Derecho del Comercio Internacional TLC Perú - Singapur ------------------------------------------------------------------------------------
PROFESORA: GASCO VALERA MARÍA DEL CARMEN
CURSO : DERECHO DEL COMERCIO INTERNACIONAL
TEMA : TRATADO LIBRE COMERCIO PERÚ- SINGAPUR
ALUMNOS:
CABRERA HUARIPATA,CINTHIA
CHAVÉZ CASTREJÓN,YANETH
ORTÍZ REQUEJO, JOSELIN
TOMAS COTRINA, ISAI
YUPANQUI DELGADO, MARILÚ
CAJAMARCA- 2015
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EL TRATADO DE LIBRE
COMERCIO
PERÚ-SINGAPUR
¿QUE ES EL TLC?
El Tratado libre Comercio es un acuerdo comercial vinculante que suscriben
dos o más países para acordar la concesión de preferencias arancelarias mutuas y
la reducción de barreras no arancelarias al comercio de bienes y servicios.
DATOS GENERALES DE SINGAPUR:
Población : 5 469 700 habitantes
PBI : 287 374
Ubicación: Continente asiático, limita por malasia por el norte, Indonesia
por el sur.
Capital : Singapur
Moneda : dólar de Singapur
Idioma : Malayo, Chino Mandarín, Inglés, Tamil
Singapur posee una economía de mercado libre, próspera, caracterizada por
un entorno abierto y tiene precios estables. Junto con Hong Kong, Corea del
Sur y Taiwán, se considera a Singapur como uno de los “tigres asiáticos”.
La economía depende principalmente de las exportaciones y el refinamiento
de importaciones, particularmente las del sector electrónico e industrial. Es el líder
mundial en materia de infraestructura, tecnologías de la información.
1. ANTECEDENTES DEL TRATADO LIBRE COMERCIO PERÚ-SINGAPPUR
Como parte de la estrategia para profundizar nuestras relaciones comerciales, el
MINCETUR propuso a su contraparte de Singapur en agosto de 2004 la posibilidad
de iniciar negociaciones comerciales con miras a un Tratado de Libre Comercio.
El proceso se inició formalmente en febrero de 2006 y requirió de 4 rondas de
negociación:
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2. OBJETIVO
Es promover y facilitar la inversión procedente de Singapur en proyectos de
infraestructura en el marco de la implementación del HUB-Perú y los ejes IIRSA,
así como en la producción de mercancías de exportación aprovechando los
mercados con que el Perú mantiene acceso preferencial.
3. TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE PERÚ- SINGAPUR
El tratado de libre comercio Perú-Singapur, fue suscrito el 29 de mayo de
2008 en Lima, por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo Mercedes Aráoz
Fernández y el Ministro de Comercio e Industria, Lim Hng Kiang en presencia del
Presidente del Perú, Alan García. Entra en vigencia a partir del 1 de agosto del
2009 durante el decreto supremo N° 01-2009-MINCETUR.
4. TEMAS NEGOCIADOS
a) Acceso a mercados
Eliminación de medidas no arancelarias que prohíban o restrinjan el
comercio. Compromiso que ninguna parte (Perú- Singapur) introduzca
subsidios a la exportación sobre mercancías agrícolas destinadas a la otra
Parte.
b) Reglas de Origen
Requisitos Específicos de Origen (REOs) para que los productos se
califiquen como originarios. REOs son acordes a las sensibilidades que
tiene el Perú. Asimismo pueden ser modificados cuando existan cambios
tecnológicos, en el abastecimiento de insumos y en los procesos
productivos.
Ronda Fecha Lugar
I 14 - 17 de febrero de 2006 Singapur - Singapur
II 12 - 16 de junio de 2006 Lima - Perú
III 25 - 28 de septiembre de 2006 Singapur - Singapur
IV 27 -29 de junio 2007 Cairns - Australia
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Reglas más flexibles para productos primarios y más exigentes para
mercancías finales. De Mínimas de 10% sobre el valor FOB de la
mercancía para todos los sectores, excepto el textil, donde será 7% sobre el
peso del componente que determina la clasificación arancelaria de la
mercancía.
c) Defensa Comercial
Medida de salvaguardia bilateral podrá ser aplicada por 2 años (incluyendo
periodo de medida provisional) más 1año de prórroga.
d) Procedimientos Aduaneros
Cláusula de cooperación entre las autoridades aduaneras de ambos países,
donde se puede solicitar asistencia al otro país para investigar y prevenir
delitos aduaneros
e) Medidas Sanitarias y Fitosanitarias
Se contemplan temas relevantes para el Perú como facilitación del
comercio en asuntos sanitarios y fitosanitarios, evaluación de riesgo y
determinación del nivel apropiado de protección sanitaria y fitosanitaria, y
reconocimiento de zonas libres o de baja prevalencia de plagas o
enfermedades.
f) Obstáculos Técnicos al Comercio
Incorpora las obligaciones del Acuerdo sobre OTC de la OMC Busca
eliminar los obstáculos innecesarios al comercio para facilitar e incrementar
el comercio bilateral
g) Inversión
Acuerdo Bilateral de Inversión (BIT), regulaba sólo trato nacional y trato de
nación más favorecida, y una disciplina laxa de nivel mínimo de trato a los
inversionistas.
h) Políticas de Competencia
Promueve la libre competencia y busca evitar la aparición de prácticas de
negocios anticompetitivas dentro de la zona de libre comercio a través del
establecimiento de vínculos de cooperación entre las autoridades de
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competencia en temas tales como notificaciones, transparencia, consultas e
intercambio de información
i) Solución de Controversias
Se buscó un mecanismo ágil, dinámico y eficaz. Protege los derechos que
se vean afectados por el incumplimiento del acuerdo, garantizando una
solución al problema en tiempos prudentes.
j) Servicios de telecomunicaciones
Ambas partes estuvieron de acuerdo en que los capítulos sobre comercio
transfronterizo de servicios e inversión cubran al sector de
telecomunicaciones. Considerando que ninguno de los países presentó una
propuesta de capítulo específico, Singapur propuso incorporar los
compromisos asumidos en el Anexo sobre Telecomunicaciones Básicas y
en el Documento de Referencia sobre Telecomunicaciones del AGCS. Perú
manifestó que hará las consultas del caso con sus autoridades.
k) Servicios Financieros
Perú y Singapur concuerdan en que se debe incluir a los servicios
financieros en la negociación, sin embargo mantienen enfoques diferentes
respecto al cómo incluir este sector. Singapur propone incorporar “tal cual”
los compromisos del AGCS, mientras Perú propone que el sector este
cubierto por los capítulos de servicios e inversión con algunos ajustes o
disposiciones específicas para servicios financieros en temas muy
puntuales (regulación prudencial, seguridad social y pensiones, comercio
transfronterizo y obligaciones de registro).
l) Comercio Electrónico
Considerando que ninguna de las dos Partes propuso un texto específico
sobre comercio electrónico, Singapur planteó que la aplicación de los
derechos aduaneros sobre productos digitales se considere en los capítulos
de mercancías y servicios. En particular, Singapur propone que las Partes
no apliquen derechos aduaneros sobre productos digitales bajo este
Tratado. Perú manifestó que consultará con las autoridades
correspondientes sobre esta propuesta.
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5. PRODUCTOS EXPORTADOS
Agro-industria
Uvas, mandarinas, mango, café(grano), cacao(grano y
chocolate),esparrago, alcachofa, cebolla, paprika, camote, miel de abejas,
tara, aceites, vegetales, pasta de tomates, galletas, maca, pisco.
Pesquero
Pescados(caballa, perico, jurel, angulla) y crustaceos(pota,almejas, lapas,
locos, conchas de abanico) congelados,secos y en conservas. Peces
cornamentales.
Confecciones
T-shirt, camisas, blusas, sueteres, vestidos, pantalones,chaquetas de
algodón;abrigos ,conjuntos y pantalones de alpaca.
Metales comunes y manufacturados
Chapas, alambres de cobre.
Madera
Madera tropical aserrada,perfilada y cortada.
Quimico farmaceutico
Materias colorantes (marigold),fungicidas, sustancias odoriferas,
compuestos de plata.
Maquinaria y equipo mecanico
Bombas y partes de bombas, empaquetaduras,aros y anillos.
Maquinaria y equipo electrico
Conductores de cobre.
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6. PRODUCTOS IMPORTADOS
TRADICIONALES
NO TRADICIONALES
7. VENTAJAS:
El tratado de libre comercio Perú-Singapur brinda al Perú la oportunidad de
establecer reglas de juego claras, con un marco transparente y previsible,
que permita tener un comercio bilateral ordenado el cual salvaguarde
justificadamente los intereses del Perú.
El acuerdo hace posible que los productos peruanos ingresen con mejores
condiciones singapurense, impulsar mayores inversiones y consolidar la
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estrategia peruana de convertirse en el centro de operaciones del Asia de
América de sur.
Beneficiarnos de la transferencia tecnológica de Singapur hacia el Perú
a través de las inversiones, movimiento de personas y las importaciones
de bienes de capital.
El Acuerdo también fomenta la facilitación del comercio al incentivar la
cooperación y promover la transparencia referentes a las medidas
sanitarias y fitosanitarias, normas técnicas, procedimientos aduaneros y
políticas de competencia.
El TLC con Singapur facilitará la adquisición de tecnología de punta por
parte de las empresas peruanas, este acuerdo no sólo facilitará la
adquisición de tecnología de punta sino también la entrada de productos
peruanos a Singapur y al resto del este del Asia.
8. DESVENTAJA:
El acuerdo logrado en el país asiático no obliga al Perú a realizar una
desgravación arancelaria rápida o inmediata.
9. CONCLUSIÓN:
Con este tratado Perú está logrando consolidar su imagen positiva en
el este asiático, este logro contribuye sustancialmente en nuestro
objetivo de convertirnos en líder del Pacífico Sur y centro de negocios
en América del Sur. Además con todo ello se elevará el interés de los
inversionistas extranjeros.
Singapur se ha convertido en un país desarrollado en los 40 años y es
un referente para todos los países de Asia en materia de
Negociaciones Comerciales. Se destaca en los sectores de logística y
transporte, financiero, biotecnología, tecnologías de la información,
entre otros. Por ello, este acuerdo facilitará la adquisición de
tecnología de punta, ya que Singapur es exportador de tecnología.
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