ADUANA GENERAL DE LA REPÚBLICA CUBA. 2014. Exentos de pago

Post on 20-Jun-2015

54 views 0 download

description

ADUANA GENERAL DE LA REPÚBLICA CUBA. 2014. Exentos de pago

Transcript of ADUANA GENERAL DE LA REPÚBLICA CUBA. 2014. Exentos de pago

Exentos de Pago

Se encuentran exentos del pago de derechos:

 

- Los artículos considerados Efectos Personales - Hasta 10 kilogramos de medicamentos . - Productos farmacéuticos elaborados, sillas de ruedas para inválidos, libros científicos, técnicos, de arte y literatura; partituras musicales; discos, cintas magnetofónicas, vistas fijas ypelículas cinematográficas para la enseñanza; prótesis, cuando reemplacen o sustituyan unórgano o parte de él; y los equipos, libros o materiales destinados para ciegos; - Culeros desechables para adultos; - Los menajes de casas y efectos personales de las personas que arriben a Cuba conel propósito de residir permanentemente, conforme a lo establecido en la legislación vigente; - Las medallas, condecoraciones y los premios concedidos en el extranjero, y losproductos que como regalos o premios reciban los ciudadanos cubanos por su condición decientíficos, deportistas, artistas y otra, siempre que se demuestre su origen con el documentocorrespondiente.

Se admiten también libres del pago de derechos y gravámenes los productos que comoimportación temporal, traen los extranjeros en su condición de artistas, deportistas,especialistas, científicos, periodistas y cineastas, los pasajeros en tránsito y aquellas personasque arriban al país en circunstancias especiales.

No pagarán tampoco derechos de aduanas los artículos que con un valor entre uno y $50.99pesos, los pasajeros entren definitivamente al país como parte de su equipaje.  Estos artículosequivalen a 5 kgs. de misceláneas en aquellos casos en que se aplique el método alternativode valoración Peso/Valor.

1 / 1