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DERECHO FINANCIERO Y BANCARIO Prof. Blas Paredes Cusi

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Presentacin de PowerPoint

DERECHO FINANCIERO

Y

BANCARIO

Prof. Blas Paredes Cusi

DERECHO FINANCIERO Y BANCARIOFINES FUNCIONES Y DEBERES DEL ESTADO:

FINES DE LA SOCIEDAD Y DEL ESTADO

Constitucin Poltica del Estado Peruano

Artculo 1.- La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado.

Funciones respecto al rgimen econmico del Estado Constitucin, artculo 58.- La iniciativa privada es libre. Se ejerce en una economa social de mercado.

Bajo este rgimen, el Estado orienta el desarrollo del pas, y acta principalmente en las reas de promocin de empleo, salud, educacin, seguridad servicios pblicos e infraestructura. Atender las necesidades pblicas de la poblacin del Per

DERECHO FINANCIERO Y BANCARIODEBERES DEL ESTADO

Artculo 44.- Son deberes primordiales del Estado: defender la soberana nacional; garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la poblacin de las amenazas contra su seguridad; y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nacin.

Artculo 44 Constitucin Asimismo, es deber del Estado establecer y ejecutar la poltica de fronteras y promover la integracin particularmente latinoamericana, as como el desarrollo y la cohesin de las zonas fronterizas, en concordancia con la poltica exterior.

Otros deberes estatales PROTECCION A PERSONAS DESVALIDAS, A LA FAMILIA Y PROMOCION DEL MATRIMONIO

Constitucin, Artculo 4.- La comunidad y el Estado protegen especialmente al nio, al adolescente, a la madre y al anciano en situacin de abandono. Tambin protegen a la familia y promueven el matrimonio. Reconocen a estos ltimos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad.

LA ACTIVIDAD FINANCIERAConceptos Previos:

FinanzasLa palabra "finanzas" llega de las voz griega, "finos", la cual pasa al latn, "finis", que significa fin. En un principio se aplico como fin de los negocios pblicos; pero luego surgi el trmino finanzas lo cual implicaba otros elementos esenciales como los recursos o ingresos.

De acuerdo al diccionario de la Real Academia Espaola (RAE), el trmino finanza proviene del francs finance y se refiere a la obligacin que un sujeto asume para responder de la obligacin de otra persona. El concepto tambin hace referencia a los caudales, los bienes y la hacienda pblica.

LA ACTIVIDAD FINANCIERAEn el lenguaje cotidiano el trmino hace referencia al estudio de la circulacin del dinero entre los individuos, las empresas o los distintos Estados. As, las finanzas aparecen como una rama de la economa que se dedica a analizar cmo se obtienen y gestionan los fondos. En otras palabras, las finanzas se encargan de la administracin del dinero.

Entonces, podemos concluir que las finanzas Es el arte y la ciencia de administrar el dinero. Virtualmente todos los individuos y organizaciones ganan y u obtienen dinero y lo gastan o lo invierten. Las finanzas estn relacionadas con el proceso, las instituciones, los mercados y los instrumentos implicados en la transferencia de dinero entre los individuos, empresas y gobiernos.

LA ACTIVIDAD FINANCIERALas finanzas personales son la aplicacin de las finanzas y sus principios de una persona o familia en su deseo de realizar sus actividades con la mejor distribucin de dinero para ello. As, deben reconocer cmo ocupar sus ingresos en educacin, salud, alimentacin, vestimenta, seguros, lujos, transporte, etc. Se deben tener en cuanta los ingresos, los gastos, los ahorros y siempre estableciendo los riesgos y los eventos futuros. Parte de las finanzas personales son los cheques, las cuentas de ahorro, las tarjetas de crdito, los prstamos, las inversiones en el mercado de valores, los planes de jubilacin, los impuestos, etc

Finanzas Privadas o corporativas.- Estn relacionadas con las funciones de las empresas privadas y aquellas empresas del estado que funcionan bajo la teora de la ptima productividad para la maximizacin de las ganancias. Se centran en las formas que tienen las empresas para crear valor mediante el uso de recursos financieros. Inversin, financiacin, beneficios y dividendo son algunos de los conceptos vinculados a esta rea.

Las Finanzas Pblicas estn referidas a la forma cmo un Estado obtiene sus recursos pblicos y cmo lo gasta o invierte. (que ser materia de estudio aparte).

CLASIFICACION DE LAS FINANZAS.- Se clasifican en:-Finanzas Pblicas-Finanzas Privadas.LA ACTIVIDAD FINANCIERACOMPARACION ENTRE FINANZAS PBLICAS Y PRIVADAS

Semejanzas:

1. Su objetivo fundamental es satisfacer necesidades.

2. Ambas incurren en costos; medidos en trminos reales y monetarios.

3. Es un instrumento econmico para la planificacin, ejecucin y control del ingreso y gasto.

4. Concurren en un medio de recursos escasos de mltiples fines que compiten entre s y al final se establece una jerarquizacin de estos fines.

Diferencias:

1. Las Finanzas Pblicas persiguen el Bienestar Social o Colectivo y Las Privadas buscan el lucro o enriquecimiento del inversionista.

2. Las Finanzas Pblicas logran su ingreso mediante el decreto y aplicacin de leyes pblicas de impuesto y rentas sobre el sector privado y empresas del estado (coercin). Las Privadas perciben su ingreso a travs del fomento al consumo de bienes y servicios por la colectividad, entrando en juego la oferta y 1a demanda.

3. Los Gastos en las Finanzas Privadas se planifican mediante el flujo esperado de Ingresos. En cambio en las Finanzas Pblicas, se planifica el Presupuesto de Gasto anualmente segn las prioridades de la nacin y luego se define con que "ingreso" se cubrirn dichos "gastos".

4. Las Finanzas Pblicas tienen accin coercitiva mientras que las Finanzas Privadas tienen accin voluntaria.LA ACTIVIDAD FINANCIERALAS FINANZAS Y LOS FINES DEL ESTADO

El Estado, como cualquier grupo social, busca satisfacer sus necesidades con los escasos recursos con que cuenta. Pero a diferencia de grupos privados, los medios y los fines del Estado son fundamentalmente distintos. Como sujeto poltico que es, busca satisfacer necesidades pblicas, sea para cubrir necesidades elementales de defensa, seguridad interior, justicia y diplomacia, sea para ocuparse de necesidades generales como salud, comunicaciones o educacin. Pero el Estado lo hace usualmente, imponiendo su voluntad con coaccin, pero dentro de un marco jurdico.

As, el Estado acta para obtener ingresos por explotacin de su patrimonio, por el ejercicio de actividades mercantiles, por endeudamiento interno y externo o por su imperium a travs de la tributacin.Estos ingresos sern, posteriormente empleados, en la satisfaccin de las necesidades que debe atender y que exigen los ciudadanos. De acuerdo a su grado de intervencin en la economa, en la actividad privada o en la esfera del individuo, bajo pretexto de buscar el bien comn, los Estados adquieren una fisonoma comunista, socialista o liberal.

Pero lo que nos interesa aqu, es que para satisfacer estas necesidades, el Estado debe procurarse los ingresos necesarios, administrarlos, para finalmente emplear con la mxima eficiencia sus escasos recursos.

Todo lo descrito es conocido como la actividad financiera el Estado, y es esta manifestacin del Estado la que precisamente pretende estudiar el Derecho Financiero.LA ACTIVIDAD FINANCIERALAS FINANZAS PBLICAS:

Las Finanzas Pblicas constituyen la actividad econmica del sector pblico, con su particular y caracterstica estructura que convive con la economa de mercado, de la cual obtiene los recursos y a la cual le presta un marco de accin. Comprende los bienes, rentas y deudas que forman el activo y el pasivo de la Nacin y todos los dems bienes y rentas cuya administracin corresponde al Poder Estatal a travs de las distintas instituciones creadas por el estado para tal fin. El Estado para poder realizar sus funciones y afrontar sus necesidades pblicas, debe contar con recursos, y los mismos se obtienen a travs de los diferentes procedimientos legalmente estatuidos y preceptuados en principios legales constitucionales.

Las finanzas pblicas establece; estudia las necesidades; crea los recursos; Ingresos; Gastos, El Estado hace uso de los recursos necesarios provenientes de su gestin poltica para desarrollar actividades financieras a travs de la explotacin y distribucin de las riquezas para satisfacer las necesidades pblicas (individuales y colectivas).LA ACTIVIDAD FINANCIERACrear la plataforma adecuada en cuanto a educacin, salud, seguridad social, para el desarrollo de nuevas fuentes de trabajo, crear tecnologa propia, en el marco de un sistema pluralista y flexible de toma de decisiones, que articule distintos mecanismos de conformacin de la voluntad colectiva. Garantizar un mayor control social sobre su gestin, mejorar los medios e instrumentos que hoy existen de representacin poltica y social y establecer otras vas de participacin complementarias a las de representacin poltica, que fortalezcan , descentralicen su poder y transfieran responsabilidades y recursos a las comunidades estatales y locales y, finalmente, mejorar sus estructuras polticas.

Desarrollar estrategias de accin concurrente y propulsar estas acciones tendentes a la proteccin, al desarrollo de la seguridad ciudadana, la salud, la educacin, el deporte, la cultura, el trabajo, y en fin, el bienestar social, para que la economa del pas pueda desarrollarse y conducirla hacia un futuro prspero. La poltica fiscal como instrumento de estabilizacin y ajuste; Polticas heterodoxas y ortodoxas (tradicionales y no tradicionales) de las finanzas pblicas.

LA ACTIVIDAD FINANCIERAIMPORTANCIA DE LAS FINANZAS EN LA ECONOMIA NACIONAL

Las finanzas cumplen un papel fundamental en el xito y en la supervivencia del Estado y de la empresa privada, pues se considera como un instrumento de planificacin, ejecucin y control que repercute decididamente en la economa empresarial y pblica, extendiendo sus efectos a todas las esferas de la produccin y consumos.

La economa nacional es movida por la actividad financiera por cuanto esta ltima da lugar al proceso que acelera el incremento de las inversiones privadas como consecuencia el aumento de la demanda global, imputable exclusivamente a la actividad financiera.

La actividad financiera influye sobre el costo de produccin de las empresas modificando la eficiencia marginal del capital; elemento determinante del volumen de inversiones privadas, as como tambin compromete la capacidad productiva; o lo que es lo mismo, sita a los individuos y a las empresas en la imposibilidad de produccin, o liberarlos, por el contrario de unas incapacidad preexistente. Igualmente la actividad financiera influye sobre el incentivo para invertir o para producir.

LA ACTIVIDAD FINANCIERAEl Estado y los Servicios Pblicos:

Se define al Estado como la sociedad poltica y jurdicamente organizada.

Siendo el hombre un ser social por naturaleza, lo lgico es pensar que esa tendencia se plasme en una organizacin jurdica de aplicacin general a toda la comunidad, dando lugar al nacimiento del Estado. El mismo nace como consecuencia de las funciones que debe cumplir, que se conocen como "funcin publica", que le resultan indelegables ya que las mismas no pueden ser desarrolladas por cada ciudadano de manera individual o autnoma.

La funcin pblica es la accin que da origen a la existencia del Estado y se refleja en servicios prestados a la comunidad, que pueden ser servicios pblicos esenciales (hacen a la propia naturaleza del Estado y solo pueden ser prestado por l, como la defensa, la seguridad, y la justicia; y servicios pblicos en general (son prestados por el estado o delegados otros organismos o incluso a particulares), que tienden a satisfacer el inters pblico.LA ACTIVIDAD FINANCIERA1. Concepto.La actividad financiera se puede definir como aquella actividad de los entes pblicos tendente a la obtencin de ingresos para hacer frente al gasto pblico.

La actividad de los entes pblicos tendente a obtener ingresos pblicos es la actividad financiera.

2. Caracteres.Esta actividad financiera es el resultado de la actividad financiera pblica. No entraran aqu las operaciones privadas del mercado financiero.

La actividad financiera pblica no puede ser una actividad final en s misma, es decir, los entes pblicos al obtener ingresos no pueden buscar por finalidad enriquecerse sino que lo que justifica estos ingresos es su posterior aplicacin al gasto pblico.

LA ACTIVIDAD FINANCIERALa Actividad Financiera conformada en Actividad Jurdica.

Como podemos apreciar, los Estados recurren a la Actividad Financiera con la finalidad de obtener recursos para cumplir con todas y cada una de sus obligaciones, para lo cual a travs de diversos mecanismos logran alcanzar sus metas y fines. Pero esta realidad se materializa a travs de la dotacin de leyes y normas jurdicas, por cuanto los Estados, crea relaciones jurdicas que enmarcan la actividad financiera. En definitiva, el despliegue de la Actividad Financiera crea relaciones jurdicas; estas relaciones son mltiples y de muy variada ndole. En lneas generales son las que surgen entre los distintos rganos pblicos como consecuencia de la materializacin de fenmenos financieros (el aporte del Tesoro Nacional para cubrir el dficit de una empresa pblica), as como las que se originan por causas financieras entre el Estado y lo particulares.

LA ACTIVIDAD FINANCIERALa actividad financiera del Estado genera un conjunto de relaciones jurdicas entre los distintos rganos pblicos. Esta actividad financiera del Estado genera relaciones jurdicas entre el estado y los particulares, y se da en dos situaciones: La primera en que el Estado asume un papel activo, por ejemplo al cobrar tributos, y asume un papel pasivo cuando se convierte en deudor en caso de un prstamo.

De igual modo, surgen relaciones jurdicas con motivo del empleo de los fondos estatales en los destinos prefijados presupuestalmente; se generan habitualmente entre el Estado y sus subordinados.

Por lo tanto la actividad financiera se convierte en actividad jurdica, cuando el Estado emite un conjunto de ordenamientos de carcter jurdico, que regulan la primera actividad financiera. Estas se pueden dar, de dos formas muy puntuales, es decir en estas ltimas vinculaciones, el Estado puede asumir el papel de sujeto activo (como cuando pretende de los particulares sumas tributarias), o de sujeto pasivo (como cuando resulta deudor a consecuencia de un emprstito).

Por esta razn el estado realiza la actividad financiera que le permita sentar las bases en el mbito tributario, en el mbito presupuestario, en el mbito del control presupuestal, entre otros.

LA ACTIVIDAD FINANCIERANo puede haber actividad financiera sin ley, la actividad financiera ya constituida en actividad jurdica irroga la creacin de normas legales, cuyo objeto es enmarcar jurdicamente las finanzas pblicas. Tenemos por ejemplo el artculo 74 de la Constitucin Poltica del Per de 1993, cuando ordena que la administracin econmica y financiera del Estado se rige por el presupuesto que anualmente aprueba el Congreso. La estructura del presupuesto del sector pblico contiene dos secciones: gobierno central e instancias descentralizadas. El presupuesto asigna equitativamente los recursos pblicos, suprogramacin y ejecucin responden a los criterios de eficiencia de necesidades sociales bsicas y de descentralizacin. Corresponden a las respectivas circunscripciones, conforme a ley, recibir una participacin adecuada del total de los ingresos y rentas obtenidas por el estado en la explotacin de los recursos naturales en cada zona en calidad de canon.

Como se aprecia en este articulado el aspecto tcnico de las finanzas se transforma a un aspecto netamente jurdico, all est el meollo de la actividad financiera conformada en actividad jurdica.LA ACTIVIDAD FINANCIERAEl presupuesto nacional se crea a travs de una norma jurdica, es en este momento que la ley se irroga la actividad financiera. Pero no slo es la ley que regula el presupuesto de la repblica, la nica forma de unin o transformacin de la actividad financiera a actividad jurdica que plantea el estado, sino tambin estn las dems normas que regulan la creacin de entidades gubernamentales que son las encargadas de velar por la actividad financiera, como por ejemplo la ley que crea el Banco Central de Reservas del Per, o la ley que crea la Superintendencia de Bancos, seguros y AFP; son pues claros modelos de actividad financiera dentro de la actividad jurdica que promueve nuestro pas. As mismo, tenemos, todas y cada una de las normas que regulan los tributos, los aranceles, entre otros.

Todo esto tiene que ver con la actividad financiera dentro de la actividad jurdica, por tales razones el Derecho Financiero tiene que regular un conjunto de normas que permitan un eficiente manejo de las finanzas pblicas.

LA ACTIVIDAD FINANCIERAEl despliegue de la actividad financiera crea relaciones jurdicas; estas relaciones son mltiples y de muy variada ndole. En lneas generales son las que surgen entre los distintos rganos pblicos como consecuencia de la materializacin de fenmenos financieros (el aporte del Tesoro Nacional para cubrir el dficit de una empresa pblica), as como las que se originan por causas financieras entre el Estado y los particulares.

Tambin surgen relaciones jurdicas con motivo del empleo de los fondos estatales en los destinos prefijados presupuestalmente; se generan habitualmente entre el estado y sus subordinados (la ejecucin del gasto pblico en sus diversas etapas).

La actividad financiera est integrada por fases diferenciadas: un plan de actuacin, exteriorizado en forma contable y monetaria (el presupuesto); y todas las acciones necesarias para adquirir y emplear los medios econmicos destinados a atender las necesidades pblicas. A su vez, tales acciones (tanto de planeacin presupuestaria como las de ejecucin), son motivo de mltiples y variadas relaciones jurdicas. Ello toma indispensable la existencia de normas jurdicas reguladoras tanto de la estructura de la organizacin estatal como de cada relacin a nacer con motivo de la accin desarrollada.LA ACTIVIDAD FINANCIERAEl Estado busca a travs de la actividad financiera resolver las necesidades bsicas de la poblacin, para este objetivo emite entonces un conjunto de normativas jurdicas que permiten dicha meta. El despliegue de la actividad financiera crea relaciones jurdicas28. En tal sentido Las necesidades humanas, son definidas estas como carencias que requieren ser cubiertas por el hombre. Pero, qu tipo de hombre? Se postula que se pretende a un hombre con derechos y obligaciones, los cuales cumplir cuando est preparado para ejercer su calidad de ser creativo. Es posible desarrollar esta creatividad en la medida que se hayan resuelto las necesidades bsicas (e incluso sus aspiraciones). Las necesidades son de diferente naturaleza. Tanto las necesidades fsicas, las sociales como las culturales, como las polticas (incluso otras, que puedan establecerse). Aquellas relativas a las necesidades fsicas: alimentacin, educacin, salud, vivienda, transporte. Las sociales, como la seguridad, las libertades individuales, el tiempo y distribucin del trabajo.

LA ACTIVIDAD FINANCIERAEstos ingresos sern, posteriormente empleados, en la satisfaccin de las necesidades que debe atender y que exigen los ciudadanos. De acuerdo a su grado de intervencin en la economa, en la actividad privada o en la esfera del individuo, bajo pretexto de buscar el bien comn, los Estados adquieren una fisonoma comunista, socialista o liberal.

Pero lo que nos interesa aqu, es que para satisfacer estas necesidades, el Estado debe procurarse los ingresos necesarios, administrarlos, para finalmente emplear con la mxima eficiencia sus escasos recursos.

Todo lo descrito es conocido como la actividad financiera el Estado, y es esta manifestacin del Estado la que precisamente pretende estudiar el Derecho Financiero.

MOMENTOS DE LA ACTIVIDAD FINANCIERAPrimer momento Adquisicin de los medios.- La cual implica el estudio y el anlisis de las condiciones en que el Estado puede detraer del patrimonio de los particulares (actividad fiscal) la parte de riqueza que, conjuntamente con sus ingresos originarios, patrimoniales o dominiales y el crdito publico, forman el cuadro de sus recursos.

Segundo momento la Administracin de estos recursos.- Tarea propia de la Administracin Pblica, que se cumple por intermedio de los funcionarios del Estado, conforme a los principios financieros de la Constitucin Nacional y las leyes dictadas en su consecuencia.

Tercer momento - Inversin de los Recursos o el Gasto Publico.- Ello responde al programa formulado por el Estado, segn su prospecto financiero, vale decir, conforme, procura la formacin de un patrimonio financiero y su transformacin en patrimonio econmico.

Cuarto momento de la Actividad Financiera: el cual es externo a los tres primero, constituye el denominado Control.