Comite especial

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FUNCIONARIOS Y DEPENDENCIAS RESPONSABLES

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FUNCIONARIOS Y DEPENDENCIAS

RESPONSABLES

Estructura de Responsabilidades

Cada Entidad Establecerá:

1. El Órgano u Órgano Responsables de Programar, Preparar,Ejecutar y Supervisar los Procesos de Contratación hasta suculminación.

2. Señalando en sus ROFs u otros instrumentos deOrganización las actividades que competen a cadafuncionario.

Con la finalidad:

De establecer las Responsabilidades que les son inherentes.

1. Titular de la Entidad

2. Área usuaria

3. Órgano encargado de las contrataciones

4. Comité Especial

Funcionarios y órganos encargados

de las contrataciones

TITULAR DE LA ENTIDAD

• Es la más alta autoridad ejecutiva de la Entidad.

• Aprueba, autoriza y supervisa los procesos decontrataciones.

Ejemplos:

Ministerios: Ministro

Poder Judicial: Presidente

Empresas del Estado: Gerente General

Gobierno Regional: Presidente.

Gobierno Local: Alcalde.

Delegación

La delegación debe recaer sobre el funcionario odependencia que tiene relación con las Contrataciones delEstado.

El Titular de la Entidad no puede delegar:

. Autorización de exoneraciones.

. Declaración de nulidad de oficio.

. Aprobación de prestaciones adicionales de obra.

. Emisión de pronunciamientos sobre las observaciones a las Bases Administrativas.

. Decisión de encargar procesos a entidad privada nacional o internacional

ÁREA USUARIA - OEC

OEC

Definición:

C.T.

Características Técnicas

V.R.

Valor referencial

Determinación del tipo

de proceso de selección:

LP, CP, ADP, ADS,

AMC.Responsable del Fraccionamiento: No se debe dividir

una contratación para dar lugar al cambio del tipo de proceso

de selección.

NECESIDAD

Consolidar en el PAC

Área Usuaria:

Realiza el requerimiento (determina necesidades, características técnicas y la

cantidad de lo que se va a adquirir o contratar)

Estudios de las posibilidades que

ofrece el Mercado

Funcionarios y/o Servidores del OEC

• Deberán ser profesionales y/o técnicos debidamente certificados.

• Requisitos:

- Capacitación técnica en contrataciones públicas o gestión logística: no < 80 horas lectivas

- Experiencia laboral general: no < a 3 años

- Experiencia laboral en materia de contrataciones públicas o en logística privada: no <1 año

¿Hay sanción para los operadores?

• Amonestación escrita.

• Suspensión sin goce de remuneraciones de treinta a

noventa días.

• Cese temporal hasta doce meses.

• Destitución.

• Según régimen laboral o contractual.

EL COMITÉ ESPECIAL

DESIGNACIÓN

• A través del funcionario competente:

según niveles de competencia

• Se realiza:

– Por escrito

– En función a las personas

¿Existe jerarquía entre los miembros delcomité?

TIPOS DE COMITÉ ESPECIAL

• Comité Especial (ad hoc): Para cada proceso deselección, se da en cualquier tipo de proceso, salvomenor cuantía (opcional).

• Comité Especial Permanente: Para varios procesosde selección; solo está permitido en lasAdjudicaciones Directas y las Menores Cuantías.

Tres miembros: uno del área usuaria y otro del OEC. Por lo menos 01 debe conocer técnicamente el objeto de la contratación.

La designación debe cuidar que exista correspondencia entre cada miembro titular y su suplente.

COMITÉ ESPECIAL

En la conformación del Comité Especial Permanente sólo será exigible que 01 sea representante del OEC.

Debe instalarse al día siguiente de la designación, notificada junto con el Expediente de Contratación.

COMITÉ ESPECIAL

No Pueden ser miembros de

Comité Especial:

• Titular de la Entidad

• Funcionarios: Control y fiscalización

• Funcionarios que aprobaron el expediente, Bases,

Comité Especial

• Funcionarios, servidores o expertos independientes

sancionados.

¿Cuándo no es necesario conformar Comité

Especial?

• En los procesos de menor cuantía (opcional).

• En las contrataciones exoneradas.

Principios que inspiran la actuación del Comité

Especial

• Colegialidad

• Especialidad

• Solidaridad

• Autonomía

• Confidencialidad

Formalización y Actuación

• Documentos que debe entregarse conjuntamente con la designación:

Expediente de la Contratación

Toda información técnica y económica

• Apoyo de las dependencias o áreas de la Entidad

¿implicará traspaso de responsabilidad?

• Instalación al día siguiente de designación

¿Se podrá elaborar las bases de una LP o CP en un solo día? ¿Es válido?

•Intervención de miembros suplentes:

Si el titular está ausente, su suplente lo reemplazará,respetándose la conformación.

Entidad evaluará motivo de ausencia, sin impedirparticipación de su suplente.

El miembro titular reemplazado, podrá reincorporarseal comité como miembro suplente, previa autorizaciónposterior a la evaluación señalada.

COMITÉ ESPECIAL

• Comité Especial:

1. Si duda sobre exactitud de un documento, informará a la OEC

para la inmediata fiscalización posterior.

2. No suspenderá el proceso. Comunicará, en su caso, al Tribunal

de Contrataciones del Estado.

3. Hay responsabilidad solidaria por cualquier irregularidad

imputable por dolo, negligencia o culpa inexcusable.

COMITÉ ESPECIAL

¿Cómo se toman las decisiones?

Para procesos en general

• Para Sesionar: Todos

• Para Adoptar Acuerdos:

– Unanimidad

– Mayoría

Nota: Los actos deberán figurar en actas suscritas, con

las votaciones y la fundamentación de los votos en

contra.

Causales de Remoción

• Caso Fortuito o Fuerza Mayor

• Cese en el servicio declarado con documento

motivado

Competencias del Comité Especial

• Elaborar las Bases

• Convocar al proceso

• Absolver Consultas y Observaciones

• Evaluar propuestas

• Otorgar la Buena Pro

• Declarar desierto el proceso

• Consultar o proponer las modificaciones de características técnicas o del valor referencial

• Otros actos necesarios

El Comité Especial no tiene competencia

directa para modificar:

• Cantidad, plano o dimensión de bien, serviciou obra.

• Características y especificaciones

• Valor referencial

• Financiamiento

• Tipo de proceso

¿Cuándo termina la función del Comité

Especial?

• Con la Buena Pro consentida

• Cancelación del proceso

¿En el supuesto previsto en el art. 148, numeral 2) del

Reglamento, declarado desierto el proceso, quién debe efectuar

la nueva convocatoria?