AGL NEWS

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45 marzo 2013 SUMARIO EN PORTADA EN PORTADA Medidas de Apoyo al Emprendedor FLASHES DE NOTICIAS ACTUALIDAD LABORAL Pinceladas del RD-Ley 4/2013 ACTUALIDAD FISCAL Medidas de Apoyo al Emprendedor y Estimulo de Crecimiento CALENDARIO CONTRIBUYENTE LEGISLACIÓN DEL MES EL RINCON DEL EMPRENDEDOR MEDIDAS DE APOYO AL EMPRENDEDOR A finales de febrero se publicaron una serie de medidas de ayuda a los emprendedores, que se detallan en este número, con incenvos tanto a nivel laboral como fiscal, especialmente en los primeros años, que son clave para el éxito de cualquier nuevo proyecto. Conscientes de ellos desde este Despacho venimos apoyando los empresarios que inician una nueva acvidad, con tarifas adaptadas a sus necesidades en esta primera etapa, intentando aportar lo posible por nuestra parte para consolidar el proyecto. Son empos de conseguir aunar esfuerzos entre todos, no solo con profe- sionalidad, sino también con honesdad y esfuerzo. Son empos de “afilar la sierra” y apretar los dientes para seguir adelante, evitando mirar al pasado ya que en muchas ocasiones no será posible recuperar los niveles de facturación y beneficios a corto y medio plazo. Esperemos que estas ayudas a los emprendedores, que enen que ser el motor de la recuperación, empiecen a marcar una línea definida de ayuda a la pequeña y mediana empresa, verdadera base de nuestra economía, más allá de los tulares de la prensa.

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BOLETIN AGL - MARZO 2013

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nº45marzo

2013SUMARIO

EN PORTADA

EN PORTADAMedidas de Apoyo

al Emprendedor

FLASHES DENOTICIAS

ACTUALIDADLABORAL

Pinceladas del RD-Ley 4/2013

ACTUALIDADFISCAL

Medidas de Apoyo al Emprendedor

y Estimulo de Crecimiento

CALENDARIOCONTRIBUYENTE

LEGISLACIÓNDEL MES

EL RINCON DELEMPRENDEDOR

MEDIDAS DE APOYO AL EMPRENDEDOR

Afinales de febrero se publicaron una serie de medidas de ayudaa los emprendedores, que se detallan en este número, conincentivos tanto a nivel laboral como fiscal, especialmente enlos primeros años, que son clave para el éxito de cualquiernuevo proyecto.

Conscientes de ellos desde este Despacho venimos apoyando losempresarios que inician una nueva actividad, con tarifas adaptadas a susnecesidades en esta primera etapa, intentando aportar lo posible pornuestra parte para consolidar el proyecto.

Son tiempos de conseguir aunar esfuerzos entre todos, no solo con profe-sionalidad, sino también con honestidad y esfuerzo. Son tiempos de “afilarla sierra” y apretar los dientes para seguir adelante, evitando mirar alpasado ya que en muchas ocasiones no será posible recuperar los nivelesde facturación y beneficios a corto y medio plazo.

Esperemos que estas ayudas a los emprendedores, que tienen que ser elmotor de la recuperación, empiecen a marcar una línea definida de ayudaa la pequeña y mediana empresa, verdadera base de nuestra economía,más allá de los titulares de la prensa.

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El decreto que prepara el gobierno respeta las dos grandesmodalidades de jubilación anticipada que se fijaron en 2011: laforzosa (afectados por despidos) y la voluntaria. Sin embargo, endurece

ambas. En el primer caso, establece que la edad mínima de acceso siempre será cuatro añosmenos que la edad legal, ahora 65 años y un mes. Ambas crecerán de forma paralela hasta queen 2027 se sitúen en 63 y 65. También aumenta el periodo mínimo de cotización, de 30 años a33. Y, además, crea nuevos coeficientes de reducción. Las nuevas condiciones serán inclusomás duras para la anticipada voluntaria. No obstante, según el texto, no entrará en vigor antesde abril., El periodo de cotización es el mismo, pero sube la edad mínima a 65 años desde el 1de abril y establece mayores reducciones entre el 8% y el 6,5%, según el periodo cotizado.También hay cambios sustanciales en jubilación parcial. El decreto aclara que estasmodificaciones no afectarán a las jubilaciones parciales que se hubieran pactado en convenioso planes de empresa firmados antes del 1 de abril.

El criterio de caja retrasará las desgravaciones y elevará elcontrol fiscal. A la espera de conocer la letra pequeña, los expertos ya advierten queconllevará efectos colaterales no deseados. Según Hacienda, el denominada criterio de

caja podrá “beneficiar a 2,3 millones de autónomos y pymes”. Las previsiones más pesimistasapuntan a que apenas 100.000 compañías optarán por este régimen y, las más optimistas,elevan la cifra por encima de las 500.000. Posibles obstáculos: el proveedor que opte por elcriterio de caja no ingresará el IVA hasta cobrar la factura y, su cliente, no podrá deducirse elIVA soportado hasta que no abone el importe de la operación. Solo la primera parte de laecuación es la que beneficia a las empresas. Adicionalmente debe tenerse presente lacomplejidad de llevar una doble contabilidad de las cuotas de IVA, en el momento del devengoy en el momento del cobro o pago. En cualquier caso el sistema será voluntario para las pymes.

flashes de noticias

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El anteproyecto de ley de apoyo al emprendedor permitiráconstituir una sociedad con un euro de capital social. Mientras queen España el capital social mínimo que se requiere para crear una sociedad limitada es

de 3.000 euros, la UE permite la constitución de empresas con solo un euro con ciertascautelas. Esos límites consistirán en que los propietarios de la empresa no puedan repartirdividendo ni conceder créditos a terceros mientras la compañía no esté convenientementecapitalizada. “Se trata de facilitar la creación de empresas y que el no disponer de dinero no seaun impedimento. Unida a esta nueva exigencia, la ley tratará de reducir todas las licenciasadministrativas que después hacen falta, una vez constituida la sociedad, para poderdesarrollar la actividad.

De acuerdo con la nueva normativa aprobada a finales de febreroen materia de lucha contra la morosidad, se establece en un plazomáximo de pago de treinta días después de la fecha de recepción de las mercancías o

prestación de los servicios, incluso cuando hubiera recibido la factura o solicitud de pagoequivalente con anterioridad. Dicho plazo anteriormente era de sesenta días. No obstante, losplazos de pago indicados en los apartados anteriores podrán ser ampliados mediante pacto delas partes sin que, en ningún caso, se pueda acordar un plazo superior a 60 días naturales.

flashes de noticias

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PINCELADAS DEL RD-LEY 4/2013

El RD-Ley 4/2013 establece las medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimientoy creación de empleo. En cuanto a las bonificaciones y reducciones en las cuotas a la SeguridadSocial cabe destacar:

- Contrato de trabajo a tiempo parcial con vinculación formativa, indefinido o por duracióndeterminada, con jóvenes desempleados menores de 30 años: reducción del 100% o 75%(plantilla inferior 250 o igual o superior a 250, respectivamente) de la cuota empresarialpor contingencias comunes durante 12 meses. Posibilidad de prórroga, siempre que secumplan determinados requisitos.

- Contrato de trabajo indefinido, a tiempo completo o parcial, celebrado con un jovendesempleado menor de 30 años por microempresas y empresarios autónomos (plantillaigual o inferior a 9): reducción del 100% de la cuota empresarial por contingenciascomunes durante el primer año, siempre que se cumplan determinados requisitos.

- Contrato de trabajo indefinido, a tiempo completo o parcial, celebrado por trabajadorespor cuenta propia menores de 30 años, y sin trabajadores asalariados que desde el24/02/2013 contraten por primera vez a personas desempleadas con 45 años o más quecumplan determinados requisitos: reducción del 100% de la cuota empresarial durante los12 meses siguientes a la contratación.

- Transformación en indefinidos de los nuevos contratos temporales, a jornada completa oparcial (jornada superior 75%) para incentivar el “primer empleo joven” celebrados condesempleados menores de 30 años que no tengan experiencia laboral o ésta sea inferior a3 meses: bonificación en las cuotas empresariales de 41,67€/mes durante tres años o 58,33€/mes en el caso de mujeres contratadas, siempre que se cumplan determinadosrequisitos.

- Contratos en prácticas con jóvenes menores de 30 años, aunque hayan transcurrido 5 omás años desde la terminación de los correspondientes estudios: reducción del 50 % de lacuota empresarial por contingencias comunes durante toda la vigencia del contrato.

actualidad laboral

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- Cooperativas o sociedades laborales que incorporen trabajadores desempleadosmenores de 30 años como socios trabajadores: bonificación en las cuotas empresariales de66,67 €/mes durante tres años. En el caso de cooperativas, las bonificaciones se aplicaráncuando éstas hayan optado por un régimen de Seguridad Social propio de trabajadores porcuenta ajena.

- Trabajadores por cuenta propia menores de 35 años con grado de discapacidad igual osuperior al 33% y que causen alta, inicial o que no hubieran estado en situación de alta enlos 5 años inmediatamente anteriores, en el RETA: también podrán aplicarse reducciones.

- Trabajadores por cuenta propia menores de 30 años y que causen alta, inicial o que nohubieran estado en situación de alta en los 5 años inmediatamente anteriores, en el RETAo en el RETMAR: reducción gradual sobre la cuota por contingencias comunes, incluida laIT, durante los 30 meses inmediatamente siguientes al alta. No resultará de aplicación alos autónomos que empleen trabajadores por cuenta ajena. También se aplicará a lossocios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado encuadrados en el RETA oRETMAR.

Para cualquier aclaración al respecto no duden en contactar con nuestro DepartamentoLaboral.

actualidad laboral

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actualidad fiscal

MEDIDAS DE APOYO AL EMPRENDEDORY DE ESTIMULO DEL CRECIEMIENTO

El día 23 de febrero se publicó en el B.O.E. el Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero,por la que se aprueban medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo delcrecimiento y de la creación de empleo, que afectan a diversos ámbitos. Seguidamente,vamos a comentar las medidas que afectan al ámbito fiscal y tributario.

En primer lugar, hay una serie de medidas que buscan el fomento del emprendimiento y delautoempleo. Dentro del ámbito fiscal, cabe destacar que por una parte, se permite lacompatibilización por los menores de 30 años de la percepción de la prestación pordesempleo con el inicio de una actividad por cuenta propia por un máximo de 270 días o porel tiempo pendiente de percibir; y por otra parte, se amplían las posibilidades de aplicación dela capitalización por desempleo para los menores de 30 años, incluyendo la posibilidad de quepuedan destinar hasta el 100% de su importe a realizar una aportación al capital social de unaentidad mercantil, siempre que desarrollen una actividad profesional o laboral de carácterindefinido respecto a la misma e independientemente del Régimen de la Seguridad Social enque estén encuadrados.

En segundo lugar, se articulan una serie de incentivos fiscales al crecimiento empresarial. Enconcreto, serían los siguientes:

- IMPUESTO SOCIEDADES. Tributación reducida del 15% para los primeros 300.000 euros debase imponible positiva, para las entidades de nueva creación, en el primer ejercicio enque obtengan beneficios y en el siguiente. Cuando el período impositivo tenga unaduración inferior al año, la parte de base imponible que tributará al tipo del 15 % será laresultante de aplicar a 300.000 euros la proporción en la que se hallen el número de díasdel período impositivo entre 365 días, o la base imponible del período impositivo cuandoesta fuera inferior.

- IRPF. Supresión del límite aplicable a la exención de la prestación por desempleo en sumodalidad de pago único, que era de 15.500 €. Se mantiene el requisito de mantenimientode la actividad durante 5 años. Por tanto, los desempleados que decidan establecerse comoautónomos podrán beneficiarse de la exención completa en el IRPF de la prestación pordesempleo cuando el abono de la prestación sea en forma de pago único.

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- IRPF. Los contribuyentes que inicien el ejercicio de una actividad económica y determinenel rendimiento neto de la misma con arreglo al método de estimación directa, podránreducir en un 20 % el rendimiento neto positivo declarado con arreglo a dicho método,minorado en su caso por las reducciones previstas en los apartados 1 y 2 anteriores, en elprimer período impositivo en que el mismo sea positivo y en el período impositivosiguiente.

Para cualquier duda o aclaración pueden contactar con nuestro despacho.

actualidad fiscal

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HASTA EL 1 DE MARZO MODELOSIMPUESTO SOBRE SOCIEDADESEntidades cuyo ejercicio coincida con el año natural: opción/renuncia a la opción para el cálculo delos pagos fraccionados ................................................................................036

HASTA EL 20 MARZORENTA Y SOCIEDADESRetenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premiosy determinadas imputaciones de renta, ganancias de transmisiones o reembolsos de accionesy participaciones de las instituciones de inversión colectiva o de aprovechamientos forestalesde vecinos en montes públicos, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.Febrero 2013. Grandes EmpresasModelos..............................................................................................111,115,117,123,124,

126,128

IVAFebrero 2013. Régimen General. Autoliquidación..............................303Febrero 2013. Grupo de entidades.....................................................322Febrero 2013. Declaración de operaciones incluidasen los libros registro del IVA y del IGIC. delo IGIC...............................340 Febrero 2013. Declaración recapitularán de operacionesintracomunitarias...............................................................................349

IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROSFebrero 2013......................................................................................430

HASTA EL 29 MARZOIngreso de cuotas de la Seguridad Social

calendario contribuyente

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B.O.E 47 23/02/2013

Justicia. Tasas.- Real Decreto-ley 3/2013, de 22 de febrero, por el que se modifica el régimende las tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y el sistema de asistencia jurídicagratuita

Emprendedores. Creación de empleo .- Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidasde apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo

B.O.E 58 08/03/2013

Bienes inmuebles. Valoración.- Orden ECC/371/2013, de 4 de marzo, por la que se modifica laOrden ECO/805/2003, de 27 de marzo, sobre normas de valoración de bienes inmuebles y dedeterminados derechos para ciertas finalidades financieras

Plan General de Contabilidad.- Resolución de 1 de marzo de 2013, del Instituto deContabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se dictan normas de registro y valoración delinmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias

legislación del mes

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El Rincon del Emprendedor

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