1 - Macpherson - Ascenso y Caida de la Justicia Económica y otros ensayos

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  • CAPrI 1JLO 2

    PHOf3LEtvl/\.S Ul~ DErU~Cl !OS l IUM/\NU.'; /\FINES DEL SICLO XX

    1

    1

    1

    '

    Se lpod1ia pensar q11e [()(Ju el 11n111 rcclws l111111;111us S()11 cu11ccliilJlcs'

    t:lt: csl;11 ;1 ;1\t11 de 1>1,; de :1:1s d11d;1s suln 1; l11s del e

    ellos 1d :; ( 11csll11 (::,[;1 q11c li:1 sidu l;11.lc;1d;1 11111 l111L1 !;i:1 kd:1dJ, pc10 sq~111;1111.11l

  • 3G C n. Mncplicrson

    rl;irl person;:il por p;irie del gobierno u otros cluchdanos: (2) el dne-cho po!illco a tener vo7., directa o lnrllrecl;imente. (;i travs de la eleccin de re11resenlantes) en el gobierno del pals: y (3) una g;1111a r:::cienk: ele lo que se denominan derechos econmicos y socblcs. rnmo el derecho a trab;:ijar. el derecho a lgtl.)I Sri1r:1111~;(a11cli'ls. que co11 sttma frccucnr!;i p1cvalcce11, ;-ilgunas cate-go1 i;1!; c.1 ;in lncnrnp;i\ilJks ron j;1s otr;is, o p;ireccr;)n serlo. Ten cl1r111ns q11~ p1e;t;i1 a este lc111a un;i m:iyor ;ilr.nrir'in en r11;ilq11lcr lHt'.

  • 38 C 13. MocJ/lerson

    obvias diferencias cxislcnlcs en cuanto a la di1dicipadn pop1ilar eftcll\'a) estn u11 l;m(o cklr:1s: Y 1:11 d; 1 c 1~J 1 os s~)Ciales y ecc11111kos (a lr;\11.1j:1r. a la !.1g111id:ul ;;1wi;d) !d: cncue1Jlra11 algo 111;\s adel;11de q11e los e::;lado:; cwcid1:11L1ks L11!1 c l>S pabes sul>desanullados. h>s co1n1111islas co11q1:1rll'11 1:1 po:;i1 i

  • '10 e /J /\fri.:phcrson

    los medios materiales para una vida plenamente hu111:1na. Se consl-dc:r

  • 42 C. H. Mcicp/1i:rson

    opciones son sobre todo necesarias en las socicd ;1des o p11lc11 las vriellladas hacla el consumo. pero en cualquier suciedad que vis-lumbre un futuro ms pleno se planlc:au l11ltnog:111lcs anlogos.

    El tipo de lrneques a los que acabarnos de rccrlt 11os parece rno-r.ilmenle neutro. o incluso n,1oralmente budabk:. el individ110 o la comunld

  • 44 C. B. Macpherson

    convierte en un reuche. El partido gobernante en los estados de In-dependencia reciente, por ms que rechace el ethos capltallsta, queda apresado ln~nslblemente en el artlculo central de la fe capi-talista: el culto del crecimiento econmico. No pretendo que el cre-cimiento econmico sea indeseable como taJ: bien puede ser un medio necesario para la subsistencia humana de lodos los habitan-tes de un pals subdesarrollado. Pero en tales paises hay dos pcU-gros gemelos que doblegan los esfuerzos tendientes al crecimiento econmlco: los dos peligros surgen del hecho de que el concepto de crecimiento econmico -tanto en su propsito como en su prcttca-provlene de la Ideologa y la experiencia de la sociedad capitallsta.. -----.En. c1Janto n la ideologa. el crecimiento econmico es tan esen clal para el capitalismo que los directores de las sociedades capita-listas Jo toman como un fln en s. al que debe subordinarse todo lo dems. Al asumir el concepto de crecimiento econmlco, es muy

    probable que d gobierno de un pas subdesarrollado tambin ab-sorba la ldeologla que lo acompaa. y convierta al crecimiento eco-nmko en un lln. y no en un medio, un fin con el que entonces se Justifican medios de otro modo inJusUl1cables.

    Con respecto a la prcUca. el mismo gobierno subdesarrollado puede tambin udoptar algunas de las tcnicas capitalistas que al-guna vex generaron un creclmlento econmico tan espectacular en Occidente. aunque ellas ya no strvan alli: la Inversin en empresas capital-inlensh-as y en tecnologias de avanzada, que en el capltalls mo se consideran exitosas en la medida en que conduzcan a una acumulacin c-apitallsta aun mayor. El peligro no reside en' el em-pleo de tecnologa perfeccionada como tal: todo el mundo llene que confiar cada Vez ms en el progreso tecnolgico para liberar a la humanidad d17 la ~scasez. El pellgr.o est simplemente en que se aceptar el criterio capitalista de xito .. Donde el criterio es la acu .. mulacin. los derechos humanos tienen pocas oportunidades. '

    Las debilld:\des de la defensa del trueque son bastante obvias. Lo que espantn es que la argumentacin en favor del trueque re-sulta stp embn.rgo polillcarnente: muy atactlva para los gobernan-tes de los pa~s subdesarrollados.

    D

  • 46 C. H. Macpilerso"

    econmico en los paises capitalistas pone a sus gobernantes en el mismo bote que Jos gobernantes de los paises su!Jdesanollados y comw1fstas. Para Jos gobernantes de Occidente, la desaceleracin del crecimiento capitalista es subdesarrollo en relacin con sus e..x-pect;Uvas. y seria sorprendente que no adopta1

  • C. B. Macpherso11

    iroplcclad. corno cuando Locke y sus contemporneos se referan a Ju propiedad de !a propia persona. de 1;i. propia vida y JilJeltad. asl como de Jos propios bienes terrenales.

    Volver a hacer avanz.

  • 98 (. C. B. Macpherson

    6. Supru, pp. 93 l , . 5. R M. M.ac~'.:T11e Mo

  • l ()() . Los derechos hurnanDs corno derechos de pmpkciod lOl

    tu10 parecen ms dlgn;1s de considerarse. F .. .amlnas cuatro de el los.

    dual l no ser e..xcluldo del uso o disrrutc de cosas que l:t soc1, dad haba declarado de uso comLin: Uerras. pan1ues. c~1111lnos, aguas comunes. En ambos casos se trata ele derechos e.Je lo:. lndlvlduos.

    (1) El primer cambio rpll'. quiero ~i::iialar pll de parecer slo un Ambos Upos de derechos rueron creados y ma11tcilidos ~~,-,r la socic-c;:1111blo lcxlcogrfico o de diccionario en el \lo

  • l 0'2. C I3. Macpherson

    P;i:ct r-.sumir todos estos cambios. nos queda un concepto mo-dcriw , :, L r11.iicd;o,rJ como derecho individual e:xcluslvo a usar y dL~r> 111: , osas male:riales.

    Obv;:-i_1eot1 .. ahora se necesita algn cambio adicional para ha-cer ' , e: 111 'C'' '' concepto estrecho de la propiedad sea congruente cnn ,rn;1 sociedad democrtica. La propiedad como derecho e.xclusl-v.- de una pe 1 :;o na natural o artificial a usar y disponer de cosas 1:i;tl ~' :>!~s ind uso Uerr-a y recursos naturales) conduce necesaria "'':111: , 11 cu;t\quier Upo de sociedad de mercado (desde la ms ll-h1c. 1a 111.:i.s 1c1 1:.~c'amentc compel!Uva. hasta una altamente mono-

    p'ilic~l ... -,~--1111:1 esigualdad de riqueza y poder que niega a mucha gr::(: h >()s ihi lid ad de una vida razonable.mente humana.

    ';, ;"'lilucin estrecha de la propiedad debe dar por resultad9 tnl .. ksl;uakbd. en. cualquier sociedad que no tenga una propiedad gu~i-licam11t1: estructurada como para suprimlr todas las di(eren

    ci~ k lvl-iilidad y energa.. Incluso si empezramos con una lgual-ci;id ..::om>1cla ele la propiedad. la operacin de los derechos de prnpin1a(I exclusivos y dlsponibles pronto llevara a que algunos lo-: cp1:i;1 rns que otros. y cuanto ms logra uno. mas fcil resulta ~l1'.t'n: r a~m ms. de modo que. por lo menos en cuanto desapare-ce la tierra sin dueo. una canUdad rclalivamente pequea de per sanas con~ i.'.Ll! el derecho exclusivo a la mayor ~Jarte de la tierra Y d capital de. trabajo. Quienes quedan sin llerra ni capit.a.l. o sln su-fic1(:n te tierra o capilal como para trabajarlos por cuenla propla. tienen que pagar a otros por el acceso a tales recursos. Hay enton

    r:~:s una transferencia neta continua. a los propietarios, de los pa-

    Los Jerec/io:; lu11nlut0s co1110 derechos de proJ1edod lOJ

    como prc'ireslonaks . .son rn.:i o mcqos Jndcpcndle11lcs y esln ms o menos exentos Je 1

  • 104 C. D. Mocplterson

    posibilldtides de apmt

  • 106 C. B. acpherson

    sos cargos polticos y edblslkcs. Ver.~libles o no, esas propieda-des eran obviamente Jerdchos a li.na renta ms bien que derechos

    ' 1 t '

    a cualquier cosa material ,especifica. Entonces. con el a,sce~so de, !a'. economa capllalisla de mercado,

    la masa de la sociedad' actual pas de derechos a menudo no transferibles a una renta

    1 de la Uerra, las concesiones, los monopo-

    lios y los cargos, a derechos transferibles a Uerra en dominio abso-luto, arrendamientos vendibles, Instalaciones fislcas y dinero. La p10piedad se ha vuelto predominantemente un derecho a cosas.

    Hecordemos ahora que quedamos examinar las causas de los di-versos estrechamientos del coc~pto de propiedad para poder con-siderar la posibilidad de que ei concepto de propiedad vuelva a am-plJarse. Cules son las probabUJdades de la! ampliacin? En este anlisis ser conveniente abordar los cuatro estrechamientos en orden Inverso.

    (4) La propiedad ya est volviendo a concebirse como derecho a una renta. Como. el capitalismo ha madurado y ha 8ldo sometido a considerables regulaciones. y como la distribucin de su producto anual total ha sido objeto de una cierta redistribucin por medidas del estado asistencial. la descripcin ms realista de la propiedad de la mayor parte de las persnas est pasando a ser la de derecho a una renta, sea (a) el derecho a ganar un Ingreso con el propio cs-fuerLo, o (b) el derecho a un ingreso usualmente no ganado con el propio esfuerzo. La categora (b) comprende todos Jos Ingresos por Inversiones, incluso los derechos a pensiones (cada vez ms difun-didas en sectores de ernpleaqos y obreros). y Jos mltlplt;s tipos de ingreso proporcionados por ~l estado, en dinero o servicios, tales corno las asignaciones famllike:s. los beneficios por desempleo, los servicios de salud. los benellclo~ para la vejez. La categora (a) com-prende (i), para los trabajadm!es autnomos, desde los mdicos hasta los taxJslas independi'enles, el derecho a ganar un Ingreso con la prctica de sus aptitudes. Esto a menudo se reduce a la ne-cesidad de una licencia: Ja licencia en s es una propiedad, a veces (como en el caso ele la licencia de laxista) una propiedad vendible. y lll). para los a.s;ilariados, s reduce al derecho a un emplee>, dere-cho cada vez ms afirmado por las organizaciones laborales. Es la afirmacin de un de ecJJO al aeceso a los medk)S ele trabajo, sean quienes fueren !os propietarios. Ese daecho se ve cada vez ms co-mo una propiedad, pcrrepci,n que representa un gran cambio en el concepto de propiedad. !

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    Los di=rc:clws lumiaiws como derechos de prop11o:dod 107

    (3 y 2. que puk,nos considerar Juntos). El concepto de propk-: dad como derecho exclusloo, alienable (a cosas y rcnl;:is) ya esl

    empaando a cambiar. El derecho a un empleo qu.:: ahora se est afirmando es claramente un derecho no alienable; tampoco, por lo menos en principio. es un derecho a excluir a otros. tanto como es un derecho a no ser excluido de algo. a saber: del acceso a Jos me-dlos de trabajo acumulados de la sociedad auncne en el co1io pla-

    - zo podra ser un derecho de los trabajadores organizados excluir de ese acceso a los trabajadores no organLZados). ,;, Otra forma ele propiedad lndiVlclual. que por ahora est muy le-

    " jos, es tambin un derecho ni exclu8lvo nl allenablt: se trata del '.~Ingreso anual garantido", o del ingreso proporcionado por un "im-puesto negativo al Ingreso". Casi con segurldld u11.-, ti otro de estos esquemas va a Instrumentarse en medida creclt:11le. por rct:Lones tecnlcas econm!ca8 y a causa de las preslones politlc:as democr-

    tlcas. i Junto a estos dos factores ahora perceptililes en nuestra soclc-

    _ dad, existe una r

  • 108 ~.-::: C. D. Mac:plu:rson

    vencl~ de la empresa oll;opllca dentro de la economla caplk-tlista, y el unlco medio para la supervivencia de esa cronornia romo un todo en .su compelc11cl

  • CAPmJLO 7 .\ ;.

    ~ ~ LA PROPIEDAD COMO MEDIO Y COMO FJNI

    ! ? l ' 11!-I '. t i

    '~ . 1

    11 I-Iay varios modos posibles'. de lle'~ar a una visin general de la te01a de la propiedad en la t~dJcln po!iUca occidental. Uno consls; :' te en propor-clonar un lnforme;h1strico dliecto de las sucesivas leo: : ras justlficallvas o criticas de los diversos tipos y cantidades d. pro;ledad que h;:i.n preocupaqb a los t.e1icos polticos de diferent~: pocas. mostrando \as bases cambiantes en las que basaron sus ar~

    gumentaclones.~ Otro modo es clasWcar lgicamente las bases con Jas que Ja propiedad se ha justlficado o podria JusUfkarse, y somtc _ terlas a tests de consistencia y adecuacin lgicas.3 Otro modo es . partir de los cambios observables en el concepto mJsmo de propie-dad. esto es, en el con.tenido de Ja defiJJlcln de la propiedad en si, en pocas sucesivas de Ja tradlclri occidental. y relacionar esos cambios con Jos requertwJentos cambiantes de las clases dominan~ tes y en ascenso, como yo lo he hed1b en mi discusin de los vados '

    ' . ! . estrechamientos dtl concepto. desde el anllguo y medieval que in-clua tanto la propiedad corrjn cono la privada, pasando por un concepto moderno temprano que pen:;aba slo en la propiedad Jndl-vldual privada pero la defina' con m.;litud suficiente como para inclulr los derechos a la vida y la libeiiad as como a los bleues ma teriales, hasta un estre:chaml~nto qu~ limlt Ja propiedad a un dere cho a algn uso o bene/klo d~,~gun;:J, cosa material o renta, y fin'al mente un estrechamiento ~dlclon~l que Jo redujo al derecho a al!enar o disponer de bienes tnateriales. y de usarlos! y disfrntar de

    ellos.~ ' ~ ~ Esos tres modos de sLri:~olar la propiedad no agotan las posi-

    bilidades. Ahora quiero inte!ltar otro !modo: buscar alguna pauta hallable en la tradirin occid~nt;:J. q/1~ ocupe un lugar lnterrnedlo

    I)' .. 1

    i i." !i ;, :e

    I. pmpiedcul corno meJ io !J corno fin 1 l l

    : nin: tralil.r la propkdad como un medio para fin..:.s t:tlcos 0 aJ ser-vicio de Clinceptos ontolgicos del hombre. por un l.t.IO, Y por el 'otro tralut la proplcdad como un fin en s. . . . , Tal vez la bsqueda de una paula tal pai ac~ un

  • 112 C. R Macplicrson

    mo medio o como fin. cst~ua bien establecer la definicin llrnltante de la propiedad que voy a emplear. Yo me limito aqul a la propie-dad privada. definida corno un derecho. es decir un reclondicnfc rlr:- r"'.lirlrl:>rf."S /\rl,.m;\s:

    I.a propiedad como medio y como fm 113

    "El dinero es el instrumento de medicln de la cantidad de placer o ! dolor. Quienes no estn S .... ,,

    -- .~fJ; ...

  • l

    \

    114 C. H Macpherson

    los clculos de los empresarios acerca de cmo acrecentar su acu-lj1 ruulacln de capital. para justificar ese sistema de 1elaclones de

    produccin y distribucin hay que sostener que tal acumulacin ilimitada es justa. Y en la tradicin ulllltarista eso exiga demoslra_r que la maxlmizacin de la acumulacin es Indistinguible de Ja rna ximizacln d~ las utUldades. De manera que el cambio al trata mJento de la acumulacin de propiedad como fin era necesario pa-ta \egltlmar las relaciones capitalistas.

    Para Hegel y los Idealistas ingleses. Ja acumulacin de propiedad era tal vez me:rios claramente un fin. Pero tanto Hegd

  • '! 116 C R Mcu:plicrson

    len de una posicin de llbct-il Code, Part l. cap. 6 6. Jererny /Jent/wm's f.co1wmlc \Vriltys, cr,inp de \V. Sl:i.1 k (All