Obligatoriedad y Controversias

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OBLIGATORIEDAD Y

CONTROVERSIAS

Lic. Graciela Álvarez Pérez

Autoridades que crean jurisprudencia con carácter

obligatorio

En el Poder Judicial de la Federación, por disposición de la ley, están facultados para emitir JURISPRUDENCIA OBLIGATORIA, el Pleno y las Salas de la SCJN; la Sala Superior y las Salas Regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; y los Tribunales Colegiados de Circuito.

Jurisprudencia Obligatoria

La jurisprudencia emitida por la SCJN, cuando funciona en Pleno o en Salas, es obligatoria para los Tribunales Unitarios y Colegiados de Circuito, los Juzgados de Distrito, los Tribunales Militares y Judiciales del orden común de los Estados y del Distrito Federal, y los Tribunales Administrativos y del Trabajo, tanto locales como federales. Las Salas de la Suprema Corte, únicamente están obligadas por la jurisprudencia decretada por el Tribunal en Pleno.

Suprema Corte De Justicia

La Suprema Corte de Justicia de la Nación es el Máximo Tribunal Constitucional del país y cabeza del Poder Judicial de la Federación.

Tiene entre sus responsabilidades defender el orden establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; mantener el equilibrio entre los distintos Poderes y ámbitos de gobierno, a través de las resoluciones judiciales que emite; además de solucionar, de manera definitiva, asuntos que son de gran importancia para la sociedad.

Los Tribunales Colegiados de Circuito se componen de 3 magistrados, uno de los cuales es su presidente. Además cuentan con un secretario de acuerdos y del número de secretarios, actuarios y empleados que determina el presupuesto. Pueden estar especializados en una materia (penal, administrativa, civil o mercantil, y laboral) o conocer de todas ellas.

Tribunal Colegiado de Circuito

Es de competencia de los Tribunales Colegiados de Circuito: los juicios de amparo directo contra sentencias definitivas, laudos o contra resoluciones que pongan fin al juicio por violaciones cometidas en ellas o durante la secuela del procedimiento; los recursos que procedan contra los autos y resoluciones que pronuncien los Jueces de Distrito.

Para ser magistrado de un tribunal colegiado se requiere ser ciudadano por nacimiento en pleno ejercicio de sus derechos mayor de treinta y cinco años al día de su nombramiento gozar de buena reputación, no haber sido condenado por delitos intencionales, o con pena privativa de libertad mayor de un año, contar con título de licenciado en derecho y práctica profesional de cuando menos cinco años.

Los magistrados duran en su encargo seis años y si son ratificados o promovidos se convierten en inamovibles hasta que cumplan la edad citada anteriormente.

Deben retirarse al cumplir los setenta y cinco años de edad. 

Tribunal Fiscal de la Federación

El tribunal fiscal de la federación como tal ya no existe y ahora se llama Tribunal Federal De Justicia Fiscal Y Administrativa, su competencia la encuentras regulada en el articulo 11 de la ley orgánica de dicho tribunal.