Deberes y Derechos
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ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
DERECHOS DEL CIUDADANO (A) DEL ESTADO DE BOLIVIA
DEBERES DEL CIUDADANO (A) DEL ESTADO DE BOLIVIA
Obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas;
Obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas;
Respetar y apoyar a las autoridades democráticas legítimamente constituídas para matener la independencia y la integridad nacionales
Proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano;
Contribuír al financiamineto de los gastos e inversiones del Estado dentro de conceptos de justicia y equidad.
Toda persona tiene todos los derechos y libertades, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole.
Nadie estará sometido a la esclavitud ni a servidumbre; la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes, que le ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.
Toda persona tiene derecho a circular libremente y elegir su residencia, a salir de cualquier país y a regresar a su país.
Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente. Nadie puede ser privado arbitrariamente de su propiedad.
Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente elegidos.
Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección del mismo y a la protección contra el desempleo; y a percibir igual salario por igual trabajo. Toda persona tiene derecho a formar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.
Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute de su tiempo libre, a una limitación razonable del horario laboral y a vacaciones periódicas pagadas.
Toda persona tiene derecho a la educación; ésta deberá ser gratuita y obligatoria en los ciclos elementales.
Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales
Toda persona tiene derecho a tomar parte en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico.
Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.