Diapositivas Nocion y Evolución Del Derecho Procesal
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NOCIÓN DE DERECHO PROCESAL
Sabemos que no puede concebirse la existencia de una
sociedad humana sin conflictos de intereses y de derechos,
porque las normas jurídicas que la regulan son
susceptibles de ser violadas
Ante tales hecho, únicamente caben dos soluciones: o
permiten que cada uno persiga su defensa y busque aplicar
lo que entienda ser su justicia, personal y directamente; o
atribuirle al Estado la facultad de dirimir tales controversias.
Una de las CARACTERÍSTICAS esenciales de toda
sociedad organizada es la reglamentación de la facultad de
desatar los conflictos entre las personas o de reparar
lesiones y sancionar los ilícitos.
Bajo dos PRINCIPIOS:
1. Restricción de tal facultad al Estado.
2. La determinación de normas para su ejercicio.
Trae consigo dos CONSECUENCIAS:
1. La de rechazar su uso por los particulares.
2. Que cada Estado oponga a los otros su ejercicio en
forma exclusiva respecto de sus asociados y dentro de
su territorio, con las limitaciones y extensiones de la
jurisdicción. (Ley procesal en el espacio-Principio de
territorialidad)
Es una etapa en la evolución histórica de la humanidad.
Son actos en que el animal humano resuelve en forma
inmediata, práctica e instantánea sus conflictos
intersubjetivos, teniendo como instrumento exclusivo el uso
de la fuerza.
Es la prescindencia de todo método razonable para
solucionar un conflicto de interés
EVOLUCIÓN DEL DERECHO PROCESAL:
ACCIÓN DIRECTA AUTODEFENSA
EJEMPLO: Paleolítico inferior (Hombre Primitivo)
Ante un medio ambiente agresivo y hostil, la única
posibilidad que tuvo el animal humano para subsistir
dependió de la formación de grupos ( )
La estabilidad de estos grupos estuvo condicionada a que
el hombre consiguiera su primer éxito político y colectivo:
LA PROHIBICIÓN DE LA ACCIÓN DIRECTA
clanes, tribus, etc.
Es el medio adecuado para sustituir la violencia,
delegando a una persona del grupo social la
responsabilidad de resolver el conflicto de interés.
RAMIRO PODETTI DESCRIBE ASI ESTA SITUACIÓN:
Desde el momento en que la tribu o el clan asume la defensa de la colectividad y coopera con el individuo o se sustituye a éste en las sanciones que representan la justicia, la aplicación de este requiere un modo o procedimiento, que paulatinamente, por rutina o conveniencia, se hace estable y constituye lo que puede calificarse como primera norma procesal
Esta elección de un tercero para resolver el conflicto, quizás sea el primer acto de derecho que crea y ejecuta el hombre y es precisamente también aquello que denominamos acción civil. |
CRITERIOS PARA LA ELECCIÓN DE LA PERSONA ENCARGADA DE RESOLVER CONFLICTOS
El mas fuerte
Contacto mas cercano con lo desconocido: Brujo, hechicero, mago, curandero
Persona con mas experiencia: Senado (Antigua Roma)
Por quien posee el poder político: Rey SalomónResolviendo conflicto de filiación entre dos mujeres
Señor feudal: Edad mediaOccidente Europeo: Poder Central - Espórtula
La desconfianza social: Conflictos similares soluciones distintas
Valores: Justicia o certeza
Francia Revoluc.: Parlamentos abolidos por corrupción
Nuevo servicio exigiendo que las decisiones judiciales se sustenten en la norma jurídica
El valor justicia es representado por el Juez (decisión Justa con un criterio discrecional).
El valor certeza es representado por el Legislador (Seguridad que un juez no deba apartarse de estas normas).
JUSTICIA VS CERTEZA
SEGURIDAD: Garantizar una circulación expeditiva de las mercancías, proveer un eficaz control evitando alteraciones
sociales profundas.
MONTESQUIEU: “El Juez sólo es la boca que pronuncia las palabras de la ley”
CONCEPTO DE DERECHO PROCESAL:
Para Carnelutti: “(…) así como las exigencias sociales
determinan el nacimiento del proceso, así también
producen el derecho procesal, entendido como conjunto de
reglas que establecen los requisitos y los efectos de aquel”
Para Guasp: “(…) derecho procesal no quiere decir, en
definitiva, otra cosa que derecho referente al proceso; es
pues, el conjunto de normas que tienen por objeto el
proceso o que recaen sobre el proceso.
Para Davis Echandía: “(…) el derecho procesal es el
conjunto de normas que fijan el procedimiento que se ha
de seguir para obtener la actuación del derecho positivo , y
que determinan las personas que deben someterse a esta
jurisdicción y los funcionarios encargados de ejercerla.
Para …: “(…) derecho procesal….