36052046 Contratos Atipicos Leasing y Factoring y Suministros

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UNIVERSIDAD CATOLICA REDEMPTORIS MATER “Contratos Atípicos: Leasing (arrendamiento financiero), Factoring (factoraje), Suministros (supply chain management).“ Carrera: Derecho Como Segunda Carrera Asignatura: Derecho Mercantil II Catedrático: Dr. Gerardo Bravo Elaborado por:

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Arrendamientos financieros

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UNIVERSIDAD CATOLICAREDEMPTORIS MATERContratos Atpicos: Leasing (arrendamientofnanciero), Factoring (factoraje), Suministros(supply cain management)!Carrera: Derecho Como Segunda CarreraAsignatura: Derecho Mercantil IICatedrtico: "r! #erardo $ra%oElaborado or! Aracely Acevedo. Jos N. Paniagua Z. Cesar Blandn. Carlos Perez Bermudez.Managua"## de $unio de %&'CONTRATO DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO (LEASING)Enprimer lugar, debemosestablecer queel arrendamientofinancieronoestareguladoa cabalidad por laley en nuestro pas, aun cuando sepracticadesdehacemuchosaos(1996al menos). aley!eneral de"ancos, #nstituciones$inancieras no "ancarias y !rupos $inancieros, ey %o.&61 del '( de )ctubre del'**&, contemplaensuartculo&+, inciso&, comountipodeoperaci,ndelosbancos, la de -.eali/ar operaciones de arrendamiento financiero y operati0o1.a 2#")#$, emiti, en 1996 suResolucin CD-Superintendencia-XLII-1-96contentiva de la Normativa para la Constitucin y Supervisin de las Entidades deLeasing o Arrendamiento Financiero, publicada en La Gaceta Diario OfcialNmero 199 del 22 de octubre de 1996. Sin embargo en el ao 2009 emitieronotra Resolucin, la cual utiliza bsicamente un argumento totalmente opuesto alque motiv la Resolucin de 1996, antes era obligatorio regular a las entidades deleasing porque aunque no captaran dinero del publico si tena que haber unaresponsabilidad y control por ser parte del sistema fnanciero nacional (los bancosempezaban a participar en este negocio), ahora en 2009, ya no era necesarioregularlas precisamente porque no captaban recursos del pblico. El siguiente esel considerando de la Resolucin de 2009: Que para facilitar el desarrollo delArrendamiento Financiero, es necesario que este servicio no slo lo presten lasentidades bancarias y fnancieras reguladas por la Ley N 561 "Ley General deBancos, Instituciones Financieras no Bancarias y Grupos Financiero", sinotambin por personas o empresas particulares sin necesidad de ser autorizadaspreviamente por la Superintendencia de Bancos y de Otras InstitucionesFinancieras, habida cuenta que los recursos fnancieros colocados en estasoperaciones no provienen de la captacin del pblico va depsitos, sino de lospropios particulares interesados; lo cual no justifca la autorizacin, regulacin yfscalizacin de parte de la Superintendencia de Bancos, sobre estasoperaciones.3osterior aladerogaci,ndelaResolucin CD-Superintendencia-XLII-1-96, el4inisterio de 5acienda y 6r7dito 3ublico, as como la 2uperintendencia de"ancos, han emitido algunas disposiciones que regulan algunos aspectos de estamodalidad financiera (e0aluaci,n de riesgo de los arrendadores, sobre el #89 y lasoperaciones de arrendamiento y otros), sin embargo no e:iste por el momento unaley especfica que lo regule. 9ctualmente hay una iniciati0a de ley que fue en0iada a comisi,n, por el plenariode la 9samblea %acional el ; de 2eptiembre del '**9.El 6,digo 4ercantil de %icaragua, no menciona siquiera el termino dearrendamiento financiero, lo cual es comprensible dada la antige de cr7ditos por0entas ya reali/adas es la forma mBs habitual de factora>e. os cr7ditos adquiridoscorresponden a mercadera o ser0icios ya recibidos por el comprador. '.;.@Factora'eecr*itospor ventasf)t)ras. Enalgunaslegislacionessepermitecedercr7ditosacobrarde0entasareali/ar.Estamodalidadsueleserhabitual cuandoe:istenflu>osacompradoreshabitualesocr7ditosacobrar atar>etas de cr7dito. '.9.@Factora'e a" venci!iento o Mat)rit- Factoring. 6onocido como factora>ede J3recio 4adure/J, constituye bBsicamente una operaci,n de ser0icio completopero sin financiamiento, el factor harB el anBlisis de los deudores y determinarB elmonto del cr7dito aprobado, que se comprometerB a pagar si el deudor no lo hace.'.1*.@Factora'e sin notificaci,n o factora'e secreto. El cliente no comunica asuscompradoresquehacedidosuscr7ditosafa0ordel financistaofa0or.2eemplea principalmente en aquellos casos en que los compradores no miraran conbuenos o>os la cesi,n de sus acreencias a fa0or de una firma e:traa a la relaci,nhabitual con su pro0eedor. '.11.@Factora'e por inter!eiooAgenc- Factoring. Es una 0ariedad delfactora>edee:portaci,nysedescribecomoacuerdoen0irtuddel cual otraentidad diferente del factor efectCa las cobran/as (usualmente el mismo0endedor). Esta modalidad constituye un acuerdo de ser0icio completo, pero noincluyelaacti0idaddelascobran/asysoloalgunas0eces asumeel riesgocrediticio y el seguimiento y control del mayor de 0entas. '.1+.@Factora'e /no reve"ao/0Es un factora>e en 0irtud delcualse ofrece unmontolimitadodecr7dito(comopor e>emploel ;*Idel total cedido) conlafinalidad de incenti0ar al cliente para que cumpla con eficiencia las funciones deadministraci,n y control del cr7dito que otorga. +.@ 8enta>as e incon0enientes 3ara muchos negocios, la in0ersi,n en cuentas por cobrar es uno de los mBs grandes acti0os en su estado financiero. 2in embargo, el acti0o permanece latentehasta el da de pago cuando se con0ierte en efecti0o. 6uando proporciona cr7dito a sus clientes, la empresa estB financiando el negociode sus clientes sin cobrar inter7s. Dambi7n pierde la oportunidad de utili/ar su dinero al estar esperando por el pago de su cliente. Esto se conoce como 6osto de )portunidad. Este problema se puede resol0er con el $actora>e. El $actora>e esuna forma de financiamiento que utili/a las cuentas por cobrar(facturas) de una empresa para facilitar efecti0o inmediato para cubrir gastos de operaci,n y desarrollo.+.1.@ 8enta>asE 9horrodetiempo, ahorrodegastos, yprecisi,ndelaobtenci,ndeinformes. 3ermite la mB:ima mo0ili/aci,n de la cartera de deudores y garanti/a elcobro de todos ellos. 2implificalacontabilidad, yaquemedianteel contratodefactoringelusuario pasa a tener un solo cliente, que paga al contado. 2aneamiento de la cartera de clientes. 3ermite recibir anticipos de los cr7ditos cedidos. .educe el endeudamiento de la empresa contratante. %oendeudamientoE 6ompra en firme y sin recurso. 2e puede comprar de contado obteniendo descuentos. 6ontrolar las fluctuaciones temporales de flu>o de efecti0o 3ara el personal directi0o, ahorro de tiempo empleado en super0isar ydirigir la organi/aci,n de una contabilidad de 0entas. 3uedeser utili/adocomounafuentedefinanciaci,nyobtenci,nderecursos circulantes. as facturas proporcionan garantira para un pr7stamo que de otro modola empresa no sera capa/ de obtener. .educe los 6ostos de operaci,n, al ceder las 6uentas por cobrar a unaempresa que se dedica a la factori/aci,n. 3roporciona protecci,n en procesos inflacionarios al contar con el dinerode manera anticipada, con los que no pierde poder adquisiti0o. En caso del $actoring #nternacional, se incrementan las e:portaciones alofrecer una forma de pago mBs competiti0a. Eliminaci,n del Gepartamento de 6obros de la empresa, comonormalmente el factor acepta todos los riesgos de cr7ditos debe cubrirlos costos de cobran/a. 9segura un patr,n conocido de flu>os de ca>a. a empresa que 0endesus6uentaspor 6obrar sabequerecibeel importedelascuentasmenos la comisi,n de factori/aci,n en una fecha determinada, lo que laplaneaci,n del flu>o de ca>a de la empresa. +.'.@ #ncon0enientesE 4ayorcoste.as comisionesointeresessuelensersuperiores alosdeldescuento o cr7ditos bancarios. El factor puede no aceptar algunos de los documentos de su cliente. %o es una forma de financiamiento de largo pla/o. El cliente queda su>eto al criterio de la sociedad factor para e0aluar el riesgode los distintos compradores. El factors,locomprarBla6uentaspor6obrarquequiera, porloquelaselecci,ndependerBdela calidaddelasmismas,es decir,de supla/o,importe y posibilidad de recuperaci,n.=.@ 6)%D.9D) GE $96D).9LE @ .E!H96#)%a acti0idad delfactora>e ha 0enido cobrando cada 0e/ mBs fuer/a en 9m7ricaatinayenlaregi,n. En3anamBe:istenapro:imadamente1*empresasdefactora>e financiero y en 6osta .ica e:isten =*.El factora>e enel mundosehamBsqueduplicadoenlosCltimosdie/aose,inclusi0e, muchos bancos cuentan con departamentos enteros de factora>e.En %icaragua el factora>e financiero empe/, a funcionar en 199;. 5asta elmomento e:isten tres empresas especiali/adas en elser0icio de factora>e. "G$$actoringfundadaen199;, 9finsa$actoring, fundadatambi7nen199;comoparte del grupo #n0esta, y 6redifactor, fundada en abril de '***.3arasusoperaciones, lasempresassefinancianconrecursospropiosyconlneas decr7ditodedistintos bancos. 6redifactor estBademBs abriendosusfuentes de financiamiento y pr,:imamente estarB participando con una emisi,n deacciones preferentes a tra07s de la "olsa de 8alores de %icaragua. 2egCn los especialistas en eltema delfactora>e, uno de los grandes beneficiosque se desprenden de esta acti0idad tiene que 0er con la especiali/aci,n,donde son las empresas de factora>e las que se especiali/an en reali/ar laslabores de cobran/a, lo que permite a las empresas dedicarse yespeciali/arse en sus propios negocios en lugar de andar correteando a susdeudores, con todos los costos que esto implica.En %icaragua se descuenta hasta el ;* por ciento del 0alor de la factura. uego sepagalatotalidad una0e/cobradaefecti0amentelafacturaal comprador.El mnimo de lnea de cr7dito que se otorga anda alrededor de mil y dos mild,lares, monto que podra di0idirse en 0arias facturas.Elfactora>e es considerado una figura muy poco conocida en %icaragua yactualmente no e:iste una legislaci,n al respecto. 3roducto de estadeficienciaenlalegislaci,n, el Cnicotipodefactora>equesehapodidodesarrollar es el factora>e con recurso, en el cual, la empresa 0endedora queendosa la factura alente financiero no se libera completamente delriesgo.Es por esto que, ante una situaci,n de no pago por parte del comprador, laempresa de factora>e recurre nue0amente a la empresa 0endedora.os requerimientos sonE el acta de constituci,n de la sociedad, estados financierosrecientes, estadosdecuentasbancariasdelosCltimosmeses, el podergeneralde las personas que firman la letra de cambio y un documento deaceptaci,n o carta irre0ocable de pago por factora>e.EL CONTRATO DE S1MINISTRO1. Concepto y funciones Econmicas1.1.ConceptoA simplesrasgos generales el contrato de suministros podra ser defnido de lassiguiente manera: Contrato por el cual el suministrante se obligaa realizarprestaciones peridicas o continuas de cosas, a favor del suministrado, y ste seobliga a pagarle por ello un precio cierto en dinero.Suministro es el contrato en el que el suministrantese obliga a entregar bienes,incluso servicios sin relacin de dependencia, en forma peridica o continuada y elsuministrado a pagar un precio por cada entrega o grupo de ellas.1.2. Funciones econmicasPueden sealarse como funciones econmicasde este contrato:a)Facilita la colaboracininter-empresarialmediante la posibilidad de laspartes de cooperar entre si, sin perder su independencia.b)Permite al suministrante asegurarse la colocacinde una cantidaddeterminada de productos lo que disminuye sus costos administrativos y lacantidad de personal que necesita.c)El suministrado puede satisfacer sus necesidades para continuar laproduccinen forma segura y rpida al evitar celebrar contratosdecompraventa sucesivos y distintos. Y se libera de la actividad que implicaprocurarse de las cosas.2. Naturaleza JurdicaEl suministro es un contrato mixto o combinado, una parte se obliga a realizarprestacionescorrespondientes a distintos tipos contractuales, mientras que la otraparte se obliga a una nica prestacin. En este caso especfco es el suministrantequien se obliga a cumplircon diferentes prestaciones: Ejemplos:Entrega cosas: compraventa o locacin de cosas y realiza actos tendientesdisposicin: locacin de servicio o de obra, Mientras que el suministradoes quiense obliga a la prestacin nica: pagar el precio.3. Caracteres del Suministro:a)Consensual: Se perfecciona con el solo consentimiento.b)Bilateral: Surgen obligaciones para ambas partesc)Oneroso: existen ventajas reciprocasd)Conmutativo: las partes conocen las ventajas y sacrifcios de antemano, osea, cuando celebran el contrato.e)Innominado: no tiene recepcin legalf)Atpico.g)No formalh)De Adhesin: suministrante formula las clausulas y el suministrado solotiene la opcin de adherirse o no aellas.i)Normativo: Regula futuras negociacionesj)Intuito Personae:se tiene en cuenta la aptitud de cada una de las partes k)De tracto sucesivo: obligaciones extendidas en eltiempo, las obligacionesde las partesen la celebracin de contrato.4. Elementosa)Elementos Generalesa.Consentimiento: El contratose perfecciona con la manifestacin delconsentimientode las partes, pero al tener la particularidadde serun contrato de adhesin,el suministrado no tiene mas opciones queaceptaro no las condiciones estipuladaspor el suministrante; por locual se podra hablar de un consentimiento condicionado.b.Objeto: el contrato tiene por objetoinmediato: prestaciones de dar ohacerque se necesitan paraentregar al cosa y pagar el precio. Ypor objeto mediato tienea la propia cosa que se suministra.b)Elementos particulares: Respecto a los plazos de duracinde este contratose pueden distinguir dos tipos:a)Plazo determinado.b)Plazo indeterminado: Si el plazo del contrato no ha sido establecidoexpresamente, cualquiera de las partes puede resolverlo, dado avisoprevio en las condiciones pactadas. De no existir pacto se aplican losusos. En su defecto, el aviso debe cursarse en un trmino razonablesegn las circunstancias.c)Elemento AccidentalLas partes pueden estableceren el contrato una clausula de exclusividaden forma expresaa favor de alguna de las partes o de ambas, es decir sepuede fjarla exclusividadrespecto al suministrante o al suministrado o laexclusividad para ambos. Esta clausula no se presume cuando nada sediga en el contrato, se exige que fgure en forma expresa.5. Sujetos ParteEl suministrante o abastecedor: por lo general suele ser una empresa, es aquelque se obliga a entregar los bienes o servicios al suministrado en forma peridicao continua.a.Obligaciones del suministrante:i.Entregar cosa en el trmino establecido y cantidad acordada.ii.Prestar los servicios necesarios para efectivizar la entrega dela cosa o servicio objeto del contrato.iii.Otorgar garanta por eviccin y vicios redhibitorios.iv.Si se estableci una clausula de exclusividad a favor delsuministrado, el suministranteno podr cumplir en la zonadeterminada y por el perodo pactadoprestaciones de lamisma naturaleza que aquella que es el objeto del contrato.v.Avisar al suministrado de cualquiervariacinposible en laentrega.b.Obligaciones del suministrado:a.Pagar precio al suministrante por el servicio o cosa recibido.b.Recibir cosa que le suministra el suministrantec.Exclusividad: si se pacto una clausula a favor de suministrante nopodr recibir de otrosprestaciones de la misma naturaleza queaquella que recibe por parte del suministrante.d.Avisar al suministrante de toda variacinen sus necesidades derecepcin.6. ExtincinEl contrato de suministro puede extinguirse por dos tipos de causa:a)Causales Normales:a.Vencimiento del plazo: ser la fecha que las partes hubiesenestablecidob.Rescisinunilateralcon preaviso: cuandouna de las partessolicitare la fnalizacincumpliendo con el requisito de avisara laotra parte con anticipacin.c.Cumplimiento objeto: cuando han quedado satisfechas todas lasnecesidades del contratado que lo llevaron a contratar el suministro.b)Causales Anormales:a.Incumplimientoobligacinesencial por cualquiera de las partesque permita la aplicacin del pacto comisorio.b.Disolucin de la sociedad suministrante ode la suministradac.Imposibilidad cumplimiento.d.Mutuo acuerdo.