SGRT Presentación IESS -2012

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SGRT

Juan Vélez Andrade 2012-09-20

Contexto General sobre Prevención R/L

[email protected]

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ESTIMACIONES MUNDIALES 2005• Más de 2’2 millones de personas

mueren al año por efectos de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.

• 270 millones de personas sufren afectaciones no fatales.

• 160 millones de personas sufren enfermedades de corto o largo plazo causadas por el trabajo.

• Costo total 4% del PIB; 8% PIB nacional en países en desarrollo

• La mayoría de los accidentes son prevenibles.

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ESTIMACIONES NACIONALES 2012• Más de 3.000 personas mueren al año

por efectos de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.

• 100.000 personas sufren afectaciones no fatales.

• OIT: Subregistro de Siniestralidad de un 90% sobre casos reportados. (Afiliados vs. PEA?)

• Costo total: 8% PIB nacional en países en desarrollo

• Cultura de prevención en SST (casi inexistente) + enfoque de SGPRL

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Responsabilidad Ética Social

Responsabilidad Legal

Responsabilidad Económica

SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Consensos tripartitos para el robustecimiento de la gestión entre:•Controladores y gestores•Trabajadores•Empleadores

Derechos Obligaciones Deberes definidos

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Constitución de la República del Ecuador

Decisión 584 – Instrumento Andino de SST (07-05-2004) Resolución 957 - Reglamento (23-09-2005)

Ley de Seguridad Social Código de Trabajo

Decreto ejecutivo 2393 Plan Nacional para el buen vivir 2009 – 2013

Decreto Ley 878 (abril -1964)Acuerdos ministeriales (1404/219)

MARCO LEGAL GENERAL

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MANDATO CONSTITUCIONAL

SEGURO UNIVERSAL

OBLIGATORIO

Enfermedad

MaternidadPaternidad

Cesantía

Invalidez, vejez, muerte,

incapacidad

Riesgos del Trabajo

Constitución Política del Ecuador (Art. 369) en referencia a la Seguridad Social establece las CONTINGENCIAS CUBIERTAS; Art. 370 responsabiliza al IESS la prestación para sus afiliados.)

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DIRECCIÓN DEL SISTEMA DE PENSIONES

REGLAMENTO ORGÁNICO

FUNCIONAL (RES C.D. 021)

DIRECCION DEL SEGURO GENERAL DE SALUD

INDIVIDUAL Y FAMILIAR

DIRECCIÓN DEL SEGURO SOCIAL

CAMPESINODIRECCIÓN DEL SEGURO GENERAL DE RIESGOS

DEL TRTABAJO

RIESGOS CUBIERTOS Ley de Seguridad Social Art. 3

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………..Y PARA QUE NO SE NOS OLVIDE 1• Art. 410.- Obligaciones

respecto de la prevención de riesgos.- Los empleadores están obligados a asegurar a sus trabajadores condiciones de trabajo que no presenten peligro para su salud o su vida. Reconocer, prevenir, evaluar y controlar los riesgos laborales.

• Art. 434.- Reglamento de higiene y seguridad.- En todo medio colectivo y permanente de trabajo que cuente con mas de 10 trabajadores, los empleadores están obligados a elaborar y someter a la aprobación del ministerio de trabajo y empleo por medio de la dirección regional del trabajo, un reglamento de higiene y seguridad, el mismo que será renovado cada dos años.Código del

Trabajo1938-08-10

• INSTRUMENTO ANDINO DE SST

• Gestión de la SST en los centros laborales:

• Obligaciones de los empleadores• Derechos y obligaciones de los T• Protecciones especiales y

sanciones.

• REGLAMENTO AL INSTRUMENTO ANDINO DE SST

• Gestión de SST• Servicio de Salud en el T• Comité de SST• Medidas de Protección a los T• Responsabilidades y Sanciones.

Decisión 584 2004-05-07

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……. Y PARA QUE NO SE NOS OLVIDE 2• Art. 14.- De los comités de seguridad e higiene del trabajo.-

En todo centro de trabajo en que laboren mas de quince trabajadores deberá organizarse un comité de seguridad e higiene del trabajo integrado en forma paritaria por tres representantes de los trabajadores y tres representantes de los empleadores, quienes de entre sus miembros designarán un presidente y un secretario.

• Art. 15 .- De la unidad de seguridad e higiene del trabajo.- En las empresas permanentes que cuenten con cien o mas trabajadores estables, deberán contar con una unidad de seguridad e higiene, dirigido por un técnico en la materia.DECRETO EJECUTIVO 2393

1986-11-17 • El servicio medico de empresa que se basara en la

aplicación practica y efectiva de la medicina laboral, tendrá como objetivo fundamental el mantenimiento de la salud integral del trabajador, que deberá traducirse en un elevado estado de bienestar físico, mental y social del mismo (Médico especialista en SST Ocupacional)

• De 100 a 200 T 3 h/día/ M• De 201 a 400 T 4 h//día/M• De 401 a 600 T 5 h/día/ M• De 601 a 800 T 6 h/día /M• De 801 a 1000T 8 h/día/ M• + 200 T exceso 1 h/ día /M adic.

ACUERDO MINISTERIAL 1404 1978-10-17

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FUNCIONES DE PROFESIONALES EN SST• Reconocer, prevenir, evaluar Y controlar los riesgos laborales.• Adiestrar a los trabajadores en materia de seguridad.• Colaborar con prevención de riesgos que efectúen los organismos

del sector público.• Investigar los accidentes de trabajo, determinar sus causas y

tomar las medidas correctivas.

Técnico de SeguridadA.M. 219

• Prevención y fomento de la salud, estudio y vigilancia de las condiciones ambientales en los sitios de trabajo.

• Análisis y clasificación de los puestos de trabajo en base a valoración de requerimientos psicológicos de las tareas.

• Elaborar conjuntamente con Comité la propuesta de SST, identificando F/R; ½ ambiente y prácticas de T.

• Asesorar en la Planificación y Organización del Trabajo. Colaborar en capacitación e información a los trabajadores.

• Mantener registros estadísticos relativos a EP y AT.• Integración del comité paritario de seguridad e higiene.

Servicio Médico de EmpresaA.M.1404

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Misión

Proteger al afiliado y empleador contra las contingencias de riesgos derivados del trabajo, mediante programas de prevención y reparación de afectaciones originadas por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

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VisiónPosicionar al SGRT como una unidad de negocio de excelencia, líder en la concesión oportuna de prestaciones y servicios para reducir la siniestralidad laboral.Dispondrá de talento humano suficiente, competitivo, capacitado y con vocación de servicio; con una gestión por procesos y con herramientas tecnológicas modernas y apropiadas.

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CONTINGENCIAS CUBIERTAS

• Suceso imprevisto que ocasione al afiliado lesión corporal, perturbación funcional o muerte (inmediata o posterior), con ocasión o como consecuencia del trabajo que ejecuta.

• Afecciones agudas o crónicas causadas de manera directa por el ejercicio de la labor que realiza el asegurado y que producen incapacidad

Accidente de Trabajo

Enfermedad

Profesional

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PRESTACIONES Y SERVICIOS BÁSIC0S DEL SGRT.

PRESTACIONES ASISTENCIALES:

consultas, exámenes, aux. de diagnóstico, hospitalización, cirugía, ortesis

prótesis rehabilitación,

SERVICIOS DE PREVENCIÓN: verificación

y control, asesoría, asistencia técnica,

auditorias, difusión e información, capacitación

PRESTACIONES ECONÓMICAS:

subsidios, indemnizaciones,

pensiones mensuales por

incapacidad, y en el caso de muerte

mortuoria y montepío.

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– Consultas– Fármacos– Exámenes auxiliares– Hospitalización– Cirugía– Rehabilitación– Órtesis y prótesis

Este servicio es otorgado en las unidades médicas del IESS a través del Seguro de Salud Individual y Familiar.

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– Subsidios por incapacidad– Indemnizaciones– Pensiones por Invalidez– Pensiones por Montepío– Auxilio de Funerales

(a través del Sistema de Pensiones)

0,55 %

El siniestro laboral puede generar los siguientes efectos en los asegurados

Incapacidad temporal Incapacidad Permanente Parcial Incapacidad Permanente Total Incapacidad Permanente Absoluta. Muerte

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INCAPACIDAD TEMPORALImpide al trabajador concurrir al trabajo debido al siniestro, mientras reciba atención médica, quirúrgica, hospitalaria o de rehabilitación.

Genera• Subsidio (hasta un año) • Pensión provisional (hasta 2

años) • Rentas por montepío en caso

de fallecimiento

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INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIALProduce una lesión corporal o perturbación funcional definitiva que signifique una merma en la integridad física y su aptitud para el trabajo.

Genera• Indemnización (un solo

pago)• NO genera derecho a

montepío en caso de fallecimiento

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INCAPACIDAD PERMANENTE TOTALInhibe al trabajador la realización de todas o las fundamentales tareas de su profesión.

Genera• Renta mensual equivalente al

80% del promedio de remuneraciones

• Rentas por montepío en caso de fallecimiento

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INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTAInhabilita por completo al trabajador para toda profesión u oficio, requiriendo de otra persona para su cuidado y atención permanentes

Genera• Renta mensual equivalente al

100%• Rentas por montepío en caso

de fallecimiento

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MUERTESi el afiliado fallece sea o no de forma inmediata genera pensiones a derechohabientes (montepío).(viudedad y orfandad en caso de no haber convivientes tiene derecho los padres si vivían a cargo del afiliado)

Auxilio de FuneralesOtorgada a través de la Dirección del Sistema de Pensiones

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Inspecciones, Verificaciones y Auditorias a empresas. Capacitación y Difusión en prevención de riesgos laborales y

normativa legal vigente en Seguridad y Salud Ocupacional a empresas, instituciones y público en general.

Asesorías en Gestión de Riesgos Laborales a empresas Asistencias técnicas de laboratorio a empresas Programas de reinserción laboral y readaptación en incapacidades

de riesgos del trabajo a afiliados que calificaron su siniestro laboral

Servicios de prevención de riesgos

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POLÍTICAS GENERALES DEL SGRT• Fomentar una cultura socio-laboral preventiva en materia de R/T como

uno de los elementos más importantes de gestión de la SST. “Mayor inversión en prevención, menor gasto en compensación”

• Impulsar la mejora continua de las condiciones de SST en empresas e instituciones con mayor presencia institucional (Asesoramiento, capacitación, control)

• Universalizar la Información a afiliados, patronos y gestores de SST sobre sus derechos y obligaciones, así como prestaciones y servicios que brinda el SGRT,

• Propugnar la mejora continua en las condiciones en las cuales se conceden las prestaciones y servicios institucionales a afiliados y beneficiarios.

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……. Y PARA ESTO PROPONEMOS:

• Convertir a las Organizaciones de trabajadores y empleadores en aliados estratégicos que en base al TRIPARTISMO fomenten el logro de la vigencia de una cultura nacional de Prevención en materia de riesgos laborales.

• Asesorar en materia técnico legal a los sectores involucrados en las actividades productivas, a fin de disminuir la siniestralidad laboral.

• Orientar la capacitación para generar impactos positivos en la comunidad productiva,

• Combatir la informalidad en los “arreglos directos” entre empleadores y trabajadores en los casos de accidentalidad en el trabajo, mediante la implementación de controles adecuados de verificación del cumplimiento de la normativa.

• Crear una base estadística confiable y adecuada que permita planificar racionalmente acciones de este Seguro. (Los datos revelan un gran sub registro de los casos de accidentes y por sobre todo enfermedades profesionales que se estima supera el 90%) .

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El empresario establece las condiciones en las que se desarrolla el trabajo, la infraestructura, la maquinaria, los equipos, materias primas e insumos, horarios, etc. por lo tanto fija las condiciones en las que los trabajadores deben desarrollar su labor, y por tanto es su responsabilidad evitar que esto constituya un peligro para la seguridad y salud para los trabajadores. (Es es un derecho universal del hombre).

Según la OIT el trabajo peligroso mata millones y cuesta billones.

Conjunto de elementos relacionados entre sí, que actúan armónicamente para facilitar la administración de la SST.

SISTEMA DE GESTIÓN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

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…para los trabajadores•Elevación de la calidad de vida de los trabajadores, protegiendo a ellos/as y a su familia.•Controla y reduce los factores de riesgos laborales.•Reduce los índices de accidentalidad y/o enfermedad profesional.•Crea un sentido de pertenencia y responsabilidad en el trabajador por su lugar de trabajo.

..…para la empresa•Vigencia de reglas y prácticas, niveles de participación y conductas laborales que incidan en la creación de ambientes sanos y seguros.•Mejoras en la productividad por optimización de procesos•Reducción del ausentismo laboral•Reducción de los costos de las prestaciones por riesgos del trabajo•Aumento de la moral, motivación y concentración de los trabajadores•Estabilidad de los trabajadores en la empresa •Mejora de la imagen corporativa

BENEFICIOS POR APLICACIÓN DEL SGSST

•AHORRO•COMPETITIVIDAD•RENTABILIDAD

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REGLAMENTO GENERAL DE RIESGOS DEL TRABAJO C.D. 390 (2011-11-10)

• ARMONIZA LAS NORMAS LEGALES VIGENTES: Constitución de la República, Convenios Internacionales, Leyes, Decretos y Acuerdos vigentes.

• AMPLIA LA COBERTURA Y BENEFICIOS DE ESTE SEGURO, incorporando población sin relación de dependencia y de trabajo parcial; reliquidación de las prestaciones en caso de agravamiento,

• SISTEMATIZA Y RACIONALIZA EL PROCESO DE CONCESIÓN DE PRESTACIONES Y LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN, definiendo claramente condiciones de concesión de prestaciones.

• ESTABLECE PROCESOS DE GESTIÓN DE PREVENCIÓN de R/T Y DE SU EVALUACIÓN ( índices REACTIVOS, PROACTIVOS Y DE GESTIÓN); determina los elementos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST)

• ACTUALIZA LISTADO DE ENFERMEDADES PROFESIONALES• DEFINE COMPETENCIAS Y ATRIBUCIONES DE LA COMISIÓN NACIONAL DE

PREVENCIÓN, Y DE LAS COMISIONES VALUADORAS DE INCAPACIDADES.• INCORPORA LA PARTICIPACIÓN ACTIVA DE EMPLEADORES Y TRABAJADORES

en calidad de veedores del funcionamiento tanto de la Comisión Nacional de Prevención como de las Comisiones de Valuación de Incapacidades

OBLIGATORIO NO DISCRECIONAL

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PREVENCIÓN DE RIESGOS DEL TRABAJO

Sistema de Gestión (Art. 51): Las empresas deberán implementar el SGSSTGESTIÓN ADMINISTRATIVAGESTIÓN TÉCNICAGESTIÓN DEL TALENTO HUMANO PROCEDIMIENTOS Y PROGRAMAS OPERATIVOS BÁSICOS

Evaluación del SGSST de la empresa (Art. 52):

ÍNDICES REACTIVOS, PROACTIVOS, Y DE GESTIÓN DE SST

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CARACTERÍSTICAS DEL NUEVO REGLAMENTO GENERAL DE RIESGOS DEL TRABAJO EN SGRT

GESTIÓN ADMINISTRATIVA: POLÍTICA;ORGANIZACIÓN;PLANIFICACIÓN;INTEGRACIÓN-IMPLANTACIÓN; VERIFICACIÓN/AUDITORÍA; CONTROL DE DESVIACIONES DEL P. GESTIÓN., MEJORAMIENTO CONTINUO; INFORMACIÓN ESTADÍSTICA.

GESTIÓN TÉCNICA:IDENTIFICACIÓN DE FACTORES DE RIESGO, MEDICIÓN; EV ALUACIÓN; CONTROL OPERATIVO INTEGRAL.

GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO:SELECCIÓN,INFORMACIÓN,COMUNICACIÓN,CAPACITACIÓN, ADIESTRAMENTO

PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS BÁSICOS:INVESTIGACIÓN A/T, VIGILANCIA DE LA SALUD, PLANES DE EMERFENCIA, PLAN DE CONTINGENCIA, AUDITORIAS INTERNAS, INSPECCIONES DE SEGURIDAD, EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL, MANTENIMIENTO PREDICTIVO,PREVENTIVO Y CORRECTIVO.

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INDICES REACTIVOS:INDICE DE FRECUENCIA,ÍNDICES DE GRAVEDADTASAS DE RIESGO

INDICES PROACTIVOS:ANÁLISIS DE RIESGOS DE TAREA,OBSERVACIONES PLANEADAS DE ACCIONES SUBESTÁNDARESDIALOGO PERMANENTE DE SEGURIDADDEMANDA DE SEGURIDADENTRENAMIENTO DE SEGURIDADORDENES DE SERVICIOS ESTANDARIZADOS Y AUDITADOSCONTROL DE ACCIDENTES E INCIDENTES

INDICE DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

CARACTERÍSTICAS DEL NUEVO REGLAMENTO GENERAL DE RIESGOS DEL TRABAJO EN SGRT

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…….Muchas

Gracias…!!