Derechosreales Jl

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DERECHOS REALES DERECHOS REALES Dr. José Luis Silvestre Cortez Dr. José Luis Silvestre Cortez Profesor de Garantías Profesor de Garantías Universidad San Martín de Porres Universidad San Martín de Porres [email protected] [email protected]

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DERECHOS REALESDERECHOS REALES

Dr. José Luis Silvestre CortezDr. José Luis Silvestre CortezProfesor de GarantíasProfesor de Garantías

Universidad San Martín de PorresUniversidad San Martín de [email protected]@hotmail.com

El derecho real es el poder jurídico El derecho real es el poder jurídico que ejerce una persona sobre el que ejerce una persona sobre el bien.bien.El derecho real es oponible a El derecho real es oponible a tercerosterceros..

PODER JURIDICOPODER JURIDICO

SUJETO ACTIVO SUJETO ACTIVO Titular de derechoTitular de derecho

COSA U OBJETOCOSA U OBJETO

El derecho real es el poder jurídico que El derecho real es el poder jurídico que ejercita el titular del derecho sobre un ejercita el titular del derecho sobre un bien sin necesidad de intervención de bien sin necesidad de intervención de sujetos pasivos.sujetos pasivos.

El derecho real se ejerce sobre bienes El derecho real se ejerce sobre bienes determinados.determinados.

El derecho real es ABSOLUTO se opone El derecho real es ABSOLUTO se opone a terceros.a terceros.

CARACTERÍSTICAS DE LOS CARACTERÍSTICAS DE LOS DERECHOS REALESDERECHOS REALES

INMEDIATIVIDAD:INMEDIATIVIDAD: (Sujeto – (Sujeto – Objeto)Objeto)

Entre el Titular del derecho y Entre el Titular del derecho y existe una relación inmediata, no existe una relación inmediata, no hay nada de por medio.hay nada de por medio.

Si hubiera un tercero debe estar Si hubiera un tercero debe estar legitimado por Ley.legitimado por Ley.

ABSOLUTIVIDAD: ABSOLUTIVIDAD:

Esta característica tiene que ver con la Esta característica tiene que ver con la potestad que tiene el Titular del potestad que tiene el Titular del Derecho.Derecho.

El sistema le proporciona la potestad de El sistema le proporciona la potestad de proteger este Derecho.proteger este Derecho.

Es ERGA OMNES Es ERGA OMNES

PERSECUCION Y PREFERENCIA: PERSECUCION Y PREFERENCIA:

La persecución del bien significa que La persecución del bien significa que puede recuperarse el bien de manos de puede recuperarse el bien de manos de quien lo tenga. Y subsiste cuando está quien lo tenga. Y subsiste cuando está inscrito en los Registros Públicos.inscrito en los Registros Públicos.

Por ejemplo: Las Garantía Hipotecarias.Por ejemplo: Las Garantía Hipotecarias.La Preferencia emana de la Inscripción La Preferencia emana de la Inscripción en Registros Públicos.en Registros Públicos.Se encuentran limitados por la Se encuentran limitados por la Publicidad Registral.Publicidad Registral.

NUMERUS CLAUSUSNUMERUS CLAUSUS: :

Los derechos reales son discerrados, Los derechos reales son discerrados, sólo son aquellos que la Ley señala, los sólo son aquellos que la Ley señala, los particulares (personas) no pueden particulares (personas) no pueden crearlos.crearlos.

TENDENCIA A LA PERPETUIDAD:TENDENCIA A LA PERPETUIDAD:

Se puede ser titular del derecho si no Se puede ser titular del derecho si no decide enajenar el bien y será decide enajenar el bien y será transmitido de generación en transmitido de generación en generación.generación.

Existen figuras que posibilitan perder el Existen figuras que posibilitan perder el derecho real por INACTIVIDAD. (Ejm: La derecho real por INACTIVIDAD. (Ejm: La Prescripción Adquisitiva)Prescripción Adquisitiva)

POSIBILIDAD DE ABANDONO:POSIBILIDAD DE ABANDONO:

Los Derechos reales pueden Los Derechos reales pueden abandonarse por descuido o dejar el abandonarse por descuido o dejar el bien.bien.

Por ejemplo; si después de 20 años de Por ejemplo; si después de 20 años de abandonado el bien, y no hay nadie que abandonado el bien, y no hay nadie que reclama, inmediatamente pasa al Poder reclama, inmediatamente pasa al Poder del Estado.del Estado.

EL BIENEL BIEN

El Bien es el elemento central de los El Bien es el elemento central de los derechos reales.derechos reales.CARACTERÍSTICASCARACTERÍSTICAS

UTILIDADUTILIDAD

APROPIABLE POR EL HOMBREAPROPIABLE POR EL HOMBRE

DEBE SER MEDIDO EN DINERODEBE SER MEDIDO EN DINERO

BIENBIEN

BIENES MUEBLES E INMUEBLES:BIENES MUEBLES E INMUEBLES:Esta clasificación la encontramos en el Esta clasificación la encontramos en el Código Civil Art. 885º y 886º:Código Civil Art. 885º y 886º:

• Los bienes Muebles.- son los bienes que Los bienes Muebles.- son los bienes que pueden trasladarsepueden trasladarse

• Los bienes Inmuebles.- son los bienes Los bienes Inmuebles.- son los bienes inmóviles característicos.inmóviles característicos.

TIPOS DE BIENESTIPOS DE BIENES

Existe otra clase de clasificación de los Existe otra clase de clasificación de los Bienes:Bienes:

• Bienes Fungibles:Bienes Fungibles: Son los bienes que Son los bienes que pueden sustituirse por otros de igual pueden sustituirse por otros de igual cantidad y calidad.cantidad y calidad.

EL bien fungible EL bien fungible por excelencia espor excelencia es

DINERO DINERO

• BIEN PÚBLICO:BIEN PÚBLICO: Son los bienes que Son los bienes que pertenecen o están bajo la custodia e la pertenecen o están bajo la custodia e la Administración del Estado.Administración del Estado.

Ejm: Las calles, las plazas, los parques, Ejm: Las calles, las plazas, los parques, las playas.las playas.

* * BIEN PRIVADO:BIEN PRIVADO: Son los bienes de Son los bienes de particulares, se pueden adquirir por particulares, se pueden adquirir por prescripción.prescripción.

CLASIFICACION DE BIENES:CLASIFICACION DE BIENES:

1.1. Corpóreos e incorpóreos.-Corpóreos e incorpóreos.-

2.2. Fungibles y No fungiblesFungibles y No fungibles.-.-

Los bienes fungibles se dividen en:Los bienes fungibles se dividen en:

ConsumibleConsumible (pueden ser sustituidos por (pueden ser sustituidos por otro de igual cantidad e igual calidad, otro de igual cantidad e igual calidad, desaparecen con el uso).desaparecen con el uso).

No consumible No consumible (bien que no (bien que no desaparecen, siempre subsisten).desaparecen, siempre subsisten).

3.3. Públicos y Privados.-Públicos y Privados.-

4.4. Muebles e Inmuebles.- se movilizan y Muebles e Inmuebles.- se movilizan y no se movilizan por sí solos no se movilizan por sí solos respectivamente.respectivamente.

Artículo 885.-Artículo 885.- Son inmuebles:Son inmuebles:

1.- El suelo, el subsuelo y el sobresuelo.1.- El suelo, el subsuelo y el sobresuelo.2.- El mar, los lagos, los ríos, los manantiales, las 2.- El mar, los lagos, los ríos, los manantiales, las corrientes de agua y las aguas vivas o estanciales.corrientes de agua y las aguas vivas o estanciales.3.- Las minas, canteras y depósitos de hidrocarburos.3.- Las minas, canteras y depósitos de hidrocarburos.4.- Las naves y aeronaves.(*)5.- Los diques y muelles.5.- Los diques y muelles.6.- Los pontones, plataformas y edificios flotantes. (*)7.- Las concesiones para explotar servicios públicos.7.- Las concesiones para explotar servicios públicos.8.- Las concesiones mineras obtenidas por particulares.8.- Las concesiones mineras obtenidas por particulares.9.- Las estaciones y vías de ferrocarriles y el material rodante afectado al servicio.(*)10.- Los derechos sobre inmuebles inscribibles en el 10.- Los derechos sobre inmuebles inscribibles en el registro.registro.11.- Los demás bienes a los que la ley les confiere tal 11.- Los demás bienes a los que la ley les confiere tal calidad.calidad.

(*) (*) Incisos derogados por la Sexta Disposición Final de la Ley Nº 28677, publicada el 01 marzo 2006, vigente a los noventa días de la publicación de la citada Ley.

Artículo 886.-Artículo 886.- Son muebles:Son muebles:

1.- Los vehículos terrestres de cualquier clase.1.- Los vehículos terrestres de cualquier clase.2.- Las fuerzas naturales susceptibles de apropiación.2.- Las fuerzas naturales susceptibles de apropiación.3.- Las construcciones en terreno ajeno, hechas para un fin 3.- Las construcciones en terreno ajeno, hechas para un fin temporal.temporal.4.- Los materiales de construcción o procedente de una 4.- Los materiales de construcción o procedente de una demolición si no están unidos al suelo.demolición si no están unidos al suelo.5.- Los títulos valores de cualquier clase o los instrumentos 5.- Los títulos valores de cualquier clase o los instrumentos donde conste la adquisición de créditos o de derechos donde conste la adquisición de créditos o de derechos personales.personales.6.- Los derechos patrimoniales de autor, de inventor, de 6.- Los derechos patrimoniales de autor, de inventor, de patentes, nombres, marcas y otros similares.patentes, nombres, marcas y otros similares.7.- Las rentas o pensiones de cualquier clase.7.- Las rentas o pensiones de cualquier clase.8.- Las acciones o participaciones que cada socio tenga en 8.- Las acciones o participaciones que cada socio tenga en sociedades o asociaciones, aunque a éstas pertenezcan sociedades o asociaciones, aunque a éstas pertenezcan bienes inmuebles.bienes inmuebles.9.- Los demás bienes que puedan llevarse de un lugar a 9.- Los demás bienes que puedan llevarse de un lugar a otro.otro.10.- Los demás bienes no comprendidos en el artículo 885.10.- Los demás bienes no comprendidos en el artículo 885.

PARTES INTEGRANTES Y PARTES INTEGRANTES Y ACCESORIASACCESORIAS

Existen bienes que están compuestos Existen bienes que están compuestos por bienes mas pequeños que él. Y por bienes mas pequeños que él. Y cuando éste está conformado por cuando éste está conformado por ellos , se distingue entre partes ellos , se distingue entre partes integrantes y partes accesorias.integrantes y partes accesorias.

Conformado por Conformado porConformado por Conformado por

BIENES INTEGRANTES BIENES INTEGRANTES BIENES BIENES INTEGRANTES Y ACCESORIOSINTEGRANTES Y ACCESORIOS

Los bienes INTEGRANTES se Los bienes INTEGRANTES se caracteriza cuando afectan al bien caracteriza cuando afectan al bien principal en su finalidad.principal en su finalidad.

Los bienes pueden ser aprovechados por Los bienes pueden ser aprovechados por su Titular de dos maneras:su Titular de dos maneras:

1.1. Aprovechamiento de Recursos Aprovechamiento de Recursos Renovables: FRUTOS.Renovables: FRUTOS.

2.2. Aprovechamiento de Recursos No Aprovechamiento de Recursos No Renovables: PRODUCTO.Renovables: PRODUCTO.

LA PROPIEDADLA PROPIEDAD

CARACTERÍSTICASCARACTERÍSTICAS

1.1. DERECHO REAL DERECHO REAL

2.2. ABSOLUTOABSOLUTO

3.3. EXCLUSIVOEXCLUSIVO

4.4. PERPETUOPERPETUO

LA PROPIEDADLA PROPIEDADLa La propiedad es el derecho real por propiedad es el derecho real por excelencia.excelencia.

Es el poder jurídico pleno sobre una Es el poder jurídico pleno sobre una cosa, es decir el poder total que tiene cosa, es decir el poder total que tiene una persona sobre un bien con el fin de una persona sobre un bien con el fin de someterla a nuestra voluntad en todos someterla a nuestra voluntad en todos sus aspectos y obtener de ella toda sus aspectos y obtener de ella toda utilidad.utilidad.

Es el poder jurídico que permite Es el poder jurídico que permite USAR, DISFRUTAR, DISPONER, USAR, DISFRUTAR, DISPONER, REIVINDICAR.(Art. 923 C.C)REIVINDICAR.(Art. 923 C.C)

USAR Servirse del USAR Servirse del Bien.Bien.

Atributos de la Atributos de la PropiedadPropiedad

DISFRUTAR Percibir frutos o hechosDISFRUTAR Percibir frutos o hechos

renovables, aprovecha renovables, aprovecha el el

bien.bien.

DISPONER DISPONER Significa gravarlo, Significa gravarlo,

enajenar.enajenar.

REIVINDICAR REIVINDICAR Tenerlo para uno Tenerlo para uno

mismo, tendencia la mismo, tendencia la

perpetuidadperpetuidad..