Beneficios de los Trabajadores en la MYPE

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INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PRIVADO SAN JUAN BOSCO DE HUÁNUCOR. M. Nº350-97-ED REVALIDADO R. D. Nº 388-2005- ED. ASESOR: ENCARNACION CANDELARIO, GILVER JAIME CONTABILIDAD II BENEFICIOS DE LOS TRABAJADORES EN LA MYPE

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Estudiantes de Contabilidad II, 2014.

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INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO

PRIVADO “SAN JUAN BOSCO DE

HUÁNUCO”R. M. Nº350-97-ED

REVALIDADO R. D. Nº 388-2005-ED.

ASESOR: ENCARNACION CANDELARIO, GILVER

JAIME

CONTABILIDAD II

BENEFICIOS DE LOS TRABAJADORES EN LA

MYPE

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DEFINICION DE LA MYPE

Una definición general, aunque poco precisa de MYPE es: Un tipo de empresa con un número reducido de trabajadores, y cuya facturación es moderada

IMPORTANCIA DE LAS MYPELas MYPES son un tema clave para el desarrollo del país, ya que su participación en la economía representa el 98% de las empresas en el país, pero existe la problemática que gran parte de las MYPES, operan en el lado de la informalidad, aún existen trabas burocráticas que dificultan la formalidad de una empresa y un costo elevado que debe asumir el emprendedor al momento de iniciar su negocio empresarial.

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DEFINICON DE LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA SUGUN LA

LEYLa Micro y Pequeña Empresa es la unidad económica constituida por una persona natural o jurídica, bajo cualquier forma de organización o gestión empresarial contemplada en la legislación vigente, que tiene como objeto desarrollar actividades de extracción, transformación, producción, comercialización de bienes o prestación de servicios.

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ASPECTO LEGAL

El régimen laboral de la microempresa fue iniciado con la dación de la Ley Nº 28015 del 03 de julio del 2003; posteriormente, el 28 de junio de 2008 fue aprobado el Decreto Legislativo Nº 1086 y dentro ese mismo año, los Decretos Supremos Nº s. 007-2008- TR y 008-2008-TR, Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al Empleo Decente, Ley MYPE y su respectivo reglamento, ambos del 30 de setiembre de 2008, los mismos que se encuentran vigentes hasta el día de hoy.

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  TRABAJADORES

 VENTAS ANUALES

Si desean acogerse comoMicroempresa

De 1 a 10 trabajadores

Monto máximo de 150 UIT’s

Si desean acogerse comoPequeña Empresa

De 1 a 100 trabajadores

Monto máximo de 1700 UIT’s

CARACTERISTICAS DE LAS MYPE:

UIT: UNIDAD IMPOSITIVA TRIBUTARIA; Es un valor de referencia que puede ser utilizado en las normas tributarias para determinar bases imponibles, límites de afectación y otros. Para el año 2014, la UIT asciende a S/. 3,800.00

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EXCLUSIONES DE LA LEY MYPEDel mismo modo, se encuentran prohibidas

de acogerse al régimen de la micro y pequeña empresa aquellas empresas que:Constituyan grupo económico o vinculación económica conforme a lo previsto a las normas correspondientes.Tengan vinculación económica con otras empresas o grupos económicos nacionales o extranjeros que no cumplan con dichas características. Falseen información. Dividan sus unidades empresariales.Se dediquen al rubro de bares, discotecas, juegos de azar y afines. Las actividadesA fines son determinadas por el MTPE.

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REGISTRO DE LA MYPE

Para acceder a los beneficios de la Ley MYPE, se deberá tener el Certificado de Inscripción o de Reinscripción vigente en el REMYPE (Registro de la Micro y Pequeña Empresa), que se realiza desde el Portal web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE): www.mintra.gob.pe.

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PERMANENCIA EN EL RÉGIMEN LABORAL

ESPECIALLa micro y pequeña empresa que por un período de dos (2) años calendario consecutivos excede el monto máximo de ventas anuales o el número máximo de trabajadores contratados, podrá conservar el régimen especial laboral por un (1) año calendario adicional consecutivo. Los años consecutivos se computan desde la fecha de inscripción de la micro o pequeña empresa en el REMYPE.

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ALGUNOS

BENEFEICIOS

LABORALES DE LAS

MYPES

de la Ley MYPE, señala que el Régimen Laboral compartido por la Microempresa y la Pequeña Empresa, comprende los siguientes derechos mínimos laborales comunes: Remuneración mínima: Será pactada libremente entre las partes, no pudiendo ser inferior a la Remuneración Mínima Vital vigente, que actualmente asciende a S/ 750.00 en virtud del Decreto Supremo N°007-2012-TR publica- do el 17 de mayo de 2012, mediante el cual se establece que a partir del 01 de junio del 2012, la Remuneración Mínima Vital (RMV) se incrementará en S/. 75.00 nuevos soles, es decir, actualmente la Remuneración Mínima Vital se incrementará en S/. 750.00 nuevos soles.

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determinándose por la jornada máxima lo estipulado en el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 007-2002-TR, Texto Único Ordenado de la Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo, que señala “La jornada ordinaria de trabajo para varones y mujeres mayores de edad es de ocho (8) horas diarias o cuarenta y ocho (48) horas semanales como máximo”.

Jornada de Trabajo:

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EL DESCANSO SEMANAL OBLIGATORIO Y FERIADOS:  

VACACIONES ANUALES:

El trabajador tiene derecho como mínimo a 24 horas consecutivas de descanso en cada semana, el que se otorgará preferente- mente en día domingo.

La duración del descanso vacacional es de treinta días calendarios, conforme a lo señalado en el artículo 10º del Decreto Legislativo Nº 713 (Descansos remunerados de los Trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada).

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La Compensación por Tiempo de Servicios – CTS, es el beneficio social que tiene por finalidad prever las contingencias o el riesgo que origina el cese laboral, tanto para el trabajador como para su familia.

Son sumas de dinero que el empleador otorga a los trabajadores sujetos al régimen de la actividad privada, de manera adicional a la remuneración, con ocasión de la celebración de determinadas festividades de carácter cívico o religioso, como son las Fiestas Patrias y Navidad.

GRATIFICACIONES LEGALES:

LA COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIO:

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Diferenciación entre el régimen laboral General y la ley de la Micro y pequeña empresaA continuación haremos una diferenciación de los beneficios sociales más resaltantes entre estos dos dispositivos legales laborales.

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Modificaciones a la ley Mype mediante la Ley N° 30056 Ley que modifica diversas

leyes para facilitar la inversión, impulsar el desarrollo productivo y el crecimiento empresarial, publicada el 2 de julio de

2013

La mencionada ley realiza algunas modificaciones a la Ley MYPE, y una las modificaciones que incorpora la Ley Nº 30056 es la inclusión de una nueva categoría empresarial, que es la “mediana empresa” que si bien no goza de beneficios laborales, dado que con su incorporación se busca impulsar la reorganización empresarial En ese sentido, todas las Micro, Pequeñas y Medianas empresas, deberán determinar la categoría empresarial que les corresponde en función de sus niveles de ventas anuales, dejando de lado el número de trabajadores: 

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a) Microempresa: ventas anuales hasta el monto máximo de 150 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).

b) Pequeña empresa: ventas anuales superiores a 150 UIT y hasta el monto máximo de 1700 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).

c) Mediana empresa: ventas anuales superiores a 1700 UIT y hasta el monto máximo de 2300 UIT.Mediante el artículo 11º de la Ley Nº 30056, que modifica el artículo 42º del Decreto Supremo Nº 007-2008-TR, se establece que la naturaleza del Régimen Laboral Especial es de carácter permanente y únicamente aplicable a la micro y pequeña empresa, por ende, a la categoría empresarial de mediana empresa se le aplica el régimen laboral general.

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GRACIAS