62-ANC 30-01-2000

download 62-ANC 30-01-2000

of 34

Transcript of 62-ANC 30-01-2000

  • 7/28/2019 62-ANC 30-01-2000

    1/34

    ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE

    PRESIDENCIA DEL CONSTITUYENTE LUIS MIQUILENA

    Sesin Ordinaria del da 30 de enero de 2000efectuada en Ciudad Bolvar, Estado Bolvar.

    PRESIDENCIA DEL CONSTITUYENTELUIS MIQUILENA

    VICEPRESIDENCIA DEL CONSTITUYENTEARISTBULO ISTRIZ

    SUMARIO1.-Apertura de la sesin.

    2.-Lectura de la lista de asistencia de los Constituyentes a la sesin de hoy.

    Orden del Da

    3.-Presentacin.

    4.-La plenaria aprueba la elaboracin de la exposicin de motivos de laConstitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela.

    5.-Suspensin del proceso de contratacin colectiva de PDVSA (Petrleos de

    Venezuela, S.A.).6.-Medidas para garantizar la libertad sindical.

    7.-Medidas sobre tica Sindical.

    8.-Decreto Cese de Directores Laborales.

    9.-Decreto sobre las elecciones de la Federacin Campesina.

    10.-Decreto que fija la fecha de las elecciones.

    11.-Ampliacin de las competencias de la Comisin Legislativa Nacional.

    12.-Clausura de la sesin.

    1

    EL PRESIDENTE.-Ciudadano Secretario, srvase informar si hay qurum.

    EL SECRETARIO.-Hay qurum, ciudadano Presidente.

    EL PRESIDENTE.-Se declara abierta la sesin. (Hora: 11:35 p.m.) Srvase darlectura a lista de asistencia correspondiente a la sesin.EL SECRETARIO.- (Lee):

    1

  • 7/28/2019 62-ANC 30-01-2000

    2/34

    2

    Luis Miquilena, Isaas Rodrguez, Aristbulo Istriz, Adn Chvez Fras,Alberto Jordn Hernndez, Alberto Urdaneta, Alejandro Silva Marcano, Amrico

    Daz Nez, ngel Eugenio Landaeta, ngel Rodrguez, Antonia Muoz, AntonioBriceo, Antonio Di Giampaolo, Antonio Rodrguez, Atala Uriana, BlancanievePortocarrero, Braulio lvarez, Carlos Tablante, Csar Prez Marcano, CristbalJimnez, Daniel Daz, David De Lima Salas, David Figueroa, Desire SantosAmaral, Diego Salazar, Earle Herrera, Edmundo Chirinos, Elas Jaua, Elas LpezPortillo, Elio Gmez Grillo, Enrique Peraza, Ernesto Alvarenga, Florencio AntonioPorras, Francisco Ameliach, Freddy Bernal Rosales, Froiln Barrios, Gastn ParraLuzardo, Gilmer Viloria, Guillermo Guevara, Gustavo Pereira, Hayde de Franco,Hayde Machn, Hermann Escarr, Iris Varela, Jaime Barrios, Jess MontillaVillegas, Jess Molina Villegas, Jorge Luis Durn, Jos Luis Gonzlez, Jos LuisMeza, Jos Rangel valos, Jos Vielma Mora, Juan Marn, Julio Csar Alvirez,

    Lenin Romero, Leonel Jimnez Carupe, Leopoldo Puchi, Levy Alter Valero, LiborioGuarulla Garrido, Luis Acua Cedeo, Luis Gamargo, Luis Reyes Reyes, LuisVallenilla, Manuel Vadell, Marelis Prez Marcano, Mara de Queipo, Mario Isea,Marisabel de Chvez, Miguel Garranchn, Miguel Madriz, Mirna Vies de lvarez,Nelson Silva, Nstor Len Heredia, Nicols Maduro, Noel Pocaterra, Numa Rojas,Oscar Feo, Oscar Navas, Pablo Medina, Pausides Reyes, Pedro Ortega Daz,Pedro Solano Perdomo, Rafael Rodrguez, Ramn Antonio Ynez, Ral Est,Reina Romero Garca, Reinaldo Rojas, Roberto Jimnez Maggiolo, Ronald BlancoLa Cruz, Rubn vila vila, Samuel Lpez, Sal Ortega, Segundo Melndez, SolMusett, Tarek William Saab, Victoria Mata, Vinicio Romero Martnez, VladimirVillegas, William Lara, William Ojeda, Wilmar Alfredo Castro, Yldefonso Finol.

    No asistieron los constituyentes Alberto Franceschi, Alexis NavarroRojas, Alfredo Pea, Allan Brewer Caras, ngela Zago, Antonio Garca,Claudio Fermn, Elizer Otaiza, Eustoquio Contreras, Francisco ViscontiOsorio, Freddy Gutirrez, Geovanny Finol Fernndez, Gerardo Mrquez,Guillermo Garca Ponce, Henri Falcn, Humberto Prieto, Jess RafaelSulbarn, Jorge Olavarra, Jos Gregorio Briceo, Jos Len Tapia Contreras,Juan Bautista Prez, Manuel Quijada, Rafael Colmenrez, Ricardo Combellas,Rodolfo Sanz, Silvestre Villalobos, Temstocles Salazar, Virgilio vila Vivas,Yoel Acosta Chirinos.

    EL PRESIDENTE.-En consideracin la minuta de Acta que acaba de ser leda. Sino hay objecin se va a considerar aprobada.

    Tiene la palabra el Constituyente William Lara.

    CONSTITUYENTE LARA (WILLIAM).-Insisto que se haga referencia a unadisposicin legal que sacamos al respecto a la obligacin de la OCEI (OficinaCentral de Estadsticas e Informtica) a presentar a la Comisin LegislativaNacional el censo de poblacin para que el CNE (Consejo Nacional Electoral)proceda a definir los procesos electorales.

    EL PRESIDENTE.-Srvase tomar nota, ciudadano Presidente.

    2

  • 7/28/2019 62-ANC 30-01-2000

    3/34

    EL SECRETARIO.-Se ha tomado la debida nota, ciudadano Presidente.

    EL PRESIDENTE.-Contina en consideracin la minuta de Acta. Si no hay msobjeciones se va a considerar aprobada. (Pausa). Aprobada.

    Srvase dar lectura al Orden del Da, ciudadano Secretario.

    EL SECRETARIO.- (Lee):

    3

    1.-Considerar la exposicin de motivos de la Constitucin de la RepblicaBolivariana de Venezuela.

    2.-Considerar actos Constituyentes.

    Es todo, ciudadano Presidente.

    4

    EL PRESIDENTE.-Bueno, este Orden del Da donde estn incluidos algunos ActosConstituyentes y tambin la consideracin sobre la exposicin de motivos de laConstitucin tiene que realizarse en esta forma un poco apresurada, ya tenemosmontado todo lo relacionado con la Sesin Solemne de Clausura de esta AsambleaNacional Constituyente, debido a que el da de ayer sbado no fue posible tratarloporque no hubo el qurum correspondiente, asistieron solamente cuarenta y un(41) Constituyentes a la reunin de ayer, por eso es que hemos tenido que hacer

    de emergencia esta reunin.

    En el caso concreto del primer punto del Orden del Da que se refiere a laexposicin de motivos, todos ustedes la conocen, el problema ahora essimplemente formal que le demos la aprobacin y que lo pasemos a laComisin de estilo para que haga las correcciones correspondientes en estecaso, de estilo simplemente. En la consideracin de ustedes este punto concretodel Orden del Da.

    Tiene la palabra el constituyente Edmundo Chirinos.

    CONSTITUYENTE CHIRINOS (EDMUNDO).-Ya esta plenaria aprob en unasesin anterior que la exposicin de motivos fuese objeto de aprobacinmeramente por la Comisin Coordinadora y redactada por los Presidentes de lasComisiones, lo cual se ha hecho. De modo que el punto tendra que ser slo deinformacin a la plenaria de que la exposicin de motivos ha sido aprobada en laComisin Coordinadora y por los Presidentes sin que el Cuerpo tenga queaprobarla en su conjunto.

    Es una observacin que quiero que quede bien clara para los efectos delActa.

    EL PRESIDENTE.-Nosotros tenemos que aprobar la exposicin de motivos porque

    es como tiene fuerza.

    3

  • 7/28/2019 62-ANC 30-01-2000

    4/34

    Tiene la palabra el Constituyente Pedro Ortega Daz.

    CONSTITUYENTE DAZ ORTEGA (PEDRO).-Presidente, saludamos esaPresidencia casi completa como antes.

    EL PRESIDENTE.-Casi completa, no. Completa. (Risas).

    EL ORADOR.-Casi completa porque dos no son completa y hay dos, porque el otroes el Vicepresidente de la Repblica y eso era lo que iba a saludar.

    EL PRESIDENTE.-Pidi permiso para venir a completarla.

    EL ORADOR.-Que quisiera saludar y el Presidente no me deja al Vicepresidente dela Repblica. (Risas). Me parece muy natural que terminemos como comenzamos,con algunos intercambios amistosos entre el Presidente y el Constituyente PedroOrtega.(Risas y aplausos).

    EL PRESIDENTE.-Por fin ustedes fueron generosos y aplaudieron a Pedro.(Risas).

    EL ORADOR.-Solamente iba a decir lo siguiente: Es una cosa de conciencia y deresponsabilidad poltica. El Proyecto que hoy se trae con las modificaciones yo nolo conozco, yo conozco el original que tiene, no s si doscientas (200) pginas,pero el que vamos a discutir hoy no lo conozco, por supuesto yo no voy hacerobjecin de ninguna especie. Haba comentado por all que una exposicin demotivos es importante, doctrinariamente est prevista, pero no es una cosaindispensable puesto que la Constitucin tiene tres partes: Prembulo,

    dogmtica y orgnica, eso es lo doctrinario; ahora, por supuesto, que essumamente til y est previsto tambin, creo que debe aprobarse, no me voy aoponer; simplemente quise dejar constancia, para que conste en Acta, que laapruebo dando una constancia de fe a la Comisin que la examin.

    Era lo que quera decir, Presidente, Constituyentes y queridos amigos yamigos del pblico que no me haban dejado saludarlos.EL PRESIDENTE.-Aqu no se habla para el pblico sino para la Asamblea NacionalConstituyente.

    EL ORADOR.-Muy bien pero hay que saludar al pblico como una cosa de

    cortesa, Presidente.(Aplausos).

    EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el Constituyente Di Giampaolo.

    CONSTITUYENTE DI GIAMPAOLO (ANTONIO).-Buenos das, seor Presidente.Desgraciadamente el Constituyente Edmundo Chirinos tiene razn, usted dice quedeberamos aprobarla, eso fue lo que yo plantee, y en la sesin cuando la plenariaresolvi que la Directiva le iba a dar el visto bueno a la exposicin de motivos, losnicos Constituyentes que nos opusimos fuimos Gastn Parra y yo. Usted tienerazn, nosotros deberamos aprobarlo. Usted tiene razn, debimos hacer conocidoel Proyecto, pero desgraciadamente (El Constituyente) Chirinos tiene razn, aqu

    se aprob que la Directiva le diera el visto bueno a este Proyecto. Est en el Acta,Es as?

    4

  • 7/28/2019 62-ANC 30-01-2000

    5/34

    EL PRESIDENTE.-Fue una autorizacin que se le dio a la Comisin Coordinadora,no a la Directiva, y creo que tratndose de un documento tan importante como este,que desde luego lo conocen casi todos, probablemente a (El Constituyente) PedroOrtega no se lo han dado en sus manos, en todo caso va a pasar a una Comisin

    de estilo. Propongo que aprobemos la exposicin de motivos y lo pasemos a laComisin de Estilo, que todos la reciben en este momento de esa Comisin y enrelacin con alguna cuestin que tenga, todava hay posibilidad de procesarla yque la aprobemos de una vez.

    Tiene la palabra el Constituyente Escarr.

    CONSTITUYENTE ESCARR (HERMANN).-Honorable Presidente, honorablesConstituyentes. Como usted sabe y la mayora de los Constituyentes lo sabentambin, yo fui uno de los coordinadores del equipo tcnico que trabaj en lo quesera el Anteproyecto de Exposicin de Motivos, competencia que de acuerdo al

    Estatuto de Funcionamiento de la Asamblea le corresponde a la ComisinConstitucional que, para mi honor, presid.

    Cumplida esa fase, entonces se fue a una fase todava ms importante queera la integracin de las opiniones de los Presidentes de Comisin; esa segundafase tambin ha concluido y adems se decidi habilitar a la Directiva para suaprobacin. La mayora de nosotros, creo, o dira estoy seguro, hemos ledo laexposicin de motivos y la verdad es que no es como se ha dicho aqu, laExposicin de Motivos es parte integrante de lo que es el bloque deconstitucionalidad, me disculpan el trmino, es lo que se llama la plenitudhermtica del derecho, no solamente se trata de parte orgnica ni de parte

    dogmtica o de Prembulo, sino que la Exposicin de Motivos es la fuentedirecta primaria de interpretacin de la norma constitucional.

    Cuando un juez constitucional, y ahora los tenemos, una SalaConstitucional va a interpretar una Norma, un Ttulo, un Prrafo delPrembulo, tiene que acudir inmediatamente a la Exposicin de Motivos yslo despus al Derecho Comparado.

    Siendo as, me he levantado para respaldar fundamentalmente la Propuestaque usted hace, porque hay que hacerlo. La Asamblea debe darle la aprobacin,nosotros, de manera formal, tenemos necesariamente que aprobar la Exposicin de

    Motivos para darle la fuerza de integracin normativa que tiene en relacin a laConstitucin y creo que la mayora de nosotros ha ledo la Exposicin y soy elprimero en afirmar que se trata de una exposicin difana, cientfica, acertaday que no distorsiona el contenido, alcance, objeto y teleologa de laConstitucin del 25 de diciembre de 1999.

    De tal manera que resumo mi intervencin en dos aspectos: Primero, laimportancia es capital desde el punto de vista del Estado de Derecho y de laConstitucin, porque es parte integrante de ella y fuente primaria cognoscitiva deinterpretacin.

    La segunda, que apoyo fuertemente la Propuesta suya, porque de lo

    contrario nos podra crear eventuales problemas que seran innecesarios, debehaber una sancin, una aprobacin de la Asamblea y yo el primero en aprobarla.

    5

  • 7/28/2019 62-ANC 30-01-2000

    6/34

    Muchas gracias, honorable Presidente. (Aplausos).

    EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el Constituyente Mario Isea para cerrar.

    CONSTITUYENTE ISEA (MARIO).-Honorables colegas Constituyentes, directivos.Un saludo especial al Constituyente Isaas Rodrguez por su designacin ydesearle mucho xito, espero que cuente con el apoyo de todos nosotros y de lagente que lo vio actuar con honestidad y con equilibrio.

    Quiero decir que a m me correspondi, por delegacin de la Comisin delPoder Legislativo, del Presidente De Lima y de la Coordinadora, redactar lasobservaciones al Ttulo V, Captulo I del Poder Legislativo, as como algunasobservaciones de las Comisiones para integrar en definitiva el Proyecto que hoycreo que debemos aprobar por las razones que ya expuso el ConstituyenteEscarr.

    Dejo constancia de estas consideraciones y brindndole el apoyo definitivoal Proyecto.

    EL PRESIDENTE.-Creo que debemos cerrar este debate. No abrir un debate sobreeste problema que est suficientemente aclarado y especfico, porque el tiempo deque disponemos es corto y tenemos otras materias que tratar y tenemos que salirrpidamente para la Sesin Solemne.

    Tiene la palabra el Constituyente Alejandro Silva.

    CONSTITUYENTE SILVA (ALEJANDRO).-Ciudadano Presidente, colegasConstituyentes. He pedido el derecho de palabra, simple y llanamente, parasolicitar -como lo deca el Constituyente Escarr- que esa Exposicin de Motivosque forma parte hermtica de la Constitucin, que sea nuevamente publicada laConstitucin con la Exposicin de Motivos.

    EL PRESIDENTE.-As fue acordado por la Directiva. Tiene la palabra elConstituyente Levy Alter.

    CONSTITUYENTE ALTER (LEVY).-Buenos das, ciudadano Presidente, ciudadanoVicepresidente y ciudadano Vicepresidente de la Repblica, colegas

    Constituyentes.

    Es para informar que en funcin del Captulo II, referente a la ciudadana y lanacionalidad, en ausencia del Constituyente Brewer Cras, revis ese Captulo,porque adems del Captulo de ciudadana no se escribi ni una frase en laExposicin de Motivos. Hice la revisin, artculo por artculo y present lasobservaciones del caso.

    Es para informar que s se revis el Captulo de Ciudadana y Nacionalidad ysobre Ciudadana se hizo una exposicin de motivos que no exista en el ProyectoOriginal.

    EL PRESIDENTE.- Muchas gracias, Constituyente. (Pausa). Los ciudadanos

    6

  • 7/28/2019 62-ANC 30-01-2000

    7/34

    Constituyentes que estn de acuerdo con aprobar la exposicin de motivos,se servirn manifestarla con la seal de costumbre. (Pausa). Aprobada.

    CONSTITUYENTE DI GIAMPAOLO (ANTONIO).-Es para dejar constancia de mivoto salvado en relacin a la aprobacin a la Exposicin de Motivos.

    EL PRESIDENTE.- Segundo punto, ciudadano Secretario.

    EL SECRETARIO.- (Lee):

    5

    Actos Constituyentes:

    1.-Suspensin del Proceso de Contratacin Colectiva de PDVSA (Petrleosde Venezuela, S.A.

    EL PRESIDENTE. Tiene la palabra el Constituyente Aristbulo Istriz.

    CONSTITUYENTE ISTRIZ (ARISTBULO).- (Lee):

    LA ASAMBLEA NACIONALCONSTITUYENTE

    En nombre y representacin del Pueblo soberano de Venezuela y en ejercicio delPoder Constituyente Originario, otorgado por ste mediante Referndum aprobadodemocrticamente el 25 de abril de 1999, para transformar el Estado y crear un

    ordenamiento jurdico que permita el funcionamiento efectivo de una democraciasocial y participativa y en concordancia con el artculo 1 del Estatuto deFuncionamiento de la Asamblea Nacional Constituyente,

    Considerando:

    Que es deber del Estado adecuar el marco de relaciones laborales del pas alorden constitucional vigente;

    Que el objetivo del actual Proceso Constituyente es mantener mejorarprogresivamente el nivel de vida de los trabajadores;

    La situacin de emergencia que atraviesa el pas, declarada por esta AsambleaNacional Constituyente,

    Decreta

    Artculo 1.-Se suspende el proceso de discusin de la Convencin Colectiva dePetrleos de Venezuela S.A. hasta tanto el Ejecutivo Nacional considere superadoel Estado de Emergencia Nacional.

    Artculo 2.-Con la finalidad de propiciar un nuevo marco de relaciones laborales en

    el sector pblico, se faculta al Ejecutivo nacional para que establezca lascondiciones que regirn la Contratacin Colectiva de la Administracin Pblica

    7

  • 7/28/2019 62-ANC 30-01-2000

    8/34

    Nacional, centralizada y descentralizada, incluyendo las empresas del Estado, deacuerdo con el orden constitucional vigente.

    Artculo 3.-Con la finalidad de mantener los Derechos y Calidad de vida de lostrabajadores petroleros, se establecern pagos peridicos como adelanto de los

    acuerdos a lograr en la nueva convencin colectiva. Estos pagos serndeterminados por la capacidad financiera de la empresa.

    Artculo 4.-Se ratifica el Acta del 26 de abril de 1999 entre el Ministerio del Trabajoy las Federaciones Sindicales, donde se administra el empleo del sector petrolerode contratistas, hasta que el Ejecutivo nacional determine el nuevo marco derelaciones entre los trabajadores y el Estado, de acuerdo al orden constitucionalvigente.

    Artculo 5.-Quedan derogadas todas las disposiciones legales y reglamentariasque colidan con el presente Decreto.

    Artculo 6.-Queda encargado el Ejecutivo Nacional de la ejecucin del presentedecreto.

    Dada, firmada y sellada en la sede de la Asamblea Nacional Constituyente enCiudad Bolvar a los treinta das del mes de enero del ao dos mil. Ao 188 de laIndependencia y 140 de la Federacin.

    EL PRESIDENTE.-En consideracin el Decreto. (Pausa). Tiene la palabra elconstituyente Froiln Barrios.

    CONSTITUYENTE BARRIOS (FROILN).-Presidente. Pienso que este Decreto -y

    voy a proponer apoyarlo- es producto, precisamente de todo el proceso dedemocratizacin sindical que se ha venido impulsando desde la Asamblea NacionalConstituyente y forma parte de los actos que se van a discutir ahora, porque,precisamente, los directivos de los Sindicatos de estas Federaciones -de all laPropuesta de renovar el nuevo marco de relaciones laborales- es legitimar a todasesas Federaciones Petroleras que tanto Fedepetrol, Fetrahidrocarburos, comotodas las que comprenden hoy las mesas de discusiones, estn prcticamentedeslegitimadas. El proceso de unificacin de los Sindicatos va permitir,precisamente, que todas esas Federaciones que no han hecho sus elecciones,legitimen actores, actuales o nuevos, y tengamos unos representantes de lostrabajadores que permitan abordar una contratacin colectiva mucho ms actual y

    mucho ms dinmica.

    La nica observacin que hara, no tanto al Decreto, sino el planteamientoque creo que PDVSA (Petrleos de Venezuela, S.A.) va hacer, es la forma de lospagos peridicos que no estn especficamente en el Decreto, pero que PDVSA(Petrleos de Venezuela, S.A.) ha hecho una oferta concreta en cuanto a qu es loque se le va pagar a los trabajadores.

    EL PRESIDENTE.-Sobre este particular, realmente, no estuve en el momento deredactar este Decreto, porque nosotros habamos iniciado una serie deconversaciones con las empresas petroleras y establecimos, pusimos de

    manifiesto la urgente necesidad que tenan los trabajadores de que le fuerandadas algunas reivindicaciones inmediatas que le resolviera los problemas

    8

  • 7/28/2019 62-ANC 30-01-2000

    9/34

    que ellos tienen planteados, particularmente en el orden econmico.

    Que se estableciera, en primer lugar, el Principio de la estabilidad de lostrabajadores, que es un asunto fundamental para que no sean objeto, en unmomento determinado, de represalias y, segundo, que se estableciera un monto

    de esos aumentos, para que ellos, de una vez, supieran en qu consista lamodificacin del salario en esta oportunidad. Ese monto estaba establecido en queinmediatamente se les diera, no un bono, sino una especie de anticipo de salario,que fuera computable al salario que se acordara en el nuevo contrato de Trabajocuando ste se realizara y, que fuera de un milln de bolvares mnimo para cadatrabajador petrolero inmediatamente, y que este milln de bolvares se repitieracada tres meses hasta que se eligiera la nueva junta directiva y se abocaran alnuevo Contrato de Trabajo.

    En ese sentido, propongo, y con esa modificacin, tambin propongo que sevote, estableciendo all, Primero, el Principio de la estabilidad sindical, que no

    puedan ser despedidos los trabajadores sino por causa previamente calificada y,en segundo lugar, que el aumento se concrete a un milln de bolvares mnimo porcada trabajador, inmediatamente en los quince (15) primeros das de lapromulgacin de este Decreto y, luego ese aumento tambin sea de un milln debolvares hasta que se haga la discusin correspondiente de los contratos detrabajo.

    Con esa modificacin, propongo que se vote el Decreto ledo.

    Tiene la palabra el Constituyente Aristbulo Isturiz.

    CONSTITUYENTE ISTRIZ (ARISTBULO).-He pedido la palabra para dos cosas,porque creo que podemos resolver el problema. Uno, no se coloc monto, porqueel monto vara de acuerdo con el tiempo de servicio de cada trabajador. No es lomismo el monto que le corresponde al trabajador que tiene un ao, con el deltrabajador que tiene diez aos. Es por eso que varan los montos. Es por esemotivo que se dej genrico; pero es cierto lo que dice el Presidente LuisMiquilena, el monto estaba en un milln de bolvares mnimo.

    El otro elemento importante es que se omite la inamovilidad de lostrabajadores hasta tanto se logre la Contratacin Colectiva.

    En consecuencia, voy a Proponer que no aprobemos este Decreto en estemomento, lo pasemos a una Comisin para que rpidamente le haga laincorporacin de los dos elementos, continuamos con los otros Decretos, y al finalse presenta el Decreto con la modificacin. Propongo que lo haga el ConstituyenteFroiln Barrios, quien trabaj en esa Comisin, con otros que trabajaron ella. Siestn de acuerdo?

    EL PRESIDENTE.-La Proposicin es previa. (Pausa). Los ciudadanosConstituyentes que estn de acuerdo con la Proposicin Istriz que lo manifiestencon la seal de costumbre (Pausa).Aprobado.

    Se nombra una Comisin integrada por los Constituyentes Froiln Barrios,ngel Rodrguez, Jaime Barrios y Pedro Ortega Daz.

    9

  • 7/28/2019 62-ANC 30-01-2000

    10/34

    Siguiente Acto Constituyente, ciudadano Secretario.

    EL SECRETARIO.- (Lee):6

    2.-Medidas para garantizar la libertad sindical.

    EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el Constituyente Aristbulo Istriz.

    CONSTITUYENTE ISTRIZ (ARISTBULO).- (Lee):

    LA ASAMBLEA NACIONALCONSTITUYENTE

    En nombre y representacin del Pueblo Soberano de Venezuela, en ejercicio del

    Poder Constituyente originario otorgado por ste, mediante referendo aprobadodemocrticamente el veinticinco de abril de mil novecientos noventa y nueve, paratransformar el Estado y crear un nuevo ordenamiento jurdico que permita elfuncionamiento efectivo de una democracia social y participativa, y enconcordancia con el artculo 1 del Estatuto de Funcionamiento de la AsambleaNacional Constituyente,

    Considerando:

    Que la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela, en su artculo 95establece como Principio esencial para el funcionamiento de las organizaciones

    sindicales el ejercicio de la democracia sindical, lo que implica la alternabilidad desus directivos mediante el sufragio universal, directo y secreto;

    Que Venezuela es miembro fundador de la Organizacin Internacional del Trabajo(OlT), y como tal ha aceptado los Principios y Derechos enunciados en suConstitucin y se ha comprometido a esforzarse por lograr los objetivos generalesde dicha organizacin;

    Que la libertad sindical es uno de los derechos fundamentales establecidos en lamencionada Constitucin y que nuestro pas ratific los Convenios 87 y 98 de lareferida Organizacin, en los cuales se garantizaba entre otros, el derecho de los

    trabajadores de constituir, sin autorizacin previa, las organizaciones que estimeconvenientes, el de afiliarse o desafiliarse, y el de elegir libremente a susrepresentantes, sin injerencia de las autoridades pblicas, en el entendido de queen el ejercicio de esos derechos las organizaciones estn obligadas a respetar lalegalidad interna del pas;

    Que la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela, en su artculo 23,confiere el rango constitucional a los Tratados, Pactos y Convenciones sobreDerechos Humanos ratificados por Venezuela y los declara de aplicacinpreferente, aun respecto de normas de la misma jerarqua, cuando fuere msfavorable al ejercicio de tales derechos;

    Que la sociedad venezolana est viviendo un importante proceso de cambio y que

    10

  • 7/28/2019 62-ANC 30-01-2000

    11/34

    el movimiento sindical no puede sustraerse del mismo, por lo que debe asumircomo una necesidad de legitimacin y relegitimacin de sus dirigentes;

    Que la emancipacin de los trabajadores debe ser obra de los trabajadoresmismos y, por lo tanto, a ellos corresponde asumir el compromiso de

    erradicar los vicios y propiciar un cambio radical de actitudes, conductas ycomportamientos capaz de generar una nueva cultura en la accin sindical;

    Que el progreso y el bienestar de los trabajadores est vinculado al Poder deorganizaciones sindicales, a la honestidad y legitimidad de sus dirigentes y algrado de independencia que dichas organizaciones tengan del Estado, de lospatronos y de las organizaciones polticas;

    Que todas las organizaciones mencionadas en este Decreto deben asumir elineludible compromiso de modernizar, democratizar y moralizar al movimientosindical venezolano;

    Que el Poder Ejecutivo nacional a travs de representantes del Ministerio delTrabajo, la Asamblea Nacional Constituyente y las organizaciones sindicalesmencionadas en este Decreto, en presencia de una representacin de laOrganizacin Internacional del Trabajo (OIT), han declarado su voluntad degarantizar que tal objetivo adquiera concrecin con estricto apego al Estado deDerecho,

    Decreta:

    las siguientes,

    MEDIDAS PARA GARANTIZARLA LIBERTAD SINDICAL

    Artculo 1. Se constituye una Comisin Nacional Electoral Sindical integrada portres (3) representantes de cada una de las centrales nacionales de trabajadores:Confederacin de Trabajadores de Venezuela, CTV; Confederacin General deTrabajadores, CGT; y Confederacin Unitaria de Trabajadores de Venezuela,CUTV; cuatro (4) de organizaciones sindicales no confederadas, cuatro (4) del ElNuevo Sindicalismo y cuatro (4) del Frente Constituyente de Trabajadores. EstaComisin garantizar la realizacin de elecciones libres, democrticas, universales,

    directas y secretas para elegir a los directivos de las organizaciones sindicales detrabajadores.

    Artculo 2. El Consejo Nacional Electoral suministrar la asistencia tcnica y elapoyo logstico necesario para garantizar la mayor transparencia, confiabilidad yeficacia de los procesos electorales que se deriven de este Decreto.

    Artculo 3.Previamente a las elecciones generales, la Comisin Nacional Electoralprocurar la unificacin sindical en una misma industria, rama o empresa, y crearcondiciones propicias para la unificacin del movimiento sindical en todos susniveles, respetando la libre decisin de los trabajadores y de sus respectivas

    organizaciones. A tales efectos la Comisin Electoral Sindical convocarreferndum para que los trabajadores resuelvan sobre la unidad sindical. Si alguna

    11

  • 7/28/2019 62-ANC 30-01-2000

    12/34

    organizacin sindical tomara la decisin de mantenerse al margen del proceso deunificacin sindical automticamente quedar excluida de la Comisin ElectoralSindical Nacional.

    Artculo 4. La Comisin Electoral Nacional Sindical fijar la fecha de las

    elecciones; har los llamados a los trabajadores; fijar los lugares de votacin quesern en los propios sitios de labor, salvo fuerza mayor que lo impida; har losescrutinios y proclamar a los electos. Cada lista de los candidatos tendr por lomenos un testigo en todos los actos electorales.

    Artculo 5. La lista o padrn electoral estar constituido por todos los trabajadoresactivos y jubilados y pensionados: obreros, empleados, trabajadores rurales,profesionales, cientficos, hombres y mujeres de la cultura afiliados a lasorganizaciones sindicales, y los trabajadores que se afilien a ellas en un lapsoprudencial que determine la Comisin Nacional Electoral Sindical, la cual resolvercualquier negativa de afiliacin de sus trabajadores y organizaciones sindicales. En

    todo caso el padrn electoral o lista de electores debe estar elaborado por lomenos treinta (30) das antes del proceso de votacin.

    Artculo 6. La Comisin Electoral Nacional Sindical dar estricto cumplimiento a lodispuesto en el artculo 95 de la Constitucin de la Repblica Bolivariana deVenezuela, a propsito de la declaracin jurada de patrimonio. La misma deberser presentada por el interesado al postularse como candidato a un cargo dedireccin o representacin sindical y al finalizar el ejercicio. En el mismo sentidodeben rendirse cuentas peridicas a los trabajadores de la administracin de losbienes y recursos de las organizaciones y establecer sanciones severas contratodo acto contrario a la tica en el ejercicio de funciones sindicales.

    Artculo 7. La Asamblea Nacional Constituyente designar tres miembros de suseno que, conjuntamente con un miembro que designe el Consejo NacionalElectoral, sern garantes de todo el proceso de democratizacin y reunificacin delmovimiento sindical venezolano.

    Dada, firmada y sellada en la sede de la Asamblea Nacional Constituyente, enCiudad Bolvar, a los treinta das del mes de enero del ao dos mil. Ao 189 de laIndependencia y 141 de la Federacin.

    El Presidente de la Asamblea Nacional Constituyente,

    Luis Miquilena

    Primer Vicepresidente Encargadode la Asamblea Nacional Constituyente

    Aristbulo Istriz

    Los Constituyentes:

    Adn Chvez Fras, Alberto Jordn Hernndez, Alberto Urdaneta, Alejandro Silva

    Marcano, Amrico Daz Nez, ngel Eugenio Landaeta, ngel Rodrguez, AntoniaMuoz, Antonio Briceo, Antonio Di Giampaolo, Antonio Rodrguez, Atala Uriana,

    12

  • 7/28/2019 62-ANC 30-01-2000

    13/34

    Blancanieve Portocarrero, Braulio lvarez, Carlos Tablante, Csar Prez Marcano,Cristbal Jimnez, Daniel Daz, David De Lima Salas, David Figueroa, DesireSantos Amaral, Diego Salazar, Earle Herrera, Edmundo Chirinos, Elas Jaua, ElasLpez Portillo, Elio Gmez Grillo, Enrique Peraza, Ernesto Alvarenga, FlorencioAntonio Porras, Francisco Ameliach, Freddy Bernal Rosales, Froiln Barrios,

    Gastn Parra Luzardo, Gilmer Viloria, Guillermo Guevara, Gustavo Pereira, Haydede Franco, Hayde Machn, Hermann Escarr, Iris Varela, Jaime Barrios, JessMontilla Villegas, Jess Molina Villegas, Jorge Luis Durn, Jos Luis Gonzlez,Jos Luis Meza, Jos Rangel valos, Jos Vielma Mora, Juan Marn, Julio CsarAlvirez, Lenin Romero, Leonel Jimnez Carupe, Leopoldo Puchi, Levy AlterValero, Liborio Guarulla Garrido, Luis Acua Cedeo, Luis Gamargo, Luis ReyesReyes, Luis Vallenilla, Manuel Vadell, Marelis Prez Marcano, Mara de Queipo,Mario Isea, Marisabel de Chvez, Miguel Garranchn, Miguel Madriz, Mirna Vies delvarez, Nelson Silva, Nstor Len Heredia, Nicols Maduro, Noel Pocaterra,Numa Rojas, Oscar Feo, Oscar Navas, Pablo Medina, Pausides Reyes, PedroOrtega Daz, Pedro Solano Perdomo, Rafael Rodrguez, Ramn Antonio Ynez,

    Ral Est, Reina Romero Garca, Reinaldo Rojas, Roberto Jimnez Maggiolo,Ronald Blanco La Cruz, Rubn vila vila, Samuel Lpez, Sal Ortega, SegundoMelndez, Sol Musett, Tarek William Saab, Victoria Mata, Vinicio Romero Martnez,Vladimir Villegas, William Lara, William Ojeda, Wilmar Alfredo Castro, YldefonsoFinol.

    EL PRESIDENTE.-Este Decreto, como ustedes podrn observar, es el resultado deuna serie de conversaciones que se realizaron con todos los factores queintervienen en el movimiento sindical, de tal manera que es prcticamente unacuerdo ya realizado, por consenso, donde todos esos factores estuvieronpresentes.

    Hubo necesidad de tomar este camino del acuerdo y del consenso, primero,por el respeto que nos merece, que es una cuestin de Principios, para gente comolos que forman la Asamblea Nacional Constituyente, que las organizacionessindicales son organismos independientes, cuya autonoma y cuya independenciadebe ser respetada y no podemos nosotros, en ningn caso, hacer un acto quepudiera, de alguna forma, atentar contra ese principio de la libre determinacin y dela independencia de los sindicatos.

    Igualmente estamos comprometidos por un Decreto que es Ley para el pas,de la Organizacin Internacional del Trabajo, segn el cual este Principio forma

    parte de los convenios y de las obligaciones que el pas ha contrado desde elpunto de vista internacional.

    Igualmente les debo aclarar que se nombran tres Constituyentes, que yadejaran de serlo, sern tres personas que heredan la autoridad que tuvo laAsamblea Nacional Constituyente, pero como Constituyentes cesan en susfunciones en el da de hoy, de tal manera que esta Comisin seguir de ah enadelante con los tres que nosotros designemos como simple factor de lucha paraayudar al Proceso con el respaldo moral que le dio en su momento la AsambleaNacional Constituyente.

    Con estas palabras est en consideracin el Decreto.

    13

  • 7/28/2019 62-ANC 30-01-2000

    14/34

    Tiene la palabra el Constituyente Froiln Barrios.

    CONSTITUYENTE BARRIOS (FROILN).-Continuando con la intervencin quehace el Presidente de la Asamblea. Primero, que este es un acto histrico en elcual en el mundo entero una Asamblea Nacional Constituyente, de comn acuerdo,

    porque la Organizacin Internacional del Trabajo (OIT) estuvo en ese proceso dediscusiones y le dio tambin el visto bueno, en funcin de los Convenios queinicialmente se objetaban, se aprueba este artculo, de all que este es uno de losefectos del trabajo de la Asamblea Nacional Constituyente que los trabajadoresvenezolanos realmente estaban esperando como producto del esfuerzo que hemoshecho durante todos esos seis meses y es un acto de justicia para los trabajadoresde por fin tener organizaciones democrticas, organizaciones que se elijan desdela base, como se propone.

    Voy hacer una sola Propuesta de cambio que no altera en absoluto elacuerdo previamente establecido con las Centrales Sindicales: El Nuevo

    Sindicalismo y el Frente Constituyente de los Trabajadores y es con relacinal artculo 6. En este artculo se establece dar estricto cumplimiento a lodispuesto en el artculo 95 de la Constitucin de la Repblica Bolivariana deVenezuela, pero en ese mismo artculo solamente se hace mencin de ladeclaracin jurada de patrimonio. Nosotros, y el artculo 95 de la Constitucines mucho ms amplio que la declaracin jurada de patrimonio, porque implicatoda la vida democrtica de los estatutos en su conjunto.

    Si le colocamos el punto y aparte en la Repblica de Venezuela nocambia en absoluto el Acuerdo y se dira de la siguiente manera: Dar estrictocumplimiento a lo dispuesto en el artculo 95 de la Constitucin de la

    Repblica Bolivariana de Venezuela.

    A propsito de la declaracin jurada de patrimonio la misma deber serpresentada, y porque digo esto, simplemente por lo siguiente, si no me escucharonles repito brevemente, es fundamental porque eso determina qu, que muchosSindicatos que estn afiliados a la Confederacin de Trabajadores de Venezuela(CTV) y a las Federaciones, tienen unos mecanismos de Comisiones Electorales yde estatutos y, precisamente estn diciendo que como la Ley Orgnica del Trabajono ha sido reformada, lo buscan como excusa para no establecer lo que ya est enla Constitucin establecido en su artculo 95. Cuando lo colocamos aqu, poniendoel punto y aparte en Venezuela, ya de hecho le estamos dando una orden expresa

    que est aprobada en la Constitucin y obligara que toda eleccin que se haga,que va a estar coordinada precisamente por esa Comisin que est en el artculo 7,obligatoriamente se remitan a la actual Constitucin.

    EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra (La Constituyente) Haydee Machn.

    CONSTITUYENTE MACHN (HAYDE).-Es para una pregunta. Yo entiendo que elproceso de democratizacin, de relegitimacin que implica ese Decreto debeabarcar a todo el movimiento sindical nacional en general. Todos conocemos lasituacin de los sindicatos, ligas y federaciones campesinas, no o nombrar en lalectura de (El Constituyente) Istriz a la Federacin Campesina, pregunto Si es

    que hay otro Decreto con relacin a eso?

    14

  • 7/28/2019 62-ANC 30-01-2000

    15/34

    EL PRESIDENTE.-Est aparte. Est en otro Decreto. Se somete a votacin elDecreto con la modificacin que acaba de hacer Froiln Barrios, los que estnde acuerdo que lo manifiesten con la seal de costumbre. (Pausa). Aprobado.

    Contine, ciudadano Secretario.

    EL SECRETARIO.- (Lee):

    7

    3.-Medidas sobre tica Sindical.

    EL PRESIDENTE.- (El Constituyente) Pedro Ortega Daz solicita la palabra. Ah! Espara dejar constancia de la unanimidad en Acta.

    EL SECRETARIO.-Se ha dejado constancia, ciudadano Presidente.

    EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el Constituyente Nicols Maduro.

    CONSTITUYENTE MADURO (NICOLS).-Queda pendiente la designacin de lostres Constituyentes garantes del proceso de reunificacin sindical. Propongo quese faculte al Congresillo para que evale y designe a la mayor brevedad esos tresgarantes del seno de los Constituyentes.

    EL PRESIDENTE.-Quiero aclararle al Constituyente Maduro que no existeCongresillo, se llama Comisin Legislativa Nacional. Srvase dar lectura al prximoDecreto.

    EL SECRETARIO.-Medidas sobre tica Sindical.

    CONSTITUYENTE ISTRIZ (ARISTBULO).- (Lee):

    LA ASAMBLEA NACIONALCONSTITUYENTE

    en nombre y representacin del Pueblo Soberano de Venezuela, en ejercicio delPoder Constituyente Originario otorgado por ste mediante referendo aprobadodemocrticamente el veinticinco de abril de mil novecientos noventa y nueve, para

    transformar el Estado y crear un nuevo ordenamiento jurdico que permita elfuncionamiento efectivo de una democracia social y participativa, y enconcordancia con el artculo 1 del Estatuto de Funcionamiento de la AsambleaNacional Constituyente,

    Considerando:

    Que en el movimiento sindical venezolano se entronizaron prcticas de corrupcinadministrativa a travs de las cuales se malversaron las finanzas de los sindicatosy, por ende, de los trabajadores venezolanos.

    Que estas prcticas envilecieron al sindicalismo venezolano, generando, salvoexcepciones, una casta de dirigentes sindicales enriquecidos, poseedores de

    15

  • 7/28/2019 62-ANC 30-01-2000

    16/34

    inmensas fortunas, con altos privilegios en desmedro de las condiciones de vida delos trabajadores,

    Decreta

    las siguientes,

    MEDIDAS SOBRE TICASINDICAL Y GREMIAL

    Artculo 1. Se ordena a los rganos del Poder Ciudadano que procedan a lainvestigacin de los delitos y actos contrarios a la moral y en detrimento de losintereses econmicos de los trabajadores cometidos por dirigentes sindicales enejercicio de sus funciones en las centrales nacionales, federaciones y sindicatos debase;

    Artculo 2. En ejercicio pleno de estas facultades, los rganos del PoderCiudadano quedan autorizados para averiguar el origen de estas fortunas nojustificadas y dictaminar las medidas cautelares que sean necesarias.

    Dada, firmada y sellada en Ciudad Bolvar a los treinta das del mes de enero delao dos mil. Ao 189 de la Independencia y 141 de la Federacin. (Aplausos).

    El Presidente de la Asamblea Nacional Constituyente,Luis Miquilena

    Primer Vicepresidente Encargadode la Asamblea Nacional Constituyente,

    Aristbulo IstrizLos Constituyentes:

    Adn Chvez Fras, Alberto Jordn Hernndez, Alberto Urdaneta, Alejandro SilvaMarcano, Amrico Daz Nez, ngel Eugenio Landaeta, ngel Rodrguez, AntoniaMuoz, Antonio Briceo, Antonio Di Giampaolo, Antonio Rodrguez, Atala Uriana,Blancanieve Portocarrero, Braulio lvarez, Carlos Tablante, Csar Prez Marcano,Cristbal Jimnez, Daniel Daz, David De Lima Salas, David Figueroa, DesireSantos Amaral, Diego Salazar, Earle Herrera, Edmundo Chirinos, Elas Jaua, ElasLpez Portillo, Elio Gmez Grillo, Enrique Peraza, Ernesto Alvarenga, FlorencioAntonio Porras, Francisco Ameliach, Freddy Bernal Rosales, Froiln Barrios,Gastn Parra Luzardo, Gilmer Viloria, Guillermo Guevara, Gustavo Pereira, Haydede Franco, Hayde Machn, Hermann Escarr, Iris Varela, Jaime Barrios, Jess

    Montilla Villegas, Jess Molina Villegas, Jorge Luis Durn, Jos Luis Gonzlez,Jos Luis Meza, Jos Rangel valos, Jos Vielma Mora, Juan Marn, Julio Csar

    16

  • 7/28/2019 62-ANC 30-01-2000

    17/34

    Alvirez, Lenin Romero, Leonel Jimnez Carupe, Leopoldo Puchi, Levy AlterValero, Liborio Guarulla Garrido, Luis Acua Cedeo, Luis Gamargo, Luis ReyesReyes, Luis Vallenilla, Manuel Vadell, Marelis Prez Marcano, Mara de Queipo,Mario Isea, Marisabel de Chvez, Miguel Garranchn, Miguel Madriz, Mirna Vies delvarez, Nelson Silva, Nstor Len Heredia, Nicols Maduro, Noel Pocaterra,

    Numa Rojas, Oscar Feo, Oscar Navas, Pablo Medina, Pausides Reyes, PedroOrtega Daz, Pedro Solano Perdomo, Rafael Rodrguez, Ramn Antonio Ynez,Ral Est, Reina Romero Garca, Reinaldo Rojas, Roberto Jimnez Maggiolo,Ronald Blanco La Cruz, Rubn vila vila, Samuel Lpez, Sal Ortega, SegundoMelndez, Sol Musett, Tarek William Saab, Victoria Mata, Vinicio Romero Martnez,Vladimir Villegas, William Lara, William Ojeda, Wilmar Alfredo Castro, YldefonsoFinol.

    EL PRESIDENTE.-En vista de los aplausos, se da por aprobado el Decreto poraclamacin.(Aplausos).

    Siguiente Decreto, ciudadano Secretario.

    EL SECRETARIO.- (Lee):

    8

    4.-Decreto Cese de Directores Laborales.

    CONSTITUYENTE ISTRIZ (ARISTBULO).- (Lee):

    LA ASAMBLEA NACIONAL

    CONSTITUYENTE

    en nombre y representacin del Pueblo Soberano de Venezuela, en ejercicio delPoder Constituyente Originario otorgado por ste mediante referendo aprobadodemocrticamente el veinticinco de abril de mil novecientos noventa y nueve, paratransformar el Estado y crear un nuevo ordenamiento jurdico que permita elfuncionamiento efectivo de una democracia social y participativa, y enconcordancia con el artculo 1 del Estatuto de Funcionamiento de la AsambleaNacional Constituyente,

    Considerando:

    Que la representacin de los directores laborales en las empresas del Estadoha dejado de cumplir con los Principios y Objetivos establecidos en la LeyOrgnica del Trabajo y se ha convertido en un factor de perversin y decorrupcin de la actividad laboral,

    Decreta:

    Artculo 1.A partir de la publicacin del presente Decreto, cesar en sus funcionesa los dos directores laborales sealados en el artculo 610 de la Ley Orgnica delTrabajo. Por tanto, en los directorios, juntas directivas o administradoras o consejos

    de administracin de los institutos autnomos y organismos de desarrolloeconmico o social del sector pblico y de las empresas en que el Estado u otra

    17

  • 7/28/2019 62-ANC 30-01-2000

    18/34

    persona de Derecho Pblico sea titular de ms del cincuenta por ciento (50%) delcapital, los directores laborales, identificados anteriormente, sern electos porvotacin directa y secreta por mayora calificada de los trabajadores de lareferida empresa estatal. Dichos directores no cobrarn remuneracinadicional al salario percibido por el cargo que desempeen en la empresa,

    salvo los gastos inherentes al ejercicio de sus funciones de representacin.

    Artculo 2.En cada una de las empresas contempladas en el numeral anterior seprocede a la eleccin prevista en este Decreto en un trmino de sesenta (60) das.A tal efecto, sin la injerencia de organizacin alguna en el trmino de treinta (30)das, los trabajadores de estas empresas, en Asamblea General, elegirn laComisin Electoral, que, de acuerdo con las directrices del Consejo NacionalElectoral (CNE), realizarn la eleccin de los directores laborales de estasempresas.

    Dado, firmado y sellado en Ciudad Bolvar, a los treinta das del mes de enero del

    ao dos mil. Ao 189 de la Independencia y 141 de la Federacin.

    El Presidente de la Asamblea Nacional Constituyente

    Luis Miquilena

    Primer Vicepresidente Encargadode la Asamblea Nacional Constituyente

    Aristbulo Istriz

    Los Constituyentes:

    Adn Chvez Fras, Alberto Jordn Hernndez, Alberto Urdaneta, Alejandro SilvaMarcano, Amrico Daz Nez, ngel Eugenio Landaeta, ngel Rodrguez, AntoniaMuoz, Antonio Briceo, Antonio Di Giampaolo, Antonio Rodrguez, Atala Uriana,Blancanieve Portocarrero, Braulio lvarez, Carlos Tablante, Csar Prez Marcano,Cristbal Jimnez, Daniel Daz, David De Lima Salas, David Figueroa, DesireSantos Amaral, Diego Salazar, Earle Herrera, Edmundo Chirinos, Elas Jaua, ElasLpez Portillo, Elio Gmez Grillo, Enrique Peraza, Ernesto Alvarenga, FlorencioAntonio Porras, Francisco Ameliach, Freddy Bernal Rosales, Froiln Barrios,Gastn Parra Luzardo, Gilmer Viloria, Guillermo Guevara, Gustavo Pereira, Hayde

    de Franco, Hayde Machn, Hermann Escarr, Iris Varela, Jaime Barrios, JessMontilla Villegas, Jess Molina Villegas, Jorge Luis Durn, Jos Luis Gonzlez,Jos Luis Meza, Jos Rangel valos, Jos Vielma Mora, Juan Marn, Julio CsarAlvirez, Lenin Romero, Leonel Jimnez Carupe, Leopoldo Puchi, Levy AlterValero, Liborio Guarulla Garrido, Luis Acua Cedeo, Luis Gamargo, Luis ReyesReyes, Luis Vallenilla, Manuel Vadell, Marelis Prez Marcano, Mara de Queipo,Mario Isea, Marisabel de Chvez, Miguel Garranchn, Miguel Madriz, Mirna Vies delvarez, Nelson Silva, Nstor Len Heredia, Nicols Maduro, Noel Pocaterra,Numa Rojas, Oscar Feo, Oscar Navas, Pablo Medina, Pausides Reyes, PedroOrtega Daz, Pedro Solano Perdomo, Rafael Rodrguez, Ramn Antonio Ynez,Ral Est, Reina Romero Garca, Reinaldo Rojas, Roberto Jimnez Maggiolo,

    Ronald Blanco La Cruz, Rubn vila vila, Samuel Lpez, Sal Ortega, SegundoMelndez, Sol Musett, Tarek William Saab, Victoria Mata, Vinicio Romero Martnez,

    18

  • 7/28/2019 62-ANC 30-01-2000

    19/34

    Vladimir Villegas, William Lara, William Ojeda, Wilmar Alfredo Castro, YldefonsoFinol.

    EL PRESIDENTE.-En consideracin el decreto ledo. (Pausa).Tiene la palabra elConstituyente Vinicio Romero.

    CONSTITUYENTE ROMEO (VINICIO).-Presidente: Es para hacer una observacin.En los tres decretos que se han hecho, se han equivocado. Es 189 de laIndependencia y 141 de la Federacin.

    EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el Constituyente Luis Reyes Reyes.

    CONSTITUYENTE REYES REYES (LUIS).-Presidente: Una informacin. Eran dosrepresentantes laborales, uno de la Confederacin de Trabajadores de Venezuela(CTV) y uno de los trabajadores. Entiendo que va quedar un solo representanteque es de los trabajadores. No?

    Inicialmente haba un solo representante que era de los trabajadores, luegola Confederacin de Trabajadores de Venezuela (CTV) puso uno. Se entenda quebamos a eliminar el de la Confederacin de Trabajadores de Venezuela (CTV) ebamos a dejar el de los trabajadores.

    CONSTITUYENTE ISTRIZ (ARISTBULO).-Tiene que ser electo ahora por lostrabajadores.

    EL ORADOR.- Pero van a quedar dos representantes todava, uno de laConfederacin de Trabajadores de Venezuela (CTV) y uno de los trabajadores?

    EL PRESIDENTE.-Deben aclararse que si se elige un trabajador en estoscasos, se har con el sueldo que gana como trabajador y no con el sueldoque iba ganar en la empresa como director laboral.

    Tiene la palabra el Constituyente Froiln Barrios.

    CONSTITUYENTE BARRIOS (FROILN).-Hay que crear lo siguiente, los dosdirectores laborales son los que estn establecidos en el artculo 610 de la LeyOrgnica del Trabajo, uno, el 612, es el que designa la Confederacin deTrabajadores de Venezuela (CTV) que es el que est eliminado, y el 613 es el quelos trabajadores han designado por la va directa y secreta.

    Ahora, De qu se trata? De que los dos Directores Laborales seanconfirmados. No es que van a ser eliminados los Directores Laborales. Van aseguir existiendo porque es la figura de la cogestin, pero los dos, electos por lostrabajadores, directamente por la base. De eso se trata.

    Lo que hay es que establecer -una Propuesta que me hace el ConstituyenteNicols Maduro- es en cunto al tiempo, que no sea sesenta (60) das sino que seaun tiempo adicional el que se le de para que permita que ese proceso se d contoda la plenitud del caso.

    EL PRESIDENTE.-Podra aumentarse el tiempo, lo que no se debe aumentar es elque cesen los actuales funcionarios que en esa materia estn. Esos deben cesar

    19

  • 7/28/2019 62-ANC 30-01-2000

    20/34

    inmediatamente en sus funciones.

    El Constituyente Reyes Reyes Propone que sea un solo representantelaboral el que se elija. Yo comparto ese punto de vista.

    Tiene la palabra el Constituyente Nicols Maduro.

    CONSTITUYENTE MADURO (NICOLS).-Presidente: Los dos son representantesde los trabajadores. Lo que estamos haciendo es democratizar la eleccin de unrepresentante que lo designaba la burocracia de la Confederacin de Trabajadoresde Venezuela (CTV). Entonces, no vamos hacer un dao de algo que es unaconquista del siglo pasado de los trabajadores. El dao se lo hizo la burocraciasindical. Nosotros lo que estamos es sacndole un representante a laConfederacin de Trabajadores de Venezuela (CTV) y entregndoselo a lostrabajadores para que lo elija. Hoy en da los trabajadores eligen uno y la idea esque elijan los dos que tienen.

    Se trata de reivindicar la democracia sindical que es el espritu de todos losDecretos y no reducir los Derechos que los trabajadores han conquistado de estarrepresentados democrticamente en las directivas.

    EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el Constituyente Aristbulo Istriz.

    CONSTITUYENTE ISTRIZ (ARISTBULO).-Las cosas estn muy claras. Estoy deacuerdo con el Constituyente Maduro con lo de los dos representantes. Cuandoestamos eligiendo los trabajadores directamente, ah est la conquista, y el otroelemento importante es que un director laboral de Petrleos de Venezuela, S.A.

    (PDVSA), cobra como director de PDVSA. En este cambio va cobrar lo que lgana por el cargo que desempea en la empresa. Es ah donde estamosdesburocratizando y limpiando de corrupcin esta accin sindical.EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra (El Constituyente) Vinicio Romero para unpunto de informacin.

    CONSTITUYENTE ROMERO (VINICIO).-Presidente. No entiendo por qu si estosDecretos los estamos aprobando hoy y aqu en Ciudad Bolvar, tienen que serfechados en Caracas el da 28 de enero.

    CONSTITUYENTE ISTRIZ (ARISTBULO).-Hemos dicho que es una cosa formal

    y tenemos que cambiarlo, hermano, porque estaba para el da de ayer. Se vacambiar.

    EL ORADOR.-Est bien, y que cambien tambin, por favor, los aos que yatranscurrieron.

    EL PRESIDENTE.-Se cambian tambin. (Pausa). Los ciudadanosConstituyentes que estn de acuerdo con la Proposicin hecha y con elDecreto se servirn manifestarlo con la seal de costumbre. (Pausa).Aprobado.

    Siguiente Acto Constituyente, ciudadano Secretario.

    20

  • 7/28/2019 62-ANC 30-01-2000

    21/34

    EL SECRETARIO.- (Lee):

    9

    5.-Decreto sobre las elecciones de la Federacin Campesina.

    EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el Constituyente Aristbulo Istriz.

    CONSTITUYENTE ISTRIZ (ARISTBULO).- (Lee):

    LA ASAMBLEA NACIONALCONSTITUYENTE

    en nombre y representacin del Pueblo Soberano de Venezuela, en ejercicio delPoder Constituyente Originario otorgado por ste mediante Referndum aprobadodemocrticamente el 25 de abril de 1999, para transformar el Estado y crear un

    nuevo ordenamiento jurdico que permita el funcionamiento efectivo de unademocracia social y participativa y en concordancia con el artculo 1 del Estatutode Funcionamiento de la Asamblea Nacional Constituyente,

    Considerando:

    Que la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela, especialmente ensus artculos 305, 306 y 307 establece la prioridad de la actividad agropecuariasustentable y los Derechos de los sujetos de Reforma Agraria en funcin social;Que la Ley de Reforma Agraria, especialmente en su artculo 68 establece demanera clara quines son los sujetos de Reforma Agraria en funcin social;

    Que ha venido ocurriendo en los diversos procesos de elecciones de laFederacin Campesina de Venezuela una desnaturalizacin y violacinsistemtica de estos preceptos, pues se ha venido seleccionando comodirectivos y permitiendo votar a personas ajenas a las condiciones antesenunciadas y con una estructura organizativa no funcional, sino meramentede conveniencia poltica;

    Que en los Procesos Electorales de la Federacin Campesina de Venezuela sehan venido violando flagrante y sistemticamente la Ley Orgnica del Trabajo,especialmente en el artculo 433, a realizar elecciones de segundo y tercer

    grado en convenciones desconocidas para sus miembros, violando asimismoel artculo 95 de la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela queordena el sufragio directo, secreto y con alternabilidad de candidatos en lasorganizaciones de trabajadores;

    Que no se han cumplido los informes de ley en cuanto al manejo delpatrimonio de la Federacin Campesina de Venezuela, lo que ha llevado a lacorrupcin de los dirigentes y al empobrecimiento de la misma, que hamotivado un proceso de enfrentamiento y caos interno, sin salidaparticipativa, transparente y democrtica, con debilitamiento institucional ydel sector campesino golpeado por orientaciones econmicas no sociales;

    Que es deber de la Asamblea Nacional Constituyente, en su condicin de mxima

    21

  • 7/28/2019 62-ANC 30-01-2000

    22/34

    instancia, salvaguardar los intereses y aspiraciones legtimas populares ynacionales y, entre ellos, lo de los sujetos de reforma agraria que han vistoincumplidos sus objetivos sociales y organizativos,

    Decreta:

    lo siguiente

    Sobre elecciones en la Federacin Campesinade Venezuela entre sujetos

    de reforma agraria

    Artculo 1.-Se ordena salvaguardar en nombre de los Sujetos de Reforma Agraria ydel Estado, los bienes de la Federacin Campesina de Venezuela (FCV) yempresas filiales, al Defensor de los Derechos del Pueblo, quien conjuntamentecon el Fiscal General de la Repblica y el Procurador Agrario Nacional, los

    identificarn, ubicarn y tomarn posesin de los mismos, harn inventarios, listasde faltantes, guarda, custodia y administracin ordinaria de los mismos, sin gravarni enajenar y rendirn cuenta pblica, peridica y suficiente ante los sujetos dereforma agraria que tomarn posesin de los mismos, una vez realizadas lasnuevas elecciones de la Federacin Campesina de Venezuela, segn este Decreto.

    El Defensor del Pueblo con la colaboracin de los otros dos funcionarios antesnombrados, realizar las acciones judiciales necesarias contra quienes hayanintentado contra la integridad y mantenimiento de dichos bienes patrimoniales.

    Artculo 2.-Se suspende de sus representaciones actuales a los delegados de

    la Federacin Campesina de Venezuela en las Instituciones Pblicas deeleccin nacional y estadal.

    Artculo 3.-Se convoca al proceso electoral de la Federacin Campesina deVenezuela, previa realizacin del censo electoral de sujetos de reforma agraria conderechos a elegir y ser elegido.

    Artculo 4.-Se crea la Comisin Electoral Agraria Interinstitucional, que en conjuntocon los testigos de las diferentes candidaturas a la Presidencia Nacional de laFederacin Campesina de Venezuela, inscrita en su debido momento, organizarel censo electoral agrario previsto en el artculo 2 de este Decreto. Posteriormente

    el proceso de inscripcin de candidatos electorales con suficiente respaldo y elproceso electoral de la Federacin Campesina de Venezuela.

    Artculo 5.-La Comisin Electoral Agraria Interinstitucional estar conformada porun representante de la Procuradura Agraria Nacional, quien la preside; unrepresentante del Instituto Agrario Nacional o del ente que lo sustituya; unrepresentante del sector agropecuario del Ministerio de Produccin y Comercio; unrepresentante del Consejo Nacional Electoral y un representante de la Asociacinde Abogados Laborales relacionados con el sector agropecuario.

    Artculo 6.-La Comisin Electoral Agraria Interinstitucional se conformar y

    concesionar en los ocho das hbiles a la publicacin de este Decreto,sesionando en la sede de la Procuradura Agraria Nacional y dictar sus propias

    22

  • 7/28/2019 62-ANC 30-01-2000

    23/34

    normas y decisiones que incluirn, de modo inmediato, su horario y calendario deactividades, apoyos institucionales, presupuestarios, tcnicos y logsticosnecesarios y posibles, sus das y horas de audiencia de los interesados, as comola forma de publicidad de sus decisiones.

    La Comisin recibir, analizar y publicar las Propuestas de nueva estructuraorganizativa, funcional de la Federacin Campesina de Venezuela que le entreguepor escrito y apoyo de firmantes los Sujetos de Reforma Agraria debidamentecensados, para decidir la nueva estructura organizativa que la rija la nuevaFederacin Campesina de Venezuela ante el proceso de inscripcin decandidatura.

    Artculo 7.-Lo no previsto en este Decreto lo decidir la Comisin Electoral AgrariaInterinstitucional con el apoyo tcnico y la asesora del Consejo Nacional Electoral,en el transcurso del prximo semestre.

    (En consideracin. Cerrado el debate. Se vota. Aprobado).

    EL PRESIDENTE.-Siguiente Acto Constituyente, ciudadano Secretario.

    EL SECRETARIO.- (Lee):10

    Decreto que fija la fecha de las elecciones.EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el Constituyente Aristbulo Istriz.

    CONSTITUYENTE ISTRIZ (ARISTBULO). (Lee):

    LA ASAMBLEA NACIONALCONSTITUYENTE

    en nombre y representacin del Pueblo Soberano de Venezuela, en ejercicio delPoder Constituyente Originario otorgado por ste mediante Referndum aprobadodemocrticamente el 25 de abril de 1999, para transformar el Estado y crear unnuevo ordenamiento jurdico que permita el funcionamiento efectivo de unademocracia social y participativa y en concordancia con el artculo 39 del Rgimende Transicin del Poder Pblico, aprobado por la Asamblea Nacional Constituyenteen sesin del 22 de diciembre de 1999, y publicado en la Gaceta Oficial N 36.859

    de fecha 29 de diciembre de 1999,

    Considerando:

    Que el da 30 de diciembre de 1999 entr en vigencia la Constitucin de laRepblica Bolivariana de Venezuela, publicada en Gaceta Oficial N 36.860;

    Que la Constitucin vigente prev una estructura de integracin de los rganos delPoder Legislativo nacional y estadal, distinto a los extintos Congreso de laRepblica y Asambleas Legislativas de los Estados;

    Que los perodos previstos por la Constitucin vigente para el Presidente de laRepblica y los Gobernadores de Estado han variado con respecto a los perodos

    23

  • 7/28/2019 62-ANC 30-01-2000

    24/34

    para los que fueron elegidos, quienes actualmente ocupan dichos cargos;

    Que los perodos de los Concejales y Alcaldes Municipales, integrantes de lasJuntas Parroquiales se encuentran vencidos y dichas autoridades requieren serelegidas democrticamente por las comunidades;

    Que la Constitucin vigente prev una estructura de integracin de los rganos delDistrito Capital distinto a los existentes;

    Que los representantes de Venezuela en los Parlamentos Latinoamericano yAndino, respectivamente, deben ser elegidos en forma democrtica, de maneradirecta y transparente por el Pueblo;

    Que por primera vez se ejercer el Derecho de los ancestrales Pueblos Indgenas aelegir una representacin en los Cuerpos Legislativos del Estado;

    Que por primera vez los ciudadanos que integran la Fuerza Armada Nacional,

    ejercern el derecho poltico individual al sufragio que le reconoce la Constitucin,

    Decreta:

    Artculo nico: Se fija el da 28 de mayo del ao 2000 para la eleccin deDiputados a la Asamblea Nacional, Presidente de la Repblica, Diputados a losConsejos Legislativos y Gobernadores de los Estados, Concejales al CabildoMetropolitano y al Alcalde Mayor del Distrito Capital, integrantes de los ConcejosMunicipales y Alcaldes de los Municipios; Juntas Parroquiales; Representantes del

    Parlamento Latinoamericano y Representantes al Parlamento Andino.

    EL PRESIDENTE.-En consideracin el decreto ledo. (Pausa).Tiene la palaba elconstituyente Jos Vicente Rangel.

    CONSTITUYENTE RANGEL (JOS VICENTE).-No es Alcalde Mayor, es AlcaldeMetropolitano.

    EL PRESIDENTE.-Antes quiero hacer una aclaratoria, no es Alcalde Mayor esAlcalde Metropolitano.

    CONSTITUYENTE LARA (WILLIAM).-El nombre del Distrito es Metropolitano deCaracas.

    EL PRESIDENTE.-Ya se hizo la observacin. Se va cerrar el debate. (Pausa).LosConstituyentes que estn de acuerdo con el Decreto ledo se servirn manifestarlocon la seal de costumbre. (Pausa). Aprobado. (Aplausos).

    Siguiente Acto Constituyente, ciudadano Secretario.

    EL SECRETARIO. - (Lee):

    11

    24

  • 7/28/2019 62-ANC 30-01-2000

    25/34

    7.-Ampliacin de las competencias de la Comisin Legislativa Nacional.

    EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el Constituyente Aristbulo Istriz.CONSTITUYENTE ISTRIZ (ARISTBULO). - (Lee):

    LA ASAMBLEA NACIONALCONSTITUYENTE

    en nombre y representacin del Pueblo Soberano de Venezuela, en ejercicio delPoder Constituyente Originario otorgado por ste mediante Referendo aprobadodemocrticamente el veinticinco de abril de mil novecientos noventa y nueve, paratransformar el Estado y crear un nuevo ordenamiento jurdico que permita elfuncionamiento efectivo de una democracia social y participativa, y enconcordancia con el artculo 1 del Estatuto de Funcionamiento de la AsambleaNacional Constituyente y con Rgimen de Transicin del Poder Pblico aprobadopor la Asamblea Nacional Constituyente en sesin de fecha veintids de diciembre

    de mil novecientos noventa y nueve y publicada en la Gaceta Oficial de laRepblica N 31.243 de fecha veintinueve de diciembre de mil novecientos noventay nueve,

    Decreta:

    la siguiente

    Ampliacin de las competenciasde la Comisin Legislativa Nacional

    Artculo nico: Se asigna a la Comisin Legislativa Nacional competenciasespeciales para considerar:

    1.-El nombramiento de los integrantes de las Comisiones Legislativas de losEstados previstas en el artculo 12 del Reglamento de Rgimen de Transicin delPoder Pblico aprobado por la Asamblea Nacional Constituyente.

    2.-El nombramiento de los integrantes del Primer Comit de Postulaciones delPoder Ciudadano previsto en la Constitucin.

    3.-El nombramiento de los suplentes de los Magistrados del Tribunal Supremo de

    Justicia, el Defensor del Pueblo y del Fiscal General de la Repblica previstorespectivamente en los artculos 19, 34 y 35 del Rgimen de Transicin del PoderPblico.

    4.-La designacin de una Comisin Evaluadora a fin de revisar los expedientes delos trabajadores del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales que fueronafectados en el proceso de reestructuracin.

    5.-Ordenar la investigacin de los delitos y actos contrarios a la moral y endetrimento de los intereses econmicos de los trabajadores cometidos pordirigentes sindicales en ejercicio de sus funciones en las centrales

    nacionales, federaciones y sindicatos de base.

    25

  • 7/28/2019 62-ANC 30-01-2000

    26/34

    6.-Medidas sobre la reactivacin de la Marina Mercante Venezolana.

    7.-Medidas sobre el pago de prestaciones a los ex trabajadores deVenezolana Internacional de Aviacin S.A. (VIASA).

    8.-Cesar en sus funciones a los directores laborales sealados en el artculo610 de la Ley Orgnica del Trabajo.

    9.-Medidas para garantizar el desarrollo del sector agrcola nacional.

    10.-Medidas para atender la emergencia nacional agraria.

    11.-Medidas sobre la situacin del Jardn Botnico de Valencia.

    12.-Medidas sobre el registro de los venezolanos nacidos en territorio nacional.

    13.-Medidas sobre la Propuesta de la creacin de la Universidad del Orinoco.

    14.-Medidas sobre la Propuesta de nombrar a las vas terrestres con nombre ygentilicios latinoamericanos.

    15.-Medidas sobre el tratamiento tributario a las Asociaciones Cooperativas.

    16.-Medidas sobre la reincorporacin de msicos a la Fundacin OrquestaFilarmnica Nacional.

    17.-Medidas sobre la reincorporacin del personal policial a los rganos de

    seguridad ciudadana.

    18.-Medidas sobre la reincorporacin de dirigentes sindicales despedidos enviolacin del ordenamiento jurdico.

    19.-Medidas sobre la Ley de Amnista Poltica General.

    20.-Medidas sobre los procesos electorales de asociaciones gremiales.

    21.-Medidas para la reestructuracin y reforma de la Educacin Superior. OJO

    22.-Medidas sobre la evaluacin y control de Rgimen de Concesiones decarreteras y autopistas nacionales.

    Dado, firmado y sellado en Ciudad Bolvar a los treinta das del mes de enero delao dos mil. Ao 189 de la Independencia y 141 de la Federacin.

    El Presidente de la Asamblea Nacional ConstituyenteLuis Miquilena

    Primer Vicepresidente Encargado de la Asamblea Nacional ConstituyenteAristbulo Istriz

    Los Constituyentes:

    26

  • 7/28/2019 62-ANC 30-01-2000

    27/34

    Adn Chvez Fras, Alberto Jordn Hernndez, Alberto Urdaneta, Alejandro SilvaMarcano, Amrico Daz Nez, ngel Eugenio Landaeta, ngel Rodrguez, AntoniaMuoz, Antonio Briceo, Antonio Di Giampaolo, Antonio Rodrguez, Atala Uriana,Blancanieve Portocarrero, Braulio lvarez, Carlos Tablante, Csar Prez Marcano,

    Cristbal Jimnez, Daniel Daz, David De Lima Salas, David Figueroa, DesireSantos Amaral, Diego Salazar, Earle Herrera, Edmundo Chirinos, Elas Jaua, ElasLpez Portillo, Elio Gmez Grillo, Enrique Peraza, Ernesto Alvarenga, FlorencioAntonio Porras, Francisco Ameliach, Freddy Bernal Rosales, Froiln Barrios,Gastn Parra Luzardo, Gilmer Viloria, Guillermo Guevara, Gustavo Pereira, Haydede Franco, Hayde Machn, Hermann Escarr, Iris Varela, Jaime Barrios, JessMontilla Villegas, Jess Molina Villegas, Jorge Luis Durn, Jos Luis Gonzlez,Jos Luis Meza, Jos Rangel valos, Jos Vielma Mora, Juan Marn, Julio CsarAlvirez, Lenin Romero, Leonel Jimnez Carupe, Leopoldo Puchi, Levy AlterValero, Liborio Guarulla Garrido, Luis Acua Cedeo, Luis Gamargo, Luis ReyesReyes, Luis Vallenilla, Manuel Vadell, Marelis Prez Marcano, Mara de Queipo,

    Mario Isea, Marisabel de Chvez, Miguel Garranchn, Miguel Madriz, Mirna Vies delvarez, Nelson Silva, Nstor Len Heredia, Nicols Maduro, Noel Pocaterra,Numa Rojas, Oscar Feo, Oscar Navas, Pablo Medina, Pausides Reyes, PedroOrtega Daz, Pedro Solano Perdomo, Rafael Rodrguez, Ramn Antonio Ynez,Ral Est, Reina Romero Garca, Reinaldo Rojas, Roberto Jimnez Maggiolo,Ronald Blanco La Cruz, Rubn vila vila, Samuel Lpez, Sal Ortega, SegundoMelndez, Sol Musett, Tarek William Saab, Victoria Mata, Vinicio Romero Martnez,Vladimir Villegas, William Lara, William Ojeda, Wilmar Alfredo Castro, YldefonsoFinol.

    EL PRESIDENTE.-En consideracin el Decreto ledo. Tiene la palabra el

    Constituyente Edmundo Chirinos.

    CONSTITUYENTE CHIRINOS (EDMUNDO).-Haba sido Propuesta una medida dereestructuracin del Sistema de Educacin Superior, en virtud de que no hay eltiempo en este acto y est omitido en esa lista, solicito que se incluya.

    EL PRESIDENTE.-Correcto. Srvase tomar nota, ciudadano Secretario. Tiene lapalabra el Constituyente Di Giampaolo.

    CONSTITUYENTE DI GIAMPAOLO (ANTONIO).-Yo quera hacer un comentario enfuncin de lo siguiente: Como bien sabemos, esa condicin de supra

    constitucionalidad ya no la tiene la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), como,adems, bien sabemos existe un rgimen que defini el Vicepresidente AristbuloIstriz como de para constitucionalidad que permiti que se aprobase antes de lapublicacin de la Constitucin en Gaceta un Decreto que estableca una serie decondiciones, entre ellas la del Congresillo o, mejor dicho, para que no hayaproblemas de interpretacin, la Comisin Nacional Legislativa.

    Lo que s no puedo admitir porque no lo entiendo, seor Presidente, es quehaya una suerte de smosis legislativa y una suerte de smosis constitucional quele transfiera carcter casi tipo originario luego a esa Comisin Nacional. Desde esepunto de vista discrepo del sentido del Decreto, de que se le pueda conferir a la

    Comisin Legislativa Nacional competencias que, en todo caso, ya era discutible sise podan dictar por esta Asamblea en este momento cuando ya no es

    27

  • 7/28/2019 62-ANC 30-01-2000

    28/34

    supraconstitucional. Pero, sobre todo, por dos de los aspectos que lamentoprofundamente que no fueron aprobados como Decretos aparte por esta Asamblea,concretamente el tema de la amnista, porque cuando, particularmente, vot por elborrn y cuenta nueva dentro del mundo militar, pens que esta Asamblea no iba aperder la oportunidad de hacer lo mismo con la amnista en general en el plano

    poltico, para tanta gente que ha luchado, incluso gente con la que en el planopersonal tengo grandsimas diferencias y son obviamente mucho ms cercanas austedes que a m, pero que entiendo que este es un pas que ha tenido unatradicin pacifista y una poltica de pacificacin y creo que se produjo una profundadesigualdad entre la situacin militar y la civil.

    La otra es el Decreto que tiene que ver con el tema de los Gremios. Ascomo se hizo y vot por el Decreto de Libertad Sindical y vot por el Decreto de laReorganizacin en el mundo de la actividad campesina, siento que perdimos unaextraordinaria oportunidad en cuanto a la libertad gremial.

    Pongo en duda que la Comisin Legislativa Nacional tenga competenciaspara hacer lo que la Asamblea Nacional Constituyente) no pudo hacer en su debidomomento. Muchas gracias.

    EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el Constituyente Hermann Escarr.

    CONSTITUYENTE ESCARR (HERMANN).-Honorable Presidente, Directiva,honorables Constituyentes. Como estn los medios de comunicacin socialatentos, como es lgico, ellos han sido nuestros aliados pedaggicos en elesfuerzo constituyente, me parece necesario hacer algunas aclaratorias que, porsupuesto, comprendo de parte del Constituyente Di Giampaolo, porque no

    necesariamente l tendra que conocer los aspectos tcnicos constitucionales deeste proceso.

    La primera consideracin es que un Congreso u rgano legislativo tienetres funciones: Funcin administrativa, funcin legislativa y funcin de investigacin.Se manifiesta tambin a travs de leyes, a travs de actos parlamentarios sin formade ley y tambin a travs de medidas administrativas; en consecuencia, lo quehabra que decir es que ninguna de las competencias que se acaban de transferirse corresponden con el Poder Constituyente Originario. No tienen nada que vercon la supra constitucionalidad; s tienen que ver con un rgimen transitorio, esergimen transitorio uno de sus rganos es casualmente el Consejo Nacional

    Legislativo que tiene, adems, un carcter inter temporal. De tal manera que,repito, primero, no hay ninguna distorsin, no hay ningn exceso, no hay ningunaultrapetita, no hay ninguna desviacin jurdica, no hay ningn abuso de Poder niest planteado en modo alguno transferir el Poder Constituyente Originario, quecesa hoy en el acto protocolar que nos espera.

    Insisto, honorable directiva, honorables Constituyentes, lo que se ha hechoes reconfirmar lo que son las competencias naturales del rgano legislativo. Todaslas medidas que se han mencionado, todas sin excepcin, tienen que ver con actosadministrativos. La doctrina ha dicho con, muchsima claridad, que ya no hay unaseparacin absoluta de Poderes sino que los Poderes pueden colaborar ente s en

    el ejercicio de sus funciones; de all que el rgano Legislativo ejerce funciones deGobierno, actos administrativos o medidas administrativas que se acaban de

    28

  • 7/28/2019 62-ANC 30-01-2000

    29/34

    transferir, ejerce otro tipo de actos que no son leyes, actos parlamentarios sinforma de ley y, por supuesto, lo que es la reserva legal que son las llamadas leyesordinarias.

    Siendo as, manifiesto mi respaldo de manera absoluta y con toda la

    responsabilidad que debo asumir como conocedor del Derecho Constitucionalvenezolano o por lo menos estudioso, de que ah no hay ningn abuso de poder nininguna desviacin de funciones sino que estamos actuando conforme a derecho yconforme al orden constitucional.

    Muchas gracias.(Aplausos).

    EL PRESIDENTE.-Estamos ya sobre el filo de la navaja, tenemos que salir paraall. Hay unos cuantos anotados aqu, si no van a aportar nada nuevo se lesagradece a los Constituyentes que retiren la palabra si no tienen nada nuevo quedecir.

    Tiene la palabra el Constituyente Ral Est.

    CONSTITUYENTE EST (RAL).-Ciudadano Presidente, colegas Constituyentes.En muchas oportunidades plante en el seno de la plenaria la necesidad de tratarel problema de las fronteras, y la Comisin que estudi las normas transitoriasdiscuti un proyecto de Reglamento que establezca normas para este fin. Lasfronteras venezolanas estn desguarnecidas. All hay organizaciones como lasNuevas Tribus y una Organizacin No Gubernamental (ONG) vinculada con Koreaque hacen lo que les da la gana, trafican hasta con los nios, con las jvenes, conla sangre, ejercen la prostitucin...

    EL PRESIDENTE. - (Interrumpiendo). Vamos a Proponer que se incluya.

    EL ORADOR.-Lo que voy a Proponer concretamente es que se incluya para que laComisin Legislativa lo estudie.

    EL PRESIDENTE.-Propone que se incluya, y alguien que vaya a Proponer que seincluya no tiene que razonar sino que lo proponga y con toda seguridad que se lesincluye.

    Tiene la palabra el Constituyente Elas Jaua. La retira.Tiene la palabra (El Constituyente) Levy Alter.

    CONSTITUYENTE ALTER (LEVY).-Ciudadano Presidente y estimadosConstituyentes. Es para solicitarle a la directiva que se dirija al Consejo de laOrden Libertador para que tome en consideracin el otorgamiento de la OrdenLibertador a la Asamblea Nacional Constituyente y sus miembros.

    EL PRESIDENTE.-Est fuera de orden. Tiene la palabra el Constituyente AntonioBriceo.

    CONSTITUYENTE BRICEO (ANTONIO).-Breve, Presidente. En razn de que unagran cantidad de individualidades, personalidades e instituciones del Estado

    Bolvar han solicitado que de verdad se estudie seriamente lo relacionado con laUniversidad del Orinoco, quiero ratificar ac en nombre del Estado Bolvar que ese

    29

  • 7/28/2019 62-ANC 30-01-2000

    30/34

    tema sea estudiado en profundidad, pero que se considere en el momento de ladiscusin las condiciones del Estado Bolvar.

    EL PRESIDENTE.-Ese punto est incluido. Tiene la palabra para un punto previo(El Constituyente) Nstor Len Heredia.

    CONSTITUYENTE LEN HEREDIA (NSTOR).-Muy buenas tardes a loshonorables colegas. En virtud a que las exposiciones que han venido haciendoestn fuera de orden, quisiera preguntar a la mesa directiva cuntos quedananotados.

    CONSTITUYENTE ISTRIZ (ARISTBULO). - (Constituyentes) Diego Salazar,Antonia Muoz, Mario Isea e Yldefonso Finol.

    CONSTITUYENTE LEN HEREDIA (NSTOR).-Seor Presidente, quiero, con todorespeto, incluyendo los anotados y ya como broche de oro de esta Asamblea

    Nacional Constituyente, pedir un punto previo y que se someta a votacin.

    (Sometido a votacin el punto previo result aprobado).

    EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el Constituyente William Lara.

    CONSTITUYENTE LARA (WILLIAM).-Presidente: S que estamos apurados, perohay cosas a las que debemos prestarles atencin, seores Constituyentes.Nosotros acabamos de fijar la fecha de las elecciones, pero puede ocurrir por unimponderable, una eventualidad, que en este momento no podamos nosotrosdeterminar que haya necesidad imperativa de modificar esa fecha.

    Si no se autoriza en forma expresa, taxativa a la Comisin LegislativaNacional no se puede modificar la fecha. Propongo simplemente que autoricemostambin a la Comisin Legislativa Nacional -en caso de que ello sea estrictamentenecesario- a modificar la fecha de las megas elecciones. Es todo, ciudadanoPresidente.

    EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el Constituyente Aristbulo Istriz.

    CONSTITUYENTE ISTRIZ (ARISTBULO).-Cuando creamos la ComisinLegislativa Nacional, en sus facultades est fijar la fecha de las elecciones. La

    Comisin Legislativa tiene en sus facultades, crear, establecer la fecha.

    CONSTITUYENTE LARA (WILLIAM).-Disculpen, por favor. Tengo aqu el texto dela Propuesta Original, ampliacin de las competencias de la Comisin LegislativaNacional, donde se prevea lo que est diciendo el Constituyente Istriz, pero esofue suprimido en el texto que l ley ac en esta plenaria.

    EL PRESIDENTE.-S es procedente que se establezca entre las competencias dela Comisin Legislativa Nacional lo de que, en un momento determinado, porcircunstancias de fuerza mayor, se pueda modificar la fecha fijada para laselecciones.

    Los ciudadanos Constituyentes que estn de acuerdo con esa modificacin,

    30

  • 7/28/2019 62-ANC 30-01-2000

    31/34

    se servirn manifestarlo con la seal de costumbre. (Pausa).Aprobado.

    Tiene la palabra el Constituyente Mario Isea.

    CONSTITUYENTE ISEA (MARIO).-Presidente: Hay un aspecto que no ha sido

    contemplado y es importante hacerlo. Se refiere al artculo 13, que regula elfuncionamiento del Poder Legislativo en lo que tiene que ver con la autorizacinpara la enajenacin de Bienes Municipales, Ejidos, etctera. Por lo tanto quieroProponer que se atribuya esa funcin a las Comisiones Legislativas Estadales, locual las descentralizara, hara posible un estudio ms cercano, aprovechando queeso es concordante con el Decreto que Regula el rgimen de transicin, dondeestablece que las municipalidades funcionarn bajo la supervisin de la ComisinNacional Legislativa y de las Comisiones Legislativas Estadales.EL PRESIDENTE.- Estn de acuerdo con que se faculte a la ComisionesLegislativas Nacionales para que en el caso de enajenar ejidos sean ellos quienescalifiquen si son procedentes o no? (Pausa). Aprobado. (Pausa).Tiene la palabra

    el Constituyente Yldefonso Finol.

    CONSTITUYENTE FINOL (YLDEFONSO).-Buenas tardes, ciudadanosConstituyentes y Directiva. El Decreto sobre los problemas limtrofes entre losEstados fue incluido en la Comisin de Transitorias y fue repartido a todos losConstituyentes. En la ltima Comisin que presidi el (Constituyente) doctorEscarr, donde se revisaron Disposiciones Transitorias y actos constituyentes fueincluido en la sesin que presidi (El Vicepresidente - Constituyente) Aristbulocuando terminamos la Constitucin y qued pendiente como acto Constituyente yno est en esa lista. Se requiere que se incluyan los problemas limtrofes entre losEstados venezolanos.

    EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra (La Constituyente) Antonia Muoz y clausura(El Constituyente) Diego Salazar.

    CONSTITUYENTE MUOZ (ANTONIA).-Buenas tardes, directiva de la AsambleaNacional Constituyente, compaeros Constituyentes, seores presentes. Voy a serbien breve, pero quisiera rogarle a la directiva que el punto de la emergenciaagraria que, lamentablemente, soslayamos en la Asamblea Nacional Constituyentepor diferentes razones, sea tomado como prioridad para la Comisin LegislativaNacional. Esto lo digo porque el viernes pasado, en la ltima sesin, hice unaexposicin y trat de justificar por qu esto no poda continuar siendo preterido.

    As mismo tena la esperanza de que eso iba a salir como un DecretoPresidencial, lo cual significara que era realmente inminente en pocos das.

    Ahora veo que est incluido entre la materia que va a discutir la ComisinLegislativa Nacional y me preocupa que pueda quedar tal vez en uno o dos mesesy quiero recordar -y me disculpan ustedes que tome tiempo para esto- que losafectados por esa emergencia agraria son millones de compatriotas que estnesperando que aprobemos todo lo que tenga que ver con la materia catastral, todolo que tenga que ver con la atencin a los crditos y todo lo que tenga que ver conasistencia tcnica. Esa es una materia urgente, aunque alguna gente piense que

    esto es una necedad.

    31

  • 7/28/2019 62-ANC 30-01-2000

    32/34

    Me disculpan, pero simplemente quera rogarles, implorarles urgencia enesa materia. (Aplausos).

    EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra la Constituyente Hayde Machn, luego DiegoSalazar quien termina.

    CONSTITUYENTE MACHN (HAYDE).-Muy breve, Presidente. Para solicitarle aesta Asamblea que en las funciones que le estamos autorizando a definir a laComisin Legislativa que ha sido nombrada, le d igual tratamiento al que se le dioal problema de las Federaciones y Sindicatos Campesinos a los Gremios deTcnicos y Profesionales, y que adems se considere la no obligatoriedad deafiliarse el profesional para poder ejercer sus funciones como tal.EL PRESIDENTE.-Sugiere que se pase tambin la materia de los Gremios para laComisin Legislativa. Es la Proposicin de (La Constituyente) Hayde Machn.

    Tiene la palabra el Constituyente Diego Salazar.

    CONSTITUYENTE SALAZAR (DIEGO).-Seor Presidente, ciudadanoVicepresidente de la Repblica, un saludo muy especial; colegas Constituyentes.Tomo la palabra brevemente para lo siguiente: Primero, me parece un buen gestodel Constituyente Di Giampaolo que aun teniendo ideas tan distintas, tan contrariasa quienes participamos durante dcadas en la lucha revolucionaria venezolana,est pendiente del Decreto de Amnista, que no se pudo aprobar en la plenaria dela Asamblea Nacional Constituyente, pero que estoy seguro que la AsambleaLegislativa, la Comisin Legislativa Nacional, lo tomar verdaderamente en cuentay le dar su aprobacin.

    Por otra parte, quiero referirme a un problema que es muy importante, diraque vital en la actualidad, que es tambin ampliar esos Poderes Administrativos dela Comisin Legislativa Nacional, en el sentido de poder destituir a aquellosGobernadores y Alcaldes que estn incursos en problemas o acusados de delitosgraves de corrupcin y que la Contralora General de la Repblica est haciendoun anlisis y sern pasados a sta.

    Por ltimo, creo conveniente que as como se le da Poder en el sentido depoder modificar la fecha electoral, cualquier detalle que por la prisa se nos hayaescapado con el Estatuto Electoral, que se pueda, realmente, modificar sin alterarla esencia de su contenido.

    As mismo, que se estudie la posibilidad de la creacin de la AlcaldaMetropolitana en los distritos de Guanta, en Anzotegui, que unifique la zona nortede Anzotegui. Que se estudie solamente; no se est proponiendo que se efecte,pero que se le d esa facultad.

    Es todo, seor Presidente, Constituyentes.

    EL PRESIDENTE.-La ltima Proposicin de Diego Salazar consiste, y que esbastante procedente, en que lo que est procesndose en este momento, enmateria de corrupcin en algunas Gobernaciones y Alcaldas, de las cuales tienen

    un cmulo de datos que decirnos tanto la Fiscala como la Contralora de la Nacin,pasen tambin a ser tratados por la Comisin Legislativa, con facultades

    32

  • 7/28/2019 62-ANC 30-01-2000

    33/34

    suficientes para las destituciones correspondientes, en los casos en que secompruebe efectivamente que estn incursos en algunos de esos delitos.

    De tal manera que se somete a votacin el Decreto con lasmodificaciones y aadidos propuestos por algunos Constituyentes. (Pausa).

    Los que estn de acuerdo que lo manifiesten con la seal de costumbre.(Pausa). Aprobado.

    Pasamos al ltimo punto del Orden del Da, que es el informe de PDVSA(Petrleos de Venezuela, S.A.), para ver cmo va a quedar, y lo va leer elConstituyente ngel Rodrguez.CONSTITUYENTE RODRGUEZ (NGEL).-Segn los abogados laboralistas quetenemos ac, al artculo 1 haba que hacerle algunas modificaciones y qued as:

    Se suspende el proceso de discusin de la Convencin Colectiva dePetrleos de Venezuela, S.A., en especial consideracin al Estado de Emergencia

    Nacional, por un plazo de ciento ochenta (180) das, contados a partir de lavigencia del presente Decreto. Dicho plazo podr ser prorrogable de continuar lasituacin de emergencia nacional.

    Ese es el artculo 1.

    El artculo referido a la estabilidad laboral qued de la siguiente manera:

    De acuerdo a los Principios de la Constitucin y la Ley del Trabajo, seestablece la inamovilidad laboral de los trabajadores de PDVSA (Petrleos deVenezuela, S.A), mientras dure el perodo de suspensin acordado en el presente

    Decreto. En consecuencia, los trabajadores no podrn ser despedidos,desmejorados o trasladados sin la autorizacin previa, concedida por lasautoridades del Ministerio del Trabajo.

    Es todo, muchas gracias.

    EL PRESIDENTE.- Y los salarios? Estamos hablando de los emolumentos ycunto se va otorgar.

    EL ORADOR.-Con relacin a los salarios, Presidente, no se puede estipular.

    EL PRESIDENTE.- Ustedes Proponen que se deje el artculo tal y como estabaredactado?

    EL ORADOR.-Correcto.

    EL PRESIDENTE.-En consideracin el Decreto Propuesto. (Pausa). Tiene lapalabra el Constituyente Pedro Ortega Daz.

    CONSTITUYENTE ORTEGA DAZ (PEDRO).-Es para Proponer que se coloque deuna vez en el Decreto los salarios.

    EL PRESIDENTE . Los que estn de acuerdo con la Proposicin delConstituyente Pedro Ortega Daz, en relacin con los aumentos que consideramos

    33

  • 7/28/2019 62-ANC 30-01-2000

    34/34

    se deben dar en el Decreto, que lo manifiesten con la seal de costumbre. (Pausa).Negado.

    Los que estn de acuerdo con el Decreto ledo, con las modificacionescorrespondientes, que lo manifiesten con la seal de costumbre. (Pausa).

    Aprobado.

    EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra (El Constituyente) Froiln Barrios.

    CONSTITUYENTE BARRIOS (FROILN).Presidente. Brevemente, dos cosas.Con relacin a los Decretos aprobados quiero hacer dos observaciones que lossoportan y los fortalecen.

    Con relacin a los directores laborales, donde se establece la remocin, quese diga: Principales y suplentes. En segundo lugar, en el Decreto de ticaSindical y Gremial, el Ttulo habla de tica sindical y gremial, pero abajo solamente

    habla de dirigentes sindicales. Simplemente agregarle Dirigentes sindicales ygremiales.

    EL PRESIDENTE.-Correcto. Tome nota, ciudadano Secretario.

    EL SECRETARIO.-Se ha tomado debida nota, ciudadano Presidente.

    12

    EL PRESIDENTE.-Se levanta la sesin y se les convoca para el lugar de la sesinsolemne.(Hora: 1.09)

    Las taqugrafas:Luisa Vsquez T.

    Nilda Flames