Derecho Internacional Privado TP 2

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     Tal como se señala en los considerandos del fallo, los agravios de la apelante (viuda del

    causante) se centran en:

    El carácter dispositivo de las normas de derecho privado argentino aplicables a la sucesión

    2. La jurisdicción de los jueces argentinos en la situación problemática, y conforme a la sentencia de la

    Cámara, configuraría un caso de foro:

    Concurrente

    Non conveniens

    3. En la sentencia transcripta, se presenta esencialmente un caso de

    Fraude a la ley

    4

    .

    En la situación problemática, el requisito de la alteración del punto de coneión para la

    con!guración del fraude se cumple adecuadamente, en cuanto que el "r# $andl

    $udó su domicilio a %ustria, intentando ocultar dic&o cambio a trav's de maniobrasfraudulentas

    5."iguiendo a prestigiosa doctrina, la Cámara sostiene que la naturalea de la noción de

    fraude a la le es la de ser:

    *na acción para que no se vean vulnerados los derec&os de terceros

    6. El derec&o coactivo eludido en el supuesto presentado es:

    El r'gimen sucesorio previsto por el Código Civil argentino

    7

    .

    El problema que se con!gura en la situación problemática, es considerado por +oldsc&midt

    como una caracterstica:

    -ositiva del tipo legal de la norma indirecta

    8

    .

    -odra a!rmarse que en este supuesto, el testamento no sera de ning.n modo reconocidocomo válido en la %rgentina, a que el mismo vulnera el orden p.blico internacional en

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    "e podra a!rmar que en el caso del "r# $andl, el elemento psicológico del fraude se &alla

    probado, en cuanto que los actos realiados (cambio de domicilio cambio de

    nacionalidad) implican:

    Una expansión espacial

    *na epansión temporal

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    .

    % los !nes de determinar el derec&o aplicable a las cuestiones de sucesión discutidas en la

    sentencia, las normas de 4erec&o 5nternacional -rivado interno emplean un punto de

    coneiónÚnico, de tipo personal

    17

    .

    En el fallo analiado, la Cámara establece que para que eista fraude a la le, debe darse

    el uso de una disposición legal con un !n distinto al previsto por el legislador al

    sancionarla# En este supuesto, dic&a disposición se re!ere a:

    La norma indirecta del Código Civil que determina la ley aplicable en materia sucesoria

    18

    .

    En la situación problemática planteada, de no &aberse podido demostrar la eistencia del

    fraude, el 0ue argentino podra &aber alegado 2a los !nes de eludir la aplicación del

    derec&o austriaco3, la ecepción de:

    6rden -.blico internacional

    19.

    En el fallo transcripto, la Cámara considera que la cantidad de bienes muebles del

    causante constitue una prueba de que:

    Eistió una simulación del cambio de domicilio

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    .

    Conforme lo establece el fallo de la Cámara, en el fraude pueden &aber actos que

    respetan el teto legal, pero que eluden su aplicación contravienen su !nalidad#

    Verdadero

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