Comite Empresa APA

7
DERECHO LABORAL 1 COMITÉ DE EMPRESA Cabrera V, Cueva I, Mancheno C, Peñaloza X, Zhunio L. Universidad Politécnica Salesiana

description

COMITE EMPRESA APA

Transcript of Comite Empresa APA

APA 6th Edition Style Template

DERECHO LABORAL2

COMIT DE EMPRESACabrera V, Cueva I, Mancheno C, Pealoza X, Zhunio L.Universidad Politcnica Salesiana

ResumenEl Comit de Empresa es un rgano paritario y colegiado de participacin adscrito a la consulta regular y peridica de las actuaciones de laempresaen materia laboral, tambin perteneciente a un rgano representativo del grupo de trabajadores en defensa de sus derechos bsicos y sus intereses, el documento recibir la informacin del cdigo de trabajo del Ecuador dentro del Ttulo V De las asociaciones de Trabajadores y de los conflictos colectivos, Captulo I-De las asociaciones de Trabajadores, Pargrafo 2do.-Del Comit de empresa, desde el artculo 459 al 466, para su posterior anlisis.

EL COMIT DE EMPRESACdigo de TrabajoTtulo VDe las Asociaciones de Trabajadores y de los conflictos colectivosPargrafo 2doDel comit de empresa (Art 459-Art 466)Art 459_Constitucin del comit de empresa_ En toda empresa que cuente con treinta trabajadores o ms, podr organizarse un comit de empresa, observndose las normas siguientes:1_Para que se considere constituido el comit de empresa es necesario que participen en la junta constituyente el nmero de trabajadores sealado en el artculo 452 de este Cdigo; DetalleArt 452_Prohibicin de desahucio y de despido_ Salvo los casos del artculo 172, el empleador no podr desahuciar a ninguno de sus trabajadores, desde el momento en que stos notifiquen al respectivo inspector del trabajo que se han reunido en asamblea general para constituir un sindicato 2_Los estatutos del comit sern sometidos a la aprobacin del Ministerio de Trabajo y Empleo, y posteriormente registrados en la Direccin Regional del Trabajo; Detalle3_La directiva del comit se integrar por representantes de las diversas ramas de trabajo que existan en la empresa; Detalle4_Los miembros de la directiva han de ser afiliados a la asociacin de su correspondiente rama de trabajo, ecuatorianos y mayores de edad; y, Detalle5_Son aplicables al comit de empresa las prescripciones de los artculos 447 y 456 de este Cdigo, excepto la contenida en el numeral 5ro. del Art. 447 de este Cdigo. DetalleArt 447_Contenido de los estatutos_ Los estatutos debern contener disposiciones relativas a las siguientes materias: 1. Denominacin social y domicilio de la asociacin profesional o sindicato; 2. Representacin legal del mismo; 3. Forma de organizar la directiva, con determinacin del nmero, denominacin, perodo, deberes y atribuciones de sus miembros, requisitos para ser elegidos, causales y procedimientos de remocin; 4. Obligaciones y derechos de los afiliados.Art 456_Registro en la Direccin Regional del Trabajo_ Aprobados los estatutos, se anotar el nombre y caractersticas de la asociacin en el correspondiente registro de la respectiva Direccin Regional del Trabajo. Art 460_Derecho a integrar el comit de empresa_ Tendrn derecho a formar parte del comit de empresa todos los trabajadores de la misma, sin distincin alguna, sujetndose a los respectivos estatutos.Art 461_Funciones del comit de empresa_ Las funciones del comit de empresa son:1. Celebrar contratos colectivos; Detalle2. Intervenir en los conflictos colectivos de trabajo; Detalle3. Resolver, de conformidad con los estatutos, los incidentes o conflictos internos que se susciten entre los miembros del comit, la directiva y la asamblea general; Detalle4. Defender los derechos de clase, especialmente cuando se trate de sus afiliados; Detalle5. Propender al mejoramiento econmico y social de sus afiliados; y, Detalle6. Representar a los afiliados, por medio de su personero legal, judicial o extrajudicialmente, en asuntos que les interese, cuando no prefieran reclamar sus derechos por s mismos. DetalleArt 462_ Obligaciones de la directiva del comit de empresa._ Son obligaciones de la directiva del comit de empresa:1. Estudiar y formular las bases de los contratos colectivos que fuere a celebrar el comit.Estos contratos debern ser aprobados por el comit en asamblea general;2. Suscribir los contratos colectivos aprobados, sujetndose a las formalidades que prescriban los respectivos estatutos;3. Vigilar el cumplimiento de los contratos colectivos que obliguen a los miembros del comit, debiendo sancionar, de acuerdo con los estatutos, a los trabajadores remisos;4. Vigilar que el empleador no infrinja los contratos colectivos;5. Controlar los fondos del comit y responder de su inversin; y,6. Cumplir con las instrucciones del comit de empresa, al que rendir cuenta de sus actuaciones, peridicamente.Art 463_Remocin de la directiva_ La directiva podr ser removida, total o parcialmente, por decisin de la asamblea general del comit.Art 464_No es causa de disolucin del comit de empresa.- No es causa de disolucin del comit de empresa el hecho de que, ya constituido, el nmero de sus miembros llegue a ser inferior al fijado en el primer inciso del artculo 459 de este Cdigo.Art 465_Declaratoria de disolucin_ Tampoco ser causa de disolucin del comit de empresa el que sus miembros queden reducidos a menos del cincuenta por ciento del total de trabajadores de la empresa, sea cual fuere la causa de la reduccin, salvo que su nmero llegue a ser inferior al veinticinco por ciento del total.Art 466_No son causas para la desaparicin del comit de empresa_ Los actos o contratos del empleador que fraccionen la empresa o negocio no acarrearn la desaparicin del comit, aunque a consecuencia del acto o contrato los trabajadores tengan que dividirse en grupos cuyo nmero sea inferior a treinta.En cuanto a las relaciones de los trabajadores, individualmente considerados, con el empleador anterior y con el empleador que les correspondiere por la subdivisin de la empresa, se sujetarn a las reglas generales.

Referencias

Congreso, N. E. (2012). Cdigo de Trabajo. Septiembre 26, 2012, de EcuadorOnlineLegal Sitio web: www.EcuadorLegalOnline.com_CODIGO_DE_TRABAJO_2013.pdf