Trabajo Seguro en Alturas

63
TRABAJO SEGURO EN ALTURAS Curso Básico Administrativo

description

Seguridad industrialNormativa Colombia

Transcript of Trabajo Seguro en Alturas

  • TRABAJO SEGURO EN

    ALTURAS

    Curso Bsico Administrativo

  • QU ES EL TRABAJO EN ALTURA?

    RES 1409/12. ART 1. Toda labor o desplazamiento que se realice a 1.5 metros o ms sobre un nivel inferior.

    RES 1409/12. ART 1. En construccin de

    nuevas edificaciones y

    obras civiles ser

    obligatorio cuando se

    alcancen los 1.80m,

    momento en el cual se

    harn controles a partir

    de los 1.50m.

    RES 1409/12. ART 1. Si el Coord. de trabajo en alturas identifica

    condiciones como obstculos,

    bordes, salientes, sistemas

    energizados, mquinas en

    movimiento, etc, se deben

    implementar medidas de prevencin

    y proteccin contra cadas, incluso

    por debajo de los 1.50 m.

  • EJEMPLOS DE

    TRABAJO EN

    ALTURA Poda de

    rboles

    Muestreos en

    chimeneas

    Ingreso a

    tanques

    Instalaciones

    areas y

    Excavaciones

    Labores de

    mantenimiento y

    limpieza

    Construccin

    de obras

    Y MUCHAS

    MS

  • PELIGROS DEL TRABAJO EN ALTURA

    CLASE PELIGRO

    FSICO Ruido, Iluminacin excesiva o deficiente,

    temperaturas extremas, radiaciones

    QUMICO Humos, gases, vapores y material

    particulado

    ERGONMICO Carga dinmica, carga esttica, posiciones

    forzadas, movimiento repetitivo,

    disposicin de herramientas fuera del

    ngulo de confort

    ENERGAS

    PELIGROSAS

    Electricidad, hidrulica, neumtica,

  • PELIGROS DEL TRABAJO EN ALTURA

    CLASE PELIGRO

    PSICOSOCIAL Carga excesiva, rdenes confusas, problemas

    personales o no tener: descansos, capacitacin,

    aptitud fsica, conciencia del autocuidado

    BIOLGICO Virus, hongos, bacterias, animales y plantas

    peligrosas

    LOCATIVO Instalaciones en mal estado, ausencia de medios

    de acceso seguras, espacios reducidos y/o

    confinados, redes de distribucin en mal estado,

    TRABAJO EN ALTURAS

    MECNICO Herramientas y mquinas en mal estado que

    pueden producir cortadas, abrasiones,

    aplastamientos, amputaciones

  • 1. Nadie cuida de ti tan bien como tu. Eres el primer responsable de tu integridad.

    2. El primer bien es la salud, con ella conseguirs el resto.

    3. Los 5 enemigos de tu salud son: la confianza, la pereza, el afn, el desorden y el desconocimiento.

    4. La muerte no diferencia entre: experiencia, estudio, profesin, gnero, edad o nivel econmico. La ley de atraccin gravitacional funciona para

    todos.

    *El auto-cuidado es la prctica de actividades que los individuos

    realizan en favor de s mismos para mantener la vida, la salud y el

    bienestar.

    Para ahondar en este aspecto, se hace necesario reflexionar

    sobre las siguientes frases:

  • FASES DE UNA CADA

    1. Inicio de la cada: el cuerpo se desprende o separa de la

    estructura que lo est soportando. La persona an no sabe

    que ha sufrido una cada.

    2. Cada libre: distancia que recorre el cuerpo desde que

    comienza la cada hasta que algo lo detiene. La persona se

    entera de su cada, solo despus de 0,6 dcimas de segundo.

    3. Desaceleracin: se presenta solo si el sistema de proteccin

    contra cadas (SPCC) cuenta con absorbente de energa.

    4. Rebote: se presenta al final de la cada libre por efectos de las

    fuerzas de accin-reaccin. Cuando no hay desaceleracin, el

    rebote es demasiado violento.

    5. Suspensin: el cuerpo queda colgado, se presenta solo si la

    persona estaba usando un SPCC, de lo contario, la persona

    termina de caer.

  • *CONSECUENCIAS MS CONOCIDAS DE LAS CAIDAS

  • TRAUMA

    CRANEOENCEFALICO

    LESIONES EN

    TORAX

  • LESIONES EN

    COLUMNA

    VERTEBRAL

    LESIONES EN

    ORGANOS

    ABDOMINALES

  • LESIONES EN EXTREMIDADES

  • TRAUMA POR SUSPENSION

    SUSPENSIN

    FALLA DE LA BOMBA

    MUSCULAR EN LAS

    PIERNAS

    REDUCCIN DEL

    RETORNO VENOSO

    BAJA RELATIVA DEL

    VOLUMEN

    SANGUNEO

    FALLA CARDIACA

    CADA DE LA

    PRESIN ARTERIAL

    DAO A RGANOS VITALES:

    CEREBRO, RINES...

    INSUFICIENCIA

    CIRCULATORIA

    SHOCK-

  • ALGUNAS NORMATIVAS NACIONALES

    E INTERNACIONALES, TANTO LEGAL

    COMO DE REFERENCIA O TCNICA

  • COLOMBIA: Min Trabajo: Res 1409/12 (Norma legal)

    ICONTEC: Normas tcnicas Colombianas NTC

    EE.UU.: OSHA

    ANSI

    EUROPA: EN

  • NORMAS LEGALES COLOMBIANAS

    Res 1409/12: Reglamento de Seguridad para Proteccin Contra Cadas en Trabajo en Alturas.

    Deroga todas las disposiciones y

    normas anteriores a esta, tales como:

    *NTC 1642, 1735 Y 2234. andamios. *NTC 2012 Y 2037. arns. *NTC 2021 y 2037. cuerdas y manilas.

    ALGUNAS NORMAS TCNICAS COLOMBIANAS

  • NORMAS DE OSHA: Occupational Safety & Health Administration

    *OSHA 1926: Seguridad en el sector Construccin

    NORMAS DE ANSI: American National Standards Institute

    *Z359.0: definiciones y terminologa *Z359.1: poleas y elevadores especiales *Z359.2: programa de proteccin y detencin de cadas *Z359.3: posicionamiento y restriccin *Z359.4: maniobras de rescate. *ANSI 10-14: correas, arns y lneas de vida *ANSI 10.8: andamios certificados.

    NORMATIVIDAD INTERNACIONAL

  • Adicional a las normas Americanas, tambin

    sobresalen las normas Europeas (EN):

    *EN 354: para eslingas *EN 355: para shock absorber *EN 361: para arns *EN 362: para conectores *EN 397: para cascos

  • * RESPONSABILIDAD LEGAL

  • Reglamento de Seguridad para

    proteccin contra cadas en trabajos

    en Alturas.

    23 de Julio de 2012

    *

    1409

    DE 2012

  • *Art 1. Objeto y alcance:

    Establecer el Reglamento de Seguridad para proteccin contra cadas en trabajo en alturas y aplica a todos los empleadores, empresas, contratistas, subcontratistas y trabajadores de todas las actividades econmicas de los sectores formales e informales de la economa, que desarrollen trabajos en alturas con peligro de cadas.

  • AYUDANTE DE SEGURIDAD: trabajador designado por el empleador para verificar las condiciones de

    seguridad y controlar el acceso a las reas de riesgo.

    Debe tener curso avanzado o certificado de

    competencia laboral.

    ART. 2: TRMINOS Y DEFINICIONES

    (Las ms relevantes):

  • COORDINADOR DE TSA: trabajador designado por el empleador, anteriormente llamado persona competente.

    Debe tener certificado en la NCL para trabajos en altura,

    curso nivel coordinador y experiencia mnima de 1 ao

    en trabajos en altura. Se tendrn 2 aos para tener estos

    requisitos, mientras tanto debe tener curso avanzado o

    certificado de competencia laboral.

    PERSONA CALIFICADA: ingeniero con experiencia certificada mnimo de 2 aos para calcular resistencia

    de materiales, disear, analizar, evaluar, autorizar

    puntos de anclaje y elaborar especificaciones. Es la

    nica persona que puede autorizar un punto de anclaje

    sobre el cual se tengan dudas.

  • REENTRENAMIENTO: proceso anual obligatorio, para actualizarse y entrenarse. Su contenido y duracin

    dependen de cambios en la norma y fallas detectadas en

    por el Coord. TSA. Tambin se debe hacer

    reentrenamiento cuando ingrese un nuevo trabajador,

    cuando cambie su tipo de trabajo en alturas, sus

    condiciones o su actividad. Las empresas pueden realizar

    directamente este reentrenamiento mediante las UVAE.

    UVAE (UNIDAD VOCACIONAL DE APRENDIZAJE EN EMPRESA): unidad de autoformacin en la empresa con el

    fin de preparar, entrenar, reentrenar, complementar y

    certificar a sus trabajadores para trabajos en altura dentro

    de la empresa. debe hacerse con entrenadores

    certificados.

  • *Art 3: Obligaciones de Empleadores

    1. Realizar las evaluaciones medicas ocupacionales conforma a los establecido en las Resoluciones

    2346/07 y 1918/09.

    2. Incluir en el SG-SST un programa completo de proteccin contra cadas.

    3. Cubrir las condiciones que generan peligro de cadas, con medidas de prevencin colectivas,

    antes de implementar medidas de proteccin

    individuales.

  • *Art 3: Obligaciones de Empleadores

    4. Adoptar medidas compensatorias, cuando se retire temporalmente de un dispositivo de prevencin

    colectiva.

    5. Garantizar que los sistemas y equipos cumplan con la resolucin 1409/12.

    6. Disponer de un Coord. TSA, de trabajadores autorizados y de ser necesario de un ayudante de

    seguridad.

  • *Art 3: Obligaciones de Empleadores

    7. Garantizar que los equipos, la capacitacin, el reentrenamiento y el tiempo para tomarlos NO

    generen costo alguno para el trabajador.

    8. Garantizar un programa de capacitacin para todo el personal expuesto antes de iniciar labores.

    9. Garantizar el reentrenamiento anual de los trabajadores y tambin cuando cambien sus

    condiciones iniciales.

  • *Art 3: Obligaciones de Empleadores

    10.Garantizar la inspeccin de equipos y sistemas por lo menos una vez al ao, realizado por personas competentes avaladas por el fabricante o personas calificadas segn corresponda.

    11.Asegurar el acompaamiento de una persona con capacidad de activar el plan de emergencias cuando se ejecuten trabajos con riesgo de cada.

    12.Solicitar las pruebas, los certificados o las memorias de clculo de capacidades de los SPCC los cuales deben cumplir con estndares nacionales o internacionales.

  • *Art 3: Obligaciones de Empleadores

    13.Asegurar la compatibilidad de los componente del sistema.

    14.Incluir dentro del plan de emergencias un procedimiento para rescate en alturas con recursos y personal entrenado.

    15.Garantizar que los menores de edad y las mujeres en cualquier tiempo de gestacin no realicen labores en altura.

    16.Asumir los costos de las capacitaciones o certificaciones de la competencia laboral.

  • *Art 4: Obligaciones de los Trabajadores

    1. Asistir a la capacitacin y reentrenamiento y aprobar satisfactoriamente las evaluaciones.

    2. Cumplir todos los procedimientos establecidos.

    3. Informar sobre cualquier condicin de salud que le genere restricciones antes de realizar trabajos en alturas.

    4. Utilizar las medidas de prevencin y proteccin.

    5. Reportar el deterioro o dao de los sistemas colectivas o individuales al Coord. TSA.

    6. Participar en la elaboracin y el diligenciamiento del permiso.

  • *Art 5: Obligaciones de las ARL

    1. Realizar actividades de prevencin, asesora y evaluacin de los riesgos del trabajo en alturas.

    2. Ejercer vigilancia y control sobre la prevencin de los riesgos del trabajo en alturas.

    3. Asesorar a los empleadores sobre la seleccin y utilizacin de los EPPs para trabajo en alturas.

    1. Elaborar, publicar y divulgar las Guas tcnicas estandarizadas por actividades para dar cumplimiento a la Res. 1409/12

  • MEDIDAS DE PROTECCIN

    ADVERTIR

    EVITAR

    DETENER

    LA CADA

    EPPs

    DISMINUYEN LAS

    CONSECUENCIAS

    DE LA

    EXPOSICIN A

    Ejm: guantes para

    evitar cortadas con

    superficies filosas

    MEDIDAS DE PREVENCIN

    Ejm: uso de

    arns de cuerpo

    completo

    Ejm: instalacin

    de avisos

    DEMS

    PELIGROS.

  • *MEDIDAS DE PREVENCIN

  • *Art 8: MEDIDAS DE PREVENCIN

    SIS

    TE

    MA

    S D

    E

    ING

    EN

    IER

    IA

    Delimitacin

    Sealizacin

    Barandas

    Control de acceso

    Manejo de desniveles y orificios

    Inspector de Seguridad M

    ED

    IDA

    S C

    OL

    EC

    TIV

    AS

    ME

    DIO

    S D

    E A

    CC

    ES

    O

    CA

    PA

    CIT

    AC

    IN

    PE

    RM

    ISO

    DE

    TR

    AB

    AJO

    E

    N A

    LT

    UR

    AS

    Tambin como medida de prevencin, se deben

    elaborar, validar y divulgar los procedimientos de

    seguridad

  • * Art 9, 10,11: Disposiciones sobre capacitacin

    CURSO DIRIGIDO A

    JEFES DE

    REA

    personas que realizan labores de tipo

    administrativo que afectan la ejecucin trabajos en

    altura. Bianual 8 horas

    COORD. TSA 80 horas (60 tericas 20 prcticas)

    INTERMEDIO Desaparece. Las personas deben completar el

    nmero de horas para alcanzar el avanzado y

    tienen plazo de 24 meses.

    Como una de las medidas de prevencin, la Resolucin 1409/12

    contempla la capacitacin del personal y para ello determin

    los siguientes cursos:

  • CURSO DIRIGIDO A

    OPERATIVO

    BSICO

    Trabajadores con riesgo de cada que utilicen sistemas de

    acceso seguros como escaleras y plataformas con barandas,

    escaleras o plataformas porttiles, canastillas o similares.

    8 HORAS (3 tericas 5 prcticas) - * 6 HORAS (2+4)

    OPERATIVO

    AVANZADO

    Trabajadores con riesgo de cada que realicen

    desplazamientos verticales y/o horizontales por estructuras,

    incluidas las tcnicas de suspensin y usen anclajes

    porttiles.

    40 HORAS (16 tericas 24 prcticas) - *30 HORAS (12+18)

    * Las empresas con ms de 100 trabajadores que utilicen las uvae

    pueden disminuir hasta en un 25% la duracin de estos cursos,

    respetando un mnimo de 40% de teora y 60% de prctica (*)

  • * Art 12: OFERTA de capacitacin

    SENA

    UVAES (No requieren certificar el centro de entrenamiento por ahora, pero deben registrar su creacin en el Min.

    Trabajo)

    Instituciones tcnicas, tecnolgicas y universitarias aprobadas por Min. Educacin

    Instituciones de formacin para el trabajo

    Personas naturales y jurdicas autorizadas por resolucin

    LOS ANTERIORES CURSOS, ADEMS DEL

    CURSO DE REENTRENAMIENTO PUEDEN SER

    OFRECIDOS POR:

  • * Art 12: Disposiciones sobre capacitacin

    En este artculo, la Resolucin tambin toca el tema

    de los entrenadores de trabajo en altura, estipulando

    lo siguiente:

    Definicin: Persona cuya labor es entrenar a los dems trabajadores en trabajo seguro en alturas.

    Formacin: curso de3 120 HORAS Solamente por el SENA o Universidades con programas de salud ocupacional aprobados

    por Min. Educacin.

    Requisitos: Debe estar certificado en la NCL vigente (tienen 2 aos a partir del 23 de julio de 2012 para certificarse)

  • Sistemas de ingeniera como medidas de

    prevencin

    Son cambios o modificaciones en el diseo, montaje,

    construccin, instalacin, puesta en funcionamiento para

    eliminar o mitigar el riesgo de cada

    Ejm: acondicionar las

    herramientas para

    alargarlas y evitar que

    la persona se tenga

    que subir

    Ejm: reemplazar la escalera

    vertical tipo gato por otra

    escalera inclinada, con pasos,

    descansos y barandas

    seguras

    Ejm: ubicar los controles,

    vlvulas y dispositivos de

    accionamiento a nivel del

    piso y no en zonas

    elevadas o usar controles

    remotos,

  • La delimitacin y las balizas tambin sirven

    como medidas de prevencin

    Consiste en la instalacin de elementos que restrinjan o

    limiten el paso de las personas

    Balizas

    Delimitacin

  • SE

    A

    LIZ

    AC

    IN

    Visibles a 2m

  • *Barandas como medidas de prevencin

  • *CONTROL DE ACCESO Como medida de prevencin, se refiere a la adopcin de medidas

    administrativas u operativas como la instalacin de puertas,

    candados, rejillas, lectores de proximidad , guardas de seguridad,

    planillas de ingreso, carns, etc.

  • *DESNIVELES Y ORIFICIOS

    Para los

    desniveles, se

    debe instalar

    rampas o

    escaleras para

    comunicar un

    nivel con otro.

    Para los huecos,

    brechas u

    orificios, se

    deben instalar

    tapas, rejillas o

    similares

  • * El ayudante de seguridad y el permiso de trabajo en alturas, tambin son medidas de prevencin

    Se puede asignar un ayudante de seguridad

    como medida complementaria a las

    anteriores con el fin de ayudar a advertir y

    controlar los peligros que se identifiquen en

    el sitio de las labores en alturas.

    El permiso de trabajo en alturas es un mecanismo que mediante la verificacin y control previo de los aspectos de seguridad contra cadas, tiene por objeto prevenir la ocurrencia de accidentes. Puede ser diligenciado por el trabajador y debe ser verificado y revisado por el Coordinador de Trabajo en Altura

  • Otra medida de prevencin son los sistemas de

    acceso

    Su finalidad es permitir el acceso y/o soporte de los

    trabajadores a lugares para desarrollar trabajos en altura.

  • Art 20: Trabajo en suspensin

    *Si tienen duracin de ms de 5 minutos, se debe usar una silla,

    conectada a la argolla pectoral del

    arns y al sistema de descenso.

    *Adicionalmente, el trabajador debe asegurarse a una lnea de vida

    vertical en cuerda, instalada a un

    anclaje independiente y usando un

    freno certificado.

  • *MEDIDAS DE PROTECCIN

    se dividen en: pasivas y

    activas

  • *Art 22: MEDIDAS DE PROTECCIN

    Estn constituidas por todos los equipos, sistemas y subsistemas cuya

    funcin es detener la cada.

    *Deben ser compatibles entre s, en tamao, figura, materiales, forma, dimetro y deben estar certificados.

    *El uso de medidas de proteccin no exime del uso de medidas de prevencin.

    *Siempre debern usarse arneses de cuerpo entero.

    *Todo equipo sometido a cada debe ser retirado para revisin tcnica por parte de una persona competente.

    *Ningn equipo debe ser intervenido o modificado, excepto por personal calificado.

  • *Medidas pasivas

    REDES: su objetivo es detener o capturar al trabajador en el trayecto de su cada.

    *Fabricadas en poliamida o similar. *Resistencia de ruptura min de 5000lbs *Entramado de mximo 10cm.

    *Anclajes, anillos en D y ganchos de resorte con resistencia 5000lbs.

    Deben estar aprobadas por personal calificado

  • *MEDIDAS ACTIVAS

    Son las que involucran la

    participacin del

    trabajador, incluyen los

    siguientes componentes:

    Punto de anclaje Mecanismos de anclaje Conectores Soporte corporal (Arns) Plan de rescate

  • *Puntos de anclaje fijos

    Deben soportar 3000lb

    de fuerza de cada .

    Diseado por persona

    calificada, debe soportar

    3600lb de fuerza de cada

    Para Detencin Para Restriccin

  • *Mecanismos de anclaje: tambin dispositivos de anclaje porttil

    Dispositivos de tipo porttil que abrazan o se ajustan a una estructura y tienen como funcin ser puntos seguros de acoplamiento para los ganchos de los conectores.

    Material: cable, cadena, reata.

    Resistencia: 5.000 lb.

  • *Lneas de vida horizontales

    Permiten que la persona se conecte a ellas y se desplace horizontal o verticalmente de manera segura.

    fabricadas en cable, cuerda o riel que fijos a una estructura permiten el desplazamiento de la persona conectada a ella.

    *Calculada por persona calificada *Pueden ser fijas o porttiles

  • *Lneas de vida verticales

    Sistema de cables de acero, cuerdas o riel, ancladas en un punto superior e inferior para proteger al trabajador en ascenso /descenso. Deben estar certificadas y resistir 5000lb.

    *Calculada por persona calificada

    *Pueden ser fijas o porttiles

  • *Conectores

    *Gancho: Deben tener cierre de doble seguridad y resistencia mnima de 5000lb.

    *Mosquetones: Deben ser de cierre automtico, en acero y resistir 5000lb.

    Existen diferentes tipos, de acuerdo a

    uso que se les vaya a dar

  • Conectores para restriccin de cadas: Aseguran al trabajador y lo dejan a una distancia de 60cm de un borde o vaco.

    Conectores para posicionamiento: Aseguran al trabajador sobre una estructura para que se ubique en un punto especfico a realizar la labor evitando que la cada libre sea de ms de 60cm.

  • Conectores para

    detencin de cadas

    Eslingas con absorbedor de

    energa: Permite cada libre de

    1.80 m y al activarse permite

    una elongacin de 1.07m.

    Lneas de vida

    autorrecttiles:

    Detienen la cada a los

    60cm mximo.

  • Frenos para lneas de

    vida fijas

    Conectores para Trnsito Vertical: Frenos.

    Se usan exclusivamente sobre lneas de vida verticales. Se

    clasifican en:

    Frenos para lneas de

    vida porttiles

  • *Se ajusta al torso y a la pelvis *Consta de correas de ajuste en regin

    pelviana, cintura, pecho y hombros.

    *Fibras sintticas con 5000lb de resistencia.

    Los cinturones de

    seguridad tipo liniero

    no estn permitidos en

    Colombia

    Arns Cuerpo Completo

  • Art 24: Plan de Emergencias

    Todo empleador debe contar con un plan de emergencias: escrito, practicado y certificado, el cual debe garantizar:

    *Una respuesta organizada y segura. * Para su ejecucin puede hacerlo con

    recursos propios o contratados. *Disponibilidad de equipos certificados para

    emergencias. *Equipo de comunicacin y una persona

    disponible

    El plan de emergencias es un conjunto de actividades organizadas para dar adecuada respuesta ante las situaciones que pongan en peligro la seguridad de las personas, instalaciones y medio ambiente

  • Art 27: Plazo para la capacitacin

    Las empresas tienen un plazo de 24 meses a partir del 23 de julio de 2012, para completar la capacitacin de sus trabajadores segn el nivel que corresponda u obtener el certificado de competencia laboral.

  • Programa de proteccin contra cadas

    Es uno de los componentes del Sistema de Gestin de Seguridad y Salud Ocupacional de las empresas (antiguamente Programa de Salud Ocupacional). Consiste en el diseo e implementacin de todas las actividades necesarias para controlar los peligros del trabajo en alturas.

    Principales caractersticas:

    *Debe seguir y respetar el ciclo PHVA (Planear, hacer, verificar, actuar) *Debe incluir a todo el personal expuesto en todos los horarios y sedes,

    incluyendo contratistas

    *Debe ser divulgado ampliamente. *Deber ser revisado por personas con amplio conocimiento en Salud

    ocupacional y trabajo en alturas

  • Su estructura bsica puede ser:

    *Alcance *Objetivos *Responsabilidades *Definiciones *Caracterizacin de los trabajos en altura que se realizan en la empresa y

    del personal que los desarrolla

    *Polticas para la seleccin y contratacin del personal que va trabajar en alturas tanto en labores administrativas como operativas

    *Polticas para capacitacin, certificacin y reentrenamiento del personal *Descripcin de las medidas de prevencin a implementar en la empresa *Descripcin de las medidas de proteccin a implementar en la empresa *Descripcin de los sistemas de acceso a implementar en la empresa *Procedimientos de trabajo seguro en alturas *Procedimientos para emergencias *Mtodos de control y ajuste del PPCC *Anexos: permiso de trabajo, fichas tcnicas de los equipos, etc