Diapositivas participacion politica

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DERECHOS POLÍTICOS Comisión Nacional de Control y Asuntos Electorales MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN POLÍTICA MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN POLÍTICA La Iniciativa Normativa La Iniciativa Normativa Referendo Referendo La Consulta popular La Consulta popular El Plebiscito El Plebiscito El Cabildo Abierto El Cabildo Abierto El Voto Programático El Voto Programático La Revocatoria del Mandato La Revocatoria del Mandato

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DERECHOS POLÍTICOS

Comisión Nacional de Control y Asuntos Electorales

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN POLÍTICAMECANISMOS DE PARTICIPACIÓN POLÍTICA

La Iniciativa NormativaLa Iniciativa Normativa

ReferendoReferendo

La Consulta popularLa Consulta popular

El PlebiscitoEl Plebiscito

El Cabildo AbiertoEl Cabildo Abierto

El Voto ProgramáticoEl Voto Programático

La Revocatoria del MandatoLa Revocatoria del Mandato

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INICIATIVA NORMATIVAINICIATIVA NORMATIVA

Derecho de presentar, ante la respectiva corporación de elección Derecho de presentar, ante la respectiva corporación de elección popular, proyectos de acto legislativo, de ley, de ordenanza, de popular, proyectos de acto legislativo, de ley, de ordenanza, de acuerdo o de resolución local.acuerdo o de resolución local.

Titulares del derecho:Titulares del derecho:

• En las entidades territoriales, sus En las entidades territoriales, sus habitanteshabitantes (106; 316). (106; 316).• Ante el Congreso, ¿ciudadanos inscritos en el censo? Ante el Congreso, ¿ciudadanos inscritos en el censo?

(155) y 30% de los diputados o concejales del país (155 y (155) y 30% de los diputados o concejales del país (155 y 375).375).

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INICIATIVA NORMATIVAINICIATIVA NORMATIVA

Requisitos:Requisitos:

• Redacción bajo la forma de un proyecto de articulado, Redacción bajo la forma de un proyecto de articulado, acompañado de la exposición de motivos;acompañado de la exposición de motivos;

• Referirse a una misma materia (excepto los proyectos de Referirse a una misma materia (excepto los proyectos de reforma constitucional);reforma constitucional);

• Que sea de competencia de la respectiva corporación.Que sea de competencia de la respectiva corporación.• Respaldo ciudadano a la iniciativa no inferior al 5% de los Respaldo ciudadano a la iniciativa no inferior al 5% de los

ciudadanos inscritos en el censo electoral.ciudadanos inscritos en el censo electoral.

Materias que no pueden ser objeto de iniciativas normativas:Materias que no pueden ser objeto de iniciativas normativas:

• Las de iniciativa exclusiva del gobierno (154, 300, 313, 315, 322 y Las de iniciativa exclusiva del gobierno (154, 300, 313, 315, 322 y 336).336).

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INICIATIVA NORMATIVAINICIATIVA NORMATIVA• Presupuestales, fiscales o tributariasPresupuestales, fiscales o tributarias• Concesión de amnistías o indultosConcesión de amnistías o indultos• Orden público.Orden público.

No podrán contener alusiones personales ni hacer publicidad No podrán contener alusiones personales ni hacer publicidad personal o comercial.personal o comercial.

Procedimiento.Procedimiento.

Este mecanismo se adelanta en dos etapas:Este mecanismo se adelanta en dos etapas:

• Primera etapa ante la Registraduría, cuyo objeto fundamental es Primera etapa ante la Registraduría, cuyo objeto fundamental es acreditar el respaldo ciudadano.acreditar el respaldo ciudadano.

• Segunda etapa ante la respectiva corporación, cuyo objeto es el Segunda etapa ante la respectiva corporación, cuyo objeto es el trámite propiamente dicho de la iniciativa.trámite propiamente dicho de la iniciativa.

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REFERENDOREFERENDO

El referendo es la consulta que se hace al pueblo para que El referendo es la consulta que se hace al pueblo para que apruebe o rechace, total o parcialmente, un proyecto de apruebe o rechace, total o parcialmente, un proyecto de norma, o para que derogue o no una norma vigente.norma, o para que derogue o no una norma vigente.

Excepto en los casos de reformas constitucionales, el Excepto en los casos de reformas constitucionales, el referendo constituye una apelación al pueblo cuando las referendo constituye una apelación al pueblo cuando las corporaciones rechazan las iniciativas normativas.corporaciones rechazan las iniciativas normativas.

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REFERENDOREFERENDOClasificación:Clasificación:

Según el ámbito:Según el ámbito:• NacionalNacional• DepartamentalDepartamental• Distrital o municipalDistrital o municipal• LocalLocal

Según la finalidad:Según la finalidad: AprobatorioAprobatorio DerogatorioDerogatorio RefrendatorioRefrendatorio

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REFERENDOREFERENDO• MATERIAS QUE PUEDEN SOMETERSE A REFERENDOMATERIAS QUE PUEDEN SOMETERSE A REFERENDO• Derechos Fundamentales y sus garantías.Derechos Fundamentales y sus garantías.• Mecanismos de Participación.Mecanismos de Participación.• Congreso.Congreso.

Materias que Materias que NO NO pueden someterse a referendo:pueden someterse a referendo:Aprobatorio: las mismas de las iniciativas.Aprobatorio: las mismas de las iniciativas.Derogatorio (170):Derogatorio (170):

• Tratados InternacionalesTratados Internacionales• PresupuestoPresupuesto• Fiscales o TributariasFiscales o Tributarias

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REFERENDOREFERENDO

Efectos de la aprobaciónEfectos de la aprobación Promulgación:Promulgación:

dentro de los 8 días siguientes.dentro de los 8 días siguientes. Si no se realiza, se entiende surtida al Si no se realiza, se entiende surtida al

vencimiento de dicho término.vencimiento de dicho término. Entra en vigencia a partir de su publicación, a Entra en vigencia a partir de su publicación, a

menos que se fije una fecha distinta..menos que se fije una fecha distinta.. Competencia de las corporaciones: No pueden ser Competencia de las corporaciones: No pueden ser

objeto de decisión dentro de los 2 años siguientes, objeto de decisión dentro de los 2 años siguientes, salvo decisión mayoría absoluta de los miembros de salvo decisión mayoría absoluta de los miembros de la corporación.la corporación.

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Las Preguntas del ReferendoLas Preguntas del Referendo

Las preguntas deben ser simples y no complejas ni Las preguntas deben ser simples y no complejas ni compuestas, pues de lo contrario el elector se vería compuestas, pues de lo contrario el elector se vería enfrentado a dificultades para decidir qué es lo que enfrentado a dificultades para decidir qué es lo que realmente desea votar.realmente desea votar.

Mediante las preguntas solamente se puede inquirir al Mediante las preguntas solamente se puede inquirir al ciudadano para que señale en que sentido vota (positiva ciudadano para que señale en que sentido vota (positiva o negativamente), y no señalar posibles efectos.o negativamente), y no señalar posibles efectos.

Las preguntas no pueden ser capciosas o tendenciosas y no Las preguntas no pueden ser capciosas o tendenciosas y no pueden tener juicios de valor y alcances de la iniciativa, pueden tener juicios de valor y alcances de la iniciativa, pues inducen la respuesta de los electores y en pues inducen la respuesta de los electores y en consecuencia desconocen su libertad (4, 140, 150).consecuencia desconocen su libertad (4, 140, 150).

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CONSULTA POPULAR CONSULTA POPULAR

DEFINICIÓN: Opinión que el presidente, los gobernadores o DEFINICIÓN: Opinión que el presidente, los gobernadores o alcaldes piden a la ciudadanía sobre un aspecto alcaldes piden a la ciudadanía sobre un aspecto específico de interés en su jurisdicción territorial, que específico de interés en su jurisdicción territorial, que una vez materializada obliga a tomar acciones una vez materializada obliga a tomar acciones concretas.concretas.

Requisitos.Requisitos.• Convocatoria:Convocatoria:

Competencia:Competencia:• Congreso, mediante ley aprobada por Congreso, mediante ley aprobada por

mayoría calificada (376).mayoría calificada (376).

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CONSULTA POPULARCONSULTA POPULAR

Concepto previo y favorable:Concepto previo y favorable: Nacional: SenadoNacional: Senado Territorial: respectiva corporaciónTerritorial: respectiva corporación

Control previo de legalidad:Control previo de legalidad: Nacional: No (posterior 241-3)Nacional: No (posterior 241-3) Territorial: SíTerritorial: Sí

Obligatorio:Obligatorio: Formación de nuevos departamentos (297)Formación de nuevos departamentos (297) Conformación de áreas metropolitanas (319)Conformación de áreas metropolitanas (319) Ingreso de municipios a provincias (321)Ingreso de municipios a provincias (321)

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CONSULTA POPULARCONSULTA POPULARTarjeta Electoral.Tarjeta Electoral.

Preguntas claras que permitan responder Sí o No.Preguntas claras que permitan responder Sí o No.

Aprobación:Aprobación:

Mayoría absoluta a favorMayoría absoluta a favor Umbral de participación: tercera parte del censo Umbral de participación: tercera parte del censo

electoralelectoral

Efectos de la Aprobación:Efectos de la Aprobación:• Resultado obligatorioResultado obligatorio• Medidas para su cumplimientoMedidas para su cumplimiento

Suspensión de la votación: SíSuspensión de la votación: Sí

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PLEBISCITOPLEBISCITO

DEFINICIÓN: Es la consulta al pueblo sobre decisiones de DEFINICIÓN: Es la consulta al pueblo sobre decisiones de política públicapolítica pública del ejecutivo que no requieran aprobación del ejecutivo que no requieran aprobación del Congreso.del Congreso.

No puede referirse a:No puede referirse a: Los estados de excepción ni al ejercicio de la Los estados de excepción ni al ejercicio de la

facultades correspondientes.facultades correspondientes. La duración del período presidencial.La duración del período presidencial. Reformas a la Constitución.Reformas a la Constitución.

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PLEBISCITOPLEBISCITO

Control de Constitucionalidad (241-3): posterior y sólo Control de Constitucionalidad (241-3): posterior y sólo por vicios de procedimiento.por vicios de procedimiento.

Aprobación:Aprobación:

Umbral de participación: NoUmbral de participación: No Votación a favor: Mayoría del censo electoralVotación a favor: Mayoría del censo electoral

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CABILDO ABIERTOCABILDO ABIERTO

DEFINICIÓN: Es la sesión de un Concejo o JAL en la que se DEFINICIÓN: Es la sesión de un Concejo o JAL en la que se discuten los asuntos solicitados por los residentes.discuten los asuntos solicitados por los residentes.

En cada periodo de sesiones deben celebrarse al En cada periodo de sesiones deben celebrarse al menos dos cabildos.menos dos cabildos.

No pueden presentarse proyectos de acuerdo, No pueden presentarse proyectos de acuerdo, resolución o de acto administrativo.resolución o de acto administrativo.

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CABILDO ABIERTOCABILDO ABIERTO

Reglas.Reglas. 15 días antes de las sesiones ordinarias, podrán 15 días antes de las sesiones ordinarias, podrán

presentarse solicitudes motivadas, con el respaldo del presentarse solicitudes motivadas, con el respaldo del 5 x mil del censo, para que ciertos asuntos se discutan 5 x mil del censo, para que ciertos asuntos se discutan en cabildo abierto.en cabildo abierto.

Las ONG´s pueden intervenir.Las ONG´s pueden intervenir.

Convocatoria y difusión a cargo de la corporación, Convocatoria y difusión a cargo de la corporación, mediante dos avisos en medio de comunicación mediante dos avisos en medio de comunicación idóneo.idóneo.

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CABILDO ABIERTOCABILDO ABIERTO

Pueden asistir todos los residentes, pero sólo podrán intervenir el Pueden asistir todos los residentes, pero sólo podrán intervenir el vocero y quienes se inscriban 3 días antes (acompañando resumen vocero y quienes se inscriban 3 días antes (acompañando resumen escrito de su futura intervención).escrito de su futura intervención).

El cabildo puede sesionar en el lugar que se determine.El cabildo puede sesionar en el lugar que se determine.

Pueden citarse, mediante proposición aprobada por la Pueden citarse, mediante proposición aprobada por la corporación, funcionarios de la administración.corporación, funcionarios de la administración.

Es obligatorio dar respuesta, en audiencia pública, dentro de la Es obligatorio dar respuesta, en audiencia pública, dentro de la semana siguiente.semana siguiente.

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EL VOTO

Es el mecanismo a través el cual el ciudadano elige a sus gobernantes del nivel local, municipal, departamental y nacional en las ramas ejecutiva y legislativa, y participa en los mecanismos políticos de Referendo, plebiscito, consulta popular.

Vocablo proviene del latín votum: Ofrenda a los dioses.

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EL VOTO

CARACTERÍSTICAS Esencialmente participativo Limitado por la Constitución y la ley en razón de: Edad Nacionalidad Residencia Indignidad Profesión (Militares y Policía) Libre Individual y personal Universal

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EL VOTO PROGRAMATICOEL VOTO PROGRAMATICO

Es el mecanismo mediante el cual los ciudadanos que votan para elegir gobernadores y alcaldes, imponen e como mandato al elegido el cumplimiento del programa de gobierno que haya presentado como parte integral de la inscripción de su candidatura.

Al Consagrar que el elector impone al elegido un programa, posibilita un control más efectivo de los electores sobre los elegidos. La posibilidad de la revocatoria del mandato es entonces la consecuencia.

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EL VOTO PROGRAMATICOEL VOTO PROGRAMATICO

Al depositar el voto por un candidato a alcalde o gobernador, el elector debe tener en cuenta que ese candidato cuando se inscribió presentó e inscribió un programa y dijo que lo ejecutaría en caso de ser elegido, si no cumple en el cargo con la obligación política adquirida, quienes lo eligieron tienen derecho a pedir que se le revoque el mandato, es decir darle por terminado el periodo.

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REVOCATORIA DEL MANDATOREVOCATORIA DEL MANDATO

Es el mecanismo por medio del cual los ciudadanos dan por Es el mecanismo por medio del cual los ciudadanos dan por terminado el mandato de un terminado el mandato de un gobernadorgobernador o o alcaldealcalde (C-011/94), (C-011/94), por insatisfacción general o por incumplimiento del programa por insatisfacción general o por incumplimiento del programa de gobierno (40-4; 259; 65 Ley 134).de gobierno (40-4; 259; 65 Ley 134).

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EL MINISTERIO PÚBLICO COMO GARANTE DE LOS DERECHOS POLÍTICOS

LABOR PREVENTIVA Capacitación Proyecto de investigación: Prospectiva y Diagnóstico del

sistema electoral. Presencia , vigilancia y control del MP en todas las

etapas del proceso electoral. Pre- Electoral Asistencia a comités de seguimiento Inscripción de cédulas , conformación censo

(trashumancia) Conformación listas de jurados Entrega , congelación y descongelación cédulas Inscripción de candidatos

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EL MINISTERIO PÚBLICO COMO GARANTE DE LOS DERECHOS POLÍTICOS

ELECTORAL Control puestos de votación Control arcas triclave Control centro de cómputo POST ELECTORAL Control escrutinios LABOR DISCIPLINARIA LABOR DE INTERVENCIÓN JUDICIAL

Presentación demandas nulidad electoral, tutela, popular, denuncia penal.