Ayudas Dp8.Ppt.2015 1

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DR. JELMUT ESPINOZA ARIZA DERECHO PENITENCIARIO Módulo: I Unidad: 4 Semana: 8

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  • DR. JELMUT ESPINOZA ARIZA

    DERECHO PENITENCIARIO

    Mdulo: I Unidad: 4 Semana: 8

  • EJECUCION DE PENAS LEVES

  • ORIENTACIONES

    En nuestro pas es mnimo el cumplimiento del

    cumplimiento de las penas mnimas como

    sanciones a limpiar calles.

  • CONTENIDOS TEMTICOS

    *Penas restrictivas de libertad.

    *Penas Limitativas de derechos.

  • PENAS RESTRICTIVAS DE LIBERTAD.

    Las Penas Restrictivas de la Libertad.- Consiste en el alejamiento

    del pas de una persona que ha sido previamente condenada a

    pena privativa de la libertad y son:

    1. La Expatriacin*: Suprimido por Ley N 29460 del 27.11.2009

    Se aplica a los nacionales.

    2. La Expulsin:

    Se aplica a los extranjeros.

  • PENAS RESTRICTIVAS DE LIBERTAD.

    La expatriacin, as como la expulsin del pas son penas restrictivas de la libertad que se aplican despus de cumplida la

    pena privativa de la libertad.

    La expatriacin tiene una duracin mxima de 10 aos. L a expulsin es perpetuo. Para la expatriacin se encuentran comprendidos los delitos

    referidos al Estado y Defensa Nacional (Arts.325, 326, 329, 330, 331 y 332 del C.P).

  • PENAS RESTRICTIVAS DE LIBERTAD.

    Para la expulsin se encuentran comprendidos los delitos de TID. de conformidad a su Art. 303 C.P y los delitos aduaneros y

    tributario Ley N 28008 en su Art 12.

    Para la ejecucin de la pena de expulsin, el Director del Establecimiento Penitenciario, debe poner al sentenciado a

    disposicin de las autoridades de Extranjera del Ministerio del

    Interior Migraciones.

  • PENAS RESTRICTIVAS DE LIBERTAD.

    El departamento de Migraciones debe realizar las coordinaciones con el Departamento correspondiente

    del Ministerio de Relaciones Exteriores, quien dar

    cumplimiento conforme al mandato judicial.

    El Director del penal deber dar cuenta al juez penal competente.

  • CONCEPTO.- Son aquellos que recaen sobre derechos distintos de la

    vida, el cuerpo, la salud o la libertad de movimientos y son:

    1. Prestacin de Servicios a la Comunidad :

    Todo trabajo voluntario, gratuito, personal y de utilidad publica.

    Obliga al condenado a trabajos gratuitos en entidades

    asistenciales, hospitales, escuelas, orfanatos otras instituciones

    similares u obras publicas. Esta pena se cumple en jornadas de 10

    horas semanales entre los das sbados y domingos. De preferencia

    se debe dar en actividades que conozca el sentenciado y cerca de

    su domicilio.

    PENAS LIMITATIVAS DE DERECHOS

  • PENAS LIMITATIVAS DE DERECHOS

    2. Limitacin de das Libres : Consiste en la obligacin del condenado en permanecer los das sbados, domingos y feriados por un mnimo de 10 horas y un mximo de 16 horas en total por cada fin de semana en un establecimiento organizado con fines educativos, sin las caractersticas de un centro carcelario.

    3. Inhabilitacin: En cuanto priva, suspende o incapacita del ejercicio de determinados derechos civiles y polticos inclusive, debe efectivizarse por la autoridad judicial cursando las ordenes correspondientes : Direccin de Transito, Control de armas, Registros pblicos, Ministerios, Universidades, sistema electoral, etc.

  • PENAS LIMITATIVAS DE DERECHOS

    Limitacin de das Libres : Consiste en la obligacin del condenado en permanecer los das sbados, domingos y feriados por un mnimo de 10 horas y un mximo de 16 horas en total por cada fin de semana en un establecimiento organizado con fines educativos, sin las caractersticas de un centro carcelario.

    3. Inhabilitacin: En cuanto priva, suspende o incapacita del ejercicio de determinados derechos civiles y polticos inclusive, debe efectivizarse por la autoridad judicial cursando las ordenes correspondientes : Direccin de Transito, Control de armas, Registros pblicos, Ministerios, Universidades, sistema electoral, etc.

  • PENAS LIMITATIVAS DE DERECHOS

    Estos tipos de penas son dispuestas por el Juez de Paz, Paz Letrado, Juez Mixto y Juez especializado y pueden

    ser penas principales o accesorias.

    Cuando la inhabilitacin se aplica como principal tiene un duracin entre 6 meses y 5 aos y si es accesoria

    tiene la misma duracin de la pena principal.

  • PENAS LIMITATIVAS DE DERECHOS

    Forma de Aplicacin.-

    Estas penas se aplicas como autnomas .Ejemplo:

    Delito de Supresin o alteracin el estado civil. (Art

    143 C.P), Delito de Omisin a la Asistencia

    Familiar.(Art.149 C.P).

    Y tambin como Sustitutivas o Alternativas de la pena

    privativas de libertad, cuando la sancin sustituida a

    criterio del juez no sea superior a 04 aos.

  • PENAS LIMITATIVAS DE DERECHOS

    Extensin de la Pena.-

    Ambas penas, la Prestacin de servicios a la

    comunidad y Limitacin de das libres, tienen una

    duracin que oscila entre 10 a 156 jornadas de

    servicios semanales o limitacin semanales.

  • PENAS LIMITATIVAS DE DERECHOS

    Procedimiento:

    El juez que sentencio remitir copia certificada de la sentencia al medio libre del INPE que corresponda a su

    jurisdiccin, indicando en el oficio de remisin el

    domicilio del sentenciado.

    El juez tiene el deber de notificar al sentenciado y requerirlo para que se apersone a la direccin del Medio

    Libre respectivo para su evaluacin y ubicacin.

  • CONCLUSIONES Y/O ACTIVIDADES DE

    INVESTIGACIN SUGERIDAS

    Estas clases de penas constituyen penas alternativas a las penas privativas de libertad de corta duracin.

    Las limitativas de derechos coadyuvan al deshacinamiento de las prisiones y estn en proceso

    de desarrollo al igual que las restrictivas de libertad.

  • GRACIAS