ARGUMENTACIÓN JURÍDICA Ixtlahuaca , Edo. de Mex ., octubre 26 de 2012

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ARGUMENTACIÓN JURÍDICA Ixtlahuaca, Edo. de Mex., octubre 26 de 2012

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ARGUMENTACIÓN JURÍDICA Ixtlahuaca , Edo. de Mex ., octubre 26 de 2012. Pero, de previo y especial pronunciamiento:. ¡La felicidad de estar entre universitarios!. Encuesta ¿Cuánta confianza tiene usted en el poder judicial? - PowerPoint PPT Presentation

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ARGUMENTACIÓN

JURÍDICA

Ixtlahuaca, Edo. de Mex., octubre 26 de 2012

Pero, de previo y especial pronunciamiento:

¡La felicidad de estar entre universitarios!

Encuesta ¿Cuánta confianza tiene usted en el poder judicial?

Pedro GALINDO. “Percepción pública sobre los sistemas de justicia para las Américas”. Revista Judicial. http://www.derechoecuador.com/index.php?option=com_content&task=view&id=2214&Itemid=130

País

Argentina

Bolivia

Brasil

Colombia

Costa Rica

Chile

Ecuador

El Salvador

Guatemala

Honduras

México

Nicaragua

Panamá

Paraguay

Perú

Uruguay

Venezuela

Total

Mucha/Algo

8.7%

19.0%

32.5%

23.3%

48.8%

23.1%

12.3%

28.8%

22.0%

37.4%

17.3%

27.1%

25.6%

10.3%

16.5%

43.2%

30.3%

25.0%

Poca/Nada

90.3%

74.6%

63.9%

71.6%

47.3%

73.7%

84.6%

64.4%

74.7%

56.9%

81.1%

69.1%

71.3%

88.0%

78.6%

52.7%

67.1%

71.2%

No responde

1.0%

6.4%

3.6%

5.0%

3.9%

3.1%

3.1%

6.8%

3.4%

5.7%

1.6%

3.8%

3.2%

1.6%

5.0%

4.0%

2.6%

3.8% 

¿Cuánta confianza tiene usted en el Poder Judicial?

Encuesta: ¿Cuánta confianza tiene usted en el poder judicial?

Total para América Latina:

Mucha/Algo 25.0 %Poca/Nada 71.2 %No responde 03.8 %

A la falta de legitimidad derivada de la encuesta citada, habría que agregar:

1. De acuerdo con el Instituto Ciudadano de Estudios sobre la Inseguridad, A. C. (ICESI), de cada cien delitos denunciados, sólo se sentencia al 5.8%.

2. La llamada cifra negra que –según muchas fuentes, incluyendo al propio ICESI- es superior al 85%.

Ante este evidente problema que se está viviendo, los gobiernos han respondido de diferentes formas, como:

1. Reformando normas que simplifiquen los procesos y que haya más transparencia en los juicios: la oralidad.

2. Fortaleciendo los medios alternativos para la solución de controversias.

3. Reformando el sistema penitenciario.

4. Propiciando la privatización de servicios del Estado.

Sin embargo, antes de cualquier

análisis, conviene recordar a

Sócrates, para ser humildes ante

el conocimiento, ante el “logos”.

Según Sócrates, ante el “logos” habría cuatro clases de seres humanos:

1.- Los que saben y saben que saben.

2.- Los que saben y no saben que saben.

3.- Los que no saben y piensan que saben.

4.- Los que no saben y saben que no saben.

Con la metodología mayéutica nos preguntamos:

¿Qué es argumentar?

¿Para qué argumentamos?

¿Existe la verdad?

¿Es posible conocer la verdad?

Sócrates, Protágoras y la verdad.

Puede haber muchos tipos de verdades: la histórica; la procesal, etc. Algunas de las más importantes son:

1. Verdad ontológica: lo que un ser es en sí;

2. Verdad lógica: la adecuación de las cosas con el intelecto;

3. Verdad moral: la adecuación de la conducta a la verdad, derivada del conocimiento y

4. Verdad legal: la adecuación de los actos con las disposiciones jurídicas.

El anagrama de la verdad:

¿Qué es la verdad? (Jn.18-38)

¿Quid est veritas?

¿Qué es la verdad?

“Quid est veritas”

Veritas:

Est vir qui adest

Siendo así, a la pregunta:

¿Qué es la verdad?, una respuesta más sería: “Est vir qui adest”

“La verdad es el hombre que tienes delante de ti”.

Si la verdad es el hombre que tenemos delante de nosotros, es ese ser humano:

1. En su integridad.

2. En su dignidad.

3. En su individualidad y en su dimensión comunitaria.

4. En su búsqueda del bien.

5. En su hambre y sed de justicia.

1. Los universitarios somos los buscadores de la verdad; de la verdad que está en el ser humano.

2. El macro, el micro y el mesocosmos.

3. Dios, Rey, Pueblo.

Las “verdades” legales y políticas han tenido diversas etapas en la historia, como son:

1. Con los monarcas –que decían representar a Dios- los seres humanos eran siervos o súbditos.

2. Con las grandes revoluciones –principalmente la francesa- los siervos se convirtieron en ciudadanos.

3. Con la revoluciones sociales, los ciudadanos se convirtieron en camaradas.

4. Con el triunfo del mercado, los ciudadanos nos estamos convirtiendo en “clientes”.

Siguiendo el socrático método

mayéutico, es decir, el método de

hacer preguntas para producir el

conocimiento, nos podemos

cuestionar:

Para iniciar estas reflexiones, conviene hacernos algunas preguntas esenciales:

1.- ¿Para qué vive el ser humano?

2.- ¿Por qué debemos obedecer al Derecho Positivo si, en última instancia todo Derecho Positivo nació de un hecho ilegal?

3.- ¿De dónde nace el derecho para mandar y el deber de obedecer?

La Ley –el Derecho Legislado- es

la expresión de los factores reales

del poder, los cuales pueden

afectar la búsqueda de la verdad.

Una explicación más se puede dar

por medio de la teoría asintótica del

poder; de la Ley (Derecho

Legislado) y del Justo Natural.

Conceptos operativos necesarios:

1. El ser humano busca vivir en una sociedad en la que haya justicia.

2. Como un medio para alcanzar la justicia el ser humano ha creado el Derecho Positivo; el Derecho Legislado.

3. El Derecho Legislado responde a las ideologías y a los factores reales del poder.

Conceptos operativos necesarios:

4. En el Derecho Legislado se plasman valores socialmente reconocidos.

5. Cuando el Derecho Legislado es insuficiente para alcanzar la justicia, el pueblo lo modifica o lo desconoce y crea una nueva Ley.

e

Los argumentos, que son los

razonamientos para sostener la

verdad de una proposición o

para refutar una aseveración,

pueden ser, entre otros:

Principales tipos de argumentos:

1. Argumento de autoridad: “magister dixit”.

2. Argumento “a contrario”: la precisión y delimitación de la norma.

3. Argumento semántico: atender al significado de las palabras.

Principales tipos de argumentos:

4. Argumento “sedes materiae”: el lugar que ocupa la norma.

5. Argumento histórico: situar la norma en la circunstancia de espacio tiempo cuando se creó.

6. Argumento por epiqueya: imaginar y aplicar los supuestos no previstos por el legislador.

Principales tipos de argumentos:

7. Argumento por los primeros principios: recurrir a lo “pétreo” de la norma.

8. Argumento por reducción al absurdo: hacer patentes las consecuencias desastrosas de la conclusión.

9. Argumento “a coherencia”: no debe haber contradicciones normativas.

 

Principales tipos de argumentos:

10. Argumento “a fortiori”: mayoría de razón.

11. Argumento analógico: para el mismo hecho, el mismo derecho.

12. Argumento “a rubrica”: interpretar por el título.

Principales tipos de argumentos:

13. Argumento psicológico: imaginar lo que está en el alma del legislador.

14. Argumento de no redundancia: no hay normas ociosas.

15. Argumento pragmático: buscar lo más útil en la resolución.

Principales tipos de argumentos:

16. Argumento teleológico: buscar lo que pretendió el legislador.

17. Argumento por agravio comparativo: el no tratar igual a los iguales.

Desde otro punto de vista, también

existen argumentos para buscar la

verdad de forma “deductiva” y de

forma “inductiva”

Existen también razonamientos

que conducen al error; tienen

apariencia de argumentos pero,

como conducen a la falsedad,

llaman falacias.

Algunas de las falacias son:

1. Hombre de paja: deformar la tesis contraria para destruirlo usando lo que no dijo.

2. “Ad hominem”: desviar la cuestión principal, para atacar a la persona.

Algunas de las falacias son:

3. “Ad baculum”: recurrir al terror para demostrar la validez del argumento.

4. “Ad misericoridam”: apelar a la piedad, en lugar razonar.

Algunas falacias son:

5. “Tu quoque”: apelar a la relación personal o a la conducta del contrario.

6. Ambigüedad: usar frases en más de un sentido.

Algunas falacias son:

7. Petición de principio: utilizar como premisa lo que se quiere demostrar.

8. Populista: hacer de depender la verdad de los votos.

Para oralmente sostener una

determinada posición, es necesario

elaborar un discurso; con esa serie

de razonamientos se manifestará lo

que se piensa.

Los discursos pueden ser:

a) Forenses;

b) Políticos o

c) Panegíricos.

Las partes de un discurso son:

1. Exordio;

2. Narración;

3. Confirmación;

4. Epílogo;

5. Refutación y

6. Conclusión.

En los nuevos procesos es necesario saber argumentar y ahora con razonamientos orales que, sin duda, podrán ayudar a buscar la verdad.

Si buscamos la verdad, encontraremos la justicia.

Y la justicia debe ser una realidad, aunque se hunda el universo.

"El despellejamiento de Sisamnes" (1498), de Gérard David, Palacio Comunal, Brujas, Bélgica

Argumentación en Derecho Constitucional

• I. Principios de interpretación constitucional

• Unidad de la Constitución –Estado de Derecho, Estado Social, Derecho Humanos-

• Realizador de los valores de la justicia –primacía de la interpretación teleológica-

• Concordancia Práctica• Interpretación Conforme

• VI. Textos para interpretar la Constitución

• Diario de Debates.• Texto de la Constitución.• Doctrina.• Jurisprudencia.• Derecho Comparado.

Derecho Penal

1. Aplicación estricta de la norma penal

• Interpretación sistemática.• Interpretación extensiva.• Supletoriedad.• Analogía.• Interpretación progresiva.

Derecho Civil

1. Art. 14 de la Constitución.

2. Lagunas de la ley.

3. Métodos de Integración.

4. Los principios generales del Derecho.

5. La Analogía.

6. Equidad y Método Teleológico.

7. Fraude a la ley.

8. Principios en el Derecho Civil – su precisión corresponde al intérprete.

a. Orden Público.

b. Buenas Costumbres.

c. Autonomía de la Voluntad.

9. Principios de la Interpretación Civil.

a. Se considera que existe siempre un principio superior del que provienen las normas.

b. El Derecho debe satisfacer las necesidades de la vida

actual.

c. Se debe procurar guardar una congruencia entre el pasado y el

futuro.

d. La costumbre.

Muchas gracias