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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO ADS Nº 001-2014-CE-PVL/MPS – I CONVOCATORIA BASES ESTÁNDAR DE ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA PARA LA CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO DE BIENES Aprobada mediante Directiva Nº 018-2012-OSCE/CD MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO COMITÉ ESPECIAL. P.V.L. COMITÉ ESPECIAL P.V.L. COMITÉ ESPECIAL P.V.L. ------------------------------------------------------ ------------------------------------------------------ ---------------------------------------------------- Sr. MAURO I. MEZOMA AYSANA Sr. GERMAN REGINALDO HUARCAYA Sr. EDILBERTO RODRIGUEZ HUAMANLAZO PRESIDENTE (S) MIEMBRO TITULAR MIEMBRO TITULAR SUB DIRECCIÓN DE NORMATIVIDAD – DIRECCIÓN TÉCNICO NORMATIVA ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO - OSCE

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BASES ESTNDAR DE CONCURSO PBLICO PARA LA CONTRATACIN DE SERVICIOS O PARA CONSULTORA EN GENERAL

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO

ADS N 001-2014-CE-PVL/MPS I CONVOCATORIAMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO

ADS N 001-2014-CE-PVL/MPS I CONVOCATORIA

BASES ESTNDAR DE ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA PARA LA CONTRATACIN DE SUMINISTRO DE BIENES

Aprobada mediante Directiva N 018-2012-OSCE/CD

BASES ESTNDAR DE ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA PARA LA CONTRATACIN DE SUMINISTRO DE BIENESADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA N001-2014-CE-PVL/MPSPrimera ConvocatoriaBASES INTEGRADASCONTRATACIN DE SUMINISTRO DE BIENES CONTRATACION DE LECHE EVAPORADA ENTERA DE 410 GR. PARA LA ATENCION DEL PROGRAMA DE VASO DE LECHE - PERIODO 2014 PROVINCIA DE SATIPO JUNINSECCIN GENERAL

DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIN(ESTA SECCIN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGN EXTREMO, BAJO SANCIN DE NULIDAD)CAPTULO IETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIN

1.1. BASE LEGAL

Ley N 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.

Decreto Legislativo N 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.

Decreto Supremo N 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.

Directivas del OSCE. Ley N 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General.

Cdigo Civil.

Ley N 27806 Ley de Transparencia y de Acceso a la Informacin Pblica. Decreto Supremo N 007-2008-TR - Texto nico Ordenado de la Ley de Promocin de la Competitividad, Formalizacin y Desarrollo de la Micro y Pequea empresa y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.

Decreto Supremo N 008-2008-TR - Reglamento de la Ley MYPE.

Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

Para la aplicacin del derecho deber considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.

1.2. CONVOCATORIA

Se efectuar de conformidad con lo sealado en el artculo 51 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma.

1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES

El registro de participantes se efectuar desde el da siguiente de la convocatoria y hasta un (1) da hbil despus de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastar que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el artculo 53 del Reglamento.

La persona natural o persona jurdica que desee participar en el proceso de seleccin deber contar con inscripcin vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificar la vigencia de la inscripcin en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado.

Al registrarse, el participante deber sealar la siguiente informacin: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razn social de la persona jurdica; nmero de Registro nico de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; telfono y fax.IMPORTANTE:

Para registrarse como participante en un proceso de seleccin convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripcin vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor informacin, podr ingresarse a la siguiente direccin electrnica: www.rnp.gob.pe.1.4. FORMULACIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASESLas consultas y observaciones a las Bases sern presentadas por un periodo mnimo de tres (3) das hbiles, contados desde el da siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artculos 55 y 57 del Reglamento.

1.5. ABSOLUCIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASESLa decisin que tome el Comit Especial con relacin a las consultas y observaciones presentadas constar en el pliego absolutorio que se notificar a travs del SEACE, de conformidad con lo establecido en los artculos 54 y 56 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma del proceso de seleccin.

El plazo para la absolucin no podr exceder de tres (3) das hbiles desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones.

De haberse presentado observaciones, el Comit Especial debe incluir en el pliego de absolutorio el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevacin de observaciones al OSCE.IMPORTANTE:

No se absolvern consultas ni observaciones a las Bases que se presenten extemporneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

1.6. ELEVACIN DE OBSERVACIONES AL OSCE

El plazo para solicitar la elevacin de observaciones para el pronunciamiento del OSCE es de tres (3) das hbiles, computados desde el da siguiente de la notificacin del pliego absolutorio a travs del SEACE.

Los participantes pueden solicitar la elevacin de las observaciones para la emisin de pronunciamiento, en los siguientes supuestos:

1. Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron acogidas o fueron acogidas parcialmente;

2. Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el participante considere que tal acogimiento contina siendo contrario a lo dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de seleccin; y

3. Cuando el participante considere que el acogimiento de una observacin formulada por otro participante resulta contrario a lo dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de seleccin. En este caso, el participante debe haberse registrado como tal hasta el vencimiento del plazo para formular observaciones.

El Comit Especial, bajo responsabilidad, deber remitir la totalidad de la documentacin requerida para tal fin por el TUPA del OSCE, a ms tardar al da siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevacin de observaciones.La emisin y publicacin del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro de los diez (10) das hbiles siguientes de recibido el expediente completo por el OSCE.1.7. INTEGRACIN DE LAS BASES

Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de seleccin por lo que debern contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolucin de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, as como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisin.

Una vez integradas, las Bases no podrn ser cuestionadas en ninguna otra va ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restriccin no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases.

El Comit Especial integrar y publicar las Bases teniendo en consideracin los siguientes plazos:

1. Cuando no se hayan presentado observaciones, al da siguiente de vencido el plazo para formularlas.

2. Cuando se hayan presentado observaciones, al da siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevacin de dichas observaciones para la emisin de pronunciamiento, siempre que ningn participante haya hecho efectivo tal derecho.

3. Cuando se haya solicitado la elevacin de observaciones, dentro de los dos (2) das hbiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE.

Corresponde al Comit Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los artculos 59 y 60 del Reglamento.

De conformidad con el artculo 31 del Reglamento, el Comit Especial no podr efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.

1.8. FORMA DE PRESENTACIN DE PROPUESTAS Y ACREDITACINTodos los documentos que contengan informacin referida a los requisitos para la admisin de propuestas y factores de evaluacin se presentarn en idioma castellano o, en su defecto, acompaados de traduccin oficial o certificada efectuada por traductor pblico juramentado o traductor colegiado certificado, segn corresponda, salvo el caso de la informacin tcnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catlogos o similares, que podr ser presentada en el idioma original. El postor ser responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. Las propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendr la propuesta tcnica y el segundo la propuesta econmica.

Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarn por medios mecnicos o electrnicos y sern foliadas correlativamente empezando por el nmero uno.

Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, stos podrn ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual. En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastar que ste o su apoderado, indique debajo de la rbrica sus nombres y apellidos completos.

Cuando la presentacin de propuestas se realice en acto pblico, las personas naturales podrn concurrir personalmente o a travs de su apoderado debidamente acreditado ante el Comit Especial, mediante carta poder simple (Formato N 1). Las personas jurdicas lo harn por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a travs de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntar el documento registral vigente que consigne la designacin del representante legal, expedido con una antigedad no mayor de treinta (30) das calendario a la presentacin de propuestas. (Formato N 1)

En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante comn del consorcio, o por el apoderado designado por ste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente:

1. En el caso que el representante comn del consorcio presente la propuesta, ste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.

2. En el caso que el apoderado designado por el representante comn del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante comn del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.

3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditacin se realizar conforme a lo dispuesto en el sexto prrafo del presente numeral, segn corresponda.1.9. PRESENTACIN DE PROPUESTAS

En caso la presentacin de propuestas se realice en ACTO PBLICO, deber tenerse en consideracin lo siguiente:

La presentacin de propuestas se realiza en acto pblico, en la fecha y hora sealadas en el cronograma del proceso.

El acto se inicia cuando el Comit Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendr por desistido. Si algn participante es omitido, podr acreditarse con la presentacin de la constancia de su registro como participante.

Los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio.

IMPORTANTE:

En caso de convocarse segn relacin de tems, los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio en un mismo tem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en tems distintos .

En el caso que el Comit Especial rechace la acreditacin del apoderado, representante legal o representante comn, segn corresponda en atencin al numeral 1.8, y este exprese su disconformidad, se anotar tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendr la propuesta y los documentos de acreditacin en su poder hasta el momento en que el participante formule apelacin. Si se formula apelacin se estar a lo que finalmente se resuelva al respecto.

Despus de recibidas las propuestas, el Comit Especial proceder a abrir los sobres que contienen la propuesta tcnica de cada postor, a fin de verificar que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las Bases.En el caso que de la revisin de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta tcnica, o la omisin de presentacin de uno o ms documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pblica nacional o un privado en ejercicio de funcin pblica, tales como autorizaciones, permisos, ttulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza anloga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentacin de propuestas, se actuar conforme lo dispuesto en el artculo 68 del Reglamento. Este es el nico momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta tcnica.En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos sealados en el prrafo anterior, se devolver la propuesta, tenindola por no admitida, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotar tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendr la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelacin. Si se formula apelacin se estar a lo que finalmente se resuelva al respecto.

Despus de abierto cada sobre que contiene la propuesta tcnica, el Notario (o Juez de Paz) proceder a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta tcnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluacin y calificacin de las propuestas tcnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Juez de Paz) proceder a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas econmicas dentro de uno o ms sobres, los que sern debidamente sellados y firmados por l, por los miembros del Comit Especial y por los postores que as lo deseen, conservndolos hasta la fecha en que el Comit Especial, en acto pblico, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluacin de las propuestas tcnicas.

Al terminar el acto pblico, se levantar un acta, la cual ser suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos sus miembros, as como por los veedores y los postores que lo deseen.

De conformidad con lo dispuesto en el artculo 64 del Reglamento, en los actos de presentacin de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podr contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participar como veedor y deber suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciar el proceso.En caso la presentacin de propuestas se realice en ACTO PRIVADO, deber tenerse en consideracin lo siguiente:

Los participantes presentarn sus propuestas, con cargo y en sobre cerrado, en el lugar, el da y horario sealados en las Bases, bajo responsabilidad del Comit Especial.

Los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio.

IMPORTANTE:

En caso de convocarse segn relacin de tems, los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio en un mismo tem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en tems distintos .

De conformidad con lo dispuesto en el artculo 64 del Reglamento, en los actos de presentacin de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podr contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participar como veedor y deber suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciar el proceso.1.10. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONMICA

La propuesta econmica (Sobre N 2) deber incluir obligatoriamente lo siguiente:

La oferta econmica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislacin vigente, as como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del suministro de bienes a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocer pago adicional de ninguna naturaleza.

El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo componen debern ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrn ser expresados con ms de dos decimales.

IMPORTANTE:

Tratndose de un proceso segn relacin de tems, cuando los postores se presenten a ms de un tem, debern presentar sus propuestas econmicas en forma independiente.

1.11. EVALUACIN DE PROPUESTAS

La evaluacin de propuestas se realizar en dos (2) etapas: La evaluacin tcnica y la evaluacin econmica.

Los mximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes:

Propuesta Tcnica

: 100 puntos

Propuesta Econmica: 100 puntos

1.11.1. EVALUACIN TCNICA

En caso se hubiese previsto la presentacin de propuestas en ACTO PBLICO, en la evaluacin se deber tener en consideracin lo siguiente:Se verificar que la propuesta tcnica cumpla con los requerimientos tcnicos mnimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no sern admitidas.

Slo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comit Especial hubiese otorgado plazo de subsanacin, pasarn a la evaluacin tcnica.

En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanacin de la propuesta, el Comit Especial deber determinar si se cumpli o no con la subsanacin solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanacin, el Comit Especial tendr la propuesta por no admitida.

Una vez cumplida la subsanacin de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuar con la evaluacin de las propuestas tcnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodologa de asignacin de puntaje establecida para cada factor.

Las propuestas tcnicas que no alcancen el puntaje mnimo de sesenta (60) puntos, sern descalificadas en esta etapa y no accedern a la evaluacin econmica.

En caso se hubiese previsto la presentacin de propuestas en ACTO PRIVADO, en la evaluacin se deber tener en consideracin lo siguiente:

Se proceder a la apertura de las propuestas tcnicas presentadas y se verificar que contengan los documentos de presentacin obligatoria y cumplan con los requerimientos tcnicos mnimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no sern admitidas.

En el caso que de la revisin de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta tcnica, o la omisin de presentacin de uno o ms documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pblica nacional o un privado en ejercicio de funcin pblica, tales como autorizaciones, permisos, ttulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza anloga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentacin de propuestas, se actuar conforme lo dispuesto en el artculo 68 del Reglamento. Este es el nico momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta tcnica.IMPORTANTE:

En tanto OSCE no comunique a travs de su portal institucional la implementacin del mecanismo de notificacin electrnica en el SEACE para la Entidad, el Comit Especial deber notificar al postor el requerimiento de subsanacin de la propuesta tcnica en forma personal, conforme a lo dispuesto por la Dcima Disposicin Complementaria Transitoria del Reglamento.

En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos sealados en el prrafo anterior, se tendr por no admitida. El Comit Especial incluir el motivo de esa decisin en el acta de los resultados del proceso que se publicar en el SEACE, debiendo devolver los sobres que contienen la propuesta tcnica y econmica, una vez consentido el otorgamiento de la Buena Pro.

Slo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comit Especial hubiese otorgado plazo de subsanacin, pasarn a la evaluacin tcnica.

En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanacin de la propuesta, el Comit Especial deber determinar si se cumpli o no con la subsanacin solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanacin, el Comit Especial tendr la propuesta por no admitida.

Una vez cumplida la subsanacin de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuar con la evaluacin de las propuestas tcnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodologa de asignacin de puntaje establecida para cada factor.

Las propuestas tcnicas que no alcancen el puntaje mnimo de sesenta (60) puntos, sern descalificadas en esta etapa y no accedern a la evaluacin econmica.

En caso de la descalificacin de la propuesta, el Comit Especial incluir el motivo de esa decisin en el acta de los resultados del proceso que publicar en el SEACE.1.11.2. EVALUACIN ECONMICA

Si la propuesta econmica excede el valor referencial, ser devuelta por el Comit Especial y se tendr por no presentada, conforme lo establece el artculo 33 de la Ley.

La evaluacin econmica consistir en asignar el puntaje mximo establecido a la propuesta econmica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignar un puntaje inversamente proporcional, segn la siguiente frmula:

Pi = Om x PMPE

Oi

Donde:

i= Propuesta

Pi= Puntaje de la propuesta econmica i

Oi= Propuesta Econmica i

Om= Propuesta Econmica de monto o precio ms bajo

PMPE= Puntaje Mximo de la Propuesta Econmica

IMPORTANTE:

En caso el proceso se convoque bajo el sistema de precios unitarios, tarifas o porcentajes, el Comit Especial deber verificar las operaciones aritmticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorreccin, deber corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha correccin debe figurar expresamente en el acta respectiva.

Slo cuando se haya previsto (segn el caso concreto) aceptar propuestas econmicas que incluyan propuestas de financiamiento, la propuesta econmica se evaluar utilizando el mtodo del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarn en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de inters, comisiones, seguros y otros, as como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artculo 70 del Reglamento.

1.12. ACTO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

En caso el otorgamiento de la Buena Pro se realice en ACTO PBLICO, se deber tener en consideracin lo siguiente:En la fecha y hora sealada en las Bases, el Comit Especial se pronunciar sobre la admisin y la evaluacin tcnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta ltima.

El Comit Especial proceder a la apertura de los sobres que contienen las propuestas econmicas de aquellos postores cuyas propuestas tcnicas hubieran alcanzado el puntaje tcnico mnimo requerido en las Bases.La evaluacin de las propuestas econmicas se realizar de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.

La determinacin del puntaje total se har de conformidad con el artculo 71 del Reglamento.

El Comit Especial proceder a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de seleccin a travs de un cuadro comparativo en el que se consignar el orden de prelacin en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes tcnico, econmico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o ms propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuar observando lo sealado en el artculo 73 del Reglamento.

Al terminar el acto pblico se levantar un acta, la cual ser suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos los miembros del Comit Especial y por los postores que deseen hacerlo.

El otorgamiento de la Buena Pro se presumir notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregar a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluacin. Dicha presuncin no admite prueba en contrario. Esta informacin se publicar el mismo da en el SEACE.

En caso el otorgamiento de la Buena Pro se realice en ACTO PRIVADO, se deber tener en consideracin lo siguiente:

El Comit Especial proceder a la apertura de los sobres que contienen las propuestas econmicas de aquellos postores cuyas propuestas tcnicas hubieran alcanzado el puntaje tcnico mnimo requerido en las Bases.

La evaluacin de las propuestas econmicas se realizar de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.

La determinacin del puntaje total se har de conformidad con el artculo 71 del Reglamento.

El Comit Especial proceder a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, elaborando en forma previa un cuadro comparativo en el que se consignar el orden de prelacin en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes tcnico, econmico y total obtenido por cada uno de ellos.

En el supuesto que dos (2) o ms propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuar observando lo sealado en el artculo 73 del Reglamento.Al terminar el acto se levantar un acta, la cual ser suscrita por todos los miembros del Comit Especial, as como por los veedores, de ser el caso.

El otorgamiento de la Buena Pro se publicar y se entender notificado a travs del SEACE, el mismo da de su realizacin, bajo responsabilidad del Comit Especial, debiendo incluir el acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo.1.13. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

Cuando se hayan presentado dos (2) o ms propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producir a los cinco (5) das hbiles de la notificacin de su otorgamiento, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelacin. En este caso, el consentimiento se publicar en el SEACE al da hbil siguiente de haberse producido.

En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producir el mismo da de la notificacin de su otorgamiento, y podr ser publicado en el SEACE ese mismo da o hasta el da hbil siguiente.

1.14. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO

De acuerdo con el artculo 282 del Reglamento, a partir del da hbil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la va administrativa conforme a lo previsto en el artculo 115 del Reglamento, hasta el dcimo quinto da hbil de producido tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedicin de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

El OSCE no expedir constancias solicitadas fuera del plazo establecido.CAPTULO IISOLUCIN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIN

1.15. RECURSO DE APELACINA travs del recurso de apelacin se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de seleccin, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebracin del contrato.

El recurso de apelacin se presenta ante la Entidad que convoc el proceso de seleccin y es resuelto por el Titular de la Entidad o el funcionario a quien este haya delegado dicha facultad.Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrn impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.

1.16. PLAZOS DE INTERPOSICIN DEL RECURSO DE APELACIN

La apelacin contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro.

La apelacin contra los actos distintos a los indicados en el prrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

CAPTULO IIIDEL CONTRATO

1.17. DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATOUna vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, dentro de los siete (7) das hbiles siguientes, sin mediar citacin alguna, el postor ganador deber presentar a la Entidad la documentacin para la suscripcin del contrato prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (3) das hbiles siguientes a la presentacin de dicha documentacin, deber concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato. En el supuesto que el postor ganador no presente la documentacin y/o no concurra a suscribir el contrato, segn corresponda, en los plazos antes indicados, se proceder de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3 del artculo 148 del Reglamento.

El contrato ser suscrito por la Entidad, a travs del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratndose de persona natural, y tratndose de persona jurdica, a travs de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artculo 139 del Reglamento.

Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deber presentar, adems de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:

Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

Garanta de fiel cumplimiento. Garanta de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, en caso corresponda.

Garanta por el monto diferencial de propuesta, en caso corresponda.

Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.

Cdigo de cuenta interbancario (CCI). Traduccin oficial efectuada por traductor pblico juramentado de todos los documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompaados de traduccin certificada, de ser el caso.

1.18. VIGENCIA DEL CONTRATO

En aplicacin de lo dispuesto en el artculo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el da siguiente de la suscripcin del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta que el funcionario competente d la conformidad de la recepcin de la prestacin a cargo del contratista y se efecte el pago correspondiente.

1.19. DE LAS GARANTAS

1.19.1. GARANTA DE FIEL CUMPLIMIENTO

El postor ganador debe entregar a la Entidad la garanta de fiel cumplimiento del contrato. Esta deber ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin a cargo del contratista.

De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) ao, previamente a la suscripcin del contrato, las Entidades podrn aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garanta de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garanta por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) ao, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin.

IMPORTANTE:

Alternativamente, las micro y pequeas empresas pueden optar que, como garanta de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, conforme a lo dispuesto en el artculo 39 de la Ley. Para estos efectos, la retencin de dicho monto se efectuar durante la primera mitad del nmero total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalizacin del mismo.

1.19.2. GARANTA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS

En caso el contrato conlleve a la ejecucin de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparacin o actividades afines, se otorgar una garanta adicional por este concepto, la misma que se renovar peridicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentacin en ningn caso.

1.19.3. GARANTA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA

Cuando la propuesta econmica fuese inferior al valor referencial en ms del veinte por ciento (20%) de ste, para la suscripcin del contrato, el postor ganador deber presentar una garanta adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta econmica. Dicha garanta deber tener vigencia hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin a cargo del contratista.

1.20. REQUISITOS DE LAS GARANTAS

Las garantas que se presenten debern ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realizacin automtica en el pas al slo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisin de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantas; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categora que peridicamente publica el Banco Central de Reserva del Per.

IMPORTANTE:

Corresponde a la Entidad verificar que las garantas presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptacin y eventual ejecucin.

1.21. EJECUCIN DE GARANTASLas garantas se harn efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artculo 164 del Reglamento.

1.22. ADELANTOS

La Entidad entregar adelantos directos, conforme a lo previsto en el artculo 171 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la seccin especfica de las Bases.

En el supuesto que no se entregue el adelanto en el plazo previsto, el contratista tiene derecho a solicitar la ampliacin del plazo de ejecucin de la prestacin por el nmero de das equivalente a la demora, conforme al artculo 172 del Reglamento.

1.23. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

Las penalidades por retraso injustificado en la atencin del suministro y las causales para la resolucin del contrato, sern aplicadas de conformidad con los artculos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente.

De acuerdo con los artculos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrn establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artculo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto mximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del tem que debi ejecutarse. Estas penalidades se calcularn de forma independiente a la penalidad por mora.

1.24. PAGOS

La Entidad deber realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los bienes objeto del contrato. Dichos pagos se efectuarn despus de ejecutada la respectiva prestacin; salvo que, por razones de mercado, el pago del precio sea condicin para la entrega de los bienes.

La Entidad deber pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la forma y oportunidad (pagos peridicos) establecida en las Bases o en el contrato, siempre que el contratista los solicite presentando la documentacin que justifique el pago y acredite la existencia de los bienes, conforme a la seccin especfica de las Bases.Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la recepcin de los bienes, deber hacerlo en un plazo que no exceder de los diez (10) das calendario de ser stos recibidos, a fin que la Entidad cumpla con la obligacin de efectuar el pago dentro de los quince (15) das calendario siguientes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato.

En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizar de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.

En caso de retraso en el pago, el contratista tendr derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artculo 48 de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debi efectuarse.

1.25. DISPOSICIONES FINALES

Todos los dems aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirn supletoriamente por la Ley y su Reglamento, as como por las disposiciones legales vigentes.

SECCIN ESPECFICACONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIN(EN ESTA SECCIN LA ENTIDAD DEBER COMPLETAR LA INFORMACIN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)

CAPTULO IGENERALIDADES

1.1. ENTIDAD CONVOCANTE

Nombre:[MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO]

RUC N:[20146674403]

Domicilio legal:[JR. COLONOS FUNDADORES N 312 SATIPO JUNIN]

Telfono/Fax::[064 - 546720]

Correo electrnico::[[email protected]]

1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El presente proceso de seleccin tiene por objeto la CONTRATACION DE LECHE EVAPORADA ENTERA DE 410 GR. PARA LA ATENCION DEL PROGRAMA DE VASO DE LECHE - PERIODO 2014 PROVINCIA DE SATIPO JUNIN.1.3. VALOR REFERENCIAL

El valor referencial asciende a S/. 191,977.50 (CIENTO NOVENTA Y UN MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE CON 50/100 NUEVOS SOLES), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del bien. El valor referencial ha sido calculado al mes de ENERO DEL 2014.CantidadUnid.

Med.DESCRIPCIONPrecio

Unitario

S/.Precio Total

S/.

69,810TarrosLeche Evaporada Entera de 410 gr.2.75S/. 191,977.50(Ciento Noventa y Un Mil Novecientos Setenta y Siete con 50/100 nuevos soles)

IMPORTANTE: De conformidad con el artculo 13 del Reglamento, cuando se trate de una contratacin por relacin de tems, tambin debern incluirse los valores referenciales en nmeros y letras de cada tem.

Si el sistema de contratacin es a precios unitarios deber indicarse los precios unitarios referenciales del bien y/o bienes objeto de la convocatoria.

Las propuestas econmicas no pueden exceder el monto consignado en las Bases como valor referencial de conformidad con el artculo 33 de la Ley. No existe un lmite mnimo como tope para efectuar dichas propuestas.

Si durante la fase de actos preparatorios, se determina que la venta de los bienes y su consumo se efectuar en la Amazona, deber tomarse en cuenta la regulacin de la Cuarta Disposicin Complementaria Final del Reglamento, referida al beneficio de la exoneracin del IGV prevista en la Ley N 27037, Ley de Promocin de la Inversin en la Amazona.

De conformidad con lo sealado en el numeral 2 de la citada Disposicin Complementaria Final, en las Bases del respectivo proceso de seleccin deber establecerse adems del valor referencial, los lmites de ste, con y sin IGV, tal como se indica a continuacin:

Valor Referencial

(VR)Lmite InferiorLmite Superior

Con IGVSin IGVCon IGVSin IGV

[S/. 191,977.50

Ciento Noventa y Un Mil Novecientos Setenta y Siete con 50/100 nuevos soles, INCLUYE IGV]

No se ha establecido[S/. 191,977.50

Ciento Noventa y Un Mil Novecientos Setenta y Siete con 50/100 nuevos soles, INCLUYE IGV]

[S/. 162,692.79

Ciento Sesenta y Dos Mil Seiscientos Noventa y Dos con 79/100 Nuevos Soles

SIN IGV]

1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACINEl expediente de contratacin fue aprobado mediante [MEMORANDUN N 01-2014-L-GM/MPS] el 09 DE ENERO DEL 2014].

1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO

[00 RECURSOS ORDINARIOS]IMPORTANTE:

La fuente de financiamiento debe corresponder a aquellas previstas en la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Pblico del ao fiscal en el cual se convoca el proceso de seleccin.

1.6. SISTEMA DE CONTRATACIN

El presente proceso se rige por el sistema de [PRECIOS UNITARIOS], de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratacin respectivo.

1.7. MODALIDAD DE EJECUCIN CONTRACTUAL

[NO CORRESPONDE]1.8. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO

El alcance de la prestacin est definido en los Requerimientos Tcnicos Mnimos que forman parte de la presente Seccin en el Captulo III.

1.9. PLAZO DE LAS ENTREGASLos bienes materia de la presente convocatoria se entregarn de acuerdo al siguiente cronograma. CRONOGRAMA DE ENTREGA

MesLeche Evaporada Entera de 410 Grs.Cronograma de Entregas por Mes

Abril7,757 TarrosEl 01 de Abril del 2014

Mayo7,757 Tarros 01 de Mayo del 2014

Junio7,757 Tarros02 de Junio del 2014

Julio7,757 Tarros01 de Julio del 2014

Agosto7,757 Tarros01 de Agosto del 2014

Setiembre7,757 Tarros01 de Septiembre del 2014

Octubre7,756 Tarros02 de Octubre del 2014

Noviembre7,756 Tarros 03 de Noviembre del 2014

Diciembre7,756 Tarros02 de Diciembre del 2014

TOTAL69,810 Tarros

IMPORTANTE:

El cronograma debe sealar la periodicidad de las entregas de acuerdo al objeto de la convocatoria (por ejemplo, puede establecerse fechas fijas o mensuales o quincenales o semanales).

1.10. COSTO DE REPRODUCCIN DE LAS BASES

[S/. 20.00 VEINTE CON 00/100 NUEVOS SOLES]

Lugar de Pago: Unidad de Caja1.11. BASE LEGAL

Ley N [30114] Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal [2014]. Ley N [30115] Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Pblico del ao fiscal [2014]. Decreto Legislativo N 1017 Ley de Contrataciones del Estado.

Decreto Supremo N 184-2008-EF Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Resolucin de Alcalda N 418-2013-A/MPS (Designacin del Comit Especial) Resolucin Ministerial N 711-2002-SA-DM que aprueba la Directiva denominada Valores Nutricionales Mnimos de Racin del Programa del Vaso de Leche. Decreto Supremo 007-98-MINSA, Vigilancia Sanitaria de Alimentos y Bebidas. Resolucin Ministerial N 449-2006/MINSA Norma Sanitaria para la Aplicacin del Sistema HACCP en la fabricacin de Alimentos y Bebidas.

D.S. N 022-2001-SA Reglamento Sanitario para las actividades de Saneamiento Ambiental en vivienda y establecimientos comerciales, industriales y de servicio.Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

CAPTULO IIDEL PROCESO DE SELECCIN

1.12. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIN

EtapaFecha, hora y lugar

Convocatoria:[17 de Enero del 2014]

Registro de participantes:Del: [Del 20 de Enero del 2014]Al: [Del 30 de Enero del 2014]

Formulacin de Consultas y Observaciones a las Bases :Del: [Del 20 de Enero del 2014]Al: [Del 22 de Enero del 2014]

Absolucin de Consultas y Observaciones a las Bases:[Del 24 de Enero del 2014]

Integracin de las Bases:[ 29 de Enero del 2014]

Presentacin de Propuestas:[ 04 de Febrero del 2014]

* En acto privado: : [Por mesa de Partes de la Municipalidad Provincial de Satipo de 08:00 a.m. a 16:00 p.m.]

Calificacin y Evaluacin de Propuestas:[04 de Febrero del 2014]

Otorgamiento de la Buena Pro:[04 de Febrero del 2014]

* (a travs del SEACE)

IMPORTANTE: Debe tenerse presente que en un proceso de adjudicacin directa selectiva, entre la convocatoria y la etapa de presentacin de propuestas debe existir como mnimo diez (10) das hbiles y, entre la integracin de Bases y la etapa de presentacin de propuestas debe existir como mnimo tres (3) das hbiles.

1.13. REGISTRO DE PARTICIPANTESEl registro de los participantes es gratuito y se realizar en [SUB GERENCIA DE LOGISTICA], sito en [JR. COLONOS FUNDADORES N 312 - SATIPO], en las fechas sealadas en el cronograma, en el horario de [08:00 a.m.] a [17:30 p.m.] horas.En el momento del registro, se emitir la constancia o cargo correspondiente en el que se indicar: nmero y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectu el registro, as como el da y hora de dicha recepcin.

IMPORTANTE: Al consignar el horario de atencin, debe tenerse en cuenta que el horario de atencin no podr ser menor a ocho horas. Los participantes registrados tienen el derecho de solicitar un ejemplar de las Bases, para cuyo efecto deben cancelar el costo de reproduccin de las mismas.

1.14. FORMULACIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

Las consultas y observaciones se presentarn por escrito, debidamente fundamentadas, ante la ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad (Unidad de Trmite Documentario) o la que haga sus veces, sito en [JR. COLONOS FUNDADORES N 312 - SATIPO], en las fechas sealadas en el cronograma, en el horario de [08:00 a.m.] a [17:30 p.m.] horas, debiendo estar dirigidos al Presidente del Comit Especial del ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA N 001-2014-CE-PVL/MPS I Convocatoria. IMPORTANTE:

Al consignar el horario de atencin, debe tenerse en cuenta que el horario de atencin no podr ser menor a ocho horas

1.15. PRESENTACIN DE PROPUESTAS

Los participantes presentarn sus propuestas en sobre cerrado, en la ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad (Unidad de Trmite Documentario) o la que haga sus veces, sito en [JR. COLONOS FUNDADORES N 312 - SATIPO], en la fecha y horario sealados en el cronograma, bajo responsabilidad del Comit Especial.IMPORTANTE:

Al consignar el horario de atencin, debe tenerse en cuenta que el horario de atencin no podr ser menor a ocho horas.En ambos supuestos, las propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados y estarn dirigidas al Comit Especial de la ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA N 001-2014-CE-PVL/MPS I Convocatoria, conforme al siguiente detalle:

SOBRE N 1: Propuesta Tcnica. El sobre ser rotulado:

SOBRE N 2: Propuesta Econmica. El sobre ser rotulado:

1.16. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

1.16.1. SOBRE N 1 - PROPUESTA TCNICA

Se presentar en un original y [02] copias.

El sobre N 1 contendr, adems de un ndice de documentos, la siguiente documentacin:

Documentacin de presentacin obligatoria:

a) Declaracin jurada de datos del postor.

Cuando se trate de consorcio, esta declaracin jurada ser presentada por cada uno de los consorciados. (Anexo N 1).

b) Declaracin jurada de cumplimiento de los Requerimientos Tcnicos Mnimos contenidos en el Captulo III de la presente seccin (Anexo N 2).

c) Declaracin jurada simple de acuerdo al artculo 42 del Reglamento (Anexo N 3).

En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaracin jurada, salvo que sea presentada por el representante comn del consorcio.

d) Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante comn, el domicilio comn y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio as como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo N 4)

La promesa formal de consorcio deber ser suscrita por cada uno de sus integrantes.

Se presume que el representante comn del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representacin del mismo en todos los actos referidos al proceso de seleccin, suscripcin y ejecucin del contrato, con amplias y suficientes facultades.e) Declaracin jurada de plazo de entrega (Anexo N 5).f) Declaracin Jurada suscrita por el Representante Legal, indicando si es fabricante o distribuidor. De ser distribuidor o representante deber presentar obligatoriamente original de la carta de autorizacin emitida por el Fabricante referida al presente proceso.

g) Copia del certificado de fumigacin, desinfeccin, desinsectacin y desratizacin, vigente a la fecha de presentacin de propuestas. (En caso que el postor sea fabricante, bastar que se presente el certificado de fumigacin, desinfeccin, desinsectacin y desratizacin de la planta siempre que el almacn se encuentre ubicado dentro de la planta, y si el almacn est ubicado fuera de la planta, deber presentar ambos certificados. Asimismo, en caso que el postor sea distribuidor que almacena el producto ofertado, deber presentar el certificado de fumigacin, desinfeccin, desinsectacin y desratizacin del almacn, y si es distribuidor que se limita a recoger el producto del almacn del fabricante, no deber presentarse el referido certificado.)h) Declaracin jurada suscrita por el postor o su representante legal, indicando el tipo de envase y de sobre y sus caractersticas de seguridad o resistencia, de acuerdo al producto ofertado.i) Declaracin jurada de Promesa de Reposicin de los alimentos en el caso que estos presenten defectos o no estn de acuerdo a los trminos de referencia (Se repondr el producto defectuoso o que no cumple con T.R. en un plazo mximo de 05 das contados a partir del da siguiente de la notificacin hecha por la entidad), durante la remesa de cada mes del ao. j) Declaracin jurada de composicin de los alimentos detallando porcentajes de cada uno de los insumos utilizados y la respectiva procedencia de los mismos, en concordancia con el Art. 5 de la Ley N 27470, modificado por la Ley N 27712, el cual solo el 10% como mximo debe ser de procedencia importado, bajo causal de quedar descalificado.k) Declaracin jurada suscrita por el postor o su representante legal sobre la disponibilidad de STOCK que tendr que corresponder necesariamente al lote certificado en su propuesta tcnica, la cantidad a acreditar ser con; PRODUCTO TERMINADO, la cual corresponder a 01 (una) entrega mensual como mnimo, el cual se encuentra en situacin de libre disponibilidad y que no est sujeto a ningn tipo de gravamen.l) Copia de la Resolucin Directoral de Habilitacin Sanitaria y de la Validacin Tcnica oficial del Plan HACCP, referida a la lnea de produccin a la que se aludir tanto en la habilitacin sanitaria como en la Resolucin Directoral de la Validacin Tcnica Oficial del Plan HACCP sea la lnea de produccin: Leche Evaporada, sin perjuicio de que en dicho documento tambin puedan advertirse otras lneas de produccin, a nombre del fabricante expedido por DIGESA vigente a la fecha de presentacin de propuestas.m) Copia del Registro Sanitario otorgado especficamente a este producto la que tiene que estar vigente a la fecha de presentacin de propuestas. Para el caso de registros sanitarios tramitados y obtenidos ante la VUCE, la denominacin debe ser exactamente igual a la del producto requerido en las Bases. No ser necesario la presentacin de la copia de la Declaracin Jurada, solicitud y/o anexos (asientos) presentados ante DIGESA para la obtencin del Registro Sanitario as como copia de la captura de imgenes de pantalla de la VUCE.n) Copia simple del Certificado de Calidad Organolptico, Microbiolgico, Toxicolgico emitido por un organismo de certificacin acreditado ante INDECOPI, vigentes a la fecha del proceso, las certificaciones a presentar debern ser bajo el sistema de certificacin N 07 o de lote. o) Copia simple del Certificado Tcnico Productivo otorgado por un Organismo de inspeccin acreditado por INDECOPI, vigente a la fecha de presentacin de propuestas con su respectivo flujograma de produccin (Etapas de proceso de produccin). Deber versar y referirse sobre el Reglamento sobre vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas D.S. N 007-98-SA. p) Presentar tres (03) muestras en envases rotulados a full color (Con el fin de verificar LAS CARACTERISTICAS TECNICAS DEL ENVASE Y ROTULADO ACORDE A LO EXIGIDO EN LAS BASES, siendo los encargados de su verificacin visual los miembros del comit especial.q) Declaracin jurada de vida til suscrita por el postor o su representante legal, desde la fecha de entrega del producto en los almacenes de la Municipalidad.

IMPORTANTE: La omisin de alguno de los documentos enunciados acarrear la no admisin de la propuesta, sin perjuicio de lo sealado en el artculo 68 del Reglamento.

Documentacin de presentacin facultativa:

a) Certificado de inscripcin o reinscripcin en el registro de la Micro y Pequea Empresa REMYPE, de ser el caso.

b) En el caso de microempresas y pequeas empresas integradas por personas con discapacidad, o en el caso de consorcios conformados en su totalidad por stas, deber presentarse una constancia o certificado con el cual acredite su inscripcin en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad.c) Factor Experiencia del Postor: Se evaluar considerando el monto facturado acumulado por el postor por la venta de (LECHE EVAPORADA ENTERA DE 410 Grs.) al objeto de la convocatoria, durante un periodo [NO MAYOR A DOS (2) AOS] a la fecha de la presentacin de propuestas, hasta por un monto mximo acumulado equivalente a [CINCO (5) VECES EL VALOR REFERENCIAL DE LA CONTRATACION]. Se consideran bienes similares a los siguientes [LECHE FRESCA, LECHE DE SOYA]. Acreditacin:La experiencia se acreditar mediante copia simple de: contratos u rdenes de compra, y su respectiva conformidad por la venta o suministro efectuados; o comprobantes de pago cuya cancelacin se acredite documental y fehacientemente, con [VOUCHER DE DEPSITO], correspondientes a un mximo de veinte (20) contrataciones. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo N 6 referido a la Experiencia del Postor.d) Factor Valores Nutricionales: Copia simple del Certificado de Calidad Fsico Qumico emitido por un organismo de certificacin acreditado ante INDECOPI, vigente a la fecha del proceso, las certificaciones a presentar debern ser bajo el sistema de certificacin N 07 o de lote. e) Factor Condiciones de Procesamiento: Copia simple del Certificado de Inspeccin Higinico Sanitario de Planta y Almacn otorgado por un Organismo de inspeccin acreditado por INDECOPI, vigente a la fecha de presentacin de propuestas. Deber versar y referirse sobre el Reglamento sobre vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas D.S. N 007-98-SA. f) Copia simple del certificado de capacidad real o instalada de planta, otorgado por un Organismo de inspeccin acreditado por INDECOPI, vigente a la fecha de presentacin de propuestas, deber estar expresada en unidades/da.g) Copia del Certificado de Inspeccin de aplicacin del Sistema HACCP, vigente a la fecha del acto de presentacin de propuestas, emitido por organismo de inspeccin acreditado ante INDECOPI.h) Copia del Certificado de Condiciones fsicas y Capacidad de almacn, vigente a la fecha del acto de presentacin de propuestas, emitido por organismo de inspeccin acreditado ante INDECOPI. Los postores que soliciten el beneficio de la exoneracin del IGV previsto en la Ley N 27037, Ley de Promocin de la Inversin en la Amazona, deben presentar la declaracin jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicacin de la exoneracin del IGV (Anexo N 8).

En el caso de consorcios, todos los integrantes que figuran en la promesa formal de consorcio deben reunir las condiciones exigidas para acceder al beneficio de la exoneracin del IGV, debiendo presentar de manera independiente la declaracin jurada antes sealada.

Certificado de aceptabilidad del producto ofertado, vigente a la fecha de presentacin de propuestas.

a) La Prueba de Aceptabilidad se ejecutar durante el periodo comprendido desde la integracin de Bases hasta un da antes de la presentacin de propuestas.Siendo la fecha para la Prueba de Aceptabilidad 03 de Febrero del 2014 a las 10:00 a.m. horas en el Psje. Jos Pardo N 224 del Barrio Jorge Chvez del Distrito de Satipo, Provincia de Satipo, Junn.b) Los participantes debern solicitar, mediante escrito dirigido al responsable del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad, la intencin de realizar dicha prueba, indicando la Certificadora contratada para ello. Cabe precisar que los postores que deseen participar en la prueba de aceptabilidad podrn presentar su solicitud a la Entidad hasta un da antes de la fecha fijada en las Bases integradas para la realizacin de la referida prueba.El responsable del Programa de Vaso de Leche, en coordinacin con los representantes de la Organizacin Distrital de los Comits del Vaso de Leche, convocar a los beneficiarios; asimismo, verificar que efectivamente dicha prueba se realice con beneficiarios del distrito que pertenecen al Programa del Vaso de Leche. c) Las certificadoras seleccionarn en forma aleatoria y al azar a los beneficiarios convocados, determinando el nmero, rangos de edad y sexo. d) Considerando que los degustantes sern menores de edad, antes de proceder a la prueba de aceptabilidad de los productos, las certificadoras debern presentar el certificado microbiolgico a fin de garantizar la inocuidad del producto as como para proteger la salud de los degustantes. El producto ser preparado por la certificadora acreditada en el lugar de realizacin del evento. La metodologa empleada para la prueba estar a cargo de la certificadora. La jefatura del PVL, as como los representantes de la organizacin no podrn intervenir en la seleccin de los beneficiarios degustantes, ni intervendrn en dicho acto, slo podrn ser veedores a fin de verificar que la aceptabilidad es realizada con beneficiarios del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad.e) Al final de cada evento se firmar un acta con los que estn presentes (Representante de la Certificadora, Representante de la Municipalidad y de la Organizacin) indicando los acontecimientos de dicha prueba. La falta del acta determinar la invalidez de la prueba.f) Los participantes no podrn intervenir en la realizacin de dicha prueba, ni estar presentes en el momento de la realizacin de la prueba, de modo que influyan en los resultados; tampoco podrn estar presentes durante el sorteo para el orden de la degustacin.g) Asimismo, con el fin de garantizar la transparencia e imparcialidad en la realizacin de la prueba de aceptabilidad, y de esta forma evitar posibles direccionamientos que desvirten la objetividad de la prueba, se deber establecer que la realizacin de la prueba de aceptabilidad, sea efectuada en una misma fecha, hora y lugar, a ser determinada por la Entidad con ocasin de la integracin de Bases, y con el mismo universo de beneficiarios seleccionados conforme al procedimiento descrito anteriormente; de tal modo que no exista ninguna posibilidad de que el referido universo de beneficiarios conozca previamente a qu proveedor corresponde la muestra del producto objeto de evaluacin.En el caso de existir ms de tres proveedores, la Entidad deber facilitar ms de un grupo de beneficiarios degustantes, de tal modo que cada grupo como mximo realice la degustacin de productos correspondientes a tres (3) proveedores distintos, disposicin que no afecta la obligacin de efectuar la prueba en la misma fecha, hora y lugar sealada en las Bases integradas, ya que la existencia de ms de un grupo de beneficiarios que realizar la degustacin no es justificacin para efectuar la prueba en fecha, hora o lugar distinto al sealado en las Bases integradas. El orden de degustacin, as como la correspondencia de cada grupo de beneficiarios a determinado grupo de proveedores, deber ser definido mediante sorteo en el mismo acto.IMPORTANTE: En caso exista contradiccin entre la informacin presentada en la propuesta tcnica, la propuesta ser descalificada.

1.16.2. SOBRE N 2 - PROPUESTA ECONMICA

El Sobre N 2 deber contener la siguiente informacin obligatoria:

Oferta econmica expresada en NUEVOS SOLES.

Los precios unitarios podrn ser expresados con ms de dos decimales. (Anexo N 7).

IMPORTANTE:

La admisin de la propuesta econmica que presenten los postores depender de si aquella se encuentra dentro los mrgenes establecidos en el artculo 33 de la Ley y el artculo 39 de su Reglamento.La propuesta econmica de los postores que presenten la Declaracin Jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicacin de la exoneracin del IGV (Anexo N 8), debe encontrase dentro de los lmites del valor referencial sin IGV.

En caso la informacin contenida en la propuesta econmica difiera de la informacin contenida en la propuesta tcnica, la propuesta econmica ser descalificada.

1.17. DETERMINACIN DEL PUNTAJE TOTAL

Una vez evaluadas las propuestas tcnica y econmica se proceder a determinar el puntaje total de las mismas.

El puntaje total de las propuestas ser el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente frmula:

PTPi = c1 PTi + c2 PEi

Donde:

PTPi = Puntaje total del postor i

PTi = Puntaje por evaluacin tcnica del postor i

PEi = Puntaje por evaluacin econmica del postor i

Se aplicar las siguientes ponderaciones:

c1 =Coeficiente de ponderacin para la evaluacin tcnica.

= [0.70]c2

=Coeficiente de ponderacin para la evaluacin econmica.

= [0.30]Donde: c1 + c2 = 1.00

1.18. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO

El postor ganador de la Buena Pro deber presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato: a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.b) Garanta de fiel cumplimiento del contrato. [CARTA FIANZA]c) Garanta por el monto diferencial de la propuesta, de ser el caso. [CARTA FIANZA]d) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.

e) Cdigo de cuenta interbancario (CCI).

f) Traduccin oficial efectuada por traductor pblico juramentado de todos los documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompaados de traduccin certificada, de ser el caso.g) Domicilio para efectos de la notificacin durante la ejecucin del contrato.

h) Correo electrnico para notificar la orden de compra, en el caso que habiendo sido convocado el proceso por relacin de tems, el valor referencial del tem adjudicado corresponda al proceso de Adjudicacin de Menor Cuanta, de ser el caso.IMPORTANTE:

En caso de que el postor ganador de la Buena Pro sea un consorcio y la Entidad opte por solicitar como garanta para la suscripcin del contrato carta fianza o pliza de caucin, conforme a lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios N 5196-2011-SBS y N 15072-2012-SBS, a fin de que no existan problemas en la ejecucin de las mencionadas garantas, resulta necesario que stas consignen en su texto, el nombre, denominacin o razn social de todas y cada una de las personas naturales y/o jurdicas que integran el consorcio.

Al amparo de lo dispuesto en el artculo 39 de la Ley, alternativamente, las micro y pequeas empresas pueden optar que, como garanta de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Para estos efectos, la retencin de dicho monto se efectuar durante la primera mitad del nmero total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalizacin del mismo.

Adicionalmente, puede considerarse otro tipo de documentacin a ser presentada, tales como:a. Copia de DNI del Representante Legal.

b. Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa.

c. Copia de la constitucin de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado.

d. Copia del RUC de la empresa. IMPORTANTE:

La Entidad no podr exigir documentacin o informacin adicional a la consignada en el presente numeral para la suscripcin del contrato.

1.19. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO

El postor ganador de la Buena Pro, sin mediar citacin alguna por parte de la Entidad, deber presentar toda la documentacin prevista para la suscripcin de contrato dentro del plazo de siete (7) das hbiles, contados a partir del da siguiente de consentida la Buena Pro. Asimismo, dentro de los tres (3) das hbiles siguientes a la presentacin de dicha documentacin, deber concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato.

La citada documentacin deber ser presentada en [VENTANILLA DE MESA DE PARTES DE LA MUNICPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO, SITO EN JR. COLONOS FUNDADORES N 312 - SATIPO].1.20. FORMA DE PAGO

La Entidad deber realizar el pago de la contraprestacin pactada a favor del contratista en [FORMA MENSUALIZADA].

De acuerdo con el artculo 176 del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deber contar con la siguiente documentacin:

Recepcin y conformidad del [AREA SOLICITANTE]. Informe del funcionario responsable del rea usuaria emitiendo su conformidad de la prestacin efectuada, cuando corresponda.

Comprobante de pago. Copia del contrato.

Las facturas debern estar expresadas en moneda nacional.

Los pagos son en forma mensual, condicionados a la recepcin de las transferencias correspondiente al Programa de Vaso de Leche por parte del Ministerio de Economa y Finanzas, los retrasos de dichas transferencias no ocasionaran intereses a la Municipalidad.1.21. PLAZO PARA EL PAGO

La Entidad debe efectuar el pago dentro de los quince (15) das calendario siguientes al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las dems condiciones establecidas en el contrato.

1.22. REAJUSTE DE LOS PAGOS

[La Municipalidad Provincial de Satipo no efectuara ningn tipo de reajustes en toda la ejecucin del contrato.]CAPTULO IIIESPECIFICACIONES TCNICAS Y REQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOS

CUMPLIMIENTO DE LA LEY N 27470.De conformidad con el numeral 4.6 del Art. 4 de la Ley N 27470, modificada por la Ley N 27712, el requerimiento de productos proviene del Comit de Administracin del Programa de Vaso de Leche, que ha canalizado la decisin de los beneficiarios de la Provincia.

CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCION MINISTERIAL N 711 2002-SA/DM

VALORES NUTRICIONALES MINIMOS:

De conformidad con el numeral 4.6 del Art. 4 de la Ley 27470, el presente proceso de seleccin se ejecutara cumpliendo con lo indicado en el numeral 4.1 de la misma norma legal, modificada por la Ley N 27712, en el sentido que la racin alimenticia debe contener como mnimo 207 kilocaloras, una adecuada distribucin energtica y estar fortificada con vitaminas y minerales en conformidad a la R.M. N 711-2002-SA/DM.

LECHE EVAPORADA ENTERA DE 410 GR.

1. REQUISITO ORGANOLEPTICOS SENSORIALES:

COLOR: Blanco a crema

OLOR:

Agradable, libre de olores extraos

SABOR:Agradable, ligeramente dulce y libre de sabores extraos a su naturaleza

2. CARACTERISTICAS FISICO QUIMICAS

CARACTERISTICALIMITE

Grasa (%)Min. 7,5

Solidos totales (%)Min. 25,0

Protenas (%)Min. 5,95

Protenas en los SNG (%)Min. 34

Peso Neto (g)Min. 410

3. INFORMACION NUTRICIONAL: Contenido por 100 gr.

NUTRIENTESCONTENIDO por 100 g.

Protenas (g)6,0

Carbohidratos (g)Por diferencia

Grasa (g)7,5

Calcio (mg)220,0

Fosforo (mg)180,0

Vitamina A (UI)800

Vitamina C (mg)11,0

Energa (kcal)132,0

4. REQUISITOS MICROBIOLOGICOS:EnsayonMCMtodo de ensayo

Aerobios Mesofilos (ufc/ml)51000AOAC 989.10

Los mtodos de ensayo ISO 4833:2003 y/o FIL-IDF 100 B: 1991 tambin sern aplicables para la acreditacin del parmetro aerobios mesfilos.Requisitos Fsico Sensoriales y microbiolgicos despus de la incubacin de la muestra, sometida a Pruebas de Esterilidad: 7 das a 35C - 37C.

Fuente NTP 202.002.20075. ENVASE Y ROTULADO

Los envases deben estar fabricados en material de hojalata electroltica de diseo sanitario con aplicacin de barniz interior, adecuados para la conservacin y manipulacin del producto y no le transmitan: sabores, colores y olores extraos y estn presentados en Hojalata de 410 gramos, debiendo cumplir con las Normas tcnicas de la NTP, el rotulo debe cumplir con el reglamento y control Sanitario y bebidas aprobado por D.S. N 007-98-SA.

El envase debe cumplir con las disposiciones establecidas en la Norma Tcnica NTP. 209.038:2003 "Etiquetado de alimentos envasados" y la NTP 202.085 y adems deber indicar el porcentaje de grasa (m/m) y el porcentaje de protenas (m/m) y llevara impreso el siguiente texto:PROGRAMA DEL VASO DE LECHE

(LEY N 24059)

DISTRIBUCIN GRATUITA

PROHIBIDA SU VENTA Se indicara fecha de produccin y vencimiento del producto: DIA-MES-AO. Asimismo condiciones adecuadas para la conservacin del alimento, si de su cumplimiento depende la validez de la fecha. Todo empaque deber tener N de Registro Sanitario correspondiente al producto ofertado, expedido por la Direccin General de Salud del Ministerio de Salud, el nombre del productor y lugar de produccin a fin de realizar la trazabilidad del producto. Deber contener las instrucciones sobre la preparacin, almacenamiento y conservacin despus de abrirse el envase del producto. 6. CONDICIONES DEL SUMINISTRO:Durante la ejecucin del suministro, el contratista deber presentar, en cada entrega, los siguientes certificados de calidad (Toxicolgico, Microbiolgico, Organolptico y Fsico Qumico) correspondientes a los productos que sern entregados.

7. LUGAR Y CRONOGRAMA DE ENTREGAS:Todos los productos sern entregados en los Almacenes del Programa del Vaso de Leche de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO, de acuerdo al cronograma de entregas (En cada remesa debern entregar los certificados TOXICOLOGICO, FISICO QUIMICO, ORGANOLEPTICO y MICROBIOLOGICO; al respecto se precisa que el costo de estos sern asumidas por la empresa proveedora.69,810 Unidades de Leche Evaporada Entera de 410 gramos en envases de Hojalatas, los cuales sern entregados en los almacenes del Programa del Vaso de Leche de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO, sito en la Calle Colones Fundadores N 312 Satipo, Mensualmente.

MesLeche Evaporada Entera de 410 Grs.Cronograma de Entregas por Mes

Abril7,757 TarrosEl 01 de Abril del 2014

Mayo7,757 Tarros 01 de Mayo del 2014

Junio7,757 Tarros02 de Junio del 2014

Julio7,757 Tarros01 de Julio del 2014

Agosto7,757 Tarros01 de Agosto del 2014

Setiembre7,757 Tarros01 de Septiembre del 2014

Octubre7,756 Tarros02 de Octubre del 2014

Noviembre7,756 Tarros 03 de Noviembre del 2014

Diciembre7,756 Tarros02 de Diciembre del 2014

TOTAL69,810 Tarros

El Comit de Administracin del Programa del Vaso de Leche podr modificar el Cronograma de Entrega, por razones justificadas y deber comunicar dicha variacin AL CONTRATISTA con una anticipacin no menor de cinco (05) das calendarios a la fecha inicialmente establecida. Por lo tanto, luego de la primera entrega, LA MUNICIPALIDAD debe girar una Orden de Compra con un mnimo de 05 das de anticipacin previos a la fecha de la entrega establecida en el cronograma.

8. NMERO DE BENEFICIARIOS:

El Comit de Administracin del Vaso de Leche de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO ha realizado el requerimiento para 1,893 beneficiarios del mbito rural y urbano del distrito Capital de la Provincia de Satipo.9. PORCENTAJE DE INSUMOS DE ORIGEN NACIONAL: La racin alimenticia diaria debe estar compuesta por productos de origen nacional al 100% en aquellas zonas en la que la oferta de productos cubre la demanda

Dicha racin debe estar constituida por alimentos nacionales, pudiendo ser prioritariamente leche en cualquiera de sus formas u otro producto, los cuales a fin de alcanzar el valor nutricional mnimo, sern complementados con alimentos que contengan un mnimo de 90% de insumos de la localidad, tales como harina de quinua, qiwicha, haba, maca, cebada, avena, arroz, soya y otros productos nacionales. Se deber adquirir aquellos alimentos de mayor valor nutricional adecuadamente balanceado y que tengan el menor costo.

VIDA UTIL.- Seis (06) meses como mnimo contados desde la fecha de entrega del producto.

DAS DE ATENCIN: 30 das.CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCION MINISTERIAL N 711-2002-SA/DM.

De conformidad con el numeral 4.6 del Art. 4 de la Ley 27470 el presente proceso de seleccin se ejecutara cumpliendo con lo indicado en el numeral 4.1 de la misma norma legal, modificada por la Ley N 27712, en el sentido que la relacin alimenticia debe contener como mnimo 207 Kilocaloras, una adecuada distribucin energtica y estar fortificada con vitaminas y minerales en conformidad con la RM N 711-2002-SA/DM.Nombre del alimento

CantidadCarbohidratosGrasaProtenas

(g)gramosKcal.gramosKcal.gramosKcal.

Leche evaporada entera565.522.24.338.83.514.1

Avena, hojuela42.59.90.21.40.52.1

Quinua, hojuela1511.847.20.65.01.35.1

Trigo, harina53.714.70.10.90.52.1

Maca, harina4.763.815.30.10.50.31.2

Kiwicha, hojuela85.421.60.54.21.04.0

Premix vitamnico0.12

Fosfato Tricalcico2.12

Total9532.7130.75.650.87.228.6

Energa total (Kcal)210.2130.750.828.6

Distribucin Energtica62.19%24.18%13.63 %

Requisitos R.M. N 711-2002-SA/DM60 68%20 25 %12 15 %

CAPTULO IVCRITERIOS DE EVALUACIN TCNICA

EVALUACIN TCNICA (Puntaje Mximo: 100 Puntos)

Es de exclusiva responsabilidad del Comit Especial que los factores permitan la seleccin de la mejor oferta en relacin con la necesidad que se requiere satisfacer.

LECHE EVAPORADA ENTERA DE 410 GR.A1 VALORES NUTRICIONALES (Certificado de Calidad)Puntaje Max.56

1.1. Protenas en los Slidos no grasos 10

- Mayor de 34.10 %10

- Mayor de 34.05% a 34.10 %4

- De 34.01 a 34.05 %2

1.2. Energa (en 100 gr.) 10

- igual o mayor 131.2110

- De 131.01 a 131.202

1.3. Micronutrientes (en 100 gr.)

1.5.1. Vitaminas10

- Vitamina C (mgr)

Mayor de 11.3010

De 10.90 a 11.302

1.4. Preferencia del Consumidor Beneficiario

(Certificado de Aceptabilidad)16

- Mayor de 98% a 100% de aceptabilidad16

- Mayor de 94% a 98% de aceptabilidad8

- De 90% a 94% de aceptabilidad1

1.5. Porcentaje de componentes Nacionales (sustentada con la presentacin de una Declaracin Jurad a)10

- Igual a 99.00 % hasta 100%10

- Mayor de 90,00% y menor a 99.00%2

B1. INFRAESTRUCTURA Y CONDICIONES DE PROCESAMIENTOPuntaje Max.24

2.1. Certificado de Inspeccin Higinico Sanitaria de Planta (Escala de 00 a 100 Puntos) 11

- Mayor de 99 a 100 puntos11

- Mayor de 95 a 99 puntos5

- Mayor de 88 a 95 puntos3

2.2. Certificado de Capacidad instalada de produccin

Total de tarros de 410 grs. / da6

- Mayor a 120,000 tarros6

- Mayor de 118,000 a 120,000 tarros4

- De 116,000 a 118,000 tarros2

2.3. Certificado de inspeccin aplicacin del sistema HACCP7

- Mayor de 99 a 100 puntos7

- Mayor de 95 a 99 puntos5

- Mayor de 88 a 95 puntos3

CEXPERIENCIA DE LA EMPRESAPuntaje Max.10

Criterio:Se evaluar considerando el monto facturado acumulado por el postor por la venta de bienes iguales (LECHE EVAPORADA ENTERA DE 410 Grs.) al objeto de la convocatoria, durante un periodo [NO MAYOR A DOS (2) AOS] a la fecha de la presentacin de propuestas, hasta por un monto mximo acumulado equivalente a [CINCO (5) VECES EL VALOR REFERENCIAL DE LA CONTRATACIN].

Se consideran bienes similares a los siguientes [LECHE FRESCA, LECHE DE SOYA].

Acreditacin:

La experiencia se acreditar mediante copia simple de: contratos u rdenes de compra, y su respectiva conformidad por la venta o suministro efectuados; o comprobantes de pago cuya cancelacin se acredite documental y fehacientemente, con [VOUCHER DE DEPSITO, REPORTE DE ESTADO DE CUENTA, CANCELACIN EN EL DOCUMENTO, ENTRE OTROS], correspondientes a un mximo de veinte (20) contrataciones. En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar una sola contratacin, se deber acreditar que corresponden a dicha contratacin; de lo contrario, se asumir que los comprobantes acreditan contrataciones independientes, en cuyo caso solo se considerar, para la evaluacin y calificacin, las veinte (20) primeras contrataciones indicadas en el Anexo N 6 referido a la Experiencia del Postor.En el caso de suministro, slo se considerar como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentacin de propuestas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago.

En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, deber presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumi en el contrato presentado; de lo contrario, no se computar la experiencia proveniente de dicho contrato.

Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de seleccin convocados antes del 20.09.2012, se entender que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participacin de la promesa formal de consorcio o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participacin se presumir que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales.

Cuando en los contratos, rdenes de compra o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripcin del contrato, de emisin de la orden de compra o de cancelacin del comprobante de pago, segn corresponda.

Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo N 6 referido a la Experiencia del Postor.M = Monto facturado acumulado por el postor por la venta de bienes iguales y/o similares al objeto de la convocatoria

M >= [5] veces el valor referencial: [10] puntos

M >= [3] veces el valor referencial y < [5] veces el valor referencial: [05]puntos

M >= [1] veces el valor referencial y < [3] veces el valor referencial:

[03] puntos

D.FACTOR CUMPLIMIENTO DE LA PRESTACINPuntaje Max.10

Criterio:

Se evaluar el nivel de cumplimiento del postor, respecto de los contratos presentados para acreditar la experiencia del postor, en funcin al nmero de constancias de prestacin presentadas.

Acreditacin:

Mediante la presentacin de un mximo de veinte (20) constancias de prestacin o cualquier otro documento que, independientemente de su denominacin, indique, como mnimo, lo siguiente:

1. La identificacin del contrato u orden de compra, indicando como mnimo su objeto.

2. El monto correspondiente; esto es, el importe total al que asciende el contrato, comprendiendo las variaciones por adicionales, reducciones, reajustes, etc., que se hubieran aplicado durante la ejecucin contractual.

3. Las penalidades en que hubiera incurrido el contratista durante la ejecucin de dicho contrato.Se debe utilizar la siguiente frmula de evaluacin:

PCP= PF x CBC

NC

Dnde:

PCP = Puntaje a otorgarse al postor.

PF = Puntaje mximo al postor.

NC = Nmero de contrataciones presentadas para acreditar la experiencia del postor.

CBC = Nmero de constancias de prestacin vlidas.

[10] puntos

TOTAL100 Puntos

IMPORTANTE: Los factores de evaluacin no pueden calificar con puntaje el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos.

Para acceder a la etapa de evaluacin econmica, el postor deber obtener un puntaje tcnico mnimo de sesenta (60) puntos.

CAPTULO VPROFORMA DEL CONTRATO

IMPORTANTE:

Dependiendo del objeto del contrato, de resultar indispensable, podr efectuarse la inclusin de clusulas adicionales o la adecuacin de las propuestas en el presente documento, las que en ningn caso pueden contemplar disposiciones contrarias a la normativa vigente ni a lo sealado en este captulo.

Conste por el presente documento, la contratacin del suministro de [CONSIGNAR LA DENOMINACIN DE LA CONVOCATORIA], que celebra de una parte [CONSIGNAR EL NOMBRE DE LA ENTIDAD], en adelante LA ENTIDAD, con RUC N [], con domicilio legal en [], representada por [..], identificado con DNI N [], y de otra parte [.....................], con RUC N [................], con domicilio legal en [.....................], inscrita en la Ficha N [.........] Asiento N [.......] del Registro de Personas Jurdicas de la ciudad de [], debidamente representado por su Representante Legal, [.....................], con DNI N [..], segn poder inscrito en la Ficha N [..], Asiento N [] del Registro de Personas Jurdicas de la ciudad de [], a quien en adelante se le denominar EL CONTRATISTA en los trminos y condiciones siguientes:

CLUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES

Con fecha [..], el Comit Especial adjudic la Buena Pro de la ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA N [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO DE SELECCIN] para la contratacin de [CONSIGNAR LA DENOMINACIN DE LA CONVOCATORIA], a [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato.CLUSULA SEGUNDA: OBJETO

El presente contrato tiene por objeto [CONSIGNAR EL OBJETO DE LA CONTRATACIN], conforme a las Especificaciones Tcnicas.CLUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL

El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], [CONSIGNAR SI O NO] incluye IGV.

Este monto comprende el costo de los bienes, transporte hasta el punto de entrega, seguros e impuestos, as como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecucin de la prestacin materia del presente contrato.

CLUSULA CUARTA: DEL PAGO

LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestacin a EL CONTRATISTA en [INDICAR MONEDA], en [INDICAR EL DETALLE DE LOS PAGOS PERIDICOS], luego de la recepcin formal y completa de la documentacin correspondiente, segn lo establecido en el artculo 181 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestacin deber hacerlo en un plazo que no exceder de los diez (10) das calendario de ser estos recibidos. LA ENTIDAD debe efectuar el pago dentro de los quince (15) das calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las dems condiciones establecidas en el contrato.

En caso de retraso en el pago, EL CONTRATISTA tendr derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artculo 48 de la Ley de Contrataciones del Estado, contado desde la oportunidad en el que el pago debi efectuarse.

CLUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIN DE LA PRESTACIN

El plazo de ejecucin del presente contrato es de [..] das calendario, el mismo que se computa desde [CONSIGNAR SI ES DEL DA SIGUIENTE DE SUSCRITO EL CONTRATO O DESDE EL DA SIGUIENTE DE CUMPLIDA LA CONDICIN PARA EL INICIO DE LA EJECUCIN, DEBIENDO INDICAR LA CONDICIN EN ESTE ULTIMO CASO].CLUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO

El presente contrato est conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora y los documentos derivados del proceso de seleccin que establezcan obligaciones para las partes.

CLUSULA STIMA: GARANTAS

EL CONTRATISTA entreg a la suscripcin del contrato la respectiva garanta solidaria, irrevocable, incondicional y de realizacin automtica a slo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes:

De fiel cumplimiento del contrato: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a travs de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE]. Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que deber mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin.

IMPORTANTE:

Al amparo de lo dispuesto en el artculo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado, si el postor ganador de la Buena Pro solicita la retencin del diez por ciento (10%) del monto del contrato original como garanta de fiel cumplimiento deber consignarse lo siguiente:

De fiel cumplimiento del contrato: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a travs de la retencin que deber efectuar LA ENTIDAD, durante la primera mitad del nmero total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalizacin del mismo

En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:

Garanta fiel cumplimiento por prestaciones accesorias: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a travs de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que deber mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas.

Garanta por el monto diferencial de la propuesta: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a travs de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que deber mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin.

CLUSULA OCTAVA: EJECUCIN DE GARANTAS POR FALTA DE RENOVACIN

LA ENTIDAD est facultada para ejecutar las garantas cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artculo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

IMPORTANTE:

Slo en caso la Entidad hubiese previsto otorgar adelanto, se debern incluir las siguientes clusulas:

CLUSULA NOVENA: ADELANTO DIRECTO

LA ENTIDAD otorgar [CONSIGNAR NMERO DE ADELANTOS A OTORGARSE] adelantos directos por el [CONSIGNAR PORCENTAJE QUE NO DEBE EXCEDER DEL 30% DEL MONTO DEL CONTRATO ORIGINAL] del monto del contrato original.

EL CONTRATISTA debe solicitar los adelantos dentro de [CONSIGNAR EL PLAZO Y OPORTUNIDAD PARA LA SOLICITUD], adjuntando a su solicitud la garanta por adelantos mediante [CONSIGNAR CARTA FIANZA O PLIZA DE CAUCIN] y el comprobante de pago correspondiente. Vencido dicho plazo no proceder la solicitud.

LA ENTIDAD debe entregar el monto solicitado dentro de [CONSIGNAR EL PLAZO] siguientes a la presentacin de la solicitud del contratista.

En el supuesto que los adelantos no se entreguen en la oportunidad prevista, EL CONTRATISTA tendr derecho a solicitar la ampliacin del plazo de ejecucin de la prestacin por el nmero de das equivalente a la demora, conforme al artculo 172 del Reglamento.

CLUSULA DCIMA: CONFORMIDAD DE RECEPCIN DE LA PRESTACINLa conformidad de recepcin de la prestacin se regula por lo dispuesto en el artculo 176 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y ser otorgada por [CONSIGNAR EL REA O UNIDAD ORGNICA QUE OTORGARA LA CONFORMIDAD].De existir observaciones se consignarn en el acta respectiva, indicndose claramente el sentido de stas, dndose al contratista un plazo prudencial para su subsanacin, en funcin a la complejidad del bien. Dicho plazo no podr ser menor de dos (2) ni mayor de diez (10) das calendario. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanacin, LA ENTIDAD podr resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.

Este procedimiento no ser aplicable cuando los bienes manifiestamente no cumplan con las caractersticas y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no efectuar la recepcin, debiendo considerarse como no ejecutada la prestacin, aplicndose las penalidades que correspondan.

CLUSULA UNDCIMA: DECLARACIN JURADA DEL CONTRATISTA

EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sancin de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.

CLUSULA DUODCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS

La conformidad de recepcin de la prestacin por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artculo 50 de la Ley de Contrataciones del Estado.

El plazo mximo de responsabilidad del contratista es de [UN (1) AO].CLUSULA DCIMO TERCERA: PENALIDADESSi EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecucin de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicar una penalidad por cada da de atraso, hasta por un monto mximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del monto del tem que debi ejecutarse, en concordancia con el artculo 165 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. En todos los casos, la penalidad se aplicar automticamente y se calcular de acuerdo a la siguiente frmula:

Penalidad Diaria =0.10 x Monto

F x Plazo en das

Donde:

F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) das o;

F = 0.40 para plazos menores