Trabajo en alturas

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Resolucion 3673 de 2008 Colombia

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Saida Lujan H.Alba Stella Montoya G.Gina C. Palacio C.John Jairo Vallejo Z.Jorge Mario Jaramillo M.

FACULTAD DE DERECHOEspecialización Seguridad Social 2010

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TRABAJO EN ALTURAS Esta considerada como

actividad de alto riesgo

Es la primera causa de accidentalidad y muerte en el trabajo

30% de las muertes accidentales ocurren caídas de altura

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ESTADISTICA DE MUERTES POR CEA

* Fuente Escuela de Ingeniería Rodrigo Garavito

De 2833 muertes accidentales registradas en Colombia para el año 2007 el 28.5% de los casos se debió a caídas de altura

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RIESGOS DE TRABAJAR EN ALTURAS

Caídas a diferentes niveles de personas y objetos, lesiones severas, muerte.

PRINCIPALES FACTORES DE ACCIDENTALIDAD

HUMANAS MATERIALES

Físicas Equipos de protección Psicológicas factores meteorológicos De formación orden y aseo

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RIESGOS DE TRABAJAR EN ALTURAS

Caídas a diferentes niveles de personas y objetos, lesiones severas, muerte.

PRINCIPALES FACTORES DE ACCIDENTALIDAD

HUMANAS MATERIALES

Físicas Equipos de protección Psicológicas factores meteorológicos De formación orden y aseo

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MARCO LEGAL

CONSTITUCION NACIONALCODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJOLEY 9 DE 1979Resolución 2400 de 1979Decreto 614 de 1984Resolución 616 de 1989Decreto Ley 1295 de 1994Decreto 295 de 2003Circular unificada 2004 Convenio 167 OIT Acuerdo 584 CAN

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REGLAMENTOS TÉCNICOS DE TRABAJO SEGURO EN ALTURAS

Resolución 3673 de 2008

Resolución 0736 de 2009

Resolución SENA 1486 de 2009

Resolución SENA 1938 de 2009

Circular 070 de 2009

Resolución 2291 de 2010

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Resolución 3673 de 2008

“POR LA CUAL SE ESTABLECE EL REGLAMENTO TECNICO DEL TRABAJO SEGURO EN ALTURAS”

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QUÉ ES TRABAJO EN ALTURAS ?

Toda labor o desplazamiento que se realice a 1,50 metros o más sobre un nivel inferior.

1,50 Mtso más

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A QUIÉNES APLICA ?

EMPLEADORESEMPRESAS

CONTRATISTASSUBCONTRATISTAS

TRABAJADORES

SECTORES ECONÓMICOS

FORMALES

INFORMALES

TRABAJO EN ALTURAS (Riesgos de caídas)

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OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADORES

Incluir Resolución en P de S O.

Implementar Programa de Protección contra Caídas

Medidas de control colectivas

Adoptar medidas de seguridad compensatorias y eficaces cuando no colectivas

Resistencia de estructuras de anclaje

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TRABAJADOR EN ALTURA

Capacitado

Competente

Calificado

Es obligación del empleador:

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ENTRENAMIENTO Y CAPACITACION

Antes de iniciar tareas

Reentrenamiento una vez al año

LAS CAPACITACIONES LAS PAGA EL EMPLEADOR

Es obligación del empleador:

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PROGRAMA DE INSPECCION

Una Vez al año

La debe hacer Personas o equipos de personas competentes y calificadas

Es obligación del empleador:

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PLAN DE EMERGENCIAS

Debe incluir :

Procedimiento para rescate en alturas

Personal Entrenado para ello

Es obligación del empleador:

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OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES

Cumplir los procedimientos

Utilizar medidas de protección y prevención suministradas

Reportar el deterioro o daño de los sistemas de P Y P

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OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES

CAPACITACION

Asistir a las capacitaciones

Aprobar la evaluaciones de conocimiento y desempeño

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OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES

Informar sobre cualquier condición de salud que le genere restricciones antes de realizar cualquier tipo de Trabajo en alturas

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OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES

Participar en la elaboración y el diligenciamiento del “PERMISO DE TRABAJO EN ALTURAS”

Acatar las disposiciones en él contenidas.

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CAPACITACION

Personas de labores administrativas

Personas de labores operativas

NIVEL

BÁSICOINTERMEDIOAVANZADO

ENTRENADOR CERTIFICADO

Certificación: Al Inicio de labores

Recertificacion: Una vez al año

LA PAGA EL EMPLEADOR

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CERTIFICACION

PERSONAL INTERNO

PERSONAL EXTERNO

Las certificaciones y recertificaciones deben informarse al SENA

Lo puede hacer la empresa con:

Los entrenadores deben cumplir con los requisitos legales

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PROHIBICION

TRABAJADOR SIN CERTIFICACIÓN

NO PUEDE TRABAJAR EN ALTURAS

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QUIÉN CERTIFICA ?

LA CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PARA TRABAJAR EN ALTURA

LA EXPIDE EL SENA O LA ENTIDAD AUTORIZADA POR ELLA.

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

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PLAZO PARA CERTIFICAR COMPETENCIAS

30 DE JULIO DE 2012

Resolución 2291 de 2010

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Medidas de

Prevención y

Protección

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MEDIDAS DE PREVENCION

Todas aquellas disposiciones que solas o en conjunto, son implementadas para ADVERTIR o EVITAR la caída del trabajador cuando éste realiza labores en alturas.

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CUALES SON LAS MEDIDAS DE PREVENCION ?

Sistemas de Ingeniería

Programa de Protección contra Caídas

Medidas colectivas de Protección

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SISTEMAS DE INGENIERIA

Aquellos sistemas relacionados con cambios o modificación en el diseño, montaje, construcción, instalación, puesta en funcionamiento, para eliminar o mitigar el riesgo de caída.

Tales sistemas deben estar documentados y fundamentados dentro del programa de salud ocupacional.

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PROGRAMA DE PROTECCIÓN CONTRA CAÍDAS

PLANEACIÓN

ORGANIZACION

EJECUCION

EVALUACIÓN

ACTIVIDADESDE

PREVENCIÓN

ACCIDENTEDE

TRABAJO POR

TABAJO ENALTURA

PROCEDIMIENTOS Y CONTROL DE RIESGOSPARA EL TRABAJO EN ALTURAS

INDUCCION CAPACITACION ENTRENAMIENTO

TRABAJADOR EN ALTURA

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MEDIDAS COLECTIVAS DE PROTECCION

Delimitación del área

Señalización del área

Barandas

Control de acceso

Manejo de desniveles y orificios (Huecos)

Inspector de seguridad

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DELIMITACION DEL ÁREA

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SEÑALIZACIÓN DEL ÁREA

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BARANDAS

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CONTROL DE ACCESO

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MANEJO DE DESNIVELES Y ORIFICIOS

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INSPECTOR DE SEGURIDAD

Persona competente encargada de:

verificar condiciones de seguridad

Controlar acceso a las áreas de riesgo de

caídas de objetos o representen riesgos de caídas en altura

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MEDIDAS DE PROTECCION CONTRA CAÍDAS

Son aquellas implementadas para detener la caída, una vez ocurra, o mitigar sus consecuencias.

MEDIDAS DE PROTECCIÓN PASIVAS

MEDIDAS DE PROTECCIÓN ACTIVAS

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MEDIDA DE PROTECCIÓN PASIVA

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MEDIDAS ACTIVAS DE PROTECCION

Puntos de Anclaje FijosMecanismos de AnclajePuntos de Anclaje Móviles

Líneas de vida para desplazamiento horizontal Líneas de vida verticales Líneas de vida verticales fijas Líneas de vida verticales portátiles

Conectores Ganchos de seguridad Mosquetones Conectores para restricción de caídas Conectores de posicionamiento Conectores para detección de caídas Eslingas con absorbedor de energía Líneas de vida auto retráctiles Conectores para transito vertical Conectores para líneas de vida fijas en cable de acero Conectores para líneas de vida portátiles en cuerda Arnés cuerpo completo

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MECANISMOS DE ANCLAJE

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GANCHOS DE SEGURIDAD

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CONECTORES PARA DETECCIÓN DE CAIDAS

CABOS DE ANCLAJE

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LINEAS DE VIDA

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LINEA DE VIDA PARA DESPLAZAMIENTO HORIZONTAL

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EQUIPOS DE DESCENSO

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ARNÉS

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ARNÉS

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EQUIPO PROTECCIÓN PERSONAL EPP

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SISTEMAS DE ACCESO PARA TRABAJO EN ALTURAS

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TRABAJO EN SUSPENSIÓN.

Son trabajos en altura con suspensiónpor más de cinco (5) minutos

Se debe usar silla

Operario asegurado a línea de vida vertical

Radio de comunicación solo manos libres si condiciones de seguridad permite

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PERMISO DE TRABAJO

1. Nombre trabajador(es).2. Tipo de trabajo.3. Fecha y hora de inicio y terminación

tarea4. Verificación de afiliación a

seguridad social y aptitud del trabajador

5. Descripción del trabajo6. Elementos de protección personal7. Verificación de puntos de anclaje

por persona8. Sistemas de prevención de caídas9. Accesos10. Herramientas a utilizar11. Observaciones12. Firmas de los trabajadores13. Firma del emisor

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BRIGADA DE EMERGENCIAS

TRABAJADORES

Capacitados en técnicas de rescateEstabilización básica de pacientes traumatizados

EQUIPOSBotiquínElementos para inmovilizaciónAtención de heridas y HemorragiasEquipo RCP básico

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OBLIGACIONES DE LAS ARP

No pueden reemplazar al SENA en la Capacitación

No pueden certificar competencias de trabajo en altura

No pueden asumir a su costo capacitaciones y/o evaluaciones

Pueden asesorar al empleador sin ningún costo

No pueden influir en la compra de elementos de protección

Deben Desarrollar la “ Guía Técnica del Trabajo en Alturas”

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VIGILANCIA, CONTROL Y SANCIONES

Artículo 56 del Decreto Ley 1295 de 1994

Artículo 91 del Decreto Ley 1295 de 1994, el numeral 3 del artículo 30 del Decreto 205 de 2003 y las Resoluciones 0002 y 951 de 2003.

Las Direcciones Territoriales del Ministerio de la Protección Social,

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ENTRENADOR DE TRABAJO EN ALTURA

Titulo en formación técnica y/superior

Licencia Vigente de Salud Ocupacional

Curso de formación para trabajo seguro en alturas –Nivel entrenador

Experiencia 12 meses en desarrollo de actividades de Higiene, Seguridad, Medicina y ejecución de P. de S. O.

Manejo acertado de problemas, capacidad de gestión

Resolución SENA 1938 2009

Profesional competente y/o calificado como entrenador que cumple los requisitos establecidos por el SENAResolución SENA 736 2009

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SANCIONES

EMPRESAS NO PUEDE CONTRATAR ENTRENADORES SIN LICENCIA Y/O CERTIFICACION VIGENTE

COMPETENCIA:

DIVISIONES TERRITORIALES MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIALInvestigaciones AdministrativasSanciones por incumplimiento de la norma

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EXAMENES MÉDICOS Y DE CONTROL PERIÓDICO PARATRABAJO EN ALTURAS

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EXÁMENES MEDICOS OCUPACIONALES

NORMAS VIGENTES

Código Sustantivo del Trabajo Art 348º

Circular Unificada 2004

Decreto 614 de 1984

Resolución 1916 de 1989

Decisión 584 CAN arts. 14º y 22º

Resolución 957 de 2005

Resolución 2346 de 2007

Resolución 1918 de 2009

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EXAMENES MÉDICOS OCUPACIONALES

De la evaluación de las condiciones de aptitud psicofísica de los empleados, necesarias para realizar trabajos en alturas de acuerdo con legislación vigente. Art 5 Inc. 2º Resolución 3673 2008

ÚNICO RESPONSABLE !!!

Empleador:

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EXÁMENES OCUPACIONALES

Se deben hacer:

Antes de la Vinculación laboral

Por lo menos una vez al año

MÉDICOS

OCUPACIONALES

Art 5 Inc. 2º Resolución 3673 2008

A cargo del

Empleador

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MEDICO EVALUADOR DEBE CONOCER PERFIL DEL CARGO

Todo examen médico de ingreso, control periódico o de retiro parten del conocimiento del medico evaluador del

perfil del cargo que desempeñara, desempeña o desempeñó el trabajador a evaluar

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PERFIL OCUPACIONAL

“Es una descripción de las habilidades y aptitudes que un profesional o trabajador debe tener para ejercer eficientemente un puesto de trabajo”

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PERFIL DEL TRABAJADOR EN ALTURAS

PERFIL DEL TRABAJADOR EN ALTURA

Experiencia

Tarea a realizar

Actividad Económica

Formación

Factores de riesgo a los

que se expondrá

Restricciones en Salud

Diseñado por el empleador

Resolución 3673 de 2008 Art 5 inc. 1º

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EXAMENES MÉDICOS PRE-OCUPACIONALES

Objetivo:

PERFILOCUPACIONAL

FACULTADES MENTALES

FACULTADESFÍSICAS

APTO

NO APTO

CONRESTRICIONES

CONDICIONES QUEPUEDE AGRAVAR EL TRABAJO

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RESTRICCIONES PARA REALIZAR TRABAJOS EN ALTURA

PATOLOGÍAS

METABÓLICAS

CARDIOVASCULARES

MENTALES NEUROLÓGICAS

VÉRTIGO O MAREO

ALTERACIONES

DE LA AUDICION

CEGUERAS

DE LA CONCIENCIA

DEL EQUILIBRIO

TEMPORALES

PERMANENTES

ALTERACIONES DE AGUDEZA VISUALPERCEPCION DEL COLOR O PROFUNDIDAD

ALTERACIONES DE COMPORTAMIENTO EN ALTURA (FOBIAS)

Tener en cuenta IMC y PESO del trabajador

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QUIENES NO PUEDEN TRABAJAR EN ALTURAS

Mujeres en embarazo

Menores de edad

Quienes tengan restricciones temporales o permanentes

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RECOMENDACIÓN DE TRATAMIENTO

Evaluaciónocupacional

Cumple requisitos para T en Altura

Apto

Enviar a EPS

Procedimientos de rehabilitación

Restricciones

Apto

Si

No

SiNo

Asigne otra tarea

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EXAMEN MEDICO OCUPACIONAL

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EXAMEN MEDICO OCUPACIONAL

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Síncope

“Pérdida súbita y transitoria de la conciencia y del tono postural, con recuperación completa y espontánea en un breve plazo de tiempo (casi siempre de pocos minutos de duración).

CAUSA HABITUAL: Caída brusca de la oxigenación cerebral.”

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Desmayo

“Pérdida temporal del conocimiento a consecuencia de una disminución del flujo sanguíneo al cerebro. El episodio es breve (dura menos de un par de minutos) la pérdida de conocimiento es raramente completa y va seguido de una recuperación rápida y completa. Se puede sentir mareo o vértigo antes de desmayarse.

Un estado de pérdida del conocimiento más prolongado y más profundo a menudo se denomina coma.”

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Mareo

“Es una sensación desagradable que afecta a ciertas personas al girar en repetidas ocasiones, al inclinarse o al levantarse de la silla o de la cama. También puede desencadenarse por viajar en vehículos (el mal del navegante, movimiento de un barco o un viaje en auto). En estos casos, cuanto más intenso sea el movimiento, suele empeorar el malestar En casos leves sólo existe una ligera sensación de náuseas, pero cuando el malestar es más severo hay problemas de equilibrio, vómito, vértigo y pérdida de la coordinación. ”

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Vértigo

“El vértigo es una sensación de falta de estabilidad o de situación en el espacio. El paciente siente que las cosas dan vueltas a su alrededor o que es él quien gira alrededor de las cosas. Generalmente es de carácter rotatorio y se puede acompañar de manifestaciones vegetativas como náuseas, vómito y sudoración.

Causa: se produce por una asimetría funcional del aparato vestibular y/o de sus vías de conexión al SNC.”

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Lipotimia

“Estado caracterizado por un malestar y debilidad general que suele ir acompañado de palidez, sudoración y sensación de perder el conocimiento.

Las causas pueden ser debidas a un trastorno vasomotor, una emoción intensa o inmediatamente después de levantarse de la cama tras haber permanecido mucho tiempo echado.

La Lipotimia puede causar o no la pérdida de conocimiento, pero siempre es fugaz y su recuperación es rápida y completa.”

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Convulsión

“La convulsión es un síntoma transitorio caracterizado por actividad neuronal en el cerebro que conlleva la contracción y distensión repetida y temblorosa de uno o varios músculos de forma brusca y generalmente violenta”

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GRACIAS POR SU ATENCION