: AMPA-

RAR: PREPARACIONES Y SUSTANCIAS FARMACÉUTICAS,

PRODUCTOS FARMACÉUTICAS PARA EL TRATAMIENTO DE

ENFERMEDADES RESPIRATORIAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de marzo del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003001-2

No. de Expediente: 2011113971

No. de Presentación: 20110159588

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de Bio-

gen Idec MA Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA,

STraTifY JcV

Consistente en: las palabras STRATIFY JCV, donde la palabra

STRATIFY se traduce al castellano como estratificar, que servirá para:

AMPARAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS PARA EL

DIARIO

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82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396TRATAMIENTO DE LA HEMOFILIA; REACTIVOS Y ENSAYOS

(PREPARACIONES) DE DIAGNOSTICO MÉDICO PARA LA

PRUEBA DE FLUIDOS CORPORALES. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos

mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

trece de abril del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003002-2

No. de Expediente:2011113972

No. de Presentación: 20110159589

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de Mary

Kay Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA,

TrUlY oriGiNal

Consistente en: la palabra TRULY ORIGINAL, donde la palabra

TRULY se traduce al castellano como verdaderamente, que servirá para:

AMPARAR: JABONES DE BAÑO EN FORMA LÍQUIDA, SOLIDA

O DE GEL; LOCIONES PARA BAÑARSE; COLONIAS; PREPARA-

CIONES COSMÉTICAS PARA EL BAÑO Y LA DUCHA; COSMÉ-

TICOS; AGUAS DE TOCADOR; ACEITES ESENCIALES PARA

USO PERSONAL; FRAGANCIAS PARA USO PERSONAL; PREPA-

RACIONES PARA EL CUIDADO DEL CABELLO; LIMPIADORES

NO MEDICADOS PARA USO PERSONAL, ESPECÍFICAMENTE,

LIMPIADORES DE CUERPO, LIMPIADORES DE LA PIEL, LIM-

PIADORES FACIALES; PREPARACIONES PARA EL CUIDADO

DE LA PIEL NO MEDICADAS; PREPARACIONES PARA EL CUI-

DADO DEL SOL NO MEDICADAS; ARTÍCULOS DE TOCADOR

NO MEDICADOS; PERFUME; ESPUMA PARA LA DUCHA Y EL

BAÑO; GEL PARA LA DUCHA Y EL BAÑO; CREMAS PARA LA

DUCHA. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos

mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

doce de abril del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003004-2

NoMBrE coMErcial

No. de Expediente: 2012117162

No. de Presentación: 20120166265

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RAYMUNDO

ERNESTO YASSIN, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de

CERRAJERIA Y LUBRICENTRO AMERICAN SERVICE, SOCIE-

DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CERRA-

JERIA Y LUBRICENTRO AMERICAN SERVICE, S.A. DE CV., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE

COMERCIAL,

Consistente en: las palabras AMERICAN SERVICE y diseño. Se

traduce al castellano como: Servicio Americano, que servirá para: IDEN-

TIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA VENTA DE OTROS

PRODUCTOS NO CLASIFICADOS PREVIAMENTE Y RECONS-

TRUCCION Y REPARACION DE PIEZAS AUTOMOTRICES.

DIARIO

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83DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. La solicitud fue presentada el día veintidós de marzo del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciocho de junio del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. no. C003012-2

SUBaSTa PUBlica

EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL SUPLENTE

DEL CENTRO JUDICIAL INTEGRADO DE DERECHO PRIVADO Y

SOCIAL DE SAN SALVADOR, AL PúBLICO EN GENERAL:

HACE SABER: Que en los Juicios Ejecutivos Mercantiles

acumulados REF. 171-EM-06/111-EM-06, han sido promovidos por

el Licenciado FEDERICO GUILLERMO GUERRERO MUNGUIA,

mayor de edad, Abogado y de este domicilio, como Apoderado General

Judicial de LA CENTRAL DE FIANZAS Y DE SEGUROS, SOCIE-

DAD ANONIMA, que se puede abreviar LA CENTRAL DE FIANZAS

Y DE SEGUROS, S.A., LA CENTRAL DE SEGUROS, S.A., LA

CENTRAL DE FIANZAS, S.A., LA CENTRAL DE SEGUROS Y

FIANZAS, SOCIEDAD ANONIMA, y/o LA CENTRAL DE SEGU-

ROS Y FIANZAS, S.A., de este domicilio, contra la Sociedad LINEA

EXPRESS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que

puede abreviarse LINEA EXPRESS, S.A. DE C.V., del domicilio de

Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, los señores JOSE

ROBERTO MARTINEZ ALFARO, Empresario, MANUEL DE JESUS

MARTINEZ ALFARO, Licenciado en Administración de Empresas,

MIGUEL TOMAS MARTINEZ ALFARO, Estudiante, todos mayores

de edad, y del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La

Libertad, y la Sociedad DESARROLLOS DE TRANSPORTES, SOCIE-

DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se puede abreviar

DESARROLLOS DE TRANSPORTES, S.A. DE C.V., y DESTRA,

S.A. DE C.V., del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de

La Libertad, se venderá en este Tribunal en Pública Subasta, en fecha

que más adelante se especificará: UN DERECHO PROINDIVISO

EQUIVALENTE AL CINCUENTA POR CIENTO DE DERECHO DE

PROPIEDAD, de un inmueble ubicado en el MUNICIPIO DE ZARA-

GOZA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, propiedad del señor

MIGUEL TOMAS MARTINEZ ALFARO, ubicado en: CONDOMINIO

LOS MANANTIALES, PORCION LOS MANANTIALES, EDIFICIO

UNO, PISO UNO, APARTAMENTO CUARENTA Y CINCO, EL

BARRILLO, MUNICIPIO DE ZARAGOZA, DEPARTAMENTO

DE LA LIBERTAD, con una área de QUINIENTOS DIEZ METROS

CUADRADOS, inscrito en el Sistema de Matrícula SIRYC, Número

TRES CERO CERO UNO OCHO CUATRO CUATRO DOS - A CERO

CERO TRES UNO, del Registro de la Propiedad Ráiz e Hipotecas de

la Cuarta Sección del Centro, Departamento de La Libertad.

Se admitirán posturas siendo éstas legales.

Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil; San Salvador, a

las ocho horas del día veintisiete de junio de dos mil doce. LIC. JOSE

MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCAN-

TIL.- LIC. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO

JUDICIAL.-

3 v. alt. No. C003013-2

EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL SUPLENTE

DEL CENTRO JUDICIAL INTEGRADO DE DERECHO PRIVADO Y

SOCIAL DE SAN SALVADOR, AL PúBLICO EN GENERAL:

HACE SABER: Que en los Juicios Ejecutivos Mercantiles acumula-

dos REF. 171-EM-06/111-EM-06, han sido promovidos por el Licenciado

FEDERICO GUILLERMO GUERRERO MUNGUIA, mayor de edad,

Abogado y de este domicilio, como Apoderado General Judicial de LA

CENTRAL DE FIANZAS Y DE SEGUROS, SOCIEDAD ANONIMA,

que se puede abreviar LA CENTRAL DE FIANZAS Y DE SEGUROS,

S.A., LA CENTRAL DE SEGUROS, S.A., LA CENTRAL DE FIAN-

ZAS, S.A., LA CENTRAL DE SEGUROS Y FIANZAS, SOCIEDAD

ANONIMA, y/o LA CENTRAL DE SEGUROS Y FIANZAS, S.A.,

de este domicilio, contra la Sociedad LINEA EXPRESS, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse LINEA

EXPRESS, S.A. DE C.V., del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Depar-

tamento de La Libertad, los señores JOSE ROBERTO MARTINEZ

ALFARO, Empresario, MANUEL DE JESUS MARTINEZ ALFARO,

Licenciado en Administración de Empresas, MIGUEL TOMAS

MARTINEZ ALFARO, Estudiante, todos mayores de edad, y del domi-

cilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, y la Sociedad

DESARROLLOS DE TRANSPORTES, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE, que se puede abreviar DESARROLLOS DE

TRANSPORTES, S.A. DE C.V., y DESTRA, S.A. DE C.V., del domicilio

de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, se venderá en este

Tribunal en Pública Subasta, en fecha que más adelante se especifica-

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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396rá: CUATRO VEHICULOS, de la SOCIEDAD DESARROLLO DE

TRANSPORTE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE,

de las siguientes descripciones, 1) Vehículo Placa PARTICULAR

QUINCE MIL CUATROCIENTOS SESENTA P-15460; a nombre de

DESARROLLOS DE TRANSPORTES, S.A. DE C.V., de las siguientes

características: Clase: AUTOBUS (PARTICULAR); Marca: YUTONG;

Modelo: TURISMO 4X2; Año: DOS MIL CINCO; Chasis Grabado;

LZYTAT06150003548; Chasis VIN: LZYTAT06150003548; Número

de Motor: (69102571); Color MORADO; Capacidad 51 Asientos: 2)

Vehículo Placa PARTICULAR QUINCE MIL QUINIENTOS SESENTA

Y SEIS P-15566; a nombre de DESARROLLOS DE TRANSPORTES,

S.A. DE C.V., de las siguientes características: Clase: AUTOBUS (PAR-

TICULAR); Marca: YUTONG; Modelo: TURISMO 4X2; Año: DOS

MIL CINCO; Chasis Grabado; LZYTAT06650003545; Chasis VIN:

LZYTAT06150003545; pero según BOLETA DE PRESENTACION

DEL REGISTRO PUBLICO DE VEHICULOS AUTOMOTORES,

Número DOS MIL SEIS/NOVENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS

OCHENTA Y UNO, de fecha trece de junio de dos mil seis el NUMERO

DE CHASIS VIN es: LZYTAT06650003545); Número de Motor: SEIS

NUEVE UNO CERO CERO CUATRO CERO OCHO (69100408);

Color VERDE; Capacidad 51 Asientos. 3) Vehículo Placa PARTICU-

LAR SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS VEINTE P-65820; a

nombre de DESARROLLOS DE TRANSPORTES, S.A. DE C.V., de las

siguientes características: Clase: AUTOBUS (PARTICULAR); Marca:

YUTONG; Modelo: TURISMO 4X2; Año: DOS MIL CINCO; Chasis

Grabado: LZYTAT06150003551; Chasis VIN: LZYTAT06150003551;

Número de Motor: SEIS NUEVE UNO CERO DOS CINCO SEIS DOS

(69102562); Color VERDE: pero según BOLETA DE PRESENTACION

DEL REGISTRO PUBLICO DE VEHICULOS AUTOMOTORES,

Número DOS MIL SEIS/NOVENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS

OCHENTA Y CINCO, de fecha trece de junio de dos mil seis el color es

MORADO: Capacidad 51 Asientos; 4) Vehículo Placa PARTICULAR

QUINCE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y UNO P- 15581; a nom-

bre de DESARROLLOS DE TRANSPORTES, S.A. DE C.V., de las

siguientes características: Clase: AUTOBUS (PARTICULAR); Marca:

YUTONG; Modelo: TURISMO 4X2; Año: DOS MIL CINCO; Color:

AMARILLO: Capacidad: TREINTA Y SIETE ASIENTOS; Chasis:

LZYTDT06X50003684; Chasis VIN: LZYTDT06X50003684; Número

de Motor: SEIS NUEVE TRES TRES CUATRO OCHO OCHO UNO

(69334881). Dichos Autobuses se encuentran depositados en la BODEGA

UBICADA EN CALLE FRANCISCO MENENDEZ N° 337, BARRIO

CANDELARIA, SAN SALVADOR.

Se admitirán posturas siendo éstas legales

Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil; San Salvador, a

las once horas del día veintisiete de junio de dos mil doce. LIC. JOSE

MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCAN-

TIL.- LIC. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO

JUDICIAL.

3 v. alt. No. C003014-2

LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL, AL PúBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: Que en el Juicio Mercantil Ejecutivo marcado

con el número 3538-EM-10, promovido en este Tribunal por la Licen-

ciada ANA MARIA CORTEZ ARTIGA, actuando como Apoderada

del BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, S.A., antes BANCO

CUSCATLAN DE EL SALVADOR, S.A.; contra los señores SANTOS

ENRIQUE OCHOA LEMUS y ENRIQUE ANTONIO OCHOA GIRON;

se venderá en Pública subasta en este Tribunal en fecha que más adelante

se señalará el bien inmueble que a continuación se localiza y describe

así: "Tonacatepeque, Departamento de San Salvador." Un inmueble de

naturaleza urbana marcado como lote número treinta y dos del Polígono

treinta y cinco de la Urbanización Cima de San Bartolo Dos, Quinta

etapa, ubicada en Jurisdicción de Tonacatepeque, Departamento de

San Salvador, de una extensión superficial de cincuenta y dos punto

cincuenta metros cuadrados. Dicho inmueble se encuentra inscrito en

el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del

Centro, departamento de San Salvador, a favor de los señores SANTOS

ENRIQUE OCHOA LEMUS y ENRIQUE ANTONIO OCHOA GIRON,

en proporción al CINCUENTA POR CIENTO para cada uno del derecho

de propiedad, bajo la matrícula SEIS CERO CERO TRES CUATRO

SEIS DOS NUEVE guión CERO CERO CERO CERO CERO, en el

asiento SIETE.

Se admitirán posturas siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL:

San Salvador, a las once horas y treinta minutos del día veinticinco de

enero de dos mil doce. LIC. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ

TERCERO DE LO MERCANTIL.- LIC. ANA CECILIA FIGUEROA

ALMENDARES, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F045258-2

MARIA ESTHER FERRUFINO VDA. DE PARADA,JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido

por la Licenciada PATRICIA ELENA SANCHEZ DE MORAN en su

calidad de Apoderada General Judicial del BANCO HSBC SALVADO-

REÑO, SOCIEDAD ANONIMA, contra la señora MIRNA ELIZABETH

AYALA FUENTES conocida por MIRNA ELIZABETH FUENTES

representada por medio de su Curadora Especial la Licenciada Isabel

Cristina Cruz Quintanilla, reclamándole cantidad de dólares, intereses

y costas procesales, se venderá en pública subasta en este Juzgado el

siguiente inmueble: " Un inmueble de naturaleza Urbana y construcciones

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85DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. que contiene, marcado como LOTE NUMERO TRES, POLIGONO "S"

RESIDENCIAL LAS AGUILAS TERCERA ETAPA, jurisdicción de

San Miguel, Departamento de San Miguel, situada según escritura al

costado Oriente del Estadio Juan Francisco Barraza, de esta Ciudad y

Departamento, el cual tiene un área de SETENTA Y CINCO METROS

CUADRADOS, el cual tiene las medidas siguientes: AL NORTE: con

una distancia de cinco metros; AL ORIENTE, con una distancia de quince

metros; AL SUR con una distancia de cinco metros; y AL PONIENTE

con una distancia de quince metros, bajo la Matrícula OCHO CERO

CERO TRES DOS CERO CERO SEIS - CERO CERO CERO CERO

CERO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera

Sección de Oriente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las ca-

torce horas treinta y dos minutos del día once de junio del dos mil doce.

DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO VDA. DE PARADA, JUEZ

SEGUNDO DE LO CIVIL.- LICDA. MARTA DOLORES COREAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F045402-2

MARIA ESTHER FERRUFINO VDA. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido

por la Licenciada PATRICIA ELENA SANCHEZ DE MORAN en su

calidad de Apoderado de Banco HSBC SALVADOREÑO SOCIEDAD

ANONIMA o BANCO HSBC, SOCIEDAD ANONIMA, o BANCO

SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANONIMA o BANCOSAL, SOCIE-

DAD ANONIMA indistintamente que puede abreviarse BANCO HSBC

SALVADOREÑO, S.A. o BANCO HSBC, S.A., BANCO SALVADO-

REÑO, S.A. o BANCOSAL, S.A. institución Bancaria, contra de los

señores LUCIA OTILIA RIVERA DE IGLESIAS conocida por LUCIA

OTILIA RIVERA CRUZ, RAFAEL ANTONIO IGLESIAS AVALOS

y CRISTOBAL RIVERA ALFARO, reclamándole cantidad de dólares,

intereses y costas procesales se venderá en pública subasta en este Juz-

gado el siguiente inmueble: ""Un terreno de Naturaleza urbana, el cual

se encuentra situado al Sur de la Lotificación San Pablo y al Poniente

de la Urbanización Ciudad Real Poniente, Jurisdicción de esta Ciudad,

identificado como LOTE NUMERO CINCO, DEL POLIGONO "L"

RESIDENCIAL JARDINES DEL VOLCAN, I ETAPA, cuyas medidas

son: AL NORTE siete punto cero cero, metros, AL ORIENTE dieciocho

punto cero cero metros, AL SUR, siete punto cero cero metros, AL

PONIENTE, dieciocho punto cero cero metros; de un área de CIENTO

VEINTISEIS PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS . Que

sobre dicho inmueble existen construcciones de sistema mixto, consistente

en una casa de habitación, con una extensión superficial de SETENTA

Y CINCO PUNTO VEINTICINCO METROS CUADRADOS, inscrito

bajo la matrícula OCHO CERO CERO SIETE CERO CUATRO UNO

CERO- CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad

Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las nueve

horas treinta y cinco minutos del día once de junio del dos mil doce.

DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO VDA. DE PARADA, JUEZ

SEGUNDO DE LO CIVIL.- LICDA. MARTA DOLORES COREAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F045404-2

rEPoSicioN DE cErTificaDoS

BIENES Y SERVICIOS, S.A. EN LIQUIDACIÓN,

AVISA: Que en las oficinas de la sociedad se ha presentado parte

interesada manifestando que ha extraviado los certificados de acciones

Nos. 10659 y 10709 que amparan 4326 y 301 acciones, respectivamen-

te, de la misma sociedad, de plazo indeterminado, lo que se hace del

conocimiento del público para efectos de reposición de los certificados

relacionados, de conformidad con los artículos 486 y 932 del Código

de Comercio.

En caso que después de 30 días de la tercera y última publicación

del presente aviso, la sociedad Bienes y Servicios, S.A. en liquidación

no reciba oposición alguna a este respecto, se hará la reposición de los

Certificados arriba mencionados.

San Salvador, 09 de julio de 2012.

MORALES Y MORALES ASOCIADOS

LIQUIDADORES,

RICARDO A. MORALES CARDOZA.

REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. No. F045303-2

DIARIO

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86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396LA CAJA DE CREDITO DE USULUTAN.

AVISA: Que a sus oficinas se ha presentado el señor Jacobo Osorio Mejía, propietario del Certificado de Acciones, serie "A", No.11066, que ampara DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS ACCIONES, solicitando reposición por extravío.

Si transcurrido 30 días, después de la tercera y última publicación del presente aviso en el Diario Oficial no se recibe ninguna oposición a este respecto, LA CAJA DE CREDITO DE USULUTAN, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, procederá a reponer dicho Certificado.

23 de Junio de 2012

LUIS ALONSO ARCE MARTINEZ,

DIRECTOR PRESIDENTE.-

3 v. alt. No. F045330-2

BIENES Y SERVICIOS, S. A. EN LIQUIDACION,

AVISA: Que en las oficinas de la sociedad se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el certificado de acciones No. 9878 que ampara 5,165 acciones de la misma sociedad, de plazo indeterminado, lo que se hace del conocimiento del público para efectos de reposición del certificado relacionado, de conformidad con los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

En caso que después de 30 días de la tercera y última publicación del presente aviso, la sociedad Bienes y Servicios, S. A., en liquidación no reciba oposición alguna a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 13 de junio de 2012.

MORALES Y MORALES ASOCIADOS,

LIQUIDADORES.

RICARDO A. MORALES CARDOZA,

REPRESENTANTE LEGAL.-

3 v. alt. No. F045355-2

TiTUlo MUNiciPal

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado el señor,

AMADEO MENDEZ RODRIGUEZ, de sesenta y un años de edad,

jornalero, del domicilio de Soyapango en este Departamento, con

Documento único de Identidad número cero cero doscientos ochenta y

nueve mil novecientos ochenta y nueve guión cinco y Número de Iden-

tificación Tributaria cero seiscientos diez guión cero ochenta mil

ciento cincuenta guión ciento uno guión seis. Solicitando TITULO

MUNICIPAL, de un inmueble de naturaleza URBANA, situado en

Barrio El Calvario de esta Jurisdicción, según ficha catastral extendida

a los ocho días del mes de noviembre del corriente año, marcado con

el número doscientos setenta y siete, que tiene las medidas y linderos

siguientes: LADO PONIENTE; compuesto de un tramo recto con rumbo

nor-Oeste; veintiocho grados, veinte punto cero minutos y distancia de

diez punto ochenta y siete metros llegando así al esquinero nor-Oeste de

la misma parcela que se describe; lindando por este lado con propiedades

de José Luis Aguilar Galán y Gloria María Aguilar Galán, calle que de

Panchimalco conduce al Cantón San Isidro, de siete punto setenta y cinco

metros de ancho de por medio, LADO NORTE: compuesto de un tramo

recto con rumbo nor-este cincuenta y seis grados cincuenta y siete punto

cero minutos y distancia de doce punto setenta y ocho metros, llegando así

al esquinero nor-este de la misma parcela que se describe, lindando por

este lado con propiedad de Norberto Benítez Pascual. LADO ORIENTE,

compuesto de dos tramos rectos: el primero con rumbo sur-este cuarenta

y dos grados, cuatro punto siete minutos y distancia de once punto cin-

cuenta y ocho metros; el segundo con rumbo, sur-este cincuenta y tres

grados, treinta y cinco punto un minutos y distancia de cero punto setenta

y un metros llegando así al esquinero sur-este de la misma parcela que

se describe, lindando por este lado con Propiedad de Agustín Eleuterio

González de la O. LADO SUR, compuesto de un tramo recto con rumbo

sur-este sesenta y un grados, treinta y tres punto tres minutos y distancia

de quince punto setenta y nueve metros llegando así al esquinero donde

se inició la presente descripción, lindando por este lado con propiedad de

Juan Pablo Ortiz. La referida propiedad tiene una extensión superficial

de CIENTO SESENTA Y DOS PUNTO TREINTA Y DOS METROS

CUADRADOS, dicho inmueble no es sirviente ni dominante, no tiene

carga, ni derechos reales, no está en proindivisión con ninguna persona,

el inmueble lo adquirió como producto de una venta de cesión de Dere-

chos Hereditarios, según testimonio de Escritura Pública, otorgada ante

los oficios del licenciado Jesús Ulises Melara Rivera, con fecha ocho

de Noviembre del año dos mil. Teniéndolo en forma quieta, pacífica y

no interrumpida por más de diez años consecutivos. Y lo valúa en la

cantidad de TRES MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA. ($ 3,000.00). Se le Comunica al Público para los efectos

de Ley.

Alcaldía Municipal: Panchimalco, 07 de noviembre de dos mil

once.

MARIO MELENDEZ PORTILLO,

ALCALDE MUNICIPAL.-

LICDA. KEYLA BECSABET FLORES ESCOBAR,

SECRETARIO MUNICIPAL.-

3 v. alt. No. F045276-2

MarcaS DE SErVicioS

No. de Expediente: 2012118027

No. de Presentación: 20120167728

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado VICENTE

DE JESUS PALENCIA, en su calidad do GESTOR OFICIOSO de

DIARIO

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87DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. DIARIO AS, S.L., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro

de la MARCA DE SERVICIOS,

aS TV

Consistente en: la expresión AS TV, que servirá para: AMPARAR:

TELECOMUNICACIONES, AGENCIAS DE INFORMACION (NO-

TICIAS); SERVICIOS DE ACCESO A UNA RED INFORMATICA

MUNDIAL; DIFUSION DE PROGRAMAS DE TELEVISION Y

RADIOFONICOS. Clase: 38.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de abril del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cuatro de mayo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.-

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.-

3 v. alt. No. C002995-2

No. de Expediente: 2012117500

No. de Presentación: 20120166866

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO

AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO

de Falck Danmark A/S, de nacionalidad DANESA, solicitando el registro

de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: Un diseño denominado como Halcón, que servirá

para: AMPARAR: EDUCACION; FORMACION; ESPARCIMIENTO;

ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES; FORMACION

TECNICA; FORMACION PROFESIONAL; CURSOS, INCLUYENDO

CURSOS DE PRIMEROS AUXILIOS, Y CURSOS DE MEDIDAS DE

EMERGENCIA Y EN LA INDUSTRIA DE ALTA MAR; CURSOS DE

EVACUACION; CURSOS EN MATERIA DE SEGURIDAD Y CON-

TROL DE ACCESO; CURSOS RELACIONADOS CON LA SUPER-

VISION DE EDIFICIOS Y ESPACIOS; CURSOS DE EXTINCION DE

INCENDIO, PREVENCION DE ACCIDENTES, SUPERVIVENCIA

EN AGUA EN ALTA MAR, RESCATE EN ESPACIOS CONFINADOS,

SEGURIDAD ELECTRICA Y OPERACION DE GRUA; CURSOS

RELATIVOS AL MEDIO AMBIENTE DEL LUGAR DE TRABAJO;

ORGANIZACION Y DIRECCION DE CONFERENCIAS; ORGA-

NIZACION Y SUPERVISION DE CONGRESOS, SEMINARIOS

Y TALLERES (EDUCACION); ORGANIZACION Y SERVICIOS

DE CLUB DE FANS (ENTRETENIMIENTO Y EDUCACION); PU-

BLICACION DE LIBROS Y TEXTOS; SERVICIOS DE MUSEOS

(PRESENTACION, EXPOSICION), SERVICIOS RELACIONADOS

CON LA ORGANIZACION DE LA EDUCACION; SERVICIOS DE

INFORMACION, ASESORAMIENTO Y CONSULTORIA EN RE-

LACION CON LOS SERVICIOS ANTES MENCIONADOS; TODOS

LOS SERVICIOS ANTES MENCIONADOS TAMBIEN PROPOR-

CIONADOS (DONDE CORRESPONDE) EN LINEA A TRAVES DE

REDES INFORMATICAS. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día diez de abril del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecisiete de abril del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.-

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003003-2

No. de Expediente: 2012117494

No. de Presentación: 20120166859

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO

AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO

de Falck Danmark A/S, de nacionalidad DANESA, solicitando el registro

de la MARCA DE SERVICIOS,

falcK

Consistente en: La palabra FALCK, que servirá para: AMPARAR:

EDUCACION; FORMACION; ESPARCIMIENTO; ACTIVIDADES

DEPORTIVAS Y CULTURALES; FORMACION TECNICA; FOR-

MACION PROFESIONAL; CURSOS, INCLUYENDO CURSOS DE

PRIMEROS AUXILIOS, Y CURSOS DE MEDIDAS DE EMERGEN-

CIA Y EN LA INDUSTRIA DE ALTA MAR; CURSOS DE EVACUA-

CION; CURSOS EN MATERIA DE SEGURIDAD Y CONTROL DE

ACCESO; CURSOS RELACIONADOS CON LA SUPERVISION DE

DIARIO

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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396EDIFICIOS Y ESPACIOS; CURSOS DE EXTINCION DE INCENDIO,

PREVENCION DE ACCIDENTES, SUPERVIVENCIA EN AGUA EN

ALTA MAR, RESCATE EN ESPACIOS CONFINADOS, SEGURIDAD

ELECTRICA Y OPERACION DE GRUA; CURSOS RELATIVOS

AL MEDIO AMBIENTE DEL LUGAR DE TRABAJO; ORGANI-

ZACION Y DIRECCION DE CONFERENCIAS; ORGANIZACION

Y SUPERVISION DE CONGRESOS, SEMINARIOS Y TALLERES

(EDUCACION); ORGANIZACION Y SERVICIOS DE CLUB DE

FANS (ENTRETENIMIENTO Y EDUCACION); PUBLICACION DE

LIBROS Y TEXTOS; SERVICIOS DE MUSEOS (PRESENTACION,

EXPOSICION), SERVICIOS RELACIONADOS CON LA ORGANI-

ZACION DE LA EDUCACION; SERVICIOS DE INFORMACION,

ASESORAMIENTO Y CONSULTORIA EN RELACION CON LOS

SERVICIOS ANTES MENCIONADOS; TODOS LOS SERVICIOS

ANTES MENCIONADOS TAMBIEN PROPORCIONADOS (DONDE

CORRESPONDE) EN LINEA A TRAVES DE REDES INFORMATI-

CAS. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día diez de abril del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecisiete de abril del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.-

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003005-2

No. de Expediente: 2012117495

No. de Presentación: 20120166860

CLASE: 44.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO

AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO

de Falck Danmark A/S, de nacionalidad DANESA, solicitando el registro

de la MARCA DE SERVICIOS,

falcK

Consistente en: la palabra FALCK, que servir para: AMPARAR:

SERVICIOS MEDICOS; SERVICIOS VETERINARIOS; CUIDADOS

DE LA SALUD Y LA BELLEZA DE LOS SERES HUMANOS Y

ANIMALES; SERVICIOS DE AGRICULTURA, DE HORTICUL-

TURA Y SILVICULTURA; CUIDADOS MEDICOS, ASISTENCIA

MEDICA; CLINICAS MEDICAS; PRACTICA MEDICA; SERVICIOS

MEDICOS Y DE HIGIENE Y DE BELLEZA EN RELACION CON

LA REHABILITACION Y EL TRATAMIENTO PREVENTIVO;

CUIDADOS PSICOLOGICOS; SERVICIOS DE SALUD OCUPACIO-

NAL; TERAPIA PSIQUICA PARA PERSONAS EN SITUACIONES

DE CRISIS; FISIOTERAPIA; TERAPIA DE ZONA; ATENCION

QUIROPRACTICA; SERVICIOS EN EL CAMPO DE SANEA-

MIENTO (SERVICIOS MEDICOS Y CUIDADOS DE LA SALUD Y

CUIDADOS DE BELLEZA); ASESORIA SOBRE ALIMENTACION,

EJERCICIO FISICO Y DIETAS (SERVICIOS MEDICOS Y DE SA-

LUD Y CUIDADO DE LA BELLEZA); ALQUILER DE EQUIPOS

PARA CUIDADOS DE LA SALUD Y PARA EL CUIDADO EN EL

HOGAR; CHEQUEOS MEDICOS; COLECCIONES DE DROGAS Y

ALCOHOL (SERVICIOS MEDICOS Y CUIDADOS DE LA SALUD

Y CUIDADOS DE BELLEZA); ALQUILER DE EXTRACTORES

DE LECHE (EQUIPO MEDICO); INTERVENCIONES EN FORMA

DE SERVICIOS MEDICOS EN SITUACIONES DE EMERGENCIA,

INCLUSO EN RELACION CON ACCIDENTES, INCENDIOS, HUMO,

GAS, FUGAS DE PRODUCTOS QUIMICOS; HOSPITALES; SANA-

TORIOS; ODONTOLOGIA; ATENCION MEDICA DOMICILIARIA

Y ASISTENCIA MEDICA AL SER DADO DE ALTA; SERVICIOS

DE INFORMACION, CONSULTORIA Y ASESORAMIENTO EN

RELACION CON LOS SERVICIOS ANTES MENCIONADOS;

TODOS LOS SERVICIOS ANTES MENCIONADOS TAMBIEN

PRESTADOS (EN SU CASO) EN LINEA A TRAVES DE REDES

INFORMATICAS. Clase: 44.

La solicitud fue presentada el día diez de abril del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecisiete de abril del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.-

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003006-2

DIARIO

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89DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. No. de Expediente: 2012117496

No. de Presentación: 20120166861

CLASE: 45.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO

AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO

de Falck Danmark A/S, de nacionalidad DANESA, solicitando el registro

de la MARCA DE SERVICIOS,

falcK

Consistente en: La palabra FALCK, que servirá para: AMPARAR:

SERVICIOS JURIDICOS; SERVICIOS DE SEGURIDAD PARA

LA PROTECCION DE LOS BIENES Y PERSONAS; SERVICIOS

PERSONALES Y SOCIALES PRESTADOS POR TERCEROS DESTI-

NADOS A SATISFACER LAS NECESIDADES DE LA PERSONAS;

EXTINCION DE INCENDIOS, Y FUEGO Y/ BUCEO EN HUMO;

EVACUACION DE PERSONAS Y ANIMALES EN CASOS DE

PELIGRO O ACCIDENTE; CONSULTORIA Y EVALUACION CON

RESPECTO A REDUCIR AL MINIMO LOS DAÑOS Y PERDIDAS DE

VALOR (CUESTIONES DE SEGURIDAD); ASISTENCIA DOMES-

TICA; SERVICIOS DE GUARDERIAS DE SEGURIDAD, INCLUIDA

VIGILANCIA, SUPERVISION Y BUSQUEDA EN EDIFICIOS, ASI

COMO LOS SERVICIOS DE CONTROL DE ACCESO; SERVICIOS

DE ESCOLTA; MONITOREO DE ALARMAS DE SEGURIDAD Y

ANTIRROBO; ASESORIA TECNICA RELATIVA A LA SEGURIDAD

DE LOS EDIFICIOS, EMPRESAS COMERCIALES Y ESPACIOS

AL AIRE LIBRE; ALQUILER DE EQUIPO PARA EXTINCION DE

INCENDIOS Y EVACUACION DE PERSONAS Y ANIMALES;

ALQUILER DE ALARMAS CONTRA INCENDIOS; ALQUILER DE

SISTEMAS DE SEGURIDAD; ALQUILER DE CHALECOS ANTIBA-

LAS Y ROPA DE SEGURIDAD DE OTRO TIPO PARA PERSONAS

PARA PROTECCION EN ASALTOS; SERVICIOS DE ASESORIA

EN RELACION CON EL MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO, LE-

SIONES INDUSTRIALES, POSTURAS DE TRABAJO Y DISPOSI-

CION DE LUGARES DE TRABAJO; SERVICIOS DE ASESORIA

EN RELACION CON LA PREVENCION DE ACCIDENTES Y DE

INCENDIOS; ASESORIA CON RESPECTO A LAS MEDIDAS DE

PROTECCION Y LUGARES DE TRABAJO SEGUROS; INTERVEN-

CIONES EN FORMA DE SERVICIOS DE SEGURIDAD DE SALIDA

EN CASOS DE SITUACIONES DE EMERGENCIA, INCLUSO EN

RELACION CON ACCIDENTES, ROBOS; INTERVENCIONES EN

LA FORMA DE EXTINCION DE INCENDIOS EN SITUACIONES

DE EMERGENCIA, EN PARTICULAR EN RELACION CON AC-

CIDENTES, ROBOS, ALLANAMIENTO, HUMO, GAS, FUGAS DE

PRODUCTOS QUIMICOS; INTERVENCIONES EN LA FORMA DE

BUCEO (SERVICIOS DE SEGURIDAD) EN SITUACIONES DE

EMERGENCIA, INCLUSO EN RELACION CON ACCIDENTES,

ROBO, ALLANAMIENTO, HUMO, GAS, FUGAS DE PRODUCTOS

QUIMICOS; INTERVENCIONES EN LA FORMA DE EVACUACION

(SERVICIOS DE SEGURIDAD) DE PERSONAS O ANIMALES EN

SITUACIONES DE EMERGENCIA, EN PARTICULAR EN RELA-

CION CON ACCIDENTES, ROBOS, ALLANAMIENTO, FUEGO,

HUMO, GASES, FUGAS DE PRODUCTOS QUIMICOS, ASALTO

Y ALARMAS DE SEGURIDAD; SERVICIOS DE INFORMACION,

CONSULTORIA Y ASESORIA EN RELACION CON LOS SERVI-

CIOS ANTES MENCIONADOS; TODOS LOS SERVICIOS ANTES

MENCIONADOS TAMBIEN PRESTADOS (SI PROCEDE) EN LINEA

A TRAVES DE REDES INFORMATICAS. Clase: 45.

La solicitud fue presentada el día diez de abril del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecisiete de abril del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.-

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003007-2

No. de Expediente: 2012117493

No. de Presentación: 20120166858

CLASE: 39.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO

AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO

de Falck Danmark A/S, de nacionalidad DANESA, solicitando el registro

de la MARCA DE SERVICIOS,

falcK

Consistente en: La palabra FALCK, que servirá para: AMPARAR:

TRANSPORTE, EMBALAJE Y ALMACENAJE DE MERCANCIAS;

ORGANIZACION DE VIAJES, OPERACIONES DE RESCATE Y

SALVAMENTO (TRANSPORTE); TRANSPORTE EN AMBULAN-

CIA DE PERSONAS Y ANIMALES POR TIERRA, MAR Y AIRE;

TRANSPORTE DE PERSONAS Y ANIMALES POR TIERRA, MAR

DIARIO

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90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396Y AIRE, INCLUYENDO EL TRANSPORTE DE PERSONAS ENFER-

MAS Y PACIENTES; TRANSPORTE DE MEDICOS Y PERSONAL

PARAMEDICO; SERVICIOS DE SALVAMENTOS EN RELACION

CON LOS RESTOS DE NAUFRAGIO (TRANSPORTE); RESCATES

DE EMERGENCIA DE BUCEO Y BAJO EL AGUA (SERVICIOS

DE RESCATE); ARRASTRE POR TIERRA Y MAR, INCLUYEN-

DO GRUA Y VEHICULOS DE TRANSPORTE (TRANSPORTE);

ARRENDAMIENTO DE VEHICULOS DE REEMPLAZO; ARREN-

DAMIENTO DE VEHICULOS Y EQUIPOS PARA EL TRANSPORTE

DE PERSONAS Y ANIMALES; SERVICIOS DE TRANSPORTE DE

ALARMA DE EMERGENCIA, INCLUYENDO LOS RELATIVOS

CON LOS ACCIDENTES, ROBOS, ALLANAMIENTOS, FUEGO,

HUMO, GAS, FUGAS DE PRODUCTOS QUIMICOS, DE ASALTO, Y

LAS ALARMAS DE SEGURIDAD; SERVICIOS DE NAVEGACION

GPS (INFORMACION SOBRE EL TRAFICO Y LAS DIRECCIONES

DE CONDUCCION); TRANSPORTE DE OBJETOS DE VALOR,

DINERO EN EFECTIVO, VALORES Y DOCUMENTOS; ENTREGA

DE COMIDA Y BEBIDAS; ALMACENAMIENTO DE LAS CLAVES

O LLAVES; SERVICIOS DE INFORMACION DE TRAFICO; VIAJES

DE TAXI; INTERVENCIONES EN EL MEDIO DE TRANSPORTE DE

PERSONAS O ANIMALES EN SITUACIONES DE EMERGENCIA,

INCLUYENDO LOS RELACIONADOS CON ACCIDENTES, ROBOS,

HUMO, GAS, FUGAS DE PRODUCTOS QUIMICOS; INTERVEN-

CIONES EN FORMA DE REMOLQUE DE VEHICULOS EN SITUA-

CIONES DE EMERGENCIA, INCLUYENDO LOS RELATIVOS

CON ACCIDENTES, ROBOS, ALLANAMIENTOS, INCENDIOS;

INTERVENCIONES EN LA FORMA DE BUCEO (TRANSPORTE) EN

SITUACIONES DE EMERGENCIA, INCLUYENDO LOS ACCIDEN-

TES, ROBO, HUMO, GAS, FUGAS DE PRODUCTOS QUIMICOS;

INTERVENCIONES EN LA FORMA DE EVACUACION (TRANS-

PORTE) DE LAS PERSONAS O ANIMALES EN SITUACIONES DE

EMERGENCIA, INCLUYENDO LOS RELACIONADOS CON LOS

ACCIDENTES, ROBOS, ALLANAMIENTO, FUEGO, HUMO, GAS,

FUGAS DE PRODUCTOS QUIMICOS, ASALTO, Y ALARMAS DE

SEGURIDAD; INFORMACION, CONSULTORIA Y SERVICIOS DE

ASESORAMIENTO EN RELACION CON LOS SERVICIOS ANTES

MENCIONADOS; LOS SERVICIOS ANTES MENCIONADOS

TAMBIEN PRESTADOS (SI PROCEDE) EN LINEA A TRAVES DE

REDES INFORMATICAS. Clase: 39.

La solicitud fue presentada el día diez de abril del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecinueve de abril del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.-

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003008-2

rEPoSicioN DE PoliZa DE SEGUro.

AVISO

ASEGURADORA POPULAR, S. A.,

HACE DEL CONOCIMIENTO AL PUBLICO EN GENERAL

QUE A NUESTRAS OFICINAS SE HA PRESENTADO LA SEÑO-

RA MARIA EUGENIA CORADO REYES, DEL DOMICILIO DE

AHUACHAPAN, SOLICITANDO LA REPOSICION DE SU POLIZA

DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL No. VO-10.022, EMITIDA

POR ESTA COMPAÑIA A SU FAVOR A NOMBRE DE MARIA

EUGENIA CORADO REYES, CON FECHA 06 DE JUNIO DE 1996.

SI DENTRO DE 30 DIAS CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE

ESTE AVISO NO SE PRESENTARE OPOSICION, LA COMPAÑIA

PROCEDERA A REPONER LA MENCIONADA POLIZA.

SAN SALVADOR, 06 DE JULIO DE 2012.

JACQUELINE LIZETH HERNANDEZ,

SEGURO DE PERSONAS,

ASEGURADORA POPULAR, S. A.

3 v. alt. No. C003017-2

AVISO

ASEGURADORA POPULAR, S. A.

HACE DEL CONOCIMIENTO AL PUBLICO EN GENERAL

QUE A NUESTRAS OFICINAS SE HA PRESENTADO LA SE-

ÑORA SARA ISABEL RUIZ CARCAMO, DEL DOMICILIO DE

SONSONATE, SOLICITANDO LA REPOSICION DE POLIZA DE

SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL N° VO-02.965, EMITIDA POR

ESTA COMPAÑIA A FAVOR DE SU PADRE EL SEÑOR GERMAN

RUIZ, CON FECHA 10 DE JUNIO DE 1981. SI DENTRO DE 30

DIAS CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE ESTE AVISO NO

SE PRESENTARE OPOSICION, LA COMPAÑIA PROCEDERA A

REPONER LA MENCIONADA POLIZA.

SAN SALVADOR, 06 DE JULIO DE 2012.

JACQUELINE LIZETH HERNANDEZ,

SEGURO DE PERSONAS,

ASEGURADORA POPULAR, S. A.

3 v. alt. No. C003018-2

DIARIO

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91DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. AVISO

LA CENTRO AMERICANA, S. A.,

Hace del conocimiento del público en general, que se ha presentado

ROSA E. MARTINEZ CASTANEDA del domicilio de LA LIBERTAD,

solicitando reposición de su póliza de seguro de vida 89070958 emitida

el 21/07/1989. Si dentro de 30 días contados a partir de la última publi-

cación de este aviso no se presentare oposición se procederá a reponer

la mencionada póliza.

San Salvador, 4 de julio de 2012.-

ANA ELIZABETH DE DOMINGUEZ,

RESPONSABLE DE VIDA INDIVIDUAL Y DECESOS.

3 v. alt. No. C003022-2

AVISO

LA CENTRO AMERICANA, S. A.,

Hace del conocimiento del público en general, que se ha presentado

ROSA MARGARITA VASQUEZ DE AYALA del domicilio de SAN

MIGUEL, solicitando reposición de su póliza de seguro de vida 13299

emitida el 30/05/2008. Si dentro de 30 días contados a partir de la últi-

ma publicación de este aviso no se presentare oposición se procederá a

reponer la mencionada póliza.

San Salvador, 5 de julio de 2012.-

ANA ELIZABETH DE DOMINGUEZ,

RESPONSABLE DE VIDA INDIVIDUAL Y DECESOS.

3 v. alt. No. C003023-2

coNcESioN DE frEcUENciaS

SUPEriNTENDENcia GENEral DE

ElEcTriciDaD Y TElEcoMUNicacioNES

2 v. alt. No. F045392-2

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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396DEclaraToria DE MUErTE PrESUNTa

JOSÉ HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PúBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las once horas del día

veintiséis de agosto de dos mil once, se dicto sentencia en la presentes

diligencias de la siguiente manera: JUZGADO DE LO CIVIL: MEJI-

CANOS, a las once horas y cuarenta minutos del día veintiséis de

agosto de dos mil once .Las presentes diligencias de muerte presunta por

desaparecimiento, han sido promovidas por el señor MANUEL DE JESúS

PINTO MORÁN, mayor de edad, comerciante, del domicilio de Santa

Tecla, departamento de La Libertad, a través de su Apoderada Licencia-

da SARA ELIZABETH MARTÍNEZ MARTÍNEZ, mayor de edad,

Abogado, del domicilio de San Salvador, a efecto de que se declare la

muerte presunta del señor GENARO DE JESúS MORÁN, conocido por

GENARO DE JESúS MORÁN BRACAMONTE, quien es mayor de

edad, su último domicilio, conocido el de esta ciudad, a quien se le

nombró como Defensor Especial para que lo representara, a la Licenciada

MARÍA ELENA LÓPEZ ÁGREDA, mayor de edad, Abogado y Notario

de este domicilio. Han intervenido en las presentes diligencias el señor

MANUEL DE JESúS PINTO MORÁN, a través de su Apoderada

Licenciada SARA ELIZABETH MARTÍNEZ MARTÍNEZ, ambos de

las generales ya relacionadas, como peticionaria, la Licenciada MARÍA

ELENA LÓPEZ ÁGREDA, de las generales antes relacionadas, en su

calidad de Defensor Especial del señor GENARO DE JESúS MORÁN,

conocido por GENARO DE JESúS MORÁN BRACAMONTE.

CONSIDERANDO I HECHOS Y CUESTIONES PLANTEADAS:

1) La solicitud es para que en sentencia definitiva, se declare la muerte

presunta por desaparecimiento del señor GENARO DE JESúS MORÁN,

conocido por GENARO DE JESúS MORÁN BRACAMONTE; 2) La

peticionaria plantea esencialmente en su solicitud de fs.1: "Que desde el

día veintiséis de septiembre de 1993, mi poderdante, demás familia y

amigos del señor GENARO DE JESúS MORÁN, conocido por GENARO

DE JESúS MORÁN BRACAMONTE, ignoran su paradero, que se han

realizado infructuosas diligencias para averiguar cuál ha sido y cual podría

ser su paradero actual y que desde el día veintiséis de septiembre de 1993,

la cual fue la última vez que lo vieron y supieron de él, no han tenido

ningún medio, noticia de su existencia habiendo transcurrido desde la

fecha mencionada, aproximadamente diez años, es decir más de los

cuatro años que establece el Art. 80 ord. Primero del Código Civil. A fs.

12, se tuvo como solicitante a la Licenciada SARA ELIZABETH

MARTÍNEZ MARTÍNEZ, en su calidad de Apoderada del señor MANUEL

DE JESúS PINTO MORÁN y se admitió la solicitud, y se nombró como

Defensora Especial del señor GENARO DE JESúS MORÁN, conocido

por GENARO DE JESúS MORÁN BRACAMONTE, a la Licenciada

MARÍA ELENA LÓPEZ AGUEDA; Mediante fs. 35, la Licenciada

MARTÍNEZ MARTÍNEZ, aclaró en cuanto al nombre de la defensora

específicamente en su segundo apellido por lo que mediante auto de fs.

36, se tuvo por aclarado el apellido, quedando el nombre correcto como

MARÍA ELENA LÓPEZ ÁGREDA. Por acta de folio 39, la defensora

nombrada acepta el cargo conferido, jurando cumplirlo fiel y legalmente,

haciéndosele el discernimiento de su cargo por auto de fs. 41, asimismo

se tuvo por contestada la solicitud de fs. 1 y 2, en el sentido que no se

opone a las pretensiones de la parte actora. A fs. 62, se abrió a pruebas

las presentes diligencias, termino durante el cual la solicitante aportó

prueba testimonial. A FS. 26-27, 45 y 46, se encuentran agregadas las

publicaciones en el Diario Oficial en el cual se citó por primera, segunda

y tercera vez al señor GENARO DE JESúS MORÁN, conocido por

GENARO DE JESúS MORÁN BRACAMONTE, quien no se hizo

presente a ninguna de las citas; corriendo más de cuatro meses entre cada

dos citaciones, Art. 80 No. 2° C. Por auto de fs. 74, se ordenó traer las

presentes diligencias para sentencia CONSIDERANDO II. ANÁLISIS

DE LA PRUEBA DOCUMENTAL. Con el testimonio del poder general

judicial y acta de sustitución que corre agregado de fs. 3-6 otorgado por

el señor MANUEL DE JESúS PINTO MORÁN y otro, a favor de la

Licenciada SARA ELIZABETH MARTÍNEZ MARTÍNEZ, se legitima

la personería de esta última para actuar en las presentes diligencias. Con

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93DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. la certificación de la partida de nacimiento que corre agregada a fs. 6 se

comprueba que el señor MANUEL DE JESÚS PINTO MORÁN es hijo

del señor GENARO DE JESúS MORÁN conocido por GENARO DE

JESúS MORÁN BRACAMONTE, y por consiguiente con vocación

hereditaria en la sucesión del desaparecido y presunto causante GENARO

DE JESúS MORÁN, conocido por GENARO DE JESúS MORÁN

BRACAMONTE y GENARO JESúS MORÁN BRACAMONTE.

PRUEBA TESTIMONIAL: A folios 68 y a solicitud de la parte soli-

citante se ordenó señalamiento para el examen de testigos que propuso

la Licenciada SARA ELIZABETH MARTÍNEZ MARTÍNEZ; a folios

71 y 72, se encuentra el acta en donde se examinó a los testigos señores

RAMÓN DE JESúS ALEGRÍA y CONSUELO SAGASTUME DE

MEJÍA, y unánimemente manifestaron: Que conocen al señor GENARO

DE JESúS MORÁN, conocido por GENARO DE JESúS MORÁN

BRACAMONTE, el primero desde el año 1986, y la segunda desde hace

43 años, que la última vez que lo vieron fue desde el año de mil nove-

cientos noventa y tres, que su lugar de residencia es en Calle al Volcán,

pasaje Francisco Javier, casa número uno, Mejicanos, y que les consta de

vistas y oídas que los familiares del señor MORÁN BRACAMONTE,

han hecho esfuerzo por ubicarlo y que lo han buscado desde el momento

en que se perdió, con objeto de darle sepultura. Asimismo con las publi-

caciones de los Diarios Oficiales, de fechas cinco de marzo de dos mil

ocho, donde se publicó el primer edicto de citación del referido desapa-

recido; la segunda de fecha diecinueve de febrero de dos mil nueve y la

tercera de fecha cuatro de noviembre de dos mil nueve, se ha citado por

tres veces al mismo, sin obtener resultado, mediando más de cuatro meses

entre cada dos citaciones, habiéndosele dado cumplimiento a lo que or-

dena el Art. 80 No. 2° C. CONSIDERANDO III. MOTIVACIÓN.

Analizadas que han sido las presentes diligencias, este Tribunal concluye

lo siguiente: Que la muerte presunta es una ficción legal por la que un

juez declara muerta a una persona que ha desaparecido y se ignora si vive

o no, cuando concurren los requisitos establecidos en la ley y

específicamente en el Art. 80 C. La parte solicitante ha demostrado el

interés que tiene para que se declare la muerte presunta solicitada,

comprobando con prueba testimonial antes relacionada, la desaparición

del señor GENARO DE JESúS MORÁN, conocido por GENARO DE

JESúS MORÁN BRACAMONTE, desde el año mil novecientos noven-

ta y tres es decir desde hace más de dieciocho años. Asimismo con la

certificación de partida de nacimiento del desaparecido GENARO DE

JESúS MORÁN o GENARO DE JESúS MORÁN BRACAMONTE o

GENARO JESúS MORÁN BRACAMONTE, de fs. 7, se comprueba que

éste nació el día veinte de septiembre de mil novecientos trece, es decir

hace noventa y ocho años y que desde el tiempo que se tuvo las últimas

noticias del desaparecido veintiséis de septiembre de mil novecientos

noventa y tres, han transcurrido dieciocho años, con mucho más de la

exigencia del Art. 80 No. 1° C, dándose los presupuestos jurídicos nece-

sarios contemplados en el art. 81 C, para conceder la posesión definitiva

en vez de la provisoria al presunto heredero. POR TANTO: De confor-

midad a los considerandos anteriores y arts. 79 y sig. C. C., 418, 421, 422,

427 439, 800 y sig. Pr. C., A NOMBRE DE LA REPúBLICA DE EL

SALVADOR, FALLO: Ha lugar a declarar la Muerte Presunta por

desaparecimiento, del señor GENARO DE JESúS MORÁN, conocido

por GENARO DE JESúS MORÁN BRACAMONTE y por GENARO

JESúS MORÁN BRACAMONTE, señálense como día presuntivo de su

muerte el día veintiséis de septiembre de mil novecientos noventa y

cinco. DECLÁRASE Heredero presuntivo del presunto causante, al señor

MANUEL DE JESÚS PINTO MORÁN, en su calidad de hijo del pre-

sunto causante y CONCÉDESE la posesión Definitiva de los Bienes de

la sucesión, del presunto causante al heredero antes mencionado por

darse los presupuestos que establece el Art. 80 C. Publíquese por tres

veces, consecutivos esta sentencia en el Diario Oficial.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las quince horas

y cuarenta y cinco minutos del día trece de enero de dos mil doce.- Lic.

JOSÉ HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda.

LILIAN ESTELA AGUIRRE HERNÁNDEZ, SECRETARIA.

3 v. c. No. F045552-2

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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396

de tercera publicación

acEPTacioN DE HErENcia

LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE

CHINAMECA.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado

a las catorce horas con diez minutos del día diecinueve de junio del

corriente año, se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de

inventario la herencia intestada que al fallecer dejó el causante señor

JORGE QUINTANILLA, fallecido a las cinco horas del día nueve de

noviembre de mil novecientos noventa y cinco, en el Cantón Primavera,

Jurisdicción de El Tránsito, de este Distrito, Departamento de San Miguel,

siendo la ciudad antes mencionada su último domicilio, de parte de la

señora Teresa Quintanilla Torres, de cincuenta y siete años de edad, de

oficios domésticos, del domicilio de El Tránsito, con Documento Único

de Identidad número: cero un millón sesenta y siete mil trescientos

diecinueve - ocho, en su concepto de hija del causante.- Nómbrasele a

la aceptante en el carácter dicho administradora y representante interina

de la sucesión de que se trata, con las facultades y restricciones que

corresponden a los curadores de la herencia.- Publíquense los edictos

de ley.-

Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de

ley.

LIBRADO en el Juzgado de Primera Instancia, Chinameca, a las

catorce horas con veinte minutos del día diecinueve de junio de dos mil

doce.- LIC. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. ROSALIA DE JESUS PACHECO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002894-3

LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE

CHINAMECA.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a

las diez horas con diez minutos del día dieciocho de junio del corriente

año; se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario

la herencia intestada que al fallecer dejó la causante señora MARIA

ANTONIA TORRES DE QUINTANILLA, fallecida a las seis horas

treinta minutos del día veinticuatro de abril de mil novecientos setenta

y siete, en el Cantón Primavera de la Jurisdicción de El Tránsito, de este

Distrito, Departamento de San Miguel, siendo la ciudad antes mencionada

su último domicilio; de parte de la señora Teresa Quintanilla Torres,

de cincuenta y siete años de edad, de oficios domésticos, del domicilio

de El Tránsito, con Documento único de Identidad Número: cero un

millón sesenta y siete mil trescientos - diecinueve - ocho, en su concepto

de hija de la causante.- Nómbrasele a la aceptante en el carácter dicho

administradora y representante interina de la sucesión de que se trata,

con las facultades y restricciones que corresponden a los curadores de

la herencia.- Publíquense los edictos de Ley.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las

diez horas con veinte minutos del día dieciocho de junio de dos mil

doce.- Enmendado-corriente- carácter- edictos-Vale.- LIC. DINORA

DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA.- BR. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002895-3

JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN, AL

PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que por resolución de las ocho horas y veinticinco minutos

de este día se ha tenido por ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON

BENEFICIO DE INVENTARIO la herencia intestada que a su defunción

dejó el señor JOSE HERIBERTO RECINOS LARA, conocido por JOSE

HERIBERTO RECINOS, al fallecer el día catorce de febrero del año dos

mil ocho, en el Hospital del Seguro Social de la Ciudad de San Miguel,

siendo la ciudad de Usulután, el lugar que tuvo como último domicilio

de parte de las señoras PAULA ELVIRA MEDRANO viuda DE RECI-

NOS, conocida por PAULA ELVIRA MEDRANO DE RECINOS, por

PAULA ELVIRA MEDRANO y por PAULA ELVIRA MEDRANO

ZELAYA y VICTORIA PATRICIA RECINOS MEDRANO, en calidad

de cónyuge sobreviviente la primera y la última en calidad de hija del

causante del mismo causante.

Confiriéndosele a las aceptantes dichas la administración y repre-

sentación interinas de la sucesión, con las restricciones y facultades de

los curadores de la herencia yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después

de la tercera publicación de este edicto.

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95DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los veinte días del mes

de marzo del año dos mil doce.- LIC. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ

DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002899-3

EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS

DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas de este día,

se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario

en la herencia intestada dejada al fallecer por el señor JOSE TOMAS

BAIREZ conocido por JOSE TOMAS BAIRES y por TOMAS BAIRES,

el día veintiuno de octubre de mil novecientos ochenta y ocho, en el

Cantón Los Hornos de la jurisdicción de San Francisco Javier, siendo

éste su último domicilio, de parte de la señora MARIA DEL ROSARIO

BAIREZ viuda DE GOMEZ, conocida por MARIA DEL ROSARIO

BAIREZ DE GOMEZ, MARIA DEL ROSARIO BAIREZ ORTEZ,

MARIA DEL ROSARIO BAIRES ORTES, MARIA DEL ROSARIO

BAIRES DE GOMEZ y por MARIA DEL ROSARIO BAIRES, en su

calidad de hija del causante.

Confiérasele a la aceptante la administración y representación

interina de la sucesión intestada con la facultades y restricciones de

Ley.

Fíjense y publíquense los edictos correspondientes, citando a los

que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo

en el término de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jiquilisco, a los

veintiséis días del mes de abril de dos mil doce.- LIC. MANUEL DE

JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. LOURDES

ESTELLA CASTAÑEDA, SECRETARIA INTA.

3 v. alt. No. C002901-3

EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con diez mi-

nutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio

de inventario en la Herencia Intestada dejada al fallecer por el señor

ESTEBAN ARGUETA HERNANDEZ, el día veintiocho de febrero

de dos mil doce en Jiquilisco, Departamento de Usulután, siendo éste

su último domicilio, al señor JOSE EVER GUEVARA MEMBREÑO,

en su calidad de Cesionario del Derecho que le correspondía a la señora

Ángela Membreño Argueta conocida por Felícita Argueta, en su calidad

de madre del causante.

Confiérasele al aceptante declarado la Administración y Represen-

tación interina de la sucesión intestada con las facultades y restricciones

de Ley.

Fíjese y publíquese los edictos correspondientes, citando a los que

se crean con derecho a la Herencia para que se presenten a deducirlo en

el término de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jiquilisco, a los ocho

días del mes de junio de dos mil doce.- LIC. MANUEL DE JESUS SAN-

TOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. SILVIA YANET

MEJIA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002903-3

JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN, AL

PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que por resolución de las ocho horas y diez minutos

de este día se ha tenido por ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON

BENEFICIO DE INVENTARIO la herencia testada que a su defunción

dejó el señor DAVID MENA ESPINOZA conocido por DAVID MENA,

al fallecer el día veintiocho de agosto del año dos mil seis, en el Cantón

Ojo de Agua de la jurisdicción de Usulután, el lugar que tuvo como

último domicilio de parte de la señora PATRICIA MENA ESCOBAR,

en calidad de heredera testamentaria del causante.

Confiriéndosele a la aceptante dicha la Administración y Repre-

sentación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de

los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después

de la tercera publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los

treinta días del mes de mayo del año dos mil doce.- LIC. JOSE AN-

TONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL

SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002904-3

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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN, AL

PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que por resolución de las ocho horas y treinta y cinco

minutos de este día se ha tenido por Aceptada Expresamente y con Be-

neficio de Inventario le Herencia Intestada, que a su defunción dejó el

señor ROBERTO DE JESUS BERMUDEZ QUINTANILLA conocido

por ROBERTO DE JESUS BERMUDEZ, en la sucesión intestada que

éste dejó al fallecer el día veintisiete de diciembre de mil novecientos

noventa y dos, en el Barrio El Calvario de esta ciudad, siendo esta

misma su último domicilio, de parte del señor ROBERTO DE JESUS

RODRIGUEZ BERMUDEZ, en calidad de hijo del causante.

Confiriéndosele al aceptante dicho la Administración y Represen-

tación Interina de la sucesión con las restricciones y facultades de los

Curadores de la Herencia Yacente.

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después

de la tercera publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los

trece días del mes de abril del dos mil doce.- LIC. JOSE ANTONIO

GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN

HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002905-3

JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN, AL

PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que por resolución de las ocho horas y quince minutos

de este día se ha tenido por Aceptada Expresamente y con Beneficio de

Inventario la Herencia Intestada, que a su defunción dejó el señor JOSE

SALVADOR VIGIL MONJARAS, al fallecer el día treinta y uno de julio

del año dos mil siete, en el Cantón San Francisco de la Jurisdicción de

Santa María, habiendo sido Santa María su último domicilio, de parte

de la señora CONSUELO GUADALUPE VIGIL MARAVILLA, en

calidad de hija del causante.

Confiriéndosele a la aceptante dicha la Administración y Repre-

sentación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de

los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de quince días después

de la tercera publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los

catorce días del mes de marzo de dos mil doce.- LIC. JOSE ANTONIO

GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN

HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002906-3

LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas con cua-

renta minutos del día de hoy dictada por este Juzgado, se ha tenido por

aceptada y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su

defunción dejó ANIBAL ANTONIO ALEMAN GALDAMEZ, quien

falleció a las seis horas treinta minutos del día catorce de septiembre de

dos mil nueve, frente a la Empresa Simán Guazapa, siendo esta ciudad

su último domicilio, de parte de los señores SANDRA YANIRA HER-

CULES DE ALEMAN, JOSE ANIBAL ALEMAN HERCULES, y el

menor JONATHAN RIGOBERTO ALEMAN HERCULES, quien es

representado por su madre SANDRA YANIRA HERCULES DE ALE-

MAN, la primera en la calidad de cónyuge sobreviviente y los demás

como hijos sobrevivientes del causante.

Se confiere a los herederos declarados la administración y repre-

sentación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de

los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a las

nueve horas con cuarenta y cinco minutos del día uno de febrero del dos

mil diez.- LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. EDWIN EDGARDO RIVERA

CASTRO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C002919-3

LIC. CARLOS SANCHEZ LOPEZ, JUEZ SUPLENTE DE PRIMERA

INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SEBASTIAN, AL

PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que según resolución de las ocho horas y cuarenta

minutos del día trece de abril de dos mil once, se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que

a su defunción dejara el causante señor Pedro Flores, o Pedro Nolasco

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97DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. Flores, quien fue de ochenta y dos años de edad, Jornalero, originario y

del Domicilio de San Sebastián, Casado, quien falleció a las diecisiete

horas, del día veintinueve de octubre de mil novecientos noventa y dos

de parte del señor José Dolores Flores Rivas, quien es de sesenta años de

edad, Agricultor, del Domicilio de San Vicente, portador del Documento

único de Identidad Número cero cero nueve nueve cuatro nueve siete

dos - dos, así como de la Tarjeta de Identificación Tributaria Número:

un mil nueve - doscientos cincuenta y un mil ciento cuarenta y nueve -

ciento uno - cero, en calidad de hijo del referido causante.

Confiérase al heredero declarado la administración y representación

interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de Ley.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDI-

CIAL DE SAN SEBASTIAN, DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE,

a las quince horas y treinta minutos del día veinticinco de mayo del año

dos mil doce.- LIC. CARLOS SANCHEZ LOPEZ, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA SUPLENTE.- BR. BESSY CECILIA FABIAN FUENTES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F044890-3

EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y cuarenta

y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada, expresamente y

con beneficio de inventario, la herencia intestada que dejó el señor JOSE

ANTONIO LOPEZ, al fallecer el día veintiséis de Enero del corriente

año, en el Cantón Joya Ancha Abajo de la ciudad de Santa Elena, Depar-

tamento de Usulután, lugar que tuvo como último domicilio, de parte de

los señores: ANA DIGNA GOMEZ DE MEJIA y REYES ANTONIO

GOMEZ, en concepto de Cesionarios del derecho hereditario que le

correspondía al señor CARLOS HUMBERTO LOPEZ, en calidad de

sobrino del causante; confiriéndosele la administración y representación

interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a deducirlo en el término de quince días después de la tercera

publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los dieciocho días del

mes de mayo del dos mil doce.- LIC. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ

DE LO CIVIL.- LIC. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F044900-3

LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GALVEZ,

Juez de lo Civil Interino, de este Distrito Judicial, al público para los

efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de este día se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia

testamentaria que a su defunción dejó la causante TOMASA DE LOS

ANGELES SORIANO DE SANCHEZ conocida por ANGELA SO-

RIANO DE SANCHEZ, quien falleció el día veintiuno de agosto de

dos mil cinco, en el Barrio El Carmen de esta ciudad de Zacatecoluca,

su último domicilio, por parte de los señores MARYLAND DAYA-

NARA SANCHEZ RODRIGUEZ y GILBERTO DANIEL SANCHEZ

SORIANO o GILBERTO DANIEL SANCHEZ o DANIEL GILBERTO

SANCHEZ, en concepto de herederos testamentarios de la causante.

Nómbrase a los aceptantes, interinamente, administradores y represen-

tantes de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con

derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,

comparezcan a este Juzgado a justificar dicha circunstancia.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, cinco de octubre de

dos mil once.-Entrelíneas:taria-Vale. Enmendado:testamen-Vale.- LIC.

ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GALVEZ, JUEZ

DE LO CIVIL INTERINO.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SE-

CRETARIO.

3 v. alt. No. F044908-3

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO.

HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal de las catorce

horas del día doce de junio del presente año.- Se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada dejada

por la señora Macaria Antonia Arucha Castillo conocida por Macaria

Antonia Arucha, Macaria Antonia Arucha de Trejo, Macaria Antonia

Arucha hoy de Ramos y por Macaria Antonia Arucha Castillo de Ramos,

de parte del señor OSCAR RENE TREJO, en concepto de cónyuge

sobreviviente de la causante.

Se ha conferido al aceptante la administración y representación

interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las once horas del día

quince de junio del dos mil doce.- DR. MARIO MOISA MARTINEZ,

JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE

ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F044917-3

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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE SUCHI-

TOTO, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que según resolución pronunciada por este

Tribunal, a las Doce horas y treinta minutos de este mismo día, del pre-

sente mes y del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente

y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción

dejara el causante señor EMILIO ANGEL LANDAVERDE, conocido

por ANGEL LANDAVERDE; quien falleció a las ocho horas treinta

minutos, del día catorce de febrero de dos mil once, en el Hospital

Nacional Rosales de la Ciudad de San Salvador; siendo su último

domicilio la ciudad de Suchitoto; de parte de los señores: VICTOR

MANUEL LANDAVERDE LANDAVERDE; y RENE ORLANDO

LANDAVERDE LANDAVERDE; actuando éstos en su calidad de

hijos Sobrevivientes de dicho causante.

Se les ha conferido a los aceptantes la administración y representa-

ción interina de los bienes sucesorales con las facultades y restricciones de

los curadores de la herencia yacente, se citan a todas las personas que se

crean con derecho a la herencia antes mencionada para que se presenten

a este Tribunal a deducirlo en el término de quince días contados desde

el siguiente a la tercera publicación del presente edicto.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las

doce horas y cuarenta minutos del día veinticinco de junio del dos mil

doce.- LIC. OSWALDO DAGOBERTO ARGUETA FUNES, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. JUANA DE JESUS FIGUEROA

COCA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F044918-3

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída este día a las diez

horas y cinco minutos, se ha tenido por aceptada expresamente con

beneficio de inventario, la herencia intestada que dejó el señor JOSE

CIPRIANO ZALAZAR, quien falleció el día veinticinco de Octubre de

dos mil diez en Washington, Distrito de Columbia, Estados Unidos de

América, siendo el Cantón El Tamarindo, Jurisdicción de Conchagua

de este Departamento de La Unión lugar su último domicilio, de parte

de la señora REINA MARIA MORENO DE SALAZAR conocida por

REINA MARIA MORENO OJEDA, en concepto de cónyuge sobrevi-

viente del causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que

les correspondían a la señora MARIS LEIDI SALAZAR MORENO

en concepto de hija sobreviviente del causante. Confiriéndole a dicha

aceptante, en el carácter indicado la administración y representación

interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión, para

que en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel,

lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los dos días del mes

de Julio de dos mil doce.- LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES

BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F044926-3

LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD.

HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado, a

las once horas y treinta minutos del día diecisiete de mayo del presente

año, fue aceptada expresamente y con BENEFICIO DE INVENTA-

RIO la herencia intestada que a su defunción dejó la causante señora

ANTONIA GALEANO viuda DE AGUILAR, conocida por ANTONIA

GALEANO y por ANTONIA GALEANO DE AGUILAR, quien falleció

el día diecinueve de mayo del año dos mil uno, a la edad de setenta y

un años, casada, originaria y del domicilio de esta ciudad, siendo esta

misma ciudad su último domicilio, de parte del señor PEDRO EFRAIN

HERNANDEZ, con Número de Identificación Tributaria cero setecientos

cinco - veintinueve cero cuatro cincuenta - cero cero uno - cero, éste en su

carácter de cesionario de los derechos hereditarios que como hijos de la

causante en mención les correspondían a los señores José Antonio, Luis

Alonso, ambos de apellidos Aguilar Galeano y a la señora Ana Araceli

Aguilar Galeano conocida por Ana Araceli Aguilar. Lo anterior según

Testimonio de Escritura Pública de Cesión de Derechos Hereditarios

otorgada en la Ciudad de Quezaltepeque de este Departamento, a las

once horas del día treinta de mayo del año dos mil nueve, ante los oficios

de la Notario Gloria Cecilia Ramos Medina de Sosa. Confiriéndose al

heredero declarado la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION

INTERINA de la sucesión referida con las facultades y restricciones de

los Curadores de la Herencia Yacente, de conformidad a lo establecido

en el Art. 1163 Inc. 1° del Código Civil; citándose a las personas que se

crean con derecho a la herencia, para que se presenten a deducirlo en el

término de quince días posteriores a la tercera publicación del presente

edicto.

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99DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de La Libertad, a los

diecisiete días del mes de mayo de dos mil doce.- LICDA. DIGNA

GLADIS MEDRANO DE GOMEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTAN-

CIA.- LIC. JOEL ALBERTO NAVARRO RAMOS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F044962-3

RAFAEL ANTONIO CUELLAR ANGEL, Notario, del domicilio de

Armenia y de Sonsonate, con Oficina en Lotes Cinco, Seis y Siete del

Polígono “B” de la Colonia LOS ANGELES de la Ciudad de Armenia

en el Departamento de Sonsonate.

HACE SABER: Que por resolución proveída a las diecisiete horas

del día tres de julio del año dos mil doce, se ha tenido por aceptada ex-

presamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que dejó

la causante señora DOMINGA VASQUEZ BELTRAN, conocida por

DOMINGA VASQUEZ BELTRAND y DOMINGA VASQUEZ, a su

defunción ocurrida a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del día

diecinueve de junio del año dos mil diez, en la Colonia El Coquito del

Cantón Zacamil de la jurisdicción de Tepecoyo, a causa de Bronquitis, de

parte del señor RICARDO DE LEON MATA, quien posee Documento

único de Identidad Número cero dos millones cuatrocientos veinticinco

mil quinientos veintitrés - siete, y Número de Identificación Tributaria

cero ciento diez - ciento veinte mil trescientos veinticuatro - cero cero

uno - nueve, en su calidad de Cesionario de los Derechos Hereditarios

que le correspondían a la señora CRUZ ARBUES conocida por CRUZ

VASQUEZ, MARIA CRUZ VASQUEZ y por MARIA CRUZ ARBUEZ,

en su calidad de madre sobreviviente de la expresada causante; y en

consecuencia se le ha conferido a dicho aceptante la Administración y

Representación Interinas de la Sucesión con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida

oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la Oficina del Notario RAFAEL ANTONIO CUELLAR

ANGEL. En la Ciudad de Armenia, Departamento de Sonsonate, a los

tres días del mes de Julio del año dos mil doce.

LIC. RAFAEL ANTONIO CUELLAR ANGEL,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F044968-3

JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, Jueza de lo Civil de

este Municipio Judicial.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a

las once horas con cincuenta minutos del día cuatro de julio del presente

año.- Se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inven-

tario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la ciudad de

Mejicanos, Departamento de San Salvador, siendo esta ciudad de San

Marcos la de su último domicilio, el día doce de octubre del año dos

mil dos, dejó el causante ROBERTO ARTURO SARAVIA LINARES,

de parte del señor MARLON ARTURO SARAVIA RECINOS, en su

calidad de hijo del referido de cujus. Se ha conferido al aceptante la ad-

ministración y representación interina de la sucesión, con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Cítese a los que se crean con derecho a la herencia en mención,

para que transcurridos el término de quince días después de la tercera

publicación de este edicto, concurran a este Tribunal a hacer uso de sus

derechos.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-

tamento de San Salvador, a las doce horas con quince minutos del día

cuatro de julio de dos mil doce.- LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA

CALDERON, JUEZA DE LO CIVIL.- LICDA. NELY PORTILLO,

SECRETARIA INTERINA.

3 v. alt. No. F044969-3

LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE

CHINAMECA.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a

las once horas con diez minutos del día veintiséis de marzo del corriente

año; se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario

la herencia testamentaria que al fallecer dejó el causante señor BAU-

DILIO SOTO APARICIO, fallecido a las diecinueve horas del día diez

de Diciembre del año dos mil once, en el Barrio San Juan de la Ciudad

de San Rafael Oriente, de este Distrito, Departamento de San Miguel,

siendo la ciudad antes mencionada su último domicilio, de parte de la

señora Zahida Larissa Parada conocida por Saida Lariza Parada Soto y

también por Zahida Larissa Parada de Paíz; de treinta y seis años de edad,

profesora del domicilio de San Miguel, con Documento único de Identidad

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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396Número: Cero dos cuatro cinco uno ocho cinco cero guión cuatro y con

Tarjeta de Identificación Tributaria Número: Mil doscientos dieciocho

guión setenta mil ciento setenta y cinco guión ciento uno guión dos, en

su concepto de Heredera Testamentaria.- Nómbrasele a la aceptante en

el carácter dicho administradora y representante interina de la sucesión

de que se trata, con las facultades y restricciones que corresponden a

los curadores de la herencia.

Publíquense los edictos de Ley.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Chinameca, a las

once horas con veinte minutos del día veintiséis de marzo de dos mil

doce.- LIC. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. ROSALIA DE JESUS PACHECO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F044992-3

LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA; Juez de lo Civil del Distrito

Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público

para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de las doce

horas y quince minutos del día catorce de junio del corriente año. Se

declaró heredera expresamente y con beneficio de inventario de la herencia

intestada que al fallecer el día cinco de mayo del año dos mil once, en el

Caserío El Baratillo, Cantón San Sebastián de esta jurisdicción y distrito,

Departamento de La Unión, su último domicilio dejó el causante Roberto

Isabel Torres Reyes, de parte de la señora Clara Nimia Reyes de Torres,

conocida por Clara Nimia Menjívar, y por Clara Ygdomilia Reyes, en

concepto de madre sobreviviente del referido causante, de conformidad

con el Artículo 988 numeral 1° C.c. Se le confiere a la heredera declarada

en el carácter dicho la administración y representación INTERINA de

los bienes de la indicada sucesión, con las restricciones de los curadores

de la herencia yacente. Extiéndase para sus publicaciones los edictos

correspondientes.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a los die-

ciocho días del mes de junio de dos mil doce.- LIC. ANGEL ALBINO

ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARINA CONCEP-

CION MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F045005-3

JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, Jueza de lo Civil de

este Municipio Judicial.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las

ocho horas con cuarenta y cinco minutos del día veintinueve de junio de

dos mil doce.- Se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio

de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la

Villa de San Francisco Chinameca, Departamento de La Paz, siendo

también su último domicilio, el día doce de enero de mil novecientos

cuarenta y nueve, dejó el causante SATURNINO VASQUEZ, de parte

de los señores JOSE ABRAHAM VASQUEZ MARMOL, ELICEO

VASQUEZ MARMOL, FERNANDO VASQUEZ MARMOL y ANA

GLORIA VASQUEZ DE MARTINEZ, en su calidad de nietos del

referido causante.- Se ha conferido a los aceptantes la administración y

representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Cítese a los que se crean con derecho a la herencia en mención,

para que transcurridos el término de quince días después de la tercera

publicación de este edicto, concurran a este Tribunal a hacer uso de sus

derechos.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil, Ciudad de San Marcos, Depar-

tamento de San Salvador, a las nueve horas del día cuatro de julio de

dos mil doce.- LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON,

JUEZA DE LO CIVIL.- LICDA. NELY PORTILLO, SECRETARIA

INTERINA.

3 v. alt. No. F045019-3

LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE

CHINAMECA,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a

las doce horas quince minutos del día diecisiete de mayo del corriente

año, se tuvo por aceptada expresa y con beneficio de inventario la

herencia testamentaria que a su defunción dejó la causante señora MA-

RIA ERNESTINA TURCIOS, conocida por ERNESTINA TURCIOS,

ERNESTINA TURCIO y por MARIA ERNESTINA TURCIOS RIVAS,

quien fue de sesenta y tres años de edad, de oficios domésticos, de nacio-

nalidad salvadoreña, originaria de la Ciudad de San Jorge, Departamento

de San Miguel, fallecida a las diez horas del día veinte de enero del

año dos mil siete, siendo su último domicilio en Barrio Santa Rosa, de

la Ciudad de San Jorge, Departamento de San Miguel; de parte de los

señores: MARTIN DE JESUS TURCIOS ROMERO, en un porcentaje

equivalente a una sexta parte; con Documento único de Identidad Número

cero cuatro millones setecientos treinta y nueve mil doscientos sesenta y

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101DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. cinco - cero, en su calidad de heredero testamentario y además cesionario

del derecho hereditario que les correspondía a los señores Eliza Turcios

Romero, María Adelina Turcios de Mariona, conocida por María Ade-

lina Turcios Romero, Glenda Ernestina Turcios Menjívar conocida por

Glenda Ernestina Turcios Romero y Jorge Doroteo Turcios Romero, en

un porcentaje de cuatro sextas partes, éstos como herederos testamenta-

rios; y GLADYS MERCEDES TURCIOS DE CAMPOS, conocida por

GLADIS MERCEDES TURCIOS ROMERO, en un porcentaje de una

sexta parte, con Documento único de Identidad Número cero uno dos

ocho dos cinco cuatro siete - cuatro; ésta como heredera testamentaria

de la causante.- Nómbrase a los herederos declarados en el carácter antes

dicho administradores y representantes interinos de la sucesión de que se

trata con las facultades y restricciones que corresponden a los curadores

de la herencia yacente.- Notifíquese.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Chinameca, a las

once horas treinta y cinco minutos del día dieciocho de mayo de dos mil

doce.- LICDA. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. ROSALIA DE JESUS PACHECO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F045025-3

HErENcia YacENTE

DOCTOR JULIO CÉSAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas seis minutos

del día dieciocho de junio de dos mil doce, se ha declarado yacente la

herencia que dejó el causante señor ERIBERTO MANCÍA, fallecido a

las veintitrés horas del día doce de octubre de dos mil once, en Ceclisa,

de Ahuachapán, su último domicilio el de Ahuachapán, habiéndole

nombrado curadora de la herencia yacente para que represente a la

sucesión del señor ERIBERTO MANCÍA, a la Licenciada LAURA

BRISEIDA PADILLA DE AYALA, a quien se le hizo saber su nom-

bramiento y previa aceptación y juramentación, se le discernió el cargo

por resolución de las quince horas cuatro minutos del día dieciocho de

junio de dos mil doce, lo que se pone en conocimiento del público, para

los fines de Ley.

Juzgado de lo Civil: Ahuachapán, a las quince horas cincuenta

minutos del día dieciocho de junio de dos mil doce.- Dr. JULIO CÉSAR

FLORES, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. CLAUDIA LELIN GUEVARA

DE PEÑATE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F044905-3

TÍTUlo DE ProPiEDaD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se presentó JOSÉ ATILIO

TEJADA AYALA, de sesenta y nueve años de edad, comerciante, del

domicilio de Soyapango, departamento de San Salvador, con Documento

único de Identidad número cero uno cuatro cero cuatro seis seis cua-

tro- cuatro, y con Número de Identificación Tributaria cero cuatro tres

uno- dos dos cero siete cuatro dos- cero cero uno- dos, solicitando se le

extienda a su favor, Título de Propiedad de un inmueble urbano de su

propiedad ubicado en el barrio El Centro, Avenida Colón, sin número, de

esta población, de una extensión superficial de CIENTO OCHENTA Y

OCHO PUNTO DIECISÉIS METROS CUADRADOS, de las medidas

y colindancias siguientes: AL NORTE, mide treinta y dos punto cero

nueve metros, colinda con propiedad de Jorge Alberto Ardón Valle,

cerco de alambre de púas de por medio; al ORIENTE, mide ocho punto

trece metros, colindando con propiedad de Hugo Amílcar Gutiérrez, calle

principal de por medio, y con Vilma Jovita Gutiérrez, calle principal

de por medio, al SUR, en cuatro tramos, el primero mide cinco punto

cero un metros, el segundo mide cero punto quince metros, el tercero

mide cinco punto cero cinco metros, y el cuarto mide diecinueve punto

veintinueve metros, colindando con propiedad de Héctor Alexander

Tejada Arteaga, con pared de ladrillo y parte de alambre de púas de por

medio, y al PONIENTE, mide seis punto cincuenta y cuatro metros,

colinda con propiedad de DIARFU, S. A. DE C. V., pared de bloque

de por medio. No es dominante, ni sirviente, no tiene cargas o derechos

reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con nadie.

Lo adquirió por medio de escritura de compraventa otorgada por

José Alberto Tejada Ayala, ante los oficios notariales de Ana Ángela

Arias, en la ciudad de Chalatenango, el día catorce de septiembre del

año dos mil once, lo valora en la cantidad de CINCO MIL DÓLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA ($ 5,000.00).

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal: San Rafael, departamento de Chalatenango,

tres de julio de dos mil doce.-

ROBERTO ALIRIO GUARDADO OLIVA,

Alcalde Municipal.

MANUEL DE JESúS CHACÓN,

Secretario Municipal.

3 v. alt. No. F045041-3

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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se presentó MERCEDES

DEL MILAGRO TEJADA AYALA, de cincuenta y ocho años de edad,

empleada, de este domicilio, con Documento único de Identidad número

cero cero siete cuatro nueve seis cinco nueve- cinco, y con Número de

Identificación Tributaria cero cuatro tres uno- uno cinco cero cuatro

cinco cuatro- cero cero uno- tres, solicitando se le extienda a su favor,

Título de Propiedad de un inmueble urbano de su propiedad ubicado

en el barrio El Centro, Avenida Colón, y calle antigua a San Francisco

Morazán, sin número, de esta población, de una extensión superficial

de CIENTO VEINTE PUNTO NOVENTA Y CINCO METROS CUA-

DRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE, en

dos tramos; el primero mide cinco metros treinta y siete centímetros, el

segundo mide ocho metros con veinte centímetros, divididos por pared

de ladrillo de por medio colinda con propiedad de José Alberto Tejada

Ayala, al ORIENTE, mide ocho punto sesenta y cuatro metros, colinda

con propiedad de Hugo Amílcar Gutiérrez, calle de por medio, y con

Vilma Jovita Gutiérrez de López, calle de por medio, al SUR, en tres

tramos, el primero mide cero punto sesenta y nueve metros, el segundo

mide tres metros con treinta y tres centímetros, y el tercero mide seis

punto treinta y cinco metros, colindando con propiedad de Luis Anto-

nio Alvarenga, calle de por medio, y al PONIENTE: mide once punto

veintiún metros, colinda con propiedad de José Roberto Tejada, pared

de bloque de por medio. No es dominante, ni sirviente, no tiene cargas o

derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con nadie.

Lo adquirió por medio de escritura de compraventa otorgada por José

Alberto Tejada Ayala, ante los oficios notariales de Ana Ángela Arias,

en la ciudad de Chalatenango, el día catorce de septiembre del año dos

mil once, lo valora en la cantidad de CINCO MIL DÓLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA ($ 5,000.00).

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal: San Rafael, departamento de Chalatenango,

tres de julio de dos mil doce.-

ROBERTO ALIRIO GUARDADO OLIVA,

Alcalde Municipal.

MANUEL DE JESúS CHACÓN,

Secretario Municipal.

3 v. alt. No. F045042-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se presentó JOSÉ ALBERTO

TEJADA AYALA, de setenta y siete años de edad, Agricultor, de este

domicilio, con Documento único de Identidad número cero uno seis cero

siete seis dos nueve- siete, y con Número de Identificación Tributaria

cero cuatro tres uno- dos siete cero ocho tres cuatro -uno cero uno- siete,

solicitando se le extienda a su favor, Título de Propiedad de un inmueble

urbano de su propiedad ubicado en el barrio El Centro, Avenida Colón,

sin número, de esta población, de una extensión superficial de OCHENTA

Y SEIS PUNTO SETENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, de las

medidas y colindancias siguientes: AL NORTE, en dos tramos; el primero

mide siete metros noventa y ocho centímetros, el segundo mide ocho

metros con trece centímetros, divididos por pared de por medio colinda

con propiedad de Héctor Alexander Tejada Arteaga, al ORIENTE, mide

cinco punto cuarenta y cuatro metros, colinda con propiedad de Hugo

Amílcar Gutiérrez, calle de por medio, y con Vilma Jovita Gutiérrez

de López, calle de por medio, al SUR, en dos tramos, el primero mide

ocho metros con veinte centímetros, el segundo mide cinco metros con

treinta y siete centímetros, colindando con propiedad de Mercedes del

Milagro Tejada Ayala, y al PONIENTE: en tres tramos, el primero mide

tres metros con setenta y seis centímetros, el segundo mide dos metros

con cincuenta y ocho centímetros, y el tercero mide un metro con doce

centímetros, colinda con propiedad de José Roberto Tejada, pared de

bloque de por medio. No es dominante, ni sirviente, no tiene cargas o

derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con nadie.

Lo adquirió por medio de escritura de posesión material otorgada ante

los oficios notariales de José Javier Clavel Flamenco, en la ciudad de

Dulce Nombre de María, el veinticinco de mayo del año dos mil cuatro,

lo valora en la cantidad de CINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE NORTEAMÉRICA ($ 5,000.00).

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal; San Rafael, departamento de Chalatenango,

tres de julio de dos mil doce.-

ROBERTO ALIRIO GUARDADO OLIVA,

Alcalde Municipal.

MANUEL DE JESúS CHACÓN,

Secretario Municipal.

3 v. alt. No. F045043-3

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103DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. TÍTUlo SUPlETorio

LICENCIADO JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado

RONALD GIOVANNI CARDONA ALVARADO, de cuarenta años de

edad, Abogado, de este domicilio, con carné de Abogado número cuatro

mil ochocientos treinta y siete, en su calidad de Apoderado Especial

Judicial de la señora GERTRUDIS GÁMEZ GODINEZ, de sesenta y

seis años de edad, ama de casa, del domicilio de Jutiapa, departamento

de Cabañas, con Documento único de Identidad número cero cero

quinientos setenta y un mil cuatrocientos- dos; solicitando TÍTULO

SUPLETORIO a favor de la señora GERTRUDIS GÁMEZ GODINEZ,

de un inmueble de naturaleza rústica, situado en Barrio El Calvario,

Jutiapa, departamento de Cabañas, de la extensión superficial de UN

MIL OCHOCIENTOS TREINTA PUNTO OCHENTA Y UN METROS

CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE, en

veintidós metros, con terreno que fue de Isaac Valiente y de Salvador

Pérez León, hoy de la señora Jesús Bran, divididos por pared propia del

colindante; AL NORTE, cincuenta y dos metros con treinta centímetros,

con terreno de la sucesión de Demetrio Peña y de Candelaria Escobar y

José María Miranda, hoy de Raúl Escobar y Jesús Lara Melgar, camino

que conduce al Platanar de por medio; AL PONIENTE, treinta y tres

metros, con terreno de Miguel Estrada y de Mercedes Escobar, hoy de

Ángela Milagro López de Cáceres, comenzando de una vuelta que está

a la orilla del camino por cerco de zanjo y piña hasta llegar a otro árbol

de jiote, antes de Isaac Valencia, divididos por una zanjuela natural de

por medio; y AL SUR, sesenta y seis metros, colinda antes con Salvador

Pérez León, hoy de Priscila Tobar, cerco de por medio. El inmueble

descrito no es sirviente, ni dominante, no está en proindivisión con

persona alguna, no tiene cargas, ni gravámenes de ninguna naturaleza;

asimismo la titulante valúa el inmueble en mención en DOCE MIL

DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, Inmueble

que lo obtuvo por compra que hizo al señor ELÍAS TOBAR, dicho

inmueble la titulante tiene más de diez años de poseerlo, unida dicha

posesión a la de su tradente.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas,

a las quince horas treinta y cinco minutos del día dos de julio de dos mil

doce. Lic. JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA. Licda. ÁNGELA VERÓNICA GUERRA HERNÁNDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002916-3

JOSÉ ÁNGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS,

AL PúBLICO PARA LOS DEMÁS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada

MARÍA ELENA ORELLANA, como Apoderada General Judicial con

Cláusula Especial del señor VICTORIANO RODRÍGUEZ AMAYA,

conocido por VICTORIANO RODRÍGUEZ, de setenta y nueve años

de edad, pensionado de este domicilio, pero actualmente del domicilio

de Los Ángeles, Estado de California, de los Estados Unidos de Norte

América, solicitando se le extienda TÍTULO SUPLETORIO a favor del

referido señor, de un inmueble de naturaleza rústica situado en Cantón

El Tempisque, Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, el cual se

describe así: Con una extensión superficial de ONCE MIL NOVENTA

Y OCHO PUNTO CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS,

que mide y linda: AL ORIENTE, desde la esquina de un cerco de piedra

en línea recta hasta llegar a otra esquina de cerco de piedra mide sesenta

y seis metros, linda con Antonio Membreño, separados por cerco de

piedra; AL SUR, desde la esquina antes dicha línea recta, hasta llegar a

otra esquina de cerco de la misma naturaleza mide ciento setenta y ocho

metros, linda con Antonio Membreño, separados por cerco de piedra; AL

PONIENTE, desde la esquina últimamente citada en línea recta hasta

llegar a otra esquina formado por el cerco mencionado mide sesenta y

ocho punto doce metros, linda con Pedro Rodríguez, separados por cerco

de piedra; y AL NORTE, desde la esquina del cerco antes dicho línea

recta hasta llegar a la esquina del cerco de piedra de donde se comenzó

la presente descripción mide ciento cincuenta y tres metros, linda con

Victoriano Rodríguez Amaya, divididos por cerco de piedra propio. Lo

adquirió por compraventa que le hizo a la señora ISABEL PINEDA DE

ORELLANA, en el mes de mayo de mil novecientos noventa y dos, y

lo valora en la cantidad de DOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMÉRICA.

Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque, a los ocho días

del mes de junio de dos mil doce.- Lic. JOSÉ ÁNGEL POSADA

CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. HUGO ERNESTO

MENA HERNÁNDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F045052-3

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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396rENoVaciÓN DE MarcaS

No. de Expediente: 1971019605

No. de Presentación: 20110156732

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado GLORIA PATRICIA GUERRERO CONTRERAS, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ASESORÍA Y MERCADEO, SOCIEDAD ANÓNI-MA, del domicilio de Ciudad de Guatemala, República de Guatemala, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 19605 del Libro 00045 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en las palabras MARLEN LAMUR; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil once.-

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002928-3

No. de Expediente: 2001012574

No. de Presentación: 20120167853

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS MAURICIO AYALA ROBLES, mayor de edad, COMERCIANTE, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como REPRESENTANTE LEGAL de DISTRIBUCIONES DIVERSAS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00199 del Libro 00150 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra "Easy Buy", en letras de molde grandes, estilizadas siendo las primeras letras "E" y "B" más grandes que las demás; la palabra "Easy Buy" está inscrita dentro de una figura rectangular negra con los extremos ovoides; abajo de la palabra Easy Buy, iniciando en la "y" de Easy se encuentra la frase “shoes store" no inscribible; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 25 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintidós días del mes de mayo del año dos mil doce.-

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F044921-3

No. de Expediente: 1999006989

No. de Presentación: 20110158145

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado

FRANCISCO JAVIER MEJÍA ESCOBAR, mayor de edad,

ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR,

DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de TILIBRA

PRODUCTOS DE PAPELARIA LTDA., del domicilio de Rua

Aimorés, 6-9, Vila Cardia, Bauru/SP-Brasil, de nacionalidad

BRASILEÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción

Número 00146 del Libro 00141 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS,

consistente en LA PALABRA TILIBRA ESCRITA EN LETRAS

DE MOLDE MAYúSCULAS DE COLOR NEGRO; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 16 de la Clasifi-

cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los once días del mes de mayo del año dos mil doce.-

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F044993-3

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105DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. No. de Expediente: 1999000661

No. de Presentación: 20110161576

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado FRAN-

CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO

DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de Telefónica, S.A., del domicilio de Gran Vía

28, 28013 Madrid, España, de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00198 del Libro 00149 de

INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en un rectángulo horizontal

de color azul oscuro, dentro del cual aparece la palabra "Telefónica" en

letras minúsculas, estilizadas tipo carta, excepto la "T" que es mayúscula,

estilizada, y abajo una línea muy fina que subraya toda la palabra. Todo

lo anterior en color verde claro; que ampara productos/servicios com-

prendidos en la(s) Clase 41 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los catorce días del mes de mayo del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F044995-3

No. de Expediente: 2002022494

No. de Presentación: 20120169638

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JUAN

FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por

JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad,

ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO

DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de VIRBAC S.A., del domicilio de 1ére Avenue

2065 m - L.I.D. 06516 Carros Cédex, Francia, de nacionalidad FRAN-

CESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00137

del Libro 00163 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la

palabra VIRBAC, escrita en letras de molde mayúsculas; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los doce días del mes de junio del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F045038-3

No. de Expediente: 1995000068

No. de Presentación: 20120168215

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JUAN

FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN

FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de SPENCO ME-

DICAL CORPORATION, del domicilio de 6301 Imperial Drive, Waco,

Texas 76712, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADO-

UNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00122 del Libro 00159 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en

la palabra POLYSORB; que ampara productos/servicios comprendidos

en la(s) Clase 25 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veinticuatro días del mes de mayo del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F045039-3

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106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396No. de Expediente: 1962008831

No. de Presentación: 20120165777

CLASE: 23.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JUAN

FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN

FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO

DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de J. & P. COATS, LIMITED, del domicilio

de 1 George Square, Glasgow, G2 1AL, Scotland, de nacionalidad

ESCOCESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

08831 del Libro 00029 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en LA

PALABRA "APTAN"; que ampara productos/servicios comprendidos

en la(s) Clase 23 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los dieciséis días del mes de marzo del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F045040-3

MarcaS DE faBrica

No. de Expediente: 2012117529

No. de Presentación: 20120166911

CLASE: 11.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado FAUSTO

ARTURO VERGARA SUAREZ, de nacionalidad SALVADOREÑA,

en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA

DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Sol DiNaMic

Consistente en: las palabras SOL DINAMIC, donde la palabra

Dinamic se traduce al castellano como Dinámico, que servirá para:

AMPARAR: PANELES SOLARES. Clase: 11.

La solicitud fue presentada el día once de abril del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de junio del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F044965-3

No. de Expediente: 2012116827

No. de Presentación: 20120165775

CLASE: 26.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de APODERADO de CARLO DOLLERO FIGUEROA, de nacionalidad MEXICANA y ARMANDO ERNESTO DOLLERO FIGUEROA, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra shasa y diseño, que servirá para: AM-PARAR: ENCAJES Y BORDADOS, CINTAS Y CORDONES; BOTO-NES, GANCHOS Y OJETES, PERNOS DE COCER, HORQUILLAS PARA EL CABELLO, AGUJAS; FLORES ARTIFICIALES; PINZAS PARA EL CABELLO, PEINETAS, ADORNOS PARA EL CABELLO, CINTAS PARA EL CABELLO, LISTONES PARA EL CABELLO, SUJETADORES DE COLA DE CABELLO. Clase: 26.

La solicitud fue presentada el día trece de marzo del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinte de junio del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F045033-3

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107DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. No. de Expediente: 2012116829

No. de Presentación: 20120165780

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN

FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por

JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de

APODERADO de TERANA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad

MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y

DE COMERCIO,

TEraNa

Consistente en: la palabra TERANA, que servirá para: AMPARAR:

CAFE, TE, CACAO, AZUCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGU, SUCE-

DANEOS DEL CAFE; HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE

CEREALES, PAN, PRODUCTOS DE PASTELERIA Y CONFITERIA,

HELADOS; MIEL; JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS

DE HORNEAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDI-

MENTOS); ESPECIAS; HIELO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día trece de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

quince de junio del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F045034-3

No. de Expediente: 2012116823

No. de Presentación: 20120165771

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN

FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por

JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de

APODERADO de ARMANDO ERNESTO DOLLERO FIGUEROA,

de nacionalidad MEXICANA y CARLO DOLLERO FIGUEROA, de

nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra shasa y diseño, que servirá para: AM-

PARAR: LENTES DE SOL, ESTUCHES PARA LENTES DE PIEL

E IMITACIÓN DE PIEL, ACCESORIOS PARA TELÉFONOS CE-

LULARES A SABER, FUNDAS, CLIPS, BOLSAS, MICRÓFONOS,

AUDÍFONOS, CARGADORES PARA BATERÍAS. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día trece de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinte de junio del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F045035-3

No. de Expediente: 2012116824

No. de Presentación: 20120165772

CLASE: 14.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN

FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por

JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de

APODERADO de ARMANDO ERNESTO DOLLERO FIGUEROA,

de nacionalidad MEXICANA y CARLO DOLLERO FIGUEROA, de

nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra shasa y diseño, que servirá para: AMPA-

RAR: METALES PRECIOSOS Y SUS ALEACIONES, ARTÍCULOS

DE METALES PRECIOSOS O CHAPADOS, A SABER, ALFILERES

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108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396DE ADORNO, ARETES, BRAZALETES, COLLARES, ANILLOS;

JOYERÍA, JOYERÍA DE FANTASÍA, PIEDRAS PRECIOSAS, RE-

LOJES E INSTRUMENTOS CRONOMETRICOS. Clase: 14.

La solicitud fue presentada el día trece de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinte de junio del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F045037-3

NoMBrE coMErcial

No. de Expediente: 2011114900

No. de Presentación: 20110161659

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado NORA

MARIA AMAYA RIVAS, en su calidad de APODERADO ESPECIAL

de BOHEMIA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE

que se abrevia: BOHEMIA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras VIDA BOHEMIA y diseño, que

servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO CUYO GIRO

O ACTIVIDAD MERCANTIL ES PUBLICIDAD Y GESTION DE

NEGOCIOS COMERCIALES Y SERVICIOS DE RESTAURACION

EN MEDIOS DE COMUNICACION, IMPRESOS DIGITALES Y

AUDIOVISUALES, BARES, RESTAURANTES Y REALIZACION

DE ESPECTACULOS DE ENTRETENIMIENTO, CULTURALES Y

ARTISTICOS.

La solicitud fue presentada el día veinte de diciembre del año dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, quince de junio del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002896-3

No. de Expediente: 2012116097

No. de Presentación: 20120164359

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado AMALIA PATRICIA MENDEZ DE GONZALEZ, de nacionalidad SALVADO-REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la palabra SPLASH KIDS y diseño, que se traduce como NIÑOS CHAPOTEANDO, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A BRINDAR SERVICIOS PRESTADOS A LA EDUCACIÓN FÍSICA DE CLASES DE NATACIÓN PARA PER-SONAS DE TODAS LAS EDADES, TAMBIÉN LA INVERSIÓN EN SOCIEDADES SALVADOREÑAS O EXTRANJERAS, YA SEA AD-QUIRIENDO LAS ACCIONES EN LAS SOCIEDADES DE CAPITAL YA CONSTITUIDAS O SUSCRIBIENDO CAPITAL EN NUEVAS SOCIEDADES POR CONSTITUIRSE. CELEBRAR TODA CLASE DE CONTRATOS Y OBLIGARSE EN CUALQUIER FORMA.

La solicitud fue presentada el día catorce de febrero del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de mayo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002902-3

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109DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. No. de Expediente: 2012117037

No. de Presentación: 20120166090

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIGUEL ANGEL HANDAL MEJIA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

GarDENS

Consistente en: la palabra GARDENS. Se traduce al castellano como: Jardines, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO QUE SE DEDICARA A LA VENTA DE PRODUCTOS AGRICOLAS, ESPECIALMENTE PARA JARDINES Y VIVEROS.

La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, trece de junio del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F044953-3

SEÑal DE PUBliciDaD coMErcial

No. de Expediente: 2012116155

No. de Presentación: 20120164465

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ALEX FERNANDO BOLAÑOS PANAMA, en su calidad de REPRESEN-TANTE LEGAL de VENDING DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: VENDES, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

Consistente en: las palabras vendes El futuro es automatico y diseño,

que servirá para: ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO CONSU-

MIDOR SOBRE MÁQUINAS DISTRIBUIDORAS AUTOMÁTICAS

DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de febrero del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

trece de junio del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F044952-3

No. de Expediente: 2012117036

No. de Presentación: 20120166089

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIGUEL

ANGEL HANDAL MEJIA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su

calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la EXPRESION

O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

Consistente en: las palabras GARDENS Jardinería . Vivero y diseño.

Se traduce la palabra Gardens al castellano como: Jardines, que servirá

para: ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO CONSUMIDOR EN

LA ELABORACION DE JARDINES Y VIVEROS, EL CUIDO Y

MANTENIMIENTO DE LOS MISMOS.

La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

trece de junio del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F044954-3

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110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396SUBaSTa PÚBlica

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO.

HACE SABER: Que por ejecución seguida en este Tribunal por

la Licenciada Haldys Cristina Asunción Godínez Vides, como Apode-

rada del Banco Procredit S.A., contra los señores René Ramírez, Enma

Alvarado Rivas de Serrano, conocida por Enma Alvarado de Serrano y

por Enma Alvarado Rivas y José María Serrano Lemus, se venderá en

este Juzgado en Pública Subasta y en fecha oportuna los siguientes

inmuebles: PRIMERO: "Una porción de terreno rústico, situado en

Parcelación Altamira, Jurisdicción de Guaymango, del Departamento

de Ahuachapán, de una Extensión Superficial de DOS HECTAREAS

CINCUENTA Y UNA AREAS DIECISIETE CENTIAREAS, el cual

se localiza partiendo de la intersección formada por la orilla Norte de la

Carretera del Litoral, a la orilla Poniente de la Calle de servidumbre

de diez metros de ancho, propiedad de la Parcelación llamada Central,

se continúa sobre esta última con los siguientes rumbos y distancias:

Norte, doce grados veinte minutos Oeste, ciento cincuenta y nueve

metros, Norte, veinticinco grados cincuenta y un minutos Este, quinien-

tos treinta y dos metros; Norte, veinticinco grados treinta y tres minutos

Este, doscientos treinta y dos metros; Norte, diez grados treinta y siete

minutos Este, doscientos tres metros; Norte, cuarenta y seis grados

treinta y un minutos Este; trescientos setenta y cuatro metros; Norte,

veintiocho grados cuarenta y cuatro minutos Este, ciento treinta y tres

metros; Norte, trece grados treinta y cinco minutos Este, trescientos

cincuenta y dos metros; Norte, cuarenta grados veinte minutos Este,

ochenta y siete metros cincuenta centímetros Norte, veinticuatro grados

cuarenta y nueve minutos treinta segundos Este, cincuenta y cinco

metros, noventa y siete centímetros; Norte, veintiséis grados ochenta

minutos veinticuatro segundos cincuenta y cuatro metros veinticinco

centímetros; Norte, veinticuatro grados cuarenta y tres minutos cincuen-

ta y dos segundos Este, cincuenta y cuatro metros cincuenta centímetros

y se llega al esquinero Sureste del terreno cuyas medidas y linderos a

partir del mencionado esquinero son: AL SUR; línea recta de doscientos

ochenta y cinco metros treinta y seis centímetros con rumbo Norte,

sesenta grados dos minutos veintisiete segundos Oeste, y linda con te-

rreno de MARIA ROSARIO ORELLANA; AL PONIENTE, línea

recta de ochenta y nueve metros catorce centímetros, con rumbo Norte,

veintisiete grados cuarenta y cuatro minutos treinta y seis segundos Este,

y linda con la Hacienda Costa Azul, conocida como lote número tres,

antes, de doña LIDIA AREVALO DE MOLINA, hoy de Parcelación

Rurales de Desarrollo Sociedad Anónima, AL NORTE, línea recta de

doscientos ochenta y nueve metros setenta y ocho centímetros, con

rumbo Sur, cincuenta y ocho grados cuarenta y cuatro minutos cuatro

segundos Este, linda con terreno propiedad de Parcelación Rurales de

Desarrollo, Sociedad Anónima; AL ORIENTE; línea recta ochenta y

dos metros noventa y siete centímetros con rumbo Sur, veintitrés punto

cero cinco grados treinta y nueve minutos y nueve segundos Oeste, y se

llega al esquinero Sur Este, punto de partida de la descripción linda con

Calle de servidumbre de diez metros de ancho con resto del inmueble

propiedad de Parcelaciones Rurales de Desarrollo Sociedad Anónima,

contiene una casa paredes de ladrillos, techo de tejas. El inmueble se

encuentra debidamente registrado a nombre del ejecutado señor RENE

RAMIREZ LOPEZ, conocido por RENE RAMIREZ, inscrito en el

Sistema de Folio Real Automatizado bajo la matrícula número: UNO

CERO UNO TRES UNO OCHO CUATRO CERO-CERO CERO CERO

CERO CERO, en el ASIENTO TRES DEL CENTRO NACIONAL DE

REGISTROS, TERCERA SECCION DE OCCIDENTE, DEPARTA-

MENTO DE SONSONATE. SEGUNDO: "Una porción de inmueble

de naturaleza rústica, situado en el Cantón Talcomunca, Jurisdicción de

Izalco, del Departamento de Sonsonate, marcado en la escritura respec-

tiva como Porción "A", ubicado en el rumbo Norte del todo de donde

se desmembró, de la capacidad superficial de QUINIENTOS SETENTA

Y CINCO METROS CUADRADOS y linda AL NORTE: linda con

NICOLAS CALDERON, cerco de por medio; AL ORIENTE, con

parte de lo que fue de ROSARIO CALDERON, hoy Sucesión, cerco

propio de por medio; AL SUR, con la propiedad de OVIDIO VASQUEZ

AGUILAR. AL PONIENTE: con parte del terreno de NICOLAS CAL-

DERON, camino de por medio que conduce al Cantón TUNALMILES,

hoy manifiesta la compareciente que dicho terreno contiene una casa de

pared de ladrillos, techo de lámina, goza de los servicios de agua pota-

ble y luz eléctrica. El inmueble antes descrito se encuentra a nombre del

señor RENE RAMIREZ LOPEZ, conocido por RENE RAMIREZ,

inscrito en el Sistema de Folio Real Automatizado bajo la matrícula

número: UNO CERO CERO OCHO DOS NUEVE SIETE DOS-CERO

CERO CERO CERO CERO en el ASIENTO TRES DEL CENTRO

NACIONAL DE REGISTROS, TERCERA SECCION DE OCCIDEN-

TE. DEPARTAMENTO DE SONSONATE. TERCERO: "Un inmueble

de naturaleza urbana, situado en los suburbios del Barrio El Ángel, de

la ciudad y Departamento de Sonsonate, LOTE SIN NUMERO, de la

capacidad superficial de TRESCIENTOS TREINTA Y DOS METROS

CINCUENTA Y TRES DECIMETROS CERO CUATRO CENTIME-

TROS CUADRADOS, mide y linda, AL SUR: veinticinco punto cero

ocho metros, con lote número doscientos cincuenta y cuatro, propiedad

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111DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. de Elías Morán y María Ursula Aguilar de Morán; AL ORIENTE: siete

punto ciento cinco metros, con lote número doscientos cincuenta y seis

propiedad de Fabio Palacios y lote Fabio Antonio Palacios; AL NORTE:

veintisiete metros, con propiedad de Joaquín Arnulfo Ramírez; y AL

PONIENTE: dieciocho punto novecientos sesenta y cuatro metros, con

la Veintiséis Avenida Sur de por medio, con el lote número doscientos

sesenta y dos, arrendado a José Antonio Pénate y lote de Paula de Jesús

Valle, inmueble totalmente construido, cuya construcción es de sistema

mixto y goza de todos sus servicios. El inmueble se encuentra a nombre

de la ejecutada señora ENMA ALVARADO RIVAS DE SERRANO,

conocida como ENMA ALVARADO DE SERRANO; bajo en el Sis-

tema de Folio Real Automatizado en la Matrícula número: UNO CERO

CERO TRES UNO CINCO CERO TRES-CERO CERO CERO CERO

CERO, en el ASIENTO SIETE, CENTRO NACIONAL DE REGIS-

TROS, TERCERA SECCION DE OCCIDENTE, DEPARTAMENTO

DE SONSONATE.- CUARTO: El resto que le ha quedado de una

Porción un inmueble de naturaleza urbana, desmembrado de otro de

mayor extensión, marcado con el Número Veintisiete del Primer Tablón

Primero de la Colonia Santa Marta, Barrio El Ángel, de la Ciudad y

Departamento de Sonsonate, la casa de sistema mixto con servicio de

agua y energía eléctrica que contiene, el cual originalmente medía: AL

NORTE y AL SUR, trece metros trescientos setenta y seis milímetros;

AL ORIENTE y PONIENTE: cien metros trescientos veinte milímetros,

de una capacidad superficial original de un mil novecientas veinte varas

cuadradas o sea un mil trescientos cuarenta y un metros ochenta y ocho

decímetros tres centímetros cuadrados; inmueble que por haberse ven-

dido una porción se encuentra reducido a las medidas y linderos siguien-

tes: AL NORTE, trece metros trescientos setenta y seis milímetros,

según medida tiene veintidós metros ochenta centímetros, Primera

Calle de por medio con lote de Leandro Mata; AL SUR: la misma me-

dida del NORTE, linda con porción vendida al señor Miguel Orellana

Mejía; AL ORIENTE: cuarenta y tres metros veintidós centímetros, con

don Adán Osorio Alvarenga; y AL PONIENTE: cuarenta y dos metros

ochenta y dos centímetros, linda con Carmen M. López, hoy sucesión;

tiene una capacidad superficial de quinientos setenta y cinco metros

cuarenta y tres decímetros cincuenta y cinco centímetros veinte milíme-

tros cuadrados; el resto de inmueble antes descrito está gravado con

servidumbre de tránsito a favor de la porción vendida a Miguel Orella-

na Mejía, servidumbre que está situada al rumbo Poniente del resto

antes descrito y va de Sur a Norte para empalmar con la Primera Calle

que existe al rumbo Norte de dicho resto, para que la porción vendida

pueda salir a dicha calle, la servidumbre tiene tres metros diez centíme-

tros de ancho por todo el largo necesario. El inmueble se encuentra a

nombre del ejecutado señor RENE RAMIREZ LOPEZ, conocido por

RENE RAMIREZ, bajo el número: CINCUENTA Y TRES DEL LIBRO

SEISCIENTOS VEINTE DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD RAIZ

E HIPOTECAS DE LA TERCERA SECCION DE OCCIDENTE,

DEPARTAMENTO DE SONSONATE.- QUINTO: "Un inmueble de

naturaleza urbana, situado en Colonia Bernal, Calle Principal, Porción

"A", Lote número Setecientos Cincuenta, Proyecto Colonia Bernal,

Calle Principal, correspondiente a la ubicación geográfica de San Sal-

vador, Departamento de San Salvador, dicho lote tiene un Área de

OCHENTA PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS, sus

medidas Perimétricas son las siguientes: Lado Cero Cero Uno: AL

NORTE: DIEZ PUNTO CERO CERO METROS; AL SUR: DIEZ

PUNTO CERO CERO METROS; AL ORIENTE: OCHO PUNTO

CERO CERO METROS; y AL PONIENTE: OCHO PUNTO CERO

CERO METROS; inscrito a favor del señor JOSE MARIA SERRANO

LEMUS. Antecedente bajo el número: MO CINCO UNO DOS CUATRO

SEIS CERO OCHO, en el ASIENTO NUMERO TRES, EN EL SIS-

TEMA DENOMINADO REGISAL UNO Y DOS, hoy trasladado bajo

el Sistema de Folio en la Matrícula Número SEIS CERO CUATRO

DOS CUATRO SIETE SIETE DOS - CERO CERO CERO CERO

CERO ambas inscripciones en EL CENTRO NACIONAL DE REGIS-

TROS, PRIMERA SECCION DEL CENTRO, SAN SALVADOR,

DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR. SEXTO: "Un inmueble de

naturaleza urbana, situado en URBANIZACION BOSQUES DEL RIO

III, POLIGONO OCHO-A-, LOTE NUMERO OCHO, correspondien-

te a la ubicación geográfica de Soyapango, Departamento de San Sal-

vador, en el cual hay construida una casa de sistema mixto con todos

sus servicios necesarios y tiene la localización, medidas y linderos si-

guientes lote número Ocho del grupo Ocho -A-. A partir de la intersec-

ción de la Calle Bosques del Río y el Pasaje número Veintinueve,

CIENTO TREINTA Y CUATRO PUNTO SESENTA Y SEIS METROS,

con deflexión derecha de noventa grados y una distancia de tres metros

se llega al esquinero SUR-ESTE del lote que se describe, el cual mide

y linda: AL SUR: cinco metros rumbo Sur, sesenta y nueve grados

cincuenta y nueve punto seis metros Oeste, linda con lote número cinco

del grupo número cuarenta de la Colonia Bosques del Río número Tres,

Pasaje número veintinueve de por medio de seis metros de ancho; AL

OESTE: quince metros rumbo Norte, veinte grados cero cero punto

cuatro minutos Oeste, linda con lote número seis del grupo número Ocho

-A-, de la Colonia Bosques del Río número Tres; AL NORTE: cinco

metros rumbo Norte, sesenta y nueve grados cincuenta y nueve punto

seis minutos Este, linda con lote número Tres del grupo número Ocho

de la Colonia Bosques del Río número Uno, AL ESTE: quince metros

rumbo Sur, veinte grados cero cero punto cuatro minutos Este, linda con

lote número diez del grupo número Ocho -A-, de la Colonia Bosques

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112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396del Río número Tres, el lote así descrito tiene un Área de SETENTA Y

CINCO METROS CUADRADOS, equivalentes a CIENTO SIETE

PUNTO TREINTA Y UNO VARAS CUADRADAS, y linda por todos

sus rumbos con terrenos que son o han sido propiedad de Sociedad

Orfilio Valiente y Compañía, Sociedad en Comandita, dicho inmueble

se encuentra inscrito a favor de la señora: ENMA ALVARADO DE

SERRANO, conocida por ENMA ALVARADO RIVAS DE SERRANO,

Antecedente bajo el número bajo el Sistema de Folio en la Matrícula

Número: SEIS CERO CUATRO DOS CUATRO SIETE NUEVE SIE-

TE - CERO CERO CERO CERO CERO; en el CENTRO NACIONAL

DE REGISTROS, PRIMERA SECCION DEL CENTRO, SAN SAL-

VADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR.- SEPTIMO:

“DOS LOTES: PRIMER LOTE: Un terreno rústico sin cultivo perma-

nente, ni obra muerta, que se desmembró de otro mayor, situado en el

lugar llamado EL PAPATURRO, de Jurisdicción de San Juan Tepezontes

de CIENTO SETENTA Y CINCO AREAS DE SUPERFICIE, de los

linderos y mojones especiales siguientes: AL NORTE: Actualmente

calle de por medio con terreno que hoy es de Dominga González, de un

mojón esquinero de jiote a un mojón de pito, con cerco de alambre

propio; AL PONIENTE: linda con el resto del terreno donde se des-

membró de propiedad de don Gonzalo Alvarado, que hoy pertenece a

Manuel de Jesús Alvarado Rivas y de María Carmen Alvarado Rivas,

en línea quebrada compuesta de dos rectas: la primera recta, del pito

mencionada a un jiote y la segunda recta, del jiote antes dicho a otro

mojón de jiote, brotones de varios árboles de por medo: AL SUR: terre-

no que fue de Perfecto Cornejo, después de Gonzalo Alvarado, hoy de

Manuel de Jesús Alvarado Rivas, del jiote últimamente mencionado a

un poste muerto como mojón esquinero, cerco de alambre y piña de por

medo; y AL ORIENTE: con terrenos que fueron de la Sucesión de

Doroteo Reales, representada por Carlos Alfonso Reales, hoy de Manuel

de Jesús Méndez del poste muerto mencionado al mojón de jiote de

donde se comenzó la descripción cerco de alambre y piña de por medio,

es dueña de un segundo inmueble siendo descrito como SEGUNDO:

Un terreno rústico sin cultivo permanente, sin obra muerta, situado en

el lugar denominado EL VOLADOR, de la Jurisdicción de San Juan

Tepezontes; compuesto por dos hectáreas diez áreas, lindante: AL

NORTE: terreno que es de Gonzalo Alvarado y que éste señor vendió

al señor Manuel de Jesús Alvarado Rivas, y a María Carmen Alvarado

Rivas, donde existe actualmente cerco de alambre propio de esta porción,

AL ORIENTE y SUR: linda con el resto del terreno donde se desmem-

bró de Eduviges Cornejo, hoy, AL ORIENTE: con terreno que hoy es

de Manuel de Jesús Alvarado Rivas; y AL SUR: terreno que hoy perte-

nece a Rosa Elvira Alvarado Rivas, existiendo cerco de alambre propio

de esta porción, AL SUR: y del lindero AL ORIENTE; en línea media

curva favorable a la porción que se describe, y AL PONIENTE; terreno

que antes fue de Gonzalo Alvarado, hoy de Rosa Elvira Alvarado Rivas,

Río Chicomulingo de por medio, esta porción tiene mojones esquineros,

pitos sembrados a propósito; y goza de una servidumbre de tránsito que

el señor Eduviges Cornejo dejó establecida en el resto de su terreno, y

todo el rumbo Poniente a la par del Río Chicomulingo, con tres metros

de ancho de Norte a Sur, para darle salida a esta porción al camino ve-

cinal del rumbo Sur, del inmueble general y actualmente también es a

favor de Gilberto Najarro. Los lotes antes descritos se encuentran ins-

critos a nombre de la ejecutada señora ENMA ALVARADO RIVAS,

conocida por Enma Alvarado Rivas De Serrano, conocida por Enma

Alvarado De Serrano, BAJO EL NUMERO NOVENTA Y OCHO, DEL

LIBRO QUINIENTOS TREINTA Y OCHO, DE PROPIEDAD DEL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD RAIZ E HIPOTECAS DE LA TER-

CERA SECCION DEL CENTRO, ZACATECOLUCA DEPARTA-

MENTO DE LA PAZ.- OCTAVO: "TRES LOTES identificados con

los números uno-dos-tres, del polígono CIENTO TREINTA Y CINCO

y que forman parte de la Lotificación Miraflores Cuatro, Primera Etapa;

cada uno de los lotes que se describen tienen una superficie de DOS-

CIENTOS CINCUENTA Y TRES PUNTO CERO CERO METROS

CUADRADOS equivalentes a TRESCIENTAS SESENTA Y UNO

PUNTO NOVENTA Y NUEVE VARAS CUADRADAS: LOTE NU-

MERO UNO: Partiendo de la intersección formada por los ejes de la

Autopista San Salvador-Zacatecoluca, y el eje de la Avenida número

diecinueve, se mide sobre este último con rumbo Norte, cero cero grados

quince punto cero minutos Este, y una distancia de doscientos setenta y

nueve punto cincuenta metros desde este punto, con una deflexión iz-

quierda de noventa grados y una distancia de tres punto cincuenta metros,

se define el esquinero NOR-ORIENTE, del lote que se describe y que

a partir de éste mide y linda: AL ORIENTE: línea recta de veintidós

punto cero cero metros y rumbo Sur, cero cero grados quince punto cero

minutos Oeste, linda con el lote número cuatro del polígono ciento

treinta y seis, Diecinueve Avenida de por medio; AL SUR: línea recta

de once punto cincuenta metros y rumbo Norte, ochenta y nueve grados

cuarenta y cinco punto cero cero minutos Oeste, linda con el lote núme-

ro uno del polígono ciento cuarenta y cinco, Catorce Calle de por medio;

AL PONIENTE: línea recta de veintidós punto cero cero metros y

rumbo Norte, cero cero grados quince punto cero minutos Este, linda

con el lote número dos del polígono ciento treinta y cinco; AL ORIEN-

TE: línea recta de once punto cincuenta metros y rumbo Sur, ochenta y

nueve grados cuarenta y cinco punto cero minutos Este, linda con el lote

número doce del polígono ciento treinta y cinco. Llegando de esta forma

al esquinero NOR-ORIENTE donde se inició y finaliza la presente

descripción. LOTE NUMERO DOS: Se localiza de la manera siguien-

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113DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. te: Partiendo de la intersección formada por los ejes de la Autopista San

Salvador, Zacatecoluca y el eje de la Avenida número Diecinueve, se

mide sobre este último con rumbo Norte, cero cero grados quince pun-

to cero minutos Este, y una distancia de doscientos setenta y nueve

punto cincuenta metros desde Este con deflexión izquierda de noventa

grados y una distancia de quince punto cero cero metros, se define el

esquinero Nor-Oriente del lote que se describe y que a partir de éste

mide y linda: AL ORIENTE: línea recta de veintidós punto cero cero

metros y rumbo Sur cero cero grados quince punto cero minutos Oeste,

linda con el lote número uno del polígono ciento treinta y cinco, AL

SUR: línea recta de once punto cincuenta metros y rumbo Norte, ochen-

ta y nueve grados cuarenta y cinco punto cero minutos Oeste, linda con

el lote número dos del polígono ciento cuarenta y cinco, Catorce Calle

de por medio, AL PONIENTE: línea recta de veintidós punto cero cero

metros y rumbo Norte, cero cero grados quince punto cero minutos Este,

linda con el lote número tres del polígono ciento treinta y cinco, AL

NORTE: línea recta de once punto cincuenta metros y rumbo Sur,

ochenta y nueve grados, cuarenta y cinco punto cero minutos Este,

linda con lote número doce del polígono ciento treinta y cinco llegando

de esta forma al esquinero NOR-ORIENTE, donde se inició y finaliza

la presente descripción. LOTE NUMERO TRES: Se localiza de la

manera siguiente partiendo de la intersección formada por los ejes de la

Autopista San Salvador-Zacatecoluca y el eje de la Avenida número

dieciocho se mide sobre este último con rumbo Norte, cero cero grados

quince punto cero minutos Este, y una distancia de doscientos sesenta

y ocho punto cincuenta metros, desde este punto con deflexión derecha

de noventa grados y una distancia de quince punto cero cero metros se

define el esquinero Nor-Poniente, del lote que se describe y que a partir

de éste mide y linda: AL NORTE: línea recta de once punto cincuenta

y rumbo Sur, ochenta y nueve grados cincuenta y cinco punto cero

minutos Este, linda con el lote número cinco del polígono ciento trein-

ta y cinco, AL ORIENTE: línea recta de veintidós punto cero cero

metros y rumbo Sur, cero cero grados quince punto cero minutos Oeste,

linda con el lote número dos del polígono ciento treinta y cinco, AL

SUR: línea recta de once punto cincuenta metros y rumbo Norte, ochen-

ta y nueve grados cuarenta y cinco punto cero minutos Oeste, linda con

el lote número tres del polígono ciento cuarenta y cinco Calle Catorce

de por medo; AL PONIENTE: línea recta de veintidós punto cero cero

metros rumbo Norte, cero cero grados quince punto cero minutos Este,

linda con lote número cuatro del polígono ciento treinta y cinco llegan-

do en esta forma al esquinero Nor-poniente donde se inició y finaliza la

presente descripción. Los lotes se encuentran a nombre del ejecutado

señor JOSE MARIA SERRANO LEMUS, inscrito bajo el número

SIETE del Libro UN MIL CIENTO SESENTA Y OCHO DE PROPIE-

DAD DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD RAIZ E HIPOTECAS

DE LA TERCERA SECCION DEL CENTRO, ZACATECOLUCA

DEPARTAMENTO DE LA PAZ.- NOVENO: "Un terreno rústico, sin

cultivos permanentes, ni obra muerta, de una extensión superficial de

DOS HECTAREAS DIEZ AREAS, equivalentes a VEINTIUN MIL

METROS CUADRADOS, situado en el lugar llamado EL PAPATURRO,

de la Jurisdicción de San Juan Tepezontes, de los linderos y mojones

especiales siguientes: AL NORTE: Actualmente calle de por medio con

terreno que hoy es de Dominga González, de un jiote esquinero a otro

jiote, con cerco de alambre, AL ORIENTE: linda con línea curva des-

favorable al terreno y en parte recta con el resto del terreno de donde se

desmembró la propiedad de Gonzalo Alvarado, que en esta fecha vendiere

a MANUEL DE JESUS RIVAS, del jiote mencionado a otro jiote con

cerco de brotones de por medio; AL SUR: terreno que hoy es de Per-

fecto Cornejo y Gonzalo Alvarado, del jiote últimamente mencionado

a otro jiote esquinero, con cerco de alambre y piña de por medio, y AL

PONIENTE: linda con terreno que fue de don Carlos López, hoy de don

Luis Escobar, en línea curva, del jiote antes dicho al jiote a donde se

comenzó la descripción; quedando establecido que este terreno goza de

servidumbre de agua en el vertiente que existe en el resto del terreno de

donde materialmente se desmembró. Inscrito a nombre de los ejecuta-

dos señores JOSE MARIA SERRANO LEMUS y ENMA ALVARADO

RIVAS DE SERRANO, conocida por ENMA ALVARADO DE SE-

RRANO, SIENDO DUEÑOS EN PROINDIVISION CON EL CIN-

CUENTA POR CIENTO PARA CADA UNO INSCRITO BAJO EL

NUMERO TREINTA Y OCHO, DEL LIBRO UN MIL CIENTO

CUARENTA Y OCHO DE PROPIEDAD DEL REGISTRO DE LA

PROPIEDAD RAIZ E HIPOTECAS DE LA TERCERA SECCION

DEL CENTRO, ZACATECOLUCA, DEPARTAMENTO DE LA

PAZ.

LO QUE SE HACE SABER AL PUBLICO PARA LOS EFEC-

TOS DE LEY.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las doce horas cincuenta minutos

del día veintiuno de mayo del año dos mil doce. DR. MARIO MOISA

MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. CECILIA DEL CARMEN

CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C002909-3

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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396LICENCIADO ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO

CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ROSA DE LIMA,

DEPARTAMENTO DE LA UNIÓN, AL PúBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que en el JUICIO MERCANTIL EJECUTIVO,

promovido por el Licenciado GILBERTO MARINERO CHACÓN, como

Apoderado General Judicial de BANCO PROCREDIT, SOCIEDAD

ANÓNIMA, que puede abreviarse BANCO PROCREDIT, S. A., contra

las señoras ANA MARGARITA PACHECO y SANTOS BEATRIZ

BONILLA PALACIOS, se ha ordenado por resolución de este juzgado

de las catorce horas y diez minutos del día treinta de marzo del corriente

año, que se venderán en pública subasta los bienes muebles embargados,

que a continuación se describen así: Un televisor marca LG de veintiún

pulgadas, Modelo 2F J4A- LD; un ventilador marca SANYO color

Blanco de pedestal, una mesita de madera color café de dos niveles, Un

aparato de sonido marca SHARP, modelo CD- C-401, Serie 71261649,

con dos bafles ovalados color negro, con todas sus conexiones; Una

Radio grabadora marca SONIX modelo RDX 251, sin conectores, Un

ventilador de pedestal sin marca y sin su tapadera principal, una mesita

rústica de madera color café claro, siete sillas plásticas de diferentes

colores, una plancha color blanca marca OSTER.

Librado en el Juzgado de lo Civil, Santa Rosa de Lima, a los doce días

del mes de abril de dos mil doce.- Lic. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA,

JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C002910-3

LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE

CHINAMECA.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado a

las catorce horas del día dos de junio de dos mil once, en el Juicio Civil

Ejecutivo Mercantil promovido por el Licenciado Gilberto Marinero

Chacón, como Apoderado General Judicial del Banco PROCREDIT

S. A., éste representado legalmente por el señor Emmanuel Henri René

Decamps, contra los señores Fernando Dinael Rodríguez Villegas y Ana

Fidelia Galdame, conocida por Ana Fidelia Galdámez, se venderá en

este Juzgado, en pública subasta y al mejor postor, un Televisor marca

Sony color negro en mal estado sin serie, ni modelo, un DVD marca LG

color negro modelo DV457, un Juego de Sala con mantel encima roto

y en muy mal estado, un Ventilador marca Man, color gris, cinco Sillas

plásticas rojas y ocres, dos Sillas de madera con junco tipo mecedoras,

un juego de ocho sillas de madera con mesa de madera, un aparato de

sonido color gris marca Panasonic, modelo SAAV31 con un bafle, un

DVD color gris DV2284, con control remoto quebrado y presumiblemente

inservible al no tener tapadera para baterías y presentar rajaduras, una

Impresora marca Cano Modelo 1800, un CPU sin marca, un Monitor

modelo 1769 AM, un Mouse, un Teclado con dos Bafles todo color

gris claro sin serie, ni modelo, un Módulo tipo Chinero de tres niveles,

con seis puertas, una Cortina corrediza para Televisión y un Ventilador

marca Súper K; se admitirán posturas siendo legales.-

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

LIBRADO, en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a

las catorce horas con treinta minutos del día tres de enero de dos mil

doce. Licda. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA. Br. ROSALÍA DE JESúS PACHECO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002911-3

MÉLIDA DEL TRÁNSITO GONZÁLEZ ORELLANA, JUEZA DE

PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por ejecución seguida ante este tribunal, por la

Licenciada Haldys Cristina Asunción Godínez Vides, en su carácter de

Apoderada General Judicial del Banco PROCREDIT, Sociedad Anóni-

ma, en contra de los señores Pedro Armando de Jesús Linares Martínez

y Sandra Marlene Portillo de Linares; se venderá en este tribunal en

pública subasta y en fecha que oportunamente se señalará, el cincuenta

por ciento referente al derecho que le corresponde a la ejecutada, señora

Sandra Marlene Portillo de Linares, del siguiente inmueble: "Lote urbano,

número Veinticinco, Sección "A", Colonia Obrera, correspondiente a

la ubicación geográfica de Acajutla, departamento de Sonsonate, con

un área de Treinta y siete punto ocho cero cero cero metros cuadrados,

con las medidas perimetrales siguientes: AL NORTE, cuatro punto

veinte metros; AL SUR, cuatro punto veinte metros; AL ORIENTE,

nueve punto cero cero metros; y AL PONIENTE, con nueve punto cero

cero metros. Inscrito a favor de las señoras Sandra Marlene Portillo de

Linares y Edith Jeannette Portillo Turcios, en el Sistema de Folio Real

Automatizado en la Matrícula UNO CERO UNO TRES CINCO CERO

UNO NUEVE GUIÓN CERO CERO CERO CERO CERO, en el Asiento

número UNO, del Centro Nacional de Registros de la Tercera Sección

de Occidente, del departamento de Sonsonate.

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115DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos legales

consiguientes.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las doce

horas treinta minutos del día seis de abril del año dos mil diez. Licda.

MÉLIDA DEL TRÁNSITO GONZÁLEZ ORELLANA, JUEZA DE

PRIMERA INSTANCIA. Licda. ELSA CORALIA RAMÍREZ LEIVA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C002912-3

LIC. MARTA LIDIA ELÍAS MENJÍVAR, JUEZ DE PAZ EL CONGO,

AL PúBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que en el JUICIO EJECUTIVO CIVIL, promovido

por el Licenciado JOSÉ MAURICIO CORTEZ AVELAR, en su calidad

de Apoderado General Judicial de los señores VÍCTOR MANUEL

FLORES SÁNCHEZ y MARÍA INABEL GUARDADO DE FLO-

RES, conocida por MARÍA ANABEL GUARDADO, contra el señor

FERNANDO LÓPEZ SÁNCHEZ, reclamándole cantidad de dinero y

accesorios, en el Expediente No. 02-2010.02, se venderá por este Juzgado

en Pública Subasta en fecha y precio que oportunamente se determinará

el inmueble siguiente: De naturaleza rústica, el cual fue desmembrado de

otro de mayor extensión por el rumbo Norte, situado en el Cantón Santa

Rosa, jurisdicción de Ciudad Arce, antes El Chilamatal, Departamento

de La Libertad, de una extensión superficial de CIENTO TREINTA Y

DOS METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos especiales

siguientes: AL NORTE, catorce metros, AL ORIENTE y PONIENTE,

once metros, y AL SUR, diez metros, lindando por sus cuatro rumbos

con resto del inmueble general del cual se desmembró la porción que

se describe, propiedad del señor Rosalío Rodríguez, existiendo por los

rumbos Oriente y Sur, pasaje de por medio abierto recientemente en el

inmueble general, razón por la cual no consta en antecedente.-

Dicho inmueble se encuentra inscrito a favor del ejecutado a la

Matricula número TRES CERO DOS CERO CERO SEIS CINCO

OCHO- CERO CERO CERO CERO CERO del Registro de la Propiedad

Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del Centro, Departamento de

La Libertad.

Librado en el Juzgado de Paz de El Congo, a las once horas del día

veinte de junio del año dos mil doce.- Licda. MARTA LIDIA ELÍAS

MENJÍVAR, JUEZ DE PAZ EL CONGO. Lic. SALVADOR ERNESTO

ARRUE, SECRETARIO DE PAZ EL CONGO.

3 v. alt. No. C002915-3

LICENCIADO SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TER-

CERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PúBLICO

PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que en virtud de ejecución seguida por la CAJA

DE CRÉDITO DE AHUACHAPÁN, SOCIEDAD COOPERATIVA

DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE,

en contra del señor PASCAL EMILE JEAN PIERRE ANDRE DEPREZ

y la SOCIEDAD JUMBO INGENIERIA SOCIEDAD ANÓNIMA DE

CAPITAL VARIABLE; Exp. No. 545/09. reclamándole suma de dine-

ro, intereses y costas procesales, se venderá en PúBLICA SUBASTA

en este Juzgado situado en la catorce Avenida Sur, entre veintisiete y

veintinueve calle poniente de esta ciudad, el día y por el precio que

oportunamente se determinará los inmuebles siguientes: I) Inmueble de

naturaleza rústica, ubicado en lote número seis, Polígono "A", de la

Lotificación Prados de Atiquizaya, correspondiente a la ubicación geo-

gráfica de Izcaquilio, Jurisdicción de Atiquizaya, Departamento de

Ahuachapán de un área de CUATROCIENTOS DIECIOCHO PUNTO

DOCE METROS CUADRADOS, que mide y linda: LINDERO NOR-

TE, con una distancia de once punto noventa y un metros, colindando

con propiedad de Juan Andrés Grijalva, y calle marginal de por medio,

LINDERO ORIENTE, con una distancia de veintisiete punto noventa

y nueve metros; colindando con lote número cinco del mismo polígono;

LINDERO SUR, con una distancia de diecisiete punto sesenta y nueve

metros, colindando con zona de protección; LINDERO PONIENTE,

está compuesto de dos tramos, tramo uno, con una distancia de dieci-

siete punto veintisiete metros; Tramo dos, con un radio de cinco punto

cero metros, con una longitud de curva de siete punto noventa metros:

colindando con un área verde ecológica número seis, y lote número seis

del polígono “B”, calle principal de por medio. Posteriormente a las

nueve horas y cinco minutos del día quince de octubre del año dos mil

nueve. II) Un predio de naturaleza rústica, situado en El Jobo, identifi-

cado como porción Dos, conocido por el nombre de “OLMOS”, de la

Jurisdicción de Turín, departamento de Ahuachapán de un área de

VEINTIOCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO PUNTO

CUARENTA METROS CUADRADOS, el cual es de la descripción

técnica siguiente: Partiendo de la intersección del eje de entrada a la

Granja Avícola Salvadoreña y eje de la Calle Abierta en terreno original

consolidado y midiendo paralelamente al rumbo Poniente sobre la calle

los siguientes tramos cuyas medidas y rumbos son los siguientes: el

primero de distancia de dieciocho punto cincuenta metros y rumbo Sur

diez grados cuarenta y uno punto uno minutos Este, el segundo distancia

de veintinueve punto setenta y cinco metros y rumbo Sur catorce grados

cero cinco punto cero minutos Este, el tercero distancia de veintinueve

punto ochenta metros, y rumbo Sur, cero cinco grados cero ocho punto

cuatro minutos Oeste, el cuarto distancia ocho punto cero tres metros y

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116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396rumbo sur, cero un grados cuarenta y dos punto siete minutos Oeste, el

quinto distancia de veintidós metros y rumbo sur, cero tres grados

veintiocho punto cero minutos Este, el sexto distancia de sesenta y uno

punto sesenta y cuatro metros y rumbo Sur, trece grados cincuenta y

ocho punto cuatro minutos Este, con el tramo número seis medido sobre

el eje de la calle, se llega a un punto con el cual con deflexión izquierda

de ochenta y tres grados treinta y dos punto dos minutos y distancia

cuatro punto sesenta y cinco metros, se llega al mojón Noroeste identi-

ficado con el número treinta y dos en donde llega a la deflexión de este

inmueble desmembrado del original cuyas medidas y linderos son los

siguientes: RUMBO NORTE, un tramo recto descrito como sigue:

Distancia de ciento noventa y cuatro punto setenta y dos metros, y

rumbo Norte setenta y cinco grados veintiuno punto cero minutos Este,

con este tramo se llega al mojón ocho “A”, colindando con todo ese

rumbo con inmueble de propiedad del señor René Menéndez Henríquez,

desmembrado del inmueble original mojones divisorios de por medio:

RUMBO ORIENTE, tres tramos rectos que se describen de la siguiente

forma: El primero distancia de ciento veinticinco punto sesenta y nueve

metros y rumbo Sur, diecisiete grados cero cero punto cero minutos Este,

el segundo distancia de treinta y tres metros, y rumbo Sur, diecinueve

grados veintiséis punto cero minutos Este, y el último distancia de

veintiséis cuarenta y uno metros y rumbo Sur, dieciocho grados cero

seis punto siete minutos Este, con este último tramo se llega al mojón

número once, colindando por todo este rumbo con inmueble de propie-

dad Alfredo Calderón Morales, cerco de alambre de por medio; RUM-

BO SUR, doce tramos rectos descritos de la siguiente forma: El prime-

ro distancia de cero punto setenta metros y rumbo Norte, sesenta y tres

grados cuarenta y ocho punto cero minutos Oeste, el segundo de trece

punto cincuenta y cuatro metros y rumbo Norte cuarenta y nueve grados

treinta y seis punto nueve minutos Oeste, el tercero distancia de treinta

y cinco punto treinta metros y rumbo Norte, cincuenta y siete grados

cuarenta y tres punto dos minutos Oeste, el cuarto distancia de nueve

punto ochenta y ocho metros y rumbo Norte, sesenta y un grados cero

siete punto cinco minutos Oeste, el quinto distancia de diez punto

ochenta y tres metros, y rumbo Norte, sesenta y dos grados treinta

punto siete minutos Oeste, el sexto distancia de siete punto cincuenta y

un metros y rumbo Norte, sesenta y seis grados cincuenta y cuatro

grados punto cinco minutos Oeste, el séptimo distancia de siete punto

sesenta y cinco metros y rumbo Norte, ochenta y ocho grados treinta y

nueve punto uno minutos Oeste, el octavo distancia de veinticuatro

punto treinta y siete metros y rumbo Sur, ochenta y un grados cincuen-

ta y tres punto dos minutos Oeste, el noveno distancia de treinta punto

trece metros y rumbo Sur, setenta y un grados treinta y ocho punto seis

minutos Oeste, el décimo distancia de treinta punto cero dos metros y

rumbo Sur, setenta y tres grados veintinueve punto cinco minutos Oeste,

el décimo primero distancia de treinta punto cero un metros y rumbo

Sur, setenta y cuatro grados cuarenta y cuatro grados punto dos minutos

Oeste y décimo segundo distancia de treinta metros y rumbo Sur, setenta

y cuatro grados cincuenta y cuatro punto siete metros Oeste, llegándose

con este tramo al mojón número veintitrés, colindando por todo este

rumbo con inmueble que según escritura fue de Juana Aguirre viuda de

Ruiz; actualmente propiedad de la Sociedad Avícola Salvadoreña S.A. de

C.V., calle de por medio, y RUMBO PONIENTE, nueve tramos rectos

que se describen tal como sigue el primero distancia de cinco punto

cuarenta y ocho metros y rumbo Norte ochenta grados cero siete punto

cinco minutos Oeste, el segundo distancia de cuatro punto noventa y

seis metros y rumbo Norte cincuenta grados cuarenta y tres punto seis

minutos Oeste, el tercero distancia de cuatro punto noventa y seis metros

y rumbo Norte treinta y nueve grados cero uno punto tres minutos

Oeste, el cuarto distancia de ocho punto setenta y cinco metros y rumbo

Norte treinta y un grados cincuenta y dos punto cuatro minutos Oeste,

el quinto distancia de ocho punto setenta y cinco metros y rumbo Norte

diecisiete grados veintinueve punto cero minutos Oeste, el sexto distancia

de treinta punto cero uno metros y rumbo Norte dieciséis grados

catorce punto dos minutos Oeste, el séptimo distancia de veintinueve

punto noventa y seis metros y rumbo Norte dieciséis grados veinticuatro

punto cero minutos Oeste, el octavo distancia de treinta punto cero

cuatro metros y rumbo Norte dieciséis grados trece punto dos minutos

Oeste y el último distancia de treinta punto cero cero tres metros y

rumbo Norte diecinueve grados veintinueve punto cinco minutos Oeste,

llegándose con Este tramo con el mojón número treinta y dos, que es

donde se inició la presente descripción colindando con este rumbo con

inmueble que según escrituras fueron propiedad de Mardoqueo Chicas,

Emérita Ruiz de Rodríguez y Gervasio Quezada, actualmente de Salvador

Valiente Bernal y Rubén Valiente, calle propia abierta en ese inmueble

de por medio inmuebles inscritos a favor de dicha sociedad bajo las

matrículas del sistema de folio real automatizado número en su orden

UNO CINCO UNO UNO TRES CUATRO UNO SEIS – CERO CERO

CERO CERO CERO y matrícula UNO CINCO UNO CERO NUEVE

SIETE SEIS DOS - CERO CERO CERO CERO CERO, AMBAS EN

EL ASIENTO TRES del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de

la Segunda Sección de Occidente del Departamento de Ahuachapán.-

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las catorce horas y diez minutos del día dos de mayo del año

dos mil doce.- Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ

TERCERO DE LO CIVIL. Licda. MARISOL DEL CARMEN LEMUS

POLANCO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C002933-3

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117DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al pública para efectos de Ley, que por ejecu-

ción seguida en este Juzgado por el Licenciado JAVIER ANTONIO

HERNANDEZ GOMEZ, en calidad de apoderado general judicial de la

CAJA DE CREDITO DE LA UNION, SOCIEDAD COOPERATIVA DE

RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, contra

los señores ELSA DINORA PACHECO, MARIA YARLENY REYES

TORRES y REMBERTO ANTONIO MARQUINA, se venderán en

pública subasta dos inmuebles, El PRIMERO: un inmueble de naturaleza

urbano, situado en el Barrio de Honduras, ciudad, Distrito y Departamento

de La Unión, de la capacidad superficial de NOVECIENTOS OCHENTA

Y CUATRO METROS VEINTE CENTIMETROS CUADRADOS,

que mide y linda: al NORTE: Veinticuatro metros veinte centímetros

con propiedad de Alejandro Romero; al SUR: Veintinueve metros con

Toribio Oviedo Beltrand Calle delineada de por medio; al ORIENTE:

Treinta y siete metros, con terreno de Cervanda Flores y Juana Posada,

cerco de cordón y alambre de por medio; y al PONIENTE, Treinta y

siete metros con Isabel Sierra hoy de Tránsito Lazo y Dominga López,

cerco de alambre de por medio, en dicho inmueble existe construida

servidumbre de tránsito consistente en un camino de tres metros de

ancho por treinta metros ochenta centímetros de largo, y que va a dar a

la esquina del inmueble restante, formado por los rumbos Norte y Po-

niente; inmueble que se encuentra inscrito en proindivisión equivalente

al CINCUENTA POR CIENTO, a favor de la señora ELSA DINORA

PACHECO, en el Centro Nacional de Registros Tercera Sección de

Oriente de esta ciudad, bajo la Matrícula número NUEVE CINCO CERO

DOS UNO SIETE CERO UNO GUION CERO CERO CERO CERO.

CERO, de propiedad de este Departamento. El SEGUNDO: un inmueble

de naturaleza urbano, situado en el Barrio de Honduras, ciudad, Distrito

y Departamento de La Unión, de la capacidad superficial de CINCUEN-

TA Y UN METROS NOVENTA DECIMETROS CUADRADOS, que

mide y linda: al ORIENTE: Diecisiete metros treinta centímetros con

inmueble de Alejandro Romero; al NORTE: Tres metros con Línea

Férrea; al PONIENTE: Diecisiete metros treinta centímetros con Isa-

bel Sierra hoy de Tránsito Lazo y Dominga López, cerco de alambre

de por medio ahora con Santiago Pereira; y al SUR: Tres metros con

Toribio Oviedo Beltrand calle delineada de por medio. Inmueble que se

encuentra inscrito en proindivisión equivalente al CINCUENTA POR

CIENTO, a favor de la señora ELSA DINORA PACHECO, en el Centro

Nacional de Registros Tercera Sección de Oriente de esta ciudad, bajo

la Matrícula número NUEVE CINCO CERO DOS UNO SIETE CERO

DOS GUION CERO CERO CERO CERO CERO, de propiedad de este

Departamento.

Se admitirán posturas siendo legales.

Librado en el Juzgado de Lo Civil: La Unión, a los seis días del mes

de enero de dos mil once.- LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES

BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F044922-3

JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE

ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL, AL PúBLICO PARA

LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por ejecución promovida por la CAJA DE

CREDITO DE LA UNION, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RES-

PONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, Repre-

sentada legalmente por el señor JOSE ROGER CANALES GARAY,

por medio de su Apoderado General Judicial, Licenciado FERNANDO

ARISTIDES GARAY ANDRADE, mayor de edad, Abogado, de este

domicilio; en contra de los señores JOSE LUIS MARTINEZ y ORIS

OMAR MARTINEZ, se venderá en pública subasta en este Juzgado, en

día y hora que oportunamente se indicará el bien inmueble siguiente: Un

terreno de naturaleza rústica, situado en el lugar La Mesas, antes hoy El

Sope, Cantón Rebalse, jurisdicción de Pasaquina, distrito de Santa Rosa

de Lima, departamento de La Unión, de la capacidad superficial de DOS

MIL QUINIENTOS SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS, que

tiene las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE ochenta y cuatro

metros, con Juana Francisca Martínez de Moreno, cerco de alambre

de por medio medianero; AL NORTE: treinta metros, con terreno de

Lorenzo Hernández, calle de por medio que conduce a la Panamericana

a las Peñitas; AL PONIENTE: ochenta y cuatro metros, con Estebana

Ferrufino, cerco de alambre propio de por medio; y AL SUR treinta y

un metros, con Aminta Guzmán de Bonilla, cerco de alambre propio de

por medio, en el inmueble descrito, se encuentra construida una casa

de techo de tejas paredes de ladrillo de NUEVE POR DOCE VARAS,

y un pozo con su correspondiente broquel. Que en dicho inmueble la

nuda propiedad se encuentra inscrita a favor del señor JOSE LUIS

MARTINEZ, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera

Sección de Oriente bajo el Número TRES, del Libro OCHOCIENTOS

CUARENTA, de propiedad del departamento de La Unión.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel,

a las nueve horas del día veintidós de Junio de dos mil doce.- DR.

JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- LIC.

ERNESTO ALCIDES FLORES CAÑAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F044923-3

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118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396DiSMiNUcioN DE caPiTal

El Infrascrito Secretario de la Junta General Extraordinaria de Accionistas

de la Sociedad Industrias St. Jack's, S.A. de C.V.

CERTIFICA: Que en el libro de actas que la empresa lleva, se

asentó el acta número 131 de Junta General Extraordinaria de Accionistas,

celebrada a las dieciséis horas del día treinta y uno de mayo del año dos

mil doce, que en los puntos tratados están los que dicen:

2. Modificación del pacto social y disminución de Capital

Mínimo y Variable.

3. Nombramiento de ejecutor especial del acuerdo tomado en

la sesión.

Desarrollo de la Agenda:

Punto No. 2: Modificación del pacto social y disminución de Capital

Mínimo y Variable.

El Administrador único expuso al pleno que el capital social mínimo

de la sociedad actualmente es de SEIS MILLONES SEISCIENTOS CA-

TORCE MIL TRESCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMERICA representados por sesenta y seis mil ciento cuarenta y tres

acciones comunes con un valor nominal de CIEN DOLARES cada una, y

el capital social variable es de UN MILLON SEISCIENTOS SETENTA

Y SEIS MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMERICA representados por dieciséis mil setecientos sesenta y cinco

acciones comunes con un valor nominal de CIEN DOLARES cada una;

los cuales se encuentra totalmente pagado.

Al 17 de mayo de dos mil doce Industrias St. Jack's S.A. de C.V.,

contrató un préstamo con el Banco Agrícola por el monto de CUATRO

MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS

DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, para trasladar

la deuda de INVICTA HOLDINGS S.A., a favor de Industrias St. Jack's

S.A. de C.V.; dicha transacción traerá consigo una disminución de las

inversiones que INVICTA HOLDINGS S.A., posee en Industrias St.

Jack's S.A. de C.V.; para registrar en los estados financieros la transacción

anteriormente expuesta se requiere la disminución del Capital social

mínimo y variable por el monto de CUATRO MILLONES SEISCIEN-

TOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS DOLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; por lo que como consecuencia

deberá modificarse el pacto social en su cláusula QUINTA: CAPITAL

SOCIAL y DECIMO CUARTA: CAPITAL MINIMO y se solicita la

autorización para realizar las gestiones pertinentes y el registro en los

estados financieros y libros sociales de la compañía.

Luego de deliberar ampliamente el punto, por unanimidad, los ac-

cionistas y representantes del cien por ciento de las acciones presentes y

que conforman el cien por ciento del capital social y habiendo cumplido

íntegramente con lo establecido la cláusula DECIMA SEXTA: DISMINU-

CIÓN DE CAPITAL SOCIAL, acordaron modificar la cláusula QUIN-

TA: CAPITAL SOCIAL Y DECIMO CUARTA: CAPITAL MINIMO,

estableciendo un capital mínimo de UN MILLON DE DOLARES DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA y un capital variable de DOS

MILLONES SEISCIENTOS SIETE MIL SEISCIENTOS DOLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, representado en treinta

y seis mil setenta y seis acciones comunes con un valor de cien dólares

cada una, estableciendo que el accionista Sr. Freddie Frech poseerá una

acción de la sociedad e INVICTA HOLDINGS S.A. poseerá treinta y

seis mil setenta y cinco acciones.

Punto No. 3: Nombramiento de ejecutor especial del acuerdo

tomado en la sesión.

El Administrador único expuso a los accionistas la conveniencia

de nombrar un ejecutor especial para implementar el acuerdo tomado

en esta sesión, por lo que la Junta General Extraordinaria de Accionistas

acordó designar al Licenciado Rolando Jorge Simán Jacir, como ejecutor

especial de los acuerdos tomados en la presente sesión, para que pueda

comparecer ante notario público a otorgar la respectiva Escritura Pública

de Modificación al Pacto Social de la sociedad, así como para realizar

todos los actos que sean necesarios para implementar los acuerdos

tomados en la presente sesión.

Y no habiendo más tratar, se dio por finalizada la junta a las die-

cisiete horas del día treinta y uno de mayo de dos mil doce.

Se extiende la presente en la ciudad de Antiguo Cuscatlán, a los

veinticinco días del mes de junio del año dos mil doce.

LIC. ROLANDO JORGE SIMAN JACIR,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C002907-3

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119DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. MarcaS DE SErVicioS

No. de Expediente: 2012119277

No. de Presentación: 20120169684

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE

ROGELIO ORELLANA HENRIQUEZ, en su calidad de REPRESEN-

TANTE LEGAL de HLB EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: HLB EL SALVADOR, S.A.

DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de

la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra HLB y diseño, que servirá para: AM-

PARAR: ACTIVIDADES DE CONTABILIDAD, TENEDURÍA DE

LIBROS Y AUDITORIA. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día siete de junio del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecinueve de junio del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002893-3

No. de Expediente: 2011114899

No. de Presentación: 20110161658

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado NORA

MARIA AMAYA RIVAS, en su calidad de APODERADO ESPECIAL

de BOHEMIA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE

que se abrevia: BOHEMIA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras VIDA BOHEMIA y diseño, que

servirá para: AMPARAR: MERCADEO, RELACIONES PUBLICAS

Y PUBLICIDAD, RELACIONADOS CON ENTRETENIMIENTO, A

TRAVES DE MEDIOS IMPRESOS, AUDIOVISUALES Y DIGITA-

LES. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veinte de diciembre del año dos

mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

quince de junio del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002897-3

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120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396No. de Expediente: 2012116098

No. de Presentación: 20120164360

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado AMALIA

PATRICIA MENDEZ DE GONZALEZ, de nacionalidad SALVADO-

REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la

MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra SPLASH KIDS y diseño, que se tra-

duce como NIÑOS CHAPOTEANDO, que servirá para: AMPARAR:

SERVICIOS DE EDUCACIÓN FISICA ORIENTADO PARTICU-

LARMENTE A CLASES DE NATACIÓN PARA TODO PúBLICO

Y CLUB DE TAREAS. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día catorce de febrero del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticuatro de mayo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002900-3

No. de Expediente: 2011111431

No. de Presentación: 20110154959

CLASE: 44.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN JOSE

FRANCISCO GUERRERO CHACON, en su calidad de APODERADO

de FERTILIZANTES DEL PACIFICO, SOCIEDAD ANONIMA, de

nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA

DE SERVICIOS,

Consistente en: la expresión formu-maiz DISAGRO y diseño,

que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS VETERINARIOS; TRA-

TAMIENTOS DE HIGIENE Y DE BELLEZA PARA PERSONAS O

ANIMALES; SERVICIOS DE AGRICULTURA, HORTICULTURA

Y SILVICULTURA. Clase: 44.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de julio del año dos

mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciséis de febrero del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002927-3

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121DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. No. de Expediente: 2012117035

No. de Presentación: 20120166088

CLASE: 44.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIGUEL

ANGEL HANDAL MEJIA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su

calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE

SERVICIOS,

GarDENS

Consistente en: la palabra GARDENS. Se traduce al castellano

como: Jardines, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE AGRI-

CULTURA, HORTICULTURA, SILVICULTURA Y JARDINERIA.

Clase: 44.

La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

trece de junio del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F044955-3

No. de Expediente: 2012115891

No. de Presentación: 20120163607

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ILEANA

LISSETTE BOQUIN ROMERO, en su calidad de APODERADO ES-

PECIAL de Banco Davivienda S.A., de nacionalidad COLOMBIANA,

solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra DAVIVIENDA y diseño, que servirá

para: AMPARAR: TELECOMUNICACIONES. Clase: 38.

La solicitud fue presentada el día tres de febrero del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

ocho de junio del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F044994-3

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122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396No. de Expediente: 2012117346

No. de Presentación: 20120166578

CLASE: 40.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRAN-

CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO

de SONY CORPORATION, de nacionalidad JAPONESA, solicitando

el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

SoNY Consistente en: la palabra SONY, que servirá para: AMPARAR:

TRATAMIENTO DE MATERIALES; DESARROLLO, ELABORA-

CIÓN, IMPRESIÓN, REPRODUCCIÓN, DUPLICACIÓN, CAMBIO

DE TAMAÑO, GRABADO, RETOQUE, RESTAURACIÓN, FOTO-

COMPOSICIÓN Y FOTO ACABADO DE FOTOS DIGITALES Y AR-

CHIVOS DE VÍDEO; REGISTRO ELECTRÓNICO DE LAS IMÁGE-

NES FOTOGRÁFICAS Y DIGITALES; AMPLIACIÓN DE COPIAS

FOTOGRÁFICAS; REVELADO DE PELÍCULAS FOTOGRÁFICAS;

IMPRESIÓN DE PELICULAS FOTOGRÁFICAS; PROCESAMIEN-

TO FOTOGRÁFICO Y DIGITAL DE IMÁGENES, IMPRESIÓN

Y REPRODUCCIÓN; TRANSFERENCIA DE FOTOGRAFÍAS E

IMÁGENES DIGITALES EN DISCOS U OTROS MEDIOS ELEC-

TRÓNICOS; TRANSFERENCIA DE IMÁGENES FOTOGRÁFICAS

Y DIGITALES A PARTIR DE NEGATIVOS FOTOGRÁFICOS Y

CARGA DE IMÁGENES DIGITALES A SUPERFICIES IMPRI-

MIBLES, MODIFICACIÓN Y RETOQUE DE IMÁGENES FOTO-

GRÁFICAS, AGRANDAMIENTO DE FOTOS, LA REIMPRESIÓN,

ELABORACIÓN Y MODIFICACIÓN DE IMÁGENES; PROCESA-

MIENTO EN LÍNEA Y DESARROLLO DE IMÁGENES DIGITALES;

IMPRESIÓN EN LINEA DE IMÁGENES DIGITALES EN PAPEL

FOTOGRÁFICO, LIBROS FOTOGRÁFICOS O DE MERCANCÍAS;

SERVICIOS DE ASESORÍA, CONSULTORÍA Y SERVICIOS DE IN-

FORMACIÓN RELATIVOS A LA TRAMITACIÓN Y REVELACIÓN

DE PELÍCULA FOTOGRÁFICA Y LA IMPRESIÓN DE FOTOS;

ELIMINACIÓN DE SUPERFICIES; DESODORIZACIÓN DE AM-

BIENTES; REFRESCAMIENTO DE AMBIENTES; PURIFICACIÓN

DE AIRE; APLICACIÓN DE ACABADOS TEXTILES; HERRERÍA;

SERVICIOS DE CALDERAS; ENCUADERNACIÓN; PULIDO POR

DESGASTE: ENCHAPADO DE CADMIO; CROMADO; CORTE DE

PAÑOS; TEÑIDO DE TEJIDOS; BORDADOS DE TELAS; CORTE

DE TELA CONTRA INCENDIOS; TEJIDO EN LOS BORDES PARA

EVITAR ARRUGAS; TRATAMIENTO DE TEXTILES; IMPER-

MEABILIZACIÓN DE TELAS; ALTERACIÓN DE ROPA; SEPA-

RACIÓN DE COLORES; TRABAJOS EN COBRE; TRATAMIENTO

PARA EVITAR LA CORRUGACIÓN DE LA ROPA: SERVICIOS DE

CRIO PRESERVACIÓN; ENSAMBLAJE DE MATERIALES PARA

TERCEROS; CONFECCIÓN EN PIELES; DESCONTAMINACIÓN

DE MATERIALES PELIGROSOS; COSTURA; GALVANOPLAS-

TIA; BORDADO; GRABADO; BLANQUEO DE TELAS; TELA

CONTRAFUEGO; IMPERMEABILIZACIÓN DE TELA; COCCIÓN

DE CERÁMICA; MOLINERÍA; PRESERVACIÓN DE COMIDAS Y

BEBIDAS; AHUMAR ALIMENTOS; ENMARCADO DE OBRAS

DE ARTE; CONGELADO DE ALIMENTOS; TRITURACIÓN DE

FRUTAS; SUAVIZAR TELAS; ACONDICIONAMIENTO DE PIE-

LES; TEÑIDO DE PIELES; BLANQUEADO DE PIELES; TRATA-

MIENTO ANTIPOLILLA PARA PIELES; SANIDAD PARA PIELES;

GALVANIZACIÓN; DORADO; SOPLADO DE VIDRIO; ENCHA-

PAR EN ORO; MOLIENDA; LÁSER VECTORIAL; TEÑIDO DEL

CUERO; TRABAJOS EN CUERO; IMPRESIÓN LITOGRÁFICA;

MAGNETIZACIÓN; INFORMACIÓN SOBRE EL TRATAMIENTO

DE MATERIALES; FUNDICIÓN DE METALES; ENCHAPADO

DE METALES; TEMPLADO DE METALES; TRATAMIENTO DE

METALES; TRABAJOS EN TALLERES; NIQUILADO; IMPRESIÓN

TIPO OFFSET; PULIDO DE CRISTALES ÓPTICOS; ACABADO

DE PAPELES; TRATAMIENTO DEL PAPEL; PATRONES DE

IMPRESIÓN; TRATAMIENTO PERMANENTE DE TEJIDOS A

TRAVÉS DE PRENSAS; SERVICIOS DE FOTOCOMPOSICIÓN;

REVELADO DE PELÍCULAS FOTOGRÁFICAS; IMPRESIÓN FO-

TOGRÁFICA; FOTOGRABADO; CORTE DE MADERA; COCCIÓN

DE CERÁMICA; IMPRESIÓN: PROCESAMIENTO DE ACEITE;

PRODUCCIÓN DE ENERGÍA; ELABORACIÓN DE COLCHAS;

RECICLAJE DE RESIDUOS Y BASURA; PERFECCIONAMIEN-

TO DE LOS SERVICIOS; ALQUILER DE APARATOS DE AIRE

ACONDICIONADO; ALQUILER DE GENERADORES; ALQUILER

DE APARATOS DE CALEFACCIÓN; TRABAJOS DE GUARNICIO-

NERÍA; SERVICIOS DE LIMPIEZA A TRAVÉS DE ASPERSIÓN

DE ARENA; ASERRADO; TEÑIDO DE ZAPATOS; SERIGRAFÍA;

REVESTIMIENTOS EN PLATA; ELABORACIÓN DE APÓSITOS

PARA LA PIEL; SACRIFICIO DE ANIMALES; SOLDADURA;

SELECCIÓN Y TRANSFORMACIÓN DE DESECHOS Y MATE-

RIALES RECICLABLES; REVISIÓN DE ACABADOS; SASTRERÍA;

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123DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. CURTIDO DE PIELES; TAXIDERMIA; IGNIFUGACIÓN TEXTIL;

TRATAMIENTO ANTIPOLILLA DE TELAS; TRATAMIENTO DE

TEXTILES; LA TALA Y EL PROCESAMIENTO DE ÁRBOLES: ES-

TAÑADO; VULCANIZACIÓN; CONFIGURACIÓN DE TELARES;

TRATAMIENTO DE AGUA; REVESTIMIENTO DE VENTANAS A

TRAVÉS DE TINTES; TRABAJOS EN MADERA; Y TRATAMIENTO

DE LANA. Clase: 40.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de marzo del año

dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecinueve de abril del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F044996-3

No. de Expediente: 2012117328

No. de Presentación: 20120166559

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRAN-

CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO

de SONY CORPORATION, de nacionalidad JAPONESA, solicitando

el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

SoNY Consistente en: la palabra SONY, que servirá para: AMPARAR:

SERVICIOS DE PROVISIÓN DE BEBIDA Y ALIMENTOS; HOS-

PEDAJE TEMPORAL; PROVISIÓN DE HOSPEDAJE TEMPORAL;

AGENCIAS DE HOSPEDAJE [INTERMEDIACIÓN DE RESERVAS

PARA HOTELES, PENSIONES O SIMILARES]; PROVISIÓN DE

UDON Y/O SOBA. FIDEOS JAPONESES; PROVISIÓN DE AN-

GUILAS COCIDAS; PROVISIÓN DE SUSHI; PROVISIÓN DE

TEMPURA; PROVISIÓN DE CHULETAS DE CERDO; PROVISIÓN

DE COMIDA ITALIANA; PROVISIÓN DE COMIDA ESPAÑOLA;

PROVISIÓN DE COMIDA FRANCESA; PROVISIÓN DE COMIDA

RUSA; PROVISIÓN DE COMIDA INDIA; PROVISIÓN DE COMIDA

CHINA ESTILO KWANGTUNG; PROVISIÓN DE COMIDA CHINA

ESTILO SICHUAN; PROVISIÓN DE COMIDA CHINA ESTILO

SHANGHAI; PROVISIÓN DE COMIDA CHINA ESTILO BEIJING;

PROVISIÓN DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS; PROVISIÓN DE TÉ,

CAFÉ, CACAO, BEBIDAS CARBONATADAS Y/O BEBIDAS DE

JUGOS DE FRUTAS; RESIDENCIAS PARA ANIMALES; CENTROS

DE CUIDADO DIARIO PARA INFANTES Y PRE-ESCOLARES;

ARRIENDO DE SALAS DE REUNIONES; PROVISIÓN DE INSTA-

LACIONES PARA EXHIBICIONES; ARRIENDO DE EDREDONES

Y COLCHAS; ARRIENDO DE EQUIPOS DE COCINA PARA USO

INDUSTRIAL; ARRIENDO DE CALENTADORES DE COCINA QUE

NO SEAN ELÉCTRICOS; ARRIENDO DE ENCIMERAS DE COCI-

NA; ARRIENDO DE SUMIDEROS; ARRIENDO DE CORTINAS;

ARRIENDO DE MUEBLES; ARRIENDO DE TAPICES; ARRIENDO

DE CUBREPISOS; SERVICIOS DE BAR; RESERVA DE CASA DE

PENSIONES; CASAS DE PENSIONES; CAFÉS; CAFETERÍAS;

CANTINAS; GUARDERÍAS [ORFANATOS]; SERVICIOS DE

CAMPAMENTO (HOSPEDAJE); RESERVAS DE HOTELES; HOTE-

LES; MOTELES; PROVISIÓN DE INSTALACIONES DE CAMPO;

ARRIENDO DE SILLAS, MESAS, MANTELERÍA, CRISTALERÍA;

ARRIENDO DE APARATOS DE COCINA; ARRIENDO DE DIS-

PENSADORES DE AGUA POTABLE; ARRIENDO DE HOSPEDAJE

TEMPORAL; ARRIENDO DE TIENDAS DE CAMPAÑA; ARRIEN-

DO DE EDIFICIOS TRANSPORTABLES; RESTAURANTES;

HOGARES DE RETIRO; RESTAURANTES DE AUTO-SERVICIO;

SNACK-BARS; VIVIENDAS TURISTICAS. Clase: 43.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de marzo del año

dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecinueve de abril del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F044997-3

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124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396No. de Expediente: 2012117333

No. de Presentación: 20120166564

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRAN-

CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO

de SONY CORPORATION, de nacionalidad JAPONESA, solicitando

el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

SoNY Consistente en: la palabra SONY, que servirá para: AMPARAR: TE-

LECOMUNICACIONES; TELECOMUNICACIONES (DIFERENTE

A LA TRANSMISIÓN); TRANSMISIÓN ELECTRÓNICA DE ARCHI-

VOS DE AUDIO Y VIDEO ESCUCHADOS Y DESCARGADOS VÍA

COMPUTADORA Y OTRAS REDES DE COMUNICACIÓN; SERVI-

CIOS DE DIFUSIÓN POR INTERNET; PROVISIÓN DE SERVICIOS

DE CONECTIVIDAD Y ACCESO A REDES DE COMUNICACIÓN

ELECTRÓNICA, PARA LA TRANSMISIÓN O RECEPCIÓN DE

CONTENIDO DE AUDIO, VIDEO O MULTIMEDIA; PROVISIÓN

DE SERVICIOS DE CONECTIVIDAD Y ACCESO A REDES DE

COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA PARA LA TRANSMISIÓN O

RECEPCIÓN DE FOTOS DIGITALES Y ARCHIVOS DE VIDEOS Y

OTROS CONTENIDOS MULTIMEDIA; SERVICIOS DE TRANSMI-

SIÓN Y PROVISIÓN DE ACCESO A PELÍCULAS Y PROGRAMAS

DE VIDEO PROPORCIONADAS VÍA EL SERVICIO DE "VIDEO

-EN-DEMANDA"; SERVICIOS DE COMUNICACIONES EN ESTA

CLASE INCLUYENDO LA PROVISIÓN DE COMUNIDADES EN

LÍNEA. EN LAS CUALES LOS USUARIOS CREAN, VEN, EDITAN,

COMPARTEN, ALMACENAN, SUBEN Y DESCARGAN ARCHI-

VOS DE FOTOS DIGITALES Y VIDEOS U OTRO CONTENIDO

MULTIMEDIA; TRANSMISIÓN DE TELEVISIÓN POR CABLE;

COMUNICACIONES POR TELÉFONO CELULAR; COMUNI-

CACIONES POR TERMINALES DE COMPUTADORAS; COMU-

NICACIONES POR TELEGRAMAS: COMUNICACIONES POR

TELÉFONO; TRANSMISIÓN ASISTIDA POR COMPUTADORA

DE MENSAJES E IMÁGENES; CORREO ELECTRÓNICO; SER-

VICIOS DE ANUNCIOS ELECTRÓNICOS; TRANSMISIÓN POR

FACSIMIL; INFORMACIÓN SOBRE TELECOMUNICACIONES;

ENVÍO DE MENSAJES; AGENCIAS DE NOTICIAS; PROVEER

CONEXIONES DE TELECOMUNICACIONES A UNA RED GLO-

BAL DE COMPUTADORAS; PROVEER ACCESO DE USUARIO A

UNA RED GLOBAL DE COMPUTADORAS; TRANSMISIÓN POR

RADIO; SERVICIOS DE COMPARTIR FOTOS , ESPECIALMENTE,

LA TRANSMISIÓN ELECTRÓNICA DE ARCHIVOS DE FOTOS

DIGITALES ENTRE LOS USUARIOS DE INTERNET: ALQUILER

DE UN APARATO DE FACSÍMIL; ALQUILER DE UN APARATO

DE ENVIO DE MENSAJES; ALQUILER DE MÓDEMS; ALQUI-

LER DEL EQUIPO DE TELECOMUNICACIONES; ALQUILER

DE TELÉFONOS; TRANSMISIÓN POR SATÉLITE; ENVIO DE

TELEGRAMAS; SERVICIOS DE UNIÓN Y RUTA DE ACCESO EN

LAS TELECOMUNICACIONES; SERVICIOS DE TELECONFEREN-

CIA; SERVICIOS DE TELÉGRAFO; SERVICIOS DE TELÉFONO;

TRANSMISIÓN DE TELEVISIÓN; SERVICIOS DE TRANSMI-

SIÓN DE TELEVISIÓN PROVISTOS EN LINEA DE UNA RED DE

COMPUTADORA; SERVICIOS DE TELEX; TRANSMISIÓN DE

TELEGRAMAS; SERVICIOS DE TRANSMISIÓN DE PELÍCULAS-

EN-DEMANDA; SERVICIO DE ALAMBRE; PROVEER PUNTOS

DE ACCESO A TABLEROS DE ANUNCIOS ELECTRÓNICOS;

MANTENER CORREOS ELECTRÓNICOS EN SERVIDORES DE

CORREO PARA RECEPTORES DE CORREO ELECTRÓNICO;

COMUNICACIONES POR REDES DE FIBRA ÓPTICA; SERVI-

CIOS DE BúSQUEDA [RADIO, TELÉFONO O OTRA MANERA

DE COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA]; PROVEER ACCESO A

BASES DE DATOS; PROVEER SALAS DE CHAT POR INTERNET;

PROVEER CANALES DE TELECOMUNICACIONES PARA LOS

SERVICIOS DE TELE COMPRAS; PROVEER CONEXIONES DE

TELECOMUNICACIONES PARA REDES GLOBALES; ALQUI-

LER DE TIEMPO DE ACCESO A REDES DE COMPUTADORAS ;

TRANSMISIÓN DE ARCHIVOS DIGITALES; TRANSMISIÓN DE

TARJETAS DE SALUDOS EN LINEA; SERVICIOS DE BUZÓN DE

VOZ; TRANSMISIÓN INALÁMBRICA. Clase: 38.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de marzo del año

dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecinueve de abril del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F044998-3

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125DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. MarcaS DE ProDUcToS

No. de Expediente: 2012119871

No. de Presentación: 20120170711

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DAVID

ERNESTO MENDOZA LOPEZ, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de SONRIE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-

BLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la

MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra SONRIE y diseño, que servirá para:

AMPARAR: REVISTAS DENTALES (PUBLICACIONES PERIO-

DICAS). Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día dos de julio del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial. Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cinco de julio del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C002920-3

No. de Expediente: 2011114843

No. de Presentación: 20110161525

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN

JOSE FRANCISCO GUERRERO CHACON, en su calidad de APODE-

RADO de QUIMICOS Y LUBRICANTES, SOCIEDAD ANONIMA

que se abrevia: QUILUBRISA, de nacionalidad GUATEMALTECA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra Ultrafert, que servirá para: AMPARA:

ABONOS PARA LAS TIERRAS, FERTILIZANTES DE TODO TIPO

(MINERALES, ORGÁNICOS, QUÍMICOS Y MEZCLAS FÍSICAS).

Clase: 01.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de diciembre del año

dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecisiete de enero del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002921-3

No. de Expediente: 2011112681

No. de Presentación: 20110157176

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN JOSE

FRANCISCO GUERRERO CHACON, en su calidad de APODERADO

de JUAN MANUEL RAYAS ARVIZU, de nacionalidad MEXICANA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra demograss y diseño, que servirá para:

AMPARAR: SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS, REMEDIOS HER-

BOLARIOS, MEDICAMENTOS NATURALES, SUPLEMENTOS

NUTRIMENTALES, COMPLEMENTOS ALIMENTICIOS, MULTI-

VITAMÍNICOS, CAPSULAS, JARABES, TABLETAS, FIBRAS EN

POLVO, PRODUCTOS DIETÉTICOS CON FINES TERAPÉUTICOS.

Clase: 05.

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126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 La solicitud fue presentada el día diecinueve de septiembre del año

dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticinco de junio del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002922-3

No. de Expediente: 2011112686

No. de Presentación: 20110157181

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN JOSE

FRANCISCO GUERRERO CHACON, en su calidad de APODERADO

de JUAN MANUEL RAYAS ARVIZU, de nacionalidad MEXICANA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra demograss y diseño, que servirá para:

AMPARAR: COSMÉTICOS, PRODUCTOS DE BELLEZA, GEL

MODELADOR, CREMAS, LOCIONES CORPORALES, JABONES

CORPORALES, SHAMPOOS. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de septiembre del año

dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

nueve de febrero del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002923-3

No. de Expediente: 2012115223

No. de Presentación: 20120162288

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN JOSE

FRANCISCO GUERRERO CHACON, en su calidad de APODERADO

de FERTILIZANTES DEL PACIFICO, SOCIEDAD ANONIMA que

se abrevia: FERTILIZANTES DEL PACIFICO, S.A., de nacionalidad

GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-

DUCTO,

Consistente en: la palabra PELICANO y diseño, que servirá

para: AMPARAR: PRODUCTOS QUÍMICOS DESTINADOS A LA

AGRICULTURA, HORTICULTURA Y SILVICULTURA; ABONOS

PARA TIERRA, NATURALES Y ARTIFICIALES, EN FORMA DE

POLVO, LIQUIDO O PASTA. Clase: 01.

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127DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. La solicitud fue presentada el día diez de enero del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinte de enero del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002924-3

No. de Expediente: 2012115222

No. de Presentación: 20120162286

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN JOSE

FRANCISCO GUERRERO CHACON, en su calidad de APODERADO

de IMPORTADORA DE BATERIAS, S.A., de nacionalidad PANA-

MEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra RANGER y diseño, que servirá para:

AMPARAR: PRODUCTOS PARA BATERÍAS DE ENCENDIDO,

BATERÍAS, BATERÍAS DE ÁNODOS, BATERÍAS ELECTRÍCAS,

BATERIAS PARA CARRO. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día diez de enero del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticuatro de enero del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002925-3

No. de Expediente: 2011112685

No. de Presentación: 20110157180

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN

JOSE FRANCISCO GUERRERO CHACON, en su calidad de APO-

DERADO de DIEGO VADILLO ASTURIAS, de nacionalidad

GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-

DUCTO,

cHiPliP

Consistente en: la palabra CHIPLIP, que servirá para: AMPARAR:

SNACKS Y BOCADILLOS, ELABORADOS A BASE DE TORTILLA

DE MAIZ. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de septiembre del año

dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta de enero del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002926-3

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128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396

RESOLUCIÓN No. 539/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiocho días del mes de marzo de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO EL SALVADOR, Municipio de San Salvador, Departamento

de San Salvador, extendido con fecha 22 de enero de 1997 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la

legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales

este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo

INSTITUTO EL SALVADOR, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a PEDRO JOSÉ RAMÍREZ MAGAÑA. Para los efectos

de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

RICARDO AQUILES DIAZ HERNÁNDEZ,Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.

(Registro No. F032975)

RESOLUCIÓN No. 571/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de mayo de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COLEGIO PROFESOR CARLOS ÁLVAREZ PINEDA, Municipio de San Salvador, Departamento

de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 2004 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto

a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades

legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO PROFESOR CARLOS

ÁLVAREZ PINEDA, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a HUMBERTO JOSUÉ RENÉ GARCÍA MARTÍNEZ. Para los

efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

Lic. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,Departamento de Acreditación Institucional.

(Registro No. F036078)

RESOLUCIÓN No. 577/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de mayo de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE CHAPELTIQUE, Municipio de Chapeltique,

Departamento de San Miguel, extendido con fecha 20 de noviembre de 2000 y considerando que después de verificar la documentación presentada,

con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus

facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría obtenido

en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE CHAPELTIQUE, Municipio de Chapeltique, Departamento de San Miguel, a CARLOS

VILLACORTA RIVAS. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

Lic. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,Departamento de Acreditación Institucional.

(Registro No. F036590)

SeCCION DOCUMeNTOS OFICIALeSMinisterio de educación

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129DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. RESOLUCIÓN No. 592/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de abril de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo LICEO FRANCISCO GAVIDIA, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, extendido con fecha 18 de diciembre de 2009 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo LICEO FRANCISCO GAVIDIA, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, a GLENDA YAMILETH ORTIZ GONZÁLEZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

RICARDO AQUILES DIAZ HERNÁNDEZ,Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.

(Registro No. F033873)

RESOLUCIÓN No. 603/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de mayo de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo CENTRO ESCOLAR INSA, Municipio de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, extendido con fecha 30 de noviembre de 2001 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo CENTRO ESCOLAR INSA, Municipio de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, a ADRIANA MARIELA FIGUEROA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.-

Lic. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,Departamento de Acreditación Institucional.

(Registro No. F037208)

RESOLUCIÓN No. 607/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de abril de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo ESCUELA NACIONAL DE COMERCIO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 20 de diciembre de 1978 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo ESCUELA NACIONAL DE COMERCIO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a DANIEL GONZÁLEZ CHOTO. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

RICARDO AQUILES DIAZ HERNÁNDEZ,Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.

(Registro No. F034210)

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130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396RESOLUCIÓN No. 610/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los trece días del mes de abril de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo COLEGIO SAO PAULO, Municipio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 24 de noviembre de 2005 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo COLEGIO SAO PAULO, Municipio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, a ELBA MARICELA PÉREZ FLORES. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

RICARDO AQUILES DIAZ HERNÁNDEZ,Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.

(Registro No. F034495)

RESOLUCIÓN No. 631/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinticinco días del mes de mayo de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Orientación Docente obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE CUSCATANCINGO, Municipio de Cuscatancingo, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 15 de enero de 1996 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Orientación Docente, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE CUSCATANCINGO, Municipio de Cuscatancingo, Departamento de San Salvador, a SONIA ELIZABETH HERRERA CRUZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.-

Lic. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,Departamento de Acreditación Institucional.

(Registro No. F034961)

RESOLUCIÓN No. 635/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los dieciocho días del mes de abril de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Académico obtenido en el Centro Educativo COLEGIO DE LA ASUNCIÓN, Municipio de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, extendido con fecha 20 de diciembre de 1978 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, Opción Matemática Física obtenido en el Centro Educativo COLEGIO DE LA ASUNCIÓN, Municipio de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, a GLORIA IVETH CHON HIM QUANT. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

RICARDO AQUILES DIAZ HERNÁNDEZ,Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.

(Registro No. F035039)

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131DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. RESOLUCION No. 642/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los dieciséis días del mes de mayo de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller General obtenido en el Centro Educativo LICEO SALVADOREÑO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido

con fecha 20 de diciembre de 2002 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título,

se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE:

Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo LICEO SALVADOREÑO, Municipio de San Salvador, Departamento de

San Salvador, a WALKER JAVIER RAMIREZ AMAYA. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.-

(Registro No. F037511)

RESOLUCION No. 646/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los dieciocho días del mes de mayo de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COLEGIO LUZ DE ISRAEL, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, exten-

dido con fecha 26 de noviembre de 1999 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado

Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento

RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO LUZ DE ISRAEL, Municipio de San Salvador,

Departamento de San Salvador, a MISAEL ALEJANDRO FLORES CASTRO. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el

Diario Oficial.

LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.-

(Registro No. F035499)

RESOLUCION No. 652/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de mayo de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo COLEGIO SUPERIOR PROFESOR EDMUNDO ALIRIO VILLACORTA,

Municipio de Quezaltepeque, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 24 de noviembre de 1997 y considerando que después de verificar la

documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR

TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción

Computación obtenido en el Centro Educativo COLEGIO SUPERIOR PROFESOR EDMUNDO ALIRIO VILLACORTA, Municipio de Quezaltepeque,

Departamento de La Libertad, a ESTELA ELIZABETH PINEDA RIVAS. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario

Oficial.

LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.-

(Registro No. F037082)

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132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396RESOLUCION No. 661/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintitrés días del mes de abril de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller Técnico Vocacional en Salud obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL GENERAL MANUEL JOSE ARCE, Municipio de

San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 20 de noviembre de 1998 y considerando que después de verificar la documentación

presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en

uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional en Salud, obtenido en el Centro

Educativo INSTITUTO NACIONAL GENERAL MANUEL JOSE ARCE, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a SANDRA

JEANNETTE UMAÑA ALVAREZ. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

RICARDO AQUILES DIAZ HERNANDEZ

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.-

(Registro No. F035750)

RESOLUCION No. 662/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de mayo de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Ba-

chiller Técnico Vocacional en Salud obtenido en el Centro Educativo ESCUELA TECNICA PARA LA SALUD MARIA TERESA LANG, Municipio

de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 14 de enero de 2009 y considerando que después de verificar la documentación

presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en

uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional en Salud, obtenido en el Centro

Educativo ESCUELA TECNICA PARA LA SALUD MARIA TERESA LANG, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a NANCY

VERENICE RAFAELA RAMIREZ GRANADOS. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.-

(Registro No. F036807)

RESOLUCION No. 665/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de mayo de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DR. SARBELIO NAVARRETE, Municipio de

San Vicente, Departamento de San Vicente, extendido con fecha 20 de noviembre de 1985 y considerando que después de verificar la documentación

presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en

uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción Secretariado

obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DR. SARBELIO NAVARRETE, Municipio de San Vicente, Departamento de San Vicente,

a ROSALVA DEL CARMEN AREVALO PEREIRA. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.-

(Registro No. F037923)

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133DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. RESOLUCION No. 669/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de mayo de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller Técnico Vocacional en Salud obtenido en el Centro Educativo CENTRO ACADEMICO ALFRED NOBEL, Municipio de San Salvador,

Departamento de San Salvador, extendido con fecha 26 de noviembre de 2007 y considerando que después de verificar la documentación presentada,

con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus

facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional en Salud, obtenido en el Centro Educativo

CENTRO ACADEMICO ALFRED NOBEL, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a ALBINA ELIZABETH MIRANDA

MORALES. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.-

(Registro No. F036506)

RESOLUCION No. 671/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de mayo de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO TECNICO METROPOLITANO, Municipio de San Salvador,

Departamento de San Salvador, extendido con fecha 24 de noviembre de 1997 y considerando que después de verificar la documentación presentada,

con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus

facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción Secretariado obtenido en

el Centro Educativo INSTITUTO TECNICO METROPOLITANO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a JUANA IDALIA

GRANADOS GOMEZ. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.-

(Registro No. F036106)

RESOLUCION No. 678/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de mayo de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título

de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL JOSE SIMEON CAÑAS, Municipio de

Zacatecoluca, Departamento de La Paz, extendido con fecha 26 de noviembre de 1999 y considerando que después de verificar la documentación

presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en

uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría

obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL JOSE SIMEON CAÑAS, Municipio de Zacatecoluca, Departamento de La Paz, a MAR-

LON JONATAN ALFARO AGUILAR. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.-

(Registro No. F036165)

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134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396RESOLUCIÓN No. 683/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de mayo de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración, obtenido en el Centro Educativo NUEVO LICEO CENTROAMERICANO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 15 de noviembre de 1985 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, opción Contaduría, obtenido en el Centro Educativo NUEVO LICEO CENTROAMERICANO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a CELSO ALBERTO ROMERO SORIANO. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F036354)

RESOLUCIÓN No. 685/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de mayo de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Industrial, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO TÉCNICO DE EXALUMNOS SALESIANOS, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 20 de diciembre de 1990 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Industrial, opción Electricidad, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO TÉCNICO DE EXALUMNOS SALESIANOS, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a LUIS GILBERTO VALLE MEJÍA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F036365)

RESOLUCIÓN No. 686/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de mayo de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO ADVENTISTA DE SAN SALVADOR, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 21 de enero de 2010 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO ADVENTISTA DE SAN SALVADOR, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a WILLIAM CRISTOBAL COLORADO BARAHONA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F036366)

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135DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. RESOLUCIÓN No, 687/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de mayo de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller Técnico Vocacional Comercial, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE JUCUAPA, Municipio de Jucuapa, De-

partamento de Usulután, extendido con fecha 20 de noviembre de 1998 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con

respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facul-

tades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, opción Secretariado, obtenido en el

Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE JUCUAPA, Municipio de Jucuapa, Departamento de Usulután, a SANDRA ELIZABETH GODOY

GONZÁLEZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F036385)

RESOLUCIÓN No. 689/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de mayo de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller Académico, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO SALVADOREÑO ALEMÁN, Municipio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de

La Libertad, extendido con fecha 12 de diciembre de 1988 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la

legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales

este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, opción Ciencias Naturales, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO

SALVADOREÑO ALEMÁN, Municipio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, a MÓNICA LIZETH ROGEL RIVERA. Para los

efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F036666)

RESOLUCIÓN No. 691/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de mayo de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO MARÍA AUXILIADORA, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador,

extendido con fecha 24 de noviembre de 2005 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del

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136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departa-

mento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO MARÍA AUXILIADORA, Municipio

de San Salvador, Departamento de San Salvador, a MARCELA ALEJANDRA ARGUETA CALDERÓN. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la

presente Resolución en el Diario Oficial.

LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F036580)

RESOLUCIÓN No. 695/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de mayo de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Ba-

chiller Académico, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DR. FRANCISCO MARTÍNEZ SUÁREZ, Municipio de Chalatenango,

Departamento de Chalatenango, extendido con fecha 15 de noviembre de 1988 y considerando que después de verificar la documentación presentada,

con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus

facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, opción Humanidades, obtenido en el Centro Educativo

INSTITUTO NACIONAL DR. FRANCISCO MARTÍNEZ SUÁREZ, Municipio de Chalatenango, Departamento de Chalatenango, a ALFREDO

ANTONIO COREAS FUNES. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F036768)

RESOLUCIÓN No. 696/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los dieciséis días del mes de mayo de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller Técnico Vocacional en Salud, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL ALEJANDRO DE HUMBOLDT, Municipio de

Ahuachapán, Departamento de Ahuachapán, extendido con fecha 20 de noviembre de 2000 y considerando que después de verificar la documentación

presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En

uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional en Salud, obtenido en el Centro

Educativo INSTITUTO NACIONAL ALEJANDRO DE HUMBOLDT, Municipio de Ahuachapán, Departamento de Ahuachapán, a JACQUELINE

ROXANA ZEPEDA MARTÍNEZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F038129)

Imprenta Nacional - Tiraje 400 Ejemplares.

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