Surgen
Basada
Señala
FUNDAMENTO CLASIFICACION
TRATAMIENTO UNITARIO EN LA COSTRUCCION
POLITICA Y CODIGO CIVIL PERUANO
LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS
1936 1984
De corte netamente positivista y
patrimonialista
CODIGO CIVIL
Paridad de tratamiento
Justicia retributiva
Igualdad formal
PRINCIPIOS
Filosofía personalista inspirada en el
principio de justicia distributiva
Las personas en su relevancia sub
especie iuris, es atendida en sentido atomista y pluralista, como resultado de
una serie de derechos reconocidos por el
legislador
Messenetti
Derechos psicosomáticos
Derechos tutelares del desenvolvimiento de la persona en cuanto tal
Derecho a la vida
Derecho a disponer del
propio cuerpo
Derecho a la integridad
Derecho a disponer de las
partes separadas del cuerpo
Derecho a disponer del
cadáver
Derecho a la libertad
Derecho a la identidad
Derecho al honor
Derecho al secreto y reserva
Derecho a la imagen y a la voz
TEORIAS
El objeto de los derechos de la persona era el mismo sujeto
El objeto de los derechos de la
persona recae en la colectividad
El objeto de cada uno de los
derechos de la persona se da
según los modos de ser de la misma