Clase 7
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Diplomado en Recursos Humanos
Modulo 2 – Clase 3
Docente: Lic. Ana Fringes
Administración de Remuneraciones
• Aspectos legales• Aspectos sindicales• Aspectos económicos
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Temas a tratar:• Ley de contrato de trabajo y sus modificaciones.• Convenios Colectivos de Trabajo• Escalas Salariales - Categorías laborales• Salario - Sueldo Bruto y Neto• Conceptos remunerativos y no remunerativos• Aportes y contribuciones• Tiempo y plazos de liquidación y pago• Confección de recibos de sueldo• Sueldos especiales: vacaciones, SAC, licencias.
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¿COMENZAMOS?
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Ley de contrato de Trabajo• Marco regulatorio de las relaciones de trabajo
en Argentina.• Ley 20744• Sancionada en 1974• Modificada en numerosas oportunidades:
2000, 2006, 2008, etc.
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Ley de contrato de Trabajo
FUENTES DE REGULACION
PRINCIPIOS DEL DERECHO DEL TRABAJO
MEDIOS TECNICO-JURIDICOS DELDERECHO DEL TRABAJO
El CONTRATO DE TRABAJO
TUTELA Y PAGO DE REMUNERACIONES
VACACIONES, LICENCIAS, FERIADOS
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Ley de Contrato de Trabajo• Establece los actores en el contrato de
trabajo: trabajador, empleador.• Establece los principios que rigen la actividad
laboral (irrenunciabilidad, protección, etc.)• Establece los derechos y obligaciones de las
partes.
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Convenio Colectivo de Trabajo
• Es un tipo peculiar de contrato celebrado entre un sindicato y una organización o varias representativas de los empleadores
• Se aplica a todos los trabajadores del ámbito (empresa o actividad) alcanzado.
• No pueden ser contrarios a normas imperativas establecidas por la ley.
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Convenio Colectivo de Trabajo
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Convenio Colectivo de Trabajo• Puede regular todos los aspectos de la
relación laboral (salarios, jornada, descansos, vacaciones, licencias, categorías laborales, etc)
• Puede determinar reglas para la relación entre los sindicatos y los empleadores (repr. en los lugares de trabajo, etc)
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Convenio Colectivo de Trabajo• Las condiciones del convenio suelen
considerarse como un mínimo. • El contrato individual que firme cada
trabajador puede mejorarlas (más sueldo, más descansos, etc.), pero no puede establecer condiciones más desfavorables para el trabajador.
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Convenio Colectivo de Trabajo• Comercio: 130/75• Camioneros: 40/89• Sanidad:
122 (clínicas y sanatorios)120 (droguerías)136/95 E (Bagó)108 (institutos sin internación)
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Escalas Salariales• Es la lista donde se consignan las categorías
salariales del CCT y las remuneraciones correspondientes en cada caso.
• Se actualizan periódicamente para mantener los valores actualizados
• Deben tenerse en cuenta para la liquidación mensual, y también para la incorporación del empleado.
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Escalas Salariales Convenio Comercio
Conceptos remunerativosConceptos no remunerativos
Totalbruto
Aportes
Totalneto
Básico Ant. Pres Total
Acuerdos
Pres Total2012
Maestranza y Servicios
A 4.058,8 338,2 4.397,0 608,8 50,7 659,6 5.056,6 893,7 4.162,9
B 4.074,2 339,5 4.413,7 611,1 50,9 662,1 5.075,7 897,1 4.178,6
C 4.128,0 344,0 4.472,0 619,2 51,6 670,8 5.142,8 908,9 4.233,8
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Escalas SalarialesConvenio Panaderos
Categoría2012
Enero - Junio Julio - Octubre
Medio Oficial 3.041 3.408
Ayudante 3.006 3.365
Peón 2.962 3.311
Cajero 3.041 3.408
Dependiente 2.981 3.335
Repartidor 3.041 3.408
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Categorías Laborales • Es la calificación que corresponde al
trabajador en función de las tareas que realiza.
• Están detalladas en los CCT.• Pueden variar en el transcurso de la relación
laboral, para una mejor categoría.• Se declaran en AFIP al inicio de la relación
laboral.
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Categorías Laborales
• CCT 130-75 (Comercio)“Capítulo III: Art. 5º.- Personal de Maestranza y Servicios. Se considera personal de maestranza y servicios al que realiza tareas atinentes al aseo del establecimiento, al que se desempeña en funciones de orden primario y a los que realicen tareas varias sin afectación determinada. Este personal se encuentra comprendido en las siguientes categorías;a) personal de limpieza y encerado; cuidadores de toilettes y/o vestuarios y/o guardarropas y/o mercaderías; ayudantes de reparto; etc.”
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El salario
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El Salario• Es la contraprestación que debe percibir el
trabajador como consecuencia del contrato de trabajo
• Es el sueldo!
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El Salario• Debe abonarse en efectivo.• Es obligatorio realizar el pago mediante una
cuenta bancaria abierta a nombre del trabajador.
• Puede liquidarse en forma mensual, quincenal o semanal.
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Sueldo Bruto y neto• Sueldo Bruto: es la suma del total de las
remuneraciones a abonar, incluye todos los conceptos: salario, antigüedad, título, etc)
• Sueldo Neto: es el resultado de restar al sueldo bruto los descuentos correspondientes (jubilación, obra social, etc). Es el sueldo “De bolsillo”.
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Sueldo Bruto y neto• Ejemplo:
Sueldo Bruto: $ 42000.-Descuentos: $ 7140.-
Sueldo Neto: $ 42000 - $ 7140 = $ 34860.-
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Aportes y contribuciones• Aportes: Son los descuentos que se efectúan
al trabajador. • Los conceptos son:
Jubilación 11 %Obra Social 3 %INSSJP (PAMI) 3 %Sindicatos (variable según convenio)Otros: cajas complementarias, etc
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Aportes y contribuciones
Mes normal Mes con aguinaldo
Salario bruto $ 40000 $ 60000
Retencion Jubilacion 11 % $ 4400 $ 6600
Retencion Ob.Social 3 % $ 1200 $ 1800
Retencion INSSJP 3 % $ 1200 $ 1800
Retencion Impuesto alas ganancias(Variable)
$ 0 $ 0
Neto resultante(*) $ 33200 $ 49800
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Tiempo y plazos
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Tiempo y plazos• El sueldo debe abonarse hasta el 4to día hábil
después de finalizado el período.• Por ejemplo: hasta el 6 de Agosto deberán
abonarse los sueldos de Julio.• El SAC debe abonarse el 30 de Junio y 30 de
Diciembre (puede abonarse solo un adelanto y luego completar el saldo).
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Tiempo y Plazos• Las vacaciones deben abonarse el día de
inicio. • Las licencias deben abonarse con el sueldo.
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Confección de recibos• Debe ajustarse al artículo 140 de la LCT.• Deben incluirse los datos detallados en el
artículo mencionado.• Está sujeta a control por parte del Ministerio
de Trabajo.• El no cumplimiento puede acarrear sanciones
de distinto tenor.
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Confección de recibos• Los recibos deben confeccionarse por
duplicado.• La firma en el recibo implica la conformidad
tanto con el monto como con el detalle de la liquidación.
• Deben incluirse en forma obligatoria los siguientes datos:
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Confección de recibos • Datos del empleador• Nombre completo o
razón social• Domicilio de la
empresa• Clave Única de
Identificación Tributaria (CUIT)
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Confección de recibos • Datos del trabajador• Nombre y apellido• Clasificación profesional• Código Único de
Identificación Laboral (CUIL)
• Fecha de ingreso• Tareas desarrolladas o
categoría de trabajo
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Confección de recibos • Detalle de la remuneración
• Total bruto de la remuneración básica o fija que pactó con el empleador.
• Total de remuneraciones variables producidas en el período de liquidación (comisiones, premios, etc).
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Confección de Recibos• Detalle de la remuneración
• Detalle de conceptos no remunerativos (anticipos de sueldo).
• Importe de las deducciones por aportes del empleado (jubilación, obra social, etc)
• Importe neto percibido, expresado en letras y números.
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Confección de Recibos• Otros datos obligatorios
• La fecha en que se efectuó el último depósito de aportes.
• El período que corresp. a tal depósito.• En qué banco se efectuó.
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LIQUIDACION DE HABERESMES DE: MAYO 2.012
NOMBRE y APELLIDO CATEGORIA MAESTRANZA A
HABERES IMPORTE IMPORTE REM. NO REM. $ $
Sueldo Básico 4.058,78 Antigüedad 0,00 Presentismo 338,10 Adicional 0,00 Adicional 0,00 Acuerdo 05-2012 608,82 Presentismo (No Remunerativo) 50,71 Acuenta de Futuros Aumentos
SUBTOTALES 4.396,88 659,53 TOTAL BRUTO 5.056,41
DEDUCCIONES % $ Jubilación 11 483,66 Ley 19032 3 131,91 Obra Social OSECAC 3 151,69 S.E.C. 2 101,13 FAECYS 0,50 25,28 Seguro de Vida Obligatorio 0,00 Seguro de Vida 0,00 OSECAC (unica vez) 100,00 S.E.C. LOCAL 0,00
TOTAL DEDUCIONES 993,67Salario Familiar
detalle detalle 0,00 detalle 0,00
TOTAL SALARIO FAMILIAR 0,00TOTAL NETO 4.062,74
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Casos especiales• SAC (sueldo anual complementario)Concepto: la doceava parte del total de las remuneraciones percibidas por el trabajador.• Fórmula de cálculo:Mejor sueldo (semestre)Dividido en dos.
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Casos especiales• Vacaciones - Concepto: Período de descanso
anual remunerado.Fórmula:Sueldo mensual% en 25X el número de días.
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Casos especiales• Licencias por enfermedad, examen, etc.
Fórmula de cálculo: Sueldo bruto% 30 X el número de días(solo aplica para Conceptos Remunerativos)
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Ejercicios• Calculamos el sueldo neto de un trabajador
que cobra $ 16500 bruto? • Calculamos el SAC de un empleado que cobra
$ 15850.- (conv. Comercio)• Calculamos 14 días de vacaciones para un
empleado que cobra $ 14678.-• Calculamos 3 días de lic. X enfermedad para
un empleado que cobra $ 17427.-
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Páginas para consultas• http://
www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=25552 (texto completo de la Ley de Contrato de Trabajo).
• https://convenios.trabajo.gob.ar/ConsultaWeb/Aviso.asp (Buscador de convenios colectivos de trabajo).
• http://www.trabajo.gov.ar/ (página oficial del Ministerio de Trabajo de la Nación).
Diplomado en Recursos HumanosAño: 2016
Docente: Lic. Ana FringesEmail docente: [email protected]
www.icetuc.com.ar