2017ko martxoaren 06a Gaur egungo informazioa · La seguridad laboral cada día preocupa más, pero...

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Actualidad informativa

06 de marzo de 2017

06 de marzo de 2017

Bertan

BERTAKO GAIA

Por fin una empresa de Gipuzkoa enseña

a trabajar seguro en las alturas

TREBIKAL ESTÁ SITUADA EN EL POLÍGONO ARGIXAO DE ZUMARRAGA Y AYER ABRIÓ SUS PUERTAS A LOS MEDIOS Y LAS INSTITUCIONES

Juanjo Sagarna y Garikoitz Oiartzabal, responsables de Trebikal.

La seguridad laboral cada día preocupa más, pero aún queda mucho trabajo

por hacer. En Zumarraga han dado un paso más, con la creación de la primera

empresa de Gipuzkoa que imparte formación teórica y práctica para trabajos en

altura y trabajos verticales. La empresa Trebikal echó andar hace un mes y

ayer tuvo lugar su presentación a los medios y a los representantes

institucionales.

Trebikal es un proyecto desarrollado por Premank (prevención de riesgos

laborales) y Prest (trabajos verticales). Los cursos se imparten en el polígono

Argixao de Zumarraga, donde han instalado postes, una estructura metálica y

un tejado para simular trabajos en altura. Ofrecen el certificado Irata, que en la

actualidad es el más valorado y exigente del mundo.

Detrás de esta iniciativa están Juanjo Sagarna, de Premank, y Garikoitz

Oiartzabal, de Prest. “Normalmente las empresas pequeñas no organizamos

presentaciones de este tipo, pero hemos considerado importante que la gente

sepa qué trabajo se hace en su pueblo. Además, tras el cierre de ArcelorMittal,

queremos reivindicar que en el pueblo hay muchas empresas de unos 25

empleados que dan trabajo a muchas familias”, comentó Sagarna.

Ofreció más razones por las que es importante dar a conocer este proyecto.

“En Premank somos 20 personas y no sabemos lo que están haciendo en la

empresa de al lado. Es triste y los dirigentes deberían tomar nota. Nos duele

mucho que nos digan no sabíamos que hacíais eso. Queremos que no se

pueda volver a utilizar esa excusa”, dijo Sagarna.

En Trebikal ofrecen formación para conseguir el certificado Irata de trabajos verticales, el más prestigioso del mundo

Añadió que conoció a Oiartzabal en 2006, cuando Premank se trasladó al

polígono Argixao. “Era albañil y trabajó en la adecuación de este pabellón.

Tenía en mente crear una empresa de trabajos verticales y le animamos a ello.

Premank ha hecho mucha labor de formación en trabajos en altura y desde el

principio hemos contado con Gari. Ha sido nuestro formador”.

Hace algunos años se les ocurrió que estaría bien ofrecer formación práctica y

hace seis meses se pusieron manos a la obra. El proceso lo ha dirigido

Oiartzabal, que es el experto en trabajos verticales. “Veíamos que muchos

cursos se quedaban cortos y aquí hemos instalado todo lo necesario para

ofrecer formación práctica: una estructura metálica, un poste de madera, otro

de piedra, un tejado... Cada oficio tiene sus necesidades: el que se dedica a la

poda, el que instala líneas de vida, el que trabaja en los tejados, el que tiene

que subirse a estructuras y postes eléctricos, el que tiene que meterse en

espacios confinados... Hay muchos oficios que son muy distintos entre sí, pero

que tienen una cosa en común: la altura”.

A todos estos profesionales, Trebikal les ofrece una formación de calidad y el

mejor certificado del mundo: el Irata. “El certificado Irata de trabajos verticales

se creó en Gran Bretaña en los años 80 y es el que mayor reconocimiento tiene

a nivel mundial. El que utilizan las grandes empresas. Irata tiene técnicos en

todo el mundo”, explicó Oiartzabal.

De hecho, las personas que se encargan de la formación son trabajadoras de

Trebikal, pero el examinador es externo. “Los cursos duran una semana y es

duro suspender a alguien con el que has estado trabajando durante una

semana, pero una formación dura lo exige. Por ello, el examinador es externo.

Ese es un punto clave de este proyecto. Le da seriedad a la formación”.

Cada vez se exigirán más los certificados a la hora de realizar trabajos

verticales. “Hasta ahora solo se está pidiendo el Irata en las plataformas

petrolíferas y gasísticas. Pero hay mucha gente que tiene que limpiar

canalones, cambiar las bombillas de los pabellones... y no lo hace de manera

segura. Incluso no saben a dónde acudir para aprender a hacerlo de manera

segura”, comentaron.

Oiartzabal, por su parte, enumeró las ventajas de los trabajos verticales.

“Trabajando de esta manera, se tarda menos tiempo, se corren menos riesgos

y se necesitan menos infraestructuras”. Cada vez más gente es consciente de

ello y en Trebikal ofrecen la oportunidad de realizar este tipo de trabajos de

manera segura.

06 de marzo de 2017

Economía

El Gobierno prepara un plan para

convertir a los empleados públicos interinos

en fijos

Cristóbal Montoro. / Efe

Vincula la medida, que afectaría a parte de los 400.000 temporales de la

administración, a la aprobación de los Presupuestos de 2017

El Gobierno quiere poner en marcha un plan para convertir a los empleados públicos

interinos en fijos. La medida, que sería negociada con los sindicatos y las comunidades

autónomas, se realizaría de forma gradual y afectaría a parte de los 395.000 trabajadores

de la administración que se encuentran en esta situación. Fuentes de Hacienda aseguran

que el proyecto todavía está en sus primeras fases de desarrollo y, por tanto, no se ha

concretado a qué sectores de la administración iría dirigido de forma mayoritaria (la

temporalidad más alta está en sanidad y educación), ni qué requisitos deberán cumplir

los trabajadores para poder acogerse al mismo. Eso sí, Hacienda vincula la viabilidad de

este proyecto a la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado de 2017. Es

decir, el plan es también una nueva arma de presión para que la oposición respalde las

cuentas públicas que el Ejecutivo tiene previsto presentar a finales de este mes o

principios de abril.

El enfoque del plan fue desvelada parcialmente ayer por el portavoz del Ejecutivo,

Íñigo Méndez de Vigo, tras el Consejo de Ministros al asegurar que la «voluntad del

Gobierno es reducir el número de interinos» según las necesidades de plantilla de cada

comunidad. Fuentes de Hacienda aclararon que el objetivo no es recortar el número de

empleados públicos, sino «limitar la temporalidad» de este colectivo concreto al

convertirlos en indefinidos. También matizaron que eso no significa acabar con este tipo

de personal. De hecho, en caso de llevarse a práctica seguirán existiendo interinos, pero

en menor número.

Aunque todavía no están definidos los sectores a los que la medida afectará de forma

preferencial, una gran parte del personal sanitario y educativo se encuentra entre los

interinos más numerosos y, previsiblemente, entre los que más se beneficiarían. De

hecho, según datos del sindicato CSIF hay unos 50.000 profesores interinos que cada

verano al finalizar el curso son despedidos y, con suerte, contratados en septiembre.

Asimismo, según los sindicatos la interinidad podría alcanzar el 30% del personal

sanitario. Las tasas también son altas para otros ámbitos como el de la justicia.

Sin embargo, desde Hacienda insistieron en que todo está condicionado a la

aprobación de los Presupuestos. Sólo a partir de entonces se abrirían varias mesas de

negociación con los sindicatos para abordar los detalles de este plan.

De esta forma, Montoro vuelve a condicionar una medida que afecta a los empleados

públicos al visto bueno en el Congreso a las cuentas del Estado. Algo que también

sucede con la revalorización del sueldo de los funcionarios -la intención anunciada por

el PP durante la campaña electoral era subir un 1% la retribución- o la reducción de la

jornada a las 35 horas. La falta de Presupuestos también impide fijar la tasa de

reposición de los funcionarios ni convocar la Oferta de Empleo Público que tiene

paralizadas las oposiciones en las comunidades autónomas, aunque algunas han

anunciado que convocarán los exámenes para cubrir las plazas. Habrá que ver si esta

estrategia de presión hace cambiar la postura de algún partido, especialmente del PSOE

que gobierna en varias regiones.

Sentencia europea

En cualquier caso, la situación de los interinos es especialmente delicada. De hecho,

llevan varios meses bajo los focos tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE el

pasado septiembre en la que equiparaba la indemnización de un interino con la de un

empelado indefinido. Sin embargo, desde Hacienda desligaron el plan que estudian

ahora de esta circunstancia y aseguran que obedece a dotar de más estabilidad laboral a

este colectivo.

Desde la sentencia los sindicatos y parte de la oposición han exigido que se

reconozcan los derechos de los interinos, lo que supondría un cambio en el Estatuto de

los Trabajadores. Para ello se creó una comisión de expertos designados por el

Gobierno, los sindicatos y la patronal. Sin embargo, en sus conclusiones no logró

ponerse de acuerdo en la cuantía de las indemnizaciones al quedar divididos entre

quienes entendían que deberían ser 20 días por año trabajado -como marca el despido

por causas objetivas- y aquellos que la limitan a los 12 días de los contratos temporales.

En cualquier caso, las centrales urgen al Gobierno a paliar esta discriminación y

denuncian que en algunos casos hay trabajadores que llevan 19 años como temporales.

Además, resaltan que esa consolidación no implicaría un aumento del gasto público

porque no supondría crear empleo nuevo, sino cambiar las condiciones del ya existente.

04 de marzo de 2017

ECONOMIA

INSS reconoce incapacidad por amianto

a un operario en CAF

El empleado subcontratado trabajó en operaciones de montaje y reparación de

trenes y barcos

Donostia - El Instituto Nacional de la Seguridad Social de Gipuzkoa ha reconocido la

incapacidad permanente absoluta por enfermedad profesional de un trabajador

subcontratado en CAF de Beasain y La Naval de Sestao, que padece una mesotelioma

por exposición a amianto.

Según informó CCOO en un comunicado, el trabajador desarrolló labores durante 1971

y 1972 en la empresa José Manuel Armesto, subcontratada en CAF y La Naval, en las

que estuvo expuesto a amianto, tal y como refleja el informe de Osalan.

Durante las operaciones de montaje y reparación de vagones en CAF, colocó mamparas

entre los compartimentos, depósitos de agua en los baños y desagües de los inodoros,

labores en las que había que eliminar el revestimiento de amianto que llevaban los

vagones. El operario realizó trabajos similares en el interior de los barcos en el astillero

de La Naval.

Según CCOO, en ningún momento fue informado, ni por la subcontrata ni por las

empresas principales, sobre “los riesgos que conllevaba la exposición al amianto”, y

tampoco “fue dotado de medida de prevención alguna”. CCOO animó a las víctimas del

amianto y otras enfermedades profesionales a demandar las indemnizaciones. - E.P.

04 de marzo de 2017

Política pág. 30

El PSOE se apunta al derecho a apagar el

móvil al salir del trabajo

Madina, tras la reunión en Ferraz de la ponencia política del congreso del PSOE.

Su ponencia para el 39 congreso del partido incluye una ley como la

francesa que también propuso la ministra de Empleo, Fátima Báñez

Madrid. El debate sobre el derecho a desconectar del trabajo una vez finalizada la

jornada laboral se abre paso también en España. Aunque entró en vigor este

enero, Francia ya aprobó el pasado verano una ley que permite a los trabajadores

ignorar los correos electrónicos y llamadas de sus jefes en sus horas de descanso.

Y ayer, el coordinador de la ponencia que el PSOE pretende aprobar en su

congreso de junio, Eduardo Madina, anunció que la iniciativa se incorporará a la

batería de propuestas en las que ya trabaja su equipo. «Vamos a hacer un avance

revolucionario en el tema de los derechos digitales», dijo.

En realidad los socialistas no son los primeros en defender esta medida en el

ámbito de la política española. La ministra de Empleo, Fátima Bánez ya la incluyó

el pasado diciembre en su oferta de «pacto nacional por la conciliación y la

racionalización de los horarios», durante una extensa comparecencia en el

Congreso. Entonces, sin embargo, quedó eclipsada por el revuelo creado en torno

a la idea de poner fin a las jornadas laborales a las 18:00 horas y por la propuesta

de cambio del huso horario.

No hay demasiada concreción sobre el alcance de la propuesta. En parte,

porque aún queda demasiado tiempo para el congreso socialista y en parte

porque el proyecto no pretende descender a los detalles. Otra cosa será que antes

incluso de que llegue el cónclave interno el asunto se debata en el Parlamento. Es

lo que ocurrirá, de hecho, con otras de las cuestiones defendidas en el texto como

el derecho a una muerte digna. Este mismo mes el grupo parlamentario socialista

presentó ya una proposición de ley en la Cámara baja para regularla.

El «avance revolucionario» en derechos digitales, en cambio, están más verdes.

Madina, simplemente citó la desconexión laboral, junto a a una batería de

derechos que se incluirán en una «Carta de ciudadanía digital» para regular las

redes. Entre esos derechos citó la libertad de expresión; el derecho a la privacidad

que, dijo, «no está plenamente garantizado»; el derecho al olvido; los derechos de

los consumidores y la seguridad y la propiedad en el uso de los datos.

Modelo vasco

El documento político del partido, que se aprobará en una convención el

próximo día 25 y será remitido después a las agrupaciones para que puedan

plantear sus enmiendas, abarca en toco caso un universo mucho más amplio. El

diputado vasco se refirió así a otras cuestiones como la modificación del artículo

99 de la Constitución para evitar que España pueda volver a vivir un bloqueo

institucional como el de 2016 por la incapacidad de los partidos de llegar a un

acuerdo sobre la formación de Gobierno.

La idea ya la planteó el portavoz parlamentario del PSOE, Antonio Hernando, en

su discurso durante el debate de investidura de Mariano Rajoy. Se trataría de ir a

un modelo como el que existe en Asturias o en el País Vasco, donde no se

contempla la posibilidad de repetir elecciones y sólo cabe el apoyo o la abstención,

pero no el voto en contra. «No puede volver a ocurrir que les digamos a los

ciudadanos: 'han votado de manera tan complicada que no sabemos

interpretarlo'», adujo Madina.

En paralelo al debate de la ponencia marco, el equipo de Pedro Sánchez llevará

en las próximas semanas a las agrupaciones socialistas su proyecto. Y después lo

traducirá en enmiendas al encargado por la gestora. El diputado vasco aseguró no

estar inquieto. «Este documento es de todos y el cojunto del PSOE está convocado

al congreso», dijo.

04 de marzo de 2017

Opinión

Interinos y funcionarios El ministro portavoz anunció ayer que el Gobierno tiene intención de incluir en el

proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2017 una oferta de empleo público

para la reducción de interinos en Educación y Sanidad, por lo cual el ministro de

Hacienda estaría ya examinando, junto a las organizaciones sindicales y comunidades

autónomas, «las necesidades de plantilla» docente y sanitaria. La medida no será

inminente y probablemente se efectuará progresivamente ya que la tasa de interinidad es

muy elevada y las disponibilidades presupuestarias son siempre reducidas. Pero algo

hay que hacer, ya que el número de interinos se aproxima a los 400.000 en un sector

público en el que hay poco más de tres millones de funcionarios. Según fuentes

sindicales, la tasa de interinidad supera el 20% en el sector de Educación. Además, una

reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea impuso a un tribunal

español la obligación de equiparar la indemnización por despido de una trabajadora

interina a la de los trabajadores fijos, lo que sugiere una obligada revisión del modelo.

La interinidad dura en España hasta 19 años, y en un sistema como el nuestro en que se

accede a la condición de funcionario público «de acuerdo con los principios de mérito y

capacidad», una provisionalidad tan larga constituye una anomalía insostenible, que

debe ser solventada mediante los correspondientes sistemas de acceso. Claro está que lo

lógico sería que se aprovechara esta oportunidad para reformar la función pública en su

totalidad, manteniendo sus principales características pero perfeccionando los sistemas

de formación permanente y promoción interna e incentivando la carrera profesional de

forma que no se produjeran tantas defecciones de los niveles altos a la empresa privada.

Los grandes servicios públicos de este país, de los que tan orgullosos estamos -la

Sanidad y la Educación especialmente-, se encuentran en manos de funcionarios que

probablemente merecerían mejor trato, más oportunidades profesionales y un

reconocimiento mayor de su labor. La transitoriedad del carácter de interino sería sin

duda una de las medidas deseables para estabilizar el modelo y eliminar ciertas sombras

de lo público.

PROTECCIÓN DE DATOS

Recopilación y uso de datos en Seguridad y

Salud Laboral La recopilación de datos relacionados con la Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) y la

Prevención de Riesgos Laborales (PRL), y su posterior uso estadístico es una herramienta

esencial para analizar el estado de la gestión de la SST y la PRL en diferentes ámbitos, y

ver qué puntos débiles existen o que aspectos son susceptibles de mejora. Por esta razón,

y porque desde la OIT se ha anunciado que el tema de la campaña de 2017 para el

próximo 28 de Abril, Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo, es “Optimizar la

Compilación y el Uso de Datos sobre SST”, voy a analizar estado actual en España en

este tema.

A nivel estatal, un ejemplo de lo que se está haciendo en recopilación y análisis de datos

en SST y PRL lo representa la actividad del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el

Trabajo (INSHT). Siendo como es el organismo técnico-científico de referencia de esta

materia en España y su representante nacional en la red europea y mundial en todo lo

relativo a la SST y la PRL, el INSHT viene efectuando encuestas periódicas sobre las

condiciones de trabajo de los trabajadores españoles desde el año 1987. A lo largo de este

período tanto la metodología como el contenido del cuestionario empleado en las siete

ediciones de la encuesta realizadas hasta la fecha ha ido adaptándose a los cambios que

se han producido tanto en las relaciones de empleo como a la aparición de nuevos

factores de riesgo para la salud y seguridad de los trabajadores.

Actualmente, la encuesta del INSHT forma parte de la Encuesta Europea de Condiciones

de Trabajo (“European Working Conditions Survey”), promovida por la Fundación Europea

para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo, todo ello con el objeto de facilitar

la comparación de los datos procedentes de los diferentes países de la UE que comparten

una misma regulación preventiva basadas en las directivas europeas.

Los cuestionarios utilizados en esta encuesta europea recogen datos relativos al sector de

actividad de las empresas, tamaño de las empresas, percepción del estado de la

seguridad y salud entre los trabajadores, riesgos laborales en las diferentes actividades,

estabilidad laboral, igualdad de género, etc. Por ello proporcionan conclusiones muy

interesantes tanto a nivel de la UE como de sus diferentes estados miembros del actual

estado de la gestión de la SST y la PRL.

Otrso de los sistemas de recopilar información que están mejor establecidos en materia de

SST y PRL son los relativos a la comunicación de los accidentes de trabajo y

enfermedades profesionales producidos en las empresas a la administración. Estos

sucesos son de comunicación obligatoria, y constituyen una fuente de datos muy

relevantes para ver el estado de la seguridad y salud laboral en lo que se refiere a

siniestralidad laboral a nivel global, territorial y sectorial

En el caso de los accidentes de trabajo, la vía de comunicación es el Sistema de

Declaración Electrónica de Accidentes de Trabajo (Delt@)

En el caso de las enfermedades profesionales se realiza también por vía electrónica, por

medio de la aplicación informática CEPROSS (Comunicación de Enfermedades

Profesionales a la Seguridad Social).

Las comunicaciones incluyen datos como el nombre de la empresa, actividad y sector,

puesto de trabajo del trabajador afectado, nombre del trabajador, edad del trabajador,

antigüedad en la empresa, causas del accidente o enfermedad, daño producido, gravedad

del accidente, etc. El sistema de comunicación electrónica facilita la recogida y el posterior

proceso estadístico de los datos en el caso de los accidentes de trabajo y enfermedades

profesionales, y llegar a conclusiones al respecto tales como la evolución interanual de la

siniestralidad laboral, o averiguar qué sectores profesionales poseen mayor siniestralidad

laboral.

Otra fuente de datos compilados sobre la gestión de la SST y PRL es la actividad de los

Servicios de Prevención Ajenos y Propios, en particular el registro obligatorio de los

Servicios de Prevención Ajenos (SPA), así como las memorias de actividad anuales que

deben realizar tanto los Servicios de Prevención Ajenos como los propios de forma

reglamentaria y tenerlas a disposición de las autoridades laborales competentes. De esta

manera la administración puede supervisar la actividad de estas entidades especializadas

en PRL.

Los SPA deben registrar los datos procedentes de su actividad ante las autoridades

laborales autonómicas que les han acreditado. Estos registros forman una gran base de

datos, que a nivel nacional es gestionada por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social,

mediante una aplicación llamada SERPA donde los SPA deben consignar toda la

información relativa a:

Datos generales del SPA

Pólizas de seguros que tiene contratadas el SPA

Ámbito de actuación del servicio de prevención por territorio y especialidad

Ámbito del servicio de prevención por actividad económica

Instalaciones de SPA

Medios Humanos contratados por el SPA

Medios Materiales de los que dispone el SPA

Subcontrataciones de otras entidades especializadas

Conciertos del SPA con las empresas, con identificación de las mismas, los centros de

trabajo objeto del concierto, así como la plantilla de los mismos.

Ratios de Técnicos de prevención/Trabajadores cubiertos por el SPA

Memorias anuales de su actividad preventiva

Obtenemos así conclusiones interesantes sobre el número de empresas y trabajadores

cubiertos por la acción de los SPA, así como sectores a los que pertenecen y tamaño de

las empresas, etc.

La última fuente de datos compilados en gestión de SST y PRL son las empresas. Una de

las principales aportaciones de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos laborales

(LPRL), es la de establecer un marco de actuación y unas directrices concretas para que

las empresas dispongan de un sistema preventivo eficaz, documentado e integrado a sus

procesos productivos y a su actividad empresarial, lo que facilita la recopilación de los

datos procedentes de la gestión en SST y PRL de las empresas españolas.

Para que las empresas españolas puedan cumplir con la LPRL, es por ello necesario

disponer de una serie de documentos y registros de datos que se deben conservar para

cuando lo requiera la Autoridad Laboral competente, y también para lograr un mejor control

de la empresa en materia preventiva a la hora de medir y controlar la calidad de las

actuaciones planificadas y los resultados que de ellas son esperados. Esta documentación

está compuesta por:

El Plan de prevención de riesgos laborales, conforme a lo previsto en la LPRL,

recogiendo las características particulares de la empresa, la modalidad de organización

preventiva escogida, el organigrama de deberes y responsabilidades en PRL, y los

procedimientos preventivos empleados.

La Evaluación de los riesgos para la seguridad y la salud en el trabajo, incluido el

resultado de los controles periódicos de las condiciones de trabajo y de la actividad de

los trabajadores, así como los puestos de trabajo y número de trabajadores incluidos en

la misma. Se debe conservar al menos la Evaluación Inicial y la última actualización de

la misma.

La Planificación de la actividad preventiva, incluidas las medidas de protección y de

prevención a adoptar y, en su caso, material de protección que deba utilizarse, con las

actuaciones realizadas, fechas de realización, presupuesto empleado y responsable de

ejecución.

La realización de los controles del estado de salud de los trabajadores y las

conclusiones obtenidas de los mismos, identificando al trabajador, su edad, puesto de

trabajo y antigüedad en el mismo.

Además del registro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que hayan

sufrido sus trabajadores, como ya hemos visto, las empresas tienen la obligación de

investigar dichos sucesos, al objeto de determinar las causas e impedir que se

reproduzcan. Contiene los mismos datos que en el anterior caso, así como la

descripción y calificación del daño a la salud producido al trabajador, así como las

causas de los mismos.

Otros documentos con datos relativos a la gestión de la SST y la PRL que es necesario

disponer y custodiar tanto por exigencia legal como para realizar un adecuado seguimiento

de la misma son:

El Plan de Emergencia de cada uno de los centros de trabajo de la empresa y sus

registros derivados, como son medios humanos y técnicos empleados en su ejecución.

La Memoria y la Programación Anual de actividades y actuaciones preventivas

realizadas en la empresa, con el registro de las fechas de realización y los

responsables de ejecutarlas.

El Informe de Auditorias reglamentarias realizadas, si la empresa asume la prevención

con medios propios y no puede eximirse de la obligación de realizar auditorías, con sus

conclusiones e identificación de quien lo ha realizado.

Concierto con el SPA, si se ha optado por esta modalidad.

Los proyectos de instalaciones y equipos y las correspondientes autorizaciones

reglamentarias de los mismos, los registros industriales y certificados de inspección de

Organismos de control autorizados de aquellos sometidos a reglamentación de

Seguridad Industrial, las declaraciones CE de conformidad de máquinas y equipos de

trabajo y el registro de mantenimiento, revisiones y comprobaciones de los equipos de

trabajo.

Las Fichas de datos seguridad de sustancias y preparados peligrosos a disposición de

los trabajadores.

Los folletos informativos de características, uso y mantenimiento de Equipos de

Protección Individual empleados en la empresa y su registro de entrega a los

trabajadores, con identificación del trabajador, firma y fecha de entrega.

El registro de entrega de informaciones relativas a la SST entregadas a los

trabajadores, así como la formación en PRL impartida a los mismos, con identificación y

firma del trabajador y la fecha de entrega o impartición .

La conservación de esta documentación es obligación del empresario, o en quien delegue

esta responsabilidad. Esta documentación ha de mantenerse actualizada

permanentemente, registrando las modificaciones o variaciones de los datos contenidos en

la misma. Hay que tener en cuenta que cuando una empresa haya recurrido a un SPA esta

obligación de custodia documental la sigue manteniendo la empresa, debiendo facilitar el

SPA a esta toda la documentación pertinente y los registros asociados relativos a las

actividades ejecutadas por cuenta de su cliente.

En relación al registro documental de la gestión de la SST y la PRL en las empresas, hay

que indicar que se califica como infracción grave (artículo 12.4 de la LISOS, Ley sobre

Infracciones y Sanciones en el Orden Social) por la Inspección del Trabajo el

incumplimiento de la obligación de registro y archivo de los datos obtenidos de las

evaluaciones, controles, formaciones, reconocimientos médicos, investigaciones o

informes referidos a la prevención de riesgos laborales. El plazo de prescripción de esta

obligación es de cinco años desde que se origino el registro documental, aunque se

recomienda ampliarlo a seis años tal y como establece el artículo 30 de la ley de comercio.

En la LPRL también se indica que el empresario debería remitir a la autoridad laboral esta

documentación en el momento en que cese la actividad en su empresa, recayendo en ella

la custodia de la misma. Pero en la práctica, esto no se está haciendo.

Sin embargo, para determinados casos sí que se establecen unos plazos concretos de

tiempo de conservación para ciertos datos relativos a la SST y la PRL aún cuando cese la

actividad de la empresa, según su normativa específica:

Los relativos a la evaluación y control de la exposición de los trabajadores a agentes

cancerígenos, mutágenos y teratógenos en su trabajo y los datos referidos a la

vigilancia sanitaria específica de estos trabajadores expuestos se deben conservar

durante un mínimo de cuarenta años después de finalizada la exposición. Esto pasa por

ejemplo en el caso del amianto.

La lista de los trabajadores expuestos a agentes biológicos en el trabajo y sus

historiales médicos deberán conservarse durante 10 años desde que finalizó la

exposición, plazo que se ampliará hasta 40 años para determinadas exposiciones a

agentes biológicos.

Ciertos protocolos de vigilancia médica específica recomiendan también unos plazos de

conservación. A modo de ejemplo, el de ruido, en el que se especifica que la

documentación clínica correspondiente a los trabajadores expuestos a ruido y los

resultados audiométricos se conservará durante al menos treinta años.

Pero además de la obligación legal, para las empresas tiene un interés adicional el

conservar y registrar los datos de su actividad preventiva, debido a:

Conocer los costes de la prevención, y sobre todo los de la no prevención, al objeto de

mejorar la rentabilidad de la empresa.

La cada vez mayor implantación en las empresas de la llamada gestión integrada, y

debido a ello el progresivo acercamiento en su contenido de las normas de

los principales estándares de gestión: Calidad (ISO 9001), Medio Ambiente (ISO

14.001) y SST (OSHAS 18.001 y en especial la futura ISO 45.001). Por ello los datos

que recogen los resultados de esta gestión en SST, al igual que los de Calidad y Medio

Ambiente han de quedar registrados para su posterior seguimiento y control en la

auditoría.

El auge de la Responsabilidad Social Corporativa, y dado que la Seguridad y Salud de

los trabajadores es una parte esencial dentro de la misma, es por ello necesario

disponer de los principales datos que se manejan en torno al coste social y económico

de la siniestralidad laboral y las condiciones de trabajo en las empresas.

Con carácter general respecto a la política de protección de los datos de carácter personal

que se han facilitado y son necesarios para la gestión de la SST y la PRL en las empresas

o servicios de prevención, la LOPD señala al respecto que su cesión o comunicación a

terceros solo podrá hacerse para el cumplimiento de fines directamente relacionados con

las funciones legítimas del que la cede y del que la recibe con el previo consentimiento del

interesado en dichos datos personales. Este consentimiento no será necesario en los

supuestos contemplados de la posible cesión no consentida de los datos cuando una

norma con rango de Ley así lo disponga, como son los datos necesarios para elaborar la

documentación que expresamente están recogidos en la LPRL y que anteriormente hemos

citado.

En el caso particular de los datos relativos al estado de salud del trabajador, tienen un

régimen jurídico de protección alta en la LOPD y por ello solo podrán ser recabados,

tratados y cedidos cuando, por razones de interés general, así lo disponga la LPRL o el

afectado consienta expresamente y únicamente para su uso pleno por personal sanitario

expresamente autorizado

INFORMAZIO TEKNIKO ETA ZIENTIFIKOA

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INFORMACIÓN TÉCNICA Y CIENTÍFICA

“Efectos sobre la salud en los trabajadores expuestos al dióxido de titanio”

Resumen:

Objetivo principal: Revisar en la literatura científica si existen problemas en la

salud y cuáles son, en los trabajadores expuestos al dióxido de titanio.

Discusión/Conclusión: Con los estudios seleccionados, no se puede establecer

una asociación significativa entre exposición laboral al TIO2 y efectos sobre la salud,

pese a que se encuentran descritas alteraciones respiratorias, cardiovasculares y

sistémicas en trabajadores expuestos.

“Enrique Alday Figueroa: la rebeldía en la medicina del trabajo”

Resumen:

Las razones que nos impulsan a enraizar nuestra vida laboral pueden ser de

naturaleza muy distinta, razones perseguidas, razones sobrevenidas, razones de

cambio, razones de atracción, razones de convencimiento, etc.., pero cuando, ya,

"iniciamos", el origen pasa a ser un hecho marginal y es la ejecución y los

resultados lo realmente relevante.

Como muchos otros desconozco las razones por las que Enrique Alday enraizó su

formación como neumólogo en la Medicina del Trabajo, dentro de un incipiente

Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo y alejado del abrigo hospitalario en el que se había formado.