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DERECHO CORPORATIVO

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Sesión No. 3

Nombre: Normas de Derecho Constitucional relacionadas con el

Derecho Corporativo

Objetivo

Al finalizar la sesión, los estudiantes:

Analizarán la relación de la normatividad del Derecho Corporativo con

diversas materias del derecho.

Conocerán las facultades en materia de comercio de los Poderes

Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

Contextualización

Todas las ramas del derecho tienen un

fundamento constitucional que es el que

la faculta para ser parte del sistema jurídico

mexicano, la naturaleza jurídica de cualquier

área de derecho se encuentra

principalmente en la ley suprema de nuestro

país y es de ahí que se desprenden las

facultades que cada uno de los Tres

Poderes de la Unión.

Cada uno de los Tres Poderes de la Unión tiene diversas actividades que en el

área de derecho corporativo se pueden ver en el aspecto económico y algunas

veces en el fiscal, es decir, las facultades que el poder Legislativo, el Ejecutivo y

el Judicial tengan en comercio, economía y comercio exterior serán en gran

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medida las bases de los ordenamiento que regulan la matera corporativa en

nuestro país, complementándose con la fiscal y administrativa.

Es por tal motivo que esta sesión está enfocada en analizar las facultades que

cada uno de los Tres Poderes de la Unión tienen en materia de comercio y su

vínculo con el área corporativa.

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Introducción al Tema

¿Cuáles son las facultades de los poderes ejecutivo y legislativo

relacionadas con la actividad empresarial?

¿Cuáles son las facultades de los poderes ejecutivo y legislativo

relacionadas con la actividad empresarial?

El poder judicial tiene la encomienda de aplicar el derecho a un caso concreto, por

lo que será el encargado de dirimir las controversias que se susciten entre las

empresas, ya sea de carácter civil o mercantil. Asimismo deberá conocer los

delitos que cometan las empresas o aquellos que atenten contra ellos. Otro

encargo será el de proteger a las empresas contra los abusos del Estado.

Constitución Política de los Estados 

Unidos Mexicanos

Artículo 73 fracciones IX, X y 

XXIX (Poder Legislativo)

Artículo 89 fracciones XIII y 

XV (Poder Ejecutivo) 

Ley de Comercio Exterior

Artículo 4 (Poder Ejecutivo)

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Explicación

Ubicación de la legislación del Derecho Corporativo, dentro de

las diversas ramas del derecho

¿Cómo se relaciona la normatividad del Derecho Corporativo con otras

ramas del derecho?

El Derecho Corporativo es la rama del Derecho que estudia las normas relativas

a las empresas y sus actividades; actividades empresariales que tienen como

objetivo unir en una relación organizada a los factores de producción para saber

qué cantidad de estos factores debe ser utilizada para cumplir con los ciclos

económicos.

El Derecho Corporativo en México

El Derecho Corporativo en México en ocasiones no ha sido considerado como

rama del derecho, pues se conforma de las diversas ramas del Derecho que dan

origen y regulan a las sociedades mercantiles, dándoles derecho y obligaciones,

tanto en lo interior como en lo exterior.

La realidad es que las sociedades

necesitan de la intervención de los

abogados en muchas de sus actividades

internas, ya sea para gestionar o para

cuidar de éstas o para dar la asesoría

jurídica necesaria para dar forma legal a la

empresa y sus actos.

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Legislación del Derecho Corporativo dentro de las diversas ramas del

Derecho

Como ya se mencionó, las actividades empresariales que regula el Derecho

Corporativo se basan en diversas ramas del Derecho que podemos mencionar

son las siguientes:

Derecho Mercantil.- En todo lo referente a la parte general de las

sociedades, su nacimiento y su organización interna.

o Legislación: Ley General de Sociedades Mercantiles (regula a las

Sociedades Mercantiles), Ley del Mercado de Valores (regula a las

Sociedades Anónimas Promotoras de Inversión) y Código Civil

(regula a las Sociedades Civiles que en diversos casos pueden

funcionar como mercantiles).

Derecho Civil.- En todo lo referente a los actos jurídicos de las sociedades.

o Legislación: Código Civil Federal.

Derecho de Propiedad Intelectual.- En todo lo referente a los derechos

de autor, registros de marcas, patentes, diseños industriales,

confidencialidad, modelos de utilidad, etc.

o Legislación: Ley Federal del Derecho de Autor; Ley de la Propiedad

Industrial.

Derecho Laboral.- Las relaciones con trabajadores y sindicatos.

o Legislación: Ley Federal del Trabajo.

Competencia Económica.- Todo lo referente a la regulación de las

empresas en los mercados.

o Legislación: Ley Federal de Competencia Económica.

Código de Comercio.- Todos lo relacionado con la celebración de actos

mercantiles.

o Legislación: Código de Comercio y Ley General de Títulos y

Operaciones de Crédito.

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Mercado de Valores.- Todo lo relacionado con las empresas que emiten

valores al público en general.

o Legislación: Ley del Mercado de Valores y Ley General de Títulos y

Operaciones de Crédito.

Derecho Fiscal.- Todo lo relacionado con tributación.

o Legislación: Ley del IETU, Ley del ISR, Ley del IVA, Código Fiscal

de la Federación, etc.

Derecho del Consumidor.- Todo lo relacionado con clientes finales.

o Legislación: Ley de Protección al Consumidor.

Inversión Extranjera.- Todo lo relacionado a los inversionistas extranjeros

en sociedades y las actividades que puede hacer en México.

o Legislación: Ley de Inversión Extranjera.

Derecho Penal.- Todo lo relacionado a los delitos que pueden cometer los

Administradores y/o representantes legales de las sociedades.

o Legislación: Código Penal Federal.

Ley de Concursos Mercantiles.- Todo lo relacionado a las empresas que

la Ley considera insolventes.

Legislación: Ley de Concursos Mercantiles. (Giménez, 2009, en línea)

Facultades del Poder Legislativo en materia de comercio

¿Qué implica el Poder Legislativo en materia de comercio?

Actividad del Estado:

Es el conjunto de actos materiales y jurídicos, operaciones y tareas que realiza en

virtud de las atribuciones que la legislación positiva le otorga. El otorgamiento de

dichas atribuciones obedece a la necesidad de crear jurídicamente los medios

adecuados para alcanzar los fines estatales (Fraga, 1994, p13).

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Dichas atribuciones se encuentran directamente relacionadas con las

necesidades de los particulares como individuos o como colectividad, y

comprenden el contenido de las actividades del estado, es decir, lo que el Estado

puede o debe hacer.

Funciones del Estado

“Las funciones del Estado constituyen la forma del ejercicio de las atribuciones”.

(Fraga, 1994, p.26).

Estas funciones no se diversifican porque cada una tenga diferentes propósitos,

sino porque entre ellas se complementan para realizar una misma atribución.

En el caso del Estado Mexicano estas atribuciones se diversifican en funciones

legislativas, administrativas y judiciales.

Para efectos de este tema se hablará de las facultades de cada

uno de estos poderes en materia de comercio.

Una de las principales funciones que desarrolla el Estado es la

creación de Leyes a través, precisamente, del Poder Legislativo.

El Congreso de la Unión

En nuestro país el órgano preferentemente investido de facultad legislativa es el

Congreso de la Unión. Aunque cabe mencionar que cualquier otra autoridad del

Estado o cualquiera de los otros dos poderes tiene la facultad de legislar, siempre

y cuando cumpla con los atributos de la Ley, como son la abstracción, generalidad

e imparcialidad.

El Congreso de la Unión es el organismo bicameral en que se deposita el poder

legislativo federal, o sea la función de imperio del Estado mexicano consistente

en crear normas jurídicas abstractas, generales e impersonales llamadas “leyes”

en sentido material (sic) (Burgoa, I, 2009, p.642).

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Estructura del Poder Legislativo

Esa estructura bicameral está establecida por la Constitución en su artículo 50:

“El poder legislativo de los Estados Unidos Mexicanos se deposita en un congreso

general, que se dividirá en dos Cámaras, una de diputados y otra de senadores.”

(CPEUM, 2013, p. 39).

Artículo 73 de la CPEUM

Al Congreso de la Unión, lo faculta para todas sus actividades la Carta Magna en

su artículo 73, y en materia de comercio el precepto menciona las siguientes

fracciones:

Lo anterior por el establecimiento de aranceles o de cualquier otro tipo de

impedimentos que no permita pasar las mercancías de una entidad a otra, es decir,

el libre tránsito de mercancías. Lo contrario, es decir, la aceptación de impuestos

alcabalatorios entre los estados de la Unión, conduciría a restringir el tráfico

comercial, por tanto a propiciar una economía cerrada entre las entidades

federativas en perjuicio de su propia existencia y de la vida nacional. (Introducción

al Derecho Económico, p.89).

X. Para legislar en toda la República sobre hidrocarburos, minería,

sustancias químicas, explosivos, pirotecnia, industria cinematográfica,

comercio, juegos con apuestas y sorteos, intermediación y servicios

financieros, energía eléctrica y nuclear y para expedir las leyes del trabajo

reglamentarias del artículo 123;

Esto quiere decir que en cualquiera de las materias que se mencionan en la

fracción, el poder legislativo tiene la facultad para crear la Leyes necesarias

para regular las actividades que de ellas se desprendan (…)

(…) “IX. Para impedir que en el comercio de Estado a Estado se

establezcan restricciones.”

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Facultades del Poder Ejecutivo Federal ¿Qué es la Función Ejecutiva?

Como se mencionó en párrafos anteriores, una de

las funciones del Estado es la ejecutiva, designada

de igual manera “poder ejecutivo” a través del cual

se ejerce el poder público o el imperio del Estado

mediante la actuación de un conjunto de órganos

de autoridad estructurados jerárquicamente dentro

de cuadro unitario y sistematizado (diferentes

Secretarías de las que se compone el la función

administrativa). Recordemos que esta función

siempre se lleva a cabo en conjunto con la función

legislativa y judicial.

Implica la función pública que se traduce en múltiples y diversos actos de

autoridad de carácter concreto, particular e individualizado, sin que su motivo y

finalidad estriben, respectivamente, en la preexistencia de un conflicto,

controversia o cuestión contenciosa de índole jurídica ni en la solución

correspondiente (Burgoa, 2009, p.731).

Presidente de la República

XXIX. Para establecer contribuciones:

1o. Sobre el comercio exterior (…) Con respecto a lo que se menciona en la

fracción X del artículo 73, las Leyes expedidas en materia de comercio por

el Congreso contienen las contribuciones y la forma en que se determinarán,

tanto para exportaciones como para importaciones.

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Según el artículo 80 de la Constitución Política de

los Estados Unidos Mexicanos: “Se deposita el

ejercicio del Supremo Poder Ejecutivo de la Unión

en un solo individuo, que se denominará

"Presidente de los Estados Unidos

Mexicanos." (CPEUM, 2013, p. 58).

En muchas ocasiones esto se malinterpreta y se cree que el Poder ejecutivo es el

Presidente de la República, pero no es así; como se menciona en el artículo 80

de la Constitución, el presidente es únicamente un depositario del poder, un

representante y es auxiliado por varios colaboradores, llamados también

“secretarios del despacho”, que tienen a su cargo determinada competencia,

razón de las diferentes ramas de la administración pública.

Facultades del Ejecutivo

Su función principal es ejecutar las leyes aprobadas por los órganos legislativos;

es decir, está facultado para organizar la administración pública de acuerdo con

las leyes constitucionales. Para realizar las funciones que le competen, el

presidente de la república recibe apoyo de los secretarios de Estado y de otros

funcionarios.

Son facultades del presidente de la república:

Organizar y dirigir la política y administración pública, a través de las

secretarías de Estado y otras dependencias.

Promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión.

Nombrar a los secretarios de Estado.

Dirigir la política exterior y celebrar tratados internacionales con aprobación

del Senado.

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Convocar al Congreso de la Unión a sesiones extraordinarias cuando lo

acuerde la Comisión Permanente.

Designar a los ministros de la Suprema Corte de Justicia y a los

magistrados de los tribunales federales.

Nombrar a los agentes diplomáticos y cónsules generales, con aprobación

del Senado. (Los tres poderes).

De forma específica, en materia de comercio el artículo 89 de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) es el que le otorga sus

diferentes facultades al Presidente, que como ya se dijo es el representante y

depositario del Poder ejecutivo, y entre las tantas facultades que le son otorgadas,

las fracciones que se relacionan en materia de comercio son las siguientes:

“I. Promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión,

proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia”.

La promulgación es el reconocimiento que el ejecutivo hace de la existencia de

una Ley y la orden de que se cumpla después de haber sido publicada, y ejecutar

las leyes consiste en convertir los mandamientos legislativos en realidades.

(…) “X. Dirigir la política exterior y celebrar tratados internacionales”.

Esta fracción es clara pues como dice, se le da poder de dirección al Presidente

para dirigir el comercio exterior y para celebrar tratados internacionales, los

tratados que celebre el Presidente deben someterse a la aprobación del Senado

(…) “XIII. Habilitar toda clase de puertos, establecer aduanas marítimas y

fronterizas, y designar su ubicación”.

Si no se establecieran estos puertos y

aduanas no se daría valor a la

soberanía de las entidades federativas,

pues cada una decide las mercancías

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que deja pasar y los lineamientos que

sobre las mercancías ejerce.

Facultades constitucionales del Poder Judicial

¿Qué es la Función Judicial?

El Poder Judicial es el conjunto de órganos encabezado por un tribunal supremo

–Suprema Corte de Justicia-, cuyas funciones son dirimir las controversias

derivadas de la interpretación de la ley y resolver sobre la constitucionalidad

de éstas; se integra por órganos de competencia jurisdiccional o de impartición

de justicia y por órganos de competencia constitucional, es decir, de control

constitucional (Diccionario de términos parlamentarios, 1998, pp. 750-751).

…su función primordial es preservar las garantías constitucionales y en especial,

la garantía de legalidad a través de la revisión de las sentencias definitivas de los

tribunales federales ordinarios y de los Estados. (Tovar, J. 2006, p.71).

¿Quién se encarga de la Función Judicial?

En el Título III, Capítulo IV, en su artículo 94 deposita el ejercicio del Poder Judicial

de la Federación en una Suprema Corte de Justicia, en un Tribunal Electoral, en

Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y en Juzgados de Distrito.

Funciones y Facultades del Poder Judicial

La función principal del poder Judicial consiste en la administración de justicia, es

decir, se encarga de conocer y resolver los conflictos que surgen entre los órganos

del poder público; entre el poder público y los particulares o entre los particulares.

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Los tribunales de la federación están facultados para resolver los problemas que

se produzcan por los actos u omisiones de:

Los funcionarios que violen las garantías individuales.

Las autoridades federales que limiten la soberanía de los estados.

Las autoridades de los estados que invadan la autoridad federal. (Los tres

poderes).

Las facultades que la Constitución le da al Poder Judicial en su artículo 106 son

las siguientes:

En materia de comercio, la constitución establece en su artículo 104, fracción II:

Los Tribunales de la Federación conocerán:

De todas las controversias del orden civil o mercantil que se

susciten sobre el cumplimiento y aplicación de leyes federales o de

los tratados internacionales celebrados por el Estado Mexicano. A

elección del actor y cuando sólo se afecten intereses particulares,

podrán conocer de ellas, los jueces y tribunales del orden común.

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De lo anterior podemos decir que el Poder Judicial es el encargado de interpretar

las normas que conforman el marco jurídico relacionado con el área de comercio

para así poder dirimir los conflictos que de esta actividad se desprenden.

Facultades constitucionales de las entidades federativas en

materia de comercio

¿Qué son las Entidades Federativas?

Nuestro país es una Federación, porque está compuesta precisamente de

Entidades Federativas, cada una con soberanía para gobernarse dentro de los

límites de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y así se

menciona en su artículo 40:

Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa,

democrática, laica, federal, compuesta de Estados libres y soberanos en todo

lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una federación establecida

según los principios de esta ley fundamental.

Capacidad de las Entidades Federativas

Facultades de las Entidades Federativas en materia de comercio

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La fracción IX del artículo 73 autoriza al Congreso de la Unión para impedir que el

comercio de Estado a Estado se establezca restricciones. En la fracción XXX del

mismo artículo, aunque no se hace de manera precisa, al Congreso se le permite

legislar en el ámbito federal. En cuanto a las prohibiciones que tiene los Estados

en materia de alcabalas se menciona en el artículo 117 en sus fracciones:

I. Celebrar alianza, tratado o coalición con otro Estado ni con las Potencias

extranjeras.

II. Derogada.

III. Acuñar moneda, emitir papel moneda, estampillas ni papel sellado.

IV. Gravar el tránsito de personas o cosas que atraviesen su territorio.

V. Prohibir ni gravar directa ni indirectamente la entrada a su territorio, ni la

salida de él, a ninguna mercancía nacional o extranjera.

VI. Gravar la circulación ni el consumo de efectos nacionales o extranjeros,

con impuestos o derechos cuya exención se efectúe por aduanas locales,

requiera inspección o registro de bultos o exija documentación que

acompañe la mercancía.

VII. Expedir ni mantener en vigor leyes o disposiciones fiscales que importen

diferencias de impuesto o requisitos por razón de la procedencia de

mercancías nacionales o extranjeras, ya sea que esta diferencia se

establezca respecto de la producción similar de la localidad, o ya entre

producciones semejantes de distinta procedencia.

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Conclusión

El mundo económico está regido por una serie de disposiciones normativas que

son los que dictan el accionar de la empresa, no es ésta en sí quién determina su

ámbito de acción, ya que es sólo un ente que a pesar de que ha ido ganando

mucho terreno en el mundo moderno y que es de aquí donde la producción de

bienes y servicios emanan, sigue siendo un instrumento para alcanzar los fines

de satisfacción de las necesidades de la sociedad.

Por lo mismo es de interés para el Estado y el gobierno su regulación con estricto

apego al derecho y su intermediación en las actividades que la empresa tiene, es

así que los Tres Poderes de la Unión tienen diversas facultades en el área de

comercio que es la actividad a la que están destinadas las empresas y por lo tanto

que tiene que regularse para su mejor manejo a nivel local, federal e internacional.

Entre las más importantes de estas facultades tenemos por ejemplo

Las del poder legislativo al crear normatividad específica para no

restringir el comercio de Estado a Estado, creación en las contribuciones,

etcétera;

Entre las que efectúa el poder ejecutivo, la más importante tal vez, es la

de conducción de la política exterior, sin embargo en este ámbito existen

acciones que deben ser aprobadas por el Senado, por lo tanto no es una

facultad plena del ejecutivo

Por último el poder judicial hace una gran labor al dirimir controversias

que se susciten en materia, civil, mercantil, laboral, fiscal y todas aquellas

que como vemos son parte de la actividad empresarial.

Ya se ha visto lo referente a las normas de Derecho Constitucional relacionadas

con el Derecho Corporativo, sin embargo, todavía existen aspectos por conocer,

por ejemplo:

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a. ¿Qué características tiene una empresa?

b. ¿Qué papel tiene el titular de la empresa?

c. ¿Qué persigue la empresa?

d. ¿Cómo se estratifica la empresa?

Las respuestas a las preguntas anteriores las conocerás en la siguiente sesión.

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Para aprender más

¿Cuáles son las facultades que tiene el Estado en materia de comercio

exterior?

• Corona, P. (s.f.) Las facultades de la Secretaría de Economía para regular

el comercio exterior a la luz de los dispuesto por el artículo 131

Constitucional. Instituto de Investigaciones Jurídicas. Obtenido de:

http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/posder/cont/1/cnt/cnt14.pd

f

¿Cuál es el marco jurídico constitucional en materia de comercio?

• Huerta Meriodo, R. (2005) La inconstitucionalidad de los precios estimados.

Cap. III Marco jurídico constitucional en materia de comercio. Universidad

de las Américas Puebla. Obtenido de:

http://catarina.udlap.mx/u_dl_a/tales/documentos/ledi/huerta_m_r/capitulo

3.pdf

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Actividad de Aprendizaje

Instrucciones:

¿Qué vas a hacer?

Con la finalidad de reforzar los conocimientos adquiridos a lo largo de esta sesión,

ahora tendrás que realizar una actividad en la cual a través de un mapa mental

describas los aspectos generales de las normas de Derecho Constitucional

relacionadas con el Derecho Corporativo vistos en esta sesión.

Recuerda que esta actividad te ayudará a retener los conceptos referentes los

aspectos generales de las normas de Derecho Constitucional relacionadas con el

Derecho Corporativo, los cuales son esenciales para continuar con el estudio de

la materia.

Material: Como material inicial de consulta puedes usar la lectura de la sesión,

además de aquellas publicaciones especializadas, libros, artículos, materiales

universitarios y productos que sean pertinentes.

¿Cuál es la forma de entrega?

Entrega individual. Guarda tu archivo en Word y súbelo a la plataforma.

¿Cómo serás evaluado?

En esta actividad se tomará en cuenta lo siguiente:

Criterios Valor

Referencias bibliográficas completas y pertinentes. 5 pts.

Ortografía y redacción 10 pts.

Mapa mental 70 pts.

Pertinencia y relevancia 15 pts.

Total 100 puntos

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Importante: No olvides utilizar el estándar APA para referir todas tus fuentes de

información incluidos los medios informáticos y/o electrónicos que utilices.

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Bibliografía

• Burgoa, I. (2009). Derecho Constitucional Mexicano. México: Porrúa

• Diccionario de Términos Parlamentarios (1998). México: Porrúa.

• Fraga, G. (1994). Derecho Administrativo. México: Porrúa.

• Tovar, J. (2006). El señor Magistrado. México: Porrúa.

Legislativas

• Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión (2012). Código de

Comercio. México: Diario Oficial de la Federación

• Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión (2013). Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos. México: Diario Oficial de la

Federación

Cibergrafía

• Berlín, F. (s.f.) Estructura y Servicios de Apoyo para el Trabajo Legislativo.

México: UNAM. Disponible en el sitio web:

http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/2/967/12.pdf

• Giménez, R. (2009) Derecho Corporativo Mexicano. México: Giménez &

Asociados. Disponible en el sitio web:

http://derechocorporativo.com.mx/introduccion-al-derecho-corporativo-

mexicano/derecho-corporativo-en-mexico/

• La organización política de México (s.f.) Los tres Poderes, Disponible en el

sitio web:

http://www.conevyt.org.mx/colaboracion/colabora/objetivos/libros_pdf/sso1

_u4lecc3.pdf

• Witker, J. (1999) Introducción al Derecho económico. México: McGraw

Hill/Interamericana Editores, S.AA de C.V. Disponible en el sitio web:

http://cc.bingj.com/cache.aspx?q=www.biblio.juridicas.unam.mx%2flibros

%2f4%2f1937%2f10.pdf&d=4632643105325872&mkt=es-

MX&setlang=es-MX&w=DkTYqybt5cc6rqnwmQCp7RCGz_yNF1U7