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    ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE

    Sesin Ordinaria del da martes 18 de enero de 2000

    PRESIDENCIA DEL CONSTITUYENTELUIS MIQUILENA

    VICEPRESIDENCIA DEL CONSTITUYENTEISAAS RODRGUEZ DAZ

    SUMARIO

    1.-Apertura de la sesin.

    2.-Lectura de la lista de asistencia a la sesin de hoy.

    Orden del Da

    3.-Presentacin.

    4.-Solicitudes del Ejecutivo nacional por rgano del Ministerio de Finanzas(Operaciones de crdito pblico):

    a) Condiciones de operaciones de crdito pblico para el financiamiento y obrasdel sector agrcola.

    b) Reprogramacin de autorizaciones de endeudamiento para la actualizacintecnolgica de la C.A. Venezolana de Televisin (Canal 8).

    c) Condiciones de operaciones de crdito pblico para el Plan Especial deViviendas.

    d) Reprogramacin de autorizaciones de endeudamiento para la fase uno de losproyectos especiales anunciados por el Presidente de la Repblica.

    e) Proyecto de Ley Especial de endeudamiento para hacer frente a la catstrofeproducida por las lluvias.

    5.-Designar la Comisin de Reestructuracin del Poder Judicial.

    6.-Informe de la Comisin de Reestructuracin del extinto Congreso de la Repblica.

    7.-Designacin de la Comisin de Finanzas de la Asamblea Nacional Constituyente.

    8.-Cierre de la sesin.

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    EL PRESIDENTE.-Ciudadano Secretario, srvase informar si hay qurum.

    EL SECRETARIO.-Hayqurum,ciudadano Presidente.

    EL PRESIDENTE.-Se declara abierta la sesin. (Hora: 7.04 p.m.) Srvase dar lecturaa la lista de asistentes a la sesin, ciudadano Secretario.

    2

    EL SECRETARIO.- (Lee):

    Luis Miquilena, Isaas Rodrguez, Aristbulo Istriz, Adn Chvez Fras, AlbertoJordn Hernndez, Alberto Urdaneta, Alejandro Silva Marcano, Alexis Navarro Rojas,

    Alfredo Pea, Amrico Daz Nez, ngel Eugenio Landaeta, ngel Rodrguez,Antonia Muoz, Antonio Briceo, Antonio Di Giampaolo, Atala Uriana, Braulio lvarez,Carlos Tablante, Csar Prez Marcano, Daniel Daz, David De Lima Salas, DavidFigueroa, Desire Santos Amaral, Diego Salazar, Earle Herrera, Edmundo Chirinos,

    Elas Jaua, Elas Lpez Portillo, Elizer Otaiza, Elio Gmez Grillo, Enrique Peraza,Ernesto Alvarenga, Eustoquio Contreras, Florencio Antonio Porras, FranciscoAmeliach, Francisco Visconti Osorio, Freddy Bernal Rosales, Freddy Gutirrez,Gastn Parra Luzardo, Geovanny Finol Fernndez, Gerardo Mrquez, Gilmer Viloria,Guillermo Garca Ponce, Guillermo Guevara, Gustavo Pereira, Hayde de Franco,Hayde Machn, Hermann Escarr, Iris Varela, Jaime Barrios, Jess Montilla Villegas,Jess Molina Villegas, Jorge Luis Durn, Jos Luis Gonzlez, Jos Luis Meza, JosRangel valos, Jos Vielma Mora, Juan Marn, Julio Csar Alvirez, Lenin Romero,Leonel Jimnez Carupe, Levy Alter Valero, Luis Acua Cedeo, Luis Gamargo, LuisReyes Reyes, Luis Vallenilla, Manuel Quijada, Manuel Vadell, Marelis Prez Marcano,Mario Isea, Marisabel de Chvez, Miguel Garranchn, Miguel Madriz, Nelson Silva,Nstor Len Heredia, Nicols Maduro, Noel Pocaterra, Numa Rojas, Oscar Feo,Oscar Navas, Pablo Medina, Pausides Reyes, Pedro Ortega Daz, Pedro SolanoPerdomo, Rafael Colmenrez, Rafael Rodrguez, Ral Est, Roberto JimnezMaggiolo, Rodolfo Sanz, Ronald Blanco La Cruz, Rubn vila vila, Samuel Lpez,Sal Ortega, Segundo Melndez, Silvestre Villalobos, Sol Musett, Tarek William Saab,Temstocles Salazar, Vinicio Romero Martnez, Vladimir Villegas, William Lara,William Ojeda, Wilmar Alfredo Castro, Yldefonso Finol.

    No asistieron los Constituyentes Alberto Franceschi, Allan Brewer Caras,ngela Zago, Antonio Garca, Antonio Rodrguez, Blancanieve Portocarrero,Claudio Fermn, Cristbal Jimnez, Froiln Barrios, Henri Falcn, HumbertoPrieto, Jess Rafael Sulbarn, Jorge Olavarra, Jos Gregorio Briceo, Jos

    Len Tapia Contreras, Juan Bautista Prez, Leopoldo Puchi, Liborio GuarullaGarrido, Mara de Queipo, Mirna Vies de lvarez, Ramn Antonio Ynez, ReinaRomero Garca, Reinaldo Rojas, Ricardo Combellas, Victoria Mata (reposo),Virgilio vila Vivas, Yoel Acosta Chirinos.

    Es todo, ciudadano Presidente.

    EL PRESIDENTE.-Srvase informar el objeto de la reunin, ciudadano Secretario.

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    EL SECRETARIO.- (Lee):Orden del Da.

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    1.-Solicitudes del Ejecutivo nacional por rgano del Ministerio de Finanzas

    (Operaciones de crdito pblico):

    a) Condiciones de operaciones de crdito pblico para el financiamiento yobras del sector agrcola.

    b) Reprogramacin de autorizaciones de endeudamiento para la actualizacintecnolgica de la C.A. Venezolana de Televisin (Canal 8).

    c) Condiciones de operaciones de crdito pblico para el Plan Especial deViviendas.

    d) Reprogramacin de autorizaciones de endeudamiento para la fase uno delos proyectos especiales anunciados por el Presidente de la Repblica.

    e) Proyecto de Ley Especial de endeudamiento para hacer frente a lacatstrofe producida por las lluvias.

    2.-Designacin de la Comisin de Finanzas de la Asamblea Nacional Constituyente.

    3.-Designar la Comisin de Reestructuracin del Poder Judicial.

    4.-Informe de la Comisin de Reestructuracin del extinto Congreso de la Repblica.

    Es todo, seor Presidente.EL PRESIDENTE.-En relacin con el primer punto del Orden del Da, tiene la palabra(El Constituyente) Aristbulo Istriz.

    4

    CONSTITUYENTE ISTRIZ (ARISTBULO).-Seor Presidente, respetadosConstituyentes. La Junta Directiva quiere someter a consideracin de la plenaria de la

    Asamblea Nacional Constituyente estas solicitudes de Operaciones de CrditoPblico, solicitadas por el Gobierno Nacional.

    Como ustedes saben aqu hay dos casos que tienen que ver conreprogramacin y autorizaciones de endeudamiento. Y hay dos casos que tienen quever con solicitudes de opinin sobre las condiciones financieras de operaciones decrdito pblico. Y hay una solicitud para una ley especial de crdito pblico conrelacin al problema de las calamidades.

    Es importante dar una informacin general, a ver si hay alguna consideracin,

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    porque cada caso debe ser aprobado mediante un Acuerdo. Y nosotros queremossometer a consideracin el Acuerdo respectivo, en cada uno de los casos. Hay unaley de endeudamiento para la cual el Presidente est habilitado parcialmente. Partede esos recursos, que eran destinados para la cancelacin de la deuda, se le puededar hoy otro fin, producto de que el Gobierno ha tenido otros ingresos, como losingresos extraordinarios en materia petrolera. Por eso hoy el Gobierno est

    planteando la necesidad de reprogramar, que no es otra cosa que definir otrodestino de esos montos para los cuales est autorizado para endeudarse.

    En ese sentido, hay dos casos, uno est referido a solicitudes de opinin sobrereprogramacin de autorizaciones de endeudamiento contempladas en el artculotercero del Decreto con fuerza de Ley N 279. Esta es una reprogramacin parcial delmonto autorizado para financiar el Proyecto de actualizacin tecnolgica de la C.A.Venezolana de Televisin (Canal 8), por cinco millardos de bolvares(Bs 5.000.000.000,00).

    El segundo caso es una reprogramacin parcial, a los fines del financiamiento

    de la fase primera de los Proyectos Especiales que han sido anunciados por elPresidente de la Repblica. Este se fundamenta en el artculo 16, aparte nico delmismo Decreto-Ley. Este es por veinte mil ochocientos cincuenta millones(Bs. 20.850.000.000,00) de bolvares. Estos son casos de reprogramacin, sobre labase de la Ley de Endeudamiento para la cual se habilit al Presidente.

    En relacin con las solicitudes de opinin; ustedes saben que antes de ejecutarel monto de un endeudamiento, que ya ha sido reprogramado, se requiere de laopinin favorable del Congreso de la Repblica y de la opinin favorable del BancoCentral, quien ya emiti su opinin, el Congreso o la Comisin Delegada no existe eneste momento, sino que existe la Asamblea Nacional Constituyente, la Asambleaest facultada para asumir las funciones de la Comisin Delegada o bien delCongreso de la Repblica. En uso de esas facultades se nos solicita que emitamosuna opinin sobre las condiciones financieras de estas operaciones de crditopblico, que son las siguientes:

    La primera se trata de un programa de financiamiento y obras deinfraestructura del sector agrcola, por un monto de cien mil millones de bolvares(Bs. 100.000.000.000,00).

    La segunda est destinada a un plan especial de viviendas , por unmonto de docientos mil trecientos setenta y siete millones de bolvares(200.377.000.000,00). En fundamento a esta solicitud, es lo dispuesto en el artculo

    9, parte primera del Decreto con fuerza de Ley N 279. Estos son los cuatro casos,dos de reprogramacin y dos de solicitudes de opinin para la ejecucin del monto.La quinta solicitud, se trata de una ley propia, de una ley especial deendeudamiento, y que est basada y autorizada en el sentido de que cubierto el techodel monto del endeudamiento, un nuevo endeudamiento slo es posible ensituaciones de calamidad. En base a eso es que se hace esta Ley de Crdito Pblicopara atender las calamidades que se han producido por las lluvias desde el mes dediciembre hasta el da de hoy. El monto es de seis cientos noventa y siete mil millones

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    de bolvares (Bs. 697.000.000.000,00). Para aprobar esta Ley hay que darle todo elprocedimiento de formacin de las leyes que establece la Constitucin Nacional.

    Se trata de traer el planteamiento, darle una primera discusin al Proyecto deLey, que en esa primera discusin tenemos que profundizar en la exposicin demotivos en las razones que fundamentan la solicitud por parte del Ejecutivo, el

    alcance, los montos y ver los artculos.

    Sin embargo, establece la propia Constitucin que nosotros debemos remitirlaa una Comisin que debe estudiarla y debe presentar un informe. En una segundareunin, que es la segunda discusin, debe ser sobre la base del informe presentadopor la Comisin designada. La Junta Directiva le propone a ustedes, ya que hemosestudiado estos planteamientos, que llevamos como Directiva a la Comisin deCoordinacin todo el anlisis de estas solicitudes y, conjuntamente, Directiva yComisin Coordinadora, acordamos proponerle a la plenaria de la Asamblea laaprobacin de las solicitudes que el Gobierno est haciendo.

    Aprobar, en primer trmino, la solicitud sobre la opinin favorable con relacina las operaciones de crdito pblico mencionadas, que son dos. Aprobar la opininsobre la reprogramacin de la autorizacin de endeudamiento contempladas tambinen estas dos solicitudes, y que nosotros aprobemos, en primera discusin, el Proyectode Ley de Endeudamiento que est siendo presentado y que lo remitamos a unacomisin que designe esta Asamblea Nacional Constituyente.

    Traemos ya el Proyecto de Decreto redactado, pero antes de darle lectura esnecesario someter a la consideracin de la plenaria estos planteamientos. De haberun consenso votaramos cada una de las solicitudes, una por una, dando lectura alDecreto que estamos sometiendo a consideracin.

    EL PRESIDENTE.-En consideracin las Proposiciones que estn sobre las mesa,presentadas por la Comisin Coordinadora que se reuni en la tarde de hoy,conjuntamente con la Junta Directiva. (Pausa). Si ningn Constituyente va a haceruso de la palabra, se va a dar lectura, una por una, a las Proposiciones con surespectivo acuerdos.

    Tiene la palabra (El Constituyente) Aristbulo Istriz.

    CONSTITUYENTE ISTRIZ (ARISTBULO).-Los dos primeros casos estn referidosa la solicitud de opinin sobre Condiciones Financieras de Operaciones de CrditoPblico. El primero de ellos es referido, al Programa de Financiamiento y obras de

    infraestructura del sector agrcola, por un monto de cin mil millones de bolvares(Bs. 100.000.000.000,00).

    El segundo, un Plan Especial de Viviendas, por un monto de Docientos milmillones de bolvares (200.000.000,00). ?

    Voy a dar lectura al primer Decreto.

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    ASAMBLEA NACIONALCONSTITUYENTE

    En ejercicio del Poder Constituyente originario otorgado por el Pueblo

    soberano de Venezuela, en referndum aprobado el 25 de abril de 1999, paratransformar el Estado y crear un nuevo ordenamiento jurdico que permita elfuncionamiento efectivo de una democracia social y participativa, en concordancia conlo establecido en el artculo 1 de su Estatuto de Funcionamiento y en el artculo 2del Decreto mediante el cual se dicta la reforma parcial del Decreto de Regulacin delas funciones del Poder Legislativo, publicado en la Gaceta Oficial de la Repblica N36.776 del 31 de agosto de 1999,

    Considerando:

    Que el Ejecutivo Nacional, por rgano del Ministerio de Finanzas, mediante

    comunicacin N F-010 del 12-1-2000 ha solicitado opinin a la Asamblea NacionalConstituyente, sobre las condiciones financieras de la operacin de crdito pblicointerno de la Repblica, consistente en la emisin de bonos de la deuda pblicanacional hasta por un monto de cien mil millones de bolvares (Bs. 100.000.000.000),para destinarlo a Programas de financiamiento y obras de infraestructura delsector agrcola a ser ejecutados por el Ministerio de la Produccin y elComercio, conjuntamente con el Ministerio de Finanzas, a travs del Fondo deDesarrollo Agropecuario, Pesquero, Forestal y Afines, condiciones financierasque se expresan en dicha comunicacin;

    Que la operacin de crdito pblico interno de la Repblica sobre cuyascondiciones financieras se solicita la opinin de la Asamblea Nacional Constituyente,corresponden a la reprogramacin de los recursos contemplados en el artculo 3 delDecreto N 279, publicado en Gaceta Oficial de la Repblica, N 36.775 del 30 deagosto de 1999 (Decreto con rango y fuerza de Ley de reforma parcial del Decreto N151 con rango y fuerza de Ley, que autoriza al Ejecutivo nacional para la contrataciny ejecucin de operaciones de crdito pblico, durante el ejercicio fiscal 1999,publicado en la Gaceta Oficial de la Repblica de Venezuela N 36.718 de fecha 8 de

    junio de 1999), y que se ha acompaado a la mencionada solicitud con losdocumentos en los cuales constan opiniones favorables impartidas por lasComisiones permanentes de Finanzas de las Cmara del entonces existenteCongreso de la Repblica de Venezuela, as como opinin favorable sobre el mismoasunto del Banco Central de Venezuela;

    Que evaluadas las condiciones financieras de la operacin de crdito pblicoobjeto de la solicitud de opinin, se ha encontrado que cumple los trminos decontratacin y desembolso de este tipo de negociacin,

    Acuerda:

    Emitir opinin favorable sobre la operacin de crdito pblico interno a que se

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    contrae la solicitud del Ejecutivo nacional, en los siguientes trminos:

    Contratacin.

    Emisor: Repblica de Venezuela.

    Monto: Bs. 100.000.000.000,00

    Estructura de la emisin: Se estiman cinco (5) clases, cuyos montos se definirn almomento de su colocacin.

    Plazo de amortizacin: Las clases tendrn vencimientos a partir de la fecha deemisin en lapsos semestrales, desde doce (12) meses y hasta treinta y seis (36)meses.

    Inters: La tasa de inters nominal del primer cupn ser fijada por el Ministerio deFinanzas en el momento de la colocacin, tomando en consideracin las condiciones

    financieras vigentes en el mercado.

    Porcentaje de referencia: El porcentaje de referencia que se utilizar para fijar lastasas de los cupones siguientes, ser el equivalente del que resulte de dividir la tasanominal del primer cupn entre la Tasa Activa del Mercado (TAM) vigente a la fechade colocacin del Ttulo. El porcentaje de referencia que se establezca en la primeracolocacin de cada clase deber regir en cada clase hasta su vencimiento. La tasa deinters aplicable a un trimestre dado, ser calculada multiplicando el porcentaje dereferencia por la Tasa activa del Mercado (TAM) vigente, cinco (5) das hbilesbancarios antes del vencimiento del perodo trimestral anterior.

    Por Tasa Activa de Mercado (TAM) se entiende la tasa de inters anualpromedio, ponderada en el mercado nacional de las operaciones activas pactadas porlos seis (6) principales bancos comerciales o universales del pas con mayor volumende depsito, suministrada por el Banco Central de Venezuela.

    Cupn: Variable, revisable trimestralmente y pagadero por trimestres vencidos. Elprimer cupn de cada clase ser determinado de comn acuerdo entre el Ministeriode Finanzas y el Banco Central de Venezuela a condiciones de mercado,mantenindoseel mismo fijo por todo el perodo trimestral.

    Amortizacin: un nico pago al vencimiento de cada clase,

    Forma de colocacin: a la par, con prima o a descuento.

    Otras condiciones: debern ser colocados en el mercado por el Banco Central deVenezuela o cualquier otra persona natural o jurdica autorizada por ste.

    Los bonos podrn ser utilizados a su vencimiento para el pago de impuestos ocontribucin nacional. Los bonos podrn ser Ttulos desmaterializados emitidos

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    mediante procedimientos electrnicos o similares.

    Dado, firmado y sellado en la sede de la Asamblea Nacional Constituyente enCaracas a los dieciocho das del mes de enero del ao dos mil. Ao 188 de laIndependencia y 140 de la Federacin.

    Luis MiquilenaPresidente

    Isaas RodrguezPrimer Vicepresidente

    Aristbulo IstrizSegundo Vicepresidente

    Los secretarios,Elvis Amoroso y Alejandro Andrade

    EL PRESIDENTE.-En consideracin el Acuerdo ledo. Si no hay objecin se va a

    dar por aprobado (Pausa). Aprobado.

    - b -

    CONSTITUYENTE ISTRIZ (ARISTBULO).- (Lee): Acuerdo N 2.

    LA ASAMBLEA NACIONALCONSTITUYENTE

    En ejercicio del Poder Constituyente originario otorgado por el Pueblosoberano de Venezuela, en referendo aprobado el 25 de abril de 1999, paratransformar el Estado y crear un nuevo ordenamiento jurdico que permita elfuncionamiento efectivo de una democracia social y participativa, en concordancia conlo establecido en el artculo 1 de su Estatuto de Funcionamiento y en el artculo 2del Decreto mediante el cual se dicta la reforma parcial del Decreto de Regulacin delas Funciones del Poder Legislativo, publicado en Gaceta Oficial de la Repblica N36.776 del 31 de agosto de 1999.

    Considerando:

    Que el Ejecutivo nacional, por rgano del Ministerio de Finanzas, mediantecomunicacin N F-012 del 12-1-2000, ha solicitado opinin a la Asamblea NacionalConstituyente sobre las condiciones financieras de la operacin de crdito pblico porparte de la Repblica, consistente en la colocacin de bonos de la deuda pblicanacional, por un monto de doscientos mil trescientos setenta y siete millonesnovecientos cuarenta y cuatro mil ciento noventa y ocho bolvares(Bs. 200.377.944.198,00) ? para el financiamiento del Plan Especial de Vivienda aser ejecutado por el Ministerio de Infraestructura;

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    Que la operacin de crdito pblico interno de la Repblica sobre cuyascondiciones financieras se solicita la opinin de la Asamblea Nacional Constituyentecorresponden a la reprogramacin de los recursos contemplados inicialmente en elartculo 3 del Decreto N 279, publicado en Gaceta Oficial de la Repblica N 36.775del 30 de agosto de 1999 (Decreto con rango y fuerza de ley de reforma parcialmente

    del Decreto N 151 con rango y fuerza de ley, que autoriza al Ejecutivo nacional parala contratacin y ejecucin de operaciones de crdito pblico durante el ejercicio fiscalde 1999, publicado en la Gaceta Oficial de la Repblica de Venezuela N 36.718, defecha 8 de junio de 1999), y que se ha acompaado a la solicitud con los documentosen los cuales constan opiniones favorables impartidas por parte de las Comisionespermanentes de Finanzas de las Cmaras del entonces existente Congreso de laRepblica de Venezuela a la referida reprogramacin, ambas de fecha 18-11-99, ascomo opinin favorable del Banco Central de Venezuela sobre el mismo asunto, defecha 30-11-99;

    Que evaluadas las condiciones financieras de la operacin de crdito pblico

    objeto de la solicitud de opinin, se ha encontrado que cumplen los trminos decontratacin y desembolso de este tipo de negociacin,

    Acuerda:

    Emitir opinin favorable sobre la operacin de crdito pblico interno a que secontrae la solicitud del Ejecutivo nacional, en los siguientes trminos:

    Emisor: Repblica de Venezuela.

    Monto: Bs 200.367.944.198,00

    Estructura de la emisin: Se estiman cinco (5) clases cuyos montos se definirn almonto de su colocacin.

    Plazos de amortizacin: Las clases tendrn vencimiento a partir de la fecha deemisin en lapsos semestrales desde doce (12) meses y hasta treinta y seis (36)meses.

    Inters: La tasa de inters nominal del primer cupn ser fijada por el Ministerio deFinanzas en el momento de la colocacin, tomando en consideracin las condicionesfinancieras vigentes en el mercado. Dicha tasa debe minimizar el descuento en elprecio de negociacin de los Ttulos.

    Porcentaje de referencia: El porcentaje de referencia que se utilizar para fijar lastasas de los cupones siguientes ser el equivalente del que resulte de dividir la tasanominal del primer cupn entre la tasa activa del mercado (TAM) vigente a la fecha decolocacin del ttulo. El porcentaje de referencia que se establezca en la primeracolocacin de cada clase deber regir en cada clase hasta su vencimiento. La tasa deinters aplicable a un trimestre dado ser calculada multiplicando el porcentaje dereferencia por la tasa activa del mercado (TAM) vigente, cinco (5) das hbiles

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    bancarios antes del vencimiento del perodo trimestral anterior.

    Por tasa activa de mercado (TAM) se entiende: la tasa de inters anualpromedio ponderada en el mercado nacional de las operaciones activas pactadas porlos seis (6) principales bancos comerciales o universales del pas con mayor volumende depsito, suministrada por el Banco Central de Venezuela.

    Cupn: Variable, revisable trimestralmente y pagadero por trimestres vencidos. Elprimer cupn de cada clase ser determinado de comn acuerdo entre el Ministeriode Finanzas y el Banco Central de Venezuela a condiciones de mercado,mantenindose el mismo fijo por todo el perodo trimestral.

    Amortizacin: Un nico pago al vencimiento de cada clase.

    Forma de colocacin: A la par, con prima o a descuento.

    Otras condiciones: Debern ser colocados en el mercado por el Banco Central de

    Venezuela o cualquier otra persona, natural o jurdica, autorizados por ste.

    Los bonos podrn ser utilizados a su vencimiento para el pago de impuesto ocontribucin nacional.

    Los bonos podrn ser Ttulos desmaterializados emitidos medianteprocedimientos electrnicos o similares.

    Dado, firmado y sellado en la sede de la Asamblea Nacional Constituyente, enCaracas a los dieciocho das del mes de enero del ao 2000. Ao 188 de laIndependencia y 140 de la Federacin.

    Luis MiquilenaPresidente

    Isaas RodrguezPrimer Vicepresidente

    Aristbulo IstrizSegundo Vicepresidente

    Los secretarios,Elvis Amoroso y Alejandro Andrade

    EL PRESIDENTE.-En consideracin el Acuerdo ledo. Se va a cerrar el debate.(Pausa). Cerrado. Los que estn de acuerdo con aprobar el Acuerdo ledosrvanse manifestarlo con la seal de costumbre. (Pausa). Aprobado.

    - c

    CONSTITUYENTE ISTRIZ (ARISTBULO).-Vamos ahora a darle lectura a los dosdecretos relacionados con los casos de reprogramacin y autorizacin deendeudamiento.(Lee):

    LA ASAMBLEA NACIONAL

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    CONSTITUYENTE

    En ejercicio del Poder Constituyente originario otorgado por el Pueblosoberano de Venezuela, en referendo aprobado el 25 de abril de 1999, paratransformar el Estado y crear un nuevo ordenamiento jurdico que permita elfuncionamiento efectivo de una democracia social y participativa, en concordancia con

    lo establecido en el artculo 1 de su Estatuto de Funcionamiento y en el artculo 2del Decreto mediante el cual se dicta la reforma parcial del Decreto de Regulacin delas Funciones del Poder Legislativo, publicado en Gaceta Oficial de la Repblica N36.776 del 31 de agosto de 1999,

    Considerando:

    Que el Ejecutivo nacional, por rgano del Ministerio de Finanzas, mediantecomunicacin N F-011 del 12-1-2000, ha solicitado opinin a la Asamblea NacionalConstituyente, sobre la reprogramacin de contratacin y desembolsos por un montode cinco mil millones de bolvares (Bs. 5.000.000.000,00) del monto total autorizado

    en el artculo 3 del Decreto N 279, publicado en Gaceta Oficial de la Repblica N36.775 del 30 de agosto de 1999 (Decreto con rango y fuerza de ley de ReformaParcial del Decreto N 151 con rango y fuerza de ley que autoriza al Ejecutivonacional para la contratacin y ejecucin de operaciones de crdito pblico durante elejercicio fiscal de 1999, publicado en la Gaceta Oficial de la Repblica de VenezuelaN 36.718, de fecha 8 de junio de 1999);

    Que la reprogramacin solicitada obedece a la necesidad de realizaroperaciones de crdito pblico para el financiamiento del Proyecto de ActualizacinTecnolgica, a cargo del Ministerio de la Secretara de la Presidencia y a serejecutado por la C.A. Venezolana de Televisin, Canal 8;

    Que el fin al cual se destinarn los fondos cuya reprogramacin se solicita,reviste de un inters pblico de mucha significacin para recuperar la capacidadtecnolgica de gestin de la empresa del Estado C.A. Venezolana de Televisin,Canal 8, y que dicha reprogramacin no representa aumento del monto totalautorizado para contrataciones y desembolsos del respectivo ejercicio fiscal,

    Acuerda:

    Emitir opinin favorable sobre la reprogramacin planteada por el Ejecutivonacional en los siguientes trminos:

    Contratacin:(artculo 3) Bolvares cinco mil millones (Bs. 5.000.000.000,00). Para:Proyecto de Actualizacin Tecnolgica de la C.A. Venezolana de Televisin, (Canal8)

    Desembolso:De: Pago del servicio de la deuda pblica externa e interna de la Repblica y gestinfiscal 1999 (artculo 3) Bolvares cinco mil millones (Bs. 5.000.000.000,00)

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    Para: Proyecto de Actualizacin Tecnolgica de la C.A. Venezolana de Televisin,(Canal 8) Bolvares cinco mil millones (Bs. 5.000.000.000,00).

    Dado, firmado y sellado en la sede de la Asamblea Nacional Constituyente, enCaracas a los dieciocho das del mes de enero del ao 2000. Ao 188 de la

    Independencia y 140 de la Federacin.

    Luis MiquilenaPresidente

    Isaas RodrguezPrimer Vicepresidente

    Aristbulo IstrizSegundo Vicepresidente

    Los secretarios,

    Elvis Amoroso y Alejandro Andrade

    EL PRESIDENTE.-En consideracin el Acuerdo ledo. Se va a cerrar el debate.(Pausa). Cerrado. Los que estn de acuerdo con aprobar el Acuerdo ledosrvanse manifestarlo con la seal de costumbre. (Pausa). Aprobado.

    CONSTITUYENTE ISTRIZ (ARISTBULO).- (Lee):

    - d -

    LA ASAMBLEA NACIONALCONSTITUYENTE

    En ejercicio del Poder Constituyente originario otorgado por el Pueblosoberano de Venezuela en referendo aprobado el 25 de abril de 1999, paratransformar el Estado y crear un nuevo ordenamiento jurdico que permita elfuncionamiento efectivo de una democracia social y participativa, en concordancia conlo establecido en el artculo 1 de su Estatuto de Funcionamiento y en el artculo 2del Decreto mediante el cual se dicta la reforma parcial del Decreto de Regulacin delas Funciones del Poder Legislativo, publicado en Gaceta Oficial de la Repblica N36.776 del 31 de agosto de 1999,

    Considerando:

    Que el Ejecutivo nacional, por rgano del Ministerio de Finanzas, mediantecomunicacin N F-013 del 12-1-2000, ha solicitado a la Asamblea NacionalConstituyente opinin sobre la modificacin de contratacin y desembolso por unmonto de veinte mil ochocientos cincuenta millones de bolvares(Bs. 20.850.000.000,00) del monto total autorizado en el artculo 3 del Decreto N279 publicado en Gaceta Oficial de la Repblica N 36.775 del 30 de agosto de 1999(Decreto con rango y fuerza de Ley de reforma parcial del Decreto N 151, con rango

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    y fuerza de Ley, que autoriza al Ejecutivo nacional para la contratacin y ejecucin deoperaciones de crdito pblico durante el ejercicio fiscal de 1999, publicado en laGaceta Oficial de la Repblica de Venezuela N 36.718, de fecha 8 de junio de 1999);

    que la reprogramacin solicitada obedece a la necesidad de destinar el montosealado a operaciones de crdito pblico para la ejecucin de la segunda

    distribucin de recursos de los Proyectos Especiales, 1a. Fase, anunciados por elciudadano Presidente de la Repblica, a ser ejecutado por el Ministerio deInfraestructura, Ministerio de Salud y Desarrollo Social, Ministerio del Ambiente yRecursos Naturales y el Ministerio de Finanzas, a travs de organismos ejecutoresadscritos a dichos despachos, y que han acompaado a la solicitud cuadro-resumende la distribucin de recursos correspondientes a la 1a. Fase de los ProyectosEspeciales, as como comunicaciones emanadas de los organismos que tienenasignada la ejecucin de dichos proyectos;

    Que el fin al cual se destinarn los fondos cuya reprogramacin sesolicita, reviste un inters pblico de mucha significacin para enfrentar de

    manera efectiva y eficiente las consecuencias de la catstrofe ocurrida en elpas y que dicha reprogramacin no representa aumento del monto totalautorizado para contrataciones y desembolsos del respectivo ejercicio fiscal,

    Acuerda:

    Emitir opinin favorable sobre la reprogramacin planteada por el Ejecutivonacional en los siguientes trminos:

    Contratacin:

    De: Pago de servicio de la deuda pblica externa e interna de la Repblica y gestinfiscal 1999 (artculo 3): Veinte mil ochocientos cincuenta millones de bolvares(Bs 20.850.000.000,00).Para: Proyectos Especiales, 1a. Fase: veinte mil ochocientos cincuenta millones debolvares (Bs.20.850.000.000,00).

    Desembolsos

    De: Pago de servicio de la deuda pblica externa e interna de la Repblica y gestinfiscal 1999 (artculo 3): veinte mil ochocientos cincuenta millones de bolvares(Bs. 20.850.000.000,00).

    Para: Proyectos Especiales, 1a. Fase: Veinte mil ochocientos cincuenta millones debolvares (Bs. 20.850.000.000,00)

    Dado, firmado y sellado en la sede de la Asamblea Nacional Constituyente, enCaracas, a los dieciocho das del mes de enero del ao dos mil. Ao 188 de laIndependencia y 140 de la Federacin.

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    Luis MiquilenaPresidente

    Isaas RodrguezPrimer Vicepresidente

    Aristbulo IstrizSegundo Vicepresidente

    Los secretarios,Elvis Amoroso y Alejandro Andrade

    EL PRESIDENTE.-En consideracin el Acuerdo ledo. (Pausa). Se va a cerrar eldebate. (Pausa). Cerrado. Los constituyentes que estn de acuerdo con elmismo, que lo manifiesten con la seal de costumbre. (Pausa). Aprobado.

    Contine, ciudadano Segundo Vicepresidente.

    CONSTITUYENTE ISTRIZ (ARISTBULO).- (Lee):

    - e -

    Ley Especial de crdito pblico para atenderla calamidad por Bolvares Seiscientos noventa y siete mil millones

    (Bs. 697.000.000.000,00)

    Procedimiento: El establecido en la Constitucin de la Repblica Bolivariana deVenezuela.

    Fundamento: Ley Orgnica del Crdito Pblico, artculo 3, ltimo aparte.

    Exposicin de motivos: Proyecto de Ley Especial que autoriza al Ejecutivo Nacionalpara la contratacin y ejecucin de operaciones de crdito pblico destinadas afinanciar programas, proyectos y gastos extraordinarios para atender las calamidadespblicas, consecuencia de la catstrofe nacional producida por las constantesprecipitaciones de lluvia, de proporciones inusuales.

    En cumplimiento a lo previsto en el artculo 312 de la Constitucin de laRepblica Bolivariana de Venezuela y el artculo 3 de la Ley Orgnica de CrditoPblico, con fundamento en el artculo 2 del Decreto mediante el cual se dicta lareforma parcial del Decreto de Regulacin de las Funciones del Poder Legislativo,publicado en la Gaceta Oficial de la Repblica Bolivariana de Venezuela, se presentaa consideracin de la Asamblea Nacional Constituyente, el Proyecto de Ley Especial

    que autoriza al Ejecutivo nacional para la contratacin y ejecucin de operaciones decrdito pblico destinadas a financiar programas, proyectos y gastos extraordinariospara atender las calamidades pblicas consecuencia de la catstrofe nacionalproducida por la constantes precipitaciones de lluvia, de proporciones inusuales, elcual contempla un monto de contratacin y desembolso por la cantidad de Milmillones de dlares de los Estados Unidos de Amrica ($ 1.000.000.000,00),equivalente a seis cientos noventa y seis mil millones de bolvares (Bs.696.000.000.000,00), calculados a la tasa de cambio referencial de seiscientos

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    noventa y siete bolvares por dlar (Bs. 697,00/ $ 1,00) de los Estados Unidos deAmrica, destinado al financiamiento de diversos programas, proyectos y gastosextraordinarios en un lapso de hasta dos aos, a partir de la entrada en vigencia de laLey respectiva.

    Es menester sealar que la presente Ley tiene como objetivo crear las bases

    legales que faciliten el financiamiento de programas, proyectos y gastosextraordinarios que permitan mitigar las consecuencias producidas por laslamentables prdidas de vidas de los ciudadanos, de los bienes pblicos y privados,as como la paralizacin de servicios pblicos y actividades, ocurrida a raz de lasfuertes precipitaciones de lluvia durante el mes de diciembre.

    Igualmente se deben implementar todas las previsiones y medidasnecesarias para atender las necesidades de la poblacin afectada por lasituacin climtica que ha originado una catstrofe nacional.

    El inicio de nuevas obras de infraestructura vial, la posibilidad de suministrar a

    la poblacin afectada de los bienes y servicios necesarios para reincorporarse a laactividad social y econmica, as como la culminacin de los proyectos que serequieren, debe asumirse mediante responsabilidades compartidas, requirindose lacaptacin de fondos de origen municipal, estadal o nacional; el aporte deorganizaciones privadas o pblicas; financiamiento de instituciones financierasvenezolanas, extranjeras e internacionales; la creacin de contribuciones especialesque financien una porcin importante de dichas infraestructuras, servicios y bienes.

    Por lo tanto la presente Ley va a estimular el desarrollo de las necesidadesantes descritas.

    Como aspecto a resaltar, se debe sealar que la presente Ley forma parte deun plan integral, a travs del cual el Ejecutivo nacional est llevando a cabo unprograma duradero que permita no slo la insercin de la poblacin afectada a lasactividades sociales, culturales y econmicas, sino que asegure el desarrolloconstante y duradero de las comunidades, as como la creacin de nuevas fuentes deproduccin.

    Ley Especial que autoriza al Ejecutivo nacionalpara la contratacin y ejecucin

    de operaciones de crdito pblicodestinadas a financiar programas,

    proyectos y gastos extraordinarios,

    para atender las calamidades pblicas,consecuencia de la catstrofe nacional

    producida por las constantes precipitacionesde lluvia, de proporciones inusuales

    Artculo 1.-Se autoriza al Ejecutivo nacional para que dentro de los dos aossiguientes a la promulgacin de esta Ley, celebre operaciones de crdito pblico,tanto de naturaleza interna como externa, necesarias para financiar programas,

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    proyectos y hacer frente a gastos extraordinarios, como consecuencia de la catstrofepblica, hasta por la cantidad de Mil Millones de dlares de los Estados Unidos de

    Amrica (($ 1.000.000.000,00), equivalente a seiscientos noventa y siete mil millonesde bolvares (Bs. 697.000.000.000,00), calculados a la tasa de cambio referencial deseis cientos noventa y siete bolvares por dlar (Bs. 697,00 / $ 1,00) de los EstadosUnidos de Amrica.

    Artculo 2.-Las divisas provenientes de las operaciones de crdito pblicoautorizadas en la presente Ley y con fundamento a la Ley Orgnica de CrditoPblico, sern vendidas al Banco Central de Venezuela a la tasa de cambiocorrespondiente, salvo que el Ejecutivo nacional instruya a las institucionesfinancieras, segn sea el caso, para que mediante pagos en el exterior las apliquendirectamente a las finalidades contempladas en esta Ley.

    Tales recursos, as como los que se obtengan en moneda nacional, productode las operaciones autorizadas en esta Ley, se podrn destinar a fideicomisos en elexterior y en la Repblica Bolivariana de Venezuela, en las instituciones financieras

    prestamistas o en los bancos agentes de dichas operaciones u otras modalidadessimilares, destinadas a pagar obligaciones de la Repblica.

    Artculo 3.-El Ejecutivo nacional, en ejecucin de las autorizaciones otorgadas, podrcontratar prstamos con instituciones financieras nacionales, extranjeras ointernacionales, emitir y colocar ttulos de la deuda pblica en los mercados internos oexternos, denominados en bolvares o en divisas; emitir pagars, aceptar letras decambio y, en general, suscribir cualquier contrato que se requiera, a los fines delograr el objeto de las autorizaciones dadas en esta Ley.

    Artculo 4.-Los Ttulos de Deuda Pblica podrn ser nominativos o al portador,negociable o no, colocados a su valor par, con descuento o con prima; rescatadosantes de su vencimiento mediante sorteo; adquiridos en los mercados financieros einscritos en cualquier bolsa de valores en Venezuela o en el exterior; podrn serdados en pago de deudas existentes a los acreedores respectivos y, al ser aceptadospor stos, se extinguirn dichas obligaciones; a su vencimiento sern aceptados parael pago de cualquier tributo nacional.

    En los Decretos de Emisin de Ttulos se establecern las denominaciones,plazos, tasas de inters, monedas y dems condiciones, trminos, caractersticas ydems particularidades de dichos documentos, segn corresponda, o lasdeterminaciones que se requieran en los casos de ttulo desmaterializados, emitidosmediante procedimientos electrnicos o similares.

    Artculo 5.-Los Ttulos de la deuda pblica que se emitan de conformidad con estaLey, quedan exentos de impuestos nacionales.

    Artculo 6.-Los costos financieros y los de seguros de crditos de las operacionesamortizadas en esta Ley sern por cuenta de la Repblica. Tales costos podrn serfinanciados mediante las operaciones a las que estn referidos.

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    Artculo 7.-El Ejecutivo nacional, por rgano del Ministerio de Finanzas, podrcelebrar las operaciones autorizadas en esta Ley en los trminos y condiciones queconsidere apropiados.

    Artculo 8.-En los casos que la Repblica transfiera a los organismos de laadministracin pblica descentralizada los fondos obtenidos por las operaciones que

    realice, de acuerdo con la autorizacin prevista en esta Ley, el Ejecutivo nacionaldeterminar si mantiene, cede, remite o capitaliza total o parcialmente las acreenciasen los trminos y condiciones que ste determine.

    Artculo 9.-Se autoriza mediante la presente Ley los crditos presupuestariosnecesarios correspondientes a la Ley de Presupuesto.

    EL PRESIDENTE.-En consideracin el texto del Acuerdo ledo. (Pausa). Tiene lapalaba el Constituyente Isaas Rodrguez.

    CONSTITUYENTE RODRGUEZ (ISAAS).-Seor Presidente, seores Constituyentes.

    Vamos a hacer referencia, especficamente, a los artculos de la Constitucin queestablecen el procedimiento con el cual nosotros podemos aprobar una Ley Especialde esta naturaleza.

    El artculo 312 de la Constitucin Bolivariana, seala lo siguiente:

    La ley fijar lmites al endeudamiento pblico, de acuerdo con un nivelprudente, en relacin con el tamao de la economa, la inversin reproductiva y lacapacidad de generar ingresos para cubrir el servicio de la deuda pblica.

    Especficamente en el prrafo que viene, se trata el punto de la Ley Especialque estamos considerando:

    Las operaciones de crdito pblico requerirn para su validez, una leyespecial que las autorice, salvo las excepciones que establezca la Ley Orgnica. LaLey Especial indicar

    Como est establecido, tal como lo ley el Constituyente Aristbulo Istriz:

    las modalidades de las operaciones y autorizar los crditos presupuestarioscorrespondientes en la respectiva Ley de Presupuesto.

    La Ley Especial de endeudamiento anual, ser presentada a la Asamblea

    Nacional, conjuntamente con la Ley de Presupuesto. El Estado no reconocer otrasobligaciones que las contradas por rganos legtimos del Poder Nacional, de acuerdocon la Ley.

    Este artculo 312 hay que leerlo en forma concordada con el artculo 187 queestablece las competencias de la Asamblea Nacional. En ausencia de la AsambleaNacional, esta Asamblea Nacional Constituyente tiene todas las potestades y lacompetencia para asumir esta responsabilidad.

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    Dice el artculo 187:

    Corresponde a la Asamblea Nacional... y en el numeral 6, se establece losiguiente: Discutir y aprobar el presupuesto nacional y todo proyecto de leyconcerniente al rgimen tributario y al crdito pblico, que es la materia que se est

    tratando en este momento.

    El procedimiento para discutir una ley, est previsto en los artculos 207, 208,209 y 211.

    El artculo 207, dice lo siguiente:

    "Para convertirse en ley todo proyecto recibir dos discusiones en dasdiferentes, siguiendo las reglas establecidas en esta Constitucin".

    El artculo 208, dice lo siguiente:

    "En la primera discusin -y esta es la primera discusin- se considerar laexposicin de motivos, la que ha ledo el Vicepresidente Aristbulo Istriz, y seevaluarn sus objetivos, alcance y viabilidad a fin de determinar la pertinencia de laley y se discutir el articulado".

    Es importante este sealamiento de la discusin del articulado porque cuandoleemos el artculo 209, la discusin del articulado para segunda discusin esdiferente.

    Dice: "Recibido el Informe de la Comisin correspondiente, se dar inicio a lasegunda discusin del Proyecto de Ley, la cual se realizar artculo por artculo". Loque quiere decir que en la primera discusin, que sera sta, no hay necesidad dediscutir artculo por artculo sino que se discute el articulado en forma total.

    Contino con el artculo 208:

    "Aprobado en primera discusin el Proyecto ser remitido a la Comisindirectamente relacionada con la materia objeto de la Ley."

    Esto quiere decir que sometido a discusin de esta Plenaria, tanto laExposicin de Motivos como el articulado ledo, si es aprobado en primera discusin,se remitir a una Comisin relacionada con la materia objeto de esta Ley.

    "Las Comisiones que estudien Proyectos de Ley presentarn el Informecorrespondiente, en un plazo no mayor de treinta (30) das consecutivos."

    Es decir, que discutida esta Ley Especial que ha sido sometida a consideracinde esta Plenaria, y aprobados tanto la Exposicin de Motivos como el articulado, debeser remitida a una Comisin la cual tendr un lapso de hasta treinta (30) dasconsecutivos, para presentar el Informe. Es un lapso no un trmino, lo cual indica que

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    se puede presentar el informe dentro o antes de los treinta (30) das.

    El artculo 211 que es el nico que falta por referir seala lo siguiente:

    "La Asamblea Nacional o las Comisiones Permanentes, durante elprocedimiento de discusin y aprobacin de los Proyectos de Ley, consultarn a los

    otros rganos del Estado, a los ciudadanos y ciudadanas y a la sociedad organizadapara or su opinin sobre los mismos. Tendrn derecho de palabra en la discusin delas leyes los Ministros o Ministras, en representacin del Poder Ejecutivo; elMagistrado o Magistrada del Tribunal Supremo de Justicia, a quien este designe enrepresentacin del Poder Judicial; l o la representante del Poder Ciudadano,designado o designada por el Consejo Moral Republicano; los y las integrantes delPoder Electoral; los Estados a travs de un o una representante designado odesignada por el Consejo Legislativo; y, los y las representantes de la sociedadorganizada, en los trminos que establezca el Reglamento de la Asamblea Nacional."

    Estos son todos los artculos que tienen que ver con la Propuesta hecha por el

    Primer Vicepresidente con relacin a la Ley Especial que est en consideracin.

    Estamos entonces, en este momento discutiendo la Exposicin de Motivos y elarticulado, no necesariamente artculo por artculo, para concluir, una vez aprobadoeste Proyecto de Ley, en el pase de este Proyecto de Ley a una Comisin que emitauna opinin a esta Plenaria para la segunda discusin.

    EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el Constituyente Antonio Di Giampaolo.

    CONSTITUYENTE DI GIAMPAOLO (ANTONIO).-Ciudadano Presidente. Quiero hacerdos observaciones. En principio decir que entiendo que un endeudamiento por milmillones de dlares ($ 1.000.000.000,00) es una cifra que quizs sea la primera de lassolicitudes que va a requerirse hacer en Venezuela, para tratar de paliar, en ciertaforma, el drama de los vecinos del Estado Vargas y de otros Estados del pas, enmateria de infraestructura, vivienda y de otros aspectos, por lo cual, obviamente,respaldo esa iniciativa.

    Como observacin quiero hacer una sobre la exposicin de motivos. En laltima lnea de la segunda pgina dice:

    "el desarrollo de las necesidades antes descritas". En todo caso, sera "delas iniciativas", porque se refiere a la posibilidad de estimular precisamente todo loque es la creacin de un Fondo Especial; las contribuciones particulares, las

    contribuciones generales, las contribuciones de los Estados, y la ley no dice porningn lado, nada en torno a eso, adems de hablar de necesidades y no deiniciativas.

    Finalmente, quiero transmitir la opinin que creo tiene mucha gente en la calle,en relacin a lo que fue el impasse con la ayuda militar norteamericana. Quiero decirque hay una percepcin en la cual pareciera no tener mucho sentido recurrir a otroendeudamiento

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    EL PRESIDENTE.- (Interrumpiendo). Est fuera de orden, ciudadano Constituyente.

    CONSTITUYENTE DI GIAMPAOLO (ANTONIO).-Ciudadano Presidente, djemeterminar, adems ya estoy terminando. En relacin a ese tema solamente quiero decirque necesariamente la ayuda que tenga que venir es indispensable recibirla y

    atenderla, y ojal no se cometa una nueva torpeza como esa de desestimar ayudainternacional.

    EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el Constituyente Hermann Escarr.

    CONSTITUYENTE ESCARR (HERMANN).-Honorable Presidente, colegas: Enrealidad de lo que se trata es de una observacin de naturaleza jurdica que me vienepreocupando desde hace das, y ahorita, cuando uno de los Vicepresidentes expresla asuncin de la funcin legislativa de la Constitucin del 99, me pareci que eraoportuno consignar esa reflexin.

    Nosotros diferenciamos lo que son Disposiciones Transitorias de ActosConstituyentes, porque estos ltimos tienen que ver con la supra constitucionalidad yel Poder Originario de la Asamblea y, en consecuencia, no son objeto de referndum.

    Adems, estos Actos Constituyentes se desenvuelven en Actos de Gobierno,de administracin, y Actos Constitucionales, muchos de los cuales estuvimosdesarrollando desde las primeras sesiones de la Asamblea.

    Siendo as que aceptamos esa doctrina constituyente, que no es de aqu sinodel Derecho Comparado Democrtico, se nos cre una situacin de suyo importante:

    Qu ocurra en el momento en que estaba derogada la Constitucin de 1961 yentraba en vigencia la Constitucin del 30 de diciembre de 1999? Acaso habamosperdido la supra constitucionalidad? De haberla perdido podamos seguir ejerciendo

    Actos Constituyentes? Frente a esas preguntas la respuesta no poda ser otra: EstaAsamblea no pierde la supra constitucionalidad porque ella no est dirigida a unaConstitucin en particular. Lo que ocurre es que los Actos Constituyentes tienen queestar en relacin directa con la Constitucin del 99, no pueden violarla, no puedenlesionarla, no pueden amenazarla de lesin en ninguna de sus normas. Entonces, los

    Actos Constituyentes se restringen a lo que es la gobernabilidad y a lo que es lareestructuracin del Estado hasta que finalmente se produzca la relegitimacin de losPoderes.

    Honorable Presidente, en ese contexto de reflexin sugiero que se estudie que

    cuando se asuman las potestades legislativas se haga previo un Acto Constituyente.

    Dicho de otra forma: No parece congruente que entremos directamente en lafuncin legislativa si no se produce el Acto Constituyente previo. De tal manera quese trata de una aspecto de naturaleza ciertamente formal, pero que responde a ladoctrina del Derecho Constituyente que esta Asamblea firmemente ha venidoelaborando, atendiendo a los Principios Democrticos y a los Principios Universalesdel Estado de Derecho.

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    En definitiva, al recordar esta doctrina lo que hago es una sugerencia a efectosde que no tuvisemos ningn tipo de incongruencia ante la necesidad de aprobarestas leyes, que soy el primero en apoyarlas porque son de urgente requerimientopara el funcionamiento del Estado y para la propia gobernabilidad.

    Muchsimas gracias, honorable Presidente, honorables colegas.

    EL PRESIDENTE.-Con el perdn del honorable Constituyente Hermann Escarr, megustara nos dijera en este caso concreto cmo se traduce al cristiano la reflexin queha hecho, cul sera el procedimiento a seguir en este caso, segn su criterio.

    Tiene la palabra el Constituyente Hermann Escarr.

    CONSTITUYENTE ESCARR (HERMANN).-Gracias, honorable Presidente. Paradecirlo en cristiano -tiene razn- la estructura jurdica es piramidal, es una pirmideque no viene de Kelsen, sino en realidad viene de Merkl, de la Escuela Alemana, y

    nosotros lo asumimos universalmente. Eso quiere decir que no solamente hay unanorma superior y una norma inferior para mantener la legalidad, sino que vistohorizontalmente un procedimiento -y este es un procedimiento-, tiene que haber unanorma que funda y tiene que haber una norma operativa que ejecuta. Como se tratade leyes de ejecucin, algunas de crdito pblico, otras de presupuesto, urgentespara la gobernabilidad, es necesario que previamente se dicte el Acto Constituyenteque haga que la Asamblea asuma la funcin legislativa en esa materia. De esta formala legalidad constituyente queda salvaguardada y no sera posible impugnacin niduda ni incertidumbre de ninguna naturaleza.

    De ser aceptado por ustedes, respetuosamente me pongo a la orden parapresentar el papel de trabajo correspondiente.

    Gracias, honorable Presidente.

    EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el Constituyente Mario Isea.

    CONSTITUYENTE ISEA (MARIO).-Ciudadano Presidente, colegas Constituyentes. Heescuchado con atencin el planteamiento del Constituyente Hermann Escarr; sinembargo, pienso que se traduce en una autolimitacin de esta Asamblea que hemosargumentado, de manera continua -y el propio Constituyente Escarr ha sido uno delos principales sostenedores de los argumentos- de las facultades que tiene esta

    Asamblea para actuar en materia de regulacin de los Poderes Pblicos y de realizaractos que en situacin de un vaco en un proceso de transicin, no hay otro

    organismo que los pueda realizar.

    Aprobamos el Presupuesto, y creo que siendo consistentes con ese acto en elcual esta Asamblea aprob el Presupuesto y confiri al ciudadano Presidente de laRepblica atribuciones para modificar y reorientar dicho Presupuesto por lascondiciones que estaba atravesando el pas, tenemos la misma facultad para aprobaren este momento el instrumento legal que se est proponiendo en primera discusin.

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    Creo que s estamos facultados, que no estaramos violando ningn aspectojurdico si aprobamos en primera discusin el Proyecto de Ley en discusin.

    Es todo.

    EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el Constituyente Freddy Gutirrez.

    CONSTITUYENTE GUTIRREZ (FREDDY).-Ciudadano Presidente, colegasConstituyentes. He escuchado tambin con atencin el planteamiento formulado porel Constituyente Hermann Escarr. Creo que lo hace con la mejor voluntad; sinembargo, no comparto su criterio, habida cuenta que hemos dicho desde nuestromomento de instalacin hasta el presente, que estamos facultados para dictar ActosConstituyentes.

    En ese sentido, el acto que estamos aprobando en este instante es un ActoConstituyente en s mismo, es decir, se basta por s solo. El no entenderlo de esamanera significara que Leyes como la que acaba de Proponer el Ejecutivo no

    pudiesen ser aprobadas ni por la Asamblea Constituyente ni por absolutamente nadie.

    Me pregunto entonces: Habra de darse un vaco de Poder Legislativo?Habra de abstenerse el Estado de pronunciar sus leyes porque no hay quien lasapruebe? Pues bien, creo que esta Asamblea Nacional Constituyente estplenamente facultada y tiene potestades para asumir este Acto Constituyente.

    Ciudadano Presidente, en tal sentido propongo que esta Asamblea, en lostrminos y condiciones que han sido planteados por la Junta Directiva, apruebe elProyecto de Ley tal como ha sido sometido a nuestra consideracin.

    EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el Constituyente Gilmer Viloria.

    CONSTITUYENTE VILORIA (GILMER).-Ciudadano Presidente, distinguidos colegas:Creo que la facultad que est ejerciendo la Asamblea Nacional Constituyenteencuadra perfectamente, no slo dentro de la concepcin del carcter originario de lamisma, sino que el artculo 1 del Estatuto de funcionamiento de esta Asamblea nodeja lugar a dudas al respecto.

    No es necesario para realizar actos que deberan llamarse ms bienconstitutivos en vez de constituyentes, de acuerdo con la doctrina, que la propia

    Asamblea est declarndolo a cada instante y a cada momento cuando vaya arealizar cada uno de esos actos. De manera que entendemos que no es necesarioentrar en disquisiciones doctrinarias que solamente apuntan a un formalismo

    tradicional que viene a deformar la esencia y la naturaleza misma de esta Asamblea.

    Por ello dada la urgencia de la situacin planteada y las necesidades que esteProyecto de Ley como todas las que se han propuesto y se van a proponer van acubrir, quiero solicitar a la Asamblea que aprobemos el Proyecto de Ley presentadoen esta primera discusin, en el articulado que la misma establece, en la seguridad deque estamos actuando legtimamente conforme con las normas que regulan elproceso constituyente venezolano, y tambin de acuerdo con la naturaleza misma del

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    acta.

    Con todo el respeto que nos merecen las opiniones del Constituyente HermannEscarr, me parece que en este aspecto no tiene la razn y que la est de parte de laPropuesta misma que se est haciendo. Propongo que aprobemos el articulado.

    Muchas gracias.

    EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el Constituyente Aristbulo Istriz.

    CONSTITUYENTE ISTRIZ (ARISTBULO).-Ciudadano Presidente, colegasConstituyentes. Creo que no es necesario que demos un debate frente a estamateria ante la reflexin que nos ha hecho el Constituyente Hermann Escarr.

    Creo que la materia es muy importante, la gente que est oyendo y viendo estedebate podra confundir las decisiones que hemos tomado. Quisiera dejar claro quelas decisiones que hemos tomado y aprobado son Actos Constituyentes, y que en

    este punto en concreto se trata de una Ley que debe seguir el procedimiento deelaboracin de las leyes que contempla la Constitucin de la Repblica Bolivariana deVenezuela, que hemos aprobado.

    Por eso no debemos desestimar el planteamiento y la reflexin que nos hahecho el Constituyente Hermann Escarr, y propondra con carcter previo losiguiente: Primero, que nos declaremos en sesin permanente; y en segundolugar, que designemos una Comisin conformada por los (Constituyentes)doctores Hermann Escarr, Elas Lpez Portillo, Isaas Rodrguez, Gilmer Viloriay Freddy Gutirrez, y que reunidos aparte nos traigan una Propuesta que nospermita cubrir el planteamiento expuesto por el (Constituyente) doctor Escarrhoy mismo, que nos sirva de encabezamiento y no perdemos absolutamentenada.

    Mientras tanto, seguimos desarrollando la agenda hasta escuchar la Propuestaque nos traiga la Comisin designada.

    Esta es la Proposicin que con carcter previo le hago a la Asamblea.

    Es todo.

    EL PRESIDENTE.-En consideracin la Propuesta con carcter previo delConstituyente Aristbulo Istriz. Tiene apoyo? (Asentimiento). Los ciudadanos

    Constituyentes que estn de acuerdo se servirn manifestarlo con la seal decostumbre. (Pausa). Aprobada por unanimidad.

    En consecuencia, se solicita a la Comisin designada retirarse a trabajar.

    Siguiente punto del Orden del Da, ciudadano Secretario.

    EL SECRETARIO.- (Lee):

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    Designar la Comisin de Reestructuracin del Poder Judicial.

    Es todo, ciudadano Presidente.

    EL PRESIDENTE.-Sobre este particular la Comisin Coordinadora aprob, por unamayora bastante calificada, una Proposicin de integrantes para la Reestructuracindel Poder Judicial.

    Tiene la palabra l Constituyente Elas Lpez Portillo para darle lectura.

    CONSTITUYENTE LPEZ PORTILLO (ELAS).-Ciudadano Presidente, estimadosConstituyentes. Quizs el Acto Constituyente ms importante que se va a decidir oestablecer es el de la designacin de la Comisin de Funcionamiento yReestructuracin del Poder Judicial.

    El pas nacional estaba ansioso de ver que esta AsambleaNacional Constituyente acometiera ese acto trascendental como es lade adecentar el Poder Judicial. En Venezuela exista una sed de justicia. Nohaba un ciudadano que no clamara por esta virtud de la Repblica, como es la sanaadministracin de justicia, y ahora se nos presenta la oportunidad, en este ProcesoConstituyente.

    En la primera etapa se design la Comisin de Emergencia Judicial, lacual tuvo como misin iniciar este proceso de transformacin del PoderJudicial. Indudablemente que esa Comisin despert en toda la Repblica el inters

    y la participacin de todos los venezolanos para ayudar a esta Asamblea a tan difciltarea, como es la de adecentar y tener un Poder Judicial confiable.

    Es por eso que en esta oportunidad -la de esta noche-, que nos toca decidir,esta Comisin que va a continuar esa labor que comenz la Comisin de EmergenciaJudicial, considero que es necesario hacer esta exposicin para que todos los colegasConstituyentes y el pas perciba la importancia trascendental de este acto, y creo queel solo hecho de adecentar y sanear el Poder Judicial, de por s justifica este ProcesoConstituyente.

    Hemos propuesto el nombre de insignes venezolanos, y debo decirles que no

    ha sido tarea fcil. Hemos manejado infinidad de curricula, quizs por el orden de lostreinta (30) o cuarenta (40); sin embargo, despus de una profunda reflexin hemosacordado someter a su consideracin los que a continuacin voy a leer. Algunos deellos, por supuesto, han sido Constituyentes y participaron en el proceso anterior dela emergencia judicial que ya cit, pero es bueno destacar que en los dems queestamos proponiendo fuimos celosos de que los mismos no fueran miembros deningn partido en particular, de que no fueran activistas polticos, para demostrar anteel pas que este Proceso Constituyente, en lo que tiene que ver con el saneamientodel Poder Judicial, no se viera influido, de ninguna manera, por esa tendencia

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    partidista hoy encarnada, entre otras cosas, por el Polo Patritico.

    Hemos querido dar un ejemplo de objetividad y, sobre todo, de independenciaen la seleccin de estas personas, para que ellos con absoluta libertad, sin quetengan la obligacin de acatar alguna lnea partidista o alguna disciplina en particular,puedan llevar adelante tan difcil tarea como es la de reestructurar ese Poder Judicial.

    Adems, ellos asumirn tambin la delicada funcin y ardua labor de laparte administrativa del Poder Judicial, lo que antes era competencia del extintoConsejo de la Judicatura, todo lo que tenga que ver con los tribunales, personal,sueldo, etctera.

    Con este prembulo debo comenzar a presentar los candidatos que vamos asometer a consideracin.

    El primero de ello es el doctor Manuel Quijada, que si bien es cierto es unConstituyente y est vinculado a este Proceso, es un hombre independiente, desde el

    punto de vista del partido no est afiliado a ninguno de esos factores que constituyenel Polo Patritico, y por otra parte, en ese tiempo que estuvo presidiendo la Comisinde Emergencia Judicial demostr su altsima capacidad profesional y sobre todo suidoneidad e independencia en cuanto al proceso que se llev a cabo.

    En segundo lugar, vamos a presentar a otro insigne venezolano, quizs uno delos ms respetados en esta Sala como es el eminente abogado y profesoruniversitario Elio Gmez Grillo (Aplausos). Acadmico, profesor, maestro deabogados, con una trayectoria en el Foro Nacional quizs incuestionable, incluso anivel internacional.

    En tercer lugar estamos presentando a una distinguida abogada, independientetotalmente, que forma parte de una organizacin no gubernamental vinculada con losDerechos Humanos como es la abogada Laurence Quijada. (Aplausos).

    En cuarto lugar la figura del doctor Pedro Guevara, independiente tambin, yactualmente es el Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Central deVenezuela, por supuesto, indiscutible tambin en cuanto a su independencia y a suidoneidad.

    En quinto lugar estamos presentando a la doctora Isabel Fassano (Aplausos).Reconocida abogada del Foro del Distrito Federal y Estado Miranda, independientetambin, con post grados y docente universitaria en esa mxima casa de estudios

    como es la Universidad Central de Venezuela.

    Otro eminente abogado, docente universitario, autor de ms de veinte (20)obras de Derecho, hoy independiente, como es el doctor Alfredo Arismendi;

    y por ltimo, otro eminente jurista y profesor universitario de una vastsimatrayectoria tanto en el foro como en la docencia, como es el autor de muchos temasuniversitarios, me refiero al doctor Chibly Abohuamad Hobaica, sumamente conocido

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    tambin (Aplausos). Estos seran los candidatos principales que tendran estaaltsima responsabilidad como es la de reestructurar el Poder Judicial.

    Como se ve son personas totalmente desvinculadas a la actividad partidista,pero s identificados con este proceso de cambios que tanto anhela y pide el pasnacional.

    En calidad de suplentes estamos proponiendo al doctor Juan Jos Bocaranda,al doctor Jos Chagn Boaiz y a la doctora Carmen Elvigia Borras, y como titular de laInspectora de Tribunales al ya probado abogado Ren Molina, quien al igual queManuel Quijada han demostrado su excelente capacidad profesional para llevaradelante tan difcil tarea, y como suplente del Inspector estamos proponiendo aldoctor Beltrn Haddad, tambin conocido abogado litigante del Foro Nacional.

    En consecuencia, ciudadano Presidente, estos son los candidatos que estoyProponiendo en este acto para tan difcil tarea, y como quiera de cada uno de losdistinguidos Constituyentes tiene la lista en sus respectivos pupitres, solicito que sesometan a consideracin los nombres que acabo de leer.

    Es todo, ciudadano Presidente.

    EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el Constituyente Pedro Ortega Daz.

    CONSTITUYENTE ORTEGA DAZ (PEDRO).-Ciudadano Presidente, amigas y amigosConstituyentes. Comienzo por expresar mi radical y categrico desacuerdo conlas expresiones del Constituyente Lpez Portillo sobre los miembros de lospartidos polticos. Su discriminacin me parece inoportuna e inaceptable, es decir,vamos a crear aqu en lugar de lo que haba, o sea un abuso de los partidos polticos,de unos partidos polticos corruptos establecidos en los gobiernos, vamos aestablecer ahora una situacin contraria: Repudio a los miembros de los partidospolticos.

    Quiero decir que esto es tan arbitrario y tan absurdo, que los que estamosdirigiendo la Asamblea Nacional Constituyente somos miembros de partidos polticos.

    Todos los miembros de la Junta Directiva de esta Asamblea NacionalConstituyente son miembros de partidos polticos. Si los que escogieron esa lista dela reestructuracin judicial se hubieran encontrado con que Chvez todava no eraPresidente de la Repblica, y hubiesen decidido elegir a Hugo Chvez Fras, no lohubiesen hecho porque Hugo Chvez Fras no solamente es miembro de V Repblica,sino que para poder realizar su hazaa de fundar el movimiento que cre, tuvo que

    impulsar una organizacin que por clandestina no dej de ser un partido poltico, nodej de ser un movimiento poltico. El (Movimiento Bolivariano Revolucionario) MBR200 es un partido poltico porque tena finalidades polticas, porque tena objetivos dePoder, porque tena un programa que realizar para Venezuela.

    Los partidos polticos, al menos el Partido Comunista de Venezuela, proclamasu papel de ejemplo de honorabilidad, de honradez y de respetabilidad en estaVenezuela y en esta lucha revolucionaria de Venezuela. No creemos que se puede

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    nombrar una Comisin donde no hayan activistas de los partidos polticos. Es muydistinto -y yo lo dije en mil artculos- el caso del Consejo Nacional Electoral, all s nopuede haber activistas polticos, pero no porque no sean honorables o por esto o porlo otro, sino porque sencillamente iban a ser jueces y parte, porque los partidospolticos son los que van a las elecciones, y entonces ellos van a decidir. En elConsejo Nacional Electoral no puede haber activistas polticos, y era tremendo el

    hecho de que hubiera.

    Dejando constancia en Acta de mi categrico desacuerdo con semejantecriterio, paso a lo concreto: Vamos a votar esa lista, no la conocemos toda, sinembargo la vamos a votar. En la Comisin Coordinadora vot por algunosindependientes, por algunos Propuestos all que no eran de la lista, y expres mi totaldesacuerdo con que se votara por planchas, porque es contrario a la ley y es unaarbitrariedad. Contrario a la ley porque va contra el derecho al voto, y adems porquediscrimina, es decir, viola las disposiciones constitucionales de igualdad ante la ley yde no discriminacin.

    Vot contra el que se votara por bloque, porque si uno tiene seis candidatos yquiere votar por cinco y est en desacuerdo con uno, uno pierde su voto, porque nopuede votar por los cinco y entonces no puede votar porque est en desacuerdo conuno. De tal manera que eso es arbitrario e ilegal y no debe establecerse comoprecedente.

    Sin embargo, no tenemos ninguna razn especial para no votar por esoscandidatos que estn Propuestos. Creamos que haba otros mejores y votamos porellos en la Comisin Coordinadora, pero ya tratndose de ir a elegir aqu y dondeseguramente tambin se votar en bloque, no tenemos una razn especial paraoponernos a esos candidatos. Al contrario, expresamente hemos apoyado a ManuelQuijada, de presidente; a Elio Gmez Grillo, como vicepresidente, y algunos otroscandidatos de all, especialmente a uno que propuso Ral Est que qued desuplente pero queramos que quedara principal y que es el abogado Jos ChagnBoaiz, pero que lo conocimos en la lucha revolucionaria defendiendo presos,haciendo acciones muy positivas y por eso queramos votar por l como principal.

    En definitiva, ciudadano Presidente, con esas observaciones que queremosque consten en Acta, vamos a votar por la lista presentada.

    Es todo, ciudadano Presidente.

    EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el Constituyente Antonio Di Giampaolo.

    CONSTITUYENTE DI GIAMPAOLO (ANTONIO).-Ciudadano Presidente, colegasConstituyentes. Como se recordar, el Constituyente Aristbulo Istriz puso demoda un concepto en diciembre del ao pasado en relacin al trmino "paraconstitucional". En virtud de eso, por supuesto, sobre los nombres no tengo ningunaobjecin por Manuel Quijada, ni con Elio Gmez Grillo, ni Beltrn Haddad, ni con losotros nombres Propuestos como principales y como suplentes, lo que me preocupa esla responsabilidad de esa Comisin de Funcionamiento toda vez que aqu se escogi

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    un Tribunal de Justicia, el cual tiene la responsabilidad del Gobierno de laAdministracin Judicial. Se entiende que es un rgimen transitorio y como rgimentransitorio entiendo que esta Comisin debera tener sus das contados hasta la fechaen que se escoja el Tribunal Supremo de Justicia en forma definitiva, y eso debequedar en alguna parte cuando menos del Acto Constituyente para constitucional ocomo sea, que ha puesto de moda (El Constituyente) Aristbulo Istriz, pero s debe

    quedar porque ocurrira que nos vamos a encontrar como en Per, siete (7) aos conuna Comisin de Emergencia Judicial. No tiene sentido. Si se le pone en el Decreto,en ste o en algn otro el trmino de duracin, creo que la gente estara ms tranquilaen cuando a su duracin ms all obviamente de la honorabilidad de los nombrespropuestos.

    Es todo, ciudadano Presidente.

    EL PRESIDENTE.-Se aclara al Constituyente Di Giampaolo que est definitivamentedeterminado que es totalmente provisional, mientras dura esta situacin, y es verdadlo que dice de que se trata de una facultad del Tribunal Supremo de Justicia, pero

    como en este caso se trata de la remocin de jueces, muchos de los cuales tienenuna instancia a quin recurrir para apelar de la decisin que se tome con l, seconsider lo ms sano e idneo, de acuerdo con el propio Tribunal Supremo deJusticia, que fuera este organismo y dejara en completa libertad y sin poder sercuestionado, a la instancia de apelacin que en este caso sera el Tribunal Supremode Justicia. Ya cuando se vaya a reestructurar el Poder Judicial cuando se trate delnombramiento de jueces mediante los concursos de calificacin de stos, s quedartotalmente en manos del Tribunal Supremo de Justicia todo lo que se refiere a esaestructuracin. De tal manera que se trata de un perodo muy corto del tiempo quehaya de aqu al momento que realicemos las elecciones.

    Tiene la palabra el Constituyente Manuel Vadell.

    CONSTITUYENTE VADELL (MANUEL).-Ciudadano Presidente, colegasConstituyentes. Por adelantado quiero expresar mi acuerdo con la frmulapresentada, pero a la Asamblea quisiera someterle a su consideracin, una actitudque hemos asumido varios Constituyentes. Se ha conversado mucho pero no estdefinitivamente establecido, y creo que en el nimo de quienes posiblemente quedenelegidos para integrar esta Comisin, tambin hay receptividad en el nimo de ellos, yes la siguiente: Que los miembros de la Asamblea Nacional Constituyente, elegidospor cada Estado, aporten opinin a la Comisin que ahora vamos a designar sobre los

    jueces a sustituir o a nombrar en las respectivas entidades federales, por cuanto estosdignos profesionales no pueden, de ninguna manera, tener conocimiento pleno del

    Poder Judicial en cada uno de los Estados y menos de la probidad y capacidad de losabogados de cada una de esas Regiones. No debe tener carcter vinculante laopinin que emitamos los Constituyentes de cada estado hasta el treinta (30) y aundespus de esta fecha porque tenemos un aval moral de la poblacin de cada entidadque nos hace capaces de emitir opinin de manera contundente a esta Comisin.

    Por lo tanto, y lo hago con carcter de Proposicin, que se someta avotacin si debe quedar establecido que la Comisin que vamos a nombrar oiga

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    la opinin de los Constituyentes de cada Estado.

    Es todo. (Aplausos).

    EL PRESIDENTE.-Muy bien, creo que ese es un requisito indispensable y me pareceque es sana la recomendacin y, por supuesto, debe ser acogida particularmente por

    los integrantes de la Comisin, que adems son miembros Constituyentes.

    Tiene la palabra el Constituyente Ral Est.

    CONSTITUYENTE EST (RAL).-Ciudadano Presidente, colegas Constituyentes.Precisamente esa Proposicin del Constituyente Manuel Vadell era la que yo traa,pero a diferencia de ella, considero que s debe ser obligante la consulta quedebe hacer esta Comisin con los Constituyentes electos en cada regin, y esodebe estar establecido en el Decreto.

    As mismo, creo conveniente para mayor pulcritud, para mayor efectividad de

    esta Comisin tan importante, que los candidatos suplentes sean convocados conderecho a voz a las reuniones de esta Comisin.

    Es todo, ciudadano Presidente.

    EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el Constituyente Leonel Jimnez.

    CONSTITUYENTE JIMNEZ (LEONEL).-Ciudadano Presidente, colegasConstituyentes. En relacin con el planteamiento que hizo el Constituyente Antonio DiGiampaolo, la duracin de esta Comisin ser provisional, como usted dice, hastatanto se reforme la Ley de la Corte Suprema de Justicia, ahora Tribunal Supremo, y laLey del Poder Judicial para que el Tribunal Supremo asuma el mandato constitucionalque le da las atribuciones de ejercer, a travs de la Direccin Ejecutiva, las funcionesque cumpla el extinto Consejo de la Judicatura.

    Aun cuando en la anterior ocasin estuve en desacuerdo con algunos de losmiembros de la Comisin que se haba Propuesto, debo manifestar mi pleno respaldoa esta Comisin que est integrada por ilustres juristas venezolanos, presidida por elConstituyente Manuel Quijada, que considero es una ratificacin de la confianza queen l se ha depositado en el seno de esta Comisin. Igualmente al Constituyente ElioGmez Grillo y Laurence Quijada y todos los dems integrantes de esta Comisin.

    Como Constituyente de la provincia tambin respaldo plenamente la

    Proposicin del Constituyente Manuel Vadell con el aadido que hace elConstituyente Ral Est con la precisin de que sea obligatoria para estaComisin la consulta con los Constituyentes de los diferentes estados del pas.

    Es todo, ciudadano Presidente.

    EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el Constituyente Diego Salazar.

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    CONSTITUYENTE SALAZAR (DIEGO).-Ciudadano Presidente, colegasConstituyentes. Con relacin a las ltimas Propuestas que han formulado losConstituyentes Manuel Vadell y Ral Est, entendiendo lo sano del propsito que losanima que es que exista de verdad una gran consulta nacional, que esta Comisinobtenga opiniones de todas las regiones del pas, lo entiendo como algo sano yplausible. Pero no nos olvidemos de una realidad, el da treinta (30) del presente mes

    dejamos de ser Constituyentes y, por lo tanto, cesamos en nuestras funciones. Por lotanto, esta Comisin podr consultarnos como ciudadanos venezolanos, como a todoslos ciudadanos venezolanos que quieran consultar en el proceso que ellos considerenpertinente para la reestructuracin del Poder Judicial.

    De tal manera que Propongo que se apruebe la Comisin tal como fueformulada, que se ve que tiene un gran consenso favorable porque nadie ha emitidoopinin contraria con respecto a los postulados y solicito que se pase a la votacin deesta Comisin con carcter previo.

    Es todo.

    EL PRESIDENTE.- Tiene apoyo el previo? (Asentimiento). Los ciudadanosConstituyentes que estn por aprobar el previo solicitado por el constituyente DiegoSalazar, se servirn manifestar con la seal de costumbre. (Pausa). Aprobado.

    Los ciudadanos Constituyentes que estn por aprobar la Comisin Propuestapor l Constituyente Elas Lpez Portillo, se servirn manifestarlo con la seal decostumbre. (Pausa). Aprobada. (Aplausos).

    Propongo que la juramentacin de esa Comisin quede a cargo de la JuntaDirectiva para que no tengamos que hacer una plenaria especial para ese acto.

    Tiene la palabra el Constituyente Antonio di Giampaolo.

    CONSTITUYENTE DI GIAMPAOLO (ANTONIO).-Ciudadanos Constituyentes. Mequeda todava la duda de la observacin en cuanto a la duracin, es decir Va aestablecerse hasta las elecciones o hasta la modificacin de la ley? Porque la leypuede modificarse dentro de diez aos.

    EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra la Constituyente Iris Varela para un punto deinformacin.

    CONSTITUYENTE VARELA (IRIS).-Ciudadano Presidente, colegas Constituyentes.

    En las Disposiciones Transitorias, especficamente en la cuarta, numeral quinto, dicelo siguiente:

    "Dentro del primer ao contado a partir de su instalacin, la Asamblea Nacionalaprobar: (...). 5) La legislacin referida al Sistema Judicial, la Administracin PblicaNacional, el Poder Ciudadano, el Poder Electoral, la legislacin tributaria, de rgimenpresupuestario y de crdito pblico. Una ley orgnica sobre la defensa pblica. Hastatanto no se sancione dicha ley, la Comisin de Funcionamiento y Reestructuracin del

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    Sistema Judicial estar a cargo del desarrollo y operatividad efectiva del SistemaAutnomo de la Defensa Pblica, a los fines de garantizar el derecho a la defensa.(...)

    Considero que eso da respuesta a la interrogante de si es un ao, porque unavez instalada la Asamblea Nacional se establece el lapso de un ao para aprobar

    dicha ley, que por supuesto la tiene que hacer el rgano legislativo que es laAsamblea Nacional. Al aprobarse la ley, enseguida cesa en sus funciones la ComisinReestructuradora del Poder Judicial.

    Es todo.

    EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el Constituyente Aristbulo Istriz.

    CONSTITUYENTE ISTRIZ (ARISTBULO).-Ciudadano Presidente, colegasConstituyentes. Hemos nombrado la Comisin, pero corresponde a esta plenariadesignar el Presidente y el Vicepresidente. Todos sabemos y estamos ms o menos

    en un consenso de que la Comisin est presidida por el Constituyente ManuelQuijada y sea el doctor Elio Gmez Grillo su vicepresidente.

    Para llenar esa formalidad, Propongo formalmente al Constituyente ManuelQuijada como Presidente y al Constituyente Elio Gmez Grillo como Vicepresidentede la Comisin.

    Es todo.

    EL PRESIDENTE.-Los ciudadanos Constituyentes que estn por aprobar laProposicin formulada por el Constituyente Aristbulo Istriz, se servirn manifestarlocon la seal de costumbre. (Pausa). Aprobada.

    EL SECRETARIO.-Ciudadano Presidente, por Secretara fueron consignadas dosProposiciones, una del Constituyente Manuel Vadell, la cual dice lo siguiente:

    "Que sean consultados los Constituyentes de cada Regin sobre el PoderJudicial, los jueces y abogados a optar".

    Y la Proposicin del Constituyente Ral Est, la cual dice:

    "Que en la Comisin para reestructurar el Poder Judicial sea obligante laconsulta ante los Constituyentes electos y que los suplentes sean convocados con

    derecho a voz a las reuniones de los integrantes de la Comisin de Reestructuracindel Poder Judicial".

    Es todo, ciudadano Presidente.

    EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el Constituyente Manuel Quijada.

    CONSTITUYENTE QUIJADA (MANUEL).-Ciudadano Presidente, colegas

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    Constituyentes. En primer lugar quiero expresar mi agradecimiento a los compaerosConstituyentes por la ratificacin en la Presidencia de esta Comisin nueva, que es lacontinuacin de la Comisin de Emergencia y, al mismo tiempo, quiero dejarconstancia en Acta de la cooperacin y el reconocimiento que tengo por los miembrosque no fueron reelegidos de la Comisin de Emergencia, como es la doctora NellyMorillo, doctora Luisa Elena Flores, doctor Elas Lpez Portillo, doctor Antonio Garca

    y tambin a la Presidenta del Consejo de la Judicatura, la doctora Esther Franco LaRiva, y el doctor Cubilln, quienes fueron grandes cooperadores de nosotros duranteel ejercicio.

    Quiero referirme tambin a las Proposiciones que me antecedieron, porque lasconsidero muy importantes, sobre todo el hecho de la consulta que se le puede hacera los representantes Constituyentes de los diversos Estados. Eso sera muy til parala Comisin y efectivamente lo hemos hecho en parte, y ahora podemos hacerlo unpoco ms ampliamente. No estoy de acuerdo con que sea vinculante de ningunamanera, porque todos sabemos las vinculaciones regionales que pueden haber demuchos de los representantes y eso no es realmente conveniente para la

    independencia que tenemos para escoger o destituir los jueces.

    En cuanto a que la duracin de la Asamblea terminar ms o menos dentro deunos pocos das es cierto, pero tambin es cierto que habr un vnculo entre nosotros,no solamente el vnculo de Constituyente sino de amistad que podramos recurrir aello y seran nuestros representantes en los estados de esa Comisin.

    Es todo, ciudadano Presidente.

    EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el Constituyente Elio Gmez Grillo.

    CONSTITUYENTE GMEZ GRILLO (ELIO).-Ciudadano Presidente, colegasConstituyentes. Quiero expresar mi reconocimiento, mi gratitud, por esta eleccin.Quiero decir que har todos los esfuerzos posibles para no defraudar este honor; noescapa ni a mi criterio ni al de la Comisin, la responsabilidad inmensa queadquirimos a partir de hoy. Como dijo muy bien el Constituyente Lpez Portillo en lapostulacin que hizo, este acto quizs sea el ms importante, ms trascendental quese ha hecho en esta Constituyente, porque se ha nombrado una Comisin parareestructurar el Sistema Judicial.

    Sin Sistema Judicial honesto, decente, digno, no hay Repblica, ni tercera, nicuarta, ni quinta, ni ningn nmero, y con un Sistema Judicial digno ya se justificatodo el proceso de cambio que el pas est presenciando; es decir, este Proceso

    Constituyente se justificara slo si esta Comisin logra adecentar realmente ydignificar esa sentina, esa excrecencia pblica que es el Sistema Judicialvenezolano. Solamente con hacer esto ya est justificado este proceso, y si esto nose hace y se hace todo lo dems, este Proceso no tiene justificacin. Se trata dereestructurar, de renacer, de volver a hacer todo un Sistema Judicial.

    Esta tarea que es titnica debemos realizarla con la responsabilidad y con elesfuerzo que cabe a quienes hemos aceptado esta misin. Termino diciendo que

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    ofrezco todo mi esfuerzo y toda mi colaboracin a la Comisin, y puede estar seguraesta Asamblea que no dar motivos para que considere que se han equivocado enesta eleccin.

    Muchas gracias. (Aplausos).EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el Constituyente Nstor Len Heredia.

    CONSTITUYENTE LEN HEREDIA (NSTOR).-Ciudadano Presidente, colegasConstituyentes. Me acojo a la Propuesta de los Constituyentes Ral Est y ManuelVadell para que se someta a votacin con carcter previo, pero que de una vez quedeestipulado en razn a lo expuesto por el Constituyente Manuel Quijada, que losConstituyentes de cada Estado hasta el treinta (30) de enero continen comorepresentantes de esta digna Comisin de Funcionamiento y Reestructuracin delPoder Judicial. Solicito que sea sometido a votacin y se tome en cuenta el quecontinen como representantes de esta Comisin.

    Es todo.

    EL PRESIDENTE.-Creo que no ha habido Proposicin que diga que losrepresentantes de la Comisin en las Regiones van a ser los Constituyentes; lo queplante el Constituyente Manuel Vadell fue que se le consultara a los Constituyentesde cada una de las Regiones, por ser conocedores de lo que est aconteciendo en suRegin.

    El Constituyente Diego Salazar aclar que ese carcter de Constituyente no seextiende por todo el tiempo que va a funcionar la Comisin sino que llega hasta eltreinta (30) de este mes. Lo que creo es que la Comisin debe consultarlo siempre,pero que lo veamos como una exhortacin y no como una decisin obligatoria porparte de la Comisin, porque ellos estn trabajando, tienen sus facultades y suspropias maneras de hacer las investigaciones, pero que sea tomada en cuenta laopinin de los Constituyentes hasta su momento.

    El Constituyente Ral Est Propone que se convoque a los suplentes, con voz,a las Asambleas que se realicen. A m me parece sano e interesante, pero no creoque necesitemos tomar una decisin para este respecto sino que exhortemos a laComisin para que convoque tambin a los suplentes a la hora de sus reuniones paraque tengan voz en las decisiones.

    Tiene la palabra el Constituyente Mario Isea.

    CONSTITUYENTE ISEA (MARIO).-Ciudadano Presidente, colegas Constituyentes.Siento que hubo en los prembulos una discusin sobre la necesidad de participacinde la Provincia, de ser tomada en cuenta, y la dificultad de constituir una Comisinque se convirtiese en una Asamblea impidi eso. Pero, sigue estando presente elespritu de que las regiones opinen porque en algunos casos las Comisiones tiendena ser centralistas y es la gente de las Regiones que conoce la vida de sus pobladores.

    Sobre el carcter de Constituyentes, que ya no seamos activos, podra alguien

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    decir: Van a ser ex Constituyentes. Creo que no vamos a perder la condicin deConstituyentes por muchos aos hasta que haya una nueva Constituyente.

    De manera que pienso que si se est hablando de consulta a la sociedad civil,con ms razn se debe confiar en la consulta a quienes hemos elaborado este texto;a quienes hemos nombrado estas Comisiones; a quienes hemos impulsado este

    proceso de reestructuracin del Poder Judicial.

    Considero que es sana la Propuesta de que, previo a las decisiones, seconsulte a los Constituyentes que participaron en la elaboracin de la Constitucin-sin entrar a discutir si son activos o inactivos-. Entendiendo, por supuesto, que no esvinculante la consulta en trminos de que no es obligatorio que la Comisin asuma lasrecomendaciones de los Constituyentes, pero s es muy sano que se consideren lasopiniones de los Constituyentes que son, en general, dirigentes sociales, gremiales,culturales y polticos de las regiones; por eso estamos aqu, no salimos de la nada.

    Por eso la Propuesta del Constituyente Manuel Vadell de que se consulte a los

    Constituyentes en cada regin antes de tomar las decisiones debe aprobarse,dejando a salvo que no es vinculante la opinin; pero lo que s debe reforzarse es lanecesidad de que se consulte.

    Es todo, seor Presidente.

    EL PRESIDENTE.-En consideracin. Los ciudadanos Constituyentes que estn poraprobar que se consulte a los miembros de la Asamblea Nacional Constituyente,como creo que debe ser un deber hacer la consulta lo mayor posible, peroespecficamente el caso de los Constituyentes cuando se trate de la mocin, remocino informacin en relacin con el comportamiento de la administracin de justicia encada una de las Regiones para remover o decidir, lo cual fue aclarado por elConstituyente Mario Isea, en ningn caso puede tener carcter vinculante, se servirnmanifestarlo con la seal de costumbre. (Pausa). Aprobado.

    Tiene la palabra el Constituyente Ral Est.

    CONSTITUYENTE EST (RAL).-Ciudadano Presidente, colegas Constituyentes. Laconvocatoria a los suplentes es importante con derecho a voz, porque tambin sonfiguras del foro nacional, son figuras destacadas y merecen ser convocados porquesu opinin es bien valedera.

    Es todo.

    EL PRESIDENTE.-Contina en consideracin la Proposicin del Constituyente RalEst, en el sentido de que se convoque a los suplentes con voz a las reuniones de laComisin Reestructuradora del Poder Judicial.

    En consideracin. Los ciudadanos Constituyentes que estn por aprobar quese convoque a los suplentes a la reunin en la Comisin Reestructuradora del PoderJudicial se servirn manifestarlo con la seal de costumbre. (Pausa). Aprobado.

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    Siguiente punto, ciudadano Secretario.

    EL SECRETARIO.- (Lee):

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    Informe sobre la Reestructuracin del Congreso de la Repblica.

    EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra al Constituyente Elas Jaua.

    CONSTITUYENTE JAUA (ELAS).-Ciudadano Presidente, colegas Constituyentes. LaComisin de Reestructuracin del extinto Congreso de la Repblica, que es presididapor el doctor Oscar Feo, rinde informe de las actividades realizadas en la primerasemana de trabajo:

    1) Esta reunin se instal el 11 de enero del ao 2000, inmediatamente se

    aprest a elaborar el plan de reestructuracin, consistiendo en una fase deldiagnstico de la situacin laboral del extinto Congreso de la Repblica;

    2) De un diseo de una estrategia comunicacional para informar a todos lostrabajadores, a los gremios y sindicatos de los lineamientos generales del plan queestamos presentando.

    3) Se estableci los lineamientos generales del plan de reestructuracin.

    4) Se procedi a la reunin con los representantes de los trabajadores,Comisin de Entendimiento y representantes sindicales y gremiales.

    5) Se elabor y distribuy un comunicado donde se fijaba la posicin de laComisin Reestructuradora y se le inform a los trabajadores de estos lineamientosgenerales.

    Finalmente, se estableci la coordinacin con la Comisin de Enlace de laAsamblea