666 - ufdcimages.uflib.ufl.eduufdcimages.uflib.ufl.edu/CA/03/59/90/22/00229/00272.pdf · Puerto...

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12 EL MUNDO, SAN JUAN, P. R. MARTES 16 DE AGOSTO DE 1938. TTolái de la colonia porto. rriqucña en Nueva York —jiUEVJt YORK, agosto 14. (SEM) —Notas personales y sociales de la colonia portorriqueña: Rafgml Iguma.Este joven estu- diante, perteneciente a una distin- guida familia de la sociedad areci- befla, acaba de salir del Medical Center, donde estuvo recluido por espacio de varias semanas debido a - una pulmonía que contrajo y que ' la tuvo en estado de gravedad. ' Onomástico.—Los esposos Epiía- "nio'Velasco y Magdalena Báez de Vels-sco ofrecieron una fiesta fa- miliar con motivo del onomástico '• de su hija Eneida, quien además cumplió el mismo dia siete aftos de •ásA Convaleciendo.De la enferme- dad que la obligó a guardar cama .durante varios dias en su reslden- .. cía dt Washington Heights, está en periodo de franca convalescencia la señorita Emery Nadal Santa- Cojoma, muy estimada en los circu- ios sociales hispanos de la ciudad. De veraneo.El señor Ricardo A. Irliarry y su señora esposa se hallan ..de vacaciones veraniegas en la poética playa de Far Rockway, donde permanecerán un mes- .__ Marta Curacao.— En el vapor "Santa Paula" partieron ayer ha- - ría la antllla holandesa el señor F. Alsina y esposa, de la sociedad de Ponce. Miguel A. Bursct.Durante su permanencia en esta urbe, donde pasa sus vacaciones, ha fijado su residencia en el 527. oeste de la ca- lle 143, el señor Miguel A. Burseí, funcionario del Departamento de Justicia de Puerto Rico, y quien tiene su hogar establecido en la ciudad de Humacao. Pro Escuela Obrera en Puerto 'Rico.— El "Comité Permanente pro Puerto Rico" ha aumentado su campaña para obtener fondos con «1 objeto de establecer en Puerto Rico una Escuela Obrera. Repre- 1 sentantes de numerosas asociacio- nes borlcuas asistieron a la reunión celebrada con este fin. Otras Sociedades.La Asocia- ción de Empleados Portorriqueños ' de Nueva York, compuesta en gran parte por funcionarios de Correos y otros Departamentos federales, ha hecho cursar un mensaje diri- gido a los padres portorriqueños de Nueva York, instándoles a organi- zar una Asociación de Padres y Maestros Hispanos en esta metró- poli. Se prepara una asamblea pa- ra Sentar las bases para la pro- puesta nueva entidad local. La "Unión Rincoeña" ha Iniciado en sU domicilio social un ciclo de ' conferencias culturales. La prime- ra, a cargo del licenciado Osear García Rivera, legislador del Esta- do, 'tiene por tema "La situación social y económica de la colonia hispana en Nueva York". Conmemorando el cuarto aniver- sario de su fundación, celebró una "recepción y festival bailable el •'Club Puerto Rico", en su local del húmero 7, oeste, calle 110. (Anuncio) Líbrese de losGranos MafandosuCausaen3Días La, primera aplicación da Nlxoderm limpia mágicamente la piel de loa granes. Usa eata ñocha Nlxoderm y notará muy pronto que au piel aa lim- ¡a, aclara y auavlsa. Y'~ jaro descubrimiento Sla, aclara y auavlsa. Nlxoderm es un uero deacubrlmlento que Otrmenee y Paraaltoa da la . a piel qua aon la causa de Granos, Mancha». Eesema, Ficasones y Erupciones. Usted no puede librara» da loa tras- torno» da la piel haata que no re- mueva loa gérmenes que ae esconden en los poros. Ast pues, adquiera de au farmacéutico Nlxoderm hoy itilumo halo la positiva garantía de que Nlxo- derm limpiará sus granoa y la acla- rará y auantará la piel o su dinero le aar& devuelto. P. de la C. 1.—Por el señor García Méndez.—Para enmendar el articulo 4 A de la Ley Núm. 29 aprobada el 18 de abril de 1936, según fué añadido por la Ley Núm. 2 aprobada en 29 de junio de 1936, titulada "Ley para enmendar el titulo y añadir lo» artículos 4 A y 4 B a la Ley Núm. 29 de la Cuar- ta Legislatura de la Decimoterce- ra Asamblea Legislativa de Puerto Rico, titulada "Ley proveyendo pa- ra la construcción, funcionamiento y conservación de un dique de ca- rena y dependencias necesarias en San Juan. Puerto Rico, y para la adquisición de los terrenos y servi- dumbres de paso que se necesiten en relación con los mismos; para autorizar una emisión de bonos de El Pueblo de Puerto Rico, por una suma que no exceda de $1.800.000 para dicha construcción; proveyen- do fondos para el pago de dichos bonos mediante Ingresos derivados de la explotación de dicho dique, y fijando los derechos de los tene- dores de dichos bonos, y para otros fines; aprobada el 18 de abril de 19.16, y para otros fines', y para otros fines. P. de la C. 2—Por el señor García Méndez.—Para enmendar el Inciso 5. de la sección 16., bajo el titulo "Otros Arbitrios" de la Ley Núm. 85 titulada: "Ley para pro- veer rentas para El Pueblo de Puerto Rico mediante la imposición de derechos sobre ventas, derecTio* sobre fabricación, uso, venta y con- sumo; de ciertos arbitrios y de li- cencias sobre determinadas ocupa- ciones. Industrias o negocios; para Imponer ciertas penalidades; para derogar las leyes vigentes sobre arbitrios y licencias y para otros fines", aprobada en agosto 20. 1925. según fué enmendada por las Le- ves Núm». 10 de Julio 16. 1926; 17 de Junio 3 1927; 18 de abril 19. 1928; 36 de abril 23. 1928: 74 de mayo 6. 1930; 83 de mayo 6. 1981; 84 de mavo 7. 1931: 89 de mavo 11. 1931; 18 de abril 25. 1932; 11 de julio 21. 1932: R. C. Núm. 13 de abril 18. 1933: Lay Núm. 11 de agosto 22, 1933; 108 de mayo 15 1936: 155* de mayo 15. 1937; 146 de mavo 9.1938; 205 de mayo 15. 1938; y 315 de mayo 15. 1938. P. de ]a C. 3.—Por el señor So- rreniini.—Para proveer, rentas pa- ra El Pueblo de Puerto Rico me- diante la Imposición de arbitrios sobre entradas a esnerléculos pú- blicos, y para otros fines. P. de la C. 4.—Por el señor Alonso.—(Por petición).—Asignando fondos para el pago de los gastos extraordinarios de la Cámara de Representantes de Puerto Rico du- rante la primera sesión extraordi- naria de la Decimocuarta Asam- blea Legislativa, y para otros fi- nes. P. de la C. 5.—Por los señores Alonso y García Méndez.—(Por pe- tición.—Para enmender el párrafo (a) de la sección 3; párrafo (d) de la sección 9: párrafo (a) inciso (3) y párrafo (b) de la sección 11; párrafo (a) de la sección 12; pá- rrafo (a) de la sección 13; párrafo (a) Inciso (8) de la sección 16; sección 18; párrafo (a) de la sec- ción 22; sección 28; párrafo (a) in- ciso r6> de la sección 32: sección 35; párrafo (a) inciso (3) de la sección 43; para derogar el párra- fo (b) de la sección M y para en- mendar la sección 77 de la Ley Núm. 74 titulada "Ley para pro veer rentas para El Pueblo de Puer- to Rico mediante la imposición d* ciertas contribuciones sobre Ingre- sos fincóme Tax), y para otros fines", aprobada en 6 de agosto de 1925, según quedó enmendada por la Ley Núm. 18 aprobada en 3 de Junio de 1927, por la Ley Núm. 30 aprobada en 26 de abril de 1932. por la Ley Núm. 102 aprobada en por la Núm. 146 de mayo 9 de 1938; por la Núm. 205 de mayo 15 de 1938; por la Núm. 315 de ma- yo 15 de 1938 y para otros fines. P. de la C. 9.—Por el señor Un cuento breve mayo 14 de 1936, y por la Ley Núrr Alonso.—(Por petición).—Para en- tNOFENSIVO\ £L PURGANTE SUAVE OE BUEN SABOR I T L MliOR QUI ACEITE DE RICINO NOTAS DE LAJAS (Continuación de la página 9.) Ramírez Ortlz** Núm. 11. Sus ofi- ciales y miembros, personas de sol- vencia moral y cultural, se propo- nen llevar a cabo una festival en conmemoración de su primer ani- versario de consagración y dedica- ción. Al efecto el secretarlo de di- cha institución señor Alfredo C. Mercado nos ha asegurado que ya se han dado los primeros pasos conducentes a esta celebración y que posiblemente circulará un pro- grama especial invitando al públi- co a participar del acontecimien- to. Alfredo C. MERCADO. Corresponsal. "¡USTED TENDRÁ QUE CELEBRAR QUE YO VINE A SU COCINA!" . T^LIM es simplemente leche ' " da vaca, pura y rica en . crema pulverizada para , jnayor conveniencia y contar- vición. Teniendo Klim siem- pre en au cocina, usted po- ' drá contar con lache fresca tn ti momento qua la necesite. Simplemente mésele Klim con agua, y tendrá lacha para y fusca, lista para cocinar con •lia o para bebería. i Klim la mejor dt vaca da la que tolo se ha eliminado al agua, pare sin agregarle nada. Da modo qua todo al ralor alimenticio y al exquisi- to tabor natural permanecen tn Klim. Simplemente mezcle usted Klim con agua, con- forma vaya necesitando lecht fresca o utilícela tn polvo, como ti futra azúcar, tal O harina. Utilícela utttd sólo según la vaya necesitando al resto se conservará bitn tn la lata. Ésto explica por qué resulta económico usar Klim. Ordent usted Klim ahora mismo. PLAZA PROVISIÓN CO. San Juan. P. R. * a Lm Lmehm qum ae* Comaervm Siempre Freaem, Y Retidme BU Exquisito Smbor \tUural 74 aprobada en mayo 9 de 1937, para dar retroactlvidad a esta Ley, y para otros fines. P. de. la C. 6.—Por- el señor Alonso.— (Por, petición).— Para enmendar el párrafo (a) de la sec- ción 3; el párrafo (d). de la sec- ción 9; el párrafo (a) inciso (8) de la sección 16; el párrafo (a) de la sección 22; el párrafo (a) In- ciso (1) de la sección 60; el párra- fo (b) de la sección 77, e insertar los párrafos (c) y (d); y para de- rogar la sección 11 y el párrafo (b) de la sección 34 de la Ley Núm. 74 titulada "Ley para proveer ren tas para El Pueblo de Puerto Rl co mediante la imposición de cier- tas contribuciones sobre ingresos (Income Tax). y para otros fines", aprobada en 6 de agosto de 1925. según quedó enmendada por Ley Núm. 18 aprobada en 3 de junio de 1927, por la Ley Núm. 30 aproba- da en 26 de abril de 1932-, por la Ley Núm. 102 aprobada en mayo 14, de 1936. y por la Ley Núm. 74 aprobada en mayo 9 de 1937; para dar retroactlvidad a esta Ley, y para otros fines. P. de la C. 7.—Por el señor Alonso.—(Por petición).— Asig- nando determinada cantidad de cualesquiera fondos existentes en Tesorería no destinados a otras atenciones para disponer lo nece- sario para el pago de los gastos en que incurra el Negociado de Traducciones de la Asamblea Le- gislativa de Puerto Rico durante la Primera Legislatura Extraordina- ria de la Decimocuarta Asamblea Lecislativa. y para otros fines. P. de la C. 8.—Por el señor Alonso.— Por petición.—Para re- producir nuevamente el inciso 16 de la Sección 16 de la Ley Núm. 85. titulada "Ley para proveer ren- tas para El Pueblo de Puerto Ri- co mediante la imposición de de' recbos sobre ventas, de derechos sobre fabricación, uso. venta y con sumo; de ciertos arbitrios y de li- cencias sobre determinadas ocupa- ciones, industrias o negocios, para Imponer ciertas penalidades; pa- ra derogar las leyes vigentes sobre arbitrios y licencias; y para otros fines", aprobada en 20 de agosto de 1935. según fué enmendada por la Ley Núm. 10 de julio 16 de 1926; por la Núm. 17 de julio 3, 1927; por la Núm. 18 de abril 19 de 1928: por la Núm. 36 de abril 23 de 1928; por la Núm. 74 de mayo 6. 1930; por la Núm. 83 de mayo 6 de 1931: por la Núm. 84 de ma- yo 7 de 1931: por la Núm. 89 de mayo 11 de 1931; por la Núm. 18 de abril 25 de 1932; por l a Núm. 11 de julio 21 de 1932; por la Re- solución Conjunta Núm. 13 de abril 18 de 1933; por la Ley Núm. 11 de agosto 22 de 1933; por la Núm. 108 de 15 de mayo de 1936; mendar el inciso 2 de la Sección 16 de la Ley Núm. 85, titulada "Ley para proveer rentas para El Pue- blo de Puerto Rico mediante la im posición de derechos sobre ventas, de derechos sobre fabricación, uso, venta y consumo de ciertos arbi- trios y de licencias sobre determi- nadas ocupaciones, industrias o ne- gocios, para imponer ciertas pena- lidades; para derogar las leyes vi- gentes sobre arbitrios y licencias; y para otros fines", aprobada en 20 de agosto de 1925. según fué en- mendada por la Ley Núm. 10 de julio 16, 1926; por la Núm. 17 de julio 3. 1927; por la Núm. 18 de abril 19, 1928; por la Núm. 36 de abril 23, de 1928; por la Núm. 74 de mayo 6. de 1930; por la Núm. 83 de mayo 6. de 1931; por la Núm. 84 de mayo 7 de 1931; por la Núm. 89 de mayo 11, de 1931; por la Núm. 18 de abril 25 de 1932; por la Núm. 11 de julio 21 de 1932; por la Resolución Conjunta Núm. 13 de abril 18 de 1933; por la Ley Núm. 11 de agosto 22. 1933; por la Ley Núm. 108 de 15 de mayo de 1936; por la Núm. 146 de mayo 9 de 1938; por la Núm. 205 do mayo 15 de 1958; por la Núm. 315 de 1938. y para otros fines. P. de la C. 10.—Por el señor Alonso. —(Por petición).— Para enmendar el inciso 7 de la sección 16 de l a Ley Núm. 85, titulada "Ley para proveer rentas para El Pu-o blo de Puerto Rico, mediante la im- posición de derechos sobre ventas de derechos sobre fabricación, uso. venta y consumo; de ciertos arhi trios y de licencias sobre determi- nadas ocupaciones, industrias o ne gocios, para imponer ciertas pena- lidades; para derogar las leyes vi- gentes sobre arbitrios y licencias, y para otros fines", aprobada en 20 de agosto de 1925. según fué enmendada por la Ley Núm. 10 de julio 16. 1926; por la Ley Núm. 17 de julio 3. de 1927; por la Ley Núm. 18 de abril 19. de 1928: per la Ley Núm. 36 de abril 23 de 1928; por la Ley Núm. 74 de ma yo 6. de 1930; por la Núm. 83 de mayo 6. de 1931; por la Núm. 84 de mayo 7 de 1931; por la Núm. 89 de mayo 11. de 1931; por la Núm. 18 de abril 15. 1932; por !a Núm. 11 de juüo 21 de 1932; por la Resolución Conjunta Núm. 13 de abril 18 de 1933: por la Ley Núm. 11 de nzost o22. 1933; por la Ley Núm. 108 de mayo 15. 1936; por la Ley Núm. 146 de mayo 9 de 1938: por la Ley Núm. 205 de mayo 15. 1938; ñor la Núm. 315 de mayo 15, 1938, y para otros fines. P. de la C. 11.—Por los seño- res García Méndez y Figueroa.— Para crear una Escuela de Medici- na Tropical de la Universidad de Puerto Rico bajo los auspicios de (Continuación de la página 9.) licito—. Esto de la posada lo hay que espricar, porque los señores del señorío, ¿qué se les importa? A ellos no les hace falta, que tie- nen sus boenas camas compridas, con sus doce mantas, si corre frío, y sus tres colchas muy riquísimas, pero al pobre que anda a las puer- tas, conviénele saber dónde está seguro el tejado y el saco relleno de paja para no se moler tanto las costillas. Por el dia, al ciego (y se dio un golpe en e' esternón) no le falta una sombra en que re- mediarse con la caridad que va re- cogiendo de las boenas almas; y si "verbo en gracia", no tiene más que unas pataquitas crudas, tan conforme... ¡N-inca nos falten, Asús y la Virgen! "Finafrol" apa- ña ramas secas, arma fuego y asa las patatas, o las castañas, o la espiga tierna, o el tocino rancio, o lo que venga en la alforja, lo que los dinos caballeros del Señor mi- sericordioso nos quisieron dar... Pero luego escurece, ¡escurece! y un hombre, aunque se quiera valer con la capa, no se vale, que la frla- ge le entra lo mismo hasta la ca- ña de los huesos. Ahí está la cuen ta por qué el ciego (otra puñada que sonó como en arca vacia) siem- pre reza por el tío Cachopal y por el alma de sus obligaciones y de su abuelo, ¡que ya en tiempo de él era allí posada de pobres! ¡SI ha- cera para arriba de cien años! Esa casta de Cachopal es toda asi, tan santa, que con la sangre de ello.? se pueden componer medicinas. El abuelo fué quien discurrió que te- nían un cobertizo muy grandísimo y que los pobres podiamos dormir alii ricamente. El ciego (golpe a la "zanfona") lleva ya cincuenta años de pedir por los caminos, y cuando no tiene cama, ¡arriba, a casa de Cachopal! Nos da un saco lleno de paja o de hierba, y la ce na, el caldo caliente... Asi hizo su padre, asi su abuelo, asi hacen él y la mujer todo el año. Que se junten veinte pobres, que se junten más. no falta el saco de paja ni el caldo de berzas. Nadie se acuesta cor. la barriga vacia, cacho. Y con licencia de usia vamos para allá, ey, "Finafrol"..., que ya cai el or- vallo; ya será tarde. ¡Santas y boenas noches nos Dios! ¡A la obediencia de usia! La chiquilla y el ciego se levan- taron, y despacito emprendieron su caminata, desapareciendo lentamen te entre la neblina gris, húmeda, que pentraha de melancolía el co- razón. Esperábales allí la caridad aldeana, la caridad tosca y sencillo la Universidad de Columbia, dis- poniendo la forma de su funcio- namiento; creando una Junta de Síndicos para el gobierno adminis trativo y económico de dicha Es cuela de Medicina Tropical; para derogar la Ley Núm. 259. aproba- da el 15 de mayo de 1938, y para otros fines. Tal día como hoy Tal dia como hoy, agosto 16, ocu- rrieron los siguientes hechos histó- ricos: Agosto 16.—En 1830 nació don Diego Barros Arana en Santiago de Chile, hijo de una familia ho- norable y acaudalada. Colocado en el Instituto Nacional en 1834, hizo en él sus estudios de humanidades y de leyes, no habiendo alcanzado a terminar estos últimos a causa del mal estado de su salud que !e obligó a dejar el establecimiento. Separado por estas circunstancias del estudio de las leyes, Barros se contrajo a la historia y la literatu- ra. Su primer ensayo de este género es la obra titulada Estudios histó- ricos sobre Vicente Benavides y las campañas del Sur, publicada en 1850r Vino en seguida la Historia General de la Independencia de Chile, obra que le dio fama a su autor. En 1856. por encargo de a Universidad, redactó y publicó las Campañas de Chile. En 1864 dio a luz un volumen titulado Vida y Viajes de Hernando de Magallanes. En 1867 dio a la Prensa Elementos de literatura castellana, aprobada por el consejo universitario, lo mis- mo que el Compendio de Historia para la enseñanza en el Instituto y Liceos provinciales. Agosto 16.-En 1814 nació en Ma- tanzas José Jacinto Milanés, el fa- moso poeta y patriota cubano. Agosto 16.- Se cumple el 80 ani- versario de la Inauguración del pri- mer cable irasatlánüco desde Te- rranova a Irlanda. El primer des- pacho fué dirigido por el Presiden- te de los Estados Unidos (Buena- nan) a la Reina Victoria de In- glaterra Agosto 16.—En 1910 murió en Bremen, Alemania don Pedro Montt. que fué Presidente de Chi- le en 1906. Habla nacido en la ca- pital de dicha República en 1848. Agosto 16.-La fecha de 16 de y alegre de los tiempos medievales, que no se anuncia en periódicos ni se premia en sesiones académicas, entre guirnaldas de discursos y de rroche de retórica moral. Oscura y humilde, la familia de cristianos labradores que. desde hace un si- glo, da posada al peregrino y -Je comer al hambriento, no extraña que no lo sepan sino los que lo ne- cesitan, y tal vez llega a encontrar su único placer, el interés de su oscura existencia, en la reainión de los andrajosos dicharacheros, a su manera oportunos, socarrones, ex- pertos, enterados de todas las no ticias. A dos pasos de civilización, ahí está esa pintada tabla mística. ese hogar franciscano abierto al mendigo. agosto de 1863 es una de las más significativas de la República Do- minicana, la Restauración dt su Independencia, en la cual -se dis- tinguieron los esclarecidos patrio- tas José Antonio Salcedo, Gregorio Luperón, Benito Moncion. Gaspar Polanco, Pedro Antonio Pimentel, Santiago Rodríguez, José María Cabral y José Cabrera. Hace veinte años La Guerra Mundial día por día Agosto 16, 1918: Roye ha sido bombardeado por los aliados, pero éstos no han ata- cado con la infantería por temor de que sus bajas resultaran dema- siado numerosas. Los franceses han atacado a Goyencourt. Los alemanes contraatacaron en el sector ocupado por los Ingleses, en Deméry. Ola tras ola de infan- tería alemana se ha lanzado con- tra las trincheras inglesas, sin lo- grar apoderarse de ellas y con grandes pérdidas. Los aliados no han efectuado ningún avance que valga la pena mencionar. (Anuncio) UNGÜENTO CADUM PARA USJERUPCÍONES ES sorprendente el ver con que prontitud el Ungüento Cadura reme- dia y cicatriza Taa erupciones de la niel. No importa enantes remedios haya probado sin obtener beneficio, no tiene Ud. por qué desanimarse, pues el Ungüento Cadum et distinte de todos ellos. Alivia la picazón ins- tantáneamente y empieza a. hacer cicatrizar con la primera aplicación. 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  • 12 EL MUNDO, SAN JUAN, P. R. MARTES 16 DE AGOSTO DE 1938.

    TToli de la colonia porto.

    rriquca en Nueva York

    jiUEVJt YORK, agosto 14. (SEM) Notas personales y sociales de la colonia portorriquea:

    Rafgml Iguma. Este joven estu- diante, perteneciente a una distin- guida familia de la sociedad areci- befla, acaba de salir del Medical Center, donde estuvo recluido por espacio de varias semanas debido a

    - una pulmona que contrajo y que ' la tuvo en estado de gravedad.

    ' Onomstico.Los esposos Epia- "nio'Velasco y Magdalena Bez de

    Vels-sco ofrecieron una fiesta fa- miliar con motivo del onomstico

    ' de su hija Eneida, quien adems cumpli el mismo dia siete aftos de sA

    Convaleciendo. De la enferme- dad que la oblig a guardar cama

    .durante varios dias en su reslden- .. ca dt Washington Heights, est en

    periodo de franca convalescencia la seorita Emery Nadal Santa- Cojoma, muy estimada en los circu- ios sociales hispanos de la ciudad.

    De veraneo. El seor Ricardo A. Irliarry y su seora esposa se hallan ..de vacaciones veraniegas en la potica playa de Far Rockway, donde permanecern un mes-

    .__ Marta Curacao. En el vapor "Santa Paula" partieron ayer ha-

    - ra la antllla holandesa el seor F. Alsina y esposa, de la sociedad de Ponce.

    Miguel A. Bursct. Durante su permanencia en esta urbe, donde pasa sus vacaciones, ha fijado su residencia en el 527. oeste de la ca- lle 143, el seor Miguel A. Burse, funcionario del Departamento de Justicia de Puerto Rico, y quien tiene su hogar establecido en la ciudad de Humacao.

    Pro Escuela Obrera en Puerto 'Rico. El "Comit Permanente pro Puerto Rico" ha aumentado su campaa para obtener fondos con 1 objeto de establecer en Puerto Rico una Escuela Obrera. Repre-

    1 sentantes de numerosas asociacio- nes borlcuas asistieron a la reunin celebrada con este fin.

    Otras Sociedades. La Asocia- cin de Empleados Portorriqueos

    ' de Nueva York, compuesta en gran parte por funcionarios de Correos y otros Departamentos federales, ha hecho cursar un mensaje diri- gido a los padres portorriqueos de Nueva York, instndoles a organi- zar una Asociacin de Padres y Maestros Hispanos en esta metr- poli. Se prepara una asamblea pa- ra Sentar las bases para la pro- puesta nueva entidad local.

    La "Unin Rincoea" ha Iniciado en sU domicilio social un ciclo de

    ' conferencias culturales. La prime- ra, a cargo del licenciado Osear Garca Rivera, legislador del Esta- do, 'tiene por tema "La situacin social y econmica de la colonia hispana en Nueva York".

    Conmemorando el cuarto aniver- sario de su fundacin, celebr una "recepcin y festival bailable el 'Club Puerto Rico", en su local del hmero 7, oeste, calle 110.

    (Anuncio)

    Lbrese de losGranos MafandosuCausaen3Das La, primera aplicacin da Nlxoderm limpia mgicamente la piel de loa granes. Usa eata ocha Nlxoderm y notar muy pronto que au piel aa lim-

    a, aclara y auavlsa. Y'~ jaro descubrimiento

    Sla, aclara y auavlsa. Nlxoderm es un uero deacubrlmlento que

    Otrmenee y Paraaltoa da la . a piel qua aon la causa de Granos, Mancha. Eesema, Ficasones y Erupciones. Usted no puede librara da loa tras- torno da la piel haata que no re- mueva loa grmenes que ae esconden en los poros. Ast pues, adquiera de au farmacutico Nlxoderm hoy itilumo halo la positiva garanta de que Nlxo- derm limpiar sus granoa y la acla- rar y auantar la piel o su dinero le aar& devuelto.

    P. de la C. 1.Por el seor Garca Mndez.Para enmendar el articulo 4 A de la Ley Nm. 29 aprobada el 18 de abril de 1936, segn fu aadido por la Ley Nm. 2 aprobada en 29 de junio de 1936, titulada "Ley para enmendar el titulo y aadir lo artculos 4 A y 4 B a la Ley Nm. 29 de la Cuar- ta Legislatura de la Decimoterce- ra Asamblea Legislativa de Puerto Rico, titulada "Ley proveyendo pa- ra la construccin, funcionamiento y conservacin de un dique de ca- rena y dependencias necesarias en San Juan. Puerto Rico, y para la adquisicin de los terrenos y servi- dumbres de paso que se necesiten en relacin con los mismos; para autorizar una emisin de bonos de El Pueblo de Puerto Rico, por una suma que no exceda de $1.800.000 para dicha construccin; proveyen- do fondos para el pago de dichos bonos mediante Ingresos derivados de la explotacin de dicho dique, y fijando los derechos de los tene- dores de dichos bonos, y para otros fines; aprobada el 18 de abril de 19.16, y para otros fines', y para otros fines.

    P. de la C. 2Por el seor Garca Mndez.Para enmendar el Inciso 5. de la seccin 16., bajo el titulo "Otros Arbitrios" de la Ley Nm. 85 titulada: "Ley para pro- veer rentas para El Pueblo de Puerto Rico mediante la imposicin de derechos sobre ventas, derecTio* sobre fabricacin, uso, venta y con- sumo; de ciertos arbitrios y de li- cencias sobre determinadas ocupa- ciones. Industrias o negocios; para Imponer ciertas penalidades; para derogar las leyes vigentes sobre arbitrios y licencias y para otros fines", aprobada en agosto 20. 1925. segn fu enmendada por las Le- ves Nm. 10 de Julio 16. 1926; 17 de Junio 3 1927; 18 de abril 19. 1928; 36 de abril 23. 1928: 74 de mayo 6. 1930; 83 de mayo 6. 1981; 84 de mavo 7. 1931: 89 de mavo 11. 1931; 18 de abril 25. 1932; 11 de julio 21. 1932: R. C. Nm. 13 de abril 18. 1933: Lay Nm. 11 de agosto 22, 1933; 108 de mayo 15 1936: 155* de mayo 15. 1937; 146 de mavo 9.1938; 205 de mayo 15. 1938; y 315 de mayo 15. 1938.

    P. de ]a C. 3.Por el seor So- rreniini.Para proveer, rentas pa- ra El Pueblo de Puerto Rico me- diante la Imposicin de arbitrios sobre entradas a esnerlculos p- blicos, y para otros fines.

    P. de la C. 4.Por el seor Alonso.(Por peticin).Asignando fondos para el pago de los gastos extraordinarios de la Cmara de Representantes de Puerto Rico du- rante la primera sesin extraordi- naria de la Decimocuarta Asam- blea Legislativa, y para otros fi- nes.

    P. de la C. 5.Por los seores Alonso y Garca Mndez.(Por pe- ticin.Para enmender el prrafo (a) de la seccin 3; prrafo (d) de la seccin 9: prrafo (a) inciso (3) y prrafo (b) de la seccin 11; prrafo (a) de la seccin 12; p- rrafo (a) de la seccin 13; prrafo (a) Inciso (8) de la seccin 16; seccin 18; prrafo (a) de la sec- cin 22; seccin 28; prrafo (a) in- ciso r6> de la seccin 32: seccin 35; prrafo (a) inciso (3) de la seccin 43; para derogar el prra- fo (b) de la seccin M y para en- mendar la seccin 77 de la Ley Nm. 74 titulada "Ley para pro veer rentas para El Pueblo de Puer- to Rico mediante la imposicin d* ciertas contribuciones sobre Ingre- sos fincme Tax), y para otros fines", aprobada en 6 de agosto de

    1925, segn qued enmendada por la Ley Nm. 18 aprobada en 3 de Junio de 1927, por la Ley Nm. 30 aprobada en 26 de abril de 1932. por la Ley Nm. 102 aprobada en

    por la Nm. 146 de mayo 9 de 1938; por la Nm. 205 de mayo 15 de 1938; por la Nm. 315 de ma- yo 15 de 1938 y para otros fines.

    P. de la C. 9.Por el seor

    Un cuento breve

    mayo 14 de 1936, y por la Ley Nrr Alonso.(Por peticin).Para en-

    tNOFENSIVO\ L PURGANTE SUAVE

    OE BUEN SABOR I T

    L MliOR QUI ACEITE DE RICINO

    NOTAS DE LAJAS

    (Continuacin de la pgina 9.)

    Ramrez Ortlz** Nm. 11. Sus ofi- ciales y miembros, personas de sol- vencia moral y cultural, se propo- nen llevar a cabo una festival en conmemoracin de su primer ani- versario de consagracin y dedica- cin. Al efecto el secretarlo de di- cha institucin seor Alfredo C. Mercado nos ha asegurado que ya se han dado los primeros pasos conducentes a esta celebracin y que posiblemente circular un pro- grama especial invitando al pbli- co a participar del acontecimien- to.

    Alfredo C. MERCADO. Corresponsal.

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    74 aprobada en mayo 9 de 1937, para dar retroactlvidad a esta Ley, y para otros fines.

    P. de. la C. 6.Por- el seor Alonso. (Por, peticin). Para enmendar el prrafo (a) de la sec- cin 3; el prrafo (d). de la sec- cin 9; el prrafo (a) inciso (8) de la seccin 16; el prrafo (a) de la seccin 22; el prrafo (a) In- ciso (1) de la seccin 60; el prra- fo (b) de la seccin 77, e insertar los prrafos (c) y (d); y para de- rogar la seccin 11 y el prrafo (b) de la seccin 34 de la Ley Nm. 74 titulada "Ley para proveer ren tas para El Pueblo de Puerto Rl co mediante la imposicin de cier- tas contribuciones sobre ingresos (Income Tax). y para otros fines", aprobada en 6 de agosto de 1925. segn qued enmendada por 1 Ley Nm. 18 aprobada en 3 de junio de 1927, por la Ley Nm. 30 aproba- da en 26 de abril de 1932-, por la Ley Nm. 102 aprobada en mayo 14, de 1936. y por la Ley Nm. 74 aprobada en mayo 9 de 1937; para dar retroactlvidad a esta Ley, y para otros fines.

    P. de la C. 7.Por el seor Alonso.(Por peticin). Asig- nando determinada cantidad de cualesquiera fondos existentes en Tesorera no destinados a otras atenciones para disponer lo nece- sario para el pago de los gastos en que incurra el Negociado de Traducciones de la Asamblea Le- gislativa de Puerto Rico durante la Primera Legislatura Extraordina- ria de la Decimocuarta Asamblea Lecislativa. y para otros fines.

    P. de la C. 8.Por el seor Alonso. Por peticin.Para re- producir nuevamente el inciso 16 de la Seccin 16 de la Ley Nm. 85. titulada "Ley para proveer ren- tas para El Pueblo de Puerto Ri- co mediante la imposicin de de' recbos sobre ventas, de derechos sobre fabricacin, uso. venta y con sumo; de ciertos arbitrios y de li- cencias sobre determinadas ocupa- ciones, industrias o negocios, para Imponer ciertas penalidades; pa- ra derogar las leyes vigentes sobre arbitrios y licencias; y para otros fines", aprobada en 20 de agosto de 1935. segn fu enmendada por la Ley Nm. 10 de julio 16 de 1926; por la Nm. 17 de julio 3, 1927; por la Nm. 18 de abril 19 de 1928: por la Nm. 36 de abril 23 de 1928; por la Nm. 74 de mayo 6. 1930; por la Nm. 83 de mayo 6 de 1931: por la Nm. 84 de ma- yo 7 de 1931: por la Nm. 89 de mayo 11 de 1931; por la Nm. 18 de abril 25 de 1932; por la Nm. 11 de julio 21 de 1932; por la Re- solucin Conjunta Nm. 13 de abril 18 de 1933; por la Ley Nm. 11 de agosto 22 de 1933; por la Nm. 108 de 15 de mayo de 1936;

    mendar el inciso 2 de la Seccin 16 de la Ley Nm. 85, titulada "Ley para proveer rentas para El Pue- blo de Puerto Rico mediante la im posicin de derechos sobre ventas, de derechos sobre fabricacin, uso, venta y consumo de ciertos arbi- trios y de licencias sobre determi- nadas ocupaciones, industrias o ne- gocios, para imponer ciertas pena- lidades; para derogar las leyes vi- gentes sobre arbitrios y licencias; y para otros fines", aprobada en 20 de agosto de 1925. segn fu en- mendada por la Ley Nm. 10 de julio 16, 1926; por la Nm. 17 de julio 3. 1927; por la Nm. 18 de abril 19, 1928; por la Nm. 36 de abril 23, de 1928; por la Nm. 74 de mayo 6. de 1930; por la Nm. 83 de mayo 6. de 1931; por la Nm. 84 de mayo 7 de 1931; por la Nm. 89 de mayo 11, de 1931; por la Nm. 18 de abril 25 de 1932; por la Nm. 11 de julio 21 de 1932; por la Resolucin Conjunta Nm. 13 de abril 18 de 1933; por la Ley Nm. 11 de agosto 22. 1933; por la Ley Nm. 108 de 15 de mayo de 1936; por la Nm. 146 de mayo 9 de 1938; por la Nm. 205 do mayo 15 de 1958; por la Nm. 315 de 1938. y para otros fines.

    P. de la C. 10.Por el seor Alonso. (Por peticin). Para enmendar el inciso 7 de la seccin 16 de la Ley Nm. 85, titulada "Ley para proveer rentas para El Pu-o blo de Puerto Rico, mediante la im- posicin de derechos sobre ventas de derechos sobre fabricacin, uso. venta y consumo; de ciertos arhi trios y de licencias sobre determi- nadas ocupaciones, industrias o ne gocios, para imponer ciertas pena- lidades; para derogar las leyes vi- gentes sobre arbitrios y licencias, y para otros fines", aprobada en 20 de agosto de 1925. segn fu enmendada por la Ley Nm. 10 de julio 16. 1926; por la Ley Nm. 17 de julio 3. de 1927; por la Ley Nm. 18 de abril 19. de 1928: per la Ley Nm. 36 de abril 23 de 1928; por la Ley Nm. 74 de ma yo 6. de 1930; por la Nm. 83 de mayo 6. de 1931; por la Nm. 84 de mayo 7 de 1931; por la Nm. 89 de mayo 11. de 1931; por la Nm. 18 de abril 15. 1932; por !a Nm. 11 de juo 21 de 1932; por la Resolucin Conjunta Nm. 13 de abril 18 de 1933: por la Ley Nm. 11 de nzost o22. 1933; por la Ley Nm. 108 de mayo 15. 1936; por la Ley Nm. 146 de mayo 9 de 1938: por la Ley Nm. 205 de mayo 15. 1938; or la Nm. 315 de mayo 15, 1938, y para otros fines.

    P. de la C. 11.Por los seo- res Garca Mndez y Figueroa. Para crear una Escuela de Medici- na Tropical de la Universidad de Puerto Rico bajo los auspicios de

    (Continuacin de la pgina 9.) licito. Esto de la posada lo hay que espricar, porque los seores del seoro, qu se les importa? A ellos no les hace falta, que tie- nen sus boenas camas compridas, con sus doce mantas, si corre fro, y sus tres colchas muy riqusimas, pero al pobre que anda a las puer- tas, convinele saber dnde est seguro el tejado y el saco relleno de paja para no se moler tanto las costillas. Por el dia, al ciego (y se dio un golpe en e' esternn) no le falta una sombra en que re- mediarse con la caridad que va re- cogiendo de las boenas almas; y si "verbo en gracia", no tiene ms que unas pataquitas crudas, tan conforme... N-inca nos falten, Ass y la Virgen! "Finafrol" apa- a ramas secas, arma fuego y asa las patatas, o las castaas, o la espiga tierna, o el tocino rancio, o lo que venga en la alforja, lo que los dinos caballeros del Seor mi- sericordioso nos quisieron dar... Pero luego escurece, escurece! y un hombre, aunque se quiera valer con la capa, no se vale, que la frla- ge le entra lo mismo hasta la ca- a de los huesos. Ah est la cuen ta por qu el ciego (otra puada que son como en arca vacia) siem- pre reza por el to Cachopal y por el alma de sus obligaciones y de su abuelo, que ya en tiempo de l era all posada de pobres! SI ha- cera para arriba de cien aos! Esa casta de Cachopal es toda asi, tan santa, que con la sangre de ello.? se pueden componer medicinas. El abuelo fu quien discurri que te- nan un cobertizo muy grandsimo y que los pobres podiamos dormir alii ricamente. El ciego (golpe a la "zanfona") lleva ya cincuenta aos de pedir por los caminos, y cuando no tiene cama, arriba, a casa de Cachopal! Nos da un saco lleno de paja o de hierba, y la ce na, el caldo caliente... Asi hizo su padre, asi su abuelo, asi hacen l y la mujer todo el ao. Que se junten veinte pobres, que se junten ms. no falta el saco de paja ni el caldo de berzas. Nadie se acuesta cor. la barriga vacia, cacho. Y con licencia de usia vamos para all, ey, "Finafrol"..., que ya cai el or- vallo; ya ser tarde. Santas y boenas noches nos d Dios! A la obediencia de usia!

    La chiquilla y el ciego se levan- taron, y despacito emprendieron su caminata, desapareciendo lentamen te entre la neblina gris, hmeda, que pentraha de melancola el co- razn. Esperbales all la caridad aldeana, la caridad tosca y sencillo

    la Universidad de Columbia, dis- poniendo la forma de su funcio- namiento; creando una Junta de Sndicos para el gobierno adminis trativo y econmico de dicha Es cuela de Medicina Tropical; para derogar la Ley Nm. 259. aproba- da el 15 de mayo de 1938, y para otros fines.

    Tal da como hoy

    Tal dia como hoy, agosto 16, ocu- rrieron los siguientes hechos hist- ricos:

    Agosto 16.En 1830 naci don Diego Barros Arana en Santiago de Chile, hijo de una familia ho- norable y acaudalada. Colocado en el Instituto Nacional en 1834, hizo en l sus estudios de humanidades y de leyes, no habiendo alcanzado a terminar estos ltimos a causa del mal estado de su salud que !e oblig a dejar el establecimiento. Separado por estas circunstancias del estudio de las leyes, Barros se contrajo a la historia y la literatu- ra.

    Su primer ensayo de este gnero es la obra titulada Estudios hist- ricos sobre Vicente Benavides y las campaas del Sur, publicada en 1850r Vino en seguida la Historia General de la Independencia de Chile, obra que le dio fama a su autor. En 1856. por encargo de a Universidad, redact y public las Campaas de Chile. En 1864 dio a luz un volumen titulado Vida y Viajes de Hernando de Magallanes. En 1867 dio a la Prensa Elementos de literatura castellana, aprobada por el consejo universitario, lo mis- mo que el Compendio de Historia para la enseanza en el Instituto y Liceos provinciales.

    Agosto 16.-En 1814 naci en Ma- tanzas Jos Jacinto Milans, el fa- moso poeta y patriota cubano.

    Agosto 16.- Se cumple el 80 ani- versario de la Inauguracin del pri- mer cable irasatlnco desde Te- rranova a Irlanda. El primer des- pacho fu dirigido por el Presiden- te de los Estados Unidos (Buena- nan) a la Reina Victoria de In- glaterra

    Agosto 16.En 1910 muri en Bremen, Alemania don Pedro Montt. que fu Presidente de Chi- le en 1906. Habla nacido en la ca- pital de dicha Repblica en 1848.

    Agosto 16.-La fecha de 16 de

    y alegre de los tiempos medievales, que no se anuncia en peridicos ni se premia en sesiones acadmicas, entre guirnaldas de discursos y de rroche de retrica moral. Oscura y humilde, la familia de cristianos labradores que. desde hace un si- glo, da posada al peregrino y -Je comer al hambriento, no extraa que no lo sepan sino los que lo ne- cesitan, y tal vez llega a encontrar su nico placer, el inters de su oscura existencia, en la reainin de los andrajosos dicharacheros, a su manera oportunos, socarrones, ex- pertos, enterados de todas las no ticias. A dos pasos de civilizacin, ah est esa pintada tabla mstica. ese hogar franciscano abierto al mendigo.

    agosto de 1863 es una de las ms significativas de la Repblica Do- minicana, la Restauracin dt su Independencia, en la cual -se dis- tinguieron los esclarecidos patrio- tas Jos Antonio Salcedo, Gregorio Lupern, Benito Moncion. Gaspar Polanco, Pedro Antonio Pimentel, Santiago Rodrguez, Jos Mara Cabral y Jos Cabrera.

    Hace veinte aos

    La Guerra Mundial da por da

    Agosto 16, 1918:

    Roye ha sido bombardeado por los aliados, pero stos no han ata- cado con la infantera por temor de que sus bajas resultaran dema- siado numerosas. Los franceses han atacado a Goyencourt.

    Los alemanes contraatacaron en el sector ocupado por los Ingleses, en Demry. Ola tras ola de infan- tera alemana se ha lanzado con- tra las trincheras inglesas, sin lo- grar apoderarse de ellas y con grandes prdidas. Los aliados no han efectuado ningn avance que valga la pena mencionar.

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