Café modelo 720 2013

25
www.agmabogados.com Leonardo Cárdenas Armesto Dpto. Fiscal LAS NUEVAS OBLIGACIONES DE DECLARACIÓN DE BIENES Y DERECHOS EN EL EXTRANJERO MODELO 720 7 de Febrero de 2013

Transcript of Café modelo 720 2013

Page 1: Café modelo 720 2013

www.agmabogados.com

Leonardo Cárdenas ArmestoDpto. Fiscal

LAS NUEVAS OBLIGACIONES DE DECLARACIÓN DE BIENES Y DERECHOS EN EL EXTRANJERO

MODELO 720

7 de Febrero de 2013

Page 2: Café modelo 720 2013

Obligados a declarar

www.agmabogados.com

•Titular (o representante)•Autorizado•Beneficiario•Usufructuario•Tomador•Con poder de disposición•Otras formas de titularidad real

Personas físicas, Personas Jurídicas (incluidos Establecimientos Permanentes), Herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades sin personalidad jurídica (art. 35.4 LGT).

Que sean residentes en territorio español, así como los diplomáticos o funcionarios españoles en el extranjero (art. 10 LIRPF).

Que posean bienes o derechos en el extranjero, en cualquier momento del año, en condición de:

1

Page 3: Café modelo 720 2013

Personas físicas; (art 9 LIRPF)

• Permanencia en territorio español durante más de 183 días.

• Que radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos, de forma directa o indirecta.

Criterio de permanencia: Certificado de residencia fiscal / Otros medios (certificado de SS y carnet conducir, Cta. Cte., etc.).

Criterio de Intereses Económicos: Vínculos afectivos vs Vínculos económicos. SAN 21/04/2010 caso Saramago.

Criterio Familiar: En caso conflicto, presunción si familia en España. Centro de intereses vitales STS 15/12/2005

www.agmabogados.com 3

Concepto de residencia fiscal

Page 4: Café modelo 720 2013

Concepto de residencia fiscal

Supuestos especiales:

Régimen fiscal especial para trabajadores desplazados Art 93 LIRPF:

•No están obligados a presentar modelo 720

Contribuyentes con nacionalidad española con residencia habitual en el extranjero por su condición de diplomáticos, miembros de oficinas consulares, de delegaciones y representaciones permanentes, funcionarios:

• Sí están obligados a presentar modelo 720 si tienen bienes y derechos en el extranjero.

www.agmabogados.com 5

Concepto de residencia fiscal

Page 5: Café modelo 720 2013

Supuestos especiales:

Presunción de residencia por cambio a un paraíso fiscal:

• Personas físicas de nacionalidad española.

• Pese al cambio, seguirá siendo considerado residente en España durante el año del cambio + 4 ejercicios más.

• Excepción: No se aplica si el cambio a Andorra si es consecuencia de:

Contrato de trabajo

Trabajo prestado en el extranjero de forma efectiva y exclusiva

Rendimiento del trabajo superior a 75% renta anual e inferior a 5 veces

IPREM

www.agmabogados.com 4

Concepto de residencia fiscal

Page 6: Café modelo 720 2013

Relación de paises considerados Paraísos Fiscales a 01/02/2013:

www.agmabogados.com

• Emirato del Estado de Bahrein• Sultanato de Brunei• Gibraltar• Anguila• Antigua y Barbuda• Bermuda• Islas Caimanes• Islas Cool• República Dominicana (pdte. CDI)• Granada• Fiji• Islas de Guernesey y Jersey• Islas Malvinas• Isla de Man• Islas Marianas

• Montserrat• República de Nauru• Islas Solomon• San Vicente y las Granadinas• Santa Lucia• Islas Turks y Caicos• República de Vanuatu• Islas Vírgenes Británicas• Reino Hachemita de Jordania• República libanesa (Líbano)• Principado de Lietchtenstein*• Macao• Principado de Mónaco• República de Seychelles

6

Concepto de residencia fiscal

Page 7: Café modelo 720 2013

Personas jurídicas; (art. 8 RD LIS)

•Constituida conforme a las leyes españolas.• Domicilio social en territorio español.• Sede de dirección efectiva en territorio español.

Prueba de la residencia: Sede de la dirección efectiva y gestión. Presunción cuando la entidad esté radicada en paraíso fiscal y sus activos principales, sean bienes o derechos en España o cuando su actividad se desarrolle en ella., salvo que acredite motivos económicos válidos y razones empresariales sustantivas.

Supuestos especiales: El nuevo agente dependiente. STS 1626/2008 “Caso Roche”“Las actividades económicas que realiza están sometidas a instrucciones detalladas o a un control global, no puede considerase independiente del comitente, especialmente …, cuando opera exclusivamente para ella.”

www.agmabogados.com 7

Concepto de residencia fiscal

Page 8: Café modelo 720 2013

Otros obligados tributarios; (art. 35.4 LGT)

•Herencias yacentes•Comunidades de bienes•Otras entidades sin personalidad jurídica•Constituyan una unidad económica o un patrimonio separado susceptible de imposición.

Obligaciones de la representantes:Herencias yacentes, corresponderá a •su representante. •Al que ejerza la gestión o dirección, y, en su defecto, a cualesquiera de sus miembros o partícipes.

www.agmabogados.com 8

Concepto de residencia fiscal

Page 9: Café modelo 720 2013

Grupos de bienes y derechos que deben declararse

www.agmabogados.com

Únicamente los BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO:

1.Cuentas abiertas en entidades bancarias y establecimientos de crédito en el extranjero.

2.Valores, derechos representativos de la participación en cualquier tipo de entidad jurídica extranjera; acciones y participaciones en instituciones de inversión colectiva situados en el extranjero; seguros de vida o invalidez cuando la entidad aseguradora se encuentre en el extranjero y rentas temporales o vitalicias gestionadas u obtenidas en el extranjero.

3.Bienes y derechos sobre inmuebles situados en el extranjero.

Cada bloque de bienes constituye una obligación de información diferente, aunque se cumplimenten todos en un mismo modelo de declaración (mod. 720)

9

Page 10: Café modelo 720 2013

www.agmabogados.com

Cuentas CorrientesCuentas

CorrientesCuentas

de AhorroCuentas

de AhorroImposiciones

a PlazoImposiciones

a PlazoCuentas de

CréditoCuentas de

CréditoOtras cuentas o

depósitosOtras cuentas o

depósitos

• Titular• Representante• Autorizado• Beneficiario• Con poder de disposición• Otras formas de titularidad real

• No estará obligado el usufructuario de la cuenta.

Obligados a declarar:

www.agmabogados.com 10

Información a suministrar sobre Cuentas Bancarias

Page 11: Café modelo 720 2013

www.agmabogados.com

Cuentas CorrientesCuentas

CorrientesCuentas

de AhorroCuentas

de AhorroImposiciones

a PlazoImposiciones

a PlazoCuentas de

CréditoCuentas de

CréditoOtras cuentas o

depósitosOtras cuentas o

depósitos

• Identificación de la cuenta con código IBAN.• Entidad Bancaria o crediticia.• NIF y país de residencia fiscal de la entidad.• Domicilio de la entidad• Fecha; de apertura, extinción, cancelación o revocación de la autorización. • Origen: Si se declara por primera vez, si ya ha sido declarado o si se extingue

• Saldo a 31 de diciembre • Saldo medio del último trimestre

Si existen varios titulares el importe NO se prorratea

Información a suministrar:

• Si han perdido su condición de titulares, autorizados, representantes, beneficiarios… saldo a la fecha en que perdieron tal consideración.

• Porcentaje de participación.

www.agmabogados.com 11

Información a suministrar sobre Cuentas Bancarias

Page 12: Café modelo 720 2013

www.agmabogados.com

Valores y derechos representativos de la

participación en entidades jurídicas

Valores y derechos representativos de la

participación en entidades jurídicas

Valores representativos de la cesión a terceros de capitales propios

Valores representativos de la cesión a terceros de capitales propios

Valores aportados para su gestión o administración;

fideicomisos, trust o masas patrimoniales sin personalidad

Valores aportados para su gestión o administración;

fideicomisos, trust o masas patrimoniales sin personalidad

No existe obligación de informar las opciones sobre acciones

12

Información a suministrar sobre Valores

Obligados a declarar:

• Titular• Otras formas de titularidad real

No estará obligado • Usufructuario• Representante• Autorizado• Beneficiario• Con poder de disposición

Page 13: Café modelo 720 2013

www.agmabogados.com

Valores y derechos representativos de la

participación en entidades jurídicas

Valores y derechos representativos de la

participación en entidades jurídicas

Valores representativos de la cesión a terceros de capitales propios

Valores representativos de la cesión a terceros de capitales propios

Valores aportados para su gestión o administración;

fideicomisos, trust o masas patrimoniales sin personalidad

Valores aportados para su gestión o administración;

fideicomisos, trust o masas patrimoniales sin personalidad

Información a suministrar:•Identificación del bien o derecho por código ISIN si lo tiene.• Entidad de valores.• NIF y país de residencia fiscal de la entidad.• Domicilio de la entidad.• Fecha de incorporación; si existen varias fechas se exige el desglose.• Origen: si se declara por primera vez, si ya ha sido declarada o si se extingue.• Valoración a 31 de diciembre o a la fecha en que se extinga la titularidad declarada.• Si existen varios titulares el importe NO se prorratea.• Si se trata o no de valores representados mediante anotaciones en cuenta.• Nº de valores.• Porcentaje de participación.

No existe obligación de informar las opciones sobre acciones

13

Información a suministrar sobre Valores

Page 14: Café modelo 720 2013

www.agmabogados.com

Acciones y Participaciones en Instituciones de Inversión ColectivaAcciones y Participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva

14

Información a suministrar sobre Acciones y Participaciones en I.I.C

Obligados a declarar:• Titular• Otras formas de titularidad real No estará obligado:• Usufructuario• Representante• Autorizado• Beneficiario• Con poder de disposición

Page 15: Café modelo 720 2013

www.agmabogados.com

Acciones y Participaciones en Instituciones de Inversión ColectivaAcciones y Participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva

•Información a suministrar:

•Razón social o denominación de la IIC.• Domicilio de la entidad.• Fecha de incorporación; si existen varias fechas se exige el desglose.• Origen: si se declara por primera vez, si ya ha sido declarada o si se extingue• Valor liquidativo a 31 de diciembre, en caso de haber perdido la condición de titular o titular real durante el año, valor a la fecha de extinción.• Si existen varios titulares el importe NO se prorratea• Número y clase de acciones y participaciones• Porcentaje de participación

15

Información a suministrar sobre Acciones y Participaciones en I.I.C

Page 16: Café modelo 720 2013

www.agmabogados.com

Obligación a declarar:•Beneficiario•Tomador

Seguros de Vida o invalidez

Seguros de Vida o invalidez

Rentas temporales o vitalicias sólo cuando se tenga derecho a su cobro

(planes de pensiones)

Rentas temporales o vitalicias sólo cuando se tenga derecho a su cobro

(planes de pensiones)

•Información a suministrar: • Razón social de la aseguradora.• NIF y país de residencia fiscal de la aseguradora• Domicilio de la aseguradora• Fecha de contratación.• Origen; si se declara por primera vez, si ya ha sido declarado o si se extingue.• Valor de rescate (seguros) o valor de capitalización (rentas) a 31 de diciembre, si existen varios partícipes el importe NO se prorratea.• Porcentaje de participación.

16

Información a suministrar sobre Seguros y Rentas

Page 17: Café modelo 720 2013

www.agmabogados.com

Obligados a declarar:

TitularTitularDerechos reales

de uso y disfrute

Derechos reales de uso y disfrute

Nuda Propiedad

Nuda Propiedad

Multi-Propiedad

Multi-Propiedad

Otros Drchos. Reales s/bb inmOtros Drchos.

Reales s/bb inm

• Titular• Tipo Usufructuario• Otras formas de titularidad real.

17

Información a suministrar sobre Bienes y Derechos sobre Inmuebles

Page 18: Café modelo 720 2013

www.agmabogados.com

Información a suministrar:

TitularTitularDerechos reales

de uso y disfrute

Derechos reales de uso y disfrute

Nuda Propiedad

Nuda Propiedad

Multi-Propiedad

Multi-Propiedad

Otros Drchos. Reales s/bb inmOtros Drchos.

Reales s/bb inm

• Identificación del bien inmueble y lugar de ubicación.•Tipo de derecho sobre el bien inmueble. Titularidad, dº reales de uso, nuda propiedad, multipropiedad, otros derechos.• Fecha de adquisición.• Origen; si se declara por primera vez, si ya ha sido declarado o si se extingue.• Valor de adquisición, incluido impuestos:

→ En casos de derechos reales de uso y disfrute, nuda propiedad o multipropiedad valor del derecho a 31 de diciembre.

• Si ha sido titular, valor a la fecha de pérdida del derecho.• Si existen varios partícipes el importe NO se prorratea.• En caso de transmisión, valor de la transmisión.• Tipo de Bien; Urbano o rústico.• Porcentaje de participación.

18

Información a suministrar sobre Bienes y Derechos sobre Inmuebles

Page 19: Café modelo 720 2013

www.agmabogados.com

Entidades exentas: según Art. 9.1 LIS (organismos públicos, Banco de España etc.).

Cuando los bienes figuren registrados de forma individualizada y correctamente identificados en su contabilidad con todos los datos:

• Para sociedades y EP → Aplicable a los tres bloques de cuentas corrientes, valores y bienes inmuebles.

• Para personas físicas con actividad económica → Que leven su contabilidad conforme al C.Co. Aplicable únicamente a cuentas corrientes y bienes inmuebles (no a valores).

Cuando los bienes o derechos se encuentran en establecimientos que pertenecen a entidades de crédito domiciliadas en España

Cuando la suma de los bienes y derechos de cada uno de los bloques sobre los que haya obligación de declarar, no superen conjuntamente los 50.000 euros .

ATENCIÓN: Para el cómputo de este límite hay que tener en cuenta que los importes no se pueden prorratear por el número de partícipes

19

Exenciones a la obligación de declarar

Page 20: Café modelo 720 2013

www.agmabogados.com

Infracción tributaria MUY GRAVE:

• No Informar o Informar de forma incompleta, inexacta o falsa:

Sanción de 5.000 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a un mismo bien o derecho, con un mínimo de 10.000 euros por cada bloque no declarado.

• Presentar fuera de plazo sin requerimiento previo o no presentar por internet:

Sanción de 100 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a un mismo bien o derecho, con un mínimo de 1.500 euros.

ATENCIÓN: Las sanciones son independientes para cada bloque de datos: •Cuentas.•Valores, seguros, rentas.•Bienes inmuebles.

20

Régimen Sancionador del Modelo 720

Page 21: Café modelo 720 2013

www.agmabogados.com

Adicionalmente:

• En caso de persona física → en el IRPF → Se integrará en la parte general como Ganancia Patrimonial no justificada.

• En caso de persona jurídica → en el IS → Se integrará como Renta Presunta.

Sanción aplicable:

• Multa del 150%.

• Imputación al período impositivo más antiguo de los no prescritos.

• Esta sanción No se aplicará cuando el sujeto pasivo acredite que los bienes y derechos fueron adquiridos con cargo a rentas declaradas o en períodos en los que fuese no residente

21

Régimen Sancionador por la regularización en el IRPF o en el IS

Page 22: Café modelo 720 2013

www.agmabogados.com

Plazo de presentación 2013 (información del 2012) → del 1 de Febrero hasta el 30 de Abril.

Plazo de presentación años siguientes→ del 1 de Enero hasta el 31 de Marzo.

Forma de presentación: Obligatoriamente por vía telemática.

Una vez presentada la declaración, solamente existirá obligación de volver a presentar, cuando se produzca un incremento conjunto para cada bloque de información superior a 20.000 euros.

Toda la información suministrada deberá ser en EUROS, en su caso aplicar tipo de cambio a 31 de Diciembre o tipo de cambio aplicable a la fecha de cese en la titularidad del bien o derecho.

22

Presentación del Modelo 720

Page 23: Café modelo 720 2013

Cuando la titularidad de los bienes y derechos sea ganancial ambos cónyuges tienen obligación de presentar el Modelo 720. y si solo hay un titular, el otro lo declarar como “titular real”. Las variaciones producidas por el tipo de cambio deben tenerse en cuenta en la declaración del valor que se informe en el Modelo 720. Los valores en entidades no negociadas se efectuará por su valor teórico del último balance aprobado siempre que exista informe de auditoría favorable. En otro caso, según valoración del Impuesto sobre el Patrimonio. Cuando los valores vendidos se hayan reinvertido íntegramente en la compra de otros nuevos , únicamente se declararán los existentes a 31 de Diciembre. No existe obligación de declarar los planes de pensiones contratados en el extranjero hasta que no se produzca la contingencia que origina el derecho de cobro. Persona “titular” de una cc en el extranjero cuyo saldo es de 40.000 € y además “autorizado” en otra con saldo de 30.000 €, tiene obligación de presentar el Modelo 720

www.agmabogados.com 23www.agmabogados.com

Criterio de Administración sobre cuestiones planteadas

Page 24: Café modelo 720 2013

Se deben declarar las cc en saldo negativo, con una fórmula de netear los saldos de distinto signo.La contabilización ha de entenderse en sentido amplio, y de la misma se debe poder extraer, con suficiencia y de manera indubitada la información de la existencia del bien o derecho en el extranjero. Si se transmite una finca en el extranjero antes del 31/12/12 esta obligado a presentar el mod. 720.Se deben informar individualizadamente de cada uno de los elementos o bienes que configuran una “cuenta de valores” o “portafolio”.Si una empresa que tiene identificada en su contabilidad una cc en el extranjero por importe de 150.000 € del que le corresponde el 70% (105.000) y el otro 30 % (45.000) corresponde a una persona física, aquélla no tendrá obligación, pero la persona física sí, indicando su porcentaje.

La obligación impuesta por la Circular 4/2012 del Banco de España para el 2014 es independiente de la establecida en los artículos 42 bis y ss de LGT (mod. 720)

www.agmabogados.com 24www.agmabogados.com

Criterio de Administración sobre cuestiones planteadas

Page 25: Café modelo 720 2013

gabinete de abogados y asesoría a empresas

BARCELONA

Pau Claris, 139. 08009Tel.: +34 93 487 11 26 Fax: +34 93 487 00 68 [email protected]

MADRIDPaseo de la Castellana, 114 Esc,1,6 º 2ª, 28046 tel.: +34 91 562 13 86 fax: +34 91 561 53 83 [email protected]

9, rue Boissy d’AnglasTel: +33 1 44 90 80 70Fax: +33 1 44 90 00 [email protected]

www.agmabogados.com

Leonardo Cárdenas [email protected]

¿Preguntas?

Gracias por su asistencia