Derecho Notarial (1)

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5/21/2018 DerechoNotarial(1)-slidepdf.com http://slidepdf.com/reader/full/derecho-notarial-1-561aaf5e72e0f 1/99 Derecho notarial Lo importante es una buena redacción en los contratos, los contratos requieren una buena redacción y lo exige el código orgánico cuando habla de que las escrituras deben ser redactadas en idioma castellano, o sea no podemos redactar una escritura en otro idioma, y además le agrega “en estilo claro y preciso”  y esto significa que uno tiene que saber emplear las palabras, saber emplear la puntuación, una puntuación mal puesta en una frase puede alterarla totalmente y los contratos en algunas situaciones terminan en juicios y los juicios se ganan o se pierden según si el contrato este bien o mal redactado cuando uno firma un contrato de compraventa hoy en día el dinero o el cheque o el vale vista lo deja en custodia del notario, se lo entrega al notario, el notario lo recibe, pero uno le dice notario yo le entrego este dinero para que se lo entregue al vendedor pero una vez que se cumplan con tales y cuales condiciones y estas condiciones, esto que se llama carta de instrucciones tienen que ser muy bien escritas La Fe Pública  ¿Tienen alguna idea de lo que podemos entender por fe pública? Este es un problema que no solamente se nos presenta hoy día a nosotros, sino que se ha presentado siempre, entonces los antiguos en el derecho italiano, en el derecho romano ¿Cómo dieron a entender cual era lo que podía ser una definición de fe pública? Y la asimilaron a lo que es la fe religiosa en el sentido de que quien tiene fe religiosa acepta lo que la persona que esta a cargo de su religión (en su caso el papa)  aceptan que lo que se les dice por el es verdad, no se puede discutir porque si se discute ya no estamos en presencia de una fe religiosa, en materia de fe pública ocurre lo mismo  aquí el estado que es el supremo dueño de todo aparataje legal le entrega a ciertas personas (entre ellos el notario) el poder de dar fe pública y esto quiere decir que cuando el notario emite un juicio, emite fe pública  los demás tienen que aceptarlo, ahora como el notario es una persona humana puede estar sujeto a errores, a errores voluntarios y a errores no voluntarios, y en ese caso este juicio que emite el notario puede ser objeto de lo que se llama El Juicio de Falsedad  discutirle al notario, decirle “no señor” lo que usted dijo es mentira, pero la prueba para logar acreditar esa falsedad no es tan fácil como juntar 2 testigos y decir vallen y declaren que el notario se equivoco. ese mismo contrato de compraventa celebrado ante el notario tiene un efecto vinculante respecto de toda la comunidad, esa es la importancia de la fe pública y por eso que la fe pública esta muy relacionada a lo que es la actividad notarial, sin fe pública no hay actividad notarial y sin actividad notarial tampoco habría fe pública. Cuál es la diferencia que tiene el notario con cualquiera de los otros nombrados? Que el notario es un ministro de fe por excelencia, porque las atribuciones que tiene el notario son muchas más que las de un carabinero que cursa una infracción del transito, son muchas más que las que tiene un oficial del registro civil. Vamos a ver el Art.401 del COT señala varias de las atribuciones que tiene el notario, pero además en el último nº agrega otras que es muy importante porque dice “y las

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Derecho notarialLo importante es una buena redaccin en los contratos, los contratos requieren una buena redaccin y lo exige el cdigo orgnico cuando habla de que las escrituras deben ser redactadas en idioma castellano, o sea no podemos redactar una escritura en otro idioma, y adems le agrega en estilo claro y preciso y esto significa que uno tiene que saber emplear las palabras, saber emplear la puntuacin, una puntuacin mal puesta en una frase puede alterarla totalmente y los contratos en algunas situaciones terminan en juicios y los juicios se ganan o se pierden segn si el contrato este bien o mal redactadocuando uno firma un contrato de compraventa hoy en da el dinero o el cheque o el vale vista lo deja en custodia del notario, se lo entrega al notario, el notario lo recibe, pero uno le dicenotario yo le entrego este dinero para que se lo entregue al vendedor pero una vez que se cumplan con tales y cuales condiciones y estas condiciones, esto que se llama carta de instrucciones tienen que ser muy bien escritasLa Fe Pblica Tienen alguna idea de lo que podemos entender por fe pblica? Este es un problema que no solamente se nos presenta hoy da a nosotros, sino que se ha presentado siempre, entonces los antiguos en el derecho italiano, en el derecho romano Cmo dieron a entender cual era lo que poda ser una definicin de fe pblica? Y la asimilaron a lo que es la fe religiosa en el sentido de que quien tiene fe religiosa acepta lo que la persona que esta a cargo de su religin (en su caso el papa) aceptan que lo que se les dice por el es verdad, no se puede discutir porque si se discute ya no estamos en presencia de una fe religiosa, en materia de fe pblica ocurre lo mismo aqu el estado que es el supremo dueo de todo aparataje legal le entrega a ciertas personas (entre ellos el notario) el poder de dar fe pblica y esto quiere decir que cuando el notario emite un juicio, emite fe pblica los dems tienen que aceptarlo, ahora como el notario es una persona humana puede estar sujeto a errores, a errores voluntarios y a errores no voluntarios, y en ese caso este juicio que emite el notario puede ser objeto de lo que se llama El Juicio de Falsedad discutirle al notario, decirle no seor lo que usted dijo es mentira, pero la prueba para logar acreditar esa falsedad no es tan fcil como juntar 2 testigos y decir vallen y declaren que el notario se equivoco.ese mismo contrato de compraventa celebrado ante el notario tiene un efecto vinculante respecto de toda la comunidad, esa es la importancia de la fe pblica y por eso que la fe pblica esta muy relacionada a lo que es la actividad notarial, sin fe pblica no hay actividad notarial y sin actividad notarial tampoco habra fe pblica.Cul es la diferencia que tiene el notario con cualquiera de los otros nombrados? Que el notario es un ministro de fe por excelencia, porque las atribuciones que tiene el notario son muchas ms que las de un carabinero que cursa una infraccin del transito, son muchas ms que las que tiene un oficial del registro civil. Vamos a ver el Art.401 del COT seala varias de las atribuciones que tiene el notario, pero adems en el ltimo n agrega otras que es muy importante porque dice y las dems que les encomienden las leyes y hay leyes que a cada rato al notario le estn entregando atribuciones por eso se dice que el notario es el ministro de fe por excelencia.Hay tambin lo que la doctrina conoce como:La Fe Pblica yLa Fe Privada La Fe Pblica:Es esta que hablamos recin. La Fe Privada:Es la que hay entre la relacin de parentesco muchas veces, o entre relaciones de amistad, porque nosotros podemos creerle a un amigo lo que nos dice y esa es una fe privada, el hijo le cree a su padre y ese tambin seria un buen ejemplo de fe privada pero hasta ah noms llega, esa fe privada no vincula a nadie ms porque el hijo le creer al padre pero el amigo del hijo no tiene porque creerle al padre, entonces esta es una gran diferencia entre la fe pblica y la fe privada y la fe privada entonces no obliga, no hace derecho y no sirve al derecho, la fe privada rige solamente entre las personas particulares entre las cuales se emite y se refiere.Y aqu tambin debemos sealar que dentro de la tierra, en nuestro planeta en lo jurdico existen 2 tipos de notarios:1.- El Notario Latino.2.- El Notario Sajn.2.- El Notario Sajn es el que impera en Inglaterra, en algunos estados de USA, en Alaska, en partes relacionadas fundamentalmente al idioma inglesEn cambio lo que se ha impuesto en todas partes es el Notariado Latino que es el notario nuestro que es un notario que sali de la Europa romana. El notario latino que existe en Chile es el mismo notario latino que existe en Argentina, que existe en Cuba, que existe en Francia, en Italia, por supuesto que hay diferencias de matices, si nosotros entramos a una notaria en Italia no ser lo mismo que cuando entramos a una notaria ac, en otras partes se ha privilegiado que el notario tenga una mayor actuacin en determinados tipo de cuestiones; aqu en Chile se ha privilegiado en otros sentidos, por ejemplo en Argentina el notario fundamentalmente se dedica a redactar contratos y el abogado en Argentina casi no redacta contratos lo que no quiere decir que algn particular no les pueda pedir un concejo a un abogado, pero la labor fundamental del notario argentino es la intervencin en la redaccin de contratos no en otra cosa, aqu nosotros tenemos una mayor amplitud de funciones y una cosa curiosa porque se critica mucho en estos afanes de reforma al sistema, se critica mucho el sistema notarial latino pero una de las mayores potencias econmicas mundiales que es la Repblica Popular China ellos tienen un sistema de tipo notarial latino, obvio que no es igual que nosotros y no vamos a ir a una notaria china y vamos a encontrarnos con las nias atendiendo en el mesn o las seoras que estn haciendo adentro escrituras, pero el notariado chino sigue el sistema latino que necesita entre otras cosas:- ser abogado,- ser un asesor de las partes,- ser independiente,- y tener una serie de funcionesLa legalizacin que consiste en que a mi notario y no solamente a mi sino a todos quienes vamos a intervenir en ese contrato se nos asegure que ese documento esta dado por la persona que realmente debe otorgarlo, o sea, que el cnsul es efectivamente cnsul, que tiene facultades para firmar ese documento y que la firma que aparece ah es efectivamente de l eso es la legalizacinEl Concepto de Notario lo da el Art.399 del COT que dice:Los notarios son ministros de fe pblica aqu ya tenemos el primer reconocimiento de lo que habamos dicho de la fe pblica que nos va a aparecer a cada rato.Art.399 COT: Los notarios son ministros de fe pblica encargados de autorizar y guardar en su archivo los instrumentos que ante ellos se otorgaren, de dar a las partes interesadas los testimonios que pidieren y practicar las dems diligencias que la ley les encomiende Eso es lo que decamos de que la ley le entrega al notario otras atribuciones.Esta definicin es objeto de varias crticas:En primer lugar dice encargados de autorizar y guardar en sus archivos los instrumentos que ante ellos se otorgaren Esto es falso, el notario solamente guarda los instrumentos que dicen relacin con documentos con protocolizacin y con escrituras pblicas, porque hay una infinidad de documentos que se autorizan en las notaria y que no quedan guardado en la notaria por ejemplo una carta poder, una declaracin jurada, la firma de contratos privados, excepcionalmente los contratos de compraventa de vehculos motorizados, pero si no fuera por un instructivo que hay (porque tampoco lo dice la ley) de la corte suprema los notarios no tendramos porque guardar copia de los contratos de compraventa de los vehculos motorizados; solamente entonces los ms importantes que son Documentos Protocolizados y Escrituras Pblicas, todo lo dems el notario lo puede autorizar pero no los guarda.Despus dice de dar a las partes interesadas los testimonios que pidieren Pudiera creerse que cuando uno hace una escritura de compraventa sobre un inmueble por ejemplo, solamente tienen derecho a copia comprador y vendedor o si hay algn acreedor hipotecario o personas de ese tipo, porque dice de darles a las partes interesadas Quines son los interesados en un contrato? Comprador y vendedor, arrendador y arrendatario, mutuante y mutuario y nadie ms, si hay un contrato que celebran dos de ustedes Por qu? Le va a interesar a otro tener una copia del contrato.Lo que si es un problema y en alguna forma el legislador tubo razn, dice que las copias que se dan tienen que ser integras no podramos nosotros como notarios y en eso si puede negarse si nosotros vamos y le decimos mire yo quiero que me de una copia de la foja n5, no, no le podemos dar una copia as, tiene que ser una copia integra y la razn de esto debiera estar en que una hoja suelta se pierde en el contexto, si alguien lo lee puede ser materia de adulteracin, de falsificacin del resto de la escritura entonces es por esto que el notario tiene que dar copia integra, no por otras razonesEl notario es un funcionario de la administracin de justicia, nosotros formamos parte del poder judicial, el poder judicial tena 2 escalafones:El Escalafn Primario yEl Escalafn Secundario.Nosotros estamos en el Escalafn Secundario junto con los relatores, los secretarios de juzgados, los fiscales judiciales, los receptores, los procuradores del nmero que estn casi extintosCategoras de Notarias:Cuntas categoras de notarias hay? Es importante que lo sepamos, porque hasta hace poco tiempo haba 4 categoras de notarias, hoy da hay 3 Categoras de Notarias y suprimieron la 4ta.- Primera Categora:1.- Notaria con Asiento en Capital de Provincia con Corte de Apelaciones Notarias de Talca son primera categora, Concepcin primera categora, Santiago primera categora, capital de provincia y corte de apelacin entonces primera categora.- Segunda Categora:2.- Notara en Capital de Provincia, sin Corte de Apelaciones Curico.- Tercera Categora:3.- Notaria de Comuna o Agrupacin de Comunas San Javier, Molina, Curepto.Bsicamente para armarse una idea.Lo que me interesa es saber esto porque empezaremos con el CONTRATO DE COMPRAVENTAConcepto de contrato de compraventa Art.1793: La compraventa es un contrato en que una de las partes se obliga a dar una cosa y la otra a pagarla en dinero. Aqulla se dice vender y sta comprar. El dinero que el comprador da por la cosa vendida, se llama precioConforme al anlisis que nosotros hacamos siempre en todos los contratos, decamos que hay elementos de la esencia, de la naturaleza y los puramente accidentales, en el contrato de compraventa cuales son los elementos esenciales? La cosa, el precio y el consentimiento de las partesLo que si puede darse es el ERROR.Cuales tipos de errores se acuerdan, error en la persona, en la cosa, y en la cosa distinguamos la calidad, sustancia bsicamente esos dos, y la sancin al error? Nulidad relativa, por lo tanto pueden echamos abajo el contrato, se puede sanear, esa es la diferencia con la nulidad absoluta que no es saneable.Vamos a empezar por los incorporales, la compraventa puede recaer sobre una cuota de dominio que recae sobre una especie o cuerpo cierto, podemos vender universalidades jcas? No porque, el cdigo dice que no jajaj. Que caractersticas tiene eso es una prohibicin legal, si esta prohibido vender ese bien, en que clase de objeto, ah hay objeto ilcito.Ayer estbamos hablando del contrato de compraventa y estbamos hablando de los elementos esenciales de este contrato, que es el consentimiento, cosa y precio, estuvimos hablando de las cosas y bsicamente de los bienes incorporales, sin embargo se nos quedo en el tintero, que adems del consentimiento y de los vicios del consentimiento otro tema que es muy importante es la manifestacin de la voluntad, porque sabemos que en el contrato de compraventa es consensual que se perfecciona por el consentimiento de las partes y puede ser en forma verbal cuando estamos en los bienes muebles, pero cuando hablamos de los bienes races o bienes inmuebles se requiere de cierta solemnidad que es un documento llamado escritura pblica siendo este un documento donde tiene que constar la manifestacin de la voluntad del vendedor como persona que quiere transferir el dominio y del comprador que es quien acepta.Hay una norma en el articulo 1448 y 1499 del Cdigo Civil, en materia de bienes races yo no puedo transferir en representacin de otro si no tengo mandato, los conservadores no aceptan esas clases de contrato aunque consten por escritura pblica, dando lugar a que efectivamente exista el contrato de compraventa en cuanto a documento pero no se efectuara la tradicin porque el conservador no aceptara tal documento. Lo que la mayora de los conservadores acepta es la estipulacin a favor de otro pero es cuando yo estoy comprando para otro, por ejemplo Mara Anglica Ramrez le vende a Ulises Muoz una casa en Talca pero don Ulises no la quiere comprar para l, si no que la quiere comprar para su polola, entonces si yo le vendo a don Ulises, la inscripcin de dominio A nombre de quien quedara? De don Ulises, sin embargo, si en la estipulacin queda que Mara Anglica cede y transfiere el bien singularizado a don Ulises quien adquiere y comprar para Perlita (polola del rapulento) A nombre de quien quedara la propiedad ahora? A nombre de Perlita. Ah est la figura de la estipulacin a favor de otro, sin embargo si existe incumplimiento del contrato por ejemplo del vendedor donde no se puede producir la tradicin del inmueble porque hay defectos en los ttulos, Quin podr demandar a la vendedora por incumplimiento de contrato? Solo podr demandar Ulises porque fue quien contrato con la profesora vendedora, eso es lo que nos dice el artculo 1449.Volvemos a las cosas, ayer revisamos en totalidad lo que eran los bienes incorporales, hoy hablaremos de la cosa corporal.Bienes corporales.Los bienes corporales se clasifican en bienes corporales muebles e inmuebles. Los bienes muebles son aquellos que se pueden trasladar de un lugar a otro pero que a dems pueden ser percibidas por los sentidos (artculo 567).Ahora dentro de la categora de bienes corporales muebles existe una subclasificacin de cosas corporales muebles semovientes e inanimadas.Qu sucede con un tractor? Si el tractor est trabajando permanentemente en una parcela de 100 hectreas tiene el carcter de inmueble por destinacin.Ahora con el tema de los frutos, tienen el carcter de muebles solo para constituir derechos sobre terceros.Bienes Corporales Muebles.Con respecto a los bienes muebles Cul es la aplicacin prctica en materia notarial? El notario est facultado para emitir instrumentos pblicos y privados, que en materia de la libre circulacin de los bienes estanca un poco el proceso pero de la perspectiva del derecho sirve como medio de prueba.Dijimos que los contratos de compraventa de bienes muebles son consensuales con la excepcin de la compraventa de vehculos motorizados, maquinaria agrcola y la compraventa de los bienes muebles que guarnecen en un inmueble.Los vehculos motorizados, tenemos que la simple compraventa es vlida y transfiere el dominio pero la ley exige una segunda formalidad que es la inscripcin en el registro de vehculos motorizados a cargo del Registro Civil, la maquinaria agrcola cuando tiene inscripcin como tractor, el acoplado de los camiones necesitan inscripcin de todas formas y la escrituracin.Y con respecto a la compraventa de los bienes muebles que se guarnecen en un bien inmueble, estamos hablando de todo el mobiliario y es importante hacer un contrato de compraventa con respecto a los bienes muebles de una casa porque sirve como medio de prueba al momento de un embargo declarando una tercera de dominio, pero la trampa nace muchas veces el momento de la singularizacin porque se tiene que hacer minuciosamente, porque muchas veces va el receptor a embargar y en un comienzo se deja constancia que existe un living de cuero a posible embargo pero cuando se ejecuta el embargo existe un living de mimbre, fue error del receptor no singularizar correctamente la cosa y quien pierde es el acreedor y lo mismo sucede en el contrato de compraventa tomando el nombre de Singularizacin de especieEsta singularizacin estar presente y ser til al momento de realizar la liquidacin de la sociedad conyugal.De los vehculos motorizados para otorgar un contrato de compraventa se necesita los siguientes documentos:a) Certificado de anotaciones vigentes; en este certificado que emite el registro civil aparecen mencionadas las siguientes indicaciones:1. Tipo de vehculo.2. Marca.3. Modelo.4. Ao de fabricacin.5. Numero de chasis.6. Numero de motor.7. Color.8. Seguro.Estos datos no pueden faltar cuando se singularice un vehculo motorizado, sea auto, camin o camioneta, porque si falta uno de estos requisitos el registro civil no inscribe y van a tener que arreglar el contrato en cualquier caso.b) Permiso de circulacin al da.c) Certificado de multas TAG.Este contrato de compraventa de vehculos motorizados, lo vamos a referir principalmente a vehculos particulares, entonces con estos documentos se puede emitir el contrato.Pasos para realizar el contrato de compraventa de vehculos particulares.1. El contrato se debe emitir en 4 copias, una para queda para el comprador, otro para el comprador, otro va al registro civil y otra para el notario, este es uno de los nicos documentos privados que debe guardar y custodiar en el oficio.2. Estando listo el contrato, firmado por las partes en los 4 ejemplares y debemos hacer el trmite del pago de impuesto que corresponde al 1.5 % del mayor valor entre el precio pactado por las partes o el avalo fiscal del bien, una vez pagado el notario firma el contrato.3. Despus de esto como tercer paso, se produce la inscripcin en el registro civil.Pasos para realizar el contrato de compraventa de vehculos comerciales.En cambio, en la compraventa de vehculos no particulares, tales como camiones o buses, la singularizacin es la misma pero solo cambian ciertos pasos que debemos cumplir. Esta referencia se hace porque en este tipo de bienes cuando se hace un aporte a una sociedad y se hace en bienes hay que singularizarlo de cierta forma.Entonces, si tenemos un camin vamos a necesitar la misma documentacin y de la misma forma, la diferencia es que aqu el contrato se emite en 5 ejemplares porque una de las copias se va al SII para dar aviso de venta y si es el nico bien con que se ejecuta una actividad econmica se da aviso al termino de giro.Esto es importante para cuando se realice una constitucin de sociedad, donde uno de los socios va a aportar todos sus camiones, esta persona tendr que dar aviso de venta al SII para poder transferirlos a la Sociedad porque existe una transferencia de dominio.Una vez que el vendedor hace el tramite respectivo en SII se emite el formulario respectivo para el pago de impuesto, que nuevamente equivale al 1.5% para la posterior inscripcin en el registro civil.Ejemplo. Existe una sociedad que decide vender un camin que se dedica al rubro transporte, esta sociedad compro un camin en el 2010 del ao se compra un IVA y se vende con IVA, hay que tener en cuenta los 4 aos para la correspondiente tributacin.Con respecto a las maquinarias es exactamente lo mismo, con la diferencia que no paga impuesto.Contrato de compraventa de un establecimiento de comercio.Otra cosa importante que es necesario tener en consideracin es la compra y venta de un establecimiento de comercio, la venta del establecimiento de comercio comprende el derecho de llaves, la marca, la clientela etc.Ejemplo: se vende el establecimiento de comercio Donde Alex, lo que va a vender este seor, ser la marca, el giro, se excluye el inmueble, pero los bienes muebles que estn dentro del establecimiento y que sirven para el desarrollo de la actividad se pueden vender como establecimiento de comercio o por separado.Otra cosa aparte son las mercaderas, por ejemplo Se podran incluir dentro del establecimiento del comercio las bebidas? Las mercaderas cuando se transfieren pagan IVA, por lo tanto surge hay un problema por lo tanto si el comerciante que va a adquirir y no tiene iniciacin de actividades tendr generar boletas para el tema de compra del IVA de mercaderas.Si lo que se quiere vender es BAHIA JUAREZ Qu comprende el establecimiento? Nombre, clientela y el establecimiento de comercio, ahora est tambin el mobiliario pero esta la patente de alcoholes que no se vende, si no que se cede gratuitamente.Los bienes corporales inmuebles.Estn en el artculo 568 del cdigo civil y 570. En materia de compraventa de bienes inmuebles, dijimos que adems, del precio, cosa y consentimiento tenamos un cuarto requisito que era la solemnidad de la inscripcin de escritura pblica.En esta escritura pblica tenemos que nuevamente singularizar la cosa, debiendo existir menciones como:1. Direccin o ubicacin especifica de la casa o sitio; la direccin es algo que va cambiando con el tiempo con los nuevos trazados de calles que la municipalidad entrega siendo totalmente variable es por eso se debe mantener la ubicacin de la inscripcin que anteriormente tenga, agregando la actual modificacin con respecto a la calle en conjunto con un certificado de numero entregado por la direccin de obras de la municipalidad que ha lugar cuando existe un cambio de nombre en las calles o numero asignado a una propiedad.2. Plano de subdivisin (si es un sitio o lote) y su archivo.3. Superficie; primero aparece habitualmente antes de los deslindes la superficie, y en la superficie podamos tener el problema de que poda ser aproximada poda ser menor o mayor en la practica y finalmente puede ser que no tenga superficie, sin embargo cuando se pone la frase de que la especie se vende como especie y cuerpo cierto, no obstante la mencin de su cabida, esta es la muletilla que se utiliza para no vender la cabida que vimos la semana pasada, es que yo vendo la especie o cuerpo cierto como a lo mejor sitio numero 40 no obstante que mencione la superficie, ahora en las poblaciones es difcil que vari salvo centmetros en las panderetas en materia de deslindes pero en predios rurales la cosa cambia porque tu te corres 1 metro pero cuando tiene 10.000 metros de fondo es considerable y la cosa cambia y lo otro es que hay muchas inscripciones que no tienen superficie y las personas empiezan hacer un estudio de titulo para ver si aparece la superficie de la propiedad.4. Deslindes: nosotros veremos la inscripcin y veremos que existen para el sur, norte, este u oeste y es necesario compararlo con el plano, es necesario tener los deslindes claros porque por ejemplo a la profesora hace varios aos atrs le toco ver una parcelacin del CORA donde el norte lo hicieron como cualquier plano pero el problema era que fsica y geogrficamente el norte en ese lugar estaba para ac y todos los ttulos y deslindes aparecan hacia arriba, el parcelero en ese tiempo quera vender un pedazo de terreno que segn el estaba para el lado norte, por lo tanto el hizo todos sus planos de subdivisin con el norte hacia el otro lado, pero conforme a los ttulos el norte estaba hacia arriba y cual fue la solucin dar vuelta el plano.5. Inscripcin anterior. No es necesaria esta mencin, lo que realmente importa es saber como se adquiri.6. Inscripcin donde se encuentra el dominio; se debe mencionar la foja y el ao y tambin es til anotar el rol de avalu del inmueble.Derecho Notarial clase 5.La vez pasada, estuvimos viendo lo que era el notario en la vista positiva de la doctrina.Caractersticas de la Funcin Notarial.La funcin notarial tiene diversas caractersticas que podramos llamar de alguna forma como los principios que forman la funcin notarial.Calidad de Abogado: En primer lugar, al igual que todo el notariado de tipo latino, siendo este sistema notarial que impera en la mayor parte del mundo, el notario tiene que ser abogado, el notario no puede ser no abogado. Esta es una de las grandes diferencias que hay con el otro tipo de notario de tipo anglosajn que lo vimos el otro da en que puede ser una persona honorable dentro de la comunidad, alguna persona que junte algunos requisitos mnimos pero que dentro de aquellos no figura ser abogado.Cul es la razn de esto? Es que en el notariado de tipo latino, el notario asume en la generalidad de las veces de ser un consejero de las partes, una ayuda. Nosotros lo vemos a diario, a pesar de que muchas de las actuaciones de los notarios se hacen en base a minutas redactadas por abogados, siempre hay una conversacin previa a la celebracin de un contrato ya sea con una de las partes o con el abogado y aqu hay otra cosa que es importante sealar, hoy da hablemos del siglo 21 el ejercicio de la profesin de abogado no era como hace 15 aos atrs, antiguamente el abogado que tomaba asuntos civiles serbia para tomar asuntos penales, tributarias, comerciales y tributarias, hoy da al igual que todas las ramas de los ejercicios profesionales la funcin se ha ido especializando y as encontramos que existen abogados penalistas, tributaritos etc. Entonces muchas veces un abogado tributarista redacta una minuta con respecto a la compraventa de bienes inmuebles agrcolas y como no es una materia de su especialidad muchas veces incurre en algn error o alguna falta y como el notario tiene experiencia en la parte contractual puede guiarlo sin problemas.Por ejemplo si tomamos la compraventa de un bien raz cualquiera, si una persona compra hoy una propiedad en el precio que sea y si la vende dentro de 1 ao despus de la fecha de la escritura hay que tener mucho cuidado con el precio que se va a poner en la escritura porque si yo compre en 1000 y dentro del ao estoy celebrando una compraventa en 2.500 ese mayor valor con que est gravada la venta se deber pagar un impuesto por el SII tratado como una actividad continua, pero tampoco es un deber del abogado inducir a que la compraventa se estipule por menos para no pagar impuesto, sino que la labor del abogado en ese caso es de advertir al cliente, diciendo que compramos en $1.000, estamos dentro del ao y como estamos vendiendo a un mayor valor tiene que tener presente que deber pagar un impuesto por esta mayor utilidad.Otro ejemplo que sirve para tener en cuenta la influencia tributaria en materia contractual, es cuando llega un cliente diciendo que comprara un inmueble, como abogados tenemos que preguntarle si l tiene como justificar la inversin, porque si est comprando en $1.000 y mis ingresos que tributo no alcanzan para justificar un pago de $1.000 estamos exponiendo a mi cliente a que el da de maana sea citado al SII y junto con eso se le aplique una multa por no haber declarado ingresos que justificaran la compra. La venta en este caso no queda nula pero si es un asunto entre el SII y el comprador.La idea es que cuando uno atiende a un cliente en una determinada situacin contractual hay que tener en vista las distintas incidencias de las otras ramas del derecho y hay una obligacin de los abogados que muchas veces no se cumple que concierne al conocimiento de las leyes que actualmente se estn dictando.Actualmente, en base a antecedentes anteriores exista la prenda agraria, industria, comercial etc., ahora todas esas prendas desaparecieron y actualmente existe una sola prenda que es aquella denominada prenda sin desplazamiento, que exista en esa poca solo que ahora se ampli el campo de aplicacin y la ley actualmente dice que se derogan las anteriores, de manera que cuando hoy se habla de prenda se refiere a la sin desplazamiento y que posee una reglamentacin bastante especial que ha presentado una serie de inconveniente de aplicacin prctica porque la prenda sin desplazamiento que se puede constituir sobre cualquier bien ya sean corporales e incorporales, pero la ley dice que se tiene que constituir por instrumento pblica, escritura pblica o por instrumento privado protocolizado, aumentando los costos considerablemente porque impone l notario de recibir esta prenda, escriturarla, tomar la firma etc., pero adems es el notario quien est encargado de inscribirla ante el servicio de registro civil utilizando formato PDF, llenar formularios y adems pagar. Lo complicado es que el registro civil se demoro un poco en implementar este sistema, no dando la posibilidad de trabajar en pantalla bajo una especie de marcha blanca de cmo haba que actuar pero que con el pasar del tiempo rpidamente se van a tener que ir solucionando.El notario debe ser abogado por que es: Asesor de las partes. Asesor de los abogados.Y es asesor de los abogado porque la mayora de los contratos se celebran sobre bienes inmuebles agrcolas o con naturaleza forestal, aqu es muy escasos que se hagan contratos sobre minas, entonces un abogado que ejerza en la zona puede ser muy inteligente, capas y estudioso pero no domina lo que las partes solicitan, entonces si se hace un contrato donde el abogado y el mismo notario incurramos en algn tipo de faltas de conocimiento pero si el abogado manda escrituras de abogados por ejemplo de Santiago que tienen que hacer escrituras en la regin que no conocen de la estructura y se las hacen.Principio de Independencia: Otra caracterstica que tiene el notario de tipo latino es la independencia, en el ejercicio de sus funciones el notario es independiente de toda autoridad, existe una dependencia pero solo administrativa, no puede alguien insinuarnos a nosotros como notarios a realizar el ejercicio de nuestras funciones bajo determinada forma, no pueden intervenir en la forma de cmo se redactan los contratos, no pueden exigir determinadas actuaciones y es aqu donde existe la independencia.Existen fallos de la corta suprema, donde establecen que el nico llamado a interpretar lo que las personas quisieron sealar por ejemplos en lo denominado instrucciones es el notario, no puede un tribunal interpretar lo que se quiso decir.Principio del Secreto Procesional: Otra caracterstica que llama la atencin, es la existencia del secreto profesional. Si hay una escritura pblica, cualquier puede ir al oficio, pedir un protocolo, pedir copia y sacar la escritura, entonces Dnde est lo secreto?Hay que considerar que el secreto profesional esta resguardado dentro de lo que es la privacidad de las personas establecido en la CPR y adems en el Cdigo Penal en el articulo 247 est incorporado el secreto profesional como una exigencia para todo profesional, pero el notario tiene la obligacin de guardar el secreto en que muchas veces llegan personas a los oficios notariales y le cuentan a uno la necesidad de porque se desea celebrar determinado contrato y esa confidencia pasa a formar parte del secreto profesional, as como el da de maana ningn abogado pueden obligarlo a revelar las conversaciones que ha tenido con su cliente, lo mismo pasa con respecto al notario.La doctrina hace extensible esta caracterstica no solo al notario, sino que adems a los funcionarios de la notaria que reciben confidencias pasando a formar todo esto parte del secreto profesional por esa razn se hace extensibleMuchas veces es un error hablar de notaria pblica o notario pblico, porque sencillamente no existen notarias privadas salvo el notario eclesistico regido por el derecho canonca, como tambin aos atrs exista el notario de hacienda, que era aquel ministro de fe titular que se refera a todo aquellas materias del fisco de chile hoy da no, el fisco de chile va a cualquier notaria pero es un error excusable porque es cosa de costumbre aceptable.La Responsabilidad: Otro aspecto o caracterstica es la Responsabilidad, el notario tiene una responsabilidad muy amplia porque va desde la responsabilidad administrativa, civil y penal, pero esta responsabilidad que es bastante amplia es bastante peligrosa porque hay gente que intenta pasar un gol en el oficio del notario, aqu en la zona son muy escasas las situaciones que se conocen de este tipo donde el notario no pasa a ser un engaado sino que pasa a ser una vctima donde por ninguna suma de dinero va a estar dispuesta a poner en riesgo su cargo por ejecutar alguna irregularidad y por eso que depende mucho del tipo de funcionarios que tenga el notario en su oficio, siendo cargos de exclusiva confianza del notario, si el notario no tiene una exclusiva confianza o absoluta en los funcionarios es mejor que no los tenga y el notario tambin sabe actuar frente a esta confianza actuando de la mejor forma posible.Principio de la Inexcusabilidad: Otro principio o caracterstica es la Inescusabilidad, es aquello donde el notario no puede excusarse de actuar frente a determinada solicitud, pero Cundo lo puede hacer? Cuando lo que se le solicita es contrario a la ley, la moral y las buenas costumbres ah el notario se puede excusar pero si al notario le solicitan alguna actuacin no se puede excusar diciendo que no tiene tiempo pero lo importante es que cuando el notario se encuentra dentro del horario de su oficio no puede excusarse.Principio de Nmero Cerrado: Otra caractersticas es lo que se denomina Numero cerrado, es un asunto bastante discutible y que incluso en el proyecto que piensa enviar el gobierno se abre la posibilidad de ser notario, porque hoy da va a depender del nmero de habitantes que tenga la comuna y de la real necesidad de prestacin de servicio, no se trata de crear en forma indiscriminada, pero al parecer viene un proyecto que proviene del ao 1997 realizado por Sebastin Piera cuando era senador pero fue algo discutido por la asociacin de notarios y hoy quiere revivir ese proyecto, incluso en el gobierno de Bachelet tambin hubo una cosa no tan fuerte ni directa pero que afectaba a los notarios.Uno de los argumentos que tienen los notarios para oponerse al Numero abierto de notarios, es que se produce una especie de degeneracin del sistema, por ejemplo en argentina en Mendoza en algn momento se entusiasmaron con este sistema y dijeron que el abogado que quiera ser notario que se inscriba y es notario y llegaron a existir 300 notarios, lo que paso fue es que es imposible controlar tal numero de notarios, cuando muchas de estas personas vieron que del oficio que se haban hecho cargo no era rentable y que era ms rentable ejercer la profesin de abogado renunciaron al cargo pero como a muchos no les interesaba, no entregaron a nadie los protocolos de las pocas escrituras que haban hecho entonces hay muchas cosas que se perdieron, no hubo control. Este sistema duro pocos aos.Principio de Rogacin: Otra caracterstica es lo que se denomina el principio de rogacin, que consiste en que el notario nunca va a actuar por iniciativa propia, siempre va a actuar rogado o solicitado, nunca actuara de oficio. Esto tiene que ver mucho con lo que se denomina actas notariales siendo esta una de las actividades ms comunes del ejercicio de funciones de notarios, es cuando se solicita que se levante un acta de por ejemplo vehculos siniestrados para cobrar una indemnizacin pero siempre a requerimiento pero cuando siempre que se redacta el acta se tiene que estipular que es a requerimiento de perico los palotes, si no se pone el acta afecta a vicios de nulidad porque el notario no puede poner que acta en forma personal.La Calificacin de Legalidad: Otra caracterstica, es la Calificacin de Legalidad, consiste en que cuando al notario le llevan un contrato, tiene obligadamente que leerlo y ver si el contrato se enmarca dentro de la legalidad vigente. Hay oportunidades donde las partes se equivocan en las menciones que realizan frente un contrato y muchas veces pasa en la confusin de arrendador cuando es arrendatario o viceversa, entonces ah uno tiene que armonizar estas cosas.Pero el control de legalidad tambin se sustenta en otro punto, como lo que sucede en las escrituras donde se acredita la personalidad jurdica de un representante de una sociedad en qu consiste aqu la calificacin de legalidad? Aqu el notario debiera ver el documento en donde consta la personera y ver si efectivamente tiene facultades para hacer lo que el contrato dice, es muy comn que a veces un representante de la sociedad de auto contrate para realizar ciertos actos.Principio de Inmediacion: La Inmediacin, esto es algo terico, porque lo que se persigue es que el notario este siempre presente en la actuacin de determinada persona que firma ante el notario dando fe de aquello personalmente, siendo esto en la prctica donde muchas veces ocurren.Contra este principio y en base a una reforma que hubo al cdigo orgnico de tribunales se estableci que en determinados documentos el notario poda autorizarlo aunque la persona no estuviera en su presencia, o sea sin presencia de la persona, donde dicha disposicin atenta notoriamente en contra la funcin del notario y del principio de inmediacin y esto se posibilito por ley, donde al gremio notarial no le gusto mucho pero que como nosotros tenemos que aplicar la ley no se puede hacer mucho.Facultad para redactar: Finalmente, la ultima caracterstica es la Facultad para redactar aqu surge una disputa entre abogados y notarios.Estas son las caractersticas de la funcin notarial de tipo latino.Funciones Propias del Notario.Las de Ministro de Fe: Ahora las funciones propias del notario, ya se menciono que el notario es un ministro de fe como lo es un inspector del trabajo, secretario municipal, judicial u oficial del registro civil, pero la diferencia es que el notario debe ser considerado como el ministro de fe por excelencia, porque tiene una gama mucho ms amplia que todos los funcionarios mencionados, fundamentalmente estn consideradas en el artculo 401 del COT citando 10 actuaciones pero hay un numero 11 que aquella disposicin que grafica esto de que el notario tiene un campo bastante amplio siendo aquella que dice las dems que les encomiende las leyes o sea aqu est diciendo que la ley que se le ocurra al notario la puede hacer, como por ejemplo la autorizacin de los finiquitos laborales, cuando una persona firma un finiquito laboral tiene 3 partes donde ir, ya sea la inspeccin del trabajo, la direccin municipal y una notaria, la gente prefiere la notaria porque es una atencin ms rpida y por otro lado el notario ni el empleado o funcionario de la notaria, le pregunta al trabajador que est siendo cesado en sus funciones si le pagaron las indemnizaciones, vacaciones pero el notario no le hace las preguntas que hace la inspeccin del trabajo.Otra ley es la de los salvo conductos para los cambios de residencia, cambio o menaje de casa, hasta hace un tiempo estos salvo conductos los otorgaba carabineros pero lo dejo de hacer por la ley dando la facultad al notario.Hay una que es importante que es aquella relacionada con la facultad de redactar, dice el 401 numero 1 extender los instrumentos pblicos con arreglo a las instrucciones, que de palabra o por escrito le dieren las partes otorgantes Por qu se dice que esto de la facultad para redactar es una pelea que se ha tenido siempre con los abogados? Porque los abogados dicen que son los que deben redactar porque el notario basta con que cobre con la escritura y mas encima quitan el trabajo, pero es una alegacin que se haca, entonces el argumento que ellos tenan es que el texto antiguo del articulo 401 numero 1 deca que era funcin del notario extender y redactar las escrituras pblicas, cuando hubo una reforma del ao 1992 se suprimi en este articulo la facultad de redactar pero en las actas de la comisin que en esa oportunidad discuti el texto de la reforma, si bien es cierto que se suprima la palabra redactar era porque la facultad para redactar era parte de los atributos que tena el notariado de tipo latino y en segundo lugar el argumento de los notarios es que dice extender las escrituras pblicas con arreglo a las instrucciones... cuando va alguien al oficio y dice que quiere comprar un bien, el est dando una instruccin de palabra porque el contrato lo redacta el notario dando la forma jurdica, porque al comprador y vendedor no le importa el contrato sino lo que les importa es que se page el precio y se entregue la cosa que est comprando.Facultad para el Protesto de Letras de cambio: Otra funcin propiamente tal es aquella que consiste en el protesto de letras mercantiles, esto es una norma que induce a errores con respecto del plazo para protestar una letra de cambio, por ejemplo si tengo una letra de cambio que venci un mes, 6 meses o un ao atrs Cundo se puede protestar? Hay una norma que induce a muchos errores que est en la ley de letras de cambio y pagare, diciendo que las acciones cambiaras prescribirn dentro del plazo de 1 ao a contar de la fecha de vencimiento diciendo algunos que existe 1 ao para protestar la letra pero es un error que la doctrina comparte porque en el artculo 69 de la ley sobre letras de cambio y pagares hay una norma que da inicio a la gestin de protesto. La gestin de letras y pagare es una operacin compleja, tiene un comienzo, una tramitacin y un fin, el comienzo lo da el articulo 69 cuando dice que el notario antes de hacer el protesto tiene que entregar un aviso al aceptante citndolo al oficio para hacer el requerimiento y este aviso debe darse dentro del da hbil siguiente o subsiguiente al del vencimiento de la letra, o sea no hay otro plazo. Aqu existen dos situaciones que puede hacer el suscriptor de letra, que es ir o no ir.Si el suscriptor va o se presenta se le consulta si pagara o no o dar cualquier explicacin para que quede estipulado en el acta de protesto diciendo que el requerido manifest x cosa.Dar fe sobre ciertos hechos: Hay otra norma que es de carcter general, que es la nmero 6, donde dice dar fe de los hechos a los que fue requerido y que no estuviera encomendado por otros funcionarios.En el numero 9 hay una cosa bastante importante que es materia de discusin doctrinaria y que quiere decir con facilitar a cualquier persona que solicite el examen de los instrumentos pblicos que se solicite. Qu sucede con los contratos privados? Dice la doctrina que lo privado no se puede exhibir o entregar copia a personas ajenasMateria. Elementos esenciales del contrato de compra venta, hemos visto en los bienes inmuebles y en bienes races urbanos y sealamos que documentos se requieren para hacer el famoso estudio de titulo. Y son:1- Dominio vigente. (primer acercamiento con la propiedad y propietario.)2- Titulo por el cual se adquiri. (escritura pblica)Inscripcin de dominio que datos sacbamos? Como adquiri. La singularizacin de la cosa. Si es por ttulo traslaticio tenemos que ver la esencia de la escritura pblica, ya que transferir el dominio de un bien raz requiere solemnidad es la escritura pblica, en esta si adquiri por compra venta Que mas vamos a requerir?La resolucin exenta dice al final del ttulo copia del certificado de la posesin efectiva queda archivado en el conservador piden ese numero de archivo en el ao respectivo, le entregaran el original o copia autorizada del documento.Cuando adquieres por sucesin por causa de muerte es un ttulo original. (responde algo).Que vamos a requerir en la singularizacin de la cosa, que tambin nos da el dominio vigente, hemos estado viendo bienes races urbanos.3- Un plano (dimensin y deslindes).4- Si esta sujeto a un gravamen? Certificado de hipoteca, gravmenes y prohibiciones. Que gravamen puede existir? Prohibicin de enajenar, embargo, medidas precautorias, servidumbre, usufructo.5- Como saber si el rol de avalu coincide con el dominio que nosotros tenemos a la vista, (certificado de numero) direccin de obra de la municipalidad. La direccin a veces dicen 9 oriente 4 y 5 sur, hoy da esa propiedad tiene un numero especifico nueve oriente 5058 y si queremos dejar determinado en el titulo nuevo del comprador que la propiedad nueve oriente 5058 para que el conservador de bienes races modifique esa inscripcin tenemos que presentarle el certificado de numero se inserta en la escritura. Que mas debemos revisar de nuestro pequeo estudio de titulo?6- Certificado de no expropiacin. ( se pide en la municipalidad y SERVIU)La municipalidad tiene un plan regulador. Cada municipalidad establece sus lmites de edificacin.Se pide en la municipalidad porque lo ve a titulo de plan regulador.El SERVIU se fija a nivel macro, a nivel nacional por ejemplo la carretera.Que mas tenemos que pedir?7- Pago de contribuciones si la propiedad esta afecta o exenta al pago de contribuciones y tenemos que acreditarlo porque si el notario no autoriza la escritura el conservador no inscribe si esta afecto al pago de contribuciones estas deben estar al da, si no estn al da, (por el terremoto muchas personas la avaluacion de sus casas cambio) el SII se demoro en bajar las tasaciones y dejar exento de pago de contribuciones o rebajarlo y quedaron con morosidad, si estn en mora ustedes pueden acogerse a un convenio de pago, el convenio de pago estando al da les sirve para acreditar el pago de las contribuciones, si la propiedad est exenta del pago de las contribuciones ustedes lo acreditan con el certificado de avalu fiscal que emite el SII el tema de pago de contribuciones lo acreditan a travs de la tesorera, la exencin por el SII a travs de un certificado de avalu.Nosotros debemos conocer el rol de la propiedad porque el notario y conservador deben informar al SII de las transferencias y transmisiones de dominio sobre inmuebles a travs de un formulario que se llama 2890, el rol de la propiedad que se transfiere debe ser conocido.Es nuestro pequeo estudio de titulo, es muy bsico.En la escritura pblica, en que nos tenemos que fijar, estamos viendo el contrato de compraventa que dio origen a esta inscripcin, que nos dice el contrato de compraventa?De la comparecencia que datos nos puede interesar?1- Nombre2- Estado civil, nos interesa si est casado por sociedad conyugal.En la escritura pblica aparece que don Andrs vendi a don Pedro que importancia tendra en el estado civil de don Andrs? La autorizacin de la cnyuge si no la hay es nulo, nulidad relativa y prescribe en 4 aos.La prescripcin, es importante porque segn la profesora el seor adquiri el dominio exclusivamente con la inscripcin? No con la prescripcin adquisitiva, si el contrato tiene nulidad relativa que prescripcin adquisitiva tengo que considerar? Extraordinaria de cunto? 10 aos.Don Andrs es casado con sociedad conyugal, adquiri a ttulo gratuito necesitbamos la comparecencia de la cnyuge? NO necesariamente. Hay una nueva institucin que se llama bien familiar, ( demanda que se produce entre cnyuges, en donde uno demanda al otro que es propietario exclusivo de un bien o un bien de la sociedad conyugal y quiere precaver que este venda o transfiera) es proteger el inmueble que sirve de lugar comn a la familia.El cdigo nos exige (se va) el cnyuge no propietario, comparezca art141 y ss.Art. 141. El inmueble de propiedad de cualquiera de los cnyuges que sirva de residencia principal de la familia, y los muebles que la guarnecen, podrn ser declarados bienes familiares y se regirn por las normas de este prrafo, cualquiera sea el rgimen de bienes del matrimonio.Si tiene un seor que se caso en separacin de bienes o participacin de los gananciales es ideal que el cnyuge no propietario comparezca y declare que no ha solicitado, cual es el problema de la declaracin de bien familiar? Que se acoge la demanda y el tribunal ordena de inmediato hacer una anotacin marginal en el titulo de que este bien se solicito la declaracin de bien familiar por lo tanto no puede transferir sin la autorizacin del otro cnyuge, los bienes familiares no se constituyen por escritura pblica es atreves de una sentencia. Pero a pesar que exista la sentencia pueden comparecer los cnyuges ambos levantando esta declaracin de bien familiar se hace por escritura pblica o en el mismo contrato.Que mas veamos de nuestra inscripcin sigamos analizando nuestra compraventa, porque interesaba el nombre?Derrepente hay errores con los nombres, el seor se llamaba Guillermo Andrs Suazo retamal pero en la inscripcin de dominio aparece como Guillermo Suazo retamal, cuando van a la notaria, le pedir la cedula de identidad, la comparecencia est mal, se soluciona que se llama Guillermo Andrs retamal Suazo tambin conocido como, si est vivo no hay problema pero si muri para tramitar la posesin efectiva, y llegan con la resolucin al conservador y este dice contesta don Jaime y no se escucha, informacin de perpetua memoria dice la profesora, se llevan testigos para que digan que tambin se le conoca como don Guillermo.El nombre es importante porque el conservador lleva la historia de la propiedad raz y dueos y si no coincide el nombre en sus registros en sus inscripciones de dominio la rechazan. Son estructurados.Viene una reforma en materia notarial, asique todo lo que aprendamos no servir ;)Que ms se revisa de la escritura pblica, contrato de compraventa que mas tenemos que poner ojo cuando revisamos la inscripcin anterior?3- Precio es un elemento esencial del contrato de compraventa, puede estar afecto a lesin enorme, que consecuencia trae la lesin enorme? Es compensacin de pago del precio es una alternativa. Respecto de la lesin enorme nos importa el monto.4- La forma de pago (antes del precio). Como se realiza el pago? En dinero efectivo, tenamos una forma de pagar a travs de los ttulos cheque, pagare, vale vista, letra, si pagbamos con una cosa que tiene mayor valor que el dinero en efectivo que vamos a entregar cambia compraventa a permuta. Qu problema tenemos con el dinero en efectivo? Si se pagan 20 millones de pesos en efectivo como notaria se debe avisar que hay pago en dinero efectivo porque? Unidad de anlisis financiero, lavado de dinero etc. etc.Cuando pagamos con cheque, 10 millones, usted como vendedor me dir que lo recibe en este acto conforme, da por ntegramente pagado el precio de la compraventa? NO porque puede no tener fondos, en la compraventa se indica el nmero de serie, numero del cheque, numero de la cuenta corriente, banco y quien es el titular, que declaracin hara? El vendedor declara que recibe en este acto porque no recibe conforme, cuando va poder declarar que recibi conforme y da por ntegramente pagado el precio de la compraventa? Cuando va cobrar el cheque. Si firma hoy ira a cobrar el cheque maana, y tu titulo como va quedar, va quedar acreditado en tu escritura que el pago del precio se efectu? 31 del 03 responden, En 5 aos mas va este comprador a tu banco y le dice quiero hipotecar y revisas la misma clausula el precio se dar por pagado previa verificacin de los fondos en la cuenta corriente del vendedor y t que le vas a decir le vay a hipotecar esa propiedad le vay a prestar plata? Yo dejo la escritura que recibe en este acto, y no se hace la declaracin que recibi conforme que pasa con la obligacin del pago del precio se entiende que est cumplida? NO, se entiende cumplido el 31 sea maana y cuando este seor verifique en su cuenta corriente que esta la plata en ella, el vendedor que deber hacer? contestan pero no se escucha.La otra alternativa que el vendedor realice la declaracin pero sin nimo novatorio, yo no extingo la obligacin de pago de precio por recibir un cheque, se supone que es lo mismo que si me estuvieran pagando con plata.Respecto del vale vista los problemas son menores, el vale vista se singulariza con el nmero y forma en que se emiti, como se puede emitir? A la orden, endosable o nominativo, aqu la plata estn en el banco, igual se puede dar orden de extravi, hurto.Letras y pagares que pasa aqu? Son 10 millones de pesos los que se deben se entregan 10 letras de cambio de 1 milln de pesos cada una con vencimiento los das 30 de cada mes a contar del 30 de abril, como vendedor recibe las letras de cambio y da finiquitada las obligaciones del pago del precio, mi contrato de compraventa estara perfecto? SI, pero faltara una frase para que quede claro, con expreso animo novatorio yo cambio la obligacin del pago del precio por la obligacin que emana de las letras de cambio, si no digo nada que tengo que hacer? Recibo las 10 letras de cambio, se extingue la obligacin del comprador del pago del precio? NO hasta que se pague la ultima letra de cambio recin se extingue y pasada las 10 cuotas, carta de pago.5- Plazo: cuando puedo pagar? Al momento de la firma, que problema tenemos cuando firmamos la escritura de compraventa, que no est inscrito no tenemos la posesin inscrita y puede pasar que entre que yo voy a inscribir se demoran la escrituras, ser un bien familiar, embargos pendientes, medidas precautorias etc. Si es un sitio de 2 millones de pesos que les paguen al momento de la firma, el plazo puede ser el pago en cuotas, no damos por pagado el precio de la compraventa hasta que se haya pagado ntegramente.Qu pasa cuando no se paga la ultima cuota, que tiene que hacer el vendedor para que este comprador quede liberado de la obligacin de pago del precio? Otorgar carta de pago.Alternativa al pago al momento de la firma, hay una institucin que se llama instrucciones al notario, pago contra inscripcin que le dicen al notario? Que le dice el comprador al notario, le dice usted me guarda este documento un vale vista por ejemplo por 10 millones de pesos y se lo entregara al vendedor una vez que el inmueble este inscrito en el conservador de bienes races otra alternativa es que el inmueble este inscrito pero no le afecte a esa inscripcin hipoteca, gravmenes etc.Como se van a acreditar esas circunstancias? Con el certificado de dominio vigente y una hipoteca y gravmenes de la inscripcin al nombre del comprador se exigen eso 2 documentos al notario por el vendedor y el notario le entregara el documento representativo. Estas instrucciones e pueden dejar en el mismo contrato o por un instrumento privado separado.Concepto de notario art399 del COT (leer)El concepto de notario adolece doctrinariamente de algunos errores, seala que es un ministro de fe pblica, pero es el nico ministro de fe pblica que conocen? NO, secretario del tribunal, carabineros, archiveros, oficial del registro civil pero el notario es un ministro de fe pblica por excelencia, no es el nico pero el que realiza una mayor labor en esta rea una primera crtica. Este encargado de autorizar y guardar en su archivo, los instrumentos que ante ello se otorgaren,Analicemos el verbo autorizar, cuando analizaron los principios de la fe pblica? Vieron el principio de legalidad? Est obligado el notario a autorizar todo documento que le lleven? NO, ya que puede que se trate de un objeto ilcito y contrario a la ley. Si no se fija el plazo en que se debe otorgar la compraventa definitiva, est obligado el notario a autorizar ese contrato? Cules son los requisitos de la promesa de compraventa? Reinaldo habla algo y no se entiende.Por muy pacto que haya entre el cliente y notario siempre debe primar el principio de legalidad. A pesar del principio de rogacin.O por desconocimiento de la norma, quizs se autorice por el notario, pero no tendr efectos jurdicos. Por ejemplo en la promesa de compraventa, existe una prohibicin la ley general de urbanismo y construcciones donde prohbe al propietario otorgar escritura de promesa de compraventa respecto de bienes races en donde se vaya a generar un loteo donde el lote que resulta sea menor a 5000 mts2, a veces se autorizan por desconocer las normas pero esa compraventa adolece de objeto ilcito, y se necesita la autorizacin de la direccin de obra para prometer vender, si no est prohibido legalmente.La promesa de compraventa debe ser por escrito, en la compraventa de bienes races debe ser por escritura pblica o por instrumento privado, en este caso el oficial de registro civil cumple funciones de notario en comunas que no hay notario.Entonces este autorizar es relativo por el principio de legalidad.Tambin dice que el notario debe guardar en sus archivos los documentos que ante el otorgaren. Cuando vimos la compraventa de automviles que se otorgaba en 4 copias (comprador, vendedor, notario, oficial de registro civil) que instrumentos se otorgan al notario, prueba documental privado, escritura pblica, el que otorga escritura pblica por excelencia el notario, el debe guardar en su archivo las escrituras pblicas y custodiar (mantener su integridad fsica) los otros son instrumentos privados tiene obligacin de guardar en su archivo la clase de documento? NO. declaracin jurada de soltera, no guardara el original, nosotros la llevamos. Excepciones en instrumentos privados son:1- Compraventa de vehculos motorizados.2- Finiquito del contrato de trabajo. Est obligado a informar a la direccin del trabajo, 3 ejemplares (trabajador, empleador, notario)3- Actas de protesto. (tramite del protesto de una letra de cambio o pagare) lo conocen? Lo vieron en procesal, cueeek. 48 horas del vencimiento para realizar el protesto, se avisa que la letra esta vencida y notificar que debe efectuar el pago el deudor, si no se protesta la letra de cambio o pagare y este acta se adjunta y con eso su letra de cambio tiene merito ejecutivo y puede iniciar un juicio ejecutivo, si no se verifica el protesto dentro del plazo que pasa con la letra de cambio? Como la hago valer? Don Jaime pregunta algo.Se genera el acta del protesto y el notario debe guardarla y conservarla.Documentos que no se otorgan, pero se deben guardar y custodiar que son los documentos protocolizados? Documentos que se guardan en el libro de repertorio. El libro de repertorio de actas. Cul es su gracia todas las actuaciones que se otorgan en materia de escrituras pblicas deben registrarse en ese libro. Un documento protocolizado segn el 415 del COT (leer) ejemplo un boleto de la micro quiero protocolizarlo, deja de tener carcter de privado por estar en el registro del notario? NO sigue privado, pero la protocolizacin da certeza de la fecha, una promesa de compraventa es un instrumento privado, da fe de la fecha de un instrumento privado? NO pero si es protocolizado se agrega el documento que llevas al final del registro, no se transforma en escritura pblica pero le da ciertas caractersticas, le podremos hacer cambios? NO. porque estar materialmente en la custodia del notario.Protocolice este contrato de arrendamiento, lo agrega en el repertorio, si no adquiere el carcter de protocolizado, es un documento privado que se agrego al final del registro.Art399 tena crticas, el notario est obligado a guardarlos permanentemente. Las escrituras pblicas y las expresiones de los instrumentos privados.Dar a las partes interesadas, los testimonios que pidieron quienes son partes interesadas? Partes intervinientes, solo ellos? Cualquier persona que le puede interesar, ese inters debe tener alguna caracterstica? NO. el sistema notarial y registral es de carcter pblico, la mera curiosidad puedes ir a revisar archivos.Se le entregan los testimonios que tuvieren, los testimonios son las copias, la nica prohibicin del notario es no entregar copias simples, debe llevar los timbres que le dan la calidad de copias autenticas. Las falsificaciones nunca eran en la matriz. Cuantas ustedes pidan mientras paguen.Dems diligencias que la ley encomiendo nmero 11 del art 411 (leer).Calidades en que puede estar investido un notario. Propietario o titular, el jefe de servicio, el titular est investido legalmente a traves de un decreto por el superior jerrquico. En materia de derecho notarial y registral quien es el superior jerrquico? Responden de todo y no dice cual es. Para poder ser notario titular tenemos que esperar a que se genere una vacante, la vacante cuando se va generar? Por muerte, jubilacin, incapacidad, destitucin, sancin, remocin. El cargo de notario en propiedad de propietario tambin puede ser por formacin de una nueva notaria, para poder participar, don Juan Bianchi se jubilo, hay categoras de notarias, cules son? Asiento de cortes, capital de provincia y agrupacin de comunas. Corte de apelaciones, capital de provincia y la de la comuna, corte de apelaciones (Talca) capital de provincia (Curic) comuna (san Javier) dependiendo de cul es el tipo de notaria o de tipo de notario que usted va acceder por categora hay requisitos y prioridades, si se abre el concurso en Talca por la jubilacin de don Juan Bianchi, usted cree que alguien por llevar mucho tiempo trabajando con l, podra postular, se empieza en la agrupacin de comunas, desde abajo recin ah pueden empezar a participar van a tener prioridad, se forma una terna para proveer un caigo de notario en calidad de titular, esta terna partan todos los que se presentan a la corte de apelaciones respectiva, se abre el concurso entregan sus antecedentes, no hay examen de oposicin tenemos el sistema del comprasgo, si se abre un concurso en san Javier la profesora podra postular pero si es en Talca no, primero tiene que empezar abajo, despus de un tiempo y se abre un concurso se puede cambiar dentro del mismo nivel pueden intercambiarse entre notarios, si se abre uno de capital de provincia puede postular, hay oportunidades en los que son notarios y conservador tienen prelacin para quedar en la terna. Los que son de capital de provincia pueden participar en la corte de Talca, pueden pedir traslados, alguien en chillan y se quiere cambiar a Talca, si es que hay una vacante en Talca, la corte de presentan todos en la corte y empieza el trmite del besa mano (el padrino), despus del anlisis, se forma la terna y esta se va al ministerio de justicia, ya que lo nombra el ministerio de justicia por orden del PDR. De la preparacin de la terna, hay inhabilidades. Por ejemplo que pitutos de familia. Estbamos en la hiptesis que don Juan banchi se jubila que pasa con el oficio? En materia administrativa se llama subrogante a ese funcionario en materia de derecho notarial no existe la subrogancia, aunque la profesora trabaje para don Ignacio no la faculta para firmar que si se produce en la subrogancia en materia administrativa, doa mara anglica, para que pueda suplir debi ser nombrada por un decreto, el tipo que esta cuando el notario se jubilo se llama interino tambin existe en materia administrativa cuando el cargo est vacante es interinaje. La terna paso al ministerio de justicia y don Juan banchi se jubilo la corte debe nombrar un monito que se haga cargo del boliche, el interino tambin puede reclamar acerca de la terna, y es poco probable que pueda participar, o vay en la terna o eres interino. De la corte pasa a la corte suprema cuanto se demora en revisar la terna? Quien gana plata el interino. Reclamo la terna, pasa a la corte suprema y la corte suprema dice que esta buena no hay ms derechos a pataleo. El ministerio de justicia nombra al notario titular. Como se produce el cambio con el notario interino? Tiene que haber un decreto de nombramiento, el notario debe jurar todo eso est en el cdigo. El notario interino debe hacer una especie de inventario, ya que el tuvo la custodia de los documentos es una especie de rendicin de cuentas. Hay valores, documentos, dinero que quedo en custodia del notario a solicitud de las partes y tambin se rinde cuenta en eso, que pasa con los funcionarios de la notaria? Ellos tienen contrato de trabajo, el notario que entra los puede mantener, se entiende que hay continuidad laboral? SI.El notario interino lo nombra la corte de apelaciones respectiva y dura mientras est vacante el otro, al otro lo investimos, juro, se instalo y lleva un ao trabajando y aparece un curso en Espaa para notarios y se tiene que ausentar un mes, ah entra el notario suplente, entra por ausencia, que tipo de ausencia? Por enfermedad? Permisos y vacaciones, cuando un notario titular necesita salir debe avisar, los notarios tienen un piso completo para ellos en Sgto. Aqu en Talca al menos se ven los notarios. Antes se podan ir hasta por 3 meses, la corte suprema en un auto acordado deben avisar con 7 das de anticipacin y justificar la ausencia. El notario suplente entra con las mismas facultades y atribuciones del notario titular, tiene las mismas responsabilidades que l? Si se extrava la matriz de una escritura pblica quien responde? El titular, en el caso del interino, el responde. A quien dejara de notario suplente? Alguien de confianza, como se provee esa proposicin del notario, pero quien lo nombra la corte de apelaciones con un decreto de nombramiento. Y si no hay corte de apelaciones? El juez en curepto por ejemplo. Quien provee el cargo de suplente el juez de letras. Pueden nombrar a uno distinto al que propone el notario. En la suplencia no hay problema de parentesco, solo en la terna. Cuando nombramos al titular cuales son las instancias que participan, corte de apelaciones, corte suprema si hay un reclamo, ministerio de justicia y nombra el PDR. Notario interino lo nombra corte de apelaciones, y al suplente la corte de apelaciones o el juez a proposicin del notario. Notario adjunto. Cumple funciones de secretario electoral, como ese procedimiento de votaciones populares y escrutinio se produce cada 4 aos, aparece solo en periodo eleccionario y lo que dura el periodo eleccionario. Vienen a buscar al secretario de la junta electoral el notario titular y queda facultado el notario adjunto para actuar actan paralelamente se nombra por una sola vez durante todo el periodo si no est uno, acta el otro pero debe dejar constancia que acta como adjunto. La diferencia con el suplente el que titular esta pero no est fsicamente en el oficio y tambin su duracin en la actuacin que va realizar como notario ser lo que decrete el nombramiento en este caso estn los dos al mismo tiempo.

Estbamos viendo el tema del pago del precio y el plazo, vimos las normas en que se poda pagar y estbamos en el tema del plazo. Hable de las instrucciones, estaban contenida en la misma escritura pblica, lo que sealaba es que las instrucciones se utilizaban habitualmente se estipulan cuando el pago del precio se hace al contado, esto es al momento del otorgamiento del contrato, pero como con la escritura de la compraventa no se genera una inscripcin en el conservador la nica forma que tenemos para favorecer a nuestro cliente comprador es generado instrucciones notariales para darle certeza al vendedor que el pago del precio se va efectuar efectivamente. el pago del precio se hace en este acto de contado y eso queda estipulado en la escritura de compraventa, sin embargo generar adicionalmente instrumentos privados suscritos por las partes que se llaman instrucciones en donde dejan en custodia del notario, los dineros o valores que van a servir para el pago del precio y la instruccin habitualmente es la siguiente, el notario cumple dos funciones. (Pueden poner otras funciones ustedes)1- Custodia de los valores.2- Cumplimiento de la instruccin: entregar estos dineros y valores al vendedor una vez que? Habla don Jaime y no se entiende.La inscripcin de dominio, hipotecas gravmenes y prohibiciones este documento ser emitido de la inscripcin del comprador. Se le exige al vendedor la exhibi del documento para comprobar que la propiedad no tiene ningn problema. Las instrucciones se dejan una copia en manos del notario.Respecto del pago a plazo tenemos una variante, que es la siguiente se produce cuando son grandes los montos que estn en juego. Compraventa de 100 millones de pesos compra una empresa constructora y esta paga la mitad, en el acto de otorgamiento 50 millones de pesos y el saldo lo pagara por parcialidades de 10 millones de pesos anual, cuando se entender cumplida la obligacin del comprador? En 5 aos ms 2016. Y qu seguridad le podemos dar al vendedor que de aqu a 5 aos ms le van a pagar? Garanta por excelencia en materia de inmueble HIPOTECA adems de la compraventa se genera otro contrato en la misma escritura a publica la hipoteca. Del saldo de precio se va generar una hipoteca que mas vamos agregarle? La prohibicin de enajenar de que carcter seria? Hay prohibiciones legales y convencionales esta seria convencional. Si esta constructora transfiere el dominio del inmueble y se lo vende a una inmobiliaria acepta comprar con hipoteca hay una prohibicin de enajenar. Qu efecto produce la prohibicin de enajenar cuando es de carcter voluntario? Indemnizacin de perjuicios. Si la constructora no paga el saldo de precio que se hace, y ya est en poder de la inmobiliaria demanda incumplimiento de contrato, embarga la hipoteca, por procedimiento ejecutivo, embarga y saca a remate el bien. El bien no est en dominio de nuestro demandado, si no de la inmobiliaria, adems de exigir indemnizacin de perjuicio por incumplimiento de la prohibicin de enajenar.Dos contratos hay el de compraventa e hipoteca, que caracterstica tiene? Garanta, es accesorio, inmuebles, (naves otra norma), solemne se otorga por escritura pblica, que caractersticas tiene que tener don Mario, el es deudor, va en su estado civil, porque si es casado por sociedad conyugal debe comparecer la cnyuge. El contrato de compraventa va estar perfecto, pero el contrato de hipoteca si no comparece ser nulo, nulidad relativa 1749. Y la clausula de prohibicin de enajenar es adicional. Es escritura entre particulares.Con una escritura pblica pueden tener 3 contratos y se analizan todos los requisitos en materia de actos jurdicos y contratos.Compraventa de predios agrcolas.DL3516. En su art1 seala que debemos entender por predio agrcola.1- Fuera del radio urbano. La ley dice fuera del plan regulador.2- Superficie.3- Destinacin.El articulo habla de predios rsticos, inmuebles agrcolas, ganadera o forestal ubicados fuera de los limites urbano o fuera de los limites de los planos reguladores intercomunales Santiago, Valparaso del plan regulador metropolitano, y concepcin podrn ser divididos libremente por sus propietarios siempre que los lotes resultantes tengan una superficie no inferior al 0,5 hectreas fsicas.Fuera del plan regulador, la superficie que nos indica para que se entienda que es un predio rustico debe ser mayor o igual a 5000 metros cuadrados es igual a media hectrea, presume la ley que si es menor el destino ya no es de cultivo, si no que va ser habitacional, para eso requiere otros requisitos. Y que tenga destino agrcola, ganadero o forestal y que dice la ley que si tiene un terreno de 10 hectreas, y quiere generar un lote de 0,5 hectreas o 5000 metros cuadrados debe realizar un plano d subdivisin y pedir su aprobacin el servicio agrcola y ganadero. Sin embargo el art. Establece excepciones.No se aplica el inciso anterior, sea puede subdividir sin el requisito de los 5000 metros cuadrados. La ms importante:1- Enajenaciones de (no entend) de terreno de un predio para anexar al predio rustico contiguo siempre que la superficie de terreno que conserve el dueo del predio que se divide no sea inferior al indicado en el inciso anterior caso en el cual dicho retraso no podr enajenarse independiente del predio al que ha sido anexado, alguien entendi algo? NO!Dibuja en la pizarra, deslindes!2- Transferencias o transmisiones a cualquier titulo a organizaciones o instituciones con PJ sin fin de lucro como fundacin, corporacin, junta de vecinos.3- Transferencias o Transmisiones a cualquier titulo al fisco de chile, municipalidades, gobierno regional.4- Transferencias o Transmisiones a cualquier titulo a organizaciones comunitarias regidas por la ley 18893 y organizaciones sindicales.5- Compraventa de padre a hijo. Transferencia a cualquier titulo y por una sola vez a un ascendiente o descendiente del propietario por consanguinidad o afinidad hasta el primer grado para construir una vivienda para s mismo en este caso no podr transferirse ms de un lote por ascendiente o descendiente y la superficie de este no podr tener una cavidad inferior a 500 y superior los 1000 metros cuadrados los lotes que se transfieran tendrn prohibicin legal de no enajenar por 5 aos la que deber ser inscrita de oficio por el conservador de bienes races, lo dispuesto en esta letra proceder de predios que no hayan sido originados en subdivisiones efectuadas de acuerdo a este DL y cuyo avalu fiscal vigente a la fecha de transferencia no excede el equivalente a 1000 unidades de fomento. Ley el articulo no es todo. Requisitos: Transferencia entre ascendiente o descendiente por consanguinidad o afinidad hasta el primer grado. A cualquier titulo.La ley dice ms abajo podemos hacer una donacin? Siempre que cumplamos con la insinuacin a la donacin. Cantidad de metros, superficie (no menor a 500 metros cuadrados ni superior a mil) Es una Prohibicin legal. de 5 aos. Por escrito. No puede transferirse ms de un lote por ascendiente o descendiente. (la parte ridcula de la norma) obliga al propietario a que su propiedad no haya sido objeto de subdivisin por el 3516. (dibuja en la pizarra)Y habla de las parcelas CORA. Se le entregaba al parcelero la parcela, el sitio y la cuota de bienes comunes (galpn, bodega) la parcela es independiente de el sitio Si te acogas al 3516 te quedaba el sitio, si subdivida la parcela, a tu hijo le podas vender el sitio los bienes comunes no, porque era comunero.Hacemos la subdivisin de cualquier predio en que ambos terminan con ms de 5000 metros cuadrados quedan afecto a la prohibicin de cambio de destino conforme al art1 del DL y art55 y 56 de la ley general de urbanismo y construccin.Si la ley le indica que los predios resultantes de subdivisin, no puede subdividirlo o enajenarlo si no cumple con los requisitos del art55 y 56 el problema est que ustedes debe transcribir y generar una clausula en el contrato de compraventa de un bien raz respecto de esta prohibicin, las mismas partes declaran y dejan constancia que el inmueble que se transfiere queda afecto a la prohibicin de cambio de destino agrcola conforme al art1 del dl3516 y art55 y 56 dele ley de urbanismo y construccin se declara en la escritura. (Dibuja)Si no pone esa clausula, el art3 del DL. Es NULO. Por la clausula de prohibicinLa ley prohbe algo, dentro de tu contrato tienes que volver a decir lo que la ley dice, es una tontera si no lo digo me sancionas con nulidad absoluta, en la primera transferencia debe ir, porque si no es nulidad absoluta, en la segunda transferencia se soluciona con escritura complementaria.Clausula de prohibicin, el conservador no inscribe el notario no autoriza nulidad absoluta. Es algo ridculo dice. ;)Los predios agrcolas, vienen los derechos de aprovechamiento de agua, cada vez que hay una compraventa de superficie mayor a 5000 metros cuadrados si tiene derecho de aprovechamiento de agua. Despus de las parcelas CORA, se le hacan promesas a los parceleros de que se iban a constituir comunidades de agua y a cada uno se le iba a entregar una cuota de derecho de aprovechamiento de agua que iban a ser inscritas en el conservador de bienes races. Muchas comunidades de agua se autorizaron por el VGA, esta la resolucin que las aprueba la escritura de constitucin e inscripcin conservatoria. Al tramitar la posesin efectiva respecto del suelo y del derecho de aprovechamiento de agua.Otros derechos de aprovechamiento que no tienen inscripcin y constan en la asociacin de canalistas.Precio para el suelo y precio para el agua se seala en la compraventa.En predio agrcola viene incluido el derecho de agua pero a que est inscrito es otra cosa. Pero son objetos distintos en el contrato.Los notarios forman las juntas electorales, las juntas electorales son organismos que tienen una importancia enorme en la preparacin de las elecciones en Talca hay dos juntas electorales, la primera que es de la ciudad de Talca y Pencahue y la segunda que es la que le corresponde al profesor que es de toda la parte rural excepto Pencahue, si ustedes van a la oficina de la junta electoral se van a dar cuenta que existen guardados igual que los protocolos notariales los registros electorales, eso lo tenemos nosotros guardado y peridicamente tenemos que ir haciendo actualizaciones, o sea, cancelando inscripciones ejemplo por fallecimiento, cambio de domicilio, resolucin judicial que le prohbe votar en fin, porque nosotros estamos todo el tiempo actualizndonos, cuando llega el tiempo de las elecciones por lo menos unos 45 das antes empieza una labor que es desconocida por todas las partes, incluso por lo polticos, consiste en que tenemos que ir trabajando con estos registros electorales y con algunos programas que los seala el registro electoral que en cada registro se sacan listas de 15 personas y estas 15 personas son los pre vocales, y entran a un sorteo que de ah quedan designados los vocales titulares y los vocales suplentes, posteriormente los corresponde a nosotros hacer entrega de las modificaciones, hacer entrega de lo que se haya presentado y hacer los reemplazos y publicar en el diario de mayor publicacin de la zona quienes son los vocales, ahora de acuerdo a la ley esta tarea de fijacin de vocales de acuerdo a la ley es una cosa absolutamente imparcial, sin mirar por ejemplo el escrito numero 50 y el 20 entre otros y as completarlo, pero que es lo que hacemos en la practica a la junta electoral y a los partidos polticos por supuesto a los candidatos les resulta saber con claridad los resultados con la mayor exactitud posible, entonces nosotros empezamos a mirar de izquierda a derecha y no los fijamos en el nombre sino que nos fijamos en el tipo de letra que tenga la persona, o en el oficio o en la actividad, en la profesin de tal manera que podamos elegir gente que se maneje en lo que es la escritura, en lo que es sumar y restar y en lo que es levantar acto, y sobretodo que no sean personas mayores de edad y que no sean personas analfabetas porque un analfabeto podra ser vocal de mesa, pero seria un entrabamiento, y generalmente caen estudiantes, secretarias, todo este trabajo nos significa tener que despreocuparnos de la oficina y por eso la ley puso el notario adjunto, entonces podemos nombrar a un notario mientras nosotros estamos en la funcin electoral, cual es la diferencia con el notario suplente? Es que cuando acta el notario suplente el notario titular no puede actuar porque esta con permiso, esta ausente, en cambio en el notario adjunto pueden estar actuando los dos al mismo tiempo, que lo que ocurre en periodo electoral, nosotros los estn llamando regularmente la gobernacin, fuerzas armadas, carabineros, entonces tenemos que abandonar el oficio y como este es un cargo que no tiene remuneracin al contrario los genera gastos la ley los da esta posibilidad de tener un adjunto, la notaria sigue funcionando igual, esto viene del proceso electoral, el adjunto solo es el en periodo electoral, nosotros la ley habla de tal fecha no dice hasta cuando, pero uno normalmente pide 48 hrs despus de terminada la eleccin, la junta electoral esta compuesta de 3 miembros, somos 3 notarios que estamos metidos en la junta electoral, pero el trabajo mas pesado es el del secretario que tiene que revisar los registros, montar el aparataje, y aparte de eso los otros notarios que no son parte de la junta electoral son llamados a ser delegados de la junta de inscripcin, los locales de votacin puede haber un notario encabezndola, pero pueden haber otras personas que tambin integran en calidad de delegados.La otra diferencia es entre el notario interino y el notario suplente, el interino acta cuando no hay otro notario, no hay vacante y dura en sus funciones hasta cuando el nuevo notario titular asuma, en ese momento termina.Otra cosa que es importante es hablar de los turnos de los das sbados, ac en Talca hay 5 notarias, de acuerdo a una distribucin que hizo la corte de apelaciones hace bastante tiempo, a cada notario le toca un turno especial un da sbado en un horario que fija la corte, que normalmente es de 10, a 12 de la maana, de acuerdo a lo que dice la corte en una opinin que no la compartimos pero hay que acatarla, las otras notarias no pueden atender mientras no haya otro notario de turno, que ocurre normalmente? Que la gente tiene la mala costumbre de llegar a las 11.30 y este turno termina como las 1.00 hrs., yo digo que no comparto la opinin de la corte porque este servicio publico lo curioso es que el auto acordado de la corte suprema dice que es para asuntos urgentes, entonces quien la califica la urgencia, por ejemplo la compra de un vehiculo motorizado no es urgente, pero si puede ser urgente porque el comprador viaja, o sea, siempre hay alguna razn, lo que siempre se firman el da sbado son autorizaciones al extranjero, porque las personas a veces estn comprando el pasaje y en las agencias de turismo se les olvido a decirle que tienen que ser autorizados por ambos padres, ahora tiene que ser de urgencia pero yo no me atrevera a decir que es de urgencia, nadie lo califica, mire su tramite no es urgente, no puedo decir eso, puede una declaracin jurada tambin puede ser urgente auque sea simple, esto ha cado en desuso, se presta para situaciones anmalas en que no pueden abrir otras notarias, pero si el notario puede actuar, y a que me refiero? Yo no podra abril la notaria al publico, pero si alguien llega y me dice necesito urgente hacer una compraventa, pero yo atiendo exclusivamente a esa persona, no atiendo en general al publico y los notarios se escudan en esto que la ley prohbe y una persona llega a pedir una diligencia pero no esta de turno, eso para mi es contrario, por eso uno de los principios es la inescusabilidad, yo no puedo excusarme de atender un determinado asunto, salvo que se de fuerza mayor o que no este dentro de las costumbres, de la moral etc., pero ac no.tambin relacionado con esto en cierta forma, los notarios tenemos un territorio jurisdiccional en Talca tenemos jurisdiccin sobre las comunas de Talca, san clemente, Maule, Pencahue, ro claro y san Rafael, en el caso de Maule nosotros llegamos hasta el limite sur del ro Maule, mas all le corresponde a otra notaria que es san Javier, entonces consiste en que yo no puedo actuar validamente fuera de este territorio, entonces si yo acto fuera de este territorio me expongo a una sancin administrativa y con esto se presento un asunto muy curioso, porque en la poca del Pronunciamiento Militar hubo gente que se hacino en embajadas, ciudadanos chilenos y como este asilo fue hecho de una manera urgente y escondida, no tuvo el tiempo nadie para dejar un poder para que alguien le administrara sus asuntos pendientes en el pas, entonces e busco una manera de cmo la gente firmara, entonces el notario no poda entre a la embajada porque era otro territorio jurisdiccional, el territorio de la embajada es de otro pas, entonces lo que se hacia era que iba el notario y la persona por entremedio de las rejas del muro sacaba la mano y firmaba, firmaba en chile y estaba fsicamente en Inglaterra, esa fue una cuestin que se produjo que en alguna forma haba que solucionar ese inconveniente, pero la corte de apelaciones autorizo para que se pudiera ingresar al territorio de otros pases siempre con la autorizacin del embajador, muchas veces se presentan cuestiones diversas y claramente la ley es rgida, las leyes siempre hay que buscarle que produzcan algn efecto igual que los contratos, no podemos quedarnos en lo que sea inhbil para producir efecto.Ustedes han odo el concepto que hay de instrumento pblico y de instrumento privado.El instrumento publico esta en el cdigo civil, cuando este instrumento publico le agregamos la intervencin del notario y el archivo o la guarda del documento en el oficio notarial estamos hablando que hay una escritura publica, entonces podemos decir que escritura publica es el genero y instrumento publico especie, toda escritura publica es un instrumento publico pero todo instrumento publico no es una escritura publica, junto con esto tenemos lo que se llaman los documentos privados.Definicin instrumento publico, es todo el que no es instrumento privado y el instrumento privado es todo el que no es instrumento pblico.El instrumento privado lo otorgan las partes en forma privada, caso tpico la compraventa de vehculos motorizados este instrumento privado puede hacerse intervenir un notario, aveces la ley lo exige o aveces la ley no lo exige, por ejemplo un contrato de arrendamiento no necesariamente tiene que estar firmado ante notario, la ventaja que tiene es que las personas involucradas no pueden negar su firma tiene que aceptar el hecho que se firma ante notario, pero hay algunos casos que el instrumento privado para que tenga algn valor sea firmado ante notario, el caso tpico es el contrato de compraventa de vehculos motorizados cuando van al registro civil sin firma notarial, por supuesto que el registro civil no se lo aceptara y el instrumento publico que tenemos la definicin otorgada por el cdigo civil.Un instrumento privado puede ser protocolizado, mas adelante veremos lo que es la protocolizacin de lo tramites que habitualmente se hacen en notaria y cuidado muchas veces he visto abogados que dicen vengo que me protocolicen esta firma, es un error la firma no se protocoliza, la protocolizacin consiste en que yo tengo este documento y voy a la notaria y se lo entrego al notario y le digo protocolcemelo, que significa que el notario toma el documento y lo archiva en el registro, este documento que puede ser original para mi va a quedar guardado en la notaria, y de ah la notaria va a dar copia, entonces es un error que se protocolice la firma, porque yo tendra que agarrar la firma con el fulano de tal y archivarlo, eso es autorizar firma no es protocolizar.Ahora el hecho de que se protocolice un documento tiene varias ventajas, de partida se le da una fecha cierta, un documento que se firmo el primero de enero de este ao y se protocoliza hoy tendr fecha de hoy para adelante, porque esa fecha el 1 de enero los privados la pueden haber manejado como ellos quieran, la pueden haber puesto esa fecha, pero el que se protocoliza un documento no lo trasforma en instrumento publico a pesar de que la ley dice que se podrn trasforman en instrumento publico, pero no son porque en el otorgamiento de ellos no ha intervenido una persona autorizada para que sea instrumento publico, esto de las protocolizaciones tiene tambin otros efectos, no puedo protocolizar otros documentos, sino que no sean contrarios a la ley, a la moral y a las buenas costumbres, pero si podra hacerlo pero si lo requiere el autor, nunca nadie a requerido la protocolizacin del documento.Un da llego una chica que estudiaba pedagoga y elaboro un programa computacional de prvulo y quera protocolizar porque le haban dicho que de esa manera su produccin intelectual quedaba protegida, es un error porque los documentos de la notaria son pblicos, porque si ella quiere protegerlos, lo que menos debe hacer es reducirlos a escritura publica o protocolizarlos, porque queda a la vista de cualquiera y para eso existe el departamento de propiedad intelectual y ese es el lugar que tiene que hacer el registro de esa produccin intelectual, pero desgraciadamente hay personas que se les olvida esto y le insinuaba a la persona esto a lo mejor en la notaria se lo van a protocolizar porque el notario no tendra porque por ultimo advertirle, entonces la protocolizacin es eso tomar un documento pedirle al notario que lo guarde y de ah las copias que quieran.Lo que se protocoliza son los testamentos cerrados una vez que estn abiertos y aqu me salgo de la materia para ir ilustrndolos con otras materias, ustedes saben que hay formas de hacer un testamento, las mas comunes son el testamento abierto y el testamento cerrado, el abierto es una escritura publica, igual que una compraventa, cualquiera que llegue a la notaria se da cuenta que fulano de tal hizo testamento y de saber que es lo que hizo puede pedir una copia y lo puede leer, el testamento cerrado es privado y normalmente lo usan las personas cuando no quieren que sus disposiciones se sepan, una forma de mantener la privacidad.Una vez que fallece la persona hay que abrirlo y el tramite es muy simple, al abogado que se le encarga la lectura del testamento el tribunal que este de turno se le solicite que se presente el notario y los testigos que otorgaron el testamento, entonces el tribunal acreditndose que falleci cita a los testigos y al notario, el juez procede a tomar juramento al notario y a los testigos sobre que se esta entregando en ese momento, tiene demostraciones de ser abierto si es as se termina todo el acto, ahora ese testamento se lee y el tribunal ordene que se protocolice en la notaria del notario que lo llevo, puede ocurrir que le notario aya fallecido o que el notario haya fallecido, entonces como el testamento quedo en la notaria, el 99% de los casos se dejan en la notaria, y tambin se puede llevar a su domicilio pero es un peligro porque lo puede revisar alguna persona.La ley dice que si el notario ha fallecido, el notario que actualmente esta en el oficio, ese tiene que llevarlo y abonar la firma del notario titular que estaba en esa fecha, si mueren los testigos el notario que abona esa firma o algunos de los otros testigos que este vivo, acurdense que es en un solo e interrumpido acto, y es importante porque si viene un terremoto de grado 8 y salimos todos arrancando al volver tenemos que empezar todo de nuevo, y esto es para evitar que el testador sufra presiones porque esta a la vista todos.Hay otras formas de testamento que no tienen mayor importancia, Ej. testamento privilegiado pero casi no se ve.Como vimos el otro da la sucesin intestada la posesin efectiva se puede tramitar ante el registro civil y los testamentos cerrados no ha habido un aumento, ahora les doy como desafo la notaria que sirvo es la mas antigua de Talca, la ma es la numero 1 por ser la mas antigua, en el oficio yo tengo testamentos de 1980 que son sobres cerrados, lacrados, cerrados se los exhibir y esos testamentos no se pueden abrir porque no es cuestin del notario, el tribunal tiene que citarme a mi para que yo comparezca, lo que hay que hacer es acreditar el fallecimiento de la persona y el desafo que les planteo, hay muchas personas que otorgaron testamento a esa fecha que estaban de transito y alo mejor fallecieron y hay ac apellidos tradicionales de la ciudad y yo le he dicho mire su no cuesta nada, abrmoslo para saber que se pensaba en esos tiempos, porque para abrir el testamento se requiere ser i