Bases Telecomunicaciones Unach

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  UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE CHOTA   ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 003-2014/UNACH  PRIMERA CONVOCATORIA  1 BASES ESTÁNDAR DE ADJUDICA CIÓN DIRECTA SELECTIVA PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS O PARA CONSULTORÍA EN GENERAL ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº  003-2014/UNACH [PRIMERA CONVOCATORIA] CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE:  ELABORACION DEL ESTUDIO DE PRE INVERSION A NIVEL DE PERFIL DENOMINADO “INSTALACION DEL SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE CHOTA  CENTRO POBLADO COLPAMATARA DISTRITO DE CHOTA-PROVINCIA DE CHOTA-REGION CAJAMARCA”  

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BASES DE PROCESO TELECOMUNICACONES UNACH

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    BASES ESTNDAR DE ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA PARA LA CONTRATACIN DE SERVICIOS O

    PARA CONSULTORA EN GENERAL

    ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA N 003-2014/UNACH

    [PRIMERA CONVOCATORIA]

    CONTRATACIN DEL SERVICIO DE: ELABORACION DEL ESTUDIO DE PRE INVERSION A NIVEL DE PERFIL

    DENOMINADO INSTALACION DEL SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTNOMA DE CHOTA CENTRO POBLADO

    COLPAMATARA DISTRITO DE CHOTA-PROVINCIA DE CHOTA-REGION CAJAMARCA

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    SECCIN GENERAL

    DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIN

    (ESTA SECCIN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGN EXTREMO, BAJO SANCIN DE NULIDAD)

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    CAPTULO I ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIN

    1.1. BASE LEGAL

    - Ley N 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. - Decreto Legislativo N 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley. - Decreto Supremo N 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del

    Estado, en adelante el Reglamento. - Directivas del OSCE. - Ley N 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General. - Cdigo Civil. - Ley 27806 Ley de Transparencia y de Acceso a la Informacin Pblica. - Decreto Supremo N 007-2008-TR - Texto nico Ordenado de la Ley de Promocin

    de la Competitividad, Formalizacin y Desarrollo de la Micro y Pequea Empresa y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.

    - Decreto Supremo N 008-2008-TR - Reglamento de la Ley MYPE. Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso. Para la aplicacin del derecho deber considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.

    1.2. CONVOCATORIA Se efectuar de conformidad con lo sealado en el artculo 51 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma.

    1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES El registro de participantes se efectuar desde el da siguiente de la convocatoria y hasta un (1) da hbil despus de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastar que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el artculo 53 del Reglamento. La persona natural o persona jurdica que desee participar en el proceso de seleccin deber contar con inscripcin vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificar la vigencia de la inscripcin en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado. Al registrarse, el participante deber sealar la siguiente informacin: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razn social de la persona jurdica; nmero de Registro nico de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; telfono y fax. IMPORTANTE:

    Para registrarse como participante en un proceso de seleccin convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripcin vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor informacin, podr ingresarse a la siguiente direccin electrnica: www.rnp.gob.pe.

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    1.4. FORMULACIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES Las consultas y observaciones a las Bases sern presentadas por un periodo mnimo de tres (3) das hbiles, contados desde el da siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artculos 55 y 57 del Reglamento.

    1.5. ABSOLUCIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES La decisin que tome el Comit Especial con relacin a las consultas y observaciones presentadas constar en el pliego absolutorio que se notificar a travs del SEACE, de conformidad con lo establecido en los artculos 54 y 56 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma del proceso de seleccin. El plazo para la absolucin no podr exceder de tres (3) das hbiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones. De haberse presentado observaciones, el Comit Especial debe incluir en el pliego absolutorio el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevacin de observaciones al OSCE. IMPORTANTE:

    No se absolvern consultas ni observaciones a las Bases que se presenten extemporneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

    1.6. ELEVACIN DE OBSERVACIONES AL OSCE El plazo para solicitar la elevacin de observaciones para el pronunciamiento del OSCE es de tres (3) das hbiles, computados desde el da siguiente de la notificacin del pliego absolutorio a travs del SEACE. Los participantes pueden solicitar la elevacin de las observaciones para la emisin de pronunciamiento, en los siguientes supuestos:

    1. Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron acogidas o fueron acogidas parcialmente;

    2. Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el participante considere que

    tal acogimiento contina siendo contrario a lo dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de seleccin; y

    3. Cuando el participante considere que el acogimiento de una observacin formulada

    por otro participante resulta contrario a lo dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de seleccin. En este caso, el participante debe haberse registrado como tal hasta el vencimiento del plazo para formular observaciones.

    El Comit Especial, bajo responsabilidad, deber remitir la totalidad de la documentacin requerida para tal fin por el TUPA del OSCE, a ms tardar al da siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevacin de observaciones. La emisin y publicacin del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro de los diez (10) das hbiles siguientes de recibido el expediente completo por el OSCE.

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    1.7. INTEGRACIN DE LAS BASES Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de seleccin por lo que debern contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolucin de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, as como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisin. Una vez integradas, las Bases no podrn ser cuestionadas en ninguna otra va ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restriccin no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases. El Comit Especial integrar y publicar las Bases teniendo en consideracin los siguientes plazos:

    1. Cuando no se hayan presentado observaciones, al da siguiente de vencido el plazo para formularlas.

    2. Cuando se hayan presentado observaciones, al da siguiente de vencido el plazo para

    que los participantes soliciten la elevacin de dichas observaciones para la emisin de pronunciamiento, siempre que ningn participante haya hecho efectivo tal derecho.

    3. Cuando se haya solicitado la elevacin de observaciones, dentro de los dos (2) das

    hbiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE. Corresponde al Comit Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los artculos 59 y 60 del Reglamento. De conformidad con el artculo 31 del Reglamento, el Comit Especial no podr efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.

    1.8. FORMA DE PRESENTACIN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIN

    Todos los documentos que contengan informacin referida a los requisitos para la admisin de propuestas y factores de evaluacin se presentan en idioma castellano o, en su defecto, acompaados de traduccin oficial o sin valor oficial efectuada por traductor pblico juramentado o traduccin certificada efectuada por traductor colegiado certificado, salvo el caso de la informacin tcnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catlogos o similares, que puede ser presentada en el idioma original. El postor es responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. Las propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendr la propuesta tcnica y el segundo la propuesta econmica. Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarn por medios mecnicos o electrnicos y sern foliadas correlativamente empezando por el nmero uno. Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, stos podrn ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual. En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastar que ste o su apoderado, indique debajo de la rbrica sus nombres y apellidos completos. Cuando la presentacin de propuestas se realice en acto pblico, las personas naturales podrn concurrir personalmente o a travs de su apoderado debidamente acreditado ante el Comit Especial, mediante carta poder simple (Formato N 1). Las personas jurdicas lo

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    harn por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a travs de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntar el documento registral vigente que consigne la designacin del representante legal, expedido con una antigedad no mayor de treinta (30) das calendario a la presentacin de propuestas. (Formato N 1) En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante comn del consorcio, o por el apoderado designado por ste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente:

    1. En el caso que el representante comn del consorcio presente la propuesta, ste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.

    2. En el caso que el apoderado designado por el representante comn del consorcio

    presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante comn del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.

    3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del

    consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditacin se realizar conforme a lo dispuesto en el sexto prrafo del presente numeral, segn corresponda.

    IMPORTANTE:

    Las Entidades someten a fiscalizacin posterior conforme a lo previsto en el artculo 32 de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la documentacin, declaraciones y traducciones presentadas por el ganador de la Buena Pro.

    1.9. PRESENTACIN DE PROPUESTAS1

    En caso la presentacin de propuestas se realice en ACTO PBLICO, deber tenerse en consideracin lo siguiente: La presentacin de propuestas se realiza en acto pblico, en la fecha y hora sealadas en el cronograma del proceso. El acto se inicia cuando el Comit Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendr por desistido. Si algn participante es omitido, podr acreditarse con la presentacin de la constancia de su registro como participante. Los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio. IMPORTANTE:

    En caso de convocarse segn relacin de tems, los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio en un mismo tem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en tems distintos.

    En el caso que el Comit Especial rechace la acreditacin del apoderado, representante legal o representante comn, segn corresponda en atencin al numeral 1.8, y este

    1 De acuerdo con lo establecido por el artculo 64 del Reglamento, el acto de presentacin de propuestas en una

    Adjudicacin Directiva Selectiva puede ser pblico o privado, lo que debe determinarse en la seccin especfica de las Bases.

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    exprese su disconformidad, se anotar tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendr la propuesta y los documentos de acreditacin en su poder hasta el momento en que el participante formule apelacin. Si se formula apelacin se estar a lo que finalmente se resuelva al respecto. Despus de recibidas las propuestas, el Comit Especial proceder a abrir los sobres que contienen la propuesta tcnica de cada postor, a fin de verificar que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las Bases. En el caso que de la revisin de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta tcnica, o la omisin de presentacin de uno o ms documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pblica nacional o un privado en ejercicio de funcin pblica, tales como autorizaciones, permisos, ttulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza anloga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentacin de propuestas, se actuar conforme lo dispuesto en el artculo 68 del Reglamento. Este es el nico momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta tcnica. En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos sealados en el prrafo anterior, se devolver la propuesta, tenindola por no admitida, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotar tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendr la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelacin. Si se formula apelacin se estar a lo que finalmente se resuelva al respecto. Despus de abierto cada sobre que contiene la propuesta tcnica, el Notario (o Juez de Paz) proceder a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta tcnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluacin y calificacin de las propuestas tcnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Juez de Paz) proceder a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas econmicas dentro de uno o ms sobres, los que sern debidamente sellados y firmados por l, por los miembros del Comit Especial y por los postores que as lo deseen, conservndolos hasta la fecha en que el Comit Especial, en acto pblico, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluacin de las propuestas tcnicas. Al terminar el acto pblico, se levantar un acta, la cual ser suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos sus miembros, as como por los veedores y los postores que lo deseen. De conformidad con lo dispuesto en el artculo 64 del Reglamento, en los actos de presentacin de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podr contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participar como veedor y deber suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciar el proceso.

    En caso la presentacin de propuestas se realice en ACTO PRIVADO, deber tenerse en consideracin lo siguiente: Los participantes presentarn sus propuestas, con cargo y en sobre cerrado, en el lugar, el da y horario sealados en la seccin especfica de las Bases, bajo responsabilidad del Comit Especial. Los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio. IMPORTANTE:

    En caso de convocarse segn relacin de tems, los integrantes de un consorcio no

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    podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio en un mismo tem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en tems distintos .

    De conformidad con lo dispuesto en el artculo 64 del Reglamento, en los actos de presentacin de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podr contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participar como veedor y deber suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciar el proceso.

    1.10. PROPUESTA ECONMICA La propuesta econmica (Sobre N 2) deber incluir obligatoriamente lo siguiente: La oferta econmica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislacin vigente, as como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocer pago adicional de ninguna naturaleza. El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo componen debern ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrn ser expresados con ms de dos decimales.

    1.11. EVALUACIN DE PROPUESTAS La evaluacin de propuestas se realizar en dos (2) etapas: La evaluacin tcnica y la evaluacin econmica. Los mximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes: Propuesta Tcnica : 100 puntos Propuesta Econmica : 100 puntos IMPORTANTE:

    Tratndose de un proceso segn relacin de tems, cuando los postores se presenten a ms de un tem, debern presentar sus propuestas econmicas en forma independiente.2

    1.11.1. EVALUACIN TCNICA

    En caso se hubiese previsto la presentacin de propuestas en ACTO PBLICO, en la evaluacin se deber tener en consideracin lo siguiente: Se verificar que la propuesta tcnica cumpla con los requerimientos tcnicos mnimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no sern admitidas. Slo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comit Especial

    hubiese otorgado plazo de subsanacin, pasarn a la evaluacin tcnica.

    2 Luego de efectuada la evaluacin tcnica, cabe la posibilidad que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para

    acceder a la evaluacin econmica nicamente en algunos de los tems a los que se present, por lo que, de acuerdo con el artculo 71 del Reglamento, correspondera devolver las propuestas econmicas sin abrir, lo que no resultara posible si la totalidad de las propuestas econmicas del postor se incluyen en un solo sobre.

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    En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanacin de la propuesta, el Comit Especial deber determinar si se cumpli o no con la subsanacin solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanacin, el Comit Especial tendr la propuesta por no admitida. Una vez cumplida la subsanacin de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuar con la evaluacin de las propuestas tcnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodologa de asignacin de puntaje establecida para cada factor. Las propuestas tcnicas que no alcancen el puntaje mnimo de ochenta (80) puntos, sern descalificadas en esta etapa y no accedern a la evaluacin econmica.

    En caso se hubiese previsto la presentacin de propuestas en ACTO PRIVADO, en la evaluacin se deber tener en consideracin lo siguiente: Se proceder a la apertura de las propuestas tcnicas presentadas y se verificar que contengan los documentos de presentacin obligatoria y cumplan con los requerimientos tcnicos mnimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no sern admitidas. En el caso que de la revisin de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta tcnica, o la omisin de presentacin de uno o ms documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pblica nacional o un privado en ejercicio de funcin pblica, tales como autorizaciones, permisos, ttulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza anloga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentacin de propuestas, se actuar conforme lo dispuesto en el artculo 68 del Reglamento. Este es el nico momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta tcnica. IMPORTANTE:

    En tanto OSCE no comunique a travs de su portal institucional la implementacin del mecanismo de notificacin electrnica en el SEACE para la Entidad, el Comit Especial deber notificar al postor el requerimiento de subsanacin de la propuesta tcnica en forma personal, conforme a lo dispuesto por la Dcima Disposicin Complementaria Transitoria del Reglamento.

    En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos sealados en el prrafo anterior, se tendr por no admitida. El Comit Especial incluir el motivo de esa decisin en el acta de los resultados del proceso que se publicar en el SEACE, debiendo devolver los sobres que contienen la propuesta tcnica y econmica, una vez consentido el otorgamiento de la Buena Pro. Slo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comit Especial hubiese otorgado plazo de subsanacin, pasarn a la evaluacin tcnica. En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanacin de la propuesta, el Comit Especial deber determinar si se cumpli o no con la subsanacin solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanacin, el Comit Especial tendr la propuesta por no admitida. Una vez cumplida la subsanacin de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuar con la evaluacin de las propuestas tcnicas

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    admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodologa de asignacin de puntaje establecida para cada factor. Las propuestas tcnicas que no alcancen el puntaje mnimo de ochenta (80) puntos, sern descalificadas en esta etapa y no accedern a la evaluacin econmica. En caso de la descalificacin de la propuesta, el Comit Especial incluir el motivo de esa decisin en el acta de los resultados del proceso que publicar en el SEACE.

    1.11.2. EVALUACIN ECONMICA

    Si la propuesta econmica excede el valor referencial, ser devuelta por el Comit Especial y se tendr por no presentada, conforme lo establece el artculo 33 de la Ley. La evaluacin econmica consistir en asignar el puntaje mximo establecido a la propuesta econmica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignar un puntaje inversamente proporcional, segn la siguiente frmula:

    Pi = Om x PMPE Oi

    Donde: i = Propuesta Pi = Puntaje de la propuesta econmica i Oi = Propuesta Econmica i Om = Propuesta Econmica de monto o precio ms bajo PMPE = Puntaje Mximo de la Propuesta Econmica

    IMPORTANTE:

    En caso el proceso se convoque bajo el sistema de precios unitarios, tarifas o porcentajes, el Comit Especial deber verificar las operaciones aritmticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorreccin, deber corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha correccin debe figurar expresamente en el acta respectiva.

    Slo cuando se haya previsto (segn el caso concreto) aceptar propuestas econmicas que incluyan propuestas de financiamiento, la propuesta econmica se evaluar utilizando el mtodo del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarn en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de inters, comisiones, seguros y otros, as como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artculo 70 del Reglamento.

    1.12. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

    En caso el otorgamiento de la Buena Pro se realice en ACTO PBLICO, se deber tener en consideracin lo siguiente: En la fecha y hora sealada en las Bases, el Comit Especial se pronunciar sobre la admisin y la evaluacin tcnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta ltima.

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    El Comit Especial proceder a la apertura de los sobres que contienen las propuestas econmicas de aquellos postores cuyas propuestas tcnicas hubieran alcanzado el puntaje tcnico mnimo requerido en las Bases. La evaluacin de las propuestas econmicas se realizar de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinacin del puntaje total se har de conformidad con el artculo 71 del Reglamento. IMPORTANTE:

    En el caso de contratacin de servicios a ser prestados fuera de las provincias de Lima y Callao, a solicitud del postor, se asignar una bonificacin equivalente al diez por ciento (10%) sobre la sumatoria de las propuestas tcnica y econmica de los postores con domicilio en la provincia donde se prestar el servicio objeto del proceso de seleccin o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o regin. El domicilio ser el consignado en la constancia de inscripcin ante el RNP3.

    El Comit Especial proceder a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de seleccin a travs de un cuadro comparativo en el que se consignar el orden de prelacin en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes tcnico, econmico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o ms propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuar observando lo sealado en el artculo 73 del Reglamento. Al terminar el acto pblico se levantar un acta, la cual ser suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos los miembros del Comit Especial, as como por los veedores y los postores que deseen hacerlo. El otorgamiento de la Buena Pro se presumir notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregar a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluacin. Dicha presuncin no admite prueba en contrario. Esta informacin se publicar el mismo da en el SEACE.

    En caso que el otorgamiento de la Buena Pro se realice en ACTO PRIVADO, se deber tener en consideracin lo siguiente: El Comit Especial proceder a la apertura de los sobres que contienen las propuestas econmicas de aquellos postores cuyas propuestas tcnicas hubieran alcanzado el puntaje tcnico mnimo requerido en las Bases. La evaluacin de las propuestas econmicas se realizar de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinacin del puntaje total se har de conformidad con el artculo 71 del Reglamento. IMPORTANTE:

    En el caso de contratacin de servicios a ser prestados fuera de las provincias de

    3 La constancia de inscripcin electrnica se visualizar en el portal web del Registro Nacional de Proveedores:

    www.rnp.gob.pe

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    Lima y Callao, a solicitud del postor, se asignar una bonificacin equivalente al diez por ciento (10%) sobre la sumatoria de las propuestas tcnica y econmica de los postores con domicilio en la provincia donde se prestar el servicio objeto del proceso de seleccin o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o regin. El domicilio ser el consignado en la constancia de inscripcin ante el RNP 4.

    El Comit Especial proceder a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, elaborando en forma previa un cuadro comparativo en el que se consignar el orden de prelacin en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes tcnico, econmico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o ms propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuar observando lo sealado en el artculo 73 del Reglamento. Al terminar el acto se levantar un acta, la cual ser suscrita por todos los miembros del Comit Especial, as como por los veedores, de ser el caso. El otorgamiento de la Buena Pro se publicar y se entender notificado a travs del SEACE, el mismo da de su realizacin, bajo responsabilidad del Comit Especial, debiendo incluir el acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo.

    1.13. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

    Cuando se hayan presentado dos (2) o ms propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producir a los cinco (5) das hbiles de la notificacin de su otorgamiento, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelacin. En este caso, el consentimiento se publicar en el SEACE al da hbil siguiente de haberse producido. En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producir el mismo da de la notificacin de su otorgamiento, y podr ser publicado en el SEACE ese mismo da o hasta el da hbil siguiente.

    1.14. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO De acuerdo con el artculo 282 del Reglamento, a partir del da hbil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la va administrativa conforme a lo previsto en el artculo 115 del Reglamento, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedicin de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

    4 La constancia de inscripcin electrnica se visualizar en el portal web del Registro Nacional de Proveedores:

    www.rnp.gob.pe

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    CAPTULO II SOLUCIN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIN

    2.1. RECURSO DE APELACIN

    A travs del recurso de apelacin se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de seleccin, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebracin del contrato. El recurso de apelacin se presenta ante la Entidad que convoc el proceso de seleccin y es resuelto por el Titular de la Entidad o el funcionario a quien este haya delegado dicha facultad. Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrn impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.

    2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIN DEL RECURSO DE APELACIN La apelacin contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro. La apelacin contra los actos distintos a los indicados en el prrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

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    CAPTULO III DEL CONTRATO

    3.1. DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO Dentro del plazo de doce (12) das hbiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado administrativamente firme, debe suscribirse el contrato. Dentro del referido plazo: a) El postor ganador debe presentar la totalidad de la documentacin prevista en las Bases, b) La Entidad, de corresponder, solicita la subsanacin de la documentacin presentada y c) El postor ganador subsana las observaciones formuladas por la Entidad. En el supuesto que el postor ganador no presente la documentacin y/o no concurra a suscribir el contrato, en los plazos antes indicados, se proceder de acuerdo a lo dispuesto en el artculo 148 del Reglamento, segn corresponda. El contrato ser suscrito por la Entidad, a travs del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratndose de persona natural, y tratndose de persona jurdica, a travs de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artculo 139 del Reglamento. Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deber presentar, adems de los documentos previstos en las Bases, los siguientes: Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. Garanta por el monto diferencial de propuesta, en caso corresponda. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Cdigo de cuenta interbancario (CCI).

    3.2. VIGENCIA DEL CONTRATO En aplicacin de lo dispuesto en el artculo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el da siguiente de la suscripcin del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta que el funcionario competente d la conformidad de la recepcin de la prestacin a cargo del contratista y se efecte el pago correspondiente.

    3.3. DE LAS GARANTAS

    3.3.1. GARANTA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA Cuando la propuesta econmica fuese inferior al valor referencial en ms del diez por ciento (10%) de ste, para la suscripcin del contrato, el postor ganador deber presentar una garanta adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta econmica. Dicha garanta deber tener vigencia hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin a cargo del contratista.

    3.4. REQUISITOS DE LAS GARANTAS Las garantas que se presenten debern ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realizacin automtica en el pas al slo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisin de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantas; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos

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    extranjeros de primera categora que peridicamente publica el Banco Central de Reserva del Per. IMPORTANTE:

    Corresponde a la Entidad verificar que las garantas presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptacin y eventual ejecucin.

    3.5. EJECUCIN DE GARANTAS Las garantas se harn efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artculo 164 del Reglamento.

    3.6. ADELANTOS La Entidad entregar adelantos directos, conforme a lo previsto en el artculo 171 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la seccin especfica de las Bases. En el supuesto que no se entregue el adelanto en el plazo previsto, el contratista tiene derecho a solicitar la ampliacin del plazo de ejecucin de la prestacin por el nmero de das equivalente a la demora, conforme al artculo 172 del Reglamento.

    3.7. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Las penalidades por retraso injustificado en la ejecucin del servicio y las causales para la resolucin del contrato, sern aplicadas de conformidad con los artculos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente. De acuerdo con los artculos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrn establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artculo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto mximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del tem que debi ejecutarse. Estas penalidades se calcularn de forma independiente a la penalidad por mora.

    3.8. PAGOS La Entidad deber realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los servicios objeto del contrato. Dichos pagos se efectuarn despus de ejecutada la respectiva prestacin; salvo que, por razones de mercado, el pago del precio sea condicin para la realizacin del servicio. La Entidad deber pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la forma y oportunidad (pago nico o pagos parciales) establecida en las Bases o en el contrato, siempre que el contratista los solicite presentando la documentacin que justifique el pago y acredite la ejecucin de la prestacin de los servicios, conforme a la seccin especfica de las Bases. Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestacin de los servicios, deber hacerlo en un plazo que no exceder de los diez (10) das calendario de ser stos prestados, a fin que la Entidad cumpla con la obligacin de efectuar el pago dentro de los quince (15) das calendario siguientes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato. En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizar de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.

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    En caso de retraso en el pago, el contratista tendr derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artculo 48 de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debi efectuarse.

    3.9. DISPOSICIONES FINALES Todos los dems aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirn supletoriamente por la Ley y su Reglamento, as como por las disposiciones legales vigentes.

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    SECCIN ESPECFICA

    CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIN

    (EN ESTA SECCIN LA ENTIDAD DEBER COMPLETAR LA INFORMACIN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)

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    CAPTULO I GENERALIDADES

    1.1. ENTIDAD CONVOCANTE

    Nombre : UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE CHOTA

    RUC N : 20529358220

    Domicilio legal : JIRON OSORES N 418

    Telfono/Fax: : 076-351144

    Correo electrnico: : [email protected].

    1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA El presente proceso de seleccin tiene por objeto la contratacin del servicio de elaboracin del estudio de pre inversin a nivel de perfil denominado Instalacin del Servicio de Telecomunicaciones en la Universidad Nacional Autnoma de Chota Centro Poblado Colpamatara Distrito de Chota - Provincia de Chota - Regin Cajamarca

    1.3. VALOR REFERENCIAL

    El valor referencial asciende a S/. 73,278.00 (Setenta y tres mil doscientos y 00/100 Nuevos Soles), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del servicio. El valor referencial ha sido calculado al mes de setiembre del 2014. IMPORTANTE:

    De conformidad con el artculo 13 del Reglamento, cuando se trate de una contratacin por relacin de tems, tambin debern incluirse los valores referenciales en nmeros y letras de cada tem.

    Las propuestas econmicas no pueden exceder el monto consignado en las Bases como valor referencial de conformidad con el artculo 33 de la Ley. No existe un lmite mnimo como tope para efectuar dichas propuestas.

    Si durante la fase de actos preparatorios, las Entidades advierten que es posible la participacin de proveedores que gozan del beneficio de la exoneracin del IGV prevista en la Ley N 27037, Ley de Promocin de la Inversin en la Amazona, deber tomarse en cuenta la regulacin de la Cuarta Disposicin Complementaria Final del Reglamento. De conformidad con lo sealado en el numeral 2 de la citada Disposicin Complementaria Final, en las Bases del respectivo proceso de seleccin deber establecerse adems del valor referencial, los lmites de ste, con y sin IGV, tal como se indica a continuacin:

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    Valor Referencial (VR)

    Lmite Inferior Lmite Superior

    Con IGV Sin IGV Con IGV Sin IGV

    73,278.00 No se ha

    establecido 73,278.00 62,100.00

    1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIN

    El expediente de contratacin fue aprobado mediante Resolucin N 125-2014, de fecha 10 de octubre de 2014.

    1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO

    Recursos Ordinarios. IMPORTANTE:

    La fuente de financiamiento debe corresponder a aquellas previstas en la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Pblico del ao fiscal en el cual se convoca el proceso de seleccin.

    1.6. SISTEMA DE CONTRATACIN

    El presente proceso se rige por el sistema SUMA ALZADA, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratacin respectivo.

    1.7. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO

    El servicio a contratar est definido en los Requerimientos Tcnicos Mnimos que forman parte de la presente Seccin en el Captulo III.

    1.8. PLAZO DE PRESTACIN DEL SERVICIO

    Los servicios materia de la presente convocatoria se prestarn en el plazo de 45 das calendario. Dicho plazo constituye un requerimiento tcnico mnimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratacin.

    1.9. COSTO DE REPRODUCCIN DE LAS BASES El costo de reproduccin de las Bases es de S/. 50.00 (Cincuenta con 00/100 Nuevos Soles). Monto que ser cancelado en la Oficina de Tesorera, sito en el Gregorio Malca N 875-Chota.

    1.10. BASE LEGAL

    - Ley N 30114 Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el ao fiscal 2014 - Ley N 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. - Decreto Legislativo N 1017 y su Modificatoria Ley N 29873- Ley de Contrataciones

    del Estado, en adelante la Ley. - Decreto Supremo N 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del

    Estado, en adelante el Reglamento y su Modificatoria D.S. N 138-2012-EF. - Directivas del OSCE. - Ley N 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General. - Cdigo Civil. - Ley N 27806 Ley de Transparencia y de Acceso a la Informacin Pblica. - Decreto Supremo N 007-2008-TR - Texto nico Ordenado de la Ley de Promocin

    de la Competitividad, Formalizacin y Desarrollo de la Micro y Pequea empresa y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.

    - Decreto Supremo N 008-2008-TR - Reglamento de la Ley MYPE. - ESPECIAL QUE RIJA EL OBJETO DE CONVOCATORIA]

    Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

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    CAPTULO II DEL PROCESO DE SELECCIN

    2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIN

    Etapa Fecha, hora y lugar

    Convocatoria :

    Registro de participantes :

    Formulacin de Consultas y Observaciones a las Bases

    :

    Absolucin de Consultas y Observaciones a las Bases

    :

    Integracin de las Bases :

    Presentacin de Propuestas :

    En acto privado :

    Calificacin y Evaluacin de Propuestas :

    Otorgamiento de la Buena Pro :

    En acto privado (a travs del SEACE) :

    IMPORTANTE:

    Debe tenerse presente que en un proceso de adjudicacin directa selectiva, entre la convocatoria y la etapa de presentacin de propuestas debe existir como mnimo diez (10) das hbiles y, entre la integracin de Bases y la etapa de presentacin de propuestas debe existir como mnimo tres (3) das hbiles.

    2.2. REGISTRO DE PARTICIPANTES

    El registro de los participantes es gratuito y se realizar en la Oficina de Abastecimiento, sito en el Gregorio Malca N 875 -Chota, en las fechas sealadas en el cronograma, en el horario de atencin de 08:00 a 13 pm y de 15:00 pm a 18:00 pm horas.

    En el momento del registro, se emitir la constancia o cargo correspondiente en el que se indicar: nmero y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectu el registro, as como el da y hora de dicha recepcin.

    IMPORTANTE:

    Los participantes registrados tienen el derecho de solicitar un ejemplar de las Bases, para cuyo efecto deben cancelar el costo de reproduccin de las mismas.

    2.3. FORMULACIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

    Las consultas y observaciones se presentarn por escrito, debidamente fundamentadas, ante la Oficina de Abastecimientos y Control Patrimonial, sito en el Gregorio Malca N 875 - Chota, en las fechas sealadas en el cronograma, en el horario de 08:00 a 13 pm y de 15:00 pm a 18:00 pm horas debiendo estar dirigidos al Presidente del Comit Especial de la ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA N 003-2014/UNACH pudiendo ser remitidas adicionalmente al siguiente correo electrnico: [email protected].

    IMPORTANTE:

    Al consignar el horario de atencin, debe tenerse en cuenta que el horario de atencin no podr ser menor a ocho horas

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    2.4. PRESENTACIN DE PROPUESTAS5

    Los participantes presentarn sus propuestas en sobre cerrado, en la ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad (Unidad de Trmite Documentario) o la que haga sus veces, sito en Gregorio Malca N 875- Chota, en la fecha y horario sealados en el cronograma, bajo responsabilidad del Comit Especial. IMPORTANTE:

    Al consignar el horario de atencin, debe tenerse en cuenta que el horario de atencin no podr ser menor a ocho horas

    En ambos supuestos, las propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados y estarn dirigidas al Comit Especial de la ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA N 003-2014/UNACH, conforme al siguiente detalle: SOBRE N 1: Propuesta Tcnica. El sobre ser rotulado:

    SOBRE N 2: Propuesta Econmica. El sobre ser rotulado:

    2.5. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS 2.5.1. SOBRE N 1 - PROPUESTA TCNICA

    Se presentar en un original y una copia. El sobre N 1 contendr, adems de un ndice de documentos 6 , la siguiente documentacin:

    5 De acuerdo con lo establecido por el artculo 64 del Reglamento, el acto de presentacin de propuestas en una

    Adjudicacin Directiva Selectiva puede ser pblico o privado, lo que debe determinarse en la seccin especfica de las Bases.

    6 La omisin del ndice no descalifica la propuesta, ya que su presentacin no tiene incidencia en el objeto de la convocatoria.

    Seores

    [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]

    [CONSIGNAR DIRECCIN]

    Att.: Comit Especial

    ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA N [ .]

    Denominacin de la convocatoria: [ .]

    SOBRE N 1: PROPUESTA TCNICA [NOMBRE / RAZN SOCIAL DEL POSTOR]

    Seores

    [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]

    [CONSIGNAR DIRECCIN] Att.: Comit Especial

    ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA N [ .]

    Denominacin de la convocatoria: [ .]

    SOBRE N 2: PROPUESTA ECONMICA [NOMBRE / RAZN SOCIAL DEL POSTOR]

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    Documentacin de presentacin obligatoria: a) Declaracin jurada de datos del postor.

    Cuando se trate de consorcio, esta declaracin jurada ser presentada por cada uno de los consorciados. (Anexo N 1).

    b) Declaracin jurada de cumplimiento de los Requerimientos Tcnicos Mnimos

    contenidos en el Captulo III de la presente seccin (Anexo N 2). c) Declaracin jurada simple de acuerdo al artculo 42 del Reglamento (Anexo N

    3). En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaracin jurada, salvo que sea presentada por el representante comn del consorcio.

    d) Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante comn, el domicilio comn y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio as como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo N 4) La promesa formal de consorcio deber ser suscrita por cada uno de sus integrantes. Se presume que el representante comn del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representacin del mismo en todos los actos referidos al proceso de seleccin, suscripcin y ejecucin del contrato, con amplias y suficientes facultades.

    e) Declaracin jurada de plazo de prestacin del servicio (Anexo N 5).

    f) Documentos que acrediten los requerimientos tcnicos mnimos.

    g) Carta de compromiso y copia simple del DNI vigente de los profesionales

    propuestos.

    IMPORTANTE:

    La omisin de alguno de los documentos enunciados acarrear la no admisin de la propuesta, sin perjuicio de lo sealado en el artculo 68 del Reglamento.

    Documentacin de presentacin facultativa:

    a) Certificado de inscripcin o reinscripcin en el registro de la Micro y Pequea

    Empresa REMYPE, de ser el caso7.

    b) En el caso de microempresas y pequeas empresas integradas por personas con discapacidad, o en el caso de consorcios conformados en su totalidad por stas, deber presentarse una constancia o certificado con el cual acredite su inscripcin en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad8.

    c) Factor experiencia en la actividad: Copia simple de contratos y su respectiva conformidad; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidacin; o comprobantes de pago cuya cancelacin se acredite documental y fehacientemente. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deber presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio

    7 Dicho documento se tendr en consideracin en caso de empate, conforme a lo previsto en el artculo 73 del Reglamento. 8 Dicho documento se tendr en consideracin en caso de empate, conforme a lo previsto en el artculo 73 del Reglamento.

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    o el contrato de consorcio. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo N 6 referido a la Experiencia del Postor en la actividad.

    d) Factor experiencia en la especialidad: Copia simple de contratos y su respectiva conformidad; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidacin; o comprobantes de pago cuya cancelacin se acredite documental y fehacientemente. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deber presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo N 7 referido a la Experiencia del Postor en la especialidad.

    e) Cumplimiento de la Prestacin sin Penalidad: Para acreditar el factor mejora, se presentar certificados o constancias donde se acredite que en la contratacin ejecutada no se incurri en penalidades.

    f) Factor Experiencia del Personal Profesional Propuesto: Para acreditar el factor calificaciones del personal profesional propuesto se presentar copia simple de constancias, certificados, contratos acompaados de su respectiva conformidad o cualquier otro documento del cual se desprenda, de manera fehaciente, el tiempo de experiencia profesional, que debe referirse como en formulacin y/o evaluacin de proyectos de pre inversin y/o expedientes tcnicos ( En telecomunicaciones respecto a universidades, Instituciones Educativas, edificios familiares y multifamiliares, centros comerciales, conjuntos habitacionales, centros o puestos de salud).

    g) Factor Mejora a las Condiciones Previstas: Para acreditar el factor mejora,

    se presentar el desarrollo de la metodologa y plan de trabajo.

    2.5.2. SOBRE N 2 - PROPUESTA ECONMICA9 El Sobre N 2 deber contener la siguiente informacin obligatoria: Oferta econmica expresada en la moneda del valor referencial y el detalle de precios unitarios cuando este sistema haya sido establecido en las Bases (Anexo N 9). El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo componen debern ser expresados con dos decimales. IMPORTANTE:

    En caso la informacin contenida en la propuesta econmica difiera de la informacin contenida en la propuesta tcnica, la propuesta econmica ser descalificada.

    2.6. DETERMINACIN DEL PUNTAJE TOTAL

    Una vez evaluadas las propuestas tcnica y econmica se proceder a determinar el puntaje total de las mismas. El puntaje total de las propuestas ser el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente frmula:

    PTPi = c1 PTi + c2 PEi

    9 De acuerdo con el artculo 63 del Reglamento la propuesta econmica solo se presentar en original.

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    Donde: PTPi = Puntaje total del postor i PTi = Puntaje por evaluacin tcnica del postor i PEi = Puntaje por evaluacin econmica del postor i IMPORTANTE:

    Dependiendo del objeto contractual deber incluirse las disposiciones que correspondan:

    c1 = Coeficiente de ponderacin para la evaluacin tcnica.

    = 0.80 c2 = Coeficiente de ponderacin para la evaluacin econmica.

    = 0.20 Donde: c1 + c2 = 1.00 IMPORTANTE:

    En el caso de contratacin de servicios que se presten fuera de las provincias de Lima y Callao debe consignarse lo siguiente:

    En caso se hubiese presentado dentro de la propuesta tcnica la solicitud de bonificacin por servicios ejecutados en la provincia o provincias colindantes (Anexo N 11), se asignar una bonificacin equivalente al diez por ciento (10%) sobre la sumatoria de las propuestas tcnica y econmica de los postores con domicilio en la provincia donde se prestar el servicio objeto del proceso de seleccin o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o regin. El domicilio ser el consignado en la constancia de inscripcin ante el RNP.

    2.7. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO El postor ganador de la Buena Pro deber presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato: a) Copia de DNI del Representante Legal o en su caso de los representantes legales de

    las empresas consorciadas y copia del DNI del representante del Consorcio, de ser el caso.

    b) Copia de la vigencia del poder del representante legal del adjudicatario, o en su caso, de los representantes de las empresas consorciadas.

    c) Copia de la constitucin de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizadas, o en su caso, de las empresas consorciadas.

    d) Copia del RUC de la empresa; o copia del RUC de las empresas consorciadas de ser el caso.

    e) Contrato de Consorcio con firmas legalizadas por Notario, de ser el caso. El contrato de consorcio deber consignar obligatoriamente el nombre del representante legal del consorcio, el domicilio legal del consorcio, los porcentajes de participacin conforme a la promesa formal de consorcio, as como la parte consorciada que facturar en nombre del consorcio, de ser el caso.

    f) Compromiso de que proporcionar a la Entidad los certificados de habilidad de los profesionales participantes en la elaboracin del estudio, objeto de la convocatoria, en el momento en que intervienen efectivamente con la prestacin de sus servicios.

    g) Desagregado de la oferta econmica que incluya el costo directo de su personal, gastos generales, utilidad e impuestos.

    h) Documento donde precise los nmeros telefnicos de contacto y correo electrnico del representante legal para comunicaciones relacionadas a la prestacin.

    i) Carta donde el adjudicatario autorice expresamente a la Entidad a efectuar los pagos, materia de contratacin, al Cdigo de Cuenta Interbancario (CCI) que consigne, y en

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    caso de consorcios, la Carta deber autorizar el CCI del consorciado que facturar en nombre del consorcio.

    j) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado emitido por el OSCE, en caso de consorcio, se deber presentar por cada una de las empresas consorciadas.

    k) Traduccin oficial efectuada por traductor pblico juramentado de todos los documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompaados de traduccin certificada, de ser el caso.

    l) Carta de fiel cumplimiento equivalente al 10% del monto contractual IMPORTANTE:

    En caso de que el postor ganador de la Buena Pro sea un consorcio y la Entidad opte por solicitar como garanta para la suscripcin del contrato carta fianza o pliza de caucin, conforme a lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios N 5196-2011-SBS y N 15072-2012-SBS, a fin de que no existan problemas en la ejecucin de las mencionadas garantas, resulta necesario que stas consignen en su texto, el nombre, denominacin o razn social de todas y cada una de las personas naturales y/o jurdicas que integran el consorcio .

    La Entidad no podr exigir documentacin o informacin adicional a la consignada en el presente numeral para la suscripcin del contrato.

    2.8. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO

    Dentro del plazo de doce (12) das hbiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado administrativamente firme, debe suscribirse el contrato, plazo dentro del cual el postor ganador y la Entidad debern realizar las acciones correspondientes para cumplir las disposiciones contenidas en el numeral 1 del artculo 148 del Reglamento. La citada documentacin deber ser presentada en ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad (Unidad de Trmite Documentario) o la que haga sus veces, sito en Jiron Gregorio Malca N 875 - Chota.

    2.9. ADELANTOS

    La Entidad, podr entregar un adelanto hasta del 30% al consultor, previa presentacin de una Carta Fianza. El consultor debe solicitar el adelanto dentro de los 10 das despus de firmar el contrato, adjuntando a su solicitud la garanta por adelanto mediante CARTA FIANZA y el comprobante de pago correspondiente. Vencido dicho plazo no proceder la solicitud. La Entidad debe entregar el monto solicitado dentro de los 10 das siguientes a la presentacin de la solicitud del contratista. En el supuesto que los adelantos no se entreguen en la oportunidad prevista, el consultor tendr derecho a solicitar la ampliacin del plazo de ejecucin de la prestacin por el nmero de das equivalente a la demora, conforme al artculo 172 del Reglamento.

    2.10. FORMA DE PAGO La Entidad deber realizar el pago de la contraprestacin pactada a favor del contratista en dos pagos, como se detallan a continuacin:

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    N DE PAGO

    DETALLE

    %

    1

    A la aprobacin del plan de trabajo

    20

    2

    A la viabilidad y conformidad del servicio emitido por el Responsable de la UF

    80

    De acuerdo con el artculo 176 del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deber contar con la siguiente documentacin:

    - Recepcin y conformidad ser otorgada por la Unidad Formuladora Regional. - Informe del funcionario responsable del rea usuaria emitiendo su conformidad de la

    prestacin efectuada. - Comprobante de pago.

    2.11. PLAZO PARA EL PAGO

    La Entidad debe efectuar el pago dentro de los quince (15) das calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las dems condiciones establecidas en el contrato.

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    CAPTULO III TRMINOS DE REFERENCIA Y REQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOS

    TRMINOS DE REFERENCIA PARA LA ELABORACIN DEL ESTUDIO DE PRE

    INVERSIN A NIVEL DE PERFIL DENOMINADO INSTALACIN DEL SERVICIO DE

    TELECOMUNICACIONES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTNOMA DE CHOTA

    CENTRO POBLADO COLPAMATARA DISTRITO DE CHOTA-PROVINCIA DE CHOTA-

    REGIN CAJAMARCA

    ANTECEDENTES.-

    La Universidad Nacional Autnoma de Chota, como parte de su proceso de implementacin tiene programada la instalacin del servicio de telecomunicaciones, por lo que en cumplimiento de la normatividad vigente Sistema Nacional de Inversin Pblica (SNIP), requiere programar el estudio de pre inversin respectiva de distintos proyectos que permiten determinar la viabilidad de los mismos para su ejecucin. En tal sentido requiere la elaboracin del estudio de Pre Inversin a nivel de perfil del proyecto denominado: INSTALACIN DEL SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTNOMA DE CHOTA CENTRO POBLADO COLPAMATARA

    DISTRITO DE CHOTA-PROVINCIA DE CHOTA-REGIN CAJAMARCA el mismo que se enmarcan en la normatividad y metodologa del Sistema Nacional de Inversin Pblica. Para lo cual se prepara el presente documento para as poder acceder a su financiamiento del estudio y su posterior ejecucin. LOCALIZACIN DE LA ZONA DE ESTUDIO

    DEPARTAMENTO : Cajamarca

    PROVINCIA : Chota

    DISTRITO : Chota

    LOCALIDAD : Colpamatara

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    OBJETIVO DE LA ELABORACIN DEL ESTUDIO DE PRE

    INVERSIN

    La elaboracin del estudio a nivel de perfil est orientada a dar solucin a la necesidad de contar con un adecuado servicio de telecomunicaciones en la Universidad Nacional Autnoma de Chota beneficiando a toda la comunidad universitaria. Para tal fin, se deber tomar como patrn el desarrollo de la alternativa seleccionada en el estudio de pre inversin a nivel de perfil.

    EQUIPO MNIMO DE PROFESIONALES

    Para la elaboracin del estudio de pre inversin se requiere un equipo mnimo de profesionales y tcnicos. De acuerdo a lo indicado en el numeral 3 del ANEXO SNIP 23, se describen en el cuadro adjunto los roles y funciones que cada uno cumplir durante el proceso de identificacin, formulacin y evaluacin del proyecto.

    N Personal

    Propuesto Roles y funciones

    1

    Jefe de

    Proyecto

    ( Ingeniero de

    Sistemas,

    electrnico o

    Informtico)

    Realizar reuniones con el equipo tcnico para revisar los avances del estudio.

    Explicar la metodologa del desarrollo del estudio al equipo tcnico. Verificar el cumplimiento de los contenidos del estudio de perfil. Coordinar con la Unidad Formuladora de la Universidad Nacional

    Autnoma de Chota y Comisin Organizadora. Sustentar el estudio ante la Comisin Organizadora de la

    Universidad Nacional Autnoma de Chota y la OPI correspondiente. Levantar las observaciones del Estudio que sean formuladas por la

    Unidad Formuladora y por la OPI-ANR.

    2

    Especialista en

    Formulacin de

    Proyectos de

    Inversin

    Pblica SNIP

    (Economista o

    ingeniero)

    Desarrollar las actividades determinadas en el presente Trmino de Referencia.

    Elaboracin y presentacin del estudio de PERFIL del proyecto, el cual deber ser presentado a la Comisin Organizadora de la Universidad Nacional Autnoma de Chota de manera impresa (02) y digital (02).

    Levantar las observaciones del Estudio que sean formuladas por la Unidad Formuladora y por la OPI-ANR.

    3

    Especialista en

    Sistemas de

    Informacin

    Desarrollo las actividades determinadas en el presente Termino de Referencia

    Anlisis, diseo y clculo de los sistemas de informacin Levantar las observaciones del Estudio que sean formuladas por la

    Unidad Formuladora y por la OPI-ANR

    4 Ingeniero

    Mecnico

    Anlisis, diseo y clculo de las instalaciones mecnicas y elctricas Levantar las observaciones del Estudio que sean formuladas por la

    Unidad Formuladora y por la OPI-ANR.

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    Elctrico

    5

    Ingeniero

    Electrnico,

    Mecatrnico o

    informtico

    Anlisis, diseo y clculo de los sistemas electrnicos. Levantar las observaciones del Estudio que sean formuladas por la

    Unidad Formuladora y por la OPI-ANR

    6 CADISTA Realizar los planos en Autocad de distribucin de redes Levantar las observaciones del Estudio que sean formuladas por la

    Unidad Formuladora y por la OPI-ANR

    PLAZO DE EJECUCIN DEL SERVICIO

    El Estudio de Pre Inversin a nivel de Perfil, se realizar en un plazo de cuarenta y cinco (45) das calendario.

    INSTRUMENTOS DE APOYO NECESARIOS PARA LA

    FORMULACIN DEL PIP

    Para elaborar el estudio de pre inversin a nivel de perfil del proyecto de inversin: "Instalacin del Servicio de Telecomunicaciones en la Ciudad Universitaria de la Universidad Nacional Autnoma de Chota-Colpamatara-Cajamarca", se deber tomar en cuenta el ANEXO SNIP 05- Contenido Mnimo General del Estudio de Preinversin a Nivel de Perfil de un Proyecto de Inversin Pblica aprobado con R.D N 008-2013-EF/63.01. As mismo para el Diseo Arquitectnico deber seguir los lineamientos aprobados con la Res. N 0834-2012-ANR.

    1. RESUMEN EJECUTIVO Sntesis del estudio. Este Resumen debe reflejar la informacin y los resultados ms relevantes del PIP, ya que es visado por la OPI cuando declara la viabilidad. En el apndice A se incluye orientaciones al respecto. 2. ASPECTOS GENERALES 2.1. Nombre del Proyecto y localizacin Para definir el nombre, considerar las naturalezas de intervencin, los bienes y/o servicios sobre los cuales se intervendr y la localizacin. Incluir mapas y croquis de la localizacin especfica. Los mapas deben ser georeferenciados con coordenadas UTM WGS 84; sealar, si existe, cdigo UBIGEO de centro poblado. 2.2. Institucionalidad

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    Identificacin de la Unidad Formuladora, la Unidad Ejecutora propuesta y el rgano tcnico de la Entidad que se encargar de coordinar o ejecutar los aspectos tcnicos del PIP en la fase de ejecucin. As mismo, indicar quin se har cargo de la operacin y mantenimiento del proyecto. 2.3. Marco de referencia Presentar antecedentes e hitos relevantes del PIP. Sustentar la pertinencia del PIP, sobre la base del anlisis de cmo se enmarca, entre otros, en los lineamientos de poltica nacional, sectorial-funcional, la normatividad vigente, los Planes de Desarrollo Concertado y el Programa Multianual de Inversin Pblica, en el contexto nacional, regional, y/o local, segn corresponda. Sealar con qu instrumento (legal o de gestin) se ha asignado la prioridad al PIP. 3. IDENTIFICACIN 3.1. Diagnstico Se incluir informacin cuantitativa, cualitativa, material grfico, fotogrfico, entre otros, que sustente el anlisis, interpretacin y medicin de la situacin actual, los factores que la explican y las tendencias a futuro. 3.1.1. rea de estudio y rea de influencia: Definir el rea de estudio y el rea de influencia; analizar, entre otras, las caractersticas fsicas, econmicas, accesibilidad, disponibilidad de servicios e insumos, que influirn en el diseo tcnico del proyecto (localizacin, tamao, tecnologa), en la demanda o en los costos. Identificar los peligros que pueden afectar a la Unidad Productora (UP)/4, si existe, y al proyecto, as como las dimensiones ambientales que se est afectando o se pudiera afectar. 3.1.2. La Unidad Productora/5de bienes o servicios (UP) en los que intervendr el PIP: El diagnstico debe permitir identificar las restricciones que estn impidiendo que la UP provea los bienes y servicios, en la cantidad demanda y con los estndares de calidad y eficiencia establecidos, as como las posibilidades reales de optimizar la oferta existente; para ello, se analizar y evaluar, entre otros: (i) los procesos y factores de produccin (recursos humanos, infraestructura, equipamiento, entre otros), teniendo presente las normas y estndares tcnicos pertinentes; (ii) los niveles de produccin; (iii) las capacidades de gestin; (iv) la percepcin de los usuarios respecto a los servicios que reciben (v) la exposicin y vulnerabilidad de la UP frente a los peligros identificados en el diagnstico del rea de estudio; y, (vi) los impactos ambientales que se estuviesen generando. 3.1.3. Los involucrados en el PIP: Identificar los grupos sociales involucrados en el proyecto, as como las entidades que apoyaran en su ejecucin y posterior operacin y mantenimiento; analizar sus percepciones sobre el problema, sus expectativas e intereses en relacin con la

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    solucin del problema, sus fortalezas, as como su participacin en el Ciclo del Proyecto. Incluir Matriz resumen. Especial atencin tendr el diagnstico de la poblacin afectada por el problema y su participacin en el proceso; de este grupo se analizar los aspectos demogrficos, econmicos, sociales, culturales, adems de los problemas y efectos que perciben. Sobre esta base se plantear, entre otros: (i) el problema central; (ii) la demanda (iii) las estrategias de provisin de los bienes y servicios. De acuerdo con la tipologa del PIP, considerar en el diagnstico, entre otros, los enfoques de gnero, interculturalidad, estilos de vida, costumbres, patrones culturales, condiciones especiales como discapacidad, situaciones de riesgo de desastres o de contaminacin ambiental, a efectos de tomarlos en cuenta para el diseo del PIP. Igualmente, es importante que se analice los grupos que pueden ser o sentirse afectados con la ejecucin del PIP, o podran oponerse; sobre esta base, se plantearn las medidas para reducir el riesgo de conflictos sociales con tales grupos. 3.2. Definicin del problema, sus causas y efectos Especificar con precisin el problema central identificado, el mismo que ser planteado sobre la base del diagnstico de involucrados. Analizar y determinar las principales causas que lo generan, as como los efectos que ste ocasiona, sustentndolos con evidencias/6 basadas en el diagnstico realizado, tanto de la UP como de la poblacin afectada por el problema; de ser el caso, incluir los resultados del anlisis de vulnerabilidad de la UP. Sistematizar el anlisis en el rbol de causas-problema-efectos. 3.3. Planteamiento del proyecto Especificar el objetivo central o propsito del proyecto, as como los objetivos especficos o medios (de primer orden y fundamentales), los cuales deben reflejar los cambios que se espera lograr con las intervenciones previstas. Sistematizar el anlisis en el rbol de medios-objetivo-fines. Plantear las alternativas de solucin del problema, sobre la base del anlisis de las acciones7 que concretarn los medios fundamentales. Dichas alternativas debern tener relacin con el objetivo central, ser tcnicamente posibles, pertinentes y comparables. 4. FORMULACIN 4.1. Definicin del horizonte de evaluacin del proyecto/8

    4.2. Determinacin de la brecha oferta - demanda 4.2.1. Anlisis de la demanda: Estimar y proyectar, de acuerdo con la tipologa de PIP, la poblacin demandante y la demanda/9 en la situacin sin proyecto y, de corresponder, en la situacin con proyecto, del o los servicios que se proveern en la fase de postinversin. Se sustentar el enfoque metodolgico, los parmetros y supuestos utilizados; la informacin provendr del diagnstico de involucrados (numeral 3.1.3).

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    4.2.2. Anlisis de la oferta: Determinar la oferta en la situacin sin proyecto y, de ser el caso, la oferta optimizada en funcin a las capacidades de los factores de produccin; efectuar las proyecciones de la oferta. Se sustentar el enfoque metodolgico, los parmetros y supuestos utilizados; la informacin provendr del diagnstico de la UP (numeral 3.1.2).

    4.2.3. Determinacin de la brecha: sobre la base de la comparacin de la demanda proyectada (en la situacin sin proyecto o con proyecto, segn corresponda) y la oferta optimizada o la oferta sin proyecto cuando no haya sido posible optimizarla. 4.3. Anlisis tcnico de las alternativas 4.3.1. Aspectos tcnicos: para cada alternativa de solucin definida en el numeral 3.3, efectuar el anlisis de la localizacin/10, tecnologa de produccin o de construccin, tamao ptimo. Para este anlisis se deber considerar los factores que inciden en la seleccin de dichas variables y los establecidos en las normas tcnicas emitidas por los sectores/11, segn la tipologa de PIP, as como las relacionadas con la gestin del riesgo de desastres y los impactos ambientales. Resultado de este anlisis se puede identificar alternativas tcnicas, que sern evaluadas para seleccionar la mejor.

    4.3.2. Metas de productos: teniendo en consideracin la brecha oferta-demanda y el anlisis tcnico sealado en el prrafo anterior establecer las metas concretas de productos/12 que se generarn en la fase de inversin, incluyendo las relacionadas con la gestin del riesgo de desastres y la mitigacin de los impactos ambientales negativos.

    4.3.3. Requerimientos de recursos: identificar y cuantificar los recursos que se utilizarn en la fase de inversin y para la operacin y mantenimiento. Para ello, considerar las metas de productos y la brecha oferta-demanda 4.4. Costos a precios de mercado: 4.4.1. Costos de inversin: estimar los costos de inversin para cada alternativa, sobre la base de los requerimientos de recursos definidos en el numeral anterior y la aplicacin de costos por unidad de medida de producto/13; la metodologa de clculo y los costos aplicados sern sustentados. Considerar todos los costos en los que se tenga que incurrir en la fase de inversin; incluyendo los asociados con las medidas de reduccin de riesgos y con la mitigacin de los impactos ambientales negativos, as como los de estudios, licencias, certificaciones, autorizaciones, de corresponder.

    4.4.2. Costos de reposicin: Especificar el flujo de requerimientos de reposiciones o reemplazo de activos durante la fase de post-inversin del proyecto y estimar los costos correspondientes.

    4.4.3. Costos de Operacin y Mantenimiento: estimar los costos detallados de operacin y mantenimiento incrementales sobre la base de la comparacin de los costos en la situacin sin proyecto y en la situacin con proyecto. Describir los supuestos y parmetros utilizados y presentar los flujos de costos incrementales a precios de mercado.

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    5. EVALUACIN 5.1. Evaluacin Social 5.1.1. Beneficios Sociales: Identificar, cuantificar y valorar (cuando corresponda) los efectos positivos o beneficios atribuibles al proyecto/15 sobre los usuarios del servicio, as como las potenciales externalidades positivas; los beneficios guardarn coherencia con los fines directos e indirectos del PIP y, de ser el caso, con los asociados con la gestin del riesgo de desastres (costos evitados, beneficios no perdidos)/16. Elaborar los flujos incrementales, sobre la base de la comparacin de los beneficios en la situacin sin proyecto y la situacin con proyecto.

    5.1.2. Costos Sociales: Estimar los costos sociales sobre la base de los costos a precios de mercado, para lo cual se utilizar los factores de correccin publicados en el Anexo SNIP 10/17; tener presente los costos sociales que no estn incluidos en los flujos de costos a precios de mercado (como son las potenciales externalidades negativas), as como los asociados con la gestin del riesgo de desastres y los impactos ambientales negativos. Elaborar los flujos incrementales sobre la base de la comparacin de los flujos de costos en la situacin sin proyecto y la situacin con proyecto. 5.1.3. Estimar los indicadores de rentabilidad social del Proyecto de acuerdo con la metodologa aplicable al tipo de proyecto/18.

    5.1.4. Efectuar el anlisis de sensibilidad para: (i) determinar cules son las variables cuyas variaciones pueden afectar la condicin de rentabilidad social del proyecto, su sostenibilidad financiera (cuando corresponda) o la seleccin de alternativas; (ii) definir y sustentar los rangos de variacin de dichas variables que afectaran la condicin de rentabilidad social o la seleccin de alternativas. 5.2. Evaluacin privada Se evaluar la rentabilidad econmica y financiera del PIP, cuando hay posibilidad de una Asociacin Pblico Privada o cuando el proyecto corresponda a una empresa del Sector Pblico no Financiero. 5.3. Anlisis de Sostenibilidad Especificar las medidas que se estn adoptando para garantizar que el proyecto generar los resultados previstos a lo largo de su vida til. Entre los factores que se deben considerar estn: (i) la disponibilidad oportuna de recursos para la operacin y mantenimiento, segn fuente de financiamiento; (ii) los arreglos institucionales requeridos en las fases de inversin y postinversin; (iii) la capacidad de gestin del operador; (iv) el no uso o uso ineficiente de los productos y/o servicios (v) conflictos sociales; (vi) la capacidad y disposicin a pagar de los usuarios; y, (vii) los riesgos de desastres. Cuando los usuarios deban pagar una cuota, tarifa, tasa o similar por la prestacin del servicio, se realizar el anlisis para determinar el monto y elaborar el flujo de caja (ingresos y gastos). Se debe hacer explcito qu proporcin de los costos de operacin y mantenimiento se podr cubrir con tales ingresos. 5.4. Impacto ambiental

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    Considerar lo dispuesto en la Directiva para la Concordancia entre el SEIA y el SNIP aprobada con Resolucin Ministerial 052-2012-MINAM/19. 5.5. Gestin del Proyecto 5.5.1. Para la fase de ejecucin: (i) plantear la organizacin que se adoptar; (ii) especificar la Unidad Ejecutora y el rgano Tcnico designado que coordinar la ejecucin de todos los componentes del proyecto y/o se encargar de los aspectos tcnicos, sustentando las capacidades y la designacin, respectivamente; (iii) detallar la programacin de las actividades previstas para el logro de las metas del proyecto, estableciendo la secuencia y ruta crtica, duracin, responsables y recursos necesarios; (iv) sealar la modalidad de ejecucin del PIP, sustentando los criterios aplicados para la seleccin; (v) precisar las condiciones previas relevantes para garantizar el inicio oportuno la ejecucin y la eficiente ejecucin.

    5.5.2. Para la fase de postinversin: (i) detallar quin se har cargo de la operacin y mantenimiento y la organizacin que se adoptar; (ii) definir los recursos e instrumentos que se requerirn para la adecuada gestin de la UP; (iii) precisar las condiciones previas relevantes para el inicio oportuno de la operacin.

    5.5.3. Financiamiento: plantear la estructura de financiamiento de la inversin, operacin y mantenimiento, especificando las fuentes de financiamiento y su participacin relativa y, de ser el caso, los rubros de costos a los que se aplicar. 5.6. Matriz de marco lgico para la alternativa seleccionada Se presentar la matriz del marco lgico de la alternativa seleccionada, en la que se debern consignar los indicadores relevantes/20 y sus valores en el ao base y esperados, a efectos del seguimiento y evaluacin ex post. 6. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES 6.1. Si el PIP va ser declarado viable con este nivel de estudio, sealar la alternativa seleccionada explicitando los criterios que se han considerado para ello. Recomendar las siguientes acciones a realizar en relacin al Ciclo del Proyecto, as como dar cuenta de las medidas que deben adoptarse para gestionar el riesgo de variaciones de las variables crticas que puedan afectar la viabilidad del proyecto, conforme a lo detectado en el anlisis de sensibilidad.

    6.2. Si el PIP requiere del estudio a nivel de factibilidad para la declaracin de viabilidad, desarrollar lo siguiente: a) La fundamentacin de los resultados del proceso de evaluacin de las alternativas y las razones por las cuales se descartaron el resto de alternativas planteadas, as como los riesgos que la decisin de inversin implica en trminos de las variables que resultaron crticas para el proyecto de acuerdo con el anlisis de sensibilidad. Descripcin de la alternativa seleccionada a ser desarrollada en el estudio de factibilidad. b) Los temas, variables o aspectos tcnicos que ameritan ser profundizados en el estudio de factibilidad para la obtencin de su viabilidad, as como la informacin

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    adicional o complementaria necesaria para terminar de definir la alternativa seleccionada en sus aspectos de diseo, ejecucin y funcionamiento, de tal modo de asegurar el mximo impacto posible del PIP. Un criterio para fundamentar qu variables y/o aspectos debern ser profundizados en el siguiente nivel de estudio es el resultado del anlisis de sensibilidad, el cual permitir identificar aquellas que afectan sustancialmente los indicadores de evaluacin social de la alternativa de solucin seleccionada o la seleccin de la alternativa. c) Recomendar las siguientes acciones a realizar en relacin al Ciclo de Proyecto.

    7. ANEXOS Incluir como anexos la informacin que sustente o detalle los temas analizados en el

    perfil

    ALCANCE DEL ESTUDIO

    La descripcin del alcance de los servicios no es limitativa; el CONSULTOR podr

    ampliarlos y profundizarlos de acuerdo a su experiencia y responsabilidad. Los servicios

    contemplan:

    Identificar, formular y evaluar desde el punto de vista tcnico-econmico el proyecto.

    Anlisis de la demanda y oferta

    Anlisis comparativo de alternativas propuestas. (02 alternativas como mnimo)

    Estudio de mitigacin ambiental, identifica el problema ambiental y sus consecuencias

    socio econmico, cultural y ecolgico de la zona.

    Obtencin de la documentacin sustentatoria del proyecto, como acta de compromiso

    en la cual se garantizan velar por el mantenimiento de la infraestructura durante el

    horizonte del proyecto

    Anlisis de riesgo de desastres:

    Forma parte del anlisis tcnico de las alternativas de solucin. En la localizacin analiza

    la exposicin; en la tecnologa analiza la vulnerabilidad y resiliencia. Identificados estos

    aspectos, plantea medidas de contingencia y mitigacin de riesgos en el diseo del

    proyecto, tanto para la etapa de inversin como para la de operacin. Por ejemplo, en

    una zona con fenmenos meteorolgicos deber incluir un sistema de proteccin y el

    diseo de la infraestructura deber considerar ese contexto. En el caso de una zona con

    deslizamientos se incluir el diseo muros de contencin.

    Sobre la base de las intervenciones consideradas en cada una de las alternativas de

    solucin se efectuar el anlisis del riesgo de desastres y la evaluacin de los impactos

    del PIP en el ambiente. De acuerdo con los resultados, incluir en las alternativas de

    solucin: (a) Acciones para reducir los daos y/o prdidas que se podran generar por la

    probable ocurrencia de desastres durante la vida til del proyecto. (b) Medidas de

    mitigacin de los impactos negativos del proyecto sobre el ambiente.

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    Programa de requerimientos.

    Para cada alternativa de solucin y sobre la base del anlisis tcnico y la brecha de oferta

    y demanda se definirn: (a) Las metas de produccin de bienes y/o servicios a ser

    cubiertas por las diversas alternativas, con el sustento respectivo. (b) Los requerimientos

    de recursos para la fase de inversin (caractersticas, cantidad, perodo).

    Para establecer el programa de requerimientos utiliza la informacin de las brechas de

    recursos.

    a) Requerimientos de infraestructura. En el caso de la inversin en infraestructura se deber estimar las metas fsicas

    (unidades, dimensiones, volumen, etc.) y especificar, entre otros, las principales

    caractersticas de la topografa del terreno, tipo de suelos, nivel de sismicidad en el rea,

    disponibilidad de materiales en la zona o condiciones para su traslado a la obra. Hay

    que considerar las normas tcnicas y los estndares correspondientes al tipo de PIP, as

    como a los usuarios o pblico con condiciones especiales, tal como las personas con

    discapacidades.

    Presenta los requerimientos de ejecucin de obras civiles que sean necesarios para

    implementar el proyecto:

    i. Programa Arquitectnico: Detallar el rea de la oficina central donde se direccionar

    la distribucin de las telecomunicaciones.

    ii. Obras elctricas: Red de distribucin interna del servicio de energa elctrica y red

    externa, en caso sea necesario para conectarse con el punto de suministro.

    Costos del Proyecto

    La estimacin de los costos debe estar sustentada en los requerimientos de recursos

    (cantidad, caractersticas, periodo) que se definieron previamente en el Anlisis tcnico

    de las alternativas de solucin, debidamente sustentado con anlisis de costos unitarios

    en S10.

    Para la estimacin del monto de inversin de cada alternativa, desagregar los costos por

    componentes (medios fundamentales) y acciones, precisando y sustentando los precios

    unitarios que se han empleado.

    Se deber incluir los costos de las medidas de reduccin de riesgos y de mitigacin de

    los impactos ambientales negativos; considerar los costos de elaboracin de los estudios

    de evaluacin del impacto ambiental que se realizarn en la fase de inversin segn lo

    concordado entre el SNIP y el SEIA. As mismo, los costos de la gestin de la fase de

    inversin, as como de la evaluacin ex-post (culminacin y resultados).

    Los costos de operacin y mantenimiento se estimarn en la situacin sin proyecto,

    definida como la situacin actual u optimizada, as como en la situacin con proyecto.

    Describir los supuestos y parmetros utilizados.

    Determina