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CONCURSO PÚBLICO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL SECADOR DE PUZOLANA CÓDIGO DEL PROCESO: IG‐REGN‐01‐2011 Objeto de Contratación: Suministro de todos los Estudios, Ingeniería y Diseños para definir el suministro de los Equipos, Infraestructura y Edificaciones, con su correspondiente Montaje, Instalación y Construcción ,ya sea Civil, Eléctrica, Mecánica, Control y Automatización que incluye Desmontaje, Demolición y Eliminación de lo que fuere necesario para la implementación de un secador de puzolana, funcionando a satisfacción de la empresa contratante. Azogues, Cañar, 16 de septiembre de 2011. CÓDIGO DEL PROCESO: IG‐REGN‐01‐2011
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ÍNDICE SECCIÓN I CONVOCATORIA SECCIÓN II OBJETO DE LA CONTRATACIÓN SECCIÓN III CONDICIONES GENERALES 3.1 Ámbito de aplicación 3.2 Comisión Técnica 3.3 Participantes 3.4 Presentación y apertura de ofertas 3.5 Inhabilidades 3.6 Modelos obligatorios de pliegos 3.7 Obligaciones del Oferente 3.8 Preguntas, Respuestas y Aclaraciones 3.9 Modificación de los Pliegos 3.10 Convalidación de errores de forma 3.11 Causas de Rechazo 3.12 Adjudicación y Notificación 3.13 Garantías 3.14 Cancelación del Procedimiento 3.15 Declaratoria de Procedimiento Desierto 3.16 Adjudicatario Fallido 3.17 Proyecto del Contrato 3.18 Precios Unitarios y Reajuste 3.19 Moneda de Cotización y Pago 3.20 Reclamos 3.21 Administración del Contrato 3.22 Control ambiental 3.23 Otras consideraciones SECCIÓN IV CONDICIONES ESPECÍFICAS 4.1 Vigencia de la oferta 4.2 Plazo de Ejecución 4.3 Precio de la Oferta 4.4 Forma de Pago 4.5 Método de evaluación 4.6 Obligaciones del contratista 4.7 Obligaciones de la contratante 4.8 Forma de presentar la oferta 4.8.1 Requisitos mínimos 4.8.1.1 Oferta técnica
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4.8.1.2 Oferta económica 4.9 Cronograma del procedimiento del Concurso Público 4.10 Anexos de las Condiciones Específicas 4.10.1. Especificaciones técnicas 4.10.2. Presupuesto Referencial 4.10.3. Elementos a cargo del contratista SECCIÓN V PROYECTO DE CONTRATO SECCIÓN VI MODELOS DE FORMULARIOS Formulario No.1 MODELO DE CARTA DE PRESENTACIÓN Y COMPROMISO Formulario No.2 DATOS GENERALES DEL OFERENTE Formulario No.3 COMPONENTES DE LOS BIENES Y SERVICIOS OFERTADOS Formulario No.4 MODELO DE CARTA DE CONFIDENCIALIDAD Formulario No.5 TABLA DE CANTIDADES Y PRECIOS Formulario No.6 DETALLE DE LA EXPERIENCIA Formulario No.7 SOPORTE TÉCNICO Formulario No.8 REFERENCIA RESOLUCIÓN INCOP 037‐09 (que sustituye a la Resolución INCOP No. 028‐09) Formulario No. 9 DECLARACIÓN DEL AGREGADO NACIONAL Formulario No. 10 SITUACIÓN FINANCIERA DEL OFERENTE Formulario No. 11 VALORACIÓN DE LA SITUACIÓN FINANCIERA DEL OFERENTE Formulario No. 12 EQUIPO ASIGNADO AL PROYECTO Formulario No. 13 EQUIPO A INST ALARSE EN EL PROYECTO Formulario No. 14 PERSONAL TÉCNICO PROPUESTO PARA EL PROYECTO Formulario No. 15 MODELO DE CURRICULUM VIT AE Formulario No. 16 CRONOGRAMA VALORADO DE TRABAJOS Formulario No. 17 METODOLOGÍA DE CONSTRUCCIÓN Formulario No. 18 COMPONENTES MÍNIMOS DEL PROYECTO Formulario No. 19 DETALLE DE MATERIALES DE OBRA CIVIL
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Ingeniería Suministro, Construcción y entrega funcionando de Sistema de Secador de Puzolana CÓDIGO DEL PROCESO: IG‐REGN‐01‐2011 SECCIÓN I CONVOCATORIA De acuerdo con los Pliegos de Licitación elaborados por Compañía Industrias Guapán SA, aprobados por Ingeniero Diego Jaramillo, Apoderado Especial, mediante Resolución No. IG‐GG‐01‐2011 del 1 de septiembre del 2011, convoca a las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, asociaciones de éstas o consorcios o compromisos de asociación o consorcio, legalmente capaces para contratar, a que presenten sus ofertas para Ingeniería Suministro, Construcción y entrega funcionando de Sistema de Secador de Puzolana. Los oferentes que participen individualmente o en asociación deberán estar inscritos y habilitados como proveedores en el Registro Único de Proveedores ‐RUP‐, conforme lo dispone el artículo 18 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP). El Presupuesto Referencial es de ($3´000.000,00) Tres millones de dólares de Estados Unidos de América, sin incluir el IVA y el plazo estimado para la entrega de los bienes y/o la prestación de los servicios del contrato es de 180 días contado a partir de la recepción del anticipo. Las condiciones generales de esta convocatoria son las siguientes: 1. Los Pliegos están disponibles, sin ningún costo, en el portal
www.industriasguapan.com.ec, de conformidad con lo previsto en el inciso 4 del artículo 31 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública ‐LOSNCP‐, únicamente el oferente que resulte adjudicado, una vez recibida la notificación de la adjudicación, pagará a la entidad el valor de $3.000,00. 1
2. Los interesados podrán formular preguntas en el término mínimo de 3 días, de acuerdo a lo que establezca la entidad contratante. La Comisión Técnica absolverá las preguntas y realizará las aclaraciones necesarias, en un término de 3 días subsiguientes a la conclusión del período establecido para formular preguntas y aclaraciones.
3. La oferta técnica se presentará en la Secretaría de la Comisión Técnica, ubicada en La planta industrial de Industrias Guapán SA, en Km.1 ½ Vía Guapán, Azogues, Cañar, Ecuador hasta las 11:00 horas del día 07 de octubre de 2011, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública; adicionalmente, se incluirá el formulario impreso que contendrá la oferta económica, la que previamente deberá subirse a través del portal www.industriasguapan.com.ec, hasta la fecha en que se cierre el plazo para
1La entidad contratante de considerarlo necesario, podrá establecer en los pliegos, un valor predeterminado a bienes y/o servicios al proveedor adjudicado, que deberá tener estricta relación con los costos de levantamiento de textos, reproducción y edición de los pliegos.
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la presentación de la oferta. La apertura de las ofertas se realizará una hora más tarde de la hora prevista para la recepción de las ofertas técnicas.
4. La oferta deberá presentarse por la totalidad de la contratación. 5. La evaluación de las ofertas se realizará aplicando los parámetros de calificación
previstos en los Pliegos, conforme lo dispone el artículo 54 del Reglamento General de la LOSNCP.
6. Los pagos del contrato se realizarán con cargo a los fondos propios provenientes del Presupuesto de la Compañía Industrias Guapán, relacionada con la partida presupuestaria “Proyectos Secador de Puzolana”. Se otorgará un anticipo del (40%) del valor del contrato. Los pagos se realizarán en planillas mensuales de avance de obra.
7. El procedimiento se ceñirá a las disposiciones de la LOSNCP, su Reglamento General, las resoluciones del INCOP y los presentes Pliegos.
Azogues, 16 de septiembre del 2011 Diego JARAMILLO JARAMILLO
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Ingeniería Suministro, Construcción y entrega funcionando de Sistema de Secador de Puzolana CÓDIGO DEL PROCESO: IG‐REGN‐01‐2011 SECCIÓN II OBJETO DE LA CONTRATACIÓN Este procedimiento precontractual tiene como propósito principal seleccionar la oferta más conveniente para la Ingeniería Suministro, Construcción y entrega funcionando de Sistema de Secador de Puzolana Nombre del proyecto: Ingeniería Suministro, Construcción y entrega funcionando de Sistema de Secador de Puzolana Descripción: Suministro de todos los Estudios, Ingeniería y Diseños para definir el suministro de los Equipos, Infraestructura y Edificaciones, con su correspondiente Montaje, Instalación y Construcción ,ya sea Civil, Eléctrica, Mecánica, Control y Automatización que incluye Desmontaje, Demolición y Eliminación de lo que fuere necesario para lograr, un Sistema de Secador de Puzolana, funcionando a satisfacción de la empresa contratante. Se considerara que el espacio físico donde estarán las celdas eléctricas, deberá ser el nuevo MCC del edificio de la premolienda. en el cuarto eléctrico. Se deberá considerar en el alcance del diseño del secador, que exista o guarde relación con la ingeniería del diseño de planta de premolienda, a fin de que estos dos proyectos trabajen con un mismo fin. Suministro de listado de repuestos con precios firmes para 1 año. Formación de los operadores y suministro de planos as‐built con toda la documentación en idioma español. La empresa Industrias Guapán S.A., pondrá a disposición los siguientes elementos o servicios: ‐ Terreno destinado para área de bodegaje necesaria para el proyecto – ‐ Energía eléctrica para la etapa de instalación y para el funcionamiento posterior,
agua, aire comprimido ‐ Línea telefónica y conexión de Internet ‐ Las vías de acceso para la obra.
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Ingeniería Suministro, Construcción y entrega funcionando de Sistema de Secador de Puzolana CÓDIGO DEL PROCESO: IG‐REGN‐01‐2011 SECCIÓN III CONDICIONES GENERALES 3.1 Ámbito de aplicación: En base a la disposición contenida en el artículo 104 del Reglamento a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y luego de que el Instituto Nacional de Contratación Pública INCOP, mediante Oficio No.INCOP‐DE‐OF‐1176‐2011 de fecha 10 de agosto del 2011, aprobó el Giro Específico de Negocio de Industrias Guapán S.A. , con el fin de que esta última pueda señalar el régimen especial de contrataciones aplicable al referido giro, la máxima Autoridad de Industrias Guapán S.A. emitió la Resolución No.001‐IG‐2011, mediante la cual se determina el proceso de contratación a seguir sobre equipos industriales propios del Giro del Negocio. Para ésta adquisición, se observará lo previsto en el reglamento correspondiente de la Empresa Industrias Guapán S.A. De igual forma, se han utilizado los pliegos de licitación adaptados a las necesidades propias de la empresa y el trámite a darse corresponde al de CONCURSO PÚBLICO establecido en el Reglamento Interno. 3.2 Comisión de Adquisiciones: El trámite del proceso estará a cargo de una comisión técnica formada por un delegado de la unidad requiriente (técnica), un delegado del área financiera y un delegado de la Gerencia de la empresa. Esta comisión analizará las ofertas, incluso en el caso de haberse presentado una sola, considerando los parámetros de calificación establecidos en estos pliegos, y recomendará a la máxima autoridad de la entidad contratante la adjudicación o la declaratoria de procedimiento desierto. 3.3 Participantes: La convocatoria está abierta para las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, asociaciones de éstas o consorcios, que tengan interés en participar en este procedimiento y que se encuentren habilitadas en el Registro Único de Proveedores, RUP. Cuando exista un compromiso de asociación o consorcio, para la participación en cualquier procedimiento de licitación, todos los miembros de la asociación deberán estar habilitados en el RUP al tiempo de presentar la oferta, y se designará un Procurador Común de entre ellos, que actuará a nombre de los comprometidos. En caso de ser adjudicados, los comprometidos deberán constituirse en asociación o
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consorcio e inscribir tal persona jurídica en el RUP, previa la firma del contrato, dentro del término previsto para la firma del mismo; en caso contrario, se declarará a los integrantes del compromiso de asociación o consorcio como adjudicatarios fallidos. El oferente debe incluir en calidad de Socio o Subcontratista, diferentes entidades que reúnan las siguientes condiciones: 1. Compañías Ecuatorianas especializadas en Diseño de Estructuras en área Industrial
con más de 3 proyectos en los últimos 10 años en área Cementera, Minera, Morteros o de Agregados.
2. Laboratorio o entidad habilitada para contratar, que pertenezca a una Universidad Ecuatoriana, que provea servicios especializados en Análisis de Estructuras, Ensayos y Pruebas de Estructuras Metálicas y de Hormigón Armado y Suelos.
3. Compañías Extranjeras Fabricantes de Secadoras, Trituradoras, Zarandas y Elevadores, con oficinas permanentes en Sudamérica. Con 3 equipos de su manufactura actualmente en operación en Sudamérica.
4. Compañías Constructoras Ecuatorianas o Extranjeras, especializadas en Construcción Industrial con más de 3 proyectos llave en mano en la industria de Cementera, Minera , Morteros o de Agregados en los últimos 10 años
3.4 Presentación y apertura de ofertas: La oferta técnica, incluida la impresión de la oferta económica, se presentará en un sobre único en la Secretaría de la Comisión Técnica, en la fecha y hora indicadas en la convocatoria y contendrá los documentos debidamente empastados o encuadernados, foliados y rubricados por el Oferente en tres ejemplares, original y dos copias, organizados como se indica más adelante. Todos los documentos que conforman la oferta técnica y económica del ejemplar marcado original, serán originales o copias certificadas por autoridad competente. En el caso de que se entreguen documentos provenientes del exterior, estos deberán estar legalizados conforme a las leyes ecuatorianas para que puedan surtir efectos en el Ecuador. Para los oferentes nacionales no se exigirá la entrega de documentos que previamente hayan sido entregados para efectos de habilitarse en el Registro Único de Proveedores. Tampoco se exigirá que la documentación presentada por los oferentes sea notariada; únicamente el oferente adjudicatario deberá cumplir con la entrega notariada de documentos. Para los oferentes extranjeros, deberán incluir en la oferta los siguientes documentos: a) Escritura constitutiva de la sociedad que participa, (requisito únicamente para
compañías). En caso de que sea un consorcio el que participe, deberá entregar los documentos de los miembros que conforman el consorcio.
b) En caso de ser un consorcio el participante, una vez adjudicado deberá entregar la
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escritura pública de consorcio debidamente protocolizada en el Ecuador una vez que se le haya declarado como adjudicatario.
c) Certificado de cumplimiento de obligaciones y existencia legal emitido por el ente regulador del domicilio de la compañía. En caso de no tener una autoridad que emita este documento, se deberá entregar una certificación de existencia legal avalada por el Cónsul del Ecuador en el domicilio de la compañía. En el caso de consorcios este documento deberá entregarse por cada uno de los integrantes del consorcio.
d) Nombramiento o poder otorgado por la compañía a favor de la persona que suscribe como representante de los documentos precontractuales, vigente al momento de la presentación de la oferta y hasta su adjudicación. En el caso del consorcio se deberá entregar el poder otorgado por los miembros que componen el consorcio a la persona que suscriba la oferta.
e) Formulario de la Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso y la oferta económica, además Formularios numerados del 1 al 19.
Una hora más tarde de fenecido el plazo para la presentación del sobre único, se procederá a la apertura de las ofertas recibidas. El acto de apertura de ofertas será público. 3.5 Inhabilidades: No podrán participar en el presente procedimiento precontractual, por sí o por interpuesta persona, las personas que incurran en las inhabilidades generales y especiales, de acuerdo a los artículos 62 y 63 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública – LOSNCP‐, y 110 y 111 del Reglamento General de la LOSNCP. De manera obligatoria, los oferentes deberán llenar el formulario establecido en la Resolución INCOP No.037‐09, de 27 de noviembre de 2009 (que sustituye a la Resolución INCOP No. 028‐ 09). 3.6 Modelos obligatorios de pliegos: El oferente, de forma obligatoria, presentará su oferta utilizando el modelo de pliego establecido por Industrias Guapán S.A. constante en los formularios adjuntos. 3.7 Obligaciones del Oferente: Los oferentes deberán revisar cuidadosamente los Pliegos y cumplir con todos los requisitos solicitados en ellos. La omisión o descuido del oferente al revisar los documentos no le relevará de sus obligaciones con relación a su oferta. 3.8 Preguntas, Respuestas y Aclaraciones: Si el interesado, luego del análisis de los Pliegos detecta un error u omisión o inconsistencia, o necesita una aclaración sobre una parte de los documentos, deberá solicitarla a la Comisión Técnica a través del portal. La EMPRESA INDUSTRIAS GUAPÁN S.A. responderá las aclaraciones solicitadas a través del portal www.industriasguapan.com.ec de acuerdo al cronograma establecido en los pliegos.
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3.9 Modificación de los Pliegos: La Comisión Técnica podrá emitir aclaraciones y las modificaciones de los pliegos lo efectuará la Comisión de Adquisiciones, por propia iniciativa o a pedido de los participantes, siempre que éstas no alteren el presupuesto referencial ni el objeto del contrato, modificaciones que deberán ser publicadas en el portal www.industriasguapan.com.ec., hasta el término máximo de responder preguntas o realizar aclaraciones. Asimismo, la Comisión de Adquisiciones, podrá cambiar el cronograma con la motivación respectiva; el cambio será publicado en el portal www.industriasguapan.com.ec y podrá realizarse hasta la fecha límite de la etapa de respuestas y aclaraciones. 3.10 Convalidación de errores de forma: Si se presentaren errores de forma, las ofertas podrán ser convalidadas por el oferente en un término de 2 días, contados a partir de la fecha de notificación, a criterio de la entidad contratante. Así mismo, dentro del período de convalidación, los oferentes podrán integrar a su oferta documentos adicionales que no impliquen modificación del objeto de la misma. La entidad contratante está obligada a analizar en profundidad cada una de las ofertas presentadas en la etapa de calificación, a fin de determinar todos los errores de forma existentes en ellas, respecto de los cuales notificará a través del portal www.industriasguapan.com.ec en el mismo día y hora a cada uno de los oferentes, el requerimiento de convalidación respectivo. Los oferentes notificados podrán convalidar tales errores para efectos de ser calificados. Si la Comisión de Técnica, al analizar las ofertas presentadas, determina la existencia de uno o más errores de forma, se deberá reprogramar el cronograma del proceso, en función del término concedido a los oferentes para efectos de que convaliden los errores de forma notificados, para lo cual solicitará la aprobación a la Comisión de Adquisiciones. 3.11 Causas de Rechazo: Luego de evaluados los documentos del Sobre Único, la Comisión Técnica rechazará una oferta por las siguientes causas: 3.11.1 Si no cumpliera los requisitos exigidos en las condiciones generales, especificaciones técnicas y formularios de estos pliegos. 3.11.2 Si se hubiera entregado la oferta en lugar distinto al fijado o después de la hora establecida para ello. 3.11.3 Cuando las ofertas contengan errores sustanciales, y/o evidentes, que no puedan ser convalidados por no ser errores de forma. Los errores de forma deberán ser obligatoriamente notificados al oferente respectivo, para que pueda convalidarlos.
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3.11.4 Si el contenido de los formularios presentados difiere del solicitado en los pliegos, condicionándolos o modificándolos, de tal forma que se alteren las condiciones previstas para la ejecución del contrato. 3.11.5 Si se presentaren documentos con tachaduras o enmiendas no salvadas cuando no puedan ser convalidadas. Una oferta será descalificada en cualquier momento del proceso, si se comprobare falsedad o adulteración de la información presentada. La adjudicación se circunscribirá a las ofertas calificadas. Ningún oferente podrá intervenir con más de una oferta, no se aceptarán ofertas pasado el día y hora de recepción señalados en los pliegos. 3.12 Adjudicación y Notificación: Con el informe de la Comisión Técnica, la Comisión de Adquisiciones de Industrias Guapán S.A. revisará los criterios de calificación utilizados y de encontrar en el proceso errores de forma o criterios que no concuerden con lo descrito en estos pliegos solicitará un alcance a la Comisión Técnica precisando las aclaraciones que considera pertinentes. Para realizar la adjudicación la Comisión de Adquisiciones presentará el proceso y su resultado al Directorio de la Empresa, quienes de acuerdo a los Estatutos Sociales, autorizará de considerarlo la pertinente la negociación, la adjudicación y suscripción del contrato mediante resolución motivada. La presentación del informe ante el Directorio, se realizará dentro del término máximo de 10 días contados desde la recepción del informe de al Comisión Técnica con sus aclaraciones de ser el caso y notificará el resultado al adjudicatario y al resto de los oferentes mediante el portal www.industriasguapan.com.ec. La adjudicación será total, de acuerdo al interés institucional y con base en los méritos del proceso, a un solo oferente. 3.13 Garantías: En este contrato se deberán presentar las garantías previstas en los artículos 73, 74, 75 y 76 de la LOSNCP. 3.13.1 La garantía de fiel cumplimiento del contrato, que se rendirá por un valor igual a 5% del monto total del contrato. 3.13.2 La garantía del anticipo que respalde el 100% del valor recibido por este concepto. 3.13.3 Las garantías técnicas, en el caso de que se contemple la provisión o instalación de equipos a los bienes y/o servicios (ver 4.10.2 de los pliegos). Las garantías serán entregadas en cualquiera de las formas establecidas en el Artículo 73 de la LOSNCP.
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La garantía técnica cumplirá las condiciones establecidas en el artículo 76 de la LOSNCP, caso contrario se la remplazará por una de las garantías señaladas en el artículo 73 de la LOSNCP, por el valor total de los bienes. Las garantías se devolverán conforme lo previsto en el Artículo 77 de la LOSNCP. 3.14 Cancelación del Procedimiento: En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada. 3.15 Declaratoria de Procedimiento Desierto: El Directorio de la Empresa, antes de resolver la adjudicación, podrá declarar desierto el procedimiento de manera total o parcial, en los casos previstos en los numerales 1, 2 y 4 el artículo 33 de la LOSNCP. Dicha declaratoria se realizará mediante resolución motivada del Directorio. Una vez declarado desierto el procedimiento, el Directorio podrá disponer su archivo o su reapertura. 3.16 Adjudicatario Fallido: En caso de que el adjudicatario no celebrare el contrato dentro del término de 30 días, por causas que le sean imputables, la máxima autoridad de la Entidad Contratante le declarará adjudicatario fallido y una vez que notifique de esta condición al Instituto Nacional de Contratación Pública –INCOP‐. De ser el caso, la entidad contratante llamará al oferente que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, el cual deberá cumplir con los requisitos establecidos para el oferente adjudicatario, incluyendo la obligación de mantener su oferta hasta la suscripción del contrato. Si el oferente llamado como segunda opción no suscribe el contrato, la entidad declarará desierto el proceso, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable al segundo adjudicatario fallido. 3.17 Proyecto del Contrato: Notificada la adjudicación, dentro de un término de 30 días contado a partir de la misma, la entidad contratante formalizará el proyecto de contrato que es parte integrante de estos pliegos. 3.18 Precios Unitarios y Reajuste: Al tratarse de un proyecto que se entrega funcionando, no aplica ajuste de precios pero se pueden incrementar la cantidad de los rubros contratados por pedido expreso de la contratante y/o aceptación motivada de la contratante, sin que esto se califique como reajuste sino como ampliación. 3.19 Moneda de Cotización y Pago: Las ofertas deberán presentarse en dólares de los Estados Unidos de América. Los pagos se realizarán en la misma moneda. 3.20 Reclamos: Para el evento de que los oferentes o adjudicatarios presenten
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reclamos relacionados con su oferta respecto del trámite precontractual o de la adjudicación, lo harán mediante documento escrito dirigido a la máxima Autoridad de Industrias Guapán S.A., y recibirá respuesta a su reclamo de la misma forma. 3.21 Administración del Contrato: La entidad contratante designará de manera expresa un Administrador del contrato, quien velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato. Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar. 3.21.1 Obligaciones del Administrador del Contrato a) El Administrador del Contrato será designado por LA CONTRATANTE, dentro de los
quince (15) días de suscrito el contrato. b) Deberá suscribir las Actas de Entrega Recepción Provisional y de recepción
Definitiva. c) Deberá aprobar los informes técnicos de fiscalización para la suscripción de las
Actas de Entrega Recepción Provisional y la Definitiva.‐ d) El Administrador del Contrato velará por el cabal y oportuno cumplimiento de
todas y cada una de las obligaciones derivadas del presente contrato. e) Autorizar y coordinar, previa solicitud de LA CONTRATISTA, la interrupción de
operación de la unidad de proceso en caso que sea necesario para la ejecución del presente contrato.
f) Coordinar todas las actividades con la Fiscalización del Contrato y LA CONTRATISTA.
g) Aprobar por escrito la subcontratación con terceros. h) Todas las autorizaciones, aprobaciones e informes que le correspondan, deberá
contestar en máximo cuarenta y ocho (48) horas contados a partir de la solicitud escrita de LA CONTRATISTA, salvo en los casos en que la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento establezcan otros plazos, en cuyo caso se respetará estos últimos.
i) Emitir informe respecto a la procedencia de la terminación de mutuo acuerdo del contrato, si, a su criterio, se cumplen las condiciones del artículo noventa y tres (93) de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
j) Velar porque la Fiscalización actúe acorde con lo establecido en el contrato y sus anexos.
k) Comunicar al representante legal de LA CONTRATANTE, con base en el informe de la fiscalización, sobre la pertinencia de suscribir órdenes de trabajo.
l) Integrar la Comisión de Recepción de la obra designada por la máxima autoridad, para recibir los bienes y servicios, objeto de este contrato, o realizar y comunicar las observaciones que tuviese respecto del cumplimiento de las cláusulas contractuales.
3.22. OBLIGACIONES DEL FISCALIZADOR y/o SUPERVISOR DEL CONTRATO 3.22.1. El Fiscalizador y/o supervisor de este contrato será designado por la máxima autoridad de entidad CONTRATANTE y tendrá las siguientes funciones:
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a) Vigilar y responsabilizarse por el fiel y estricto cumplimiento de las cláusulas del
contrato, a fin de que éste se ejecute de acuerdo con sus diseños definitivos, especificaciones técnicas y cronograma de trabajo, aprobar los programas y cronogramas actualizados, presentados por el Contratista y evaluar mensualmente el grado de cumplimiento de los programas de trabajo.
b) Sugerir durante la ejecución del contrato la adopción de las medidas correctivas o soluciones técnicas que se emiten necesarias en los trabajos de mantenimiento, inclusive aquellas referidas a nuevos métodos de mantenimiento.
c) Calificar el estado y determinar las condiciones y elementos que componen el proyecto y certificar que cumple con los estándares y niveles de servicio preestablecidos.
d) Examinar los materiales a emplear y controlar su buena calidad y la de los rubros de trabajo a través de mediciones de avances, ensayos de laboratorio, pruebas en sitio o certificados de calidad.
e) Resolver las dudas sobre cualquier asunto técnico relativo a la ejecución de la obra.
f) Presentar mensualmente al administrador del contrato los informes de Fiscalización que contendrán la información determinada en el contrato.
g) Calificar al personal asignado a la obra y disponer justificadamente el reemplazo de aquel que no satisfaga los requerimientos necesarios.
h) Comprobar sectores vulnerables y donde se reporte accidentes, zonas críticas; y, eventos de orden técnico o provenientes de caso fortuito o fuerza mayor que atenten contra la continuidad de los trabajos.
i) Comprobar, conforme el cronograma de utilización, la disposición de los equipos comprometidos y requeridos contractualmente para la ejecución de la obra y que se encuentren en buenas condiciones de operación.
j) Medir las cantidades de obra ejecutadas, verificar y certificar la exactitud del trabajo.
k) Disponer al contratista que a su costo corrija los defectos que se observaren en la ejecución de la obra, incluyendo la demolición total y el reemplazo de los trabajos mal ejecutados o defectuosos y le concederá un plazo prudencial para su realización; a la expiración de este plazo o antes, si el contratista lo solicitara, efectuará un nuevo reconocimiento; si de éste resultare que el contratista no ha cumplido con las órdenes emanadas, dispondrá que por cuenta del contratista se ejecuten los trabajos necesarios para corregir los defectos existentes, sin que se exima al contratista de las responsabilidades o multas a que hubiere lugar.
l) Consignará por oficio regular, las observaciones que tengan especial importancia, instrucciones o comentarios que en su criterio deben ser considerados por el Contratista para el mejor desarrollo de la obra.
m) Participar como observador en la recepción definitiva informando sobre la calidad y cantidad de los trabajos ejecutados, la legalidad y exactitud de los pagos realizados.
n) Exigir al Contratista el cumplimiento de las leyes laborales y del reglamento de seguridad industrial.
ñ) Suscribir los informes técnicos de fiscalización, habilitante previo a las firmas de las Actas de Entrega Recepción Provisionales y de la Acta de Entrega Recepción
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Definitiva, si las obras, provisión de equipo y prestación de servicios de LA CONTRATANTE reúnen las condiciones estipuladas en este contrato y en la oferta de la contratista;
o) Aprobar y suscribir los protocolos de prueba y los certificados de prueba; p) Emitir informe sobre la pertinencia de suscribir órdenes de trabajo, para la
realización de rubros nuevos y/o cantidades extras de los existentes; 3.22.2.‐ Suspensión de los trabajos: La fiscalización solicitará al Administrador del contrato, disponga la suspensión de una parte o de la totalidad de los trabajos, en cualquier momento y por el período que considere necesario, en los siguientes casos: a) Si las medidas de seguridad adoptadas por el Contratista son insuficientes o
inadecuadas para proteger la vida del personal o la integridad de las instalaciones o partes ya construidas;
b) Por negligencia en la conducción de los trabajos y/o empleo de sistemas inadecuados;
c) Cuando el Contratista no acate las órdenes impartidas por la fiscalización, por no emplear personal idóneo y equipo, en la cantidad y calidad requeridos; por no utilizar métodos y normas atinentes a la obra; por negarse a despedir a personal no calificado.
d) En caso de reiterado y comprobado incumplimiento, Industrias Guapán S.A., podrá dar por terminado unilateralmente el contrato.
Las suspensiones ordenadas por las causas antes anotadas no darán lugar a pagos adicionales o indemnizaciones al Contratista. Se reanudarán los trabajos una vez que hayan superado las observaciones realizados por el Fiscalizador mediante informe emitido y aprobado por el Administrador del Contrato. 3.23 Otras consideraciones 3.23.1 Limpieza del Sitio: El Contratista deberá mantener el área de trabajo, instalaciones o servicios libres de toda acumulación de desperdicios o basura. Al terminarse las obras objeto del contrato y como condición necesaria para la recepción provisional de los trabajos, el Contratista deberá retirar del área del proyecto los equipos de construcción, materiales no utilizados, basura o desperdicios y todos los objetos de su propiedad que hayan sido utilizados por él o sus subcontratistas durante la ejecución de los trabajos. Durante el período comprendido entre la entrega recepción provisional y la definitiva, el Contratista deberá mantener en el área de trabajo las instalaciones y los equipos necesarios para realizar las adecuaciones y/o reparaciones y el mantenimiento de los trabajos contratados. 3.23.2 Equipos: En todo momento el Contratista deberá emplear equipo, maquinaria,
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personal y métodos de construcción especificados para la correcta y expedita ejecución de las obras. El Contratista mantendrá en el sitio de las obras por lo menos el equipo por él ofertado, de conformidad con el cronograma de uso de equipos vigente. El Contratista no podrá efectuar cambios del equipo mencionado, sin autorización previa y por escrito del fiscalizador. Tampoco podrá retirar equipos de la obra sin consentimiento previo, siendo ésta una causa de las sanciones establecidas en el contrato. El fiscalizador no podrá negar al Contratista el retiro de la maquinaria o equipo no requerido por haber cumplido las tareas previstas en el cronograma. 3.23.3 Personal del Contratista: El Contratista empleará personal técnico y operacional en número suficiente para la ejecución oportuna de las obras. Tendrá la facultad de establecer jornadas extraordinarias, trabajos nocturnos o en días festivos a su conveniencia, informando anticipadamente a la fiscalización. No se reconocerá incremento de precios por estas causas. Todo el personal a emplearse y especialmente el Superintendente o Residente de la Obra deberán tener la suficiente experiencia en la ejecución de trabajos semejantes a los que efectuarán en este proyecto. El personal técnico deberá ser el mismo que consta en el Listado de Personal que se presentó en la oferta o de capacidades similares, quien obligatoriamente acreditará una capacidad técnica y experiencia igual o superior a las del reemplazado. El Fiscalizador podrá requerir al Contratista, el despido de cualquier empleado que con la debida justificación, se lo considere incompetente o negligente en su oficio, o cuando el empleado se negare a cumplir las estipulaciones del contrato y sus anexos, o presente una conducta lesiva, inmoral, o incompatible con sus obligaciones. El personal utilizado por el Contratista para la ejecución de la obra deberá guardar lo establecido en el Art. 318 del Código del Trabajo, predominando la mano de obra nacional. 3.23.4 Materiales: Todos los materiales, instalaciones, suministros y demás elementos que se utilicen en la ejecución del contrato, cumplirán íntegramente las especificaciones técnicas de la oferta, y a su falta, en las instrucciones que imparta la fiscalización. Los materiales a incorporarse definitivamente en la obra, suministrados por el Contratista serán nuevos, sin uso y de la mejor calidad. Serán transportados por él, a su costo y bajo su responsabilidad hasta el sitio de trabajo, y almacenados adecuadamente hasta su empleo. La fiscalización podrá exigir, cuando así lo considere necesario, para aquellos materiales que requieran de un tratamiento o manejo especial, que se coloquen sobre plataformas o superficies firmes o bajo cubierta, o que se almacenen en sitios o bodegas cubiertas, sin que ello implique un aumento en los precios y/o en los plazos contractuales. Los materiales almacenados, aún cuando se hayan aprobado antes de su uso, serán
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revisados al momento de su utilización, para verificar su conformidad con las especificaciones. 3.23.5 Vigilancia y Custodia: El Contratista tiene la obligación de cuidar las obras, equipos y maquinaria a él encomendadas hasta la recepción provisional de las mismas, para lo cual deberá proporcionar el personal y las instalaciones adecuadas. La vigilancia y custodia durante el período comprendido entre la entrega recepción provisional y la definitiva corre a cuenta de la Contratante. 3.23.6 Trabajos Defectuosos o no Autorizados: Cuando la fiscalización determine que los trabajos realizados o en ejecución fueran defectuosos, ya sea por descuido o negligencia del Contratista, por el empleo de materiales de mala calidad o no aprobados, por no ceñirse a los planos o especificaciones correspondientes o a las instrucciones impartidas por la fiscalización, ésta ordenará las correcciones y/o modificaciones a que haya lugar. Podrá ordenar la demolición y reemplazo de tales obras, todo a cuenta y costo del Contratista. Es trabajo no autorizado, el realizado por el Contratista antes de recibir los planos para dichos trabajos, o el que se ejecuta contrariando las órdenes de la fiscalización; por tal razón, correrán por cuenta del Contratista las rectificaciones o reposiciones a que haya lugar, los costos y el tiempo que ello conlleve. El Contratista tendrá derecho a recibir pagos por los trabajos ejecutados de conformidad con los planos y especificaciones, que sean aceptados por la fiscalización. No tendrá derecho a pagos por materiales, equipos, mano de obra y demás gastos que correspondan a la ejecución de los trabajos defectuosos o no autorizados. Tampoco tendrá derecho al pago por la remoción de los elementos sobrantes. Todos los trabajos que el Contratista deba realizar por concepto de reparación de defectos, hasta la recepción definitiva de las obras, serán efectuados por su cuenta y costo, si la fiscalización comprueba que los defectos se deben al uso de materiales de mala calidad, no observancia de las especificaciones, o negligencia del Contratista en el cumplimiento de cualquier obligación expresa o implícita en el contrato. 3.23.7 Discrepancias en planillas presentadas: Si existiera discrepancias entre las planillas presentadas por el Contratista y las cantidades de obra calculadas por la fiscalización, ésta notificará al Contratista las discrepancias encontradas. Si no se presentaren objeciones dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de la notificación, se entenderá que el Contratista ha aceptado la liquidación hecha por la fiscalización y se dará paso al pago. El formulario de la planilla deberá dejar suficiente espacio al final, para que el fiscalizador anote las divergencias encontradas, el monto corregido de la planilla y sus correspondientes descuentos. 3.23.8 Pagos: El trámite de pago seguirá lo estipulado en las cláusulas respectivas del Contrato y a la ley de Contratación Pública.
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En caso de retención indebida de los pagos al Contratista se reconocerán los intereses que se acumularen hasta la fecha de pago. Junto con la solicitud de que se proceda a la suscripción del acta de entrega recepción provisional de las obras, el Contratista presentará una planilla del estado de cuenta final. A la solicitud de suscripción del acta de entrega recepción definitiva, acompañará la documentación no presentada con anterioridad, que pruebe haber cancelado las obligaciones patronales adquiridas para el trabajo y cualquier otra obligación que hubiera sido legalmente notificada a la entidad. El pago total del costo de la obra se lo hará una vez realizada el acta de entrega recepción definitiva.
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Ingeniería Suministro, Construcción y entrega funcionando de Sistema de Secador de Puzolana CÓDIGO DEL PROCESO: IG‐REGN‐01‐2011 SECCIÓN IV CONDICIONES ESPECÍFICAS 4.1 Vigencia de la oferta: Las ofertas se entenderán vigentes hasta 60 días calendario, la oferta se entregará en idioma castellano. 4.2 Plazo de Ejecución: El plazo de entrega del objeto contractual es de 220 días, contados a partir de lo estipulado en el contrato. 4.3 Precio de la Oferta: La Entidad Contratante requiere la Ingeniería Suministro, Construcción y entrega funcionando de Sistema de Secador de Puzolana que cumpla con todas las especificaciones y características establecidas en los pliegos, a fin de que la entrega se realice a plena satisfacción de la Entidad Contratante. Al ser modalidad “llave en mano”, la oferta debe incluir todos los costos: de instalación y montaje respectivos, materiales necesarios, pruebas y puesta en marcha, capacitación, transporte hasta el sitio de entrega, seguros requeridos; toda la información (manuales, planos, etc.) deberán entregarse en idioma español. El precio de la oferta deberá cubrir todas las actividades y costos necesarios para que el oferente preste los servicios objeto de la contratación en cumplimiento de las especificaciones correspondientes técnicas y a plena satisfacción de la entidad contratante. Los precios presentados por el oferente son de su exclusiva responsabilidad; cualquier omisión se interpretará como voluntaria y tendiente a conseguir precios que le permitan presentar una oferta más ventajosa. 4.4 Forma de Pago: Los pagos se realizarán de la manera prevista en la convocatoria y en el Proyecto de Contrato, de la siguiente manera: 40% del monto contractual, en calidad de anticipo a la firma del contrato y presentación de garantías. 55% del monto contractual, se cancelará mediante la presentación de planillas del avance de obra aprobadas por el Fiscalizador y el Administrador del Contrato, para el caso del pago de la maquinaria se pagará una vez realizada la respectiva verificación en el lugar de fabricación. El 5% restante, una vez que se haya realizado la firma del acta entrega recepción definitiva de la obra.
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4.5 Método de evaluación: Se revisará que las ofertas presentadas cumplan con los requisitos mínimos, evaluando tanto la propuesta técnica como la económica en función de los parámetros de calificación previstos en los pliegos, los que deberán ser objetivos. De manera general, la evaluación de las ofertas se encaminará a proporcionar una información imparcial sobre si una oferta debe ser rechazada y cual de ellas cumple con el concepto de mejor costo en los términos establecidos en el numeral 18 del artículo 6 de la LOSNCP. Se revisará que las ofertas presentadas cumplan con los requisitos mínimos, evaluando la propuesta integral en función de los parámetros de calificación previstos en los pliegos, los que deberán ser objetivos. Considerando el alcance del suministro, se presenta el siguiente cuadro de valoración:
Item Variables consideradas VALORACION OFERTAS
Oferta # (PUNTOS) Oferente
1 Oferente
2 Oferente
3 1 Características técnicas 40 2 Participación Nacional 10 3 Equipo para el proyecto 15 4 Experiencia de trabajos iguales 15 5 Cronograma y metodología 10 6 Valor inversión 10
Total Puntuación 100 Para poder ser declarado elegible para adjudicación, los oferentes deben obtener un
puntaje mayor o igual a 60 sobre 100.
* Se entiende como un bien nacional, cuando el valor FOB de las mercancías importadas incorporadas en él sea superior al 60% al precio final (ofertado) del bien en cuestión. Un servicio se entiende como nacional cuando el oferente es una persona natural o jurídica domiciliada en el territorio nacional y más del 60% de su oferta representa el costo de la mano de obra, materias primas e insumos nacionales. El criterio de valoración será: 1. Características técnicas (40 puntos) a. Cimentaciones, Obra civil y estructuras de soporte (5 puntos).‐ Se calificará este
rubro de la siguiente manera: i. Arreglo general arquitectónico de los edificios donde irán instalados los
equipos (1,25 puntos). ii. Planos de ingeniería básica de las cimentaciones en base a la implantación
propuesta (1,25 puntos). iii. Cálculo de volúmenes de hormigón y especificación de la resistencia del
mismo (1,25 puntos). iv. Cálculo de precios unitarios del hormigón y del hierro (1,25 puntos).
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b. Cumplimiento de características técnicas de los equipos (35 puntos).‐ Se calificará con un punto a las características técnicas especificadas, de acuerdo a las tablas y valoraciones correspondientes.
2. Participación Nacional (10 puntos): Se considera como participación Nacional
cuando la nacionalidad de los miembros del oferente en ecuatoriana. Este item será calificado como un valor agregado por lo tanto, a aquel oferente que tenga la mayor participación nacional se le asignará la totalidad del puntaje (10 puntos). A los demás oferentes se les asignará proporcionalmente teniendo como base la mayor participación nacional y para el cálculo se lo determinará por regla de tres simple.
3. Equipo Técnico (15 puntos): Se otorgará la puntuación de acuerdo al siguiente
detalle:
a. Superintendente de proyecto (10 puntos): Se calificará a los superintendentes propuestos que acrediten su participación como superintendentes, contratistas de obra o fiscalizadores de proyectos iguales o similares por más de 5 años en los últimos 10 años. Se calificará cada año de experiencia con dos puntos (máximo 10 puntos).
b. Residente de obra (2 puntos): Se calificará a los residentes de obra que acrediten su participación como residentes de obra en proyectos iguales o similares características por más de 3 años en los últimos 6 años.
c. Técnico especialista civil (1 punto): Se asignará puntuación a los técnicos especialistas mecánicos propuestos que acrediten su participación en trabajos iguales por más de 5 años en los últimos 10 años.
d. Técnicos especialistas eléctrico y electrónico (2 puntos): Se asignará puntuación a los técnicos especialistas eléctrico y electrónico propuestos que acrediten su participación en trabajos iguales por más de 5 años en los últimos 10 años. Se calificará con un punto a cada uno.
4. Experiencia de trabajos iguales (15 puntos): Para valorar la experiencia de los
oferentes, se atenderá a las siguientes reglas: • Se entenderá por bien o servicio similar el que tenga características y
exigencias equivalentes a la convocatoria. • Se valorará la experiencia en relación al tiempo y al valor de los contratos
ejecutados.
Además se considerará para la calificación de la experiencia lo siguiente: • Compañías nacionales o extranjeras especializadas en diseño de estructuras en
área industrial con más de tres proyectos similares, ejecutados y en operación, en los últimos 10 años que incluyan:
• Almacenamiento y transporte de materias primas (áridos). (4 puntos) • Compañías nacionales o extranjeras especializadas en diseño y construcción de
estructuras (metálicas y/o hormigón) con más de 5 proyectos similares en los últimos 5 años (4 puntos).
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• Laboratorio o entidad con 3 años de experiencia que provea servicios especializados en análisis de estructuras, ensayos y pruebas de estructuras metálicas y de hormigón armado y suelos (3 puntos).
• Compañías constructoras nacionales o extranjeras, especializadas en construcción industrial con proyectos que incluyan (4 puntos):
• Tres proyectos de instalación mecánica, eléctrica y civil de un sistema completo de áridos o manejo de agregados para fabricación de cemento, mortero seco o similar en los últimos 10 años.
5. Cronograma detallado (10 puntos). Se calificará con la totalidad del puntaje (10 puntos) a la oferta u ofertas que indiquen con suficiente detalle la metodología y procedimientos a seguirse para los diferentes trabajos de ejecución de las obras y que propongan el menor tiempo. Se considerará la correcta secuencia de actividades. Se evaluará el cronograma valorado de trabajos. Sobre la base de la mejor oferta se calificará proporcionalmente a las otras ofertas teniendo como elemento de relación el tiempo propuesto a través de regla de tres. El oferente no reproducirá las especificaciones técnicas de la obra para describir la metodología que propone usar.
6. Valor de la inversión (10 puntos).‐ El oferente que proponga el menor valor de la inversión tendrá la puntuación mayor (10 puntos). El cálculo de las puntuaciones de los demás oferentes será a través de la aplicación de una regla de tres inversa.
Esta puntuación será de acuerdo a los informes técnicos, considerando
capacidades, dimensiones, seguridad y condiciones de funcionamiento de los sistemas; en lo referente al consumo de energía las mejores puntuaciones serán las que tengan en menor valor, la asistencia técnica será considerada durante el montaje, comisionamiento durante la puesta en funcionamiento y en operación posterior; el tiempo de entrega será considerado desde la firma del contrato hasta la puesta en funcionamiento.
Plazo: El plazo para la ejecución de este proyecto es de 220 días, contadas a partir de la firma del contrato y la entrega del anticipo por parte de Industrias Guapán.
Condiciones Comerciales
Las ofertas deben ser presentadas en idioma español, los valores en dólares USD y en las unidades del sistema Internacional, dentro de un plazo de 15 días calendarios.
La forma de pago: ‐40% Anticipo; Contra garantía de buen uso del anticipo. ‐55% Devengados contra entrega de los equipos. ‐5% A la puesta en marcha (Recepción Provisional)
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‐Contrato sujeto a la entrega de una garantía de fiel cumplimiento por el valor del 5% del valor total, cancelada en un plazo de 6 meses después de la recepción provisional.
Deben constar las garantías de rendimiento, consumo y de desgastes de los equipos, el cronograma de entrega de equipos y tiempo estimado para el montaje.
4.6 Obligaciones del Contratista: 4.6.1 El Contratista debe proteger y liberar de responsabilidad a Industrias Guapán S.A., y a sus representantes de cualquier reclamo o juicio que surgiera como consecuencia de la contravención o falta de cumplimiento de leyes u ordenanzas por parte del CONTRATISTA o su personal. En caso de encontrar en los pliegos una discrepancia o contradicción con relación a cualquier ley, decreto, ordenanza o reglamento, el Contratista informará de inmediato al Fiscalizador, quien ordenará resolver el problema. El precio acordado en el contrato por toda la obra, constituirá la única compensación al Contratista por todos sus costos, inclusive cualquier impuesto, derecho, tasa o contribución que él tuviera que pagar. Por tratarse de una obra dentro de las instalaciones de la empresa Industrias Guapán S.A., LA CONTRATANTE debe obtener los permisos y autorizaciones que se necesiten para la ejecución correcta y legal de la obra, en los términos establecidos en el Contrato. El CONTRATISTA por su parte deberá dar todos los avisos y advertencias requeridos por el contrato o las leyes vigentes, para la debida protección del público, personal de la Fiscalización y del Contratista mismo, especialmente si los trabajos afectan la vía pública o las instalaciones de servicios públicos. 4.6.2‐Sueldos, Salarios y Prestaciones Sociales: Los sueldos y salarios de las personas designadas al proyecto se estipularán libremente, pero no serán inferiores a los mínimos legales vigentes en el país. El Contratista no tendrá derecho a ninguna compensación adicional, en razón del mayor valor que pague a sus trabajadores, en relación a los salarios propuestos en su oferta. El Contratista deberá pagar los sueldos, salarios y remuneraciones a su personal puntualmente y sin otros descuentos que aquellos autorizados por la ley y en total conformidad con las leyes vigentes. Los contratos de trabajo para el personal ecuatoriano deberán ceñirse estrictamente a las leyes laborales del Ecuador y serán registrados ante la Inspectoría del Trabajo de la jurisdicción correspondiente.
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Las mismas disposiciones aplicarán los subcontratistas a su personal. Serán también de cuenta del Contratista y a su costo, todas las obligaciones a las que está sujeto según las leyes, normas y reglamentos del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social y el Código del Trabajo. 4.6.3 Servicios e Instalaciones: Por tratarse de una obra dentro de las instalaciones de la empresa Industrias Guapán S.A., es responsabilidad del La Contratante establecer las instalaciones provisionales que se requieran, tales como campamentos, oficinas, bodegas, talleres, baterías de servicios higiénicos y baños, accesos interiores, servicios de energía eléctrica, agua potable, telecomunicaciones, etc. Todos los costos que demanden estas instalaciones, incluyendo el costo de servicios públicos, son de responsabilidad de la Contratante. Las instalaciones provisionales serán desmontables para que La Contratante las retire, de convenir a sus intereses, a la terminación de los trabajos. 4.6.4 Prevención de Accidentes: Corresponde al Contratista establecer las normas de seguridad para cada una de las actividades por desarrollar, e imponer su cumplimiento para eliminar riesgos innecesarios y para proporcionar la máxima seguridad a todo el personal a su cargo. El Contratista organizará un programa de prevención de accidentes, el valor a que dé lugar este programa y su implementación, incluyendo señales, carteles, avisos, publicaciones, vigilantes y demás equipos de seguridad requeridos, serán a su costo. La fiscalización vigilará que las medidas de prevención y el control de riesgos, correspondan a las necesidades de los trabajos. El Contratista deberá cumplir con las normas de seguridad establecidas por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social y por el Código de Trabajo, incluyendo la provisión y operación de las estaciones de primeros auxilios que se estimen necesarias. Las medidas de seguridad que tome el Contratista, o las instrucciones que éste reciba de la fiscalización, no le relevarán de su responsabilidad por accidentes en la obra o por daños a terceros como resultado de sus operaciones. El contratista debe asegurar una correcta y legal ejecución del contrato en los términos establecidos. Deberá cumplir con la legislación ecuatoriana en la materia relacionada determinada en el contrato. 4.7 Obligaciones de la Contratante: 4.7.1 Dar solución a las peticiones y problemas que se presenten en la ejecución del Contrato, en un plazo 10 días calendario contados a partir de la petición escrita
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formulada por el contratista. 4.7.2 Designar al Administrador y fiscalizador del contrato. 4.7.3 La CONTRATANTE se obliga a entregar oportunamente (terreno incluyendo el mejoramiento de suelo, material, equipos, etc.) previstos en el contrato, en tales condiciones que el Contratista pueda iniciar inmediatamente el desarrollo normal de sus trabajos. Los costos de expropiaciones, indemnizaciones, derechos de paso y otros conceptos similares son de cuenta de Industrias Guapán S.A. 4.7.4 La CONTRATANTE entregará además oportunamente los permisos y autorizaciones necesarias para la ejecución del contrato. 4.7.5 La CONTRAT ANTE, pondrá a disposición los siguientes elementos o servicios: ‐ Terreno para que puedan destinar a bodegaje necesario para el proyecto ‐ Energía eléctrica, agua, aire comprimido línea telefónica y conexión de Internet
cuyos gastos serán sufragados por el Contratista ‐ Las vías de acceso para la obra 4.8 Forma de presentar la oferta: El oferente incluirá en su oferta la información que se determina en los formularios que constan en la sección 6. Pueden utilizarse formatos elaborados en ordenador a condición que la información sea la que se solicita. 4.8.1 Requisitos mínimos: 4.8.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1); y, tanto el formulario de detalle de componentes de los bienes y servicios ofertados como la Tabla de cantidades y precios (formularios Nos. 3 y 5). El oferente, para ser considerado, deberá: ‐ Ofertar todos y cada uno de los bienes y servicios ofertados. ‐ Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA. ‐ Completar los Datos del oferente. ‐ Acreditar la experiencia en la provisión de bienes o servicios similares al del objeto
de la contratación. ‐ Entregar información de accionistas de personas jurídicas. ‐ Cumplir con todos los requisitos solicitados en estos pliegos. ‐ Entregar los demás formularios numerado del 1 al 19 4.8.1.2 Oferta económica: Se entenderá por oferta económica al formulario que consta los pliegos referentes a este proceso, presentado en el sobre único. 4.9 Cronograma del procedimiento del Concurso Público: El que constará en el portal
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www.industriasguapan.com.ec es el siguiente: Fecha de Publicación: 16/09/2011; 17h Fecha Límite de Preguntas: 21/09/2011; 17 h Fecha Límite de Respuestas y Aclaraciones: 22/09/2011; 15h Fecha Límite de Entrega de Ofertas técnica y económica: 07/10/2011; 11h Fecha de Apertura de Ofertas: 07/10/2011; 12h Fecha estimada de Adjudicación: 14/10/2011 Las consultas se realizarán al e – mail npozo@industriasguapan.com.ec Si la Comisión Técnica, al analizar las ofertas presentadas, determina la existencia de uno o más errores de forma, se deberá reprogramar el cronograma del proceso, en función del término concedido a los oferentes para efectos de que convaliden los errores de forma notificados. La carátula de la oferta técnica será la siguiente: La carátula de la oferta técnica será la siguiente: ……………………………………………………………………………………. ……………………………………………………………………………………. CÓDIGO DEL PROCESO: IG‐REGN‐01‐2011
CONCURSO PÚPLICO
SOBRE UNICO Señor: Secretario de la Comisión Técnica de Industrias Guapán S.A. Presente PRESENTADA POR: ____________________________________ ……………………………………………………………………………………. ……………………………………………………………………………………. No se tomarán en cuenta las ofertas entregadas en otro lugar o después del día y hora fijados para su entrega‐recepción. El Secretario de la Comisión Técnica recibirá y conferirá comprobantes de recepción por cada oferta entregada y anotará, tanto en los recibos como en el sobre de la oferta, la fecha y hora de recepción.
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4.10 Anexos de las Condiciones Específicas: 4.10.1 Especificaciones técnicas: A continuación se detallan los requisitos mínimos que debe contemplar la oferta. 4.10.1.1 Alcance del Suministro
El suministro por parte del proveedor es completo llave en mano lo cual incluye la ingeniería de detalle para la instalación de los equipos, el suministro de los equipos, implementación de sistemas de seguridad adecuados, tanto para los equipos como para el personal, la obra civil requerida, preparación del terreno para el proyecto, el montaje de los equipos, la supervisión técnica durante el montaje, el comisionamiento para la puesta en marcha de los equipos, pruebas en vacío y con carga y la capacitación para la operación y el mantenimiento de la nueva instalación al personal técnico de La Empresa asignado para el efecto.
4.10.1.2 Condiciones y Ubicación. El proyecto se desarrollará dentro de las instalaciones de Compañía Industrias Guapán, ciudad de Azogues, provincia del Cañar, Ecuador, en el área especificada en el plano de implantación adjunto a estos pliegos y con las siguientes condiciones y características:
Datos Generales Valor Unidad Altura 2.600 msnm Temperatura ambiente Promedio 16 °C Temperatura ambiente Máxima 25 °C Temperatura ambiente mínima 4 °C Humedad ambiente Relativa 60 % Humedad ambiente Relativa Máxima 80 % Velocidad de los vientos 30 Km/h Área disponible para la implementación 500 m2 Disponibilidad de agua industrial Existente Disponibilidad de aire comprimido 6 Bar Combustible fuel oil #6 (Crudo reducido) 9750 Kcal/Kg Voltaje a media Tensión 4,16 KV Voltaje bajo voltaje 460 V Frecuencia de la Tensión eléctrica 60 Hz Voltaje de Control 110 Vac Voltaje de Control DC 24 Vdc Señales analógicas 4 ‐ 20 mA Emisiones máximas del filtro 25 mgr/m3 Emisiones de ruido máximas (a 5 m) 60 dB
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Area donde se dearrollará en proyecto
La planta industrial se encuentra ubicada en el Km. 1 ½ Vía Guapán Azogues, Cañar, Ecuador www.industriasguapan.com.ec El material a ser tratado en el sistema es una ceniza volcánica, que se encuentra en grandes depósitos en la región central del País, con altos contenidos de sílice, aluminio y hierro, que recibieron una alta carga térmica; al encontrarse a la intemperie la humedad es alta y variable en función de la pluviosidad del momento de explotación ya que tiene la característica de altamente higroscópica, la granulometría es propia de un material fino cuya curva típica es:
PUZOLANA HUMEDA
PUZOLANA SECA
35 t/h 20
ELEVA
DO
R SECADOR
DE30 t/h
FILTRO DE MANGAS
AL MOLINO
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4.10.1.3 Suministro: Con el fin de cumplir con la estandarización de los equipos de la fábrica, solicitamos que el contratista utilice los siguientes componentes: High Efic Sep Fan Weight feeder Polysius Solivent Ventec Merrick Sturtevant SD ‐ XP Robinson Schenck Fuller O Sepa Pfeiffer –FCB ‐KHD Delta Delfin Pfister Elevator Conveyor Bags Filter Motor Aumund E Energy (BHA) ABB Beumer American Air Filter Siemens Rexnord Airjet WEG Heifi Intensiv Alstom Sthim Transformer CCM with lock PLC Ecuatran ABB Siemens ABB Alstom ABB Alstom Schneider SchneiderElectric Siemens Siemens Trafo Union Control Process Electrical Component Pneumatic Component ABB Siemens Festo FLS ABB Atlas Copco Polysius Schneider Ingersoll Rand Schneider Siemens Bearing: SKF o FAG ; Gearbox: Flender – CMD – Linkbelt ‐ Rexnord 4.10.1.4 Secador de puzolana El objetivo del sistema de secado de puzolana es utilizando el puente grúa alimentar a una tolva existente reacondicionada, para que mediante un alimentador pesador con capacidad de hasta 40 t/h, sea transportado el material con una humedad máxima del 15% por banda hasta el secador y en este equipo reducir la humedad hasta el 4%, el producto seco será transportado mediante un elevador de cangilones de banda y aerodeslizador hasta una tolva de almacenamiento reacondicionada, el producto desde éste depósito será dosificado hasta la alimentación al molino; las especificaciones referenciales de los equipos son:
Un secador de puzolana para producir 30 t/h secas, con una capacidad de alimentación de 35 t/h; reduciendo de un máximo del 15% al 4% la humedad en masa, mediante la utilización de gases calientes provenientes de quemar Fuel oil #
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6. (Crudo reducido de petróleo), este equipo debe tener la posibilidad de regular el caudal de producción entre un rango de 20 a 30 t/h secas mediante un accionamiento variable tanto para el control del caudal del material como para el caudal de aire caliente.
Secador de Puzolana rotativo Datos Generales Valor Unidad Puntaje Capacidad de la Planta 30,00 t/h 1
Tipo de secador Rotativo similar al utilizado en Cemento Chimborazo
2
Tiempo de Operación 24,00 Horas/dia 1 Material a secarse Puzolana Alimentación material húmedo (Maximo) 35,00 t/h
Humedad del material alimentación máxima 15,00 %
Humedad del material descarga 4,00 % 1 Densidad del material alimentado 700,00 Kg/m3 Granulometría del material Menor a 80 mm 4.10.1.5 Generador de gases calientes: Un generador de gases calientes, para el secado de la puzolana, utilizará como combustible fuel oil # 6 (Crudo residuo de Petróleo), con capacidad de generar la suficiente calidad de calor para la deshidratación del material, con una temperatura mínima de 450°C, debe incluir el tanque de combustible para uso diario y el tren de válvulas para la dosificación de combustible. Generador de gases calientes
Especificaciones Técnicas Valor Unidad Puntaje Combustible Crudo residual 2 Poder del combustible 9,750 Kcal/Kg Calor Generado (Potencia) 4,80 Mw Temperatura de los gases 700,00 °C Industrias Guapán entregará para la tubería para alimentación de combustible al Secador, en el perímetro de la edificación del Edificio de Secado de Puzolana 4.10.1.6 Criba vibratoria: Una criba vibratoria para la alimentación al secador de puzolana para manejar 40 t/h, dejando pasar material menor a 80 mm y descartando el material grueso.
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Criba vibratoria Especificaciones Técnicas Valor Unidad PuntajeTipo Alimentador Clasificador 1 Capacidad 40,00 t/h 2 Humedad del producto máximo 15.00 % Diseño para evitar apelmazamiento de materiales Obligatorio
1
Salidas con recubrimiento antidesgaste Obligatorio
1
Granulometría 80,00 mm Temperatura máx. 25,00 °C 4.10.1.7 Bandas transportadoras: Vulcanizadas en caliente, ángulo máximo de inclinación 16°, en la descarga 6°, velocidad máxima 1.25 m/s, sistema de desempolvado en los puntos de transferencia, con cubierta en la parte superior en toda la longitud para evitar fuga de polvo al ambiente. ‐ Banda de transporte de alimentación: Una banda de transporte para la alimentación al secador de puzolana para manejar 40 t/h. Banda de transporte de alimentación Especificaciones Técnicas Valor Unidad Puntaje Capacidad 40,00 t/h 2
Tambores Construcción Heavy Duty con
recubrimiento de caucho 1
Seguridades
Parada de emergencia por medio de cable de acero, sensor de resbalamiento 1
Humedad del producto máximo 15.00 % Densidad del material 700.00 Kg/m3 Longitud aproximada entre centros 15,00 M Temperatura máx. 25,00 °C ‐ Banda dosificadora para el secador: Una banda dosificadora para la alimentación al secador de puzolana para manejar 40 t/h.
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Banda dosificadora para el secador
Especificaciones Técnicas Valor Unidad Puntaje Capacidad 4 ‐ 40,00 t/h 2
Tambores Construcción Heavy Duty con
recubrimiento de caucho 1
Seguridades
Parada de emergencia por medio de cable de acero, sensor de resbalamiento 1
Humedad del producto máximo 15.00 % Densidad del material 700.00 Kg/m3 Exactitud de alimentación +/‐ 0,5 % 1 Temperatura máx. 25,00 °C ‐ Banda dosificadora para la alimentación al molino: Una banda dosificadora para la alimentación al molino de cemento para manejar 30 t/h. Banda dosificadora para el molino G20
Especificaciones Técnicas Valor Unidad Puntaje Capacidad 2 – 30 t/h 2 Densidad de la puzolana 700,00 Kg/m3 Exactitud de alimentación +/‐ 0,5 % 1 Temperatura máx. 80,00 °C ‐ Banda de transporte de alimentación: Una banda de transporte para la alimentación al molino de cemento para manejar 30 t/h. Banda de transporte de alimentación Especificaciones Técnicas Valor Unidad Puntaje Capacidad 30,00 t/h 2
Tambores
Construcción Heavy Duty con recubrimiento de
caucho 1
Seguridades
Parada de emergencia por medio de cable de acero, sensor de resbalamiento 1
Humedad del producto máximo 4.00 % Densidad del material 700.00 Kg/m3 Temperatura máx. 80,00 °C
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4.10.1.8 Elevador de cangilones: Un elevador de cangilones para el movimiento desde la descarga del secador hasta el silo de almacenamiento de puzolana seca y dosificación al molino. Elevador de cangilones Especificaciones Técnicas Valor Unidad Puntaje Tipo de elevador Cadena 1 Capacidad Mínimo 35,00 t/h 2 Temperatura máx. 80,00 °C
Seguridades
Sensores de desvío de la cadena, sensor de llenado, de cangilones deformados y de
deslizamiento
1
Distancia entre centros aproximada 25,00 M
Densidad del material alimentado 700,00 Kg/m3 Tolva de Puzolana Seca: Una Tolva que Almacenamiento de Puzolana Seca para dosificar material seco al Molino de Cemento Tolva de Puzolana Seca. Especificaciones Técnicas Valor Unidad Puntaje Capacidad: Mínimo 200 Soportes: incluido Humedad máx. 4,00 °C
Seguridades
Sensores de llenado y vaciado de la tolva.
Medidor de nivel de tolva.
1
Descarga de material 0,2 M2. Tolva de Puzolana Húmeda: Una Tolva que Almacenamiento de Puzolana al 15% de humedad que será alimentada del hangar de almacenamiento de materias primas. Tolva de Puzolana Húmeda. Especificaciones Técnicas Valor Unidad Puntaje Capacidad: Mínimo 200 M3 Soportes: incluido Humedad máx. 15,00 °C
Seguridades
Sensores de llenado y vaciado de la tolva.
Medidor de nivel de tolva
Descarga de material A definir según sistema
34
Se readecuará de una Tolva existente en Industrias Guapán. 4.10.1.9 Esclusa alveolar: Una esclusa alveolar para la descarga de la tolva de puzolana seca a la banda de dosificación al molino para manejar 50 m3/h. Esclusa Alveolar Especificaciones Técnicas Valor Unidad Puntaje Sección de entrada/ salida 0.20 M2 1 Caudal de esclusa 50.00 M3/h 1 Temperatura máx. 80,00 °C 4.10.1.10 Filtro de mangas: Filtro de mangas para la purificación de los gases residuales del secador de puzolana y desempolvado de los equipos auxiliares, de incluir sistema de limpieza con control automático, esclusa de sello y mecanismo de transporte de polvo hasta el silo de almacenamiento, el ventilador debe disponer de accionamiento con velocidad variable para mantener el caudal adecuado de acuerdo a los requerimientos de la producción. Dentro de la propuesta debe estar incluido el desempolvado de todos los puntos de transferencia de material. Filtro de mangas
Especificaciones Técnicas Valor Unidad PuntajeTipo del sistema de limpieza Jet pulse 1 Tipo de sujeción de las mangas Snap band 1 Control del sistema de limpieza Por diferencial de presión 1 Pasillos y accesos para inspección y mantenimiento Obligatorio
1
Ventilador para trabajo permanente Pesado
1
Turbina del ventilador Acero anti‐abrasivo 1 Caudal y presión en función Diseño secador Nivel de ruido del ventilador (a 5 m) 60.00 dB Temperatura máx. 120,00 °C Emisiones máximas 25,00 mg/m3 Relación máxima aire‐manga 1.0 m3/(m2min) para filtros de desempolvado 1.2 m3/(m2min), velocidad máxima de aire entre mangas 1.3 m/s, velocidad máxima en el fondo de las mangas 1.0 m/s. Distancia mínima entre mangas y paredes o rigidizadores 75 mm, distancia minima entre mangas 50 mm. Para los filtros de desempolvado las mangas serán de diam 6” y largo 100”, los filtros de desempolvado tendrán Plenum tipo Walk‐in La secuencia de limpieza será programable, tendrá sensores‐transmisores de presión entre las cámaras.
35
El equipo de extracción del producto filtrado tendrá un 15% de exceso en la capacidad de diseño. Los Ventiladores tendrán un 15% de exceso en la capacidad de diseño, los motores de los ventiladores tendrán un 30% de exceso en la capacidad de diseño. El Ventilador tendrá silenciador. 4.10.1.11 Estructuras: El diseño estructural será de acuerdo al UBC 97 con aceleración 0,4G las memorias de cálculo serán entregadas en SAP2000 o similar, con simulación en 6 modas. Las consideraciones de seguridad en el diseño será de conformidad con OSHA. Los equipos tendrán acceso a los dos lados. Las cubiertas resistirán el peso de personal de limpieza. En todo momento se observará el cumplimiento del Decreto 2393 Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo. Acuerdo Ministerial 00174 Texto Sustitutivo del Reglamento de Seguridad para la Construcción y Obras. RTE INEN 037:2009 Reglamento Técnico Ecuatoriano. Código Ecuatoriano de la Construcción 2009. Consideraciones de operación y mantenimiento deberán garantizar acceso seguro a puntos de inspección. Espacios para mantenimiento con acceso de montacargas para cambio de refractarios. Espacio para acceso con una grúa de 40 Toneladas a un lado del secador.
4.10.1.12 Requerimientos para las instalaciones eléctricas: • Se suministrará un transformador de Servicios Generales de 75KVA voltaje en el
primario 480 VAC / 220 – 127 VAC, para iluminación y tomacorrientes. • Todos los sistemas, equipos y materiales, que forman parte de la instalación
eléctrica deben cumplir en todos los aspectos los requerimientos de las publicaciones del IEC y del NEC, así como las normas, códigos, regulaciones y decretos locales, de los que se aplicarán 'las últimas versiones actualizadas.
En caso de discrepancia debe seguirse las normas locales, mientras en todos los demás casos que se presentaren, debe prevalecer la norma más exigente.
o Todos los materiales serán de alta calidad, nuevos, sin uso, libres de
defectos, adecuados para el uso que se ha determinado y para el voltaje de operación.
o Las referencias a productos comerciales que se hacen en los planos y en
estas especificaciones tienen solamente fines descriptivos. Podrían ser
36
usados productos de otros fabricantes de igual calidad y especificaciones a los mencionados, siempre que sean aprobados por el fiscalizador de la obra.
o Mientras no se indique lo contrario la tubería será metálica rígida, del
diámetro indicado en el plano. La tubería y sus accesorios quedarán empotrados en paneles, contrapisos y sobrepuesto en los tumbados, siempre que no se especifique lo contrario en el plano o constructivamente en obra. Generalmente se utilizará este tipo de tubería para los circuitos derivados y circuitos alimentadores.
o Tuberías metálicas rígidas serán utilizadas para acometer a los motores de los tornillos sin fin, ventiladores de filtros, Cableado PROFIBUS y en general a cualquier equipo que se encuentre en el exterior.
o Se ha considerado emplear parrillas metálicas tipo escalerilla con tapa de
1/16" de espesor para el soporte de los conductores en alta tensión que van desde la celda de protección hasta el transformador, para el soporte de los conductores de baja tensión que van desde transformador hasta el tablero principal.
El dimensionamiento de las mismas esta hecho en base al código eléctrico NEC. Se ha considerado las siguientes dimensiones para las parrillas:
− Parrilla de alta tensión ancho 30 cm. − Parrilla de baja tensión ancho 40 cm
o Fabricada a partir de laminas de acero pre galvanizado ASTM A593 Gr60
"Cero Soldadura" • Los cables y alambres deben tener conductores de cobre con aislamiento del tipo
de polietileno con enlace cruzado. Los cables y alambres deberán cumplir normas internacionales y para una temperatura de operación de 90 grados centígrados.
• Deben seguirse todas las instrucciones del fabricante respecto a la manipulación,
disposición e instalación del cable. Debe ponerse especial atención al radio permisible de curvatura, tensiones de jalado y áreas con ambiente agresivo.
Los cables deben ser localizados de tal forma que ellos no sean dañados por la operación normal, tal como tráfico, transporte y mantenimiento. Cuando los cables son instalados fuera de las edificaciones (enterrados en tierra), deberán estar a una distancia adecuada de estructuras subterráneas, como fundiciones y tuberías.
• Los conductores instalados en bandejas portacables deben ser amarrados a la
estructura de la bandeja para proveer una instalación limpia y ordenada. • Los cables que conforman un circuito deben ser amarrados juntos entre si.
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• Debe darse una atención a los factores de corrección basados en el agrupamiento y arreglo de los conductores.
• Todos los conductores en los gabinetes eléctricos, tableros, paneles de control, etc.
Deben estar instalados y amarrados de una manera limpia y ordenada evitando cruces de conductores de diferentes alimentadores.
• Siempre el cableado en el interior de los tableros debe estar encerrados en
canaletas o ductos para cables, forrados, de material aislante y retardante a la llama, con cubiertas removibles.
• Todos los cables deben ser instalados en longitudes continuas, y las uniones o
empalmes solamente deben permitirse donde la fabricación del cable en una sola longitud no es posible.
• Las puntas de los cables deben ser selladas inmediatamente después de cortarlas.
Cada empalme de cables debe terminarse completamente en el mismo día que se comenzó.
• Los empalmes de cables instalados en la tierra deben hacerse solamente en cajas
de revisión. Si se instala en cualquier sitio debe obtenerse una aprobación del Cliente.
• Las terminaciones de los conductores de las acometidas principales serán del tipo
Cooper Tube Terminal (Terminal de Compresión) del tamaño adecuado y capacidad según el calibre del conductor.
• Los hilos no deben ser removidos ni cortados del cable. Estarán sujetos a las barras
con pernos cadmiados con sus respectivas arandelas plana y de presión para evitar su aflojamiento.
• Ambos terminales de los conductores instalados deben ser apropiadamente
identificados y rotulados para una fácil localización de fallas. • Los conductores serán de cobre para 5 KV con aislamiento XLPE (polietileno
reticulado), pantalla electrostática para conseguir un 33% de conductancia, chaqueta de cloruro de polivinilo (PVC) de 60 °C, resistente a la humedad, no propaga la llama. El calibre de los mismos será dimensionado de acuerdo a la necesidad.
• Los conductores serán de cobre electrolítico con aislamiento para 600 voltios, tipo
flexible. Todos los conductores serán de varios hilos, no se aceptará conductores de un solo hilo.
• Se usará en lo posible, diferentes colores para cada fase y se reservará el color blanco para el conductor neutro y el color verde para los conductores a tierra.
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• Todos los aparatos (artefactos eléctricos y electrónicos junto con los equipos e instalaciones conteniendo componentes eléctricos y/o electrónicos) causantes potenciales de perturbaciones electromagnéticas, a cuyo desempeño es propenso a ser afectado por tales perturbaciones, debe cumplir con los estándares y regulaciones locales acerca de la EMC (Compatibilidad electromagnética).
• Donde no se dispongan estándares locales de la EMC, los requerimientos de la
directiva europea de la EMC y sus enmiendas deben usarse, de tal manera que los aparatos sean construidos de forma que:
• La perturbación electromagnética que este genere no debe exceder un nivel
determinado, que permite que los equipos de radio y telecomunicaciones y otros aparatos operen adecuadamente.
• Los aparatos tienen un nivel adecuado de inmunidad intrínseca de perturbación
electromagnética que les permite operar adecuadamente. • Todos los componentes de los equipos eléctricos (ej: dispositivos de conmutación,
contactores, relés de protección, instrumentos y similares) deben ser identificados con una placa de datos, de acuerdo a los requerimientos relevantes de la IEC (Comisión Electrotécnica Internacional).
• Todas las unidades funcionales deben ser claramente etiquetadas para identificar
el servicio. Todos los relés, medidores, switches y similares deben ser rotulados de acuerdo a los diagramas de cableado.
• Todas las etiquetas deben ser hechas de material resistente a la corrosión con
caracteres indelebles en español. Esto debe ser clarificado por el Cliente, durante el periodo de preparación de ofertas.
• El equipo de maniobra y control en bajo voltaje debe ser del tipo multicubículo y
debe tener una envolvente completa de metal o de un material aislante de suficiente rigidez mecánica.
• Los materiales de construcción deben ser apropiadamente preparados y tratados
contra la corrosión y la oxidación. El equipo debe ser del tipo autónomo, apropiado para acceso y operación frontal, a menos de que se detalle lo contrario.
• El diseño y construcción de los equipos de maniobra y control en bajo voltaje debe
ser tal que provea el más alto grado posible de protección personal. Deben tomarse medidas para prevenir la ocurrencia de fallas de arcos internos.
• Los certificados de pruebas deben estar disponibles para el Cliente, para confirmar
que el equipo satisface todos los criterios especificados en el estándar IEC.
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• Las barras deben ser de cobre electrolítico de alta conductividad, con uniones por medio de pernos, tuercas y arandelas no corrosivos de acero altamente tensionable y asegurados para no aflojarse.
• Deben proveerse de barras aisladas. • La situación de las barras vistas desde el lado frontal del equipo de maniobra y
control de bajo voltaje, debe ser como se indica a continuación:
L1 L2 L3 N
• Las barras y sus conexiones deben estar clasificadas de acuerdo a los requerimientos del circuito y ser diseñadas para soportar los efectos de las fuerzas térmicas y electrodinámicas asociadas con la máxima corriente de cortocircuito.
• La barra de tierra debe extenderse a lo largo de toda la longitud del equipo de
maniobra, y debe estar diseñada para la máxima corriente de cortocircuito para una mínima duración de un segundo. Debe hacerse una conexión entre las barras de neutro y de tierra. Las barras de tierra deben tener facilidades de conexión apropiadas para los cables especificados.
• Los disyuntores deben ser del tipo de libre disparo y deben estar provistos con un
liberador de sobre corriente definido y de tiempo inverso. • Los disyuntores de protección de los circuitos serán automáticos y estarán
provistos de dispositivos termo magnéticos de acción rápida. • Donde sea requerido y mostrado en los planos, deben suministrarse disyuntores de
caja moldeada. Los disyuntores deben ser provistos con protección térmica y magnética (cortocircuito). Las protecciones térmicas de sobrecarga deben ser provistas con compensación de temperatura ambiente.
• Todo el sistema estará debidamente aterrizado de acuerdo al artículo 250 del NEC.
DISPOSICIONES GENERALES Cualquier aumento, disminución o modificación en la instalación, seguirá las mismas especificaciones aquí indicadas, y cualquier aumento o información técnica complementaria o especificaciones omitidas se resolverán de acuerdo a las normas del código nacional eléctrico, normas del CONELEC, código eléctrico norteamericano y reglamentos de la empresa eléctrica local.
• Los interruptores se utilizan para maniobrar motores trifásicos y otros
consumidores en caso de mantenimiento y reparación. • Son interruptores‐seccionadores conforme a la norma IEC 60947‐3/VDE 0660 parte
107 (EN 60947‐3) y cumplen las especificaciones de seccionadores.
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• Los tomacorrientes de los circuitos de 240V, serán sencillos, para empotrar en caja, la capacidad de los mismos viene indicada en el plano respectivo.
• Se consideran las siguientes alturas de montaje sobre el nivel del piso terminado:
‐ Interruptores industriales 1.20mts.
‐ Tomacorrientes industriales 0.40 mts.
• Para las alturas de las demás salidas se consultará con el constructor civil o
propietario en el momento de la construcción.
• Todo equipo aquí descrito deberá tener una placa de especificaciones fijada permanentemente al frente del equipo, dando la siguiente información mínima:
‐ Voltaje y frecuencia nominales
‐ Capacidad nominal de cortocircuito y capacidad de corriente de carga.
‐ Estándar de acuerdo el equipo esta conforme
‐ Mes y año de fabricación
‐ Tipo y número de serie
‐ Grado de protección (IP)
Todos los tableros deberán aterrizarse sólidamente a la malla de tierra con un conductor de cobre desnudo, adecuado, provisto con los terminales adecuados. El sistema de control será manejado con un PLC Siemens con sus correspondientes módulos de entradas – salidas discretas y analógicas que recogerán las señales de control de los MCCs y las variables de control de los primeros niveles de la premolienda. Suministro de MCC´s de la control y PLC para la operación de la Planta, permitiendo interconexión con el proyecto de Secado de Puzolana. El nuevo sistema de PLC debe conectar la información con el Sistema integrado de la Planta en el Control Central. Las pantallas de operación del Programa de Control deberán ser revisadas y aprobadas para garantizar la correcta operación de la Planta de Premolienda a instalar. Todos los arrancadores eléctricos deberán estar situados en el Cuarto de MCC del Edificio de Premolienda con su respectiva codificación para la operación y mantenimiento de los equipos.
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Para llevar las señales de control de los pisos superiores al PLC central se utilizará periferia descentralizada ET200 la cual tendrá una comunicación Profibus DP con el PLC principal. En el cuarto de control se instalará un nuevo computador de operación en donde se instalará un software de control y visualización SCADA Win CC, este sistema debe ser considerado para guardar relación con el proyecto de Premolienda de clinker para la interconexión entre ambos sistemas, se considerará que ambos paneles y control central se controlarán en un mismo Cuarto de Control.
4.10.1.13 Documentos de entrega Los planos As‐Built no deben entregarse al final, cada parte del trabajo que este terminada, se entregaran planos as‐built. Para marcar Hitos de Pago, la propuesta debe descomponerse en Bloques que puedan definirse con Planos As‐Built. Expresamente se aclara que sólo se pagarán partes montadas y con planos as‐built aprobados. Adicionalmente, se confeccionara el dossier de calidad, no al final, conjuntamente con las partes que se vayan terminando. Se entregaran manuales de operación y mantenimiento (en español e ingles). Se capacitara al personal de la planta en cada especialidad. El comisionado y puesta en marcha también debe hacerse gradualmente a medida que se termine el montaje de diferentes equipos. 4.10.2 Presupuesto referencial: El Presupuesto Referencial es de tres millones dólares americanos (US$3’000,000.00) más IVA, con sujeción al Plan Anual de Contrataciones. 4.10.3 Elementos a cargo del Contratante.
Estudio de suelos y el suministro de hormigón para la construcción de las cimentaciones para soportar las estructuras para el emplazamiento de los equipos.
Disponibilidad de energía eléctrica, de acuerdo al requerimiento detallado por el Contratista.
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LICITACIÓN BIENES Y SERVICIOS
(CÓDIGO DEL PROCESO)
SECCIÓN V
PROYECTO DE CONTRATO
COMPARECIENTES Comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte Industrias Guapán S.A., representada por el Ing. Diego Jaramillo Jaramillo, Apoderado Especial, a quien en adelante se le denominará CONTRATANTE; y, por otra (Nombre del contratista y de ser el caso del representante legal), a quien en adelante se le denominará CONTRATISTA. Las partes se obligan en virtud del presente contrato, al tenor de las siguientes cláusulas Cláusula Primera.‐ ANTECEDENTES 1.01.‐ De conformidad con los artículos 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública –LOSNCP‐ , y 25 y 26 de su Reglamento General, el Plan Anual de Contrataciones de Industrias Guapán S.A., contempla la ejecución de: Ingeniería Suministro, Construcción y entrega funcionando de Sistema de Secador de Puzolana.
1.02. Previos los informes y los estudios respectivos, la máxima autoridad de LA CONTRATANTE resolvió aprobar los pliegos de la LICITACIÓN (CODIGO DEL PROCESO)
1.03. Se cuenta con la existencia y suficiente disponibilidad de fondos en la partida
presupuestaria (No.) , conforme consta en la certificación conferida por la Dirección Financiera, mediante documento que acompaña al presente contrato y que es parte del mismo.
1.04. Se realizó la respectiva convocatoria el 17 de agosto de 2011, a través del portal
www.industriasguapan.com.ec. 1.05. Luego del proceso correspondiente, la máxima autoridad de la CONTRATANTE,
mediante resolución (No.) de (día) de (mes) de (año), adjudicó la adquisición de Ingeniería Suministro, Construcción y entrega funcionando de Sistema de Secador de Puzolana al oferente (nombre del adjudicatario y de ser el caso la representación legal y el nombre).
Cláusula Segunda.‐ DOCUMENTOS DEL CONTRATO Forman parte integrante del Contrato los siguientes documentos: a) Los Pliegos incluyendo las especificaciones técnicas de los bienes y/o servicios a
contratarse.
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b) La oferta presentada por el CONTRATISTA. c) Los demás documentos de la oferta del adjudicatario. d) Las garantías presentadas por el CONTRATISTA. e) La resolución de adjudicación. f) Las certificaciones de Dirección Financiera, que acrediten la existencia de la partida
presupuestaria y disponibilidad de recursos, para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato.
Los documentos que acreditan la calidad de los comparecientes y su capacidad para
celebrar el contrato deberán protocolizarse conjuntamente con el contrato. Cláusula Tercera.‐ INTERPRETACION Y DEFINICION DE TERMINOS
3.01. Los términos del Contrato deben interpretarse en su sentido literal, a fin de revelar
claramente la intención de los contratantes. En todo caso su interpretación sigue las siguientes normas:
1) Cuando los términos estén definidos en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Contratación Pública, LOSNCP, o en este contrato, se atenderá su tenor literal. 2) Si no están definidos se estará a lo dispuesto en el contrato en su sentido
natural y obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención de los contratantes. De existir contradicciones entre el contrato y los documentos del mismo, prevalecerán las normas del contrato,
3) El contexto servirá para ilustrar el sentido de cada una de sus partes, de
manera que haya entre todas ellas la debida correspondencia y armonía. 4) En su falta o insuficiencia se aplicarán las normas contenidas en el Título XIII del
Libro IV de la codificación del Código Civil, De la Interpretación de los Contratos.
3.02. Definiciones: En el presente contrato, los siguientes términos serán interpretados
de la manera que se indica a continuación:
a) "Adjudicatario", es el oferente a quien la máxima autoridad de la Industrias Guapán le adjudica el contrato.
b) "Comisión Técnica", es la responsable de llevar adelante el proceso licitatorio, a
la que le corresponde actuar de conformidad con la LOSNCP, su Reglamento General, los pliegos aprobados, y las disposiciones administrativas que fueren aplicables.
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c) “INCOP”, Instituto Nacional de Contratación Pública. d) “LOSNCP”, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. e) "Oferente", es la persona natural o jurídica, asociación o consorcio que presenta
una "oferta", en atención al llamado a licitación. f) "Oferta", es la propuesta para contratar, ceñida a los pliegos, presentada por el
oferente a través de la cual se obliga, en caso de ser adjudicada, a suscribir el contrato y a la ejecución del proyecto Ingeniería Suministro, Construcción y entrega funcionando de Sistema de Secador de Puzolana
Cláusula Cuarta.‐ OBJETO DEL CONTRATO 4.01. El contratista se obliga con la CONTRATANTE a suministrar, instalar y entregar
debidamente funcionando los bienes ofertados en los respectivos pliegos, a entera satisfacción de la CONTRATANTE, en la Planta Industrial de Industrias Guapán, según las características y especificaciones técnicas constantes en la oferta, que se agrega y forma parte integrante de este contrato.
4.02. Adicionalmente el CONTRATISTA proporcionará el soporte técnico, los
mantenimientos preventivo y correctivo respectivos por el lapso de un año a costo del CONTRATANTE, contados a partir de la fecha de suscripción del acta de entrega recepción definitiva, periodo que corresponde al de vigencia de la garantía técnica; entregará la documentación de los bienes; y, brindará la capacitación necesaria para dos servidores en las instalaciones de la Entidad Contratante, impartida por personal calificado por el fabricante.
Cláusula Quinta.‐ PRECIO DEL CONTRATO 5.01. El precio del Contrato, que la CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA es el
de…(cantidad exacta en números y letras), dólares de los Estados Unidos de América.
5.02 Los precios acordados en el contrato por los trabajos especificados, constituirán la
única compensación al CONTRATISTA por todos sus costos, inclusive cualquier impuesto, derecho o tasa que tuviese que pagar.
Cláusula Sexta.‐ FORMA DE PAGO 6.01. La forma de pago será como a continuación se detalla:
40% del monto contractual, en calidad de anticipo a la firma del contrato y presentación de garantías. 55% del monto contractual, se cancelará mediante la presentación de planillas del avance de obra aprobadas por el Fiscalizador y el Administrador del Contrato,
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para el caso del pago de la maquinaria se pagará una vez realizada la respectiva verificación en el lugar de fabricación. El 5% restante, una vez que se haya realizado la firma del acta entrega recepción definitiva de la obra. El anticipo que la CONTRATANTE haya entregado al CONTRATISTA para la adquisición de los bienes y/o prestación del servicio, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación. No habrá lugar a alegar mora de la CONTRATANTE, mientras no se amortice la totalidad del anticipo otorgado.
Cláusula Séptima.‐ GARANTÍAS 7.01. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 74, 75 y 76 de la LOSNCP, el
Contratista está obligado a rendir las siguientes garantías:
a) De fiel cumplimiento.‐ El contratista, antes de firmar el contrato, para seguridad del cumplimiento de éste y para responder de las obligaciones que contrajera frente a terceros, relacionadas con el contrato, rendirá a favor de la CONTRATANTE una garantía de las señaladas en los numerales 1, 2 y 5 del artículo 73 de la LOSNCP, por un monto equivalente al cinco por ciento del valor total del contrato. b) Del anticipo.‐ En garantía del buen uso del anticipo, el contratista entregará a la orden de la CONTRATANTE, una garantía de las señaladas en el artículo 73 de la LOSNCP, por un monto equivalente al 100% del valor entregado por dicho concepto. c) Garantía técnica .‐ El contratista, a la firma del contrato, presentará la garantía técnica del fabricante. Esta garantía entrará en vigencia a partir de la recepción de los bienes y durará un año. Durante el plazo de vigencia de la garantía técnica, si la CONTRATANTE solicitare el cambio de piezas o partes de los equipos suministrados, consideradas y demostrados como defectuosas, éstas serán reemplazadas por otras nuevas de la misma calidad y condición sin costo adicional alguno para la Institución; y, en caso de que el daño o defecto sea de tal magnitud, que impida que los equipos suministrados funcionen normalmente, estos serán cambiados por otros nuevos, sin que ello signifique costo adicional para la CONTRATANTE, excepto si los daños hubieren sido ocasionados por el mal uso de los mismos por parte del personal de la Institución o por fuerza mayor o caso fortuito, en los términos señalados en el Artículo 30 de la Codificación del Código Civil. De no presentarse la garantía técnica del fabricante, el Contratista deberá presentar, de manera sustitutiva, una garantía económica equivalente al valor total del bien respectivo, que deberá mantenerse vigente de acuerdo a los pliegos, y que
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podrá ser rendida en cualquiera de las formas determinadas en el Art. 73 de la LOSNCP.
7.02. Ejecución de las garantías: Las garantías contractuales podrán ser ejecutadas por la
CONTRATANTE en los siguientes casos: 1. La de fiel cumplimiento del contrato: a) Cuando la CONTRATANTE declare anticipada y unilateralmente terminado el
contrato por causas imputables al CONTRATISTA; b) Si la CONTRATISTA no la renovare cinco días antes de su vencimiento; 2. La del anticipo: a) Si el CONTRATISTA no la renovare cinco días antes de su vencimiento; y,
b) En caso de terminación unilateral del contrato y que el CONTRATISTA no pague
a la CONTRATANTE el saldo adeudado del anticipo, después de diez días de notificado con la liquidación del contrato.
3. La técnica:
a) Cuando se incumpla con el objeto de esta garantía, de acuerdo con lo establecido en los pliegos y este contrato.
Cláusula Octava.‐ PLAZO 8.01. El plazo para la entrega y ejecución de la totalidad de los bienes contratados, a
entera satisfacción de la CONTRATANTE es de 180 días, contados a partir de La entrega del anticipo.
Cláusula Novena.‐ PRÓRROGAS DE PLAZO 9.01. El CONTRATANTE prorrogará el plazo total o los plazos parciales, sólo en los
siguientes casos, y siempre que el CONTRATISTA así lo solicite, por escrito, justificando los fundamentos de aquella, dentro de las cuarenta y ocho horas subsiguientes a la fecha de producido el hecho que motiva la solicitud:
• Por causa de fuerza mayor o caso fortuito, aceptados como tales por la
CONTRATANTE. La CONTRATISTA tiene la responsabilidad de actuar con toda la diligencia razonable para superar la imposibilidad producida por causa de fuerza mayor o caso fortuito. En estos casos, el plazo se prorrogará por un período igual al tiempo de duración de las causas indicadas.
• Por suspensiones ordenadas por la CONTRATANTE y que no se deban a causas
imputables al CONTRATISTA.
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• Si la CONTRATANTE no hubiera cancelado el anticipo contractual dentro del plazo establecido para ello.
9.02. Cuando las prórrogas de plazo modifiquen el plazo total, se necesitará la
autorización de la máxima autoridad de la Entidad Contratante o su delegado. Cláusula Décima.‐ MULTAS 10.01. Por cada día de retardo en la ejecución de las obligaciones contractuales, se
aplicará la multa del 1 por 1000 del valor del contrato. Cláusula Décima Primera.‐ DEL REAJUSTE DE PRECIOS 11.01. No aplican reajustes de precios Cláusula Décima Segunda.‐ CESIÓN DE CONTRATOS Y SUBCONTRATACIÓN 12.01.El CONTRATISTA no podrá ceder, asignar o transferir en forma alguna ni todo ni
parte de este Contrato. Sin embargo podrá subcontratar determinados trabajos, previa autorización de la CONTRATANTE, siempre que el monto de la totalidad de lo subcontratado no exceda del 30% del valor total del contrato principal, y el subcontratista esté habilitado en el RUP.
12.02.El CONTRATISTA será el único responsable ante la CONTRATANTE por los actos u
omisiones de sus subcontratistas y de las personas directa o indirectamente empleadas por ellos.
Cláusula Décima Tercera.‐ OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 13.01. A más de las obligaciones ya establecidas en el presente contrato y en las
Condiciones Específicas, el CONTRATISTA está obligado a cumplir con cualquiera otra que se derive natural y legalmente del objeto del contrato y sea exigible por constar en cualquier documento del mismo o en norma legal específicamente aplicable.
13.02. El CONTRATISTA se obliga al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el
Código del Trabajo y en la Ley del Seguro Social Obligatorio, adquiriendo, respecto de sus trabajadores, la calidad de patrono, sin que la CONTRATANTE tenga responsabilidad alguna por tales cargas, ni relación con el personal que labore en la ejecución de los trabajos, ni con el personal de la subcontratista.
Cláusula Décima Cuarta.‐ OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE
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14.01. Son obligaciones de la CONTRATANTE las establecidas en el numeral 4.8 de las Condiciones Específicas de los pliegos, que son parte del presente contrato.
Cláusula Décima Quinta.‐ CONTRATOS COMPLEMENTARIOS.‐ No se contemplan contratos complementarios pero si se contemplan ÓRDENES DE TRABAJO.‐ LA CONTRATANTE, para la ejecución de rubros nuevos, podrá requerir ordenes de trabajo a LA CONTRATISTA, durante la ejecución de los trabajos objeto de este Contrato, hasta el diez por ciento (10%) del valor del Contrato principal, toda vez que no existe reajuste de precios, utilizando la modalidad de costo más porcentaje, de conformidad con lo previsto en el artículo 89 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. Adicionalmente, las órdenes de trabajo deberán contar con las firmas de las partes y La Fiscalización. Para poder proceder a la suscripción de órdenes de trabajo, previamente deberá contarse con la certificación de recursos para satisfacer las obligaciones que puedan derivarse de tales instrumentos jurídicos.‐ Para la suscripción de las órdenes de trabajo se requerirá el informe fundamentado y previo de la fiscalización y el requerimiento del Administrador del Contrato. Cláusula Décima Sexta.‐ RECEPCIÓN PROVISIONAL Y DEFINITIVA DEL OBJETO CONTRACTUAL. 16.01. Una vez que las entidades acuerden que la instalación este lista para iniciar las
pruebas operacionales, habiendo cumplido con los requerimientos constantes el los pliegos, se firmará el acta entrega recepción provisional.
Solo cuando se hayan cumplido con todas las obligaciones, que se hayan
entregado todos los documentos, realizado la capacitación al personal de la empresa y cumplido con las garantías o en su defecto se haya acordado el monto de las penalidades, se procederá a firmar el acta entrega recepción definitiva en un plazo no mayor a treinta días, contados a partir de la recepción provisional.
16.02 Trámite.‐ La recepción provisional se realizará, a petición del Contratista,
cuando a juicio de éste se hallen terminados los trabajos contratados y así lo notifique al Contratante y solicite tal recepción.
Dentro del término de diez (10) días de notificada la petición de recepción
provisional, LA CONTRATANTE podrá negarse a suscribir el acta si encuentra que LA CONTRATISTA incumplió con sus obligaciones contractuales o podrá, dentro del mismo término, realizar observaciones.
Una vez ejecutadas las obligaciones incumplidas o explicadas o superadas las
causas que motivaron las observaciones, a satisfacción de Industrias Guapán S.A. LA CONTRATISTA lo pondrá en conocimiento de LA CONTRATANTE solicitando nuevamente la suscripción del Acta de Entrega Recepción
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Provisional. Si dentro del término de diez (10) días de notificada la petición de que se
suscriba el Acta de Entrega Recepción Provisional, LA CONTRATANTE no comunica fundamentadamente su negativa a suscribir el Acta de Entrega Recepción Provisional o sus observaciones, se producirá la recepción de pleno derecho, y LA CONTRATISTA deberá notificarla por intermedio de un juez de lo civil o notario público.
16.02.1 Para proceder a la diligencia de entrega‐recepción provisional se requerirá:
El informe emitido por la fiscalización y aprobado por el Administrador del contrato, sobre el cumplimiento cabal de las especificaciones técnicas del objeto del contrato realizado conforme al cronograma de ejecución y de las actividades contempladas para el trabajo.
El informe contendrá, entre otras cosas, certificaciones, entrega de manuales,
cumplimiento de cursos de capacitación, entrenamiento, transferencia de tecnología, el establecimiento de días de retraso en el caso de existir, el cálculo de la cantidad a la que pudiesen ascender las multas (para que sean impuestas por el Administrador del Contrato); y, liquidación económica.
16.03. Recepción Definitiva.‐ Dentro de un plazo de treinta días de suscrita el Acta
Entrega Recepción Provisional, se suscribirá el Acta de Entrega Recepción Definitiva del Contrato, para lo cual la contratista entregará la solicitud de suscripción del Acta de Entrega Recepción Definitiva, cinco (5) días antes de cumplir los treinta días para la firma de esta acta; no obstante, si LA CONTRATANTE efectuara observaciones dentro del lapso de cinco(5) días contados a partir de la fecha en que se suscriba el Acta de Entrega Recepción Provisional, respecto a defectos de montaje, mal funcionamiento de equipos y partes, mala ejecución de obras o servicios realizados o situaciones similares, que sean atribuibles a LA CONTRATISTA, la suscripción del Acta de Entrega Recepción Definitiva se postergará hasta que LA CONTRATISTA ejecute las obras o reparaciones respectivas.
En el caso de que LA CONTRATISTA se niegue a ejecutar las reparaciones o
trabajos que sirvan para superar los defectos, mal funcionamiento, etc. LA CONTRATANTE podrá, contratar con un tercero su realización, a costa de LA CONTRATISTA, el valor de tales reparaciones se le descontará a LA CONTRATISTA de las facturas pendientes de pago o de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Si por defectos de fabricación, montaje o causas similares, la Entrega Recepción
Definitiva se retrasa más allá de los treinta días contados a partir de la fecha de la entrega Recepción Provisional y tales defectos fueron puestos en conocimiento de LA CONTRATISTA, tal retraso no será imputable a LA CONTRATANTE y no podrá LA CONTRATISTA solicitar la recepción definitiva,
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hasta cuando no hubiese reparado tales defectos. Una vez concluidas las reparaciones, LA CONTRATISTA pondrá en conocimiento
de LA CONTRATANTE, para que la Fiscalización emita el informe técnico, en el que se establecerá si, en efecto, se hubiesen cumplido con las observaciones de LA CONTRATANTE.
16.04 Integración de la Comisión de Recepción de la obra.‐ Las actas provisionales y
la definitiva, serán suscritas por LA CONTRATISTA y los integrantes de la Comisión que será integrada por: el Administrador del Contrato, el fiscalizador que actuará como observador en las recepciones y 1 técnico que no haya intervenido en el proceso de ejecución del Contrato designados por la máxima autoridad.
16.04.1 Contenido de las actas de entrega recepción.‐ Cada una de las Actas de
Entrega Recepción Provisional y Definitiva, incluirá la siguiente información: Antecedentes, condiciones generales de la ejecución, una liquidación económica tomando en cuenta los pagos efectuados, amortizaciones del anticipo, multas, liquidación de plazos, constancia de la recepción, cumplimiento de las obligaciones contractuales y cualquier otra circunstancia que se estime necesaria.
En el caso de que LA CONTRATISTA decida solicitar la recepción definitiva
presunta, se procederá en la misma forma prevista en esta cláusula para requerir las recepciones provisionales presuntas.
Quienes suscriban las respectivas actas, serán administrativa, civil y
penalmente responsables por los datos que consignen en ellas. Cláusula Décima Séptima.‐ DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO: 17.01. La CONTRATANTE designa al señor (nombres del designado), en calidad de
Administrador del Contrato, quien deberá atenerse a las condiciones generales y específicas de los pliegos que forman parte del presente contrato.
Cláusula Décima Octava.‐ TERMINACION DEL CONTRATO 18.01.‐ El Contrato termina: 1. Por cabal cumplimiento de las obligaciones contractuales. 2. Por mutuo acuerdo de las partes, en los términos del artículo 93 de la LOSNCP. 3. Por sentencia o laudo ejecutoriados que declaren la nulidad del contrato o la
resolución del mismo a pedido del CONTRATISTA.
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4. Por declaración anticipada y unilateral de la CONTRATANTE, en los casos establecidos en el artículo 94 de la LOSNCP. Además, se incluirán las siguientes causales:
4.1 Si el CONTRATISTA no notificare a la CONTRATANTE acerca de la transferencia,
cesión, enajenación de sus acciones, participaciones, o en general de cualquier cambio en su estructura de propiedad, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se produjo tal modificación.
4.2 Si la CONTRATANTE, en función de aplicar lo establecido en el artículo 78 de la
LOSNCP, no autoriza la transferencia, cesión, capitalización, fusión, absorción, transformación o cualquier forma de tradición de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de expresión de la asociación, que represente el veinticinco por ciento (25%) o más del capital social del CONTRATISTA.
5. Por muerte del CONTRATISTA, disolución de la persona jurídica contratista, que no se
origine en decisión interna voluntaria de los órganos competentes de tal persona jurídica.
6. Por causas imputables a la CONTRATANTE, de acuerdo a las causales constantes en el
artículo 96 de la LOSNCP. El procedimiento a seguirse para la terminación unilateral del contrato será el previsto en el artículo 95 de la LOSNCP. Cláusula Décima Novena.‐ SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 19.01. Si se suscitaren divergencias o controversias en la interpretación o ejecución
del presente contrato, cuando las partes no llegaren a un acuerdo amigable directo, podrán utilizar los métodos alternativos para la solución de controversias en el Centro de Mediación y Arbitraje (poner nombre del Centro).
Para que proceda el arbitraje, debe existir previamente el pronunciamiento
favorable del Procurador General del Estado, conforme el artículo 190 de la Constitución de la República del Ecuador.
19.02. En el caso de que se opte por la jurisdicción voluntaria, las partes acuerdan
someter las controversias relativas a este contrato, su ejecución, liquidación e interpretación a arbitraje y mediación y se conviene en lo siguiente:
19.02.01. Mediación.‐ Toda controversia o diferencia relativa a este contrato, a su
ejecución, liquidación e interpretación, será resuelta con la asistencia de un mediador del Centro de Mediación de.... en el evento de que el conflicto no fuere resuelto mediante este mecanismo de solución de controversias, las partes se someten al Arbitraje de conformidad con las siguientes reglas:
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19.02.02. Arbitraje.‐
• El arbitraje será en Derecho. • Las partes se someten al Centro de Arbitraje de (...). • Serán aplicables las disposiciones de la Ley de Arbitraje y Mediación, y las
del reglamento del Centro de Arbitraje de (...). • El Tribunal Arbitral se conformará por un árbitro único o de un número
impar según acuerden las partes. Si las partes no logran un acuerdo, el Tribunal se constituirá con tres árbitros. El procedimiento de selección y constitución del Tribunal será el previsto en la Ley y en el Reglamento del Centro de Arbitraje (....).
• Los árbitros serán abogados y preferiblemente con experiencia en el tema que motiva la controversia. Los árbitros nombrados podrán no pertenecer a la lista de árbitros del Centro.
• Los asuntos resueltos mediante el laudo arbitral tendrán el mismo valor de las sentencias de última instancia dictadas por la justicia ordinaria.
• La legislación ecuatoriana es aplicable a este Contrato y a su interpretación, ejecución y liquidación.
• La sede del arbitraje es la ciudad de.... • El idioma del arbitraje será el Castellano. • El término para expedir el laudo arbitral será de máximo 90 días, contados
desde el momento de la posesión del (los) árbitro(s). 19.03. Si respecto de la divergencia o divergencias suscitadas no existiere acuerdo, y
las partes deciden someterlas al procedimiento establecido en la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, será competente para conocer la controversia el Tribunal Provincial de lo Contencioso Administrativo que ejerce jurisdicción en el domicilio de la Entidad del sector público. Las entidades contratantes de derecho privado, en este caso, recurrirán ante la justicia ordinaria. (Para este numeral, los pliegos se ajustarán dependiendo de la condición jurídica de la CONTRATANTE).
19.04. La legislación aplicable a este Contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, el
CONTRATISTA renuncia a utilizar la vía diplomática para todo reclamo relacionado con este Contrato. Si el CONTRATISTA incumpliere este compromiso, la CONTRATANTE podrá dar por terminado unilateralmente el contrato y hacer efectiva las garantías.
Cláusula Vigésima.‐ CONOCIMIENTO DE LA LEGISLACION
20.01. El CONTRATISTA declara conocer y expresa su sometimiento a la LOSNCP y su Reglamento General, y más disposiciones vigentes en el Ecuador.
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Cláusula Vigésima Primera.‐ TRIBUTOS, RETENCIONES Y GASTOS 22.01. La CONTRATANTE efectuara al CONTRATISTA las retenciones que dispongan las
leyes tributarias: actuará como agente de retención del Impuesto a la Renta, de acuerdo al Artículo 45 de la Ley de Régimen Tributario Interno; con relación al Impuesto al Valor Agregado, procederá conforme a la legislación tributaria vigente.
La CONTRATANTE retendrá el valor de los descuentos que el Instituto Ecuatoriano
de Seguridad Social ordenase y que corresponda a mora patronal, por obligaciones con el Seguro Social provenientes de servicios personales para la ejecución del contrato de acuerdo al Arts. 86 y 87 de la Ley de Seguridad Social, publicada en el Registro Oficial, Suplemento No. 465, de 30 de noviembre de 2001.
22.02. El número de ejemplares que debe entregar el CONTRATISTA a la CONTRATANTE
es de 4 copias. En caso de terminación por mutuo acuerdo, el pago de los derechos notariales y el de las copias será de cuenta del CONTRATISTA.
Cláusula Vigésima Segunda.‐ DOMICILIO 23.01. Para todos los efectos de este contrato, las partes convienen en señalar su
domicilio en la ciudad de (establecer domicilio) 23.02. Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su
dirección, las siguientes: La CONTRATANTE: Industrias Guapán SA, Km.1 ½ Vía Guapán, Azogues, Cañar, Ecuador Teléfonos: El CONTRATISTA:(Dirección y teléfonos). Cláusula Vigésima Tercera.‐ ACEPTACION DE LAS PARTES 24.01. Libre y voluntariamente, las partes expresamente declaran su aceptación a todo lo
convenido en el presente contrato y se someten a sus estipulaciones.
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LICITACIÓN BIENES Y SERVICIOS IG‐REGN‐01‐2011
SECCIÓN VI
MODELOS DE FORMULARIOS
Formulario No. 1
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
(CÓDIGO DEL PROCESO)
MODELO DE CARTA DE PRESENTACIÓN Y COMPROMISO
Fecha: .................. Señor (Máxima Autoridad de la Entidad Contratante, o su Delegado ) Presente.‐ Señor Presidente: El que suscribe, en atención a la invitación efectuada por la (Entidad Contratante), dentro de proceso de Subasta Pública (objeto de contratación), luego de examinar los pliegos, al presentar esta Oferta por (sus propios derechos, si es persona natural) / (representante legal de ..., sí es persona jurídica), o (procurador común de ……., sí se trata de asociación) declara que: 1. (Suministrará todos los bienes ofertados, nuevos de fábrica, completos, listos para
su uso inmediato, de conformidad con las características detalladas en esta oferta) / (Prestar los servicios, de acuerdo con los Pliegos, especificaciones técnicas e instrucciones; en el plazo y por los precios indicados en el Formulario de Oferta).
2. La única persona o personas interesadas en esta oferta está o están nombradas
en ella, sin que incurra en actos de ocultamiento o simulación con el fin de que no aparezcan sujetos inhabilitados para contratar con el Estado.
3. Declara, también, que la oferta la hace en forma independiente y sin conexión
oculta con otra u otras personas, compañías o grupos participantes en este procedimiento de Subasta Inversa Electrónica y que, en todo aspecto, la oferta es honrada y de buena fe. Por consiguiente, asegura no haber vulnerado y que no vulnerará ningún principio o norma relacionada con la competencia libre, leal y justa; así como declara que no establecerá, concertará o coordinará –directa o indirectamente, en forma explícita o en forma oculta‐ posturas, abstenciones o
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resultados con otro u otros oferentes, se consideren o no partes relacionadas en los términos de la normativa aplicable.
4. Al presentar esta oferta, cumple con toda la normativa general, sectorial y especial aplicable a su actividad económica, profesión, ciencia u oficio.
5. Al presentar esta oferta, considera todos los costos obligatorios que debe y
deberá asumir en la ejecución contractual, especialmente aquellos relacionados con obligaciones sociales, laborales, de seguridad social, ambientales y tributarias vigentes.
6. Se allana, en caso de que se comprobare una violación a los compromisos
establecidos en los numerales 2, 3, 4 y 5 que anteceden, a que la entidad contratante le descalifique como oferente, o proceda a la terminación unilateral del contrato, según sea el caso.
7. Conoce las condiciones del suministro y ha estudiado las especificaciones
técnicas y demás Pliegos, inclusive sus alcances (detallar los alcances en caso de haberlos), como consta por escrito en el texto de esta carta, y se halla satisfecho del conocimiento adquirido. Por consiguiente, renuncia a cualquier reclamo posterior, aduciendo desconocimiento de características y especificaciones del (bien a suministrar o servicio a prestar).
8. Entiende que las cantidades indicadas en el Formulario de Oferta (formulario
No…) son fijas y no podrán variar por ningún concepto. 9. Conoce y acepta que (La Entidad Contratante) se reserva el derecho de adjudicar
el contrato o de declarar desierto el procedimiento convocado si conviniere a los intereses nacionales e institucionales. En ningún caso, los participantes tendrán derecho a reparación o indemnización alguna en caso de declaratoria de procedimiento desierto o de cancelación de procedimiento
10. Se somete a las exigencias y demás condiciones establecidas en la Ley Orgánica
del Sistema Nacional de Contratación Pública, LOSNCP, su Reglamento General, las resoluciones del INCOP y los Pliegos respectivos, en caso de ser adjudicatario.
11. Se responsabiliza de la veracidad, exactitud de la información y de las
declaraciones incluidas en los documentos de la Oferta, formularios y otros anexos, considerando que esta contratación se enmarca en el principio de la buena fe; sin perjuicio de lo cual autoriza a (la Entidad Contratante), a obtener aclaraciones e información adicional sobre las condiciones técnicas y económicas del Oferente.
12. Bajo juramento se compromete expresamente a no ofrecer ningún pago,
préstamo o servicio, entretenimiento de lujo, viajes u obsequios a ningún funcionario o trabajador de la Entidad Contratante, y acepta que en caso de violar este compromiso, (la Entidad Contratante) dé por terminado en forma
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inmediata el contrato observando el debido proceso, para lo cual se allana a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen.
13. Bajo juramento, no estar incurso en las inhabilidades generales y especiales e
incapacidades para contratar establecidas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP, y 110 y 111 de su Reglamento General.
14. En caso de que se le adjudique el contrato, se obliga a:
Firmar el contrato dentro del término establecido en los pliegos. Como requisito indispensable, antes de la suscripción del contrato, presentará la garantía de fiel cumplimiento a la que se refieren las condiciones del contrato, por el cinco por ciento (5%) del monto total del mismo y la garantía del anticipo (de ser el caso), recibido por el 100% de su valor, así como la garantía técnica correspondiente (para el de caso de bienes).
Suscribir el contrato dentro del término señalado en los pliegos.
A entregar el (bien o proveer el servicio) de conformidad con los pliegos y documentos del contrato.
(Si el oferente fuere extranjero, se añadirá un literal que dirá: Previamente a la
firma del contrato, el oferente se compromete a domiciliarse en el país, conforme lo dispone el artículo 6 y la sección XIII de la Ley de Compañías; y, a obtener el RUP.)
Atentamente, ‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐ FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL O PROCURADOR COMÚN (según el caso)
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Formulario No. 2
NOMBRE DEL OFERENTE: ……………………………………………………….. IG‐REGN‐01‐2011
DATOS GENERALES DEL OFERENTE NOMBRE DEL OFERENTE: (determinar si es persona natural, jurídica, consorcio o asociación; en este último caso, se identificará a los miembros del consorcio o asociación. Se determinará al representante legal o procurador común, de ser el caso). DIRECCIÓN PARA CORRESPONDENCIA: Ciudad: Calle: Teléfono(s): Correo electrónico: CEDULA DE CIUDADANÍA (PASAPORTE) R.U.C: BIENES Y SERVICIOS QUE OFRECE: LUGAR Y FECHA ‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐ FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL O PROCURADOR COMÚN (según el caso)
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Formulario No. 3
NOMBRE DEL OFERENTE: ……………………………………………………….. IG‐REGN‐01‐2011
COMPONENTES DE LOS BIENES OFERTADOS El oferente deberá llenar una tabla de los componentes de los (bienes o servicios), en la cual se deben incluir todos y cada uno de los rubros ofertados, que respondan a los requerimientos de (la Entidad Contratante).
LUGAR Y FECHA ‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐ FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL O PROCURADOR COMÚN (según el caso)
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Formulario No. 4
NOMBRE DEL OFERENTE: ……………………………………………………….. IG‐REGN‐01‐2011
MODELO DE CARTA DE CONFIDENCIALIDAD (De ser pertinente) Señor (MÁXIMA AUTORIDAD ENTIDAD CONTRATANTE) Presente Señor Presidente: El que suscribe, en atención a la convocatoria efectuada por La (Entidad Contratante), para la adquisición de (objeto de la contratación), declara que se obliga a guardar absoluta reserva de la información confiada y a la que pueda tener acceso durante las visitas previas a la valoración de la oferta y en virtud del desarrollo y cumplimiento del contrato en caso de resultar adjudicatario. La inobservancia de lo manifestado dará lugar a que (la Entidad Contratante) ejerza las acciones legales civiles y penales correspondientes y en especial las determinadas en los artículos 200 y 201 del Código Penal vigente. LUGAR Y FECHA ‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐ FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL O PROCURADOR COMÚN (según el caso)
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Formulario No. 5
NOMBRE DEL OFERENTE: ……………………………………………………….. IG‐REGN‐01‐2011
TABLA DE CANTIDADES Y PRECIOS
Tomando como base el Formulario No. 5, se deberá detallar el monto de la oferta, expresando los valores para cada componente y actividad, al mayor nivel de detalle posible.
LUGAR Y FECHA ‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐ FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL O PROCURADOR COMÚN (según el caso)
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Formulario No. 6
NOMBRE DEL OFERENTE: ……………………………………………………….. IG‐REGN‐01‐2011
Hoja .... de .....
DETALLE DE LA EXPERIENCIA Se indicarán los siguientes datos: Nombre y Dirección del contratante: Identificación del proceso de compra: Objeto y fecha del Contrato: Descripción de los bienes o servicios suministrados: Comentarios Principales: Valor del contrato: Fecha inicial y final del trabajo: Plazo Contractual: Hubo ampliación de Plazo..... (Causas) Hubo Terminación Anticipada..... (Causas) Actas de entrega – recepción definitivas (LUGAR Y FECHA)
‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐ FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL O PROCURADOR COMÚN (según el caso)
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Formulario No. 7
NOMBRE DEL OFERENTE: ……………………………………………………….. IG‐REGN‐01‐2011
Hoja .... de .....
SOPORTE TÉCNICO Se indicará (si fuere del caso) el alcance del soporte técnico que el oferente brindará a la entidad contratante, incluida la capacitación. (LUGAR Y FECHA)
‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐ FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL O PROCURADOR COMÚN (según el caso)
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Formulario No. 8
NOMBRE DEL OFERENTE: …………………………………………………………... IG‐REGN‐01‐2011
ANEXO DE LA RESOLUCIÓN INCOP No.037‐09 (sustitutiva de la Resolución INCOP No. 028‐09)
1. FORMULARIO PARA IDENTIFICACION DEL SOCIO(S), ACCIONISTA(S)
O PARTÍCIPE(S) MAYORITARIO(S) DE LA PERSONA JURÍDICA OFERENTE (en el caso de que ésta no cotice sus acciones
y participaciones en bolsas de valores nacionales o extranjeras).
(A presentarse de manera obligatoria, como parte de la Oferta Técnica)
NOMBRE DEL OFERENTE: …………………………………………………………... OBJETO DE LA CONTRATACIÓN:…………………………………………………… CÓDIGO DEL PROCESO: ……………………………………………………………… (Fecha) Señor (Máxima Autoridad ENTIDAD CONTRATANTE) Presente De mi consideración: El que suscribe, en mi calidad de representante legal de la (compañía ………..) declaro bajo juramento y en pleno conocimiento de las consecuencias legales que conlleva faltar a la verdad, que: 1. Libre y voluntariamente presento la información que detallo más adelante, para fines
única y exclusivamente relacionados con el presente proceso de contratación; 2. Garantizo la veracidad y exactitud de la información; y, autorizo a la Entidad
Contratante, al Instituto Nacional de Contratación Pública INCOP, o a los Órganos de Control, a efectuar averiguaciones para comprobar tal información.
3. Acepto que en caso de que el contenido de la presente declaración no corresponda a la verdad, la Entidad Contratante:
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a) Observando el debido proceso, aplique la sanción indicada en el último inciso del artículo 19 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública –LOSNCP‐;
b) Descalifique a mi representada como oferente; o, c) Proceda a la terminación unilateral del contrato respectivo, en cumplimiento del
artículo 64 de la LOSNCP, si tal comprobación ocurriere durante la vigencia de la relación contractual.
Además, me allano a responder por los daños y perjuicios que estos actos
ocasionen.
4.‐ Acepto que en caso de que el accionista, partícipe o socio mayoritario de mi representada esté domiciliado en un paraíso fiscal, la Entidad Contratante descalifique a mi representada inmediatamente
5.‐ Me comprometo a notificar a la entidad contratante la transferencia, cesión,
enajenación, bajo cualquier modalidad de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de participación, que realice la persona jurídica a la que represento. En caso de no hacerlo, acepto que la Entidad Contratante declare unilateralmente terminado el contrato respectivo.
Esta obligación será aplicable también a los partícipes de las asociaciones o consorcios, constituidos de conformidad con el artículo 26 de la LOSNCP. TIPO DE PERSONA JURÍDICA: Compañía Anónima Compañía de Responsabilidad Limitada Compañía Mixta Compañía en Nombre Colectivo Compañía en Comandita Simple Sociedad Civil Corporación Fundación Asociación o consorcio Otra NOMBRES COMPLETOS DEL SOCIO(S), ACCIONISTA(S), PARTÍCIPE(S) MAYORITARIO(S)
NÚMERO DE CÉDULA DE IDENTIDAD, RUC O IDENFICACIÓN SIMILAR EMITIDA POR PAÍS EXTRANJERO, DE SER EL CASO
PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN EN LA ESTRUCTURA DE PROPIEDAD DE LA PERSONA JURIDICA
DOMICILIO FISCAL
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NOTA: Si el socio (s), accionista (s) o partícipe (s) mayoritario (s) es una persona jurídica, de igual forma y utilizando el mismo formato, se deberá identificar los nombres completos del socio (s), accionista (s) o partícipe (s) mayoritario (s). Atentamente,
‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐ FIRMA EL REPRESENTANTE LEGAL
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2. DECLARACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA PERSONA JURÍDICA OFERENTE CUYAS ACCIONES SE NEGOCIAN EN BOLSAS DE VALORES
NACIONALES O EXTRANJERAS
(A presentarse de manera obligatoria, como parte de la oferta técnica) NOMBRE DEL OFERENTE: .......................................................................... OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: ............................................................ CÓDIGO DEL PROCESO: ….......………………………............................. (Fecha) Señor (Máxima Autoridad Entidad Contratante) Presente De mi consideración: El que suscribe, en mi calidad de representante legal de la (compañía………..) declaro bajo juramento y en pleno conocimiento de las consecuencias legales que conlleva faltar a la verdad, que mi representada está registrada en la (BOLSA DE VALORES NACIONAL O EXTRANJERA), desde (FECHA DE REGISTRO) hasta la actualidad, y en tal virtud sus (acciones) se cotizan en la mencionada Bolsa de Valores: 1. Garantizo la veracidad y exactitud de la información proporcionada en esta
declaración, y autorizo a la entidad contratante, al Instituto Nacional de Contratación Pública INCOP, o a cualquier órgano de control competente, a efectuar las investigaciones pertinentes para comprobar tal información.
2. Además, acepto que en caso de que el contenido de la presente declaración no corresponda a la verdad, la entidad contratante:
a. Observando el debido proceso, aplique la sanción indicada en el último inciso del artículo 19 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública;
b. Descalifique a mi representada como oferente; o,
c. Proceda a la terminación unilateral del contrato respectivo, en cumplimiento del artículo 64 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, si tal comprobación ocurriere durante la vigencia de la relación contractual.
d. Además, me allano a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen.
Atentamente, …………………………………… FIRMA DEL REPRESENTENTA LEGAL
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Formulario No. 9
NOMBRE DEL OFERENTE: ……………………………………………………….. IG‐REGN‐01‐2011
DECLARACIÓN DE AGREGADO NACIONAL
Señor (Máxima Autoridad ENTIDAD CONTRATANTE) Presente De mi consideración: El que suscribe, (por mis propios derechos o en calidad de representante legal de la compañía …) declaro bajo juramento y en pleno conocimiento de las consecuencias legales que conlleva faltar a la verdad, que: Libre y voluntariamente presento la información que detallo más adelante, para fines única y exclusivamente relacionados con el presente proceso de contratación; Declaro que el (bien o servicio) ofertado tiene un valor agregado nacional del (%) respecto a su costo de producción, el sustento del cálculo de dicho valor se encuentra en el Formulario No. 9‐A Garantizo la veracidad y exactitud de la presente información; y, autorizo a la Entidad Contratante, al INCOP, o a un Órgano de Control, a efectuar averiguaciones para comprobar tal información. Autorizo a que esta información se transparente a través del Portal www.industriasguapan.com.ec; y, doy mi consentimiento para que se realicen las verificaciones o veedurías que sean pertinentes. La falta de veracidad de la información presentada por el oferente será causa de descalificación de la oferta o de terminación unilateral del contrato, si ésta se detectare en forma posterior Atentamente, (FECHA Y LUGAR)
‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐ FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL O PROCURADOR COMÚN (según el caso)
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FORMULARIO 9‐A CÁLCULO DEL PORCENTAJE DE VALOR AGREGADO NACIONAL RESPECTO AL COSTO
DE PRODUCCIÓN (Desagregado por elemento de costo)
ELEMENTOS DE COSTOS DEL BIEN O SERVICIO VALOR AGREGADO
NACIONAL (%)
a) Valor de materia prima e insumos de origen nacional de aplicación directa al bien o servicio.
(a/CT) x 100
b) Valor de mano de obra utilizada en el país para la fabricación del bien o prestación del servicio.
(b/CT) x 100
c) Valor de la tecnología de origen nacional aplicada en la elaboración del bien o prestación del servicio: Gastos de investigación, desarrollo y Propiedad Intelectual.
(El valor proporcional utilizado para este cálculo será el resultante de aplicar el valor de amortización anual directamente en el período de fabricación del bien o prestación del servicio desarrollado, objeto de la oferta, de acuerdo a la Ley de Régimen Tributario Interno y su reglamento)
(c/CT) x 100
d) Servicios, incluidos los profesionales, prestados por personas naturales y jurídicas nacionales para la fabricación del bien o prestación del servicio.
(d/CT) x 100
e) Depreciación de equipos instalados en las plantas industriales en Ecuador empleados para la fabricación del bien, o prestación del servicio, de acuerdo a los siguientes criterios:
• Para la fabricación de bienes o prestación de servicios, la depreciación no podrá ser realizada en un tiempo menor de diez (10) años para herramientas, maquinarias, equipos e instalación.
• El valor de depreciación será el valor histórico en libros. En caso que no exista valor de depreciación, este concepto se lo realizará según avalúo de activos.
• El valor proporcional utilizado para este cálculo, será el resultante de aplicar el valor de depreciación anual obtenido de la maquinaria, equipos o instalaciones en el período realmente utilizado directamente en la fabricación del bien o prestación del servicio objeto de la oferta.
(e/CT) x 100
TOTAL COMPONENTE NACIONAL Suma de %
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METODOLOGÍA PARA CUMPLIMENTAR EL FORMULARIO 9‐A
DEFINICIONES Y CRITERIOS Para efectos de cumplimentar el formulario 9‐A se deberá tomar en cuenta las siguientes definiciones y criterios: • Valor Agregado Nacional. Es el resultado de la sumatoria de las contribuciones
porcentuales en la formación del precio final de los diversos componentes de origen nacional, que se utilizan para producir un bien o prestar un servicio.
• Materia Prima, Insumos y Equipos de Origen Nacional. Todos aquellos bienes, partes, materiales producidos o fabricados en el país, incorporados en la producción de bienes, o prestación de servicios objeto de la oferta.
• Mano de Obra. Personal empleado, obreros y trabajadores utilizados para la producción del bien, o prestación del servicio objeto de la oferta, según los datos declarados al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS.
• Tecnología de Origen Nacional. Los gastos documentadamente comprobables que en investigación, desarrollo y propiedad intelectual, que hayan sido realizados en el país, para la fabricación del producto, o prestación del servicio objeto de la oferta, en el % que corresponda de acuerdo a la presente metodología
Para la presentación de los componentes relacionados al cálculo del Valor de Agregado Nacional, debe observarse el procedimiento estipulado en el Formulario 9‐A. No serán considerados como Valor de Agregado Nacional: 1. Las manipulaciones simples destinadas a asegurar la conservación de los bienes
durante su transporte o almacenamiento, tales como la aeración, refrigeración, adición de sustancias, salazón, extracción de partes averiadas y operaciones similares. Salvo en aquellos casos, que con ocasión a la cogestión se demuestre que grupos de personas realicen este tipo de funciones dentro de la empresa.
2. Las operaciones de desempolvamiento, lavado o limpieza, entresaque, clasificación, selección, división en partes, cribado, tamizado, filtrado, dilución en agua, aplicación de aceite y recortado.
3. La formación de juegos de bienes.
4. La reunión o división de bultos.
5. La aplicación de marcas, etiquetas o signos distintivos similares a las marcas nacionales.
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6. El servicio de post‐venta y garantía de bienes y servicios importados, costos de publicidad, promoción, comercialización y distribución.
7. Costos administrativos, márgenes de utilidad, tributos, gastos de nacionalización y otros costos que no intervengan directamente en el proceso productivo.
8. Cualquier otra actividad que no cumplan los parámetros determinantes del Valor de Agregado Nacional, establecidos en este instructivo.
Notas :
a. La sumatoria de los elementos del cuadro anterior no necesariamente deben ser el
100% ni tampoco superar dicho porcentaje.
b. Los valores de los parámetros a, b, c, d, e, de la columna de Valor Agregado Nacional, corresponden a los porcentajes de cada uno de ellos respecto al costo total (CT) del objeto ofertado.
c. El Valor (CT), corresponde al Costo Total de Producción del bien o prestación del servicio.