SGRT Presentación IESS -2012

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SGRT

Juan Vélez Andrade 2012-09-20

Contexto General sobre Prevención R/L

riesgosdeltrabajo@iess.gob.ec

ESTIMACIONES MUNDIALES 2005• Más de 2’2 millones de personas

mueren al año por efectos de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.

• 270 millones de personas sufren afectaciones no fatales.

• 160 millones de personas sufren enfermedades de corto o largo plazo causadas por el trabajo.

• Costo total 4% del PIB; 8% PIB nacional en países en desarrollo

• La mayoría de los accidentes son prevenibles.

ESTIMACIONES NACIONALES 2012• Más de 3.000 personas mueren al año

por efectos de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.

• 100.000 personas sufren afectaciones no fatales.

• OIT: Subregistro de Siniestralidad de un 90% sobre casos reportados. (Afiliados vs. PEA?)

• Costo total: 8% PIB nacional en países en desarrollo

• Cultura de prevención en SST (casi inexistente) + enfoque de SGPRL

Responsabilidad Ética Social

Responsabilidad Legal

Responsabilidad Económica

SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Consensos tripartitos para el robustecimiento de la gestión entre:•Controladores y gestores•Trabajadores•Empleadores

Derechos Obligaciones Deberes definidos

Constitución de la República del Ecuador

Decisión 584 – Instrumento Andino de SST (07-05-2004) Resolución 957 - Reglamento (23-09-2005)

Ley de Seguridad Social Código de Trabajo

Decreto ejecutivo 2393 Plan Nacional para el buen vivir 2009 – 2013

Decreto Ley 878 (abril -1964)Acuerdos ministeriales (1404/219)

MARCO LEGAL GENERAL

MANDATO CONSTITUCIONAL

SEGURO UNIVERSAL

OBLIGATORIO

Enfermedad

MaternidadPaternidad

Cesantía

Invalidez, vejez, muerte,

incapacidad

Riesgos del Trabajo

Constitución Política del Ecuador (Art. 369) en referencia a la Seguridad Social establece las CONTINGENCIAS CUBIERTAS; Art. 370 responsabiliza al IESS la prestación para sus afiliados.)

DIRECCIÓN DEL SISTEMA DE PENSIONES

REGLAMENTO ORGÁNICO

FUNCIONAL (RES C.D. 021)

DIRECCION DEL SEGURO GENERAL DE SALUD

INDIVIDUAL Y FAMILIAR

DIRECCIÓN DEL SEGURO SOCIAL

CAMPESINODIRECCIÓN DEL SEGURO GENERAL DE RIESGOS

DEL TRTABAJO

RIESGOS CUBIERTOS Ley de Seguridad Social Art. 3

………..Y PARA QUE NO SE NOS OLVIDE 1• Art. 410.- Obligaciones

respecto de la prevención de riesgos.- Los empleadores están obligados a asegurar a sus trabajadores condiciones de trabajo que no presenten peligro para su salud o su vida. Reconocer, prevenir, evaluar y controlar los riesgos laborales.

• Art. 434.- Reglamento de higiene y seguridad.- En todo medio colectivo y permanente de trabajo que cuente con mas de 10 trabajadores, los empleadores están obligados a elaborar y someter a la aprobación del ministerio de trabajo y empleo por medio de la dirección regional del trabajo, un reglamento de higiene y seguridad, el mismo que será renovado cada dos años.Código del

Trabajo1938-08-10

• INSTRUMENTO ANDINO DE SST

• Gestión de la SST en los centros laborales:

• Obligaciones de los empleadores• Derechos y obligaciones de los T• Protecciones especiales y

sanciones.

• REGLAMENTO AL INSTRUMENTO ANDINO DE SST

• Gestión de SST• Servicio de Salud en el T• Comité de SST• Medidas de Protección a los T• Responsabilidades y Sanciones.

Decisión 584 2004-05-07

……. Y PARA QUE NO SE NOS OLVIDE 2• Art. 14.- De los comités de seguridad e higiene del trabajo.-

En todo centro de trabajo en que laboren mas de quince trabajadores deberá organizarse un comité de seguridad e higiene del trabajo integrado en forma paritaria por tres representantes de los trabajadores y tres representantes de los empleadores, quienes de entre sus miembros designarán un presidente y un secretario.

• Art. 15 .- De la unidad de seguridad e higiene del trabajo.- En las empresas permanentes que cuenten con cien o mas trabajadores estables, deberán contar con una unidad de seguridad e higiene, dirigido por un técnico en la materia.DECRETO EJECUTIVO 2393

1986-11-17 • El servicio medico de empresa que se basara en la

aplicación practica y efectiva de la medicina laboral, tendrá como objetivo fundamental el mantenimiento de la salud integral del trabajador, que deberá traducirse en un elevado estado de bienestar físico, mental y social del mismo (Médico especialista en SST Ocupacional)

• De 100 a 200 T 3 h/día/ M• De 201 a 400 T 4 h//día/M• De 401 a 600 T 5 h/día/ M• De 601 a 800 T 6 h/día /M• De 801 a 1000T 8 h/día/ M• + 200 T exceso 1 h/ día /M adic.

ACUERDO MINISTERIAL 1404 1978-10-17

FUNCIONES DE PROFESIONALES EN SST• Reconocer, prevenir, evaluar Y controlar los riesgos laborales.• Adiestrar a los trabajadores en materia de seguridad.• Colaborar con prevención de riesgos que efectúen los organismos

del sector público.• Investigar los accidentes de trabajo, determinar sus causas y

tomar las medidas correctivas.

Técnico de SeguridadA.M. 219

• Prevención y fomento de la salud, estudio y vigilancia de las condiciones ambientales en los sitios de trabajo.

• Análisis y clasificación de los puestos de trabajo en base a valoración de requerimientos psicológicos de las tareas.

• Elaborar conjuntamente con Comité la propuesta de SST, identificando F/R; ½ ambiente y prácticas de T.

• Asesorar en la Planificación y Organización del Trabajo. Colaborar en capacitación e información a los trabajadores.

• Mantener registros estadísticos relativos a EP y AT.• Integración del comité paritario de seguridad e higiene.

Servicio Médico de EmpresaA.M.1404

Misión

Proteger al afiliado y empleador contra las contingencias de riesgos derivados del trabajo, mediante programas de prevención y reparación de afectaciones originadas por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

VisiónPosicionar al SGRT como una unidad de negocio de excelencia, líder en la concesión oportuna de prestaciones y servicios para reducir la siniestralidad laboral.Dispondrá de talento humano suficiente, competitivo, capacitado y con vocación de servicio; con una gestión por procesos y con herramientas tecnológicas modernas y apropiadas.

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CONTINGENCIAS CUBIERTAS

• Suceso imprevisto que ocasione al afiliado lesión corporal, perturbación funcional o muerte (inmediata o posterior), con ocasión o como consecuencia del trabajo que ejecuta.

• Afecciones agudas o crónicas causadas de manera directa por el ejercicio de la labor que realiza el asegurado y que producen incapacidad

Accidente de Trabajo

Enfermedad

Profesional

PRESTACIONES Y SERVICIOS BÁSIC0S DEL SGRT.

PRESTACIONES ASISTENCIALES:

consultas, exámenes, aux. de diagnóstico, hospitalización, cirugía, ortesis

prótesis rehabilitación,

SERVICIOS DE PREVENCIÓN: verificación

y control, asesoría, asistencia técnica,

auditorias, difusión e información, capacitación

PRESTACIONES ECONÓMICAS:

subsidios, indemnizaciones,

pensiones mensuales por

incapacidad, y en el caso de muerte

mortuoria y montepío.

– Consultas– Fármacos– Exámenes auxiliares– Hospitalización– Cirugía– Rehabilitación– Órtesis y prótesis

Este servicio es otorgado en las unidades médicas del IESS a través del Seguro de Salud Individual y Familiar.

– Subsidios por incapacidad– Indemnizaciones– Pensiones por Invalidez– Pensiones por Montepío– Auxilio de Funerales

(a través del Sistema de Pensiones)

0,55 %

El siniestro laboral puede generar los siguientes efectos en los asegurados

Incapacidad temporal Incapacidad Permanente Parcial Incapacidad Permanente Total Incapacidad Permanente Absoluta. Muerte

INCAPACIDAD TEMPORALImpide al trabajador concurrir al trabajo debido al siniestro, mientras reciba atención médica, quirúrgica, hospitalaria o de rehabilitación.

Genera• Subsidio (hasta un año) • Pensión provisional (hasta 2

años) • Rentas por montepío en caso

de fallecimiento

INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIALProduce una lesión corporal o perturbación funcional definitiva que signifique una merma en la integridad física y su aptitud para el trabajo.

Genera• Indemnización (un solo

pago)• NO genera derecho a

montepío en caso de fallecimiento

INCAPACIDAD PERMANENTE TOTALInhibe al trabajador la realización de todas o las fundamentales tareas de su profesión.

Genera• Renta mensual equivalente al

80% del promedio de remuneraciones

• Rentas por montepío en caso de fallecimiento

INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTAInhabilita por completo al trabajador para toda profesión u oficio, requiriendo de otra persona para su cuidado y atención permanentes

Genera• Renta mensual equivalente al

100%• Rentas por montepío en caso

de fallecimiento

MUERTESi el afiliado fallece sea o no de forma inmediata genera pensiones a derechohabientes (montepío).(viudedad y orfandad en caso de no haber convivientes tiene derecho los padres si vivían a cargo del afiliado)

Auxilio de FuneralesOtorgada a través de la Dirección del Sistema de Pensiones

Inspecciones, Verificaciones y Auditorias a empresas. Capacitación y Difusión en prevención de riesgos laborales y

normativa legal vigente en Seguridad y Salud Ocupacional a empresas, instituciones y público en general.

Asesorías en Gestión de Riesgos Laborales a empresas Asistencias técnicas de laboratorio a empresas Programas de reinserción laboral y readaptación en incapacidades

de riesgos del trabajo a afiliados que calificaron su siniestro laboral

Servicios de prevención de riesgos

POLÍTICAS GENERALES DEL SGRT• Fomentar una cultura socio-laboral preventiva en materia de R/T como

uno de los elementos más importantes de gestión de la SST. “Mayor inversión en prevención, menor gasto en compensación”

• Impulsar la mejora continua de las condiciones de SST en empresas e instituciones con mayor presencia institucional (Asesoramiento, capacitación, control)

• Universalizar la Información a afiliados, patronos y gestores de SST sobre sus derechos y obligaciones, así como prestaciones y servicios que brinda el SGRT,

• Propugnar la mejora continua en las condiciones en las cuales se conceden las prestaciones y servicios institucionales a afiliados y beneficiarios.

……. Y PARA ESTO PROPONEMOS:

• Convertir a las Organizaciones de trabajadores y empleadores en aliados estratégicos que en base al TRIPARTISMO fomenten el logro de la vigencia de una cultura nacional de Prevención en materia de riesgos laborales.

• Asesorar en materia técnico legal a los sectores involucrados en las actividades productivas, a fin de disminuir la siniestralidad laboral.

• Orientar la capacitación para generar impactos positivos en la comunidad productiva,

• Combatir la informalidad en los “arreglos directos” entre empleadores y trabajadores en los casos de accidentalidad en el trabajo, mediante la implementación de controles adecuados de verificación del cumplimiento de la normativa.

• Crear una base estadística confiable y adecuada que permita planificar racionalmente acciones de este Seguro. (Los datos revelan un gran sub registro de los casos de accidentes y por sobre todo enfermedades profesionales que se estima supera el 90%) .

El empresario establece las condiciones en las que se desarrolla el trabajo, la infraestructura, la maquinaria, los equipos, materias primas e insumos, horarios, etc. por lo tanto fija las condiciones en las que los trabajadores deben desarrollar su labor, y por tanto es su responsabilidad evitar que esto constituya un peligro para la seguridad y salud para los trabajadores. (Es es un derecho universal del hombre).

Según la OIT el trabajo peligroso mata millones y cuesta billones.

Conjunto de elementos relacionados entre sí, que actúan armónicamente para facilitar la administración de la SST.

SISTEMA DE GESTIÓN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

…para los trabajadores•Elevación de la calidad de vida de los trabajadores, protegiendo a ellos/as y a su familia.•Controla y reduce los factores de riesgos laborales.•Reduce los índices de accidentalidad y/o enfermedad profesional.•Crea un sentido de pertenencia y responsabilidad en el trabajador por su lugar de trabajo.

..…para la empresa•Vigencia de reglas y prácticas, niveles de participación y conductas laborales que incidan en la creación de ambientes sanos y seguros.•Mejoras en la productividad por optimización de procesos•Reducción del ausentismo laboral•Reducción de los costos de las prestaciones por riesgos del trabajo•Aumento de la moral, motivación y concentración de los trabajadores•Estabilidad de los trabajadores en la empresa •Mejora de la imagen corporativa

BENEFICIOS POR APLICACIÓN DEL SGSST

•AHORRO•COMPETITIVIDAD•RENTABILIDAD

REGLAMENTO GENERAL DE RIESGOS DEL TRABAJO C.D. 390 (2011-11-10)

• ARMONIZA LAS NORMAS LEGALES VIGENTES: Constitución de la República, Convenios Internacionales, Leyes, Decretos y Acuerdos vigentes.

• AMPLIA LA COBERTURA Y BENEFICIOS DE ESTE SEGURO, incorporando población sin relación de dependencia y de trabajo parcial; reliquidación de las prestaciones en caso de agravamiento,

• SISTEMATIZA Y RACIONALIZA EL PROCESO DE CONCESIÓN DE PRESTACIONES Y LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN, definiendo claramente condiciones de concesión de prestaciones.

• ESTABLECE PROCESOS DE GESTIÓN DE PREVENCIÓN de R/T Y DE SU EVALUACIÓN ( índices REACTIVOS, PROACTIVOS Y DE GESTIÓN); determina los elementos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST)

• ACTUALIZA LISTADO DE ENFERMEDADES PROFESIONALES• DEFINE COMPETENCIAS Y ATRIBUCIONES DE LA COMISIÓN NACIONAL DE

PREVENCIÓN, Y DE LAS COMISIONES VALUADORAS DE INCAPACIDADES.• INCORPORA LA PARTICIPACIÓN ACTIVA DE EMPLEADORES Y TRABAJADORES

en calidad de veedores del funcionamiento tanto de la Comisión Nacional de Prevención como de las Comisiones de Valuación de Incapacidades

OBLIGATORIO NO DISCRECIONAL

PREVENCIÓN DE RIESGOS DEL TRABAJO

Sistema de Gestión (Art. 51): Las empresas deberán implementar el SGSSTGESTIÓN ADMINISTRATIVAGESTIÓN TÉCNICAGESTIÓN DEL TALENTO HUMANO PROCEDIMIENTOS Y PROGRAMAS OPERATIVOS BÁSICOS

Evaluación del SGSST de la empresa (Art. 52):

ÍNDICES REACTIVOS, PROACTIVOS, Y DE GESTIÓN DE SST

CARACTERÍSTICAS DEL NUEVO REGLAMENTO GENERAL DE RIESGOS DEL TRABAJO EN SGRT

GESTIÓN ADMINISTRATIVA: POLÍTICA;ORGANIZACIÓN;PLANIFICACIÓN;INTEGRACIÓN-IMPLANTACIÓN; VERIFICACIÓN/AUDITORÍA; CONTROL DE DESVIACIONES DEL P. GESTIÓN., MEJORAMIENTO CONTINUO; INFORMACIÓN ESTADÍSTICA.

GESTIÓN TÉCNICA:IDENTIFICACIÓN DE FACTORES DE RIESGO, MEDICIÓN; EV ALUACIÓN; CONTROL OPERATIVO INTEGRAL.

GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO:SELECCIÓN,INFORMACIÓN,COMUNICACIÓN,CAPACITACIÓN, ADIESTRAMENTO

PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS BÁSICOS:INVESTIGACIÓN A/T, VIGILANCIA DE LA SALUD, PLANES DE EMERFENCIA, PLAN DE CONTINGENCIA, AUDITORIAS INTERNAS, INSPECCIONES DE SEGURIDAD, EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL, MANTENIMIENTO PREDICTIVO,PREVENTIVO Y CORRECTIVO.

INDICES REACTIVOS:INDICE DE FRECUENCIA,ÍNDICES DE GRAVEDADTASAS DE RIESGO

INDICES PROACTIVOS:ANÁLISIS DE RIESGOS DE TAREA,OBSERVACIONES PLANEADAS DE ACCIONES SUBESTÁNDARESDIALOGO PERMANENTE DE SEGURIDADDEMANDA DE SEGURIDADENTRENAMIENTO DE SEGURIDADORDENES DE SERVICIOS ESTANDARIZADOS Y AUDITADOSCONTROL DE ACCIDENTES E INCIDENTES

INDICE DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

CARACTERÍSTICAS DEL NUEVO REGLAMENTO GENERAL DE RIESGOS DEL TRABAJO EN SGRT

…….Muchas

Gracias…!!