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COMITÉ DE SEGURIDAD E HIGIENE DEL TRABAJO
1
MARCO LEGAL DEL COMITÉ
Artículo 14 del Decreto Ejecutivo 2393DE LOS COMITÉS DE SEGURIDAD E HIGIENE DEL DE LOS COMITÉS DE SEGURIDAD E HIGIENE DEL TRABAJOTRABAJO…………....El Comité es bipartito porque está conformado por representantes de los empleadores y los trabajadores y es paritario ya que tiene igual número de representantes de cada uno de ellos.
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CREACIÓN DEL COMITÉ
• En todo centro de trabajo en que laboren más de quince trabajadores deberá organizarse un Comité de Seguridad e Higiene del TrabajoComité de Seguridad e Higiene del Trabajo integrado en forma paritaria por tres representantes de los trabajadores y tres representantes de los empleadores (Art. 14, (Art. 14, numeral 1)numeral 1)
3
DIGNIDADES del COMITÉ
• De entre sus 6 miembros designarán un President@ y un Secretari@ que durarán un año en sus funciones pudiendo ser reelegidos indefinidamente.
• Si el Presidente representa al empleador, el Secretario representará a los trabajadores y viceversa.
• (Art. 14, numeral 1)(Art. 14, numeral 1)
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DIGNIDADES del COMITÉ
• Cada representante tendrá un suplente elegido de la misma forma que el titular y que será principalizado en caso de falta o impedimento de éste.
• Concluido el período para el que fueron elegidos (1 año) deberá designarse al President@ y Secretari@, quienes pueden ser reelegidos indefinidamente.
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INTEGRANTES del COMITÉ
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Los titulares del Servicio Médico de Empresa y del Departamento de Seguridad, serán componentes del Comité,
(Art. 14, numeral 5)(Art. 14, numeral 5)
SUBCOMITÉS
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(Art. 14, numeral 2)(Art. 14, numeral 2)
Las empresas que dispongan de más de un centro de trabajo, conformarán subcomités de Seguridad e Higiene a más del Comité, en cada uno de los centros que superen la cifra de diez trabajadores, sin perjuicio de nominar un comité central o coordinador.
PARA SER MIEMBROS DEL COMITÉ
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Para ser miembro del Comité se requiere:•trabajar en la empresa, •ser mayor de edad, •saber leer y escribir y •tener conocimientos básicos de seguridad e higiene industrial
(Art. 14, numeral 3)(Art. 14, numeral 3)
ELECCIÓN DE LOS MIEMBROS DEL
COMITÉ
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Los representantes de los trabajadores serán elegidos por el Comité de Empresa, donde lo hubiere; o, por las organizaciones laborales legalmente reconocidas, existentes en la empresa, en proporción al número de afiliados. Cuando no exista organización laboral en la empresa, la elección se realizará por mayoría simple de los trabajadores, con presencia del Inspector de Trabajo.
(Art. 14, numeral 4)(Art. 14, numeral 4)
ACUERDOS DEL COMITÉ
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Todos los acuerdos del Comité se adoptarán por mayoría simple y en caso de igualdad de las votaciones, se repetirá la misma hasta por dos veces más, en un plazo no mayor de ocho días.
De subsistir el empate se recurrirá a la dirimencia de los Jefes de Riesgos del Trabajo de las jurisdicciones respectivas del IESS. (Art. 14, numeral 6)(Art. 14, numeral 6)
ACTAS E INFORMES DEL COMITÉ
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Las actas de constitución del Comité serán comunicadas por escrito al Ministerio de Trabajo y Recursos Humanos y al IESS, así como al empleador y a los representantes de los trabajadores.
Igualmente se remitirá durante el mes de enero, un informe anual sobre los principales asuntos tratados en las sesiones del año anterior.
SESIONES DEL COMITÉ
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El Comité sesionará ordinariamente cada mes y extraordinariamente cuando:•ocurriere algún accidente grave•al criterio del Presidente•a petición de la mayoría de sus miembros.
Las sesiones deberán efectuarse en horas laborables (ver anexo modelo de acta de sesión)
Cuando existan Subcomités en los distintos centros de trabajo, éstos sesionarán mensualmente y el Comité Central o Coordinador bimensualmente.
FUNCIONES del COMITÉ
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a) Promover la observancia de las disposiciones sobre prevención de riegos profesionales
(Art. 14, numeral 10)(Art. 14, numeral 10)
FUNCIONES del COMITÉ
14
b) Analizar y opinar sobre el Reglamento de Seguridad e Higiene de la empresa, a tramitarse en el Ministerio de Trabajo y Recursos Humanos.
Así mismo, tendrá facultad para, de oficio o a petición de parte, sugerir o proponer reformas al Reglamento Interno de Seguridad e Higiene de la Empresa
(Art. 14, numeral 10)(Art. 14, numeral 10)
FUNCIONES del COMITÉ
15
c) Realizar la inspección general de edificios, instalaciones y equipos de los centros de trabajo, recomendando la adopción de las medidas preventivas necesarias
(Art. 14, numeral 10)(Art. 14, numeral 10)
FUNCIONES del COMITÉ
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d) Conocer los resultados de las investigaciones que realicen organismos especializados, sobre los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, que se produzcan en la empresa
(Art. 14, numeral 10)(Art. 14, numeral 10)
FUNCIONES del COMITÉ
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e) Realizar sesiones mensuales en el caso de no existir subcomités en los distintos centros de trabajo y bimensualmente en caso de tenerlos
(Art. 14, numeral 10)(Art. 14, numeral 10)
FUNCIONES del COMITÉ
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f) Cooperar y realizar campañas de prevención de riesgos y procurar que todos los trabajadores reciban una formación adecuada en dicha materia
(Art. 14, numeral 10)(Art. 14, numeral 10)
FUNCIONES del COMITÉ
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g) Analizar las condiciones de trabajo en la empresa y solicitar a sus directivos la adopción de medidas de Higiene y Seguridad en el Trabajo
(Art. 14, numeral 10)(Art. 14, numeral 10)
FUNCIONES del COMITÉ
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h) Vigilar el cumplimiento:•del Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo y •del Reglamento Interno de Seguridad e Higiene del Trabajo
(Art. 14, numeral 10)(Art. 14, numeral 10)
PUNTO DE PARTIDA
21
El punto de partida para el éxito de un Comité Paritario es el trabajo en armonía, caracterizado por una participación activa, responsable y constructiva, buscando las mejores soluciones preventivas para la realidad de la Empresa.
SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO
22
SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
23
• Comprende:
1. GESTION ADMINISTRATIVA2. GESTION TECNICA3. GESTION DEL TALENTO HUMANO
1. GESTION ADMINISTRATIVA
1.1. Política1.2. Planificación 1.3. Organización1.4. Implementación1.5. Evaluación
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1. GESTION ADMINISTRATIVA
• 1.1. POLÍTICA• Compromiso de la alta gerencia hacia la Prevención.• Cumplimiento como mínimo de la legislación vigente.• Responsabilidad y participación de toda la organización.• Asignación de RRHH, técnicos y económicos.
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1. GESTION ADMINISTRATIVA
• 1.2. PLANIFICACIÓN• Elaborar un plan con objetivos y metas.
• El plan debe tener establecidos: – procedimientos por escrito, – presupuesto, – índices de control de cumplimiento
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1. GESTION ADMINISTRATIVA
• 1.3. ORGANIZACION • Obligatoriedad de disponer en la Empresa de:
– Unidad de Seguridad e Higiene del Trabajo– Servicio Médico, Art. 16 del Decreto Ejecutivo 2393 – Comité Paritario de Seguridad e Higiene del Trabajo,
debidamente conformados y funcionando
27
28
1. GESTION ADMINISTRATIVA
• 1.4. IMPLEMENTACIONPara implementar el plan se necesita: • capacitación, • aplicación de procedimientos, • ejecución de tareas en detalle, • registro de datos.
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1. GESTION ADMINISTRATIVA
1.5. EVALUACION Y SEGUIMIENTO •Verificar:
– cumplimiento de índices de control – eliminación de las causas problema.
•Ajustar los índices hacia una mejora continua.
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2. GESTION TÉCNICA
• 2.1. VIGILANCIA DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES
Exámenes: Pre-ocupacionales, iniciales, periódicos, especiales (para hipersensibilidad y grupos vulnerables), de reintegro y retiro.
• 2.2. SEGUIMIENTO De tipo Ambiental, médico y psicológico
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2. GESTIÓN TÉCNICA
• 2.3. IDENTIFICACION OBJETIVA Diagnóstico de los factores de Riesgo. Cualitativa y Cuantitativa.• 2.4. IDENTIFICACION SUBJETIVA Probabilidad de ocurrencia en base al número de eventos en base a un tiempo determinado
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2. GESTIÓN TÉCNICA
• 2.5. MEDICIÓN DE LOS FACTORES DE RIESGOS LABORALES
Definir técnicas de medición. Definir estándares de evaluación.• 2.6. EVALUACIÓN AMBIENTAL, BIOLÓGICA Y
PSICOLÓGICA De los factores de Riesgo identificados
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2. GESTIÓN TÉCNICA
• 2.7. PRINCIPIOS DE ACCIONES PREVENTIVAS
Establecer programas de control de los factores de riesgo identificados, medidos y evaluados.
Controlar en la etapa del diseño es lo más preventivo:
fuente, transmisión, individuo. Valoraciones médico-psicológicas
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2. GESTIÓN TÉCNICA
• 2.8. VIGILANCIA DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES
Exámenes: Pre-ocupacionales, iniciales, periódicos, especiales (para hipersensibilidad y grupos vulnerables), de reintegro y retiro.
• 2.9. SEGUIMIENTO De tipo Ambiental, médico y psicológico
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2. GESTIÓN TÉCNICA
• 2.10. ACTIVIDADES PROACTIVAS-REACTIVAS BASICAS
Necesidad de la existencia de:- Programa de mantenimiento preventivo, predictivo, y
correctivo.- Programa de inspecciones planeadas.- Planes de emergencia y contingencia (incendios y
explosiones)
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2. GESTIÓN TÉCNICA
• 2.11. ACTIVIDADES PROACTIVAS-REACTIVAS BÁSICAS
- Programa de uso de equipos de protección individual EPI´s.
- Archivo con registros de 30 años de historias clínicas y protocolos de vigilancia de la salud de los trabajadores.
- Existencia de un sistema de auditorías internas.
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2. GESTIÓN TÉCNICA
• 2.12. REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Contar con el Reglamento de Seguridad y Salud aprobado por el Ministerio de Relaciones Laborales
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3. GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO
• 3.1. SELECCIÓN DE TRABAJADORES Tomando en cuenta: aptitudes, actitudes, conocimiento,
experiencia (exámenes médicos pre-ocupacionales)
• 3.2. INFORMACIÓN A NIVELES DIRECTIVOS SOBRE: • Sus responsabilidades en SST, la gestión de la
organización, factores de riesgo en los procesos productivos
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3. GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO
• 3.3. FORMACION, CAPACITACION Y ADIESTRAMIENTO
En el plan debe constar los programas sistemáticos de capacitación de los niveles directivos y trabajadores sobre los factores de riesgo a los que están expuestos
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CÓMO EJECUTAR LAS FUNCIONES DEL COMITÉ
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FUNCIONES del COMITÉ
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a) Promover la observancia de las disposiciones sobre prevención de riegos profesionales
(Art. 14, numeral 10)(Art. 14, numeral 10)
Verificación del cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo 2393
MEDIO AMBIENTE Y RIESGOS LABORALES POR FACTORES FISICOS, QUIMICOS Y BIOLÓGICOS
RIESGOS POR ARTÍCULO
Condiciones generales ambientales: ventilación, temperatura y humedad
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Calor 54
Ruidos y vibraciones 55
Iluminación 56
Iluminación artificial 57
Iluminación de socorro y emergencia 58
Microondas 59
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MEDIO AMBIENTE Y RIESGOS LABORALES POR FACTORES FISICOS, QUIMICOS Y BIOLÓGICOS
RIESGOS POR ARTÍCULO
Radiaciones infrarrojas 60
Radiaciones ultravioletas 61
Radiaciones ionizantes 62
Sustancias corrosivas, irritantes y tóxicas 63, 64 y 65
Riesgos biológicos 66
Vertidos, desechos y contaminación ambiental 67
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Observancia de las medidas de prevención
45
FUNCIONES del COMITÉ
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b) Analizar y opinar sobre el Reglamento de Seguridad e Higiene de la empresa, a tramitarse en el Ministerio de Trabajo y Recursos Humanos.
Así mismo, tendrá facultad para, de oficio o a petición de parte, sugerir o proponer reformas al Reglamento Interno de Seguridad e Higiene de la Empresa
(Art. 14, numeral 10)(Art. 14, numeral 10)
FUNCIONES del COMITÉ
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c) Realizar la inspección general de edificios, instalaciones y equipos de los centros de trabajo, recomendando la adopción de las medidas preventivas necesarias
(Art. 14, numeral 10)(Art. 14, numeral 10)
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Es una acción que localiza y controla en cada área laboral los riesgos que surgen del trabajo y que pueden causar lesiones personales y/o daños a la propiedad.
INSPECCIÓN DE SEGURIDADINSPECCIÓN DE SEGURIDAD
INSPECCIONES
DESCUBRIR RIESGOS Y/O CAUSAS DE POSIBLES ACCIDENTES
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50
Son aquellas cuya falta afecta en gran porcentaje o en forma total a la producción, a la propiedad y a la vez crea un riesgo grave para la vida de los trabajadores.
PARTES CRITICAS (Definición))
EDIFICIOS Y LOCALES
INSPECCION DE ARTÍCULO
Seguridad Estructural 21
Superficie y cubicación en los locales y puestos de trabajo
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Suelos, techos y paredes 23
Pasillos 24
Rampas provisionales 25
Escaleras 26, 27,28
Plataformas de trabajo 29
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EDIFICIOS Y LOCALES
INSPECCION DE ARTÍCULO
Aberturas en pisos 30, 31
Barandillas y rodapies 32
Puertas y salidas 33
Dormitorios 35
Viviendas 36
Comedores 37
Cocinas 38
Vestuarios 40
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EDIFICIOS Y LOCALES
INSPECCION DE ARTÍCULO
Excusados y urinarios 42
Duchas 43
Lavabos 44
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USO DE CHECK LIST
• Se denomina Check-List a la lista de comprobación que sirve para servir de guía y recordar los puntos que deben ser inspeccionados en función de los conocimientos que se tienen sobre las características y riesgos de las instalaciones.
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USO DE CHECK LIST
• Es un cuestionario de preguntas en el que se responderá SI ó NO, concretamente, según se observen o no las condiciones de seguridad. Ejemplo:
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USO DE CHECK LIST
• También poder ser una lista de comprobación de determinadas condiciones de trabajo compuesta por varios ítems que pueden contener una ó varias opciones de respuesta, según sea el caso. Ejemplo:
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EN ESTE CASO LA INSPECCION DE SEGURIDAD ESTRUCTURAL
SE REALIZARÁ A PARTIR DEL ARTÍCULO 21 DEL DECRETO EJECUTIVO 2393
Dice el artículo 21 Todos los edificios serán de construcción sólida
SI NO PELIGROAlto, medio o bajo
Numeral 1.- El edificio administrativo es de construcción sólida?
SI Bajo
Numeral 2.- Los cimientos, pisos y demás elementos de esta edificio ofrecerán resistencia suficiente para sostener con seguridad las cargas a los que serán sometidos?
SI Medio
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INSPECCIONES Están dirigidas a :
• Descubrir : condiciones y métodos inseguros de trabajo
• Analizar : por qué existen estas condiciones y métodos inseguros
• Remediar : eliminar las condiciones y métodos inseguros
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MIENTRAS REALIZA LA INSPECCIÓN
• Tome notas• No moleste a los trabajadores• Evite toda conversación• Revise todos los lugares• Sea proactivo• Busque motivos, no culpables• Prepare las recomendaciones
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60
Peligro ALTO “A”
Peligro MEDIO “M”
Peligro BAJO “B”
CÓMO CLASIFICAR EL PELIGROCÓMO CLASIFICAR EL PELIGRO
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FORMATO DE INFORME DE INSPECCIÓN
FUNCIONES del COMITÉ
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d) Conocer los resultados de las investigaciones que realicen organismos especializados, sobre los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, que se produzcan en la empresa
(Art. 14, numeral 10)(Art. 14, numeral 10)
RIESGOS DEL TRABAJO
• El artículo 353 del Código del Trabajo define “Riesgos del Trabajo:- Son las eventualidades dañosas a que está sujeto el trabajador, con ocasión o por consecuencia de su actividad.
• Para los efectos de la responsabilidad del empleador se consideran riesgos del trabajo las enfermedades profesionales y los accidentes”.
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ACCIDENTES DE TRABAJO
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Accidente de Trabajo lo define el artículo 354 del Código del Trabajo, el mismo que manifiesta: “Accidente de trabajo es todo suceso imprevisto y repentino que ocasional al trabajador una lesión corporal o perturbación funcional, con ocasión o por consecuencia del Trabajo que ejecuta por cuenta ajena”
ACCIDENTE DE TRABAJO
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ACCI DENTE:ACCI DENTE:Acontecimiento no Acontecimiento no deseado que resulta en deseado que resulta en dadañño a las personas, o a las personas, equipos, materiales, equipos, materiales, propiedades, proceso y al propiedades, proceso y al ambiente.ambiente.
PPersonasersonas
EEquiposquipos
MMaterialesateriales
AAmbientembiente
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ACCIDENTE TIPICO.
Es el que ocurre con ocasión o como consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena, es decir en el pleno cumplimiento de las actividades para las que fue contratado o consecuencia de su trabajo.
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EN TRANSITO O “IN ITINERE”
Son aquellos que suceden cuando el trabajador se desplaza DIRECTAMENTE de su lugar de trabajo a su domicilio o viceversa
CAUSA DE LOS ACCIDENTES
• Desde el punto de vista de la prevención.
• Los trabajadores causarán accidentes cuando lleva a cabo o trabajan con acciones que se ejecutan sin considerar los estándares de seguridad.
• El medio ambiente de trabajo causará accidentes cuando existen condiciones subestándares
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ACCIÓN SUBESTÁNDAR
• Es la actuación personal indebida, que se desvía de los procedimientos o metodología de trabajo aceptados como correctos, ya sean escritos o entregados en forma de instrucción verbal por la supervisión.
• Ejemplos de acciones subestándar
• 1. No respetar procedimientos de trabajo • 2. Trabajar sin autorización o no estar capacitado • 3. No usar los equipos de protección personal • 4. Hacer bromas • 5. Conducir a exceso de velocidad. • 6. Fumar en presencia de combustibles .
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CONDICIÓN SUBESTÁNDAR
• Cualquier condición del ambiente de trabajo (espacio físico, herramientas, estructuras, equipos y materiales en general) que no cumplen con los requisitos mínimos para garantizar la protección de las personas
Ejemplos de condiciones subestándar
• 1. Líneas eléctricas sin conexión a tierra • 2. Piso resbaladizo o con manchas de aceite • 3. Caminos y señalización en mal estado • 4. Equipos de levante en mal estado • 5. Correa transportadora sin protección • 6. Engranajes o poleas en movimiento
sin protección
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¿POR QUÉ SE PRODUCEN ACCIDENTES?
1.- El trabajador desconoce la forma correcta de hacer las cosas.
2.- No se corrigen las deficiencias
3.- No se inspeccionan ni evalúan las condiciones de trabajo y se subestima el riesgo.
4.- Alguien sin la autorización o sin experiencia decidió seguir adelante a pesar de la deficiencia.
5.- Alguien con autoridad decidió que el costo para corregir la deficiencia, era muy alto.
6.- Alguien con autoridad no escuchó al trabajador cuando informó la deficiencia.
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NO ES ACCIDENTENO ES ACCIDENTE• El Art.175 del Estatuto codificado del IESS dice: “No se El Art.175 del Estatuto codificado del IESS dice: “No se consideran accidentes de trabajo los que ocurrieren como consideran accidentes de trabajo los que ocurrieren como consecuencia de las siguientes causas: consecuencia de las siguientes causas:
a) Si se hallare el afiliado en estado de embriaguez o bajo a) Si se hallare el afiliado en estado de embriaguez o bajo la acción de cualquier tóxico, droga o sustancia la acción de cualquier tóxico, droga o sustancia psicotrópica; psicotrópica; b) Si el afiliado intencionalmente, por si o valiéndose de b) Si el afiliado intencionalmente, por si o valiéndose de otra persona causare la incapacidad; otra persona causare la incapacidad;
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NO ES ACCIDENTENO ES ACCIDENTE• El Art.175 del Estatuto codificado del IESS dice: “No se El Art.175 del Estatuto codificado del IESS dice: “No se consideran accidentes de trabajo los que ocurrieren como consideran accidentes de trabajo los que ocurrieren como consecuencia de las siguientes causas: consecuencia de las siguientes causas:
c) Si el accidente es el resultado de alguna riña, juego o c) Si el accidente es el resultado de alguna riña, juego o intento de suicidio; salvo el caso de que el accidentado sea intento de suicidio; salvo el caso de que el accidentado sea sujeto pasivo en el juego o la riña, y que se encuentre en sujeto pasivo en el juego o la riña, y que se encuentre en cumplimiento de sus actividades laborales. cumplimiento de sus actividades laborales. d) Si el siniestro fuere resultado de un delito por el que d) Si el siniestro fuere resultado de un delito por el que hubiere sentencia condenatoria contra el asegurado; hubiere sentencia condenatoria contra el asegurado; e) Cuando se debiere a fuerzo mayor como define el e) Cuando se debiere a fuerzo mayor como define el Código Civil extraña al trabajo, entendiéndose como tal la Código Civil extraña al trabajo, entendiéndose como tal la que no guarde ninguna relación con el ejercicio de la que no guarde ninguna relación con el ejercicio de la actividad laboral”actividad laboral”
• ENFERMEDADES PROFESIONALES
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ENFERMEDADES PROFESIONALES
Art. 355 del Código del Trabajo.- son las afecciones agudas o crónicas causadas de una manera directa por el ejercicio de la profesión o labor que realiza el trabajador y que producen incapacidad.
75
ENFERMEDADES PROFESIONALES
• Estatuto Codificado del IESS: “Art. 177.-
• Son las afecciones agudas o crónicas causadas de una manera directa por el ejercicio de la profesión o trabajo que realiza el asegurado y que producen incapacidad.
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ENFERMEDADES PROFESIONALES
• Art. 369 CÓDIGO DEL TRABAJO Clasificación
• 1. ENFERMEDADES INFECCIOSAS Y PARASITARIAS:
• Carbunco, Muermo, Anquilostomiasis, Actinomicosis, Lleishmaniosis, Sífilis, Antracosis, Tétanos, Silicosis, Tuberculosis, Siderosis, Tabacosis, Otras Coniosis, Dermatosis, Dermatosis causadas por agentes físicos: calor, frío, otras dermitis, influencia de otros agentes físicos en la producción de enfermedades: humedad, aire comprimido y confinado, Fiebre tifoidea, tifus exantemático, viruela, peste bubónica, fiebre amarilla y difteria
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ENFERMEDADES PROFESIONALES
• Art. 369 CÓDIGO DEL TRABAJO Clasificación
2. ENFERMEDADES DE LA VISTA Y EL OÍDO
• Oftalmía eléctrica, otras oftalmías, esclerosis del oído medio
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ENFERMEDADES PROFESIONALES
• Art. 369 CÓDIGO DEL TRABAJO Clasificación
• 3. OTRAS AFECCIONESHigroma de la rodilla, calambres
profesionales, deformaciones profesionales, amoníaco, ácido fluorhídrico, vapores clorosos, anhídrido sulfuroso, óxido de carbono, ácido carbónico, arsénico, plomo, mercurio, hidrógeno sulfurado, vapores nitrosos, sulfuro de carbono, ácido cianhídrico, esencias colorantes, hidrocarburos, carburo de hidrógeno, cromatos y bicromatos alcalinos, cáncer epitelial
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INCAPACIDAD PERMANENTE Y ABSOLUTA• Art. 366.-.- Producen incapacidad
permanente y absoluta para todo trabajo las lesiones siguientes:
• 1a.-La pérdida total, o en sus partes esenciales, de las extremidades superiores o inferiores; de una extremidad superior y otra inferior o de la extremidad superior derecha en su totalidad.
• Son partes esenciales la mano y el pie;
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INCAPACIDAD PERMANENTE Y ABSOLUTA
• Art. 366.-.- Producen incapacidad permanente y absoluta para todo trabajo las lesiones siguientes:
• 2a.- La pérdida de movimientos, equivalentes a la mutilación de la extremidad o extremidades en las mismas condiciones indicadas en el numeral anterior:
81
INCAPACIDAD PERMANENTE Y ABSOLUTA• Art. 366.-.- Producen incapacidad
permanente y absoluta para todo trabajo las lesiones siguientes:
• 2a.- La pérdida de movimientos, equivalentes a la mutilación de la extremidad o extremidades en las mismas condiciones indicadas en el numeral anterior:
82
INCAPACIDAD PERMANENTE Y ABSOLUTA• Art. 366.-.- Producen incapacidad permanente
y absoluta para todo trabajo las lesiones siguientes:
• 3ª.- La pérdida de la visión de ambos ojos, entendida como anulación del órgano o pérdida total de la fuerza visual
• 4ª.- La pérdida de un ojo, siempre que el otro no tenga acuidad visual mayor del cincuenta por ciento después de corrección por lentes:
• 5ª.- La disminución de la visión en un setenta y cinco por ciento de lo normal en ambos ojos, después de corrección por lentes;
83
INCAPACIDAD PERMANENTE Y ABSOLUTA• Art. 366.-.- Producen incapacidad permanente
y absoluta para todo trabajo las lesiones siguientes:
• 6ª.- La enajenación mental incurable• 7ª.- Las lesiones orgánicas o funcionales de los
sistemas cardiovascular, digestivo, respiratorio, etc., ocasionadas por la acción mecánica de accidentes o por alteraciones bioquímicas fisiológicas motivadas por el trabajo, que fueren declaradas incurables y que, por su gravedad, impidan al trabajador dedicarse en absoluto a cualquier trabajo
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INCAPACIDAD PERMANENTE Y ABSOLUTA• Art. 366.-.- Producen incapacidad permanente
y absoluta para todo trabajo las lesiones siguientes:
• 8ª.-La epilepsia traumática, cuando la frecuencia de la crisis y otros fenómenos no permitan al paciente desempeñar ningún trabajo, incapacitándole permanentemente.
85
INCAPACIDAD TEMPORAL
• Art. 368.- Incapacidad temporal.- • Ocasiona incapacidad temporal toda
lesión curada dentro del plazo de un año de producida y que deja al trabajador capacitado para su trabajo habitual.
86
FUNCIONES del COMITÉ
87
e) Realizar sesiones mensuales en el caso de no existir subcomités en los distintos centros de trabajo y bimensualmente en caso de tenerlos
(Art. 14, numeral 10)(Art. 14, numeral 10)
Ver anexo formato para actas de sesiones de Comité.
FUNCIONES del COMITÉ
88
f) Cooperar y realizar campañas de prevención de riesgos y procurar que todos los trabajadores reciban una formación adecuada en dicha materia
(Art. 14, numeral 10)(Art. 14, numeral 10)
CAMPAÑAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS
89
Se pueden organizar actividades tales como:•Cursos de formación, conferencias o talleres sobre liderazgo en prevención, participación de trabajadores, cultura preventiva, etc.•Concursos de carteles, •Exhibición de películas o fotografías;•Concienciación en prevención de riesgos laborales•Pausas activas
CAMPAÑAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS
90
Video Campañas de Prevención de Riesgos Laborales 6’27’’
91
CHARLAS
92
EXPOSICIONES
93
CAPACITACIONES
94
DEMOSTRACIONES
95
PAUSAS ACTIVAS
FUNCIONES del COMITÉ
96
g) Analizar las condiciones de trabajo en la empresa y solicitar a sus directivos la adopción de medidas de Higiene y Seguridad en el Trabajo
(Art. 14, numeral 10)(Art. 14, numeral 10)
Ver anexo los MANDATOS LEGALES EN SEGURIDAD Y SALUD acordes al tamaño de la Empresa
ANÁLISIS DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO
97
FUNCIONES del COMITÉ
98
h) Vigilar el cumplimiento:•del Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo y •del Reglamento Interno de Seguridad e Higiene del Trabajo
(Art. 14, numeral 10)(Art. 14, numeral 10)
El decálogo del Líder en cuestiones de Seguridad.
99
1.- CONDUCTA PERSONAL: Actuar dentro y fuera del lugar de trabajo de una forma que refleje su
preocupación por su Seguridad, le de sus subordinados y por la de los demás.
No cruce barreras de Seguridad sin permiso, no se aparte de los pasos indicados, ceda el paso a los equipos móviles, etc. (Cumpla RIGUROSAMENTE con todas las Normas de Seguridad).
100
• 2.- NO IGNORE LO QUE OBSERVA: El hecho de ignorar algo sin hacer ningún comentario equivale a perdonar, cuando contemple Actos Inseguros, Condiciones Peligrosas o ambas en el lugar de trabajo, DEBE ADOPTAR MEDIDAS QUE DEMUESTREN SU PREOCUPACIÓN y corregir la situación.
101
• 3.- ROPA DE TRABAJO Y EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL (EPI´S): Lleve la ropa de trabajo obligatoria y los EPI´s establecidos y tenga otro conjunto preparado para el caso de entornos cambiantes y riesgos especiales como pueden ser las situaciones de Emergencias.
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• 4.- DISCUTA Y DEBATA SOBRE SEGURIDAD: La Seguridad debe ser UN TEMA ESENCIAL DE CONVERSACIÓN cuando surja la oportunidad. Por teléfono, en el pasillo y también fuera del lugar de Trabajo. Demuestre su interés por los problemas de Seguridad de los que trabajan para Ud.. y con Ud.. Pregunte como puede ayudar y que apoyo puede y le pueden prestar.
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• 5.- MUESTRE ENTUSIASMO POR LA SEGURIDAD: Este engendra entusiasmo, El desinterés por la Seguridad destruirá todo el esfuerzo global de la Compañía en materia de Seguridad. El interés mantendrá el "Statu quo". El ENTUSIASMO engendrará entusiasmo en los demás, conduciendo a niveles crecientes de logros en materia de Seguridad.
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• 6.- IGUAL PRIORIDAD PARA LA SEGURIDAD: Debe asignarse a la Seguridad la misma prioridad que a otros valores empresariales importantes.
Operaciones, Calidad, Mantenimiento, los costes y las relaciones laborales no deben poner en peligro la situación de Seguridad
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• 7.- MEJORE SUS CONOCIMIENTOS EN SEGURIDAD: Aproveche cualquier oportunidad para ampliar su comprensión y sus conocimientos sobre Seguridad. OBSERVE, PREGUNTE, ESCUCHE Y LEA. Un poderoso factor de motivación es poder mostrar un auténtico interés fundado en los conocimientos en la Materia de Seguridad y Salud laboral
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• 8.- REALICE OBSERVACIONES PLANEADAS DE TAREAS: Hagan SISTEMÁTICAMENTE Observaciones planeadas de Trabajo (Inspecciones y Muestreos) con los trabajadores encargados de realizar las Tareas.
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• 9.- CORRIJA LAS DEFICIENCIAS IDENTIFICADAS: El cambio de comportamiento en materia de Seguridad puede lograrse a través de la formación continuada, la motivación o, si procede, mediante el uso de medidas disciplinarias puntuales y equitativas. Dedique tiempo a conocer a sus subordinados y muestre interés por sus habilidades y por su desarrollo profesional.
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• 10.- Eleve los niveles de Seguridad fomentando la participación de todos los empleados. A través de un proceso continuo de Inspecciones, Muestreos y Auditorias, corrección, motivación y PARTICIPACIÓN DE TODOS LOS TRABAJADORES, se logra poner en práctica el proceso de consecución y mantenimiento de niveles elevados de seguridad en el lugar de trabajo y en definitiva en nuestra Compañía
109