2017ko martxoaren 06a Gaur egungo informazioa · La seguridad laboral cada día preocupa más, pero...
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2017ko martxoaren 06a
Gaur egungo informazioa
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Actualidad informativa
06 de marzo de 2017
06 de marzo de 2017
Bertan
BERTAKO GAIA
Por fin una empresa de Gipuzkoa enseña
a trabajar seguro en las alturas
TREBIKAL ESTÁ SITUADA EN EL POLÍGONO ARGIXAO DE ZUMARRAGA Y AYER ABRIÓ SUS PUERTAS A LOS MEDIOS Y LAS INSTITUCIONES
Juanjo Sagarna y Garikoitz Oiartzabal, responsables de Trebikal.
La seguridad laboral cada día preocupa más, pero aún queda mucho trabajo
por hacer. En Zumarraga han dado un paso más, con la creación de la primera
empresa de Gipuzkoa que imparte formación teórica y práctica para trabajos en
altura y trabajos verticales. La empresa Trebikal echó andar hace un mes y
ayer tuvo lugar su presentación a los medios y a los representantes
institucionales.
Trebikal es un proyecto desarrollado por Premank (prevención de riesgos
laborales) y Prest (trabajos verticales). Los cursos se imparten en el polígono
Argixao de Zumarraga, donde han instalado postes, una estructura metálica y
un tejado para simular trabajos en altura. Ofrecen el certificado Irata, que en la
actualidad es el más valorado y exigente del mundo.
Detrás de esta iniciativa están Juanjo Sagarna, de Premank, y Garikoitz
Oiartzabal, de Prest. “Normalmente las empresas pequeñas no organizamos
presentaciones de este tipo, pero hemos considerado importante que la gente
sepa qué trabajo se hace en su pueblo. Además, tras el cierre de ArcelorMittal,
queremos reivindicar que en el pueblo hay muchas empresas de unos 25
empleados que dan trabajo a muchas familias”, comentó Sagarna.
Ofreció más razones por las que es importante dar a conocer este proyecto.
“En Premank somos 20 personas y no sabemos lo que están haciendo en la
empresa de al lado. Es triste y los dirigentes deberían tomar nota. Nos duele
mucho que nos digan no sabíamos que hacíais eso. Queremos que no se
pueda volver a utilizar esa excusa”, dijo Sagarna.
En Trebikal ofrecen formación para conseguir el certificado Irata de trabajos verticales, el más prestigioso del mundo
Añadió que conoció a Oiartzabal en 2006, cuando Premank se trasladó al
polígono Argixao. “Era albañil y trabajó en la adecuación de este pabellón.
Tenía en mente crear una empresa de trabajos verticales y le animamos a ello.
Premank ha hecho mucha labor de formación en trabajos en altura y desde el
principio hemos contado con Gari. Ha sido nuestro formador”.
Hace algunos años se les ocurrió que estaría bien ofrecer formación práctica y
hace seis meses se pusieron manos a la obra. El proceso lo ha dirigido
Oiartzabal, que es el experto en trabajos verticales. “Veíamos que muchos
cursos se quedaban cortos y aquí hemos instalado todo lo necesario para
ofrecer formación práctica: una estructura metálica, un poste de madera, otro
de piedra, un tejado... Cada oficio tiene sus necesidades: el que se dedica a la
poda, el que instala líneas de vida, el que trabaja en los tejados, el que tiene
que subirse a estructuras y postes eléctricos, el que tiene que meterse en
espacios confinados... Hay muchos oficios que son muy distintos entre sí, pero
que tienen una cosa en común: la altura”.
A todos estos profesionales, Trebikal les ofrece una formación de calidad y el
mejor certificado del mundo: el Irata. “El certificado Irata de trabajos verticales
se creó en Gran Bretaña en los años 80 y es el que mayor reconocimiento tiene
a nivel mundial. El que utilizan las grandes empresas. Irata tiene técnicos en
todo el mundo”, explicó Oiartzabal.
De hecho, las personas que se encargan de la formación son trabajadoras de
Trebikal, pero el examinador es externo. “Los cursos duran una semana y es
duro suspender a alguien con el que has estado trabajando durante una
semana, pero una formación dura lo exige. Por ello, el examinador es externo.
Ese es un punto clave de este proyecto. Le da seriedad a la formación”.
Cada vez se exigirán más los certificados a la hora de realizar trabajos
verticales. “Hasta ahora solo se está pidiendo el Irata en las plataformas
petrolíferas y gasísticas. Pero hay mucha gente que tiene que limpiar
canalones, cambiar las bombillas de los pabellones... y no lo hace de manera
segura. Incluso no saben a dónde acudir para aprender a hacerlo de manera
segura”, comentaron.
Oiartzabal, por su parte, enumeró las ventajas de los trabajos verticales.
“Trabajando de esta manera, se tarda menos tiempo, se corren menos riesgos
y se necesitan menos infraestructuras”. Cada vez más gente es consciente de
ello y en Trebikal ofrecen la oportunidad de realizar este tipo de trabajos de
manera segura.
06 de marzo de 2017
Economía
El Gobierno prepara un plan para
convertir a los empleados públicos interinos
en fijos
Cristóbal Montoro. / Efe
Vincula la medida, que afectaría a parte de los 400.000 temporales de la
administración, a la aprobación de los Presupuestos de 2017
El Gobierno quiere poner en marcha un plan para convertir a los empleados públicos
interinos en fijos. La medida, que sería negociada con los sindicatos y las comunidades
autónomas, se realizaría de forma gradual y afectaría a parte de los 395.000 trabajadores
de la administración que se encuentran en esta situación. Fuentes de Hacienda aseguran
que el proyecto todavía está en sus primeras fases de desarrollo y, por tanto, no se ha
concretado a qué sectores de la administración iría dirigido de forma mayoritaria (la
temporalidad más alta está en sanidad y educación), ni qué requisitos deberán cumplir
los trabajadores para poder acogerse al mismo. Eso sí, Hacienda vincula la viabilidad de
este proyecto a la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado de 2017. Es
decir, el plan es también una nueva arma de presión para que la oposición respalde las
cuentas públicas que el Ejecutivo tiene previsto presentar a finales de este mes o
principios de abril.
El enfoque del plan fue desvelada parcialmente ayer por el portavoz del Ejecutivo,
Íñigo Méndez de Vigo, tras el Consejo de Ministros al asegurar que la «voluntad del
Gobierno es reducir el número de interinos» según las necesidades de plantilla de cada
comunidad. Fuentes de Hacienda aclararon que el objetivo no es recortar el número de
empleados públicos, sino «limitar la temporalidad» de este colectivo concreto al
convertirlos en indefinidos. También matizaron que eso no significa acabar con este tipo
de personal. De hecho, en caso de llevarse a práctica seguirán existiendo interinos, pero
en menor número.
Aunque todavía no están definidos los sectores a los que la medida afectará de forma
preferencial, una gran parte del personal sanitario y educativo se encuentra entre los
interinos más numerosos y, previsiblemente, entre los que más se beneficiarían. De
hecho, según datos del sindicato CSIF hay unos 50.000 profesores interinos que cada
verano al finalizar el curso son despedidos y, con suerte, contratados en septiembre.
Asimismo, según los sindicatos la interinidad podría alcanzar el 30% del personal
sanitario. Las tasas también son altas para otros ámbitos como el de la justicia.
Sin embargo, desde Hacienda insistieron en que todo está condicionado a la
aprobación de los Presupuestos. Sólo a partir de entonces se abrirían varias mesas de
negociación con los sindicatos para abordar los detalles de este plan.
De esta forma, Montoro vuelve a condicionar una medida que afecta a los empleados
públicos al visto bueno en el Congreso a las cuentas del Estado. Algo que también
sucede con la revalorización del sueldo de los funcionarios -la intención anunciada por
el PP durante la campaña electoral era subir un 1% la retribución- o la reducción de la
jornada a las 35 horas. La falta de Presupuestos también impide fijar la tasa de
reposición de los funcionarios ni convocar la Oferta de Empleo Público que tiene
paralizadas las oposiciones en las comunidades autónomas, aunque algunas han
anunciado que convocarán los exámenes para cubrir las plazas. Habrá que ver si esta
estrategia de presión hace cambiar la postura de algún partido, especialmente del PSOE
que gobierna en varias regiones.
Sentencia europea
En cualquier caso, la situación de los interinos es especialmente delicada. De hecho,
llevan varios meses bajo los focos tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE el
pasado septiembre en la que equiparaba la indemnización de un interino con la de un
empelado indefinido. Sin embargo, desde Hacienda desligaron el plan que estudian
ahora de esta circunstancia y aseguran que obedece a dotar de más estabilidad laboral a
este colectivo.
Desde la sentencia los sindicatos y parte de la oposición han exigido que se
reconozcan los derechos de los interinos, lo que supondría un cambio en el Estatuto de
los Trabajadores. Para ello se creó una comisión de expertos designados por el
Gobierno, los sindicatos y la patronal. Sin embargo, en sus conclusiones no logró
ponerse de acuerdo en la cuantía de las indemnizaciones al quedar divididos entre
quienes entendían que deberían ser 20 días por año trabajado -como marca el despido
por causas objetivas- y aquellos que la limitan a los 12 días de los contratos temporales.
En cualquier caso, las centrales urgen al Gobierno a paliar esta discriminación y
denuncian que en algunos casos hay trabajadores que llevan 19 años como temporales.
Además, resaltan que esa consolidación no implicaría un aumento del gasto público
porque no supondría crear empleo nuevo, sino cambiar las condiciones del ya existente.
04 de marzo de 2017
ECONOMIA
INSS reconoce incapacidad por amianto
a un operario en CAF
El empleado subcontratado trabajó en operaciones de montaje y reparación de
trenes y barcos
Donostia - El Instituto Nacional de la Seguridad Social de Gipuzkoa ha reconocido la
incapacidad permanente absoluta por enfermedad profesional de un trabajador
subcontratado en CAF de Beasain y La Naval de Sestao, que padece una mesotelioma
por exposición a amianto.
Según informó CCOO en un comunicado, el trabajador desarrolló labores durante 1971
y 1972 en la empresa José Manuel Armesto, subcontratada en CAF y La Naval, en las
que estuvo expuesto a amianto, tal y como refleja el informe de Osalan.
Durante las operaciones de montaje y reparación de vagones en CAF, colocó mamparas
entre los compartimentos, depósitos de agua en los baños y desagües de los inodoros,
labores en las que había que eliminar el revestimiento de amianto que llevaban los
vagones. El operario realizó trabajos similares en el interior de los barcos en el astillero
de La Naval.
Según CCOO, en ningún momento fue informado, ni por la subcontrata ni por las
empresas principales, sobre “los riesgos que conllevaba la exposición al amianto”, y
tampoco “fue dotado de medida de prevención alguna”. CCOO animó a las víctimas del
amianto y otras enfermedades profesionales a demandar las indemnizaciones. - E.P.
04 de marzo de 2017
Política pág. 30
El PSOE se apunta al derecho a apagar el
móvil al salir del trabajo
Madina, tras la reunión en Ferraz de la ponencia política del congreso del PSOE.
Su ponencia para el 39 congreso del partido incluye una ley como la
francesa que también propuso la ministra de Empleo, Fátima Báñez
Madrid. El debate sobre el derecho a desconectar del trabajo una vez finalizada la
jornada laboral se abre paso también en España. Aunque entró en vigor este
enero, Francia ya aprobó el pasado verano una ley que permite a los trabajadores
ignorar los correos electrónicos y llamadas de sus jefes en sus horas de descanso.
Y ayer, el coordinador de la ponencia que el PSOE pretende aprobar en su
congreso de junio, Eduardo Madina, anunció que la iniciativa se incorporará a la
batería de propuestas en las que ya trabaja su equipo. «Vamos a hacer un avance
revolucionario en el tema de los derechos digitales», dijo.
En realidad los socialistas no son los primeros en defender esta medida en el
ámbito de la política española. La ministra de Empleo, Fátima Bánez ya la incluyó
el pasado diciembre en su oferta de «pacto nacional por la conciliación y la
racionalización de los horarios», durante una extensa comparecencia en el
Congreso. Entonces, sin embargo, quedó eclipsada por el revuelo creado en torno
a la idea de poner fin a las jornadas laborales a las 18:00 horas y por la propuesta
de cambio del huso horario.
No hay demasiada concreción sobre el alcance de la propuesta. En parte,
porque aún queda demasiado tiempo para el congreso socialista y en parte
porque el proyecto no pretende descender a los detalles. Otra cosa será que antes
incluso de que llegue el cónclave interno el asunto se debata en el Parlamento. Es
lo que ocurrirá, de hecho, con otras de las cuestiones defendidas en el texto como
el derecho a una muerte digna. Este mismo mes el grupo parlamentario socialista
presentó ya una proposición de ley en la Cámara baja para regularla.
El «avance revolucionario» en derechos digitales, en cambio, están más verdes.
Madina, simplemente citó la desconexión laboral, junto a a una batería de
derechos que se incluirán en una «Carta de ciudadanía digital» para regular las
redes. Entre esos derechos citó la libertad de expresión; el derecho a la privacidad
que, dijo, «no está plenamente garantizado»; el derecho al olvido; los derechos de
los consumidores y la seguridad y la propiedad en el uso de los datos.
Modelo vasco
El documento político del partido, que se aprobará en una convención el
próximo día 25 y será remitido después a las agrupaciones para que puedan
plantear sus enmiendas, abarca en toco caso un universo mucho más amplio. El
diputado vasco se refirió así a otras cuestiones como la modificación del artículo
99 de la Constitución para evitar que España pueda volver a vivir un bloqueo
institucional como el de 2016 por la incapacidad de los partidos de llegar a un
acuerdo sobre la formación de Gobierno.
La idea ya la planteó el portavoz parlamentario del PSOE, Antonio Hernando, en
su discurso durante el debate de investidura de Mariano Rajoy. Se trataría de ir a
un modelo como el que existe en Asturias o en el País Vasco, donde no se
contempla la posibilidad de repetir elecciones y sólo cabe el apoyo o la abstención,
pero no el voto en contra. «No puede volver a ocurrir que les digamos a los
ciudadanos: 'han votado de manera tan complicada que no sabemos
interpretarlo'», adujo Madina.
En paralelo al debate de la ponencia marco, el equipo de Pedro Sánchez llevará
en las próximas semanas a las agrupaciones socialistas su proyecto. Y después lo
traducirá en enmiendas al encargado por la gestora. El diputado vasco aseguró no
estar inquieto. «Este documento es de todos y el cojunto del PSOE está convocado
al congreso», dijo.
04 de marzo de 2017
Opinión
Interinos y funcionarios El ministro portavoz anunció ayer que el Gobierno tiene intención de incluir en el
proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2017 una oferta de empleo público
para la reducción de interinos en Educación y Sanidad, por lo cual el ministro de
Hacienda estaría ya examinando, junto a las organizaciones sindicales y comunidades
autónomas, «las necesidades de plantilla» docente y sanitaria. La medida no será
inminente y probablemente se efectuará progresivamente ya que la tasa de interinidad es
muy elevada y las disponibilidades presupuestarias son siempre reducidas. Pero algo
hay que hacer, ya que el número de interinos se aproxima a los 400.000 en un sector
público en el que hay poco más de tres millones de funcionarios. Según fuentes
sindicales, la tasa de interinidad supera el 20% en el sector de Educación. Además, una
reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea impuso a un tribunal
español la obligación de equiparar la indemnización por despido de una trabajadora
interina a la de los trabajadores fijos, lo que sugiere una obligada revisión del modelo.
La interinidad dura en España hasta 19 años, y en un sistema como el nuestro en que se
accede a la condición de funcionario público «de acuerdo con los principios de mérito y
capacidad», una provisionalidad tan larga constituye una anomalía insostenible, que
debe ser solventada mediante los correspondientes sistemas de acceso. Claro está que lo
lógico sería que se aprovechara esta oportunidad para reformar la función pública en su
totalidad, manteniendo sus principales características pero perfeccionando los sistemas
de formación permanente y promoción interna e incentivando la carrera profesional de
forma que no se produjeran tantas defecciones de los niveles altos a la empresa privada.
Los grandes servicios públicos de este país, de los que tan orgullosos estamos -la
Sanidad y la Educación especialmente-, se encuentran en manos de funcionarios que
probablemente merecerían mejor trato, más oportunidades profesionales y un
reconocimiento mayor de su labor. La transitoriedad del carácter de interino sería sin
duda una de las medidas deseables para estabilizar el modelo y eliminar ciertas sombras
de lo público.
PROTECCIÓN DE DATOS
Recopilación y uso de datos en Seguridad y
Salud Laboral La recopilación de datos relacionados con la Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) y la
Prevención de Riesgos Laborales (PRL), y su posterior uso estadístico es una herramienta
esencial para analizar el estado de la gestión de la SST y la PRL en diferentes ámbitos, y
ver qué puntos débiles existen o que aspectos son susceptibles de mejora. Por esta razón,
y porque desde la OIT se ha anunciado que el tema de la campaña de 2017 para el
próximo 28 de Abril, Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo, es “Optimizar la
Compilación y el Uso de Datos sobre SST”, voy a analizar estado actual en España en
este tema.
A nivel estatal, un ejemplo de lo que se está haciendo en recopilación y análisis de datos
en SST y PRL lo representa la actividad del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el
Trabajo (INSHT). Siendo como es el organismo técnico-científico de referencia de esta
materia en España y su representante nacional en la red europea y mundial en todo lo
relativo a la SST y la PRL, el INSHT viene efectuando encuestas periódicas sobre las
condiciones de trabajo de los trabajadores españoles desde el año 1987. A lo largo de este
período tanto la metodología como el contenido del cuestionario empleado en las siete
ediciones de la encuesta realizadas hasta la fecha ha ido adaptándose a los cambios que
se han producido tanto en las relaciones de empleo como a la aparición de nuevos
factores de riesgo para la salud y seguridad de los trabajadores.
Actualmente, la encuesta del INSHT forma parte de la Encuesta Europea de Condiciones
de Trabajo (“European Working Conditions Survey”), promovida por la Fundación Europea
para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo, todo ello con el objeto de facilitar
la comparación de los datos procedentes de los diferentes países de la UE que comparten
una misma regulación preventiva basadas en las directivas europeas.
Los cuestionarios utilizados en esta encuesta europea recogen datos relativos al sector de
actividad de las empresas, tamaño de las empresas, percepción del estado de la
seguridad y salud entre los trabajadores, riesgos laborales en las diferentes actividades,
estabilidad laboral, igualdad de género, etc. Por ello proporcionan conclusiones muy
interesantes tanto a nivel de la UE como de sus diferentes estados miembros del actual
estado de la gestión de la SST y la PRL.
Otrso de los sistemas de recopilar información que están mejor establecidos en materia de
SST y PRL son los relativos a la comunicación de los accidentes de trabajo y
enfermedades profesionales producidos en las empresas a la administración. Estos
sucesos son de comunicación obligatoria, y constituyen una fuente de datos muy
relevantes para ver el estado de la seguridad y salud laboral en lo que se refiere a
siniestralidad laboral a nivel global, territorial y sectorial
En el caso de los accidentes de trabajo, la vía de comunicación es el Sistema de
Declaración Electrónica de Accidentes de Trabajo (Delt@)
En el caso de las enfermedades profesionales se realiza también por vía electrónica, por
medio de la aplicación informática CEPROSS (Comunicación de Enfermedades
Profesionales a la Seguridad Social).
Las comunicaciones incluyen datos como el nombre de la empresa, actividad y sector,
puesto de trabajo del trabajador afectado, nombre del trabajador, edad del trabajador,
antigüedad en la empresa, causas del accidente o enfermedad, daño producido, gravedad
del accidente, etc. El sistema de comunicación electrónica facilita la recogida y el posterior
proceso estadístico de los datos en el caso de los accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales, y llegar a conclusiones al respecto tales como la evolución interanual de la
siniestralidad laboral, o averiguar qué sectores profesionales poseen mayor siniestralidad
laboral.
Otra fuente de datos compilados sobre la gestión de la SST y PRL es la actividad de los
Servicios de Prevención Ajenos y Propios, en particular el registro obligatorio de los
Servicios de Prevención Ajenos (SPA), así como las memorias de actividad anuales que
deben realizar tanto los Servicios de Prevención Ajenos como los propios de forma
reglamentaria y tenerlas a disposición de las autoridades laborales competentes. De esta
manera la administración puede supervisar la actividad de estas entidades especializadas
en PRL.
Los SPA deben registrar los datos procedentes de su actividad ante las autoridades
laborales autonómicas que les han acreditado. Estos registros forman una gran base de
datos, que a nivel nacional es gestionada por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social,
mediante una aplicación llamada SERPA donde los SPA deben consignar toda la
información relativa a:
Datos generales del SPA
Pólizas de seguros que tiene contratadas el SPA
Ámbito de actuación del servicio de prevención por territorio y especialidad
Ámbito del servicio de prevención por actividad económica
Instalaciones de SPA
Medios Humanos contratados por el SPA
Medios Materiales de los que dispone el SPA
Subcontrataciones de otras entidades especializadas
Conciertos del SPA con las empresas, con identificación de las mismas, los centros de
trabajo objeto del concierto, así como la plantilla de los mismos.
Ratios de Técnicos de prevención/Trabajadores cubiertos por el SPA
Memorias anuales de su actividad preventiva
Obtenemos así conclusiones interesantes sobre el número de empresas y trabajadores
cubiertos por la acción de los SPA, así como sectores a los que pertenecen y tamaño de
las empresas, etc.
La última fuente de datos compilados en gestión de SST y PRL son las empresas. Una de
las principales aportaciones de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos laborales
(LPRL), es la de establecer un marco de actuación y unas directrices concretas para que
las empresas dispongan de un sistema preventivo eficaz, documentado e integrado a sus
procesos productivos y a su actividad empresarial, lo que facilita la recopilación de los
datos procedentes de la gestión en SST y PRL de las empresas españolas.
Para que las empresas españolas puedan cumplir con la LPRL, es por ello necesario
disponer de una serie de documentos y registros de datos que se deben conservar para
cuando lo requiera la Autoridad Laboral competente, y también para lograr un mejor control
de la empresa en materia preventiva a la hora de medir y controlar la calidad de las
actuaciones planificadas y los resultados que de ellas son esperados. Esta documentación
está compuesta por:
El Plan de prevención de riesgos laborales, conforme a lo previsto en la LPRL,
recogiendo las características particulares de la empresa, la modalidad de organización
preventiva escogida, el organigrama de deberes y responsabilidades en PRL, y los
procedimientos preventivos empleados.
La Evaluación de los riesgos para la seguridad y la salud en el trabajo, incluido el
resultado de los controles periódicos de las condiciones de trabajo y de la actividad de
los trabajadores, así como los puestos de trabajo y número de trabajadores incluidos en
la misma. Se debe conservar al menos la Evaluación Inicial y la última actualización de
la misma.
La Planificación de la actividad preventiva, incluidas las medidas de protección y de
prevención a adoptar y, en su caso, material de protección que deba utilizarse, con las
actuaciones realizadas, fechas de realización, presupuesto empleado y responsable de
ejecución.
La realización de los controles del estado de salud de los trabajadores y las
conclusiones obtenidas de los mismos, identificando al trabajador, su edad, puesto de
trabajo y antigüedad en el mismo.
Además del registro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que hayan
sufrido sus trabajadores, como ya hemos visto, las empresas tienen la obligación de
investigar dichos sucesos, al objeto de determinar las causas e impedir que se
reproduzcan. Contiene los mismos datos que en el anterior caso, así como la
descripción y calificación del daño a la salud producido al trabajador, así como las
causas de los mismos.
Otros documentos con datos relativos a la gestión de la SST y la PRL que es necesario
disponer y custodiar tanto por exigencia legal como para realizar un adecuado seguimiento
de la misma son:
El Plan de Emergencia de cada uno de los centros de trabajo de la empresa y sus
registros derivados, como son medios humanos y técnicos empleados en su ejecución.
La Memoria y la Programación Anual de actividades y actuaciones preventivas
realizadas en la empresa, con el registro de las fechas de realización y los
responsables de ejecutarlas.
El Informe de Auditorias reglamentarias realizadas, si la empresa asume la prevención
con medios propios y no puede eximirse de la obligación de realizar auditorías, con sus
conclusiones e identificación de quien lo ha realizado.
Concierto con el SPA, si se ha optado por esta modalidad.
Los proyectos de instalaciones y equipos y las correspondientes autorizaciones
reglamentarias de los mismos, los registros industriales y certificados de inspección de
Organismos de control autorizados de aquellos sometidos a reglamentación de
Seguridad Industrial, las declaraciones CE de conformidad de máquinas y equipos de
trabajo y el registro de mantenimiento, revisiones y comprobaciones de los equipos de
trabajo.
Las Fichas de datos seguridad de sustancias y preparados peligrosos a disposición de
los trabajadores.
Los folletos informativos de características, uso y mantenimiento de Equipos de
Protección Individual empleados en la empresa y su registro de entrega a los
trabajadores, con identificación del trabajador, firma y fecha de entrega.
El registro de entrega de informaciones relativas a la SST entregadas a los
trabajadores, así como la formación en PRL impartida a los mismos, con identificación y
firma del trabajador y la fecha de entrega o impartición .
La conservación de esta documentación es obligación del empresario, o en quien delegue
esta responsabilidad. Esta documentación ha de mantenerse actualizada
permanentemente, registrando las modificaciones o variaciones de los datos contenidos en
la misma. Hay que tener en cuenta que cuando una empresa haya recurrido a un SPA esta
obligación de custodia documental la sigue manteniendo la empresa, debiendo facilitar el
SPA a esta toda la documentación pertinente y los registros asociados relativos a las
actividades ejecutadas por cuenta de su cliente.
En relación al registro documental de la gestión de la SST y la PRL en las empresas, hay
que indicar que se califica como infracción grave (artículo 12.4 de la LISOS, Ley sobre
Infracciones y Sanciones en el Orden Social) por la Inspección del Trabajo el
incumplimiento de la obligación de registro y archivo de los datos obtenidos de las
evaluaciones, controles, formaciones, reconocimientos médicos, investigaciones o
informes referidos a la prevención de riesgos laborales. El plazo de prescripción de esta
obligación es de cinco años desde que se origino el registro documental, aunque se
recomienda ampliarlo a seis años tal y como establece el artículo 30 de la ley de comercio.
En la LPRL también se indica que el empresario debería remitir a la autoridad laboral esta
documentación en el momento en que cese la actividad en su empresa, recayendo en ella
la custodia de la misma. Pero en la práctica, esto no se está haciendo.
Sin embargo, para determinados casos sí que se establecen unos plazos concretos de
tiempo de conservación para ciertos datos relativos a la SST y la PRL aún cuando cese la
actividad de la empresa, según su normativa específica:
Los relativos a la evaluación y control de la exposición de los trabajadores a agentes
cancerígenos, mutágenos y teratógenos en su trabajo y los datos referidos a la
vigilancia sanitaria específica de estos trabajadores expuestos se deben conservar
durante un mínimo de cuarenta años después de finalizada la exposición. Esto pasa por
ejemplo en el caso del amianto.
La lista de los trabajadores expuestos a agentes biológicos en el trabajo y sus
historiales médicos deberán conservarse durante 10 años desde que finalizó la
exposición, plazo que se ampliará hasta 40 años para determinadas exposiciones a
agentes biológicos.
Ciertos protocolos de vigilancia médica específica recomiendan también unos plazos de
conservación. A modo de ejemplo, el de ruido, en el que se especifica que la
documentación clínica correspondiente a los trabajadores expuestos a ruido y los
resultados audiométricos se conservará durante al menos treinta años.
Pero además de la obligación legal, para las empresas tiene un interés adicional el
conservar y registrar los datos de su actividad preventiva, debido a:
Conocer los costes de la prevención, y sobre todo los de la no prevención, al objeto de
mejorar la rentabilidad de la empresa.
La cada vez mayor implantación en las empresas de la llamada gestión integrada, y
debido a ello el progresivo acercamiento en su contenido de las normas de
los principales estándares de gestión: Calidad (ISO 9001), Medio Ambiente (ISO
14.001) y SST (OSHAS 18.001 y en especial la futura ISO 45.001). Por ello los datos
que recogen los resultados de esta gestión en SST, al igual que los de Calidad y Medio
Ambiente han de quedar registrados para su posterior seguimiento y control en la
auditoría.
El auge de la Responsabilidad Social Corporativa, y dado que la Seguridad y Salud de
los trabajadores es una parte esencial dentro de la misma, es por ello necesario
disponer de los principales datos que se manejan en torno al coste social y económico
de la siniestralidad laboral y las condiciones de trabajo en las empresas.
Con carácter general respecto a la política de protección de los datos de carácter personal
que se han facilitado y son necesarios para la gestión de la SST y la PRL en las empresas
o servicios de prevención, la LOPD señala al respecto que su cesión o comunicación a
terceros solo podrá hacerse para el cumplimiento de fines directamente relacionados con
las funciones legítimas del que la cede y del que la recibe con el previo consentimiento del
interesado en dichos datos personales. Este consentimiento no será necesario en los
supuestos contemplados de la posible cesión no consentida de los datos cuando una
norma con rango de Ley así lo disponga, como son los datos necesarios para elaborar la
documentación que expresamente están recogidos en la LPRL y que anteriormente hemos
citado.
En el caso particular de los datos relativos al estado de salud del trabajador, tienen un
régimen jurídico de protección alta en la LOPD y por ello solo podrán ser recabados,
tratados y cedidos cuando, por razones de interés general, así lo disponga la LPRL o el
afectado consienta expresamente y únicamente para su uso pleno por personal sanitario
expresamente autorizado
INFORMAZIO TEKNIKO ETA ZIENTIFIKOA
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INFORMACIÓN TÉCNICA Y CIENTÍFICA
“Efectos sobre la salud en los trabajadores expuestos al dióxido de titanio”
Resumen:
Objetivo principal: Revisar en la literatura científica si existen problemas en la
salud y cuáles son, en los trabajadores expuestos al dióxido de titanio.
Discusión/Conclusión: Con los estudios seleccionados, no se puede establecer
una asociación significativa entre exposición laboral al TIO2 y efectos sobre la salud,
pese a que se encuentran descritas alteraciones respiratorias, cardiovasculares y
sistémicas en trabajadores expuestos.
“Enrique Alday Figueroa: la rebeldía en la medicina del trabajo”
Resumen:
Las razones que nos impulsan a enraizar nuestra vida laboral pueden ser de
naturaleza muy distinta, razones perseguidas, razones sobrevenidas, razones de
cambio, razones de atracción, razones de convencimiento, etc.., pero cuando, ya,
"iniciamos", el origen pasa a ser un hecho marginal y es la ejecución y los
resultados lo realmente relevante.
Como muchos otros desconozco las razones por las que Enrique Alday enraizó su
formación como neumólogo en la Medicina del Trabajo, dentro de un incipiente
Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo y alejado del abrigo hospitalario en el que se había formado.