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COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL COPASO Y/O VIGIA

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COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL

COPASO Y/O VIGIA

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¿Qué es el COPASO?

• Es un organismo de promoción y vigilancia de las normas y reglamentos de Salud ocupacional dentro de la empresa.

• Tiene la característica de estar conformado por igual número de representantes por parte de la administración e igual número de representantes por parte de los trabajadores de allí su denominación de paritario. En función al número de trabajadores de la empresa.

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Resolución 2013 de 1986

Todas las empresas e instituciones públicas o privadas con más de 10 trabajadores están obligadas a conformar un Comité Paritario de Salud Ocupacional.

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Resolución 1016 de 1989

• Todos los empleadores públicos, oficiales,

• privados, contratistas y subcontratistas están obligados a organizar y garantizar el funcionamiento de un Programa de Salud Ocupacional.

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Resolución 614 de 1984

• Decreto. 614/84: obligatoriedad del Comité en todas las empresas, integrado por igual número de patronos y trabajadores.

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Decreto 1295 de 1994

• Nueva denominación del comité. Aumenta a 2 años el periodo de vigencia de sus integrantes. Establece la obligatoriedad de empleador de otorgar cuando menos 4 horas semanales a cada uno de sus miembros para las actividades del comité.

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Papel del COPAS o Vigía en la Empresa

AsesorVigilanciaPromociónDivulgaciónControl

Actividades – Salud Ocupacional

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Campos de aplicación

• Higiene Industrial

• Seguridad Industrial

• Medicina del Trabajo

• Medicina Preventiva

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Conformación del COPASO según Tamaño de la Empresa

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Requisitos para la Conformación del COPASO

• Acta de Constitución del COPASO

• Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial

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Estructura del COPASO

• PresidenteSecretario

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Funciones del COPASO

• Proponer medidas de salud en el trabajo

• Proponer y participar en capacitación

• Colaborar con funcionarios gubernamentales de S.O.

• Vigilar y promover el Programa de Salud Ocupacional.

• Participar en el Grupo Investigador AT

• Coordinar relación empleador trabajadores en S.O

• Elegir secretario

• Mantener archivo de actas

• Inspecciones de Seguridad

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Funciones del Presidente del COPASO

• Presidir las reuniones en forma dinámica y eficaz.

• Llevar a cabo los arreglos necesarios para determinar el lugar de las reuniones.

• Notificar por escrito a los miembros del Comité sobre las reuniones (mínimo 1 vez/mes).

• Preparar los temas a tratar.

• Tramitar ante la Gerencia las recomendaciones aprobadas en el Comité y darle a conocer todas sus actividades.

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Funciones del Secretario del COPASO

• Verificar la asistencia de los miembros del Comité a las reuniones programadas.

• Tomar nota de los temas tratados, elaborar el acta de cada reunión y someterla a discusión y aprobación del Comité.

• Llevar el archivo referente a las actividades desarrolladas por el Comité y suministrar toda la información que requieran la empresa y los trabajadores.

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Obligaciones del Empleador

• Propiciar la elección de los representantes de los trabajadores al Comité.

• Designar sus representantes al Comité.

• Designar al presidente del Comité.

• Proporcionar los medios necesarios para el normal desempeño del Comité.

• Estudiar las recomendaciones emanadas del Comité y determinar la adopción de las medidas más convenientes,

• e informarle las decisiones tomadas al respecto.

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Obligaciones de los Trabajadores

• Elegir libremente sus representantes al Comité.

• Informar al Comité las situaciones de riesgo que• se presenten y manifestar sus sugerencias para• el mejoramiento de las condiciones de Salud• Ocupacional en la empresa.

• Cumplir con las normas de Salud Ocupacional• y con los reglamentos e instrucciones ordenados• por el empleador.

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Reuniones del COPASO

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