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REPUBLICA ARGENTINA MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS SECRETARÍA DE ENERGÍA COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL Programa de Transmisión Eléctrica del Norte Grande COMPONENTE II: LÍNEAS DE TRANSMISIÓN Y SUBTRANSMISIÓN PROVINCIAL Y REGIONAL UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA Préstamo BID Nº 1764/OC-AR PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARA LA COMPRA DE MATERIALES Y EQUIPOS NOMINACIÓN DE PROVEEDORES PARA PROVISIÓN DE TRANSFORMADORES DE POTENCIA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NEA – NOA Nº 04/2011 ABRIL 2011

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REPUBLICA ARGENTINA MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL,

INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS SECRETARÍA DE ENERGÍA

COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE

ELECTRICO FEDERAL

Programa de Transmisión Eléctrica del Norte Grande

COMPONENTE II: LÍNEAS DE TRANSMISIÓN Y SUBTRANSMISIÓN PROVINCIAL Y REGIONAL

UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA

Préstamo BID Nº 1764/OC-AR

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARA LA COMPRA DE MATERIALES Y EQUIPOS

NOMINACIÓN DE PROVEEDORES PARA PROVISIÓN DE

TRANSFORMADORES DE POTENCIA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NEA – NOA Nº 04/2011

ABRIL 2011

PARTE A: DOCUMENTACION DE CARACTER GENERAL

• REGLAMENTO DE CONTRATACIONES PARTE B: DOCUMENTACION DE CARACTER ESPECIFICO DE LA

PROVISION

• CONDICIONES GENERALES

• CONDICIONES LEGALES, ECONOMICAS, FINANCIERAS Y VARIAS

• ESPECIFICACIONES TECNICAS

PARTE I: Especificaciones Técnicas Generales PARTE II: Especificaciones Técnicas Particulares

PARTE C: DOCUMENTACION DE LA PROPUESTA ANEXO I: LEY Nº 25.551 Y DECRETO REGLAMENTARIO Nº

1.600/2002

ANEXO II: MODELO DE CONTRATO DE PROVISION

PARTE A: DOCUMENTACION DE CARACTER GENERAL

REGLAMENTO DE CONTRATACIONES

INDICE GENERAL

CAPITULO I – DEFINICIONES ARTICULO 1 : De la Licitación o Concurso Público ARTICULO 2 : De la Licitación o Concurso Privado ARTICULO 3 : De la Compra Directa ARTICULO 4 : De la Licitación o Concurso de Etapa Única ARTICULO 5 : De la Licitación o Concurso de Etapa Múltiple ARTICULO 6 : De la Licitación o Concurso Nacional ARTICULO 7 : De la Licitación o Concurso Internacional ARTICULO 8 : De la Licitación o Concurso de Proyectos Integrales ARTICULO 9 : De la Autoridad de Administración ARTICULO 10 : De la Autoridad de Autorización y Aprobación ARTICULO 11 : De la Autoridad de Apertura ARTICULO 12 : De la Comisión de Evaluación

CAPITULO II – DE LOS CONTRATOS Y CAPACIDAD PARA CONTRATAR ARTICULO 13 : Celebración de Contratos ARTICULO 14 : Alcance del Reglamento de Contrataciones ARTICULO 15 : Autorizaciones de las Compras ARTICULO 16 : Existencia de Pliego Técnico ARTICULO 17 : Formas de Contratación ARTICULO 18 : Informe Evaluatorio de la Comisión de Evaluación ARTICULO 19 : Modalidades de Contratación ARTICULO 20 : Contratación con Orden de Compra Abierta ARTICULO 21 : Compra Informatizada ARTICULO 22 : Contratación con Iniciativa Privada ARTICULO 23 : Contratación con tope o con precio de referencia ARTICULO 24 : Contrataciones Consolidada ARTICULO 25 : Contratación Llave en Mano ARTICULO 26 : Trámite Simplificado ARTICULO 27 : Criterios de Selección ARTICULO 28 : Acta de Apertura ARTICULO 29 : Otras modalidades de contratación ARTICULO 30 : Cómputo de plazos

CAPITULO III – DE LAS LICITACIONES O CONCURSOS EN GENERAL ARTICULO 31 : Contenidos mínimos del Pliego ARTICULO 32 : Pliego de Bases y Condiciones Particulares ARTICULO 33 : Especificaciones Técnicas ARTICULO 34 : Criterio de Evaluación y Selección ARTICULO 35 : Trámite de las observaciones o impugnaciones ARTICULO 36 : Costo de los Pliegos ARTICULO 37 : Agrupamiento de los elementos o servicios a contratar ARTICULO 38 : Prohibición de fraccionamiento ARTICULO 39 : Publicación de las contrataciones ARTICULO 40 : Contenido de las Publicaciones ARTICULO 41 : Proyecto de Pliego ARTICULO 42 : Vista del Proyecto de Pliego

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ARTICULO 43 : Proyecto de Bases y Condiciones Particulares definitivo ARTICULO 44 : Exhibición de los Pliegos ARTICULO 45 : Publicación de anuncios para licitaciones o concursos públicos ARTICULO 46 : Publicación de anuncios para licitaciones o concursos privados ARTICULO 47 : Clases de Garantías ARTICULO 48 : Formas de Constitución de las garantías ARTICULO 49 : Exclusión de presentar garantías ARTICULO 50 : Devolución de garantías ARTICULO 51 : Intereses sobre las garantías

CAPITULO IV – DE LA CONTRATACIÓN DIRECTA ARTICULO 52 : Supuestos de contratación directa

CAPITULO V – DEL PROCEDIMIENTO ARTICULO 53 : Sistema de suministro de bienes ARTICULO 54 : Pedidos de compras o contratación de servicios ARTICULO 55 : Contenido del contrato ARTICULO 56 : Alcance del Procedimiento ARTICULO 57 : Omisión de los procedimientos ARTICULO 58 : Desafectación del procedimiento de contratación ARTICULO 59 : Vista de las actuaciones ARTICULO 60 : Vista de las actuaciones por terceros ARTICULO 61 : Consideración de oferentes no invitados ARTICULO 62 : Comunicación entre el Comité de Administración y los oferentes

CAPITULO VI – DE LA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Y SU MANTENIMIENTO

ARTICULO 63 : Forma de presentación de las ofertas ARTICULO 64 : Aceptación de condiciones del llamado ARTICULO 65 : Plazo de mantenimiento de las ofertas ARTICULO 66 : Contenido de la oferta ARTICULO 67 : Especificaciones de las ofertas ARTICULO 68 : Moneda y Tipo de Cambio ARTICULO 69 : Errores de Cotización ARTICULO 70 : Causas de Inadmisibilidad ARTICULO 71 : Retiro de ofertas durante el plazo de mantenimiento

CAPITULO VII – DE LA APERTURA ARTICULO 72 : Acto de Apertura ARTICULO 73 : Invalidación de ofertas ARTICULO 74 : Acta de Apertura ARTICULO 75 : Exhibición de las ofertas ARTICULO 76 : Cuadro Comparativo de precios ARTICULO 77 : Comisión de Evaluación ARTICULO 78 : Dictamen de Evaluación de las ofertas ARTICULO 79 : Notificación del Dictamen de Evaluación de las ofertas

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CAPITULO VIII – DE LA ADJUDICACION ARTICULO 80 : Igualdad de precios de las ofertas ARTICULO 81 : Resolución de la adjudicación ARTICULO 82 : Recursos contra el acto de adjudicación ARTICULO 83 : Adjudicación definitiva ARTICULO 84 : Emisión de Orden de Compra ARTICULO 85 : Integración de la garantía ARTICULO 86 : Documentación integrante del contrato

CAPITULO IX – DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO ARTICULO 87 : Cumplimiento de la prestación ARTICULO 88 : Recepción de los elementos ARTICULO 89 : Designación de responsables definitivos de la recepción ARTICULO 90 : Presentación de facturas ARTICULO 91 : Solicitud de Prórroga ARTICULO 92 : Solicitud de rehabilitación del contrato ARTICULO 93 : Caso fortuito o fuerza mayor ARTICULO 94 : Revocación o rescisión del contrato ARTICULO 95 : Rescisión del contrato por el Comité de Administración ARTICULO 96 : Gastos por cuenta del proveedor ARTICULO 97 : Aumento o disminución del contrato ARTICULO 98 : Intimación al oferente ARTICULO 99 : Transferencia o cesión del contrato

CAPITULO X – DE LAS LICITACIONES Y CONCURSOS DE ETAPA MÚLTIPLE ARTICULO 100 : De las licitación o concursos con dos (2) sobres ARTICULO 101 : Contenidos de los sobres ARTICULO 102 : Acto de Apertura del sobre A ARTICULO 103 : Acta de Apertura ARTICULO 104 : Vista del Sobre A por los oferentes ARTICULO 105 : Análisis de la Comisión de Evaluación ARTICULO 106 : Impugnación a la precalificación ARTICULO 107 : Acto de Apertura del Sobre B ARTICULO 108 : Análisis del Sobre B ARTICULO 109 : Resolución de la adjudicación ARTICULO 110 : Licitaciones o Concursos con más de dos (2) sobres

CAPITULO XI – DE LAS CONTRATACIONES CON MODALIDADES ARTICULO 111 : Modalidad de Orden de Compra Abierta ARTICULO 112 : Determinación de las unidades a requerir ARTICULO 113 : Contenido de las ofertas ARTICULO 114 : Monto de las garantías de mantenimiento ARTICULO 115 : Plazo de duración del contrato ARTICULO 116 : Compra Informatizada ARTICULO 117 : Contenido de los anuncios ARTICULO 118 : Contenido del Pedido de precios ARTICULO 119 : Contenido de los medios magnéticos de almacenamiento ARTICULO 120 : Contenido de la oferta ARTICULO 121 : Entrega de la oferta y la garantía ARTICULO 122 : Acto de Apertura ARTICULO 123 : Elaboración del Cuadro Comparativo

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ARTICULO 124 : Acta de Apertura ARTICULO 125 : Entrega a los oferentes de copia del Acta de Apertura ARTICULO 126 : Errores de Cotización ARTICULO 127 : Dictamen de la Comisión de Evaluación ARTICULO 128 : Ejecución del contrato ARTICULO 129 : Registración de bienes disponibles ARTICULO 130 : Contrataciones con Iniciativa Privada ARTICULO 131 : Inexistencia de la oferta más conveniente ARTICULO 132 : Contrataciones Consolidadas

CAPITULO XII – DE LA CAPACIDAD PARA CONTRATAR ARTICULO 133 : Capacidad para contratar

CAPITULO XIII – DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE PROVEEDORES ARTICULO 134 : Pautas de Funcionamiento ARTICULO 135 : Contenido de la Información ARTICULO 136 : Organismos Públicos Proveedores

ARTICULO 137 : Oportunidad de suministrar la información y presentación de la documentación respaldatoria

ARTICULO 138 : Pedidos de documentación ARTICULO 139 : Información a suministrar a la Sindicatura General de la Nación

CAPITULO XIV – DE LAS SANCIONES

ARTICULO 140 : Clases de Sanciones ARTICULO 141 : Suspensión ARTICULO 142 : Inhabilitación ARTICULO 143 : Rehabilitación del proveedor ARTICULO 144 : Competencia temporal ARTICULO 145 : Compre nacional

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REGLAMENTO DE CONTRATACIONES

I DEFINICIONES

Artículo 1: Constituye Licitación o Concurso Público: La propuesta de Contrato hecha con carácter general, mediante la publicación y difusión de avisos dirigida a una cantidad indeterminada de posibles oferentes con capacidad para obligarse, sin perjuicio de los demás requisitos exigidos para cada contratación en particular. Artículo 2: Constituye Licitación o Concurso Privado: La propuesta de Contrato, sujeta a bases y condiciones, hecha mediante avisos o comunicaciones a una determinada cantidad de posibles oferentes. Artículo 3: Constituye Compra Directa: La efectuada entre autoridad competente y persona o firma determinada no sujeta a los requisitos previos de licitación o concurso de precios. Artículo 4: Constituye Licitación o Concurso de Etapa Única: La propuesta de Contrato, efectuada mediante el procedimiento de Licitación o Concurso Público o Privado, definidos en el presente reglamento, en el cual, la comparación de las ofertas y de las calidades de los oferentes se realiza en un mismo acto. Artículo 5: Constituye Licitación o Concurso de Etapa Múltiple: la propuesta de Contrato que por el alto grado de complejidad del objeto del mismo o las características específicas de la prestación lo justifiquen, se realice mediante el procedimiento de Licitación o Concurso Público o Privado, definidos en el presente reglamento, en el cual se realice mediante DOS (2) sobres o más fases la evaluación y comparación de las calidades de los oferentes, los antecedentes empresariales y técnicos, la capacidad económico-financiera, las garantías, las características de la prestación y el análisis de los componentes económicos de las ofertas, mediante preselecciones sucesivas. En caso d que se utilice esta variante, la recepción de los sobres respectivos será simultánea para todos los oferentes. Artículo 6: Constituye Licitación o Concurso Nacional: la propuesta de Contrato realizada mediante el procedimiento de Licitación o Concurso Público o Privado, en el cual la convocatoria está dirigida a interesados y oferentes cuyo domicilio o sede principal de sus negocios se encuentre en el país, o que tengan sucursal en el país debidamente inscripta. Artículo 7: Constituye Licitación o Concurso Internacional: la propuesta de Contrato que por las características del objeto o la complejidad de la prestación, se realice mediante el procedimiento de Licitación o Concurso Público o Privado, en el cual la convocatoria se extienda a interesados y oferentes del exterior, revistiendo tal carácter, aquellas cuya sede principal de sus negocios se encuentre en el extranjero, y no tengan sucursal debidamente inscripta en el país. Artículo 8: Constituye Concurso de Proyectos Integrales: aquél en el cual la Autoridad de Administración no hubiera determinado detalladamente en el llamado las especificaciones del objeto del contrato, o se tratare de una iniciativa privada y aquélla deseare obtener propuestas sobre los diversos medios posibles para satisfacer sus necesidades. Artículo 9: Constituye Autoridad de Administración, el Comité de Administración establecido en el Estatuto del Fondo Fiduciario para el Transporte Eléctrico Federal.

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Artículo 10: Constituye Autoridades de Autorización y Aprobación las establecidas en el Artículo 17 del presente reglamento. Artículo 11: Constituye Autoridad de Apertura, el o las personas que se establezcan para la Apertura de Ofertas por el Comité de Administración. Artículo 12: Constituye Comisión de Evaluación, la definida en el Artículo 17 del presente reglamento, la cual hará las veces de Comisión de Precalificación y Preadjudicación.

II DE LOS CONTRATOS Y LA CAPACIDAD PARA CONTRATAR Artículo 13: Para el cumplimiento de sus objetivos el FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL (en adelante el FONDO) podrá celebrar todo tipo de contratos con personas de derecho público y privado, de existencia física o ideal. Artículo 14: El presente Reglamento de Contrataciones regirá todo proceso de contratación de servicios y/o compras de bienes, tanto en la faz administrativa interna de EL FONDO, como en la relación comercial de ésta con los proveedores y contratistas. Artículo 15: Los pedidos de compras de bienes o contratación de servicios deberán ser autorizados por el Comité de Administración o por quien éste delegue. Serán personalmente responsables los que realicen trámites sin dicha autorización. Artículo 16: En caso que un pedido exija Pliego Técnico, se deberá adjuntar el mismo a la respectiva solicitud, como asimismo informar las consultas aclaratorias que se efectúen para realizar cualquier contratación. Artículo 17: Las formas de contratación serán las siguientes: Licitación Pública, Licitación Privada y Contratación Directa. Los montos para cada tipo de contratación los siguientes: a) Hasta $ 75.000.- en forma Directa b) Hasta $ 300.000.- por Licitación Privada c) Más de $ 300.000.- por Licitación Pública Niveles de Autorización y Aprobación: 1) Contratación Directa: Hasta el monto máximo de $ 75.000.-, se autoriza y aprueba por

mayoría simple de los miembros del Comité de Administración. Hasta $ 8.000.- se autoriza y apruebe por el Presidente Ejecutivo del CAF o un (1) Vocal del CAF y el Secretario Ejecutivo del CAF dando cuenta de lo actuado en la primer reunión del CAF, es condición necesaria que la contratación se efectúe por razones de urgencia que así lo justifique y que no pueda esperarse a su aprobación por el CAF.

2) Licitación Privada: Autoriza el Presidente del Comité de Administración y se aprueba por mayoría simple de los miembros del mencionado cuerpo.

3) Licitación Pública: Autoriza el Presidente del Comité de Administración y se aprueba por mayoría simple de los miembros del mencionado cuerpo.

Asimismo se podrá habilitar, para los gastos menores y/o urgencias de servicios, los sistemas de compras por Cajas Chicas, consecuentemente quedan autorizadas las adquisiciones de bienes y/o servicios mediante el sistema enunciado, cuando el monto de cada compra no

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supere los Pesos Mil Quinientos con 00/100 ($ 1.500.00). El pago, en estos casos, se efectuará al contado. Este sistema será reglamentado y asignado por el Comité de Administración. Artículo 18: Previo a la adjudicación de un concurso o licitación, existirá un informe evaluatorio de las propuestas presentadas emitido por una Comisión de Evaluación designada a tal efecto mediante Acta del Comité de Administración. Cuando se trate de contrataciones para cuya apreciación se requieran conocimientos técnicos especializados, la Comisión estará integrada por un técnico del sector o área respectiva. En su defecto, el Comité de Administración podrá solicitar a organismos estatales o privados todos los informes que considere necesarios. Modalidades de las Contrataciones Artículo 19: Los procedimientos de selección comprendidos en este Reglamento podrán realizarse de acuerdo con cualquiera de las siguientes modalidades, o combinaciones entre ellas, siempre y cuando no estuviere expresamente establecido el procedimiento obligatorio a seguir: 1. Con orden de compra abierta 2. Compra Informatizada 3. Con iniciativa privada 4. Con precio tope o de referencia 5. Consolidadas 6. Llave en mano Artículo 20: Con Orden de Compra Abierta: Se utilizara este mecanismo de contratación cuando la cantidad de bienes o servicios no se hubieren prefijado en el contrato, de manera tal que el organismo contratante pueda realizar los requerimientos de acuerdo con sus necesidades durante el lapso de duración previsto y al precio unitario adjudicado. Artículo 21: Compra Informatizada: Se empleará este procedimiento de contratación para la adquisición de bienes homogéneos, de bajo costo unitario, de los que se utilizan con habitualidad en cantidades considerables, que además tengan un mercado permanente, mediante la presentación de oferta en medio magnético estándar. Se podrá, salvo decisión en contrario, recurrirse al Catálogo que forma parte del Sistema de Identificación de Bienes y Servicios de Utilización Común de la Oficina Nacional de Contrataciones dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía. Artículo 22: Con Iniciativa Privada: Las personas físicas o jurídicas podrán presentar iniciativas al Comité de Administración para la realización de los contratos comprendidos en el presente reglamento. Tales iniciativas deberán ser novedosas u originales o implicar una innovación tecnológica o científica, y deberán contener los lineamientos que permitan su identificación y comprensión, así como la aptitud suficiente para demostrar la viabilidad jurídica, técnica y económica del proyecto. Si la oferta más conveniente fuera la del autor de la iniciativa, se adjudicará a éste, conforme con el procedimiento previsto en los Artículos 130 y 131 del presente reglamento. Solo procederá la modalidad encuadrada en este Artículo cuando se realice mediante el procedimiento de selección de licitación pública. Artículo 23: Con precio tope o con precio de referencia: Las contrataciones serán con este procedimiento cuando el llamado a participar indique el precio más alto que habrá de pagarse por los bienes o servicios requeridos. Cuando se utilice precio de referencia no podrá

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abonarse un precio unitario que supere a aquel en más de un CINCO POR CIENTO (5%). En ambos casos se deberá dejar constancia en el expediente respectivo de la fuente utilizada para su determinación. Artículo 24: Contrataciones Consolidadas: Podrán realizarse en aquellos casos en que DOS (2) o más entidades requieran una misma prestación. En tal caso se unificará la gestión del proceso de contratación, con el fin de obtener mejores condiciones que las que obtendría cada uno individualmente. Artículo 25: Contratación Llave en Mano: Se efectuarán cuando se estime conveniente a los fines del FONDO, concentrar en un único proveedor la responsabilidad de la realización integral de un proyecto. Se aplicará esta modalidad cuando la contratación tenga por objeto la provisión de elementos o sistemas complejos a entregar instalados; o cuando comprenda, además de la provisión, la prestación de servicios o funcionamiento de dichos bienes o sistemas entre sí o con otros existentes, mediante el uso de tecnologías específicas. Los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares deberán prever que los oferentes acompañen información acerca del financiamiento del proyecto, se haga cargo de la provisión de repuestos, ofrezcan garantías de calidad y vigencia apropiado, detallen los trabajos de mantenimiento a realizar y todo otro requisito que resulte conducente al buen resultado de la contratación. Artículo 26: Trámite Simplificado: Cuando el monto de la contratación, que surge de los artículos anteriores, fuere inferior a la suma de PESOS DIEZ MIL CON 00/100 ($ 10.000.-), las invitaciones a participar podrán ser cursadas por cualquier medio y las ofertas pueden presentarse por correo electrónico u otros medios similares. La Autoridad de Contratación será el depositario de las propuestas que se reciban y tendrá la responsabilidad de que las ofertas se mantengan cerradas hasta el día y hora de su apertura. Estas ofertas se agregarán al expediente según el orden de su recepción, pudiendo prescindir del acto formal de Apertura. Artículo 27: Con referencia a los criterios de selección del procedimiento de contratación, en todos los casos se deberá utilizar aquel que resulte más conveniente y apropiado, en función de los intereses públicos, acarreando su incumplimiento la responsabilidad de los funcionarios intervinientes en los términos del Capítulo VII, de la Ley Nº 25.164. Dicho incumplimiento importará además, la revocación de los actos que nos e ajusten a sus previsiones y de los trámites posteriores que se hubiesen realizado. Artículo 28: Acta de Apertura: Se labrará un Acta donde constará lo actuado, como así también lo que a continuación se detalla: I. Número de orden asignado a cada oferta. II. Nombre de los Oferentes. III. Monto de las ofertas. IV. Montos y formas de las garantías acompañadas. V. Las observaciones que se formulen. El acta será firmada por los funcionarios designados al efecto y por los oferentes presentes que desearan hacerlo. Artículo 29: Todas aquellas modalidades de contratación no reguladas en el presente reglamento, deberán ser aprobadas para cada caso en particular por el CAF. Concurrencia a los Concursos y Licitaciones

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Cómputo de plazos Articulo 30: Todos los plazos establecidos en la presente reglamentación se computarán en días hábiles administrativos, salvo disposición expresa en contrario. Las cláusulas particulares podrán establecer los plazos en otras formas.

III DE LAS LICITACIONES O CONCURSOS EN GENERAL Contenidos mínimos del Pliego: Artículo 31: Los anuncios y los llamados a licitación o concurso públicos y privados deberán mencionar los siguientes datos: I. Nombre del “FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL”. II. Tipo, objeto y número de la contratación. III. Número de expediente. IV. Base de la contratación, si la hubiere. V. Lugar, día y hora donde pueden retirarse o consultarse los Pliegos. VI. Costo de la impresión del Pliego si correspondiese. VII. Lugar, día y hora de presentación de las ofertas y del Acto de apertura. Podrá optarse para la publicación en el Boletín Oficial y diarios, de referirse únicamente a la página de internet de la Oficina Nacional de Compras donde está publicado el acto. Artículo 32: Los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares serán elaborados y aprobados por el Comité de Administración para cada procedimiento de selección y deberán contener los requisitos mínimos que indicará el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales e incluirán las especificaciones técnicas. Artículo 33: Las especificaciones técnicas deberán consignar en forma clara e inconfundible: a) Las características y especies de la prestación, consignando además el número de

catálogo que genera el Sistema de identificación de Bienes y Servicios de Utilización Común creado por Decisión Administrativa N. 344 de fecha 11 de junio de 1997.

b) La calidad exigida y, en su caso, las normas de calidad que deben cumplir los bienes o servicios o satisfacer los proveedores.

c) Si los elementos deben ser nuevos, usados o reacondicionados. d) Si se aceptarán tolerancias. Para la reparación de aparatos, máquinas o motores podrán solicitarse repuestos denominados legítimos. No se deberán formular especificaciones cuyo cumplimiento sólo sea factible para determinadas empresas o productos, ni transcribirse detalladamente textos extraídos de folletos, catálogos o presupuestos informativos.

Artículo 34: Deberá establecerse en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares el criterio de evaluación y selección de las ofertas, ya sea mediante la inclusión de fórmulas polinómicas o la clara determinación de los parámetros que se tendrán en cuenta a dichos fines, tomando en consideración el grado de complejidad, el monto y el tipo de contratación a realizar.

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Artículo 35: Toda observación, impugnación, reclamo o presentación similar que se efectúe, fuera de las previstas en el presente Reglamento serán tramitadas fuera del expediente de la contratación, conforme las disposiciones de la Ley Nº 19.549, sus modificatorias y ampliatorias. Artículo 36: Los Pliegos de Bases y Condiciones se suministrarán en forma gratuita salvo en aquellos casos en que por sus características el Comité de Administración determine que sean obtenidos previo pago de una suma que será establecida en la convocatoria, la que deberá ser equivalente al costo de reproducción de los mismos. La suma abonada en tal concepto no será devuelta a los adquirentes en ningún caso. Artículo 37: Los bienes y servicios a contratar deberán agruparse por renglones afines o de un mismo rubro comercial. En los casos que una misma convocatoria abarque un número importante de unidades y con el objeto de estimular la participación de Pequeñas y Medianas Empresas, al confeccionarse el Pliego de Bases y Condiciones Particulares podrá distribuirse la cantidad total en diferentes renglones. No se podrán incluir en un mismo renglón elementos o equipos que no configuren una unidad funcional indivisible por razones de funcionamiento, adaptación, ensamble, estilo y/o características similares que exijan la inclusión. Artículo 38: No se podrá fraccionar una contratación con la finalidad de eludir la aplicación de los montos máximos fijados en el presente Reglamento para los procedimientos de selección. Se presumirá que existe desdoblamiento del que serán responsables los funcionarios que hubieran autorizado y aprobado los respectivos procedimientos de selección, cuando en un lapso le TRES (3) meses contados a partir del primer día de la convocatoria, se efectúe otra convocatoria para seleccionar bienes o servicios pertenecientes a un mismo rubro comercial, sin que previamente se documenten las razones que lo justifiquen.

Publicaciones: Artículo 39: La adjudicación deberá realizarse a favor de la oferta más conveniente para el organismo contratante, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones de la oferta. Cuando se trate de la compra de un bien o de la contratación de un servicio estandarizado o uno de uso común cuyas características técnicas puedan ser inequívocamente especificadas e identificadas, se entenderá, en principio, por oferta más conveniente aquella de menor precio. Contenido de las publicaciones Artículo 40: Las publicaciones deberán contener la totalidad de los requisitos enunciados en el Artículo 31 del presente reglamento de Contrataciones, sin perjuicio de que a los mismos puedan agregarse, excepcionalmente, otras especificaciones, cuando por la naturaleza o monto del objeto del llamado resulte conveniente, con vistas a lograr un mayor número de oferentes. Proyecto de Pliego: Artículo 41: Cuando la complejidad o el monto de la contratación lo justifiquen, corresponderá la apertura de una etapa previa a la convocatoria para recibir observaciones al proyecto de Pliego de Bases y Condiciones Particulares. En tales casos la autoridad competente para autorizar la contratación deberá disponer comunicaciones a las asociaciones que nuclean a

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los productores, fabricantes y comerciantes del rubro y a las asociaciones locales del lugar donde deban efectuarse las provisiones, para su difusión entre los interesados. Estas comunicaciones podrán cursarse por cualquier medio y se dejará constancia de su envío en el expediente. Las comunicaciones deberán contener, en lo pertinente, la información establecida en los incisos a), b), c) y e) del Artículo 31 del presente reglamento y la fecha de finalización del plazo para formular observaciones al proyecto de pliego y de considerarse necesario se podrá publicar en el Boletín Oficial por UN (1) día y en el sitio de internet de la Oficina Nacional de Contrataciones. Artículo 42: El proyecto de Pliego de Bases y Condiciones Particulares quedará la disposición del público durante todo el lapso previsto para la formulación de observaciones, que establezca la autoridad competente para autorizar la contratación, según la complejidad de la misma, el cual no será inferior a CINCO (5) días. El FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL podrá convocar a reuniones para recibir observaciones al proyecto de Pliego de Bases y Condiciones Particulares o promover el debate entre los interesados acerca del contenido del mismo. De los temas tratados en esas reuniones y de las propuestas recibidas se labrará acta que firmarán los asistentes que quisieren hacerlo. Las observaciones al proyecto de Pliego de Bases y Condiciones Particulares que formularen por escrito los interesados, así como también las actas mencionadas, se agregarán al expediente. No se realizará ninguna gestión, debate o negociación ni intercambio de opiniones entre funcionarios del organismo contratante e interesados en participar en la contratación, fuera de los mecanismos expresamente previstos, a los que tendrán igual acceso todos los interesados. Una vez vencido el plazo para recibir observaciones al proyecto de Pliego de Bases y Condiciones Particulares, no se admitirán presentaciones. Artículo 43: El FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL, a través del Comité de Administración, elaborará el Pliego de Bases y Condiciones Particulares definitivo conforme con los criterios técnicos, económicos y jurídicos que a su juicio correspondan, teniendo en cuenta las opiniones vertidas por los interesados en la medida en que las considere pertinentes a los fines de obtener un mejor resultado de la contratación y preservando los principios de igualdad entre interesados, de promoción de la concurrencia, de la competencia, de la transparencia y de la ética. Artículo 44: El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y los Pliegos de Bases y condiciones Particulares deberán ser exhibidos en forma obligatoria en carteleras o carpetas ubicadas en lugares visibles del organismo contratante, cuyo ingreso sea irrestricto para los interesados en consultarlos. Asimismo, deberán ser difundidos en el sitio de Internet de la Oficina Nacional de Contrataciones, conforme lo dispuesto en el presente Reglamento. El cumplimiento de los requisitos antes mencionados deberá realizarse a partir del primer día de la convocatoria y acreditarse debidamente en las actuaciones de la contratación. La publicidad y difusión previstas en este Artículo no deberá entenderse como sustitutiva de la publicidad a efectuar en el Boletín Oficial en los casos que corresponda de acuerdo a las disposiciones del presente Reglamento. Artículo 45: En los casos de licitación y concurso público deberá procederse de la siguiente manera: a) Cuando el monto presunto de la contratación exceda de PESOS CINCO MILLONES ($

5.000.000), los anuncios pertinentes se publicarán en el Boletín Oficial por DOS (2) días y con OCHO (8) días de anticipación a la fecha de la apertura respectiva.

b) Asimismo, se deberán publicar avisos por UN (1) día, coincidente con el término de publicación en el Boletín Oficial, en DOS (2) de los diarios de mayor circulación en el país.

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Si el monto no excediera de PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000), los días de publicación y anticipación serán de UN (1) y CUATRO (4), respectivamente. Los días de anticipación se computarán a partir del día hábil inmediato siguiente al de la última publicación. Asimismo, en ambos casos, se difundirán en forma simultánea en el sitio de Internet de la Oficina Nacional de Contrataciones, conforme lo dispuesto en el presente Reglamento. En su caso, se publicará aviso, por el mismo lapso y con igual antelación, en el medio de difusión oficial, provincial o municipal, donde deba cumplirse la prestación. En caso que tales medios no existieren o no fueren de publicación diaria, dichas publicaciones se efectuarán en uno de los medios de mayor difusión del lugar.

c) Se enviarán comunicaciones a las asociaciones que nuclean a los productores, fabricantes comerciantes del rubro y, en su caso, a las asociaciones locales del lugar donde deban efectuarse las provisiones, para su difusión entre los interesados.

Estas comunicaciones podrán cursarse por cualquier medio durante el lapso de las publicaciones mencionadas en el inciso anterior. Además del empleo obligatorio de los medios antes mencionados, podrán cursarse invitaciones a firmas que sean proveedoras habituales del organismo o que, por su importancia, se considere conveniente que conozcan la convocatoria. Los plazos fijados para la anticipación y la cantidad de publicaciones se considerarán mínimos. En los casos de contrataciones que por su importancia, complejidad u otras características lo hicieran necesario, deberán ampliarse los plazos de antelación fijados. Podrán ampliarse los días de publicación y los medios de difusión a emplearse, dejando debida constancia en el expediente de las razones que justifiquen las mayores erogaciones que ello implique. Cuando se trate de licitaciones o concursos internacionales, deberán disponerse publicaciones en los países correspondientes. Artículo 46: En el caso de Licitaciones o Concursos Privados, los anuncios pertinentes se publicarán en el Boletín Oficial por UNO (1) días y con CUATRO (4) días de anticipación a la fecha de la apertura respectiva. Los días de anticipación se computarán a partir del día hábil inmediato siguiente al de la última publicación. Asimismo, se difundirán en forma simultánea en el sitio de Internet de la Oficina Nacional de Contrataciones, conforme lo dispuesto en el presente Reglamento. En su caso, se publicará aviso, por el mismo lapso y con igual antelación, en el medio de difusión oficial, provincial o municipal, donde deba cumplirse la prestación. En caso que tales medios no existieren o no fueren de publicación diaria, dichas publicaciones se efectuarán en uno de los medios de mayor difusión del lugar. Se deberán remitir invitaciones por medio fehaciente, con SEIS (6) días de antelación a la fecha de apertura de las ofertas a, por lo menos, CINCO (5) de los principales productores, prestadores, fabricantes o comerciantes del rubro y a proveedores anteriores, si los hubiere. Con la misma antelación se enviarán comunicaciones a las asociaciones que nuclean a los prestadores, productores, fabricantes y comerciantes del rubro, para su difusión entre los posibles interesados en participar. El envío de estas comunicaciones se podrá efectuar por cualquier medio, dejando constancia en el expediente. Además del empleo obligatorio de los medios antes mencionados, podrán cursarse invitaciones a firmas que sean proveedoras habituales del organismo o que, por su importancia, se considere conveniente que conozcan la convocatoria. Los plazos fijados para la anticipación y la cantidad de publicaciones se considerarán mínimos. En los casos de contrataciones que por su importancia, complejidad u otras características lo hicieran necesario, deberán ampliarse los plazos de antelación fijados. Podrán ampliarse los días de publicación y los medios de difusión a emplearse, dejando debida constancia en el expediente de las razones que justifiquen las mayores erogaciones que ello implique. Cuando se trate de licitaciones o concursos internacionales, deberán disponerse publicaciones en los países correspondientes.

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Garantías Artículo 47: Los oferentes o adjudicatarios deberán constituir garantías: a. De mantenimiento de la oferta: CINCO POR CIENTO (5 %) del valor total de la oferta. En

caso de cotizar con alternativas, la misma se calculará sobre el mayor valor propuesto. En caso de etapa múltiple, será fijada por el Organismo contratante en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, en un monto fijo.

b. De cumplimiento del contrato: DIEZ POR CIENTO (10%) del valor total de la adjudicación. c. Contragarantía: por el equivalente de los montos que reciba el adjudicatario como adelanto

en aquellas contrataciones en que los pliegos lo previesen. Artículo 48: Las garantías anteriormente mencionadas se constituirán de las siguientes formas o combinaciones de ellas: a. En efectivo mediante depósito bancario en la cuenta del Fiduciario. b. Con cheque certificado contra una entidad bancaria, con preferencia del lugar donde se

realice la contratación o del domicilio del Organismo contratante. c. Con títulos públicos, emitidos por el ESTADO NACIONAL. Los mismos deberán ser

depositados en una entidad bancaria a la orden del Organismo contratante, identificándose el procedimiento de selección de que se trate. El monto se calculará tomando en cuenta la cotización de los títulos al cierre del penúltimo día hábil anterior a la constitución de la garantía en la Bolsa o Mercado correspondiente.

d. Con aval bancario u otra fianza a satisfacción del Organismo contratante, constituyéndose el fiador en deudor solidario.

e. Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, extendidas a favor del Organismo contratante.

f. Mediante la afectación de créditos que el proponente o adjudicatario tenga liquidados y al cobro en entidades estatales de la ADMINISTRACIÓN PUBLICA NACIONAL, a cuyo efecto el interesado deberá presentar, en la fecha de la constitución de la garantía, la certificación pertinente.

g. Con pagarés a la vista suscriptos por quienes tengan el uso de la firma social o actuaren con poderes suficientes, cuando el monto de la garantía no supere la suma de PESOS CON MIL ($ 5.000.-).

La elección de la forma de garantía, en principio, queda a opción del oferente o adjudicatario. Por razones debidamente fundadas en el expediente, el FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL, a través del Comité de Administración, podrá elegir la forma de la garantía en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Todas las garantías, a excepción de la de mantenimiento de la oferta que deberá cubrir los plazos previstos en el Pliego, garantizarán el total cumplimiento de las obligaciones contraídas, debiendo constituirse en forma independiente para cada contratación. Artículo 49: No será necesario presentar garantías en los siguientes casos: a. En caso de cumplimiento de la prestación dentro del plazo de integración de la garantía,

salvo el caso de rechazo. En estos casos, el plazo para la integración de la garantía se contará a partir de la comunicación fehaciente del rechazo y no desde la notificación de la orden de compra.

b. En la adquisición de publicaciones periódicas. c. En las contrataciones de avisos publicitarios. d. Cuando el monto de la garantía no fuere superior a PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($

2.500.-) y así se dispusiere en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares. e. En las contrataciones de artistas o profesionales.

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No obstante lo dispuesto, todos los oferentes y adjudicatarios contraen la obligación de hacer efectivos los importes de las garantías a requerimiento del FONDO, en caso de resolución de la Administración Pública Nacional que así lo disponga, sin que puedan interponer reclamo alguno sino después de realizado el pago. Artículo 50: Serán devueltas: a. De oficio: I. Las garantías de mantenimiento de la oferta, a los oferentes que no resulten adjudicatarios,

dentro de los diez (10) días de presentada la garantía de cumplimiento del contrato o, en su caso, de ejecutado el contrato por el adjudicatario. A los adjudicatarios, una vez integrada la de cumplimiento del contrato o, en su caso, de ejecutado el mismo.

II. En el caso de Concurso o Licitación Pública de etapa múltiple, se devolverá la garantía a los oferentes que no resulten precalificados en oportunidad de la apertura del sobre que contiene la oferta económica.

III. Las garantías de cumplimiento del contrato, una vez cumplido el mismo a satisfacción de la jurisdicción o entidad contratante.

b. A solicitud de los interesados y salvo el caso de los pagarés sin afianzar, deberá procederse

a la devolución parcial de las garantías de adjudicación en proporción a la parte ya cumplida del contrato, para lo cual se aceptará la sustitución de la garantía para cubrir los valores resultantes. En los casos en que, luego de notificado fehacientemente, el oferente o adjudicatario no retirase las garantías, podrá reclamar su devolución dentro del plazo de un (1) año a contar desde la fecha de la notificación. La falta de presentación dentro del plazo señalado por parte del titular del derecho, implicará la renuncia tácita del mismo a favor del FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL y será aceptada por la autoridad competente al ordenar el ingreso patrimonial de lo que constituye la garantía. Cuando la garantía haya sido constituida mediante pagaré, éste se destruirá al término de dicho plazo.

Artículo 51: El FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL no abonará intereses por los depósitos de valores otorgados en garantía en tanto que los que devengaren los mismos pertenecerán a sus depositantes.

IV DE LA CONTRATACION DIRECTA Artículo 52: Atendiendo a los niveles de autorización y aprobación establecidos en el Artículo 17 del presente reglamento de contrataciones, se podrá contratar en forma directa, independientemente del importe, en los supuestos que a continuación se enumeran. 1. La realización o adquisición de obras científicas, técnicas o artísticas cuya ejecución deba

confiarse a empresas, artistas o especialistas que sean los únicos que puedan llevarlas a cabo. Se deberá fundar la necesidad de requerir específicamente los servicios de la persona física o jurídica respectiva. Estas contrataciones deberán establecer la responsabilidad propia y exclusiva del cocontratante, quien actuará inexcusablemente sin relación de dependencia con el Estado Nacional.

2. La contratación de bienes o servicios cuya venta fuere exclusiva de quienes tengan privilegio para ello o que sólo posea una determinada persona física o jurídica, siempre y cuando no hubieren sustitutos convenientes. Cuando la contratación se fundamente en esta disposición deberá quedar documentada en las actuaciones la constancia de tal

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exclusividad mediante el informe técnico correspondiente que así lo acredite. Para el caso de bienes, el fabricante exclusivo deberá presentar la documentación que compruebe el privilegio de la venta del bien que elabora. La marca no constituye de por sí causal de exclusividad, salvo que técnicamente se demuestre la inexistencia de sustitutos convenientes.

3. Cuando una licitación haya resultado desierta o fracasada y se efectuare un nuevo llamado, deberán modificarse los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares. Si esta licitación también resultare desierta o fracasare, podrá realizarse la contratación directa, utilizando el Pliego de Bases y Condiciones Particulares del segundo llamado.

4. Cuando probadas razones de urgencia o emergencia que respondan a circunstancias objetivas impidan la realización de otro procedimiento de selección en tiempo oportuno, lo cual deberá ser debidamente acreditado en las respectivas actuaciones, y deberá ser aprobado por la máxima autoridad de cada jurisdicción o entidad.

5. Cuando el PODER EJECUTIVO NACIONAL haya declarado secreta la operación contractual por razones de seguridad o defensa nacional, facultad ésta excepcional e indelegable.

6. Cuando se trate de reparaciones de maquinarias, vehículos, equipos o motores cuyo desarme, traslado o examen previo sea imprescindible para determinar la reparación necesaria y resultare más oneroso en caso de adoptarse otro procedimiento de contratación. No podrá utilizarse la contratación directa para las reparaciones comunes de mantenimiento de tales elementos.

7. Las contrataciones con reparticiones públicas o en las que tenga participación mayoritaria el ESTADO NACIONAL. En estos casos quedará prohibida la subcontratación del objeto. En las contrataciones directas en las que corresponda efectuar invitaciones, de acuerdo con la reglamentación, también serán consideradas las ofertas de quienes no hubiesen sido invitados a participar.

8. Cuando exista notaria escasez, en el mercado local de los vienes a adquirir, circunstancia que deberá ser acreditada en cada contratación por las oficinas técnicas competentes.

V DEL PROCEDIMIENTO

Artículo 53: El sistema de suministro de bienes funcionará sobre las siguientes bases: a) Como objetivo básico el sistema debe permitir la provisión oportuna y eficiente al menor

costo posible. b) Tipificación de los elementos de uso o consumo común. c) Realización de un estricto control de cantidad y calidad. d) Adecuada coordinación entre las políticas financiera y de administración de bienes. Artículo 54: Los pedidos de compras de bienes o contratación de servicios deberán formularse por escrito y observar las siguientes condiciones: a) La descripción de la especie, cantidad y características del elemento y/o servicio a adquirir,

costo técnicamente estimado y la mención de su destino y utilización, sin perjuicio de las aclaraciones que contribuyan a su mejor identificación. La marca no constituye causal de exclusividad, salvo que se demuestre técnicamente que no existen sustitutos convenientes.

b) Si se tratara de elementos para sustituir a otros en uso deberá informarse el motivo de la sustitución y el destino a dar a los elementos a sustituir.

c) Indicación de la imputación contable. d) Autorización por parte de las Autoridades definidas en el Artículo 17 del presente

reglamento de contrataciones. Artículo 55: En todos los contratos por servicios, deberán constar expresa y claramente:

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a) La forma y plazo de presentación de los trabajos que se encomienden. b) La previsión de que no se efectuará pago alguno sin previa certificación del área

competente y/ o receptora de la prestación de los servicios. Artículo 56: El procedimiento establecido en este Título será aplicable, en lo pertinente, a todas las clases de procedimientos de selección, cualquiera sea la modalidad elegida, siempre que no se disponga de otra manera en las normas específicas contenidas en el presente, para cada uno de ellos. Artículo 57: La comprobación de que en un llamado a contratación se hubieren omitido los requisitos de publicidad previa, en los casos en los que una norma lo exija, o formulado especificaciones o incluido cláusulas cuyo cumplimiento solo sea factible por determinado interesado u oferente, de manera que el mismo esté dirigido a favorecer situaciones particulares, dará lugar a la revocación inmediata del procedimiento, cualquiera sea el estado de trámite en que se encuentre, y a la iniciación de las actuaciones sumariales pertinentes. En tal caso podrá realizarse un nuevo llamado, por el mismo procedimiento de selección, debiendo invitarse además de los nuevos interesados, a los oferentes del anterior llamado. Artículo 58: El FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL, a través del Comité de Administración, podrá dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes. Artículo 59: Toda persona que acredite algún interés, podrá en cualquier momento tomar vista de las actuaciones referidas a la contratación, desde la apertura de las ofertas hasta la finalización del contrato, exceptuando la etapa de evaluación de las ofertas, comprendida entre la finalización del plazo establecido en el Artículo 75 del presente Reglamento y la notificación del dictamen de evaluación, si lo hubiere o, la adjudicación. Artículo 60: A los efectos de lo dispuesto en el artículo anterior, los terceros deberán acreditar su interés por cualquier medio de prueba. La toma de vista en ningún caso dará derecho al particular a efectuar presentaciones en el expediente por el que tramita la contratación, ni dará lugar a la suspensión de los trámites o a demoras en el procedimiento de contratación. Artículo 61: En todos los procedimientos de selección del cocontratante en que la invitación a participar se realice a un determinado número de personas físicas o jurídicas, el Comité de Administración deberá considerar y evaluar las ofertas presentadas por quienes no fueron convocados. Artículo 62: Toda comunicación entre el FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL, a través del Comité de Administración, y los oferentes o proveedores, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contrato, deberá efectuarse procurando economías en gastos y celeridad en los trámites. Por cualquier medio de comunicación se podrán adelantar a los interesados el estado de las actuaciones y/o las decisiones adoptadas en el expediente, para que aquellos concurran a notificarse personalmente.

V I DE LA PRESENTACION DE LAS OFERTAS Y SU MANTENIMIENTO Artículo 63: Las ofertas deberán presentarse en sobre cerrado, foliadas y firmadas en todas las hojas por el oferente, en el lugar y dentro del plazo que se indique en el llamado respectivo, sin raspaduras ni enmiendas que no estén debidamente salvadas.

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Artículo 64: La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación de las cláusulas que rigen el llamado a contratación, por lo que no será necesaria la presentación de los pliegos con la oferta Artículo 65: Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término que se fije en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, contado a partir de la fecha del acto de apertura. Si no se manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la oferta con una antelación mínima de DIEZ (10) días de vencimiento del plazo, aquélla se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial, salvo que el Pliego de Bases y Condiciones Particulares disponga otro distinto, y así sucesivamente. Artículo 66: Las ofertas serán redactadas en idioma nacional y presentadas con la cantidad de copias que indique el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Los sobres, cajas o paquetes se presentarán perfectamente cerrados y contendrán en su cubierta la identificación de la contratación a que corresponden, el día y hora de la apertura y la identificación del oferente. Las ofertas se admitirán hasta el día y hora fijados en el llamado y el original deberá estar firmado, en todas sus hojas, por el oferente o su representante legal. Esta deberá salvar las enmiendas y raspaduras, si las hubiere. Los oferentes deberán constituir domicilio en la ciudad asiento del FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL, o donde indique el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. A cada oferta deberá acompañarse indefectiblemente las constancias relativas al retiro del Pliego de Bases y Condiciones Particulares extendida por el FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL y la de constitución de la garantía; asimismo se deberá agregar el recibo de pago del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, en los casos que corresponda. Artículo 67: La oferta especificará: a) El precio unitario y cierto, en números, con referencia a la unidad de medida establecida en

las cláusulas particulares, el precio total del renglón, en números, y el total general de la oferta, expresado en letras y números, determinados en la moneda de cotización fijada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, todo ello en el formulario original proporcionado gratuitamente por el organismo contratante.

b) La cotización por cantidades netas y libres de envase y de gastos de embalaje, salvo que el Pliego de Bases y Condiciones Particulares previera lo contrario. El proponente podrá formular oferta por todos los renglones o por algunos de ellos. Podrá también hacerlo por parte del renglón, pero solo cuando así lo admita el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Como alternativa, después de haber cotizado por renglón, podrá ofertar por el total de los efectos ya propuestos o grupo de renglones, sobre la base de su adjudicación íntegra.

c) El origen del producto cotizado. Si no se indicara lo contrario, se entiende que es de producción nacional.

Artículo 68: No se podrá estipular el pago en moneda distinta de la establecida en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Las cotizaciones en moneda nacional no podrán referirse, en ningún caso, a la eventual fluctuación de su valor. Errores de Cotización:

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Artículo 69: Si el total cotizado para cada renglón no correspondiera al precio unitario, se tomará este último como precio cotizado. Todo otro error denunciado por el oferente antes de la adjudicación, producirá la desestimación de la oferta, con pérdida de la garantía en la proporción que corresponda. Causas de Inadmisibilidad: Artículo 70: Será declarada inadmisible la oferta en los siguientes supuestos: a) Que no estuviere firmada por el oferente o su representante legal. b) Que estuviere escrita con lápiz. c) Que careciera de la garantía exigida o no se presentaren las muestras que el Pliego de

Bases y Condiciones Particulares indicare. d) Que fuera formulada por personas inhabilitadas o suspendidas para contratar con el

ESTADO NACIONAL. e) Que contuviere condicionamientos. f) Que tuviere raspaduras, enmiendas o interlíneas en el precio, cantidad, plazo de entrega o

alguna otra parte que hiciere a la esencia del contrato, y no estuvieren debidamente salvadas.

g) Que contuviere cláusulas en contraposición con las normas que rigen la contratación. h) Que incurriere en otras causales de Inadmisibilidad que expresa y fundadamente el Pliego

Único de Bases y Condiciones Generales hubieren previsto como tales. Los errores intrascendentes de forma no serán causal de Inadmisibilidad de la oferta. Se podrán aceptar ofertas que contengan defectos formales, otorgándose al oferente un plazo perentorio para subsanar los mismos. La presente enumeración es meramente enunciativa, pudiéndose rechazar ofertas por otras razones fundadas a criterio de las Autoridades definidas en el Artículo 17 del presente reglamento de contrataciones considerando las disposiciones de éste Reglamento y el Pliego de Condiciones Generales y Particulares. Retiro de ofertas durante el plazo de mantenimiento: Artículo 71: Si el oferente retirara su oferta antes del vencimiento de sus plazos de vigencia, del Comité de Administración podrá decidir la suspensión o eliminación de la Firma que se trate del Registro de Proveedores y Contratistas del FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL.

VII DE LA APERTURA Artículo 72: En el lugar, día y hora determinados para celebrar el acto, se procederá a abrir las oferta en presencia de los funcionarios del FONDO designados por el Comité de Administración a tal efecto, y de todos aquellos que desearan presenciarlo, quienes podrán verificar la existencia, número y procedencia de los sobres, cajas o paquetes dispuestos para ser abiertos. Cuando la importancia de la contratación así lo justifique, el Presidente del Comité de Administración del FONDO podrá requerir la presencia de un escribano de la Escribanía General del Gobierno de la Nación del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. A partir de la hora fijada como término para la recepción de las ofertas no podrán recibirse otras, aún cuando el acto de apertura no se haya iniciado. Si el día señalado para la apertura delas ofertas deviniera inhábil, el acto tendrá lugar el día hábil siguiente y a la misma hora. Ninguna oferta presentada en término podrá ser desestimada en el acto de apertura. Las que sean observadas se agregarán al expediente para su análisis por la autoridad competente.

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Artículo 73: Las ofertas que no se ajusten a los pliegos de bases y condiciones serán invalidadas en el mismo acto. Sólo podrán consentirse defectos de forma o errores evidentes cuya corrección no afecte la oferta ni el pie de igualdad de los oferentes. Artículo 74: El Acta de apertura de las ofertas deberá contener, la totalidad de los requisitos previstos en el Artículo 28 del presente Reglamento. El acta será firmada por los funcionarios designados al efecto y por los oferentes presentes que desearan hacerlo. Artículo 75: Los originales de las ofertas serán exhibidos a los oferentes por el término de DOS (2) días, contados a partir del día hábil siguiente al de la apertura. Los oferentes podrán solicitar copia a su costa. Artículo 76: La unidad operativa de contrataciones confeccionará el cuadro comparativo de los precios de las ofertas y remitirá las actuaciones a la Comisión de Evaluación dentro de los TRES (3) días de vencido el plazo a que hace referencia el artículo anterior. Si como alternativa, después de haber cotizado por renglón, el oferente hubiera formulado oferta por el total de lo propuesto o por grupos de renglones, sobre la base de su adjudicación íntegra, a los efectos del cotejo de los precios se efectuará la comparación de la propuesta global o parcial por grupo de renglones, con la suma de menores precios totales a adjudicar, en la misma relación de renglones. La Comisión de Evaluación: Artículo 77: Estará integrada por TRES (3) miembros designados por el Comité de Administración a tales efectos. La Comisión de Evaluación emitirá el dictamen, el cual no tendrá carácter vinculante, que proporcionará a la autoridad competente para adjudicar los fundamentos para el dictado del acto administrativo con el cual concluirá el procedimiento. Serán contenidos mínimos de dicho dictamen: a) Examen de los aspectos formales:

Evaluación del cumplimiento de los requisitos exigidos por la Ley, por este Reglamento y por los respectivos pliegos.

b) Calidades de los oferentes: I. Deberá consultar el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) para determinar

si los oferentes son hábiles para contratar con el ESTADO NACIONAL. II. Cuando alguno de los oferentes no sea hábil para contratar con el ESTADO

NACIONAL, deberán hacerse explícitos los motivos de su exclusión, calificándose a la oferta que aquél hubiere formulado como inadmisible.

c) Evaluación de las ofertas: I. Deberá tomar en consideración en forma objetiva todos los requisitos exigidos para la

admisibilidad de las ofertas. Si existieren ofertas inadmisibles, explicitará los motivos, fundándolos en las disposiciones pertinentes. Si hubiera ofertas manifiestamente inconvenientes, deberá explicitar los fundamentos para excluirlas del orden de mérito.

II. Respecto de las ofertas que resulten admisibles y convenientes, deberá considerar los factores previstos por el Pliego de Bases y Condiciones Particulares para la comparación de las ofertas y la incidencia de cada uno de ellos, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 34 del presente Reglamento, y determinar el orden de mérito.

d) Recomendación sobre la resolución a adoptar para concluir el procedimiento

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Artículo 78: El dictamen de evaluación de las ofertas, que constará en un acta, deberá emitirse dentro del término de DIEZ (10) días contados, a partir de la fecha de recepción de las actuaciones. Cuando la complejidad de las cuestiones a considerar impidiere el cumplimiento de su cometido dentro del plazo fijado, la Comisión de Evaluación podrá requerir una prórroga a la autoridad competente para adjudicar. La prórroga que se otorgue no podrá exceder de un lapso igual al fijado en este artículo. El pedido deberá formularse por escrito y fundarse debidamente. Artículo 79: El dictamen de evaluación deberá notificarse en forma fehaciente a todos los oferentes dentro de los DOS (2) días de emitido. Los interesados podrán impugnarlo dentro de los DOS (2) días de notificados. Durante ese término el expediente se podrán a disposición de los oferentes para su vista.

VIII DE LA ADJUDICACION Artículo 80: En caso de igualdad de precios la adjudicación recaerá en la oferta presentada por un Pequeña y Mediana Empresa que opere, desarrolle su actividad y tenga la sede principal de sus negocios en el país. De mantenerse la igualdad, se solicitará a los respectivos oferentes, que por escrito y dentro del término del plazo común que se les fije, formulen una mejora de precios. Estas propuestas serán abiertas de acuerdo a lo previsto en el Artículo 72 del presente reglamento. El silencio por parte del oferente invitado a mejorar se considerará como que mantiene su oferta. De subsistir el empate, se procederá al sorteo público de las ofertas empatadas. Para ello se deberá fijar día, hora y lugar del sorteo público y notificarse por medio fehaciente a los oferentes llamados a desempatar. El sorteo se realizará en presencia de los interesados, si asistieran, y se labrará el acta correspondiente. Artículo 81: La adjudicación será resuelta en forma fundada por el Comité de Administración para aprobar la contratación y será notificada fehacientemente al adjudicatario y al resto de los oferentes dentro de los DOS (2) días de dictado el acto respectivo. Si se hubieran formulado impugnaciones contra el dictamen de evaluación de las ofertas, éstas serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación. Podrá adjudicarse aún cuando se haya presentado un sola oferta. La Comisión de Evaluación, preadjudicará la compulsa aún cuando se presentare una sola oferta válida. Artículo 82: Los recursos que se deduzcan contra el acto de adjudicación se regirán por lo dispuesto en la Ley Nº 19.549, sus modificatorias y ampliatorias, y el Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1.759/72 t.o. 1991 y sus modificatorias. Adjudicación y perfeccionamiento del Contrato: Artículo 83: La adjudicación definitiva corresponde a la Autoridad de Aprobación, la cual tiene la facultad de adjudicar la compulsa. La adjudicación será comunicada al interesado en forma fehaciente. Mediante telegrama colacionado, orden de compra y/u orden de servicio, contrato y excepcionalmente en cualquier otra forma, en un todo de acuerdo con lo expuesto en el Artículo 68 del presente reglamento.

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Artículo 84: Dentro del plazo de mantenimiento de la oferta se emitirá la orden de compra y su notificación al adjudicatario producirá el perfeccionamiento del contrato, siempre que el adjudicatario no la rechace en el plazo del Artículo 85 in fine del presente reglamento. La orden de compra deberá contener las estipulaciones básicas de la contratación. La orden de compra será autorizada por el funcionario competente para adjudicar y aprobar los procedimientos de selección o por aquél en quien delegue expresamente tal facultad, debiendo notificarse fehacientemente dentro de los SIETE (7) días de dictado el citado acto administrativo. Para el caso en que vencido el plazo del párrafo anterior no se hubiera efectivizado la notificación allí mencionada, el adjudicatario podrá desistir de su oferta. Artículo 85: El adjudicatario deberá integrar la garantía de cumplimiento del contrato dentro del término de OCHO (8) días de recibida la orden de compra. Vencido dicho plazo se rescindirá el contrato con la pérdida de la garantía de la oferta. El adjudicatario podrá eximirse de presentar la garantía de cumplimiento del contrato satisfaciendo la prestación dentro del plazo fijado en el párrafo anterior, salvo el caso de rechazo de los bienes. En este supuesto el plazo para la integración se contará a partir de la comunicación fehaciente del rechazo. Los bienes rechazados quedarán en caución y no podrán ser retirados, sin que previamente se integre la garantía que corresponda. Si el adjudicatario rechazara la orden de compra dentro de los TRES (3) días de recibida la notificación del Art. 84 del presente Reglamento, o no constituyera la garantía de cumplimiento del contrato dentro del plazo fijado para ello, el organismo podrá adjudicar la licitación al oferente que siga en el orden de mérito y así sucesivamente, sin perjuicio de la aplicación de las penalidades respectivas. Artículo 86: Todos los documentos que integran el contrato serán considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias se seguirá el siguiente orden de prelación: a) Las disposiciones de este Reglamento. b) El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. c) El Pliego de Bases y Condiciones Particulares. d) La oferta y las muestras que se hubieren acompañado. e) La adjudicación. f) La orden de compra.

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IX DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO

Artículo 87: Los adjudicatarios cumplirán la prestación en la forma, plazo o fecha, lugar y demás condiciones establecidas. Los plazos de entrega se computarán en días corridos a partir del día siguiente a la fecha de recepción de la orden de compra, o de la apertura del respectivo crédito documentario cuando se hubiera convenido esa forma de pago, o del cumplimiento de las obligaciones de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, cuando así se hubiera establecido. Artículo 88: La recepción de las mercaderías tendrá carácter provisional y los recibos o remitos que se firmen quedarán sujetos a la recepción definitiva. Artículo 89: El Comité de Administración designará el o los responsables de la certificación de la recepción definitiva de bienes o de la prestación de servicios, con la única limitación de que esa designación no deberá recaer, salvo imposibilidad material, en quienes hayan intervenido en la adjudicación respectiva, pudiendo, no obstante, requerirse su asesoramiento. En caso de designarse una Comisión, ésta deberá estar integrada por un máximo de TRES (3) miembros. A los efectos de la conformidad definitiva deberá procederse previamente a la confrontación de la prestación con las especificaciones del pedido, con la muestra patrón o con la presentada por el adjudicatario, y en su caso con los resultados de la prueba que fuere necesario realizar, además de lo que dispongan las cláusulas particulares. Los funcionarios con competencia para otorgar la recepción definitiva podrán requerir directamente al proveedor la entrega de las cantidades o servicios faltantes. La recepción definitiva se otorgará dentro del plazo que al efecto fije el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el que se contará a partir del día siguiente al de la fecha de entrega de los elementos o de prestados los servicios. En caso de silencio, una vez vencido dicho plazo, el proveedor podrá intimar la recepción. Si la dependencia contratante no se expidiera dentro de los DIEZ (10) días siguientes al de la recepción de la intimación, los bienes o servicios se tendrán por recibidos de conformidad. Corresponderá a los funcionarios con competencia para otorgar la recepción definitiva remitir a la oficina ante la cual tramitaren los pagos, la certificación correspondiente. Artículo 90: Las facturas serán presentadas una vez recibida la conformidad definitiva de la recepción. La presentación de las facturas en la forma y en el lugar indicados por el Pliego de Bases y Condiciones Particulares determinará el comienzo del plazo fijado para el pago. Las oficinas encargadas de conformar las facturas actuarán sobre la base de la documentación que se tramita internamente y los certificados expedidos con motivo de la recepción definitiva. Artículo 91: El proveedor podrá solicitar por única vez la prórroga del plazo de cumplimiento de la prestación antes del vencimiento del mismo, exponiendo los motivos de la demora. La prórroga del plazo sólo será admisible cuando existieran causas debidamente justificadas y las necesidades del FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL admitan la satisfacción de la prestación fuera de término. Artículo 92: Antes del vencimiento del plazo de la prórroga que se hubiere acordado el adjudicatario podrá pedir la rehabilitación del contrato por la parte no cumplida. Esta rehabilitación podrá ser acordada por una sola vez previo pago de una multa equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del valor del contrato que se rehabilita. Un contrato rehabilitado deberá cumplirse dentro de los mismos plazos y condiciones estipuladas en los pliegos.

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Artículo 93: Las penalidades establecidas en este Reglamento no serán aplicadas cuando el incumplimiento de la obligación provenga de caso fortuito o de fuerza mayor debidamente documentado por el interesado y aceptado por el organismo licitante. La existencia de caso fortuito o de fuerza mayor que impida el cumplimiento de los compromisos contraídos por los oferentes o los adjudicatarios, deberá ser puesta en conocimiento del organismo contratante dentro de los TRES (3) días de producida o desde que cesaren sus efectos. Transcurrido dicho plazo no podrá invocarse el caso fortuito o la fuerza mayor. Artículo 94: Cuando el Comité de Administración revoque o rescinda un contrato por causas no imputables al proveedor, este último tendrá derecho a que se le reconozcan los gastos en que probare haber incurrido con motivo del contrato. No se hará lugar a reclamación alguna por lucro cesante o por intereses de capitales requeridos para financiación. Artículo 95: Vencido el plazo de cumplimiento del contrato, de su prórroga o, en su caso, del contrato rehabilitado, sin que los bienes fueran entregados o prestados los servicios de conformidad, el Comité de Administración deberá declarar rescindido el contrato sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial, con pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato, sin perjuicio de ser responsable el proveedor por los daños y perjuicios que sufriere el FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL con motivo de la celebración de un nuevo contrato con el mismo objeto. La rescisión del contrato y la consiguiente pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato podrán ser totales o parciales, afectando en este último caso a la parte no cumplida de aquél. Artículo 96: Serán por cuenta del proveedor los siguientes gastos: a) Sellado de ley. b) Costo del despacho, derecho y servicios aduaneros y demás gastos incurridos por cualquier

concepto en el caso de rechazo de mercaderías importadas con cláusulas de entrega en el país.

c) Reposición de las muestras destruidas, a fin de determinar si se ajustan en su composición o construcción a lo contratado, si por ese medio se comprobaren defectos o vicios en los materiales o en su estructura. En caso contrario, los gastos pertinentes estarán a cargo del organismo contratante.

d) Si el producto tuviera envase especial y éste debiera devolverse, el flete y acarreo respectivo, ida y vuelta, desde el mismo lugar y por los mismos medios de envío a emplear para la devolución, serán por cuenta del oferente. En estos casos deberá especificar separadamente del producto, el valor de cada envase y además estipular el plazo de devolución de los mismos, si el organismo contratante no lo hubiera establecido en las cláusulas particulares. De no producirse la devolución de los envases en los plazos establecidos por una u otra parte, el oferente podrá facturarlos e iniciar el trámite de cobro de los mismos, a los precios consignados en la oferta, quedando este trámite sin efecto, si la devolución se produjera en el ínterin.

Artículo 97: El FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL, con aprobación del Comité de Administración, de acuerdo con el monto de la diferencia, tendrá derecho a: a) Aumentar el total adjudicado hasta un VEINTE POR CIENTO (20%) o disminuirlo hasta un

DIEZ POR CIENTO (10%) de su valor original en uno y otro caso, en las condiciones y precios pactados y con adecuación de los plazos respectivos. El aumento o la disminución podrá incidir sobre uno, varios o el total de los renglones de la orden de compra, siempre y cuando el total resultante no exceda los porcentajes previstos, según corresponda.

b) Cuando por la naturaleza de la prestación exista imposibilidad de fraccionar las unidades para entregar la cantidad exacta contratada, las entregas podrán ser aceptadas en más o

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en menos, según lo permita el mínimo fraccionable. Estas diferencias serán aumentadas o disminuidas del monto de la facturación correspondiente, sin otro requisito.

c) Prorrogar, cuando así se hubiere previsto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, los contratos de suministros de cumplimiento sucesivo o de prestación de servicios, con las modificaciones que se hubieran introducido de conformidad con el inciso a) del presente Artículo o sin ellas, por única vez y por un plazo igual al del contrato inicial. Cuando éste fuere plurianual, no podrá prorrogarse más allá de UN (1) año adicional. En principio, la prórroga deberá realizarse en las condiciones y precios pactados originariamente, pero si los precios de plaza hubieren disminuido, el organismo contratante deberá renegociar el contrato para adecuar su monto a dichos precios y, en caso de no llegar a un acuerdo con el proveedor, no podrá hacer uso de la opción de prórroga. A los efectos del ejercicio de esta facultad, el organismo contratante deberá emitir la orden de compra pertinente antes del vencimiento de la vigencia del contrato. En los contratos en que, de acuerdo con esta reglamentación, se hubiere estipulado una opción de prórroga del plazo contractual a favor del FONDO, se evaluará la eficacia y calidad de la prestación a los fines del ejercicio de la opción.

Artículo 98: El FONDO FODUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL, a través del Comité de Administración, tendrá derecho a intimar al oferente, adjudicatario o proveedor incumplidor el depósito en efectivo del importe de la multa o garantía perdida, en la cuenta bancaria que indique y dentro del plazo que a tal efecto le fije. La ejecución de las garantías o la iniciación de las acciones destinadas a obtener el cobro de las mismas, tendrán lugar sin perjuicio de la aplicación de las multas que correspondan o de las acciones que se ejerzan para obtener el resarcimiento integral de los daños, que los incumplimientos de los oferentes o proveedores hubieren ocasionado. Artículo 99: El contrato no podrá ser transferido ni cedido por el adjudicatario sin la previa autorización fundada de la autoridad competente. Si así se hiciere, se podrá dar por rescindido de pleno derecho.

X DE LAS LICITACIONES Y CONCURSOS DE ETAPA MULTIPLE

Licitaciones y Concursos con Doble Sobre: Artículo 100: Cuando el procedimiento sea con doble sobre deberán establecerse en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares los factores que serán tenidos en cuenta para la evaluación de cada uno de los sobres y, en su caso, los coeficientes de ponderación relativa que se aplicarán a cada uno de ellos. A los efectos de la determinación de la oferta más conveniente podrá optarse por alguno de los siguientes sistemas o el que establezcan los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares: a) Adjudicar el contrato al oferente que presente la mejor oferta económica de entre los que

hubieran resultado preseleccionados. b) Adjudicar el contrato al oferente que haya alcanzado el mayor puntaje final, sobre la base

de la ponderación de los puntajes obtenidos en cada uno de los sobres. Artículo 101: La oferta estará contenida en DOS (2) sobres cerrados identificados con las letras A y B, que se presentarán simultáneamente. Los sobres tendrán el siguiente contenido: a) SOBRE A: Información sobre el oferente:

I) Carta de presentación del oferente, con todos los datos que correspondan a su individualización conforme con su personalidad, según los detalles que establecerá el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

II) Antecedentes empresariales y técnicos.

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III) Capacidad económico-financiera. IV) Planes, programas o proyectos diseñados para el cumplimiento de la prestación

específica que constituya el objeto de la contratación. V) Garantía de mantenimiento de la oferta, que será establecida por el Pliego de Bases y

Condiciones Particulares en un monto fijo.

b) SOBRE B: Oferta Económica: I) Precio. II) Demás componentes económicos.

Artículo 102: En el lugar, día y hora determinados para celebrar el acto, se procederá a abrir el sobre A de las propuestas en presencia de los funcionarios designados de la dependencia y de todos aquellos que desearan presenciarlo. Artículo 103: El acta deberá contener: a) Número de orden asignado a cada oferta. b) Nombre del oferente. c) Monto y forma de la garantía acompañada. d) Las observaciones que se formulen. e) Constancia de la reserva del sobre B. Artículo 104: Una copia del sobre A de todas las ofertas quedará a disposición de cada uno de los oferentes, a fin de que tomen vista de ellas. Los oferentes podrán tomar vista durante TRES (3) días contados a partir de la fecha de apertura y formular las observaciones que estimen pertinentes dentro de los TRES (3) días posteriores a la finalización del plazo para la vista. EL FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL, a través del Comité de Administración, deberá notificar las observaciones en forma fehaciente a los oferentes observados, los que podrán contestarlas dentro de los TRES (3) días siguientes. Con las observaciones y, en su caso, las contestaciones respectivas, deberán acompañarse las pruebas correspondientes. Toda presentación deberá hacerse con copia de la misma, así como de la documentación acompañada. Artículo 105: La Comisión de Evaluación analizará los aspectos de la oferta contenidos en el sobre A, asignará a cada factor un puntaje cuyo valor máximo estará previsto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y elaborará el correspondiente cuadro comparativo. La Comisión Evaluadora emitirá el acta de precalificación, la que será notificada en forma fehaciente a todos los oferentes. En caso de haberse presentado observaciones emitirá en dicha acta su opinión fundada sobre las mismas, teniendo en cuenta las respuestas de los oferentes observados y las pruebas acompañadas. Sólo serán aceptadas las ofertas que reúnan un puntaje superior o igual al establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares como mínimo para la precalificación. Artículo 106: Los oferentes podrán impugnar la precalificación dentro de los TRES (3) días de notificados. Todas las impugnaciones planteadas serán resueltas por la autoridad competente para aprobar contratación, dentro del plazo que determine el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el que se computará desde el vencimiento del término para impugnar el acta de precalificación. Artículo 107: El sobre B de las ofertas que hubieran sido precalificadas se abrirá en acto público al que serán debidamente citados todos los oferentes. En ese acto se devolverán cerrados los sobres B a los oferentes no precalificados, juntamente con las respectivas garantías de oferta. De lo actuado se labrará la correspondiente acta.

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Artículo 108: La Comisión de Evaluación tomará en cuenta los parámetros de evaluación contenidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares para el sobre B, establecerá el orden de mérito de las ofertas ajustadas al pliego y recomendará la adjudicación. En caso de haberse previsto en el referido pliego la combinación de los puntajes obtenidos en ambos sobres, se ponderarán los puntajes de la manera preestablecida, a los efectos de la obtención del puntaje final. Artículo 109: La adjudicación será resuelta por el Comité de Administración del FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL. Licitaciones y Concursos con Mas de Dos (2) Sobres: Artículo 110: El procedimiento establecido en lo referente a Licitaciones o Concursos de Etapa Múltiple con DOS (2) Sobres, será aplicable, en lo pertinente y con las modificaciones que en cada caso correspondan, a las licitaciones y concursos que comprendan más de DOS (2) etapas. Cualquier circunstancia no reglada en el presente reglamento se haya sujeta a lo establecido en el Decreto Nacional Nº 436/2000, sus modificatorias y ampliatorias.

XI DE LAS CONTRATACIONES CON MODALIDADES Orden de Compra Abierta: Artículo 111: Se utilizará la modalidad de orden de compra abierta cuando se efectúen contrataciones consolidadas o compras informatizadas y en todo otro caso en que el organismo contratante no pueda determinar con precisión o con adecuada aproximación, desde el inicio del procedimiento de selección, la cantidad de unidades de los bienes o servicios a adquirir durante el período de vigencia del contrato. Artículo 112: El FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL, a través del Comité de Administración determinará, para cada renglón, el número máximo de unidades que podrán requerirse durante el lapso de vigencia del contrato y la frecuencia en que se realizarán las solicitudes de provisión. Las unidades de medida serán las usuales en el mercado para el expendio del tipo de bien de que se trate o para la prestación del respectivo servicio. El adjudicatario estará obligado a proveer hasta el máximo de unidades determinadas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Artículo 113: La oferta deberá especificar, para cada renglón, la cantidad máxima de unidades que el oferente está dispuesto a proporcionar en oportunidad de la recepción de cada solicitud de provisión. Dicha cantidad no podrá ser inferior al mínimo que fije el FONDO, a través del Comité de Administración. La cantidad de unidades a suministrar en oportunidad de cada pedido, de acuerdo con lo previsto en la oferta, podrá aumentarse o disminuirse por acuerdo de partes, dejando constancia en el expediente respectivo. Artículo 114: El monto de las garantías de mantenimiento de la oferta se calculará aplicando el CINCO POR ClENTO (5%) sobre el importe que surja de la multiplicación entre la cantidad máxima solicitada de acuerdo con el Artículo 112 del presente reglamento y el precio unitario cotizado. El monto de la garantía de cumplimiento del contrato se calculará aplicando el DIEZ POR CIENTO (10%) sobre el valor total de la solicitud de provisión. Las garantías de mantenimiento de la oferta serán devueltas a los oferentes que no resulten adjudicatarios, dentro de los DIEZ (10) días de aprobada la respectiva adjudicación. A los adjudicatarios, se

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les devolverán las garantías de mantenimiento de la oferta, una vez integrada la de cumplimiento del contrato o, en su caso, de cumplida la solicitud de provisión y en forma proporcional a la parte ya cumplida del contrato. Vencido el período de vigencia del contrato se les reintegrará la parte restante de dicha garantía. La solicitud de provisión deberá ajustarse en su forma y contenido al modelo uniforme que determine la Oficina Nacional de Contrataciones y será autorizada por el responsable de la unidad operativa de contrataciones, debiendo notificarse en el plazo de UN (1) día de emitida. El adjudicatario deberá integrar la garantía de cumplimiento del contrato dentro del término de CINCO (5) días de recibida la solicitud de provisión pertinente. El adjudicatario podrá eximirse de presentar la garantía de cumplimiento del contrato satisfaciendo la prestación dentro del plazo fijado en el párrafo anterior, salvo el caso de rechazo de los bienes. En este supuesto el plazo para la integración se contará a partir de la comunicación fehaciente del rechazo. Los bienes rechazados quedarán en caución y no podrán ser retirados, sin que previamente se integre la garantía que corresponda. Si el adjudicatario no retirase la solicitud de provisión o si la rechazara dentro de los TRES (3) días de notificada, o no constituyera la garantía de cumplimiento del contrato dentro del plazo fijado para ello, se rescindirá el contrato con aplicación de las penalidades respectivas, siendo de aplicación en los casos pertinentes lo normado por el Artículo 77 del presente reglamento. Artículo 115: El plazo de duración del contrato ejecutado conforme con la modalidad de orden de compra abierta será de DOCE (12) meses. Los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares podrán contemplar la opción de prórroga en favor del FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL por un plazo igual al inicial. Durante el lapso de vigencia del contrato, el organismo no podrá contratar con terceros la provisión de los bienes o la prestación de los servicios que fueren el objeto de aquél, salvo decisión debidamente fundada de la autoridad que lo hubiere adjudicado. La constatación de la reducción del precio de mercado de los bienes o servicios contratados podrá determinar en cualquier momento la rescisión del contrato, sin culpa de ninguna de las partes, siempre que el proveedor no consintiera en negociar el nuevo valor. Compra Informatizada: Artículo 116: Las Compras Informatizadas se caracterizarán por la confección y entrega del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y la presentación de ofertas en medios de almacenamiento magnético estándar, dando lugar estas últimas, después de la apertura, a la constitución de una base de precios. Cada Pedido de Precios llevará un número correlativo para cada Compra Informatizada y contendrá renglones pertenecientes a un mismo rubro comercial. Para cada renglón se determinará el número máximo de unidades que podrán requerirse durante el período comprendido en la convocatoria, que son las unidades de medida usuales en el mercado para el expendio del tipo de bien de que se trate. Artículo 117: El FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL efectuará una convocatoria anual, que comprenderá tantos Pedidos de Precios como rubros comerciales abarquen los bienes a adquirir durante el ejercicio. Los anuncios de las convocatorias deberán contener: a) Nombre del “FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL”. b) Número de expediente. c) Tipo de contratación: Compra Informatizada. d) Número de Compra informatizada. e) Número de cada Pedido de Precios comprendido en la convocatoria. f) Objeto de cada Pedido de Precios.

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g) Lugar donde pueden consultarse las bases de la convocatoria y retirarse los soportes magnéticos que contienen los Pedidos de Precios, lugar, día y hora del acto de presentación y apertura de las ofertas.

Artículo 118: Cada Pedido de Precios se entregará en DOS (2) medios de almacenamiento magnético estándar de idéntico contenido, con sendas etiquetas identificatorias en las que figurarán: a) Número de Compra Informatizada. b) Número de Pedido de Precios. c) Lugar, día y hora de presentación y apertura de las ofertas. d) Espacios en blanco para que el oferente coloque su nombre o razón social, número de Código Único de Identificación Tributaria, su firma y la aclaración de ésta. Contra la entrega de los medios de almacenamiento magnético que contendrán cada Pedido de Precios, los interesados deberán aportar otros similares, sin uso. Artículo 119: Los medios de almacenamiento magnético que se entregarán a los interesados contendrán: a) El texto del articulado referente a Contratación mediante Orden de Compra Abierta y

Compra Informatizada, del Titulo XIV del presente Reglamento. b) Número de Compra Informatizada. c) Número de Pedido de Precios. d) Número de catálogo asignado a cada bien requerido por la jurisdicción o entidad. e) Descripción del bien. f) Plazo de entrega máximo exigido. g) Plazo de mantenimiento de la oferta. h) Precio tope, en caso de que el organismo prefiriera aplicar esta modalidad para uno o más

renglones. Artículo 120: Los oferentes podrán formular oferta por uno o más renglones de los comprendidos en el respectivo Pedido de Precios. La oferta especificará: a) Precio unitario. b) Máximo de unidades a suministrar por pedido, conforme con el Artículo 117 del presente

reglamento. c) Marca del producto ofrecido. No se admitirán alternativas ni descuentos por plazos de pago menores, o por adjudicación total, ni por ningún otro concepto. A continuación de la oferta los oferentes deberán completar sus datos en un todo de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de Proveedores y Contratistas del FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL. Artículo 121: En el lugar, día y hora indicados en la convocatoria deberán ser entregados el medio de almacenamiento magnético que contenga la oferta y la garantía de mantenimiento de ésta, en un sobre cerrado. La etiqueta identificatoria adherida a aquel deberá tener los datos completos del oferente, su firma y la aclaración de ésta. Los mismos elementos que figuran en la etiqueta deberán consignarse en el frente del sobre. A cada oferta se le asignará UN (1) número de orden, extendiéndose al presentante el correspondiente recibo. Artículo 122: La apertura de los sobres se hará en acto público que será presidido por un titular del Comité de Administración, o por el funcionario en quien aquel delegue esa facultad. En el acto de apertura se procederá a incorporar las propuestas en la base de datos, siguiendo el número de orden asignado a cada oferta. Si un medio de almacenamiento magnético no se hallare en condiciones de ser procesado, a juicio del funcionario que presida el acto, se

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intentará el procesamiento del otro. Si ninguno de los DOS (2) fuera apto, la oferta no podrá ser reemplazada y será rechazada sin más trámite, devolviéndose la garantía al oferente. Artículo 123: Las cotizaciones incorporadas en la base de datos se procesarán por sistema informático a los efectos de la elaboración del cuadro comparativo de las ofertas. Este se conformará automáticamente a partir de los precios ofrecidos por cada oferente para cada uno de los renglones, ordenándose aquellos de menor a mayor. Artículo 124: El Acta de Apertura contendrá los siguientes datos: a) Número de Compra Informatizada. b) Número de Pedido de Precios. c) Nombre y cargo del funcionario que presida el acto. d) Número de orden asignado a cada oferta. e) Nombre o razón social del o de los oferentes. f) Número de Código Único de Identificación Tributaria del o de los oferentes. g) Firma del funcionario que presida el acto. h) Firma de los presentes que quisieran suscribirla. El ejemplar del Acta de Apertura que se agregará al expediente llevará como Anexo el cuadro comparativo de las ofertas. El Acta no podrá contener observaciones. Artículo 125: Se entregará una copia del Acta de Apertura a cada uno de los oferentes que lo requieran. Si lo solicitaren y trajeren a tal fin el correspondiente medio de almacenamiento magnético, se les proporcionará en ese soporte una copia del cuadro comparativo de las ofertas. Artículo 126: No se admitirá la invocación de errores de cotización en ningún caso y por ningún concepto. Artículo 127: Dentro de los DOS (2) días de realizada la apertura de las ofertas se remitirá el expediente a la Comisión de Evaluación, la que dentro de los CINCO (5) días siguientes deberá remitir su dictamen a la autoridad competente para adjudicar. Artículo 128: El contrato se ejecutará bajo la modalidad de orden de compra abierta, de acuerdo con lo establecido en los Artículo 111 a 115 del presente reglamento, con las características específicas establecidas en el presente Apartado referente a esta modalidad de contratación. Artículo 129: En oportunidad de cada entrega se registrará en la base de datos la cantidad de bienes disponibles que restan de cada oferta. Contrataciones con Iniciativa Privada: Artículo 130: La iniciativa deberá ser declarada de interés público por la más alta autoridad de la jurisdicción o entidad, previo dictamen técnico. Efectuada esta declaración, la iniciativa será tomada como base para la selección de ofertas de acuerdo con el procedimiento de licitación pública. La declaración de interés público de la iniciativa no generará obligaciones a cargo del FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL, el cual en ningún caso estará obligado a rembolsar gastos ni honorarios al autor del proyecto por su calidad de tal. Artículo 131: Si la oferta más conveniente fuera la del autor de la iniciativa, se adjudicará a éste.

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En caso de existir una oferta más conveniente, se convocará al oferente de la misma y al oferente autor de la iniciativa para que mejoren sus respectivas propuestas. En los casos en que, recibidas dichas mejoras, las ofertas fueran de conveniencia equivalente, será preferida la del autor de la iniciativa. Contrataciones Consolidadas: Artículo 132: La Oficina Nacional de Contrataciones, sobre la base de la programación anual de las contrataciones efectuada por EL FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL y demás información obrante en las bases de datos que administra y teniendo en cuenta los requerimientos que recibiera de las jurisdicciones o entidades de contrataciones comprendidas en el ámbito de aplicación del presente Reglamento, determinará qué bienes y servicios resulta conveniente contratar por esta modalidad y convocará a los responsables de las unidades operativas de los organismos que hubieren incluido en sus programas las contrataciones respectivas, a fin de coordinar las acciones. La Oficina Nacional de Contrataciones, teniendo en cuenta en primer término, la especialidad del FONDO respecto de la especificidad de las prestaciones, y secundariamente, el volumen de las mismas, elevará a la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA la propuesta sobre el organismo a designar para conducir el procedimiento de contratación hasta la adjudicación. Asimismo, propondrá el procedimiento de selección y las principales estipulaciones a incluirse en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares. En todos los casos, las contrataciones consolidadas se realizarán por la modalidad de orden de compra abierta, pudiendo combinarse con otras modalidades. Cualquiera sea el procedimiento de selección que se escoja, deberá cursarse invitación a participar en el mismo a fabricantes e importadores de los bienes y a los principales prestadores de los servicios de que se trate.

XII DE LA CAPACIDAD PARA CONTRATAR Artículo 133: Podrán contratar con el FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL todas las personas físicas o jurídicas con capacidad para obligarse y que no se encuentren alcanzadas por las causales previstas en el Decreto Nacional Nº 436/2000 a saber: a) Las personas físicas o jurídicas que se encontraren suspendidas o inhabilitadas, conforme

el Artículo del presente Reglamento. b) Los agentes y funcionarios del FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE

ELECTRICO FEDERAL y las empresas en las cuales aquellos tuvieren una participación suficiente para formar la voluntad social.

c) Los fallidos, interdictos y concursados, salvo que estos últimos presenten la correspondiente autorización judicial y se trate de contratos donde resulte intrascendente la capacidad económica del oferente.

d) Los condenados por delitos dolosos. e) Las personas que se encontraren procesadas por delitos contra la propiedad, o contra la

ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción,

Ley N. 24.759. f) Las personas físicas o jurídicas que no hubieren cumplido con sus obligaciones impositivas y

o previsionales, de acuerdo con lo que establezca la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA.

g) Las personas físicas o jurídicas que no hubieren cumplido en tiempo oportuno con las rendiciones de cuentas a que alude el Artículo 8º, último párrafo de la Ley N. 24.156.

XIII DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE PROVEEDORES

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Pautas de Funcionamiento: Artículo 134: Previo a la adjudicación EL FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL, deberá acceder al Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) con el fin de obtener información sobre los oferentes que se presenten en los procedimientos de selección que se tramiten en sus respectivos ámbitos. No constituye requisito exigible para poder presentar ofertas o contratar con el FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANPORTE ELECTRICO FEDERAL, la Información previa en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO). Contenido De La Información: Artículo 135: Los interesados en participar en procedimientos de selección deberán proporcionar la información que en cada caso se indica: a) Personas físicas y apoderados:

I) Nombre completo, fecha de nacimiento, nacionalidad, profesión, domicilio real y constituido, estado civil y número de documento de identidad.

II) Número de Código Único de Identificación Tributaria. III) Información sobre los principales clientes del sector público y privado según monto de

facturación, en los últimos TRES (3) años. b) Personas jurídicas:

I) Razón social, domicilio legal y constituido, lugar y fecha de constitución y datos de inscripción registral.

II) Número de Código Único de Identificación Tributaria. III) Nómina de los actuales integrantes de sus órganos de fiscalización y administración. IV) Fecha, objeto y duración del contrato social. V) Fechas de comienzo y finalización de los mandatos de los órganos de administración

y fiscalización. VI) Información sobre los principales clientes del sector público y privado según monto de

facturación, en los últimos TRES (3) años. c) Personas jurídicas en formación:

I) Fecha y objeto del contrato constitutivo. II) Número de expediente y fecha de la constancia de iniciación del trámite de inscripción

en el registro correspondiente. III) Información sobre los principales clientes del sector público y privado según monto de

facturación, en los últimos TRES (3) años. d) Agrupaciones de Colaboración y Uniones Transitorias de Empresas:

I) Identificación de las personas físicas o jurídicas que los integran. II) Identificación de las personas físicas que integran cada empresa. III) Fecha del compromiso de constitución y su objeto. IV) Fecha y número de inscripción registral o de la constancia de iniciación del trámite

respectivo. V) Declaración de solidaridad de sus integrantes por todas las obligaciones emergentes

de la presentación de la oferta, de la adjudicación y de la ejecución del contrato. VI) Información sobre los principales clientes del sector público y privado según monto de

facturación, en los últimos TRES (3) años. En todos los casos deberá acompañarse con la oferta una declaración jurada del oferente de que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con la ADMINISTRACIÓN PUBLICA NACIONAL. Asimismo deberán denunciar con carácter de declaración jurada si mantienen o no juicios con el ESTADO NACIONAL, o sus entidades descentralizadas, individualizando en su caso: carátula, número de expediente, monto reclamado, fuero, juzgado y secretaría y entidad

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demandada. Dicha información podrá ser verificada en la DIRECCIÓN NACIONAL DE AUDITORIA dependiente de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION de la PRESIDENCIA DE LA NACION. En los procedimientos de selección de etapa única sólo se podrá exigir en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares información y/o documentación distinta de la establecida en este Reglamento, cuando se consideren de especial relevancia los antecedentes del proveedor, lo que deberá fundarse en el expediente. Organismos Públicos Proveedores: Artículo 136: Cuando el proveedor sea otro organismo de los comprendidos en el Decreto Nacional Nº 436/2000 o perteneciere a la ADMINISTRACION PUBLICA PROVINCIAL o MUNICIPAL o al GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, sólo deberá proporcionar al organismo contratante la siguiente información: denominación, rubro en el que haya efectuado provisiones o prestado servicios y domicilio. Oportunidad de Suministrar la Información Y Presentación de la Documentación Respaldatoria: Artículo 137: En el momento de presentar la oferta y formando parte de la misma, los interesados deberán suministrar por escrito la información que se indica en los Artículos 135 y 136 del presente reglamento conjuntamente con la totalidad de la documentación respaldatoria de aquélla. Además, dicha información se acompañará en un medio de almacenamiento magnético estándar, en el formato que establezca la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA, a los fines de su incorporación a la base de datos del Sistema de Información de Proveedores (SIPRO). Asimismo, en esa oportunidad, deberán presentar, en los casos que corresponda, el Certificado Fiscal para Contratar vigente, expedido por la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA, con las formalidades legales del caso y copia de los Balances Generales de cierre de ejercicio, firmadas por Contador Público Nacional y certificadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, correspondientes a los DOS (2) últimos ejercicios anteriores a la fecha de presentación de la oferta, con excepción de aquellos casos en que se acredite la imposibilidad de presentar dicha documentación de acuerdo a la fecha de inicio de sus actividades que consten en el Estatuto Social o Contrato; en estos casos, sólo deberán presentar los antecedentes que registren. La información y documentación antes mencionadas, se aportará por única vez en oportunidad de la primera presentación de ofertas que efectúen los interesados. En sucesivas presentaciones, sólo deberán declarar bajo juramento que se hallan incorporados al sistema. En su caso, deberán proporcionar la actualización de los datos que hubieren variado desde su última presentación, de la misma forma prevista para la presentación original y en el organismo ante el cual vayan a participar en un procedimiento de contratación. Pedidos de Documentación: Artículo 138: Cuando la documentación respaldatoria presentada por los oferentes tuviera defectos formales, el interesado será intimado por la Comisión de Evaluación a subsanarlos dentro del término de CINCO (5) días contados a partir de la fecha de recibida dicha

PTE Norte Grande (Trafos - Parte A).doc 28

intimación; si no lo hiciera, la citada Comisión desestimará la oferta con pérdida de la garantía correspondiente. Información a Suministrar a la Sindicatura General de la Nación: Artículo 139: Los proveedores registrados en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) deberán aportar la información que solicite la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a los efectos de determinar el Precio Testigo para una contratación determinada. Sólo serán eximidos de la obligación citada, aquellos que acrediten la compra del pliego para dicha convocatoria.

XIV DE LAS SANCIONES Clases De Sanciones: Artículo 140: Las revocaciones de adjudicaciones, las rescisiones contractuales y los incumplimientos de la obligación de suministrar información a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION de la PRESIDENCIA DE LA NACION a los efectos de determinar el Precio Testigo darán lugar, en los casos que se determinan en el presente Reglamento, a las siguientes sanciones: a) Suspensión. b) Inhabilitación. Las sanciones serán aplicadas por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA y afectarán a la persona física o jurídica que hubiere incurrido en falta. Una vez aplicada una sanción, ella no impedirá el cumplimiento de los contratos que el oferente o proveedor tuviere adjudicados o en curso de ejecución, pero no podrán adjudicársele nuevos contratos hasta la extinción de aquélla. Suspensión: Artículo 141: Será sancionado con suspensión: a) Por TRES (3) meses:

I) El proveedor a quien se le hubiere revocado la adjudicación por causas que le fueren imputables.

II) El proveedor que en el lapso de UN (1) año calendario hubiere incumplido en TRES (3) ocasiones la obligación de suministrar a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION de la PRESIDENCIA DE LA NACION, la información requerida por la misma, conforme el Artículo 148.

b) Por UN (1) año: I) El proveedor a quien le fuere rescindido totalmente un contrato por su culpa. II) El proveedor a quien en el lapso de UN (1) año calendario se le hubieren aplicado

TRES (3) rescisiones parciales de contratos. III) El proveedor que, intimado para que deposite en la cuenta de la jurisdicción o entidad

contratante el valor de la multa o de la garantía perdida, no lo hiciere dentro del plazo que se le fije a tal efecto.

c) Por DOS (2) años: Cuando la rescisión contractual tuviere causa en la entrega de bienes o la prestación de servicios de calidad inferior a la contratada. Cuando concurriera más de una causal de suspensión, los lapsos previstos en los incisos que anteceden se cumplirán ininterrumpidamente en forma sucesiva.

PTE Norte Grande (Trafos - Parte A).doc 29

Inhabilitación: Artículo 142: Serán inhabilitados para contratar: a) El proveedor a quien se le hubiere aplicado DOS (2) sanciones de suspensión según lo

previsto en el Artículo 141 inciso a) apartado II, dentro del plazo de CINCO (5) años contados a partir de la última suspensión aplicada.

b) El proveedor a quien se le hubiere aplicado DOS (2) sanciones de suspensión según lo previsto en los incisos b) y c) del Artículo 151 y se le hubiere rescindido un contrato dentro del plazo de CINCO (5) años contados a partir de la última suspensión aplicada.

c) El proveedor que hubiere cumplido la suspensión prevista en el apartado III del inciso del Artículo anterior, hasta que efectúe el depósito correspondiente a la multa o a la garantía perdida.

Rehabilitación del Proveedor: Artículo 143: Una vez transcurrido el plazo de CINCO (5) años desde la fecha de la inhabilitación, el proveedor quedará nuevamente habilitado para contratar con el FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL al igual que con la ADMINISTRACIÓN PUBLICA NACIONAL, de acuerdo a lo normado por el Decreto Nacional Nº 436/2000, salvo el supuesto del inciso b) del Artículo anterior. En este último caso, el plazo mencionado comenzará a contarse a partir del depósito correspondiente a la multa o a la garantía perdida. Competencia Temporal: Artículo 144: No podrán imponerse sanciones de suspensión o inhabilitación después de transcurrido el plazo de TRES (3) años contados desde la fecha en que el acto a que diera lugar la aplicación de aquéllas quede firme en sede administrativa. Compre Nacional: Artículo 145: Para el caso que se prevé la participación de ofertas de bienes no nacionales en cualquier modalidad de contratación y montos salvo las menores a PESOS DIEZ MIL ($ 10.000.-) se deberá anunciar y/o difundir de acuerdo a las pautas que fijen la reglamentación nacional (Decreto Nº 1.600/2002 y sus modificatorias, reglamentario de la Ley Nº 25.551) y con sujeción a lo reglado para las organizaciones no alcanzadas por el Decreto Nº 1.023/2001. De igual manera se dará cumplimiento a lo establecido en las mismas normas anteriores para el anuncio y difusión de los proyectos o planes de inversión.

PTE Norte Grande (Trafos - Parte A).doc 30

PARTE B: DOCUMENTACION DE CARACTER ESPECIFICO DE LA PROVISION

CONDICIONES GENERALES

CONDICIONES LEGALES, ECONOMICAS, FINANCIERAS Y VARIAS

PROVISION DE TRANSFORMADOR TRIFÁSICO DE POTENCIA

INDICE CONDICIONES GENERALES ................................................................................... 1

1. TIPO DE LICITACIÓN.................................................................................................. 1

2. OBJETO ........................................................................................................................... 1

3. PLAZO DE ENTREGA................................................................................................... 1

4. VALOR DEL PLIEGO ................................................................................................... 1

5. LUGAR DE CONSULTA Y/O ADQUISICION DE LA DOCUMENTACION

LICITATORIA ........................................................................................................................ 1

6. PRESENTACION Y APERTURA DE LAS PROPUESTAS ...................................... 2

7. FORMA DE PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS .......................................... 3

8. GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA .................................................. 3

CONDICIONES LEGALES, ECONÓMICAS, FINANCIERAS Y VARIAS.................. 5

9. CLAUSULA PRELIMINAR .......................................................................................... 5

10. INTERPRETACIÓN Y ALCANCE DEL PRESENTE PLIEGO .......................... 5

11. UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP) ................................................ 5

12. COMITENTE............................................................................................................... 5

13. ANTECEDENTES Y RESPONSABILIDADES DEL PROPONENTE................. 6

13.1. ANTECEDENTES................................................................................................. 6

13.2. RESPONSABILIDADES ...................................................................................... 7

14. CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES ................................... 7

15. ORGANIZACIÓN DE LA PROPUESTA................................................................. 8

15.1. GENERALIDADES .............................................................................................. 8

PTE Norte Grande (Trafos - Parte B) -1.doc I

15.2. PRESENTACIÓN – CANTIDAD - IDIOMA Y UNIDADES ............................. 8

15.3. CONTENIDO DEL SOBRE Nº 1.......................................................................... 8

15.3.1. Documentos Legales .......................................................................................... 9

15.3.2. Capacidad Técnica ........................................................................................... 11

15.3.3. Documentación Técnica de la Provisión......................................................... 13

15.3.4. Capacidad económico-financiera .................................................................... 14

15.4. CONTENIDO DEL SOBRE N° 2 ....................................................................... 15

15.4.1. Fórmula de Propuesta....................................................................................... 15

15.4.2. Planilla de Propuesta ........................................................................................ 15

15.4.3. Cronograma Contractual .................................................................................. 15

16. MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA................................. 15

17. DE LA COTIZACION .............................................................................................. 16

17.1. GENERALIDADES ............................................................................................ 16

17.2. PROVISION ........................................................................................................ 16

17.2.1. Alcance de la Provisión.................................................................................... 17

17.2.2. Cronograma Contractual .................................................................................. 18

17.2.3. Forma de Cotizar.............................................................................................. 18

17.3. SUPERVISION DE TRANSNEA S.A. ............................................................... 19

17.4. INSPECCION DE OBRA.................................................................................... 19

18. SISTEMA DE CONTRATACIÓN........................................................................... 19

18.1. FORMA DE PAGO ............................................................................................. 20

18.1.1. Fondo de Reparos............................................................................................. 24

18.2. CERTIFICACIÓN DE EJECUCIÓN DE TRABAJOS....................................... 24

18.3. FACTURACION Y PAGO ................................................................................. 25

18.3.1. Características Generales ................................................................................. 25

18.3.2. Anticipo Inicial ................................................................................................ 25

18.3.3. Anticipos Parciales........................................................................................... 25

18.3.4. Plazos ............................................................................................................... 25

18.4. REDETERMINACIÓN DE PRECIOS ............................................................... 25

19. PROCESO DE SELECCIÓN Y NOMINACIÓN................................................... 27

PTE Norte Grande (Trafos - Parte B) -1.doc II

19.1. RECEPCIÓN DE LAS PROPUESTAS Y APERTURA DE SOBRE Nº 1 ........ 27

19.2. ESTUDIO DE PROPUESTAS TÉCNICAS - SELECCIÓN .............................. 27

19.2.1. Procedimiento .................................................................................................. 27

19.2.2. Impugnaciones ................................................................................................. 28

19.3. APERTURA DE LOS SOBRES N° 2 ................................................................. 28

19.4. ORDEN DE MÉRITO - CRITERIO A APLICAR.............................................. 29

19.4.1. Criterio a Aplicar.............................................................................................. 29

19.4.2. Orden de Mérito ............................................................................................... 29

19.5. FORMALIZACIÓN DE LA NOMINACIÓN..................................................... 29

20. GARANTIAS.............................................................................................................. 30

20.1. CONDICIONES GENERALES .......................................................................... 30

20.1.1. Período de Garantía.......................................................................................... 31

20.2. CONDICIONES PARTICULARES DE CADA GARANTÍA ........................... 31

20.2.1. Garantía de Mantenimiento de la Oferta.......................................................... 31

20.2.2. Garantía de Cumplimiento de Contrato ........................................................... 32

20.2.3. Garantía de Anticipo ........................................................................................ 33

20.2.4. Garantía de Sustitución del Fondo de Reparos ................................................ 33

21. VIGENCIA DEL CONTRATO - CONDICIONES - PLAZOS - LUGAR DE

ENTREGA.............................................................................................................................. 34

22. DE LA FABRICACIÓN Y ENTREGA ................................................................... 34

22.1. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA A PRESENTAR ............................................ 34

22.1.1. Documentos de la Provisión ............................................................................ 34

22.1.2. Tipo y Cantidad de Copias............................................................................... 36

22.2. PLAZOS DE PRESENTACIÓN ......................................................................... 36

22.3. APROBACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN TÉCNICA ................................ 37

22.3.1. Documentos de Proyecto a ser Sometidos a Aprobación................................. 37

22.3.2. Documentos de Control ................................................................................... 38

23. INSPECCIÓN Y ENSAYOS..................................................................................... 38

23.1. ENSAYOS E INSPECCIONES EN FÁBRICA.................................................. 38

23.2. ENSAYOS DE TIPO ........................................................................................... 39

PTE Norte Grande (Trafos - Parte B) -1.doc III

23.3. ENSAYOS E INSPECCIONES DURANTE LA FABRICACIÓN .................... 39

23.4. ENSAYOS E INSPECCIONES DE PLAN DE FABRICACIÓN ...................... 39

23.5. EMBALAJE, ALMACENAJE Y TRANSPORTE ............................................. 39

23.5.1. Embalaje Para Transporte ................................................................................ 39

23.5.2. Transporte ........................................................................................................ 39

24. MULTAS..................................................................................................................... 40

24.1. MULTAS POR INCUMPLIMIENTO DE LOS VALORES DE PÉRDIDAS

GARANTIZADOS............................................................................................................... 40

24.2. MULTAS POR INCUMPLIMIENTO DE LAS ETAPAS DE FABRICACIÓN

PARCIALES DE LA PROVISIÓN..................................................................................... 40

24.3. MULTAS POR INCUMPLIMIENTO DE LA ENTREGA TOTAL DE LA

PROVISIÓN ........................................................................................................................ 41

24.4. POR INCUMPLIMIENTO DEL PLAZO DE ENTREGA DE LA

DOCUMENTACIÓN .......................................................................................................... 41

24.5. MULTA POR MORA EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS ÓRDENES DE

SERVICIO ........................................................................................................................... 41

24.6. APLICACIÓN DE LAS MULTAS ..................................................................... 41

24.7. RESCISIÓN DEL CONTRATO ......................................................................... 41

25. RECEPCIÓN PROVISORIA ................................................................................... 41

26. PERIODO DE GARANTÍA...................................................................................... 42

27. RECEPCIÓN DEFINITIVA..................................................................................... 43

PTE Norte Grande (Trafos - Parte B) -1.doc IV

CONDICIONES GENERALES

1. TIPO DE LICITACIÓN La presente es una Licitación Pública Nacional, para lo cual los Proponentes deben tener en cuenta su encuadramiento como empresas locales en los términos del Artículo 7º, y con respecto a los bienes las disposiciones del Artículo 1°, ambos de la Ley Nº 18.875, como así también lo dispuesto por la Ley Nº 25.551 “Compre Trabajo Argentino”, que integra este Pliego como Anexo I.

2. OBJETO La presente Licitación tiene por objeto la nominación de proveedores para el suministro de Transformadores Trifásicos de Potencia para ser utilizado en las nuevas ET LAS LOMITAS, ET EL COLORADO, ET LAGUNA BLANCA y en la Ampliación de la ET CLORINDA, ubicadas en la Provincia de Formosa, obras integrantes del Componente II del PROGRAMA DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICA DEL NORTE GRANDE.

3. PLAZO DE ENTREGA El plazo máximo de entrega, contado a partir de la fecha de firma del Contrato de Construcción de las Estaciones Transformadoras LAS LOMITAS, EL COLORADO y LAGUNA BLANCA con Ampliación de ET CLORINDA y del correspondiente Contrato de Provisión, de todos los equipos licitados en condiciones de Recepción Provisoria, se fija para cada Módulo en: Módulo 1: para ET Las Lomitas, plazo de ejecución DOSCIENTOS SETENTA (270)

días. Módulo 2: para ET El Colorado, plazo de ejecución TRESCIENTOS (300) días. Módulo 3: para ET Laguna Blanca, plazo de ejecución TRESCIENTOS SESENTA

(360) días. Módulo 4: para ET Clorinda, plazo de ejecución CUATROCIENTOS VEINTE (420)

días. Los puntos de entrega serán en la playa de las respectivas Estaciones Transformadoras LAS LOMITAS, EL COLORADO o LAGUNA BLANCA y CLORINDA, según sea el caso. Cada transformador se entregará puesto sobre su base o fundación construida por el Contratista que tiene a su cargo la Construcción de cada estación transformadora. La provisión de cada máquina y sus repuestos se realizarán en las condiciones que se indican en las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS del Pliego.

4. VALOR DEL PLIEGO El valor de este Pliego de Bases y Condiciones es de PESOS OCHO MIL ($8.000,00)

5. LUGAR DE CONSULTA Y/O ADQUISICION DE LA DOCUMENTACION LICITATORIA

PTE Norte Grande (Trafos - Parte B) -1.doc 1

La documentación licitatoria podrá ser consultada y adquirida en la oficina de la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP), sito en Bartolomé Mitre Nº 760, Piso 2º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes en el horario de 10 a 17 horas.

6. PRESENTACION Y APERTURA DE LAS PROPUESTAS La presentación y apertura de las propuestas se desarrollará según el siguiente cronograma: 6.1. 18 de agosto de 2011 a las 18 horas: Cierre del período de consultas. 6.2. 25 de agosto de 2011 a las 18 horas: Plazo límite para la emisión de circulares

por la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP). 6.3. 01 de septiembre de 2011 a las 12 horas: Cierre del plazo para la Recepción

de Antecedentes (Sobre Nº 1) y de la Propuesta Económica (Sobre Nº 2). En este acto se procederá a la apertura de los Sobres N° 1, para su estudio y posterior selección de los Proponentes a ser nominados para la provisión de los Transformadores de Potencia. A partir del día hábil siguiente a este acto, una copia de los Antecedentes (Sobre Nº 1) de todas las propuestas será exhibida para su vista, por el término de TRES (3) días corridos.

Al cierre del acto, las Propuestas Económicas (Sobre Nº 2) serán introducidas en un sobre que será debidamente cerrado y firmado por el Escribano Actuante, para luego ser depositado en resguardado hasta la fecha de su apertura o devolución a los Proponentes, en caso que éstos no resultaran seleccionados.

6.4. fecha y hora a definir: Vencimiento del plazo de vista de los Sobres Nº 1 de las propuestas recibidas.

6.5. fecha y hora a definir: Selección de Proponentes para su nominación. En acto público, se procederá a notificar a todos los Proponentes de las decisiones adoptadas, por la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP), en relación a quienes han sido seleccionados o rechazados como tales para su nominación como proveedores.

6.6. fecha y hora a definir: Vencimiento del plazo de presentación de las impugnaciones a las decisiones, de la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP), con relación a la selección o rechazo de los Proponentes a ser nominados.

6.7. fecha y hora a definir: En acto público, se procederá a: - Notificar a todos los Proponentes la decisión de la UNIDAD

EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP), con relación a las impugnaciones que se hayan presentado;

- Devolver los Sobres Nº 2 de los Proponentes que no hayan sido seleccionados para la nominación como proveedores;

- La apertura de las Propuestas Económicas (Sobre Nº 2) de los Proponentes seleccionados para la nominación como

PTE Norte Grande (Trafos - Parte B) -1.doc 2

proveedores; - Registrar los datos consignados en las propuestas recibidas; - Labrar el acta correspondiente.

6.8. fecha y hora a definir: Se procederá a dar a conocer el orden de mérito, en los términos establecidos en la presente documentación licitatoria.

6.9. fecha y hora a definir: Vencimiento del plazo de presentación de las impugnaciones a las decisiones de la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP), con relación al Orden de Mérito establecido.

6.10. fecha y hora a definir: Se procederá a dar respuesta a las impugnaciones debidamente presentadas y a notificar la nominación del Proponente seleccionado como proveedor, en los términos establecidos en la presente documentación licitatoria.

6.11. fecha y hora a definir: Se procederá a la firma del Contrato de Provisión de los Transformadores de Potencia, en las condiciones establecidas en la presente documentación licitatoria, entre el Proponente nominado y el titular del Contrato de Construcción de la ET LAS LOMITAS, de la ET EL COLORADO o de la ET LAGUNA BLANCA con Ampliación de la ET CLORINDA, según corresponda.

6.12. Los actos referidos precedentemente se llevarán a cabo en la sede de la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP), sito en Bartolomé Mitre Nº 760, Piso 2º, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en el lugar que la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP) oportunamente establezca.

7. FORMA DE PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS En paquete o sobre cerrado y lacrado dirigido a: “LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NEA – NOA Nº 04/2011, PARA EL DIA 01 DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 A LA HORA 11:00 PARA LA NOMINACIÓN DE PROVEEDORES PARA LA PROVISIÓN DE TRANSFORMADORES TRIFÁSICOS DE POTENCIA, PARA SER UTILIZADOS EN LAS NUEVAS ESTACIONES TRANSFORMADORAS LAS LOMITAS; EL COLORADO O LAGUNA BLANCA CON AMPLIACIÓN DE ET CLORINDA, QUE INTEGRAN EL COMPONENTE II DEL PROGRAMA DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICA DEL NORTE GRANDE EN LA PROVINCIA DE FORMOSA”. NOMBRE O RAZON SOCIAL DEL PROPONENTE DOMICILIO DEL PROPONENTE “SOBRE Nº 1” o “SOBRE Nº 2” SEGUN CORRESPONDA

8. GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA Para afianzar el Mantenimiento de la Oferta, cada Proponente presentará constituida en el Sobre Nº 1 una garantía por un monto fijo de PESOS CUATROCIENTOS MIL ($ 400.000,00), a favor del Comité de Administración del FONDO FIDUCIARIO

PTE Norte Grande (Trafos - Parte B) -1.doc 3

PARA EL TRANSPORTE ELÉCTRICO FEDERAL (CAF) y/o de la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICA DEL NORTE GRANDE (UEP), con domicilio en calle Bartolomé Mitre Nº 760, Piso 3º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

PTE Norte Grande (Trafos - Parte B) -1.doc 4

CONDICIONES LEGALES, ECONÓMICAS, FINANCIERAS Y VARIAS

9. CLAUSULA PRELIMINAR La documentación que integra la PARTE B: DOCUMENTACIÓN DE CARÁCTER ESPECÍFICO DE LA PROVISIÓN y PARTE C: DOCUMENTACIÓN DE LA PROPUESTA tiene por objeto completar y adecuar lo correspondiente de la PARTE A: DOCUMENTACION DE CARÁCTER GENERAL (el "REGLAMENTO DE CONTRATACIONES") a las características particulares de la presente licitación. Dicha documentación se complementa e integra en forma tal que constituye una única unidad documental. La PARTE B: DOCUMENTACIÓN DE CARÁCTER ESPECÍFICO DE LA PROVISIÓN, será de interpretación prioritaria respecto de la documentación de carácter general que integra la PARTE A: DOCUMENTACIÓN DE CARÁCTER GENERAL (el "REGLAMENTO DE CONTRATACIONES"). El orden de prelación aquí establecido modifica explícitamente el indicado en el Artículo 86 de dicho Reglamento de Contrataciones.

10. INTERPRETACIÓN Y ALCANCE DEL PRESENTE PLIEGO El presente Pliego debe interpretarse en el sentido que, sean cuales fueren las omisiones en que en él se incurren, se deberán suministrar los Transformadores Trifásicos de Potencia que se licitan en forma tal que funcionen adecuadamente en condiciones de explotación industrial, cumpliendo perfectamente con el objeto a que se lo destina y de acuerdo con todas las reglas de la técnica. En la presente contratación se incluyen todos los ensayos que sean necesarios realizar, el transporte hasta el lugar de entrega y su posicionamiento sobre sus bases, según lo establecido en el Numeral 3 del Pliego.

11. UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP) El Comité de Administración del FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL (CAF), para llevar a cabo las obligaciones y responsabilidades que asume en su carácter de Organismo Ejecutor, ha creado la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP) para realizar el seguimiento y control integral de la ejecución de las Obras que integran el Componente II del PROGRAMA DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICA DEL NORTE GRANDE.

12. COMITENTE De acuerdo con lo establecido en la Resolución dictada a tal efecto, la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP) actúa como COMITENTE de la Construcción de la ET LAS LOMITAS; de la ET EL COLORADO y de la ET LAGUNA BLANCA con Ampliación de ET CLORINDA. Por ello contratará la ejecución de las obras mediante un Contrato de Construcción y administrará – a través de dicho Contrato de Construcción - los anticipos financieros y montos que se apliquen a las compras de componentes de la obra, según el presente Pliego. En tal sentido, la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP) realizará el

PTE Norte Grande (Trafos - Parte B) -1.doc 5

llamado a Licitación Pública Nacional y toda la tramitación correspondiente hasta la nominación de proveedores, en los términos del presente Pliego, para la Provisión de los siguientes Transformadores Trifásicos de Potencia, resultante de esta Licitación: Módulo 1: UN (1) Transformador Trifásico de 132/33/13,2 kV; 15/15/15 MVA Módulo 2: UN (1) Transformador Trifásico de 132/33/13,2 kV; 30/30/15 MVA Módulo 3: UN (1) Transformador Trifásico de 132/33/13,2 kV; 30/30/15 MVA Módulo 4: UN (1) Transformador Trifásico de 132/33/13,2 kV; 30/30/30 MVA Este Contrato de Provisión será firmado entre los Proponentes nominados y quien resulte adjudicatario de la “Licitación Pública Nacional para la Ejecución de la Estación Transformadora LAS LOMITAS; de la Estación Transformadora EL COLORADO o de la Estación Transformadora LAGUNA BLANCA con Ampliación de la Estación Transformadora CLORINDA”, según sea el caso, mediante un Contrato de Construcción. En consecuencia, el COMITENTE del Contrato de Provisión resultante de esta licitación, será quien resulte titular del Contrato de Construcción de la Estación Transformadora LAS LOMITAS; de la Estación Transformadora EL COLORADO o de la Estación Transformadora LAGUNA BLANCA con Ampliación de la Estación Transformadora CLORINDA, según sea el caso. Esta condición de contratación tiene carácter obligatorio, debiendo los Proponentes aceptar dicha condición en forma explícita tal como se expresa en la Fórmula de Presentación, integrante de la PARTE C: DOCUMENTACIÓN DE LA PROPUESTA del Pliego. Asimismo, las presentes condiciones y el Contrato de Provisión a firmarse, así como la nominación y adjudicación realizada por la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP), integrarán la documentación licitatoria del Contrato de Construcción de las Estaciones Transformadoras. La firma entre la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP) y quien resulte adjudicatario del Contrato de Construcción de las Estaciones Transformadoras y la firma del Contrato de Provisión entre el titular del Contrato de Construcción de las Estaciones Transformadoras y el Proponente que resulte nominado para la provisión de los Transformadores Trifásicos de Potencia, tendrán lugar en un mismo acto y en el orden aquí indicado.

13. ANTECEDENTES Y RESPONSABILIDADES DEL PROPONENTE

13.1. ANTECEDENTES El Proponente, bajo la responsabilidad de la entidad que las emita, deberá demostrar su competencia técnica mediante la presentación de constancias que lo certifiquen, de la misma manera, deberá demostrar que en los últimos OCHO (8) años ha fabricado con éxito y a satisfacción de los mandantes se encuentren en funcionamiento, al menos DIECISEIS (16) transformadores de 30 MVA de potencia mínima y características análogas al que se licita, indicando con precisión las potencias nominales de los equipos que integraron las órdenes de provisión.

PTE Norte Grande (Trafos - Parte B) -1.doc 6

Se presentarán los listados que se le requieren en la Planilla Nº 16 de la PARTE C: DOCUMENTACIÓN DE LA PROPUESTA del Pliego. En el caso que los antecedentes presentados estén a nombre de empresas antecesoras y/o sucesoras de una empresa o componente de un consorcio, deberá quedar claramente demostrado: a) Que los antecedentes sobre la capacidad aportada son de aplicación directa a

la fabricación de la provisión solicitada. b) Cómo es la relación entre las empresas antecesoras y sucesoras. c) Cual es el compromiso empresario que posibilita el aporte de antecedentes a

través de las empresas vinculadas.

13.2. RESPONSABILIDADES El Proponente foliará y suscribirá todas y cada una de las hojas que integran el presente como prueba que ha estudiado la documentación del Pliego de Licitación y por lo tanto se halla en posesión de todos los elementos de juicio necesarios para formular la propuesta. Será de exclusiva responsabilidad del Proponente, efectuar las investigaciones y estudios necesarios para completar la información dada en este Pliego, a fin de perfeccionar su propuesta. Por lo expuesto precedentemente, su presentación como Proponente lo compromete al perfecto conocimiento de las obligaciones que habrá de contraer y a la renuncia previa a cualquier reclamo posterior a la apertura de las propuestas, basado en el desconocimiento de los requerimientos de la presente Licitación. Se considerará al Proponente no sólo comerciante o industrial sino además, como técnico experimentado en la índole de los suministros que se licitan y por lo tanto, responsable integral de su propuesta, teniendo la obligación de indicar en forma y tiempo oportuno cualquier detalle que a su juicio, influya sobre la correcta utilización de los materiales que propone utilizar en la construcción de los Transformadores Trifásicos de Potencia, objeto de esta Licitación.

14. CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES El plazo para formular consultas queda cerrado en la fecha y hora fijada en el Numeral 6.1 del Pliego. Las consultas deberán ser realizadas por escrito dirigida a la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP), al domicilio de la misma en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o donde se establezca posteriormente su sede de funcionamiento. Las aclaraciones que la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP) produzca respondiendo a consultas o las modificaciones y/o condiciones adicionales que decida introducir por propia iniciativa, serán realizadas por Circulares y notificadas al domicilio especial que cada adquirente del Pliego haya declarado, en oportunidad de la adquisición del mismo. A tal fin, el domicilio especial debe ser fijado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina. Quedará bajo la responsabilidad de cada adquirente el retiro de las mismas.

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Será responsabilidad del Proponente asegurarse de haber recibido todas las Circulares emitidas, consultando en tal sentido a la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP). No se aceptará descargo ni reclamación por desconocimiento o por falta de recepción de las mismas.

15. ORGANIZACIÓN DE LA PROPUESTA

15.1. GENERALIDADES La Licitación se realizará con el procedimiento de doble sobres de presentación simultánea y evaluación sucesiva. El Sobre Nº 1 contendrá los antecedentes para la calificación (documentación de carácter técnico, requisitos contables y condiciones generales) y el Sobre Nº 2 la propuesta económica. En base a la documentación contenida en el Sobre Nº 1 se seleccionará a los Proponentes para su calificación, habilitándolos para la apertura de su propuesta económica (Sobre Nº 2), y posterior nominación como proveedores, El contenido de ambos sobres se detalla a continuación.

15.2. PRESENTACIÓN – CANTIDAD - IDIOMA Y UNIDADES La propuesta se presentará en TRES (3) juegos completos, original y DOS (2) copias, encarpetados y con el rótulo indicado en el Numeral 7 del Pliego, en la tapa de cada uno de ellos. El rótulo exterior de las carpetas debe ser tal que permita identificar la documentación contenida en cada Tomo, Volumen, Capítulo etc. según la división que el Proponente haya estimado como más clarificadora. El original llevará sus hojas foliadas y firmadas en original (firma hológrafa) por el Representante Legal y el Representante Técnico del Proponente. Las copias podrán ser copiadas del original foliado y firmado. El ordenamiento de cada ejemplar se efectuará obligatoriamente en la forma establecida en la PARTE C: DOCUMENTACIÓN DE LA PROPUESTA del Pliego, y su contenido será idéntico en todas las copias. La propuesta y toda documentación integrante de la misma deberán ser redactadas en idioma español. Quedan exceptuados de esta obligación los catálogos, folletos ilustrativos y prospectos explicativos que podrán estar redactados en francés, portugués o inglés. En todos los casos el Proponente deberá indicar clara y expresamente las normas a que responderán los elementos ofrecidos en la propuesta, para lo que se tendrán en cuenta lo expresamente indicado en las ESPECIFICACIONES TECNICAS. Con referencia a las características de cualquier elemento que forme parte del presente suministro, ya se trate de cantidades o valores requeridos en las Planillas de Propuesta, así como planos o información, preparada o no por el Proponente, memorias de cálculo, memorias descriptivas, etc., deberán responder al Sistema Métrico Legal Argentino (SIMELA) y estar redactados en idioma español.

15.3. CONTENIDO DEL SOBRE Nº 1

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Se deja expresa constancia que en el Sobre Nº 1 no deberá figurar ninguna referencia a los precios de la provisión, que permitan inferir dichos precios. Cualquier apartamiento a este requisito podrá ser motivo del rechazo de la propuesta. El Sobre Nº 1 deberá contener:

15.3.1. Documentos legales

15.3.1.1. Fórmula de Presentación El Proponente deberá incluir la Fórmula de Presentación firmada por su Representante Legal y su Representante Técnico. (Planilla Nº 1)

15.3.1.2. Pliego y Recibo de adquisición Deberá incluirse copia de este Pliego de Bases y Condiciones y Circulares emitidas, debidamente firmadas por los Representantes Legal y Técnico del Proponente, como así también el recibo de la adquisición del mismo. (Planilla Nº 2)

15.3.1.3. Documentación social Deberá incluirse la documentación societaria, con domicilio legal y copia autenticada del contrato o estatuto social y sus modificaciones, si las hubiere, copia autenticada de la última Acta de Designación de Autoridades y de las constancias de inscripción en los registros públicos que correspondiesen. Este requisito deberá ser cumplido por cada una de las empresas en el caso de consorcios, las que además deberán unificar su representación legal y presentar copia autenticada de las actas de cada una de ellas, autorizando la formación del consorcio con el compromiso de mantenerlo en vigencia mientras dure el contrato. (Planillas Nº 3, Nº 4, Nº 5, Nº 6 y Nº 7) El documento por el que se formó el Consorcio, estipulará claramente la responsabilidad mancomunada y solidaria de las firmas integrantes ante el COMITENTE. Las firmas que así se presenten deberán asimismo unificar la personería, acompañando el poder con las facultades escritas de un único representante. Los poderes conferidos por firmas que no tengan asiento legal en la República Argentina, serán extendidos ante funcionario competente y legalizados ante el Consulado Argentino correspondiente y ante el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina. En todos los casos de certificación o autenticación de contratos sociales, poderes y balances efectuados en otros países, estos deberán ser legalizados ante el Consulado Argentino correspondiente y ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la República Argentina.

15.3.1.4. Poderes Se deberá incluir copia autenticada del poder del Representante Legal, facultado para concurrir a esta licitación. Se incluirá también la designación del Representante Técnico. (Planilla Nº 8)

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15.3.1.5. Inscripciones Se deberán incluir las constancias de inscripciones en organismos recaudatorios y previsionales (Planilla Nº 9 – “Inscripciones”).

15.3.1.6. Proformas de Garantías El Proponente deberá presentar un proyectos proforma de garantía, (para Cumplimiento de Contrato, Anticipos y sustitución de Fondos de Reparos), con los documentos que la instrumenten y con las instituciones y las personas que las otorguen. Se incluirán en la Planilla Nº 10 “Proformas de Garantías”. En todos los casos, se presentarán y entregarán los documentos originales firmados por la persona del garante apoderada al efecto. Para todas las garantías se deberán cumplimentar las condiciones establecidas en el Numeral 20 del Pliego. En caso de que el texto, los instrumentos o las instituciones antes citadas fuesen observados o rechazados por la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP), el Proponente deberá adecuar su texto o sustituir la entidad a satisfacción de dicha Unidad. La nueva presentación deberá ser realizada por el Proponente nominado conforme se indica en los Numerales 15.3.1.6.1, 15.3.1.6.2 y 15.3.1.6.3. Las proformas de garantías a incluir en el Sobre Nº 1 son las siguientes: 15.3.1.6.1. Proforma de Garantía de Cumplimiento de Contrato Se deberá incluir un modelo proforma de la garantía de cumplimiento del Contrato de Provisión de Transformador Trifásico de Potencia, la que deberá cumplimentar las condiciones establecidas en el Numeral 20 del Pliego. En caso de ser observada o rechazada la proforma de la garantía por la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP), el Proponente deberá adecuar su texto o sustituir la entidad a satisfacción de dicha Unidad, hasta CUARENTA Y OCHO (48) horas antes de la firma del Contrato, para su análisis. 15.3.1.6.2. Proforma de Garantía de Anticipo Se deberá incluir un modelo proforma de la garantía de Anticipo, que deberá cumplimentar las condiciones establecidas en el Numeral 20 del Pliego. En caso de ser observada o rechazada la proforma de la garantía por la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP), el Adjudicatario deberá adecuar su texto o sustituir la entidad a satisfacción de dicha Unidad, hasta CUARENTA Y OCHO (48) horas antes de ser autorizado el pago de los Anticipos Inicial y Parciales indicados en el del Numeral 18.1 inciso a); b); c) y d) del Pliego, para su análisis. 15.3.1.6.3. Proforma de Garantía de Sustitución de Fondo de Reparos En caso de preverse la sustitución del Fondo de Reparos por una garantía, deberá incluirse un modelo proforma de la misma, que deberá cumplimentar las condiciones establecidas en el Numeral 20 el Pliego. En caso de ser observada o rechazada la proforma de la garantía por la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP), el Adjudicatario deberá adecuar su texto o sustituir la entidad a satisfacción de dicha Unidad, hasta CUARENTA Y OCHO (48) horas antes de ser autorizados cada uno de los pagos del Cronograma Contractual

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indicado en el Numeral 18.1.1 del Pliego, según sea el caso, para su análisis. 15.3.1.7. Nacionalidad - Origen de los Bienes - Calificación del Fabricante Cuando el Proponente aspire a que los bienes ofrecidos sean considerados de origen nacional, en los términos Artículo 2º de la Ley Nº 25.551 “Compre Trabajo Argentino”, deberá presentar una declaración jurada, según lo dispone la reglamentación vigente Decreto Nº 1.600/2002 en su Artículo 11, inciso b), apartado I) (Planilla Nº 11) Asimismo, en caso de corresponder, incluirá una declaración jurada con la documentación comprobatoria que corresponda referente a la consideración como Pequeña y Mediana Empresa (Pyme), en base a lo establecido en el Artículo 3º, inciso g) del Decreto Nº 1.600/2002. 15.3.1.8. Bienes de origen no nacional. Cumplimiento de normativa de la

ORGANIZACION MUNDIAL DE COMERCIO (OMC) En caso que los bienes ofertados no sean de origen nacional, deberá presentar con carácter de declaración jurada la siguiente manifestación: a) Si ha recibido o no créditos a tasas o tipos de interés preferenciales, inferiores

respecto de las del mercado interno del país de exportación, de los bienes que componen el suministro de esta licitación no admitidos por la OMC.

b) Si ha recibido otros subsidios económicos, ventaja de cualquier tipo, reintegros de impuestos o exenciones o diferimientos impositivos no admitidos por la OMC.

c) Si la oferta se realiza o no a precios de “dumping” y que su precio de exportación es o no inferior a los de ese bien o uno similar cuando se destina a consumo en el país exportador en el curso de operaciones comerciales normales.

Esta manifestación deberá ser incluida en la Planilla Nº 11. Su incumplimiento será causal de rechazo de la oferta. Esta manifestación se hará sin perjuicio de que posteriormente se deberán cumplimentar las declaraciones juradas establecidas en la Ley Nº 25.551, Decreto Nº 1.600/2002, demás correlativos y concordantes y Resolución Secretaría de Industria y Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa Nº 57/2003. 15.3.1.9. Ponderación requerida por el Decreto Nº 634/03 A los efectos del cumplimiento de lo requerido por el Decreto Nº 634 del 21 de agosto de 2003 y la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 1205 del 30 de agosto de 2006 que fija los índices aplicables, se incluirá una planilla con la información como se indica en el Numeral 18.4 del Pliego. (Planilla Nº 12) 15.3.2. Capacidad técnica 15.3.2.1. Organización Industrial Se deberá presentar el esquema de la Organización Industrial para la realización de las diversas tareas consideradas para la fabricación del suministro ofrecido. (Planilla Nº 13) 15.3.2.2. Métodos constructivos

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Se presentará una descripción de los métodos constructivos a emplear en la fabricación del transformador a proveer. Particular detalle se tendrá en la descripción de su Sistema de Gestión de la Calidad en los términos establecidos en las ESPECIFICACIONES TECNICAS – Parte I: Condiciones Técnicas Generales. Se incluirán todas las certificaciones que se cumplen en el proceso. (Planilla Nº 14)

15.3.2.3. Equipamiento de Laboratorios El Proponente incluirá una descripción detallada del equipamiento del laboratorio que ofrece para la realización de cada uno de los ensayos de tipo, de rutina y de remesa, como así también, cualquier otro ensayo especial que pudiera requerirse para la provisión. (Planilla Nº 15)

15.3.2.4. Listado de Suministros Se incluirá un listado de todos los suministros efectuados durante los últimos OCHO (8) años en los que la empresa haya sido contratista único o miembro de un consorcio con intervención significativa en el mismo. (Planilla Nº 16)

15.3.2.5. Compromisos Se incluirá una lista de las provisiones, en las cuales cada empresa tiene compromisos adquiridos por contrato para ejecutar durante los próximos DOS (2) años. Deberá incluirse una programación detallada de los contratos en curso y firmados para comenzar, indicando en base a la capacidad de producción de la planta de fabricación en que forma se cumplirá con los contratos vigentes y con el ofertado. (Planilla Nº 17) En caso de ofertas que no se hayan contratado aún se indicarán las condiciones en que se encuentra la tramitación respectiva, indicando en cada caso el Comitente correspondiente con todo el detalle que permita comprobar las condiciones reales. Toda esta información tiene por objeto determinar la capacidad de cumplimiento del Proponente razón por la cual es necesario que sea completo, detallado y fidedigno. Su no inclusión podrá ser motivo de no selección de la oferta presentada. Es de fundamental importancia definir la capacidad remanente de fabricación. Toda esta información deberá estar en correcta coincidencia con el Cronograma Contractual de la Provisión tal como esta requerida en el Numeral 17.2.2 del Pliego.

15.3.2.6. Otros En este Apartado se incluirán todos otros documentos demostrativos de idoneidad, experiencia y capacidad constructiva, que el Proponente considere de interés. (Planilla Nº 18)

Para el caso de provisiones de origen importado, será obligatorio acreditar que cuenta con un representante permanente en el país, con una antigüedad, a la fecha de apertura de licitación, no menor a CINCO (5) años.

Debe tenerse en cuenta que en caso de ser requerido por una falla durante el período de garantía, deberá enviar una asistencia técnica con capacidad de verificar

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la falla y decidir acerca de la manera de repararla en tiempo adecuado.

Por lo tanto, para el caso de que la reparación no pueda ser realizada con su personal en el lugar que está montada, deberá indicar dónde realizará dichas reparaciones.

Asimismo deberá presentar una metodología que permita verificar los tiempos que demandarán los transportes y las reparaciones, a fin de evaluar que la disponibilidad de la máquina que se repara, sea en el tiempo mínimo posible compatible con los requerimientos del servicio. 15.3.2.7. Consorcios En el caso de consorcios, las Planillas Nº 3, Nº 4, Nº 5, Nº 6, Nº 7, Nº 8, Nº 9, Nº 13 Nº 14, Nº 15, Nº 16, Nº 17 y Nº 19, requeridas según los Numerales 15.3.1.3 a 15.3.1.5; Numerales 15.3.2.1 a 15.3.2.5 y Numeral 15.3.3.2 del Pliego, deberán ser completadas para cada empresa integrante del mismo.

15.3.3. Documentación Técnica de la Provisión. 15.3.3.1. Generalidades La propuesta deberá incluir como requisito indispensable para ser aceptada e incorporada en el estudio de comparación para la nominación de un Proponente como proveedor, la documentación que más abajo se detalla, redactada en idioma español, con excepción de lo específicamente establecido en el Numeral 15.3.3.2 del Pliego, con respecto a folletos, catálogos y prospectos que podrán estar redactados en idioma francés, portugués o inglés.

15.3.3.2. Folletos, Catálogos y Prospectos Se agregarán folletos, catálogos y prospectos con una amplia y completa descripción del equipo ofrecido, donde se consignen sus respectivas características y la línea de producción del fabricante. (Planilla Nº 19)

15.3.3.3. Protocolos de ensayos El Proponente incluirá protocolos de ensayos del transformador de potencia a ser provisto, con el alcance indicado en las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS del Pliego. (Planilla Nº 20)

15.3.3.4. Esquema de embalaje La propuesta incluirá el esquema de embalaje de los componentes del transformador a proveer, respondiendo a los requisitos establecidos en las ESPECIFICACIONES TECNICAS del Pliego. (Planilla Nº 21)

15.3.3.5. Programa de Fabricación El Proponente deberá incluir un Programa de Fabricación que permita evaluar las distintas fases del proceso industrial y los recursos que utilizará. (Planilla Nº 22). Se debe tener especialmente en cuenta que la falta de declaración expresa por parte del Proponente del Programa de Fabricación, impedirá la aplicación del

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Procedimiento de selección establecido en el Numeral 19.2.1. Dicho Programa constará de un listado de las actividades a desarrollar con las tareas precedentes que las condicionan, procedimientos a seguir para la ejecución de cada actividad, personal y equipos a utilizar completando cada una de ellas hasta los ensayos del transformador en fábrica y su autorización de despacho a obra. Complementariamente a la documentación impresa incluida en la Propuesta, se entregará el Cronograma de Fabricación en archivo magnético de Project Manager

de Microsoft ®

(Versión 2010)

15.3.3.6. Planilla de Datos Técnicos Garantizados El Proponente preparará las Planillas de Datos Técnicos Garantizados que se incluyen en la PARTE C: DOCUMENTACIÓN DE LA PROPUESTA. Se destaca que en la columna "Ofrecidos", deberán colocarse todos los valores que correspondan, sin omisiones de ninguna naturaleza, aunque en la columna "Requerido" no figure ningún valor específicamente exigido. (Planilla Nº 23)

15.3.3.7. Planillas de Lugares de Fabricación y Ensayos El Proponente incluirá una planilla con el detalle del lugar de fabricación y ensayos de recepción y otros. (Planilla Nº 24)

15.3.3.8. Apartamientos Toda propuesta que presente apartamientos de las especificaciones de este Pliego, se deberán hacer constar expresamente los mismos en la Planilla Nº 25, aclarando sintéticamente el motivo de la observación o en qué consiste el apartamiento (si cumple parcialmente, si es reemplazado, etc.), donde se hará referencia además a los Numerales del Pliego donde ello se menciona. Queda a juicio de la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP) la aceptación o no de tales apartamientos.

15.3.4. Capacidad económico-financiera 15.3.4.1. Balances

Se deberán incluir copias de los últimos TRES (3) estados contables de la empresa (Memoria, Balance y Estado de Resultados) debidamente firmadas y certificadas por Contador Público o Estudio de Contadores. Dichos Estados Contables, deberán estar aprobados por el órgano societario competente y poseer dictamen de Auditor Contable teniendo en cuenta las Normas de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas y/o Consejos Profesionales de Ciencias Económicas u Organismos similares del país de constitución del Proponente. Será suficiente que sólo esté firmada la copia que se presente como “original” y con legalización de la firma del Contador Público o Estudio de Contadores Públicos certificantes efectuada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas u organismo competente y en su caso legalizada y consularizada o legalizada mediante el procedimiento de la “Apostille”.

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Un dictamen del Auditor certificante de los estados Contables presentados, o del Contador Público o Estudio de Contadores Públicos certificará la inexistencia de variaciones substanciales negativas que pudieran haberse producido en la situación y solvencia patrimonial resultante de los Estados Contables del Proponente, o de cada uno de sus integrantes, durante el período comprendido entre la fecha del último Estado Contable y la del llamado a Licitación. Se incluirá la información requerida en la Planilla Nº 26.

15.3.4.2. Índices Económico-financieros Se incluirán los índices económico-financieros que se requieren en la Planilla Nº 27.

15.3.4.3. Indicadores de Magnitud Operativa Se consignaran los indicadores de magnitud operativa. (Planilla Nº 28)

15.3.4.4. Referencias Bancarias y Financieras Se deberán indicar las referencias bancarias y financieras, en las que se especifiquen las líneas de crédito que se han dispuesto. (Planilla Nº 29)

15.3.4.5. Consorcios En caso de tratarse de consorcios, las Planillas Nº 26, Nº 27, Nº 28 y Nº 29 solicitadas en los Numerales 15.3.4.1 a 15.3.4.4 del Pliego, deberán presentarse para cada empresa integrante del consorcio.

15.4. CONTENIDO DEL SOBRE N° 2 15.4.1. Fórmula de Propuesta Se consignará la correspondiente Fórmula de Propuesta para cada Módulo Ofertado (Planilla Nº 30), con la respectiva cotización de precios consignando por separado el importe correspondiente al Impuesto al Valor Agregado (IVA).

15.4.2. Planilla de Propuesta Los bienes a proveer de Origen Nacional se cotizarán por monto global en pesos y/o dólares estadounidenses, sin Impuesto al Valor Agregado (IVA), en la Planilla de Propuesta (Planilla Nº 31) 15.4.3. Cronograma Contractual Para los bienes a proveer de Origen Nacional se incluirá el Cronograma Contractual, según lo requerido en el Numeral 17.2.2 del Pliego. (Planilla Nº 32)

16. MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA La Propuesta Económica será irrevocable e incondicionada y tendrá un plazo de validez de CIENTO CINCUENTA (150) días corridos, contados a partir de la fecha de apertura de los Antecedentes para la Calificación (Sobre Nº 1). La Propuesta Económica cuyo plazo de validez sea menor al requerido será rechazada.

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La UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP) podrá solicitar a los Proponentes que extiendan el período de validez de la Propuesta Económica. Esta solicitud y las respuestas serán efectuadas mediante comunicación fehaciente. En caso de extensión del período de validez, el Proponente no podrá modificar su Propuesta Económica y deberá extender, por igual período la Garantía de Mantenimiento de Oferta, bajo apercibimiento de que no se considere su Propuesta Económica. En caso que un Proponente no acepte el período de extensión de validez de su Propuesta Económica, se le desestimará su oferta y la misma se devolverá junto con la Garantía de Mantenimiento de Oferta. Para el caso de desistimiento de la Propuesta Económica, por parte de un Proponente, antes del plazo solicitado o de su prórroga aceptada por el mismo, causará la pérdida del importe de la Garantía de Mantenimiento de Oferta, la que será ejecutada por la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP) sin derecho a reclamo alguno.

17. DE LA COTIZACION

17.1. GENERALIDADES La presentación de la cotización se hará llenando la Fórmula y la Planilla de Propuesta y Planillas complementarias, incluidas en la PARTE C: DOCUMENTACION DE LA PROPUESTA del Pliego. Cualquier "Fórmula y/o Planilla de Propuesta" confeccionada por el Proponente deberá ser idéntica a aquellas, sin exclusiones ni agregados de ninguna naturaleza, respetando la misma redacción establecida en la documentación del presente Pliego.

17.2. PROVISION Esta Licitación tiene por objeto la nominación de proveedores para la provisión de Transformadores Trifásicos de Potencia, de acuerdo con las condiciones técnicas que integran esta documentación, con destino a las nuevas ET LAS LOMITAS; ET EL COLORADO y ET LAGUNA BLANCA con Ampliación de la ET CLORINDA, según el siguiente detalle: Módulo 1: UN (1) Transformador Trifásico de Potencia de 132/33/13,2 kV;

15/15/15 MVA, para la ET LAS LOMITAS. Módulo 2: UN (1) Transformador Trifásico de Potencia de 132/33/13,2 kV;

30/30/15 MVA, para la ET EL COLORADO. Módulo 3: UN (1) Transformador Trifásico de Potencia de 132/33/13,2 kV;

30/30/15 MVA, para la ET LAGUNA BLANCA. Módulo 4: UN (1) Transformador Trifásico de Potencia de 132/33/13,2 kV;

30/30/30 MVA, para la Ampliación de ET CLORINDA. El Proponente deberá cotizar en forma obligatoria los repuestos, el transporte y seguro de acarreo, la supervisión del montaje y puesta en servicio, para cada transformador propuesto, de acuerdo con lo requerido en la Planilla de Propuesta (Planilla Nº 31) del Pliego.

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El plazo máximo fijado para la fabricación, ensayos y entrega de los transformadores puestos sobre su base, en condiciones de Recepción Provisoria, es el establecido en el Numeral 3 del Pliego. En todos los casos, en la Fórmula de Propuesta (Planilla Nº 30), se indicará el monto del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) correspondiente en forma discriminada.

17.2.1. Alcance de la Provisión El Proponente deberá tener en cuenta al preparar su cotización que los precios deben incluir los costos de fabricación del producto terminado, los ensayos de rutina y de remesa en fábrica, (todo ello según las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS que integran esta documentación), los ensayos normales y cualquier tipo de ensayos especiales que sean requeridos sobre la provisión, los derechos de laboratorios y costos de uso de los equipos necesarios para todos los ensayos solicitados, el transporte de muestras y de equipos hasta laboratorio, cualquier gasto derivado de la certificación de calidad de materia prima y de fábrica, como así también los gastos de embalaje y el transporte de las partes del transformador para su entrega en obra puesto sobre su base (posicionamiento de la cuba sobre los rieles y su fijación), en los lugares previstos en el Numeral 3, además de los seguros de la provisión hasta la Recepción Provisoria de la máquina, y todo otro gasto no especificado en el presente Pliego. Debe tenerse presente que el alcance de la provisión incluye la supervisión de la instalación y montaje del transformador, por parte del fabricante, hasta la Habilitación Comercial de la ET LAS LOMITAS; de la ET EL COLORADO o de la ET LAGUNA BLANCA con Ampliación de la ET CLORINDA, según sea el caso, en un todo de acuerdo con lo establecido en las ESPECIFICACIONES TECNICAS del Pliego. El montaje propiamente (montaje de aisladores, sistema de refrigeración, gabinete de control y accesorios, tratamiento de aceite, conexionado de potencia y secundario, etc.) y la puesta en servicio del transformador serán responsabilidad del Contratista de la Construcción de las respectivas Estaciones Transformadoras. Consecuentemente, el precio cotizado por el Proponente por la provisión de los transformadores y sus repuestos solicitados, con todos sus ensayos aprobados por la Inspección del Obra y puesto sobre su base en Obra, en condiciones de Recepción Provisoria, será el único monto a percibir por el CONTRATISTA, no aceptándose adicional alguno por ningún concepto. Sin limitar la responsabilidad, aún en hechos de fuerza mayor, el Proponente previo a la firma del Contrato, deberá contratar a satisfacción de la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP), lo siguiente: i) un seguro tipo para Todo Riesgo de Fabricación y Montaje, incluido todos los

riesgos durante el transporte y la responsabilidad civil, válido desde el inicio del Contrato hasta la Recepción Provisoria donde se incluya la correspondiente cobertura a la extensión del período de mantenimiento;

ii) sin que quede relevado de ninguna obligación contractual, la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP) será beneficiario del tipo de cobertura “full indemnity clause” o sea indemnidad total e indemnización, en su caso;

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iii) El Proponente deberá proveer una proforma del seguro a tomar, previo a la firma del Contrato de Provisión, sujeto a la aprobación de la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP).

iv) La proforma del seguro deberá estar aprobada, por la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP) antes de los SIETE (7) días previos a la firma del Contrato, y ajustarse a los requisitos generales de las garantías indicadas en el Numeral 15.3.1.6 del Pliego.

17.2.2. Cronograma Contractual En el Cronograma Contractual, el Proponente deberá explicitar en forma detallada el programa de fabricación propuesto para llevar adelante la provisión objeto de esta Licitación, deberá indicar los procesos parciales necesarios para la fabricación de los transformadores. Se desarrollará según la Planilla Nº 32. Debe tenerse en cuenta que la conformación de las diferentes etapas del Cronograma Contractual tiene como objeto ordenar el proceso de supervisión y control de la fabricación de los transformadores. La certificación del cumplimiento de las mismas, al fin del período, representa el aseguramiento por parte del COMITENTE del desarrollo de dicho proceso. En el cronograma se deberán tener en cuenta las exigencias planteadas en las ESPECIFICACIONES TECNICAS del Pliego, en cuanto a las etapas de construcción y ensayos. Este Cronograma Contractual constituirá la base del seguimiento del cumplimiento del Contrato de Provisión resultante de esta licitación, y será la referencia para la certificación de cumplimiento del Cronograma Contractual, consecuente con el cumplimiento de las etapas previstas y de acuerdo con lo indicado en el mismo, en caso de desviaciones o incumplimientos, se aplicarán las multas establecidas en el Numeral 24 del Pliego.

17.2.3. Forma de Cotizar Los transformadores de potencia y sus componentes (repuestos; transporte y seguro de acarreo; supervisión de montaje y puesta en servicio), serán cotizados por monto global en pesos o en dólares estadounidenses o en una combinación de ambas monedas, según sea la modalidad adoptada. Los precios que se coticen en la Planilla de Propuesta (Planilla Nº 31) serán los netos a abonar por el COMITENTE, en los que se ha tenido en cuenta cualquier reintegro y/o exención que le pudiera corresponder. En los precios cotizados, se considerarán comprendidos todos los impuestos nacionales, provinciales o municipales que resulten de aplicación. El importe correspondiente al Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) será consignado por separado en la Fórmula de Propuesta. (Planilla Nº 30) El Proponente deberá indicar claramente el lugar de fabricación y ensayos de cada suministro cotizado. (Planilla Nº 24)

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17.3. SUPERVISION DE TRANSNEA S.A. La Concesionaria TRANSNEA S.A. realizará la Supervisión de la Provisión de los Transformadores, en su calidad de responsable del Transporte de Energía Eléctrica por Distribución Troncal del Noreste Argentino, en los términos de la regulación vigente. El costo de dicha Supervisión será abonado por EL COMITENTE de este Contrato de Provisión, es decir el titular del Contrato de Construcción de la ET LAS LOMITAS; de la ET EL COLORADO o de la ET LAGUNA BLANCA con Ampliación de la ET CLORINDA, según sea el caso, de acuerdo lo establecido en el Numeral 12 del Pliego. Las observaciones que en tal carácter realice la Concesionaria TRANSNEA S.A. al titular del Contrato de Construcción de las respectivas Estaciones Transformadoras, serán de cumplimiento obligatorio para el Adjudicatario del Contrato de Provisión de los Transformadores Trifásicos de Potencia resultante de esta licitación.

17.4. INSPECCION DE OBRA La UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP) realizará la Inspección de Obras de la ET LAS LOMITAS; de la ET EL COLORADO o de la ET LAGUNA BLANCA con Ampliación de la ET CLORINDA, según sea el caso, a través del organismo Dirección de Infraestructura Eléctrica de la Subsecretaría de Obras y Servicios Públicos dependiente del Ministerio de Economía, Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Formosa. Con criterio análogo al del Numeral 17.3 del Pliego, dicha Inspección de Obra alcanzará a las provisiones que, como compras anticipadas, integran el Contrato de Construcción de las respectivas Estaciones Transformadoras.

18. SISTEMA DE CONTRATACIÓN

Con el alcance de lo establecido en el Numeral 17.2 del Pliego se nominarán Proponentes para la contratación, por monto global en pesos y/o dólares estadounidenses consignados en la Formula y Planilla de Propuesta, de la Provisión de los Transformadores de Potencia, más los repuestos, el transporte y seguro de acarreo, la supervisión de montaje y puesta en servicio, solicitados en la PARTE C “Documentación de la Propuesta”. La UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP) podrá nominar a distintos Proponentes para el suministro de los Transformadores de Potencia, hasta que las distintas combinaciones de Módulos cubran el total de la provisión licitada, de forma tal que el precio total a pagar resulte el menor monto posible. Para el total de los transformadores solicitados la nominación de un mismo proveedor, por parte de la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP), estará condicionada a que la suma de las potencias de los transformadores a suministrar no exceda los 60 MVA. Para la nominación de los proveedores se tendrá en cuenta el rango de dispersión de precios ofertados por los Proponentes, entendiéndose como dispersión de precios la diferencia entre la oferta de menor precio y la o las siguientes ofertas

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recibidas. Cuando la dispersión de precios fuere: a) Menor o igual al diez por ciento (10%), la UNIDAD EJECUTORA DEL

PROGRAMA (UEP) podrá nominar, a los Proponentes comprendidos en esta diferencia, hasta el máximo de potencia admitido;

b) Mayor al diez por ciento (10%), la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP) podrá solicitar mejora de precios a los Proponentes que superen dicho porcentual. Si las ofertas mejoradas resultaran con una dispersión:

• Menor o igual al diez por ciento (10%), se procederá como en el caso anterior a);

• Mayor al diez por ciento (10%), la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP) podrá: 1) nominar a la propuesta de menor precio un tercer (3º) módulo; 2) llamar a nueva licitación de selección de Proponentes; 3) nominar por el total de la provisión al Proponente cuya oferta sea la de menor precio.

El Proponente deberá aceptar explícitamente que sea nominado para la provisión de cualquiera de los Módulos ofertados, a decisión de la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP), sin que ello pueda dar lugar a reclamo alguno.

18.1. FORMA DE PAGO El monto contratado será pagado mediante la aplicación de Anticipos y un Pago Final, que comenzarán a efectivizarse a partir de los CUARENTA Y CINCO (45) días corridos de la firma del Contrato de Provisión y al término de cada período de fabricación previsto en el Cronograma Contractual, en base al cual se procederá a certificar el cumplimiento de las diferentes etapas de fabricación, que serán la base para la facturación que presente el titular del Contrato de Provisión de los Transformadores Trifásicos de Potencia. Cualquiera sea la modalidad de cotización adoptada, los pagos al Proveedor se realizarán en la moneda de curso legal en la República Argentina (el Peso) según se establece en el Artículo 4º de la Ley Nº 25.551. A tal efecto, los bienes a proveer totales o parciales, cuya cotización sean en dólares estadounidenses, serán convertidos a la moneda local (el Peso) teniendo en cuenta para ello la relación de convertibilidad al Peso, establecida por la tasa de cambio tipo vendedor del Banco de la Nación Argentina (BNA). La fecha de la tasa de cambio será la correspondiente a TRES (3) días antes de la fecha de efectivo pago. La forma de pago será la siguiente: a) CUARENTA Y CINCO POR CIENTO (45%) del monto contratado en concepto

de Anticipo Inicial dentro de los CUARENTA Y CINCO (45) días corridos contados desde la fecha de la firma del Contrato de Provisión, de acuerdo a lo indicado en los Numerales 18.3.2 y 18.3.4. El NOVENTA POR CIENTO (90%) de este anticipo debe ser destinado por el CONTRATISTA obligatoriamente a efectuar el pago de un adelanto para las materias primas Chapas de Hierro al

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Silicio, Cobre y Aislantes a sus productores, en un plazo máximo de QUINCE (15) días corridos a partir de la fecha de recibido el monto del anticipo de parte del COMITENTE. El pago del Anticipo Inicial se efectuará previa presentación al COMITENTE de los siguientes documentos:

• Garantía de Anticipo Inicial por el CIEN POR CIENTO (100%) del monto a ser anticipado (IVA incluido), de acuerdo con las condiciones estipuladas en los Numerales 20.1 y 20.2.3 del Pliego, con cesión de derechos de cobro a la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP). Dicha Garantía de Anticipo del titular del Contrato de Provisión deberá indicar:

i) El Número de la factura del titular del Contrato de Provisión al COMITENTE por el Anticipo Inicial;

ii) La obligación de destinar el NOVENTA POR CIENTO (90%) del importe a recibir, al pago del anticipo a los productores por la totalidad de la materia prima Chapa de Hierro al Silicio, Cobre y Aislantes que requiere la provisión, este pago del anticipo contempla los derechos de nacionalización de las materias primas, cuyos pagos deberán acreditarse conforme términos de las Ordenes de Compra Aprobadas.

iii) El Número de la Orden de Compra del titular del Contrato de Provisión a los productores de la materia prima Chapa de Hierro al Silicio, Cobre y Aislantes.

La acreditación del pago a los productores de la materia prima Chapa de Hierro al Silicio, Cobre y Aislantes, deberá ser efectuada por el titular del Contrato de Provisión al COMITENTE, en un plazo máximo de QUINCE (15) días corridos a partir de la fecha de recibido el monto del Anticipo Inicial de parte del COMITENTE. Para ello el titular del Contrato de Provisión presentará los correspondientes Recibos y/o copias de los Swift bancarios que garantizan la acreditación del importe de pago en la cuenta de los productores de la materia prima Chapa de Hierro al Silicio, Cobre y Aislantes, especificando a que Ordenes de Compra aprobadas corresponden cada uno de dichos Swift bancarios. El incumplimiento de la operatoria precedente dará lugar a la inmediata ejecución de la Garantía de Anticipo establecida. La Garantía de Anticipo deberá mantenerse en vigencia hasta el cumplimiento de la provisión contractual y deberá ser aprobada por la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP) previo al pago de dicho anticipo al titular del Contrato de Construcción de la Estación Transformadora.

• Orden de Compra del CONTRATISTA al productor de la materia prima Chapa de Hierro al Silicio, al productor de la materia prima Cobre y a los productores de las materias primas para las Aislaciones, destinadas a la fabricación de la totalidad del suministro, la cual indicará expresamente que su destino es la fabricación del Transformador Trifásico de Potencia para la ET LAS LOMITAS; para la ET EL COLORADO o para la ET

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LAGUNA BLANCA con Ampliación de la ET CLORINDA, según sea el caso, y deberán estar aprobadas y certificadas por el respectivo Productor.

b) VEINTICINCO POR CIENTO (25%) del monto contratado en concepto de Anticipo Parcial dentro de los CUARENTA Y CINCO (45) días corridos contados desde la fecha de recepción en fábrica (del Transformador Trifásico de Potencia) del Conmutador Bajo Carga destinado a la máquina objeto de la contratación. El pago se efectuará previa presentación al COMITENTE de los siguientes documentos:

• Garantía de Anticipo Parcial por el CIEN POR CIENTO (100%) del monto a ser anticipado (IVA incluido), en la misma moneda, de acuerdo con las condiciones estipuladas en los Numerales 20.1 y 20.2.3 del Pliego, con cesión de derechos de cobro a la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP). Dicha Garantía de Anticipo Parcial del titular del Contrato de Provisión, de alcance idéntico a la Garantía de Anticipo Inicial, deberá indicar:

i) El Número de la factura del titular del Contrato de Provisión al COMITENTE por el Anticipo Parcial;

ii) El Número de la Orden de Compra del titular del Contrato de Provisión al fabricante del Conmutador Bajo Carga.

La acreditación del pago al fabricante del Conmutador Bajo Carga, deberá ser efectuada por el titular del Contrato de Provisión al COMITENTE, en un plazo máximo de QUINCE (15) días corridos a partir de la fecha de recibido el monto del Anticipo Parcial del COMITENTE. Para ello el titular del Contrato de Provisión presentará el correspondiente documento del fabricante del Conmutador Bajo Carga, que especifique que el pago efectuado corresponde a equipos identificados con códigos de fabricación, y destinados para el Transformador Trifásico de Potencia objeto de la presente contratación. El incumplimiento de la operatoria precedente dará lugar a la inmediata ejecución de la Garantía de Anticipo Parcial establecida. La Garantía de Anticipo Parcial deberá mantenerse en vigencia hasta el cumplimiento de la provisión contractual y deberá ser aprobada por la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP) previo al pago de dicho Anticipo Parcial al titular del Contrato de Construcción de la Estación Transformadora.

• Orden de Compra del CONTRATISTA al fabricante del Conmutador Bajo Carga destinada a la fabricación de la totalidad del suministro, la cual indicará expresamente que su destino es la fabricación del Transformador Trifásico de Potencia para la ET LAS LOMITAS; para la ET EL COLORADO o para la ET LAGUNA BLANCA con Ampliación de la ET CLORINDA, según sea el caso, y deberá estar aprobada y certificada por el Fabricante del Conmutador.

c) DIEZ POR CIENTO (10 %) del monto contratado en concepto de Anticipo Parcial por el suministro dentro de los CUARENTA Y CINCO (45) días corridos

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contados desde la fecha de finalización de conformidad de los ensayos de recepción en laboratorios del Transformador Trifásico de Potencia objeto de la contratación. El pago se efectuará previa presentación al COMITENTE de los siguientes documentos:

• Garantía de Anticipo Parcial por el CIEN POR CIENTO (100%) del monto a ser anticipado (IVA incluido), en la misma moneda, de acuerdo con las condiciones estipuladas en los Numerales 20.1 y 20.2.3 del Pliego, con cesión de derechos de cobro a la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP). Dicha Garantía de Anticipo Parcial del titular del Contrato de Provisión, de alcance idéntico a la Garantía de Anticipo Inicial, deberá indicar el Número de la factura del titular del Contrato de Provisión al COMITENTE por el Anticipo Parcial. La Garantía de Anticipo Parcial deberá mantenerse en vigencia hasta el cumplimiento de la provisión contractual y deberá ser aprobada por la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP) previo al pago de dicho Anticipo Parcial al titular del Contrato de Construcción de la Estación Transformadora.

• Protocolos de ensayos en laboratorios de los Transformadores, en un todo de acuerdo con las condiciones de provisión del Transformador Trifásico de Potencia y sus repuestos, objeto de la presente contratación.

• Actas e Informes de Certificación del cumplimiento de las Etapas de Fabricación.

d) DIEZ POR CIENTO (10 %) del monto contratado en concepto de Anticipo Parcial por el suministro dentro de los CUARENTA Y CINCO (45) días corridos contados desde la fecha de Recepción en Obra (puesto sobre su base) del Transformador Trifásico de Potencia objeto de la contratación. El pago se efectuará previa presentación al COMITENTE de los siguientes documentos:

• Garantía de Anticipo Parcial por el CIEN POR CIENTO (100%) del monto a ser anticipado (IVA incluido), en la misma moneda, de acuerdo con las condiciones estipuladas en los Numerales 20.1 y 20.2.3 del Pliego, con cesión de derechos de cobro a la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP). Dicha Garantía de Anticipo Parcial del titular del Contrato de Provisión, de alcance idéntico a la Garantía de Anticipo Inicial, deberá indicar el Número de la factura del titular del Contrato de Provisión al COMITENTE por el Anticipo Parcial. La Garantía de Anticipo Parcial deberá mantenerse en vigencia hasta el cumplimiento de la provisión contractual y deberá ser aprobada por la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP) previo al pago de dicho Anticipo Parcial al titular del Contrato de Construcción de la Estación Transformadora.

• Acta de Recepción en Obra del Transformador (puesto sobre su base) en un todo de acuerdo con las condiciones de provisión del Transformador Trifásico de Potencia, objeto de la presente contratación.

• Acta de Recepción en Obra de los Repuestos, requeridos en las

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ESPECIFICACIONES TECNICAS del Pliego.

• Actas e Informes de Certificación del cumplimiento de las Etapas de Fabricación.

e) DIEZ POR CIENTO (10 %) del monto contratado en concepto de Pago Final de la Provisión dentro de los CUARENTA Y CINCO (45) días corridos contados desde la fecha de Recepción Provisoria del Transformador Trifásico de Potencia objeto de la contratación. El pago se efectuará previa presentación al COMITENTE de los siguientes documentos:

• Acta de Recepción Provisoria del Transformador en un todo de acuerdo con las condiciones de provisión del Transformador Trifásico de Potencia y sus repuestos, objeto de la presente contratación.

• Actas e Informes de Certificación del cumplimiento de los Ensayos de Montaje y Pruebas.

Si transcurridos SESENTA (60) días de la descarga del transformador sobre su base no se produjera la Recepción Provisoria de la unidad, por razones no imputables al Proveedor del Transformador, se permitirá a éste (el CONTRATISTA) recibir el Pago Final previa presentación de un Seguro de Caución en los términos establecidos en el Numeral 20.1 y 20.2.3 del Pliego.

18.1.1. Fondo de Reparos Del monto de cada una de las facturas correspondientes a los Anticipos y Pago Final, deberá deducirse el CINCO POR CIENTO (5%) que será retenido como Fondo de Reparos. Dicho Fondo será reintegrado al CONTRATISTA a los TREINTA (30) días corridos de haberse realizado la RECEPCION DEFINITIVA del Transformador Trifásico de Potencia. El Fondo de Reparos podrá ser sustituido por una garantía en los términos establecidos en los Numerales 20.1 y 20.2.4 del Pliego.

18.2. CERTIFICACIÓN DE EJECUCIÓN DE TRABAJOS Al término de cada periodo de fabricación prevista, y a partir de los CIENTO VEINTE (120) días corridos de la firma del Contrato de Provisión, se procederá a certificar el cumplimiento de las diferentes etapas de fabricación, según lo indicado en el Cronograma Contractual de la Planilla Nº 32. Se entiende por certificación al procedimiento mediante el cual se verificará el cumplimiento del proceso de fabricación. La certificación de la ejecución de los trabajos realizados será la base para la verificación del proceso de fabricación. El adelanto de los trabajos incluidos en cada etapa no se podrá utilizar para promover ninguna modificación de la forma de pago establecida en el Numeral 18.1 del Pliego. A los efectos de la certificación, con la presencia del Representante del CONTRATISTA, se revisará toda la documentación que respalde la disponibilidad de la materia prima necesaria para la fabricación, de los diferentes equipos complementarios, y la constatación de su existencia física en los lugares correspondientes, se conformará un Acta de Confirmación que indique expresamente el cumplimiento de la etapa de fabricación de que se trate.

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Cada Acta de Confirmación deberá estar acompañada de las correspondientes actas y protocolos de ensayos parciales relacionados con los componentes previstos en la etapa que se certifica, que realizará la Inspección de Obra. Existiendo conformidad de todas las partes con la verificación del completo cumplimiento de la etapa de fabricación que se certifique, la Inspección de Obras extenderá el correspondiente certificado conforme, por el cumplimiento de la misma. En todos los casos podrá asistir un representante de la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP).

18.3. FACTURACION Y PAGO 18.3.1. Características generales La facturación por los Anticipos, que hubieren correspondido, y Pago Final por cumplimiento de la provisión de los Transformadores Trifásicos de Potencia y sus repuestos, deberán ser emitidos a nombre del titular del Contrato de Construcción de la ET LAS LOMITAS; de la ET EL COLORADO o de la ET LAGUNA BLANCA con Ampliación de la ET CLORINDA, según sea el caso. La mecánica de recepción de la facturación, verificación de recepción y autorización de pagos será responsabilidad del titular del Contrato de Construcción de las respectivas Estaciones Transformadoras.

18.3.2. Anticipo Inicial Cumplido el plazo de QUINCE (15) días a partir de la firma del presente Contrato de Provisión y habiéndose cumplido los requisitos a que se refiere el inciso a) del Numeral 18.1 del Pliego, el CONTRATISTA quedará habilitado para la presentación de la factura de cobro correspondiente al Anticipo Inicial del CUARENTA Y CINCO POR CIENTO (45%) del monto contratado, en las oficinas del COMITENTE.

18.3.3. Anticipos Parciales Con la Certificación de Ejecución de Trabajos emitida por la Inspección de Obra, a que se refiere el Numeral 18.2 del Pliego, y la documentación indicada en el Numeral 18.1 del Pliego, el CONTRATISTA, quedará habilitado para la presentación de la factura de cobro del Anticipo Parcial correspondiente, en las oficinas del COMITENTE.

18.3.4. Plazos La factura de cobro correspondiente a los pagos de los Anticipos y Pago Final, presentada por el CONTRATISTA, será abonada dentro de los TREINTA (30) días corridos de presentada al COMITENTE, quien tendrá la obligación de realizar dicho pago dentro de los TRES (3) días hábiles de haberse acreditado el pago por parte de la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP).

18.4. REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Los precios totales o la parte de ellos cotizados en Pesos por el Proponente, se redeterminarán durante la ejecución del Contrato de Provisión.

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Los precios totales o parte de ellos cotizados en dólares estadounidenses no serán redeterminados. 18.4.1 Procedimiento Para la redeterminación de precios de aquellos bienes cotizados, total o parcial, en Pesos, será de aplicación lo establecido por el Decreto Nº 634 del 21 de agosto de 2003 y la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 1205 del 30 de agosto de 2006 que fija los índices aplicables. A los efectos de su cumplimiento, se aplicará el siguiente criterio: •

• •

Serán de aplicación las fórmulas establecidas en el punto 4 del Anexo al Decreto Nº 634/03 antes mencionado. Será de aplicación la planilla del Subanexo del mencionado Decreto. En ella, para los Rubros Principales 2.1 a 2.2 inclusive y los Rubros Principales 2.4 a 2.9 inclusive corresponde una ponderación del CERO POR CIENTO (0%) Para el Rubro Principal 2.3 corresponde una ponderación del CIEN POR CIENTO (100%) En la Planilla Nº 12 que integra la PARTE C: DOCUMENTACION DE LA PROPUESTA del Pliego, se indican los valores de la participación de cada uno de los insumos integrantes de ese Rubro Principal que la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP) dispone como resultado de los estudios realizados en la etapa de preparación del llamado para la nominación de proveedores para la provisión de los Transformadores Trifásicos de Potencia objeto de la presente licitación. Se requiere de los Proponentes que, durante el plazo de preparación de la propuesta, en caso de divergencia con los mismos, presenten a la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP) sus valores propuestos debidamente sustentados, abriéndose de esta forma una etapa de consulta con el conjunto de los Proponentes. Superada la etapa de consultas con el conjunto de los Proponentes, la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP) establecerá, mediante circular en fecha límite, los valores definitivos que serán utilizados en el Contrato de Provisión de los Transformadores Trifásicos de Potencia. Dichos valores serán los que el Proponente presentará en la Planilla Nº 12, en el Sobre Nº 1 de su propuesta. Los índices a utilizar para la aplicación de la fórmula establecido en el punto 4.1 del Anexo del Decreto Nº 634/03 serán: ▬ Para período inicial to el que corresponde al mes anterior al mes del cierre del

plazo para la Recepción de Antecedentes (Sobre Nº 1) y de la Propuesta Económica (Sobre Nº 2)

▬ Para período mensual ti, el que corresponde al mes anterior al mes de redeterminación indicado como mes “i”

La Redeterminación de Precios se aplicará de conformidad con la normativa que rige, cuando los costos de dichos rubros principales hayan alcanzado un valor tal que resulte una variación promedio de los precios, del Contrato de Provisión,

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superior al DIEZ POR CIENTO (10%). Cumplida dicha redeterminación, se inicia un período en el que podrá producirse la redeterminación sólo en caso de alcanzarse nuevamente la condición de variación superior al DIEZ POR CIENTO (10%) establecida en el Decreto. La tramitación de una Redeterminación de Precios procederá de oficio por parte de la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP).

19. PROCESO DE SELECCIÓN Y NOMINACIÓN

19.1. RECEPCIÓN DE LAS PROPUESTAS Y APERTURA DE SOBRE Nº 1 La apertura se realizará en acto público, en el lugar, día y hora indicados en los Numerales 6.12 y 6.3 del Pliego, procediéndose en primer término a la recepción de las propuestas (Sobre Nº 1 y Sobre Nº 2) y al labrado del acta correspondiente con el listado de las mismas. A continuación se procederá a la apertura de los Sobres Nº 1 de las propuestas recibidas, verificando el contenido de los mismos y completando el acta con los detalles que corresponda. La falta de la copia de este Pliego de Bases y Condiciones y sus Circulares emitidas debidamente firmadas por los representantes del Proponente, asimismo como la falta del Recibo de Adquisición del Pliego y de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta, será causal de rechazo inmediato de la propuesta y su devolución al Proponente en el mismo acto. En la dirección establecida en el Numeral 5 del Pliego, se dispondrá una copia de los Antecedentes para la Preselección (Sobres Nº 1), la que permanecerá a disposición de los Proponentes para la toma de vista, hasta la fecha establecida en el Numeral 6.4 del Pliego. Al cierre del acto, las Propuestas Económicas (Sobre Nº 2) serán introducidas en un sobre que será debidamente cerrado y firmado por el Escribano Actuante, para luego ser depositado en resguardado hasta la fecha de su apertura o devolución a los Proponentes, en caso que éstos no resultaran seleccionados. El acta deberá ser firmada por los funcionarios asistentes y podrá también ser suscrita por los Proponentes que desearen hacerlo.

19.2. ESTUDIO DE PROPUESTAS TÉCNICAS - SELECCIÓN

19.2.1. Procedimiento La selección de los Proponentes para su nominación como proveedores, se llevará a cabo después de abiertos los Sobres Nº 1 y con la documentación contenida en los mismos, se procederá inicialmente a excluir aquellas propuestas que estén comprendidas en cualquiera de los causales mencionados en el Reglamento de Contrataciones, que integra la PARTE A: DOCUMENTACION DE CARACTER GENERAL y las citadas en el presente Pliego. A los efectos de la selección, se tendrá en cuenta, en relación con la provisión solicitada, el Programa de Fabricación presentado (Numeral 15.3.3.5), entre otros,

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los siguientes factores cuya enumeración no significa orden de prelación:

• Antecedentes demostrativos de la capacidad técnica para la provisión de transformadores de potencia (132 kV)

Calidad técnica de la propuesta.

Capacidad empresaria del Proponente para asumir el compromiso financiero que supone la provisión ofertada.

Organización y metodología para la realización del proceso industrial. Confiabilidad de los métodos de fabricación propuestos.

Sistemas de Gestión de la Calidad.

Características del equipamiento e instalaciones ofrecidos para la fabricación, el control de calidad y ensayos finales del transformador a suministrar.

Debe tenerse presente que para la selección de un Proponente se tendrá en cuenta la capacidad remanente de producción que haya declarado, según lo requerido en el Numeral 15.3.2.5 del Pliego. No se seleccionará un Proponente cuando ofrezca provisión parcial del transformador. En la fecha establecida en el Numeral 6.5 del Pliego, la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP) procederá a notificar a todos los Proponentes las decisiones adoptadas con relación a quienes han sido seleccionados o rechazados como tales.

19.2.2. Impugnaciones Toda impugnación se realizará por escrito y deberá ser debidamente fundada, se presentará a la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP) en el domicilio, fecha y hora establecidos en los Numerales 5 y 6.6 del Pliego. Los Proponentes que efectúen impugnaciones deberán constituir una garantía, mediante depósito en el Banco de la Nación Argentina en la cuenta que oportunamente se indique a favor de la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP) en dinero en efectivo o en Títulos Públicos, emitidos por la República Argentina por un valor de PESOS CIENTO CINCIENTA MIL ($ 150.000,00). En caso de optarse por Títulos, deberá fijarse la cantidad en base al valor de mercado más un margen adicional del QUINCE POR CIENTO (15%)

19.3. APERTURA DE LOS SOBRES N° 2 Una vez efectuada la selección, se procederá a abrir la Propuesta Económica (Sobre Nº 2) de aquellos Proponentes que resultaron seleccionados, en acto público a efectuarse en el lugar, fecha y hora establecidos en los Numerales 6.12 y 6.7 del Pliego. Para cada Proponente se listará:

• monto cotizado para el Módulo 1, a instalar en ET LAS LOMITAS.

• monto cotizado para el Módulo 2, a instalar en ET EL COLORADO.

• monto cotizado para el Módulo 3, a instalar en ET LAGUNA BLANCA.

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• monto cotizado para el Módulo 4, a instalar en ET CLORINDA.

• característica de la empresa (PYME o no) Con todos los datos de todas las propuestas, se labrará el acta correspondiente.

19.4. ORDEN DE MÉRITO - CRITERIO A APLICAR 19.4.1. Criterio a aplicar En la presente Licitación, la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP) nominará Proponentes, para la provisión de los Transformadores Trifásicos de Potencia, más los repuestos solicitados en las ESPACIFICACIONES TÉCNICAS (Parte II: Especificaciones Técnicas Particulares) del Pliego. La condición establecida en el Numeral 19.4.2 del Pliego, es de aceptación obligatoria por los Proponentes.

19.4.2. Orden de Mérito En el acta labrada según el Numeral 19.3 del Pliego, quedarán asentados los valores y características de las propuestas seleccionadas. En base a ellos, la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP) efectuará la evaluación de las propuestas de los Proponentes seleccionados mediante la comparación económica de las ofertas, por el método del valor actual, asignando en los casos que correspondiere las preferencias para los bienes de origen nacional establecidas por la Ley N° 25.551, de acuerdo con las características de la empresa que lo produce. De dicha evaluación surgirá el Orden de Mérito de las propuestas que dará lugar a la nominación de Proponentes para la provisión de los transformadores solicitados. La UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP) podrá nominar proveedores para el suministro de los Transformadores de Potencia a distintos Proponentes, hasta que las distintas combinaciones de Módulos cubran el total de la provisión licitada, de forma tal que el monto total a pagar resulte el menor valor posible. Sólo se admitirá, como máximo, la nominación de DOS (2) Módulos a un mismo proveedor. La UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP) dará a conocer a los Proponentes, el resultado final sobre el Orden de Mérito establecido, según Numeral 6.8 del Pliego. Los plazos propuestos por los distintos Proponentes para su provisión, deberán estar dentro del plazo máximo establecido para cada Módulo en el Numeral 3 del Pliego. Las diferencias entre los plazos de las distintas propuestas no darán lugar a homologación alguna en términos económicos. Toda impugnación a la decisión de la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP), en cuanto al Orden de Mérito consignado, deberá realizarse según lo establecido en el Numeral 19.2.2 del Pliego, con excepción de las referidas al Compre Nacional que deberán cumplimentarse en los términos requeridos en los Artículos 8º y 9º de la Ley Nº 25.551.

19.5. FORMALIZACIÓN DE LA NOMINACIÓN

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Cumplido el plazo acordado, según Numeral 6.9 del Pliego, para la recepción de impugnaciones al Orden de Mérito consignado, y habiéndose procedido a dar respuesta a las impugnaciones debidamente presentadas, se procederá a formalizar la nominación de los Proponentes, según lo establecido en el Numeral 6.10 del Pliego, la que será notificada en forma fehaciente a quiénes hayan resultado nominados para la provisión de los Transformadores Trifásicos de Potencia. Debe tenerse presente que los Contratos de Provisión de los Transformadores Trifásicos de Potencia forman parte del Contrato de Construcción de la ET LAS LOMITAS; de la ET EL COLORADO o de la ET LAGUNA BLANCA con Ampliación de la ET CLORINDA, según sea el caso, por lo tanto, el acto de nominación de Proponentes para estas provisiones, se producirá al mismo tiempo que la aprobación de la adjudicación del Contrato de Construcción de las respectivas Estaciones Transformadoras. Dado que la firma de estos Contratos de Provisión tendrá lugar en el mismo acto de la firma de los Contratos de Construcción de las respectivas Estaciones Transformadoras, del cual son una obligación contractual, deberá tenerse presente que, cualquier modificación que se produzca en la fecha de firma de los Contratos de Construcción respectivos, traerá aparejada la modificación automática de la fecha de firma de estos Contratos de Provisión, establecida en el Numeral 6.11 del Pliego. Esta modificación será de aceptación obligatoria por parte del Proponente nominado sin derecho a reclamación alguna. Previo a la firma de los Contratos de Provisión de los Transformadores Trifásicos de Potencia, deberán estar presentadas y aprobadas por la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP) las Garantías de Cumplimiento de Contrato, en los términos fijados en los Numerales 20.1 y 20.2.2 del Pliego.

20. GARANTIAS

20.1. CONDICIONES GENERALES Todos los tipos de garantías, incluidas las que no se encuentren regladas en la normativa de aplicación y que ofrezca el Proponente, deberán ser constituidas a satisfacción de la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP). En todos los casos se constituirán en pesos y salvo especificación particular, los valores se tomarán con Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) incluido. En cuanto no se oponga a este Pliego, se tendrá en cuenta lo establecido en los Artículos 47 a 51 de la PARTE A: REGLAMENTO DE CONTRATACIONES que integra el presente Pliego. En caso del establecimiento de la garantía a través de seguros de cauciones, fianzas bancarias o cualquier otra clase, las instituciones que las extiendan deberán ser de primera línea y con la calificación acorde al valor a garantizar. Se constituirán bajo la condición de fiador solidario con renuncia a los beneficios de excusión y división, y se establecerán domicilios legales en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En el caso de ofrecer garantías con fianzas bancarias, se deberá presentar el respectivo certificado de una calificadora de riesgo de reconocido prestigio.

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Los aseguradores que emitan los Seguros de Cauciones deberán, durante toda la vigencia de las pólizas, ajustarse a los siguientes requisitos mínimos a ser evaluados por la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP):

• Mantener adecuadas relaciones entre sumas aseguradas, por Garantías provistas al Proponente, con los activos y patrimonio neto del Asegurador. Cuando se constituyan coaseguros con carácter solidario entre sus integrantes, la evaluación de las relaciones precedentes podrá ser efectuada en conjunto.

• Los Reaseguradores empleados deberán responder a calificación internacional adecuada.

• El Asegurador contará con el Libre Deuda reasegurador respectivo. Las garantías harán expresa referencia a esta Licitación, e indicarán su período de duración. En todos los casos (proformas y acreditaciones efectivas de garantías), se presentarán y entregarán los documentos originales firmados por la persona del garante apoderada al efecto. Cuando correspondan a la acreditación efectiva de la constitución de las garantías, las firmas deberán asimismo estar certificadas por ante Escribano Público y legalizadas ante el Colegio respectivo. El garante establecerá expresamente su aceptación para efectuar el ajuste de la garantía por Redeterminación de Precios de la Provisión, según lo establecido en el Numeral 18.4 del Pliego. En las pólizas de seguros de cauciones, donde fuere establecido, ello se hará constar mediante la cláusula siguiente: “No obstante cualquier otra especificación en contrario de otro modo aplicable, la suma máxima aquí garantizada será ajustable conforme las disposiciones especiales de REDETERMINACION DE PRECIOS establecidas para este emprendimiento por Decreto Nº 634/2003, y procedimiento de aprobación previa de la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP). El eventual aumento de suma asegurada que correspondiera y que debe ser informado por el Tomador al Asegurador, determinará un endoso de aumento de la suma asegurada que el Asegurador hará efectivo desde la fecha en que fue autorizada la REDETERMINACION DE PRECIOS”. En caso de utilizarse fianzas bancarias, deberán incorporarse términos similares. 20.1.1. Período de Garantía El Período de Garantía vigente para la provisión de los Transformadores Trifásicos de Potencia, objeto de la presente Licitación, se establece en el Numeral 26 del Pliego. La vigencia del Periodo de Garantía se contará a partir de la Recepción Provisoria, la cual será efectuada en concordancia con lo indicado en el Numeral 25 del Pliego.

20.2. CONDICIONES PARTICULARES DE CADA GARANTÍA 20.2.1. Garantía de Mantenimiento de la Oferta La garantía de Mantenimiento de la Oferta deberá ser extendida a nombre del Comité de Administración del FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL (CAF) y/o la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP), con domicilio en calle Bartolomé Mitre Nº 760, Piso 3º, Ciudad Autónoma de

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Buenos Aires.. En caso de emplearse seguro de caución, se incorporará en la póliza la siguiente Cláusula: “Se aclara que la “resolución firme“ a que se refiere la Cláusula 6ª de las Condiciones Generales que permitirá al Asegurado exigir el pago del siniestro al Asegurador, es:

i) La decisión que adopte la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP) estableciendo la responsabilidad del Tomador por el incumplimiento de las obligaciones a su cargo, o

ii) Si esta decisión fuera cuestionada ante el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) por intermedio de un recurso, la Resolución del ENRE que resuelva este recurso, o

iii) Si la decisión del ENRE fuere cuestionada ante la SECRETARIA DE ENERGIA, la Resolución de la Secretaría que resuelva el recurso, con independencia de los recursos administrativos y/o judiciales que a su vez puedan interponerse contra esa Resolución de la Secretaría, los que no suspenderán la obligación de pago del siniestro“.

La garantía deberá tener vigencia por el período establecido en el Numeral 16 “Mantenimiento de la Propuesta Económica” del Pliego.

20.2.2. Garantía de cumplimiento de Contrato En cumplimiento de lo establecido en el inciso b) del Artículo 47 del Reglamento de Contrataciones, que integra la PARTE A: DOCUMENTACION DE CARACTER GENERAL y lo requerido en el Numeral 19.5 del Pliego, se deberá presentar una Garantía de Cumplimiento del Contrato de Provisión del Transformado Trifásico de Potencia. Dicha garantía deberá ser extendida a nombre del COMITENTE del Contrato de Provisión del Transformador Trifásico de Potencia, es decir el titular del Contrato de Construcción de la Estación Transformadora respectiva, según lo establecido en el Numeral 12 del Pliego. Esta garantía tendrá un período de duración hasta la Recepción Definitiva del Transformador Trifásico de Potencia, y su monto, de corresponder, se ajustará en función de la Redeterminación de Precios de la Provisión, con la aprobación previa de la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP). El COMITENTE podrá reclamar al garante la pérdida de la garantía por incumplimiento contractual, incluso por causas de fuerza mayor. La garantía expresará que el garante, el tomador y el titular del Contrato de Construcción de la Estación Transformadora, aceptarán, en caso de ser reemplazado el COMITENTE, la sustitución del beneficiario al sólo requerimiento de la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP). Para el caso de Provisión Importada, no será admitida la modalidad de garantía con seguro de caución.

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La Garantía de Cumplimiento de Contrato será devuelta, sin intereses ni actualizaciones, dentro de los DIEZ (10) días hábiles administrativos posteriores a la fecha de vigencia.

20.2.3. Garantía de Anticipo En cumplimiento de lo establecido en el inciso c) del Artículo 47 del Reglamento de Contrataciones, que integra la PARTE A: DOCUMENTACION DE CARACTER GENERAL y lo requerido en los incisos a); b); c) y d) del Numeral 18.1 del Pliego, se deberán presentar garantías por los anticipos recibidos. Dichas garantías deberán ser extendida a nombre del COMITENTE del Contrato de Provisión del Transformador Trifásico de Potencia, es decir el titular del Contrato de Construcción de la Estación Transformadora, según lo establecido en el Numeral 12 del Pliego, con cesión de derechos de cobro a la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP). Estas garantías se mantendrán en vigencia hasta la Recepción Provisoria del Transformador, y su monto, de corresponder, se ajustará en función de la Redeterminación de Precios de la Provisión y con aprobación previa de la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP), se podrán ir reduciendo en la misma proporción en que se verifique el cumplimiento del “Cronograma Contractual”, requerido en el Numeral 17.2.2 del Pliego. El COMITENTE podrá reclamar al garante la pérdida de la garantía por incumplimiento contractual, incluso por causas de fuerza mayor. Estas garantías expresarán que el garante, el tomador y el titular del Contrato de Construcción de la Estación Transformadora, aceptarán, en caso de ser reemplazado el COMITENTE, la sustitución del beneficiario al sólo requerimiento de la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP). Las Garantías de Anticipos serán devueltas, sin intereses ni actualizaciones, dentro de los DIEZ (10) días hábiles administrativos, posteriores a la fecha de Recepción Provisoria del Transformador.

20.2.4. Garantía de Sustitución del Fondo de Reparos En caso de preverse la sustitución del Fondo de Reparos por una garantía, la misma deberá incluirse oportunamente, conforme lo establecido en el Numeral 18.1.1 del Pliego. Dicha garantía deberá ser extendida a nombre del COMITENTE del Contrato de Provisión del Transformador Trifásico de Potencia, es decir el titular del Contrato de Construcción de la Estación Transformadora, según lo establecido en el Numeral 12 del Pliego, quien tendrá a su cargo, con posterioridad al pago de los anticipos, verificar el cumplimiento de su ulterior operatoria en iguales términos a los establecidos en este Pliego. Esta garantía deberá extenderse por los mismos plazos y condiciones fijados para la devolución del Fondo de Reparos. La garantía expresará que el garante, el tomador y el titular del Contrato de Construcción de la Ampliación, según lo establecido en el Numeral 12 del Pliego,

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aceptarán en caso de ser reemplazado el COMITENTE, la sustitución del beneficiario al sólo requerimiento de la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP).

21. VIGENCIA DEL CONTRATO - CONDICIONES - PLAZOS - LUGAR DE ENTREGA

El plazo contractual correrá, a todos los efectos, a partir de la fecha de firma de los Contratos de Provisión de los Transformadores Trifásicos de Potencia. El plazo de entrega máximo, para cualquiera de los Módulos que se contrate, puesto sobre su base en condiciones de Recepción Provisoria, es el establecido en el Numeral 3 del Pliego. Para el cumplimiento de las etapas de fabricación y ensayos, previstas en el Cronograma Contractual con las indicaciones que incluya el Proponente en su oferta, se tendrá presente lo establecido en el Numeral 17.2.2 del Pliego. Las condiciones de entrega deberán tener en cuenta lo especificado en los Numerales 3 y 17.2 del Pliego y lo establecido en las ESPECIFICACIONES TECNICAS del Pliego. Dentro de los plazos establecidos en el Cronograma Contractual, para la provisión de los Transformadores Trifásicos de Potencia, se deberán desarrollar las etapas de planificación, fabricación, inspección, ensayos, embalajes, entrega de documentación, transporte a obra, entrega puesto sobre su base y supervisión de montaje, en los lugares indicados en el Numeral 3 del Pliego.

22. DE LA FABRICACIÓN Y ENTREGA

22.1. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA A PRESENTAR 22.1.1. Documentos de la Provisión Para cada Módulo que se adjudique, el CONTRATISTA deberá entregar la documentación técnica que se indica a continuación, cumpliendo a su vez con los plazos establecidos en cada caso, para evitar ser pasible de las multas establecidas en el Numeral 24.3 del Pliego. Son considerados Documentos de la Provisión:

• Planos, Folletos y Memorias Descriptivas.

• Plan de Fabricación.

• Programa de Inspecciones, controles y Ensayos.

• Protocolos de Ensayos.

• Informes de Ensayos.

• Manual de Calidad, Procedimientos en Instrucciones de Trabajos.

• Notas Técnicas, Gráficos y Tablas. 22.1.1.1. Planos, Folletos y Memorias Descriptivas

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El Fabricante deberá presentar para aprobación copias de los planos, folletos y memorias descriptivas indicados en la E.T. Nº 19 de TRANSENER S.A. (versión Mayo 2004), la cual se modifica y/o complementa con la información siguiente:

• Lista completa de los planos y documentos que el fabricante haya previsto presentar.

• El plano de planta y las cuatro vistas laterales solicitado en dicha E.T. Nº 19, también deben incluir la ubicación del gabinete o tablero de mando local y gabinete del conmutador de tomas bajo carga. Además se deberá indicar en el plano de fundación las tomas de tierra por ejemplo las siguientes: Neutros de 132 kV. Gabinetes de control y del CBC. Descargadores de 132 kV y 33 kV. Cuba del transformador.

• Lista de empaque (Packing-List)

• Listado de tareas a ser efectuadas por el supervisor de montaje en obra.

• Criques hidráulicos (gatos)

• Registrador de impactos.

• Planos de los descargadores de 132 kV y MT, incluyendo los contadores de descarga, con detalles de la base para su montaje.

22.1.1.2. Plan de Fabricación

En forma complementaria a la Planilla Nº 22 prevista en el Numeral 15.3.3.5 del Pliego, y en base a los documentos presentados con la propuesta, el CONTRATISTA presentará un plan detallado del proceso de fabricación y ensayos del suministro. Este Plan de Fabricación debe presentar claramente la interrelación de tareas y su duración a los fines de facilitar el seguimiento. Este Plan deberá comprender las tareas de acopio de materiales, ensayos de materia prima, proceso de fabricación, ensayos de rutina y de remesa, plan de calidad, etc. Este Plan de Fabricación no puede modificar el plazo de entrega, conforme fuera ofertado y contratado.

22.1.1.3. Programas de Inspecciones, Controles y Ensayos Tanto para las Inspecciones durante la fabricación como para los controles y ensayos a realizar en fábrica, el CONTRATISTA deberá presentar un Programa de Inspección detallado, acorde al Plan de Fabricación anterior, en el cual incluya identificación del material, inspección, control o ensayo a realizar, lugar de realización, fecha de realización y plazo previsto para la tarea. El indicado será un Programa de Inspección general para todo el Contrato de Provisión. Asimismo, el CONTRATISTA presentará al COMITENTE un programa

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detallado para cada período de fabricación, precisando las actividades a realizar para el período siguiente, confirmando todos los ensayos e inspecciones previstas.

22.1.1.4. Protocolos de Ensayos Previo a cada ensayo, el CONTRATISTA deberá presentar un protocolo proforma en él que se detallan todas las pruebas a realizar, consignando inclusive aquellos datos normalizados que el material deba cumplir. Se incluirá el detalle de los equipos a utilizar. Se deja establecido que para la realización de los ensayos se deberá disponer del correspondiente protocolo proforma aprobado por la Inspección de Obras. La Inspección del COMITENTE (Contratista de la Construcción de la Estación Transformadora), estará presente en la totalidad de los ensayos, salvo expresa renuncia de éste.

22.1.1.5. Informes de Ensayos Con posterioridad a la realización de los ensayos, el CONTRATISTA deberá presentar a la Inspección del COMITENTE, los protocolos de los ensayos realizados. Esto constituirá un requisito indispensable para la autorización de la certificación del cumplimiento de la etapa considerada. Copia de dichos protocolos deberá estar disponible en obra junto con el informe de inspección necesario para la emisión del certificado mensual.

22.1.1.6. Manual de Calidad, Procedimientos e Instrucciones de Trabajo El conjunto de documentación constituido por el Manual de Calidad y documentación asociada deberá responder a lo establecido en las ESPECIFICACIONES TECNICAS del Pliego. Se constituirá en el documento básico del Programa de Aseguramiento de la Calidad. En él, deberán registrarse y documentarse todos los requisitos puntualizados en las especificaciones destinadas al cumplimiento de las normas de calidad adoptadas para la provisión.

22.1.1.7. Notas Técnicas, Gráficos y Tablas Se deberán presentar las Notas Técnicas o Procedimientos que correspondan para la mejor utilización del producto en el proyecto de montaje. Dentro de las Notas Técnicas se requerirá información detallada con respecto a las condiciones y recaudos que el COMITENTE debe tomar para el almacenaje de las bobinas en la obra, ya sea a la intemperie o bajo techo, para su montaje y puesta en funcionamiento del transformador.

22.1.2. Tipo y Cantidad de Copias La documentación especificada en el Numeral anterior deberá ser entregada en TRES (3) copias.

22.2. PLAZOS DE PRESENTACIÓN El CONTRATISTA deberá presentar la documentación antes indicada en los

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siguientes plazos:

• Planos, Folletos y Memorias Descriptivas: dentro de los TREINTA (30) días de la fecha de firma de Contrato de Provisión.

• Plan de Fabricación: dentro de los TREINTA (30) días de la fecha de firma de Contrato de Provisión.

Programas de Inspecciones y Ensayos: – general: dentro de los CUARENTA Y CINCO (45) días de la fecha de firma

del Contrato de Provisión. – periódico: dentro de los CINCO (5) días iniciales del período anterior, se

presentará el programa del período siguiente.

Protocolos de Ensayos: los protocolos proforma para la realización de ensayos deberán ser entregados para ensayos en el país QUINCE (15) días antes de la ejecución de los mismos. En el caso que los ensayos fueran en el extranjero se requerirá la entrega TREINTA (30) días antes de la ejecución de los mismos.

Informes de ensayos: los informes con los resultados de los ensayos realizados deberán ser presentados DIEZ (10) días después de la fecha de terminación de los ensayos.

Manual de Calidad, Procedimientos e Instrucciones de Trabajo: dentro de los CUARENTA Y CINCO (45) días de la fecha de firma del Contrato de Provisión.

Notas técnicas, gráficos y tablas: dentro de los SESENTA (60) días de la fecha de firma del Contrato de Provisión.

22.3. APROBACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN TÉCNICA 22.3.1. Documentos de Proyecto a ser sometidos a Aprobación Los documentos de la Provisión a ser presentados por el CONTRATISTA para aprobación del COMITENTE son: a) Planos, Folletos y Memoria Descriptiva, conforme a lo establecido en el

Numeral 22.1.1.1 del Pliego. b) Plan de Fabricación, conforme a lo establecido en el Numeral 22.1.1.2 del

Pliego. c) Programas de Inspecciones, Controles y Ensayos, conforme a lo

establecido en el Numeral 22.1.1.3 del Pliego. d) Protocolos de Ensayos, según lo establecido en el Numeral 22.1.1.4 del

Pliego. Los restantes documentos según los Numerales 22.1.1.5 a 22.1.1.7 del Pliego, si bien no se procederá a efectuar la aprobación en los mismos términos anteriores, serán presentados al COMITENTE, quien en base al análisis que realice, podrá requerir mayor ampliación o detalles, teniendo en cuenta que se trata de documentos que proveen información técnica sobre las características y la calidad de la provisión licitada.

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Luego de aprobada la documentación arriba mencionada el CONTRATISTA deberá presentar copias "Conforme a Fabricación" y un original del plano de planta y vistas laterales (En escala) Además, presentará copias de los protocolos de ensayos realizados en fábrica, protocolos de los accesorios del transformador y actas de inspección en fábrica. El Manual de Montaje Operación y Mantenimiento que deberá contener las Planillas de Datos Técnicos Garantizados debidamente aprobadas.

22.3.2. Documentos de Control Los Certificados de Ensayos de Materiales son considerados documentos de Control. El CONTRATISTA deberá enviar al COMITENTE TRES (3) copias, de todos los certificados de análisis físicos y químicos previstos en el Programa de Inspección del suministro. Tales certificados deberán comprobar las características físicas y químicas de los materiales. Deberán estar emitidos por un organismo oficial o entidad aprobada por el COMITENTE, en base a su prestigio y antecedentes en la especialidad.

23. INSPECCIÓN Y ENSAYOS Las inspecciones a ser realizadas por el COMITENTE no eximen, en ningún caso al CONTRATISTA, de sus obligaciones y responsabilidades contractuales. La enumeración de los ensayos e inspecciones definidos en las ESPECIFICACIONES TECNICAS del Pliego, es orientativa, pudiendo el COMITENTE solicitar una extensión u otros tipos de ensayos e inspecciones, además de los indicados, en caso de juzgarlo necesario para la verificación de la calidad de la provisión. En adición a la Inspección de Obra, la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP) ha previsto la acción de Auditorias las que deberán tener, en caso de requerirlo, acceso a los ensayos en iguales condiciones que la Inspección.

23.1. ENSAYOS E INSPECCIONES EN FÁBRICA Para que la Inspección del COMITENTE pueda realizar con eficiencia su cometido, ya sea en la fábrica del CONTRATISTA como en las fábricas de sus proveedores, el CONTRATISTA colocará a disposición de la Inspección de Obra la asistencia, mano de obra, materiales, electricidad, combustible, aparatos, equipos y los instrumentos especiales que sean necesarios para su realización. El COMITENTE se reserva el derecho de inspeccionar cualquier etapa durante el proceso de fabricación. Los atrasos provenientes del tiempo de realización de las inspecciones del COMITENTE, por motivos imputables al CONTRATISTA y aquellos originados en rechazos o reemplazos resultantes de las inspecciones, serán de exclusiva responsabilidad del CONTRATISTA. En caso de que los ensayos no dieran resultado satisfactorio, o deban ser

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suspendidos o no pudieran ser realizados por causas no imputables al COMITENTE, ello no dará lugar a modificaciones en los plazos de entrega.

23.2. ENSAYOS DE TIPO En las ESPECIFICACIONES TECNICAS del Pliego, se indican los Ensayos de Tipo requeridos para la provisión. Con la propuesta se solicitan protocolos de Ensayos de Tipo bastando, para la propuesta, con presentar protocolos de ensayos de un transformador similar al que será provisto, realizado por un laboratorio independiente de prestigio reconocido, también se aceptarán protocolos de ensayos de tipo realizados en laboratorios del fabricante con presencia y aceptación del cliente. Posteriormente deberán realizarse los Ensayos de Tipo especificados sobre el transformador que efectivamente será provisto.

23.3. ENSAYOS E INSPECCIONES DURANTE LA FABRICACIÓN No se realizará ni se reconocerá ningún ensayo mientras no se cuente con el correspondiente protocolo de Ensayo de Tipo aprobado por el COMITENTE. Deberá asimismo estar visado por la Supervisión (TRANSNEA S.A.) Todos los materiales serán sometidos en la fábrica a los ensayos de rutina que forman parte del Control de Calidad. El COMITENTE se reserva el derecho de requerir la realización de nuevos ensayos en laboratorios independientes, en caso de considerarlo necesario y justificado su requerimiento.

23.4. ENSAYOS E INSPECCIONES DE PLAN DE FABRICACIÓN Los Ensayos e Inspecciones de Plan de Fabricación serán realizados por conjuntos presentados por el fabricante de acuerdo con la programación requerida en el Numeral 22.1.1.2 el Pliego. Se realizarán los ensayos especificados en las ESPECIFICACIONES TECNICAS del Pliego.

23.5. EMBALAJE, ALMACENAJE Y TRANSPORTE 23.5.1. Embalaje Para Transporte El suministro deberá ser acondicionado para el transporte a la Obra de acuerdo con las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS que integran esta documentación. El embalaje deberá estar de acuerdo con los requisitos solicitados sin limitarse a ellos necesariamente, siendo responsabilidad del CONTRATISTA que los componentes sean recibidos en la Obra sin daño alguno.

23.5.2. Transporte El transporte desde la fábrica hasta la Obra será realizado por el CONTRATISTA. Este tendrá a su cargo y bajo su responsabilidad, el acondicionamiento de los equipos a transportar. Será responsable por eventuales daños sufridos por los

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mismos, durante el transporte hasta la Obra. Durante el transporte el transformador deberá ser equipado con un registrador de impactos de TRES (3) ejes ortogonales; apto para funcionar a la intemperie con CIEN POR CIENTO (100%) de humedad. El Fabricante deberá informar en las Planillas de Datos Técnicos Garantizados las aceleraciones máximas permisibles para el transformador. Dicho registrador no es parte de la provisión, pero sus características deberán ser presentadas para su aprobación. Luego del arribo del transformador a la obra, serán comparados los datos del registrador con los valores máximos garantizados. En el caso de verificarse la falta ó falla de alguno de los registradores o superación de los valores límites establecidos en la Planilla de Datos Técnicos Garantizados, El COMITENTE se reserva el derecho de repetir los ensayos que estime necesarios. Los costos de dichos ensayos y del traslado del transformador quedarán a cargo del CONTRATISTA. El transformador será entregado puesto sobre su base realizada en el predio donde se construirá la ET LAS LOMITAS; la ET EL COLORADO o la ET LAGUNA BLANCA con Ampliación de la ET CLORINDA, según sea el caso. En caso de que el CONTRATISTA subcontrate a terceros para este servicio, la empresa subcontratada deberá tener comprobada experiencia en transporte de equipos similares, pudiendo el COMITENTE solicitar su sustitución si la misma no poseyera los requisitos exigidos. De cualquier modo la responsabilidad total del suministro continuará siendo del CONTRATISTA.

24. MULTAS

24.1. MULTAS POR INCUMPLIMIENTO DE LOS VALORES DE PÉRDIDAS GARANTIZADOS

Las diferencias de pérdidas, entre los valores garantizados y los determinados mediante ensayos, serán actualizados en la forma requerida para la comparación económica de ofertas establecida en las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS (Parte I Especificaciones Técnicas Generales) del Pliego. El valor (C1) así obtenido incrementado en un CINCUENTA POR CIENTO (50%) en concepto de penalización, será el monto de la multa a aplicar al CONTRATISTA.

24.2. MULTAS POR INCUMPLIMIENTO DE LAS ETAPAS DE FABRICACIÓN PARCIALES DE LA PROVISIÓN

Cuando el CONTRATISTA no de cumplimiento a cualquiera de las etapas de fabricación parciales comprometidas en el Numeral 17.2.2 “Cronograma Contractual” (Planilla Nº 32), se hará pasible de una multa del CERO COMA CINCO POR CIENTO (0,5%), calculado sobre el precio total global contratado, por cada TRES (3) días o fracción de atraso.

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Cumplidas el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las etapas de fabricación parciales comprometidas, la multa se calculará sobre el CINCUENTA POR CIENTO (50%) el precio total global contratado, por cada TRES (3) día o fracción de atraso.

24.3. MULTAS POR INCUMPLIMIENTO DE LA ENTREGA TOTAL DE LA PROVISIÓN

Cuando el CONTRATISTA no de cumplimiento a la entrega total de la provisión, en el plazo comprometido en los términos del Numeral 17.2.2 “Cronograma Contractual” (Planilla Nº 32), se hará pasible de una multa del CERO COMA CINCO POR CIENTO (0,5%), calculado sobre el precio total global contratado, por cada UN (1) día o fracción de atraso.

24.4. POR INCUMPLIMIENTO DEL PLAZO DE ENTREGA DE LA DOCUMENTACIÓN

Si el CONTRATISTA no diera cumplimiento a alguno de los plazos para la entrega de la documentación técnica se hará pasible de una multa del UNO POR MIL (1‰), calculado sobre el precio total global contratado, por cada DIEZ (10) días o fracción de atraso.

24.5. MULTA POR MORA EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS ÓRDENES DE SERVICIO

La dilación sin causa justificada por parte del CONTRATISTA en el cumplimiento de las órdenes de servicio, se penalizará con una multa del UNO POR MIL (1‰), calculado sobre el precio total global contratado, por cada DIEZ (10) días o fracción de atraso.

24.6. APLICACIÓN DE LAS MULTAS Producido cualquier incumplimiento de los que se refieren los Numerales anteriores, dicha situación será comunicada en forma escrita por el COMITENTE. Establecida en firme una multa por cualquiera de las causas anteriores, la misma se hará efectiva descontándola del certificado inmediato posterior.

24.7. RESCISIÓN DEL CONTRATO Cuando la suma de las multas aplicadas por todo concepto alcance el QUINCE POR CIENTO (15%) del monto del Contrato de Provisión del Transformador Trifásico de Potencia, el COMITENTE tendrá derecho a rescindirlo por causa imputable al CONTRATISTA, siendo de aplicación lo establecido en el Artículo 95 del Reglamento de Contrataciones, integrante de la PARTE A del Pliego.

25. RECEPCIÓN PROVISORIA Una vez aprobada la Habilitación Comercial de las instalaciones y a solicitud del CONTRATISTA, se procederá a la RECEPCION PROVISORIA del Transformador Trifásico de Potencia, en su conjunto. El COMITENTE, de no mediar observaciones, labrará y firmará el acta respectiva en un plazo no mayor de DIEZ (10) días hábiles inmediatos de recibida la solicitud y previa verificación que, el estado general y particular de los equipos, no presentaran

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inconvenientes mayores, entendiéndose como tales a aquellos que no dificulten el uso normal de los mismos de acuerdo al objeto del Contrato y a sólo juicio del COMITENTE. Es condición indispensable para la RECEPCION PROVISORIA tener presentado la totalidad de la documentación Conforme a Fabricación. Si de la revisión para su aprobación surgieran errores o la necesidad de rehacer una importante cantidad de documentación, el período de garantía quedará suspendido hasta su aprobación definitiva. La aprobación definitiva de los documentos Conforme a Fabricación, deberá estar dentro de los primeros SESENTA (60) días del período de garantía; de no cumplirse con esta condición por razones atribuibles al CONTRATISTA, también se procederá a la suspensión de dicho período, reanudándose cuando la CONTRATISTA diera cumplimiento a lo requerido por el COMITENTE sobre el tema en cuestión. También es condición indispensable para la RECEPCION PROVISORIA, la presentación por parte de la CONTRATISTA si correspondiera, de las aprobaciones o habilitaciones o certificaciones por parte de los Organismos competentes en el ámbito nacional, provincial y/o municipal, de acuerdo con las normativas vigentes de cada caso. Conjuntamente con la RECEPCIÓN PROVISORIA se extenderá el Acta de Recepción del total de los repuestos requeridos en las ESPECIFICACIONES TECNICAS del Pliego.

26. PERIODO DE GARANTÍA El Período de Garantía del transformador será de VEINTICUATRO (24) meses, contados a partir de la RECEPCIÓN PROVISORIA, más los lapsos que durante ese período sean necesarios para efectuar reparaciones por causas imputables al CONTRATISTA. El CONTRATISTA se obliga a responder, durante el Período de Garantía, por el funcionamiento correcto de todo el equipamiento provisto, en las condiciones estipuladas en la documentación licitatoria, debiendo proceder a ejecutar todas las reparaciones necesarias, a su costo. Durante el período que demande el total restablecimiento del equipo a su normal funcionamiento, se considerará suspendido el Período de Garantía. El COMITENTE notificará al CONTRATISTA la eventual aparición de averías o fallas de funcionamiento, debiendo éste proceder a su inmediata reparación. De no proceder así el CONTRATISTA, y sin perjuicio de la multa a que se hará pasible de acuerdo a lo contractualmente acordado, el COMITENTE podrá tomar las medidas o efectuar las reparaciones que considere necesarias, por cuenta y cargo de aquel, sin que por ello caduque o se restrinja el alcance de la garantía del CONTRATISTA. Las reparaciones durante los Períodos de Garantías consistirán en la provisión de materiales, transporte, montaje y/o ejecución de trabajos por deterioros o destrucciones imputables a causas de vicio constructivo, de fabricación o de montaje, y cualquier otra que, sea cual fuese su origen, resultare necesaria para el

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correcto funcionamiento de las obras, obligaciones que, en todos los casos, estarán a cargo exclusivo del CONTRATISTA.

27. RECEPCIÓN DEFINITIVA Transcurridos el Período de Garantía y cumplidos por el CONTRATISTA fielmente sus obligaciones, el COMITENTE otorgará la RECEPCIÓN DEFINITIVA correspondiente, con las mismas formalidades que la Recepción Provisoria, previa comprobación del buen estado de los equipos y verificación del correcto funcionamiento de los mismos. Para ello el COMITENTE podrá solicitar la repetición o ejecución de nuevos ensayos, cuando durante los Períodos de Garantías se produjeran interrupciones por fallas técnicas. En caso de observarse defectos, se acordará un plazo para su corrección, vencido el cual se procederá a una nueva verificación. Si el CONTRATISTA no corrigiese las fallas en el plazo acordado, el COMITENTE podrá corregirlas con su propio personal o el de terceros, tomando o afectando a su elección los fondos necesarios del Fondo de Reparos, de la Garantía del Contrato o de cualquier otro pago o crédito que tenga a su favor el CONTRATISTA. Si el Transformador Trifásico de Potencia se encuentran en correctas condiciones de funcionamiento, se procederá a la RECEPCIÓN DEFINITIVA, dejándose constancia en el Acta respectiva. La RECEPCIÓN DEFINITIVA del Transformador Trifásico de Potencia y la devolución de créditos y garantías retenidos, no lo liberan al CONTRATISTA de las responsabilidades que emanen de la legislación vigente tanto a nivel nacional como provincial y/o municipal.

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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

PARTE I: Especificaciones Técnicas Generales

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1. INTRODUCCIÓN

Las presentes Especificaciones Técnicas Generales son de aplicación para la totalidad de los Transformadores Trifásicos de Potencia, en las diversas y sucesivas etapas de su fabricación y ensayos de los mismos.

Estas especificaciones deben ser consideradas juntamente con las Especificaciones Técnicas Particulares las que fijan los requisitos técnicos en un todo de acuerdo con el tipo de suministro requerido.

Son válidos también todos los conceptos indicados en la Resolución ENRE 0558/2003 (Boletín Oficial Nº 30.266) del 22 de octubre de 2003. Por lo tanto, es de cumplimiento obligatorio, donde sea aplicable, todo lo especificado en el REGLAMENTO DE DISEÑO DE INSTALACIONES Y EQUIPOS VINCULADOS AL SISTEMA DE TRANSPORTE DE ALTA TENSIÓN. Asimismo, y en todo lo que sea de aplicación, se recomienda respetar las últimas versiones de las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE TRANSENER. También será de aplicación general la ESPECIFICACIÓN TÉCNICA Nº 13 “CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES PARA EQUIPOS DE ALTA TENSIÓN”. La totalidad del equipo, materiales y sus piezas constitutivas serán nuevos y sin uso. No se admiten equipos y materiales reciclados. Los equipos y materiales deben cumplir con las exigencias técnicas y ensayos que se indican para cada caso particular.

Los equipos serán instalados en la nueva ET Las Lomitas; ET El Colorado y ET Laguna Blanca con Ampliación de ET Clorinda.

2. GESTIÓN DE LA CALIDAD 2.1 Requisitos a Cumplir por los OFERENTES en la Presentación de su OFERTA

El OFERENTE deberá haber obtenido el Certificado de Aprobación por Ente reconocido en la Norma ISO 9001:2000 y estar vigente a la fecha de la licitación. La certificación exigida significa que el OFERENTE cuenta con un Sistema de la Calidad apto para la presente Provisión y que en consecuencia le permite asegurar la calidad de sus suministros, prestaciones y servicios desde la firma del contrato hasta la finalización del período de garantía. El OFERENTE deberá incluir en su OFERTA, además del correspondiente Certificado de Aprobación, la descripción del Sistema de la Calidad que tiene implementado en su organización, el que básicamente cubrirá los siguientes requisitos:

Política de Calidad y Planificación de la misma Responsabilidad de la Dirección Sistema de la Calidad Revisión del Contrato

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Control de Diseño Control de documentos y datos Control de compras Productos suministrados por el Comitente Identificación y Trazabilidad Control de procesos, Procesos especiales Inspección y Ensayos Control de Equipos de Inspección y Ensayo Estado de Inspección y Ensayo Control de No Conformidades Acción Correctiva y Preventiva Manipuleo, Almacenamiento, Embalaje y Entrega Registros de Calidad Auditorias de Calidad Entrenamiento Servicio Técnicas Estadísticas Mejora continua

Asimismo, incluirá en la OFERTA el Plan de la Calidad que tendrá aplicación específica en la presente Provisión. Este Plan de la Calidad contendrá referencias al conjunto de Procedimientos e Instrucciones de Trabajo que lo complementen. El COMITENTE evaluará el conjunto de documentos presentados a fin de establecer el alcance, grado de desarrollo y profundidad que el OFERENTE le ha asignado a los aspectos tecnológicos, necesarios para satisfacer las exigencias de las normas, códigos y especificaciones abarcadas en el presente Pliego para la Ingeniería, fabricación de componentes, abastecimiento de materiales de instalación y consumo, construcción y montaje, verificaciones intermedias y finales, todo ello tendiente a asegurar el buen funcionamiento, y durabilidad de los componentes provistos e instalados, y las facilidades para la operación y mantenimiento. En caso de que el OFERENTE cuente con Procedimientos e Instrucciones de Trabajo ya elaborados y que sean de estricta aplicación para la presente Provisión, se solicita que los incluya en la OFERTA para su debido análisis y evaluación. El OFERENTE declarará explícitamente que para el eventual caso que existan Subcontratistas, éstos adoptarán sin restricciones y como propio el Plan de la Calidad a aplicar, siendo el CONTRATISTA único responsable de las actividades desarrolladas por dichos Subcontratistas. Para todos los materiales se deberá asegurar la trazabilidad de todos los componentes fabricados o suministrados, a partir de la materia prima y hasta su ubicación definitiva en la E.T.

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2.2 Requisitos a Cumplir por el CONTRATISTA 2.2.1 Gestión de Calidad del CONTRATISTA

Será de aplicación la Norma ISO 9000 para el diseño, fabricación, ensayos en fábrica, transporte, montaje, ensayos en el emplazamiento y puesta en servicio. Con la finalidad de asegurar el requerimiento de calidad del equipo, montaje y puesta en servicio a lo que se refiere esta Especificación, el CONTRATISTA elaborará, dentro del Plan de la Calidad que aplicará en el presente Proyecto, Procedimientos y/o Instrucciones de Trabajo que deberán contener obligatoriamente todas las recomendaciones y requerimientos contenidos en el presente documento y aquellos que estime necesarios para lograr el objetivo propuesto. Asimismo, el Plan de la Calidad contendrá los modelos de formularios o registros a ser completados durante el proceso de fabricación, montaje y puesta en servicio. La información contenida en dichos formularios o registros deberá asegurar la trazabilidad de las tareas ejecutadas e identificará a los responsables de la producción y de gestión de calidad. Los Procedimientos y/o Instrucciones de Trabajo arriba consignados serán presentados a la aprobación de la Inspección del COMITENTE con antelación respecto de la iniciación de cualquier proceso productivo relacionado con la presente provisión. Con respecto a la documentación de los Sistemas de Gestión de Calidad que deberá tener obligatoriamente el fabricante del equipo aquí especificado, la misma deberá ser entregada al COMITENTE dentro de los sesenta (60) días del comienzo de la fabricación.

2.3 Gestión de Calidad de los fabricantes 2.3.1 Documentación de Calidad

El fabricante deberá demostrar fehacientemente la adopción de un Sistema de Gestión de la Calidad que cumpla con los requisitos de la Norma IRAM ISO-9001:2000. A tales efectos, documentará satisfactoriamente cada requisito puntualizado en dicha Norma y que refieren a: a) Políticas de calidad y planificación de la misma.

b) Descripción de la organización con la asignación de niveles de autoridad y responsabilidades.

c) Recursos y personal afectado a la gestión de la calidad. Competencias

d) Manual de Procedimientos e Instrucciones, adjuntando formularios o registros de procesos típicos. Manual de Calidad.

e) Programas de entrenamiento y capacitación.

f) Sistema de control de la documentación. Control de los registros

g) Sistema de evaluación contratistas y proveedores.

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h) Control de la documentación de compras y verificación de los productos comprados.

i) Sistema de identificación y seguimiento de los productos y materiales intervinientes en el proceso. Identificación y trazabilidad

j) Identificación de la secuencia de la producción que incluyan la descripción de los medios de producción y dispositivos fundamentales. Seguimiento y medición del Producto. Uso de técnicas estadísticas

k) Control de equipos para inspección, medición y ensayo.

l) Control de productos no conformes.

m) Procedimientos de acciones correctivas.

n) Procedimientos de manipuleo, almacenamiento, embalaje y entrega.

o) Sistema de registro de calidad.

p) Procedimiento de auditoria.

q) Procedimiento para la satisfacción del cliente

r) Mejora continua

s) Planificación de la Calidad. Plan de Inspección y Ensayos Dispondrá de una organización productiva que se encuadre dentro de las definiciones de Gestión de la Calidad en el nivel requerido. Para este suministro deberá elaborar y presentar un Plan de Gestión de Calidad. El mismo se refiere a la estructura documental que posee el fabricante para las distintas tareas, ensayos de rutina, de armado en fábrica y de remesa para asegurar la Calidad de la provisión.

2.3.2 Auditorias de Calidad

El COMITENTE dispondrá de representantes y/o inspectores que realizaran auditorías, como una herramienta de gestión para el seguimiento y verificación de la implementación efectiva de los sistemas de gestión de calidad de las provisiones. Estos deberán cumplir con los requerimientos de la Norma ISO 9001. A tal efecto se desarrollará un proceso sistemático, independiente y documentado para obtener evidencias y evaluarlas objetivamente a fin de determinar hasta qué punto se cumple los requerimientos. Los auditados deberán poner a disposición de los representantes y/o inspectores de toda la documentación e información requerida para llevar a cabo exitosamente las citadas auditorías. Los objetivos serán los siguientes:

o Determinación del grado de conformidad del Sistema de Gestión de Calidad (SGC) del auditado.

o Evaluación de la capacidad del SGC para asegurar el cumplimiento de los requerimientos contractuales.

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o Evaluación de la eficacia del SGC para lograr los objetivos especificados.

o Identificación de áreas potenciales de mejora del SGC.

2.3.3 Tipos de Auditorías

Está previsto realizar dos tipos de auditorías:

o Auditorías de sistema: Serán realizadas al inicio de cada subcontrato de provisión y con posterioridad, si los resultados de auditorías de proceso o problemas en las entregas mostraran indicios de que el proveedor estuviera teniendo fallas sistémicas.

o Auditorías de proceso: Serán realizadas mientras dure el subcontrato de provisión.

2.3.4 Frecuencia de Auditorías

Esta previsto realizar como mínimo una auditoría mensual en las fábricas de cada subcontratista mientras dure la fabricación de los equipos.

2.3.5 Programa de auditorías

Se elaborará un cronograma mensual de visitas que contemplará:

o Cronograma de fabricación, programa de verificaciones de ensayos y pruebas, de manera que la auditoría coincida con etapas estratégicas del proceso.

o Necesidad de realizar más de una visita a las fábricas que presenten algún riesgo en cuanto a cumplimientos de entrega o de calidad, para cuya evaluación se considerará los resultados de auditorías anteriores y los informes de problemas en el desarrollo de la fabricación.

3. NORMAS Y UNIDADES

El proyecto de los equipos, los materiales a emplear, el proceso de fabricación, los procedimientos para el montaje y los ensayos deberán estar de acuerdo con la última versión de las normas y recomendaciones aplicables de las siguientes entidades:

* IRAM - Instituto Argentino de Racionalización de Materiales * IEC - International Electrotechnical Commission * ISO - International Organization for Standarization * DIN - Deutsches Institut fuer Normung * ANSI - American National Standards Institute * ASTM - American Society for Testing and Materials * ASME - American Society of Mechanical Engineers * AISC - American Institute of Steel Construction * AES - American Welding Society * NFPA - National Fire Protection Association

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* NEMA - National Electrical Manufacturers Association * IEEE - The Institute of Electrical and Electronic Engineers Inc * SSPC - Steel Structures Painting Council * MIL - Military Department of Defense, USA * VDE - Verband Deutscher Elektrotechniker

Si el CONTRATISTA deseara usar otras normas que no sean las citadas, aquellas serán aceptadas siempre y cuando sus requisitos sean por lo menos iguales a los de las normas especificadas. En estos casos el CONTRATISTA enviará copia de la norma que pretende emplear acompañada por tablas comparativas demostrando que la norma por él propuesta es equivalente o superior, en todos los aspectos significativos, a la norma especificada. En particular para los accesorios de mandos (motores, contactores, borneras, conductores, etc.) así como para materiales o partes diversas de los equipos serán de aplicación las normas IRAM correspondientes.

4. CONDICIONES AMBIENTALES Y SISMICAS El cuadro indica las condiciones ambientales y sísmicas principales válidas para el emplazamiento de la Estación Transformadora. El diseño y/o elección de los elementos provistos por el CONTRATISTA deberá efectuarse tomando las condiciones climáticas más desfavorables.

Condiciones Ambientales

y Sísmicas ET LAS LOMITAS

ET EL COLORADO ET LAGUNA BLANCA

ET CLORINDA Temperatura máxima absoluta (°C) 50

Temperatura mínima absoluta (°C) -5

Temperatura media anual máxima (°C) 20

Humedad relativa máxima % 70

Velocidad de viento máximo (km/h) 130

Precipitación media anual (mm) (*)

Altura sobre el nivel del mar (m) 400

Zonificación sísmica según INPRES/CIRSOC 103:

Zona DOS (2)

Suelo Tipo III

Construcción Grupo Aº

Factor de Riesgo 1,4

(*) Condiciones climáticas durante la construcción de las obras: No se aceptarán reclamos por causas climáticas, a excepción de eventos que excedan

los registros de los últimos 15 años, cuya demostración estará a cargo del Contratista.

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5. CARGAS ACTUANTES

5.1 Cargas actuantes en los equipos Todas las partes de los equipos deberán ser verificadas para las Especificaciones más desfavorables que tuvieran que soportar, ya sea durante el transporte, montaje, operación o mantenimiento.

Deben ser consideradas en el proyecto, entre otras, las siguientes cargas, ya sean propias por funcionamiento del equipo o provocadas por agentes exteriores.

a) Cargas estáticas (peso propio, conexiones, etc.) b) Cargas dinámicas (accionamiento, viento, cortocircuito) c) Cargas debidas a la dilatación térmica d) Cargas de impacto e) Cargas temporarias durante el montaje f) Cargas dinámicas durante el transporte

Las Especificaciones técnicas particulares y planillas de datos técnicos fijarán los valores para calcular las cargas externas. La fórmula a aplicar para esfuerzos exteriores será la siguiente:

Viento: P = k V2 (kgf/m2) 16 siendo: V = Velocidad viento en m/s k = Coeficiente aerodinámico de forma . para superficies planas: k = 1,4 . para superficies cilíndricas φ < 25 cm: k = 0,7 . para superficies cilíndricas φ > 25 cm: k = 1

En caso de que existan superficies sobrepuestas en la dirección del viento se despreciará el efecto de pantalla (aros antiefluvios, etc.).

Cortocircuitos: Fcc = 0,0204 . I2 (kgf/m) d Siendo: I = corriente dinámica de pico en kA d = distancia entre fases en m

Además, se deben considerar los esfuerzos sobre los bornes de los equipos (y sobre los amarres en los pórticos) debidos a las fuerzas durante el cortocircuito, posteriores al

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mismo y al efecto “pinch” según está establecido en la norma IEC 60865-

Los esfuerzos anteriores se calcularán sobre los equipos propiamente dichos y sobre las conexiones correspondientes de potencia, determinándose:

- Esfuerzos de corte en la base del equipo - Momentos de vuelco transversales a la dirección de las conexiones

En ningún caso deberán obtenerse coeficientes de seguridad inferiores a los indicados en normas respecto de las cargas de rotura de cualquier componente de los equipos (aisladores, bornes) para las hipótesis consideradas normales y extraordinarias.

En el caso particular de los bornes del equipamiento de playa, las cargas se indican en las P.D.T.G. correspondientes.

6. DESMONTAJE

Los equipos deberán ser proyectados de modo de presentar un desmontaje simple, para tareas de mantenimiento preventivo o eventuales reparaciones. El acceso a las partes más delicadas o sujetas a desgaste deberá requerir el mínimo de desmontajes.

Todas las piezas que por sus dimensiones, formas u otra razón, necesiten de dispositivos que faciliten su manipuleo en las operaciones de transporte, montaje y desmontaje, serán provistas de ojales de suspensión, orificios roscados para cáncamos de elevación, soportes, etc.

El desmontaje de cajas de mando, cajas de bornes o cajas de conjunción y el acceso a las mismas deberá poder ser efectuado con el máximo de simplicidad y seguridad.

7. NORMALIZACIÓN

El empleo de componentes normalizados, tanto mecánicos como eléctricos, deberá ser destacado por el CONTRATISTA en las listas de materiales cuando corresponda. Los componentes normalizados para la misma aplicación deberán ser provistos, preferentemente, por un solo fabricante.

8. INTERCAMBIABILIDAD

Siempre que sea posible, se deberán adoptar elementos intercambiables, tanto mecánicos como eléctricos, con el objeto de facilitar la operación de mantenimiento de los equipos.

La intercambiabilidad de los elementos deberá ser destacada por el CONTRATISTA en las listas de materiales.

9. TENSIONES NOMINALES Y FRECUENCIA NOMINAL

Los equipos estarán afectados a un sistema eléctrico cuyas tensiones nominales (Un) y

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máximas de servicio (Umáx) son las siguientes:

- Sistema de alta tensión: Un = 132 kV; Umáx = 145 kV; f = 50 Hz - Sistema de media tensión: Un = 33 kV; Umáx = 36 kV; f = 50 Hz - Un = 13,2 kV; Umáx = 14,5 kV; f = 50 Hz - Sistemas de servicios auxiliares:

• Tensión alterna para iluminación y fuerza motriz: 3x380/220 V, con neutro rígidamente conectado a tierra. Frecuencia: 50 Hz Variaciones admisibles de la tensión: +10 %; -10 % en los consumos.

• Tensión continua para protecciones y accionamiento de equipos de maniobra: 110 Vcc.

Variaciones admisibles de la tensión: + 10 %; -15 % en los consumos. • Tensión continua para telecontrol y Comunicaciones:

48 V, con polo positivo puesto a tierra Variaciones admisibles de la tensión: +10 %; -15 % en los consumos. 10. SEGURIDAD

Los equipos estarán diseñados y muñidos de dispositivos para garantizar un servicio seguro. En el caso de interruptores y seccionadores todas las partes móviles o que prevean transmisión de movimientos, acoplamientos giratorios, etc., contarán con resguardos y protecciones o estarán diseñados en forma tal que se eviten accidentes.

Las maniobras para accionamiento manual local sólo podrán ser efectuadas luego de que haya sido impedido el mando a distancia de los equipos sobre los que se esté operando.

En el caso de seccionadores se preverán piezas con orificios para bloqueo por candado de los mandos, en las posiciones abierto y cerrado. Para equipos con aislantes internos líquidos o gaseosos se preverán dispositivos de alivio de presión con un diseño tal que se minimicen las descargas del aislante en caso de fallas internas. Las instalaciones eléctricas y los aparatos de accionamiento que componen los mandos, cajas de control y alimentación deben ser dispuestos y diseñados en forma tal que se disminuya al mínimo el riesgo de incendio. Las partes de instalación, cableados o cañerías de todo tipo, deben estar protegidas en forma apropiada contra daños mecánicos.

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11. DATOS TÉCNICOS GARANTIZADOS Las Planillas de Datos Técnicos Garantizados (PDTG) correspondientes a los equipos principales y/o elementos a ser provistos por el CONTRATISTA, deberán detallar en la columna "según oferta" los datos técnicos requeridos y aquellos no especificados en la columna "según pliego", sin omisiones. Estas planillas forman una parte sustancial de la Propuesta. En caso de convenirse modificaciones que afecten lo indicado en las Planillas, el CONTRATISTA presentará oportunamente copias actualizadas completas de las mismas.

12. EMBALAJES

El presente punto tiene por objeto definir los métodos de protección para bultos en forma tal que se garanticen las mejores condiciones para el movimiento, transporte, estibado y almacenamiento de los equipos contenidos en ellos.

12.1 Protección mecánica Debe asegurarse la protección contra caídas, choques, vibraciones, perforaciones, eslingaje, etc. Para ello deberán tomarse los recaudos siguientes:

a) Fijación de partes móviles

Se fijarán las partes móviles o articuladas por medio de bulones o con ayuda de separadores o soportes (estos elementos deben estar pintados con color amarillo). Si existen elementos muy frágiles o masas en voladizo, incompatibles con las resistencias de sus soportes (por ejemplo ciertos aparatos enchufables, cámaras de ruptura, aparatos registradores, etc.) los mismos serán desmontados y embalados por separado.

Las aberturas resultantes de estos desmontajes parciales, serán obturadas convenientemente.

b) Amortiguación

Se procurará una buena amortiguación por interposición entre el material y la caja de productos o sistemas amortiguadores, destinados a aislar el contenido de los choques o vibraciones, tales como:

* Por suspensión sobre perchas o soportes de madera clavadas o abulonadas a las paredes de las cajas.

* Por acuñado o calaje con productos cuya forma, superficie, espesor y capacidad de amortiguamiento sean adaptadas al contenido.

* Por suspensión sobre sistemas elásticos.

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c) Cajas o embalajes exteriores

c.1) Esqueletos: Serán de madera, montados sobre una base reforzada del mismo material, diseñados para permitir el uso de carros con horquillas para elevación y traslado.

Este tipo de cajas se utilizará para transporte local por camión o ferrocarril o para transporte en contenedores por vía marítima.

c.2) Cajas cerradas en madera, clavadas, atornilladas o engrampadas sobre

una armadura interior o exterior de dimensiones apropiadas, montadas sobre bases del mismo material, diseñadas para permitir el uso de carros con horquillas para elevación y traslado.

c.3) Cajas de otros materiales, tales como madera terciada, armadas para

envíos de pequeños volúmenes y masas inferiores a 125 kg, o de cartón corrugado con envoltura de papel impermeable para todo tipo de transporte.

d) Embalajes de componentes desmontados

Cuando se deban desmontar componentes de tableros para ser embalados por separado, se preferirá, de ser factible, su colocación en cajas que se fijarán a la base de cada armario o tablero. Dichas cajas contendrán los componentes que han sido desmontados del armario o tablero en el cual se encuentran, más los elementos de fijación u otros accesorios si correspondiere. Los componentes contenidos en las cajas estarán debidamente protegidos y la disposición de las cajas en los armarios o tableros será tal que se evite su desplazamiento durante el manipuleo y transporte de los mismos.

12.2 Protección física, química y climática

Se empleará para preservar el material contra factores degradantes capaces de actuar durante el transporte y almacenaje (aire salino, humedad, condensación, arena, suciedad). Dicha protección será asegurada por:

a) Obturación en fábrica de orificios y canalizaciones. b) Incorporación dentro del aparato, gabinete, etc. de una cantidad adecuada de

deshidratante. c) Por empleo de una funda de polietileno o equivalente (contra mojaduras y

suciedad) que podrá ser estanca o no, según el caso. En caso de ser estanca debe incorporársele, antes del sellado, una cantidad de deshidratante tal, que garantice una protección eficaz durante no menos de 24 meses, si nada en contrario se requiere en la Especificaciones Técnicas Particulares.

d) Por el uso de papeles inhibidores, u otro tipo de barreras similares. e) Por la combinación de dos o más de estos medios.

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Transformadores de Potencia Hoja 12/13

PT

13. COMPARACIÓN ECONÓMICA DE OFERTAS

La comparación económica de las ofertas se realizará por el método del valor actual. Se aplicarán las siguientes fórmulas generales:

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C = Co + C1

C = Costo total de comparación a valor actual. Co = Monto inicial cotizado para los transformadores incluyendo accesorios y

repuestos. C1 = Costo actualizado de las pérdidas anuales durante “n” años.

C1 = Cp . if

Cp = Costo de las pérdidas anuales de energía.

n

n

iii

)1(1)1(

+−+

if = Factor de actualización =

n = Vida útil de transformador = 25 años. i = Interés bancario de actualización = 0,12 (12%)

La determinación de las pérdidas de los transformadores de tres arrollamientos para la comparación económica de las ofertas será:

231

3

..

KKKXKZYp

++−

=

231

121

....

KKKYKXKZKs

+−+

=

K PP

PP

PP1

2

1

3

1

2

3

2

2

=⎛⎝⎜

⎞⎠⎟ =

⎛⎝⎜

⎞⎠⎟ =

⎛⎝⎜

⎞⎠⎟

2

2 3 K K

231

13322

......

KKKYKKXKKZKt

++−

=

Donde: p = Pérdidas de cortocircuito primarias (kW). s = Pérdidas de cortocircuito secundarias (kW). t = Pérdidas de cortocircuito terciaras (kW).

(kW) terciario-secundario itocortocircu de Pérdidas Z

(kW) terciario-primario itocortocircu de Pérdidas Y (kW) secundario-primario itocortocircu de Pérdidas X

⎪⎭

⎪⎬

===

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Transformadores de Potencia Hoja 13/13 A corriente nominal del

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Arrollamiento de menor potencia

P1 = Potencia nominal del primario (MVA) P2 = Potencia nominal del secundario (MVA) P3 = Potencia nominal del terciario (MVA) Pcu = p + s + t + r (kW) pérdidas totales de cortocircuito más refrigeración. Siendo r = pérdidas por refrigeración (totales). Pérdidas anuales de energía: (Cp). Cp = a + b a = P x 8760 x e Fe

b = (p . T1 + s . T2 + t . T3 + r . Tr) e Donde: P = Pérdidas en el hierro (kW) Fe

T1 = T2 = T3 = Tiempo de utilización de los arrollamientos = 3000 horas. Tr = Tiempo de utilización de la refrigeración forzada = 2000 horas. e = Valor unitario de las pérdidas = 0,03 U$S/kWh

12. MULTAS POR INCUMPLIMIENTO DE LOS VALORES DE PÉRDIDAS

GARANTIZADOS

Las diferencias de pérdidas entre los valores garantizados y los determinados mediante ensayos serán actualizados en la forma establecida para la comparación de ofertas en el presente pliego. El valor (C1) así obtenido incrementado en un cien por ciento (100%) en concepto de penalización, será el monto de la multa a aplicar al Proveedor.

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

PARTE II: Especificaciones Técnicas Particulares

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1. INTRODUCCIÓN

Las presentes Especificaciones son de aplicación para el diseño, la fabricación y los ensayos de los Transformadores Trifásicos de Potencia, incluyendo todos los equipos auxiliares necesarios para su correcto funcionamiento y operación. Los Transformadores Trifásicos de Potencia serán instalados en:

Módulo 1: la nueva Estación Transformadora 132/33/13,2 kV “Las Lomitas”. Módulo 2: la nueva Estación Transformadora 132/33/13,2 kV “El Colorado”. Módulo 3: la nueva Estación Transformadora 132/33/13,2 kV “Laguna Blanca”. Módulo 4: en la Ampliación de Estación Transformadora 132/33/13,2 kV “Clorinda”.

2. NORMAS DE APLICACIÓN

Las siguientes normas referentes a transformadores para transmisión de energía eléctrica serán de aplicación, en su última versión:

2.1 Normas IRAM

1107/09/82 y 1196: Tratamientos superficiales y adherencia 2018: Calentamiento 2026: Aceite aislante 2099: Condiciones generales 2104: Relación de transformación y de fase 2105: Niveles de aislación y ensayos dieléctricos 2106: Ensayos en vacío y en cortocircuito 2112: Comportamiento ante cortocircuitos externos 2211: Coordinación de la aislación 2437: Niveles de ruido 2444: Grado de protección mecánica 2446: Distancias de aislación en aire 2472: Descargadores de sobretensión 2476: Transformadores de subtransmisión 2.2 Recomendaciones IEC Para los aspectos que no hayan sido definidos en las normas mencionadas se complementará con las IEC relacionadas con el tema que se trata.

3. ALCANCE DE SUMINISTRO

Los Transformadores Trifásicos de Potencia serán provistos completos, con todo el material necesario para su buen funcionamiento y para el cumplimiento integral de la finalidad prevista, según el Proyecto, las presentes Especificaciones Técnicas

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Particulares, las Especificaciones Técnicas Generales para Transformadores y las Planillas de Datos Técnicos Garantizados, y para los aspectos que no se hayan definido en la presente, se complementará con las normas de aplicación. Serán suministrados los equipos siguientes: Módulo 1:

Transformador Trifásico de 15/15/15 MVA; 132 (+5%; -15%) / 34,5 (±2x2,5%) 13,8 kV completos, con todo el material necesario para su correcto funcionamiento. Cantidad: Uno (1) Destino: Nueva E.T. 132/33/13,2 kV “Las Lomitas”

Módulo 2:

Transformador Trifásico de 30/30/15 MVA; 132 (+5%; -15%) / 34,5 (±2x2,5%) 13,8 kV completos, con todo el material necesario para su correcto funcionamiento. Cantidad: Uno (1) Destino: Nueva E.T. 132/33/13,2 kV “El Colorado”

Módulo 3:

Transformador Trifásico de 30/30/15 MVA; 132 (+5%; -15%) / 34,5 (±2x2,5%) 13,8 kV completos, con todo el material necesario para su correcto funcionamiento. Cantidad: Uno (1) Destino: Nueva E.T. 132/33/13,2 kV “Laguna Blanca”

Módulo 4:

Transformador Trifásico de 30/30/30 MVA; 132 (+5%; -15%) / 34,5 (±2x2,5%) 13,8 kV completos, con todo el material necesario para su correcto funcionamiento. Cantidad: Uno (1) Destino: Ampliación E.T. 132/33/13,2 kV “Clorinda”

Además, formarán parte del suministro:

- Aceite aislante para el primer llenado, con un excedente del 5% para reposición.

- Elementos de control remoto a ser instalados en los tableros del Edificio de Control de la Estación Transformadora.

- Todos los dispositivos y herramientas especiales exigidos para el transporte, montaje y desmontaje del equipo.

- Regulador automático de tensión, selección del valor de consigna y dispositivo para marcha en paralelo.

- Descargadores de sobretensión para todos los arrollamientos.

- Repuestos.

- TI y relé de protección de cuba.

- Registrador de impactos, que será provisto sólo para control durante el transporte.

- Embalaje de protección para el transporte y pintura para detalles de

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terminación.

- Ensayos de recepción en fábrica y en obra, con el aporte provisorio de equipos y aparatos para efectuar los mismos.

- Supervisión por parte del fabricante para el montaje y puesta en servicio de la máquina.

- Todos los documentos de proyecto, protocolos de ensayos, manuales de montaje y de mantenimiento, Planillas de Datos Técnicos Garantizados completas, de acuerdo con lo indicado en las presentes Especificaciones.

- Transporte a obra y colocación sobre fundación incluyendo el seguro correspondiente.

4. CONDICIONES AMBIENTALES Y SÍSMICAS

El diseño y/o elección de los elementos provistos por el Proponente, deberá efectuarse tomando las condiciones climáticas y sísmicas más desfavorables que se indican en las Especificaciones Técnicas Generales para Transformadores.

5. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Y CONSTRUCTIVAS - PLANILLAS DE DATOS TÉCNICOS GARANTIZADOS

Las características técnicas para cada transformador figuran en las Planillas de Datos Técnicos Garantizados (PDTG). Las PDTG forman una parte sustancial de la Propuesta. En las mismas se deberán detallar en la columna “según oferta” los datos técnicos requeridos y aquellos que no estuvieran especificados en la columna “según pliego”, deberán cumplimentarse. El diseño y la fabricación de los transformadores de potencia deberán ser acordes a los últimos adelantos de la tecnología. Estarán diseñados para servicio exterior según condiciones ambientales y sísmicas.

5.1 Cuba Se construirá en chapa de acero con refuerzos para soportar el peso del transformador completo, y el conjunto será lo suficientemente robusto para evitar que el transporte o movimiento del transformador completo con aceite produzca deformaciones permanentes. La cuba estará provista con apoyos de acero para levantar con gatos el transformador completo, los cuales deberán resistir al igual que la cuba, un reparto desigual de carga entre los mismos. Dichos apoyos dejarán desde el nivel superior de la fundación, un espacio (sin ruedas) de 350 mm como mínimo para la colocación de gatos, con algún eventual suplemento de madera.

En la pestaña de apoyo de la tapa se adoptará un tope que acote la presión y evite el

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desplazamiento de la junta. El Transformador poseerá protección eléctrica de cuba, por lo tanto debe contar con un solo borne de puesta a tierra cercano al transformador de corriente que será montado (adosado) a dicha cuba (ver apartados: Puesta a tierra y Protección de cuba).

5.2 Tapa

La tapa será diseñada de modo de evitar la acumulación de agua. Será solidaria con el cuerpo interior del transformador a fin de que sean elevados simultáneamente. Tendrá resistencia suficiente como para que al levantar el transformador completo o sin la cuba, no sufra deformaciones permanentes.

Los bulones de fijación de la tapa con la cuba tendrán una distribución uniforme de la presión a lo largo de la junta, sin producir deformaciones a la tapa que comprometan la estanqueidad del transformador.

La tapa tendrá cavidades con vainas para sondas de control de la temperatura del aceite, ubicadas en lugares accesibles aún con el transformador bajo tensión. Dichas vainas tendrán una adecuada longitud sumergida en el aceite y con rosca interna en su parte superior con un tapón sellador que podrá retirarse normalmente sin necesidad de herramientas especiales.

5.3 Radiadores

Los radiadores serán montados a la cuba a través de válvulas estancas al aceite caliente, en forma tal que cualquiera de ellos pueda ser removido para revisión o reparación sin que se manifiesten inconvenientes en el servicio.

Las válvulas mencionadas deberán poseer un indicador que muestre la posición de trabajo en que se encuentra cada una de ellas.

Todos los radiadores serán intercambiables, contarán con dispositivos para llenado y drenaje de aceite en sus partes superior e inferior. Además, tendrán cáncamos para izaje. Cuando sean desmontados los radiadores, se debe garantizar que las bridas podrán ser convenientemente obturadas, para lo cual se deben proveer los elementos necesarios. Los radiadores serán pintados interiormente de acuerdo con lo indicado en el apartado Tratamiento de superficies y Pintura. 5.4 Conjunto cuba, tapa y radiadores

El conjunto cuba, tapa y radiadores completo con aceite será sometido sin sufrir deformaciones permanentes, a una sobrepresión de 40 kPa para detectar que si hay pérdidas de aceite. Además, se provocará vacío con una presión absoluta de 130 Pa.

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Se deberán reducir los efectos resultantes de las corrientes parásitas y no se deberán presentar puntos calientes. La máquina se podrá levantar mediante gatos o eslingas y trasladarla completa con aceite, sin producir deterioros ni pérdidas de aceite en la misma. El diseño del conjunto y el amarre a la fundación deberá adecuarse para resistir las solicitaciones originadas por acciones sísmicas (Ver Condiciones Ambientales y Sísmicas).

5.5 Bridas

Las bridas utilizadas para unión de las tuberías, tapas o accesorios, deberán tener un tope que limite la presión sobre la guarnición correspondiente.

5.6 Válvulas

Todas las válvulas de aceite de la cuba estarán diseñadas específicamente para que no existan pérdidas al operar con aceite aislante caliente.

El transformador contará con las válvulas siguientes:

- Drenaje de aceite de la cuba.

- Tratamiento del aceite. Una superior y otra inferior (opuestas) de 2” rosca gas.

- Toma de muestras de aceite. Una superior y otra inferior.

- Conexión de radiadores.

- Aislación del relé Buchholz, para retirar dicho relé sin necesidad de bajar el nivel de aceite de la máquina.

- Aislación del relé de protección del CBC.

- Drenaje de aceite del tanque de expansión, accionada desde el nivel de la base.

- Drenaje y muestreo del aceite del tanque de expansión del CBC, accionada desde el nivel de la base.

- Carga de aceite desde el tanque de expansión.

5.7 Conjunto ruedas

El transformador tendrá ruedas con pestañas para su deslizamiento sobre rieles, orientables en los sentidos longitudinal y transversal y con igual trocha (distancia entre caras internas de rieles) que será de 1676 mm ± 5 mm. Para facilitar el cambio de posición del conjunto de ruedas se deberá colocar una placa de material resistente no ferroso, entre la base de apoyo de la cuba y el carro. Además, las ruedas serán desmontables, construidas en acero, con bujes de bronce y

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alemites para su lubricación. El conjunto ruedas deberá ser aislada de la cuba de modo de asegurar el funcionamiento efectivo de la protección de cuba. El fabricante deberá indicar el anclaje de la cuba sobre la base mencionada, considerando las Condiciones Ambientales y Sísmicas. Además se deberá mantener la aislación de la cuba

5.8 Elementos para elevación, arrastre y amarre

Se proveerán cuatro cáncamos adecuados para elevar el transformador completo con aceite.

Se instalarán cuatro pernos en posición vertical dispuestos en las esquinas de la cuba, para el tiraje de la cuba.

Se dispondrán en la cuba elementos de amarre para el transporte.

Para la fijación del transformador a la base, el fabricante deberá indicar en su diseño, el tipo de anclaje que tendrá el transformador considerando las Condiciones Ambientales y Sísmicas. En base a dicho diseño serán previstos en la fundación, los amarres respectivos.

Los apoyos para gatos estarán dispuestos en forma tal que sea posible colocar simultáneamente los gatos y los tacos de madera para elevación o descenso de la máquina. Además, los elementos mencionados no deberán dificultar el cambio de orientación de las ruedas.

5.9 Puesta a tierra

La cuba será puesta a tierra en un solo punto (Ver apartados: Cuba y Protecciones de Cuba). Se preverán para ello placas de acero inoxidable de dimensiones adecuadas como para recibir cables de cobre de 50 a 95 mm2, abulonadas en cuatro puntos.

5.10 Tanque de expansión El tanque de expansión será desmontable con cáncamos para su izaje y su altura con respecto a la cuba debe ser tal, que el nivel de aceite llegue a la parte superior de los aisladores de mayor tensión, aún a la temperatura mínima.

El tanque de expansión se deberá fabricar con un diafragma o bolsa de aire en su interior, u otro dispositivo, que impida el contacto de la superficie libre del aceite con el aire. El diafragma o bolsa de aire será de goma de base nitrílica, u otro material similar o combinación de éstos, resistente al aceite caliente y al ozono. Se diseñará en forma tal que no esté sometido a esfuerzos mecánicos perjudiciales cuando el aceite esté en sus niveles máximo y mínimo.

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El aire en la parte superior del diafragma de goma o en el interior de la bolsa de aire, deberá estar en contacto con la atmósfera a través de un deshidratador de sílicagel, con indicador o testigo de humedad.

Se deberá proveer además, otro tanque de expansión para el conmutador bajo carga, tal lo indicado en el apartado de Conmutador de Tomas Bajo Cargas. En la parte superior de cada tanque, se instalará una válvula con tapón para carga de aceite y otra en la parte inferior para descarga.

El tanque de expansión será sometido a una presión absoluta (vacío) de 130 Pa, no debiendo sufrir deformaciones permanentes. Deberá resistir las solicitaciones originadas por acciones sísmicas (Ver P.D.T.G.). 5.11 Núcleo magnético

El conjunto del núcleo magnético, arrollamientos y estructura de sujeción deberán estar provistos de ganchos o cáncamos para su decubaje. El núcleo y su estructura de sujeción no podrán moverse de su posición dentro de la cuba durante el transporte. El núcleo magnético estará eléctricamente aislado (se podrá verificar la resistencia de aislación) de la estructura de sujeción. Tanto el prensayugo como el núcleo deberán conectarse a tierra desde un solo punto. Una caja bornera con tapa de cierre, situada sobre la tapa de la cuba, permitirá realizar dichas conexiones. Todos los bornes deben ser identificados. 5.12 Conmutador de Tomas Bajo Carga (C.B.C.)

El transformador contará con un conmutador de tomas bajo carga (C.B.C.) que deberá responder a las recomendaciones de la IEC 60214. La regulación se efectuará por escalones según lo indicado en las P.D.T.G. El conmutador deberá incluir conjuntos de contactos que efectuarán la conmutación, mecanismo selector de tomas, limitador de corriente, motor, accesorios de control manual, llave de inversión y transferencia, dispositivos de protección, relés auxiliares y todo otro accesorio que sea requerido para su operación satisfactoria.

Los conjuntos de contactos deberán estar sumergidos en baño de aceite. Deberán poseer su propio tanque de aceite que será independiente de la cuba del transformador, pero que podrá estar dentro de ésta. Este CBC deberá ser provisto con su tanque de expansión, relé de flujo, indicador de nivel de aceite, indicador de temperatura de aceite, un mecanismo de alivio de presión, medios para llenado,

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vaciado y muestreo del aceite y acceso adecuado para inspección y mantenimiento. Los dispositivos como relé de flujo e indicador de nivel de aceite, tendrán contactos independientes para las funciones de alarma y disparo y serán cableados a bornera en la caja de mando del C.B.C. Para la caja de mando del C.B.C. constructivamente vale lo señalado para el gabinete de control del transformador incluyendo el criterio de aislación y de puesta a tierra. Las funciones de control del C.B.C. no se deberán ver afectadas por los efectos propios del funcionamiento de la máquina (vibraciones, acciones térmicas, etc.). El C.B.C. poseerá un dispositivo “paso a paso” de manera que no pueda cambiarse más de un escalón por cada impulso de comando. Para iniciar un nuevo cambio de escalón deberá haber cesado el impulso de comando y haberse completado el cambio de escalón correspondiente. Además deberá contar con protección por operación incompleta (bloqueo en posición intermedia). Deberá existir un control de corriente del conmutador con un interruptor que deberá bloquear la operación del mismo cuando el valor nominal sea excedido. Deberá incluirse un contador de maniobras de seis dígitos incorporado en la caja de mando del C.B.C. Se dispondrá una llave para control “local-remoto” a fin de que el conmutador pueda ser accionado desde la misma caja o desde el edificio de control. Dicha llave tendrá contactos auxiliares para señalizar su posición a distancia. Deberán proveerse calefactores para evitar condensación dentro de la caja mencionada. Los mismos deberán suministrarse con control automático e interruptores para mando manual. La caja de mando contará con iluminación que será operada con la apertura de la puerta de dicha caja. Tanto el circuito de calefacción como el de iluminación serán alimentados con 220 Vca a través de un interruptor bipolar termomagnético con contacto auxiliar (NA) para señalizar posición a distancia. Se preverá el ingreso de señales de comando remoto y salidas de señales y alarmas, en los circuitos y en las borneras. Serán provistos 5 bornes libres adicionales en la caja de mando del C.B.C. Con respecto a la indicación de las posiciones del C.B.C. se resume que serán necesarios los accesorios siguientes:

∗ Contactos para transmisión de posición con matriz de diodos con salida para

teletransmisión en código BCD (uso exclusivo). ∗ ontactos para supervisión del sincronismo de posiciones (para marcha en paralelo).

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∗ Resistencia transmisora de posiciones, y por separado: instrumento indicador para ser montado en la sala de comando, fuente de alimentación y resistencia de ajuste.

∗ Indicación local de posición del C.B.C. Para la designación de las posiciones del C.B.C. se indicará con cero la posición que corresponda al valor de la tensión nominal de vacío (ver p.d.t.g.), con números crecientes positivos hasta la toma de mayor cantidad de espiras del arrollamiento y con números de valor absoluto creciente y con signo negativo hasta la conexión de la menor cantidad de espiras. Se deben prever bornes (frontera) para las funciones siguientes que serán independientes entre sí: fuerza motriz; calefacción e iluminación; Comando; señalización; Alarmas y Disparo. 5.13 Conmutador de tensión con transformador desconectado El arrollamiento de 34,5 kV contará con un conmutador de tomas en vacío que deberá responder a la IEC 60214. Las características técnicas se indican en las PDTG. El accionamiento del conmutador debe ser preciso e impedir toda posibilidad de maniobra incompleta inadvertida. El selector de tomas quedará trabado en cada posición y se debe requerir para destrabarlo un movimiento distinto al que produce el pasaje de tomas. Además, contará con topes que limiten mecánicamente las posiciones extremas. Los puntos de conmutación deben estar marcados bajo relieve (no pintados) de forma tal que corresponda el punto Nº 1 al mayor número de espiras activas y el punto Nº 5 al menor número de espiras activas. Contará con inscripciones inalterables por la acción de agentes atmosféricos que indiquen que el conmutador deberá ser accionado sin tensión y la forma de destrabarlo para cambiar de posición. Además, se deberá proveer con cerradura de enclavamiento del mando para que sólo pueda ser accionado por un operador autorizado. 5.14 Sistema de enfriamiento El transformador será refrigerado por aire con circulación natural y/o forzada y aceite con circulación natural (ONAN/ONAF). En la condición ONAN el transformador debe poder operar en forma continua hasta un 70% de la carga nominal. La circulación forzada de aire se realizará mediante motoventiladores adosados a la cuba y no a los radiadores. El sistema de enfriamiento será tal que permita la operación de la máquina a la

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potencia nominal, sin pasar los límites de temperatura garantizados, con un motoventilador y un radiador fuera de servicio. En el gabinete de control del transformador se dispondrán dispositivos para el comando de los motoventiladores en forma manual o automática a través de relés de imágenes térmicas. Dicho comando será manual local ó remoto desde el Edificio de Control, o automático y se deben proveer contactos para señalización o alarma en la Sala de Control. La llave Local-Remoto deberá contar con contactos auxiliares para señalización a distancia. Además, serán provistos contactos auxiliares para señalización a distancia del estado de funcionamiento de los motoventiladores (marcha-parada). La vinculación a distancia se efectuará a través de borneras ubicadas en el gabinete de control. Los motoventiladores serán instalados con sus respectivos contactores, e interruptores termomagnéticos para su protección y proveerán contactos auxiliares para señalización de posición. También se instalarán relés de mínima tensión para señalizar la falta de tensión en los circuitos de enfriamiento. Los motoventiladores serán aptos para una operación continua a la intemperie con un grado de protección IP-55, debiéndose prever un montaje antivibratorio y será indicado el correcto sentido de giro. Además, serán aislados de la cuba y contarán con una puesta a tierra independiente y aislada de dicha cuba para permitir el correcto funcionamiento de la protección respectiva. 5.15 Aisladores pasatapas

Los aisladores pasatapas serán del tipo antiniebla (antifog-type) y deberán fabricarse y ensayarse de acuerdo con las normas IEC 60137. Los aisladores de fase serán color marrón y el de neutro será de color blanco. Los aisladores pasantes del tipo condensador poseerán una toma para medición de tensiones.

Deberán preverse purgas de aire a efectos del llenado de aceite. La porcelana no hará contacto directo con superficies metálicas duras, para lo cual deberán colocarse empaquetaduras entre ambas. Las características se indican en las respectivas planillas de Datos Técnicos Garantizados. Los aisladores estarán fijados a la tapa mediante piezas estampadas o laminadas, de acero, bronce o latón, fundidas, indeformables en las condiciones normales de trabajo

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y será posible reemplazarlos sin desencubar el transformador. La conexión de los arrollamientos con los respectivos pernos pasantes se efectuará con cable flexible soldado con plata, con estaño o sus aleaciones especiales a tal efecto. Los bornes de salida deberán ser definidos tanto en sus dimensiones como en el tipo de material utilizado, con el fin de poder diseñar los morsetos de conexión. 5.16 Gabinete de Control

Estará destinado a recibir toda información del propio transformador como señales de corriente, alarma y disparo y a contener, equipos para el control de los motoventiladores, equipos auxiliares, calefacción, etc.

El gabinete de Control será aislado de la Cuba para permitir el correcto funcionamiento de la protección de Cuba. Además, deberá contar con un borne para puesta a tierra (P.A.T.) que será conectado a la malla de P.A.T. en forma aislada de la cuba

El grado de protección del gabinete será IP-54 y el techo contará con tratamiento anticondensante en su superficie interior. El frente tendrá una puerta abisagrada con cierre tipo falleba y estarán equipadas con una traba que en su posición máxima apertura y en la posición de 90 grados, impida el cierre o apertura intempestiva. Deberá contar con iluminación que será operada con la apertura de la puerta del gabinete. Se deberán colocar rótulos de identificación para cada uno de los elementos y de acuerdo con los esquemas de conexiones aprobados. Dichos rótulos tendrán un grabado legible y serán permanentes al igual que su fijación. Las señales de alarma y disparo provenientes de los contactos de sensores y señales en general serán cableados a sectores separados: de alarma y de disparo. Serán libres de potencial, debiendo preverse la posibilidad de realizar puentes en las líneas de alimentación y para el agrupamiento eléctrico de señales. Los conjuntos borne-terminal no se verán afectados por las vibraciones producidas por el transformador. Los mismos deberán ser del tipo tornillo-ojal. Los bornes, tornillos, arandelas y puentes deberán ser de material no magnético, por ejemplo: bronce, de dimensiones adecuadas en base a las funciones y corrientes circulantes por los mismos, observando la seguridad de cada una de las conexiones eléctricas. Las acometidas de cables se efectuarán por la cara inferior a través de ranuras rectangulares de dimensiones suficientes como para recibir la totalidad de caños y/o cables pilotos destinados a ella. Dichas ranuras contarán con tapas metálicas, sobre las cuales se efectuarán en obra, orificios destinados a los caños y/o cables con sus correspondientes tuercas,

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contratuercas y/o prensacables. En el gabinete se instalarán resistores de calefacción de tipo blindado para 220 Vca y termostatos de control. Dichos termostatos conectarán automáticamente los resistores a temperatura inferior a los 10°C para impedir la condensación de humedad dentro de la caja. Los circuitos de calefacción e iluminación serán alimentados con 220 Vca a través de un interruptor bipolar termomagnético con contacto auxiliar (NA) para señalizar su posición a distancia. El cableado será realizado con conductores de 4 mm2 para los circuitos de corriente y 1,5 mm2 para los circuitos de tensión, de sección mínima y se deben proveer 10 bornes de reserva.

Todas las interconexiones adosadas al transformador, se deberán realizar con cables de doble vaina con aislación PVC/PVC para 600 V y temperaturas de hasta 105°C, canalizadas por caño metálico flexible recubierto con PCV, marca Zoloda ó similar. Se deben prever bornes (frontera) para las funciones siguientes que serán independientes entre sí: fuerza motriz; calefacción e iluminación; Comando; señalización; Alarmas y Disparo.

5.17 Tratamiento de superficies y Pintura

El esquema de pintado debe ser poliuretánico dos componentes. El proceso de tratamiento y pintado de las superficies metálicas deberá ser presentado para su aprobación. Los radiadores serán pintados interiormente con pintura epoxi monocomponente resistente al aceite dieléctrico, con un espesor máximo (seco) de 20 μm. Para el interior de los tanques y radiadores el revestimiento será color blanco. El recubrimiento exterior será color naranja 02-1-020 según la Tabla III de la norma IRAM DEFD 10-54, o su equivalente RAL 6021. Cumplirá las condiciones siguientes: ausencia de grietas y de tizado, estabilidad del color y del brillo, resistencia a golpes y rayado e insolubilidad en el líquido refrigerante. La adherencia se comprobará según IRAM-1109, método B-VI, comprobándose que el 100% de las cuadrículas no se desprenda.

5.18 Aceite Aislante

El aceite a emplear para la carga del transformador, será aceite mineral especial para uso de transformadores, obtenido por destilación de petróleo y cumplirá en todo con la

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norma IRAM-2026/IEC 60296. Estará libre de humedad, ácidos, álcalis, PCB y compuestos sulfurosos perjudiciales, no debiendo formar depósitos a temperaturas normales de funcionamiento del transformador.

5.19 Distancias Eléctricas Para el proyecto y construcción de las máquinas se deberán respetar las siguientes distancias eléctricas mínimas en aire.

Tensión Máxima

(kV)

Entre fases o fase y masa Distancia mínima en aire

(mm) 14,5 170 36 315 145 1050

5.20 Accesorios

Los contactos eléctricos de los accesorios serán aptos para las tensiones auxiliares indicadas en las Planillas de Datos Técnicos Garantizados y serán cableados hasta borneras ubicadas en el gabinete de control.

5.20.1 Dispositivo de imagen térmica

Se proveerá un dispositivo de imagen térmica para cada tensión de una sola fase.

El dispositivo estará constituido por un elemento detector de temperatura, el cual estará conectado a un instrumento indicador. Dicho detector estará rodeado por una resistencia de calentamiento que a su vez estará alimentada por un transformador de corriente (T.C.).

Los transformadores de corriente para alimentar dichos dispositivos, serán provistos con los aisladores pasantes del transformador.

Los instrumentos indicadores abarcarán el rango de 0 a 150°C. Cada instrumento contará con dos agujas, una que indique la temperatura en cada instante y otra (testigo), arrastrada por la anterior, que indique la temperatura máxima que se ha alcanzado.

El dispositivo de imagen térmica, deberá cumplir las siguientes operaciones:

- Arranque y parada de la circulación forzada de aire. - Regulación del cierre entre 40ºC y 100°C de temperatura en el arrollamiento. - Regulación de la apertura al descender la temperatura entre 20ºC y 100°C. - Alarma. Regulación del cierre entre 40ºC y 120°C.

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- Disparo. Regulación del cierre entre 40ºC y 120°C. 5.20.2 Detector de temperatura a resistencia

El transformador estará provisto de dos (2) detectores de temperatura tipo PT 100, de tres terminales ubicados en las siguientes posiciones:

∗ Uno (1) en vaina de la brida superior del C.B.C.

∗ Uno (1) en vaina de la tapa de cuba, lado BT.

Con cada detector de temperatura se debe proveer por separado:

∗ Resistencia de calibración.

∗ Fuente de alimentación.

∗ Instrumento indicador o registrador.

5.20.3 Relé Buchholz Antisísmico y relé de flujo

El transformador será provisto con un relé Buchholz que operará tanto por incremento de presión como por una acumulación de gases. Para el conmutador bajo carga proveerá un relé de flujo independiente. Tendrá indicación a bandera y contará con contactos para alarma por baja acumulación de gases. Para alta acumulación tendrá otros dos, independientes, para disparo y alarma. El relé tendrá dos contactos de actuación sucesiva, accionados mediante pulsador protegido, para poder realizar el cierre de los contactos de alarma y de disparo para prueba de circuitos. Además, contará con válvula de purga, para tomar muestras de gases y para prueba de actuación mediante inyección de aire a presión, y válvulas aisladoras para extraerlo sin necesidad de disminuir el nivel de aceite.

5.20.4 Termómetro a cuadrante

El transformador contará con un (1) dispositivo para medición de la temperatura del aceite del tipo a cuadrante. Tendrá escala de 0 a 150 °C y un indicador de máxima con reposición externa. La sonda estará montada en una vaina cerrada, en un nivel adecuado para indicar la temperatura de la capa superior del aceite. Tendrá dos (2) contactos independientes, para alarma y para disparo. La sonda para medición se instalará en una cavidad independiente en la tapa de la cuba, debiendo ser de fácil colocación y extracción. El capilar será protegido en todo el recorrido entre el sensor y el instrumento.

5.20.5 Secador de aire

El transformador con tanque de expansión llevará dos secadores de aire que

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contendrán gel de sílice (silicagel) como agente deshidratante. Un secador será para el aceite de la cuba y otro para el C.B.C. Su construcción impedirá que la atmósfera esté en contacto directo con el gel de sílice, para lo cual tendrá un sello hidráulico, debiendo ser visible el nivel del líquido. El recipiente secador será transparente o con visor, incoloro y resistentes a los agentes atmosféricos y protegido contra golpes accidentales. Estará ubicado de forma que no exceda los límites de medidas del transformador, será de fácil observación y accesible aún con el transformador en servicio.

5.20.6 Válvula de sobrepresión

La cuba deberá estar provista de un dispositivo que protegerá el transformador ante una explosión debida a la formación de un arco en el aceite, minimizando la descarga de este fluido y la entrada de aire y/o agua al interior de la cuba después de abrirse. Tendrá una orientación que evite verter aceite sobre el transformador. Actuará para presiones internas que superen los 40 kPa (0,4 daN/cm2). Una vez desaparecida la sobrepresión tendrá reposición mecánica automática. Contará con indicación local de actuación y contactos independientes para alarma y disparo.

5.20.7 Placas de características

El transformador será provisto con placas de características de latón, acero inoxidable u otro material apto para intemperie que permita mantener inalterable por la acción de los agentes atmosféricos, la información y textos siguientes:

∗ Las características especificadas en las recomendaciones IEC 60076-1.

∗ Diagrama de conexiones internas, relaciones de tensión y grupo de conexiones.

∗ Vista en planta del transformador mostrando la ubicación de los terminales y su identificación.

∗ Vistas que muestren la ubicación e identificación de todas las válvulas, indicando si deben estar abiertas o cerradas durante el funcionamiento normal del transformador.

∗ Dimensiones y gálibos para transporte e instalación. Pesos brutos totales y de partes desmontables.

∗ Esfuerzo necesario para arrastre sobre rieles.

5.20.8 Indicador de nivel de aceite

Se instalarán indicadores del nivel de aceite para el tanque de expansión principal y para el tanque de expansión del conmutador bajo carga.

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Dicho indicador será del tipo magnético y contará con contactos independientes para alarmas por bajo nivel y por muy bajo nivel. Ambos tendrán marcas para mostrar los niveles mínimo y máximo admisibles, así como los normales a -20°C, 15°C y 45°C. Estos aparatos tendrán dimensiones y serán dispuestos para tener visión de la lectura en forma clara desde el suelo. 5.20.9 Protección de Cuba Montado a la cuba del transformador se proveerá un transformador de corriente (TI) para la protección de cuba. (Ver apartados: Cuba y Puesta a Tierra) Este TI aislado de la cuba, será ubicado al lado del único borne de puesta a tierra de la cuba del transformador de potencia (ver apartado: Puesta a tierra). Además, será suministrado un relé de sobrecorriente instantáneo, monofásico. Dicha relé será entregado por separado para ser montado en el tablero correspondiente que es motivo de otro contrato. Las características técnicas, tanto del TI como del relé de sobrecorriente se indican en las Planillas de Datos Técnicos Garantizados. 5.20.10 Descargadores de sobretensiones y accesorios

El Proveedor (fabricante del transformador) deberá proveer los descargadores para todas las tensiones. Serán descargadores de tipo poliméricos y de óxido de zinc (Zn0) que cumplirán con esta especificación y las respectivas planillas de Datos Técnicos Garantizados. Las características de los descargadores serán responsabilidad del fabricante del transformador quien deberá indicarlas en su propuesta. Los niveles de protección de los descargadores ofrecidos estarán coordinados con los niveles de aislación de los transformadores, guardándose los márgenes de protección utilizados internacionalmente, según la norma IRAM-2211 y la IEC 60071 - apartados 1, 2 y 3.

Los descargadores de MT se deberán montar sobre el transformador y los de AT serán montados en la playa de la E.T.

En operación normal no requerirán ningún tipo de mantenimiento. Los cierres serán herméticos y se preverá un dispositivo de alivio de presión.

Cada descargador podrá estar formado por una o varias unidades, debiendo en ese caso cada una ser completa en sí misma.

Todos los descargadores se montarán aislados de su soporte y poseerán contadores

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de descargas. Se proveerán tres (3) contadores para AT y un (1) contador para cada MT.

5.20.11 Gatos

El suministro incluirá un sistema para levantar el transformador integrado por cuatro gatos. La capacidad de cada gato no será inferior al 50% del transformador completo con aceite.

5.20.12 Relés de regulación automática de tensión y dispositivo para marcha

en paralelo

Se debe prever la regulación automática de tensión y el control de la marcha en paralelo. La marcha en paralelo, se realizará mediante la compensación por corriente reactiva y en el caso de superarse el valor ajustado de dicha corriente la operación será bloqueada y señalizada. Para la regulación automática de tensión se han previsto siete valores de consigna que podrán ser elegidos desde el tablero de control o vía telecontrol. Además, se prevé su montaje junto con el equipo de marcha en paralelo en un tablero (motivo de otro contrato). Por lo tanto, se deberán proveer en forma separada, todos los accesorios necesarios y se presentará un esquema de conexión para las funciones de regulación de tensión y paralelismo arriba mencionadas. 5.20.13 Registrador de impactos

Durante el transporte los transformadores deberán ser equipados con un registrador de impactos de tres ejes ortogonales; aptos para funcionar a la intemperie con 100% de humedad. El Proveedor deberá informar en las planillas de Datos Técnicos Garantizados las aceleraciones máximas permisibles para el transformador. Dicho registrador no es parte de la provisión, pero sus características deberán ser presentadas para su aprobación. Luego de ubicado el transformador en la obra sobre su base y en presencia del representante del Comitente procederá a retirar los registros de impactos de los cuales una copia quedará en poder del Comitente. En el caso de verificarse la falta ó falla de alguno de los registradores o superación de los valores límites establecidos en la PDTG, el Comitente se reserva el derecho de repetir los ensayos que estime necesarios. Los costos de dichos ensayos y del eventual traslado del transformador quedarán a cargo del Proveedor.

5.20.14 Transformadores de corriente

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Además, de los transformadores de corriente (TI) previstos para alimentar los dispositivos de imagen térmica, también (eventualmente) se deberán proveer TI montados (internamente) en cada fase de los aisladores de 13,2 kV y según las características indicadas en las P.D.T.G. Las señales de corrientes de medición y protección se cablearán al gabinete de control permitiendo cortocircuitar cada arrollamiento secundario en los bornes de acometida y realizar inyección de corriente para pruebas. La apertura ó cierre de los puentes necesarios para efectuar dichas pruebas, no afectarán a las conexiones internas y externas al gabinete, las que quedarán fijas permanentemente.

6. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA

El Proponente deberá presentar la documentación técnica siguiente y de acuerdo con lo establecido con el Pliego de Bases y Condiciones para la Licitación y Contratación. Dicha documentación será la siguiente:

6.1 Documentación para aprobación

- Lista completa, con números y títulos de los planos y memorias técnicas que haya previsto realizar.

- Programa general de fabricación incluyendo fecha de realización de ensayos y de entrega.

- Plano a escala de planta a nivel de fundaciones indicando zonas de apoyo de la cuba, zonas de apoyo para gateo, Gabinetes de Comando, puestas a tierra, centros de gravedad, pesos, etc.

- Plano a escala de planta y cuatro vistas laterales, mostrando bornes, tanque de expansión, gabinetes de control, descargadores y accesorios. Se deben indicar los elementos que serán desmontados para el transporte.

- Planos de los descargadores y contadores de descargas con detalles de la base para su montaje.

- Plano de anclaje del transformador a la fundación.

- Regulador automático de tensión: Esquemas Dimensional, Funcional y conexionado.

- Equipo de marcha en paralelo: Esquemas Dimensional, Funcional y conexionado.

- Relé de sobrecorriente para protección de cuba.

- Gatos hidráulicos: Esquema Dimensional y Características.

- Planos de placas de características.

- Gabinetes de control: Esquema dimensional, funcional, de cableado interno y

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planilla de borneras.

- Conmutador bajo carga: Esquema dimensional, funcional, de conexionado y características.

- Memoria descriptiva de los accesorios y esquema de conexiones de los accesorios del transformador, por ejemplo: relé Buchholz, nivel de aceite, válvula sobrepresión, secador de aire, termómetros, Imagen Térmica, aisladores pasatapas, gatos, etc.

- Lista de empaque (Packing-list).

- Listado de tareas a ser efectuadas por el supervisor de montaje en obra.

- Manual de montaje, operación y mantenimiento. Deberán contener las Planillas de Datos Técnicos Garantizados con toda la información solicitada en las mismas.

6.2 Documentación conforme a fabricación, protocolos de ensayos y actas

de inspección

Luego de aprobada la documentación arriba mencionada el Proveedor deberá presentar copias “conforme a fabricación” y además, presentará copias de los protocolos de ensayos realizados en fábrica, protocolos de los accesorios del transformador y actas de inspección en fábrica y de Autorización de Despacho.

7. INSPECCIONES Y ENSAYOS

Las presentes Especificaciones se complementan con lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones para la Licitación y Contratación. El Comitente supervisará los ensayos que más abajo se detallan y luego labrará el Acta de Aceptación y de Autorización de Despacho. Sin este requisito no serán recepcionados los trafos en obra. 7.1 Ensayos de tipo

Serán realizados sobre la primera unidad fabricada de cada tipo y serán los siguientes:

7.1.1 Ensayo de calentamiento, según la norma IRAM 2018 y la IEC 60076- 7.1.2 Medición de nivel de ruido, según IRAM 2437 y la IEC 60551. 7.1.3 Medición de la impedancia homopolar, según IEC 60076-1. 7.1.4 Comportamiento ante cortocircuitos externos Será demostrado por cálculo según IRAM 2112 y la IEC 60076-5 y presentado como memoria de cálculo. 7.2 Ensayos de rutina

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Se realizarán sobre todas las unidades y serán los siguientes:

7.1 Inspección visual, dimensional y control de la pintura y otros

revestimientos superficiales. 7.2 Cromatografía del aceite aislante

Previamente al inicio de los ensayos y una vez finalizados los mismos, se tomarán muestras del aceite del transformador sobre las que se realizará una cromatografía en fase gaseosa según las IEC 60567 e IEC 60599.

Los valores obtenidos servirán para evaluar el estado del transformador y serán tomados como base de comparación para los ensayos similares a realizarse durante la vida de la máquina. 7.3 Ensayo del aceite aislante Se verificará el cumplimiento de la norma IRAM 2026, aceptándose protocolo de ensayos sobre muestras tomadas del mismo aceite. 7.4 Ensayos dieléctricos

Se realizarán según la norma IRAM 2105 y la IEC 60076-3, siendo los valores de ensayo los indicados en la planilla de Datos Técnicos Garantizados. • Impulso con onda plena 1,2/50 μseg. • Tensión aplicada. • Tensión inducida.Medición de descargas parciales, durante el ensayo de tensión

inducida.

7.5 Medición de la resistencia de aislación con meghómetro de 2500 Volt como mínimo. También se incluirá la medición entre núcleo magnético, prensa yugo y masa.

7.6 Medición de la resistencia de los arrollamientos en todas las tomas y referencia

de los valores obtenidos a 75°C, según la norma IRAM 2018 y la IEC 60076-1. 7.7 Medición de la relación de transformación en todas las tomas y derivaciones de

acuerdo con la norma IRAM 2104 y la IEC 60076-4. 7.8 Verificación de la polaridad y grupo de conexiones, según la norma IRAM 2104

y la IEC 60076-1.

7.9 Ensayo de vacío para la determinación de las pérdidas de vacío y corriente de excitación, según norma IRAM 2106 e IEC 60076-1.

7.10 Ensayo de cortocircuito para la determinación de las pérdidas homónimas, y la

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tensión de cortocircuito para la corriente nominal; los valores se referirán a la temperatura de 75°C, según la norma IRAM 2106 y la IEC 60076-1.

7.11 Ensayo de hermeticidad: Se someterá al transformador a una sobrepresión de

70 kPa, durante doce (12) horas como mínimo. Se verificará que no se detecten deformaciones permanentes y que no se hayan producido pérdidas de aceite.

Sobre el transformador que se realice el ensayo de calentamiento, el ensayo de hermeticidad será realizado a continuación del mismo. Para los restantes transformadores, el aceite estará a la temperatura ambiente.

7.12 Ensayo de rigidez dieléctrica y de resistencia de aislación: En todos los

circuitos eléctricos y accesorios se deberá realizar un ensayo de tensión aplicada contra masa, durante un minuto, con tensión de 2 kV a 50 Hz.

Previamente al mismo se habrá determinado la resistencia de aislación (con meghómetro de 2500 V).

7.13 Verificación del funcionamiento de accesorios: Una vez montados en el

transformador se verificará el correcto funcionamiento de todos los accesorios. En particular, para el gabinete de comando se prevé: inspección visual, dimensional, funcional, de cableado, disposición para ingreso de cables y resistencia de aislación.

7.14 Potencia de los motoventiladores: se medirán las potencias absorbidas por

cada uno de los motoventiladores. 7.15 Dieléctrico del circuito magnético: el circuito magnético se ensayará con una

tensión alterna de 2 kV durante 1 minuto o con un meghómetro de 2500 V y será satisfactorio si supera los 5 Mohm.

7.16 Dieléctrico de los accesorios aislados del trafo: se deberá medir con

meghómetro de 2500 V. 7.17 Ensayo de vacío interno: se efectuará vacío interior de 130 Pa: no se deben

registrar deformaciones permanentes. 7.18 Verificación mecánica de los apoyos para gatos, ganchos de arrastre y

cáncamos de izaje.

7.3 Ensayos de aisladores pasantes

7.3.1 Ensayos de tipo: Se realizarán según indica la IEC 60137. Podrán suprimirse si el Proponente presenta los protocolos completos de ensayos realizados sobre aisladores pasantes idénticos.

7.3.2 Ensayos de rutina: Se realizarán todos los ensayos establecidos en la

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publicación IEC 60137.

Los ensayos serán los siguientes:

- Tensión resistida a frecuencia industrial.

- Intensidad de descargas parciales.

- Aislación de las tomas.

- Estanqueidad, cuando sean en aceite aislante.

7.4 Conmutador de Tensión 7.4.1 Conmutador de Toma Bajo Carga

a) Ensayos de tipo:

Se realizarán los ensayos que indica la Recomendación IEC 60214. Los mismos se podrán suprimir si se entregan los protocolos completos de ensayos de un C.B.C. idéntico

b) Ensayos de rutina:

Serán realizados según se indica en la Recomendación IEC 60214, los ensayos siguientes:

- Ensayo mecánico - Secuencia de operación con registro oscilográfico - Rigidez dieléctrica de los circuitos auxiliares

7.4.2 Conmutador con transformador desconectado

Se deberán presentar los protocolos de ensayos de tipo y de rutina. 7.5 Ensayos de descargadores 7.5.1 Normas técnicas

Los ensayos serán realizados atendiendo las prescripciones que constan en los siguientes documentos:

. IEC 60099-4: Descargadores de Zn0 en sistemas de corriente alterna.

7.5.2 Ensayos de tipo:

. Ensayo con tensión de impulso atmosférico de la envoltura, bajo lluvia.

. Ensayo de tensión resistida a frecuencia industrial de la envoltura, bajo lluvia.

. Ensayo de tensión residual con impulsos atmosféricos.

. Ensayo con impulsos de corriente de larga duración.

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. Ensayo del ciclo de funcionamiento.

. Ensayo del dispositivo de alivio de presión.

. Ensayo de tensión resistida a frecuencia industrial (ejecutado en el descargador completo), con obtención de la curva tensión-tiempo.

. Ensayo de tensión residual con impulso atmosférico (ejecutado en el descargador completo).

Estos ensayos de tipo podrán suprimirse si el Proponente presenta los protocolos completos de ensayos realizados sobre descargadores idénticos.

7.5.3 Ensayos de rutina:

. Medición de la corriente de fuga.

. Ensayo de tensión residual con impulso atmosférico.

. Descargas parciales.

. Medición de la tensión de radiointerferencia.

. Ensayo de estanqueidad.

. Ensayos de funcionamiento de los contadores y medidores de descargas.

Cuando se trate de descargadores importados, podrán aceptarse los protocolos de los ensayos realizados en la fábrica, debiendo presentárselos con las aprobaciones del laboratorio.

8. PREPARACIÓN PARA EL TRANSPORTE

El Proveedor deberá acondicionar el transformador para el transporte.

En el caso de utilizarse nitrógeno seco u otro gas inerte el transformador deberá ser transportado con presión superior a la atmosférica con un equipo que permita mantener y verificar la presión interna e impedir sobrepresiones perjudiciales a la cuba. Todas las tuberías y manómetros serán diseñados en forma tal que se dificulte su robo, rotura o cambio del valor de la presión interna.

Dicha sobrepresión interna deberá mantenerse durante todo el tiempo que transcurre desde el despacho del transformador hasta que sea llenado con el correspondiente aceite en Obra.

Los aisladores pasantes, tanque de expansión, radiadores y demás partes desmontables deberán ser embalados separadamente para ser montados en el lugar del emplazamiento. En particular los aisladores pasatapas serán protegidos con envolturas de papel, cartón y madera, todo convenientemente zunchado. Las bocas de los radiadores deberán tener tapas especiales para evitar el ingreso de polvo o cuerpos extraños. Los materiales utilizados para el embalaje, no deberán afectar al medio ambiente.

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El aceite necesario para el llenado de la cuba y demás partes del transformador será provisto en tambores de acero de 200 litros debidamente sellados.

9. REPUESTOS

Cada transformador debe ser provisto con los repuestos que se indican a continuación:

POS DESCRIPCIÓN UNIDAD CANTIDAD

1 Repuesto para Transformador de Potencia --- --- 1.1 Aislador pasante de 132 kV (completo) c/u 1 1.2 Aislador de 38 kV – 1000 Amp. (completo) c/u 1 1.3 Aislador pasante 24 kV (completo) c/u 1 1.4 Aislador de Neutro de AT c/u 1 1.5 Aislador de Neutro de MT c/u 1 1.6 Contactor de cada tipo (del Conmutador Bajo

Carga) c/u Gl

1.7 Transformador de intensidad de cada tipo (solamente los interiores)

c/u Gl

10. MONTAJE, ENSAYOS EN OBRA Y PUESTA EN SERVICIO

10.1 Generalidades

Las verificaciones y ensayos del transformador y sus componentes en la obra se realizarán según las mismas normas utilizadas en los respectivos ensayos efectuados en la fábrica, excepto donde se establezca otra cosa. 10.2 Montaje y supervisión

El fabricante de los transformadores (Proveedor) supervisará el montaje de los mismos, debiendo solicitar que se detengan los trabajos o se modifique la realización de aquellos que, a su criterio, no se estén efectuando adecuadamente y que puedan afectar el funcionamiento de los transformadores en las condiciones que garantiza.

Las verificaciones a realizar por el fabricante del transformador durante el proceso de montaje estarán detalladas en el Manual de Montaje que el Proveedor presentará, e incluirán como mínimo las siguientes:

- Sobrepresión remanente del sistema de nitrógeno seco.

- Tenor de humedad del resto del aceite contenido en la cuba.

- Rigidez y continuidad de las conexiones internas.

- Rigidez dieléctrica y tenor de humedad del aceite aislante a ser colocado en el transformador.

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- Grado de vacío en la cuba antes de la colocación del aceite aislante tratado.

10.3 Ensayos en la obra

El fabricante de los transformadores (Proveedor) deberá realizar los siguientes ensayos, suministrando al efecto los elementos e instrumentos durante el lapso en que sean necesarios:

. Ensayo dieléctrico del aceite después de su tratamiento y de todos los accesorios previamente a su montaje en el transformador.

. Ensayo de hermeticidad: Deberá ser realizado con una sobrepresión de 40 kPa durante veinticuatro (24) horas para detectar eventuales pérdidas de aceite.

. Relación de transformación.

. Control de funcionamiento (comando, alarmas y disparos) del conmutador de tensión bajo carga.

. Resistencia de aislación del núcleo.

. Verificación del grupo de conexión.

. Ensayo de resistencia de aislación de arrollamientos: Deberá ser medida entre cada arrollamiento y la cuba con el resto de los arrollamientos conectados a la cuba.

. Medición del factor de disipación (tg delta) de cada arrollamiento.

. Medición de la resistencia de cada arrollamiento para todas las posiciones del conmutador.

. Ensayo dieléctrico de los circuitos de protección, calefacción y accesorios totalmente montados.

. Control de funcionamiento del sistema de ventilación forzada.

. Control de funcionamiento de todos los dispositivos indicadores y de medición y/o protección.

Las verificaciones se realizarán mediante simulación del efecto primario en todos los elementos en que sea posible.

. Medición del factor de disipación (tg delta) y de la resistencia de aislación de los aisladores pasantes.

. Control descargadores y contadores de descargas.

10.4 Puesta en servicio y marcha industrial

El fabricante (Proveedor) supervisará la puesta en servicio del transformador, en particular las verificaciones finales previas a su energización.

PARTE C: DOCUMENTACION DE LA PROPUESTA

PTE Norte Grande (Trafos Parte C).doc

PARTE C DOCUMENTACION DE LA PROPUESTA

NUMERAL CONTENIDO PLANILLA N°

DOCUMENTACION A INCLUIR EN EL SOBRE Nº 1

15.3.1.1. Fórmula de Presentación 1

15.3.1.2. Recibo de Adquisición del Pliego 2

Documentación Social: Información de Cada Empresa

3

Documentación Social: Información General del Consorcio

4

Documentación Social: Constancia de Inscripción en los Registros Públicos

5

Documentación Social: Poderes a los Representantes

6

15.3.1.3

Documentación Social: Unificación de Personería

7

15.3.1.4. Poderes: Poder al Representante Legal 8

15.3.1.5 Inscripciones 9

15.3.1.6. Proformas de Garantías 10

15.3.1.7. Bienes de Origen Nacional - Calificación de la Empresa

15.3.1.8. Bienes de Origen no Nacional - Cumplimiento de normativa de la ORGANIZACION MUNDIAL DE COMERCIO (OMC)

11

15.3.1.9 Ponderaciones Decreto Nº 634/2003 12

15.3.2.1. Organización Industrial 13

15.3.2.2. Métodos Constructivos 14

15.3.2.3. Equipamiento de Laboratorio 15

PTE Norte Grande (Trafos Parte C).doc

15.3.2.4. Listado de Suministros 16

15.3.2.5. Compromisos 17

15.3.2.6. Otros 18

15.3.3.2. Folletos, Catálogos y Prospectos 19

15.3.3.3. Protocolos de Ensayos de Tipo 20

15.3.3.4. Esquema de Embalaje 21

15.3.3.5. Programa de Fabricación 22

15.3.3.6. Planillas de Datos Técnicos Garantizados 23

15.3.3.7. Planillas de Lugares de Fabricación y Ensayos 24

15.3.3.8. Apartamientos 25

15.3.4.1. Balances e Informe Contable 26

15.3.4.2. Índices Económico-Financieros 27

15.3.4.3. Indicadores de Magnitud Operativa 28

15.3.4.4. Referencias Bancarias y Financieras 29

DOCUMENTACION A INCLUIR EN EL SOBRE Nº 2

15.4.1 Fórmula de Propuesta 30

15.4.2 Garantía de Mantenimiento de la Propuesta 31

15.4.3 Planilla de Propuesta 32

15.4.4 Cronograma Contractual 33

PTE Norte Grande (Trafos Parte C).doc

PLANILLA N° 1

FORMULA DE PRESENTACIÓN

Señores UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA para la Nominación de Proveedores para Provisión de Transformadores de Potencia

…… abajo firmant... .......................... .....................………… ………… .……………………… ...………………………… …………………… con domicilio legal en la calle ……………… …………………...… número ………de la Ciudad de ……… …………y constituyendo domicilio especial a los efectos de esta licitación en la calle …………… …….......……… número …… de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, expresamente manif…… :

Que he……. analizado y ponderado con tiempo suficiente la documentación de la licitación y particularmente la modalidad de la misma, incluyendo las circulares aclaratorias y correctivas emitidas con posterioridad.

Lo precedente indicado significa que he……. tomado pleno

conocimiento de todas y cada una de las condiciones y especificaciones contenidas en dicha documentación. Por otro lado, expres………… estar impuesto …… de la cantidad, calidad y características de los equipos a proveer como así también de toda otra circunstancia relacionada con la fabricación de los mismos.

Declar…… bajo fe de juramento que no.…. comprenden las causales

de exclusión de la licitación, a que se refiere el Reglamento de Contrataciones que integra la PARTE A de este Pliego.

Por lo tanto, no quedando ……. la menor duda acerca de las

características y finalidad de los suministros ofrece …..proveer la provisión licitada en perfectas condiciones para su utilización en la obra.

Acept……….. en forma irrevocable la firma del contrato de provisión

resultante de esta licitación en la forma establecida en el Pliego de Bases y Condiciones en base a la decisión de la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA, sin que ello establezca ningún derecho a reclamo alguno ni solicitud de pago alguno en adición a los valores cotizados en la Planilla de Propuesta que present ................

Acept… inapelablemente la decisión, de la UNIDAD EJECUTORA DEL

PROGRAMA, sobre la nominación como proveedor de los Transformadores Trifásicos de Potencia y sin derecho a reclamo alguno en caso de no resultar

PTE Norte Grande (Trafos Parte C).doc

nominado. De conformidad con lo expuesto precedentemente ………… oblig .

……… a completar la fabricación y ensayos de la provisión incluida la entrega puesto sobre su base en obra, en los plazos, contados a partir de la fecha de firma del contrato, que he..... propuesto en el Cronograma Contractual en los términos requeridos en el Numeral 17.2.2. del Pliego de Bases y Condiciones

La validez de la presente oferta se mantiene por el término de CIENTO

CINCUENTA (150) días corridos, contados a partir de la fecha de apertura de los Antecedentes para la Calificación (Sobre Nº 1), conforme lo exigido en el Numeral 16 del Pliego de Bases y Condiciones.

Se acompaña Garantía de Mantenimiento de la Oferta, conforme lo

exigido en el Numeral 20 del Pliego, constituida por la suma de PESOS CUATROCIENTOS MIL ($ 400.000,00), a la orden del Comité de Administración del FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELÉCTRICO FEDERAL (CAF) y/o la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP).

Se agregan a la presente todos los datos y antecedentes requeridos en

el Numeral 15 del Pliego, en el orden allí establecido. BUENOS AIRES,

Firma del Representante Técnico Firma del Representante Legal Aclaración……………………….. Aclaración………………………… Nombre…………………………… Nombre…………………………… Domicilio…………………………. Domicilio………………………….. Teléfono………………………….. Teléfono…………………………... Correo electrónico .................... Correo electrónico ....................... Consejo Profesional…………….. Matrícula N°………………………

PTE Norte Grande (Trafos Parte C).doc

PLANILLA Nº 2

RECIBO DE ADQUISICIÓN DEL PLIEGO

...................................................... ...........................................

Firma del Representante Técnico Firma del Representante Legal

PTE Norte Grande (Trafos Parte C).doc

PLANILLA Nº 3

INFORMACIÓN DE CADA EMPRESA

1- Nombre y sigla de la Empresa: 2- Domicilio:

Teléfono: Correo electrónico:

3- Fecha de creación: 4- Capital Social:

5- Actividad principal:

6- Directivos principales:

7- Apoderado de la Empresa: Mandato otorgado mediante: Nombre:

Domicilio: de fecha:

Teléfono:

8- Referencias Técnicas, Comerciales y Bancarias:

9- Años de actuación: a) En el país

b) En el exterior

Firma del Representante Técnico Firma del Representante Legal

PTE Norte Grande (Trafos Parte C).doc

PLANILLA Nº 4 INFORMACIÓN GENERAL DEL CONSORCIO 1- Domicilio legal: Teléfono: Correo elec-

trónico:

Fax: 2- Empresas integrantes del Consorcio: 3- Representantes del Consorcio: 3.1- Apoderado Nombre: Domicilio: Teléfono: Matrícula: Consejo: 3.2- Representante Técnico: Nombre: Domicilio: Teléfono: Matrícula: Consejo: 4- Estructura decisoria del Consorcio: NOTA: La firma del presente formulario por parte del Representante Técnico y del Apoderado del Consorcio implica la aceptación de sus respectivas designaciones como tales. ............................................. ............................................... Firma del Representante Técnico Firma del Representante Legal

PTE Norte Grande (Trafos Parte C).doc

PLANILLA Nº 5

CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN EN LOS REGISTROS PÚBLICOS

1- Nombre y sigla de la Empresa: 2- Domicilio: Teléfono: ......................................................... ...............................................

Firma del Representante Técnico Firma del Representante Legal

PTE Norte Grande (Trafos Parte C).doc

PLANILLA Nº 6 PODERES A LOS REPRESENTANTES

1- Nombre y sigla de la Empresa: 2- Domicilio: Teléfono:

Se incluyen a continuación los siguientes poderes Representante Legal: Representante Técnico:

.................................................... ...........................................

Firma del Representante Técnico Firma del Representante Legal

PTE Norte Grande (Trafos Parte C).doc

PLANILLA Nº 7 UNIFICACIÓN DE PERSONERÍA

1- Nombre y sigla de la Empresa: 2- Domicilio: Teléfono: Se incluyen a continuación: ........................................................ ...............................................

Firma del Representante Técnico Firma del Representante Legal

PTE Norte Grande (Trafos Parte C).doc

PLANILLA Nº 8

PODER AL REPRESENTANTE LEGAL

1- Nombre y sigla de la Empresa: 2- Domicilio: Teléfono: Se incluyen a continuación poderes a favor de: ..................................................... ................................................

Firma del Representante Técnico Firma del Representante Legal

PTE Norte Grande (Trafos Parte C).doc

PLANILLA Nº 9 INSCRIPCIONES

1- Nombre y sigla de la Empresa: 2- Domicilio: Teléfono: .................................................... ................................................

Firma del Representante Técnico Firma del Representante Legal

PTE Norte Grande (Trafos Parte C).doc

PLANILLA Nº 10 PROFORMAS DE GARANTÍAS

1- Nombre y sigla de la Empresa: 2- Domicilio: Teléfono: Se incluyen a continuación proformas de las siguientes garantías: .................................................... .................................................

Firma del Representante Técnico Firma del Representante Legal

PTE Norte Grande (Trafos Parte C).doc

PLANILLA Nº 11 HOJA 1 / 2 BIENES DE ORIGEN NACIONAL

1- Nombre y sigla de la Empresa: 2- Domicilio: Teléfono:

Para bienes ofertados, considerados de origen nacional en los térmi-nos del Artículo 2º de la Ley 25.551 “Compre Trabajo Argentino”, se deberá presentar una declaración jurada, según lo dispone el Artículo 11-Inciso b) apartado I) de la reglamentación del Régimen de Compre Trabajo Argentino” aprobada por Decreto N° 1.600/2002.

Si corresponde, para PYMEs declaración jurada según lo dispone el Articulo 3º de la reglamentación del Régimen de Compre Trabajo Argentino” aprobada por Decreto Nº 1600/2002

..................................................... ................................................

Firma del Representante Técnico Firma del Representante Legal

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PLANILLA Nº 11 HOJA 2 / 2

BIENES DE ORIGEN NO NACIONAL

1- Nombre y sigla de la Empresa: 2- Domicilio: Teléfono:

Para bienes ofertados de origen no nacional, manifestación en carác-ter de declaración jurada según Numeral 15.3.1.8. de la Parte B del Pliego

..................................................... ................................................

Firma del Representante Técnico Firma del Representante Legal

PTE Norte Grande (Trafos Parte C).doc

2.1 2.2 2.3 2.4 2.5 2.6 2.7 2.8 2.9

PLANILLA Nº 12-Pag. 1 RUBROS PRINCIPALES COMPONENTES DE LA

AMPLIACIÓN

Construcción de Obras

Civiles

Tareas de Montaje Electro-

mecánico

Provisión de Reactores y Transforma-

dores

Provisión de Conductores e

Hilo de Guardia

Provisión de Cadenas,

Morsetería y Conectores

Provisión de Equipos de Maniobras y

Medición

Provisión de Estructuras

Soporte Reticuladas

Provisión de otros Equipos

Eléctricos

Provisión equipos de Automat. y Comunicac

Porcentaje sobre el total de la Ampliación 0% 0% 100% 0% 0% 0% 0% 0% 0%

Participación de cada indice en el rubro componente a) Precios Mayoristas Nivel General 0 0 0,069 0 0 0 0 0 0

b) Índice de la Construcción Nivel Gral. 0 0 0 0 0 0 0 0 0

c) Mano de Obra de la Construcción 0 0 0 0 0 0 0 0 0

d) Mano de Obra Ind. Metalúrgica 0 0 0 0 0 0 0 0 0

e) Maquinaria para Obras-Importadas 0 0 0 0 0 0 0 0 0

f) Productos Refinados del Petróleo 0 0 0,025 0 0 0 0 0 0

g) Cemento y Cal 0 0 0 0 0 0 0 0 0

h) Minerales Ferrosos 0 0 0,022 0 0 0 0 0 0

i) Minerales no Ferrosos 0 0 0 0 0 0 0 0 0

j) Conductores Eléctricos 0 0 0 0 0 0 0 0 0

k) Productos Minerales no Metálicos 0 0 0 0 0 0 0 0 0

l) Productos Básicos de Aluminio 0 0 0,084 0 0 0 0 0 0

m) Productos de Fundición 0 0 0 0 0 0 0 0 0

n) Productos Metálicos Básicos 0 0 0 0 0 0 0 0 0

o) Minerales Ferrosos-Importados 0 0 0 0 0 0 0 0 0

p) Minerales No Ferrosos-Importados 0 0 0 0 0 0 0 0 0

q) Máquinas y Aparatos Eléctricos-Impor 0 0 0,163 0 0 0 0 0 0

r) Productos Metálicos Básicos-Impor 0 0 0 0 0 0 0 0 0

s) Otros Indices (continúa en Pagina 2)

PTE Norte Grande (Trafos Parte C).doc

2.1 2.2 2.3 2.4 2.5 2.6 2.7 2.8 2.9

PLANILLA Nº 12-Pag. 2 RUBROS PRINCIPALES COMPONENTES DE LA

AMPLIACIÓN

Construcción de Obras

Civiles

Tareas de Montaje Electro-

mecánico

Provisión de Reactores y Transforma-

dores

Provisión de Conductores e

Hilo de Guardia

Provisión de Cadenas,

Morsetería y Conectores

Provisión de Equipos de Maniobras y

Medición

Provisión de Estructuras

Soporte Reticuladas

Provisión de otros Equipos

Eléctricos

Provisión equipos de Automat. y Comunicac

Porcentaje sobre el total de la Ampliación 0% 0% 100% 0% 0% 0% 0% 0% 0%

Apertura del Item s) Otros Indices Participación de cada indice en el rubro componente s1) CIIU-3 2720 CPC 41532-1 “Lingotes y

perfiles de aluminio y sus Aleaciones” 0 0 0 0 0 0 0 0 0

s2) CIIU-3 2710 CPC 41251-1 “Perfiles de Hierro”

0 0 0 0 0 0 0 0 0

s3) CIIU-3 2720 CPC 91511-1 “Cobre” 0 0 0,199 0 0 0 0 0 0

s4) CIIU-3 2710 CPC 91211-11 “Chapas de Hierro al Silicio”

0 0 0,200 0 0 0 0 0 0

s5) Productos de Minerales No Ferrosos en formas básicas: Zinc

0 0 0 0 0 0 0 0 0

s6) Cuadro 3.5.2 Indice de Salario por Obrero – 31 “Fabricación de maquinaria y aparatos electrónicos motores, equipos y suministros eléct.”

0 0 0,238 0 0 0 0 0 0

s7)

s8)

s9)

Total 0 0 1,000 0 0 0 0 0 0

Firma del Representante Técnico Firma del Representante Legal

PTE Norte Grande (Trafos Parte C).doc

PLANILLAS N° 13/ N° 14 y N° 15

ORGANIZACIÓN INDUSTRIAL

MÉTODOS CONSTRUCTIVOS

EQUIPAMIENTO DE LABORATORIOS

Planilla N° 13 ORGANIZACIÓN INDUSTRIAL según Numeral 15.3.2.1

Planilla N° 14 MÉTODOS CONSTRUCTIVOS según Numeral 15.3.2.2

Planilla N° 15 EQUIPAMIENTO DE LABORATORIOS según Numeral 15.3.2.3

(Serán incorporadas por el Oferente) ..................................................... ................................................

Firma del Representante Técnico Firma del Representante Legal

PTE Norte Grande (Trafos Parte C).doc

PLANILLA Nº 16

LISTADO DE SUMINISTROS 1 2 3 4 5 6 7 8 Obra Comitente Monto del

Contrato Participación Origen del

Contrato Descripción de los Trabajos realizados Fecha de finali-

zación Plazo

........................................... ........................................ Firma del Representante Técnico Firma del Representante Legal

PTE Norte Grande (Trafos Parte C).doc

PLANILLA Nº 17

COMPROMISOS

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 Empresa Obra País Comitente Monto

del Con-trato

Tipo de Obra Trabajos a realizar Grado de compro-

miso

Fecha de iniciación

Plazo previsto

% de avance

al

...................................................... ................................................. Firma del Representante Técnico Firma del Representante Legal

PTE Norte Grande (Trafos Parte C).doc

PLANILLAS Nº 18/N° 19/N° 20/N° 21 Y N° 22

OTROS – FOLLETOS, CATÁLOGOS Y PROSPECTOS PROTOCOLOS DE ENSAYOS DE TIPO

ESQUEMA DE EMBALAJE PROGRAMA DE FABRICACIÓN

Planilla Nº 18 OTROS según el Numeral 15.3.2.6 Planilla Nº 19 FOLLETOS, CATÁLOGOS Y PROSPECTOS según el Numeral 15.3.3.2 Planilla Nº 20 PROTOCOLOS DE ENSAYOS DE TIPO según el Numeral 15.3.3.3 Planilla Nº 21 ESQUEMA DE EMBALAJE según el Numeral 15.3.3.4 Planilla Nº 22 PROGRAMA DE FABRICACIÓN según el Numeral 15.3.3.5 ..................................................... ................................................

Firma del Representante Técnico Firma del Representante Legal

PLANILLA Nº 23

PLANILLA DE DATOS TÉCNICOS GARANTIZADOS

MÓDULO 1: TRANSFORMADOR 132/33/13,2 kV 15/15/15 MVA PARA INSTALAR EN ET LAS LOMITAS

Transformador de Potencia 132 / 33 / 13.2 kVNro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

1. Características Generales

1.1 Fabricante -

1.2 Modelo -

1.3 Año de diseño del modelo -

1.4 País de origen -

1.5 Tipo de instalación - Intemperie

1.6 Servicio - Contínuo

1.7 Normas de fabricación y ensayo - IRAM-IEC

1.8 Número de fases - 3

1.9 Frecuencia nominal Hz 50

2. Arrollamiento de 132 kV

2.1 Aislación - Progresiva

2.2 Potencia nominal en cualquier derivación:

- condición ONAF MVA 15

- condición ONAN MVA 10,5

2.3 Tensión nominal en vacío (del arrollamiento) kV 132

2.4 Derivaciones - +4x1,25%;

-12x1,25%

(+5%; -15%)

2.5 Tensión máxima de servicio kV 145

2.6 Conexión del arrollamiento - Estrella con

neutro accesi-

ble rígido a

tierra

2.7 Grupo de conexión primario-secundario - YNyn0

2.8 Grupo de conexión primario-terciario - YNd11

2.9 Tensión resistida

- a impulso atmosférico, onda plena

(1,2/50 microsegundos)(v.cresta) kV 550

- a frecuencia industrial (1 minuto),

lado neutro (v.eficaz) kV 70

- inducida, larga duración (v.eficaz) (s/IRAM 2105) kV

FIRMA DEL REPRESENTANTE TECNICO FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

UNIDAD EJECUTORADEL PROGRAMA DE

TRANSMISIÓN ELÉCTRICA DEL NORTE GRANDE

Proyecto: Programa de Transmisión Eléctrica del Norte GrandeLíneas de Transmisión y Subtransmisión Eléctrica de la Provincia de Formosa

Título: PLANILLA DATOS TECNICOS GARANTIZADOS Transformador de Potencia

Rev.

Fecha:

Hojas:

BAgosto/2010

18

Obra: ET Las Lomitas 132/33/13,2 kV

PTE Norte Grande (Trafo PDTG - Las Lomitas).xls 1

Transformador de Potencia 132 / 33 / 13.2 kV

UNIDAD EJECUTORADEL PROGRAMA DE

TRANSMISIÓN ELÉCTRICA DEL NORTE GRANDE

Proyecto: Programa de Transmisión Eléctrica del Norte GrandeLíneas de Transmisión y Subtransmisión Eléctrica de la Provincia de Formosa

Título: PLANILLA DATOS TECNICOS GARANTIZADOS Transformador de Potencia

Rev.

Fecha:

Hojas:

BAgosto/2010

18

Obra: ET Las Lomitas 132/33/13,2 kV

Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

3. Arrollamiento de 34,5 kV

3.1 Aislación - Uniforme

3.2 Potencia nominal

- condición ONAF MVA 15

- condición ONAN MVA 10,5

3.3 Tensión nominal (del arrollamiento) kV 34,5

3.4 Derivaciones % ± 2x2,5

3.5 Tensión máxima de servicio kV 36

3.6 Conexion del arrollamiento Estrella c/neutro

accesible rígida

a tierra

3.7 Grupo de conexión secundario-terciario YNd 11

3.8 Tensión resistida

- a impulso atmosférico, onda plena

(1,2/50 microsegundos)(v.cresta) kV 170

- a frecuencia industrial (1 minuto),

lado neutro (v.eficaz) kV 70

- inducida, larga duración (v.eficaz) (s/IRAM 2105) kV

4. Arrollamiento de 13,8 kV

4.1 Aislación - Uniforme

4.2 Potencia nominal

- condición ONAF MVA 15

- condición ONAN MVA 10,5

4.3 Tensión nominal en vacío (del arrollamiento) kV 13,8

4.4 Tensión máxima en servicio kV 14,5

4.5 Conexión del arrollamiento Triángulo

4.6 Tensión resistida

- a impulso atmosférico, onda plena

(1,2/50 microsegundos)(v.cresta) kV 95

- a frecuencia industrial de corta duración (1 minuto) kV 38

5. Pérdidas

5.1 En vacío

- en las condiciones nominales kW

- con 105% de la tensión nominal kW

- con 110% de la tensión nominal kW

FIRMA DEL REPRESENTANTE TECNICO FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

PTE Norte Grande (Trafo PDTG - Las Lomitas).xls 2

Transformador de Potencia 132 / 33 / 13.2 kV

UNIDAD EJECUTORADEL PROGRAMA DE

TRANSMISIÓN ELÉCTRICA DEL NORTE GRANDE

Proyecto: Programa de Transmisión Eléctrica del Norte GrandeLíneas de Transmisión y Subtransmisión Eléctrica de la Provincia de Formosa

Título: PLANILLA DATOS TECNICOS GARANTIZADOS Transformador de Potencia

Rev.

Fecha:

Hojas:

BAgosto/2010

18

Obra: ET Las Lomitas 132/33/13,2 kV

Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

5.2 En cortocircuito

En la relación de transformación nominal y fun-

cionamiento binario para la potencia nominal del

arrollamiento menor (referidas a 75°C)

-132 kV / 34,5 kV kW

- 132 kV / 13,8 kV kW

- 34,5 kV / 13,8 kV kW

5.3 Consumo por ventilación kW

5.4 Totales, con 100% de la carga, sin consi-

derar el equipo de enfriamiento:

. en las condiciones nominales kW

. en derivación máxima kW

. en derivación minima kW

5.5 Tolerancia para cada pérdida medida % +15

5.6 Tolerancia para las pérdidas totales % +10

6. Corriente de excitación

6.1 En las condiciones nominales A

6.2 3a. armónica (respecto In) %

6.3 5a. armónica (respecto In) %

6.4 7a. armónica (respecto In) %

7. Impedancia referida a la potencia primaria

del transformador en MVA y a 75ºC

7.1 132 kV/34,5 kV:

- en las condiciones nominales % 11

- en la derivación Máxima cantidad espiras. %

- en la derivación Mínima cantidad espiras. %

7.2 132 kV/13,8 kV en condiciones nominales % 17

7.3 34,5 kV/13,8 kV. % 6

7.4 Impedancia homopolar por fase vista desde

bornes del arrollamiento en estrella:

132 kV/13,8 kV. %

34,5 kV/13,8 kV. %

7.5 Tolerancia en la impedancia % ±10

FIRMA DEL REPRESENTANTE TECNICO FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

PTE Norte Grande (Trafo PDTG - Las Lomitas).xls 3

Transformador de Potencia 132 / 33 / 13.2 kV

UNIDAD EJECUTORADEL PROGRAMA DE

TRANSMISIÓN ELÉCTRICA DEL NORTE GRANDE

Proyecto: Programa de Transmisión Eléctrica del Norte GrandeLíneas de Transmisión y Subtransmisión Eléctrica de la Provincia de Formosa

Título: PLANILLA DATOS TECNICOS GARANTIZADOS Transformador de Potencia

Rev.

Fecha:

Hojas:

BAgosto/2010

18

Obra: ET Las Lomitas 132/33/13,2 kV

Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

8. Resistencia de los arrollamientos referida a 75°C

8.1 Arrollamiento de 132 kV:

- en la derivación máxima ohm

- en la derivación nominal ohm

- en la derivación mínima ohm

8.2 Arrollamiento de 34,5 kV:

- en la derivación máxima ohm

- en la derivación nominal ohm

- en la derivación mínima ohm

8.3 Arrollamiento de 13,8 kV: ohm

9. Nivel de ruido máximo en las condiciones

nominales e incluyendo todo el equipo de

enfriamiento en funcionamiento

Según IRAM 2437 dB

10. Nivel de descargas parciales máximo medido

durante el ensayo de tensión inducida, a la

máxima tensión (según IRAM 2105) pC

11. Corriente de conexión (Inrush) curva: corriente en

función del tiempo de conexión - Adjuntar

12. Reactancia con núcleo de aire vista desde:

12.1 bornes de 132 kV. %

12.2 bornes de 34,5 kV. %

13. Impedancia de magnetización a tensión no-

minal, vista desde los terminales de alta

tensión (132 kV) %

14. Sobreelevación máxima de temperatura, en

funcionamiento contínuo con potencia nomi-

nal, en la derivación del conmutador co-

rrespondiente a las mayores pérdidas y tem-

peratura ambiente máxima de 45°C

14.1 En el aceite °C 55

14.2 En el cobre °C 60

14.3 En el núcleo °C 60

14.4 En otras partes metálicas °C 60

FIRMA DEL REPRESENTANTE TECNICO FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

PTE Norte Grande (Trafo PDTG - Las Lomitas).xls 4

Transformador de Potencia 132 / 33 / 13.2 kV

UNIDAD EJECUTORADEL PROGRAMA DE

TRANSMISIÓN ELÉCTRICA DEL NORTE GRANDE

Proyecto: Programa de Transmisión Eléctrica del Norte GrandeLíneas de Transmisión y Subtransmisión Eléctrica de la Provincia de Formosa

Título: PLANILLA DATOS TECNICOS GARANTIZADOS Transformador de Potencia

Rev.

Fecha:

Hojas:

BAgosto/2010

18

Obra: ET Las Lomitas 132/33/13,2 kV

Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

14.5 Constante de tiempo térmica para condición:

- ONAF minutos

- ONAN minutos

15. Corriente máxima soportada por los arrolla-

mientos, como múltiplo de la corriente no-

minal In, para cualquier tipo de cortocir-

cuito en bornes:

15.1 Simétrica, durante 2 s, valor eficaz xIn

15.2 Asimétrica, valor de cresta kA

16. Etapa de enfriamiento

16.1 N° de radiadores -

16.2 N° de motoventiladores -

16.3 Marca y tipo del motoventilador -

16.4 Caudal m3/min

16.5 Marca y tipo del motor -

16.6 Potencia del motor kW

16.7 Tensión nominal V 380

16.8 Frecuencia nominal Hz 50

17. Sobrecargas admisibles S/IEC 60354

17.1 Carga contínua permisible, en porcentaje

de la potencia nominal, para sobreelevacio-

nes de temperatura nominales, en función

del número de motoventiladores en

operación % Anexar Tabla

17.2 Sobrecarga permisible de corta duración,

sin reducción de vida probable, en función

de temperatura ambiente y de la duración de

la carga nominal previa a la sobrecarga % Anexar Tabla

17.3 Tiempo admisible sin reducción de vida pro-

bable para sobrecargas del 10, 20, 30, 40 y

50% para una potencia previa del 50, 75 y

90% de la nominal y temperatura ambiente

según pliego min Anexar Tabla

18. Rendimiento y caídas de tensión en función Ver tablas

de la carga (f = 50 Hz; t = 75°C) Hoja 6

FIRMA DEL REPRESENTANTE TECNICO FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

PTE Norte Grande (Trafo PDTG - Las Lomitas).xls 5

Transformador de Potencia 132 / 33 / 13.2 kVNro. DESCRIPCION

18.1 Funcionamiento binario 132 kV/34,5 kV (Carga referida a la potencia de 15 MVA)

UNI- CARGA (%)

CONCEPTO DAD

120 100 75 50 25

Cos Fi = 1 Rendimiento %

Caída de tensión %

Cos Fi = 0,8 Rendimiento %

Caída de tensión %

18.2 Funcionamiento binario 132 kV/13,8 kV (Carga referida a la potencia de 15 MVA)

UNI- CARGA (%)

CONCEPTO DAD

120 100 75 50 25

Cos Fi = 1 Rendimiento %

Caída de tensión %

Cos Fi = 0,8 Rendimiento %

Caída de tensión %

18.3 Funcionamiento binario 34,5 kV/13,8 kV (Carga referida a la potencia de 15 MVA)

UNI- CARGA (%)

CONCEPTO DAD

120 100 75 50 25

Cos Fi = 1 Rendimiento %

Caída de tensión %

Cos Fi = 0,8 Rendimiento %

Caída de tensión %

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Título: PLANILLA DATOS TECNICOS GARANTIZADOS Transformador de Potencia

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Obra: ET Las Lomitas 132/33/13,2 kV

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Transformador de Potencia 132 / 33 / 13.2 kVNro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

19. Aceite aislante de acuerdo con la Recomendación -

(Tipo YPF 64) - IEC 60296

19.1 Contenido de PCB ppm < 2

20. Masas:

20.1 Parte activa kg

20.2 Aceite total kg

20.3 Cuba y accesorios kg

20.4 Total del transformador montado kg

21. Volúmenes de aceite:

21.1 En la cuba m3

21.2 En el tanque de expansión m3

21.3 En los radiadores m3

21.4 Total requerido m3

21.5 A extraer para transporte del trafo m3

21.6 En el conmutador de tomas bajo carga m3

22. Dimensiones:

22.1 Transformador montado:

- altura total mm

- altura hasta la tapa mm

- longitud mm

- ancho mm

22.2 Altura necesaria para levantamiento de la

parte activa mm

23. Transporte

23.1 Mayor pieza para transporte:

- denominación de la pieza -

- altura mm

- longitud mm

- ancho mm

23.2 Aceleración máxima permisible en el sen-

tido:

- vertical m/s2

- longitudinal m/s2

- transversal m/s2

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Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

23.3 Gas de llenado para el transporte -

23.4 Masas de transporte

23.4.1 Del transformador con gas inerte kg

23.4.2 Accesorios embalados kg

23.4.3 Aceite (en tambores) kg

24. Tensiones auxiliares

24.1 De comando (corriente contínua) V 110

24.2 Para accionamientos (f=50 Hz) V 380/220

24.3 Tolerancia tensiones auxiliares

- Para corriente continua % +10; -15

- Para corriente alterna % +10; -10

25. Datos del diseño

25.1 Núcleo

25.1.1 Tipo (de columnas) -

25.1.2 Densidad de flujo magnético en condiciones:

- normales de funcionamiento

- columnas Tesla

- yugos Tesla

25.1.3 Nivel de aislación entre núcleo y estruc- 15

tura de sujeción a 50 Hz-1 min. (v.eficaz) kV 10,5

25.1.4 Gráfico de saturación - Adjuntar

25.1.5 Material de arrollamiento

Primario cobre

Secundario cobre

Terciario cobre

25.1.6 Clase de aislación de arrollamientos A

25.2 Cuba y tanque de expansión

25.2.1 Sobrepresión máxima interna que pueden so-

portar la cuba y el tanque de expansión

durante 12 horas, con todos los accesorios kPa 40

montados (daN/cm2) (0,4)

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Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

25.2.2 Presión absoluta(vacío)que pueden soportar:

- cuba Pa 130

(mm Hg) (1)

- tanque de expansión Pa 130

(mm Hg) (1)

- radiadores Pa 130

(mm Hg) (1)

25.2.3 Tipo de cuba (con tapa superior abulonada) - c/junta sup

25.2.4 Espesor de las paredes de la cuba

- laterales mm

- piso mm

- tapa mm

25.2.5 Espesor de chapa del tanque de expansion mm

25.2.6 Trocha

- Direccion x mm 1676

- Direccion y mm 1676

25.2.7 Ruedas - sí

- Anchos de banda - mm

- Diámetro - mm

- Pestañas - sí

25.3 Potencias de cortocircuito para el cálculo

de la capacidad mecánica y térmica de la

máquina a los esfuerzos producidos por

fallas externas (según IEC 60076-5):

- lado de 132 kV GVA 5

- lado de 34,5 kV GVA 0,75

- lado de 13,8 kV GVA 0,5

26. Conmutador de tomas sin tensión p. arrollamiento

34,5 kV - sí

26.1 Fabricante - ASP/CAPT

26.2 Modelo/Tipo

26.3 País de origen Francia/Italia

26.4 Norma - IEC 60214

26.5 Número de posiciones - 5

26.6 Tensión máxima del conmutador kV 36

26.7 Tensión resistida a frecuencia industrial kV 70

26.8 Tensión resistida a impulso (1,2/50) kV 170

26.9 Corriente nominal A

26.10 Cerradura de enclavamiento del mando - sí

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Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

27. Aisladores pasantes para 132 kV

27.1 Fabricante -

27.2 Modelo -

27.3 País de origen -

27.4 Tipo/Color - Antiniebla

Capacitivo/

marrón

27.5 Norma de fabricación y ensayo - IEC 60137

27.6 Tensión máxima permanente kV 145

27.7 Corriente nominal A

27.8 Corriente térmica nominal de corta duración kA

27.9 Corriente dinámica nominal (v.cresta) kA

27.10 Tensión resistida:

- a impulso atmosférico kVCr 650

- a frecuencia industrial kV -

27.11 Capacitancia pF

27.12 Longitud de contorneo mm

27.13 Distancia de arco mm

27.14 Longitud total mm

27.15 Diámetro máximo de la brida mm

27.16 Resultante de esfuerzos simultáneos en borne

27.16.1 Esfuerzo estático daN 70

27.16.2 Esfuerzo estático y dinámico por cortocircuito daN 100

27.16.3 Esfuerzo máximo admisible estático daN -

27.16.4 Esfuerzo máximo admisible estático y dinámico

por cortocircuito. daN -

27.17 Carga de rotura del borne/aislador daN -

27.18 Volumen de aceite l

27.19 Masa kg

28. Aisladores pasantes para 34,5 kV

28.1 Fabricante -

28.2 Modelo -

28.3 País de origen -

28.4 Tipo/Color - Antiniebla/

marrón

28.5 Tensión máxima permanente kV 36

28.6 Corriente nominal A

28.7 Tensión resistida:

- a impulso atmosférico (v.cresta) kV 200

- a frecuencia industrial bajo lluvia

(v.eficaz) kV 95

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Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

28.8 Longitud de contorneo mm

28.9 Distancia de arco mm

28.10 Longitud total mm

28.11 Carga de rotura del borne/aislador daN

28.12 Masa kg

29. Aisladores pasantes para 13,8 kV

29.1 Fabricante -

29.2 Modelo -

29.3 País de origen -

29.4 Tipo/Color - Porcelana/

marrón

29.5 Tensión máxima permanente kV 14,5

29.6 Corriente nominal A

29.7 Tensión resistida:

- a impulso atmosférico (v.cresta) kV 110

29.8 Carga de rotura del borne/aislador daN -

29.9 Masa kg

30. Aisladores pasantes para neutro

30.1 Fabricante -

30.2 Modelo -

30.3 País de origen -

30.4 Tipo/Color - Antiniebla/

blanco

30.5 Tensión máxima permanente kV 36

30.6 Corriente nominal A

30.7 Tensión resistida:

- a impulso atmosférico (v.cresta) kV 200

- a frecuencia industrial bajo lluvia

(v.eficaz) kV 95

30.8 Longitud de contorneo mm

30.9 Distancia de arco mm

30.10 Lontitud total mm

30.11 Carga de rotura del borne/aislador daN -

30.12 Masa kg

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Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

31.a Disposición de bornes, gabinetes de control y tanque

de expansión - s/ Anexo I

31.b Transformadores de corriente

31.b.1 Para dispositivos Imagen Térmica

31.b.1.1 Para arrollamiento 132 kV

- Relación A/A

- Prestación VA

- Precisión -

31.b.1.2 Para arrollamiento 34,5 kV

- Relación A/A

- Prestación VA

- Precisión -

31.b.1.3 Para arrollamiento 13,8 kV

- Relación A/A

- Prestación VA

- Precisión -

32. Descargadores de sobretensión

32.1 Descargadores para 132 kV

32.1.1 Fabricante -

32.1.2. País de origen -

32.1.3 Tipo - Zn0

32.1.4 Modelo - Polimérico

32.1.5. Año de diseño del modelo ofrecido -

32.1.6. Norma de fabricación y ensayo - IEC 60099-4

IRAM 2472

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Obra: ET Las Lomitas 132/33/13,2 kV

Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

32.1.7 Frecuencia nominal Hz 50

32.1.8 Tensión nominal del descargador (Ur) kV 120

32.1.9 Corrriente de descarga nominal kA 10

32.1.10 Capacidad de descarga de líneas - Clase 3

32.1.11 Energia de ensayo nominal (ensayo de rutina de

todos los bloques, con dos descargas de línea) kJ/kV (Ur) 7,4

32.1.12 Energia de impulso simple de 4 ms kJ/kV 4,5

32.1.13 Tensión permanente máxima de operación (Uc) kV 92

32.1.14 Tensión residual máxima (v.cresta) con

corrientes de descarga de sobretensiones derayo (8/20μs) para:

5 kA kVcr 268

10 kA kVcr 282

20 kA kVcr 311

32.1.15 carga de rotura borne/aislador -

daN

32.1.16 Dimensiones principales

32.1.16.1 Altura total mm

32.1.16.2 Diámetro máximo mm

32.1.17 Masa kg

32.2 Descargadores para 34,5 kV

32.2.1 Fabricante -

32.2.2 País de origen -

32.2.3 Tipo - Zn0

32.2.4 Modelo - Polimérico

32.2.5 Año de diseño del modelo ofrecido -

32.2.6 Norma de fabricación y ensayo - IEC 60099-4

IRAM 2472

32.2.7 Frecuencia nominal Hz 50

32.2.8 Tensión nominal del descargador kV 33,8

32.2.9 Corrriente de descarga nominal kA 10

32.2.10 Capacidad de descarga de líneas - Clase 3

32.2.11 Energia de ensayo nominal (ensayo de rutina de

todos los bloques, con dos descargas de línea) kJ/kVUc 9,0

32.2.12 Energia un impulso de corriente 100ka; 4/10ms kJ/kVUc 3,6

32.2.13 Tensión permanente máxima de operación kV 27

32.2.14 Tensión residual máxima (v.cresta) con

corrientes de descarga de sobretensiones derayo (8/20 μs) para:

5 kA kVcr 77,0

10 kA kVcr 81,0

20 kA kVcr 88,7

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Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

32.2.15 Carga de rotura borne/aislador

daN

32.2.16 Dimensiones principales

32.2.16.1 Altura total mm

32.2.16.2 Diámetro máximo mm

32.2.17 Masa kg

32.3 Descargadores para 13,8 kV

32.3.1 Fabricante -

32.3.2 País de origen -

32.3.3 Tipo - Zn0

32.3.4 Modelo - Polimérico

32.3.5 Año de diseño del modelo ofrecido -

32.3.6 Norma de fabricación y ensayo - IEC 60099-4

IRAM 2472

32.3.7 Frecuencia nominal Hz 50

32.3.8 Tensión nominal del descargador kV 18,8

32.3.9 Corrriente de descarga nominal kA 10

32.3.10 Capacidad de descarga de líneas - Clase 3

32.3.11 Energia de ensayo nominal (ensayo de rutina de

todos los bloques con dos descargas de línea) kJ/kVUc 9,0

32.3.12 Energia un impulso de corriente 100 kA; 4/10 μs kJ/kVUc 3,6

32.3.13 Tensión permanente máxima de operación (Uc) kV 15

32.3.14 Tensión residual máxima (v.cresta) con

corrientes de descarga de sobretensiones derayo (8/20 μs) para:

5 kA kVcr 42,8

10 kA kVcr 45,0

20 kA kVcr 49,3

32.3.15 Carga de rotura borne/ aislador daN

32.3.16 Dimensiones principales

32.3.16.1 Altura total mm

32.3.16.2 Diámetro máximo mm

32.3.17 Masa kg

33. Conmutador de tomas bajo carga

33.1 Fabricante -

33.2 Modelo -

33.3 País de origen -

33.4 Norma - IEC 60214

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Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

33.5 Motor de accionamiento:

- tensión nominal V 3x380/220

- potencia nominal kW

- tensión auxiliar de comando (c.contínua) V 110

33.6 Categoría de relación según IEC -

33.7 Corriente de circulación A

33.8 Corriente interrumpida A

33.9 Tensión de recuperación V

33.10 Nivel de aislación

33.10.1 Tensión admisible fase-tierra para impulso

atmosférico (1,2/50 microsegundos)

(BIL) (valor de cresta) kV

33.10.2 Tensión admisible entre fases, para impulso

atmosférico (1,2/50 microsegundos)

(valor de cresta) kV

33.10.3 Tensión admisible fase-tierra para 50 Hz

(valor eficaz) kV

33.10.4 Tensión admisible entre fases para 50 Hz

(valor eficaz) kV

33.11 Corriente nominal de pasaje a través

del conmutador A

33.12 Tensión nominal de cada escalón V

33.13 Tensión máxima para cada escalón (admisible

por el conmutador) V

33.14 Número de posiciones:

33.14.1 - inherentes (según IEC) - -

33.14.2 - de servicio (según IEC) - -

33.15 Número nominal de operaciones que pueden

efectuarse entre inspecciones -

33.16 Número nominal de operaciones que pueden

efectuarse entre mantenimientos de contactos N° 400000

33.17 Relés de protección del C.B.C.

33.17.1 Relé de flujo - Sí

33.17.2 Nivel de aceite - Sí

33.17.3 Contactos independientes auxiliares de salida

normalmente abiertos (cantidad):

. De alarma (1er. escalón) - 1

. De disparo (2do. escalón) - 1

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Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

33.18 Contactos independientes auxiliares de salida

normalmente abiertos (cantidad) de dispositivos de

mando del C.B.C.:

- Falla mecanismo del C.B.C. - 1

- Conmutación en curso - 1

- Regulación paso a paso - 1

33.19 Dispositivo alivio de presión - sí

- Contacto de alarma 1

33.20 Capacidad de todos los contactos auxiliares

pedidos a 110 Vcc, L/R = 20 ms A 1

34. Regulador automático de tensión (RAT) si

34.1 Fabricante -

34.2 Modelo (designación de fábrica) -

34.3 País de origen -

34.4 Norma -

34.5 Temperatura ambiente admisible:

- máxima °C 45

- mínima (interior) °C -5

34.6 Humedad relativa ambiente máxima admisible % 100

34.7 Unidad básica:

34.7.1 Tensiones de medición:

- valor nominal (fase-neutro) V 110/1,73

- frecuencia nominal Hz 50

34.7.2 Valores de referencia (rango de ajuste) Un 0,9 a 1,2

34.7.3 Consumo VA

34.7.4 Sensibilidad (delta U/Un) x 100 % 1 a 5

34.7.5 Retardo s 20 a 200

34.7.6 Bloqueo por subtensión (rango) Un 0,6 a 0,9

34.7.7 Contactos auxiliares libres de potencial

para la orden de "subir-bajar":

- Cantidad para cada orden (inversor) - 1

- Tensión (corriente contínua) V 110

- Corriente nominal A 5

34.8 Control de la marcha en paralelo (compensa-

cion circulacion corriente reactiva) - si

34.8.1 Fabricante

34.8.2 Modelo (designacion de fabrica)

34.8.3 Pais de origen

34.8.4 Norma

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Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

34.9 Detalles constructivos

34.9.1 Unidad básica

- Dimensiones mm

- Masa kg

34.9.2 Control de la marcha en paralelo

- Dimensiones mm

- Masa kg

35. Accesorios

35.1 Rele Buchholz (antisísmico) - si

35.1.1 Fabricante - -

35.1.2 Pais de origen - -

35.1.3 Tipo/Modelo - -

35.1.4 Contactos independientes para:

- Alarma - 1

- Disparo - 1

35.2 Dispositivo alivio sobrepresion - si

35.2.1 Fabricante - -

35.2.2 Pais de origen - -

35.2.3 Tipo/Modelo - -

35.2.4 Actuación por presión interna kPa 40

35.2.5 Contactos independientes para:

- Alarma - 1

- Disparo - 1

35.3 Dispositivos Imagen Termica - si

35.3.1 Fabricante - -

35.3.2 Pais de origen - -

35.3.3 Tipo/Modelo - -

35.3.4 Contactos de arranque y parada - si

35.3.5 Regulacion del cierre °C 40/100

35.3.6 Regulacion apertura °C 20/100

35.3.7 Contacto de alarma °C 40/120

35.3.8 Contacto de apertura °C 40/120

35.4 Nivel de aceite - si

35.4.1 Fabricante - -

35.4.2 Pais de origen - -

35.4.3 Tipo/Modelo - -

35.4.4 Contactos independientes por minimo y

maximo nivel - si

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Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

35.5 Termometro a cuadrante - si

35.5.1 Fabricante -

35.5.2 Pais de origen -

35.5.3 Tipo/Modelo -

35.5.4 Contactos graduables independientes para:

- Alarma - 1

- Disparo - 1

35.6 Transformador de Corriente para protección de

cuba - Sí

35.6.1 Fabricante - -

35.6.2 País de origen - -

35.6.3 Norma de fabricación - IRAM 2275

IEC 60044

35.6.4 Montaje (adosado a cuba trafo) - Intemperie

35.6.5 Relación A/A 200/5

35.6.6 Prestación VA 15

35.6.7 Coeficiente (n) de sobreintensidad - >10

35.6.8 Clase - 5P

35.6.9 Información tñecnica - Adjuntar

35.7 Protección de sobrecorriente de cuba instantánea - Sí

35.7.1 Fabricante -

35.7.2 País de origen -

35.7.3 Norma de fabricación - -

35.7.4 Tipo -

35.7.5 Corriente nominal ajustable A 0,6 a 2,4

35.7.6 Montaje interior sobre riel DIN - Sí

35.7.7 Contactos auxiliares libres de potencial - 2 NA

35.7.8 Capacidad contactos para 110 Vca A 1

35.7.9 Información técnica - Adjuntar

35.7.10 Tensión auxiliar para comando, señalización y

alarma Vcc 110

35.8 Registrador de impactos en tres direcciones

ortogonales - si

35.8.1 Fabricante -

35.8.2 Pais de origen -

35.8.3 Tipo/Modelo -

35.8.4 Sensibilidad acorde con los valores indicados

en esta P.D.T.Garantizados - si

35.9 Condiciones ambientales y Sísmicas s/Especificación

Técnica

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PTE Norte Grande (Trafo PDTG - Las Lomitas).xls 12

PLANILLA Nº 23

PLANILLA DE DATOS TÉCNICOS GARANTIZADOS

MÓDULO 2: TRANSFORMADOR 132/33/13,2 kV 30/30/15 MVA PARA INSTALAR EN ET EL COLORADO

Transformador de Potencia 132 / 33 / 13.2 kVNro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

1. Características Generales

1.1 Fabricante -

1.2 Modelo -

1.3 Año de diseño del modelo -

1.4 País de origen -

1.5 Tipo de instalación - Intemperie

1.6 Servicio - Contínuo

1.7 Normas de fabricación y ensayo - IRAM-IEC

1.8 Número de fases - 3

1.9 Frecuencia nominal Hz 50

2. Arrollamiento de 132 kV

2.1 Aislación - Progresiva

2.2 Potencia nominal en cualquier derivación:

- condición ONAF MVA 30

- condición ONAN MVA 21

2.3 Tensión nominal en vacío (del arrollamiento) kV 132

2.4 Derivaciones - +4x1,25%;

-12x1,25%

(+5%; -15%)

2.5 Tensión máxima de servicio kV 145

2.6 Conexión del arrollamiento - Estrella con

neutro accesi-

ble rígido a

tierra

2.7 Grupo de conexión primario-secundario - YNyn0

2.8 Grupo de conexión primario-terciario - YNd11

2.9 Tensión resistida

- a impulso atmosférico, onda plena

(1,2/50 microsegundos)(v.cresta) kV 550

- a frecuencia industrial (1 minuto),

lado neutro (v.eficaz) kV 70

- inducida, larga duración (v.eficaz) (s/IRAM 2105) kV

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UNIDAD EJECUTORADEL PROGRAMA DE

TRANSMISIÓN ELÉCTRICA DEL NORTE GRANDE

Proyecto: Programa de Transmisión Eléctrica del Norte GrandeLíneas de Transmisión y Subtransmisión Eléctrica de la Provincia de Formosa

Título: PLANILLA DATOS TECNICOS GARANTIZADOS Transformador de Potencia

Rev.

Fecha:

Hojas:

AJunio/2010

18

Obra: ET El Colorado 132/33/13,2 kV

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Transformador de Potencia 132 / 33 / 13.2 kV

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Rev.

Fecha:

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Obra: ET El Colorado 132/33/13,2 kV

Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

3. Arrollamiento de 34,5 kV

3.1 Aislación - Uniforme

3.2 Potencia nominal

- condición ONAF MVA 30

- condición ONAN MVA 21

3.3 Tensión nominal (del arrollamiento) kV 34,5

3.4 Derivaciones % ± 2x2,5

3.5 Tensión máxima de servicio kV 36

3.6 Conexion del arrollamiento Estrella c/neutro

accesible rígida

a tierra

3.7 Grupo de conexión secundario-terciario YNd 11

3.8 Tensión resistida

- a impulso atmosférico, onda plena

(1,2/50 microsegundos)(v.cresta) kV 170

- a frecuencia industrial (1 minuto),

lado neutro (v.eficaz) kV 70

- inducida, larga duración (v.eficaz) (s/IRAM 2105) kV

4. Arrollamiento de 13,8 kV

4.1 Aislación - Uniforme

4.2 Potencia nominal

- condición ONAF MVA 15

- condición ONAN MVA 10,5

4.3 Tensión nominal en vacío (del arrollamiento) kV 13,8

4.4 Tensión máxima en servicio kV 14,5

4.5 Conexión del arrollamiento Triángulo

4.6 Tensión resistida

- a impulso atmosférico, onda plena

(1,2/50 microsegundos)(v.cresta) kV 95

- a frecuencia industrial de corta duración (1 minuto) kV 38

5. Pérdidas

5.1 En vacío

- en las condiciones nominales kW

- con 105% de la tensión nominal kW

- con 110% de la tensión nominal kW

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Transformador de Potencia 132 / 33 / 13.2 kV

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Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

5.2 En cortocircuito

En la relación de transformación nominal y fun-

cionamiento binario para la potencia nominal del

arrollamiento menor (referidas a 75°C)

-132 kV / 34,5 kV kW

- 132 kV / 13,8 kV kW

- 34,5 kV / 13,8 kV kW

5.3 Consumo por ventilación kW

5.4 Totales, con 100% de la carga, sin consi-

derar el equipo de enfriamiento:

. en las condiciones nominales kW

. en derivación máxima kW

. en derivación minima kW

5.5 Tolerancia para cada pérdida medida % +15

5.6 Tolerancia para las pérdidas totales % +10

6. Corriente de excitación

6.1 En las condiciones nominales A

6.2 3a. armónica (respecto In) %

6.3 5a. armónica (respecto In) %

6.4 7a. armónica (respecto In) %

7. Impedancia referida a la potencia primaria

del transformador en MVA y a 75ºC

7.1 132 kV/34,5 kV:

- en las condiciones nominales % 11

- en la derivación Máxima cantidad espiras. %

- en la derivación Mínima cantidad espiras. %

7.2 132 kV/13,8 kV en condiciones nominales % 17

7.3 34,5 kV/13,8 kV. % 6

7.4 Impedancia homopolar por fase vista desde

bornes del arrollamiento en estrella:

132 kV/13,8 kV. %

34,5 kV/13,8 kV. %

7.5 Tolerancia en la impedancia % ±10

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Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

8. Resistencia de los arrollamientos referida a 75°C

8.1 Arrollamiento de 132 kV:

- en la derivación máxima ohm

- en la derivación nominal ohm

- en la derivación mínima ohm

8.2 Arrollamiento de 34,5 kV:

- en la derivación máxima ohm

- en la derivación nominal ohm

- en la derivación mínima ohm

8.3 Arrollamiento de 13,8 kV: ohm

9. Nivel de ruido máximo en las condiciones

nominales e incluyendo todo el equipo de

enfriamiento en funcionamiento

Según IRAM 2437 dB

10. Nivel de descargas parciales máximo medido

durante el ensayo de tensión inducida, a la

máxima tensión (según IRAM 2105) pC

11. Corriente de conexión (Inrush) curva: corriente en

función del tiempo de conexión - Adjuntar

12. Reactancia con núcleo de aire vista desde:

12.1 bornes de 132 kV. %

12.2 bornes de 34,5 kV. %

13. Impedancia de magnetización a tensión no-

minal, vista desde los terminales de alta

tensión (132 kV) %

14. Sobreelevación máxima de temperatura, en

funcionamiento contínuo con potencia nomi-

nal, en la derivación del conmutador co-

rrespondiente a las mayores pérdidas y tem-

peratura ambiente máxima de 45°C

14.1 En el aceite °C 55

14.2 En el cobre °C 60

14.3 En el núcleo °C 60

14.4 En otras partes metálicas °C 60

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Transformador de Potencia 132 / 33 / 13.2 kV

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Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

14.5 Constante de tiempo térmica para condición:

- ONAF minutos

- ONAN minutos

15. Corriente máxima soportada por los arrolla-

mientos, como múltiplo de la corriente no-

minal In, para cualquier tipo de cortocir-

cuito en bornes:

15.1 Simétrica, durante 2 s, valor eficaz xIn

15.2 Asimétrica, valor de cresta kA

16. Etapa de enfriamiento

16.1 N° de radiadores -

16.2 N° de motoventiladores -

16.3 Marca y tipo del motoventilador -

16.4 Caudal m3/min

16.5 Marca y tipo del motor -

16.6 Potencia del motor kW

16.7 Tensión nominal V 380

16.8 Frecuencia nominal Hz 50

17. Sobrecargas admisibles S/IEC 60354

17.1 Carga contínua permisible, en porcentaje

de la potencia nominal, para sobreelevacio-

nes de temperatura nominales, en función

del número de motoventiladores en

operación % Anexar Tabla

17.2 Sobrecarga permisible de corta duración,

sin reducción de vida probable, en función

de temperatura ambiente y de la duración de

la carga nominal previa a la sobrecarga % Anexar Tabla

17.3 Tiempo admisible sin reducción de vida pro-

bable para sobrecargas del 10, 20, 30, 40 y

50% para una potencia previa del 50, 75 y

90% de la nominal y temperatura ambiente

según pliego min Anexar Tabla

18. Rendimiento y caídas de tensión en función Ver tablas

de la carga (f = 50 Hz; t = 75°C) Hoja 6

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Transformador de Potencia 132 / 33 / 13.2 kVNro. DESCRIPCION

18.1 Funcionamiento binario 132 kV/34,5 kV (Carga referida a la potencia de 30 MVA)

UNI- CARGA (%)

CONCEPTO DAD

120 100 75 50 25

Cos Fi = 1 Rendimiento %

Caída de tensión %

Cos Fi = 0,8 Rendimiento %

Caída de tensión %

18.2 Funcionamiento binario 132 kV/13,8 kV (Carga referida a la potencia de 15 MVA)

UNI- CARGA (%)

CONCEPTO DAD

120 100 75 50 25

Cos Fi = 1 Rendimiento %

Caída de tensión %

Cos Fi = 0,8 Rendimiento %

Caída de tensión %

18.3 Funcionamiento binario 34,5 kV/13,8 kV (Carga referida a la potencia de 15 MVA)

UNI- CARGA (%)

CONCEPTO DAD

120 100 75 50 25

Cos Fi = 1 Rendimiento %

Caída de tensión %

Cos Fi = 0,8 Rendimiento %

Caída de tensión %

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Transformador de Potencia 132 / 33 / 13.2 kVNro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

19. Aceite aislante de acuerdo con la Recomendación -

(Tipo YPF 64) - IEC 60296

19.1 Contenido de PCB ppm < 2

20. Masas:

20.1 Parte activa kg

20.2 Aceite total kg

20.3 Cuba y accesorios kg

20.4 Total del transformador montado kg

21. Volúmenes de aceite:

21.1 En la cuba m3

21.2 En el tanque de expansión m3

21.3 En los radiadores m3

21.4 Total requerido m3

21.5 A extraer para transporte del trafo m3

21.6 En el conmutador de tomas bajo carga m3

22. Dimensiones:

22.1 Transformador montado:

- altura total mm

- altura hasta la tapa mm

- longitud mm

- ancho mm

22.2 Altura necesaria para levantamiento de la

parte activa mm

23. Transporte

23.1 Mayor pieza para transporte:

- denominación de la pieza -

- altura mm

- longitud mm

- ancho mm

23.2 Aceleración máxima permisible en el sen-

tido:

- vertical m/s2

- longitudinal m/s2

- transversal m/s2

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Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

23.3 Gas de llenado para el transporte -

23.4 Masas de transporte

23.4.1 Del transformador con gas inerte kg

23.4.2 Accesorios embalados kg

23.4.3 Aceite (en tambores) kg

24. Tensiones auxiliares

24.1 De comando (corriente contínua) V 110

24.2 Para accionamientos (f=50 Hz) V 380/220

24.3 Tolerancia tensiones auxiliares

- Para corriente continua % +10; -15

- Para corriente alterna % +10; -10

25. Datos del diseño

25.1 Núcleo

25.1.1 Tipo (de columnas) -

25.1.2 Densidad de flujo magnético en condiciones:

- normales de funcionamiento

- columnas Tesla

- yugos Tesla

25.1.3 Nivel de aislación entre núcleo y estruc- 15

tura de sujeción a 50 Hz-1 min. (v.eficaz) kV 10,5

25.1.4 Gráfico de saturación - Adjuntar

25.1.5 Material de arrollamiento

Primario cobre

Secundario cobre

Terciario cobre

25.1.6 Clase de aislación de arrollamientos A

25.2 Cuba y tanque de expansión

25.2.1 Sobrepresión máxima interna que pueden so-

portar la cuba y el tanque de expansión

durante 12 horas, con todos los accesorios kPa 40

montados (daN/cm2) (0,4)

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Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

25.2.2 Presión absoluta(vacío)que pueden soportar:

- cuba Pa 130

(mm Hg) (1)

- tanque de expansión Pa 130

(mm Hg) (1)

- radiadores Pa 130

(mm Hg) (1)

25.2.3 Tipo de cuba (con tapa superior abulonada) - c/junta sup

25.2.4 Espesor de las paredes de la cuba

- laterales mm

- piso mm

- tapa mm

25.2.5 Espesor de chapa del tanque de expansion mm

25.2.6 Trocha

- Direccion x mm 1676

- Direccion y mm 1676

25.2.7 Ruedas - sí

- Anchos de banda - mm

- Diámetro - mm

- Pestañas - sí

25.3 Potencias de cortocircuito para el cálculo

de la capacidad mecánica y térmica de la

máquina a los esfuerzos producidos por

fallas externas (según IEC 60076-5):

- lado de 132 kV GVA 5

- lado de 34,5 kV GVA 0,75

- lado de 13,8 kV GVA 0,5

26. Conmutador de tomas sin tensión p. arrollamiento

34,5 kV - sí

26.1 Fabricante - ASP/CAPT

26.2 Modelo/Tipo

26.3 País de origen Francia/Italia

26.4 Norma - IEC 60214

26.5 Número de posiciones - 5

26.6 Tensión máxima del conmutador kV 36

26.7 Tensión resistida a frecuencia industrial kV 70

26.8 Tensión resistida a impulso (1,2/50) kV 170

26.9 Corriente nominal A

26.10 Cerradura de enclavamiento del mando - sí

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Transformador de Potencia 132 / 33 / 13.2 kV

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Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

27. Aisladores pasantes para 132 kV

27.1 Fabricante -

27.2 Modelo -

27.3 País de origen -

27.4 Tipo/Color - Antiniebla

Capacitivo/

marrón

27.5 Norma de fabricación y ensayo - IEC 60137

27.6 Tensión máxima permanente kV 145

27.7 Corriente nominal A

27.8 Corriente térmica nominal de corta duración kA

27.9 Corriente dinámica nominal (v.cresta) kA

27.10 Tensión resistida:

- a impulso atmosférico kVCr 650

- a frecuencia industrial kV -

27.11 Capacitancia pF

27.12 Longitud de contorneo mm

27.13 Distancia de arco mm

27.14 Longitud total mm

27.15 Diámetro máximo de la brida mm

27.16 Resultante de esfuerzos simultáneos en borne

27.16.1 Esfuerzo estático daN 70

27.16.2 Esfuerzo estático y dinámico por cortocircuito daN 100

27.16.3 Esfuerzo máximo admisible estático daN -

27.16.4 Esfuerzo máximo admisible estático y dinámico

por cortocircuito. daN -

27.17 Carga de rotura del borne/aislador daN -

27.18 Volumen de aceite l

27.19 Masa kg

28. Aisladores pasantes para 34,5 kV

28.1 Fabricante -

28.2 Modelo -

28.3 País de origen -

28.4 Tipo/Color - Antiniebla/

marrón

28.5 Tensión máxima permanente kV 36

28.6 Corriente nominal A

28.7 Tensión resistida:

- a impulso atmosférico (v.cresta) kV 200

- a frecuencia industrial bajo lluvia

(v.eficaz) kV 95

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Transformador de Potencia 132 / 33 / 13.2 kV

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Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

28.8 Longitud de contorneo mm

28.9 Distancia de arco mm

28.10 Longitud total mm

28.11 Carga de rotura del borne/aislador daN

28.12 Masa kg

29. Aisladores pasantes para 13,8 kV

29.1 Fabricante -

29.2 Modelo -

29.3 País de origen -

29.4 Tipo/Color - Porcelana/

marrón

29.5 Tensión máxima permanente kV 14,5

29.6 Corriente nominal A

29.7 Tensión resistida:

- a impulso atmosférico (v.cresta) kV 110

29.8 Carga de rotura del borne/aislador daN -

29.9 Masa kg

30. Aisladores pasantes para neutro

30.1 Fabricante -

30.2 Modelo -

30.3 País de origen -

30.4 Tipo/Color - Antiniebla/

blanco

30.5 Tensión máxima permanente kV 36

30.6 Corriente nominal A

30.7 Tensión resistida:

- a impulso atmosférico (v.cresta) kV 200

- a frecuencia industrial bajo lluvia

(v.eficaz) kV 95

30.8 Longitud de contorneo mm

30.9 Distancia de arco mm

30.10 Lontitud total mm

30.11 Carga de rotura del borne/aislador daN -

30.12 Masa kg

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Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

31.a Disposición de bornes, gabinetes de control y tanque

de expansión - s/ Anexo I

31.b Transformadores de corriente

31.b.1 Para dispositivos Imagen Térmica

31.b.1.1 Para arrollamiento 132 kV

- Relación A/A

- Prestación VA

- Precisión -

31.b.1.2 Para arrollamiento 34,5 kV

- Relación A/A

- Prestación VA

- Precisión -

31.b.1.3 Para arrollamiento 13,8 kV

- Relación A/A

- Prestación VA

- Precisión -

32. Descargadores de sobretensión

32.1 Descargadores para 132 kV

32.1.1 Fabricante -

32.1.2. País de origen -

32.1.3 Tipo - Zn0

32.1.4 Modelo - Polimérico

32.1.5. Año de diseño del modelo ofrecido -

32.1.6. Norma de fabricación y ensayo - IEC 60099-4

IRAM 2472

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Transformador de Potencia 132 / 33 / 13.2 kV

UNIDAD EJECUTORADEL PROGRAMA DE

TRANSMISIÓN ELÉCTRICA DEL NORTE GRANDE

Proyecto: Programa de Transmisión Eléctrica del Norte GrandeLíneas de Transmisión y Subtransmisión Eléctrica de la Provincia de Formosa

Título: PLANILLA DATOS TECNICOS GARANTIZADOS Transformador de Potencia

Rev.

Fecha:

Hojas:

AJunio/2010

18

Obra: ET El Colorado 132/33/13,2 kV

Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

32.1.7 Frecuencia nominal Hz 50

32.1.8 Tensión nominal del descargador (Ur) kV 120

32.1.9 Corrriente de descarga nominal kA 10

32.1.10 Capacidad de descarga de líneas - Clase 3

32.1.11 Energia de ensayo nominal (ensayo de rutina de

todos los bloques, con dos descargas de línea) kJ/kV (Ur) 7,4

32.1.12 Energia de impulso simple de 4 ms kJ/kV 4,5

32.1.13 Tensión permanente máxima de operación (Uc) kV 92

32.1.14 Tensión residual máxima (v.cresta) con

corrientes de descarga de sobretensiones derayo (8/20μs) para:

5 kA kVcr 268

10 kA kVcr 282

20 kA kVcr 311

32.1.15 carga de rotura borne/aislador -

daN

32.1.16 Dimensiones principales

32.1.16.1 Altura total mm

32.1.16.2 Diámetro máximo mm

32.1.17 Masa kg

32.2 Descargadores para 34,5 kV

32.2.1 Fabricante -

32.2.2 País de origen -

32.2.3 Tipo - Zn0

32.2.4 Modelo - Polimérico

32.2.5 Año de diseño del modelo ofrecido -

32.2.6 Norma de fabricación y ensayo - IEC 60099-4

IRAM 2472

32.2.7 Frecuencia nominal Hz 50

32.2.8 Tensión nominal del descargador kV 33,8

32.2.9 Corrriente de descarga nominal kA 10

32.2.10 Capacidad de descarga de líneas - Clase 3

32.2.11 Energia de ensayo nominal (ensayo de rutina de

todos los bloques, con dos descargas de línea) kJ/kVUc 9,0

32.2.12 Energia un impulso de corriente 100ka; 4/10ms kJ/kVUc 3,6

32.2.13 Tensión permanente máxima de operación kV 27

32.2.14 Tensión residual máxima (v.cresta) con

corrientes de descarga de sobretensiones derayo (8/20 μs) para:

5 kA kVcr 77,0

10 kA kVcr 81,0

20 kA kVcr 88,7

FIRMA DEL REPRESENTANTE TECNICO FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

PTE Norte Grande - 03-CO-PDTG-Trafo Potencia-Rev A.xls 7

Transformador de Potencia 132 / 33 / 13.2 kV

UNIDAD EJECUTORADEL PROGRAMA DE

TRANSMISIÓN ELÉCTRICA DEL NORTE GRANDE

Proyecto: Programa de Transmisión Eléctrica del Norte GrandeLíneas de Transmisión y Subtransmisión Eléctrica de la Provincia de Formosa

Título: PLANILLA DATOS TECNICOS GARANTIZADOS Transformador de Potencia

Rev.

Fecha:

Hojas:

AJunio/2010

18

Obra: ET El Colorado 132/33/13,2 kV

Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

32.2.15 Carga de rotura borne/aislador

daN

32.2.16 Dimensiones principales

32.2.16.1 Altura total mm

32.2.16.2 Diámetro máximo mm

32.2.17 Masa kg

32.3 Descargadores para 13,8 kV

32.3.1 Fabricante -

32.3.2 País de origen -

32.3.3 Tipo - Zn0

32.3.4 Modelo - Polimérico

32.3.5 Año de diseño del modelo ofrecido -

32.3.6 Norma de fabricación y ensayo - IEC 60099-4

IRAM 2472

32.3.7 Frecuencia nominal Hz 50

32.3.8 Tensión nominal del descargador kV 18,8

32.3.9 Corrriente de descarga nominal kA 10

32.3.10 Capacidad de descarga de líneas - Clase 3

32.3.11 Energia de ensayo nominal (ensayo de rutina de

todos los bloques con dos descargas de línea) kJ/kVUc 9,0

32.3.12 Energia un impulso de corriente 100 kA; 4/10 μs kJ/kVUc 3,6

32.3.13 Tensión permanente máxima de operación (Uc) kV 15

32.3.14 Tensión residual máxima (v.cresta) con

corrientes de descarga de sobretensiones derayo (8/20 μs) para:

5 kA kVcr 42,8

10 kA kVcr 45,0

20 kA kVcr 49,3

32.3.15 Carga de rotura borne/ aislador daN

32.3.16 Dimensiones principales

32.3.16.1 Altura total mm

32.3.16.2 Diámetro máximo mm

32.3.17 Masa kg

33. Conmutador de tomas bajo carga

33.1 Fabricante -

33.2 Modelo -

33.3 País de origen -

33.4 Norma - IEC 60214

FIRMA DEL REPRESENTANTE TECNICO FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

PTE Norte Grande - 03-CO-PDTG-Trafo Potencia-Rev A.xls 8

Transformador de Potencia 132 / 33 / 13.2 kV

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TRANSMISIÓN ELÉCTRICA DEL NORTE GRANDE

Proyecto: Programa de Transmisión Eléctrica del Norte GrandeLíneas de Transmisión y Subtransmisión Eléctrica de la Provincia de Formosa

Título: PLANILLA DATOS TECNICOS GARANTIZADOS Transformador de Potencia

Rev.

Fecha:

Hojas:

AJunio/2010

18

Obra: ET El Colorado 132/33/13,2 kV

Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

33.5 Motor de accionamiento:

- tensión nominal V 3x380/220

- potencia nominal kW

- tensión auxiliar de comando (c.contínua) V 110

33.6 Categoría de relación según IEC -

33.7 Corriente de circulación A

33.8 Corriente interrumpida A

33.9 Tensión de recuperación V

33.10 Nivel de aislación

33.10.1 Tensión admisible fase-tierra para impulso

atmosférico (1,2/50 microsegundos)

(BIL) (valor de cresta) kV

33.10.2 Tensión admisible entre fases, para impulso

atmosférico (1,2/50 microsegundos)

(valor de cresta) kV

33.10.3 Tensión admisible fase-tierra para 50 Hz

(valor eficaz) kV

33.10.4 Tensión admisible entre fases para 50 Hz

(valor eficaz) kV

33.11 Corriente nominal de pasaje a través

del conmutador A

33.12 Tensión nominal de cada escalón V

33.13 Tensión máxima para cada escalón (admisible

por el conmutador) V

33.14 Número de posiciones:

33.14.1 - inherentes (según IEC) - -

33.14.2 - de servicio (según IEC) - -

33.15 Número nominal de operaciones que pueden

efectuarse entre inspecciones -

33.16 Número nominal de operaciones que pueden

efectuarse entre mantenimientos de contactos N° 400000

33.17 Relés de protección del C.B.C.

33.17.1 Relé de flujo - Sí

33.17.2 Nivel de aceite - Sí

33.17.3 Contactos independientes auxiliares de salida

normalmente abiertos (cantidad):

. De alarma (1er. escalón) - 1

. De disparo (2do. escalón) - 1

FIRMA DEL REPRESENTANTE TECNICO FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

PTE Norte Grande - 03-CO-PDTG-Trafo Potencia-Rev A.xls 9

Transformador de Potencia 132 / 33 / 13.2 kV

UNIDAD EJECUTORADEL PROGRAMA DE

TRANSMISIÓN ELÉCTRICA DEL NORTE GRANDE

Proyecto: Programa de Transmisión Eléctrica del Norte GrandeLíneas de Transmisión y Subtransmisión Eléctrica de la Provincia de Formosa

Título: PLANILLA DATOS TECNICOS GARANTIZADOS Transformador de Potencia

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Fecha:

Hojas:

AJunio/2010

18

Obra: ET El Colorado 132/33/13,2 kV

Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

33.18 Contactos independientes auxiliares de salida

normalmente abiertos (cantidad) de dispositivos de

mando del C.B.C.:

- Falla mecanismo del C.B.C. - 1

- Conmutación en curso - 1

- Regulación paso a paso - 1

33.19 Dispositivo alivio de presión - sí

- Contacto de alarma 1

33.20 Capacidad de todos los contactos auxiliares

pedidos a 110 Vcc, L/R = 20 ms A 1

34. Regulador automático de tensión (RAT) si

34.1 Fabricante -

34.2 Modelo (designación de fábrica) -

34.3 País de origen -

34.4 Norma -

34.5 Temperatura ambiente admisible:

- máxima °C 45

- mínima (interior) °C -5

34.6 Humedad relativa ambiente máxima admisible % 100

34.7 Unidad básica:

34.7.1 Tensiones de medición:

- valor nominal (fase-neutro) V 110/1,73

- frecuencia nominal Hz 50

34.7.2 Valores de referencia (rango de ajuste) Un 0,9 a 1,2

34.7.3 Consumo VA

34.7.4 Sensibilidad (delta U/Un) x 100 % 1 a 5

34.7.5 Retardo s 20 a 200

34.7.6 Bloqueo por subtensión (rango) Un 0,6 a 0,9

34.7.7 Contactos auxiliares libres de potencial

para la orden de "subir-bajar":

- Cantidad para cada orden (inversor) - 1

- Tensión (corriente contínua) V 110

- Corriente nominal A 5

34.8 Control de la marcha en paralelo (compensa-

cion circulacion corriente reactiva) - si

34.8.1 Fabricante

34.8.2 Modelo (designacion de fabrica)

34.8.3 Pais de origen

34.8.4 Norma

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Transformador de Potencia 132 / 33 / 13.2 kV

UNIDAD EJECUTORADEL PROGRAMA DE

TRANSMISIÓN ELÉCTRICA DEL NORTE GRANDE

Proyecto: Programa de Transmisión Eléctrica del Norte GrandeLíneas de Transmisión y Subtransmisión Eléctrica de la Provincia de Formosa

Título: PLANILLA DATOS TECNICOS GARANTIZADOS Transformador de Potencia

Rev.

Fecha:

Hojas:

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18

Obra: ET El Colorado 132/33/13,2 kV

Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

34.9 Detalles constructivos

34.9.1 Unidad básica

- Dimensiones mm

- Masa kg

34.9.2 Control de la marcha en paralelo

- Dimensiones mm

- Masa kg

35. Accesorios

35.1 Rele Buchholz (antisísmico) - si

35.1.1 Fabricante - -

35.1.2 Pais de origen - -

35.1.3 Tipo/Modelo - -

35.1.4 Contactos independientes para:

- Alarma - 1

- Disparo - 1

35.2 Dispositivo alivio sobrepresion - si

35.2.1 Fabricante - -

35.2.2 Pais de origen - -

35.2.3 Tipo/Modelo - -

35.2.4 Actuación por presión interna kPa 40

35.2.5 Contactos independientes para:

- Alarma - 1

- Disparo - 1

35.3 Dispositivos Imagen Termica - si

35.3.1 Fabricante - -

35.3.2 Pais de origen - -

35.3.3 Tipo/Modelo - -

35.3.4 Contactos de arranque y parada - si

35.3.5 Regulacion del cierre °C 40/100

35.3.6 Regulacion apertura °C 20/100

35.3.7 Contacto de alarma °C 40/120

35.3.8 Contacto de apertura °C 40/120

35.4 Nivel de aceite - si

35.4.1 Fabricante - -

35.4.2 Pais de origen - -

35.4.3 Tipo/Modelo - -

35.4.4 Contactos independientes por minimo y

maximo nivel - si

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Transformador de Potencia 132 / 33 / 13.2 kV

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Título: PLANILLA DATOS TECNICOS GARANTIZADOS Transformador de Potencia

Rev.

Fecha:

Hojas:

AJunio/2010

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Obra: ET El Colorado 132/33/13,2 kV

Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

35.5 Termometro a cuadrante - si

35.5.1 Fabricante -

35.5.2 Pais de origen -

35.5.3 Tipo/Modelo -

35.5.4 Contactos graduables independientes para:

- Alarma - 1

- Disparo - 1

35.6 Transformador de Corriente para protección de

cuba - Sí

35.6.1 Fabricante - -

35.6.2 País de origen - -

35.6.3 Norma de fabricación - IRAM 2275

IEC 60044

35.6.4 Montaje (adosado a cuba trafo) - Intemperie

35.6.5 Relación A/A 200/5

35.6.6 Prestación VA 15

35.6.7 Coeficiente (n) de sobreintensidad - >10

35.6.8 Clase - 5P

35.6.9 Información tñecnica - Adjuntar

35.7 Protección de sobrecorriente de cuba instantánea - Sí

35.7.1 Fabricante -

35.7.2 País de origen -

35.7.3 Norma de fabricación - -

35.7.4 Tipo -

35.7.5 Corriente nominal ajustable A 0,6 a 2,4

35.7.6 Montaje interior sobre riel DIN - Sí

35.7.7 Contactos auxiliares libres de potencial - 2 NA

35.7.8 Capacidad contactos para 110 Vca A 1

35.7.9 Información técnica - Adjuntar

35.7.10 Tensión auxiliar para comando, señalización y

alarma Vcc 110

35.8 Registrador de impactos en tres direcciones

ortogonales - si

35.8.1 Fabricante -

35.8.2 Pais de origen -

35.8.3 Tipo/Modelo -

35.8.4 Sensibilidad acorde con los valores indicados

en esta P.D.T.Garantizados - si

35.9 Condiciones ambientales y Sísmicas s/Especificación

Técnica

FIRMA DEL REPRESENTANTE TECNICO FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

PTE Norte Grande - 03-CO-PDTG-Trafo Potencia-Rev A.xls 12

PLANILLA Nº 23

PLANILLA DE DATOS TÉCNICOS GARANTIZADOS

MÓDULO 3: TRANSFORMADOR 132/33/13,2 kV 30/30/15 MVA PARA INSTALAR EN ET LAGUNA BLANCA

Transformador de Potencia 132 / 33 / 13.2 kVNro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

1. Características Generales

1.1 Fabricante -

1.2 Modelo -

1.3 Año de diseño del modelo -

1.4 País de origen -

1.5 Tipo de instalación - Intemperie

1.6 Servicio - Contínuo

1.7 Normas de fabricación y ensayo - IRAM-IEC

1.8 Número de fases - 3

1.9 Frecuencia nominal Hz 50

2. Arrollamiento de 132 kV

2.1 Aislación - Progresiva

2.2 Potencia nominal en cualquier derivación:

- condición ONAF MVA 30

- condición ONAN MVA 21

2.3 Tensión nominal en vacío (del arrollamiento) kV 132

2.4 Derivaciones - +4x1,25%;

-12x1,25%

(+5%; -15%)

2.5 Tensión máxima de servicio kV 145

2.6 Conexión del arrollamiento - Estrella con

neutro accesi-

ble rígido a

tierra

2.7 Grupo de conexión primario-secundario - YNyn0

2.8 Grupo de conexión primario-terciario - YNd11

2.9 Tensión resistida

- a impulso atmosférico, onda plena

(1,2/50 microsegundos)(v.cresta) kV 550

- a frecuencia industrial (1 minuto),

lado neutro (v.eficaz) kV 70

- inducida, larga duración (v.eficaz) (s/IRAM 2105) kV

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UNIDAD EJECUTORADEL PROGRAMA DE

TRANSMISIÓN ELÉCTRICA DEL NORTE GRANDE

Proyecto: Programa de Transmisión Eléctrica del Norte GrandeLíneas de Transmisión y Subtransmisión Eléctrica de la Provincia de Formosa

Título: PLANILLA DATOS TECNICOS GARANTIZADOS Transformador de Potencia

Rev.

Fecha:

Hojas:

AAbr/2010

18

Obra: ET Laguna Blanca 132/33/13,2 kV

PTE Norte Grande (Trafo PDTG - Laguna Blanca).xls 1

Transformador de Potencia 132 / 33 / 13.2 kV

UNIDAD EJECUTORADEL PROGRAMA DE

TRANSMISIÓN ELÉCTRICA DEL NORTE GRANDE

Proyecto: Programa de Transmisión Eléctrica del Norte GrandeLíneas de Transmisión y Subtransmisión Eléctrica de la Provincia de Formosa

Título: PLANILLA DATOS TECNICOS GARANTIZADOS Transformador de Potencia

Rev.

Fecha:

Hojas:

AAbr/2010

18

Obra: ET Laguna Blanca 132/33/13,2 kV

Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

3. Arrollamiento de 34,5 kV

3.1 Aislación - Uniforme

3.2 Potencia nominal

- condición ONAF MVA 30

- condición ONAN MVA 21

3.3 Tensión nominal (del arrollamiento) kV 34,5

3.4 Derivaciones % ± 2x2,5

3.5 Tensión máxima de servicio kV 36

3.6 Conexion del arrollamiento Estrella c/neutro

accesible rígida

a tierra

3.7 Grupo de conexión secundario-terciario YNd 11

3.8 Tensión resistida

- a impulso atmosférico, onda plena

(1,2/50 microsegundos)(v.cresta) kV 170

- a frecuencia industrial (1 minuto),

lado neutro (v.eficaz) kV 70

- inducida, larga duración (v.eficaz) (s/IRAM 2105) kV

4. Arrollamiento de 13,8 kV

4.1 Aislación - Uniforme

4.2 Potencia nominal

- condición ONAF MVA 15

- condición ONAN MVA 10,5

4.3 Tensión nominal en vacío (del arrollamiento) kV 13,8

4.4 Tensión máxima en servicio kV 14,5

4.5 Conexión del arrollamiento Triángulo

4.6 Tensión resistida

- a impulso atmosférico, onda plena

(1,2/50 microsegundos)(v.cresta) kV 95

- a frecuencia industrial de corta duración (1 minuto) kV 38

5. Pérdidas

5.1 En vacío

- en las condiciones nominales kW

- con 105% de la tensión nominal kW

- con 110% de la tensión nominal kW

FIRMA DEL REPRESENTANTE TECNICO FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

PTE Norte Grande (Trafo PDTG - Laguna Blanca).xls 2

Transformador de Potencia 132 / 33 / 13.2 kV

UNIDAD EJECUTORADEL PROGRAMA DE

TRANSMISIÓN ELÉCTRICA DEL NORTE GRANDE

Proyecto: Programa de Transmisión Eléctrica del Norte GrandeLíneas de Transmisión y Subtransmisión Eléctrica de la Provincia de Formosa

Título: PLANILLA DATOS TECNICOS GARANTIZADOS Transformador de Potencia

Rev.

Fecha:

Hojas:

AAbr/2010

18

Obra: ET Laguna Blanca 132/33/13,2 kV

Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

5.2 En cortocircuito

En la relación de transformación nominal y fun-

cionamiento binario para la potencia nominal del

arrollamiento menor (referidas a 75°C)

-132 kV / 34,5 kV kW

- 132 kV / 13,8 kV kW

- 34,5 kV / 13,8 kV kW

5.3 Consumo por ventilación kW

5.4 Totales, con 100% de la carga, sin consi-

derar el equipo de enfriamiento:

. en las condiciones nominales kW

. en derivación máxima kW

. en derivación minima kW

5.5 Tolerancia para cada pérdida medida % +15

5.6 Tolerancia para las pérdidas totales % +10

6. Corriente de excitación

6.1 En las condiciones nominales A

6.2 3a. armónica (respecto In) %

6.3 5a. armónica (respecto In) %

6.4 7a. armónica (respecto In) %

7. Impedancia referida a la potencia primaria

del transformador en MVA y a 75ºC

7.1 132 kV/34,5 kV:

- en las condiciones nominales % 11

- en la derivación Máxima cantidad espiras. %

- en la derivación Mínima cantidad espiras. %

7.2 132 kV/13,8 kV en condiciones nominales % 17

7.3 34,5 kV/13,8 kV. % 6

7.4 Impedancia homopolar por fase vista desde

bornes del arrollamiento en estrella:

132 kV/13,8 kV. %

34,5 kV/13,8 kV. %

7.5 Tolerancia en la impedancia % ±10

FIRMA DEL REPRESENTANTE TECNICO FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

PTE Norte Grande (Trafo PDTG - Laguna Blanca).xls 3

Transformador de Potencia 132 / 33 / 13.2 kV

UNIDAD EJECUTORADEL PROGRAMA DE

TRANSMISIÓN ELÉCTRICA DEL NORTE GRANDE

Proyecto: Programa de Transmisión Eléctrica del Norte GrandeLíneas de Transmisión y Subtransmisión Eléctrica de la Provincia de Formosa

Título: PLANILLA DATOS TECNICOS GARANTIZADOS Transformador de Potencia

Rev.

Fecha:

Hojas:

AAbr/2010

18

Obra: ET Laguna Blanca 132/33/13,2 kV

Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

8. Resistencia de los arrollamientos referida a 75°C

8.1 Arrollamiento de 132 kV:

- en la derivación máxima ohm

- en la derivación nominal ohm

- en la derivación mínima ohm

8.2 Arrollamiento de 34,5 kV:

- en la derivación máxima ohm

- en la derivación nominal ohm

- en la derivación mínima ohm

8.3 Arrollamiento de 13,8 kV: ohm

9. Nivel de ruido máximo en las condiciones

nominales e incluyendo todo el equipo de

enfriamiento en funcionamiento

Según IRAM 2437 dB

10. Nivel de descargas parciales máximo medido

durante el ensayo de tensión inducida, a la

máxima tensión (según IRAM 2105) pC

11. Corriente de conexión (Inrush) curva: corriente en

función del tiempo de conexión - Adjuntar

12. Reactancia con núcleo de aire vista desde:

12.1 bornes de 132 kV. %

12.2 bornes de 34,5 kV. %

13. Impedancia de magnetización a tensión no-

minal, vista desde los terminales de alta

tensión (132 kV) %

14. Sobreelevación máxima de temperatura, en

funcionamiento contínuo con potencia nomi-

nal, en la derivación del conmutador co-

rrespondiente a las mayores pérdidas y tem-

peratura ambiente máxima de 45°C

14.1 En el aceite °C 55

14.2 En el cobre °C 60

14.3 En el núcleo °C 60

14.4 En otras partes metálicas °C 60

FIRMA DEL REPRESENTANTE TECNICO FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

PTE Norte Grande (Trafo PDTG - Laguna Blanca).xls 4

Transformador de Potencia 132 / 33 / 13.2 kV

UNIDAD EJECUTORADEL PROGRAMA DE

TRANSMISIÓN ELÉCTRICA DEL NORTE GRANDE

Proyecto: Programa de Transmisión Eléctrica del Norte GrandeLíneas de Transmisión y Subtransmisión Eléctrica de la Provincia de Formosa

Título: PLANILLA DATOS TECNICOS GARANTIZADOS Transformador de Potencia

Rev.

Fecha:

Hojas:

AAbr/2010

18

Obra: ET Laguna Blanca 132/33/13,2 kV

Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

14.5 Constante de tiempo térmica para condición:

- ONAF minutos

- ONAN minutos

15. Corriente máxima soportada por los arrolla-

mientos, como múltiplo de la corriente no-

minal In, para cualquier tipo de cortocir-

cuito en bornes:

15.1 Simétrica, durante 2 s, valor eficaz xIn

15.2 Asimétrica, valor de cresta kA

16. Etapa de enfriamiento

16.1 N° de radiadores -

16.2 N° de motoventiladores -

16.3 Marca y tipo del motoventilador -

16.4 Caudal m3/min

16.5 Marca y tipo del motor -

16.6 Potencia del motor kW

16.7 Tensión nominal V 380

16.8 Frecuencia nominal Hz 50

17. Sobrecargas admisibles S/IEC 60354

17.1 Carga contínua permisible, en porcentaje

de la potencia nominal, para sobreelevacio-

nes de temperatura nominales, en función

del número de motoventiladores en

operación % Anexar Tabla

17.2 Sobrecarga permisible de corta duración,

sin reducción de vida probable, en función

de temperatura ambiente y de la duración de

la carga nominal previa a la sobrecarga % Anexar Tabla

17.3 Tiempo admisible sin reducción de vida pro-

bable para sobrecargas del 10, 20, 30, 40 y

50% para una potencia previa del 50, 75 y

90% de la nominal y temperatura ambiente

según pliego min Anexar Tabla

18. Rendimiento y caídas de tensión en función Ver tablas

de la carga (f = 50 Hz; t = 75°C) Hoja 6

FIRMA DEL REPRESENTANTE TECNICO FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

PTE Norte Grande (Trafo PDTG - Laguna Blanca).xls 5

Transformador de Potencia 132 / 33 / 13.2 kVNro. DESCRIPCION

18.1 Funcionamiento binario 132 kV/34,5 kV (Carga referida a la potencia de 30 MVA)

UNI- CARGA (%)

CONCEPTO DAD

120 100 75 50 25

Cos Fi = 1 Rendimiento %

Caída de tensión %

Cos Fi = 0,8 Rendimiento %

Caída de tensión %

18.2 Funcionamiento binario 132 kV/13,8 kV (Carga referida a la potencia de 15 MVA)

UNI- CARGA (%)

CONCEPTO DAD

120 100 75 50 25

Cos Fi = 1 Rendimiento %

Caída de tensión %

Cos Fi = 0,8 Rendimiento %

Caída de tensión %

18.3 Funcionamiento binario 34,5 kV/13,8 kV (Carga referida a la potencia de 15 MVA)

UNI- CARGA (%)

CONCEPTO DAD

120 100 75 50 25

Cos Fi = 1 Rendimiento %

Caída de tensión %

Cos Fi = 0,8 Rendimiento %

Caída de tensión %

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UNIDAD EJECUTORADEL PROGRAMA DE

TRANSMISIÓN ELÉCTRICA DEL NORTE GRANDE

Proyecto: Programa de Transmisión Eléctrica del Norte GrandeLíneas de Transmisión y Subtransmisión Eléctrica de la Provincia de Formosa

Título: PLANILLA DATOS TECNICOS GARANTIZADOS Transformador de Potencia

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Transformador de Potencia 132 / 33 / 13.2 kVNro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

19. Aceite aislante de acuerdo con la Recomendación -

(Tipo YPF 64) - IEC 60296

19.1 Contenido de PCB ppm < 2

20. Masas:

20.1 Parte activa kg

20.2 Aceite total kg

20.3 Cuba y accesorios kg

20.4 Total del transformador montado kg

21. Volúmenes de aceite:

21.1 En la cuba m3

21.2 En el tanque de expansión m3

21.3 En los radiadores m3

21.4 Total requerido m3

21.5 A extraer para transporte del trafo m3

21.6 En el conmutador de tomas bajo carga m3

22. Dimensiones:

22.1 Transformador montado:

- altura total mm

- altura hasta la tapa mm

- longitud mm

- ancho mm

22.2 Altura necesaria para levantamiento de la

parte activa mm

23. Transporte

23.1 Mayor pieza para transporte:

- denominación de la pieza -

- altura mm

- longitud mm

- ancho mm

23.2 Aceleración máxima permisible en el sen-

tido:

- vertical m/s2

- longitudinal m/s2

- transversal m/s2

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Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

23.3 Gas de llenado para el transporte -

23.4 Masas de transporte

23.4.1 Del transformador con gas inerte kg

23.4.2 Accesorios embalados kg

23.4.3 Aceite (en tambores) kg

24. Tensiones auxiliares

24.1 De comando (corriente contínua) V 110

24.2 Para accionamientos (f=50 Hz) V 380/220

24.3 Tolerancia tensiones auxiliares

- Para corriente continua % +10; -15

- Para corriente alterna % +10; -10

25. Datos del diseño

25.1 Núcleo

25.1.1 Tipo (de columnas) -

25.1.2 Densidad de flujo magnético en condiciones:

- normales de funcionamiento

- columnas Tesla

- yugos Tesla

25.1.3 Nivel de aislación entre núcleo y estruc- 15

tura de sujeción a 50 Hz-1 min. (v.eficaz) kV 10,5

25.1.4 Gráfico de saturación - Adjuntar

25.1.5 Material de arrollamiento

Primario cobre

Secundario cobre

Terciario cobre

25.1.6 Clase de aislación de arrollamientos A

25.2 Cuba y tanque de expansión

25.2.1 Sobrepresión máxima interna que pueden so-

portar la cuba y el tanque de expansión

durante 12 horas, con todos los accesorios kPa 40

montados (daN/cm2) (0,4)

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Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

25.2.2 Presión absoluta(vacío)que pueden soportar:

- cuba Pa 130

(mm Hg) (1)

- tanque de expansión Pa 130

(mm Hg) (1)

- radiadores Pa 130

(mm Hg) (1)

25.2.3 Tipo de cuba (con tapa superior abulonada) - c/junta sup

25.2.4 Espesor de las paredes de la cuba

- laterales mm

- piso mm

- tapa mm

25.2.5 Espesor de chapa del tanque de expansion mm

25.2.6 Trocha

- Direccion x mm 1676

- Direccion y mm 1676

25.2.7 Ruedas - sí

- Anchos de banda - mm

- Diámetro - mm

- Pestañas - sí

25.3 Potencias de cortocircuito para el cálculo

de la capacidad mecánica y térmica de la

máquina a los esfuerzos producidos por

fallas externas (según IEC 60076-5):

- lado de 132 kV GVA 5

- lado de 34,5 kV GVA 0,75

- lado de 13,8 kV GVA 0,5

26. Conmutador de tomas sin tensión p. arrollamiento

34,5 kV - sí

26.1 Fabricante - ASP/CAPT

26.2 Modelo/Tipo

26.3 País de origen Francia/Italia

26.4 Norma - IEC 60214

26.5 Número de posiciones - 5

26.6 Tensión máxima del conmutador kV 36

26.7 Tensión resistida a frecuencia industrial kV 70

26.8 Tensión resistida a impulso (1,2/50) kV 170

26.9 Corriente nominal A

26.10 Cerradura de enclavamiento del mando - sí

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Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

27. Aisladores pasantes para 132 kV

27.1 Fabricante -

27.2 Modelo -

27.3 País de origen -

27.4 Tipo/Color - Antiniebla

Capacitivo/

marrón

27.5 Norma de fabricación y ensayo - IEC 60137

27.6 Tensión máxima permanente kV 145

27.7 Corriente nominal A

27.8 Corriente térmica nominal de corta duración kA

27.9 Corriente dinámica nominal (v.cresta) kA

27.10 Tensión resistida:

- a impulso atmosférico kVCr 650

- a frecuencia industrial kV -

27.11 Capacitancia pF

27.12 Longitud de contorneo mm

27.13 Distancia de arco mm

27.14 Longitud total mm

27.15 Diámetro máximo de la brida mm

27.16 Resultante de esfuerzos simultáneos en borne

27.16.1 Esfuerzo estático daN 70

27.16.2 Esfuerzo estático y dinámico por cortocircuito daN 100

27.16.3 Esfuerzo máximo admisible estático daN -

27.16.4 Esfuerzo máximo admisible estático y dinámico

por cortocircuito. daN -

27.17 Carga de rotura del borne/aislador daN -

27.18 Volumen de aceite l

27.19 Masa kg

28. Aisladores pasantes para 34,5 kV

28.1 Fabricante -

28.2 Modelo -

28.3 País de origen -

28.4 Tipo/Color - Antiniebla/

marrón

28.5 Tensión máxima permanente kV 36

28.6 Corriente nominal A

28.7 Tensión resistida:

- a impulso atmosférico (v.cresta) kV 200

- a frecuencia industrial bajo lluvia

(v.eficaz) kV 95

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Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

28.8 Longitud de contorneo mm

28.9 Distancia de arco mm

28.10 Longitud total mm

28.11 Carga de rotura del borne/aislador daN

28.12 Masa kg

29. Aisladores pasantes para 13,8 kV

29.1 Fabricante -

29.2 Modelo -

29.3 País de origen -

29.4 Tipo/Color - Porcelana/

marrón

29.5 Tensión máxima permanente kV 14,5

29.6 Corriente nominal A

29.7 Tensión resistida:

- a impulso atmosférico (v.cresta) kV 110

29.8 Carga de rotura del borne/aislador daN -

29.9 Masa kg

30. Aisladores pasantes para neutro

30.1 Fabricante -

30.2 Modelo -

30.3 País de origen -

30.4 Tipo/Color - Antiniebla/

blanco

30.5 Tensión máxima permanente kV 36

30.6 Corriente nominal A

30.7 Tensión resistida:

- a impulso atmosférico (v.cresta) kV 200

- a frecuencia industrial bajo lluvia

(v.eficaz) kV 95

30.8 Longitud de contorneo mm

30.9 Distancia de arco mm

30.10 Lontitud total mm

30.11 Carga de rotura del borne/aislador daN -

30.12 Masa kg

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Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

31.a Disposición de bornes, gabinetes de control y tanque

de expansión - s/ Anexo I

31.b Transformadores de corriente

31.b.1 Para dispositivos Imagen Térmica

31.b.1.1 Para arrollamiento 132 kV

- Relación A/A

- Prestación VA

- Precisión -

31.b.1.2 Para arrollamiento 34,5 kV

- Relación A/A

- Prestación VA

- Precisión -

31.b.1.3 Para arrollamiento 13,8 kV

- Relación A/A

- Prestación VA

- Precisión -

32. Descargadores de sobretensión

32.1 Descargadores para 132 kV

32.1.1 Fabricante -

32.1.2. País de origen -

32.1.3 Tipo - Zn0

32.1.4 Modelo - Polimérico

32.1.5. Año de diseño del modelo ofrecido -

32.1.6. Norma de fabricación y ensayo - IEC 60099-4

IRAM 2472

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Obra: ET Laguna Blanca 132/33/13,2 kV

Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

32.1.7 Frecuencia nominal Hz 50

32.1.8 Tensión nominal del descargador (Ur) kV 120

32.1.9 Corrriente de descarga nominal kA 10

32.1.10 Capacidad de descarga de líneas - Clase 3

32.1.11 Energia de ensayo nominal (ensayo de rutina de

todos los bloques, con dos descargas de línea) kJ/kV (Ur) 7,4

32.1.12 Energia de impulso simple de 4 ms kJ/kV 4,5

32.1.13 Tensión permanente máxima de operación (Uc) kV 92

32.1.14 Tensión residual máxima (v.cresta) con

corrientes de descarga de sobretensiones derayo (8/20μs) para:

5 kA kVcr 268

10 kA kVcr 282

20 kA kVcr 311

32.1.15 carga de rotura borne/aislador -

daN

32.1.16 Dimensiones principales

32.1.16.1 Altura total mm

32.1.16.2 Diámetro máximo mm

32.1.17 Masa kg

32.2 Descargadores para 34,5 kV

32.2.1 Fabricante -

32.2.2 País de origen -

32.2.3 Tipo - Zn0

32.2.4 Modelo - Polimérico

32.2.5 Año de diseño del modelo ofrecido -

32.2.6 Norma de fabricación y ensayo - IEC 60099-4

IRAM 2472

32.2.7 Frecuencia nominal Hz 50

32.2.8 Tensión nominal del descargador kV 33,8

32.2.9 Corrriente de descarga nominal kA 10

32.2.10 Capacidad de descarga de líneas - Clase 3

32.2.11 Energia de ensayo nominal (ensayo de rutina de

todos los bloques, con dos descargas de línea) kJ/kVUc 9,0

32.2.12 Energia un impulso de corriente 100ka; 4/10ms kJ/kVUc 3,6

32.2.13 Tensión permanente máxima de operación kV 27

32.2.14 Tensión residual máxima (v.cresta) con

corrientes de descarga de sobretensiones derayo (8/20 μs) para:

5 kA kVcr 77,0

10 kA kVcr 81,0

20 kA kVcr 88,7

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Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

32.2.15 Carga de rotura borne/aislador

daN

32.2.16 Dimensiones principales

32.2.16.1 Altura total mm

32.2.16.2 Diámetro máximo mm

32.2.17 Masa kg

32.3 Descargadores para 13,8 kV

32.3.1 Fabricante -

32.3.2 País de origen -

32.3.3 Tipo - Zn0

32.3.4 Modelo - Polimérico

32.3.5 Año de diseño del modelo ofrecido -

32.3.6 Norma de fabricación y ensayo - IEC 60099-4

IRAM 2472

32.3.7 Frecuencia nominal Hz 50

32.3.8 Tensión nominal del descargador kV 18,8

32.3.9 Corrriente de descarga nominal kA 10

32.3.10 Capacidad de descarga de líneas - Clase 3

32.3.11 Energia de ensayo nominal (ensayo de rutina de

todos los bloques con dos descargas de línea) kJ/kVUc 9,0

32.3.12 Energia un impulso de corriente 100 kA; 4/10 μs kJ/kVUc 3,6

32.3.13 Tensión permanente máxima de operación (Uc) kV 15

32.3.14 Tensión residual máxima (v.cresta) con

corrientes de descarga de sobretensiones derayo (8/20 μs) para:

5 kA kVcr 42,8

10 kA kVcr 45,0

20 kA kVcr 49,3

32.3.15 Carga de rotura borne/ aislador daN

32.3.16 Dimensiones principales

32.3.16.1 Altura total mm

32.3.16.2 Diámetro máximo mm

32.3.17 Masa kg

33. Conmutador de tomas bajo carga

33.1 Fabricante -

33.2 Modelo -

33.3 País de origen -

33.4 Norma - IEC 60214

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Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

33.5 Motor de accionamiento:

- tensión nominal V 3x380/220

- potencia nominal kW

- tensión auxiliar de comando (c.contínua) V 110

33.6 Categoría de relación según IEC -

33.7 Corriente de circulación A

33.8 Corriente interrumpida A

33.9 Tensión de recuperación V

33.10 Nivel de aislación

33.10.1 Tensión admisible fase-tierra para impulso

atmosférico (1,2/50 microsegundos)

(BIL) (valor de cresta) kV

33.10.2 Tensión admisible entre fases, para impulso

atmosférico (1,2/50 microsegundos)

(valor de cresta) kV

33.10.3 Tensión admisible fase-tierra para 50 Hz

(valor eficaz) kV

33.10.4 Tensión admisible entre fases para 50 Hz

(valor eficaz) kV

33.11 Corriente nominal de pasaje a través

del conmutador A

33.12 Tensión nominal de cada escalón V

33.13 Tensión máxima para cada escalón (admisible

por el conmutador) V

33.14 Número de posiciones:

33.14.1 - inherentes (según IEC) - -

33.14.2 - de servicio (según IEC) - -

33.15 Número nominal de operaciones que pueden

efectuarse entre inspecciones -

33.16 Número nominal de operaciones que pueden

efectuarse entre mantenimientos de contactos N° 400000

33.17 Relés de protección del C.B.C.

33.17.1 Relé de flujo - Sí

33.17.2 Nivel de aceite - Sí

33.17.3 Contactos independientes auxiliares de salida

normalmente abiertos (cantidad):

. De alarma (1er. escalón) - 1

. De disparo (2do. escalón) - 1

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Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

33.18 Contactos independientes auxiliares de salida

normalmente abiertos (cantidad) de dispositivos de

mando del C.B.C.:

- Falla mecanismo del C.B.C. - 1

- Conmutación en curso - 1

- Regulación paso a paso - 1

33.19 Dispositivo alivio de presión - sí

- Contacto de alarma 1

33.20 Capacidad de todos los contactos auxiliares

pedidos a 110 Vcc, L/R = 20 ms A 1

34. Regulador automático de tensión (RAT) si

34.1 Fabricante -

34.2 Modelo (designación de fábrica) -

34.3 País de origen -

34.4 Norma -

34.5 Temperatura ambiente admisible:

- máxima °C 45

- mínima (interior) °C -5

34.6 Humedad relativa ambiente máxima admisible % 100

34.7 Unidad básica:

34.7.1 Tensiones de medición:

- valor nominal (fase-neutro) V 110/1,73

- frecuencia nominal Hz 50

34.7.2 Valores de referencia (rango de ajuste) Un 0,9 a 1,2

34.7.3 Consumo VA

34.7.4 Sensibilidad (delta U/Un) x 100 % 1 a 5

34.7.5 Retardo s 20 a 200

34.7.6 Bloqueo por subtensión (rango) Un 0,6 a 0,9

34.7.7 Contactos auxiliares libres de potencial

para la orden de "subir-bajar":

- Cantidad para cada orden (inversor) - 1

- Tensión (corriente contínua) V 110

- Corriente nominal A 5

34.8 Control de la marcha en paralelo (compensa-

cion circulacion corriente reactiva) - si

34.8.1 Fabricante

34.8.2 Modelo (designacion de fabrica)

34.8.3 Pais de origen

34.8.4 Norma

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Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

34.9 Detalles constructivos

34.9.1 Unidad básica

- Dimensiones mm

- Masa kg

34.9.2 Control de la marcha en paralelo

- Dimensiones mm

- Masa kg

35. Accesorios

35.1 Rele Buchholz (antisísmico) - si

35.1.1 Fabricante - -

35.1.2 Pais de origen - -

35.1.3 Tipo/Modelo - -

35.1.4 Contactos independientes para:

- Alarma - 1

- Disparo - 1

35.2 Dispositivo alivio sobrepresion - si

35.2.1 Fabricante - -

35.2.2 Pais de origen - -

35.2.3 Tipo/Modelo - -

35.2.4 Actuación por presión interna kPa 40

35.2.5 Contactos independientes para:

- Alarma - 1

- Disparo - 1

35.3 Dispositivos Imagen Termica - si

35.3.1 Fabricante - -

35.3.2 Pais de origen - -

35.3.3 Tipo/Modelo - -

35.3.4 Contactos de arranque y parada - si

35.3.5 Regulacion del cierre °C 40/100

35.3.6 Regulacion apertura °C 20/100

35.3.7 Contacto de alarma °C 40/120

35.3.8 Contacto de apertura °C 40/120

35.4 Nivel de aceite - si

35.4.1 Fabricante - -

35.4.2 Pais de origen - -

35.4.3 Tipo/Modelo - -

35.4.4 Contactos independientes por minimo y

maximo nivel - si

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Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

35.5 Termometro a cuadrante - si

35.5.1 Fabricante -

35.5.2 Pais de origen -

35.5.3 Tipo/Modelo -

35.5.4 Contactos graduables independientes para:

- Alarma - 1

- Disparo - 1

35.6 Transformador de Corriente para protección de

cuba - Sí

35.6.1 Fabricante - -

35.6.2 País de origen - -

35.6.3 Norma de fabricación - IRAM 2275

IEC 60044

35.6.4 Montaje (adosado a cuba trafo) - Intemperie

35.6.5 Relación A/A 200/5

35.6.6 Prestación VA 15

35.6.7 Coeficiente (n) de sobreintensidad - >10

35.6.8 Clase - 5P

35.6.9 Información tñecnica - Adjuntar

35.7 Protección de sobrecorriente de cuba instantánea - Sí

35.7.1 Fabricante -

35.7.2 País de origen -

35.7.3 Norma de fabricación - -

35.7.4 Tipo -

35.7.5 Corriente nominal ajustable A 0,6 a 2,4

35.7.6 Montaje interior sobre riel DIN - Sí

35.7.7 Contactos auxiliares libres de potencial - 2 NA

35.7.8 Capacidad contactos para 110 Vca A 1

35.7.9 Información técnica - Adjuntar

35.7.10 Tensión auxiliar para comando, señalización y

alarma Vcc 110

35.8 Registrador de impactos en tres direcciones

ortogonales - si

35.8.1 Fabricante -

35.8.2 Pais de origen -

35.8.3 Tipo/Modelo -

35.8.4 Sensibilidad acorde con los valores indicados

en esta P.D.T.Garantizados - si

35.9 Condiciones ambientales y Sísmicas s/Especificación

Técnica

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PTE Norte Grande (Trafo PDTG - Laguna Blanca).xls 12

PLANILLA Nº 23

PLANILLA DE DATOS TÉCNICOS GARANTIZADOS

MÓDULO 4: TRANSFORMADOR 132/33/13,2 kV 30/30/30 MVA PARA AMPLIACIÓN EN ET CLORINDA

Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

1. Características Generales

1.1 Fabricante -

1.2 Modelo -

1.3 Año de diseño del modelo -

1.4 País de origen -

1.5 Tipo de instalación - Intemperie

1.6 Servicio - Contínuo

1.7 Normas de fabricación y ensayo - IRAM-IEC

1.8 Número de fases - 3

1.9 Frecuencia nominal Hz 50

2. Arrollamiento de 132 kV

2.1 Aislación - Progresiva

2.2 Potencia nominal en cualquier derivación:

- condición ONAF MVA 30

- condición ONAN MVA 21

2.3 Tensión nominal en vacío (del arrollamiento) kV 132

2.4 Derivaciones - +5x1%;

-15x1%

2.5 Tensión máxima de servicio kV 145

2.6 Conexión del arrollamiento - Estrella con

neutro accesi-

ble rígido a

tierra

2.7 Grupo de conexión primario-secundario - YNyn0

2.8 Grupo de conexión primario-terciario - YNd11

2.9 Tensión resistida

- a impulso atmosférico, onda plena

(1,2/50 microsegundos)(v.cresta) kV 550

- a frecuencia industrial (1 minuto),

lado neutro (v.eficaz) kV 70

- inducida, larga duración (v.eficaz) (s/IRAM 2105) kV

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TRANSMISIÓN ELÉCTRICA DEL NORTE GRANDE

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Título: PLANILLA DATOS TECNICOS GARANTIZADOS Transformador de Potencia

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Obra: ET Clorinda 132/33/13,2 kV

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Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

3. Arrollamiento de 34,5 kV

3.1 Aislación - Uniforme

3.2 Potencia nominal

- condición ONAF MVA 30

- condición ONAN MVA 21

3.3 Tensión nominal (del arrollamiento) kV 34,5

3.4 Derivaciones % ± 2x2,5

3.5 Tensión máxima de servicio kV 36

3.6 Conexion del arrollamiento Estrella c/neutro

accesible rígida

a tierra

3.7 Grupo de conexión secundario-terciario YNd 11

3.8 Tensión resistida

- a impulso atmosférico, onda plena

(1,2/50 microsegundos)(v.cresta) kV 170

- a frecuencia industrial (1 minuto),

lado neutro (v.eficaz) kV 70

- inducida, larga duración (v.eficaz) (s/IRAM 2105) kV

4. Arrollamiento de 13,8 kV

4.1 Aislación - Uniforme

4.2 Potencia nominal

- condición ONAF MVA 30

- condición ONAN MVA 21

4.3 Tensión nominal en vacío (del arrollamiento) kV 13,8

4.4 Tensión máxima en servicio kV 14,5

4.5 Conexión del arrollamiento Triángulo

4.6 Tensión resistida

- a impulso atmosférico, onda plena

(1,2/50 microsegundos)(v.cresta) kV 95

- a frecuencia industrial de corta duración (1 minuto) kV 38

5. Pérdidas

5.1 En vacío

- en las condiciones nominales kW

- con 105% de la tensión nominal kW

- con 110% de la tensión nominal kW

5.2 En cortocircuito

En la relación de transformación nominal y fun-

cionamiento binario para la potencia nominal del

arrollamiento menor (referidas a 75°C)

-132 kV / 34,5 kV kW

- 132 kV / 13,8 kV kW

- 34,5 kV / 13,8 kV kW

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Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

5.3 Consumo por ventilación kW

5.4 Totales, con 100% de la carga, sin consi-

derar el equipo de enfriamiento:

. en las condiciones nominales kW

. en derivación máxima kW

. en derivación minima kW

5.5 Tolerancia para cada pérdida medida % +15

5.6 Tolerancia para las pérdidas totales % +10

6. Corriente de excitación

6.1 En las condiciones nominales A

6.2 3a. armónica (respecto In) %

6.3 5a. armónica (respecto In) %

6.4 7a. armónica (respecto In) %

7. Impedancia referida a la potencia primaria

del transformador en MVA y a 75ºC

7.1 132 kV/34,5 kV:

- en las condiciones nominales % 11

- en la derivación Máxima cantidad espiras. %

- en la derivación Mínima cantidad espiras. %

7.2 132 kV/13,8 kV en condiciones nominales % 17

7.3 34,5 kV/13,8 kV. % 6

7.4 Impedancia homopolar por fase vista desde

bornes del arrollamiento en estrella:

132 kV/13,8 kV. %

34,5 kV/13,8 kV. %

7.5 Tolerancia en la impedancia % ±10

8. Resistencia de los arrollamientos referida a 75°C

8.1 Arrollamiento de 132 kV:

- en la derivación máxima ohm

- en la derivación nominal ohm

- en la derivación mínima ohm

8.2 Arrollamiento de 34,5 kV:

- en la derivación máxima ohm

- en la derivación nominal ohm

- en la derivación mínima ohm

8.3 Arrollamiento de 13,8 kV: ohm

9. Nivel de ruido máximo en las condiciones

nominales e incluyendo todo el equipo de

enfriamiento en funcionamiento

Según IRAM 2437 dB

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Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

10. Nivel de descargas parciales máximo medido

durante el ensayo de tensión inducida, a la

máxima tensión (según IRAM 2105) pC < 500

11. Corriente de conexión (Inrush) curva: corriente en

función del tiempo de conexión - Adjuntar

12. Reactancia con núcleo de aire vista desde:

12.1 bornes de 132 kV. %

12.2 bornes de 34,5 kV. %

13. Impedancia de magnetización a tensión no-

minal, vista desde los terminales de alta

tensión (132 kV) %

14. Sobreelevación máxima de temperatura, en

funcionamiento contínuo con potencia nomi-

nal, en la derivación del conmutador co-

rrespondiente a las mayores pérdidas y tem-

peratura ambiente máxima de 45°C

14.1 En el aceite °C 50

14.2 En el cobre °C 55

14.3 En el núcleo °C 60

14.4 En otras partes metálicas °C 60

14.5 Constante de tiempo térmica para condición:

- ONAF minutos

- ONAN minutos

15. Corriente máxima soportada por los arrolla-

mientos, como múltiplo de la corriente no-

minal In, para cualquier tipo de cortocir-

cuito en bornes:

15.1 Simétrica, durante 2 s, valor eficaz xIn

15.2 Asimétrica, valor de cresta kA

16. Etapa de enfriamiento

16.1 N° de radiadores -

16.2 N° de motoventiladores -

16.3 Marca y tipo del motoventilador -

16.4 Caudal m3/min

16.5 Marca y tipo del motor -

16.6 Potencia del motor kW

16.7 Tensión nominal V 380

16.8 Frecuencia nominal Hz 50

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Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

17. Sobrecargas admisibles S/IEC 60076/7

17.1 Carga contínua permisible, en porcentaje

de la potencia nominal, para sobreelevacio-

nes de temperatura nominales, en función

del número de motoventiladores en

operación % Anexar Tabla

17.2 Sobrecarga permisible de corta duración,

sin reducción de vida probable, en función

de temperatura ambiente y de la duración de

la carga nominal previa a la sobrecarga % Anexar Tabla

17.3 Tiempo admisible sin reducción de vida pro-

bable para sobrecargas del 10, 20, 30, 40 y

50% para una potencia previa del 50, 75 y

90% de la nominal y temperatura ambiente

según pliego min Anexar Tabla

18. Rendimiento y caídas de tensión en función Ver tablas

de la carga (f = 50 Hz; t = 75°C) Hoja 6

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Nro. DESCRIPCION

18.1 Funcionamiento binario 132 kV/34,5 kV (Carga referida a la potencia de 30 MVA)

UNI- CARGA (%)

CONCEPTO DAD

120 100 75 50 25

Cos Fi = 1 Rendimiento %

Caída de tensión %

Cos Fi = 0,8 Rendimiento %

Caída de tensión %

18.2 Funcionamiento binario 132 kV/13,8 kV (Carga referida a la potencia de 30 MVA)

UNI- CARGA (%)

CONCEPTO DAD

120 100 75 50 25

Cos Fi = 1 Rendimiento %

Caída de tensión %

Cos Fi = 0,8 Rendimiento %

Caída de tensión %

18.3 Funcionario 34,5 kV/13,8 kV (Carga referida a la potencia de 30 MVA)

UNI- CARGA (%)

CONCEPTO DAD

120 100 75 50 25

Cos Fi = 1 Rendimiento %

Caída de tensión %

Cos Fi = 0,8 Rendimiento %

Caída de tensión %

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Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

19. Aceite aislante de acuerdo con la Recomendación -

(Tipo YPF 64) - IEC 60296

19.1 Contenido de PCB ppm < 2

20. Masas:

20.1 Parte activa kg

20.2 Aceite total kg

20.3 Cuba y accesorios kg

20.4 Total del transformador montado kg

21. Volúmenes de aceite:

21.1 En la cuba m3

21.2 En el tanque de expansión m3

21.3 En los radiadores m3

21.4 Total requerido m3

21.5 A extraer para transporte del trafo m3

21.6 En el conmutador de tomas bajo carga m3

22. Dimensiones:

22.1 Transformador montado:

- altura total mm

- altura hasta la tapa mm

- longitud mm

- ancho mm

22.2 Altura necesaria para levantamiento de la

parte activa mm

23. Transporte

23.1 Mayor pieza para transporte:

- denominación de la pieza -

- altura mm

- longitud mm

- ancho mm

23.2 Aceleración máxima permisible en el sen-

tido:

- vertical m/s2

- longitudinal m/s2

- transversal m/s2

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Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

23.3 Gas de llenado para el transporte -

23.4 Masas de transporte

23.4.1 Del transformador con gas inerte kg

23.4.2 Accesorios embalados kg

23.4.3 Aceite (en tambores) kg

24. Tensiones auxiliares

24.1 De comando (corriente contínua) V 110

24.2 Para accionamientos (f=50 Hz) V 380/220

24.3 Tolerancia tensiones auxiliares

- Para corriente continua % +10; -15

- Para corriente alterna % +10; -10

25. Datos del diseño

25.1 Núcleo

25.1.1 Tipo (de columnas) -

25.1.2 Densidad de flujo magnético en condiciones:

- normales de funcionamiento

- columnas Tesla

- yugos Tesla

25.1.3 Nivel de aislación entre núcleo y estruc-

tura de sujeción a 50 Hz-1 min. (v.eficaz) kV 2

25.1.4 Gráfico de saturación - Adjuntar

25.1.5 Material de arrollamiento

Primario cobre

Secundario cobre

Terciario cobre

25.1.6 Clase de aislación de arrollamientos A

25.2 Cuba y tanque de expansión

25.2.1 Sobrepresión máxima interna que pueden so-

portar la cuba y el tanque de expansión

durante 12 horas, con todos los accesorios kPa 70

montados (daN/cm2) (0,7)

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Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

25.2.2 Presión absoluta(vacío)que pueden soportar:

- cuba Pa 130

(mm Hg) (1)

- tanque de expansión Pa 130

(mm Hg) (1)

- radiadores Pa 130

(mm Hg) (1)

25.2.3 Tipo de cuba (con tapa superior abulonada) - c/junta sup

25.2.4 Espesor de las paredes de la cuba

- laterales mm

- piso mm

- tapa mm

25.2.5 Espesor de chapa del tanque de expansion mm

25.2.6 Trocha

- Direccion x mm 1676

- Direccion y mm 1676

25.2.7 Ruedas - sí

- Anchos de banda - mm

- Diámetro - mm

- Pestañas - sí

25.3 Potencias de cortocircuito para el cálculo

de la capacidad mecánica y térmica de la

máquina a los esfuerzos producidos por

fallas externas (según IEC 60076-5):

- lado de 132 kV GVA 5

- lado de 34,5 kV GVA 0,75

- lado de 13,8 kV GVA 0,5

26. Conmutador de tomas sin tensión p. arrollamiento

34,5 kV - sí

26.1 Fabricante - ASP/CAPT

26.2 Modelo/Tipo

26.3 País de origen Francia/Italia

26.4 Norma - IEC 60214

26.5 Número de posiciones - 5

26.6 Tensión máxima del conmutador kV 36

26.7 Tensión resistida a frecuencia industrial kV 70

26.8 Tensión resistida a impulso (1,2/50) kV 170

26.9 Corriente nominal A

26.10 Cerradura de enclavamiento del mando - sí

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Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

27. Aisladores pasantes para 132 kV

27.1 Fabricante -

27.2 Modelo -

27.3 País de origen -

27.4 Tipo/Color - Antiniebla

Capacitivo/

marrón

27.5 Norma de fabricación y ensayo - IEC 60137

27.6 Tensión máxima permanente kV 145

27.7 Corriente nominal A

27.8 Corriente térmica nominal de corta duración kA

27.9 Corriente dinámica nominal (v.cresta) kA

27.10 Tensión resistida:

- a impulso atmosférico kVCr 650

- a frecuencia industrial kV -

27.11 Capacitancia pF

27.12 Longitud de contorneo mm

27.13 Distancia de arco mm

27.14 Longitud total mm

27.15 Diámetro máximo de la brida mm

27.16 Resultante de esfuerzos simultáneos en borne

27.16.1 Esfuerzo estático daN 70

27.16.2 Esfuerzo estático y dinámico por cortocircuito daN 100

27.16.3 Esfuerzo máximo admisible estático daN -

27.16.4 Esfuerzo máximo admisible estático y dinámico

por cortocircuito. daN -

27.17 Carga de rotura del borne/aislador daN -

27.18 Volumen de aceite l

27.19 Masa kg

28. Aisladores pasantes para 34,5 kV

28.1 Fabricante -

28.2 Modelo -

28.3 País de origen -

28.4 Tipo/Color - Antiniebla/

marrón

28.5 Tensión máxima permanente kV 36

28.6 Corriente nominal A

28.7 Tensión resistida:

- a impulso atmosférico (v.cresta) kV 200

- a frecuencia industrial bajo lluvia

(v.eficaz) kV 95

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Obra: ET Clorinda 132/33/13,2 kV

Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

28.8 Longitud de contorneo mm

28.9 Distancia de arco mm

28.10 Longitud total mm

28.11 Carga de rotura del borne/aislador daN

28.12 Masa kg

29. Aisladores pasantes para 13,8 kV

29.1 Fabricante -

29.2 Modelo -

29.3 País de origen -

29.4 Tipo/Color - Porcelana/

marrón

29.5 Tensión máxima permanente kV 14,5

29.6 Corriente nominal A

29.7 Tensión resistida:

- a impulso atmosférico (v.cresta) kV 110

29.8 Carga de rotura del borne/aislador daN -

29.9 Masa kg

30. Aislador pasante para neutro 132 kV

30.1 Fabricante -

30.2 Modelo -

30.3 País de origen -

30.4 Tipo/Color - Antiniebla/

blanco

30.5 Tensión máxima permanente kV 36

30.6 Corriente nominal A

30.7 Tensión resistida:

- a impulso atmosférico (v.cresta) kV 200

- a frecuencia industrial bajo lluvia

(v.eficaz) kV 95

30.8 Longitud de contorneo mm

30.9 Distancia de arco mm

30.10 Lontitud total mm

30.11 Carga de rotura del borne/aislador daN -

30.12 Masa kg

31. Aislador pasante para neutro 33 kV

31.1 Fabricante -

31.2 Modelo -

31.3 País de origen -

31.4 Tipo/Color - Antiniebla/

blanco

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Obra: ET Clorinda 132/33/13,2 kV

Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

31.5 Tensión máxima permanente kV 36

31.6 Corriente nominal A

31.7 Tensión resistida:

- a impulso atmosférico (v.cresta) kV 200

- a frecuencia industrial bajo lluvia

(v.eficaz) kV 95

31.8 Longitud de contorneo mm

31.9 Distancia de arco mm

31.10 Lontitud total mm

31.11 Carga de rotura del borne/aislador daN -

31.12 Masa kg

32 Disposición de bornes, gabinetes de control y

tanque de expansión - s/ Anexo I

33 Transformadores de corriente

Para dispositivos Imagen Térmica

Fabricante -

Modelo -

País de origen -

33.1. Para arrollamiento 132 kV

- Relación A/A

- Prestación VA

- Precisión -

33.2. Para arrollamiento 34,5 kV

- Relación A/A

- Prestación VA

- Precisión -

33.2. Para arrollamiento 13,8 kV

- Relación A/A

- Prestación VA

- Precisión -

34. Descargadores de sobretensión

34.1 Descargadores para 132 kV

34.1.1 Fabricante -

34.1.2 País de origen -

34.1.3 Tipo - Zn0

34.1.4 Modelo - Polimérico

34.1.5 Año de diseño del modelo ofrecido -

34.1.6 Norma de fabricación y ensayo - IEC 60099-4

IRAM 2472

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UNIDAD EJECUTORADEL PROGRAMA DE

TRANSMISIÓN ELÉCTRICA DEL NORTE GRANDE

Proyecto: Programa de Transmisión Eléctrica del Norte GrandeLíneas de Transmisión y Subtransmisión Eléctrica de la Provincia de Formosa

Título: PLANILLA DATOS TECNICOS GARANTIZADOS Transformador de Potencia

Rev.

Fecha:

Hojas:

A

Sept/2010

20

Obra: ET Clorinda 132/33/13,2 kV

Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

34.1.7 Frecuencia nominal Hz 50

34.1.8 Tensión nominal del descargador (Ur) kV 120

34.1.9 Corrriente de descarga nominal kA 10

34.1.10 Capacidad de descarga de líneas - Clase 3

34.1.11 Energia de ensayo nominal (ensayo de rutina de

todos los bloques, con dos descargas de línea) kJ/kV (Ur) 7,4

34.1.12 Energia de impulso simple de 4 ms kJ/kV 4,5

34.1.13 Tensión permanente máxima de operación (Uc) kV 92

34.1.14 Tensión residual máxima (v.cresta) con

corrientes de descarga de sobretensiones de

rayo (8/20s) para:

5 kA kVcr 268

10 kA kVcr 282

20 kA kVcr 311

34.1.15 carga de rotura borne/aislador daN -

34.1.16 Dimensiones principales

34.1.16.1 Altura total mm

34.1.16.2 Diámetro máximo mm

34.1.17 Masa kg

34.2 Descargadores para 34,5 kV

34.2.1 Fabricante -

34.2.2 País de origen -

34.2.3 Tipo - Zn0

34.2.4 Modelo - Polimérico

34.2.5 Año de diseño del modelo ofrecido -

34.2.6 Norma de fabricación y ensayo - IEC 60099-4

IRAM 2472

34.2.7 Frecuencia nominal Hz 50

34.2.8 Tensión nominal del descargador kV 33,8

34.2.9 Corrriente de descarga nominal kA 10

34.2.10 Capacidad de descarga de líneas - Clase 3

34.2.11 Energia de ensayo nominal (ensayo de rutina de

todos los bloques, con dos descargas de línea) kJ/kVUc 9,0

34.2.12 Energia un impulso de corriente 100ka; 4/10ms kJ/kVUc 3,6

34.2.13 Tensión permanente máxima de operación kV 27

34.2.14 Tensión residual máxima (v.cresta) con

corrientes de descarga de sobretensiones de

rayo (8/20 s) para:

5 kA kVcr 77,0

10 kA kVcr 81,0

20 kA kVcr 88,7

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UNIDAD EJECUTORADEL PROGRAMA DE

TRANSMISIÓN ELÉCTRICA DEL NORTE GRANDE

Proyecto: Programa de Transmisión Eléctrica del Norte GrandeLíneas de Transmisión y Subtransmisión Eléctrica de la Provincia de Formosa

Título: PLANILLA DATOS TECNICOS GARANTIZADOS Transformador de Potencia

Rev.

Fecha:

Hojas:

A

Sept/2010

20

Obra: ET Clorinda 132/33/13,2 kV

Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

34.2.15 Carga de rotura borne/aislador daN

34.2.16 Dimensiones principales

34.2.16.1 Altura total mm

34.2.16.2 Diámetro máximo mm

34.2.17 Masa kg

34.3 Descargadores para 13,8 kV

34.3.1 Fabricante -

34.3.2 País de origen -

34.3.3 Tipo - Zn0

34.3.4 Modelo - Polimérico

34.3.5 Año de diseño del modelo ofrecido -

34.3.6 Norma de fabricación y ensayo - IEC 60099-4

IRAM 2472

34.3.7 Frecuencia nominal Hz 50

34.3.8 Tensión nominal del descargador kV 18,8

34.3.9 Corrriente de descarga nominal kA 10

34.3.10 Capacidad de descarga de líneas - Clase 3

34.3.11 Energia de ensayo nominal (ensayo de rutina de

todos los bloques con dos descargas de línea) kJ/kVUc 9,0

34.3.12 Energia un impulso de corriente 100 kA; 4/10 s kJ/kVUc 3,6

34.3.13 Tensión permanente máxima de operación (Uc) kV 15

34.3.14 Tensión residual máxima (v.cresta) con

corrientes de descarga de sobretensiones de

rayo (8/20 s) para:

5 kA kVcr 42,8

10 kA kVcr 45,0

20 kA kVcr 49,3

34.3.15 Carga de rotura borne/ aislador daN

34.3.16 Dimensiones principales

34.3.16.1 Altura total mm

34.3.16.2 Diámetro máximo mm

34.3.17 Masa kg

35. Conmutador de tomas bajo carga

35.1 Fabricante -

35.2 Modelo -

35.3 País de origen -

35.4 Norma - IEC 60214

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UNIDAD EJECUTORADEL PROGRAMA DE

TRANSMISIÓN ELÉCTRICA DEL NORTE GRANDE

Proyecto: Programa de Transmisión Eléctrica del Norte GrandeLíneas de Transmisión y Subtransmisión Eléctrica de la Provincia de Formosa

Título: PLANILLA DATOS TECNICOS GARANTIZADOS Transformador de Potencia

Rev.

Fecha:

Hojas:

A

Sept/2010

20

Obra: ET Clorinda 132/33/13,2 kV

Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

35.5 Motor de accionamiento:

- tensión nominal V 3x380/220

- potencia nominal kW

- tensión auxiliar de comando (c.contínua) V 110

35.6 Categoría de relación según IEC -

35.7 Corriente de circulación A

35.8 Corriente interrumpida A

35.9 Tensión de recuperación V

35.10 Nivel de aislación

35.10.1 Tensión admisible fase-tierra para impulso

atmosférico (1,2/50 microsegundos)

(BIL) (valor de cresta) kV

35.10.2 Tensión admisible entre fases, para impulso

atmosférico (1,2/50 microsegundos)

(valor de cresta) kV

35.10.3 Tensión admisible fase-tierra para 50 Hz

(valor eficaz) kV

35.10.4 Tensión admisible entre fases para 50 Hz

(valor eficaz) kV

35.11 Corriente nominal de pasaje a través

del conmutador A

35.12 Tensión nominal de cada escalón V

35.13 Tensión máxima para cada escalón (admisible

por el conmutador) V

35.14 Número de posiciones:

35.14.1 - inherentes (según IEC) -

35.14.2 - de servicio (según IEC) -

35.15 Número nominal de operaciones que pueden

efectuarse entre inspecciones -

35.16 Número nominal de operaciones que pueden

efectuarse entre mantenimientos de contactos N° 400000

35.17 Relés de protección del C.B.C.

35.17.1 Relé de flujo - Sí

35.17.2 Nivel de aceite - Sí

35.17.3 Contactos independientes auxiliares de salida

normalmente abiertos (cantidad):

. De alarma (1er. escalón) - 1

. De disparo (2do. escalón) - 1

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UNIDAD EJECUTORADEL PROGRAMA DE

TRANSMISIÓN ELÉCTRICA DEL NORTE GRANDE

Proyecto: Programa de Transmisión Eléctrica del Norte GrandeLíneas de Transmisión y Subtransmisión Eléctrica de la Provincia de Formosa

Título: PLANILLA DATOS TECNICOS GARANTIZADOS Transformador de Potencia

Rev.

Fecha:

Hojas:

A

Sept/2010

20

Obra: ET Clorinda 132/33/13,2 kV

Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

35.18 Contactos independientes auxiliares de salida

normalmente abiertos (cantidad) de dispositivos de

mando del C.B.C.:

- Falla mecanismo del C.B.C. - 1

- Conmutación en curso - 1

- Regulación paso a paso - 1

35.19 Dispositivo alivio de presión - sí

- Contacto de alarma 1

35.20 Capacidad de todos los contactos auxiliares

pedidos a 110 Vcc, L/R = 20 ms A 1

36 Regulador automático de tensión (RAT) si

36.1 Fabricante -

36.2 Modelo (designación de fábrica) -

36.3 País de origen -

36.4 Norma -

36.5 Temperatura ambiente admisible:

- máxima °C 45

- mínima (interior) °C -5

36.6 Humedad relativa ambiente máxima admisible % 100

36.7 Unidad básica:

36.7.1 Tensiones de medición:

- valor nominal (fase-neutro) V 110/1,73

- frecuencia nominal Hz 50

36.7.2 Valores de referencia (rango de ajuste) Un 0,9 a 1,2

36.7.3 Consumo VA

36.7.4 Sensibilidad (delta U/Un) x 100 % 1 a 5

36.7.5 Retardo s 20 a 200

36.7.6 Bloqueo por subtensión (rango) Un 0,6 a 0,9

36.7.7 Contactos auxiliares libres de potencial

para la orden de "subir-bajar":

- Cantidad para cada orden (inversor) - 1

- Tensión (corriente contínua) V 110

- Corriente nominal A 5

36.8 Control de la marcha en paralelo (compensa-

cion circulacion corriente reactiva) - si

36.8.1 Fabricante

36.8.2 Modelo (designacion de fabrica)

36.8.3 Pais de origen

36.8.4 Norma

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UNIDAD EJECUTORADEL PROGRAMA DE

TRANSMISIÓN ELÉCTRICA DEL NORTE GRANDE

Proyecto: Programa de Transmisión Eléctrica del Norte GrandeLíneas de Transmisión y Subtransmisión Eléctrica de la Provincia de Formosa

Título: PLANILLA DATOS TECNICOS GARANTIZADOS Transformador de Potencia

Rev.

Fecha:

Hojas:

A

Sept/2010

20

Obra: ET Clorinda 132/33/13,2 kV

Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

36.9 Detalles constructivos

36.9.1 Unidad básica

- Dimensiones mm

- Masa kg

36.9.2 Control de la marcha en paralelo

- Dimensiones mm

- Masa kg

37 Accesorios

37.1 Rele Buchholz (antisísmico) - si

37.1.1 Fabricante - -

37.1.2 Pais de origen - -

37.1.3 Tipo/Modelo - -

37.1.4 Contactos independientes para:

- Alarma - 1

- Disparo - 1

37.2 Monitor "on line" de gases disueltos - si

37.2.1 Datos generales

- Fabricante

- Modelo

- País de origen

- Tipo de instalación Intemperie

37.2.2 Sensores de H2 y agua - no

37.2.3 Sensores de gases combustibles y agua - si

37.2.4 Rango de medición del H2 ppm 0 50000

37.2.5 Rango de medición del agua ppm 0 100

37.2.6 Rango de medición de gases combustibles ppm 0 2000

37.2.7 Salida analógica mA 4 20

37.2.8 Alarmas programables - si

37.2.9 Contactos libres de potencial

Capacidad del interruptor en 110 Vcc A 1

37.2.10 Recipiente

- Material

- Peso kg

- Grado de protección - IP55

37.2.11 Software - si

37.2.12 Manual de instrucciones - si

37.2.13 Folletos - si

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TRANSMISIÓN ELÉCTRICA DEL NORTE GRANDE

Proyecto: Programa de Transmisión Eléctrica del Norte GrandeLíneas de Transmisión y Subtransmisión Eléctrica de la Provincia de Formosa

Título: PLANILLA DATOS TECNICOS GARANTIZADOS Transformador de Potencia

Rev.

Fecha:

Hojas:

A

Sept/2010

20

Obra: ET Clorinda 132/33/13,2 kV

Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

37.3 Dispositivo alivio sobrepresion - si

37.3.1 Fabricante - -

37.3.2 Pais de origen - -

37.3.3 Tipo/Modelo - -

37.3.4 Actuación por presión interna kPa 70

37.3.5 Contactos independientes para:

- Alarma - 1

- Disparo - 1

37.4 Dispositivos Imagen Termica - si

37.4.1 Fabricante - -

37.4.2 Pais de origen - -

37.4.3 Tipo/Modelo - -

37.4.4 Contactos de arranque y parada - si

37.4.5 Regulacion del cierre °C 40/100

37.4.6 Regulacion apertura °C 20/100

37.4.7 Contacto de alarma °C 40/120

37.4.8 Contacto de apertura °C 40/120

37.5 Nivel de aceite - si

37.5.1 Fabricante - -

37.5.2 Pais de origen - -

37.5.3 Tipo/Modelo - -

37.5.4 Contactos independientes por minimo y

maximo nivel - si

37.6 Termometro a cuadrante - si

37.6.1 Fabricante -

37.6.2 Pais de origen -

37.6.3 Tipo/Modelo -

37.6.4 Contactos graduables independientes para:

- Alarma - 1

- Disparo - 1

37.7 Transformador de Corriente para protección de

cuba - Sí

37.7.1 Fabricante - -

37.7.2 País de origen - -

37.7.3 Norma de fabricación - IRAM 2275

IEC 60044

37.7.4 Montaje (adosado a cuba trafo) - Intemperie

37.7.5 Relación A/A 200/5

37.7.6 Prestación VA 15

37.7.7 Coeficiente (n) de sobreintensidad - 10

37.7.8 Clase - 5P

37.7.9 Información técnica - Adjuntar

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UNIDAD EJECUTORADEL PROGRAMA DE

TRANSMISIÓN ELÉCTRICA DEL NORTE GRANDE

Proyecto: Programa de Transmisión Eléctrica del Norte GrandeLíneas de Transmisión y Subtransmisión Eléctrica de la Provincia de Formosa

Título: PLANILLA DATOS TECNICOS GARANTIZADOS Transformador de Potencia

Rev.

Fecha:

Hojas:

A

Sept/2010

20

Obra: ET Clorinda 132/33/13,2 kV

Nro. DESCRIPCION UNIDAD S/PLIEGO S/OFERTA OBSERVACIONES

37.8 Protección de sobrecorriente de cuba instantánea - Sí

37.8.1 Fabricante -

37.8.2 País de origen -

37.8.3 Norma de fabricación -

37.8.4 Tipo -

37.8.5 Corriente nominal ajustable A 0,6 a 2,4

37.8.6 Montaje interior sobre riel DIN - Sí

37.8.7 Contactos auxiliares libres de potencial - 2 NA

37.8.8 Capacidad contactos para 110 Vca A 1

37.8.9 Información técnica - Adjuntar

37.8.10 Tensión auxiliar para comando, señalización y

alarma Vcc 110

37.9 Diafragma ó bolsa de aire p/tanque de expa. - s/Especificación

Técnica

37.10 Registrador de impactos en tres direcciones

ortogonales - si

37.10.1 Fabricante -

37.10.2 Pais de origen -

37.10.3 Tipo/Modelo -

37.10.4 Sensibilidad acorde con los valores indicados

en esta P.D.T.Garantizados - si

38 Condiciones ambientales y Sísmicas s/Especificación

Técnica

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UNIDAD EJECUTORADEL PROGRAMA DE

TRANSMISIÓN ELÉCTRICA DEL NORTE GRANDE

Proyecto: Programa de Transmisión Eléctrica del Norte GrandeLíneas de Transmisión y Subtransmisión Eléctrica de la Provincia de Formosa

Título: PLANILLA DATOS TECNICOS GARANTIZADOS Transformador de Potencia

Rev.

Fecha:

Hojas:

A

Sept/2010

20

Obra: ET Clorinda 132/33/13,2 kV

DISPOSICIÓN DE BORNES, GABINETES DE CONTROLY TANQUE DE EXPANSIÓN

ANEXO ITRANSFORMADOR DE POTENCIA

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PTE Norte Grande (Trafos Parte C).doc

PLANILLA Nº 24

LUGARES DE FABRICACIÓN Y ENSAYOS

MÓDULO DESCRIPCIÓN LUGAR DE FABRICACIÓN

LUGAR DE ENSAYOS

.................................................... .................................................

Firma del Representante Técnico Firma del Representante Legal

PTE Norte Grande (Trafos Parte C).doc

PLANILLA Nº 25

APARTAMIENTOS

A cumplimentar por el oferente según el Numeral 15.3.3.8

...................................................... ................................................

Firma del Representante Técnico Firma del Representante Legal

PTE Norte Grande (Trafos Parte C).doc

PLANILLA Nº 26 hoja1/6

BALANCES E INFORME CONTABLE

1.- EMPRESA

2.-FECHA DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO:

3.- MODIFICACIONES AL ESTATUTO (FECHAS):

4.- N° de Registro en la Inspección General de Justicia: 5.- Ejercicio Económico N°: Iniciado el:

6.- Balance General al:

7.- Composición del Capital: ACCIONES SUSCRIPTO INTEGRADO

Ordinarias de v/n A …………de ……….. votos A……………….. A …………… Preferidas de v/n A …………dividendo fijo % A ………………. A ……………

Totales A ………………. A ……………

….…………………………………….. ………………………………….. Firma del Representante Técnico Firma del Representante Legal

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PLANILLA Nº 26 hoja 2/6

BALANCES E INFORME CONTABLE

ACTIVO

Activos Corrientes

DISPONIBILIDADES

Caja Valores a Depositar Bancos INVERSIONES Acciones, debentures y otros títulos emitidos en serie Otras Menos previsión para fluctuaciones y desvalorizaciones CREDITOS Deudores o ventas (o servicios) Comunes Morosos En gestión judicial Menos previsión incobrables Menos previsión descuentos OTROS Socios Anticipo proveedores Gastos pagados por adelantado Otros Menos previsión incobrables BIENES DE CAMBIO Mercadería de reventa Productos terminados Productos en proceso Materias primas y materiales Otros

TOTAL DEL ACTIVO CORRIENTE

….…………………………………….. ……………………………………….. Firma del Representante Técnico Firma del Representante Legal

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PLANILLA Nº 26 hoja 3/6

BALANCES E INFORME CONTABLE

ACTIVOS NO CORRIENTES

CREDITOS

(SE EJEMPLIFICA EN CRÉDITOS

………………….

CORRIENTES) ……………… …………………. ……………………

BIENES DE CAMBIO

(SE EJEMPLIFICA EN BIENES DE CAMBIO ……………………

CORRIENTES) ………………………….. …………………… …………………….

………………………………………… ……………………

INVERSIONES

ACCIONES, DEBENTURES Y OTROS TÍTU-LOS

…………………..

EMITIDOS EN SERIE …………………..

OTRAS …………………..

MENOS PREVISIÓN PARA FLUCTUACIONES

Y DESVALORIZACIONES …………………. ……………………

BIENES DE USO

(NETO DE AMORTIZACIONES) ……………………

CARGOS DIFERIDOS ……………………

GASTOS DE ORGANIZACIÓN ……………………

OTROS ……………………

MENOS AMORTIZACIONES ACUMULADAS ………………….. ……………………

TOTAL DEL ACTIVO NO CORRIENTE …………………… ……………………

TOTAL …………………….

….…………………………………….. ……………………………………….. Firma del Representante Técnico Firma del Representante Legal

PTE Norte Grande (Trafos Parte C).doc

PLANILLA Nº 26 hoja4/6

BALANCES E INFORME CONTABLE

PASIVO

PASIVOS CORRIENTES

DEUDAS

COMERCIALES …………………

BANCARIAS …………………

FINANCIERAS …………………

DEBENTURES …………………

DIVIDENDOS A PAGAR …………………

DEUDAS SOCIALES Y FISCALES …………………

COBROS ANTICIPADOS ………………..

OTRAS ……………….. ………………….

TOTALES DEL PASIVO CORRIENTE ……………….. ………………….

PASIVO NO CORRIENTES

DEUDAS

(SE EJEMPLIFICAN EN DEUDAS CORRIEN-TES)

…………………

PREVISIONES

INDEMNIZADAS POR DEPÓSITOS …………………

OTRAS ………………… ………………….

TOTAL DEL PASIVO NO CORRIENTE ………………… ………………….

GANACIAS A REALIZAR

RENTAS PERCIBIDAS POR ADELANTADO ………………… …………………

OTRAS ………………... …………………

SUBTOTAL ………………… …………………

….…………………………………….. ……………………………………….. Firma del Representante Técnico Firma del Representante Legal

PTE Norte Grande (Trafos Parte C).doc

PLANILLA Nº 26 hoja 5/6

BALANCES E INFORME CONTABLE

PATRIMONIO NETO

CAPITAL SUSCRIPTO

ACCIONES EN CIRCULACIÓN ………………..

ACCIONES EN CARTERA ……………….

……………….

RESERVA

PRIMAS DE EMISIÓN ……………….

REVALUACIONES CONTABLES CAPITALI-ZABLES

……………….

REVALUACIONES CONTABLES NO CAPITA-LIZABLES

……………….

LEGAL ……………….

ESTATUTARIAS ……………….

VOLUNTARIAS ………………. ………………….

……………….

RESULTADOS ACUMULADOS

DE EJERCICIOS ANTERIORES ……………….

DEL EJERCICIO ………………. …………………

………………. …………………

TOTAL DEL PATRIMONIO NETO ………………. …………………

TOTAL ………………...

…………………

CUENTAS DE ORDEN

BIENES DE TERCEROS EN DEPÓSITO ……………….

AVALES Y GARANTÍAS OTORGADOS ……………….

PAGARES DE TERCEROS DESCONTADOS ……………….

DIVIDENDOS ACUMULATIVOS IMPAGOS DE ………………

ACCIONES PREFERIDAS, EJERCICIO (S) ………………

….…………………………………….. ………………………………….. Firma del Representante Técnico Firma del Representante Legal

PTE Norte Grande (Trafos Parte C).doc

PLANILLA Nº 26 hoja 6/6

BALANCES E INFORME CONTABLE

ESTADO DE RESULTADOS PARA EL EJERCICIO

COMPRENDIDO ENTRE EL Y EL .

VENTAS

CERTIFICACIONES DE OBRA ………………….

MENOS: COSTO DE LOS TRABAJOS EJECU-TADOS

…………………

…………………

GANANCIA BRUTA ……………….

MENOS: GASTOS ADMINISTRATIVOS ………………..

GASTOS FINANCIEROS ……………….

GASTOS DE COMERCIALIZACIÓN ………………. ……………….

………………..

GANANCIA NETA

MAS: OTROS INGRESOS ORDINARIOS ………………..

OTROS EGRESOS ORDINARIOS ……………….. ………………..

……………….

GANANCIAS OPERACIONES ORDI-NARIAS

MAS: INGRESOS EXTRAORDINARIOS …………………

EGRESOS EXTRAORDINARIOS ……………….. …………………

………………..

GANANCIA DEL EJERCICIO ………………..

MENOS: IMPUESTO A LOS CAPITALES ………………..

IMPUESTO A LAS GANANCIAS ………………..

……………….

GANANCIA NETA-SALDO FINAL HIS-TÓRICO

……………….

……………….

CORRECIÓN MONETARIA ……………….

………………..

GANANCIA (PÉRDIDA) AJUSTADA ………………..

….…………………………………….. ………………………………….. Firma del Representante Técnico Firma del Representante Legal

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PLANILLA Nº 27

ÍNDICES ECONÓMICO – FINANCIEROS

1.- EMPRESA:

ÍNDICE EJERCICIO EJERCICIO EJERCICIO

2008 2009 2010

1) LIQUIDEZ GENERAL

ACTIVO CORRIENTE

PASIVO CORRIENTE

2) ENDEUDAMIENTO TOTAL

PASIVO TOTAL

ACTIVO TOTAL

3) RENTABILIDAD

RESULTADO OPERACIONES ORD.

PATRIMONIO NETO

….…………………………………….. ………………………………….. Firma del Representante Técnico Firma del Representante Legal

PTE Norte Grande (Trafos Parte C).doc

PLANILLA Nº 28

INDICADORES DE MAGNITUD OPERATIVA

1.- EMPRESA:

2008 2009 2010

VENTAS OPERATIVAS

UTILIDADES

PATRIMONIO NETO

SISTEMA DE INDICES DE PRECIOS MAYORISTAS (SIPM) – IPIM:

PRODUCTOS NACIONALES - TOTAL del INDEC al 31/12/2010

….…………………………………….. ……..............................……… Firma del Representante Técnico Firma del Representante Legal

PTE Norte Grande (Trafos Parte C).doc

PLANILLA Nº 29

REFERENCIAS BANCARIAS Y FINANCIERAS ACCESO AL CREDITO

1 2 3 4 5 6 7 8

N° ENTIDAD BAN-CARIA O FI-NANCIERA

MONTO DEL

CRÉDITO

MO

NED

A MONTO

ACTUALI-ZADO EN AJUSTES

OBJETO DEL CREDITO

FECHA DE OTORGAM.

PLAZO DE AMORTIZAC.

COLUMNA 1: INDICAR LOS DIEZ MAYORES PRÉSTAMOS OBTENIDOS DURANTE LOS

ÚLTIMOS 10 (DIEZ) AÑOS.

COLUMNA 5: ACTUALIZANDO SEGÚN EL ÍNDICE DE PRECIOS MAYORISTAS NO

AGROPECUARIOS. NIVEL GENERAL (INDEC) AL 31/12/2010

….…………………………………….. ………………………………….. Firma del Representante Técnico Firma del Representante Legal

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PLANILLA N° 30

FÓRMULA DE PROPUESTA Señores: UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA para la Nominación de Proveedores para Provisión de Transformadores de Potencia

.……… abajo firmantes ..….................………………………… con domicilio legal en la calle …………………………………………. número ……… de la localidad de ……………………………………………..y constituyendo domicilio especial a los efectos de esta licitación en la calle ………… ..........……….. número .… de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, proced……… a formular la siguiente exposición:

Que completando los datos y antecedentes presentados en el Sobre Nº 1 de ésta licitación, propon…….. realizar la provisión especificada en el Pliego de Bases y Condiciones emitido por la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA para la nominación de Proveedores para el suministro de Transformadores Trifásicos de Potencia, incluyendo todo lo requerido y conforme a las condiciones establecidas en el mismo.

Dej..…… establecido que la oferta se ajusta a las condiciones técnicas fijadas por la documentación licitatoria y que cuando se ha considerado conveniente y justificable para los intereses de ambas partes se han consignado los apartamientos del caso, destacándoselos con las suficientes aclaraciones como para no inducir a error al respecto, conociendo perfectamente que queda al solo y exclusivo juicio de la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA la apreciación y aceptación o rechazo de la documentación integrante de la propuesta.

Dej........... establecido que acept....... la nominación para el suministro de la provisión cotizada, en un todo de acuerdo con lo establecido en el Numeral 19.4 del Pliego, sobre el criterio de Orden de Mérito establecido para la nominación de Proponentes como proveedores de los bienes solicitados.

Dej..... establecido que acept..... las condiciones de redeterminación de precios de la provisión, en un todo de acuerdo con lo establecido en el Numeral 18.4 del Pliego.

MÓDULO 1 El detalle de la propuesta para la provisión identificada como MÓDULO 1,

para un (1) Transformador Trifásico de Potencia 132/33/13,2 kV; 15/15/15 MVA, puesto sobre su base en ET LAS LOMITAS (más los repuestos solicitados, el transporte y seguros de acarreo, la supervisión de montaje y puesta en servicio), es el siguiente:

El monto de la presente propuesta para el Transformador Trifásico de Potencia 132/33/13,2 kV; 15/15/15 MVA, sin Impuesto al Valor Agregado (IVA), es de pesos y/o dólares estadounidenses ……….................. ............................................... ..............................…… ......................……… .......………… ( ……................).

El importe correspondiente al Impuesto al Valor Agregado (IVA), para el

PTE Norte Grande (Trafos Parte C).doc

Transformador Trifásico de Potencia 132/33/13,2 kV; 15/15/15 MVA, asciende a la suma de pesos y/o dólares estadounidenses ...........……… .................. .......…………… ................................…… ................................. .................................... (…………………).

El monto total de la presente propuesta para el Transformador Trifásico de Potencia 132/33/13,2 kV; 15/15/15 MVA, es de pesos y/o dólares estadounidenses ..……… ....................…………… ................ ..........………….. ............................................................ (…………....……).

MÓDULO 2 El detalle de la propuesta para la provisión identificada como MÓDULO 2,

para un (1) Transformador Trifásico de Potencia 132/33/13,2 kV; 30/30/15 MVA, puesto sobre su base en ET EL COLORADO (más los repuestos solicitados, el transporte y seguros de acarreo, la supervisión de montaje y puesta en servicio), es el siguiente:

El monto de la presente propuesta para el Transformador Trifásico de Potencia 132/33/13,2 kV; 30/30/15 MVA, sin Impuesto al Valor Agregado (IVA), es de pesos y/o dólares estadounidenses ……….................. ............................................... ..............................…… ......................……… .......………… ( ……................).

El importe correspondiente al Impuesto al Valor Agregado (IVA), para el Transformador Trifásico de Potencia 132/33/13,2 kV; 30/30/15 MVA, asciende a la suma de pesos y/o dólares estadounidenses ...........……… .................................. .......…………… ................................…… ................................. .................................... (…………………).

El monto total de la presente propuesta para el Transformador Trifásico de Potencia 132/33/13,2 kV; 30/30/15 MVA, es de pesos y/o dólares estadounidenses ..…………..…… ....................…………… ........................................... ..........………….. ....................... ..................................... (…………....……).

MÓDULO 3 El detalle de la propuesta para la provisión identificada como MÓDULO 3

para un (1) Transformador Trifásico de Potencia 132/33/13,2 kV; 30/30/15 MVA, puesto sobre su base en ET LAGUNA BLANCA (más los repuestos solicitados, el transporte y seguros de acarreo, la supervisión de montaje y puesta en servicio), es el siguiente:

El monto de la presente propuesta para el Transformador Trifásico de Potencia 132/33/13,2 kV; 30/30/15 MVA, sin Impuesto al Valor Agregado (IVA), es de pesos y/o dólares estadounidenses ……….................. ............................................... ..............................…… ......................……… .......………… ( ……................).

El importe correspondiente al Impuesto al Valor Agregado (IVA), para el Transformador Trifásico de Potencia 132/33/13,2 kV; 30/30/15 MVA, asciende a la suma de pesos y/o dólares estadounidenses ...........……… .................................. .......…………… ................................…… ................................. .................................... (…………………).

El monto total de la presente propuesta para el Transformador Trifásico de Potencia 132/33/13,2 kV; 30/30/15 MVA, es de pesos y/o dólares estadounidenses

PTE Norte Grande (Trafos Parte C).doc

..…………..…… ....................…………… ........................................... ..........…………..

....................... ..................................... (…………....……).

MÓDULO 4 El detalle de la propuesta para la provisión identificada como MÓDULO 4,

para un (1) Transformador Trifásico de Potencia 132/33/13,2 kV; 30/30/30 MVA, puesto sobre su base en ET CLORINDA (más los repuestos solicitados, el transporte y seguros de acarreo, la supervisión de montaje y puesta en servicio), es el siguiente:

El monto de la presente propuesta para el Transformador Trifásico de Potencia 132/33/13,2 kV; 30/30/30 MVA, sin Impuesto al Valor Agregado (IVA), es de pesos y/o dólares estadounidenses ……….................. ............................................... ..............................…… ......................……… .......………… ( ……................).

El importe correspondiente al Impuesto al Valor Agregado (IVA), para el Transformador Trifásico de Potencia 132/33/13,2 kV; 30/30/30 MVA, asciende a la suma de pesos y/o dólares estadounidenses ...........……… ................................... .......…………… ................................…… ................................. .................................... (…………………).

El monto total de la presente propuesta para el Transformador Trifásico de Potencia 132/33/13,2 kV; 30/30/30 MVA, es de pesos y/o dólares estadounidenses ..………………… ....................…………… .................................... ..........………….. .................................... ........................ (…………....……).

BUENOS AIRES,

……………………………………. .............………………………….. Firma del Representante Técnico Firma del Representante Legal Aclaración……………………….... Aclaración…………………….......

Domicilio…………………………... Domicilio…………………………..

Teléfono………………………….... Teléfono…………………………...

Consejo Profesional……………..………………..............................………………..

PTE Norte Grande (Trafos Parte C).doc

PLANILLA DE PROPUESTA

Y CRONOGRAMA CONTRACTUAL

PTE Norte Grande (Trafos Parte C).doc

PLANILLA N° 31

PLANILLA DE PROPUESTA

MÓDULO 1

PROPONENTE:

Precio Global Puesto sobre su base en ET Las Lomitas DESCRIPCION

UNIDAD CANT.

Parte en Pesos (Sin IVA)

Parte en dólares esta-dounidenses (Sin IVA)

Transformador Trifásico de Potencia 132/33/13,2 kV – 15/15/15 MVA

Conjunto completo 1

Repuestos, según lo solicitado en Especificaciones Técnicas Particula-res

Global 100 %

Transporte, seguro y descarga del equipo y accesorios, hasta ET Las Lomitas

Global 100%

Supervisión de Montaje y Puesta en Servicio Global 100%

Total

BUENOS AIRES,

Firma del Representante Legal Firma del Representante Técnico

PTE Norte Grande (Trafos Parte C).doc

PLANILLA N° 31

PLANILLA DE PROPUESTA

MÓDULO 2

PROPONENTE:

Precio Global Puesto sobre su base en ET El Colorado DESCRIPCION

UNIDAD CANT.

Parte en Pesos (Sin IVA)

Parte en dólares esta-dounidenses (Sin IVA)

Transformador Trifásico de Potencia 132/33/13,2 kV – 30/30/15 MVA

Conjunto completo 1

Repuestos, según lo solicitado en Especificaciones Técnicas Particula-res

Global 100%

Transporte, seguro y descarga del equipo y accesorios, hasta ET El Colorado

Global 100%

Supervisión de Montaje y Puesta en Servicio Global 100%

Total

BUENOS AIRES,

Firma del Representante Legal Firma del Representante Técnico

PTE Norte Grande (Trafos Parte C).doc

PLANILLA N° 31

PLANILLA DE PROPUESTA

MÓDULO 3

PROPONENTE:

Precio Global Puesto sobre su base en ET Laguna BlancaDESCRIPCION

UNIDAD CANT.

Parte en Pesos (Sin IVA)

Parte en dólares esta-dounidenses (Sin IVA)

Transformador Trifásico de Potencia 132/33/13,2 kV – 30/30/15 MVA

Conjunto completo 1

Repuestos, según lo solicitado en Especificaciones Técnicas Particula-res

Global 100 %

Transporte, seguro y descarga del equipo y accesorios, hasta ET Lagu-na Blanca

Global 100%

Supervisión de Montaje y Puesta en Servicio Global 100%

Total

BUENOS AIRES,

Firma del Representante Legal Firma del Representante Técnico

PTE Norte Grande (Trafos Parte C).doc

PLANILLA N° 31

PLANILLA DE PROPUESTA

MÓDULO 4

PROPONENTE:

Precio Global Puesto sobre su base en ET Clorinda DESCRIPCION

UNIDAD CANT.

Parte en Pesos (Sin IVA)

Parte en dólares esta-dounidenses (Sin IVA)

Transformador Trifásico de Potencia 132/33/13,2 kV – 30/30/30 MVA

Conjunto completo 1

Repuestos, según lo solicitado en Especificaciones Técnicas Particula-res

Global 100 %

Transporte, seguro y descarga del equipo y accesorios, hasta ET Clo-rinda

Global 100%

Supervisión de Montaje y Puesta en Servicio Global 100%

Total

BUENOS AIRES,

Firma del Representante Legal Firma del Representante Técnico

PTE Norte Grande (Trafos Parte C).doc

PLANILLA Nº 32

CRONOGRAMA CONTRACTUAL MÓDULO 1: 132/33/13,2 kV; 15/15/15 MVA

PROPONENTE:

Etapa de fabricación Descripción

Días a partir de la firma

del Contrato Incidencia

1 Acopio de materias primas (cobre, chapa de acero al silicio, aislaciones)

2 Acopio de conmutador bajo carga (CBC) 3 Construcción y armado del núcleo 4 Construcción de la cuba o sus componentes más rele-

vantes

5 Construcción de los bobinados completos (AT, MT y BT, estabilización e impregnación)

6 Armado del núcleo con los bobinados, conexiones, montaje final

7 Ensayos de recepción en el laboratorio del Transfor-mador

8 Desarme y acondicionamiento para traslado, carga, transporte y entrega puesto sobre su base en ET Las Lomitas, seguro de supervisión y puesta en servicio

270

Total 100 %

CRONOGRAMA DE PAGOS

Monto sin IVA Anticipo/pago Porcentaje

Pesos ($) Dólares (u$s)

Fondo de Reparo

Anticipo Inicial Cuarenta y cinco por ciento (45 %) Anticipo Parcial por acopio CBC Veinticinco por ciento (25 %)

Anticipo Parcial por Ensayos en

Fábrica Diez por ciento (10 %)

Anticipo Parcial por Recepción

en Obra Diez por ciento (10 %)

Pago final por Recepción Pro-

visoria Diez por ciento (10 %)

Total ........................................................ ................................................. Firma del Representante Técnico Firma del Representante Legal

PTE Norte Grande (Trafos Parte C).doc

PLANILLA Nº 32

CRONOGRAMA CONTRACTUAL MÓDULO 2: 132/33/13,2 kV; 30/30/15 MVA

PROPONENTE:

Etapa de fabricación Descripción

Días a partir de la firma

del Contrato Incidencia

1 Acopio de materias primas (cobre, chapa de acero al silicio, aislaciones)

2 Acopio de conmutador bajo carga (CBC) 3 Construcción y armado del núcleo 4 Construcción de la cuba o sus componentes más rele-

vantes

5 Construcción de los bobinados completos (AT, MT y BT, estabilización e impregnación)

6 Armado del núcleo con los bobinados, conexiones, montaje final

7 Ensayos de recepción en el laboratorio del Transfor-mador

8 Desarme y acondicionamiento para traslado, carga, transporte y entrega puesto sobre su base en ET El Colorado, seguro de supervisión y puesta en servicio

300

Total 100 %

CRONOGRAMA DE PAGOS

Monto sin IVA Anticipo/pago Porcentaje

Pesos ($) Dólares (u$s)

Fondo de Reparo

Anticipo Inicial Cuarenta y cinco por ciento (45 %) Anticipo Parcial por acopio CBC Veinticinco por ciento (25 %)

Anticipo Parcial por Ensayos en

Fábrica Diez por ciento (10 %)

Anticipo Parcial por Recepción

en Obra Diez por ciento (10 %)

Pago final por Recepción Pro-

visoria Diez por ciento (10 %)

Total ........................................................ ................................................. Firma del Representante Técnico Firma del Representante Legal

PTE Norte Grande (Trafos Parte C).doc

PLANILLA Nº 32

CRONOGRAMA CONTRACTUAL MÓDULO 3: 132/33/13,2 kV; 30/30/15 MVA

PROPONENTE:

Etapa de fabricación Descripción

Días a partir de la firma

del Contrato Incidencia

1 Acopio de materias primas (cobre, chapa de acero al silicio, aislaciones)

2 Acopio de conmutador bajo carga (CBC) 3 Construcción y armado del núcleo 4 Construcción de la cuba o sus componentes más rele-

vantes

5 Construcción de los bobinados completos (AT, MT y BT, estabilización e impregnación)

6 Armado del núcleo con los bobinados, conexiones, montaje final

7 Ensayos de recepción en el laboratorio del Transfor-mador

8 Desarme y acondicionamiento para traslado, carga, transporte y entrega puesto sobre su base en ET Laguna Blanca, seguro de supervisión y puesta en servicio

360

Total 100 %

CRONOGRAMA DE PAGOS

Monto sin IVA Anticipo/pago Porcentaje

Pesos ($) Dólares (u$s)

Fondo de Reparo

Anticipo Inicial Cuarenta y cinco por ciento (45 %) Anticipo Parcial por acopio CBC Veinticinco por ciento (25 %)

Anticipo Parcial por Ensayos en

Fábrica Diez por ciento (10 %)

Anticipo Parcial por Recepción

en Obra Diez por ciento (10 %)

Pago final por Recepción Pro-

visoria Diez por ciento (10 %)

Total ........................................................ ................................................. Firma del Representante Técnico Firma del Representante Legal

PTE Norte Grande (Trafos Parte C).doc

PLANILLA Nº 32

CRONOGRAMA CONTRACTUAL MÓDULO 4: 132/33/13,2 kV; 30/30/30 MVA

PROPONENTE:

Etapa de fabricación Descripción

Días a partir de la firma

del Contrato Incidencia

1 Acopio de materias primas (cobre, chapa de acero al silicio, aislaciones)

2 Acopio de conmutador bajo carga (CBC) 3 Construcción y armado del núcleo 4 Construcción de la cuba o sus componentes más rele-

vantes

5 Construcción de los bobinados completos (AT, MT y BT, estabilización e impregnación)

6 Armado del núcleo con los bobinados, conexiones, montaje final

7 Ensayos de recepción en el laboratorio del Transfor-mador

8 Desarme y acondicionamiento para traslado, carga, transporte y entrega puesto sobre su base en ET Clorinda, seguro de supervisión y puesta en servicio

420

Total 100 %

CRONOGRAMA DE PAGOS

Monto sin IVA Anticipo/pago Porcentaje

Pesos ($) Dólares (u$s)

Fondo de Reparo

Anticipo Inicial Cuarenta y cinco por ciento (45 %) Anticipo Parcial por acopio CBC Veinticinco por ciento (25 %)

Anticipo Parcial por Ensayos en

Fábrica Diez por ciento (10 %)

Anticipo Parcial por Recepción

en Obra Diez por ciento (10 %)

Pago final por Recepción Pro-

visoria Diez por ciento (10 %)

Total ........................................................ ................................................. Firma del Representante Técnico Firma del Representante Legal

PTE Norte Grande (Trafos - Anexos I-II).doc 1

ANEXO I

LEY Nº 25.551 Y DECRETO REGLAMENTARIO Nº 1.600/2002

PTE Norte Grande (Trafos - Anexos I-II).doc 2

LEY Nº 25.551

PTE Norte Grande (Trafos - Anexos I-II).doc 3

COMPRE TRABAJO ARGENTINO

Ley Nº 25.551 Sancionada: Noviembre 28 de 2001. Promulgada de Hecho: Diciembre 27 de 2001.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

REGIMEN DE COMPRAS DEL ESTADO NACIONAL Y CONCESIONARIOS DE SERVICIOS PUBLICOS

"Compre Trabajo Argentino" ARTICULO 1° — La administración pública nacional, sus dependencias, reparticiones y entidades autárquicas y descentralizadas, las empresas del Estado y las sociedades privadas prestadoras, licenciatarias, concesionarias y permisionarias de obras y de servicios públicos, en la contratación de provisiones y obras y servicios públicos y los respectivos subcontratantes directos otorgarán preferencia a la adquisición o locación de bienes de origen nacional, en los términos de lo dispuesto por esta ley. ARTICULO 2° — Se entiende que un bien es de origen nacional, cuando ha sido producido o extraído en la Nación Argentina, siempre que el costo de las materias primas, insumos o materiales importados nacionalizados no supere el cuarenta por ciento (40%) de su valor bruto de producción. ARTICULO 3° — Se otorgará la preferencia establecida en el artículo 1° a las ofertas de bienes de origen nacional cuando en las mismas para idénticas o similares prestaciones, en condiciones de pago contado, su precio sea igual o inferior al de los bienes ofrecidos que no sean de origen nacional, incrementados en un siete por ciento (7%), cuando dichas ofertas sean realizadas para sociedades calificadas como pymes, y del cinco por ciento (5%) para las realizadas por otras empresas. Cuando se trate de adquisiciones de insumos, materiales, materias primas o bienes de capital que se utilicen en la producción de bienes o en la prestación de servicios, que se vendan o presten en mercados desregulados en competencia con empresas no obligadas por el presente régimen, se otorgará la preferencia establecida en el artículo 1° a los bienes de origen nacional, cuando en ofertas similares, para idénticas prestaciones, en condiciones de pago contado sin gastos o cargas financieras, su precio sea igual o inferior al de los bienes ofrecidos que no sean de origen nacional. La preferencia establecida en el segundo párrafo de este artículo se aplicará a los bienes que se incorporen a las obras, se utilicen para su construcción o para la prestación de tales servicios públicos. En todos los casos, a los efectos de la comparación, el precio de los bienes de origen no nacional deberá contener, entre otros, los derechos de importación vigentes y todos los impuestos y gastos que le demande su nacionalización a un

PTE Norte Grande (Trafos - Anexos I-II).doc 4

importador particular no privilegiado, de acuerdo a como lo fije la reglamentación correspondiente. ARTICULO 4° — Cuando se adquieran bienes que no sean de origen nacional en competencia con bienes de origen nacional, los primeros deberán haber sido nacionalizados o garantizar el oferente su nacionalización. Se entregarán en el mismo lugar que corresponda a los bienes de origen nacional y su pago se hará en moneda local, en las mismas condiciones que correspondan a los bienes de origen nacional y deberán cumplir todas las normas exigidas del mercado nacional. La Secretaría de Industria y Comercio entregará dentro de las 96 horas de solicitado, un certificado donde se verifique el valor de los bienes no nacionales a adquirir. ARTICULO 5° — Los sujetos contratantes deberán anunciar sus concursos de precios o licitaciones en el Boletín Oficial de la forma en que lo determine la reglamentación, sin perjuicio de cumplir otras normas vigentes en la materia, de modo de facilitar a todos los posibles oferentes el acceso oportuno a la información que permita su participación en las mismas. Los pliegos de condiciones generales, particulares y técnicas de la requisitoria no podrán tener un valor para su adquisición superior al cinco por mil (5‰) del valor del presupuesto de dicha adquisición. ARTICULO 6° — Los proyectos para cuya materialización sea necesario realizar cualquiera de las contrataciones a que se alude en la presente ley, se elaborarán adoptando las alternativas técnicamente viables que permitan respetar la preferencia establecida a favor de los bienes de origen nacional. Se considera alternativa viable aquella que cumpla la función deseada en un nivel tecnológico adecuado y en condiciones satisfactorias en cuanto a su prestación. ARTICULO 7° — Las operaciones financiadas por agencias gubernamentales de otros países y organismos internacionales, que estén condicionadas a la reducción del margen de protección o de preferencia para la industria nacional, por debajo de lo que establece el correspondiente derecho de importación o el presente régimen, se orientarán al cumplimiento de los siguientes requisitos: a) El proyecto deberá fraccionarse con la finalidad de aplicar el préstamo gestionado para cubrir exclusivamente la adquisición de aquella parte de bienes que no se producen en el país; b) En ningún caso se aplicarán las condiciones del acuerdo de financiación a las compras no cubiertas por el monto de la misma. En el caso de haber contradicción entre las previsiones expuestas en los incisos a) y b) y las que surgieren de los convenios de financiación, prevalecerán estas últimas. Cuando la oferta de bienes de origen no nacional se acompañe por algún tipo de plan de pagos o financiamiento, los oferentes de bienes de origen nacional podrán recurrir al BICE a fin de obtener el financiamiento necesario para equiparar las condiciones financieras ofrecidas. ARTICULO 8° — Quienes aleguen un derecho subjetivo, un interés legítimo, o un interés difuso o un derecho colectivo, podrán recurrir contra los actos que reputen violatorios de lo establecido en la presente ley, dentro de los cinco (5) días hábiles

PTE Norte Grande (Trafos - Anexos I-II).doc 5

contados desde que tomaron o hubiesen podido tomar conocimiento del acto presuntamente lesivo. Cuando el agravio del recurrente consista en la restricción a su participación en las tratativas precontractuales o de selección del proveedor o contratista deberá reiterar o realizar una oferta en firme de venta o locación para la contratación de que se trate, juntamente con el recurso, aportando la correspondiente garantía de oferta. El recurso se presentará ante el mismo comitente que formuló la requisitoria de contratación, el que podrá hacer lugar a lo peticionado o, en su defecto, deberá remitirlo juntamente con todas las actuaciones correspondientes dentro de los cinco (5) días hábiles contados desde su interposición, cualquiera fuere su jerarquía dentro de la administración pública o su naturaleza jurídica a la Secretaría de Industria, Comercio y Minería que será el órgano competente para su sustanciación y resolución y que deberá expedirse dentro de los treinta (30) días corridos, contados desde su recepción. La resolución del Secretario de Industria, Comercio y Minería establecerá el rechazo del recurso interpuesto o, en su caso, la anulación del procedimiento o de la contratación de que se trate y agotará la vía administrativa. ARTICULO 9° — El recurso previsto en el artículo anterior tendrá efectos suspensivos respecto de la contratación de que se trate, hasta su resolución por la Secretaría de Industria, Comercio y Minería, únicamente en los siguientes casos: a) Cuando el recurrente constituya una garantía adicional a favor del comitente que formuló la requisitoria de contratación del tres por ciento (3%) del valor de su oferta, en aval bancario o seguro de caución, que perderá en caso de decisión firme y definitiva que desestime su reclamo; b) Cuando se acredite la existencia de una declaración administrativa por la que se haya dispuesto la apertura de la investigación antidumping previstas en el Código Aduanero, o por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, respecto a los bienes que hubieren estado en trámite de adjudicación y/o contratación o haber sido favorecidos por la decisión impugnada. Cuando la Secretaría de Industria y Comercio Exterior hiciere lugar al recurso, quedará sin efecto el trámite, procedimiento o acto recurrido, se devolverá al recurrente la garantía adicional y se remitirán las actuaciones al comitente que elevó las actuaciones al citado organismo. Cuando no se hiciere lugar al recurso, se remitirán las actuaciones al comitente que formuló la requisitoria de contratación para que continúe con el trámite en curso, sin perjuicio de la responsabilidad del recurrente por los daños y perjuicios que le fueren imputables. ARTICULO 10. — Cuando se compruebe que en un contrato celebrado por sociedades privadas prestadoras, licenciatarias, concesionarios o permisionarias de obras y de servicios públicos o sus subcontratantes directos obligados por la presente ley, hayan violado sus disposiciones, el ministerio en cuya jurisdicción actúe la persona contratante deberá disponer que ningún otro contrato, concesión, permiso o licencia, le sea adjudicado por parte de la administración pública nacional, sus dependencias, reparticiones y entidades autárquicas y

PTE Norte Grande (Trafos - Anexos I-II).doc 6

descentralizadas y las empresas del Estado por un lapso de tres (3) a diez (10) años según la gravedad del caso. El acto administrativo que aplique dicha sanción será comunicado a los registros nacionales y provinciales correspondientes. ARTICULO 11. — La Sindicatura General de la Nación y los entes reguladores serán los encargados del control del cumplimiento de la presente y propondrán las sanciones previstas precedentemente. ARTICULO 12. — La preferencia del 7% establecida en el artículo 3° de la presente ley será aplicable a las contrataciones que realicen los organismos de seguridad en la medida que no se trate de materiales, insumos o bienes de capital estratégicos cuya adquisición deba permanecer en secreto, a juicio del Poder Ejecutivo nacional. ARTICULO 13. — El texto de la presente ley deberá formar parte integrante de los pliegos de condiciones o de los instrumentos de las respectivas compras o contrataciones alcanzadas por sus disposiciones, a los que deberá adjuntarse copia del mismo. ARTICULO 14. — Se considerarán incursos en el artículo 249 del Código Penal, si no concurriere otro delito reprimido con una pena mayor, los funcionarios públicos y los administradores y empleados, cualquiera sea su jerarquía y función, de las entidades mencionadas en el artículo 1° sujetas a la presente ley o a las leyes similares que dicten las provincias, en cuanto omitieren o hicieren omitir, rehusaren cumplir, no cumplieran debidamente las normas declaradas obligatorias por la presente ley, su reglamentación o las normas concordantes dictadas en el ámbito provincial. ARTICULO 15. — El que por informes falsos o reticentes, declaraciones incorrectas, documentación fraguada, maquinaciones de toda clase o cualquier otra forma de engaño, obtuviere indebidamente o hiciere obtener a otro, o de cualquier modo, aun sin ánimo de lucro, facilitare a alguien la obtención indebida de los beneficios establecidos en la presente ley o en las normas concordantes que dicten las provincias y/o el Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires incurrirá en la sanción establecida en el artículo 172 del Código Penal. ARTICULO 16. — El Poder Ejecutivo invitará a los gobiernos de las provincias y al Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires, a efectos de que adopten las medidas legales apropiadas en sus jurisdicciones, regímenes similares al contenido en esta ley. ARTICULO 17. — Las disposiciones precedentes se aplicarán a las licitaciones y contrataciones cuya tramitación se inicie con posterioridad a la vigencia de la presente ley y, en la medida que sea factible, en aquellas en que por no haber todavía situaciones firmes fuera posible aplicar total o parcialmente aspectos contemplados en el nuevo régimen. ARTICULO 18. — Dése por vencida la suspensión de la aplicación y vigencia del decreto ley 5340/63 y ley 18.875, prevista en el artículo 23 de la ley 23.697, que no se opongan a la presente ley, y de aplicación a las relaciones jurídicas en vigencia con las sociedades privadas prestadoras, licenciatarias, concesionarias y permisionarias de obras y de servicios públicos, y los respectivos subcontratantes directos.

PTE Norte Grande (Trafos - Anexos I-II).doc 7

ARTICULO 19. — Quedan derogadas todas las disposiciones que se opongan a la presente. ARTICULO 20. — Las denominaciones "Compre Argentino, Compre Nacional y Contrate Nacional" se han de tener como equivalentes en las normas que así lo mencionen y se asimilarán a la presente. ARTICULO 21. — Serán aplicables al presente las leyes 24.493, de mano de obra nacional y 25.300, de pymes, y sus decretos reglamentarios. ARTICULO 22. — El Poder Ejecutivo nacional reglamentará la presente ley dentro del término de sesenta (60) días de su promulgación. ARTICULO 23. — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL UNO.

— REGISTRADA BAJO EL N° 25.551 —

RAFAEL PASCUAL. — MARIO A. LOSADA. — Guillermo Aramburu. — Juan C. Oyarzún.

PTE Norte Grande (Trafos - Anexos I-II).doc 8

DECRETO Nº 1.600/2002 REGLAMENTARIO DE LA LEY Nº 25.551

PTE Norte Grande (Trafos - Anexos I-II).doc 9

COMPRE TRABAJO ARGENTINO

Decreto Nº 1600/2002

Apruébase la reglamentación de la Ley Nº 25.551. Bs. As., 28/8/2002

VISTO el Expediente Nº S01:0166388/2002 del Registro del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, y CONSIDERANDO: Que por el Decreto-Ley Nº 5340 de fecha 1º de julio de 1963 y por la Ley Nº 18.875, se establecieron los regímenes de "Compre Argentino" y de "Contrate Nacional", siendo su principal objetivo canalizar el poder de compra del Estado y de los Concesionarios de Servicios Públicos a favor de la Industria Local. Que el artículo 23 de la Ley Nº 23.697 dispuso la suspensión de los regímenes establecidos por el Decreto-Ley Nº 5340/63 y por la Ley Nº 18.875, y facultó al PODER EJECUTIVO NACIONAL a establecer los porcentajes de preferencia aplicables para las contrataciones de obras y servicios nacionales. Que, en ejercicio de estas facultades, el PODER EJECUTIVO NACIONAL dictó el Decreto Nº 1224 de fecha 9 de noviembre de 1989, mediante el cual se reglamentó el artículo 23 de la Ley Nº 23.697 y se estableció un régimen de preferencias a favor de la Industria Local. Que con posterioridad, por los Decretos Nº 2284 de fecha 31 de octubre de 1991 y Nº 909 de fecha 12 de octubre de 2000, se modificó el Decreto Nº 1224/89. Que en este contexto, con fecha 28 de noviembre de 2001, se sanciona la Ley Nº 25.551, mediante la cual se establece el Régimen de Compras del Estado Nacional y Concesionarios de Servicios Públicos, denominado "Compre Trabajo Argentino", en adelante el "Régimen". Que el objeto de estos regímenes ha sido y es, canalizar el poder de compra estatal a favor de la Industria Local. Que, en términos generales, puede afirmarse que en el contexto internacional la mayoría de los Estados orientan su gasto gubernamental hacia su Industria Local. Que es consecuente con lo señalado en el considerando precedente, la política de compras gubernamentales implementada por los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA plasmada en el Buy American Act, muchas de cuyas prescripciones son ejemplificadoras en esta materia. Que dentro del concepto "compras gubernamentales" o "estatales" quedan comprendidas aquellas realizadas por los sujetos públicos o privados que, por pertenecer al Estado, utilizan recursos públicos, como así también aquellas que efectúan los sujetos de derecho privado que, por la vinculación económica que tienen con el Estado, ejercen indirectamente el poder de compra estatal. Que el artículo 18 de la Ley Nº 25.551, expresamente, establece: "Dése por vencida la suspensión de la aplicación y vigencia del Decreto-Ley Nº 5340/63 y Ley Nº 18.875, prevista en el artículo 23 de la Ley Nº 23.697, que no se opongan a la

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presente ley, y de aplicación a las relaciones jurídicas en vigencia con las sociedades privadas prestadoras, licenciatarias, concesionarias y permisionarias de obras y de servicios públicos, y los respectivos subcontratantes directos". Que, en consecuencia, al aplicar la preferencia que la Ley Nº 25.551 establece a favor de la Industria Local corresponde integrar las prescripciones de las normas cuya suspensión ha vencido, conforme lo señalado en el considerando precedente. Que, en tal sentido, debe tomarse en cuenta que la Ley Nº 25.551, al establecer las preferencias que habrán de aplicarse en las adquisiciones y/o locaciones que se realicen, en materia de bienes de origen nacional, y al fijar las pautas para hacer jugar las mismas, introduce innovaciones con relación al Decreto-Ley Nº 5340/63; en tanto que, respecto de los criterios para otorgar preferencias en materia de obras y/o servicios, no se introducen modificaciones con relación a lo estatuido por la Ley Nº 18.875. Que, por tal motivo, en las contrataciones de bienes comprendidas por el "Régimen", por aplicación del artículo 1º del Decreto-Ley Nº 5340/63, rige la obligación de adquirir materiales, mercaderías y productos de origen nacional, siempre que el "precio sea razonable". Que, en atención a las prescripciones que en materia de preferencias a favor de los bienes de origen nacional establece la Ley Nº 25.551, corresponde precisar el alcance del concepto de "precio razonable" al que alude el artículo 1º del Decreto-Ley Nº 5340/63. Que, entre otros aspectos a reglamentar, se destaca lo atinente al "valor bruto de producción", ya que el mismo tiene incidencia fundamental en la definición del bien de origen nacional a favor del cual se establecen las referidas preferencias. Que la Ley Nº 25.551, en su artículo 5º, estableció que los sujetos contratantes deberán anunciar sus concursos de precios o licitaciones en el Boletín Oficial de la forma en que lo determine la reglamentación, por lo cual corresponde reglar el procedimiento para garantizar el acceso oportuno a la información por parte de los posibles oferentes locales, dando así efectivo cumplimiento a lo dispuesto en el mencionado artículo. Que una de las formas de garantizar tal acceso oportuno es a través de la publicación y difusión de los Programas de Inversión, Planes y/o Proyectos de Inversión en los cuales se prevean tales contrataciones. Que, a tal efecto, debe tomarse en consideración que el Decreto Nº 436 de fecha 30 de mayo de 2000 y el Decreto Nº 1023 de fecha 13 de agosto de 2001 —"Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional" -, regulan -entre otros aspectos- el sistema de publicidad y difusión al que deberán ceñirse los procedimientos de contratación de la Administración Central y los organismos descentralizados, comprendiendo, entre estos últimos, a las instituciones de seguridad social. Que, con relación a lo señalado precedentemente, las pautas que en materia de publicidad y difusión establezca la presente reglamentación, sólo serán aplicables a las contrataciones no incluidas en el citado Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria, pero alcanzadas por el "Régimen".

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Que a fin de evitar que la oferta local quede excluida frente a la adopción de alternativas técnicas u otros condicionamientos de imposible cumplimiento para el mercado local, corresponde regular lo atinente a las condiciones que deben cumplirse en los pliegos de especificaciones técnicas para permitir la utilización de materiales y productos que puedan ser abastecidos por la Industria Local. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete, en virtud de lo dispuesto por la Resolución de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION Nº 7 de fecha 4 de febrero de 2002. Que el presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 99, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL. Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º - Apruébase la reglamentación de la Ley Nº 25.551, que como Anexo I forma parte integrante del presente decreto. Artículo 2º - La Autoridad de Aplicación del Régimen de Compre Trabajo Argentino será la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA dependiente del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, la que queda facultada a dictar las normas aclaratorias e interpretativas que sean necesarias para su aplicación, modificar los montos establecidos y fijar las pautas de publicación y difusión determinadas en la Reglamentación del "Régimen de Compre Trabajo Argentino" que, como Anexo I, forma parte integrante del presente decreto. Estas facultades no inciden sobre las facultades que, como órgano rector en materia de contrataciones del Estado Nacional, posee la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC) dependiente de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y, en particular, con relación a las facultades exclusivas que respecto de las contrataciones comprendidas en el Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional instituido por el Decreto Nº 1023 de fecha 13 de agosto de 2001 y normativa complementaria y/o modificatoria, posee la citada oficina. Artículo 3º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DUHALDE. — Alfredo N. Atanasof. — Roberto Lavagna.

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ANEXO I

REGLAMENTACION DEL "REGIMEN DE COMPRE TRABAJO ARGENTINO"

ARTICULO 1º - Reglaméntase el artículo 1º de la Ley Nº 25.551, en los siguientes términos: a) Las preferencias establecidas en el "Régimen", serán aplicables, cuando se cumplan los recaudos instituidos por la Ley Nº 25.551, conforme se describe a continuación:

I) En materia de bienes: a favor de las ofertas integradas por bienes de origen nacional, según se los define en el artículo 2º de dicha norma. Para la determinación del origen del bien, no debe tomarse en consideración la calidad de local o no del sujeto que lo produce o extrae, sino el carácter objetivo del bien, esto es que la preferencia que el "Régimen" instituye, alcanza tanto a bienes provistos por empresas de capital interno como de capital externo, en tanto se reúnan los requisitos de fabricación local enunciados por la Ley Nº 25.551. II) En materia de servicios: a favor de las ofertas presentadas por una empresa o consultor local en los términos establecidos por la Ley Nº 18.875. III) En materia de obras: a favor de las ofertas que, en lo referido a la provisión de los materiales de obra, cumplan con el requisito de origen nacional y, en cuanto a los servicios de proyecto, dirección y construcción de obra, cumplan con lo establecido en el apartado precedente.

Los supuestos contemplados en los apartados I), II) y III) del presente inciso, configuran, a los efectos de la presente reglamentación, oferta nacional. b) Por oferta extranjera debe entenderse toda aquella que no reúna las características establecidas en el inciso precedente. ARTICULO 2º - Reglaméntase el artículo 2º de la Ley Nº 25.551, en los siguientes términos: a) Se considerará que las piezas o partes y conjuntos o subconjuntos incorporados a un bien están incluidos dentro del término insumos. b) Se entiende por valor bruto de producción —del bien de origen nacional— a la sumatoria de:

I) Los costos de las materias primas, insumos o materiales nacionales o importados necesarios para su producción sin impuestos. II) Sus costos de conversión (mano de obra, servicios y otras cargas; excluido el Impuesto al Valor Agregado —IVA—) en que incurriese la empresa para producir o comercializar el bien. III) Los costos financieros, definidos como los intereses (explícitos o implícitos), actualizaciones monetarias, diferencias de cambio, premios por seguros de cambio o similares, derivados de la utilización de capital ajeno, netos, en su caso, de los correspondientes resultados derivados del cambio en el poder adquisitivo de la moneda. IV) El prorrateo de los costos fijos.

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V) El margen o ganancia por unidad de la empresa. c) Los costos de las materias primas, insumos o materiales a que se refiere el apartado I) del inciso precedente comprenden:

I) En el caso de aquellos adquiridos localmente por el productor local: el costo de adquisición, incluyendo el costo de transporte al lugar de su transformación o incorporación al bien final. II) En el caso de aquellos importados por el productor local: el valor de costo, seguro y flete (CIF) puerto argentino más todos los tributos que gravan la nacionalización de un bien —excepto el lVA—, que debieran ser satisfechos para su importación por un importador no privilegiado, más el costo de transporte al lugar de su transformación o incorporación al bien final. III) En el caso de aquellos manufacturados por el productor local: todos los costos asociados con su producción, incluyendo los costos de transporte al lugar de su transformación o incorporación al bien final.

d) Para el cómputo del origen nacional definido en el artículo 2º de la Ley Nº 25.551, se entenderá como:

I) Partes o piezas nacionales: aquellas producidas integralmente a partir de materias de origen nacional o las que se elaboren en el país a partir de materias primas importadas, siempre que estas últimas experimenten en el proceso de elaboración o fabricación una transformación en su composición, forma o estructura original. Las partes o piezas que no están comprendidas en las definiciones precedentes, no serán consideradas nacionales, aunque hayan sido adquiridas en el país. II) Subconjunto o conjunto nacional:

1) Se considerará totalmente nacional, cuando el valor de las piezas importadas incorporadas representen, como máximo, el CUARENTA POR CIENTO (40%) del valor de venta sin IVA. 2) Cuando el conjunto o subconjunto resulte de una transformación sustancial en el país de las piezas importadas, que implique que la partida arancelaria en la Nomenclatura del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) del conjunto o subconjunto, es diferente a la partida arancelaria de las piezas importadas incorporadas al mismo.

e) Para definir cuando un bien es de origen nacional en los términos del artículo 2º de la Ley Nº 25.551, se utilizará la siguiente fórmula:

(MP +I + M) / (VBP) = X Donde: MP = Costo de las materias primas importadas nacionalizadas I = Costo de los insumos importados nacionalizados (incluye conjuntos y subconjuntos) M = Costo de materiales importados nacionalizados VBP = Valor Bruto de la producción de un bien Un bien es de origen nacional cuando X es menor o igual a 0,4.

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ARTICULO 3º - Reglaméntase el artículo 3º de la Ley Nº 25.551, en los siguientes términos: a) En aquellos procesos de contratación en los cuales se presenten ofertas de bienes de origen nacional y de bienes que no revisten tal carácter, la obligación de adquirir materiales, mercaderías y productos de origen nacional está supeditada a que el precio de tales bienes sea razonable. b) Por precio razonable deberá entenderse aquél que —en condiciones de pago contado— sea hasta un CINCO POR CIENTO (5%) o SIETE POR CIENTO (7%) superior al precio del bien de origen no nacional, según corresponda. El SIETE POR CIENTO (7%) se aplica cuando los bienes de origen nacional son ofrecidos por sociedades calificadas como Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y el CINCO POR CIENTO (5%) cuando sean ofrecidos por otras empresas. En caso de mercados desregulados, por precio razonable debe entenderse aquél que sea igual o inferior al precio del bien de origen no nacional que se ofrezca. c) Por idéntica o similar prestación debe entenderse toda aquella que cumpla con los requerimientos establecidos en los documentos de contratación en los cuales se solicite, y sea apta para la función deseada. d) Cuando en un proceso de selección se realicen observaciones que susciten dudas con relación a sí los bienes de origen nacional contenidos en una oferta son aptos para idénticas o similares prestaciones a las que brindan los bienes que no sean de origen nacional contenidos en otra oferta, se deberá solicitar la intervención vinculante de la Autoridad de Aplicación, la que, para resolver tal cuestión, podrá contar con el asesoramiento del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (I.N.T.I.), Organismo Descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, u otro ente técnico acreditado por el ORGANISMO ARGENTINO DE ACREDITACION (O.A.A.) Asociación Civil sin fines de lucro. Los costos que pudieran demandar dichas intervenciones, estarán a cargo de quien haya realizado la observación si ésta resultare infundada o a cargo de quien haya realizado la oferta, si la observación resultare fundada. e) Por mercado desregulado o en competencia, debe entenderse aquél en el cual no se dé alguna de las siguientes condiciones: fijación y control de tarifas, control de la prestación, y autorización y/o control de inversiones por el Estado Nacional a través de sus Entes Reguladores o jurisdicción que corresponda. f) En los casos de mercados desregulados, la preferencia adicional del artículo 3º de la Ley Nº 25.551 no es aplicable y sólo subsiste en caso de igualdad. g) Para la calificación de Micro, Pequeña y Mediana Empresa se estará a lo establecido en la Resolución Nº 24 de la ex SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA de fecha 15 de febrero de 2001 y normas modificatorias. h) En las contrataciones alcanzadas por el "Régimen", la comparación de precios prevista en el último párrafo del artículo 3º de la Ley Nº 25.551, deberá realizarse sobre la base del precio final de los bienes en moneda nacional, puesto en el lugar de entrega establecido en los documentos de la contratación.

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i) Por importador particular no privilegiado, debe entenderse aquél que no se encuentra alcanzado por alguna exención o beneficio respecto del régimen general arancelario e impositivo. ARTICULO 4º - Reglaméntase el artículo 4º de la Ley Nº 25.551, en los siguientes términos: a) En aquellos casos en los cuales un oferente proponga proveer bienes que no sean de origen nacional y de los que él no tenga "stock" propio en el país, deberá garantizar la nacionalización de los bienes importados a que se refiere el artículo 4º de la Ley Nº 25.551, mediante la entrega de una caución, a favor del sujeto contratante, conforme lo establezca la Autoridad de Aplicación. b) El certificado al que se refiere el artículo 4º de la Ley Nº 25.551, mediante el cual se verifique el valor de los bienes no nacionales a adquirir —en adelante Certificado de Verificación (CDV)— , será utilizado por la Autoridad de Aplicación y por los sujetos enumerados en el artículo 11 de la Ley Nº 25.551, para ejercer el control de las obligaciones emergentes de la misma en el marco de una contratación sujeta al "Régimen". c) A los efectos de la emisión del certificado a que se refiere el inciso precedente, se deberán tomar en consideración las siguientes pautas:

I) El Certificado de Verificación (CDV) debe ser solicitado a la Autoridad de Aplicación por el sujeto contratante a cuyo favor será emitido. II) La oportunidad en la cual el sujeto contratante debe requerir la emisión del CDV, varía según la contratación de que se trate, conforme se detalla a continuación:

1) Contrataciones comprendidas en el Régimen del Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria: el CDV debe solicitarse antes de la adjudicación. 2) Contrataciones no comprendidas por el Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria, pero sí alcanzadas por el "Régimen": el CDV debe solicitarse antes de que se perfeccione la contratación.

III) Para su obtención deberá presentar una declaración jurada manifestando: 1) Haber cumplido con las obligaciones emergentes del "Régimen". 2) El precio o valor final del bien de origen no nacional ofertado. 3) Que el precio o valor declarado, conforme al numeral precedente, es inferior al de los bienes de origen nacional ofertados, respecto de los cuales se aplicó la preferencia establecida en el "Régimen", o que no se presentaron ofertas de bienes de origen nacional.

d) El precio o valor declarado será consignado en el CDV y será tenido en cuenta como el precio final máximo a pagar con relación al bien no nacional que se quiere adquirir. Si la Autoridad de Aplicación o los entes encargados del control del "Régimen", con posterioridad al perfeccionamiento del contrato, verificasen que éste se suscribió por un precio o valor superior al consignado en la declaración jurada referida en el inciso c) precedente, deberán iniciar las acciones pertinentes para la aplicación de las sanciones establecidas en los artículos 14 y/o 15 de la Ley Nº 25.551, según corresponda.

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e) El requirente deberá mantener a disposición de la Autoridad de Aplicación toda la documentación de respaldo a los fines de que ésta, de entenderlo pertinente, pueda requerir su presentación a los efectos de ejercer las facultades de control que, como tal, le competen. f) El plazo de NOVENTA Y SEIS (96) horas, establecido en el artículo 4º de la Ley Nº 25.551, será equivalente a CUATRO (4) días hábiles administrativos, y comenzará a computarse a partir de que el requirente haya presentado a la Autoridad de Aplicación la documentación de respaldo completa y en correcta forma. ARTICULO 5º - Reglaméntase el artículo 5º de la Ley Nº 25.551, en los siguientes términos: a) A los fines de garantizar el acceso oportuno a la información sobre los procesos de contratación alcanzados por el "Régimen" y no comprendidos en el Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria, los sujetos contratantes deberán dar a conocer tales procesos y realizar una planificación, por lo menos anual, de las contrataciones que prevean realizar. b) A los efectos de la aplicación del "Régimen", esta planificación será considerada como un Programa de Inversión y podrá estar integrada por uno o más Proyectos o Planes de Inversión. Las expresiones Proyectos de Inversión o Planes de Inversión se utilizan indistintamente y tienen idéntico alcance. c) Las contrataciones alcanzadas por el "Régimen" y, asimismo, comprendidas en el Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria, se deberán anunciar y/o difundir de conformidad con las pautas establecidas en el referido decreto y normativa complementaria y/o modificatoria. d) En el resto de las contrataciones alcanzadas por el "Régimen" y no comprendidas en el Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria, sus procesos de selección se deberán anunciar y/o difundir según las pautas que se establecen en esta reglamentación, las que podrán ser complementadas e integradas por normas que dicte la Autoridad de Aplicación, a saber:

I) Las contrataciones de bienes, obras y/o servicios cuyo importe no supere los PESOS DIEZ MIL ($ 10.000), serán consideradas como gastos de caja chica o fondo fijo y estarán exentas de la obligación de publicación y/o difusión. II) Las contrataciones de bienes, obras y/o servicios cuyo importe supere los PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) hasta el monto de PESOS CIEN MIL ($ 100.000), en las que se prevea la participación de ofertas compuestas por bienes no nacionales, deberán ser difundidas en la página de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC) dependiente de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS por el término de DOS (2) días, con una antelación nunca inferior a CINCO (5) días hábiles con relación a la fecha límite de recepción de ofertas de la contratación de que se trate. III) Las contrataciones de bienes, obras y/o servicios cuyo importe supere el monto de PESOS CIEN MIL ($ 100.000), en las que se prevea la participación de oferta de bienes no nacionales, deberán ser difundidas en la página de Internet

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de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC) y simultáneamente publicadas en el Boletín Oficial y en, por lo menos, UN (1) periódico de circulación nacional masiva, por el término de DOS (2) días, con un mínimo de VEINTE (20) días corridos de antelación a la fecha límite de recepción de ofertas, computados a partir del día siguiente a la última publicación. IV) El contenido del aviso del proceso de selección respectivo, a publicarse en un periódico de circulación nacional masiva, podrá limitarse a consignar una remisión al sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC), en cuyo sitio deberá estipularse el contenido de todos los datos del proceso de selección pertinente. V) El contenido del anuncio de la convocatoria que se remita para su difusión en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC), deberá contener los datos que esta oficina, por sí o a través de la Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 25.551, determine.

e) Los sujetos que realicen contrataciones alcanzadas por el "Régimen" y no comprendidas en el Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria, deberán dar a conocer los Programas de Inversión, como así también los Proyectos y/o Planes de Inversión. Estos deberán ser publicados por el término de DOS (2) días en el Boletín Oficial y por UN (1) día en, por lo menos, UN (1) periódico de circulación nacional masiva. Asimismo, deberán ser difundidos en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC) en forma simultánea desde el día en que se le comience a dar publicidad en dichos medios. f) Para la publicación y difusión de los Programas de Inversión y/o Proyectos o Planes de Inversión deberán tomarse en consideración las siguientes pautas:

I) Los Programas de Inversión y/o Proyectos o Planes de Inversión cuyos montos sean inferiores a PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000), deberán ser difundidos y publicados con una antelación nunca inferior a los TREINTA (30) días hábiles previos a la apertura de ofertas. II) Los Programas de Inversión y/o Proyectos o Planes de Inversión cuyos montos sean iguales o superiores a PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000) y hasta PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000), deberán ser difundidos y publicados con una antelación nunca inferior a los CUARENTA Y CINCO (45) días hábiles previos a la apertura de ofertas. III) Los Programas de Inversión y/o Proyectos o Planes de Inversión cuyos montos sean superiores a PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000), deberán ser difundidos y publicados con una antelación nunca inferior a los SESENTA (60) días hábiles previos a la apertura de ofertas. IV) En los casos en los cuales el sujeto contratante cuente con un Programa de Inversiones, integrado por DOS (2) o más Proyectos o Planes de Inversión, podrá optar por realizar una única publicación y difusión del Programa de Inversión, antes del 30 de noviembre del año anterior al de su implementación. V) En aquellos supuestos en que se ejerza la opción establecida en el apartado IV) del presente inciso, si en los Proyectos o Planes de Inversión que integran el respectivo Programa se prevén procedimientos mediante los cuales se posibilite

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la participación de oferta extranjera y se supere el monto de PESOS CIEN MIL ($ 100.000), la decisión de contratación específica que así lo prevea deberá publicarse y difundirse conforme lo prescripto en el apartado III) del inciso d) del presente artículo. VI) El contenido del aviso a través del cual se publicite el Programa de Inversión y/o Proyecto o Plan de Inversión, podrá limitarse a consignar una remisión a la página de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC), en la cual deberá estipularse el contenido del mismo, en los términos de lo establecido en los apartados IV) y V) del inciso d) del presente artículo. VII) Los Programas y/o Proyectos o Planes de Inversión que deben anunciarse deberán establecer, con claridad, la definición de los bienes u objetos de la inversión y contener como mínimo las especificaciones técnicas generales y los servicios conexos asociados a la instalación y puesta en marcha del equipamiento y/u obra según corresponda, los plazos estimados de ejecución de los mismos y el procedimiento probable de contratación que se utilizará en cada caso. VIII) En el caso de optarse por la presentación de UN (1) único Programa de Inversión, integrado por los distintos Proyectos o Planes de Inversión previstos para el lapso de UN (1) año calendario, se deberá consignar cuáles de estos Proyectos o Planes de Inversión integran el Programa y el plazo estimado de implementación de los mismos. Los Planes o Proyectos de Inversión que integran el Programa, deberán contener idénticas especificaciones que las referidas en el apartado precedente y determinar las fechas estimadas de realización de cada inversión en particular.

g) La publicación y/o difusión de los Proyectos o Planes de Inversión y/o Programas de Inversión, en su caso, no generará derechos a favor de terceros y los datos de las contrataciones consignados en las mismas podrán ser modificados; pero toda modificación que implique un apartamiento sustancial de las especificaciones técnicas generales, deberá ser publicada conforme lo establecido en el inciso 9 del presente artículo. h) La OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC) llevará una Base de Datos de todos los Programas de Inversión y/o Proyectos o Planes de Inversión y de las contrataciones superiores a PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) que se realicen en el marco del "Régimen", debiendo efectuar la difusión sin cargo de las mismas. i) Las contrataciones no alcanzadas por lo establecido en el Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria, pero sí comprendidas en el "Régimen", podrán efectuarse mediante cualquier procedimiento de selección del contratista, pero el sujeto contratante deberá tomar en consideración que:

I) Si no se prevé la participación de ofertas de bienes no nacionales y la contratación fuera superior a PESOS DIEZ MIL ($ 10.000), no rige la obligación de publicación y/o difusión establecida en el inciso d), apartados II) y III) del presente artículo. Pero, de presentarse en el proceso de selección una oferta de bienes no nacionales, su participación en el proceso de que, se trate, queda supeditada a que el ente convocante publique una nueva convocatoria con los anuncios establecidos por esta norma y realice un nuevo procedimiento de

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contratación conforme lo marca la presente normativa para el caso de participación de oferta de bienes no nacionales. II) Si se prevé la participación de oferta de bienes no nacionales, las comparaciones de precios deberán realizarse luego de recibidas todas las ofertas. En los casos que se requiera mejora de oferta, ésta deberá ser solicitada a todos los participantes y la comparación realizarse luego de recibida la última mejora.

j) En las contrataciones comprendidas en el Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria, para difundir las etapas del procedimiento que correspondieren, deberán observarse las pautas establecidas en el referido decreto y normativa complementaria y/o modificatoria. k) En el resto de las contrataciones regidas por el "Régimen" que sean superiores a PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) y en las que se hubiera previsto participación de ofertas integradas por bienes no nacionales, el sujeto contratante deberá efectuar en la página de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC) con anterioridad a la efectiva suscripción o celebración del contrato, según corresponda, las siguientes difusiones de ofertas y adjudicaciones:

I) La nómina de ofertas recibidas y el monto de las mismas. En los supuestos en que se hayan solicitado y brindado mejoramiento de ofertas, estas últimas también deberán ser difundidas con carácter previo a la adjudicación y/o dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas contadas a partir de la perfección del contrato, a opción del sujeto contratante. II) El nombre de quién resultó adjudicatario y/o con quién va a suscribir el contrato.

l) En aquellos casos excepcionales en los cuales se acredite fehacientemente que no se pueda cumplir con las exigencias de anunciar y/o difundir las contrataciones establecidas por la presente reglamentación, sea por encontrarse comprometida la normal prestación de un servicio publico o por existir razones que no han podido preverse o que previstas no han podido evitarse, la Autoridad de Aplicación podrá, mediante resolución fundada, exceptuar de su cumplimiento al obligado. ARTICULO 6º - Reglaméntase el artículo 6º de la Ley Nº 25.551, en los siguientes términos: a) En todas las contrataciones alcanzadas por el "Régimen" se deben adecuar las especificaciones técnicas a las prescripciones establecidas en el artículo 6º de la Ley Nº 25.551 y en los artículos 2º y 3º de la Ley Nº 18.875, en cuanto resulten aplicables. Asimismo, es de aplicación lo prescripto en el artículo 46 del Decreto Nº 436 de fecha 30 de mayo de 2000 y modificatorios que, en lo referido a la precisión en la descripción del producto, se rige por el Sistema de Identificación de Bienes y Servicios de Utilización Común creado por la Decisión Administrativa Nº 344 de fecha 11 de junio de 1997. b) A los efectos de cumplir con la adopción de alternativas técnicamente viables para la Industria Local, se deberán establecer las especificaciones técnicas en base a normas del INSTITUTO ARGENTINO DE NORMALIZACION (lRAM) Asociación Civil sin fines de lucro y, de no existir las mismas para un determinado producto, a las normas del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) y, en su defecto, a

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las internacionales correspondientes. Cuando por razones técnicas verificables se requieran productos para los cuales no existan normas, deberán definirse las especificaciones técnicas de los mismos. c) Las obligaciones emergentes del "Régimen", en ningún caso, disminuyen o liberan de responsabilidad por el cumplimiento de las obligaciones que en materia de calidad corresponden a los sujetos obligados por el mismo. ARTICULO 7º - Sin Reglamentación. ARTICULO 8º - Reglaméntase el artículo 8º de la Ley Nº 25.551, en los siguientes términos: La presentación de los recursos administrativos deberá ajustarse a las formalidades y recaudos previstos en el Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 T.O. 1991, en lo que fuere pertinente, indicándose de manera concreta, la conducta o acto que el recurrente estimare como lesiva para sus derechos o intereses, así como el daño causado. Advertida alguna deficiencia la formal, el recurrente será intimado a subsanarla dentro del término perentorio de CINCO (5) días hábiles administrativos, bajo apercibimiento de desestimarse el recurso. ARTICULO 9º - Sin Reglamentación. ARTICULO 10 - Sin Reglamentación. ARTICULO 11 - Reglaméntase el artículo 11 de la Ley Nº 25.551, en los siguientes términos: a) La SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y los entes reguladores serán los encargados del control del cumplimiento de la Ley Nº 25.551, así como de la presente reglamentación. b) A fin de garantizar el efectivo cumplimiento del "Régimen", se establece que:

I) Toda oferta nacional deberá ser acompañada por una declaración jurada mediante la cual se acredite el cumplimiento de las condiciones requeridas para ser considerada como tal. II) La falta de presentación configurará una presunción, que admite prueba en contrario, de no cumplimiento de las prescripciones vigentes con relación a la calificación de oferta nacional. III) Las sociedades privadas prestadoras, licenciatarias, concesionarias y permisionarias de obras y/o de servicios deberán, periódicamente, presentar al ente regulador sendas declaraciones juradas en las cuales manifiesten que en las contrataciones realizadas durante ese período han cumplido con las obligaciones que el "Régimen" pone a su cargo. En igual sentido, los subcontratistas directos deberán, a su vez, presentar sendas declaraciones juradas a las sociedades privadas prestadoras, licenciatarias, concesionarias y permisionarias de obras y/o de servicios, quienes periódicamente informarán sobre estas presentaciones al ente regulador. La falta de presentación o la consignación de información inexacta dará lugar a las acciones que el ente regulador determine.

c) Con relación a las declaraciones juradas y a las denuncias de violación al "Régimen", se establece que:

PTE Norte Grande (Trafos - Anexos I-II).doc 21

I) La Autoridad de Aplicación, por sí o por el ente que a tal efecto designe, podrá verificar de oficio la veracidad del contenido de las declaraciones juradas, y realizar el pertinente control ex post. En los casos en los cuales para la verificación se requiera la participación del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (I.N.T.I) u otro instituto técnico, los costos que demande tal intervención estarán a cargo de la empresa que es objeto de la misma sólo si la información consignada resultara falsa. II) El ejercicio de la facultad de verificar, establecida en el inciso anterior, también podrá ser motivado por una denuncia de violación al "Régimen" promovida ante la Autoridad de Aplicación. III) La denuncia, a que se refiere el inciso precedente, deberá ser acompañada de las pruebas documentales que tenga el denunciante o de la indicación de su ubicación, a fin de acreditar razonablemente la verosimilitud de la misma. IV) Si de la investigación resultante de la denuncia realizada deviniera que la información contenida en la declaración jurada es falsa, de suscribirse el contrato, el contratista será pasible de las sanciones contenidas en los artículos 14 y/o 15 de la Ley Nº 25.551, según corresponda, sin perjuicio de las demás sanciones civiles o penales que pudieran corresponder. V) Sin perjuicio de las sanciones civiles y/o penales que pudieran corresponder, el nombre o razón social de la persona que fraguare la información sobre el contenido local de los bienes o que, mediante cualquier engaño o ardid, indujera a error a la Autoridad de Aplicación y/o a los sujetos contratantes, será difundido en la página de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC), conforme lo establezca la Autoridad de Aplicación, previo acuerdo con la citada OFICINA NACIONAL. VI) Si de la investigación resultante de la denuncia realizada deviniera que la información contenida en la declaración jurada es veraz, el ente contratante continuará con la contratación respectiva. VII) En los casos en que la participación del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (I.N.T.I.) o instituto técnico designado tenga origen en la investigación de una denuncia, los costos que la misma implique estarán a cargo del denunciante, si la denuncia fuere falsa, o de quien hubiere presentado la declaración jurada, de confirmarse la inexactitud de los datos en ella consignados. VIII) A los efectos de cubrir los costos operativos que demande la investigación, presentada la denuncia, la Autoridad de Aplicación solicitará, tanto al denunciante como a quien haya presentado la declaración jurada cuyo contenido se cuestiona, una garantía líquida cuyo monto no superará los costos de participación del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (I.N.T.I.) o instituto técnico designado. Luego de obtenida la resolución del instituto interviniente, la que deberá emitirse dentro del plazo que fije la Autoridad de Aplicación, ésta procederá, previa intimación fehaciente, a la aplicación o ejecución de la garantía presentada por quien resulte obligado al pago y a la devolución de la caución a quien corresponda. Lo prescripto es sin perjuicio de la responsabilidad que por falsa denuncia o declaración inexacta pudiera corresponderle a quien incurriera en ellos.

PTE Norte Grande (Trafos - Anexos I-II).doc 22

d) La Autoridad de Aplicación deberá acordar con la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC):

I) La modalidad a través de la cual se irán incorporando a la base de datos del SISTEMA DE INFORMACION DE PROVEEDORES —SIPRO— administrado por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC), los proveedores de los sujetos que realicen contrataciones alcanzadas por el "Régimen" y no comprendidos en el Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria. II) La modalidad a través de la cual se implementarán las obligaciones de difusión a cargo de los sujetos contratantes que realicen contrataciones alcanzadas por el "Régimen" y no comprendidos en el Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria. III) Todas aquellas cuestiones operativas que sean necesarias para la efectiva y transparente implementación del sistema de publicidad y difusión establecido en la presente norma.

ARTICULO 12 - Sin Reglamentación. ARTICULO 13 - Sin Reglamentación. ARTICULO 14 - Sin Reglamentación. ARTICULO 15 - Sin Reglamentación. ARTICULO 16 - Sin Reglamentación. ARTICULO 17 - Sin Reglamentación. ARTICULO 18 - Sin Reglamentación. ARTICULO 19 - Sin Reglamentación. ARTICULO 20 - Sin Reglamentación. ARTICULO 21 - Sin Reglamentación. ARTICULO 22 - Sin Reglamentación. ARTICULO 23 - Sin Reglamentación.

PTE Norte Grande (Trafos - Anexos I-II).doc 1

ANEXO II

MODELOS DE CONTRATO DE PROVISIÓN

PTE Norte Grande (Trafos - Anexos I-II).doc 2

MODELO CONTRATO DE PROVISIÓN

MÓDULO 1: para ET LAS LOMITAS

Entre la Empresa..... ...... ...... ..... ..... ..... ..... .... .... .... ...., en su carácter de

adjudicataria del Contrato de Construcción de la Estación Transformadora

LAS LOMITAS, representada en este acto por .... ..... ..... ..... .... ......., en su

carácter de ......................, según lo acredita escritura pública número .......

................., de fecha ..... ............. .................. ................... pasada al folio ........

de Registro Notarial ...... de ............ ..............., en adelante EL COMITENTE,

por una parte, y por la otra la Empresa ...... ..... ..... ..... ...... ..... .... .... .....,

representada en este acto por ..... ..... ..... .... .... ....., quien acredita su

personería mediante escritura pública número ....... ................., de fecha .....

............. .................. ................... pasada al folio ........ de Registro Notarial ......

de ............ ..............., en adelante LA CONTRATISTA, considerando:

1. Que LA CONTRATISTA resultó nominada, en la Licitación Publica

Nacional NEA – NOA Nº 04/2011 convocada por la UNIDAD EJECUTORA

DEL PROGRAMA (UEP), para la provisión del MÓDULO 1, integrado por UN

(1) Transformador Trifásico de Potencia 132/33/13,2 kV; 15/15/15 MVA, más

los repuestos solicitados en las ESPECIFICACIONES TECNICAS (Parte II:

Especificaciones Técnicas Particulares) del Pliego.

2. Que EL COMITENTE resultó adjudicatario de la Licitación Pública

Nacional NEA – NOA Nº 02/2011, convocada por la misma UNIDAD

EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP), para la “Selección de un Proponente

encargado de la Construcción de la Estación Transformadora LAS LOMITAS”,

obra en la cual será de utilización el Transformador Trifásico de Potencia del

considerando anterior.

3. Que EL COMITENTE y LA CONTRATISTA convienen en celebrar el

presente contrato de orden privado de provisión sujeto a las siguientes

cláusulas y condiciones:

PRIMERA: LA CONTRATISTA fabricará y entregará a EL COMITENTE,

puesto sobre su base en obra, UN (1) Transformador Trifásico de Potencia

132/33/13,2 kV; 15/15/15 MVA, de acuerdo con las Planillas de Datos

Técnicos Garantizados ofrecidas, más los repuestos solicitados, con todos

PTE Norte Grande (Trafos - Anexos I-II).doc 3

sus ensayos y requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones y

sus Circulares que integran este contrato como Anexo I.

SEGUNDA: El precio de la presente provisión, que integran el MÓDULO 1, se

estipula en la suma total de ......... ..... ..... ..... ...... ...... ...... ...... .... ( .... .... ...)

más el Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente, conforme lo

indicado en la Fórmula de Presentación y Planilla de Propuesta presentada

por LA CONTRATISTA en su Oferta, la que se incorpora en el presente

contrato en Anexo II.

TERCERA: La forma de pago correspondiente a la provisión ofrecida por LA

CONTRATISTA en la Planilla “Cronograma Contractual” y al Pliego de Bases

y Condiciones y sus Circulares, para la “Nominación de Proveedores para la

Provisión de Transformadores Trifásicos de Potencia”, de acuerdo con las

Planillas de Datos Técnicos Garantizados, más los repuestos solicitados, es la

siguiente:

1) Un Anticipo Inicial de ..... ..... ...... ..... ..... ...... ..... ..... ...... (... .... ..... .....)

más el Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente, dentro de los

`CUARENTA Y CINCO (45) días corridos de la fecha de firma del presente

Contrato de Provisión, de acuerdo a lo establecido en los Numerales 18.3.2 y

18.3.4 del Pliego será abonado por EL COMITENTE, habiéndose cumplido la

presentación de la factura correspondiente y la entrega de la Garantía de

Anticipo Inicial y demás documentación requerida en el Inciso a) del Numeral

18.1 del Pliego.

2) Un Anticipo Parcial de ............ ............... ..................... ...........................

(...................) más el Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente,

dentro de los CUARENTA Y CINCO (45) días corridos desde la fecha de

recepción en fábrica (del Transformador de Potencia) del Conmutador Bajo

Carga destinado a la máquina objeto de la contratación, será abonado por EL

COMITENTE, habiéndose cumplido la presentación de la factura

correspondiente y la entrega de la Garantía de Anticipo Parcial y demás

documentación requerida por el Inciso b) del Numeral 18.1 del Pliego.

3) Un Anticipo Parcial de ............ ............... ..................... ...........................

(...................) más el Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente,

dentro de los CUARENTA Y CINCO (45) días corridos desde la fecha de

PTE Norte Grande (Trafos - Anexos I-II).doc 4

finalización de conformidad de los ensayos de recepción en laboratorios del

Transformador Trifásico de Potencia, será abonado por EL COMITENTE,

habiéndose cumplido la presentación de la factura correspondiente y la

entrega de la Garantía de Anticipo Parcial y demás documentación requerida

por el Inciso c) del Numeral 18.1 del Pliego.

4) Un Anticipo Parcial de ............. ......................... ......................................

(...................) más el Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente,

dentro de los CUARENTA Y CINCO días (45) corridos desde la fecha de

Recepción en Obra (puesto sobre su base) del Transformador Trifásico de

Potencia y los repuestos, será abonado por EL COMITENTE, habiéndose

cumplido la presentación del Acta de Recepción en obra del transformador y

los repuestos, y demás documentación requerida por el Inciso d) del Numeral

18.1 del Pliego.

5) El Pago Final de ........... ............................ .................... .........................

(............. ...) más el Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente, dentro

de los CUARENTA Y CINCO días (45) corridos desde la fecha de Recepción

Provisoria del Transformador Trifásico de Potencia, será abonado por EL

COMITENTE, habiéndose cumplido la presentación del Acta de Recepción

Provisoria del Transformador y demás documentación requerida por el Inciso

e) del Numeral 18.1 del Pliego.

CUARTA: Los montos facturados según los apartados 1) a 5) de la Cláusula

TERCERA serán abonados por EL COMITENTE dentro de los plazos

estipulados (para Anticipo Inicial, para Anticipos Parciales y Pago Final) de 45

días corridos de la fecha de presentación, por parte de LA CONTRATISTA, de

la factura correspondiente. Todos los montos anteriores serán abonados

mediante la aplicación de los importes de dinero que a tal fin abonará la

UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP) en los términos de los

Numerales 18.1 y 18.3 del Pliego de Bases y Condiciones y sus Circulares.

QUINTA: De los importes indicados en los apartados 1) a 5) de la Cláusula

TERCERA, se retendrán los montos correspondientes a la integración del

Fondo de Reparos, de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones y sus

Circulares para la “Nominación de Proveedores para la Provisión de

Transformadores Trifásicos de Potencia”. El Fondo de Reparos, será

PTE Norte Grande (Trafos - Anexos I-II).doc 5

reintegrado a los TREINTA (30) días corridos de haberse producido la

Recepción Definitiva, completado el periodo de garantía de VEINTICUATRO

(24) meses contados a partir de la Recepción Provisoria o a los DOCE (12)

meses de la Habilitación Comercial de la Estación Transformadora LAS

LOMITAS, lo que suceda primero. El Fondo de Reparos podrá ser sustituido

por una garantía en los términos establecidos en el Pliego de Bases y

Condiciones y sus Circulares para la Nominación de Proveedores para la

Provisión de Transformadores Trifásicos de Potencia. SEXTA: Los precios cotizados se redeterminarán durante la ejecución del

Contrato de Provisión, sólo cuando los mismos estén expresados, en su

totalidad o en parte, en Pesos, los precios cotizados, total o parcial, en dólares

estadounidenses no serán redeterminados. Para el caso que se aplique

redeterminación de precios, será de aplicación lo establecido por el Decreto

Nº 634 del 21 de agosto de 2003, la Resolución Secretaría de Energía Nº

1205 del 30 de agosto del 2006 que fija los índices aplicables y los criterios

establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones y sus circulares para la

“Nominación de Proveedores para la Provisión del Transformadores Trifásicos

de Potencia”.

SEPTIMA: El plazo de entrega para la provisión establecida en el MÓDULO 1

es de DOSCIENTOS SETENTA (270) días corridos a partir de la firma del

presente contrato. Cualquier demora imputable a LA CONTRATISTA en el

cumplimiento de los plazos previstos en la documentación de la propuesta,

parciales o totales, dará lugar a la aplicación de las multas estipuladas en el

Pliego de Bases y Condiciones y sus Circulares, que integran este contrato

como Anexo I.

OCTAVA: El lugar de entrega del Transformador Trifásico de Potencia será en

el predio destinado a la construcción de la Estación Transformadora LAS

LOMITAS 132/33/13,2 kV, emplazada en la Localidad de LAS LOMITAS,

Provincia de FORMOSA, previéndose la recepción en obra dentro del plazo

previsto en la Cláusula SÉPTIMA, y en una etapa posterior con el

transformador montado en su respectiva fundación, la Recepción Provisoria a

los TREINTA (30) días corridos de cumplida la recepción en obra.

NOVENA: En cumplimiento de lo establecido en el Pliego de Bases y

PTE Norte Grande (Trafos - Anexos I-II).doc 6

Condiciones y sus Circulares, LA CONTRATISTA ha presentado en forma

previa a la firma del presente Contrato de Provisión, como Garantía de

Cumplimiento de Contrato ..... ..... ..... ..... .... ..... .... Nº ..... de la Compañía

........... ........................., por un monto de ........... ...................... .......................

(.............) a favor de ............. ............................... .................................

DECIMA: A los efectos del cumplimiento del presente Contrato de Provisión,

son de aplicación todas las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y

Condiciones y sus Circulares, para la “Nominación de Proveedores para la

Provisión de Transformadores Trifásicos de Potencia” (Licitación Pública

Nacional NEA – NOA Nº 04/2011), tanto en los aspectos técnicos de la

fabricación, materiales, embalajes, ensayos, condiciones de entrega,

documentación y otros como en los aspectos legales, económicos, financieros

y varios.

DECIMA PRIMERA: Forman parte del presente Contrato de Provisión, el

Pliego de Bases y Condiciones y sus Circulares (incorporado como Anexo I) y

la Oferta presentada por LA CONTRATISTA (incorporada como Anexo II).

Queda establecido que en caso de surgir controversias en la interpretación o

aplicación de los documentos mencionados regirá el siguiente orden de

prelación entre los mismos:

a) Las cláusulas del presente Contrato de Provisión.

b) El Pliego de Bases y Condiciones y sus Circulares.

c) La Oferta presentada por LA CONTRATISTA.

DECIMA SEGUNDA: a los efectos de dirimir conflictos las partes se someten

a la competencia de los Tribunales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

renunciando a otro fuero o jurisdicción y constituyendo a otros fines los

siguientes domicilios especiales: a) LA CONTRATISTA en ...... ..... .... ..... .....

..... y b) EL COMITENTE ..... ..... ..... ...... .... .... ..... ..., donde serán válidas

todas las notificaciones que se cursen con relación al presente contrato, salvo

expresa comunicación dirigida por una parte a la otra comunicando la

constitución de nuevo domicilio.

En prueba de conformidad se firman TRES (3) ejemplares de idéntico tenor y

a un solo efecto, UNO (1) para cada una de las partes que reciben en este

acto y el restante para ser incorporado a las actuaciones administrativas de la

PTE Norte Grande (Trafos - Anexos I-II).doc 7

UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP), en la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires a los ... .... días del mes de .... .... .... de 2011.

……………………………… ……………………………. EL COMITENTE EL CONTRATISTA

PTE Norte Grande (Trafos - Anexos I-II).doc 8

MODELO CONTRATO DE PROVISIÓN

MÓDULO 2: para ET EL COLORADO

Entre la Empresa..... ...... ...... ..... ..... ..... ..... .... .... .... ...., en su carácter de

adjudicataria del Contrato de Construcción de la Estación Transformadora EL

COLORADO, representada en este acto por .... ..... ..... ..... .... ......., en su

carácter de ......................, según lo acredita escritura pública número .......

................., de fecha ..... ............. .................. ................... pasada al folio ........

de Registro Notarial ...... de ............ ..............., en adelante EL COMITENTE,

por una parte, y por la otra la Empresa ...... ..... ..... ..... ...... ..... .... .... .....,

representada en este acto por ..... ..... ..... .... .... ....., quien acredita su

personería mediante escritura pública número ....... ................., de fecha .....

............. .................. ................... pasada al folio ........ de Registro Notarial ......

de ............ ..............., en adelante LA CONTRATISTA, considerando:

1. Que LA CONTRATISTA resultó nominada, en la Licitación Publica

Nacional NEA – NOA Nº 04/2011 convocada por la UNIDAD EJECUTORA

DEL PROGRAMA (UEP), para la provisión del MÓDULO 3, integrado por UN

(1) Transformador Trifásico de Potencia 132/33/13,2 kV; 30/30/15 MVA, más

los repuestos solicitados en las ESPECIFICACIONES TECNICAS (Parte II:

Especificaciones Técnicas Particulares) del Pliego.

2. Que EL COMITENTE resultó adjudicatario de la Licitación Pública

Nacional NEA – NOA Nº …/2011, convocada por la misma UNIDAD

EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP), para la “Selección de un Proponente

encargado de la Construcción de la Estación Transformadora EL

COLORADO”, obra en la cual será de utilización el Transformador Trifásico de

Potencia del considerando anterior.

3. Que EL COMITENTE y LA CONTRATISTA convienen en celebrar el

presente contrato de orden privado de provisión sujeto a las siguientes

cláusulas y condiciones:

PRIMERA: LA CONTRATISTA fabricará y entregará a EL COMITENTE,

puesto sobre su base en obra, UN (1) Transformador Trifásico de Potencia

132/33/13,2 kV; 30/30/15 MVA, de acuerdo con las Planillas de Datos

Técnicos Garantizados ofrecidas, más los repuestos solicitados, con todos

PTE Norte Grande (Trafos - Anexos I-II).doc 9

sus ensayos y requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones y

sus Circulares que integran este contrato como Anexo I.

SEGUNDA: El precio de la presente provisión, que integran el MÓDULO 2, se

estipula en la suma total de ......... ..... ..... ..... .... ...... ...... ...... ...... .... ( .... ....

...) más el Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente, conforme lo

indicado en la Fórmula de Presentación y Planilla de Propuesta presentada

por LA CONTRATISTA en su Oferta, la que se incorpora en el presente

contrato en Anexo II.

TERCERA: La forma de pago correspondiente a la provisión ofrecida por LA

CONTRATISTA en la Planilla “Cronograma Contractual” y al Pliego de Bases

y Condiciones y sus Circulares, para la “Nominación de Proveedores para la

Provisión de Transformadores Trifásicos de Potencia”, de acuerdo con las

Planillas de Datos Técnicos Garantizados, más los repuestos solicitados, es la

siguiente:

1) Un Anticipo Inicial de ..... ..... ...... ..... ..... ...... ..... ..... ...... (... .... ..... .....)

más el Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente, dentro de los

`CUARENTA Y CINCO (45) días corridos de la fecha de firma del presente

Contrato de Provisión, de acuerdo a lo establecido en los Numerales 18.3.2 y

18.3.4 del Pliego será abonado por EL COMITENTE, habiéndose cumplido la

presentación de la factura correspondiente y la entrega de la Garantía de

Anticipo Inicial y demás documentación requerida en el Inciso a) del Numeral

18.1 del Pliego.

2) Un Anticipo Parcial de ............ ............... ..................... ...........................

(...................) más el Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente,

dentro de los CUARENTA Y CINCO (45) días corridos desde la fecha de

recepción en fábrica (del Transformador de Potencia) del Conmutador Bajo

Carga destinado a la máquina objeto de la contratación, será abonado por EL

COMITENTE, habiéndose cumplido la presentación de la factura

correspondiente y la entrega de la Garantía de Anticipo Parcial y demás

documentación requerida por el Inciso b) del Numeral 18.1 del Pliego.

3) Un Anticipo Parcial de ............ ............... ..................... ...........................

(...................) más el Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente,

dentro de los CUARENTA Y CINCO (45) días corridos desde la fecha de

PTE Norte Grande (Trafos - Anexos I-II).doc 10

finalización de conformidad de los ensayos de recepción en laboratorios del

Transformador Trifásico de Potencia, será abonado por EL COMITENTE,

habiéndose cumplido la presentación de la factura correspondiente y la

entrega de la Garantía de Anticipo Parcial y demás documentación requerida

por el Inciso c) del Numeral 18.1 del Pliego.

4) Un Anticipo Parcial de ............. ......................... ......................................

(...................) más el Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente,

dentro de los CUARENTA Y CINCO días (45) corridos desde la fecha de

Recepción en Obra (puesto sobre su base) del Transformador Trifásico de

Potencia y los repuestos, será abonado por EL COMITENTE, habiéndose

cumplido la presentación del Acta de Recepción en obra del transformador y

los repuestos, y demás documentación requerida por el Inciso d) del Numeral

18.1 del Pliego.

5) El Pago Final de ........... ............................ .................... .........................

(............. ...) más el Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente, dentro

de los CUARENTA Y CINCO días (45) corridos desde la fecha de Recepción

Provisoria del Transformador Trifásico de Potencia, será abonado por EL

COMITENTE, habiéndose cumplido la presentación del Acta de Recepción

Provisoria del Transformador y demás documentación requerida por el Inciso

e) del Numeral 18.1 del Pliego.

CUARTA: Los montos facturados según los apartados 1) a 5) de la Cláusula

TERCERA serán abonados por EL COMITENTE dentro de los plazos

estipulados (para Anticipo Inicial, para Anticipos Parciales y Pago Final) de 45

días corridos de la fecha de presentación, por parte de LA CONTRATISTA, de

la factura correspondiente. Todos los montos anteriores serán abonados

mediante la aplicación de los importes de dinero que a tal fin abonará la

UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP) en los términos de los

Numerales 18.1 y 18.3 del Pliego de Bases y Condiciones y sus Circulares.

QUINTA: De los importes indicados en los apartados 1) a 5) de la Cláusula

TERCERA, se retendrán los montos correspondientes a la integración del

Fondo de Reparos, de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones y sus

Circulares para la “Nominación de Proveedores para la Provisión de

Transformadores Trifásicos de Potencia”. El Fondo de Reparos, será

PTE Norte Grande (Trafos - Anexos I-II).doc 11

reintegrado a los TREINTA (30) días corridos de haberse producido la

Recepción Definitiva, completado el periodo de garantía de VEINTICUATRO

(24) meses contados a partir de la Recepción Provisoria o a los DOCE (12)

meses de la Habilitación Comercial de la Estación Transformadora EL

COLORADO, lo que suceda primero. El Fondo de Reparos podrá ser

sustituido por una garantía en los términos establecidos en el Pliego de Bases

y Condiciones y sus Circulares para la “Nominación de Proveedores para la

Provisión de Transformadores Trifásicos de Potencia”. SEXTA: Los precios cotizados se redeterminarán durante la ejecución del

Contrato de Provisión, sólo cuando los mismos estén expresados, en su

totalidad o en parte, en Pesos, los precios cotizados, total o parcial, en dólares

estadounidenses no serán redeterminados. Para el caso que se aplique

redeterminación de precios, será de aplicación lo establecido por el Decreto

Nº 634 del 21 de agosto de 2003, la Resolución Secretaría de Energía Nº

1205 del 30 de agosto del 2006 que fija los índices aplicables y los criterios

establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones y sus circulares para la

“Nominación de Proveedores para la Provisión del Transformadores Trifásicos

de Potencia”.

SEPTIMA: El plazo de entrega para la provisión establecida en el MÓDULO 2

es de TRESCIENTOS (300) días corridos a partir de la firma del presente

contrato. Cualquier demora imputable a LA CONTRATISTA en el

cumplimiento de los plazos previstos en la documentación de la propuesta,

parciales o totales, dará lugar a la aplicación de las multas estipuladas en el

Pliego de Bases y Condiciones y sus Circulares, que integran este contrato

como Anexo I.

OCTAVA: El lugar de entrega del Transformador Trifásico de Potencia será en

el predio destinado a la construcción de la Estación Transformadora EL

COLORADO 132/33/13,2 kV, emplazada en la Localidad de EL COLORADO,

Provincia de FORMOSA, previéndose la recepción en obra dentro del plazo

previsto en la Cláusula SÉPTIMA, y en una etapa posterior con el

transformador montado en su respectiva fundación, la Recepción Provisoria a

los TREINTA (30) días corridos de cumplida la recepción en obra.

NOVENA: En cumplimiento de lo establecido en el Pliego de Bases y

PTE Norte Grande (Trafos - Anexos I-II).doc 12

Condiciones y sus Circulares, LA CONTRATISTA ha presentado en forma

previa a la firma del presente Contrato de Provisión, como Garantía de

Cumplimiento de Contrato ..... ..... ..... ..... .... ..... .... Nº ..... de la Compañía

........... ........................., por un monto de ........... ...................... .......................

(.............) a favor de ............. ............................... .................................

DECIMA: A los efectos del cumplimiento del presente Contrato de Provisión,

son de aplicación todas las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y

Condiciones y sus Circulares, para la “Nominación de Proveedores para la

Provisión de Transformadores Trifásicos de Potencia” (Licitación Pública

Nacional NEA – NOA Nº 04/2011), tanto en los aspectos técnicos de la

fabricación, materiales, embalajes, ensayos, condiciones de entrega,

documentación y otros como en los aspectos legales, económicos, financieros

y varios.

DECIMA PRIMERA: Forman parte del presente Contrato de Provisión, el

Pliego de Bases y Condiciones y sus Circulares (incorporado como Anexo I) y

la Oferta presentada por LA CONTRATISTA (incorporada como Anexo II).

Queda establecido que en caso de surgir controversias en la interpretación o

aplicación de los documentos mencionados regirá el siguiente orden de

prelación entre los mismos:

a) Las cláusulas del presente Contrato de Provisión.

b) El Pliego de Bases y Condiciones y sus Circulares.

c) La Oferta presentada por LA CONTRATISTA.

DECIMA SEGUNDA: a los efectos de dirimir conflictos las partes se someten

a la competencia de los Tribunales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

renunciando a otro fuero o jurisdicción y constituyendo a otros fines los

siguientes domicilios especiales: a) LA CONTRATISTA en ...... ..... .... ..... .....

..... y b) EL COMITENTE ..... ..... ..... ...... .... .... ..... ..., donde serán válidas

todas las notificaciones que se cursen con relación al presente contrato, salvo

expresa comunicación dirigida por una parte a la otra comunicando la

constitución de nuevo domicilio.

En prueba de conformidad se firman TRES (3) ejemplares de idéntico tenor y

a un solo efecto, UNO (1) para cada una de las partes que reciben en este

acto y el restante para ser incorporado a las actuaciones administrativas de la

PTE Norte Grande (Trafos - Anexos I-II).doc 13

UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP), en la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires a los ... .... días del mes de .... .... .... de 2011.

……………………………… ……………………………. EL COMITENTE EL CONTRATISTA

PTE Norte Grande (Trafos - Anexos I-II).doc 14

MODELO CONTRATO DE PROVISIÓN

MÓDULO 3: para ET LAGUNA BLANCA

Entre la Empresa..... ...... ...... ..... ..... ..... ..... .... .... .... ...., en su carácter de

adjudicataria del Contrato de Construcción de la Estación Transformadora

LAGUNA BLANCA y Ampliación de la Estación Transformadora CLORINDA,

representada en este acto por .... ..... ..... ..... .... ......., en su carácter de

......................, según lo acredita escritura pública número ....... ................., de

fecha ..... ............. .................. ................... pasada al folio ........ de Registro

Notarial ...... de ............ ..............., en adelante EL COMITENTE, por una

parte, y por la otra la Empresa ...... ..... ..... ..... ...... ..... .... .... .....,

representada en este acto por ..... ..... ..... .... .... ....., quien acredita su

personería mediante escritura pública número ....... ................., de fecha .....

............. .................. ................... pasada al folio ........ de Registro Notarial ......

de ............ ..............., en adelante LA CONTRATISTA, considerando:

1. Que LA CONTRATISTA resultó nominada, en la Licitación Publica

Nacional NEA – NOA Nº 04/2011 convocada por la UNIDAD EJECUTORA

DEL PROGRAMA (UEP), para la provisión del MÓDULO 3, integrado por UN

(1) Transformador Trifásico de Potencia 132/33/13,2 kV; 30/30/15 MVA, más

los repuestos solicitados en las ESPECIFICACIONES TECNICAS (Parte II:

Especificaciones Técnicas Particulares) del Pliego.

2. Que EL COMITENTE resultó adjudicatario de la Licitación Pública

Nacional NEA – NOA Nº 06/2011, convocada por la misma UNIDAD

EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP), para la “Selección de un Proponente

encargado de la Construcción de la Estación Transformadora LAGUNA

BLANCA y Ampliación de la Estación Transformadora CLORINDA”, obra en la

cual será de utilización el Transformador Trifásico de Potencia del

considerando anterior.

3. Que EL COMITENTE y LA CONTRATISTA convienen en celebrar el

presente contrato de orden privado de provisión sujeto a las siguientes

cláusulas y condiciones:

PRIMERA: LA CONTRATISTA fabricará y entregará a EL COMITENTE,

puesto sobre su base en obra, UN (1) Transformador Trifásico de Potencia

PTE Norte Grande (Trafos - Anexos I-II).doc 15

132/33/13,2 kV; 30/30/15 MVA, de acuerdo con las Planillas de Datos

Técnicos Garantizados ofrecidas, más los repuestos solicitados, con todos

sus ensayos y requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones y

sus Circulares que integran este contrato como Anexo I.

SEGUNDA: El precio de la presente provisión, que integran el MÓDULO 3, se

estipula en la suma total de ......... ..... ..... ..... .... ...... ...... ...... ...... .... ( .... ....

...) más el Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente, conforme lo

indicado en la Fórmula de Presentación y Planilla de Propuesta presentada

por LA CONTRATISTA en su Oferta, la que se incorpora en el presente

contrato en Anexo II.

TERCERA: La forma de pago correspondiente a la provisión ofrecida por LA

CONTRATISTA en la Planilla “Cronograma Contractual” y al Pliego de Bases

y Condiciones y sus Circulares, para la “Nominación de Proveedores para la

Provisión de Transformadores Trifásicos de Potencia”, de acuerdo con las

Planillas de Datos Técnicos Garantizados, más los repuestos solicitados, es la

siguiente:

1) Un Anticipo Inicial de ..... ..... ...... ..... ..... ...... ..... ..... ...... (... .... ..... .....)

más el Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente, dentro de los

`CUARENTA Y CINCO (45) días corridos de la fecha de firma del presente

Contrato de Provisión, de acuerdo a lo establecido en los Numerales 18.3.2 y

18.3.4 del Pliego será abonado por EL COMITENTE, habiéndose cumplido la

presentación de la factura correspondiente y la entrega de la Garantía de

Anticipo Inicial y demás documentación requerida en el Inciso a) del Numeral

18.1 del Pliego.

2) Un Anticipo Parcial de ............ ............... ..................... ...........................

(...................) más el Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente,

dentro de los CUARENTA Y CINCO (45) días corridos desde la fecha de

recepción en fábrica (del Transformador de Potencia) del Conmutador Bajo

Carga destinado a la máquina objeto de la contratación, será abonado por EL

COMITENTE, habiéndose cumplido la presentación de la factura

correspondiente y la entrega de la Garantía de Anticipo Parcial y demás

documentación requerida por el Inciso b) del Numeral 18.1 del Pliego.

3) Un Anticipo Parcial de ............ ............... ..................... ...........................

PTE Norte Grande (Trafos - Anexos I-II).doc 16

(...................) más el Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente,

dentro de los CUARENTA Y CINCO (45) días corridos desde la fecha de

finalización de conformidad de los ensayos de recepción en laboratorios del

Transformador Trifásico de Potencia, será abonado por EL COMITENTE,

habiéndose cumplido la presentación de la factura correspondiente y la

entrega de la Garantía de Anticipo Parcial y demás documentación requerida

por el Inciso c) del Numeral 18.1 del Pliego.

4) Un Anticipo Parcial de ............. ......................... ......................................

(...................) más el Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente,

dentro de los CUARENTA Y CINCO días (45) corridos desde la fecha de

Recepción en Obra (puesto sobre su base) del Transformador Trifásico de

Potencia y los repuestos, será abonado por EL COMITENTE, habiéndose

cumplido la presentación del Acta de Recepción en obra del transformador y

los repuestos, y demás documentación requerida por el Inciso d) del Numeral

18.1 del Pliego.

5) El Pago Final de ........... ............................ .................... .........................

(............. ...) más el Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente, dentro

de los CUARENTA Y CINCO días (45) corridos desde la fecha de Recepción

Provisoria del Transformador Trifásico de Potencia, será abonado por EL

COMITENTE, habiéndose cumplido la presentación del Acta de Recepción

Provisoria del Transformador y demás documentación requerida por el Inciso

e) del Numeral 18.1 del Pliego.

CUARTA: Los montos facturados según los apartados 1) a 5) de la Cláusula

TERCERA serán abonados por EL COMITENTE dentro de los plazos

estipulados (para Anticipo Inicial, para Anticipos Parciales y Pago Final) de 45

días corridos de la fecha de presentación, por parte de LA CONTRATISTA, de

la factura correspondiente. Todos los montos anteriores serán abonados

mediante la aplicación de los importes de dinero que a tal fin abonará la

UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP) en los términos de los

Numerales 18.1 y 18.3 del Pliego de Bases y Condiciones y sus Circulares.

QUINTA: De los importes indicados en los apartados 1) a 5) de la Cláusula

TERCERA, se retendrán los montos correspondientes a la integración del

Fondo de Reparos, de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones y sus

PTE Norte Grande (Trafos - Anexos I-II).doc 17

Circulares para la “Nominación de Proveedores para la Provisión de

Transformadores Trifásicos de Potencia”. El Fondo de Reparos, será

reintegrado a los TREINTA (30) días corridos de haberse producido la

Recepción Definitiva, completado el periodo de garantía de VEINTICUATRO

(24) meses contados a partir de la Recepción Provisoria o a los DOCE (12)

meses de la Habilitación Comercial de la Estación Transformadora LAGUNA

BLANCA, lo que suceda primero. El Fondo de Reparos podrá ser sustituido

por una garantía en los términos establecidos en el Pliego de Bases y

Condiciones y sus Circulares para la “Nominación de Proveedores para la

Provisión de Transformadores Trifásicos de Potencia”. SEXTA: Los precios cotizados se redeterminarán durante la ejecución del

Contrato de Provisión, sólo cuando los mismos estén expresados, en su

totalidad o en parte, en Pesos, los precios cotizados, total o parcial, en dólares

estadounidenses no serán redeterminados. Para el caso que se aplique

redeterminación de precios, será de aplicación lo establecido por el Decreto

Nº 634 del 21 de agosto de 2003, la Resolución Secretaría de Energía Nº

1205 del 30 de agosto del 2006 que fija los índices aplicables y los criterios

establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones y sus circulares para la

“Nominación de Proveedores para la Provisión del Transformadores Trifásicos

de Potencia”.

SEPTIMA: El plazo de entrega para la provisión establecida en el MÓDULO 3

es de TRESCIENTOS SESENTA (360) días corridos a partir de la firma del

presente contrato. Cualquier demora imputable a LA CONTRATISTA en el

cumplimiento de los plazos previstos en la documentación de la propuesta,

parciales o totales, dará lugar a la aplicación de las multas estipuladas en el

Pliego de Bases y Condiciones y sus Circulares, que integran este contrato

como Anexo I.

OCTAVA: El lugar de entrega del Transformador Trifásico de Potencia será en

el predio destinado a la construcción de la Estación Transformadora LAGUNA

BLANCA 132/33/13,2 kV, emplazada en la Localidad de LAGUNA BLANCA,

Provincia de FORMOSA, previéndose la recepción en obra dentro del plazo

previsto en la Cláusula SÉPTIMA, y en una etapa posterior con el

transformador montado en su respectiva fundación, la Recepción Provisoria a

PTE Norte Grande (Trafos - Anexos I-II).doc 18

los TREINTA (30) días corridos de cumplida la recepción en obra.

NOVENA: En cumplimiento de lo establecido en el Pliego de Bases y

Condiciones y sus Circulares, LA CONTRATISTA ha presentado en forma

previa a la firma del presente Contrato de Provisión, como Garantía de

Cumplimiento de Contrato ..... ..... ..... ..... .... ..... .... Nº ..... de la Compañía

........... ........................., por un monto de ........... ...................... .......................

(.............) a favor de ............. ............................... .................................

DECIMA: A los efectos del cumplimiento del presente Contrato de Provisión,

son de aplicación todas las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y

Condiciones y sus Circulares, para la “Nominación de Proveedores para la

Provisión de Transformadores Trifásicos de Potencia” (Licitación Pública

Nacional NEA – NOA Nº 04/2011), tanto en los aspectos técnicos de la

fabricación, materiales, embalajes, ensayos, condiciones de entrega,

documentación y otros como en los aspectos legales, económicos, financieros

y varios.

DECIMA PRIMERA: Forman parte del presente Contrato de Provisión, el

Pliego de Bases y Condiciones y sus Circulares (incorporado como Anexo I) y

la Oferta presentada por LA CONTRATISTA (incorporada como Anexo II).

Queda establecido que en caso de surgir controversias en la interpretación o

aplicación de los documentos mencionados regirá el siguiente orden de

prelación entre los mismos:

d) Las cláusulas del presente Contrato de Provisión.

e) El Pliego de Bases y Condiciones y sus Circulares.

f) La Oferta presentada por LA CONTRATISTA.

DECIMA SEGUNDA: a los efectos de dirimir conflictos las partes se someten

a la competencia de los Tribunales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

renunciando a otro fuero o jurisdicción y constituyendo a otros fines los

siguientes domicilios especiales: a) LA CONTRATISTA en ...... ..... .... ..... .....

..... y b) EL COMITENTE ..... ..... ..... ...... .... .... ..... ..., donde serán válidas

todas las notificaciones que se cursen con relación al presente contrato, salvo

expresa comunicación dirigida por una parte a la otra comunicando la

constitución de nuevo domicilio.

En prueba de conformidad se firman TRES (3) ejemplares de idéntico tenor y

PTE Norte Grande (Trafos - Anexos I-II).doc 19

a un solo efecto, UNO (1) para cada una de las partes que reciben en este

acto y el restante para ser incorporado a las actuaciones administrativas de la

UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP), en la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires a los ... .... días del mes de .... .... .... de 2011.

……………………………… ……………………………. EL COMITENTE EL CONTRATISTA

PTE Norte Grande (Trafos - Anexos I-II).doc 20

MODELO CONTRATO DE PROVISIÓN

MÓDULO 4: para Ampliación ET CLORINDA

Entre la Empresa..... ...... ...... ..... ..... ..... ..... .... .... .... ...., en su carácter de

adjudicataria del Contrato de Construcción de la Estación Transformadora

LAGUNA BLANCA y Ampliación de la Estación Transformadora CLORINDA,

representada en este acto por .... ..... ..... ..... .... ......., en su carácter de

......................, según lo acredita escritura pública número ....... ................., de

fecha ..... ............. .................. ................... pasada al folio ........ de Registro

Notarial ...... de ............ ..............., en adelante EL COMITENTE, por una

parte, y por la otra la Empresa ...... ..... ..... ..... ...... ..... .... .... .....,

representada en este acto por ..... ..... ..... .... .... ....., quien acredita su

personería mediante escritura pública número ....... ................., de fecha .....

............. .................. ................... pasada al folio ........ de Registro Notarial ......

de ............ ..............., en adelante LA CONTRATISTA, considerando:

1. Que LA CONTRATISTA resultó nominada, en la Licitación Publica

Nacional NEA – NOA Nº 04/2011 convocada por la UNIDAD EJECUTORA

DEL PROGRAMA (UEP), para la provisión del MÓDULO 4, integrado por UN

(1) Transformador Trifásico de Potencia 132/33/13,2 kV; 30/30/30 MVA, más

los repuestos solicitados en las ESPECIFICACIONES TECNICAS (Parte II:

Especificaciones Técnicas Particulares) del Pliego.

2. Que EL COMITENTE resultó adjudicatario de la Licitación Pública

Nacional NEA – NOA Nº 06/2011, convocada por la misma UNIDAD

EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP), para la “Selección de un Proponente

encargado de la Construcción de la Estación Transformadora LAGUNA

BLANCA y Ampliación de la Estación Transformadora CLORINDA”, obra en la

cual será de utilización el Transformador Trifásico de Potencia del

considerando anterior.

3. Que EL COMITENTE y LA CONTRATISTA convienen en celebrar el

presente contrato de orden privado de provisión sujeto a las siguientes

cláusulas y condiciones:

PRIMERA: LA CONTRATISTA fabricará y entregará a EL COMITENTE,

puesto sobre su base en obra, UN (1) Transformador Trifásico de Potencia

PTE Norte Grande (Trafos - Anexos I-II).doc 21

132/33/13,2 kV; 30/30/30 MVA, de acuerdo con las Planillas de Datos

Técnicos Garantizados ofrecidas, más los repuestos solicitados, con todos

sus ensayos y requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones y

sus Circulares que integran este contrato como Anexo I.

SEGUNDA: El precio de la presente provisión, que integran el MÓDULO 4, se

estipula en la suma total de ......... ..... ..... ..... .... ...... ...... ...... ...... .... ( .... ....

...) más el Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente, conforme lo

indicado en la Fórmula de Presentación y Planilla de Propuesta presentada

por LA CONTRATISTA en su Oferta, la que se incorpora en el presente

contrato en Anexo II.

TERCERA: La forma de pago correspondiente a la provisión ofrecida por LA

CONTRATISTA en la Planilla “Cronograma Contractual” y al Pliego de Bases

y Condiciones y sus Circulares, para la “Nominación de Proveedores para la

Provisión de Transformadores Trifásicos de Potencia”, de acuerdo con las

Planillas de Datos Técnicos Garantizados, más los repuestos solicitados, es la

siguiente:

1) Un Anticipo Inicial de ..... ..... ...... ..... ..... ...... ..... ..... ...... (... .... ..... .....)

más el Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente, dentro de los

`CUARENTA Y CINCO (45) días corridos de la fecha de firma del presente

Contrato de Provisión, de acuerdo a lo establecido en los Numerales 18.3.2 y

18.3.4 del Pliego será abonado por EL COMITENTE, habiéndose cumplido la

presentación de la factura correspondiente y la entrega de la Garantía de

Anticipo Inicial y demás documentación requerida en el Inciso a) del Numeral

18.1.

2) Un Anticipo Parcial de ............ ............... ..................... ...........................

(...................) más el Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente,

dentro de los CUARENTA Y CINCO (45) días corridos desde la fecha de

recepción en fábrica (del Transformador de Potencia) del Conmutador Bajo

Carga (CBC) destinado a la máquina objeto de la contratación, será abonado

por EL COMITENTE, habiéndose cumplido la presentación de la factura

correspondiente y la entrega de la Garantía de Anticipo Parcial y demás

documentación requerida por el Inciso b) del Numeral 18.1 del Pliego.

3) Un Anticipo Parcial de ............ ............... ..................... ...........................

PTE Norte Grande (Trafos - Anexos I-II).doc 22

(...................) más el Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente,

dentro de los CUARENTA Y CINCO (45) días corridos desde la fecha de

finalización de conformidad de los ensayos de recepción en laboratorios del

Transformador Trifásico de Potencia, será abonado por EL COMITENTE,

habiéndose cumplido la presentación de la factura correspondiente y la

entrega de la Garantía de Anticipo Parcial y demás documentación requerida

por el Inciso c) del Numeral 18.1 del Pliego.

4) Un Anticipo Parcial de ............. ......................... ......................................

(...................) más el Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente,

dentro de los CUARENTA Y CINCO días (45) corridos desde la fecha de

Recepción en Obra (puesto sobre su base) del Transformador Trifásico de

Potencia y los repuestos, será abonado por EL COMITENTE, habiéndose

cumplido la presentación del Acta de Recepción en obra del transformador y

los repuestos, y demás documentación requerida por el Inciso d) del Numeral

18.1 del Pliego.

5) El Pago Final de ........... ............................ .................... .........................

(............. ...) más el Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente, dentro

de los CUARENTA Y CINCO días (45) corridos desde la fecha de Recepción

Provisoria del Transformador Trifásico de Potencia, será abonado por EL

COMITENTE, habiéndose cumplido la presentación del Acta de Recepción

Provisoria del Transformador y demás documentación requerida por el Inciso

e) del Numeral 18.1 del Pliego.

CUARTA: Los montos facturados según los apartados 1) a 5) de la Cláusula

TERCERA serán abonados por EL COMITENTE dentro de los plazos

estipulados (para Anticipo Inicial, para Anticipos Parciales y Pago Final) de 45

días corridos de la fecha de presentación, por parte de LA CONTRATISTA, de

la factura correspondiente. Todos los montos anteriores serán abonados

mediante la aplicación de los importes de dinero que a tal fin abonará la

UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP) en los términos de los

Numerales 18.1 y 18.3 del Pliego de Bases y Condiciones y sus Circulares.

QUINTA: De los importes indicados en los apartados 1) a 5) de la Cláusula

TERCERA, se retendrán los montos correspondientes a la integración del

Fondo de Reparos, de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones y sus

PTE Norte Grande (Trafos - Anexos I-II).doc 23

Circulares para la “Nominación de Proveedores para la Provisión de

Transformadores Trifásicos de Potencia”. El Fondo de Reparos, será

reintegrado a los TREINTA (30) días corridos de haberse producido la

Recepción Definitiva, completado el periodo de garantía de VEINTICUATRO

(24) meses contados a partir de la Recepción Provisoria o a los DOCE (12)

meses de la Habilitación Comercial de la Ampliación en Estación

Transformadora CLORINDA, lo que suceda primero. El Fondo de Reparos

podrá ser sustituido por una garantía en los términos establecidos en el Pliego

de Bases y Condiciones y sus Circulares para la “Nominación de Proveedores

para la Provisión de Transformadores Trifásicos de Potencia”. SEXTA: Los precios cotizados se redeterminarán durante la ejecución del

Contrato de Provisión, sólo cuando los mismos estén expresados, en su

totalidad o en parte, en Pesos, los precios cotizados, total o parcial, en dólares

estadounidenses no serán redeterminados. Para el caso que se aplique

redeterminación de precios, será de aplicación lo establecido por el Decreto

Nº 634 del 21 de agosto de 2003, la Resolución Secretaría de Energía Nº

1205 del 30 de agosto del 2006 que fija los índices aplicables y los criterios

establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones y sus circulares para la

“Nominación de Proveedores para la Provisión del Transformadores Trifásicos

de Potencia”.

SEPTIMA: El plazo de entrega para la provisión establecida en el MÓDULO 4

es de CUATROCIENTOS VEINTE (420) días corridos a partir de la firma del

presente contrato. Cualquier demora imputable a LA CONTRATISTA en el

cumplimiento de los plazos previstos en la documentación de la propuesta,

parciales o totales, dará lugar a la aplicación de las multas estipuladas en el

Pliego de Bases y Condiciones y sus Circulares, que integran este contrato

como Anexo I.

OCTAVA: El lugar de entrega del Transformador Trifásico de Potencia será en

el predio destinado a la Ampliación de la Estación Transformadora CLORINDA

132/33/13,2 kV, emplazada en la Localidad de CLORINDA, Provincia de

FORMOSA, previéndose la recepción en obra dentro del plazo previsto en la

Cláusula SÉPTIMA, y en una etapa posterior con el transformador montado en

su respectiva fundación, la Recepción Provisoria a los TREINTA (30) días

PTE Norte Grande (Trafos - Anexos I-II).doc 24

corridos de cumplida la recepción en obra.

NOVENA: En cumplimiento de lo establecido en el Pliego de Bases y

Condiciones y sus Circulares, LA CONTRATISTA ha presentado en forma

previa a la firma del presente Contrato de Provisión, como Garantía de

Cumplimiento de Contrato ..... ..... ..... ..... .... ..... .... Nº ..... de la Compañía

........... ........................., por un monto de ........... ...................... .......................

(.............) a favor de ............. ............................... .................................

DECIMA: A los efectos del cumplimiento del presente Contrato de Provisión,

son de aplicación todas las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y

Condiciones y sus Circulares, para la “Nominación de Proveedores para la

Provisión de Transformadores Trifásicos de Potencia” (Licitación Pública

Nacional NEA – NOA Nº 04/2011), tanto en los aspectos técnicos de la

fabricación, materiales, embalajes, ensayos, condiciones de entrega,

documentación y otros como en los aspectos legales, económicos, financieros

y varios.

DECIMA PRIMERA: Forman parte del presente Contrato de Provisión, el

Pliego de Bases y Condiciones y sus Circulares (incorporado como Anexo I) y

la Oferta presentada por LA CONTRATISTA (incorporada como Anexo II).

Queda establecido que en caso de surgir controversias en la interpretación o

aplicación de los documentos mencionados regirá el siguiente orden de

prelación entre los mismos:

a) Las cláusulas del presente Contrato de Provisión.

b) El Pliego de Bases y Condiciones y sus Circulares.

c) La Oferta presentada por LA CONTRATISTA.

DECIMA SEGUNDA: a los efectos de dirimir conflictos las partes se someten

a la competencia de los Tribunales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

renunciando a otro fuero o jurisdicción y constituyendo a otros fines los

siguientes domicilios especiales: a) LA CONTRATISTA en ...... ..... .... ..... .....

..... y b) EL COMITENTE ..... ..... ..... ...... .... .... ..... ..., donde serán válidas

todas las notificaciones que se cursen con relación al presente contrato, salvo

expresa comunicación dirigida por una parte a la otra comunicando la

constitución de nuevo domicilio.

En prueba de conformidad se firman TRES (3) ejemplares de idéntico tenor y

PTE Norte Grande (Trafos - Anexos I-II).doc 25

a un solo efecto, UNO (1) para cada una de las partes que reciben en este

acto y el restante para ser incorporado a las actuaciones administrativas de la

UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP), en la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires a los ... .... días del mes de .... .... .... de 2011.

……………………………… ……………………………. EL COMITENTE EL CONTRATISTA