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  • 7/26/2019 Autor Magaly Perozo

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    UNIVERSIDAD YACAMBVICERRECTORADO DE INVESTIGACIN Y POSTGRADO

    INSTITUTO DE INVESTIGACIN Y POSTGRADO

    LINEAMIENTOS PARA LA OPTIMIZACIN DEL PROCESO DEPRESERVACIN Y RESGUARDO DE LA ESCENA DEL CRIMEN

    CASOS DE DELITOS DE HOMICIDIOS DIRIGIDOS ALOS FUNCIONARIOS DEL CUERPO DE

    POLICA DEL ESTADO LARA

    Autora:

    Abg. Magaly PerozoC.I: 9.551.859

    BARQUISIMETO, AGOSTO 2015

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    UNIVERSIDAD YACAMBVICERRECTORADO DE INVESTIGACIN Y POSTGRADO

    INSTITUTO DE INVESTIGACIN Y POSTGRADO

    LINEAMIENTOS PARA LA OPTIMIZACIN DEL PROCESO DEPRESERVACIN Y RESGUARDO DE LA ESCENA DEL CRIMEN

    CASOS DE DELITOS DE HOMICIDIOS DIRIGIDOS ALOS FUNCIONARIOS DEL CUERPO DE

    POLICA DEL ESTADO LARA

    Proyecto Especial de Grado presentado como requisito parcialpara optar al Grado de Magster en Ciencias penales y criminolgicas

    BARQUISIMETO, AGOSTO 2015

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    UNIVERSIDAD YACAMBVICERRECTORADO DE INVESTIGACIN Y POSTGRADO

    INSTITUTO DE INVESTIGACIN Y POSTGRADO

    LINEAMIENTOS PARA LA OPTIMIZACIN DEL PROCESO DEPRESERVACIN Y RESGUARDO DE LA ESCENA DEL CRIMEN

    CASOS DE DELITOS DE HOMICIDIOS DIRIGIDOS ALOS FUNCIONARIOS DEL CUERPO DE

    POLICA DEL ESTADO LARA

    AUTOR:MAGALY PEROZOFECHA: AGOSTO 2015

    RESUMEN

    El presente Proyecto propuso lineamientos para la optimizacin del

    proceso de preservacin y resguardo de la escena del crimen en casos dedelitos de homicidios, dirigidos a los funcionarios delCuerpo dePolica delestado Lara. Se fundamenta en el paradigma cuantitativo, a travs de unproyecto factible apoyado en una investigacin de campo con caractersticasdescriptivas. Para quienes practican este tipo de actuaciones de proteccin yresguardo de sitios de suceso donde se perpetr un delito de homicidio quepor lo general no existe en la polica del estado Lara unos lineamientos porlos cuales se deben regir los funcionarios que realizan tareas de resguardo ypreservacin de la escena del crimen, por lo que estos funcionarios poseensolo los conocimientos bsicos para realizar esta actividad y estructuralmenteno es su funcin. Se estructur por fases: I Estudio Diagnstico; II Estudio de

    Factibilidad y III, generar lineamientos. La poblacin objeto de estudio, estuvointegrada por (70) funcionarios del Cuerpo Policial del Estado Lara.

    Descriptores: Lineamientos, preservacin, resguardo, escena del crimen,homicidios, Cuerpo dePolica del estado Lara.

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    INTRODUCCIN

    El lugar en donde se ha cometido un hecho punible se le denomina de

    muchas formas, entre ellas: a) lugar de los hechos, b) lugar del suceso, c)

    sitio del crimen, d) escena del crimen, e) escena del delito o escenario del

    delito, entre otros, aunque todos se refieran a lo mismo El lugar donde se

    cometi un hecho que la Ley ha tipificado como ilcito penal.

    Entre las diligencias urgentes, ocupa el primer plano la proteccin del

    sitio de suceso la cual est por lo general a cargo del funcionario de la policapreventiva, quienes son los primeros en hacer presencia en la escena del

    crimen, disponiendo como primera medida que no haya alteracin alguna de

    todo cuanto se relaciona con el objeto del crimen y el estado del lugar donde

    se cometi.

    Una vez que el funcionario investigador ha adoptado todas las medidas

    adecuadas para que no se altere nada relacionado con el objeto del crimen y

    el estado del lugar donde se cometi, debe arbitrar los medios para facilitar lainmediata intervencin del equipo de auxiliares tcnicos, para que sean ellos

    los primeros en visitar la escena del delito en procura de los indicios que les

    suministraron los testigos mudos, tendientes a constatar que realmente se

    ha cometido un hecho considerado delictuoso por la legislacin penal vigente

    y todo aquello que conduzca a la positiva identificacin de su autor o autores.

    Ese equipo de auxiliares tcnicos del investigador no acta en forma

    indiscriminada, sino siguiendo un ordenamiento que permita su actuacin

    ponderable y eficaz para alcanzar e mejor de los resultados.

    De all que la presente investigacin, propuso lineamientos para la

    optimizacin del proceso de preservacin y resguardo de la escena del

    crimen en casos de delitos de homicidios, dirigidos a los funcionarios del

    Cuerpo de Polica del estado Lara est estructurada por captulos, de la

    siguiente manera:

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    En el Captulo I corresponde El Problema: Planteamiento del Problema,

    Objetivos de Investigacin y Justificacin. El Captulo II comprende el MarcoTerico: Antecedentes de la investigacin, Bases Legales, Bases Tericas y

    Definicin de Trminos Bsicos. En el Captulo III incluye el Marco

    Metodolgico: Diseo de la investigacin, Tipo de Investigacin, Nivel de la

    investigacin, Poblacin y Muestra, Tcnicas e Instrumentos para la

    recoleccin de datos, Validacin de los instrumentos y las Tcnicas de

    Anlisis de Datos.

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    CAPTULO I

    EL PROBLEMA

    Planteamiento del Problema

    En el mbito universal, como en el contexto local la investigacin criminal

    ha alcanzado un desarrollo tangible, apresurado, a travs de la

    criminalstica, esto se ha percibido con ms nfasis en la dcada de los 90 y

    principios del Siglo XXI, al coincidir los avances y logros cientficos con la

    implementacin de esta ciencia, permitiendo una perfecta congruencia entre

    estas interdependientes reas del saber, como lo son la Investigacin y

    aplicacin criminalstica por una parte y las ciencias fcticas o exactas por la

    otra.

    Resulta precisamente de este proceso de integracin del conocimiento

    cientfico, el logro de las praxis que van a originar la aplicacin efectiva de

    tcnicas, mtodos y conocimientos que permiten fortalecer y perfeccionar elproceso de la investigacin en el rea criminal, por lo que se hace ineludible

    el aseverar que el investigador y operador criminalstico en general, deban en

    el ejercicio de sus conocimientos ceirse a normas que le indiquen o

    delineen el camino a seguir durante el proceso.

    Por ello, el logro exitoso del proceso de investigacin, va ha depender en

    buena parte de la observacin de lineamientos estrictos que en forma

    cientfica sealen los procedimientos para el tratamiento del sitio o escenadel crimen y que garanticen la preservacin y originalidad por una parte, el

    levantamiento y coleccin efectiva por la otra de la mayor cantidad de

    elementos relacionados o comprometidos con el hecho.

    De aqu, que una mala evaluacin y preservacin de la escena del

    crimen, traer como consecuencia que no se pueda establecer como ocurri

    el hecho motivado a que no se colectarn evidencias que realmente aporten

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    afectacin del proceso de la muerte (putrefaccin, licuefaccin, reduccin

    esqueltica, entre otros).Es posible como lo destaca: Montiel (1998), que el delito se resuelve en

    el propio sitio del suceso, de esta afirmacin se desprende la importancia de

    la implementacin efectiva, eficaz y eficiente de la preservacin del sitio de

    suceso ya que de esto se desprender la inspeccin tcnica del lugar, lo cual

    resulta vital para la resolucin del hecho la identificacin e individualizacin

    de los autores.

    Es palpable la carencia de un mtodo estricto que limite y regule la

    implementacin de las actividades de ndole criminalstico fundamentales

    para la preservacin del lugar de los hechos, as como de la inspeccin

    tcnica del sitio de suceso, ms aun en el caso de la investigacin iniciada

    ante el delito de homicidio cuyo medio de perpetracin a sido el uso de arma

    de fuego.

    En tal sentido, se encuentra una dispersin legal que puede incluso en

    algunos casos y dependiendo del operador o interprete de la ley para el

    momento, generar una incoherencia entre lo realmente necesario en el sitio ylo legalmente establecido, no obstante se observa con orgullo el xito en la

    aplicacin y uso de estos instrumentos legales por parte de los expertos.

    En la actualidad, resulta prcticamente comn la contaminacin como

    consecuencia de mala preservacin en los sitios de suceso, productos del

    homicidio por arma de fuego, donde no se existe un mtodo que pueda ser

    utilizado para la preservacin y resguardo del sitio donde se cometi el

    hecho, as como tambin, se observan incluso excusas ya comunes por partede los rganos de carcter preventivo quienes generalmente son los

    primeros en llegar al lugar de los hechos, y que son llamados a implementar

    este primer y decisivo paso como es la proteccin del sitio del hecho, incluso

    con el reiterado sealamiento de la existencia de un marco legal establecido,

    que le seala responsabilidades que pueden ser penales, civiles y

    administrativas.

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    No obstante, persisten estas invasiones innecesarias en la competencia

    de los rganos especializados en la investigacin criminal, originandoresultados negativos las definitivas del proceso, que repercute en forma

    directa en las decisiones emitidas por los rganos jurisdiccionales, por lo

    tanto, la labor policial en el lugar debe contar con un mtodo sustancialmente

    adecuado para la preservacin y reguardo del lugar de los hechos as como

    la aplicacin eficaz de la Inspeccin Tcnica.

    No obstante, esta situacin continua presente con sus nefastas

    consecuencias para el proceso de investigacin criminal, donde son muchos

    los culpables que quedan en libertad y hasta algunas veces hay inocentes

    que van a la crcel a cumplir una pena por un delito que no cometi.

    Es por ello, que los expertos en materia de investigacin criminal deben

    evitar circunstancias que pudieran de influir de forma negativa en los

    resultados y conclusiones, debiendo apegarse a un estricto procedimiento en

    lo concerniente al manejo y preservacin de la evidencia fsica, de manera tal

    se eviten resultados negativos o errneos, los cuales pudieran desviar la

    investigacin a una direccin incorrecta, no permitiendo la identificacin delautor o autores del hecho punible, imposibilitando la aplicacin justa de la

    justicia.

    Interrogantes de la Investigacin

    De todo lo anterior, surgen las siguientes interrogantes: Cul es el

    procedimiento aplicado por los funcionarios del Cuerpo dePolica del EstadoLara para el resguardo y preservacin del sitio de suceso de hechos donde

    se suscit un delito de homicidio?, Cules son los elementos que influyen

    de forma negativa en el Cuerpo de Polica del estado Lara, en el proceso de

    preservacin y resguardo de sitios de suceso donde se perpetr un delito de

    homicidio?, Cules son los lineamientos aplicables, de parte de los

    funcionarios del Cuerpo de Polica del estado Lara, para optimizar el proceso

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    de preservacin y resguardo de sitios de suceso donde se perpetr un delito

    de homicidios.

    Objetivos de la Investigacin

    Objetivo General

    Proponer lineamientos para la optimizacin del proceso de preservacin

    y resguardo de la escena del crimen en casos de delitos de homicidios,

    dirigidos a los funcionarios delCuerpo dePolica del estado Lara.

    Objetivos Especficos

    Diagnosticar el procedimiento aplicado por los funcionarios de la polica

    del estado Lara, para practicar el proceso de preservacin y resguardo de la

    escena del crimen en casos de delitos de homicidios.

    Determinar los elementos que influyen de forma negativa por parte de losfuncionarios del Cuerpo de Polica del estado Lara, en el proceso de

    preservacin y resguardo de la escena del crimen en casos de delitos de

    homicidios.

    Generar los lineamientos aplicables al personal policial del Cuerpo de

    Polica del estado Lara, que permitan optimizar el proceso de preservacin y

    resguardo de la escena del crimen en casos de delitos de homicidios.

    Variable de Estudio

    Las variables, son definidas segn Hernndez, Fernndez y Baptista

    (2000), como un eje fundamental en todo trabajo de investigacin de campo

    porque es una propiedad que tiene cambios y se puede medir y observar (p.

    144).

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    As tambin, Tamayo y Tamayo (1996), definen variables como un

    aspecto o dimensin de un fenmeno que tiene como caracterstica lacapacidad de asumir distintos valores ya sea cualitativamente o

    cuantitativamente, de ellos se infiere que es la relacin causa efecto que se

    suscita entre uno o ms fenmenos estudiados (p. 50). Adems, Sabino

    (2003), afirma que un sistema de variables lo conforman una serie de

    caracterstica por estudiar definida de manera operacionales decir, en funcin

    de sus indicadores o unidades de medidas (p.20).

    Para esta investigacin, la variable est representada por los

    lineamientos aplicables en el proceso de optimizacin por parte del personal

    policial del Cuerpo de Polica del estado Lara en lo concerniente a la

    preservacin y resguardo de la escena del crimen en casos de delitos de

    homicidios, apoyndose en la fundamentacin terica y en los objetivos

    propuestos. En tal sentido, Jimnez (2012), seala que dado a que el estudio

    presenta una sola variable no es necesaria la realizacin de la

    operacionalizacin de la misma, ya que esta se desarrollar a travs de tres

    fases que no requieren su elaboracin como lo son diagnstico, factibilidad ydiseo respectivamente.

    Justificacin de la Investigacin

    La base fundamental de toda investigacin criminal es pertinente la

    preservacin del lugar de los hechos, resguardando los indicios que puedan

    constituir los elementos de conviccin o medios probatorios que contribuirnal esclarecimiento del caso, tomando en cuenta que el xito de las

    investigaciones criminales depende de la atencin que se le brinde a la

    escena criminal al momento de su proteccin.

    En este orden de ideas, es necesario acotar los organismos de seguridad

    del estado, entre los que se encuentra el Cuerpo de Polica del estado Lara,

    deben contar con conocimientos, mtodos y tcnicas cientficas que permitan

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    lograr la perfecta preservacin y resguardo del lugar de los hechos, puesto a

    que son rganos facultados para proteger el escenario del suceso, antes dela intervencin del Cuerpo de Investigaciones Cientficas Penales y

    Criminalstica, el cual a su vez constituye la unidad auxiliar que coadyuva al

    Ministerio Publico en su investigacin para, de este modo, aclarar el hecho

    delictivo.

    Es el hecho que en la actualidad, los funcionarios de la polica del estado

    Lara como rganos preventivos pareciera no conocer o aplicar las medidas

    adecuadas para el resguardo del lugar de los hechos, lo que trae como

    consecuencia la contaminacin y deterioro de los indicios y evidencias que

    puedan encontrarse en dichos escenarios, lo que conlleva al incorrecto

    desarrollo de las investigaciones para obtener los elementos de conviccin

    que se requieren y aplicar las medidas necesarias para lograr un efectivo

    esclarecimiento del caso y aplicar las medidas necesarias para sancionar el

    hecho delictual que se investiga.

    Ante tal hecho, se hace necesario abordar este tema para una mejor

    formacin, y de esta forma desarrollar lineamientos estrictos para lograrresultados efectivos y de este modo evitar las modificaciones de la escena

    del crimen, y de esta forma coadyuvar en el proceso de resolucin del hecho.

    El objetivo central de este trabajo de grado se orienta precisamente a

    generar lineamientos que contribuyan a evitar tal problemtica en lo

    concerniente a resguardo a preservacin del sitio de suceso de delitos de

    homicidios ocurridos en el estado Lara.

    Asimismo, se pretende precisar la relevancia de salvaguardar lasevidencias fsicas en la escena del crimen, y de esta forma lograr mediante la

    aplicacin de los principios de la criminalstica el esclarecimiento eficaz del

    hecho y de esta forma demostrar como ocurri realmente el hecho, a travs

    del estudio de los rastros, huellas u objetos que el victimario pudo haber

    dejado en el sitio de suceso, y de esta forma poder fundamentar la

    acusacin, que es el fin mediato del proceso; de igual manera se desea

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    CAPTULO II

    MARCO TERICO

    Antecedentes Histricos

    El ser humano por excelencia, en razn a la necesidad de organizase por

    la accin de las agrupaciones que conforman la sociedad, impulsa la

    creacin de frmulas bsicas para su convivencia pacfica, idnea del deber

    ser que permita asegurar en lo posible el mejor desenvolvimiento del

    colectivo, por lo que el Estado en virtud de la gran responsabilidad que tiene

    con todos sus habitantes ha creado Instituciones capaces de dar respuestas

    a los mltiples problemas que afectan la sociedad.

    En este orden de ideas, la proteccin y resguardo de la escena criminal

    tiene sus inicios junto al nacimiento de la criminalstica, esta ciencia data de

    finales del siglo XVIII, con la aparicin de Eugne Franois Vidocq, el cual es

    considerado uno de los primeros investigadores privados y creador de laSret Nationale (oficina de Investigacin Criminal de la Polica francesa),

    establecida en 1812 y encabezada por Vidocq hasta 1827.

    En este sentido, Posada (2000), en su manual de investigacin criminal

    hace referencia a una historia que trata sobre el esclarecimiento de un

    homicidio suscitado en Pars en el ao de 1882, es en la primavera de este

    ao cuando se encontr en la mansin del conde D` Aroy el cuerpo sin vida

    de la condesa medio desnuda, con las piernas y los brazos extendidos sobre

    la cama de la habitacin. El sargento Rioux de la Srete, era el funcionario

    encargado de la investigacin de ese delito, que sin profundas

    investigaciones ya haba arrestado al conde por el homicidio de su esposa,

    tomando como elemento probatorio una caja que posea dos pistolas de

    duelo pertenecientes al esposo de la condesa, que como aseguraba el

    sargento Rioux, con una de ellas fue asesinada; en cuanto al mvil del

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    crimen, Rioux no tena dudas que la condesa, por ser mucho ms joven que

    su esposo tena un amante, el Conde se dio cuenta y la mat.Es por ello que, segn De la Rosa, M. (2012), Vidocq expone las razones

    por las cuales pensaba que el sargento Rioux estaba equivocado; por la

    forma en que se encontraba vestida la Sra. Indicaba que esperaba un

    amante y no al esposo, de igual modo poda observarse que la cerradura

    haba sido forzada y adems el orificio de la herida no concordaba con el

    tamao de la lesin que ocasionara una pistola del conde. Finalmente

    Vidocq localizo a un jugador y ladrn, llamado Deloro, se encontr el arma y

    localiz al comprador al cual el delincuente vendi un anillo de diamantes de

    la condesa, ante las pruebas, Deloro confes al homicidio.

    El relato anteriormente narrado, constituye un claro ejemplo de la

    importancia que tiene para la investigacin criminal y por ende para la ptima

    aplicacin de justicia, llegar a la verdad de los hechos y que los mismos

    puedan ser comprobados a travs de elementos probatorios, de lo cual se

    deduce la necesidad de conservar las evidencias de inters criminal, a travs

    de una buena preservacin en la escena del crimen, protegiendo el estadode las cosas e impidiendo que las evidencias del hecho delictivo

    desaparezcan.

    En este sentido, la criminalstica nace de la medicina forense en el siglo

    XVII, cuando los mdicos toman parte de los procedimientos judiciales.

    Segn la historia jurdica, la primera disciplina precursora de la criminalstica

    fue la que en la actualidad se conoce como dactiloscopia, segn Montiel (ob.

    cit.), expone lo siguiente: Algunos de los primeros usos prcticos de lainvestigacin mediante las impresiones dactilares son acreditados a los

    chinos, quienes las aplicaban diariamente en sus negocios y empresas

    legales, mientras tanto el mundo occidental se encontraba en el perodo

    conocido como la edad oscura (p. 19).

    Resulta oportuno sealar que, el Doctor Hans Gross naci en Graz,

    Austria en 1847, fue Juez de Instruccin en Stejermark y Profesor de derecho

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    penal en la Universidad de Graz, Gross reuni y aporto conocimientos muy

    valiosos para ser aplicados a la pesquisa criminal y estaba convencido que lasolucin de los crimines deba ser resuelta mediante la intervencin de los

    conocimientos cientficos, haciendo a un lado la intuicin y las suposiciones,

    estos razonamientos fueron plasmado en su libro Manual del Juez de

    Instruccin, que fue publicado en 1894 y por primera vez fue quien se refiri

    a los mtodos de investigacin criminal como criminalstica.

    Antecedentes de Investigacin

    Efectuada una revisin bibliogrfica exhaustiva acerca de investigaciones

    anteriores referentes a la temtica del estudio planteado, como lo es el

    procedimiento para la preservacin y resguardo de la escena criminal, se

    encontraron algunos estudios que se presentan a continuacin por

    considerar que los mismos dan fundamento al tema planteado.

    A este respecto, se tiene que: Colmenrez (2009), realiz una

    investigacin titulada Conservacin y preservacin de las evidenciasencontradas en la cadena de custodia en el Cuerpo de Investigaciones

    Cientficas Penales y Criminalsticas para el proceso de juicio y posterior en

    una apelacin, Caso Especfico CICPC-Lara, Barquisimeto, el mismo se

    efectu a travs de un trabajo documental en el que se investigaron cules

    eran los problemas por los cuales el CICPC Sede Barquisimeto, tienen al

    momento de realizar su labor de conservacin y preservacin de las

    evidencias. Utilizando las fuentes doctrinales, jurdicas y legales sedeterminar a importancia de la conservacin, preservacin de las evidencias

    para el momento del juicio y posterior a la apelacin, se encontr que existen

    algunos problemas en cuando al manejo de evidencias fsicas, por lo que se

    propone actualizar los materiales, equipos y al personal encargado de

    realizar dichos procedimientos.

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    apoyada en todos sus aspectos, partiendo del Estado la responsabilidad

    principal, lo que apoya este estudio, debido que como funcionarios de uncuerpo del Estado deben estar capacitados para realizar la labor que

    realizan.

    En este orden de ideas Caizalez (2011), realiz un trabajo documental

    titulado La Contaminacin y el deterioro de las evidencias fsicas o

    materiales en el escenario criminal tuvo como propsito analizar la

    contaminacin y el deterioro de las evidencias fsicas o materiales en el

    escenario criminal para obtener la informacin terica sobre esta

    problemtica se recurri a fuentes doctrinarias jurdicas y legales, se

    estableci con claridad que consecuencias trae la contaminacin de las

    evidencias fsicas y materiales en el escenario criminal, cual es la forma

    adecuada que se debe implementar para manejar desde la perspectiva

    jurdica una nueva evidencia que haya sido alterada en el procedimiento

    criminalstico, y a su vez profundizar el estudio del trabajo de los rganos

    correspondientes al resguardo del escenario criminal.

    Teniendo como planteamiento todo lo antes expuesto, se concluy quelos procedimientos a seguir para asegurar la correcta labor de los cuerpos

    correspondientes, para evitar la contaminacin y el deterioro de las

    evidencias que conllevaran a la consideracin de la obtencin de una prueba

    ilcita en el proceso judicial del pas tenindose un total rechazo por parte del

    Ministerio Pblico, ya que se estaran violando las garantas constitucionales

    bien sea a las vctimas o al imputado por la cual, se debe evitar que esta

    situacin contine suscitndose.El aporte de esta investigacin al estudio, es que la cadena de custodia

    debe permitir que las pruebas colectadas en cualquier procedimiento

    criminalstico puedan ser mantenidas y preservadas de manera eficiente para

    que puedan ser de utilidad para la investigacin criminal, lo que aporta un

    aspecto de gran importancia al tema que se trata.

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    Contexto Organizacional

    Breve Resea Histrica

    A partir de la Constitucin de 1830 Venezuela los cuerpos policiales han

    ido evolucionando, ya que en dicha norma facultaba a los Alcaldes

    municipales y parroquiales para aprehender a los delincuentes

    preventivamente y luego remitirlos al fiscal o juez competente para el caso, el

    18 de noviembre de 1.834, la diputacin provincial de Barquisimeto, mediante

    resolucin determina la creacin de una ronda de Polica a caballo,

    compuesta de cuatro Soldados y un Cabo, y se le asignan una serie de

    actividades y tareas seguridad y orden pblico esta normativa se mantuvo

    hasta la promulgacin del Cdigo de Polica Nacional en 1835, donde se

    separa el cuerpo policial en diversas modalidades, tales como:

    administrativa, judicial y municipal. Con el pasar de los aos, el 29 de

    Febrero de 1.940, la Asamblea Legislativa del Estado Lara, conformada por

    su Presidente: J. M. Prez Coronel y puesto el ejectese por el GobernadorHonorio Sigala, decreta el primer: "Cdigo de Polica", contentivo de 270

    Artculos, donde se unifican los procedimientos policiales, en fecha 23 de

    Enero de 1.941, la Asamblea Legislativa, bajo la Presidencia de J. Mara

    Lozada, decreta la reforma parcial del Cdigo de Polica, y es a partir del ao

    1.968, fecha en que se les da la gran responsabilidad a los Oficiales de la

    Guardia Nacional de dirigir las diferentes Policas, es de all donde comienza

    un proceso de reorganizacin de las Policas, dispersas en los diferentesMunicipios y con fecha 30 de Abril de 1.976, mediante Gaceta Oficial

    Extraordinaria Nro. 106, la Asamblea Legislativa del Estado Lara, decreta: El

    Cdigo de Polica del Estado Lara, y establece:

    Artculo 3 del Cdigo de Polica del Estado Lara; La Polica delEstado Lara, dependiente de la rama Ejecutiva del mismo, salvolas excepciones de Leyes especiales queda integrada como un

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    servicio Gubernativo y Administrativo nico organizado dentro delPoder Pblico Regional, con el nombre de Fuerza Armada Policialdel estado Lara, bajo la suprema autoridad jerrquica delGobernador del Estado Lara.

    De lo anterior expuesto, con el Cdigo de Polica del Estado Lara se

    materializa la unificacin de las Policas Municipales, y crear una nueva

    estructura, que a paso lento ha logrado un crecimiento sostenido y en forma

    desarrollada hacia un futuro promisor, con una visin, de una institucin con

    un alto sentido del deber, espritu de cuerpo y vocacin de servicio, que con

    llevan a conformar una polica eficiente y eficaz en el manejo de losProcedimientos Cientficos.

    En el mismo orden de ideas, en 1863 se publica el Cdigo de

    Procedimiento Criminal, otorgndole competencia a la polica para iniciar los

    procedimientos de investigacin y en el ao 1882 cuando se promulga el

    Cdigo de Enjuiciamiento Criminal. Cabe agregar, que para finales del ao

    1947 en Venezuela no exista ningn rgano de polica destinado

    especialmente a coadyuvar a los jueces penales en su labor de persecucin

    y detencin de los delincuentes y por lo tanto, la proteccin y resguardo del

    lugar de los hechos, no se encontraba legalmente establecida.

    En este orden de ideas, cabe hacer mencin que la investigacin de los

    delitos de accin penal en Venezuela se institucionaliza el 20 de febrero de

    1958, cuando el presidente provisional de la Junta de Gobierno

    Contralmirante Wolfgang Larrazbal, promulga el decreto N 48 con Fuerza

    de Ley, que estableci la base legal para la creacin de un cuerpo de polica

    especializado para la investigacin de los delitos de accin penal, esteorganismo dependera directamente del Ministerio de Justicia bajo el nombre

    de Cuerpo Tcnico de Polica Judicial.

    En efecto, es en el ao 1975 cuando se crea la Ley de Polica Judicial,

    esta legislacin concede a los funcionarios adscritos a las Fuerzas Armadas

    Policiales el carcter de rgano auxiliar de la polica judicial, sin embargo

    esta normativa limitaba a estos cuerpos auxiliares a impedir que las huellas

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    de los hechos fueran alteradas y que el estado de la escena criminal fuera

    modificado, por ende es esta ley de Polica Judicial donde implcitamente seconsagra la proteccin y resguardo de la escena criminal con rango legal, ya

    que se evidenci la imperiosa necesidad de crear una norma que regule los

    procedimientos a seguir por los rganos de apoyo para salvaguardar

    correctamente el lugar de los hechos.

    Con referencia a lo anterior, la ley de polica judicial fue reformada y por

    consiguiente, derogada por la Ley de Polica de Investigaciones Penales

    publicada en Gaceta Extraordinaria N 5.262 del 11 de septiembre de 1998,

    esta ley otorgaba el carcter de rganos de polica de investigaciones

    penales del Cuerpo Tcnico de Polica Judicial, a los rganos de las Fuerzas

    Armadas de Cooperacin y dems autoridades competentes.

    Del mismo modo, con la aprobacin de la Ley Orgnica, del Servicio de

    Polica y del Cuerpo de Polica Nacional en el ao 2007 nace el Sistema

    Integrado de Polica, se crea la Universidad Experimental de la Seguridad,

    para el Servicio de Polica y as tambin, el Consejo General de Polica

    adscrito al Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia,el cual se instalo con el propsito de adelantar una serie de polticas

    pblicas que estandarizaran los cuerpos policiales para su adecuacin al

    nuevo modelo policial.

    De lo anterior expuesto, nace un nuevo modelo que se caracterice por el

    humanismo, la solidaridad, la participacin ciudadana, el respeto a los

    derechos humanos, para desarrollar el nuevo modelo policial y de esta

    dignificar la funcin policial, mediante un marco jurdico institucional y degestin que permita concebir la polica como una institucin pblica, de

    funcin indelegable, civil, que opera dentro del marco de la Constitucin de la

    Repblica Bolivariana de Venezuela y de los tratados y principios

    internacionales sobre proteccin de los derechos humanos, orientada por los

    principios de permanencia, eficacia, eficiencia, universalidad, democracia y

    participacin, control de desempeo y evaluacin, de acuerdo con procesos y

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    estndares definidos y sometidos a un proceso de planificacin y desarrollo

    conforme a las necesidades dentro de los mbitos poltico territorialesnacional, estadal y municipal.

    Sin embargo, en enero de 2007 es aprobada una reforma parcial del

    decreto y se publica en Gaceta Oficial N 38.598 de la Repblica Bolivariana

    de Venezuela la Ley del Cuerpo de Investigaciones Cientficas, Penales y

    Criminalsticas, en el cual se nombra a todas las policas del pas como

    auxiliares del Ministerio Publico, esta ley estuvo vigente hasta el 14 de junio

    de 2012; la referida ley tipificaba, en sus Art. 12 y 14, la designacin a los

    rganos con competencia especial y a los rganos de apoyo,

    respectivamente, los cuales tienen como atribucin principal, garantizar la

    proteccin de la escena del crimen y las evidencias hasta que se haga

    presente lo funcionarios del CICPC, es decir, evitar la modificacin en la

    escena del crimen.

    En otro orden de ideas, se cran las normas relativas al proceso de

    homologacin y reclasificacin de grados y jerarquas de los funcionarios

    policiales, a partir de la resolucin nmero 39.453 de fecha 25 de Junio de2010, y publicada por el Ministerio del Poder Popular para Relaciones

    Interiores y Justicia como rgano Rector en materia policial y de las leyes del

    Estado venezolano.

    En efecto, la intencin del Consejo General Polica y del Ministerio del

    Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, como rgano Rector en

    materia de seguridad ciudadana, es realizar un proceso de Homologacin y

    Reclasificacin de las y los funcionarios de los cuerpos policiales a nivelnacional, a fin de garantizar la idoneidad de este proceso nico, novedoso e

    indito en el proceso de transformacin policial en el pas, por lo que se

    crean las nuevas jerarquas clasificada en tres niveles, las cuales son las

    siguientes:

    El primer nivel; con responsabilidades en la ejecucin de actividades de

    contacto inmediato y operacional con la ciudadana, estar integrado, en

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    orden ascendente, por: los y las oficiales, los y las oficiales agregados y los y

    las oficiales jefes, el segundo nivel, con responsabilidades de direccinmedia, diseo de operaciones, supervisin y evaluacin a nivel tctico, estar

    integrado, en orden ascendente, por: los supervisores y supervisoras, los

    supervisores y supervisoras agregados y los supervisores y supervisoras

    jefes, el tercer nivel, con responsabilidades de alta direccin, planificacin y

    evaluacin estratgica, estar integrado, en orden ascendente, por: los

    comisionados y comisionadas, los comisionados y comisionadas agregados y

    los comisionados y comisionadas jefes.

    Es de hacer notar que esta homologacin para el otorgamiento de

    responsabilidades y adems para distinguir las diferentes jerarquas entre el

    primer nivel, los agregados y jefes, las rosa-marinas en las barras del

    extremo de la charretera; La Barra Plateada es para oficiales; con 1 Rosa

    Marina Oficial, con 2 Rosa Marina Oficial Agregado, con 3 Rosa Marina

    Oficial Jefe, la barra dorada es para supervisores; con 1 Rosa Marina

    Supervisor, con 2 Rosa Marina Supervisor Agregado, con 3 Rosa Marina

    Supervisor Jefe; La Barra en Forma de Laurel Dorado es para Comisionados;con 1 Rosa Marina Comisionado, con 2 Rosa Marina Comisionado Agregado,

    con 3 Rosa Marina Comisionado Jefe, las charreteras de la Polica estadales

    son azules.

    Misin

    Garantizar y velar por el cumplimiento del ordenamiento jurdico y los

    derechos humanos como organismos de seguridad ciudadana, integrado porhombres y mujeres con principios ticos-morales, vocacin de servicio y

    sentido de pertenencia.

    Visin

    Conformar un organismo de seguridad ciudadana, con proyeccin

    nacional e internacional, defensores de los valores y principios ticos

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    universales, generadores de activos de conocimiento y vinculados a las

    necesidades sociales.

    Valores Organizacionales

    - Responsabilidad

    - Eficiencia

    - Cooperacin

    - Equidad

    - tica

    - Imparcialidad

    - Responsabilidad

    - Lealtad

    - Corresponsabilidad

    - Solidaridad

    Estructura organizativa y descripcin de las unidades

    Sobre la estructura organizativa y descripcin de las unidades, el artculo

    164 de la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela reza lo

    siguiente: Es de competencia exclusiva de los Estados: Ordinal 6to La

    organizacin de la polica

    Por otra parte todo lo concerniente con su organizacin jerrquica se

    realizara de conformidad con lo que establece el artculo 56 de la Ley

    Orgnica del Servicio de Polica y del Cuerpo de Polica Nacional Bolivariana,el cual comprender una escala de tres niveles dividida en pasos conforme lo

    prevea el estatuto de la Funcin Policial.

    Por otro lado, para el abordaje de la escena del crimen, a partir del 15 de

    junio de 2012 entra en vigencia el Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley

    Orgnica del Servicio de Polica de investigacin, el Cuerpo de

    Investigaciones Cientficas, Penales y Criminalsticas y el Servicio Nacional

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    de Medicina y Ciencias Forenses, esta ltima normativa legal nombrada, en

    sus Art. 22 y 45 seala la proteccin del y cuidado riguroso de la escena delcrimen, por parte del Cuerpo de Investigaciones Cientficas, Penales y

    Criminalsticas y los cuerpos de polica debidamente habilitados por el

    rgano Rector para ejercer atribuciones y competencias en materia de

    investigacin penal.

    En la actualidad, todas las policas tienen atribucin en materia de

    investigacin criminal, de acurdo a lo dispuesto en el Decreto con Rango

    Valor y Fuerza de Ley Orgnica del Servicio de Polica de investigacin, el

    Cuerpo de Investigaciones Cientficas, Penales y Criminalsticas y el Servicio

    Nacional de Medicina y Ciencias Forenses, segn gaceta oficial

    extraordinaria N 6.079, de fecha 15 de junio de 2012.

    Bases Tericas

    Las bases tericas, constituyen el corazn del trabajo de investigacin,

    pues es sobre este que se construye todo el estudio. La misma formar laplataforma, en la cual se edifica el anlisis de los resultados obtenidos,

    presenta una estructura sobre la cual se disea el estudio, sin esta no se

    sabe cules elementos se pueden tomar en cuenta, y cules no. Sin una

    buena base terica todo instrumento diseado o seleccionado, o tcnica

    empleada en el estudio, carecer de validez.

    En este sentido, Hernndez, Fernndez y Baptista (2000), afirman que:

    Es importante sealar en el proyecto la estrecha relacin entreteora, el proceso de investigacin y la realidad o entorno. Estapuede iniciar una teora nueva, reformar una existente osimplemente definir con ms claridad, conceptos o variables yaexistentes. Por tanto los fundamentos tericos o el marco dereferencia, es donde se condensara todo lo pertinente a la literaturaque se tiene sobre el tema a investigar. (p. 45).

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    Lo anterior denota, que debe ser una bsqueda detallada y concreta

    donde el tema y la temtica del objeto a investigar tengan un soporte terico,que se pueda debatir, ampliar, conceptualizar y concluir. Ninguna

    investigacin, debe privarse de un fundamento o marco terico o de

    referencia. Por ello, el objetivo general de la presente investigacin fue:

    Proponer lineamientos para la optimizacin del proceso de preservacin y

    resguardo de la escena del crimen en casos de delitos de homicidios,

    dirigidos a los funcionarios de la Polica del Estado Lara.

    Criminalstica

    La criminalstica segn Montiel (1998), es la ciencia auxiliar del derecho

    (penal, civil, laboral, administrativo, entre otros), que utiliza o emplea los

    recursos tcnicos y cientficos en la bsqueda y anlisis de los elementos

    materiales de prueba, a fin de establecer si hubo un delito, otorgando a los

    investigadores y al criminalista bases cientficas sobre el anlisis del lugar de

    los hechos y determinar las posibles causas o mviles de lo sucedido.Por otro lado, Del Giudice (2000) la criminalstica es en realidad el

    conjunto de ciencias que estudia la naturaleza y desarrollo de los hechos

    punibles, los cuales son denominados genricamente como crmenes, de all

    el trmino (p. 56). La criminalstica, involucra ciencias dismiles como la

    fsica y la matemtica con la qumica y la anatoma, por nombrar solo

    algunos ejemplos, lo cual hace de sta una ciencia por dems extensa, por lo

    que se requiere especialidades muy especficas tales como medicinaforense, patologa forense, odontologa forense, balstica y en la ltima

    dcada se incorpora la gentica y su estudio relacionado con el ADN.

    Ahora bien, en razn de esta especializacin, los cuerpos de

    investigacin policial deben contar con los servicios de profesionales

    especializados en las diversas reas que se involucran tales como mdicos,

    bilogos, fsicos, qumicos, antroplogos, psiclogos, entre otros.

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    Todos ellos, se involucran en la accin investigativa policial, debido a que

    la ciencia y la tecnologa ha permitido un alto grado de perfeccionamiento enla comisin de delitos que obliga a la polica de investigacin mantenerse al

    da en los conocimientos de dichas reas, para no quedar a la saga del

    mundo criminal.

    Asimismo, la criminalstica, se encarga del estudio de las evidencias

    fsicas o indicios materiales que se producen en la comisin de un hecho

    punible, los cuales proporcionan informaciones de fundamental importancia

    que ayudan al esclarecimiento de algn acontecimiento, con el objeto de

    aplicarle mtodos tcnicos y cientficos para interpretarlas, analizarlas y

    estudiarlas, con el firme propsito de llegar al conocimiento de la verdad, por

    lo cual es necesario una adecuada preparacin poniendo en prctica los

    diferentes procedimientos para llevar a cabo la proteccin, observacin,

    fijacin, y coleccin de dichos elementos.

    Por ende, la criminalstica es la ciencia que, mediante la aplicacin

    rigurosa del mtodo cientfico, de los principios de las ciencias naturales, de

    sus tcnicas y la utilizacin del ms avanzado instrumental tecnolgico en labsqueda de la verdad criminal, tiene como objeto el reconocimiento,

    evaluacin, identificacin e individualizacin de las evidencias fsicas, con la

    finalidad de estudiar y analizar objetivamente las relaciones entre la vctima,

    la escena del crimen, el medio de comisin y el victimario, coadyuvando a la

    determinacin del hecho delictivo, de cmo se cometi, cundo se realiz y

    quin lo ejecut.

    Principios de la Criminalstica.

    Para lograr los objetivos planteados, segn Montiel (ob. cit.), la

    criminalstica se apoya en principios de ndole cientfica a saber:

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    Principio de Intercambio. Fue creado por Edmond Locard, el cual

    plantea que cuando dos cuerpos interactan, se produce un contactoinevitable entre dos elementos distintos, que genera una transferencia de

    elementos materiales, por lo general de evidencias fsicas tangibles o

    intangibles, este principio establece en esencia, que cuando dos objetos

    llegan a tener algn roce, el material de ambos es cedido entre ellos.

    Es decir, un autor deja y se lleva evidencias producindose en cambio,

    de ah que siempre que dos objetos interactan, transmiten parte del material

    que lo conforma al otro objeto, produciendo as una modificacin de materia.

    Cabe decir, que un sujeto en un lugar, deja deliberada o inadvertidamente

    indicios de su presencia y a la vez, el lugar aporta elementos al sujeto que

    permiten comprobar su presencia en esa zona.

    Principio de Correspondencia de Caractersticas. Establece la

    relacin o vinculacin que existe entre diferentes elementos, los cuales van a

    dejar huellas impresas de sus caractersticas particulares; este principio

    seala que, cuando se produce un contacto entre dos cuerpos y sobre uno

    se generan rastros, producto de dicha interaccin, las marcas dejadas sobreel otro cuerpo pueden determinar la fuente comn de origen, as como inferir

    la forma del cuerpo u objeto, la trayectoria y el mecanismo como se

    originaron, tomando en cuenta la relacin de correspondencia que existe

    entre las caractersticas dejadas y el cuerpo o instrumento que las produce.

    Principio de Reconstruccin de Hechos. Consiste en la reconstruccin

    de hechos o fenmenos para la bsqueda de la verdad, ya que a travs de

    ellos, se puede comprobar la veracidad de las hiptesis planteadas, verificarinformaciones aportadas por testigos y principalmente, obtener toda la

    informacin posible de las evidencias fsicas que requieran un tratamiento

    especial. El estudio de todos los elementos materiales de prueba asociados

    al caso, darn las bases y los elementos para conocer el desarrollo de los

    fenmenos de un acto concreto y reconstruir el mecanismo del

    acontecimiento o fenmeno, para acercarse a conocer la verdad del suceso

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    investigado. En muchos casos los hechos no pueden ser analizados,

    evaluados ni explicados en su verdadera esencia sino a travs de sureconstruccin o recreacin experimental en condiciones de control.

    Principio de Probabilidad. Este principio verifica la posibilidad o

    imposibilidad de un hecho, en base a las caractersticas analizables

    disponibles, ya que se basa principalmente en la probabilidad estadstica,

    particularmente en el nmero de caractersticas observadas durante un

    estudio comparativo de muestras, de tal manera que a mayor nmero de

    peculiaridades percibidas y analizadas, mayor ser el nivel de certeza en la

    que se pueda diferenciar o no, el origen de las muestras, por lo que los

    aspectos cuantitativos por efecto de la experimentacin permiten obtener

    resultados fehacientes.

    Principio de Identidad. Seala que una cosa persona estn definidas

    por un conjunto de caractersticas, ya sean naturales o adquiridos, que hacen

    que sea diferente de todas las dems, an aquellas de la misma especie.

    Este principio, est basado fundamentalmente en que todo cuerpo, cosa o

    individuo es idntico slo a s mismo y no existe otro que sea estricta yabsolutamente idntico al anterior. En materia de criminalstica se pueden

    apreciar que entre dos materiales A y B existen una serie de

    caractersticas que permiten afirmar la fuente comn de los mismos, sin

    embargo cada uno de ellos es inevitablemente distinto del otro.

    Principio de Uso. Esta primicia plantea que en los hechos que se

    cometen o realizan, siempre se utilizan agentes mecnicos, qumicos, fsicos

    o biolgicos.Principio de Produccin. Este es uno de los principios de la

    criminalstica, en donde se originan agentes mecnicos, qumicos, fsicos o

    biolgicos para la comisin de los hechos presuntamente delictuosos, que

    por lo general siempre se producen elementos materiales en gran variedad

    morfolgica y estructural y representan elementos reconstructores e

    identificadores.

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    Principio de Certeza. Segn el cual seala que la calidad de los indicios

    se puede establecer certezas.

    Escena del Crimen

    La escena del crimen, es el lugar donde ocurri el delito, adems, se

    puede incluir los accesos, zonas adyacentes, vas de escape y sitios de

    liberacin. La evidencia fsica la constituyen los objetos, marcas, huellas,

    seales, impresiones, por ms pequea sea, que pueda contribuir a la

    reconstruccin del delito o conducir a la identificacin de los autores,

    coautores o su relacin con la vctima o con la escena del crimen y que

    puede requerir el procesamiento en el laboratorio para presentar como

    prueba ante el Juez.

    Toda investigacin tiene su punto de partida, casi siempre en el lugar de

    los hechos, el sitio donde se ha cometido el incidente, es decir, el espacio

    fsico en el que se ha producido un acontecimiento susceptible de una

    investigacin cientfica criminal, con el propsito de establecer, su naturaleza,los autores participes del caso y la zona, que se caracteriza por la presencia

    de elementos indiciarios o rastros que puedan develar las circunstancias de

    lo all ocurrido.

    En este sentido, segn Montiel (ob. cit.), la escena del crimen de

    cualquier delito, es vitalmente importante para la solucin exitosa de un

    asunto, por lo general la proteccin inadecuada del lugar de los hechos

    producir la contaminacin prdida, o desplazamiento innecesario de losartculos que constituyen pruebas fsicas y es probable que cada uno de

    estos hechos rindan intiles resultados a las pruebas.

    Clasificacin del Sitio del Suceso o Escena del Crimen

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    Los lugares de hechos, se clasifican en tres tipos; de acuerdo con sus

    condiciones y caractersticas pueden ser: cerrados, abiertos y mixtos.

    Sitio del Suceso Abiertos

    Es el lugar que no posee lmites precisos, cabe decir aquellos cuyos

    lmites no estn claramente delimitados, por lo general el lugar est en

    contacto con el medio ambiente que lo rodea y es considerado como el aire

    libre por ejemplo una va pblica.

    Sitio del Suceso Cerrados

    Es aquel que lo circunscriben lmites precisos, es decir, aquel que tiene

    sus lmites demarcados, cuando no existe contacto directo con la luz solar,

    lunar y las condiciones atmosfricas naturales, existiendo una interposicin

    entre el medio ambiente y el lugar del hecho se encuentra cubierto o

    protegido por una superficie de madera, cemento, entre otros. Como por

    ejemplo un apartamento.

    Sitio del Suceso Mixto

    Entendindose este como aquel en el cual se combinan los sitios del

    suceso abiertos y cerrados en un mismo hecho.

    Otros autores definen el sitio del sucesoen:

    a.Tpico:Es aquel sitio del suceso en donde el lugar del hecho y el de

    hallazgo (cadver u otros indicios) se encuentran en el mismo espacio.Ejemplo: Homicidio en una habitacin sin traslado de cadver.

    b.Atpico:Al contrario del anterior, este corresponde a aquel en donde

    el sitio del suceso y el de hallazgos se encuentran en zonas distintas.

    Ejemplo: El homicidio se cometi en una habitacin de un domicilio y el

    cadver se encontr en el patio del mismo domicilio. El lugar es el mismo,

    pero las zonas son diferentes.

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    Proteccin del Sitio de Suceso

    En la investigacin criminal, la proteccin del sitio del suceso segn

    Lpez (1999), refiere que todo funcionario policial al llegar al sitio del suceso

    debe entre otras cosas:

    Encargarse de la situacin al llegar al sitio de suceso.

    Determinar hasta qu punto ste ha sido protegido. Verificar la

    seguridad adecuada del sitio, aun estando protegido antes de la llegada,

    igualmente obtener informacin sobre la condicin original del sitio. No permitir el acceso a personal no autorizado. Tomar las respectivas

    notas no fiarse de la memoria.

    Inspeccin Tcnica

    Es aquella actividad tcnica realizada en la escena criminal, por

    cualquier funcionario preparado y capacitado para efectuar el trabajo,

    tratando de determinar lo que all ocurri preliminarmente, as como

    preservacin de la escena del crimen para facilitar la labor criminalstica, la

    cual debe ser de manera cuidadosa ya sea de forma horizontal, vertical o

    espiral; del mismo modo, debe practicarse de una manera objetiva,

    sistemtica y metdica en sus procedimientos, debido a que esta fase es un

    elemento importante para el desarrollo de la investigacin criminalstica, por

    ser el punto de partida para el anlisis y obtencin de las pruebas para llegar

    al conocimiento y esclarecimiento del hecho.Por tanto, los funcionarios del rgano principal deben ser los primeros en

    entrar en contacto con la escena criminal, luego de que la misma haya sido

    preservada por los organismos de seguridad preventiva, protegiendo con una

    cinta amarilla con el fin de prohibir el acceso para evitar que el lugar se

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    contamine, y para que a la escena se le aplique la metodologa cientfica

    para efectuar un excelente trabajo de observacin, fijacin y coleccin.Sobre las consideraciones anteriores de deduce, que la inspeccin

    tcnica, se va a regir por una serie de fases de suma importancia, como lo es

    la observacin, la fijacin y coleccin; la primera variante hipottica de

    interpretacin de los hechos criminales, se encarga de captar y comprender

    el hecho criminal, la cual se va a realizar de forma metdica, utilizando el

    mtodo deductivo que va de lo general a lo particular, de lo particular al

    detalle y luego al mnimo detalle, la segunda determina la conservacin de

    los detalles del lugar del incidente tal cual se observ y se encontr; y la

    tercera establece la recopilacin de todas las evidencias encontradas en la

    escena del crimen.

    Evidencia Fsica

    Es todo elemento generador de una accin criminal, capaz de

    individualizar al autor del hecho. Por ello, seala De la Rosa, M. (ob. cit.) quelas evidencias fsicas se pueden encontrar en el lugar del suceso, ya sea en

    posesin de la vctima, cercana o distante a ella y en algunos casos, en

    posesin del autor cuando ste es detenido de inmediato en el propio sitio,

    en sus ambientes o en otros sitios de investigacin. Una vez protegido,

    observado y fijado el escenario del suceso, puede realizarse la coleccin de

    evidencias asociados al hecho, observando las tcnicas para su

    levantamiento con el uso de guantes u otros instrumentos, de acuerdo a loque se vaya a colectar.

    Clasificacin de las Evidencias

    a. Evidencias Determinadas: Son aquellos, que de acuerdo con su

    naturaleza fsica requieren un anlisis minucioso a simple vista; estos

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    guardan relacin directa con el objeto o la persona que los produce; como

    por ejemplo, armas, huellas dactilares e instrumentos u objetos.b. Evidencias Indeterminadas: Son aquellos, que por su carcter

    sensible requieren de un trato especial como mtodos de observacin o

    reconocimientos para estudiarlas y analizarlas para identificarla e

    individualizar la naturaleza fsica que la constituye. Son por ejemplo: pelos,

    fibras, semen, orina, vmito, manchas o huellas de sangre y pastillas

    desconocida con o sin envoltura.

    En el campo de la criminalstica, existen reglas para la coleccin de las

    evidencias, las cuales son:

    a. Levantar toda evidencia fsica.

    b. Levantarla por separado, evitando mezclarla.

    c. Manejarla slo la estrictamente necesaria, a fin de no alterarla o

    contaminarla.

    d. Evitar contaminarla con los instrumentos que se utilizan para su

    levantamiento, los cuales debern ser lavados y esterilizados

    meticulosamente antes y despus de su uso.e. Marcarla en aquellos sitios que no ameriten estudio ulterior.

    f. Embalarla individualmente, procurando que se mantenga la integridad

    de su naturaleza.

    De lo dicho anteriormente, se puede decir que la recoleccin, es unos de

    los pasos esenciales al momento de resolver un hecho criminal, ya que tiene

    por objeto la coleccin de los elementos indiciarios presentes en el

    acontecimiento, el cual se rige por una serie de pasos impuesta por lacriminalstica para que se logre el esclarecimiento de forma idnea por los

    organismos competentes.

    Siguiendo el orden de ideas, entre las evidencias ms comunes que se

    presentan en el lugar de los hechos, se encuentran las siguientes:

    a. Impresiones dactilares, latentes positivas y negativas.

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    b. Huellas de sangre, con caractersticas dinmicas, estticas, apoyo,

    embarraduras, entre otros.c. Huellas de pisadas humanas, calzadas, descalzas, positivas,

    negativas.

    d. Huellas de pisadas de animales, positivas, negativas y latentes.

    e. Marcas de escritura sobre las hojas de papel subyacente a la escrita,

    recados pstumos o annimos, amenazas escritas o denuncias.

    f. Armas de fuego, armas blancas, balas, casquillos, huellas de

    impactos, orificio por proyectil, rastros de sangre, manchas de sustancias,

    entre otros.

    g. Pelos humanos o de animal, o sintticos, fibras de tela, fragmentos de

    ropa, polvos diversos, cenizas, cosmticos.

    h. Orificios en ropas y piel humana, de quemaduras o fogonazos,

    tatuajes o quemaduras de plvora por deflagraciones, huellas de

    ahumamientos, esquirlas, entre otros.

    i. Instrumentos punzantes, cortantes, contundentes, punzs cortantes,

    punzo contundentes, cortos contundentes, consumados con arma blanca.j. Huellas de cemento para pegar suela u objetos diversos (inhalantes

    voltiles), anchas de pintura, grasa, aceite, costras de pintura, manchas de

    diesel, huellas de arrastramiento, huellas de impactos, acumulaciones de

    tierra, fragmentos de accesorios, residuos de marihuana, txicos, sedimentos

    medicamentosos.

    k. Polvos metlicos, limaduras, aserrines, cal, yeso, cemento, arena,

    lodo, tierra.De las caractersticas anteriores se establece que las evidencias, son

    todas aquellas dejadas por el autor del delito, como huellas o rastros que se

    conoce como evidencia fsica o evidencia material, las cuales son pertinentes

    en la investigacin criminal y coadyuvan al esclarecimiento de un hecho que

    se pretende probar y cuyo manejo inadecuado conduce a su contaminacin,

    deterioro o destruccin, que deben regirse por ciertas reglas fundamentales

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    relacionadas con el manejo, que todo investigador debe tener siempre

    presentes.

    Errores ms Comunes que se cometen en el Sitio de Suceso

    a) Proteccin inadecuada de la escena del crimen.

    b) Demasiados agentes presentes contaminan la escena y las

    evidencias.

    c) Falta de organizacin y de comunicacin antes de ingresar a la

    escena del crimen.

    d) Levantar o tocar las evidencias antes de que se efecten los croquis,

    vistas fotogrficas y anotaciones.

    e) No tomar notas adecuadas y referencias.

    f) No examinar la zona atentamente, por si existen testigos.

    g) No restringir la informacin pistas a los investigadores.

    h) No darles a conocer a los medios de informacin.

    Cabe decir que en la proteccin, fijacin y resguardo de una evidencia sepueden cometer muchos errores, ya sea por negligencia o imprudencia del

    funcionario que lo realiza, que obtienen como consecuencia la

    contaminacin, alteracin o dao de la evidencia y que perjudica la

    comprobacin del hecho que se investiga.

    Cadena de Custodia

    La cadena de custodia, la define Prez (2002), de la siguiente manera:

    Es el curso vigilado y controlado que deben seguir las evidenciasmateriales que se obtengan en el proceso de investigacin,fundamentalmente en la inspeccin del lugar del hecho, las cualesdeben ser cuidadosamente preservadas, para que no seanalteradas ni manipuladas, ni a favor ni en contra de persona alguna(p. 220).

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    Por lo expresado anteriormente, la cadena de custodia es un procesoque comienza desde la ocupacin del objeto, mediante la resea detallada

    de su hallazgo, con todas las caractersticas posibles, su adecuado

    sometimiento a las experticias, reconocimientos y comprobaciones

    necesarias para la orientacin de la investigacin o los descartes a que haya

    lugar, y finalmente su conservacin para su exhibicin en juicio en su

    totalidad o mediante muestras indubitadas, cuando no se hayan consumido o

    alterado durante las experticias. En el caso de la presente investigacin, porejemplo, ocurre con los apndices pilosos encontrados en el lugar del

    suceso, los cuales deben ser fotografiados a escala y debidamente

    reseados, a fin de que no puedan ser sustituidos por otros, ni para inculpar

    ni para exculpar.

    Para cumplir con los pasos mencionados, se requiere mantener un

    registro minucioso de la posesin, es decir, una cadena de custodia de la

    evidencia. Esto puede asegurarse manteniendo la evidencia en un lugar

    seguro, protegido de los elementos, que no se permita el acceso a la misma

    a personas que no estn autorizadas.

    Ahora bien, las evidencias fsicas colectadas en la escena del crimen

    constituyen uno de los puntos crticos de la aplicacin de la ley

    contempornea. Los elementos tangibles que se obtienen en dichas

    investigaciones es lo que decide el xito o el fracaso de un caso presentado

    ante el tribunal.

    Por otro lado, segn Gmez (2001), la cadena de custodia se refiere a lafuerza o cualidad probatoria de la evidencia fsica. Deber probarse que la

    evidencia presentada es realmente la misma evidencia colectada en la

    escena del crimen, recibida por el testigo, la vctima o sospechoso, o

    adquirida originalmente de alguna forma. Para cumplir con este

    requerimiento se debe mantener un registro minucioso de la posesin, una

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    cadena de custodia, de la evidencia. Esto puede asegurarse mediante un

    sistema de recibos y registros minuciosos.En tal sentido, la cadena de custodia es pieza fundamental en el

    desarrollo investigativo y probatorio para el control y/o vigilancia de los

    elementos fsicos de prueba encontrados en el lugar de los hechos,

    cualquiera que estos sean.

    En el mismo orden de ideas, Del Giudice (2000), seala que es un

    procedimiento establecido por la normativa jurdica, que tiene el propsito de

    garantizar la integridad, conservacin e inalterabilidad de elementos

    materiales de prueba (evidencias fsicas) entregadas a los laboratorios

    criminalsticos o forenses por la autoridad competente, para el anlisis de los

    mismos.

    Pasos de la Cadena de Custodia

    Para Montiel (1998), la coleccin de las evidencias fsicas durante la

    investigacin del sitio de suceso es uno de los contenidos ms importante

    que afrontan los rganos de investigacin penal. Con la acrecentadacapacidad de las Ciencias Forenses modernas, se debe prestar mayor

    atencin a la escena del crimen para localizar, colectar, identificar y

    documentar las evidencias fsicas que luego sern examinadas por los

    expertos en el laboratorio y usadas en reas de la justicia. Desde esta

    orientacin los pasos que se deben llevar para una buena cadena de

    custodia de acuerdo al autor Montiel son las siguientes:

    Observacin y Reconocimiento.

    Esta actividad comienza simultneamente con la preservacin de la

    escena del crimen, es una habilidad donde se debe tener muy bien

    desarrollado el sentido de la vista, apoyado con los otros sentidos, el

    investigador debe observar con paciencia todos los indicios que sean tiles

    para el esclarecimiento del hecho que se averigua. En esta fase se

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    recomienda el uso de todos los sentidos, excepto el tacto, ya que este

    sentido se utilizar con preferencia en la fase de coleccin de evidencias, lacual no procede sino hasta que se realice la fijacin de stas.

    En forma simultnea con la observacin, ocurre en la mente del

    investigador el proceso de anlisis, que va a permitir la deduccin ms lgica

    de lo que presuntamente ocurri en la escena del crimen. El objetivo que se

    busca con la observacin, es que nada pase inadvertido en la observacin

    del lugar y bsqueda de indicios, asimismo que se realice una perfecta

    fijacin del lugar y coleccin de indicios asociativos.

    Principios Fundamentales para el Desarrollo de la Investigacin

    En cuanto a los principios fundamentales para el desarrollo de la

    investigacin, Montiel (ob. cit.), acota algunos pasos esenciales para el buen

    desarrollo de la investigacin. Primordialmente, llegar con rapidez al lugar de

    los hechos y tener siempre en mente que entre ms tiempo transcurre el

    indicio se desvanece y el delincuente puede huir; por lo tanto se debeproteger sin escatimar esfuerzos y no tocar ni mover nada hasta que el

    personal abocado a la investigacin haya fijado el escenario.

    En caso de lesiones y si la vctima est con vida an se le prestar

    atencin mdica inmediata, dibujando la silueta en el lugar de posicin final

    del cuerpo. Asimismo es de gran importancia el trabajo en equipo, porque las

    funciones de unos complementa la otra, por lo que el personal abocado para

    la investigacin, debe cumplir eficazmente con la funcin de su especialidad.A los fines de proteger cabalmente el rea, los primeros funcionarios que

    deben entrar al lugar de los hechos, son: el Fiscal del Ministerio Pblico, el

    perito fotogrfico y el criminalista, que instruir al anterior de las fotografas

    que deben tomarse. En concordancia, las tareas de otros peritos que

    intervengan, deben hacerse con orden y colaboracin mutua, orientando

    cientficamente todos ellos al personal del Ministerio Pblico y el Cuerpo de

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    Investigaciones Penales, Cientficas y Criminalstica, quienes siempre

    estarn presentes para dar fe de la inspeccin del lugar de los hechos.Por ltimo, se debe evitar de la presencia intil de curiosos y personas

    ajenas a la investigacin, a fin de obtener mejores resultados y rapidez en la

    investigacin. El personal abocado debe cumplir cabal y cientficamente con

    la inspeccin ministerial del lugar de los hechos, a efecto de continuar con la

    investigacin y persecucin del hecho presuntamente delictuoso.

    Reglas para Proteger y Preservar la Escena Criminal

    1. Si el hecho hubiera ocurrido en lugar abierto, se debe establecer un

    radio de proteccin de por lo menos 50 metros tomando como centro el lugar

    del mismo.

    2. Si el hecho ocurri en un lugar cerrado, todas las entradas salidas

    deben estar vigiladas para evitar la fuga del autor si se encuentra todava

    adentro e impedir el paso de curiosos y personas extraas.

    3. Los primeros funcionarios o agentes de la polica, que tomenconocimiento de los hechos, debern abstenerse de tocar o mover algn

    objeto, cuidando de la conservacin del escenario.

    4. Si el funcionario que acude primero al lugar de los hechos necesita

    mover o tocar algo, deber comunicarlo al Ministerio Pblico y al funcionario

    que le corresponde la investigacin del caso, indicando correctamente la

    posicin original que conservaban los objetos, para no desvirtuar las

    interpretaciones criminalsticas que de ellos se hagan.5. Queda absolutamente prohibido tocar o alterar la posicin de los

    cadveres si lo hubieren, as como manipular las armas y objetos

    relacionados con el hecho, ya sea que estn en posesin, que rodeen o

    estn distantes de la vctima.

    6. El personal abocado a la investigacin debe elegir los lugares que van

    a pisar y tocar, a fin de que no borren o alteren las que ya existen.

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    7. Toda huella, marca o indicio, que tuviere peligro de destruirse o

    modificarse, deber ser protegida adecuadamente y a la brevedad posibledeber ser levantada con las tcnicas para el fin, una vez que se fijen en el

    lugar de los hechos.

    8. Al concluir la inspeccin ministerial del lugar, quedar a consideracin

    del agente del Ministerio Pblico si sellan las puertas y ventanas para su

    preservacin ya que en un futuro podran surgir otras diligencias aclaratorias.

    La proteccin y preservacin de la escena del crimen, se rigen por una

    serie de pasos fundamentales para una buena investigacin, ya que es

    necesario que los funcionarios resguarden la escena, antes de la primera

    intervencin del agente autorizado en su inspeccin, tomando en cuenta que

    es fundamental una buena proteccin para un desenlace exitoso de la

    investigacin.

    Metodologa General de Investigacin en el Lugar de los Hechos

    En el transcurso de la aplicacin de pasos con sus tcnicas, se estar enposibilidad en el lugar de los hechos de plantear y resolver cientficamente

    los problemas que se presentan conforme se descubren y se examinan los

    indicios asociados al hecho, se reflexionara para formular la hiptesis de lo

    acontecido, rechazando algunas y acentuando una con base en la

    experiencia y de comprobacin de los indicios, para finalmente tomar las

    decisiones preliminares sobre el hecho que se investiga obteniendo los

    resultados de los anlisis que los indicios haga el laboratorio. En lacriminalstica de campo, se aplican cinco pasos sistemtica y

    cronolgicamente ordenados, conocidos tcnicamente como metodologa de

    investigacin criminalstica en el lugar de los hechos los cuales son:

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    La Proteccin del lugar de los Hechos

    La garanta de una investigacin criminal, pulcra y libre de

    contaminacin, parte de una adecuada proteccin y resguardo preventivo por

    parte de quienes inicialmente llegan al escenario del hecho. Como indica

    Montiel (ob. cit) seala que:

    Cuando se inicia una investigacin en la escena del crimen, se debe

    proteger siempre el lugar del suceso antes de la primera intervencin del

    agente del Ministerio Pblico en su inspeccin ministerial, coadyuvado por la

    Polica interventora y los peritos, teniendo en mente que el xito de las

    investigaciones depende de la exacta proteccin que se brinde al lugar de los

    hechos.

    De lo citado anteriormente, se desprende la importancia bsica de la

    proteccin de la escena del crimen, la cual radica en encontrar todos los

    indicios y evidencias posibles para identificar al sujeto que es responsable

    del hecho ocurrido, esta preservacin e intangibilidad del lugar de los hechos

    es un factor fundamental en la resolucin de los delitos; porque as se ledemuestra al juez que las pruebas fsicas halladas en el lugar de los hechos

    corresponden al sujeto imputado.

    En ese sentido, es el juez el que valora de forma procesal todo lo

    criminalsticamente investigado y teniendo en cuenta lo que es una

    imputacin racional de responsabilidad penal. La proteccin y conservacin

    del lugar de los hechos es una accin de vital importancia, no llevarla a cabo

    implicara el fracaso de la investigacin, ocasionando que muchos hechosdelictuosos quede impunes. La preservacin de la escena del crimen se rige

    por tres reglas principales, a sabiendas:

    1. Llegar con rapidez al lugar, desalojar a los curiosos y establecer un

    cordn de proteccin.

    2. No mover ni tocar nada, ni permitirlo hasta que haya sido examinado y

    fijado en el lugar.

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    3. Seleccionar las reas de desplazamiento por donde se va a caminar a

    fin de no alterar o borrar los indicios que se encuentran en el lugar.Al proteger y conservar el lugar de los hechos, se persigue un fin

    inmediato y otro mediato. El primero consiste, en tratar de que el escenario

    del delito permanezca tal cual lo dejo el autor, a fin de que todo la evidencia

    fsica conserve su situacin, posicin y estado original. El segundo radica, en

    poder llegar a reconstruir los hechos e identificar al autor, mediante el

    acucioso y diligente examen de los indicios y su adecuada valoracin. Es

    importante mencionar, que la primera autoridad policial que llega al lugar de

    un presunto hecho delictivo, son los cuerpos de seguridad preventiva, y que

    de ellos depende no slo la proteccin del lugar, sino tambin, prestar auxilio

    a la vctima o vctimas cuando est dentro de sus posibilidades; adems

    debe mantenerse alerta previniendo que el autor del crimen regrese o

    permanezca cera.

    Para poder proteger y preservar correctamente el lugar, es necesario que

    los funcionarios que tenga conocimiento de un presunto hecho delictivo

    cuiden que nadie toque o mueva nada del lugar, teniendo en cuenta dosposibilidades, que el presunto delito se haya llevado a cabo en un espacio

    abierto o en un espacio cerrado o mixto.

    Esta operacin de resguardo de la escena del crimen, es de vital

    importancia debido a que su principal objetivo es conservar en forma

    primitiva la escena del crimen despus de ocurrido el hecho, permitiendo con

    ello, que las operaciones y diligencias posteriores, sean oportunas y

    verdicas, sobre evidencias originales.

    Tcnicas de Proteccin

    Si el hecho ocurre en un lugar abierto, segn De la Rosa (ob. cit.), su

    proteccin se debe efectuar asilando el lugar, empleando para ello cordeles,

    cintas, vehculos, el propio personal o cualquier medio existente al alcance; si

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    el incidente se produjo en un sitio cerrado su resguardo consiste

    bsicamente, en controlar los accesos, ya sean ubicando personal frente apuertas, ventanas o sellando dichos sectores, sin que ello, signifique

    modificar su posicin original; y en dado caso de presentarse el hecho en un

    lugar mixto proteccin se efectuar utilizando los medios y tcnicas

    sealadas tanto para lugares abiertos como para cerrados. Una vez

    protegida la escena del crimen, se proceder a su inspeccin tcnica en

    forma deliberada y reiterada, de tal manera que pueda captarse toda la

    informacin indiciaria y asociativa al hecho que se investiga.

    La Observacin del Lugar

    Es aquella, que sirve para captar toda la investigacin de indicios del

    suceso que se investiga cuya finalidad es si el lugar de los hechos es el

    original o si existen otros sitios asociados, paralelamente se encarga de

    localizar los elementos asociados con el hecho, para realizar reflexiones

    inductivas y deductivas. En consecuencia la observacin, es la habilidad quese debe tener apoyada con otros sentidos; esta se realiza directa y

    microscpicamente al lugar de los hechos y a las evidencias materiales, por

    lo general es recomendable que utilice solo cuatro sentidos, primeramente la

    vista, el olfato y el odo dejando por ltimo el tacto.

    En este sentido de ideas, cabe destacar que la observacin criminalstica

    del lugar de los hechos consiste en el escrutinio mental activo, minucioso,

    completo y metdico que del propio lugar realiza el investigador, con el fin dedescubrir todos los elementos de evidencia fsica (material sensible

    significativo o indicios) y establecer la relacin que guardan entre s y con el

    hecho que se investiga; su observacin en forma deliberada y reiterada, de

    tal manera que pueda captarse toda la informacin indiciaria y asociativa al

    suceso que se indaga.

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    De lo anterior se deduce, que despus de observar meticulosamente el

    lugar as como sus respectivas evidencias y seleccionadas las que estnestrechamente relacionadas al caso se estar en la posibilidad de verificar la

    realidad del hecho y conocer sus circunstancias y para ello, se recomiendan

    los siguientes mtodos:

    Mtodo para los Lugares Cerrados

    Indica Montiel (ob. cit.), que debe realizarse desde la entrada principal

    del lugar, primeramente debe dirigirse la vista al interior del inmueble,

    observando minuciosamente el mismo, de derecha a izquierda y viceversa,

    cuantas veces sea necesario, recibiendo la informacin indiciaria general de

    las caractersticas del hecho. De acuerdo con la informacin que se va

    recibiendo, el investigador debe acercarse al centro de la escena del crimen,

    seleccionando las reas por donde se realizar el desplazamiento.

    Posteriormente, a partir del centro del lugar, iniciar el riguroso examen del

    indicio principal, que puede ser: un cadver, una caja fuerte violentada, entretodos, poniendo especial cuidado de identificar todo lo que est en posesin

    de ellos.

    Despus, en forma de espiral, deben observarse todas las reas

    cercanas y distantes alrededor del indicio principal, efectuando el

    desplazamiento con sumo cuidado, sin que quede inadvertida ni un

    centmetro del piso y sus muebles, hasta llegar al borde del permetro

    delimitado.Finalmente, el investigador examinar cautelosamente los muros, las

    puertas, ventanas y el techo, dirigiendo la vista de arriba abajo y viceversa.

    Acorde se vayan descubriendo las evidencias, se darn las indicaciones para

    que sean tomadas las fotografas necesarias con el testigo mtrico, y las

    cuales irn describindose manuscrita y planimtricamente. Asimismo, se

    anotarn las ausencias de evidencias, que de acuerdo a las caractersticas

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    del hecho se supona que deba hallarse y no fueron halladas, cabe agregar

    que cuando sea necesario, el investigador podr auxiliarse con instrumentosde aumentos para una mejor observacin de la evidencias.

    Mtodo para Lugares Abiertos

    Menciona Montiel (ob. cit.), que previamente protegido un rea de por lo

    menos 50 metros de dimetro, tomando como centro el sitio exacto de los

    hechos, se observa primeramente en forma preliminar desde un punto

    perifrico, mirando de un lado a otro hasta percibir la informacin general que

    se desea. Una vez seleccionada las reas por donde se realizar el

    desplazamiento, el investigador se ubicar en el centro mismo del lugar de

    los hechos y proceder a examinar el indicio principal, adems dirigir su

    vista en forma espiral, examinando todas las reas cercanas y lejanas

    alrededor del indicio principal hasta llegar a la periferia. En caso de existir

    alguna duda, se repite la operacin de la periferia del centro, hasta tener

    seguridad de que nada ha quedado inadvertido.

    La Fijacin del Lugar

    Una vez detectada la presencia de evidencias fsicas, se procurar fijar

    cada una de ellas, para hacerlas constar, la cual debe ser realizada por

    aquellos agentes responsables de las indagaciones, mediante la inspeccin

    tcnica una vez finalizada la observacin, porque este puede ser alterado odesaparecer, detectada la presencia de evidencias fsicas asociadas al

    hecho investigado.

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    Formas o Modos de Fijacin

    a. Fotografa. Es el arte o proceso de reproducir imgenes en una

    superficie plana, que tiene por objeto, la fijacin fotogrfica de la escena

    criminal, con la finalidad de describir el lugar de los hechos y todos aquellos

    elementos que estaban presentes en el acto, as como, el estado en el que

    ha quedado la vctima, la ubicacin del instrumento del delito, las evidencias

    y objetos que fueron encontrados, por ser de gran valor dentro de la

    investigacin criminal. Las fotografas suministran detalles del sitio donde se

    cometi el delito y constituyen constancia permanente, inalterable y valiosa

    de cmo estaba la zona en el momento en que ocurrieron los

    acontecimientos.

    Por ello, el fotgrafo debe ajustarse a la metodologa que va de lo

    general a lo particular, de lo particular al detalle y del detalle al mnimo detalle

    y deben intervenir en el sitio inspeccionado antes de que sean tocados o

    movidos los indicios y cadveres, con objeto de plasmar en las grficas la

    situacin primitiva del escenario y de todas las evidencias asociadas al casosujeto a investigacin.

    b. Filmacin. Este sistema, a diferencia de la fotografa, permite grabar

    imgenes y sonidos y no requiere ningn proceso posterior para su

    reproduccin y exposicin. Estas caractersticas, son un elemento

    insustituible en el campo de la investigacin.

    c. Bosquejo Planimtrico. El mtodo consiste en la confeccin de un

    croquis a mano alzada, donde se registra todo aquello que resulta de interspara la clarificacin y mejor interpretacin de lo ocurrido. Se deber tomar en

    cuenta la exactitud de las medidas, empleando el sistema mtrico para

    establecer la verosimilitud de la reproduccin de la escena del hecho,

    determinando el norte magntico y orientando con un cuadro de referencia.

    d. Planimetra. Montiel (ob. cit.), sostiene que la planimetra puede

    definirse como la objetivacin del hecho (delictuoso, culposo o dudoso) en

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    un lugar determinado y su ilustracin mediante planos, grficos, murales,

    entre otros, en las distintas instancias del proceso a fin de clarificar el mismo(p. 56). De lo citado anteriormente, se puede expresar que la planimetra

    consiste en dibujar al hecho investigado permitiendo tener una visin

    esquemtica, de forma grfica de lo hallado en el sitio. Esta permite formar

    una adecuada reconstitucin de la escena, ya que a travs de ella es posible

    ubicar cada una de las evidencias en el lugar exacto en que fueron

    encontradas.

    e. Efecto Virtual: Se refiere a la recreacin computarizada de la escena

    criminal, es un trabajo minucioso y preciso, ya que una direccin exacta, un

    ngulo o el clculo de la trayectoria de una bala pueden dar la pista para

    hallar al autor/es o participe/s del delito. Para esta reposicin de los hechos,

    se ubica informticamente, en tres dimensiones, la escena del crimen, para

    ello se toma en cuenta la ms mnima caracterstica, asimismo debe

    restablecerse alrededor del cuerpo del delito, los objetos hallados en la

    escena original y hasta edificaciones con medidas a escala, as como la

    trayectoria del proyectil (de ser el caso), entre otras.

    Coleccin de Indicios

    Los especialistas, recomiendan que la coleccin y conservacin de las

    evidencias, debe comenzar a una distancia prudencial del lugar mismo en

    que se cometi el hecho a investigar, sin precipitacin, porque se puede ir

    destruyendo pruebas valiosas de la investigacin criminal que por unainapropiada intervencin pueden perderse.

    El objetivo, es reunir todas las evidencias materiales asociativas

    identificadoras y reconstructoras con objeto de estudiarlas y procesarlas

    cientficamente y utilizarlas como elementos de prueba. Se deben levantar

    todas las evidencias fsicas, procurando manipularlas lo menos posible para

    evitar la destruccin o deterioro de las mismas, para evitar contaminar los

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    instrumentos que se utilizan para el levantamiento, los cuales debern ser

    lavados con sumo cuidado antes y despus de su uso. Las evidencias debenser alzadas por separado, evitando mezclarla, embalarla individualmente,

    procurando que se mantenga la integridad de su naturaleza.

    El Suministro de Indicios

    Se realiza de los elementos de conviccin que se obtengan y que se

    hayan coleccionado, y fijado en la escena del suceso o de cualquier otro sitio

    cercano o distante de investigacin, dependiendo de la circunstancia en la

    comisin del ilcito que se investiga. Su funcin, reside en procesar

    tcnicamente y cientficamente para efectos de reconstruccin as como para

    determinar su asociacin o participacin en el hecho. En el suministro de

    indicios al laboratorio se recomienda anotar lo siguiente:

    a. La seccin correspondiente al laboratorio o departamento de

    criminalstica a que pertenece el perito que suministra la evidencia.

    b. El nmero de orden correspondiente al hecho que se investiga.c. El nmero de averiguaciones previa.

    d. El tipo de hecho, ejemplo. Muerte violenta.

    e. Describir la evidencia fsica que se suministra.

    f. El domicilio del lugar de los hechos.

    g. El lugar preciso donde fue recogida la evidencia fsica o el indicio

    material.

    h. El tipo de estudio que se solicita para tratar la evidencia en cuestin.i. Los aspectos de importancia que desean conocerse en relacin a la

    evidencia.

    j. Las observaciones complementarias que haya del lugar.

    k. Fecha y hora del suministro de la evidencia.

    l. Nombre y firma del perito.

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    Bases Legales

    Una vez establecido el cambio del proceso penal, del sistema inquisitivo

    al sistema acusatorio, tanto la carta magna como los diversos tipos penales,

    recogen y consagran premisas relativas al debido proceso y al respeto y

    garanta de los supuestos que a ella se refieren. En tal sentido, en la

    Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela (1999), en su Artculo

    7: establece: Supremaca Jurdica: La Constitucin, es la norma suprema y

    el fundamento del ordenamiento jurdico. Todas las personas y los rganos

    que ejercen el Poder Pblico estn sujetos a esta constitucin (p. 12).

    Asimismo, la constitucin es la madre de todas las Leyes y por tanto todo

    acto que se realice est sujeto a la misma, establece dentro de sus garantas

    lo consagrado en el artculo 49, cuando seala la figura procesal del debido

    proceso, en los siguientes trminos:

    El debido proceso, se aplicar a todas las actuaciones judiciales y

    administrativas en consecuencia:

    1. La defensa y asistencia jurdica son derechos inviolables en todoestado y grado de la investigacin y del proceso. Todas las personastienen derecho a ser notificada de los cargos por los cuales se leinvestiga, de acceder a las pruebas y de disponer del tiempo y de losmedios adecuados para ejercer su defensa. Ser nula la pruebaobtenida mediante violacin del debido proceso. Toda personadeclarada culpable tiene derecho a recurrir del fallo, con lasexcepciones establecidas en esta constitucin y en la Ley (Derechoa la Defensa).

    2. Toda persona se presume inocente mientras no se pruebe locontrario. (Derecho a la presuncin de inocencia).

    Este numeral, es muy explcito en su contexto. En efecto, en la parte

    concerniente al proceso judicial determina toda persona que tiene derecho

    a ser notificada de los cargos por los cuales se le investiga, de acceder a las

    pruebas y disponer del tiempo y de los medios adecuados para ejercer su

  • 7/26/2019 Autor Magaly Perozo

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    defensa (p. 15) lo cual es importante, por cuanto ratifica el principio

    acusatorio (probatorio) de la legislacin penal nacional, en sustitucin delproceso inquisitivo (demostrativo) que imper en el pas en las ltimas

    dcadas.

    A la norma comentada, se le anexa lo siguiente Sern nulas las

    pruebas obtenidas mediante violacin del debido proceso.. Lo cual tambin

    es fundamental para el tema aqu comentado, por cuanto la cadena de

    custodia es el proceso que garantiza la legalidad de las pruebas aportadas al

    proceso, constituyndose en el leitmotiv del proceso judicial y la esencia de

    la investigacin policial.

    Por otro lado, en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del

    Cdigo Orgnico Procesal Penal publicado en Gaceta oficial N 6078, viernes

    15 de junio del ao 2012, establece varias normas que exigen y aseguran la

    implementacin del debido proceso en cuanto a la temtica pertinente a la

    cadena de custodia. Un aspecto