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DIRECCION CORPORATIVA DE ADMINISTRACION SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION PATRIMONIAL SUAP-MR-056/15 LICITACIONES PÚBLICAS: CATALIZADORES

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DIRECCION CORPORATIVA DE ADMINISTRACION SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION PATRIMONIAL

SUAP-MR-056/15

LICITACIONES PÚBLICAS:

CATALIZADORES

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DIRECCIÓN CORPORATIVA DE ADMINISTRACIÓN SU BDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN PATRIMONIAL

LICITACIÓN PUBLICA NÚMERO

SUAP-MR-056/15

BASES PARA LA LICITACIÓN DE BIENES

1 DATOS GENERALES

1.1. En términos de lo dispuesto por Ley General de Bienes Nacionales, las Políticas Generales de Administración y Disposición de Bienes Muebles e Inmuebles de Petróleos Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias y los Lineamientos Generales para la Administración de los Bienes Muebles de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, PEMEX REFINACIÓN en lo sucesivo "El Organismo", a través de la Subdirección de Administración Patrimonial de Petróleos Mexicanos, en lo sucesivo "La SUAP", con domicilio en Avenida Marina Nacional número 329, Torre Ejecutiva, piso 34, Colonia Petróleos Mexicanos, Delegación Miguel Hidalgo, México, Distrito Federal, código postal 11311, llevará a cabo a través del procedimiento presencial la licitación pública número SUAP-MR-056/15, en la que podrán participar personas físicas y morales, nacionales y extranjeras, que hayan adquirido bases para la enajenación de los bienes muebles que se detallan en el Anexo I y que cumplan los requisitos que en estas bases se señalan.

El Acto de Presentación y Apertura de Ofertas se celebrará en la Sala de Licitaciones de "La SUAP" ubicada en la calle de Bahía de San Hipólito número 56, tercer piso, colonia Verónica Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, código postal 11300, México, Distrito Federal, el día 28 de mayo de 2015 a las 10:00 horas y el Acto de Fallo tendrá lugar en esa misma dirección, al concluir el Acto de Presentación y Apertura de Ofertas. "La SUAP" se reserva la posibilidad de modificar las fechas y horarios de ambos actos.

2 CONDICIONES GENERALES DE LA LICITACIÓN

2.1 "El Organismo" a través de "La SUAP" evaluará las ofertas recibidas y emitirá el fallo de adjudicación en favor de la oferta más alta y aceptable de las presentadas por los participantes, en relación al valor de referencia para venta.

La licitación se declarará desierta cuando ninguna persona haya adquirido bases, o cuando ninguna persona se registre para participar en el Acto de Presentación y Apertura de Ofertas. En estos supuestos, también se declarará desierta la subasta.

Cuando todos los licitantes que adquirieron bases y cumplieron con los requisitos para su registro, hayan incumplido con otros requisitos esenciales de la licitación, entre los que se encuentran el que no se haya constituido la garantía de sostenimiento; o no presenten ofertas en términos de las bases; o las presentadas no igualen o superen el valor de referencia para venta, y que se señala en el Anexo II de las presentes bases, se declarará desierta la licitación pública y sólo se procederá a iniciar el procedimiento de subasta si al menos uno de los participantes presentó garantía de sostenimiento de su oferta.

2.2 Los bienes materia de la presente licitación se enajenan en el estado físico en que se encuentran y se entregarán al adjudicatario en el lugar de su ubicación actual.

2.3 Ni "El Organismo" ni "La SUAP" otorgarán garantía alguna, ni por el estado físico o de uso en que se encuentren los bienes, ni por el uso que pudiere dárseles, incluyendo posibles vicios que pudieren resultar y no aceptará reclamaciones de especie alguna,

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aceptando desde ahora los participantes estas condiciones y renunciando expresamente a presentar cualquier reclamación en este sentido.

La enajenación de los bienes de la presente licitación pública comprende la transferencia al adjudicatario de todas las obligaciones en materia ambiental que existan o que pudieran existir a cargo de Petróleos Mexicanos, derivadas de los bienes a enajenar; en consecuencia, a partir de la adjudicación y pago de dichos bienes "El Organismo", quedará liberado de cualquier responsabilidad en materia ambiental con relación a posibles afectaciones, reclamaciones o demandas de terceros en esta materia. Considerando que este material eventualmente pudiera estar contaminado con alguna substancia, el adjudicatario se obliga a no destinarlos a cualquier proceso productivo o industrial relacionado con la manufactura de textiles, alimentos, bebidas o cualquier artículo o producto de consumo humano, animal o vegetal.

2.4 El adjudicatario no podrá ceder en favor de persona alguna total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que se deriven de la presente licitación.

2.5 Para efectos de equivalencia de las garantías y los pagos realizados en dólares de los Estados Unidos de América, respecto a los de moneda nacional, se considerará el tipo de cambio que para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana publique el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, para la garantía, el del día de la celebración del acto de presentación y apertura de ofertas y fallo y para el caso de pago, el del día en que el Organismo tenga por aceptado dicho pago.

Si al momento de efectuar la conversión a moneda nacional resulta un monto de garantía o de pago inferior a los obligados, ni "La SUAP" ni "El Organismo" asumen responsabilidad alguna por esos motivos, por lo que dicha garantía se tendrá por no presentada y en el caso del pago se considerará como pago parcial, por lo que será exclusiva responsabilidad del interesado o adjudicatario, en su caso, transferir fondos suficientes tomando en consideración la fluctuación del tipo de cambio.

2.6 Los participantes aceptan que el domicilio fiscal señalado en el Anexo VI de las presentes bases, se considerará como su domicilio convencional para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos con relación a la presente licitación. Cada uno de los participantes acepta expresamente que las notificaciones, citatorios, requerimientos, solicitud de informes o documentos y en general cualquier resolución administrativa podrá realizarla "La SUAP" mediante correo electrónico o cualquier otro medio de comunicación electrónica que en dicho Anexo VI señale el participante.

2.7 Todos los pagos a cargo del adjudicatario, son exigibles en el domicilio de "El Organismo", los que deberá realizar mediante uno o varios de los instrumentos señalados en el punto 8.1 de estas bases.

3 INSPECCIÓN DE LOS BIENES

Los interesados podrán inspeccionar los bienes objeto de esta licitación para verificar su estado físico, descripción o especificaciones y para tales efectos, la inspección de los bienes se podrán llevar a cabo del 8 de mayo de 2015 al 27 de mayo de 2015 en días hábiles de las 9:00 a las 14:00 horas, previa obtención del pase de acceso, el que se deberá solicitar a la dirección de correo electrónico: informacion.licitacionesapemex.com,

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señalando el nombre o los nombres de las personas y la fecha en la que desean realizarla, los pases de acceso se emitirán 2 (dos) días hábiles posteriores a la fecha de recepción de la solicitud.

Para poder ingresar a los almacenes o centros de trabajo en que se realizará la inspección, los interesados deberán acreditar su personalidad. Para ello deberán presentar el original de un documento de identificación personal con validez oficial con fotografía (Credencial para votar, Pasaporte o Cédula Profesional) y, en caso de personas morales, carta membretada de la empresa que lo autoriza para realizar la verificación de los bienes.

Para la inspección de los bienes, cada uno de los interesados se obliga desde ahora, a cumplir en todo momento con las medidas de observancia obligatorias contenidas en el documento "Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental de los Proveedores o Contratistas que Realizan Actividades en Instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios", documento que como Anexo III podrá ser consultado e impreso de la página de internet de Petróleos Mexicanos, en la siguiente ruta: "http://www.pemex.com » Nuestro Negocio » Comercialización de bienes no útiles" > y las que en su momento le haga saber el Almacén o Centro de Trabajo respectivo.

La falta de inspección física de los bienes indicados en el Anexo I de las presentes bases por parte de los interesados para revisar su estado, descripción o especificaciones, es bajo su responsabilidad, por lo que no se aceptarán de éstos, reclamaciones derivadas de la falta de dicha inspección.

Tratándose de bienes cuyas características físicas no permitan al adjudicatario constatar las especificaciones señaladas en el Anexo I, ni "El Organismo" ni "La

SUAP" se hacen responsables de las discrepancias que pudieran existir una vez efectuado el retiro de los bienes de las instalaciones de "El Organismo".

En el caso de que, para información de los participantes, "El Organismo" o "La

SUAP" muestren fotografías de los bienes objeto de la presente licitación, ello no implicará ninguna responsabilidad ni para "El Organismo" ni para "La SUAP" en el sentido de que los bienes se encuentran en las condiciones que pudieren aparentar en las referidas fotografías, ni este hecho substituye en forma alguna el derecho de los participantes para inspeccionar los bienes conforme se establece en este apartado.

4 REQUISITOS QUE DEBERÁN LLENAR LOS INTERESADOS EN PRESENTAR OFERTAS

Los interesados en esta licitación deberán presentar en la fecha, lugar y hora establecidos para la presentación y apertura de ofertas, los siguientes documentos, según corresponda:

4.1 Para su registro:

4.1.1 Original y copia de una identificación oficial con fotografía y firma, vigente.

4.1.2 En el caso de personas morales, original y copia del documento notarial que acredite la legal existencia de la empresa y, en su caso, las reformas a sus estatutos, así como el original y copia del poder notarial que acredite la representación que ostenta y que lo faculte para actos de administración. En el

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caso del representante de persona física, original y copia del poder notarial que acredite las facultades para representar al interesado en el acto de que se trate.

Los documentos originales se devolverán al concluir el Acto de Fallo y "La SUAP" conservará únicamente la copia de los mismos.

Tratándose de empresas extranjeras, el acta constitutiva de la empresa y los poderes del representante deberán estar autenticados en los términos de las disposiciones mexicanas vigentes y Legalizados o Apostillados, según sea el caso.

Los participantes podrán omitir la presentación de la documentación a que se refiere este punto y el siguiente, mediante la exhibición del original de la Cédula de Identificación Empresarial o Personal según sea el caso, emitida previamente por la Subdirección de Administración Patrimonial, a petición del propio interesado.

4.1.3 Copia simple de la Cédula del Registro Federal de Contribuyentes del participante.

4.1.4 Una impresión del Certificado de Compra de las presentes bases de licitación, emitido a favor del participante por el Sistema Electrónico (Vía Internet) en la ruta: "http://www.pemex.com » Nuestro Negocio » Comercialización de bienes no útiles" >

4.1.5 Carta de Liberación de Responsabilidad (Anexo VII) debidamente firmada.

4.1.6 Entrega en original únicamente del Anexo VI de estas bases requisitado y firmado por el participante que hubiere acreditado su personalidad de conformidad con los términos y condiciones establecidos en las mismas.

4.1.7 Declaración manifestando bajo protesta de decir verdad, que conoce el contenido íntegro de las presentes bases y sus anexos, expresando además su conformidad con todos los términos, condiciones, procedimientos y requisitos establecidos en ellas y comprometiéndose a cumplir con todos y cada uno de ellos, así como de que no se encuentra en alguno de los supuestos a que se refiere el punto 14.3 de las presentes bases, y que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y una declaración de integridad, de tal manera que acepte, bajo protesta de decir verdad, que se abstendrá de adoptar conductas por sí mismo o a través de interpósita persona, para que los servidores públicos del convocante, induzcan o alteren la evaluación de las ofertas, el resultado del procedimiento u otros aspectos que otorguen condiciones ventajosas con relación a los demás participantes, para lo cual bastará que el concursante que hubiere acreditado su personalidad de conformidad con las presentes bases, requisite y firme el mencionado Anexo VI.

4.1.8 Una garantía de sostenimiento de su oferta, cuyo importe deberá ser, por lo menos, de la siguiente cantidad:

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Licitación Monto de la garantía

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$7,340.00 M.N.

Las garantías no generarán intereses en favor de los participantes.

La garantía deberá constituirse mediante uno o varios de los siguientes instrumentos, según corresponda, que podrán estar denominados en moneda nacional o en dólares, moneda de los Estados Unidos de América, observándose en tal caso, lo dispuesto en el punto 2.5 de estas bases:

4.1.8.1 Cheque de caja, expedido en la República Mexicana por institución de crédito autorizada para operar en los Estados Unidos Mexicanos, en Moneda Nacional, a nombre de PEMEX REFINACIÓN y pagadero en la Ciudad de México, Distrito Federal. Deberá entregarse original del documento respectivo el día del acto de presentación, apertura de ofertas y fallo.

4.1.8.2 Transferencia bancaria, en moneda nacional desde cualquier banco excepto BBVA BANCOMER, S.A., a la cuenta 0193380645 CLABE 012180001933806453, de BBVA BANCOMER, S.A., a nombre de Pemex Refinación Gerencia de Recursos Financieros Activos Improductivos, indicando el número de la licitación que está garantizando (para moneda nacional). Deberá entregarse copia de la impresión de la constancia de la transferencia el día del acto de presentación, apertura de ofertas y fallo.

Esta garantía deberá constituirse a más tardar a las 14:00 horas (hora de la Ciudad de México, Distrito Federal) del día 21 de mayo de 2015,

4.1.8.3 Transferencia bancaria en moneda nacional de una cuenta de BBVA BANCOMER, S.A., a la cuenta 0193380645, de BBVA BANCOMER, S. A., a nombre de Pemex Refinación Gerencia de Recursos Financieros Activos Improductivos indicando el número de la licitación que está garantizando (para moneda nacional). Deberá entregarse copia de la impresión de la constancia de la transferencia el día del acto de presentación, apertura de ofertas y fallo.

Esta garantía deberá constituirse a más tardar a las 14:00 horas (hora de la Ciudad de México, Dístríto Federal) del día 21 de mayo de 2015,

4.1.8.4 Transferencia bancaria en dólares de los Estados Unidos de América a la cuenta 0176637795 CLABE 012180001766377955, SWIFT BCMRMXMM, en BBVA BANCOMER, S.A., a nombre de PEMEX REFINACIÓN GRF LICITACIONES indicando el número de la licitación que está garantizando. Deberá entregarse copia de la impresión de la constancia de la transferencia el día del acto de presentación, apertura de ofertas y fallo.

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Esta garantía deberá constítuírse a más tardar a las 14:00 horas (hora de la Ciudad de México, Distrito Federal) del día 21 de mayo de 2015.

La falta de entrega de los documentos mencionados en este punto 4.1, hará que el interesado no quede registrado y consecuentemente no participará ni en el evento de la licitación pública ni en la subasta. Esta circunstancia se hará constar en el acta a que se refiere el apartado 5.5 de estas bases.

4.2 En sobre cerrado:

Su oferta en la que conste su nombre y, en su caso, el del representante legal, firmada en original con el monto expresado en forma manuscrita (letra de molde) o mecanografiado, tanto en número como en letra, los que deberán ser coincidentes, expresada en moneda nacional, sin el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) utilizando para ello el formato que como Anexo II se adjunta a las presentes bases, debidamente requisitado. En el caso de que en la oferta se incluya el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), deberá señalarlo expresamente. En ningún caso se admitirá una oferta que no pueda ser cuantificada, que no coincidan los montos con guarismos y con letra o que contenga tachaduras o enmendaduras o que no se encuentre garantizada. Si algún participante llegare a presentar dos o más ofertas sobre una misma licitación, "El Presidente" tomará en cuenta la de valor más alto y desechará la o las de menor importe.

Las ofertas presentadas que no cubran el Valor de Referencia para Venta fijado para los bienes licitados o no cumplan con los requisitos establecidos, serán descalificadas y se asentará en el Acta respectiva la causa que lo motivó.

Será nula cualquier condición que, en su caso, llegasen a estipular en sus ofertas los participantes en la licitación y qué sean adicionales, diferentes o contrarias a las señaladas en las presentes bases.

5 REGISTRO DE PARTICIPANTES Y APERTURA DE OFERTAS

5.1 "El Organismo" a través de "La SUAP" en el lugar, fecha y hora indicados llevará a cabo el Acto de Presentación y Apertura de Ofertas el cual se iniciará con el registro de los interesados, quienes deberán presentar para ese efecto la documentación señalada en el punto 4.1 de estas bases, así como en sobre cerrado, la indicada en el punto 4.2 anterior.

Todo interesado que haya cumplido con los requisitos señalados en el punto 4.1 de estas bases, tendrá derecho a que se tenga por presentada su oferta, siempre que lo haga en los términos señalados en el punto 4.2. Los interesados que se encuentren al interior del recinto en que se lleve a cabo la licitación, una vez iniciado el registro no podrán preparar su oferta para la licitación, ni integrar el contenido del sobre ya que de hacerlo no se les recibirá la documentación de referencia.

5.2 En el Acto de Presentación y Apertura de Ofertas así como en el de Fallo, tratándose de personas físicas, sólo podrá participar el propio oferente o su representante legal y en el caso de persona moral un solo representante. En el caso de que el participante no hable el idioma español, tendrá derecho de acompañarse de un intérprete o traductor.

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5.3 Una vez iniciado el Acto de Presentación y Apertura de Ofertas, no se permitirá el acceso a persona alguna al recinto del evento. Sólo podrán permanecer en la sala, quienes hubieren registrado su participación. Una vez cerrado el registro, los participantes podrán, si así lo desean, abandonar la sala y no podrán reingresar hasta concluido el acto.

5.4 Una vez registrados los participantes y recibidos los sobres que contienen sus ofertas, no se aceptará declinación alguna y se procederá a dar lectura a las garantías y ofertas recibidas.

5.5 Se levantará acta circunstanciada del Acto de Presentación y Apertura de Ofertas, la cual será firmada por los asistentes. Esta acta no será invalidada si alguno de los participantes se abstiene o se opone a firmarla.

5.6 Una vez iniciado el registro de los participantes y hasta la conclusión del Acto de Presentación y Apertura de Ofertas, no se permitirá que los participantes se comuniquen entre ellos, ni el uso de equipos de comunicación tales como teléfonos celulares, radios u otros de naturaleza semejante, por lo que bajo ninguna circunstancia podrán ingresarlos a la Sala de Licitaciones; los participantes que no cumplan con esta disposición, serán descalificados y deberán abandonar la sala.

6 ACTO DE FALLO

6.1 En el lugar y fecha y hora indicados se realizará el Acto de Fallo en que se dará lectura en voz alta en presencia de todos los participantes el resultado de la presente licitación. "El Organismo" retendrá la garantía presentada por el oferente que resulte adjudicatario, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas con motivo del Fallo, y procederá al trámite de devolución de las garantías presentadas por los demás participantes

Sólo se devolverán en el Acto de Fallo las garantías presentadas mediante "Cheque de Caja". En cualquier otro caso, se devolverán posteriormente, para lo cual se requerirá para su reembolso que los participantes requisiten el Anexo V de las presentes bases.

Para la procedencia de la solicitud de devolución de las garantías para la licitación, es necesario que el interesado presente un escrito en formato libre, en el que solicite a "El Organismo" la devolución y anexando copia del documento bancario en donde conste su número de cuenta a su nombre y su CLABE (Clave Bancaria Estandarizada).

6.2 En caso de empate en las ofertas más altas, que igualen o superen el valor de referencia para venta, se aplicará como criterio de desempate un sorteo manual por insaculación en presencia de todos los participantes, que se celebrará en el mismo Acto de Fallo, y se adjudicará la licitación en favor del participante que resulte ganador del sorteo.

6.3 A partir del Fallo de la licitación, la garantía retenida se constituirá en garantía de cumplimiento de pago de la oferta ganadora y el monto de ella podrá ser aplicado al pago de la licitación, siempre y cuando se cumpla en tiempo y forma con lo establecido en el punto 8 PLAZO Y FORMA DE PAGO de las presentes bases.

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6.4 Una vez iniciado el Acto de Fallo no se permitirá el acceso a persona alguna al recinto del evento y en caso de que algún concursante desee salir, sólo podrá hacerlo hasta que se haya dado el Fallo respectivo; de abandonar, por la razón que fuere justificada o no, no podrá reingresar a la sala

6.5 El Acto de Fallo constará igualmente en el acta circunstanciada a que se refiere el punto 5.5 anterior, o en documento por separado en el caso de que el Acto de Fallo no se realice al concluir el Acto de Presentación y Apertura de Ofertas.

7 PROCEDIMIENTO DE SUBASTA

En el supuesto de que la licitación pública a que se refieren las presentes bases fuere declarada desierta, ya sea por no recibirse oferta o por no aceptarse las presentadas, se iniciará en el mismo evento, un procedimiento de subasta, en el que podrán participar quienes hubiesen adquirido las bases y cubierto los requisitos de registro precisados en la documentación señalada en el punto 4.1 precedente. Únicamente podrán participar en la subasta, aquellos que hubieren constituido una garantía en los términos del punto 4.1.8 para aquella en que pretendan participar, la que servirá como garantía de sostenimiento de dicha postura legal y de pago en el caso del ganador.

El procedimiento de subasta se regirá de conformidad con las reglas siguientes:

7.1 Los participantes recibirán, al inicio de la subasta, sendas paletas numeradas a efecto de que con ellas manifiesten su oferta, las que deberán de ser devueltas a "El Presidente" al término de la subasta.

7.2 "La SUAP" determinará como valor de la postura legal para la primera almoneda de la subasta, la que cubra por lo menos las dos terceras partes del valor para venta publicado en la convocatoria, y se dará a conocer de viva voz por "El Presidente".

7.3 Los participantes que ofrezcan como precio de los bienes el valor expresado por "El Presidente", deberán levantar de forma visible la paleta numerada que recibieron al inicio de la subasta. El Presidente expresará en voz alta los números con que se identifiquen las paletas levantadas. El mero hecho de levantar la paleta, para todos los efectos legales será considerada oferta válida y obligatoria para el participante.

7.4 Si uno o más participantes ofrecen el precio expresado por "El Presidente", éste incrementará dicho precio en un (3%) tres por ciento y lo expresará nuevamente en voz alta, a fin de que, de la misma forma indicada en el párrafo anterior, los participantes manifiesten su interés en pagar el nuevo monto.

7.5 En el caso de que, en los términos señalados anteriormente, alguno de los participantes haya ofrecido pagar el precio manifestado por "El Presidente" de la licitación y no haya otro participante que ofrezca pagar un precio superior, "El Presidente" declarará adjudicados el o los bienes a dicho postor por el precio más alto ofrecido por éste. En caso de que dos o más participantes hayan ofrecido pagar el mismo precio y no haya otro participante que ofrezca un precio superior, se aplicará como criterio de desempate un sorteo manual por insaculación, que se celebrará en el mismo Acto.

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7.6 En el caso de que ninguno de los participantes ofrezca pagar el precio correspondiente a las dos terceras partes del valor de referencia publicado en la convocatoria para la licitación de que se trate, "El Presidente" declarará desierta la primera almoneda y dará inicio a la segunda almoneda.

7.7 El procedimiento de segunda almoneda se realizará bajo las mismas reglas señaladas en los párrafos anteriores. "El Presidente" declarará como postura legal el valor que resulte de deducir un 10% (diez por ciento) al valor fijado en la primera almoneda como postura legal.

7.8 El sostenimiento de la oferta ganadora quedará respaldado con la garantía constituida por el adjudicatario.

7.9 En caso de que el postor ganador incumpla con el pago de los bienes, "El Organismo" hará efectiva la garantía correspondiente y podrá adjudicar dichos bienes a la segunda o siguientes mejores posturas o pujas aceptadas.

7.10 El escrito en el que conste la oferta de cada uno de los Postores, deberá contener su nombre y domicilio, así como la cantidad que en cada puja se ofreció y deberá ser firmada por cada uno de ellos.

7.11 En todo lo que no se oponga a las reglas señaladas en este numeral 7, serán aplicables las disposiciones contenidas en estas bases.

8 PLAZO Y FORMA DE PAGO

8.1 El plazo para que el Adjudicatario liquide la operación adjudicada, más el Impuesto al Valor Agregado (IVA), correspondiente a la licitación pública de las presentes bases, iniciará el día de la adjudicación y concluirá el 10 de junio de 2015.

El pago deberá efectuarse mediante uno o varios de los siguientes instrumentos, según corresponda:

8.1.1 Cheque de caja expedido en la República Mexicana por institución de crédito autorizada para operar en los Estados Unidos Mexicanos, en moneda nacional, a nombre de Pemex Refinación y pagadero en la Ciudad de México, Distrito Federal. Deberá entregarse el original ante la "Ventanilla Única" señalada en el numeral 8.4 de estas bases.

8.1.2 Transferencia bancaria, en moneda nacional desde cualquier banco excepto BBVA Bancomer, S.A., a la cuenta 0193380645 CLABE 012180001933806453, de BBVA Bancomer, S. A., a nombre de PEMEX REFINACIÓN GERENCIA DE RECURSOS FINANCIEROS ACTIVOS IMPRODUCTIVOS indicando el número de la licitación que está liquidando, (para moneda nacional). Deberá entregarse copia de la impresión de la constancia de la transferencia ante la "Ventanilla Única" señalada en el numeral 8.4 de estas bases.

8.1.3 Transferencia bancaria en moneda nacional de una cuenta de BBVA Bancomer, S.A., a la cuenta 0193380645, de BBVA Bancomer, S. A., a nombre de PEMEX REFINACIÓN GERENCIA DE RECURSOS FINANCIEROS ACTIVOS IMPRODUCTIVOS indicando el número de la licitación que está

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SUAP-MR-056/15 PEMEX liquidando (para moneda nacional). Deberá entregarse copia dé la impresión de la constancia de la transferencia ante la "Ventanilla Única" señalada en el

numeral 8.4 de estas bases.

8.1 4 Transferencia bancaria en dólares de los Estados Unidos de América a la cuenta 0176637795 CLABE 012180001766377955, SWIFT BCMRMXMM, en BBVA Bancomer, S.A., a nombre de PEMEX REFINACIÓN GRF

LICITACIONES indicando el número de la licitación que está liquidando. Deberá entregarse copia de la impresión de la constancia de la transferencia ante la "Ventanilla Única" señalada en el numeral 8.4 de estas bases.

Si el adjudicatario efectúa el pago en dólares de los Estados Unidos de América, se estará para efectos de su equivalencia e imputación de pago, a lo dispuesto en el punto 2.5 de las bases.

8.2 Siempre y cuando se cumpla en tiempo y forma con el pago a que se refiere este punto, el monto de garantía retenido al adjudicatario podrá ser aplicado al pago de la operación, en cuyo caso, liquidará el importe restante del valor total de la operación, más el Impuesto al Valor Agregado correspondiente.

8.3 La facturación de los bienes se hará a nombre del adjudicatario y no estará sujeta al retiro de los bienes.

8.4 De no cumplirse con estas condiciones de pago, el adjudicatario perderá su derecho en la operación y se hará acreedor a lo establecido en el punto 17 PENAS

CONVENCIONALES de estas bases.

En este supuesto los importes recibidos del adjudicatario en exceso del valor de la pena convencional, provenientes de garantías, pagos extemporáneos o insuficientes o cualquier otro concepto, le serán reintegrados posteriormente a la cancelación de la operación. "El Organismo" procederá a iniciar el trámite de devolución de estos importes para lo cual el adjudicatario deberá presentar debidamente requisitado el

Anexo V de las presentes bases, para personas físicas o morales, según sea el caso, y presentarlo en la "Ventanilla Única" localizada en Av. Marina Nacional No. 329, Edificio "C", Planta Baja, Col. Petróleos Mexicanos, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11311, México, Distrito Federal en horario de 9:00 a 15:00 horas en días

hábiles.

Para la procedencia de la solicitud de devolución de los importes mencionados, es necesario que el interesado presente un escrito en formato libre, en el que solicite a "El

Organismo" la devolución y acompañe copia del documento bancario en donde conste su número de cuenta a su nombre y su CLABE interbancaria.

8.5 Igual procedimiento se seguirá en el supuesto de devoluciones por pagos en exceso tratándose de operaciones aceptadas.

8.6 Una vez que "El Organismo" verifique que el pago se realizó dentro del plazo

señalado en el punto 8.1, "El Adjudicatario" podrá proporcionar a "El Organismo",

por escrito presentado en la "Ventanilla Única", al momento de efectuar el pago, el nombre de la o las personas que bajo su responsabilidad, y en su nombre y

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PENIEX

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LICITACIÓN PUBLICA NÚMERO

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representación podrán realizar físicamente las operaciones de retiro de los bienes objeto de la adjudicación.

8.7 A petición expresa del Adjudicatario, presentada a más tardar el día del vencimiento del pago, se otorgará una prórroga de hasta 10 (diez) días naturales para el pago, siempre que el propio Adjudicatario pague con cheque de caja al solicitar la prórroga a "El Organismo", a través de "La SUAP", por concepto pena convencional la cantidad en moneda nacional que resulte de aplicar el 2.5% (dos punto cinco por ciento) sobre el valor de la operación de compra venta, más el I.V.A. correspondiente, por cada día de mora en el pago, solicitado.

9 RETIRO DE LOS BIENES

9.1 El adjudicatario, con sus propios recursos, así como por su cuenta y riesgo deberá llevar a cabo el retiro de los bienes de esta licitación pública, en el estado y lugar en que se encuentren, pudiendo realizar retiros parciales siempre y cuando se identifiquen con los bienes licitados.

9.2 Este retiro se iniciará a partir del tercer día hábil siguiente a aquel en que "El Organismo" reciba el pago a que se refiere el punto 8 PLAZO Y FORMA DE PAGO de estas bases y siempre y cuando se hubiere expedido la orden de retiro respectiva; el retiro deberá realizarse dentro del horario que señale el propio Centro de Trabajo. El adjudicatario deberá ajustarse a los mecanismos de control establecidos para tal efecto por el centro de trabajo del lugar donde se encuentren localizados los bienes.

9.3 Siempre y cuando no se modifiquen las condiciones establecidas originalmente en las presentes bases, el Centro de Trabajo de acuerdo con sus necesidades de limpieza y desalojo y con las de operación industrial propia de sus procesos, determinará y tendrá en todo tiempo la facultad de modificar el Programa de Trabajo, el que deberá contener la orden del retiro de los bienes licitados. Para ello, el adjudicatario deberá presentarse con la anticipación debida en los Centros de Trabajo en que se localicen los bienes, a fin de realizar las gestiones administrativas necesarias. Para este retiro el adjudicatario dispondrá de un plazo máximo de 40 días hábiles.

9.4 Para poder llevar a cabo el retiro de los bienes, el adjudicatario se obliga desde ahora a cumplir en todo momento las medidas de observancia obligatorias contenidas en el documento "Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental de los Proveedores o Contratistas que Realizan Actividades en Instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios" documento que como Anexo III, podrá ser consultado e impreso de la página de internet de Petróleos Mexicanos, en la siguiente ruta: http://www.pemex.com » Nuestro Negocio » Comercialización de bienes no útiles; y las que en su momento le haga saber el Almacén o Centro de Trabajo respectivo.

9.5 De igual forma queda establecido que cuando en el documento señalado en el punto anterior se haga referencia al "Contratista", "La Compañía Contratista" o "Los Contratistas", tales menciones se entenderán referidas al "Adjudicatario".

9.6 En aquellos casos en que los bienes adjudicados se encuentren cercados por cualquier material y que para su retiro, sea necesario quitarlo en forma parcial o total, el adjudicatario deberá reinstalarlo al término de los trabajos, igualmente deberá retirar

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el cascajo que eventualmente se genere en el supuesto de que hubiere efectuado alguna demolición o excavación durante el retiro de los bienes, así como dejar el sitio en las mismas condiciones en que se encontraba antes del retiro, a satisfacción del organismo propietario.

9.7 Asimismo, el adjudicatario deberá cumplir con la documentación requerida para ingresar al (a los) Centro(s) de Trabajo, la cual se encuentra señalada en la "Solicitud de pase temporal para Contratistas y Proveedores" y en el "Pase Especial", documentos que como Anexo IV se agregan a las presentes bases y que para todos los efectos legales se entenderá que forman parte integrante de las mismas.

9.8 Para el retiro de los bienes licitados, el adjudicatario deberá en su caso, dar los avisos, así como tramitar y obtener las autorizaciones, certificados y permisos que las autoridades requieran, especialmente los que se mencionan en el numeral 9.11 que adelante se relaciona.

9.9 Si derivado de caso fortuito, fuerza mayor, o causas imputables a "El Organismo" "El Adjudicatario" que corresponda estuviera impedido para retirar los bienes dentro del plazo otorgado, "La SUAP" podrá modificar las fechas de inicio y/o término, sin costo para el adjudicatario, siempre y cuando los motivos de dicha modificación estén sustentados y avalados por el Centro de Trabajo de "El Organismo", y ésto no implique una ampliación en el número de días contenidos dentro del plazo de retiro original.

9.10 El adjudicatario se obliga a aceptar las modificaciones al inicio y término de los plazos de retiro que por las razones a que se refiere este punto, determine "El Organismo", sin responsabilidad para las partes.

9.11 Al momento del retiro de los bienes, el adjudicatario se obliga a tener las autorizaciones por las autoridades del medio ambiente y de la SCT para el manejo y transporte de materiales y residuos peligrosos. Presentar el aviso de embarque y la hoja de emergencia.

El adjudicatario se obliga a aceptar las modificaciones al inicio y término de los plazos de retiro que por las razones a que se refiere este punto, determine "El Organismo", sin responsabilidad para las partes.

10 AUTORIZACIONES

El adjudicatario se obliga a respetar y cumplir con las disposiciones legales federales, estatales, municipales y en su caso internacionales, particularmente con las de carácter ambiental, así como a responder por cualquier demanda, requerimiento, multa, inspección o responsabilidad instaurada en contra de PETRÓLEOS MEXICANOS y/o PEMEX-REFINACIÓN, como consecuencia de daños ocasionados al medio ambiente, derivados del retiro, manejo, transporte, uso y destino final del bien. Para tal efecto deberá de llenar el formato que como Anexo VII se adjunta a las presentes bases.

Además se requiere que al momento de su retiro, se presente la documentación en original y/o copia simple, que se enlista a continuación; cabe aclarar que la siguiente documentación puede ser aceptada como titular o bien a nombre de un tercero (persona física o moral), en cuyo caso el adjudicatario deberá acreditar que la tercera persona está de acuerdo en prestar el servicio al

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mismo, quien deberá atender, en lo que corresponda, la función emanada de la autorización o documentación requerida en los siguientes incisos:

A- Autorización vigente para la recolección y transporte de materiales y residuos peligrosos, emitida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).

B.- Autorización vigente para el transporte de materiales y residuos peligrosos, emitida por la SEMARNAT, Secretaría de Comunicaciones y Trasportes (SCT) demás dependencias de Ejecutivo Federal, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.

C.- Autorización vigente para el tratamiento, reúso y/o reciclaje de residuos peligrosos, emitida por la SEMARNAT.

D.- Carta en la que se indique claramente que será el responsable técnico de la ejecución de los trabajos, incluyendo la documentación correspondiente que certifique su experiencia, para lo cual bastará llenar y firmar el Anexo VII de estas bases.

E.- Carta compromiso en donde establezca que se libera a Petróleos Mexicanos y Pemex Refinación, de toda responsabilidad con terceros durante las operaciones de retiro, transporte y disposición final de los materiales peligrosos motivo de esta licitación, y que dará cumplimiento a las disposiciones ambientales aplicables, para lo cual bastará llenar y firmar el Anexo VII de estas bases.

Queda expresamente estipulado para los participantes, que por su carácter de peligrosidad al ambiente y en concordancia con la documentación requerida en este mismo punto, solo podrá ser retirado al amparo de documento formulado por el adjudicatario, en formato oficial actualizado tipo manifiesto de entrega, transporte y recepción de los catalizadores, debidamente llenado y firmado por el representante legal del adjudicatario y por el chofer de la transportista; además los bienes solo podrán salir en unidades de transporte que cuenten con autorización vigente de la SEMARNAT y la SCT, con póliza de seguro vigente y con cobertura amplia que incluya responsiva o cobertura por daños ambientales o contaminación, operadas por personal chofer con licencia vigente expedida por la SCT específica para operadores que conduzcan unidades conteniendo materiales y/o residuos peligrosos. Una vez que lleguen a su destino dichos residuos, el adjudicatario se compromete a devolver el original de dicho manifiesto en formato oficial debidamente firmado por el responsable del sitio autorizado por la SEMARNAT en donde se entregará a tratamiento, reúso o reciclaje; todo esto de conformidad con el Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de residuos peligrosos.

El adjudicatario, con sus propios recursos, deberá de tomar todas las precauciones y medidas de seguridad industrial y protección ambiental para llevar a cabo la extracción y retiro de "Los Bienes" a que se refieren las presentes bases, en el estricto apego a las obligaciones de seguridad, salud ocupacional y protección ambiental de los proveedores o contratistas que realizan actividades en instalaciones de PEMEX-REFINACIÓN, tal y como se establece en el Anexo III "SSPA" primera versión, en lo que le resulte aplicable. "Los Bienes" objeto de esta licitación se enajenan en las condiciones físicas y en el lugar en que se localizan.

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11 RESPONSABILIDAD CIVIL

Para que el adjudicatario de la licitación pública de las presentes bases puedan introducir sus equipos de carga y transporte tales como camiones, montacargas, malacates, grúas, etcétera, sean de su propiedad o subcontratados, al lugar en que se encuentran localizados los bienes adjudicados o circular con los vehículos objeto de la presente licitación dentro de las instalaciones de "El Organismo", deberá presentar por cada Centro de Trabajo, copia de póliza de un Seguro de Responsabilidad Civil de vehículos y carga a nombre de PETRÓLEOS MEXICANOS y PEMEX REFINACIÓN y copia del recibo que acredite el pago de la prima correspondiente, a fin de cubrir hasta por un monto de $300,000.00 (Trecientos mil pesos 00/100 M.N.) para Pemex, los daños y perjuicios que pueda ocasionar a las instalaciones, personas, equipos o materiales de "El Organismo". Este seguro deberá de permanecer vigente durante todo el tiempo que dure el retiro de los bienes.

La póliza correspondiente deberá estipular expresamente lo siguiente:

11.1 El nombre completo de PETRÓLEOS MEXICANOS y PEMEX REFINACIÓN. 11.2 Designación de PETRÓLEOS MEXICANOS y PEMEX REFINACIÓN como

beneficiarios preferentes y terceros. 11.3 La incorporación del endoso de no-cancelación, con el propósito de que la póliza se

mantenga vigente por todo el período del retiro y sólo se podrá cancelar por manifestación expresa de PETRÓLEOS MEXICANOS y PEMEX REFINACIÓN.

11.4 La reinstalación automática de la suma asegurada. 11.5 Que cualquier modificación a los términos y condiciones de la póliza deberá hacerse

del conocimiento de PETRÓLEOS MEXICANOS y PEMEX REFINACIÓN con 30 (treinta) días de anticipación.

12 CONTEO Y PESAJE

Al momento de su retiro, los bienes de la licitación pública de las presentes bases, serán pesados o contados de acuerdo a la descripción y a la unidad de medida que los comprende y que se señala en el Anexo 1 de las presentes bases.

Cuando no existan facilidades para el pesaje en el centro de trabajo, se usará una báscula particular cercana al centro de trabajo respectivo, que cumpla con los requisitos que establece la Ley Federal de Metrología y Normalización, por cuenta del adjudicatario, para el pesaje en vacío y con carga de las unidades automotrices. En cualquier caso, será acompañado por un representante de "El Organismo".

En el supuesto de que al concluir el retiro de los bienes la cantidad fuese menor a las cantidades en kilogramos que se establecen en el Anexo 1, se restituirá al adjudicatario el importe relativo a los bienes no entregados, conforme a lo siguiente:

12.1 "El Organismo" identificará de entre las partidas señaladas en el Anexo 1 de estas bases, aquellas partidas cuyo peso sea distinto al señalado para ellas en el Anexo 1;

12.2 "La SUAP" identificará, en el documento que sirvió de base para establecer el valor de referencia para venta señalado en la convocatoria, el precio determinado por kilogramo para cada una de las partidas a que se refiere el inciso anterior;

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LICITACIÓN PUBLICA NÚMERO

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12.3 "La SUAP" determinará el valor de los bienes aplicando, al precio establecido por kilogramo en los términos del numeral 12.2 anterior, el porcentaje pagado por el adjudicatario respecto del valor de referencia para venta publicado en la convocatoria.

En el supuesto de que al concluir el retiro de los bienes la cantidad de piezas fuese menor a las que se establecen en el Anexo I, se restituirá al adjudicatario el importe relativo a los bienes no entregados, conforme a los siguientes criterios:

12.4 El Organismo" identificará de entre las partidas señaladas en el Anexo 1 de estas bases, aquellas que difieran en el número de piezas determinadas en dicho anexo.

12.5 "La SUAP" identificará, en el documento que sirvió de base para establecer el valor de referencia para venta señalado en la convocatoria, el precio determinado por pieza para cada una de las partidas a que se refiere el inciso anterior;

12.6 "La SUAP" determinará el valor de los bienes aplicando, al precio establecido por pieza en los términos del numeral 12.5 anterior, el porcentaje pagado por el adjudicatario respecto del valor de referencia para venta publicado en la convocatoria.

De haber excedente en los bienes y siempre que el valor de dicho excedente no rebase el equivalente a mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, excedente que se determinará en los términos señalados en los numerales 12.1 a 12.6, y no se modifiquen en forma sustancial las condiciones del mercado, el adjudicatario podrá solicitar por escrito, dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a que se concluya el retiro del volumen original, la adquisición de dicho excedente, en el precio y condiciones de la cantidad adjudicada debiendo hacer en su caso, el pago de los bienes por anticipado a cualquier retiro dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a la autorización respectiva, mediante uno o varios de los instrumentos señalados en el punto 8.1 de estas bases.

Transcurridos cualesquiera de los plazos establecidos en el párrafo anterior, sin que el adjudicatario solicite la venta o pague los bienes, en caso de haber sido autorizada la misma, se perderá la opción señalada.

El plazo para el retiro de los bienes excedentes será determinado por "El Organismo".

13 MODIFICACIÓN A LAS BASES

Salvo casos fortuitos o de fuerza mayor no conocidos oportunamente por "El Organismo" cualquier modificación a las presentes bases deberá comunicarse por escrito a sus adquirentes, con acuse de recibo, a más tardar el segundo día hábil anterior al de la celebración del Acto de Presentación y Apertura de Ofertas; o el mismo día cuando las causas así lo ameriten, además, se informará de la misma a los participantes en dicho acto, asentándose en el acta correspondiente y en la página de internet de Petróleos Mexicanos en la siguiente ruta: "http://www.pennex.com>>Nuestro Negocio» Comercialización de bienes no útiles".

14 DESCALIFICACIÓN DE PARTICIPANTES

14.1 Los participantes que no cumplan con todos los requisitos establecidos en las presentes bases, no podrán participar en la licitación.

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14.2 Será causa de descalificación, la comprobación por parte de "El Organismo" que

algún oferente haya acordado con otro u otros, reducir el monto de sus ofertas o que cualquier concursante incurra en alguna conducta de las señaladas en el punto 5.6 de

estas bases.

14.3 Tampoco podrán participar las personas que se encuentren en alguno de los

siguientes supuestos:

14.3.1 El servidor público que hubiere intervenido en cualquier forma en la enajenación, tenga interés personal, familiar, laboral, de negocios o vínculos privados, incluyendo aquellas de las que pueda resultar algún beneficio para él, su cónyuge o sus parientes consanguíneos hasta el cuarto grado, por afinidad o civiles, o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios o para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte, así como las inhabilitadas para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público. Las enajenaciones que se realicen en contravención a lo dispuesto en este párrafo serán nulas y causa de responsabilidad;

14.3.2 Que hubieran proporcionado información que resulte falsa o hayan actuado con dolo o mala fe en el proceso de adjudicación de alguna licitación de bienes muebles. Cuando incurra en este supuesto en dos ocasiones en un año, no podrá participar por un plazo de dos años contados a partir de que el adjudicatario sea notificado de esta situación;

14.3.3 Que hayan intervenido por sí o a través de otros en la valuación de los bienes;

14.3.4 Que habiendo sido adjudicatarias de bienes de Pemex o de los Organismos Subsidiarios, en ocasiones anteriores, no hayan cumplido con las obligaciones contraídas, derivadas del contenido de las Bases de Licitación en que resultaron ganadoras. En este supuesto cuando se dé el incumplimiento por dos veces en un año, no podrá participar por un plazo de dos años contados a partir de que el adjudicatario sea notificado de esta situación;

14.3.5 Que por cualquier causa se encuentren impedidas para ello por disposición de la Ley;

15 RECURSOS E INCONFORMIDADES

15.1 Los participantes que consideren vulnerados sus derechos por los actos y resoluciones emitidos en la licitación pública y en la Subasta, podrán presentar un escrito ante quien emitió el acto en un plazo no mayor de 15 días hábiles, a través del cual manifieste las causas por las que consideró violentados sus derechos, a fin de que el superior jerárquico valore y resuelva lo procedente.

15.2 Los participantes que adviertan actos irregulares durante el procedimiento de enajenación podrán presentar ante la instancia competente la Queja o Denuncia correspondiente.

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16 ALMACENAJE

16.1 Si el adjudicatario no retirara los bienes dentro del plazo otorgado en las presentes bases, a partir del día siguiente del que terminó dicho plazo, tendrá que cubrir el pago de almacenaje, a razón del 10% (diez por ciento) por día calendario más el I.V.A. correspondiente, sobre el valor de los bienes pendientes de retirar, en forma previa a cualquier retiro, el pago se realizará mediante uno o varios de los instrumentos señalados en el numeral 8 de estas bases.

Durante el tiempo en que los bienes estén causando almacenaje, siempre que el adjudicatario se encuentre al corriente en el pago del mismo, podrá solicitar, por una sola vez, un plazo adicional para efectuar su retiro con cargo de almacenaje. Este nuevo plazo no podrá ser mayor al término otorgado originalmente para el retiro de los bienes, al término de éste, "El Adjudicatario" ya no podrá disponer de los bienes y conviene desde ahora en que estos, se consideren cedidos en propiedad a "El Organismo", el que podrá disponer de los mismos como mejor convenga a sus intereses.

El importe por almacenaje que se determine sobre la base de considerar el valor total de los bienes pendientes de retirar, a partir del día siguiente del que terminó el plazo original de retiro, se causará, sin modificación alguna, por todos los días adicionales que "El Adjudicatario" requiera para llevar a cabo el retiro con cargo de almacenaje, independientemente de que durante este período ocurran retiros parciales que modifiquen el valor de los bienes pendientes de retirar.

16.2 En el momento en que el adeudo por este concepto sea igual al valor de los bienes pendientes de retirar, sin que se haya verificado el pago dentro de los 5 (cinco) días naturales posteriores a aquel en que "El Adjudicatario" reciba el requerimiento correspondiente, éste ya no podrá disponer de dichos bienes.

En este último supuesto, "El Adjudicatario" conviene desde ahora en que se consideren cedidos en propiedad en favor de Petróleos Mexicanos los mencionados bienes, en pago del adeudo, sin necesidad de declaración judicial, por lo que éste último podrá disponer de los mismos como mejor convenga a sus intereses.

17 PENAS CONVENCIONALES

17.1 Si "El Adjudicatario" no cumpliera con el pago en tiempo y forma o con cualquiera de las obligaciones a su cargo contenidas en estas bases, se cancelará la operación y se aplicará como pena convencional, por el simple retraso en el cumplimiento de su obligación de pago, el 10% (diez por ciento) del valor de referencia para venta correspondiente, la cual se ejecutará de la garantía que hubiese constituido, en cuyo caso se notificará por escrito tal situación al "El Adjudicatario", aceptando desde ahora los participantes y particularmente el adjudicatario este procedimiento.

17.2 En el caso de que "El Adjudicatario" no cumpla dentro de los 15 días naturales siguientes a la fecha de conclusión del retiro con las obligaciones establecidas en el punto 9.6 anterior, cubrirá por concepto de pena convencional la cantidad de $ 500.00 (Quinientos pesos 00/100 M.N.) por día calendario, mediante los instrumentos que "El Organismo" determine.

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Una vez transcurrido el plazo de 15 días naturales siguientes a la fecha de conclusión del retiro establecidas en el numeral 9.3 de las presentes bases, con cargo al adjudicatario quien deberá cubrir el importe de los trabajos realizados mediante transferencia electrónica utilizando los instrumentos que "El Organismo" determine.

18 JURISDICCIÓN

Para todo lo relativo a la interpretación y cumplimiento de las presentes bases, así como de cualquier acto derivado de éstas, las partes se someten a las leyes federales y a la jurisdicción exclusiva de los Tribunales Federales de la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando al fuero que pudiere corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros, por la ubicación de los bienes o cualquier otro motivo.

SUBGERENCIA D AP•YO t GAL Y FORMALIZACIÓN INMOBILIARIA

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TOTAL DE LA LICITACIÓN: 28,346 KILOGRAMOS, APROXIMADAMENTE

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DESCRIPCIÓN

CATALIZADOR AGOTADO KF-647 DEL REACTOR DC-40 (DE LA PLANTA HIDRODESULFURADORA DE NAFTAS NO. 1 U-400-1, DNU: DNU-312-SSS-DCTRYA-003/2013, OFICIO:PXR-SAF-GAPS-SAPBM-029-2014 Y PXR-SAF-GAPS-SAPBM-1661/2013 PEMEX REFINACIÓN, REFINERÍA ING. HECTOR R. LARA SOSA DE CADEREYTA, NUEVO LEÓN; 11,649 KILOGRAMOS (83 TAMBORES)

POLVO FINO DE CATALIZADOR AGOTADO KF-647 DEL REACTOR DC-401 (DE LA PLANTA HIDRODESULFURADORA DE NAFTAS NO. 1 U-400-1, DNU: DNU-312-SSS-DCTRYA-003/2013, OFICIO:PXR-SAF-GAPS-SAPBM-029-2014, PXR-SAF-GAPS-SAPBM-1661-2013 PEMEX REFINACIÓN, REFINERÍA ING. HECTOR R. LARA SOSA DE CADEREYTA, NUEVO LEÓN; 3808 KILOGRAMOS (20 TAMBORES):

ANILLO ABATIDOR KF-542-5R DEL REACTOR DC-401(DE LA PLANTA HIDRODESULFURADORA DE NAFTAS NO. 1 U-400-1, DNU: DNU-312-SSS-DCTRYA-003/2013, OFICIO:PXR-SUF-GAPS-SAPBM-029-2014, PXR-SUF-GAPS-SAPBM-1661-2013, PEMEX REFINACIÓN, REFINERÍA ING. HECTOR R. LARA SOSA DE CADEREYTA, NUEVO LEÓN; 1743 KG. (13 TAMBORES)

CATALIZADOR AGOTADO TK-437/IMP DSD 3+ DEL REACTOR DC-2401(DE LA PLANTA HIDRODESULFURADORA DE NAFTAS NO. 2 U-400-2, DNU: DNU-312-SSS-DCTRYA-003/2013, OFICIOS:PXR-SUF-GAPS-SAPBM-029-2014 Y PXR-SUF-GAPS-SAPBM-1661-2013, PEMEX REFINACIÓN, REFINERÍA ING. HECTOR R. LARA SOSA DE CADEREYTA, NUEVO LEÓN; 7305.40 KILOGRAMOS (65 TAMBORES )

POLVOS FINOS CATALIZADOR AGOTADO TK-437/IMP DSD 3+ DEL REACTOR DC-2401 (DE LA PLANTA HIDRODESULFURADORA DE NAFTAS NO. 2 U-400-2, DNU: DNU-312-SSS-DCTRYA-003/2013, OFICIOS:PXR-SUF-GAPS-SAPBM-029-2014 Y PXR-SUF-GAPS-SAPBM-1661-2013, PEMEX REFINACIÓN, REFINERÍA ING. HECTOR R. LARA SOSA DE CADEREYTA, NUEVO LEÓN; 3840.60 KILOGRAMOS (26 TAMBORES)

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ZCN-PCO-REFCAD-018/2014

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INCLUYE 207 TAMBOS DE LÁMINA

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PEMEX

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LICITACIÓN PUBLICA NÚMERO

SUAP-M R-056/15

ANEXO II

CEDULA DE OFERTA

En relación a la Licitación Pública SUAP-MR-056/15, para los bienes objeto de la misma, de acuerdo a los términos y condiciones establecidos en las Bases correspondientes cuyo contenido he leído y acepto, presento la siguiente oferta:

LICITACIÓN VALOR DE

DESCRIPCIÓN REFERENCIA PARA VENTA

IMPORTE TOTAL SIN IVA

SUAP-MR-056/15

Catalizadores agotados y polvos finos de diversas características y anillos abatidores (28,346.00

kilogramos, aproximadamente) y $73,400.00 M.N.

(MONEDA

Tambos de lámina de 200 litros (207 piezas)

NACIONAL)

Localizados en Refinería Ing. Hector R. Lara Sosa

en Cadereyta, Nuevo León

A continuación deberá señalar en forma manuscrita (letra de molde) o mecanografiado, la cantidad señalada con número, las que deberán ser coincidentes, expresada en moneda nacional, sin el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.).

NOMBRE DEL CONCURSANTE

NOMBRE DEL REPRESENTANTE

FIRMA

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LICITACIÓN PUBLICA NÚMERO

SUAP-MR-056/15

ANEXO III

La información del Anexo III (Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental de los Proveedores o Contratistas que Realizan Actividades en Instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios) se encuentra disponible para su consulta e impresión en la página en internet de la SUAP (http://www.pemex.com » Nuestro Negocio > Comercialización de bienes no útiles).

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DIRECCIÓN CORPORATIVA DE ADMINISTRACIÓN SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN PATRIMONIAL

LICITACIÓN PUBLICA NÚMERO

SUAP-MR-056/15

ANEXO IV

SOLICITUD DE PASE TEMPORAL PARA CONTRATISTAS Y PROVEEDORES

Fecha:

Casa Comercial, Proveedor o Contratista:

Propietario o Conductor:

Domicilio:

Teléfonos:

Marca del Vehículo:

Tipo de Vehículo:

N° de Tarjeta de Circulación:

N° de Póliza de Seguro: (Cobertura Amplia)

Vigencia: (Fecha de Inicio)

Contrato con PEMEX N°:

, Color:

, Modelo: , Placas:

, N° de Licencia:

Cia. de Seguros:

(Fecha de Vencimiento)

Vigencia del Contrato: (Fecha de Inicio) (Fecha de Vencimiento)

Pase N°: Vigencia del Pase:

rea Responsable Suptcia. Insp. I ec. y Seg. Ind.

Anexar Copia de:

• Póliza Vigente de Seguro del Vehículo • Ultimo Comprobante de Pago de Seguro (FIRMADO O SELLADO POR LA ASEGURADORA) • Tarjeta de Circulación • Licencia de Manejo

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DIRECCIÓN CORPORATIVA DE ADMINISTRACIÓN SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN PATRIMONIAL

LICITACIÓN PUBLICA NÚMERO

SUAP-MR-056/15 PEMEX

ANEXO IV

Pase

Al Jefe del Depto. de Vigilancia

PASE ESPECIAL PARA TRANSITAR POR EL ÁREA DE PROCESO CON VEHÍCULO

Nombre:

Compañía

Licencia:

Actividad:

Marca: Modelo: Placas:

Contrato N°: Vigencia de: a

Aseguradora: Póliza N°:

Vigencia del Seguro:

Asunto:

VIGENCIA DEL PASE

Autoriza

Supervisor Inspec. Tec. y Seg. Ind.

DEL:

AL:

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PEJVIEX

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LICITACIÓN PUBLICA NÚMERO

SUAP-MR-056/15

ANEXO V

FORMATO PARA DEVOLUCIONES

Nombre de la Empresa:

PARA ABONO EN CUENTA BANCARIA EN LA REPUBLICA MEXICANA:

Nombre del Banco:

Número de cuenta:

Número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE):

Número de la Sucursal:

Nombre de la Sucursal:

Número de Plaza:

Nombre de la Plaza:

NOTA: NO DEBERÁ OMITIRSE EL NÚMERO DE CLAVE BANCARIA ESTANDARIZADA (CLABE), YA QUE SERA REQUISITO INDISPENSABLE PARA PODER REALIZAR EL DEPÓSITO CORRESPONDIENTE.

PARA ABONO EN CUENTA BANCARIA EN EL EXTRANJERO:

Nombre del Banco:

Número de Cuenta:

Nombre de la Sucursal:

Nombre de la Plaza:

Número de ruta ABA:

NOMBRE:

FIRMA:

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PEMEX

DIRECCIÓN CORPORATIVA DE ADMINISTRACIÓN SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN PATRIMONIAL

LICITACIÓN PUBLICA NÚMERO

SUAP-MR-056/15

ANEXO VI Carta Compromiso

PEMEX REFINACIÓN Presente

En relación con la licitación pública SUAP-MR-056/15 en la que he determinado participar mediante la compra de las bases correspondientes, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD manifiesto:

Que conozco el contenido íntegro de las bases de licitación y sus anexos, por lo que expreso mi conformidad con todos los términos, condiciones, procedimientos y requisitos establecidos en las mismas, acepto y me comprometo a cumplir con todos y cada uno de ellos tanto en la licitación como en la subasta y con los que deriven en caso de resultar adjudicatario.

Declaro igualmente que conozco la naturaleza, cantidad y estado físico de los bienes que se licitan y, bajo la protesta rendida, manifiesto no encontrarme en alguno de los supuestos contenidos en el punto 14.3 de las bases citadas; estar al corriente en el pago de mis impuestos y obligaciones fiscales, así como que no he adoptado ni adoptaré conducta alguna por mí o por interpósita persona para que los servidores públicos de "El Organismo" induzcan o alteren la evaluación de las ofertas, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que me otorguen condiciones ventajosas con relación a los demás participantes.

La anterior declaración suple la firma y rúbrica de las citadas bases y sus anexos.

Nombre del Concursante:

Nombre del Representante:

Número de Acta Constitutiva: Fecha: Lugar:

Notario No. Lic.

Número de Poder Notarial:

Notario No.

Fecha: Lugar:

Lic.

Cédula Empresarial o Personal

Domicilio Fiscal:

Calle y Número:

Colonia:

Delegación o Municipio:

Teléfono:

C.P.:

Estado

likCorreo Electrónico:

EL CONCURSANTE

Firma de conformidad con lo declarado

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Aidb PEMEX

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LICITACIÓN PUBLICA NÚMERO

SUAP-MR-056/15

ANEXO VII

CARTA COMPROMISO

México, D.F. a

de de 2015

EL QUE SUSCRIBE LA PRESENTE SR

REPRESENTANTE LEGAL DE: (en su caso)

Declaro bajo protesta de decir verdad, que conozco el marco jurídico regulatorio aplicable en materia ambiental nacional e internacional en relación a los bienes objeto de esta Licitación Pública, así como que cuento con los conocimientos técnicos para su retiro, manejo y traslado adecuado.

Manifiesto también que a partir de la fecha en que sean puestos a mi disposición los bienes materia de la presente licitación, asumo cualquier responsabilidad en cuanto a su retiro, manejo, transporte y disposición final y libero a PETRÓLEOS MEXICANOS, así como a su Organismo Subsidiario Pemex-Refinación de cualquier responsabilidad en materia ambiental con relación a posibles afectaciones, reclamaciones o demandas de terceros en esta materia. Considerando el carácter de peligrosidad de los bienes, me obligó a no destinarlos a cualquier proceso productivo o industrial relacionado con la manufactura de textiles, alimentos, bebidas o cualquier artículo o producto de consumo humano, animal o vegetal.

EL CONCURSANTE

Firma de conformidad con lo declarado

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