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COLEGIO DIEGO PORTALES

ALTO HOSPICIO

Reglamento de Convivencia

Escolar

2018

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INDICE

ACTA DE TOMA DE CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN .................................................................... 3

INTRODUCCIÓN .......................................................................................................................................... 4

TÍTULO I: DEL ALUMNO Y SUS DEBERES. ......................................................................................... 5

TÍTULO II: DE LA ASISTENCIA. .............................................................................................................. 8

TÍTULO III: DE LA PUNTUALIDAD. ......................................................................................................... 9

TÍTULO IV: DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL ............................................................................... 9

TITULO V UNIDAD DE SANA CONVIVENCIA ESCOLAR. .............................................................. 12

TÍTULO VI: DE LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS ........................................................................ 14

TÍTULO VII: DE LAS FALTAS Y SU GRADUACIÓN .......................................................................... 15

TÍTULO VIII: DE LA OBLIGACIÓN DE DENUNCIAR DELITOS ...................................................... 22

TÍTULO IX: DE LAS ACTIVIDADES DEL COLEGIO .......................................................................... 22

TÍTULO X: DEL RECONOCIMIENTO .................................................................................................... 22

TÍTULO XI: DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES Y APODERADOS ............................... 23

TITULO XII: DE LA ACTUALIZACIÓN, DIFUSIÓN Y ENTREGA DEL MANUAL DE

CONVIVENCIA ........................................................................................................................................... 24

TITULO XIII: SITUACIONES ESPECIALES ......................................................................................... 25

ANEXOS: PROTOCOLOS ....................................................................................................................... 27

PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN ANTE ACCIDENTES ESCOLARES ................................. 27

PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN ANTE SITUACIONES DE VIOLENCIA ESCOLAR ....... 28

PROTOCOLO DE ACTUACION ANTE VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO,

NIÑA O ADOLESCENTE ................................................................................................................... 32

PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN BASADO EN LEY DE DROGAS N° 20.000 .................... 36

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ACTA DE TOMA DE CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN

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INTRODUCCIÓN

El presente documento contiene los lineamientos constituyentes de un marco ordenado y regulatorio de las

conductas y comportamientos que observa la convivencia escolar dentro de la comunidad educativa Colegio Diego

Portales. Dada la finalidad educativa de nuestra institución, este Reglamento de Convivencia Escolar, es elaborado

y actualizado a partir de un enfoque totalmente formativo. Por lo tanto promueve vivenciar principios y valores que

favorezcan una sana convivencia escolar entre todos los integrantes de la comunidad educativa.

VISIÓN

El Colegio Diego Portales, se proyecta como una institución educativa, la cual propiciará las condiciones para que

sus alumnos y alumnas reciban una educación y formación inclusiva, en la que adquieran aprendizajes de calidad,

mediante el descubrimiento y desarrollo de sus competencias, propiciando una continuidad de sus estudios

superiores, basada en una formación disciplinaria, intelectual y valórica, y/o su inserción en el mundo laboral, que

les permita enfrentar con éxitos los desafíos que la sociedad impone, favoreciendo con ello la movilidad social de

nuestros educandos.

MISIÓN

Ejecutar una Gestión Institucional que permita entregar una sólida formación humanista científica y técnico

profesional, tanto en el plano académico como en el desarrollo personal de los alumnos y alumnas. a través de la

articulación de los diferentes estamentos y niveles educativos, donde todos los actores del proceso mantengan un

rol activo, comprometido, creativo y reflexivo, generando en sus alumnos y alumnas el desarrollo de su máximo

potencial con el fin de canalizar la mejor alternativa tanto en la prosecución de estudios superiores o la inserción

en el mundo laboral contribuyendo desde allí en la forma participativa y responsable en la construcción de una

sociedad más justa y democrática en un contexto de respeto a la dignidad humana a su entorno.

VALORES INSTITUCIONALES: Responsabilidad y Confianza

Hemos notar que es deber de nuestros alumnos y nuestras alumnas, Padres, Madres y Apoderados, Docentes y

Asistentes de la Educación, Equipo Directivo y Sostenedor conocer y a sumir el compromiso en el cumplimiento y

aplicación de este Reglamento. Finalmente, las disposiciones del Reglamento de Convivencia del Colegio Diego

Portales prevalecerán por sobre las disposiciones reglamentarias externas, cuando éstas por su aplicabilidad no

correspondan a la realidad del establecimiento, siempre que la legislación vigente así lo permita.

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TÍTULO I: DEL ALUMNO Y SUS DEBERES.

ARTÍCULO 1°

DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS YALUMNAS.

DERECHOS

Todos los alumnos y alumnas de nuestro establecimiento tendrán derecho a:

1.1. Ser respetado en su calidad de persona; sin importar la raza, género, etnia, nacionalidad, condición social, religiosa y sexual.

1.2. A conocer al inicio del período escolar:

a) Manual de convivencia (firmar toma de conocimiento)

b) Calendario del Año Escolar

c) Reglamento de Evaluación y promoción

d) Calendario de Evaluaciones por Semestre o Período

1.3. Ser llamado por su nombre.

1.4. Ser respetados en su ritmo de aprendizaje.

1.5. Ser educado, con la posibilidad de desarrollar y potenciar sus múltiples capacidades.

1.6. Ser respondidas sus preguntas y dudas y ser escuchado en sus opiniones y comentarios en lo que se relaciona con los proceso de Enseñanza Aprendizaje y demás.

1.7. Disponer de sus recreos.

1.8. Ser informado sobre la forma y la fecha de sus evaluaciones, y hacer valer el derecho a que los resultados de éstas les sean entregados la clase subsiguiente a la evaluación.

1.9. Revisar sus pruebas, puntuación y notas obtenidas.

1.10. Dialogar con las autoridades del Colegio.

1.11. Organizarse, elegir y ser elegido democráticamente, en lo relativo a los organismos que le son propios.

1.12. Participar en las actividades extra programáticas, programación y celebración de aniversario, actos cívicos, en actividades de asignaturas y planes diferenciados

1.13. Usar la Biblioteca.

1.14. Recibir atención primaria de salud cuando sea necesario.

1.15. Ser atendido por los profesionales de apoyo con que cuente el colegio: Asistente Social, Psicólogo)

1.16. Recibir una educación de calidad

1.17. Participar a través de su representantes electos y cuando proceda en asuntos relativos a la gestión del establecimiento en las comisiones u organismos propios del Colegio.

1.18. Presentar reclamo por conductas contrarias a la sana convivencia escolar, en forma verbal o escrita ante cualquier autoridad del establecimiento, debiendo este, resguardando la identidad del reclamante

DEBERES

Todos los alumnos y alumnas del Colegio, no sólo deben cumplir las normas o conductas contenidas o reguladas por este Reglamento, sino que además, todas aquellas que correspondan a la calidad de alumno de un establecimiento educacional, las exigibles conforme a normas morales, de trato social, de orden público y en general todas aquellas que las buenas costumbres hagan aplicables a las relaciones personales y sociales, todo ello, orientado al desarrollo personal de los alumnos.

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1.19. Respetar la integridad moral y física de todos y cada uno de los miembros que conforman la comunidad educativa.

1.20. Asistir diariamente a clases cumpliendo puntualmente con los horarios y responsabilidades establecidas.

1.21. Respetar a las autoridades, profesores, grupos de pares, y todos los miembros de la comunidad escolar, tanto dentro como fuera del establecimiento.

1.22. Respetar a sus compañeros y compañeras, tratándolos de manera cordial y deferente, evitando todo tipo de discriminación por: género, etnia, condición social, y/o credo religioso.

1.23. Conocer y respetar el Proyecto Educativo del establecimiento aportando responsablemente al cumplimiento de los objetivos de éste, como así mismo conocer las disposiciones y normas de convivencia del establecimiento, velando por su cumplimiento.

1.24. Tener un trato cortés y un lenguaje respetuoso en su comunicación con los miembros de la comunidad educativa.

1.25. Velar permanentemente por el prestigio del establecimiento actuando con responsabilidad en situaciones en que represente de manera oficial y no oficial al establecimiento.

1.26. Portar diariamente la libreta de comunicaciones del establecimiento, manteniéndola en buenas condiciones, sin alteraciones y debidamente firmada por el apoderado y registrada por los inspectores.

1.27. Cumplir con todas las instancias de evaluación; debiendo justificar su inasistencia mediante la presentación de certificado médico.

1.28. Demostrar honestidad en relación con la propiedad ajena y en sus deberes y evaluaciones escolares.

1.29. Cuidar el mobiliario, el material didáctico, los libros de biblioteca, los materiales de laboratorios y talleres, como asimismo, puertas, ventanas, escritorios u otros.

1.30. Asumir las consecuencias y aceptar las decisiones que el colegio determine frente a una falta en la que haya incurrido, ya sea de tipo académico, conductual o disciplinario.

1.31. Tener una buena disciplina tanto dentro como fuera del Establecimiento.

1.32. Participar y cumplir con las obligaciones y deberes contraídos en las actividades del curso y del Colegio.

1.33. Mantener una actitud positiva en clases y en toda actividad en que participe como alumno, estar atento, receptivo y participativo.

1.34. Cumplir sus deberes escolares en las fechas establecidas, (tareas, preparación de pruebas, estudios, trabajos de investigación, etc.) respetando las instrucciones dadas por el profesor.

1.35. Ponerse al día oportunamente en sus materias y deberes en caso de atraso debido a inasistencias, pérdidas de cuadernos, etc.

1.36. Deben llegar a clases con los útiles necesarios, puesto que no se recibirán durante la jornada escolar. Todas las prendas y útiles deben venir debidamente marcados.

1.37. El orden y el aseo del recinto del Colegio es una parte integral para el desarrollo del proceso educativo. Por lo tanto todos los miembros de la comunidad educativa (alumnos/as, apoderados, docentes, administrativos y auxiliares) deben responsabilizarse del cuidado y mantención de nuestro Colegio.

1.38. Los Alumnos /as son responsables de iniciar y terminar cada hora de clase con su sala limpia y bancos en su lugar, para que la siguiente clase se inicie con normalidad. El profesor velará por que esto se cumpla.

1.39. Mantener una actitud moderado durante los recreos, los juegos y en cualquier otra actividad en que vista de uniforme o asista por él, de manera que no atente contra su propia integridad o la de sus compañeros.

1.40. Mantener tanto dentro del Colegio como en toda actividad en que participe como alumno y/o vista de uniforme un lenguaje y vocabulario correcto acorde a las normas sociales y a la calidad de alumno de este colegio en que se está educando.

1.41. Abstenerse de actitudes de pololeo dentro del Colegio (tomarse de la mano, abrazarse y/o besarse), y en toda actividad en que participe como alumno y/o vista de uniforme.

1.42. Los alumnos(as) deberán cuidar las dependencias y bienes del Colegio, evitando rayar y dañar bancos, paredes, Ascensor, baños, etc. Todo destrozo material causado por uno o varios alumnos(as), deberá ser asumido por él (la) o lo (las) causantes, previa valorización en la Oficina de Administración, lugar donde se cancelarán los daños.

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1.43. Durante los recreos los alumnos(as) no deben permanecer en la sala de clases, en pasillos ni en ninguna otra dependencia que no sea el patio.

1.44. Cumplir con la disposición del colegio en no traer objetos de valor, tales como: dinero joyas, celulares, mp3 mp4, cámaras fotográficas, artículos tecnológicos, filmadoras, computadores portátiles, pendrive u otros. La institución no se responsabiliza, de “ninguna manera”, por la perdida, hurto, robo o daño al artículo de valor. Lo anterior sin perjuicio de la sanción que corresponda aplicar si se logra determinar al responsable del robo, hurto o deterioro del objeto de valor

1.45. LA ESTUDIANTE EMBARAZADA:

1.45.1. TIENE DEBER DE:

a) Informar formalmente (Mediante Certificado Médico) de su condición de embarazo

b) Asistir a clases regularmente hasta que su condición lo permita. (Mediante

c) Certificado Médico)

d) Cumplir con sus deberes de estudiante.

e) Informar, mediante su apoderado, de cualquier situación de inasistencia

f) Respetar las normas establecidas en el manual de convivencia

1.45.2. TIENE DERECHOS A:

a) Informar formalmente (Mediante Certificado Médico) de su condición de embarazo

b) Asistir a clases regularmente hasta que su condición lo permita. (Mediante

c) Certificado Médico)

d) Cumplir con sus deberes de estudiante.

e) Informar, mediante su apoderado, de cualquier situación de inasistencia

f) Respetar las normas establecidas en el manual de convivencia

1.46. CRITERIOS PARA CIERRE DE AÑO ESCOLAR ADELANTADO:

Solicitud escrita del apoderado a Dirección, acompañado de los siguientes documentos según corresponda:

a) Informe emitido por Asistente Social del Establecimiento. b) Presentación de Certificado Médico.

Es facultad del Director del establecimiento aprobar o rechazar la solicitud.

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TÍTULO II: DE LA ASISTENCIA.

ARTÍCULO 2°

La asistencia a clase es obligatoria, desde el primer y hasta el último día de clases debiendo cumplir con el 85% exigido por el Reglamento de Promoción y Evaluación del Ministerio de Educación. En los casos especiales de enfermedad, la Dirección del Colegio puede autorizar porcentajes menores de asistencia, previa solicitud por escrito del apoderado, acompañado de justificación médica.

ARTÍCULO 3°

La inasistencia a clases, debe ser justificada personalmente por el apoderado titular o suplente en inspectoría. Para ello, el apoderado debe acompañar al alumno(a) el día que se reintegre en donde se deberá dejar constancia escrita de la situación.

ARTÍCULO 4°

La inasistencia a cualquier evaluación académica calendarizada, debe ser justificada personalmente por el Apoderado titular o suplente, un día antes y hasta un día después de la evaluación, en Inspectoría

ARTÍCULO 5°

La asistencia a actos cívicos o actividades programadas por el Colegio, entendiéndose por estos desfiles, veladas, reforzamientos, eventos culturales, son de carácter obligatorio. Sus ausencias deben ser justificadas de acuerdo al Artículo 4to de este Reglamento. Se llevará un registro de ausencias y causales en Inspectoría.

ARTICULO 6º:

El alumno que se inscriba o participe en una actividad extra programática y reforzamiento escolar, deberá cumplir en forma obligatoria las exigencias de asistencia requeridas por la actividad.

ARTICULO 7º:

Ningún alumno podrá salir del Colegio durante las horas de clases sin autorización del Inspector General. En caso de producirse el ausentismo de un alumno sin la autorización correspondiente, se informará a su apoderado, el que deberá concurrir con el alumno a Inspectoría donde se analizará la falta cometida y se les notificará la suspensión del alumno, para que en familia se medite sobre la conducta.

ARTICULO 8º:

Debe abstenerse de concurrir a clases:

a) Todo alumno que sufra de algún tipo de enfermedad que ponga en riesgo su salud o integridad física.

b) Todo alumno que sea portador de alguna enfermedad susceptible a ser transmitida a otras personas.

c) Todo alumno que cuente con reposo debidamente acreditado o con restricción médica de circulación o desplazamiento.

ARTICULO 9º:

El alumno debe portar todos los días su agenda escolar para mantener la comunicación con el apoderado, por lo tanto su uso es obligatorio.

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TÍTULO III: DE LA PUNTUALIDAD.

ARTÍCULO 10º

La puntualidad debe ser considerada como hábito muy importante en la formación de educando. Como norma general, no debe llegar atrasado y procurara estar a lo menos 5 minutos antes del inicio de cada jornada.

ARTICULO 11º

Los alumnos que lleguen atrasados después del timbre de ingreso (08:00 hrs.), deberán ser justificado por el apoderado titular o suplente personalmente en Inspectoría, ingresando a sus respectivas salas con la autorización correspondiente a las 08:45. Los alumnos que registren 3 atrasos semanales, se aplicará la sanción correspondiente a faltas leves.

ARTICULO 12º

El alumno debe ser retirado oportunamente del Colegio por su apoderado o suplente, a la hora establecida de clases, para lo cual se tendrá una tolerancia aproximada de 15 minutos. De allí en adelante, queda de exclusiva responsabilidad del apoderado asumir cualquier eventualidad que se pueda producir en los instantes de espera

ARTICULO 13º

Los alumnos no podrán retirarse del colegio a la hora de colación sin autorización escrita del apoderado, visada en Inspectoría general.

ARTICULO 14º

Los alumnos que se retiran a almorzar a sus casas deben cumplir cabalmente con la asistencia y puntualidad al ingresar a sus jornadas en la tarde, en caso de ausencias y/o atrasos reiterados se les suspenderá el permiso para retirarse en medio de la jornada debiendo servirse su colación en el colegio

ARTICULO 15º

De la misma manera esta autorización se puede suspender si existe información que indique que el alumno tiene un mal comportamiento fuera del establecimiento en este período de colación.

ARTICULO 16º

Los alumnos no podrán ingresar atrasados después de los períodos de recreo bajo ninguna circunstancia. Salvo a problemas de fuerza mayor, como estar en enfermaría del colegio, en el comedor, producto del atraso en la manipulación del almuerzo o estar en inspectoría general por algún acto de indisciplina.

Nota: Los alumnos no podrán ser retirados del colegio en horarios de recreo y horario de almuerzo. Cualquier excepción debe ser autorizada por el Inspector General.

TÍTULO IV: DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL

ARTICULO 17º

El (la) alumno(a) del Colegio Diego Portales debe mantener siempre una presentación personal óptima, tanto en uso de uniforme escolar, e higiene, lo que se reflejará en una adecuada, cuidadosa preocupación individual y familiar dentro y fuera del establecimiento.

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ARTICULO 18º

Los Varones deberán presentarse:

a) Rasurado o afeitado.

b) Sin extensiones de cabello más largo, patillas, o cualquier otro elemento que no corresponda a la de uno alumno del Colegio Diego Portales.

c) Cadenas o adornos anexos, Piercing o expansiones pulseras, cadenas

d) El cabello corto (corte escolar tradicional), sin líneas, ni cortes de fantasía, copias de imágenes u otro que no se condiga con la normativa.

ARTICULO 19º

Las Damas deberán presentarse:

a) Con el cabello limpio con peinados sencillos y ordenados, sin teñidos, ni tinturas, para ello podrá usar trabas o coles de color plomo.

b) Las uñas deben estar siempre cortas, limpias y sin esmalte..

c) Sin maquillaje, ni collares, ni cadenas o adornos anexos, Piercing o expansiones.

d) Se permite sólo el uso de un par de aros, tradicionales. (Pegados al lóbulo del pabellón de la oreja , no colgantes)

ARTICULO 20º

El uniforme oficial del establecimiento y forma de uso son las siguientes:

Varones:

a) Pantalón gris colegial a la cintura no se aceptará tipo rapero, pitillo, calza u otro similar ajustados al cuerpo (Damas y Varones).

b) Chaleco del colegio o polar institucional ( sin capuchón), no se aceptaran polerones ni chalecos de otro tipo y color

c) Polera del uniforme manga corta (de pique)

d) Zapatos negros. NO se aceptaran zapatillas negras u otras vendidas como zapato. En Ed. Física usaran: Buzo del colegio, polera blanca, short azul, calcetas blancas, zapatillas

Damas:

a) Falda tableada con un largo a la rodilla.

b) Polera del uniforme manga corta (de pique)

c) Medias o Panty plomas

d) Chaleco del colegio

e) Cole plomo (para sujetar o tomar su cabello)

f) Pantalón gris de vestir de dama a la cintura por el periodo de invierno que fije el establecimiento

g) Zapato negro. NO se aceptaran zapatillas negras u otras vendidas como zapato. En Ed. Física usaran: Buzo del colegio, polera blanca, short azul o calza, calcetas blancas, zapatillas.

Enseñanza Media Técnico Profesional:

Atención de Párvulos:

a) Uniforme oficial del colegio.

b) Práctica Profesional y Pasantías:

c) Pechera azul (diseño institucional)

d) Pantalón de buzo del colegio, polera piqué institucional, zapatillas.

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Técnico Administración:

a) Uniforme oficial del colegio

b) Práctica Profesional y Disertaciones:

c) Varones: Traje formal, zapato formal.

d) Damas: Traje de dos piezas, modelo oficina, zapato princesa taco medio.

e) Observación: Éste cambio de uniforme, regirá a partir de Marzo 2018, para 3° Medios

ARTICULO 21º

Los alumnos y alumnas del nivel Pre-Básico, usarán obligatoriamente delantal azul según diseño establecido por el colegio.

ARTICULO 22º

Los alumnos y alumnas de 1º Básico a 4° Medio, usarán obligatoriamente delantal blanco en: laboratorio de ciencias, talleres, tecnología y las a signaturas que así lo requieran.

ARTICULO 23º

El uniforme escolar se usará en actividades oficiales, ceremonias, salidas a terreno, visitas vocacionales a otros establecimientos o instituciones de educación, premiaciones, reforzamientos, etc. Aunque estas sean fuera del establecimiento.

ARTICULO 24º

En los polerones generacionales (4º Medios), debe existir una uniformidad, las propuestas deben ser sometidas al Visto Bueno del Director y pueden ser usados de Agosto a Diciembre.

ARTICULO 25º

Ante la imposibilidad de usar cualquier prenda del uniforme el apoderado debe comunicarlo oportuna y personalmente al inspector general, con el objetivo de autorizar momentáneamente el uso de alguna prenda alternativa por un periodo de tiempo determinado.

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TITULO V UNIDAD DE SANA CONVIVENCIA ESCOLAR.

La Unidad de Sana Convivencia Escolar (USCE), se encuentra a cargo del Departamento de Orientación y Psicología, cuyos integrantes son:

Director, Docentes representativos de Enseñanza: Pre- Básica, Básica y Media, representante del Centro General de Padres y Apoderados y grupo de Mediadores escolares: alumnos y alumnas, Asistentes de la Educación, orientadora, Psicólogo e Inspector General.

La USCE, tiene las siguientes funciones y/o atribuciones:

a) Proponer o adoptar las medidas y programas conducentes al mantenimiento de un clima escolar sano.

b) Diseñar e implementar los planes de prevención de la violencia escolar del establecimiento.

c) Informar y capacitar a todos los integrantes de la comunidad educativa acerca de las consecuencias del maltrato, acoso u hostigamiento escolar y de cualquier tipo de conducta contraria a la sana convivencia escolar

d) En caso de producirse un mal trato escolar se procederá de la siguiente forma: se Investigará y requerirá a quienes corresponda, informes, reportes o antecedentes y/o entrevista de las partes afectadas o a terceros con el fin de presentar un informe ante CSCE, para que aplique una medida o sanción si procediere o bien para que la Dirección del Establecimiento, proceda según presente Manual de Convivencia Escolar.

e) En caso de existir acuerdo entre las partes se podrá suspender el curso de la indagación, exigiendo a cambio el cumplimiento de determinadas condiciones por un período de tiempo convenido. Si se cumplen íntegramente las condicione

Definición: Se entiende por Maltrato Escolar, cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o sicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa dentro del Establecimiento o su entorno más próximo, siempre que pueda:

a) -Producir el temor razonable de sufrir un menos cabo físico o sicológico.

b) Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio humillante o abusivo.

c) Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico

Se consideraran constitutivas de maltrato escolar en nuestra institución, las siguientes conductas:

a) Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa.

b) Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno/a o de cualquier otro miembro de la comunidad educativa.

c) Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa.

d) Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un alumno u otro miembro de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas, etc.).

e) Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia.

f) Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante de la comunidad educativa a través de chats, blogs, fotologs, mensajes de texto, correos electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico.

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g) Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato escolar.

h) Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivos de delito.

i) Portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales, aun cuando no se haya hecho uso de ellos.

j) Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, drogas o sustancias ilícitas, o encontrarse bajo sus efectos, ya sea al interior del establecimiento educacional o en actividades organizadas, coordinadas, patrocinadas o supervisadas por éste

Protocolo de actuación:

a) Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de las medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad, privacidad y respeto por su dignidad y honra.

b) De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en el libro de clases e instrumentos propios del establecimiento, debiendo mantenerse el registro individual de cada reclamo. No se podrá tener acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación, a excepción de la autoridad pública competente.

c) En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los involucrados, el derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las decisiones y la posibilidad de impugnarlas

d) Si el maltrato escolar fuese realizado por un funcionario del establecimiento, se aplicarán las medidas contempladas en normas internas (Reglamento Interno).

e) Si el afectado de Maltrato Escolar fuere un profesor o funcionario del establecimiento, se le deberá otorgar protección y se tomarán todas las medidas para que pueda desempeñar normalmente sus funciones, salvo que esto último ponga en peligro su integridad.

f) Si el responsable del maltrato escolar fuere el padre, madre apoderado de un alumno/a, en casos graves se podrán disponer medidas como la obligación de designar un nuevo apoderado previa autorización del Director y, sujeto al perfil declarado en nuestro Proyecto Educativo Institucional (PEI), perder la titularidad del mismo, o la prohibición de la entrada al establecimiento hasta cuando el colegio lo estime pertinente.

g) Denunciar a las autoridades correspondientes (Carabineros, PDI, Fiscalía), para que se realice la investigación debida.

Medidas de reparación.

En la resolución, se deberá especificar las medidas de reparación adoptadas a favor del afectado, así como la forma en que se supervisará su efectivo cumplimiento. Tales medidas podrán consistir, por ejemplo, en disculpas privadas o públicas, restablecimiento de efectos personales, cambio de curso u otras que la autoridad competente determine.

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TÍTULO VI: DE LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

ARTICULO 26º

En las interacciones con otros, es habitual que surjan desacuerdos, sin embargo no todos los desacuerdos, constituyen un conflicto. Este se plantea cuando una de las partes, o ambas, perciben que el otro constituye un obstáculo para lograr las propias metas.

Los conflictos bien abordados pueden constituir una oportunidad de crecimiento para las personas y de cambio para los grupos en los que se presentan, para ello es necesario generar contextos que faciliten el abordaje de los conflictos y utilizar técnicas adecuadas en su solución.

El Colegio Diego Portales, declara que para promover y mantener una sana convivencia escolar utilizará las siguientes formas de abordar conflictos, los que serán dirigidos por el Inspector General:

1) Negociación de desacuerdos: Las personas implicadas en el conflicto dialogan cara a cara para llegar a un acuerdo. Cada uno expone su propio punto de vista, escucha el de la otra parte y está dispuesto a ceder en algunos puntos para lograr el acuerdo.

2) Intervención de un tercero: Inclusión de una persona no directamente relacionada con el conflicto, con el fin de abordarlo. Esta intervención puede asumir las formas de:

a. Si el maltrato escolar fuese realizado por un funcionario del establecimiento, se aplicarán las medidas contempladas en normas internas.

b. Si el afectado de Maltrato Escolar fuere un profesor o funcionario del establecimiento, se le deberá otorgar protección y se tomarán todas las medidas para que pueda desempeñar normalmente sus funciones, salvo que esto último ponga en peligro su integridad.

c. Si el responsable del maltrato escolar fuere el padre, madre o apoderado de un alumno/a, en casos graves se podrán disponer medidas como la obligación de designar un nuevo apoderado o la prohibición de ingreso al establecimiento.

d. Arbitraje: Ocurre cuando las partes en conflictos le piden a una tercera persona, de la confianza de ambos, que tome la decisión acerca de cómo resolver el conflicto. En este sentido el tercero actúa como juez y ambas partes se comprometen a aceptar su decisión. Como Colegio proponemos que el diálogo, la escucha activa, la asertividad y la colaboración son competencias involucradas en cualquier procedimiento de abordaje pacífico de conflictos, en que se escuche a la persona, se tenga en cuenta su opinión y se den las posibilidades de defensa, apelación y de respeto por el principio de presunción de inocencia, integrando una instancia de reparación que tienda a restablecer las relaciones entre las partes.

Por lo tanto un procedimiento disciplinario tendrá las siguientes etapas:

a) Instancias de diálogo.

b) Instancias de apelación

c) Instancias de reparación.

d) Sanciones a faltas, definidas y difundidas de antemano.

e. Si el maltrato físico o verbal hacia cualquier miembro de la comunidad educativa, se aplicarán las sanciones contempladas en la categoría de faltas muy graves. (Art. 29)

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TÍTULO VII: DE LAS FALTAS Y SU GRADUACIÓN

Una falta, la constituye toda conducta impropia del alumno/a en relación con su entorno social dentro y fuera del Establecimiento. Los conflictos bien abordados pueden contribuir a una oportunidad de crecimiento para las personas, y de cambio para los grupos. La graduación de las faltas, define el grado de gravedad de la falta en, entendiendo que esta es una transgresión del derecho ajeno, estas son categorizadas como:

· Leve

· Grave

· Muy graves

APLICACIÓN FALTA

La aplicación de una medida correctiva frente a una falta cometida, será de carácter disciplinaria y formativa con el objetivo de mantener y mejorar la convivencia entre pares y otros agentes involucrados en el proceso educativo; como también el modificar aquellas conductas desadaptativas que alteran la convivencia escolar.

Al momento de determinar la sanción o medida se tomará en cuenta los siguientes criterios:

a) La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas.

b) La naturaleza, intensidad y extensión del daño causado.

c) La naturaleza, intensidad y extensión de la agresión por factores como:

- La pluralidad y grado de responsabilidad de los agresores.

- El carácter vejatorio o humillante del maltrato.

- Haber actuado en anonimato, con una identidad falsa u ocultando el rostro.

- Haber obrado a solicitud de un tercero o bajo recompensa.

- Haber agredido a un profesor o funcionario del establecimiento.

d) La conducta anterior del responsable.

e) El abuso de una posición superior, ya sea física, moral, de autoridad u otra.

f) La discapacidad o indefensión del afectado.

Descriptor de obligaciones del alumno

Deberes Faltas

1. Asistir diariamente a clases y justificar las inasistencias

a) No asistir al colegio sin motivo justificado.

b) No justificar su inasistencia o dar aviso oportuno a la Educadora de su falta a clases.

2. Respetar horarios de Entrada y Salida a) Llegar atrasado/a al colegio o sala de actividades

b) No respetar el horario de permanencia del alumno/a en el colegio.

c) Retirar al alumno/a, después del horario de salida.

3. Traer diariamente su cuaderno o libreta de comunicaciones.

a) No traer su cuaderno de comunicaciones

b) No traer firmada las comunicaciones o instructivos que se envían al hogar.

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c) Dar otro uso al cuaderno de Comunicaciones como: rayarlo, sacarles hojas, hacer dibujos, etc.

d) Retirar al alumno/a, después del horario de salida.

4. Cumplir con sus obligaciones y deberes escolares de cada jornada.

a) No trabajar en el desarrollo de las actividades.

b) Jugar y distraer a sus pares, mientras trabajan.

c) No respetar los períodos de inicio y finalización de una actividad.

d) Faltar los días de evaluaciones programadas: disertaciones, exposiciones de trabajos, presentaciones artísticas.

5. Traer diariamente sus materiales escolares de uso personal.

a) Llegar sin mochila

b) No traer su estuche con lápices y otros materiales que allí se guarda n (goma, pegamento, tijera, sacapuntas).

c) No traer lápiz grafito.

6. Ordenar y cuidar sus pertenencias. a) Dejar sus materiales tirados por cualquier parte.

b) No portar agenda escolar diariamente

c) No llevar las tareas al hogar cuando corresponde.

d) No dejar colgado sus materiales de aseo.

e) Romper sus pertenencias o extraviarlas.

7. Presentación Personal: Usar uniforme del Colegio, tanto el Formal como deportivo los día que corresponde, limpios y en buenas condiciones, junto a otros accesorios como guantes, gorro, bufanda, de los colores correspondiente al del colegio (gris), al igual que los adornos en el pelo de las niñitas de color gris. Pelo tomado para las niñas y para los varones escolar tradicional), sin líneas, ni cortes de fantasía, copias de imágenes u otro que no se condiga con la normativa.

a) Presentarse al colegio sin Uniforme

b) Asistir con cualquier vestimenta que no sea el uniforme del colegio

c) Asistir al colegio vestido en forma desordenada, prendas sucia y despreocupada.

d) Usar accesorios llamativos o que no resguarden los colores permitidos por el colegio

8. Cuidar su Higiene y Salud, con el fin de convivir en un ambiente limpio, libre de contagios resguardando la salud de los párvulos y de otros.

a) Presentarse desaseados, (sin lavar o bañados).

b) Asistir enfermos: resfríos fuertes, fiebre, bronquitis, dolores estomacales, gastroenteritis, etc.

c) Asistir con cuadros de Pediculosis sin tratamientos.

9. Ser Honesto y Veraz, en su actuar a) Decir mentiras, que perjudiquen a los demás.

b) No reconocer sus faltas o errores

10. Respetar y cuidar la propiedad ajena: devolver los objetos que no le pertenece o que se encuentra; cuidar los espacios y/o elementos de uso común.

a) Llevarse o guardar en su mochila objetos que no le pertenecen.

b) No devolver los objetos a sus dueños/as cuando los encuentra en el suelo.

c) Romper o deteriorar un elemento de uso común por simple gusto.

d) Descargar su molestia o disgusto, rompiendo o deteriorando espacios u objetos que no le pertenecen.

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11. Respetar su integridad física y la de los demás miembros de la comunidad.

a) Atentar contra su integridad física.

b) Golpear y maltratar a pares y otros miembros de la comunidad.

c) Realizar juegos bruscos que atentan contra su integridad física y la de los demás.

12. Aceptar la diversidad y no discriminar ni menospreciar condiciones físicas o el trabajo de otros miembros de la comunidad educativa.

a) Dirigirse a sus pares y otras personas con un vocabulario soez o con sobrenombre burlesco.

b) Discriminar a sus pares por su condición física social, sexual y de género.

c) Menospreciar el trabajo de otros.

13. Usar y respetar normas sociales de cortesía, alimentación e higiene.

a) No respetar ni practicar normas sociales de cortesía, alimentación o higiene; frente a sus pares y adultos.

14. No traer o usar objetos de valor, juguetes o accesorios delicados, ya que el Colegio no se hace responsable del cuidado de éstos.

a) Traer objetos de valor o usar cadenas, pulsera, aros colgantes de oro o piercing.

b) Traer juguetes delicados de alto valor.

15. Mantener una actitud de respeto, orden y atención frente a actividades que realiza el colegio como dentro de las sala de clases.

a) No respetar símbolos Patrios.

b) No mantener el orden en una formación.

c) Emitir ruido cundo alguien está hablando.

d) No prestar atención cuando se le entrega una instrucción.

e) No dejar escuchar a los demás

f) Molestar a sus pares cuando están trabajando.

PROCEDIMIENTOS Y SANCIONES PARA LAS FALTAS

- Conversación y Amonestación Verbal. ( 1ª vez )

- Dialogo Grupal Reflexivo.

- Conversación, Amonestación Verbal y Registro en la libreta de comunicaciones del alumno. (2ª

vez)

- Reposición, corrección de la falta cometida. (Siempre)

- Citación del apoderado de parte de Educadora del Nivel, registro y firma del apoderado.

- Derivación Correspondiente a especialista.

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FALTAS Y APLICACIÓN DE SANCIONES ENSEÑANZA PREBÁSICA, BÁSICA Y MEDIA ARTICULO 27°

DE LAS FALTAS LEVES: Aquellas que se producen en forma aislada, no reiterativa y cuyo efecto en el entorno y

en el alumno son remediables con facilidad y no involucran daño físico o psíquico a otros miembros de la

comunidad. El daño psíquico deberá ser constatado por un especialista.

1. Daños menores y casuales a la propiedad, infraestructura y equipamiento del Establecimiento.

2. Uso del uniforme en forma incompleta, inadecuada o con su diseño alterado.

3. Uso de joyas, maquillaje, peinados extravagante o teñidos de cabello en damas y varones. Uso del cabello

largo en varones y cortes que no correspondan al escolar.

4. Manifestaciones de pololeo tales como: contacto físico, caricias, besos abrazos. No cumplir con la

formación

5. No mantener una actitud de respeto durante un acto cívico. Comer en clases, tomar bebidas, jugos, mascar

chicle.

6. Llegar atrasado.

7. No traer firmadas las comunicaciones enviadas al apoderado

PROCEDIMIENTOS Y SANCIONES PARA LAS FALTAS LEVES

- Amonestación Verbal.

- Registro en la hoja de vida del alumno.

- Reposición, corrección de la falta cometida.

- Toma de conocimiento escrito del Apoderado. (Debe ser firmada).

- Citación del apoderado de parte de Inspectoría General

ARTICULO 28°

DE LAS FALTAS GRAVES: Son actitudes y comportamientos que atentan contra la integridad física y/o psíquica de otro miembro de la comunidad escolar y dañan el bien común, así como acciones deshonestas que alteran el normal proceso de aprendizaje en el aula. En caso de todas aquellas faltas susceptibles de considerarse delito, conforme a las disposiciones legales se procederá a la denuncia correspondiente ante el Ministerio Público y/o Carabineros.

1. Se considera falta grave, cada 3 faltas leves reiteradas.

2. Agresión de cualquier tipo: Física, Verbal y/o Gestual.

3. Consumo de cigarrillos en el Establecimiento o en las inmediaciones vistiendo uniforme.

4. Deteriorar, patear, romper, escribir o dibujar en el mobiliario escolar y/o dependencias del colegio.

5. Inasistencia sin justificación a los eventos evaluativos previamente programadas.

6. Salir de la sala de clases sin autorización.

7. Emplear lenguaje grosero o provocativo en el trato con compañeros u otros miembros de la comunidad educativa dentro o fuera del aula.

8. No dar cumplimiento a un compromiso extraescolar contraído con anterioridad en representación del Colegio.

9. Utilizar la violencia en cualquier dependencia del colegio ya sea física, gestual o verbal.

10. No informar de citaciones o reuniones de apoderado.

11. Usar objetos electrónicos tales como Mp3, Mp4, teléfono móvil, cámara fotográfica.

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12. Negarse de entregar un objeto, ya sea este de tipo tecnológico (Mp3, Mp4, teléfono móvil, cámara fotográfica u otros con propósitos que no sean indicados por el docente en la sala de clases)o de otro tipo ( espejos, alisadoras, peinetas, pinturas, etc.), cuando este se lo requiera.

13. Ser expulsado de clases por un docente.

14. Interrumpir en forma reiterada la clase de un docente, ya sea a través de ruidos, gritos, silbidos u otra manifestación no adecuada.

15. Ingresar atrasado a su clase después de los recreos, estando en el establecimiento.

16. Falsificar firmas de padres o apoderados ante petición de prueba o comunicación solicitada por el docente o funcionario acreditado por el colegio.

PROCEDIMIENTOS Y SANCIONES PARA LAS FALTAS GRAVES

- Entrevista de los alumnos involucrados en Inspectoría General.

- Registro en la hoja de vida del alumno.

- Según corresponda: reposición, corrección de la falta cometida o retiro parcial o definitivo del objeto en cuestión.

- Citación Apoderado.

- Suspensión del alumno de clases ( de acuerdo al tipo de falta , de 1 a 5 días ) u otras actividades oficiales, tales como ceremonias, actos, salidas a terreno, actividades extraescolares, representaciones del colegio, visitas, paseos , licenciaturas, u otras.

- Derivación al Departamento de Orientación.

- Condicionalidad --- Condicionalidad Extrema (Evaluación del alumno).

ARTICULO 29°

DE LAS FALTAS MUY GRAVES: Esta categoría corresponde a actitudes y comportamiento que atentan gravemente contra:

- Integridad física y psicológicas de terceros.

- Integridad de bienes y muebles del establecimiento

- La dignidad de las personas y de la comunidad educativa y del prestigio del Colegio.

- Acumulación de tres faltas graves y/o grooming.

- Práctica de Bullying en todas sus formas tanto al interior como en el exterior del colegio y/o utilizando medios informáticos (Facebook, Apps, videos con celulares, etc.)

1. Agredir física, verbalmente o en forma escrita a un profesor, asistentes educacionales, alumnos y alumnas

u a otro funcionario del establecimiento.

2. No ingresar a clases estando presente en el establecimiento.

3. Fugarse del Colegio.

4. Ingerir alcohol en todas sus formas, dentro o fuera de las dependencias del Colegio vistiendo uniforme.

5. Portar y/o consumir drogas en cualquiera de sus formas dentro del establecimiento o en sus inmediaciones vistiendo uniforme.

6. Copiar en pruebas a través de cualquier medio tecnológico, engañar al profesor entregando trabajos que no son propios, uso de torpedos, etc.

7. Práctica del acoso sexual.

8. Hurto o robo.

9. Hurto del Libro de Clases y/o adulteración de notas en dicho libro, hurto de pruebas.

10. Después de la segunda anotación negativa grave, se considerará MUY GRAVE.

11. Portar armas de fuego, blanca u objetos corto punzantes.

12. Cometer delitos penados por la ley.

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13. Incitación a Huelga, paralización de clases o Tomas del Establecimiento.

14. Atentar, ofender pública o privadamente contra los miembros de la comunidad educativa, ya sea la honra y el buen nombre, utilizando sistemas o medios informáticos.

15. Generar, portar, publicar, difundir todo tipo de material grabado a través de medios audiovisuales (teléfonos móviles, cámaras filmadoras, máquinas fotográficas analógicas y digitales etc.)Que atente y ofenda pública o privadamente contra la honra y/o menoscaben la imagen de cualquier integrante de la comunidad educativa.

PROCEDIMIENTOS Y SANCIONES PARA LAS FALTAS MUY GRAVES.

- Entrevista de los alumnos involucrados en Inspectoría General.

- Registro en la hoja de vida del alumno.

- Citación Apoderado.

- Según corresponda: reposición corrección de la falta cometida o retiro parcial o definitivo del objeto en cuestión.

- Suspensión del alumno de clases (de acuerdo al tipo de falta, de 1 a 5 días) u otras actividades oficiales, tales como ceremonias, actos, salidas a terreno, actividades extraescolares, representaciones del colegio, visitas, paseos o licenciaturas.

- Servicios comunitarios a favor del establecimiento.

- Derivación al Departamento de Orientación.

- Condicionalidad extrema-- Firma Compromiso Apoderado y Alumno.

- Caducidad Matricula.

- Expulsión del establecimiento.

ARTICULO 30°

CAUSALES DE CANCELACIÓN O DE NO RENOVACIÓN DE LA MATRÍCULA

Se cancelará o no se renovará la matrícula del estudiante, por alguna de las siguientes causas:

1. Rebeldía permanente o injustificada.

2. Porte, consumo o tráfico de estupefacientes o bebidas embriagantes.

3. Porte, tráfico y/o difusión de material pornográfico.

4. Porte de armas de cualquier naturaleza.

5. Inasistencia reiterada a clase, sin justificativo.

6. Cometer hurto dentro del plantel o fuera de éste.

7. Salir o evadirse del colegio sin autorización escrita de los padres.

8. Dejar de asistir al colegio sin justificación, habiendo sido enviado por los padres o apoderados.

9. La vinculación a pandillas o grupos o la agresión física o verbal violenta contra maestros directivos, administrativos y/o compañeros.

10. La ejecución de actos de carácter sexual dentro o fuera del colegio y/o que atenten contra la moral y las buenas costumbres.

11. La frecuente grosería o alevosía en el trato con sus maestros o integrantes del plantel.

12. La reincidencia en no ceñirse a las normas de la institución.

13. Atentar contra la dignidad humana y los propósitos institucionales de la comunidad educativa.

14. Incumplimiento de las sanciones dadas por los maestros.

15. Utilizar chantaje o soborno para conseguir algún beneficio grupal o personal.

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16. Inducir, acosar, agredir o abusar sexualmente de cualquier miembro de la comunidad educativa ya sea a nivel bisexual, heterosexual u homosexual.

17. Por parte de las familias, el incumplimiento del compromiso en el proceso de formación integral de su hijo(a), ausencia reiterada a las reuniones, citas o eventos.

18. Obtener en Disciplina durante dos periodos consecutivos (semestral) una valoración de insuficiente o deficiente.

19. Reprobar el nivel por segunda vez consecutivamente.

20. Presentar información falsa o adulterada del estudiante para ser admitido.

21. Cuando el estudiante ha sido reiteradamente sancionado de acuerdo con los procedimientos complementarios del presente Manual.

22. Alterar el testimonio de un directivo, administrativo o un profesor en beneficio propio.

23. Las que el equipo Directivo del Colegio considere justificadas, de acuerdo con la naturaleza del caso.

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TÍTULO VIII: DE LA OBLIGACIÓN DE DENUNCIAR DELITOS

ARTICULO 31°

Los directores, inspectores y profesores deberán denunciar cualquier acción u omisión que revista caracteres de

delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como lesiones, amenazas, robos, hurtos, abusos

sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas u otros. Se deberá denunciar ante

Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, las fiscalías del Ministerio Público o los tribunales competentes,

dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los

artículos 175 letra e) y 176 del Código Procesal Penal.

TÍTULO IX: DE LAS ACTIVIDADES DEL COLEGIO

ARTICULO 32°

Toda actividad oficial del establecimiento, tales como: Titulación, Licenciatura, Premiación u otra que se produjera, deberá realizarse en las dependencias del Colegio lo que facilitará con mayor énfasis la identificación de la comunidad educativa con el establecimiento.

ARTICULO 33°

Dentro de las actividades normales del Colegio, los alumnos realizarán diversas visitas y/o salidas pedagógicas, las que serán oportunamente informadas debiendo el apoderado firmar la autorización respectiva de salida a terreno. En caso que el alumno/a NO cuente con la autorización de su apoderado PERMANECERÁ en el colegio.

ARTICULO 34°

Todos los alumnos/as que se hayan destacado en el aspecto ACADÉMICO Y CONVIVENCIA ESCOLAR, serán acreedores del reconocimiento del establecimiento a través de una ceremonia oficial. Las conductas de reconocimiento disciplinario son: Rendimiento, Asistencia, Presentación Personal, Disciplina y Mejor Compañero.

TÍTULO X: DEL RECONOCIMIENTO

El cumplimiento de las normas de convivencia genera un clima de óptimo para desarrollar la labor pedagógica y formativa de nuestros alumnos y alumnas, por esta razón se reconocerán las conductas positivas que promueve nuestro Proyecto Educativo, dignas de ser destacadas públicamente, tales como:

- Excelencia Académica: Alumnos con mejores promedios del curso.

- Formador de Valores: Alumnos que se destaquen en la vivencia de los valores declarados en nuestro Proyecto Educativo.

- Disciplina: Alumnos que han contribuido en la construcción de una sana convivencia en su curso.

- Asistencia: Se reconocerá el compromiso de los alumnos en permanecer en clases, evitando las inasistencias a clases.

- Limpieza del entorno: Alumnos que mantengan un ambiente limpio al interior y fuera de la sala de clases.

- Participación destacada en actividades curriculares tales como: Culturales, Académicas,

- Deportivas, Sociales, Recreativas, Artísticas, etc.

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TÍTULO XI: DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES Y APODERADOS

ARTICULO 35°

DERECHOS DE LOS APODERADOS

1. Ser informados oportunamente de las directrices pedagógicas y administrativas del establecimiento.

2. Ser informados periódicamente sobre el desarrollo académico y social de sus hijos.

3. Recibir de las directivas, maestros y personal administrativo, la colaboración, el respeto, el trato que merecen y una buena atención en los horarios y lugares establecidos.

4. Participar y ser elegido en el Centro General de Padres y Apoderados y Consejo Escolar.

5. Participar en todas las actividades sociales y de carácter formativo para Padres y Apoderados que organice la institución.

6. Ser escuchados y atendidos en las dificultades de sus hijos.

7. Todo apoderado tiene derecho a apelación por escrito, dentro de un plazo de 24 hrs. Después de haber conocida la sanción de Caducidad de Matrícula. Esta debe ser enviada a Director del Establecimiento, quien dará respuesta en un plazo de 3 días hábiles.

ARTICULO 36°

DEBERES DE LOS APODERADOS:

1. Responder ante el Colegio por acciones y comportamientos que transgredan las normas de convivencia interna de su pupilo, como así también responder por los daños ocasionados por sus hijos en las instalaciones del Colegio.

2. Asistir regularmente las reuniones de curso, escuela para padres y citaciones extraordinarias, dado que son las acciones que le permiten informarse de la situación disciplinaria, rendimiento o cualquier otra que afecte a su pupilo.

3. Participar e integrarse a las actividades educativas a las cuales el Colegio invita, como una forma de apoyo integral hacia su pupilo.

4. Colaborar activamente en las actividades propuestas por el Centro de Padres y Apoderado a la Dirección del Colegio.

5. Justificar personalmente las inasistencias o situaciones que impidan al alumno (a) el cumplimiento de las normas de convivencia del liceo.

6. Retirar al alumno(a) en forma personal, de acuerdo a lo informado y registrado en su ficha de matrícula, en su calidad de apoderado titular o suplente.

7. Procurar hacer trámites con su pupilo o consultas al médico en horario fuera de clases, para no perjudicar su asistencia, aprendizaje y evaluaciones.

8. Informar oportunamente cambio de domicilio y número telefónico.

9. Asumir responsablemente el compromiso de ser los primeros educadores de sus hijos y cumplir con las obligaciones que contraen al matricularlos en el Colegio.

10. Informar por escrito o con documentos, al siguiente día de la ausencia de su hijo al colegio y explicar el motivo de ello.

11. Revisar diariamente la Agenda Escolar y firmar como recibidas las notas enviadas.

12. Leer, informarse, solicitar las aclaraciones del caso, conocer y aceptar el presente Reglamento de Convivencia.

13. Velar porque sus hijos asistan al colegio en el horario establecido.

14. Dar a conocer a la institución la historia médica, sicológica o siquiátrica en el caso de que su hijo(a) la haya requerido y hacer conocer por escrito, los medicamentos y tratamientos

15. Justificarse personalmente ante cualquier citación a reunión o evento solicitado por el colegio, a más tardar en la atención de apoderados siguiente.

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Colegio Diego Portales 24

IMPORTANTE A CONSIDERAR

Ley 20529

Título III párrafo 4

Párrafo 4º

De la atención de denuncias y reclamos.

Artículo 57.- La Superintendencia recibirá las denuncias y los reclamos que se formulen por los miembros de la

comunidad educativa u otros directamente interesados y que se refieran a materias de su competencia, sin perjuicio

de las acciones legales correspondientes.

Artículo 65.- Si el Director Regional o el Superintendente, mediante resolución fundada, establecen que la

denuncia carece manifiestamente de fundamentos, podrán imponer a quien la hubiere formulado una multa no

inferior a 1 UTM y no superior a 10 UTM, atendida la gravedad de la infracción imputada.

TITULO XII: DE LA ACTUALIZACIÓN, DIFUSIÓN Y ENTREGA DEL MANUAL

DE CONVIVENCIA

ARTICULO 37°

El Reglamento de Convivencia se revisará durante el mes de Septiembre de cada año, por una comisión

conformada por los distintos estamentos de la comunidad educativa y estará a cargo de la dirección del

establecimiento, siendo presentada al consejo escolar durante el mes de septiembre para su aprobación y posterior

envío a la Dirección Provincial de Educación.

ARTICULO 38°

Al inicio de cada año escolar, todos los funcionarios del establecimiento recibirán una copia del Reglamento de

Convivencia para su conocimiento y aplicación.

ARTICULO 39°

El Reglamento de Convivencia, también quedará disponible en el menú de nuestro sitio web

www.colegiodiegoportales.cl para consultas posteriores de la comunidad.

ARTICULO 40°

El apoderado al efectuar la matricula recibirá el Manual de Convivencia de nuestro colegio debiendo firmar su

recepción, para leer y analizar a cabalidad junto al Alumno (a). A partir de ese momento dispondrá de 24 horas

para acudir al Establecimiento y retirar al alumno, si es que no estuviese de acuerdo con las disposiciones

expresadas en este documento. De lo contrario significa que conocen, aceptan y comprometen a acatar dichas

normas expresadas en este documento.

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Colegio Diego Portales 25

TITULO XIII: SITUACIONES ESPECIALES

ARTICULO 41°

El Director del Establecimiento tiene la facultad de decidir sobre situaciones especiales, que NO contemple este

Reglamento de Convivencia y que se traduzcan en la falta de cumplimiento de los deberes y obligaciones de los

alumnos, de las infracciones y medidas disciplinarias.

ANEXO ACLAR ATORIO

Las medidas disciplinarias mencionadas en el Manual de convivencia, deben entenderse según las siguientes

definiciones:

a) Disciplina: Cumplimiento y acatamiento de las normas y disposiciones establecidas en el presente manual

y/o aquellas que se relacionen con las buenas costumbres éticas y morales de la convivencia en el

establecimiento.

b) Amonestación Verbal: conversación con el alumno y/o apoderado por parte de cualquier miembro de la

dirección o cuerpo docente a objeto de hacer ver su error e inducirlo a la corrección de él.

c) Amonestación Escrita: registro en la hoja de vida del alumno.

d) Citación al apoderado: llamado a presentarse al establecimiento para ser informado de la situación

conductual y/o académica de su pupilo

e) Suspensión de clases: Sanción disciplinaria obligatoria que toma el establecimiento ante una falta cometida

por un alumno, que va desde un día hasta dos semanas dependiendo de la gravedad.

f) Matrícula Condicional: Esta medida se aplica a los alumnos y alumnas que hayan sido suspendido(as) y

que reincidan en actitudes de indisciplina o que cometan una falta grave o muy grave. Esta situación de

condicionalidad puede llegar a su grado extremo. Condicionalidad Extrema.

g) Caducidad de matrícula: Esta medida disciplinaria se aplicará una vez agotadas las instancias que

corresponda y permitiéndole al alumno culminar su proceso lectivo hasta fin de año, pero sin renovación

de prestación de servicios educacionales para el año escolar siguiente.

h) Expulsión o retiro definitivo: Esta medida se aplicará como último recurso, al alumno que cometa una falta

de extrema gravedad aunque haya sido por primera vez y se demuestre que está atenta contra la moral y

las buenas costumbres, o que la falta está tipificada como delito. Esta medida puede ser aplicada en

cualquier momento del año escolar y para tal efecto debe ser convocado el Consejo Escolar.

RECOMENDACIONES GENERALES

PARA PADRES Y APODERADOS EN CASO DE UN SISMO.

Normas generales:

1. Organícese como familia teniendo claro quién será el o la encargada de retirar a sus hijos.

2. Mantenga la calma. Llegue al colegio tranquilo, sin generar pánico ni temor a su hijo.

3. El retiro del alumno se hará de acuerdo a lo declarado en la ficha de matrícula, es decir, lo puede realizar

el apoderado titular o apoderado suplente.

4. El retiro del alumno no se autorizará por teléfono.

5. Si usted tiene dificultad para retirar personalmente a su pupilo, entonces previamente:

a. Diríjase a inspectoría general, entregue una fotocopia del run de la persona que retirará a su

hijo(a)

b. Un poder simple, entregado por usted, en que se autoriza y responsabiliza el retiro respectivo

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Colegio Diego Portales 26

6. Si el retiro lo hace un hermano mayor, entonces previamente:

a. El apoderado titular o suplente, firmara autorización especial en Inspectoría General. (exceptuando

educación pre-básica).

7. Los alumnos que no sean retirados, permanecerán en el establecimiento hasta que los organismos

competentes (carabineros, fuerzas armadas, etc.) indiquen procedimiento a seguir ingreso de los

apoderado

8. El ingreso y posterior salida de los padres y apoderados de educación pre-básica, se hará directamente

por la puerta principal del Jardín Infantil, por Avenida Los Cóndores.

9. El ingreso de los padres y apoderados de 1°Básico a 4°Medio, será por el Sector del estacionamiento del

colegio. (portón de estacionamiento)

10. Una vez en la zona de seguridad de establecimiento, ubique el curso de su hijo.

11. Proceda al retiro de su pupilo con calma.

Salida de los apoderados

12. La salida del establecimiento con sus respectivos pupilos, se hará por la puerta de entrada de los alumnos.

(Al costado del portón de estacionamiento).

13. Retírese con calma, actué con serenidad

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ANEXOS: PROTOCOLOS

PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN ANTE ACCIDENTES ESCOLARES

En caso de un eventual accidente escolar sufrido por un estudiante, el Estado garantiza que se haga uso de un

Seguro Escolar ante toda lesión que le produzca incapacidad - o incluso la muerte – entregando los beneficios

correspondientes hasta la entera recuperación o mientras subsistan los síntomas de las secuelas causadas por el

accidente.

En caso de ocurrir un accidente o incidente que revista el carácter de escolar este deberá ser denunciado por:

- El director del establecimiento educacional,

- El médico a quien corresponda conocer y tratar un accidente escolar, o

- El propio accidentado (o quien lo represente), si el establecimiento no lo hace dentro de las 24 horas

siguientes al accidente.

La denuncia deberá efectuarse en el Servicio de Salud correspondiente en un formulario denominado Declaración

Individual de Accidente Escolar.

Nota: En caso de tratarse de un accidente de trayecto de ida o regreso del establecimiento educacional, este

deberá ser acreditado mediante un parte de Carabineros de Chile.

Autorización ante Accidentes Escolares.

- El establecimiento debe contar con autorización de todas y todos los apoderados(as) del Establecimiento, que los faculte para el traslado de estudiantes a Recintos de atención especializada, en caso de que estos o estas sufran un accidente escolar, y no puedan contar con la presencia

inmediata del respectivo apoderado.

- En caso que un apoderado se niegue a firmar dicha autorización, esto debe quedar registrado por

Escrito. Protocolo ante situaciones de ocurrencia de accidentes escolares

- Ante un accidente o incidente escolar, el adulto que tome conocimiento de ello, informará a la Dirección

del establecimiento para elaborar reporte e informar de inmediato al apoderado/a vía telefónica.

- Considerando la evaluación preliminar, el alumno podrá volver a clases o ser retirado por su

apoderado. De lo contrario, se solicitará la concurrencia de una ambulancia.

- En caso de que el estudiante sufra un accidente menor, que no requiera traslado, igualmente debe ser

informado a apoderado(a) vía telefónica y/o mediante comunicación.

- En caso de derivación a recinto de atención médica, se elaborará la Declaración Individual de

Accidente Escolar para que el o la estudiante sea trasladado/a a la unidad de salud más cercana.

- Esta derivación solo puede ser realizada con la Declaración Individual de Accidente Escolar elaborada,

firmada y con los timbres respectivos.

- Si él o la apoderado/a, resolviese trasladar a su pupilo/a por sus propios medios debido a tardanza del vehículo de servicio de salud más cercano, tendrá que firmar constancia de esta decisión asumiendo plena responsabilidad ante posibles secuelas que ello conlleve. Además tendrá que dejar por escrito

a que unidad de salud concurrirá.

- El alumno será acompañado por un funcionario designado por el director del establecimiento al servicio público de salud correspondiente a la zona geográfica, quien – junto con entregar allí el formulario mencionado – deberá recabar la información médica necesaria para informar de forma inmediata la evolución del alumno al director del establecimiento, consignando el estado de salud del mismo.

- Es importante indicar que en caso de comprobarse la participación y responsabilidad de un tercero en la lesión ésta no revestirá – para efectos del seguro escolar– el carácter de accidente escolar. No

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obstante lo anterior se seguirá el mismo protocolo de acción y el o los responsables de la lesión serán

sancionados en conformidad a lo indicado en el manual de convivencia escolar.

AUTORIZACIÓN ANTE ACCIDENTES ESCOLARES.

Yo.................................................................RUT...........................- ......apoderada(o) de

.................................................... Del curso...................... Autorizo al Establecimiento Educacional para

definir un funcionario, para efectuar traslado de mi pupilo en caso de ocurrir un accidente Escolar, al Centro

de Salud más cercano.

ALTO HOSPICIO, ........DE..............................DE 2018

FIRMA

AUTORIZACIÓN ANTE ACCIDENTES ESCOLARES.

Yo................................................................., RUT......................-.... apoderada(o) de

.................................................... Del curso...................... No autorizo al Establecimiento Educacional para

definir un funcionario, para efectuar traslado de mi pupilo en caso de ocurrir un accidente Escolar, al Centro

de Salud más cercano. Por los motivos que señalo a continuación.

........................................................................................................................

........................................................................................................................

........................................................................................................................

........................................................................................................................ ..........................................

ALTO HOSPICIO , ........DE..............................DE 2018

FIRMA

PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN ANTE SITUACIONES DE VIOLENCIA ESCOLAR

1. AGRESIÓN ENTRE ESTUDIANTES COMO EVENTO AISLADO Y ÚNICO.

Cuando un estudiante, su apoderado u otro integrante de la comunidad educativa comunican o detecta un evento

de agresión entre estudiantes como un hecho aislado, producto de algún conflicto o como forma de defensa ante

una agresión, debe tener en cuenta el siguiente procedimiento:

- Informar de forma inmediata al Profesor Jefe, quien registra por escrito la denuncia realizada.

- El profesor jefe da a conocer el hecho al Encargado de Convivencia Escolar, quien escuchará el relato de los estudiantes involucrados en el hecho, aplicando las medidas indicadas en el Manual de convivencia escolar; en primera instancia se aplicarán las medidas formativas y reparatorias, estableciendo el compromiso por parte de los estudiantes, de que este tipo de situaciones no volverán a ocurrir, y aplicará sanciones según lo especificado en el sistema de gradualidad de faltas.

- El encargado de convivencia escolar registrará las acciones realizadas, así como el seguimiento del caso, realizando un informe de cierre al término del periodo de seguimiento.

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2. VIOLENCIA ESCOLAR ENTRE ESTUDIANTES. (LEY DE VIOLENCIA ESCOLAR 20.536).

Se entenderá por Violencia Escolar “(...) toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado

realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva,

atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del

estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un

mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y

condición” (artículo 16 B ley 20.536).

Es importante tener en cuenta las siguientes consideraciones:

- Actuaciones con el estudiante agredido: actuaciones de apoyo y protección expresa e indirecta, estrategias de atención y apoyo de encargado de convivencia, orientador y/o equipos psicosociales del establecimiento, personalización de la enseñanza.

- Actuaciones con el alumno o alumna agresor: aplicación de las medidas formativas, reparatorias y sanciones estipuladas en el Plan de Convivencia.

- Actuaciones con los compañeros y compañeras observadores: campañas de sensibilización, programas de habilidades de comunicación y empatía, programas de apoyo y/o mediación entre compañeros, que se realicen con todo el curso de los estudiantes involucrado. Este proceso debe estar a cargo del equipo de convivencia escolar del establecimiento.

- Actuaciones con las familias: orientaciones sobre cómo ayudar a sus hijos o hijas, sean víctimas o agresores, coordinación para una mayor comunicación sobre el proceso socioeducativo de sus hijos o hijas, información sobre posibles apoyos externos y seguimiento de los mismos, etc.

- Actuaciones con el profesorado: orientaciones sobre cómo manejar las clases durante el proceso y cómo hacer el seguimiento, orientaciones sobre indicadores de detección e intervención, programas de mediación, etc.

3. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A CASOS DE VIOLENCIA ESCOLAR

Ante sospecha de cualquier situación de violencia escolar, este protocolo debe activarse de manera inmediata.

- Detección de violencia escolar: cualquier integrante de la comunidad educativa que tome conocimiento de que algún estudiante está siendo actor o víctima de violencia escolar deberá denunciar este hecho al Encargado de Convivencia del colegio, profesor o integrante del Equipo Directivo.

- Derivación al Encargado de Convivencia: todo funcionario del establecimiento está obligado a informar la situación denunciada al Director/Encargado de Convivencia del colegio por escrito mediante formato previamente establecido.

- Revisión de antecedentes: es el encargado de convivencia quien evaluará si la situación denunciada constituye un hecho de violencia escolar, teniendo presente el concepto legal antes expuesto en este documento. De corresponder a una situación de violencia escolar se continuará con el protocolo.

- Entrevista al alumno o alumnos agredidos: El Encargado de Convivencia entrevistará a los alumnos agredidos, cotejando testimonios y coherencia del relato. En atención a su capacidad formativa y dominio en la temática, apreciará el funcionamiento integral del estudiante y su posible necesidad de apoyo específico (ej. apoyo psicológico, medida de protección, etc.). Es importante recalcar la necesidad de evitar la victimización secundaria del estudiante acosado.

NOTA:

Victimización primaria: se refiere al daño (físico, psicológico, económico y/o social) que es consecuencia directa

de la vulneración de la cual es víctima una persona, sea víctima directa o indirecta.

Victimización secundaria (o maltrato institucional): se refiere al daño causado a partir de una mala o nula

respuesta institucional hacia la víctima, lo cual implica que el sufrimiento causado a raíz de la vulneración

(victimización primaria) se encrudezca por la falta de asistencia en el entorno de la víctima, generando sentimientos

de frustración y angustia. Esto limita el proceso de reparación de la víctima.

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- Identificación de espacios donde se realizaría el maltrato: esta etapa busca complementar los antecedentes de la situación denunciada y adoptar medidas preventivas en pro de la seguridad escolar.

- Entrevista al alumno agresor o agresores: el Encargado de Convivencia entrevistará a los alumnos agresores, cotejando testimonios y coherencia del relato. En atención a su capacidad formativa y dominio en la temática, apreciará el funcionamiento integral del estudiante y su posible necesidad de apoyo específico (ej. apoyo psicológico, medida de protección, etc.)

- Entrevistas individuales a apoderados de alumnos agredidos: el Encargado de Convivencia se reunirá las veces necesarias con los apoderados, con la finalidad de dar cuenta de la situación en la que se encuentran involucrados sus estudiantes, investigar antecedentes relevantes y comunicar las medidas disciplinarias y formativas adoptadas.

- Entrevistas individuales a apoderados de alumnos agresores: el Encargado de Convivencia se reunirá las veces necesarias con los apoderados, con la finalidad de dar cuenta de la situación en la que se encuentran involucrados sus estudiantes, investigar antecedentes relevantes y comunicar las medidas disciplinarias y formativas adoptadas.

- Medidas disciplinarias/formativas: aplicándose las medidas formativas, reparatorias y sancionadoras correspondientes a lo establecido en este manual, considerando la gradualidad de la falta.

- Denuncia: independientemente de la aplicación de las medidas antes señaladas en el Manual de Convivencia Escolar, el establecimiento educacional deberá realizar la denuncia del caso de bullying a Fiscalía, Carabineros de Chile o PDI, para dar cumplimiento al art. 175 letra e) y 176 del Código procesal penal sobre Obligatoriedad de denuncia.

- Entrevistas de seguimiento de medidas: en atención al carácter formativo de las medidas disciplinarias, el Encargado de Convivencia velará por su cumplimiento.

A fin de año se elevarán informes por escrito ante los casos de violencia reiterativa.

Se harán intervenciones con los cursos en los cuales se han presentado episodios de violencia de alumnos/as.

4. MALTRATO, VIOLENCIA O AGRESIÓN POR PARTE DE UN ADULTO (PROFESOR/ASISTENTE DE LA

EDUCACIÓN) HACIA UN ESTUDIANTES

Artículo 16 D de la Ley de Violencia Escolar. Revestirá especial gravedad cualquier tipo de violencia física o psicológica, cometida por cualquier medio en contra de un estudiante integrante de la comunidad educativa, realizada por quien detente una posición de autoridad, sea director, profesor, asistente de la educación u otro, así como también la ejercida por parte de un adulto de la comunidad educativa en contra de un estudiante. Los padres, madres, apoderados, profesionales y asistentes de la educación, así como los equipos docentes y directivos de los establecimientos educacionales, deberán informar las situaciones de violencia física o psicológica, agresión u hostigamiento que afecten a un estudiante miembro de la comunidad educativa de las cuales tomen conocimiento, todo ello conforme al reglamento interno del establecimiento.

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN

- Cualquier funcionario o integrante de la Comunidad Escolar que tome conocimiento de maltrato FÍSICO O PSICOLÓGICO de un adulto contra un estudiante del establecimiento, informará de inmediato al Director, quien tomará acta del relato firmada por el denunciante.

- El Director comunicará la situación al denunciado/a, con la finalidad que tome conocimiento del procedimiento que seguirá el establecimiento de acuerdo a la ley de violencia escolar, dejando constancia del debido proceso y su derecho a defensa.

- El Director comunicará el suceso mediante copia de la denuncia al profesor encargado de Convivencia Escolar, Orientador y al Consejo Escolar.

- El profesor Encargado de Convivencia Escolar/Orientador, hará de inmediato una intervención con él o la estudiante afectado/a solicitando apoyo psicológico para iniciar un proceso reparatorio.

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- El Director INFORMARÁ mediante oficio adjuntando una copia de la denuncia a SUPEREDUC.

- El profesor Encargado de Convivencia, vía telefónica citará con carácter de urgencia al apoderado o representante del estudiante agredido, con la finalidad de informarle del suceso.

- Si el agresor o agresora fuera un funcionario del Establecimiento el Director solicitará entrevista con el Director Regional de SUPEREDUC, con la finalidad de concordar el procedimiento administrativo aplicado al agresor/a, o en su efecto el procedimiento judicial.

- Denuncia: independientemente de la aplicación de las medidas antes señaladas en el Manual de Convivencia Escolar, el establecimiento educacional deberá realizar la denuncia del caso de agresión a Fiscalía, Carabineros de Chile o PDI, para dar cumplimiento al art. 175, letra e) y 176 del Código procesal penal sobre Obligatoriedad de denuncia.

5. MALTRATO, VIOLENCIA O AGRESIÓN DE ESTUDIANTES A MIEMBROS ADULTOS DEL

ESTABLECIMIENTO

- En caso de agresiones físicas de alumnos a profesionales de equipo docente y directivo, asistentes de la educación u otro miembro adulto del establecimiento, estos, deberán constatar lesiones en el centro de salud correspondiente y realizar l

o a respectiva denuncia a carabineros, PDI u otro organismo, de manera tal, que sea la justicia

ordinaria la que investigue los hechos denunciados. Si la persona no quisiese realizar la denuncia

de los hechos, debe dejar por escrito esta decisión.

- Para estos efectos será importante tener en consideración la edad de los estudiantes y la responsabilidad

penal de los mismos en relación a la Ley Penal Adolescente y las implicancias de ello.

- El Encargado de Convivencia Escolar registra por escrito la situación, informa al Director para que este dé a conocer al apoderado del estudiante los hechos, procedimientos y posibles resultados; el Encargado de

Convivencia Escolar realiza un seguimiento del proceso.

- En el caso de agresiones verbales, el Director y/o Encargado de convivencia Escolar aplicarán las medidas

establecidas en el Manual de Convivencia escolar.

- Implementar consejo de disciplina para aplicar en los casos de mayor gravedad.

SEGUIMIENTO DE LOS PROCEDIMIENTOS ACORDADOS Y SANCIONES.

La situación deberá ser monitoreada de manera de evaluar el cumplimiento y resultados de las medidas aplicadas.

En caso de ser efectivas, se deberá registrar en el expediente del caso esta situación, señalando los cambios

presentados por el o los alumnos. Por el contrario, si las medidas formativas, pedagógicas y disciplinarias no han

sido efectivas, es necesario evaluar y considerar la aplicación de otras medidas.

Situación de violencia Tiempo de seguimiento

Agresión entre estudiantes como aislado y único 1 mes

Violencia entre estudiantes: Bullying 6 meses

Agresión por parte de un adulto hacia un estudiante 6 meses

Agresión por parte estudiantes a miembros adultos del establecimiento 6 meses

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PROTOCOLO DE ACTUACION ANTE VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO, NIÑA O

ADOLESCENTE

Entenderemos maltrato infantil como toda aquella acción u omisión no accidental que provoque daño físico o

psicológico por parte de sus padres o cuidadores.

Existen varios tipos de maltrato infantil dentro de los cuales podemos mencionar:

Maltrato físico: toda agresión que puede o no tener como resultado una lesión física, producto de un castigo único

o repetido, con magnitudes y características variables.

Maltrato emocional: el hostigamiento verbal habitual por medio de insultos, críticas, descréditos, ridiculizaciones,

así como la indiferencia y el rechazo explícito o implícito hacia el niño, niña o adolescente.

También se incluye el rechazo, el aislamiento, aterrorizar a los niños o niñas, ignorarlos y corromperlos.

Abandono y negligencia: se refiere a la falta de protección y cuidado mínimo por parte de quienes tienen el deber

de hacerlo y las condiciones para ello. Existe negligencia cuando los responsables de cubrir las necesidades

básicas de los niños no lo hacen.

Abuso sexual: es toda forma de actividad sexual entre un adulto y un niño, niña o adolescente. Incluye la

explotación sexual.

Señales de Maltrato Físico.

Signos físicos en el niño:

- Lesiones en la piel (magulladuras o moretones, señales de mordeduras humanas y quemaduras.

- Fracturas en distintas fases de cicatrización.

- Heridas o raspaduras.

- Heridas sobre infectadas.

- Hemorragia en la retina.

- Lesiones Abdominales.

Comportamiento del niño:

- Cauteloso en contacto físico con adultos.

- Se muestra aprensivo cuando otros niños lloran.

- Manifiesta conductas extremas (agresividad o rechazo).

- Parece tener miedo de sus padres o de volver a su casa.

- Informa que su padre o madre le ha causado alguna lesión.

- Trastorno del sueño o de alimentación.

Señales de Maltrato Emocional

Signos físicos en el niño:

- Retraso en el desarrollo físico (baja de peso y en la talla)

- Trastorno de en las funciones relacionadas con la alimentación, sueño y regulación de esfínteres.

Comportamiento del niño:

- Parece excesivamente complaciente o muy agresivo.

- Muestra conductas extremadamente adaptativas adultas (como ejercer un papel de padre) o conductas

demasiado infantiles (chuparse el dedo, orinarse, etc)

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Colegio Diego Portales 33

- Intentos de suicidio.

- Extrema falta de confianza en sí mismos.

- Exagerada necesidad de ganar o sobresalir.

- Demandas excesivas de atención.

- Mucha agresividad o pasividad frente a otros niños.

Señales de negligencia o abandono.

Signos físicos en el niño:

- Se le ve constantemente sucio, hambriento o inapropiadamente vestidos.

- Sufre repetidos accidentes domésticos por el descuido de sus padres.

- El niño pasa largos periodos del día sin cuidados ni vigilancia de un adulto.

- Presenta problemas físicos o necesidades médicas no atendidas o ausencia de control médico rutinario.

- Inasistencia repetida y no injustificada en el establecimiento.

Comportamiento del niño:

- Raras veces asiste al colegio.

- Se suele quedar dormido en clases.

- Muestra cansancio o apatía permanentes.

- Llega temprano al colegio y se va muy tarde.

- Dice que no hay nadie que la cuide.

Señales de Abuso Sexual.

Signos claves de Abuso sexual:

- Dificultad para caminar o sentarse.

- Enuresis o encopresis.

- Ropa interior rasgada o ensangrentada.

- Genitales o ano hinchado, dilatado o enrojecido.

- Presencia se semen en los genitales, boca o ropa.

- Enfermedades de transmisión sexual.

Señales conductuales de abuso y/o maltrato:

- Lenguaje y comportamiento que muestran manejo y conocimiento detallado y específico con relación a

conductas sexuales de los adultos.

- Interés excesivo hacia temas sexuales.

- Actitud seductora y/o erotizada.

- Masturbación persistente y repetida que a pesar de la intervención de un adulto no se detiene.

- Agresión sexual hacia otros niños y niñas.

- Penetración con dedos o introducción de objetos en vagina o ano.

Signos que pueden indicar la presencia de abuso sexual, aun cuando el niño o joven no realice la develación:

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En la edad preescolar:

- Llanto excesivo, sin razón aparente y conducta irritable o agitación extrema en lactantes.

- Regresión a alguna fase anterior del desarrollo (enuresis, encopresis, succión del pulgar, utilización del

tono de voz o lenguaje de las guaguas).

- Miedos excesivos (a la oscuridad, a quedarse con determinadas personas, a los momentos de soledad,

etc).

- Juegos sexuales repetitivos con juguetes, compañeros o mascotas.

- Los trastornos del sueño, incluyendo pesadillas, miedo a irse a la cama, miedo a estar solo en el dormitorio.

La dependencia excesiva, especialmente con respecto a ciertos adultos y en respuesta a otros.

Indicadores en la edad escolar:

- Problemas escolares, incluyendo fobias escolares.

- Ausencias frecuentes.

- Miedo a volver a casa después del colegio.

- Cambios notorios en el rendimiento escolar.

- Cuantiosos temas de violencia en los dibujos o trabajos escolares.

- Distanciamiento de los compañeros.

- Desarrollo de relaciones de amistad inadecuadas para la edad, especialmente con niños más pequeños

que pueden ser controlados.

- Distorsiones de la imagen corporal y problemas relacionados, como miedo a ducharse después de

educación física, temor a que otros la/a vean desnudo/a, ponerse mucha ropa para ocultar el cuerpo.

- Conocimientos sexuales avanzados.

- Cambios excesivos de humor.

- Expresión inadecuada de la rabia o angustia extrema.

- Depresión e ideas o intentos de suicidio.

- Inicio súbito de enuresis.

- Trastornos alimentarios, incluyendo bulimia, anorexia o ingestión compulsiva de comida.

- Comportamientos sexualmente manifiestos hacia los adultos, como intentar coquetear y realizar

insinuaciones de tipo sexual.

- Simulación de actividad sexual sofisticada con niños más pequeños.

- Juegos sexuales, conductas sexuales abusivas sobre otros niños.

- Terror a ser rechazado.

- Actitud de duda, desconfianza y sospecha y sentimientos de culpa. Indicadores en la adolescencia:

- Merma importante en su autoconfianza y autoestima.

- Malas relaciones con los compañeros.

- Tendencia a escaparse mucho del colegio o fugarse del hogar.

- Pasar mucho tiempo en la calle.

- Trastornos del sueño, incluyendo pesadillas, inquietud al dormir, sueño excesivo.

- Problemas escolares, incluyendo modificaciones importantes en el rendimiento académico y ausencias

excesivas al colegio.

- Retraimiento y aislamiento de amigos o compañeros.

- Consumo de drogas o alcohol.

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- Automutilación, incluyendo tatuajes, quemaduras o cortes en el cuerpo (que con frecuencia son

practicadas para ‘liberar’ un dolor interno).

- Múltiples contactos sexuales.

- Comportamiento promiscuo.

- Prostitución, depresión, ansiedad y/o irritabilidad excesiva, ideas obsesivas, sentimientos displacenteros

recurrentes, ideación, conductas o intentos suicidas.

- Conducta antisocial.

Lo que nunca hay que hacer ante una situación de abuso

- Confrontación del niño, niña o adolescente para corroborar la versión.

- Culpar al niño del abuso.

- Negar que el abuso ha ocurrido.

- Expresar angustia o alarma por el niño o agresor.

- Tratar al niño/a de forma diferente.

- Sobreprotegerlo/a.

Ante una revelación espontánea de la niña o adolescente u otro integrante de la comunidad educativa:

- Escuchar y acoger el relato (es necesario que el relato se haga una vez y delante de una sola persona,

evitando victimización secundaria)

- Conversar con el niño/a o adolescente en un lugar privado.

- No poner en duda el relato, crea lo que le dice y hágaselo saber.

- No culpabilizar al niño, niña o adolescente del delito.

- Plantear al niño, niña o adolescente la necesidad de tomar medidas para que esta situación se detenga.

- Hágale saber lo importante que es no guardar el secreto y que necesita de otras personas para

ayudarlo/a.

- Se le debe brindar protección y apoyo durante todo el proceso

- Es sumamente importante resguardar la confidencialidad respecto a antecedentes personales de la

familia y niño/a, adolescente involucrados/as.

Ante la develación o sospecha, de una vulneración de derechos, de un niño/a o adolescente, a cualquier integrante de la comunidad educativa.

- Se debe dar aviso al Director

- El director tiene como plazo máximo 24 horas para denunciar.

- Se puede denunciar a Carabineros, PDI, o Fiscalía.

Qué hacer ante una develación alumno, alumna u adolescente:

- Escuchar y acoger el relato (es necesario que el relato se haga una vez y delante de una sola persona,

evitando victimización secundaria)

- Converse con el niño/a o adolescente en un lugar privado.

- No poner en duda el relato, crea lo que le dice y hágaselo saber.

- No culpabilizar al niño, niña o adolescente del delito.

- Plantear al niño, niña o adolescente la necesidad de tomar medidas para que esta situación se detenga.

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PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN BASADO EN LEY DE DROGAS N° 20.000

1. PROTOCOLO ANTE DETECCIÓN/ PREOCUPACIÓN POR POSIBLE CONSUMO:

- Acogida Inicial y recopilación de información: Definición de la persona encargada de realizar la primera entrevista (encargada de convivencia escolar/orientador) para la reunión de antecedentes personales,

escolares y familiares del caso, que permitan la construcción de informe y derivación de la estudiante.

- Poner en conocimiento al Director del Establecimiento

- Poner en conocimiento a la familia; mediante entrevista formal con padres y/o apoderados. Se entregará

información sobre redes de apoyo o sobre la institución derivada en los casos que lo requieran.

NOTA: Si los padres se oponen a la derivación, será responsabilidad de ellos realizar las diligencias necesarias

para que el estudiante tenga atención psicosocial antes de 15 días, presentando los documentos de atención

médica correspondientes a la orientadora, de lo contrario se interpondrá “Medida de Protección” en Juzgado de

Familia .

- Definición de Institución o red de apoyo a donde de acudirá: En caso que sea pertinente, se evaluará la necesidad de solicitar apoyo profesional externo. Considerándose en primer lugar el apoyo de SENDA de Alto Hospicio, atención de profesionales de Consultorios y/o Centros de Salud Familiar más cercanos, con los cuales el establecimiento tenga una coordinación permanente.

- Instancia de evaluación y seguimiento del caso: Encargado/a de Convivencia Escolar u orientador/a.

2. PROTOCOLO ANTE DETECCIÓN Y/O SOSPECHA DE PORTE/VENTA/MICROTRÁFICO:

- En caso de delito flagrante, y según el artículo 12 de la Ley 20.000, la denuncia será a nombre de la Institución, siendo el/la directora/a el/la encargado/a de realizar la denuncia correspondiente a la unidad policial más cercana, carabineros o PDI.

- El o los alumnos involucrados serán trasladados a una oficina o sala acompañados por el/la encargado/a de convivencia escolar u orientador/a con el objeto de resguardar la información y a los educandos hasta que se presenten las autoridades competentes.

- Se pondrá siempre en antecedentes de manera oportuna a la familia del alumno o alumnos involucrado (a).

- Ante hechos de sospecha de tráfico, microtráfico o porte, se resguardará el principio de inocencia, pues existe la posibilidad de que el alumno esté siendo víctima de explotación, abuso o engaño, vale decir, instrumento más que sujetos activos del delito. En este caso se activará la red OPD, para brindar medidas de protección.

- En primera instancia toda información relacionada con el caso se pondrá inmediatamente y de manera

confidencial, en conocimiento del Director, y una vez al tanto de la situación, deberá poner toda la

información recabada en conocimiento de la Fiscalía del Ministerio Público o de las policías de la comuna

(24 horas).